Precios de Transferencia en el Estatuto Tributario de Colombia

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SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL Mario Villadiego Subdirector de Gestión de Fiscalización (DIAN)


CONTENIDO • • • • •

PRECIOS DE TRANSFERENCIA ANTECEDENTES MARCO LEGAL OBLIGADOS AL RÉGIMEN EXPERIENCIAS


PRECIOS DE TRANSFERENCIA


¿QUÉ SON LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA? Son los Precios a los cuales una empresa les compra o vende bienes o les recibe o presta servicios a sus sociedades vinculadas económicas o partes relacionadas. Pueden incluir una serie de bienes tangibles o propiedades intangibles, servicios y/o transacciones financieras.


FINALIDAD Las disposiciones legales sobre Precios de Transferencia que implementen las autoridades tributarias propenden que, para efectos fiscales, los precios o mรกrgenes coincidan con los precios o mรกrgenes de operador independiente, es decir, transacciones entre sociedades independientes.


ALCANCE Que sea la fuerza de mercado la que determinen los precios de los bienes o servicios que se tranzan entre sociedades y no que por la influencia de la vinculaci贸n estos se establezcan. Que sean determinados por: - La oferta y la demanda o - La abundancia o ausencia de recursos.


EFICIENCIA En la generaci贸n de las utilidades: C贸mo hacemos la mayor cantidad de utilidades


EQUIDAD En la distribuci贸n de las utilidades Quien alcanza las mayores ganancias: socios, autoridades tributarias, empleados, accionistas minoritarios


BALANCE En la Presi贸n por eficiencia y equidad


Presiones externas por equidad

Control De precios

Medidas antidumping

Internas por eficiencia

P.T. Dividendos

Impuestos

Aduanas


CONFLICTOS QUE PRESIONAN LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA


MOTIVACIONES PARA SOBREVALORAR LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA • • • •

Protección contra los controles gubernamentales Evitar medidas antidumping Repatriación de Utilidades Reducir el pago de Impuestos


MOTIVACIONES PARA SUBVALORAR LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA • Reducir las tarifas de Aduanas • Estrategias de penetración de mercado • Evitar cargos antimonopolio


ANTECEDENTES DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA


Desarrollo de reglas de Precios de Transferencia – Nivel Mundial Desarrollo del Principio Arm’s Length 1a. legislación de P.T en Inglaterra 1a legislación de P.T en E.U Modelo de Convención de impuestos de la OECD OECD Report OECD Parte I (Guías) Regulación Final de los E.U OECD Parte II (guías 1-5) 2.002

2.001

2.000

1.999

1.998

1.997

1.996

1.995

1.994

1.979

1.963

1.917

1.915

1.800

Guías 6 y 7 Final.


A nivel Latinoamericano. México, implementa el sistema P.T (maquiladoras) México, implementa sistema para todas las operaciones Brasil, se comienza aplicar reglas de P.T Ley 9.430 / 96 Argentina, introduce la Ley de ingreso por Impuesto una serie de reglas de P.T y mod dic 1999 Venezuela, Inicia legislación de Precios. Perú, Precios de Transferencia Colombia, Ley 788 / 2002 Ecuador, Precios de Transferencia 2.018

2.016

2.014

2.012

2.010

2.008

2.006

2.004

2.002

2.001

1.999

1.998

1.997

1.995

Uruguay, reglamentación P.T


¿QUÉ BUSCAN LAS ADMÓN. TRIBUTARIAS CON PRECIOS DE TRANSFERENCIA? • Permitir a cada país gravar los ingresos a los que legítimamente tiene derecho. • Minimizar la doble imposición internacional, que constituye un obstáculo al libre movimiento de bienes, servicios y capital. • Lograr la uniformidad de las disposiciones tributarias sobre el particular en los países que conforman la comunidad internacional. • Fomentar la celebración de convenios internacionales para eliminar la doble imposición.


MARCO LEGAL Legislaci贸n nacional Ley 788 de 2002 Ley 863 de 2003 Decreto 4349 de 2004


Estatuto Tributario Artículo 260-1. El Principio ‘arm´s length’ Artículo 260-2 Métodos Artículo 260-3 Criterios de comparabilidad Artículo 260-4 Documentación comprobatoria Artículo 260-5 Corrección sin sanción por Ajuste Artículo 260-6 Paraísos fiscales Artículo 260-7 Costos y deducciones Artículo 260-8 Declaración informativa Artículo 260-9 Acuerdos anticipados de precios Artículo 260-10 Sanciones


VINCULACIÓN ECONÓMICA Art. 260 Cód. Comercio Subordinación Par. 2º Art. 260-6 E. T. Paraísos Fiscales

Art. 261 Cód. Comercio Presunción de subordinación

Vinculación Económica Art. 450 y 452 E. T.

Art. 263 Cód. Comercio Sucursales

Art. 28 L. 222/95 Grupo Empresarial

Art. 264 Cód. Comercio Agencias


Subordinaci贸n Art. 260 C. Co. Cuando el poder de decisi贸n se encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que ser谩n su Matriz o Controlante,

Directamente

filial

subsidiaria

No necesariamente debe establecerse control accionario.

Indirectamente


Presunción de Subordinación Art. 261 C. Co. Más del 50% del capital social pertenece a la matriz directa o indirectamente Cuando por un acto o Negocio con la sociedad controlada o con sus socios

No se computan acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto

La matriz directamente o indirectamente, ejerza influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad.

Matriz y subordinadas con derecho a emitir mayoría de votos decisorios en la junta de socio o con número de votos necesario para elegir mayoría de junta directiva

Cuando el control de estos supuestos sea ejercido por una o varias personas naturales o jurídicas de naturaleza no societaria o cuando el control sea ejercido por intermedio o con el concurso de estas entidades


Presunci贸n de Subordinaci贸n Art. 261 C. Co. Relaci贸n directa

Por intermedio de dos Filiales

Matriz

Matriz

Matriz Filial

Filial

Filial

Subordinada En concurrencia con una filial

Filial

Filial

S

Matriz

Filial

Subord.

Filial

Filial Subord.

S

Subordinada

En concurrencia con varias subordinadas

Matriz Filial

Filial

S

En concurso con de dos Filiales y una subsidiaria

Matriz

Por intermedio de una Filial y una subordinada

Subord.

Subord.

Subord.

Subord. Controlada


Arts. 263 y 264 del C. Co. Sucursales

A diferencia de las filiales y subsidiarias, integran una misma sociedad

Agencias Establecimientos de comercio

Administrador tiene autonomĂ­a para representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente

Carece de facultad para obrar en nombre de la compaùía y comprometerla


Grupo Empresarial Art. 28 Ley 222/95: Vinculo de subordinación Dirección

Unidad de propósito

Objetivo común

Atribución de controlante a intervenir activamente o indirectamente en toma de decisiones que afectan a subordinadas para ejecución de designios definidos por la misma

En beneficio del grupo sin perjuicio de actividad individual

Aspectos para establecer unidad de propósito y dirección: •Objeto social semejante •Composición accionaria •Administración de la sociedad •Representación legal •Políticas empresariales, J.D., etc.


Presunción de Vinculación Económica O P E R A C I Ó N E N T R E

(Arts. 450 y 452 E. T.) 2 cías en donde el 50% o + del capital pertenece a personas ligadas por matrimonio, parentesco hasta el 2º de consanguinidad o afinidad o único civil 2 cias cuyo capital sea directa o indirectamente en un 50% o + a unas personas o cónyuges o parientes dentro del 2º de consanguinidad o afinidad o único civil Productor venda a una misma empresa o empresas vinculadas entre si, el 50% o más de su producción (Concepto 13941 2005 Dian) 40% o + de los ingresos operacionales de la entidad financiera del año Inmediatamente anterior financiera provengan de la financiación de operaciones efectuadas por vinculados económicos,

Vinculados económicos por medio de terceros no vinculados


OBLIGADOS AL RÉGIMEN PRECIOS DE TRANSFERENCIA 1. Contribuyentes del Impuesto a la Renta

2. Tiene vinculados económicos en el exterior

3. Realizar operaciones en el año gravable con vinculados o partes relacionadas del exterior


OBLIGACIONES FORMALES 1. PRESENTAR DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Individual Cuando: • PATRIMONIO BRUTO: IGUAL O SUPERIOR A 100.000 UVT $2.376.300.000 para el año gravable 2009 • INGRESOS BRUTOS: IGUAL O SUPERIOR A 61.000 UVT $1.449.543.000 para el año gravable 2009 Consolidada Cuando: • EN SITUACIONES DE SUBORDINACIÓN, CONTROL O GRUPO EMPRESARIAL.


OBLIGACIONES FORMALES 2. PREPARAR Y CONSERVAR DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA Cuando: • MONTO ANUAL ACUMULADO POR TIPO DE OPERACIÓN SUPERE 10.000 UVT $237.630.000 AÑO 2009 • EN OPERACIONES LLEVADAS A CABO CON RESIDENTES EN PARAÍSOS FISCALES (Aun no reglamentado)


Contenido Documentación Comprobatoria Art 7 Decreto 4349/2004 Documentación a conservar en cuanto sea compatible con el TIPO de operación

INFORMACIÓN GENERAL

INFORMACIÓN ESPECIFICA

INFORMACIÓN ANEXA


INFORMACIÓN GENERAL • En relación con el contribuyente obligado Estructura organizacional Descripción general del negocio Composición del capital Descripción de la industria


INFORMACIÓN ESPECIFICA Tipos de operación

Partes intervinientes

Análisis funcional

Información general de estrategias comerciales

Información de la industria, sector, o actividad económica

Cambios políticos

Método utilizado

Indicador de rentabilidad

Análisis de comparabilidad

Descripción de ajustes técnicos

Conclusiones de conformidad Cualquier otra información o no de los precios con las relevante normas que regulan el régimen


INFORMACIÓN ANEXA Estado financieros comparativos de propósito general y especial

Copia de contratos acuerdos o convenios entre vinculados

En Situaciones esenciales que afecten tipos de operación, los estudios financieros y de mercado, presupuestos, proyecciones etc.

Contratos sobre transferencia de acciones, aumentos o disminuciones de capital, re adquisición de acciones, fusión, escisión, cambios societarios.


ACUERDOS ANTICIPADOS DE PRECIOS Un APA, es un acuerdo entre el contribuyente y la(s) autoridad(es) fiscal(es) sobre la metodología de precios de transferencia que será aplicada a una transacción entre partes relacionadas.


MARCO LEGAL • Artículo 260-9 E.T. • Decreto Reglamentario 4349 de 2004, artículos 10 al 18. • Vigencia a partir del 1 de enero 2006.


REQUISITOS DE LA SOLICITUD • Solicitarlo por escrito dentro de los 3 primeros meses del año. • Presentarse ante el Director General de la DIAN o su delegado. • El Estudio debe contener lo requerido para la documentación comprobatoria y los requisitos específicos determinados en el articulo 11 del Decreto Reglamentario 4349 de 2004.


ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA SOLICITUD • Dentro del término de los 9 meses siguientes a su presentación. • Si hay rechazo procede recurso de reposición dentro de los 15 días siguientes a su notificación. • La DIAN cuenta con 2 meses para resolver el recurso.


EFECTOS DEL ACUERDO El APA, podrá surtir efectos en el período gravable en que se solicite y hasta por los 3 periodos gravables siguientes, según lo convenido entre las partes. Cuando se presenten variaciones significativas de los supuestos considerados en el acuerdo, podrá ser modificado a iniciativa de cualquiera de las partes.


Sanciones Precios de Transferencia Documentación comprobatoria

Declaración informativa

Es Extemporánea Presenta errores No es lo solicitado No permite verificar la aplicación de P.T.

Respecto de la información no presentada

Extemporánea

Corrección

Tarifa

1%

1%

1% mes o fracción

1%

Base

Total operaciones

Total operaciones

Total operaciones

Total operaciones

Tope (2009)

28.000 UVT $665.364.000 (UVT $23.763)

39.000 UVT $926.757.000

39.000 UVT $926.757.000

39.000 UVT $926.757.000

Hecho sancionable

Desconocimiento de costos y deducciones

Consecuencia Si no es posible establecer base

0.5 % de los ingresos netos reportados en la declaración de renta de la misma vigencia fiscal o en la última declaración presentada. Si no hay ingresos el 0.5% del patrimonio bruto ibídem. Si la declaración informativa se presenta con posterioridad al emplazamiento la sanción será del doble.

Otros

Reliquidación sanciones (art. 701 ET)

30%

30%

30%

30%


EXPERIENCIAS


TOTAL DE OPERACIONES REPORTADAS. Monto en Billones de pesos

45,32

2008

99,76

51,44

28%

43,04

2007

77,66

34,61

89%

20,7

2006

20,36

INGRESOS

41,06

EGRESOS 17%

35,23

18,68 16,55

2005

0

20

TOTAL

40

60

80

100

120

140

160

Fuente: formato 1125

180

200


Principales Sectores por Actividades Económicas 1120

ACTIVIDADES DE SERV. RELACIONADAS CON EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS, EXCEPTO LAS ACTIVIDADES DE PROSPECCIÓN

1110

EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO CRUDO Y DE GAS NATURAL

6213

TRANSPORTE REGULAR INTERNACIONAL DE PASAJEROS, POR VÍA AÉREA

5190

COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS DIVERSOS NCP

7220

CONSULTORES EN PROGRAMAS DE INFORMÁTICA Y SUMINISTRO DE PROGRAMAS DE INFORMÁTICA

7499

OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP

5135

COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, MEDICINALES, COSMÉTICOS Y DE TOCADOR

6214

TRANSPORTE REGULAR INTERNACIONAL DE CARGA, POR VÍA AÉREA

En montos de operaciones reportadas


Operaciones con Países en la lista de Paraísos Fiscales 1

Operaciones reportadas en el año 2008 INGRESOS $ 12,02 Billones de pesos * 26,1% EGRESOS $ 5,98 Billones de pesos * 11,6% PONDERADO TOTAL OPERACIONES 18,43% Operaciones con países que no están en la lista PF INGRESOS $ 33,99 Billones de pesos * 73,9% EGRESOS $ 45,65 Billones de pesos * 88,4% PONDERADO TOTAL OPERACIONES 81,57% 1 Según listado del FMI


Operaciones con Países no Cooperantes. 1

Operaciones reportadas en el año 2008 INGRESOS$ 12,28 Billones de pesos * 26,7% EGRESOS $ 6,39 Billones de pesos * 12,4% PONDERADO TOTAL OPERACIONES 19,12% Operaciones con países Cooperantes INGRESOS $ 33,73 Billones de pesos * 73,3% EGRESOS $ 45,25 Billones de pesos * 87,6% PONDERADO TOTAL OPERACIONES 80,88% 1 Según listado de la OCDE


SERVICIOS INTRAGRUPO • Los problemas en materia de precios de transferencia al determinar si un miembro de un grupo multinacional ha suministrado o no servicios a otros miembros de ese grupo y, en caso afirmativo, al fijar el precio de plena competencia aplicable a esos servicios Intragrupo. • Verificar si los servicios se han prestado en un acuerdo de reparto de costos y así el precio de plena competencia apropiado. • Los grupos multinacionales deben poner a disposición de sus miembros un amplio abanico de servicios, especialmente administrativos, técnicos, financieros y comerciales legales. Estos servicios pueden incluir las funciones de gestión, coordinación y control para el conjunto del grupo. • Una empresa independiente, que tenga necesidad de un servicio, puede obtenerlo de un proveedor de servicios, especializado en ese tipo de servicios o puede encargarse ella misma del servicio. 45


Servicios financieros: asesoría financiera, flujos de efectivo y solvencia, incrementos de capital, contratos de préstamos, gestión de intereses y riesgo de tipo de cambio y refinanciamiento.

Servicios administrativos:, contabilidad, auditoría, facturación, planificación, coordinación, control del presupuesto y servicios legales.

V1

MATRIZ V3 Servicios de asistencia: En áreas de producción, compras, distribución y mercadotecnia.

Servicios de personal: reclutamiento y entrenamiento.

V2 Asistencia técnica: servicios gerenciales, servicios de investigación y desarrollo.


PROBLEMÁTICA DE LOS SERVICIOS. • Se asume la necesidad de una ganancia por parte del prestador al momento de determinar el precio interno del servicio Su análisis comprende: • Determinar si los servicios Intragrupo han sido prestados. • Determinar si la retribución puede ser considerada de plena competencia.

47


Dispersi贸n de m谩rgenes de utilidad siendo del mismo sector econ贸mico Sector primario de la econom铆a

% 60

50

40

30

20

10

0 0

2

4

6

8

10

12

Margen operacional

14


REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS La continua reestructuración de negocios y funciones, disminuyendo el margen de rentabilidad de la compañía en donde se desarrollaba mas funciones y son redistribuidas en varias vinculadas.


COLOMBIA ----------------------------------------------------------------------------------------------------EXTERIOR

CASA MATRIZ

Distribución de Funciones

Diseño

Admón..

Reestructuración

Manufacturera

Distribución

Vinculados Económicos En países de baja tributación

EMPRESA COLOMBIANA (Alto Riesgo)


MÉTODOS USADOS 68,36%

60%

40%

20,13% 20%

5,06% 2,07%

0,11%

4,27%

0%

PC

CA

PR

PU

RU

Promedio de los años 2005 a 2008

TU


UTILIZACIÓN DE MÉTODOS. • Valoración de operaciones de servicios según los métodos utilizados: (año 2008) 6 7 8 9 10 11 VALORACIÓN INGRESOS EGRESOS

Comisiones. Honorarios. Regalías. Publicidad. Asistencia técnica. Servicios técnicos. PC 28,94% 40,31%

PR 0,60% 0,15%

CA 2,82% 1,10%

TU 67,43% 54,49%

Fuente: Formato 1125


GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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