MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL SEMINARIO “LA CADENA DE LA MADERA, PERSPECTIVAS DEL SECTOR FORESTAL EN COLOMBIA Y OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS CON EMPRESAS CHILENAS” MEDELLÍN Julio 7 de 2011
OPORTUNIDADES DEL SECTOR FORESTAL EN COLOMBIA
GENERALIDADES DE LOS BOSQUES EN LATINOAMÉRICA
La cubierta forestal de América Latina y el Caribe es de 924 millones de hectáreas (has), correspondiente al 46% de la superficie terrestre total de la región y el 23% del área forestal total del mundo. Dentro de la región 90% del área forestal está en América del sur, 9% en América Central y solo 1% en el Caribe. A nivel de plantaciones forestales comerciales, Brasil lidera la región con más de 6,3 millones de has, seguido de Chile con 2,4 millones de has, Argentina con cerca de 1 millón y Uruguay con 800.000 has, frente a 354.000 has existentes en Colombia.
GENERALIDADES DE LOS BOSQUES EN COLOMBIA Colombia posee una extensión continental de 114 millones de hectáreas de las cuales 61.246.659,2 de hectáreas están cubiertas por bosques naturales. De estos ecosistemas boscosos, 9.25 millones de hectáreas están dentro del Sistema de Parques Nacionales Naturales. Un total de 25.7 millones de hectáreas se encuentran localizados en territorios de comunidades indígenas y 3.4 millones de hectáreas están localizados en territorios de comunidades afrocolombianas. En el periodo de 2000 a 2007 el promedio de deforestación es de 336.581 Ha/año.
La reforestación comercial se constituye en el mejor mecanismo para detener la presión sobre lo bosques naturales. Entre otras por las siguientes razones: Una Ha Reforestada produce en promedio la misma cantidad de madera industrial que 20 Has BOSQUE NATURAL. Lo que significa que si sembramos 50.000 has/año, se produciría el equivalente a Un Millón de Has de Bosques naturales. La Reforestación comercial suministraría la madera requerida por la industria, reduciendo la presión sobre los Bosques Naturales.
PORQUE COLOMBIA ES UNA EXCELENTE OPORTUNIDAD PARA INVERTIR EN REFORESTACION COMERCIAL ?
1.
Por sus ventajas comparativas.
2.
Por su legislaci贸n favorable para las inversiones en plantaciones forestales.
3.
Por la Voluntad pol铆tica existente para que crezcan las inversiones en plantaciones forestales.
1. Por sus ventajas comparativas:
Posición geográfica estratégica.
17 millones de hectáreas aptas para reforestación.
Diversidad en más de 10 especies forestales de alto valor agregado.
Fotosíntesis todo el año por localización en la zona tropical.
Rendimientos superiores en Coníferas y Latifoliadas.
2. Por su legislación favorable para las inversiones en plantaciones forestales.
LEY 1377 de 2010: •
Artículo 3º El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, es la única entidad competente para formular las políticas del sector forestal comercial y sistemas agroforestales, así como el otorgamiento y reglamentación del Certificado de Incentivo Forestal, CIF, para apoyo de programas de reforestación comercial.
•
Artículo 5º Libre aprovechamiento y movilización. Las prácticas de aprovechamiento y movilización de los productos de las plantaciones forestales comerciales y de los sistemas agroforestales comerciales no requerirán autorización por parte de la autoridad ambiental y corresponderá al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural su reglamentación.
2. Por su legislación favorable para las inversiones en plantaciones forestales. •
Artículo 8°. Caminos forestales. Los caminos necesarios para adelantar el aprovechamiento forestal dentro de los cultivos forestales y sistemas agroforestales con fines comerciales son parte Integrante de estos y no estarán sometidos a permisos o requisitos adicionales distintos a los previstos en la presente ley.
•
Artículo 10. Garantías. El volumen aprovechable o vuelo forestal constituye garantía real para transacciones crediticias u otras operaciones financieras; esta norma rige únicamente para las plantaciones 'forestales comerciales y sistemas agroforestales con fines comerciales.
2. Por su legislación favorable para las inversiones en plantaciones forestales.
LEY 139 de 1994: Crea el certificado de incentivo Forestal como un reconocimiento del Estado por los beneficios ambientales generados por la reforestación. El Certificado de Incentivo Forestal tendrá una cuantía hasta: •
El setenta y cinco por ciento (75%) de los costos totales netos de establecimiento de plantaciones con especies autóctonas, o al cincuenta por ciento (50%) de los correspondientes a plantaciones con especies introducidas.
•
El cincuenta por ciento (50%) de los costos totales netos de mantenimiento en que se incurra desde el segundo año hasta el quinto año después de efectuada la plantación, cualquiera que sea el tipo de especie.
VALORES CERTIFICADO DE INCENTIVO FORESTAL – CIF – 2011 Etapa
Especie/
% Incentivo
Costo Total Neto*
Valor Incentivo Forestal
Período Establecimiento
Mantenimiento
Mantenimiento Bosques Naturales
Autóctona
75%
1.655.653
1.241.739,50
Introducida
50%
1.655.653
827.926,50
Año 2
50%
443.791
221.895
Año 3
50%
313.710
156.855
Año 4
50%
199.722
99.861
Año 5
50%
376.597
188.298
Hasta Año 5
75%
77.930 58.447
CERTIFICADO DE INCENTIVO FORESTAL – CIF Presupuesto CIF 2003 – 2010
2003 – 2014
Fuente: MADR
RECURSOS INVERTIDOS EN REFORESTACION CIF - KFW P R ES U P U ES T O ( M IL L O N ES D E $ ) Aテ前 2 0 0 2 2 0 0 3 2 0 0 42 0 0 5 2 0 0 6 2 0 0 7 2 0 0 8 2 0 0 9 2 0 1 0 2 0 1 1 T O T A L 0
5 ,0 0 08 ,0 0 06 ,5 0 01 9 ,6 0 02 0 ,0 0 03 5 ,0 0 01 5 ,0 0 01 5 ,0 0 01 5 .3 0 01 2 6 .4 0 0
0
0
0
0
0
0
0
1 ,5 0 0 8 ,0 0 0 4 ,0 0 0 4 ,5 0 0 4 ,0 0 0 5 ,6 1 4 8 .0 0 0 3 5 .6 1 4 0
0
1 ,7 5 0 1 ,7 5 0 1 ,5 0 0
5 ,0 0 0
5 ,0 0 08 0 0 0 8 ,0 0 02 7 ,6 0 02 5 ,7 5 04 1 ,2 5 02 0 ,5 0 02 0 ,6 1 42 3 .3 0 01 6 7 .0 1 4
AREA REFORESTADA A NIVEL NACIONAL POR NUCLEOS Núcleo
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Antioquia
38.491
38.891
42.343
44.330
45.330
47.415
56.620
61.635
64.156
Bolívar
5.330
5.668
6.668
6.668
6.668
8.830
9.305
9.319
9.319
Caldas
8.476
9.776
10.552
13.482
14.744
16.089
17.958
19.728
19.841
Casanare
2.436
2.544
2.904
3.818
4.118
4.868
5.581
5.651
5.651
Cauca
20.128
20.128
20.128
20.128
20.128
20.385
21.498
22.040
22.557
Córdoba
17.363
20.201
23.880
26.352
28.479
29.047
29.047
29.047
29.598
Magdalena
13.518
14.518
16.328
16.603
17.403
17.590
18.183
18.272
18.272
Santander
4.589
4.589
4.719
5.415
5.552
6.390
7.648
8.612
10.203
Tolima
2.283
2.283
2.283
2.751
3.351
4.249
4.574
4.674
3.117
Valle del Cauca 20.708
20.708
23.708
23.708
24.208
24.457
24.457
24.457
24.461
Vichada
8.441
8.441
8.441
8.441
8.941
11.071
16.962
22.752
23.632
Otros
26.296
27.449
27.759
29.007
30.362
38.013
41.233
42.833
42.833
Total
168.059
175.196
189.713
200.703
209.284
228.404
253.066
269.020
273.640
BENEFICIOS TRIBUTARIOS E INCENTIVOS PARA INVERSIONES Y COSECHA FORESTALES: •
ARTICULO 18 DE LA LEY 788 DE 2002 – Numeral 6°: Aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales, incluida la guadua, según la calificación que para el efecto expida la corporación autónoma regional o la entidad competente. En las mismas condiciones, gozarán de la exención los contribuyentes que a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley realicen inversiones en nuevos aserríos vinculados directamente al aprovechamiento a que se refiere este numeral. También gozarán de la exención de que trata este numeral, los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, posean plantaciones de árboles maderables debidamente registrados ante la autoridad competente. La exención queda sujeta a la renovación técnica de los cultivos.
•
ARTICULO 30 LEY 788 DE 2002. Modifica el Artículo 424 del ESTATUTO TRIBUTARIO: BIENES EXCLUIDOS DEL IMPUESTO A LAS VENTAS: árboles de vivero para el establecimiento de bosques productivos, papel prensa, diarios y publicaciones periódicas, incluso ilustrados, cuchillos y hojas cortantes para maquinas y aparatos mecánicos de uso agrícola, hortícola y forestal, maquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo.
Continua…..
Continuación Incentivos Tributarios •
ARTICULO 83 ESTATUTO TRIBUTARIO: COSTO DE VENTA EN PLANTACIONES DE REFORESTACIÓN. En plantaciones de reforestación se presume de derecho que el 80% del valor de la venta, en cada ejercicio gravable, corresponde a los costos y deducciones inherentes a su explotación
•
ARTÍCULO 157 ESTATUTO TRIBUTARIO: DEDUCCIÓN POR INVERSIONES EN NUEVAS PLANTACIONES, RIEGOS, POZOS Y SILOS. Las personas naturales o jurídicas que realicen directamente inversiones en nuevas plantaciones de reforestación, de coco, de palmas productoras de aceites, de caucho, de olivo, de cacao, etc. tendrán derecho a deducir anualmente de su renta el valor de dichas inversiones que haya realizado en el respectivo año gravable. La deducción anterior se extiende a las personas naturales y jurídicas que efectúen inversiones en empresas especializadas reconocidas por el Ministerio de Agricultura. La deducción no podrá exceder el 10% de la renta liquida del contribuyente que realice la inversión.
•
ARTICULO 253. ESTATUTO TRIBUTARIO: POR REFORESTACIÓN. Artículo modificado por el artículo 250 de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente: Los contribuyentes del impuesto sobre la renta obligados a presentar declaración de renta dentro del país, que establezcan nuevos cultivos de árboles de las especies y en las áreas de reforestación, tienen derecho a descontar del monto del impuesto sobre la renta, hasta el 20% de la inversión certificada por las Corporaciones Autónomas Regionales o la Autoridad Ambiental Competente, siempre que no exceda del veinte (20) % del impuesto básico de renta determinado por el respectivo año o período gravable.
3. Por la Voluntad política existente para que crezcan las inversiones en plantaciones forestales. El Gobierno Nacional estableció una meta de 1.000.000 de hectáreas reforestadas al año 2014. Para ello, se incluyó en la Ley 1450 de 2011 “Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para todos” la elaboración del PLAN ESPECIAL DE REFORESTACIÓN. PROYECTOS ESPECIALES AGROPECUARIOS O FORESTALES. A solicitud del interesado se podrán autorizar actos o contratos en virtud de los cuales una persona natural o jurídica adquiera o reciba el aporte de la propiedad de tierras que originalmente fueron adjudicadas como baldíos o adquiridas a través de subsidio integral de tierras, aún cuando como resultado de ello se consoliden propiedades de superficies que excedan a la fijada para las Unidades Agrícolas Familiares UAF por el INCODER, siempre y cuando los predios objeto de la solicitud estén vinculados a un proyecto de desarrollo agropecuario o forestal que justifique la operación
3. Por la Voluntad política existente para que crezcan las inversiones en plantaciones forestales. Se trabaja en el fortalecimiento de la institucionalidad del Sector Forestal en el MADR. (Ventanilla Unica, Dependencia Forestal). Creación del Fondo de Inversiones Forestales. Conjuntamente con PROEXPORT se trabaja en la búsqueda de inversionistas internacionales para Reforestación Comercial. A quienes se les brinda las mismas garantías de los Inversionistas Nacionales.
PLAN DE ACCION REFORESTACION COMERCIAL (ARTÍCULO 66 LEY PLAN NACIONAL DE DESARROLLO) “PROSPERIDAD PARA TODOS”
MARCO ESTRATEGICO DEL PLAN DE REFORESTACIÓN •
VISION: Convertir la reforestación comercial en una de las actividades dinamizadoras del crecimiento de la locomotora del sector agropecuario, con mayor aporte a la economía nacional (PIB), a la generación de empleo; al mejoramiento de la calidad de vida de los productores agropecuarios; y generador de beneficios ambientales que contribuyan a reducir los impactos negativos de los fenómenos climáticos adversos.
•
OBJETIVO GENERAL: Insertar a Colombia en el mercado mundial de la madera a partir de productos con alto valor agregado provenientes de plantaciones forestales y sistemas agroforestales comerciales.
MARCO ESTRATEGICO DEL PLAN DE REFORESTACIÓN OBJETIVOS ESPECIFICOS: Ampliar la base forestal del país, por regiones específicas, hasta llegar a la meta establecida en el Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos” de 600.000 hectáreas al año 2014, y de 1.5 millones de hectáreas al año 2025. Fortalecer y articular la política y la institucionalidad relacionada con la reforestación. Contribuir a la reducción de los efectos adversos ocasionados por los fenómenos climáticos. Incentivar la competitividad y sostenibilidad de todos los eslabones de la cadena productiva forestal.
MARCO ESTRATEGICO DEL PLAN DE REFORESTACIÓN LINEAS ESTRATEGICAS DE ACCION: Fortalecimiento de la Institucionalidad pública y privada. Implementación de la Ventanilla Unica Forestal.
Zonificación y ordenación de las tierras susceptibles de reforestación comercial.
Investigación, transferencia de tecnología y producción masiva de material vegetal. Mejoramiento de los niveles de productividad y competitividad de la Cadena Forestal. Búsqueda y Atracción de inversionistas nacionales e internacionales y Cooperación Técnica.
MARCO ESTRATÉGICO DEL PLAN DE REFORESTACIÓN METAS: 600.000 hectáreas de plantaciones forestales comerciales establecidas al año 2014, y 1.5 millones de hectáreas al año 2025. Una institucionalidad forestal acorde con el reto de convertir el sector forestal en el factor dinamizador de la LOCOMOTORA DEL SECTOR AGROPECUARIO. Implementación de la Ventanilla Única Forestal, Como Única Instancia de coordinación interinstitucional para el trámites ante las entidades del Estado. Incentivar la inversión en el sector forestal comercial atrayendo grandes, capitales para el establecimiento de nuevas plantaciones, plantas de transformación y procesamiento de la madera.
LINEA BASE REFORESTACION 2010 - PROYECCION 2014 PROGRAMA AREA ACTUAL
LINEA BASE (2010) 273.640
2011
2012
2013 2014
TOTAL 273.640
CIF KFW
12.000 46.000 70.00080.000 208.000 2.500 1.850 4.350
INCENTIVOS TRIBUTARIOS FONDO FORESTAL
4.000
5.000
5.000 5.000
19.000
2.793
2.000
1.334
1.000 2.000
9.127
MIDAS
21.304
21.304
RIA
10.405
10.405
FINAGRO (Directo)
6.611
6.611
CAUCHO
40.000
2.000
TOTAL
354.753
22.500 56.184 78.00089.000 600.437
2.000
2.000 2.000
48.000
RECURSOS FINANCIEROS REQUERIDOS PARA EL PLAN DE REFORESTACION PRESUPUESTO PLAN REFORESTACION (2011 - 2014) A単o
Recursos PGN
2011
$15.300.000
2012
$82.132.000.000
2013
$136.532.000.000
2014
$195.532.000.000
TOTAL CUATRIENIO
$429.496.000.000
GRACIA S “Comunicación con transparencia al servicio del campo” www.minagricultura.gov.co Teléfono: 3341199