PANORAMA
El Estado deberá compensar a SGAE, AIE, AGEDI y EGEDA con más de 50 millones EL GRAVE ERROR COMETIDO POR EL GOBIERNO DE MARIANO RAJOY EN MATERIA DE COMPENSACIÓN POR COPIA PRIVADA DURANTE LOS AÑOS 2015, 2016 Y 2017 TENDRÁ DURAS CONSECUENCIAS. EL ESTADO ESPAÑOL HA SIDO CONDENADO POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO A COMPENSAR CON 57 MILLONES DE EUROS A LAS SGAE, AEI Y AGEDI, ENTIDADES DE GESTIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. UNA CANTIDAD QUE SERÁ MUCHO MAYOR CUANDO SE PUBLIQUE LA COMPENSACIÓN A EGEDA, QUE REALIZÓ SU RECLAMACIÓN DE FORMA INDEPENDIENTE.
E
sta sentencia llega después de que el Tribunal de
atendiendo a la situación transitoria y evolutiva entre los dos
Justicia de la Unión Europea desautorizara, por
sistemas diferentes, en relación con los años 2015, 2016 y
sentencia de 2016, el sistema español que cargaba
dicho gasto a los Presupuestos Generales del Estado. El Supremo otorga la razón a la Sociedad General de Autores (SGAE), la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales
(AGEDI)
y
la
Asociación
de
2017 (desde 1 de enero a 31 de julio). Así, establece para el año 2015 un total de 20.000.000 de euros; para el año 2016, 22.500.000 de euros; y para el año 2017 (desde el 1 de enero a 31 de julio), 14.520.548 de euros.
Artistas
Igualmente, fija los porcentajes de distribución com-
Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España
pensatoria entre las tres modalidades de reproducción caren-
(AIE), que reclamaron que se declarase la responsabilidad
tes de regulación en el período descrito. Así, serán del 25 por
patrimonial del Estado Español por la ausencia de percepción
ciento para la modalidad de reproducción de libros y publicacio-
de la compensación equitativa por copia privada desde la
nes asimiladas reglamentariamente a libros, del 30 por ciento
anulación del anterior sistema en 2015 hasta la aprobación del
para la modalidad de reproducción de fonogramas, y del 45 por
nuevo en 2017. En un primer momento, se reclamó la situación
ciento para la modalidad de reproducción de videogramas.
al Consejo de Ministros, que desestimó su petición por silencio administrativo.
La distribución del porcentaje correspondiente, en aquellos supuestos de concurrencia de diversas entidades de gestión en
La Sala de lo Contencioso-Administrativo afirma que
una misma categoría de acreedores, de una misma modalidad
la ausencia de establecimiento de un sistema que hiciera posi-
de reproducción, habrá de procederse mediante el mutuo
ble y viable el abono de la compensación equitativa
acuerdo entre tales entidades.
correspondiente, que está derivada de los perjuicios pade-
Además del castigo detallado, se espera que la suma a pagar
cidos por las reproducciones realizadas al amparo de la deno-
por parte del Estado sea mucho mayor, cuando se resuelva la
minada copia privada, “es sólo imputable al Legislador espa-
demanda individual presentada por EGEDA, que reclama los
ñol”. Realiza el cálculo de la compensación equitativa
mismos agravios que las tres entidades ya mencionadas.
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Junio 2021