Edición#86

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EDICIÓN #86

ISS N: 2075-6631

víctor lópez p r e s i d e n t e - k ay r o s g r o u p



contenido Especial del mes: administración Pública

PRESIDENTE Manuel Carranza manuelcarranza@derechoynegocios.net

vicepresidente Lisandro Campos lisandrocampos@derechoynegocios.net

Sobre la Ley de Procedimientos Administrativos

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El nuevo silencio administrativo 10 en la reciente LPA Transformación del Derecho Administrativo 12

Importante contribución del CNJ en la 14 implementación de la Jurisdicción Especializada Contencioso Administrativa Las citas doctrinarias en las resoluciones 16 judiciales: ¿deben hacerse? AUPRIDES RELANZA LA RED AVANZADA DE 18 INVESTIGACIÓN (RAICES) entrevista con 20 Víctor López torrents El nuevo Gobierno y sus retos en materia de 24 transparencia y lucha contra la corrupción El cumplimiento del derecho genera 26 productividad para las empresas EL ARTE DE LA INDUSTRIA DE LA 28 CONSTRUCCIÓN EN EL SALVADOR

EDITORA Claudia Espinoza prensa@derechoynegocios.net

GERENTE COMERCIAL Maybeth Gómez gerencia@derechoynegocios.net

DISEÑO GRÁFICO Roxana Bonilla arte@derechoynegocios.net

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La finalidad y el efecto de la Ley de 6 Procedimientos Administrativos

Centroamérica: retos del desarrollo 30 en el siglo XXI Observadores internacionales de la FIA: 34 conclusiones elecciones presidenciales

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Edición #86 ISSSN: 2075 - 6631 Calle El Mirador, Pje Domingo Santos #600-31 Colonia Escalón, San Salvador, El Salvador Prohibida la reproducción total o parcial de esta revista sin previa autorización.

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Carta del

Presidente Estimados lectores, tenemos presidente electo que toma posesión el próximo 01 de junio y finaliza el 31 de mayo de 2024. Un presidente que vino a romper con el bipartidismo y ofrece cambios en el nuevo Gobierno. Como pueblo hay que unirnos para apoyarlo para que todo salga bien. Como salvadoreños, es indóneo colaborar para un buen funcionamiento de Gobierno; nada de banderas políticas, de polarización, de confrontaciones, para que el próximo quinquenio sea próspero para todos nosotros. En esta edición #86 tenemos el especial del mes que es sobre la administración pública en contexto con la entrada en vigencia de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA), donde expertos en derecho administrativo exponen sobre la entrada en vigencia de la normativa. Podrá leer artículos sobre La finalidad y el efecto de la Ley de Procedimientos Administrativos, El nuevo silencio administrativo en la reciente LPA, Transformación del Derecho Administrativo, entre otros. Además, encontrará contenido sobre “Las citas doctrinarias en las resoluciones judiciales: deben hacerse”, “El cumplimiento del derecho genera productividad para las empresas”, “Centroamérica: retos del desarrollo en el siglo XXI”; y otros más. En la entrevista principal tenemos a Víctor López Torrents, presidente de Kayros Group, quien fue asesor del presidente electo Nayib Bukele. En la conversación, el experto en comunicación política nos habla de las estrategias implementadas en la recién pasada campaña y cómo debe ser un asesor político. Manuel Carranza Presidente

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Especial del mes: administración Pública

La finalidad y el efecto de la Ley de Procedimientos Administrativos por: RICARDO MENA socio FUNDADOR - IUSPUBLIK

Debe quedar sumamente claro que la LPA no es eventual o supletoria. por regla general, es la que rige de forma universal todos los procedimientos de las entidades del Estado cuando ejerzan función administrativa

No es un secreto que en cada una de las entidades del Estado y municipales existen abundantes trámites y procedimientos de diferentes características. Por mencionar algunos, son diferentes los procedimientos sancionadores que se siguen ante la Superintendencia del Sistema Financiero, el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor, la Superintendencia de Competencia, el Instituto de Acceso a la Información Pública, el Tribunal de Ética Gubernamental, los 262 municipios, entes del Ministerio Público, entre muchos más. Cada uno de estos trámites tienen sus propios requisitos, plazos disímiles, recursos diferentes y denominaciones distintas. Este desorden legislativo provoca incerteza e induce al error a los usuarios de los servicios del Estado al mismo tiempo que fomenta la discrecionalidad excesiva de las autoridades del Estado. En enero de 2018, luego de superar algunas observaciones del presidente de la República, la Asamblea Legislativa decretó la Ley de Procedimientos Administrativos -LPA-. Dicho cuerpo normativo ha generado aplausos de parte de la mayoría de la comunidad jurídica, temores fundados en las autoridades administrativas, incertidumbres y dudas para algunos usuarios y hasta protestas públicas de ciertas gremiales.

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La LPA, muy en síntesis, establece un procedimiento común que determina los principios, la estructura básica del procedimiento, la teoría del acto administrativo, los mecanismos de impugnación en sede administrativa, y los derechos de las personas frente a la Administración Pública. La finalidad de la LPA, siguiendo al primero sus considerandos, es producir normas claras y uniformes en la actividad de la Administración Pública y de esta forma impactar positivamente en el desarrollo económico y social del país. En otros términos, una de las aspiraciones de la ley, es unificar los procedimientos administrativos y de esta forma, facilitar su conocimiento a los ciudadanos, viabilizar eficazmente su aplicación por parte de las autoridades y hacer más expedito el control de la actividad administrativa ejercida por los jueces contenciosos administrativos. Por otra parte, a nuestro criterio algunas de las características y efectos de la LPA en el ordenamiento legislativo actual son:


Especial del mes: administración Pública

EFECTO UNIVERSAL

EFECTO COMPLEMENTARIO

Es la ley madre de los procedimientos administrativos en El Salvador, tiene un carácter general, de aplicación inmediata y de cota mínima. Como lo dice la doctrina, la ley común por regla general es la norma principal que prevalece frente a cualquier otra; es como el Sol, está en el centro del sistema - Art. 163 inciso primero LPA-.

Cuando una ley especial prevea, en razón de la materia, trámites adicionales a los establecidos en la LPA, dichos trámites se regirán por lo dispuesto en la ley especial. Si una ley sectorial establece fases como etapas de conciliación, preaudiencias, audiencias orales, fases de alegatos, trámites que potencien el derecho defensa, etc., sin contrariar las normas y principios de la LPA, estos trámites deben de aplicarse complementariamente al procedimiento común - Art. 163 inciso primero LPA-;

EFECTO derogatorio

EFECTO supletorio

En caso de conflicto con otra norma que regule un aspecto de procedimiento, se entenderá que esta última queda derogada tácitamente. Debe quedar sumamente claro que la LPA no es eventual o supletoria, por regla general, es la que rige de forma universal todos los procedimientos de las entidades del Estado cuando ejerzan función administrativa. - Art. 163 inciso primero LPA-.

Excepcionalmente, la LPA tiene carácter supletorio para algunas materias o instituciones tales como: materia tributaria y aduanal, de prestación de seguridad social, de expropiación forzosa, procedimientos seguidos por la administración militar, procedimientos de selección del contratista, procedimiento relativos al medio ambiente, trámites que se rigen por su ley especial y en todo lo no regulado por la LPA. – art. 163 inciso segundo LPA-.

También, a nuestro criterio y aunque la ley no lo diga de forma expresa, existen procedimientos excluidos de la LPA, por razones constitucionales, como la materia de contraloría de la hacienda pública y materia electoral, pues en todo caso, estas no son funciones sujetas al derecho administrativo – Art. 2 inciso segundo parte final LPA-. Sin embargo, en tales supuestos, la LPA puede tener un efecto supletorio e integrador del derecho, que sirva para colmar las lagunas normativas en las leyes especiales.

Los ciudadanos estamos a la expectativa de la aplicación de este nuevo cuerpo de normas y más atentos e interesados en que esta cumpla su cometido. Esperamos que las autoridades pierdan su temor inicial a la LPA e inicien con valentía su aplicación ya que esta ya entró en vigencia. No dudamos que existirán errores, algunos excusables y otros no, pero con el tiempo y la correcta intervención de los jueces contenciosos administrativos, estas situaciones se irán corrigiendo; es que el único que no se equivoca es el que nunca hace nada.

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Especial del mes: administración Pública

Sobre la Ley de Procedimientos Administrativos por: dafne sánchez magistrada - Sala de lo Civil CSJ

la Ley de Procedimientos Administrativos viene a constituir un elemento trascendental e indispensable para lograr un verdadero avance del Estado salvadoreño, en el respeto por la legalidad y, en consecuencia, en el respeto y eficacia de los derechos fundamentales de la población

La Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) fue aprobada por la Asamblea Legislativa en la sesión plenaria del día 15 de diciembre del año 2017, y publicada en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2018. En la misma se dispuso que entrará en vigencia doce meses después de su publicación en el Diario Oficial. Esta normativa constituye un componente de la gran reforma que ha sufrido el ordenamiento jurídico administrativo en los últimos años, y contiene el marco normativo que regirá todo el quehacer de la administración pública en El Salvador, incluyendo todos los procedimientos que siguen los órganos que la conforman. Por ejemplo, regirá los procedimientos que debe seguir cualquier órgano del gobierno, central o municipal, para llegar a adoptar sus decisiones en materia sancionatoria, tributaria, procedimientos de selección de contratistas regidos por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP); así como los actos que dicten en aplicación del régimen de funcionarios y empleados públicos, o para el otorgamiento de autorizaciones y permisos, entre otros. La Ley de Procedimientos Administrativos desarrolla los principios constitucionales que rigen el actuar de la Administración pública, entre ellos, el principio de legalidad, en virtud del cual, los funcionarios deben actuar con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico, de tal manera que solo pueden hacer aquello que esté expresamente previsto en la ley, y con los alcances que esta determine (art. 86 inciso 3° de la Constitución de la República, y art. 3 n°. 1 LPA). La normativa que se comenta, establece además, los derechos y deberes de los administrados. Entre estos, el derecho a la buena DERECHO Y NEGOCIOS / 8

administración que consiste en que los asuntos de naturaleza pública deben ser decididos con equidad, justicia, objetividad e imparcialidad, en un plazo razonable y al servicio de la dignidad humana (art. 16 n°.1 LPA); así como el derecho a ser tratados con respeto, dignidad y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones (art. 16 n°. 5 LPA). Por otra parte, contiene todo un régimen de los actos de la Administración pública, a través del cual regula, por ejemplo, las condiciones y límite que tiene la Administración pública para transferir el ejercicio de la competencia por medio de figuras como la delegación; así como el régimen de nulidad de los actos administrativos. También contiene un aporte muy importante en relación a los actos discrecionales, pues establece que estos solamente podrán dictarse, cuando así lo autorice el ordenamiento jurídico. Es decir, que se elimina la concepción errónea y arbitraria en virtud de la cual se utilizaba a la discrecionalidad como una vía para incumplir el mismo principio de legalidad. Otro aspecto a destacar de la normativa que se comenta, es el concerniente a que establece los plazos de que dispone la Administración pública para dictar sus distintas resoluciones; y vinculado con este aspecto, regula los efectos del silencio de la Administración pública conocido como el silencio administrativo. En tal sentido, en los casos en que los funcionarios no dicten la resolución que ponga fin al procedimiento y, en consecuencia, no la notifiquen dentro del plazo establecido por el legislador para tal fin, surgirá, producto del silencio, un acto en virtud del cual se accede a la petición del particular.


Especial del mes: administración Pública Además, desarrolla las disposiciones constitucionales relativas a la responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos y del Estado, en los casos en que, con las actuaciones u omisiones de aquellos, se hubiere causado daños a los particulares, ya sea en sus bienes o en sus derechos. También regula el ejercicio de la potestad normativa y sancionatoria de la Administración pública, y algunos principios sobre mejora regulatoria. Con los pocos ejemplos expuestos, se puede advertir que con la Ley de Procedimientos Administrativos se supera el enorme vacío del que ha adolecido nuestro país: antes de la misma, no existía normativa alguna que estableciera de manera uniforme y clara los cauces y condiciones de actuación de la Administración pública. Sin una Ley de Procedimientos Administrativos, se carecía de una normativa que diera cohesión a la multiplicidad de leyes administrativas que regulan las distintas ramas de actuación de la Administración pública (salud, educación, medio ambiente, servicios públicos, trabajo, contratación administrativa, sanciones, etc.). Se ha carecido de una regulación de los principios y aspectos generales que rigen a todos los órganos de la Administración pública, independientemente de la materia de que conozcan, de la jerarquía que ocupen en la estructura de la Administración pública, o de la circunscripción territorial donde ejercen su competencia.

los funcionarios de la Administración pública solo tienen aquellas atribuciones que expresamente les da la ley; y que bajo ningún pretexto pueden actuar los funcionarios, cuando el ordenamiento jurídico no le otorga dicha posibilidad. En consecuencia, no pueden exigir requisitos, para determinados trámites, más allá de los exigidos en las leyes. También se han desmitificado temas como el relativo a las potestades discrecionales de los funcionarios, pues la normativa que se comenta deja claro que este tipo de potestades solo puede existir en el marco del ordenamiento jurídico; es decir que la discrecionalidad también debe ser autorizada por el legislador (art. 25 LPA). Esta regulación descarta la errónea concepción en virtud de la cual se consideraba que discrecionalidad implica la posibilidad de actuar en los casos que el ordenamiento jurídico no otorga facultad de actuación; percepción que ha llevado a muchísimos funcionarios de la Administración pública a actuar al margen de la legalidad, al punto de dictar actos gravosos para los administrados, sin estar facultados por el ordenamiento jurídico, so pretexto de actuar en virtud de la discrecionalidad. Concepciones como la antes descrita, han constituido verdaderos y grandes obstáculos para avanzar hacia la construcción de un verdadero Estado de derecho.

Resulta ilustrativo mencionar que hasta la actualidad ha existido diversidad de recursos administrativos a interponer por los interesados, respecto de los cuales cada ley especial regula plazos distintos para su interposición, así como variedad en su tramitación. Lo anterior debido a que como regla general, cada normativa especial contiene su propio régimen al respecto.

Como consecuencia de todo lo expresado se puede concluir claramente que la Ley de Procedimientos Administrativos viene a constituir un elemento trascendental e indispensable para lograr un verdadero avance del Estado salvadoreño, en el respeto por la legalidad y, en consecuencia, en el respeto y eficacia de los derechos fundamentales de la población.

Esta dispersión normativa ha creado a través de todos estos años una gran inseguridad jurídica, ya que no han existido reglas claras y completas respecto del quehacer de la Administración pública. Situación que ha generado desconocimiento, incertidumbre y confusión tanto en funcionarios y empleados públicos como en los ciudadanos.

Es una normativa que contribuirá a eliminar la confusión, la burocracia en la tramitación de los procedimientos, y la corrupción en el actuar de los funcionarios públicos; aspectos que han lacerado gravemente la institucionalidad y el desarrollo del país.

Cabe mencionar que tanto la Corte Suprema de Justicia, como muchos órganos de la Administración pública, han hecho esfuerzos conscientes y considerables para la difusión y conocimiento del contenido de la normativa, ante la inminente vigencia de la misma. También es importante destacar que la sola aprobación de la Ley de Procedimientos Administrativos, así como el conocimiento básico de su contenido, ya ha comenzado a generar conciencia en los funcionarios acerca del alcance de los límites y alcances de las potestades que les atribuye el ordenamiento jurídico, así como de los principios que rigen su quehacer. Se han despertado grandes y profundas inquietudes sobre la necesidad de respetar el principio de legalidad –ya mencionado–, pilar fundamental de todo Estado de derecho; en el sentido que

Una vez entrada en vigencia la normativa, será importante que se continúe conociendo y profundizando en su contenido, tanto por parte de funcionarios, como de los ciudadanos, para que aquellos ajusten todo su quehacer a la Constitución de la República, y a la ley; y para que los ciudadanos, conscientes de los derechos que les asisten, así como de los cauces por los que deben conducir su actuación todos los funcionarios públicos, puedan exigir, y de esa manera contribuir, a la efectiva aplicación de la ley. El Estado de El Salvador y el pueblo salvadoreño ya cuentan con una herramienta normativa, de incalculable valor, que al hacerla efectiva con verdadera conciencia, puede llegar a transformar en pocos años el rostro de la Administración pública, en beneficio de todos los habitantes. Esta transformación podrá cambiar el rumbo de nuestra historia, durante la cual se han producido graves atropellas a los derechos fundamentales.

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Especial del mes: administración Pública

EL NUEVO SILENCIO aDMINISTRATIVO EN LA RECIENTE LPA por: Roberto Oliva Socio - oliva & oliva

Vemos en estas escasas líneas un giro copernicano en el tratamiento y comprensión del silencio administrativo, que impondrá mayores responsabilidades a los funcionarios, que deberán resolver con mayor agilidad y prontitud

La entrada en vigor de la Ley de Procedimientos Administrativos en El Salvador, provocará sin duda transformaciones tanto en la compresión, como en la aplicación de las instituciones más importantes del Derecho Administrativo. Pues con esta normativa no solo se busca establecer procedimientos administrativos comunes o generales, sino también que las actuaciones de la Administración se ajusten a valores constitucionales y democráticos, proporcionando a los Administrados mejor acceso a los derechos que en justicia les corresponden. La Ley de Procedimientos Administrativos (en adelante LPA) en esta línea no solo se limita a encauzar jurídicamente y racionalmente la actividad y función administrativa, sino además busca identificar entre otras cosas los principios fundamentales que la rigen, así como la reducción de su actuar a un sistema. Una institución en la que veremos una de las transformaciones más grandes será en el silencio administrativo, ya que en la nueva ley existe una regulación más profusa y compleja de lo que antes regulaba escasamente un artículo, la ya derogada Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 1978. Así, como sabemos, lo habitual es que exista una declaración inequívoca, es decir, una declaración expresa de la voluntad de la Administración, sin embargo, por diversas razones, es posible que el acto se manifieste de forma presunta, como también tácita. Doctrinariamente, es corriente la identificación entre el acto presunto y el acto tácito; otras veces estos actos se tienden a diferenciar. El primero es el que proviene del silencio administrativo entendida como aquella figura jurídica que pretende garantizar el ciudadano el ejercicio de dos derechos vitales en relación con la Administración Pública: el derecho de petición por una parte y el derecho a la justica pronta y cumplida (y su acceso) por otra. Obsérvese que el silencio no es una potestad administrativa,

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Especial del mes: administración Pública

no sOlo se limita a encauzar jurídicamente y racionalmente la actividad y función administrativa, sino además busca identificar entre otras cosas los principios fundamentales que la rigen, así como la reducción de su actuar a un sistema sino una institución jurídica de garantía del administrado frente a las prerrogativas del Estado. El silencio en principio no confiere efectos de una respuesta negativa o positiva, será la ley en el Art. 113 LPA la que otorgará los efectos jurídicos correspondientes. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, si no existe resolución en el plazo máximo de nueve meses de iniciado el trámite (Art. 89 LPA), la regla es que se tendrá por estimada la petición o en 20 días si es una petición que deba tramitarse sin procedimiento (Art. 89 LPA). Existirán por su parte excepciones expresas donde el silencio se tendrá como negativo, como cuando se origine del simple derecho de petición, se impugnen actos o disposiciones, cuando se solicite transferir facultades de dominio o servicio público y en los demás supuestos que una norma con rango de ley establezca.

En esa misma sentencia se hace también especial consideración otorgándole todos los efectos de un acto expreso, sin que pueda en ese caso pronunciarse expresamente la Administración denegando lo que concedió presuntamente a través del silencio. En ese sentido, al establecerse un silencio administrativo positivo, es decir un acto presunto que poseerá exactamente los mismos efectos que un acto expreso, evitando que la administración pueda dictar otro acto futuro modificatorio de este, ya que se estará ante un acto favorable, un acto que amplía la esfera jurídica de los particulares y que de conformidad a las reglas del derecho administrativo solo podría ser revocado mediante un proceso de lesividad. Vemos en estas escasas líneas un giro copernicano en el tratamiento y comprensión del silencio administrativo, que impondrá mayores responsabilidades a los funcionarios, que deberán resolver con mayor agilidad y prontitud, pues de lo contrario, en justificación de las relaciones sociales modernas, los ciudadanos según el caso, verán suplidas sus peticiones por la omisión de respuesta formal o análogamente se verán liberados de toda intervención estatal.

En los procedimientos iniciados de oficio, de no resolverse en los plazos máximos conforme al Art. 114 LPA se producirá el silencio negativo, específicamente en los casos que pudiera derivarse el reconocimiento o constitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas. Por regla general no obstante, se producirá la caducidad, al no concluirse en los plazos estipulados los trámites sancionatorios o que pudieran producir efectos desfavorables (Art. 117 LPA). La doctrina ha sido clara, principalmente Eduardo García de Enterría, quien expresa que la estimación por silencio tiene todos los efectos y la consideración de acto administrativo, mientras que la desestimación tiene solo los efectos de permitir a los interesados la interposición de acciones Contenciosas Administrativas, situación que ha sido confirmada por la jurisprudencia. Al respecto, la Sala de lo Constitucional en el proceso de referencia 173-98 del 7/IX/1999, respecto del silencio positivo concluye que este es automático, no siendo necesario ningún acto o trámite posterior que lo confirme, por lo que se le reconocerá al ciudadano un derecho que es ejecutivo desde el momento en que se constituya sin que sea necesario comunicación o notificación alguna.

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Especial del mes: administración Pública

Transformación del Derecho Administrativo salvadoreño

A la fecha, las empresas y los administrados que deben solicitar una autorización, licencia, permiso, que le imponen una carga o gravamen, o realizan cualquier trámite impuesto por las leyes o la misma administración pública, se ven sometidos a chantaje para que se resuelva a favor, sí y solo si es amigo del funcionario, es conocido del técnico que lleva el caso, o si un tercero con altos índices de corrupción ofrece tramitarle lo que requiere, sin mencionar la grandes cantidades de dinero que hay que pagar a los profesionales que realizan el mismo. En general, los administrados hemos estado dependiendo de la voluntad y la hora que el funcionario tome la decisión de si procede o no lo que mandata la ley, lo cual ha comenzado a cambiar con la aprobación y entrada en vigencia desde el 2018 de Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, cuya finalidad es determinar la legalidad de los actos administrativos que emite la administración pública. Por otra parte, al finalizar el año 2018, se logró aprobar la la Ley de Mejora Regulatoria y la Ley de Eliminación de Barreras Burocráticas, en la cual se somete a análisis de unTribunal Administrativo los trámites o procedimientos ilegales e irracionales que emita la Administración Pública, dando como consecuencia la nulidad de los mismos y los que surjan posteriormente.

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esto es una garantía para el administrado de que ante cualquier conflicto que se suscite en contra de la Administración, su caso será resuelto con base en el legajo que contiene de forma ordenada, cronológica y sistemática

por: javier argueta director legal - ANEP

Finalmente una de las leyes que cuidará y eliminará las discrecionalidades de los funcionarios y los multiples requisitos y reglas que imponen las leyes de la materia, en cuanto al procedimiento a seguir por los administrados, es la Ley de Procedimientos Administrativos. Entre muchos aspectos novedosos se encuentran obligaciones como la prohibición de exigir dos veces documentos que ya se hayan presentado en la misma institución o de uso común que ya se encuentren en registros públicos o en las dependencias encargadas de su expedición; expedir por medios electrónicos certificaciones y recibir solictudes; entre otras obligaciones que favorecen al administrado. Por otra parte, se establece la posibilidad de instalar ventanillas únicas, así como la operatividad del silencio administrativo positivo como regla general, de tal manera que las solicitudes de autorización de permisos ante ministerios o alcaldías y que no se les brinde respuesta en el plazo indicado sea de 20 días para las solicitudes donde se requiere un trámite como una certificación o de nueve meses en los procedimientos en general y así se entenderán como estimadas por parte de la Administración Pública.


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Finalmente, uno de los cierres que tendrá la discrecionalidad o la corrupción de imperante en las instituciones públicas, es la determinación de la responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos que es subjetiva y del Estado de forma directa que es objetiva.

La indemnización es por cualquier tipo de daño, sea este patrimonial, físico o moral, ocasionado por daño emergente o lucro cesante, con la sola condición de que sean estos reales y efectivos, así como evaluables económicamente e individualizados en relación con una persona o grupo de personas.

La responsabilidad subjetiva se da por un daño concreto causado al administrado, por la violación producida a derechos constitucionales o por un daño producido derivado del acto del funcionario, por ejemplo, ante una denegatoria de permisos de exportación, operaciones comerciales, importaciones, cierre de establecimientos, u otro trámite o acto que carezca de sustento legal, procederá iniciar el procedimiento de reclamación de daños y perjuicios y este deberá responder con su patrimonio, pudiendo hacer el reclamo ante la misma institución.

En los procedimientos de reclamación de daños y perjuicios así como en cualquier procedimiento administrativo juega un rol sumamente importante el expediente administrativo, esto es una garantía para el administrado de que ante cualquier conflicto que se suscite en contra de la Administración, su caso será resuelto con base en el legajo que contiene de forma ordenada, cronológica y sistemática, todas aquellas actuaciones que se produjeron en sede administrativa por parte de la Administración Pública.

En la responsabilidad objetiva responde patrimonialmente directamente el Estado por los daños producidos, por el normal o anormal funcionamiento del mismo, basta la manifestación del daño, por ejemplo, por la falta de iluminación o señalización de la red víal, que provoca un accidente, la atención de un paciente en un hospital o en el Seguro Social que aun habiéndolo atendido conforme a los procedimientos el administrado sufre un daño, la Institución deberá indemnizar por los daños.

En conclusión, el deber de motivación de los actos administrativos, en el sentido de que la Administración pública consigne en sus resoluciones las razones de hecho y de derecho será la labor primoridial y única de todas las instituciones públicas como ministerios, alcaldías, que le llevaron a adoptar su decisión en determinado sentido, de lo contrario sería ilegal el acto, eliminando así el amiguismo y la corrupción.

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Especial del mes: administración Pública

Importante contribución del Consejo Nacional de la Judicatura en la implementación de la Jurisdicción Especializada Contencioso Administrativa por: María Antonieta Josa de parada Presidenta - CNJ

la preparación técnica y adecuación normativa corresponde a cada institución, como lo dispone el art. 166 de la Ley de Procedimientos Administrativos, pero con su trabajo en la selección de los nuevos jueces y en la preparación extensiva de otros operadores jurídicos, el Consejo Nacional de la Judicatura ha participado activamente en este importante cambio de época de la Administración Pública salvadoreña

Después de 25 años de iniciada la reforma judicial en El Salvador, hemos presenciado y de alguna forma hasta protagonizado la implementación de judicaturas especializadas como las de Familia, Penal Juvenil, Ejecución de Medidas, Penal, Vigilancia Penitenciaria, Menor Cuantía, Civil y Mercantil, Niñez y Adolescencia, Extinción de Dominio, Medio Ambiente y la Jurisdicción especializada para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres. Hace un año, a principios de 2018, fue el turno de la Jurisdicción Especializada Contencioso Administrativa, largamente esperada, como pilar fundamental de un auténtico Estado de Derecho.

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Aprobada la normativa especializada y la creación de los Tribunales Contencioso Administrativo en primera y segunda instancia, el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) realizó el proceso de selección de magistrados(as), jueces y juezas de lo Contencioso Administrativo. Con la responsabilidad y compromiso institucional del Pleno del Consejo, se procuró que los aspirantes cumplieran los requisitos constitucionales y además tuvieran formación especializada y trayectoria profesional previa en Derecho Administrativo, incluida la labor de investigación académica (libros, ensayos, artículos) en la materia.


Especial del mes: administración Pública El 9/1/2017 se realizó la convocatoria pública y abierta en un periódico de mayor circulación y en las redes sociales institucionales para todos los profesionales interesados en participar en dicho proceso, según los arts. 34 a 36 del Proceso de Selección para Jurisdicciones Especializadas de Reciente Creación, del Manual de Selección de Magistrados/das y Jueces/zas del Consejo. Después del primer filtro basado en el análisis de la currícula de los aspirantes, el CNJ por medio de su Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Zeledón Castrillo”, y con fondos GOES, diseñó y ejecutó el programa de formación especializada para fortalecer las competencias cognoscitivas y prácticas de los futuros jueces. Para esto se obtuvo la participación de destacados docentes del área, tanto nacionales como internacionales, con sólida experiencia en formación judicial.

En el programa se aplicó una metodología activa y un sistema de evaluación centrado en la práctica, mediante el análisis y la resolución de casos. El plan de estudios duró 219 horas, divididas en 11 módulos de capacitación, realizados desde julio de 2017 a enero de 2018. En diciembre de 2017 comenzaron las entrevistas ante la Comisión de Selección del Pleno del CNJ, para integrar a solicitud de la Corte Suprema de Justicia, las ternas de aspirantes a Magistraturas y Judicaturas en propiedad de la Jurisdicción Especializada Contencioso Administrativa. Dichas ternas fueron conformadas y remitidas el 9/1/2018.

Cumplida esa etapa se procedió a la capacitación de Magistrados y Jueces y demás funcionarios y personal del Órgano Judicial y del Sector de Justicia, desarrollando una segunda edición del curso especializado, esta vez dirigido a asesores, colaboradores de la Sala de lo Contencioso Administrativo y de los nuevos tribunales. Asimismo, con base en sus facultades legales, el Consejo ha extendido este servicio a abogados en libre ejercicio de la profesión y personal jurídico de instituciones públicas como la Asamblea Legislativa, Corte de Cuentas de la República, Tribunal de Ética Gubernamental, Centro Nacional de Registros, Ministerio de Hacienda, Superintendencia de Competencia y distintas alcaldías, entre otros. Todo ello, dentro de los límites de la Ley y del presupuesto asignado al Consejo. Quienes tenemos el privilegio de servir al país desde las responsabilidades de dirección de los órganos públicos fundamentales vivimos la enorme complejidad de las tareas encomendadas, el alto nivel de las expectativas ciudadanas, la tensión permanente de los medios de control social, y al mismo tiempo, la escasez de recursos financieros e institucionales para cumplir los cometidos de nuestras organizaciones. Afortunadamente, desde el diseño constitucional del ejercicio de las funciones públicas se ha previsto como pauta de actuación la colaboración interorgánica, art. 86 inc. 1º de la Constitución y por ello el CNJ suscribió junto a otras 12 instituciones públicas una carta de entendimiento con la Escuela Nacional de Formación Pública (ENAFOP), que es la encargada de la capacitación en el Órgano Ejecutivo, y en cuyo marco se han entregado a dicha Escuela dos módulos instruccionales de capacitación sobre la normativa contencioso administrativa, que pueden utilizarse tanto para cursos presenciales como virtuales, incluso de carácter masivo y abierto, para atender al mayor número de participantes. Por supuesto, la preparación técnica y adecuación normativa corresponde a cada institución, como lo dispone el art. 166 de la Ley de Procedimientos Administrativos, pero con su trabajo en la selección de los nuevos jueces y en la preparación extensiva de otros operadores jurídicos, el Consejo Nacional de la Judicatura ha participado activamente en este importante cambio de época de la Administración Pública salvadoreña, para que la mejora de las funciones y servicios públicos ayude a recuperar la confianza de la población en sus instituciones. DERECHO Y NEGOCIOS /15


Derecho

LAS CITAS DOCTRINARIAS EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES: ¿DEBEN HACERSE? por: raymundo carballo Juez Primero de Sentencia (santa ana)

el valor de las citas doctrinarias en la fundamentación, legitimación y argumentación judicial son necesarias, pues ayudan a comprender y resolver el conflicto, pero deberá hacerse con tino, mesura y ante todo, con amplio criterio jurídico del Juez

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Las resoluciones judiciales, específicamente las sentencias deben ser la conclusión entendible del litigio. Fácil de comprender para los justiciables y para los abogados postulantes. En esta tarea, el juez debe hacer una labor de intelección jurídica, análisis probatorio, integración de las reglas de la Sana Crítica –que en ocasiones ni es sana ni es crítica- y de acogimiento de jurisprudencia y de doctrina relevante, sea a nivel nacional, sea a nivel regional, inclusive allende a nuestras fronteras. Lo que se puede denominar como “geopolítica del conocimiento jurídico”. Aquí es donde el Togado falla, miente, mutila y aplica líneas jurisprudenciales -ante la falta de doctrina legal pura- a su conveniencia, trayendo a sus sentencias teorías, máximas o principios en desuso o que no tienen aplicación espacio-temporal. Aparece en esta construcción lógica, la necesidad de incorporar en las sentencias citas doctrinales que avalen, amplíen o refuercen, lo decidido por el juez. No se trata de suplir el conocimiento del juez por interminables citas bibliográficas, copia de párrafos innecesarios o simplemente “rellenar” su sentencia, sino que, lo que decida, se convierta a la postre en una verdadera fuente de doctrina legal digna de ser replicada por sus Colegas judiciales. Esto último, abundaría a la cultura jurisprudencial a través de los Principios de Reiteración, Igualdad de Trato y la tan necesaria Regla de Acreditación Oficial, que no es más que el aval, de los Altos Tribunales Casacionales, al Derecho de los Jueces, ergo, de aplicación obligatoria. DERECHO Y NEGOCIOS /16

le

Étic a

Desde la perspectiva anterior, las citas judiciales tienen un valor innegable en la elaboración de las sentencias, sean estas penales, civiles, ambientales o de cualquiera otra jurisdicción especializada, pues ayudan, al lector, a comprender lo dicho por el Juez. Pero, ¿cuál es la “medida razonable” para el uso de las citas?


jus tici a

ey

a

derecho

La respuesta debe obedecer a los criterios siguientes: No deben anular la función intelectiva del juez, el juez “debe pensar” más que copiar lo que han dicho otros, no debe convertir sus resoluciones judiciales en verdaderos “tratados jurídicos” no entendibles para todos y especialmente para el justiciable, pues merma su derecho a recurrir y a oponerse a un fallo adverso. Circunstancia ya tutelada en los Arts. 8 y 25 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, que prescribe la implantación y uso de recursos sencillos a favor de las personas privadas de libertad o sometidas a un proceso penal. Otro criterio limitativo al uso de las citas doctrinarias, es que no se pierda el Principio de Congruencia o la Sintaxis interpretativa. Es decir, que el Juez, en su afán de “escribir más” no logre distinguir el horizonte de su fallo y se sumerja en una alambicada forma de escribir, que vuelva su resolución final, contradictoria con el fundamento normativo originario. Además de los bemoles ya escritos, al Juez se le presenta la disyuntiva de utilizar citas doctrinarias criollas o extranjeras. No vamos a hablar si existen Letrados malinchistas teóricos o no, se trata del peso de las citas, de su valor conceptual, de su aporte a la ciencia del derecho y de su apoyo a lo resuelto por el funcionario judicial, ni siquiera se trata de averiguar cuál es la “corriente del derecho” aplicable. En esta etapa, bastará que el juez -en la búsqueda de su cita- no desconozca el ordenamiento jurídico interno, utilice interpretaciones extremas o extremistas, de manera reiterada y sin fundamento cambie su precedente judicial, que intencionadamente no contribuya a la unificación de los criterios judiciales, que lo citado no tenga analogía permisiva o analogía estricta y que, por último, lo resuelto no esté bajo lo que se denomina “sombra decisional”. Aquí, el Juez resuelve varios casos símiles con criterios dispares cuando lo correcto es resolverlos, en su quinta esencia, igual; es decir, bajo una misma “sombra decisional”. La actuación anterior, no contribuye en nada a la formación de criterios sólidos, basados en argumentaciones judiciales fundamentadas, derivadas de la aplicación correcta de las reglas sobre valoración probatoria, que al final, vuelven nugatoria la formación de jurisprudencia vinculante. Tan necesaria para la seguridad jurídica y el respeto al Principio de Legalidad. Debemos concluir diciendo que, el valor de las citas doctrinarias en la fundamentación, legitimación y argumentación judicial son necesarias, pues ayudan a comprender y resolver el conflicto, pero deberá hacerse con tino, mesura y ante todo, con amplio criterio jurídico del Juez, que lejos de quebrar una línea interpretativa, la conviertan en jurisprudencia obligatoria, formal o informalmente.

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actualidad

AUPRIDES RELANZA LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN (RAICES) por: Editorial dyn La Asociación de Universidades Privadas de El Salvador (AUPRIDES), El Salvador Network (SALNET) y Social Marketing and Promotion (SMP) realizaron el relanzamiento de un nuevo concepto de la Red Avanzada de Investigación, Ciencia y Educación Salvadoreña (RAICES). Esto con el fin de fortalecer la articulación con las comunidades científicas nacionales y expandir el alcance de investigación; de esta manera, se están obteniendo resultados uniendo esfuerzos para darle un giro de innovación y apoyo a la labor de la Academia. La intención ha sido promover, entre las partes involucradas, el desarrollo de una renovada infraestructura tecnológica, el uso y apropiación de servicios de una red de alta velocidad, así como articular y facilitar acciones para la ejecución de proyectos de educación, innovación e investigación científica y tecnológica en pro del desarrollo de la sociedad, del conocimiento y de la información en el país. Mario Antonio Ruiz, rector de la Universidad Francisco Gavidia y presidente de AUPRIDES, detalló que RAÍCES no debe considerarse como un gasto para las universidades, sino una inversión para sus estudiantes. Para este relanzamiento de RAÍCES, el Ing. Mario Antonio Ruiz será quien presida el proyecto.

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Entre los logros obtenidos en el año 2018 con el uso de RAÍCES están: -Investigaciones de la Universidad Católica de El Salvador UNICAES en un ambiente colaborativo de las Redes Avanzadas, logrando posicionar a sus investigadores en un ambiente de interacción internacional. -Videoconferencia con expertos apoyando procesos de enseñanza-aprendizaje en la Universidad Andrés Bello, lo que significa un beneficio económico para las universidades al contar con la oportunidad de recibir videoconferencias de expertos internacionales; -Uso de equipos en la UFG compartidos por medio de las Redes Avanzadas en la Universidad Francisco Gavidia; -Investigación de la Universidad Gerardo Barrios a través de herramientas de las Redes Avanzadas; -Las redes avanzadas como base para la internacionalización de la educación la Universidad Pedagógica de El Salvador.


actualidad A medida que las redes avanzadas vayan obteniendo resultados, sus asociados tendrán la posibilidad de potenciar la labor académica en múltiples áreas como el intercambio científico e investigativo entre los miembros de la misma red y de otras redes a nivel mundial. Disponiendo de facilidades en la comunicación entre instituciones por medio de tecnología de voz sobre IP y así revolucionar la gestión de enseñanza y aprendizaje; no sólo a nivel docente sino también como experiencia metodológica y didáctica en beneficio de los estudiantes, convirtiendo a tecnología en un aliado para el desarrollo y crecimiento de las profesiones en formación y poniendo a su alcance los conocimientos y experiencias locales, regionales y globales a través de una red avanzada multidisciplinaria.

Con la red usted puede armar perfectamente un doctorado entre cuatro-cinco universidades de diferentes países, cada una pone un grupo de profesores y eso con bajo costo y de alto nivel. Me enlazo con la UNAM, con la Universidad de Buenos Aires, la Universidad Católica de Chile y la Gavidia y damos un doctorado con un nivel altísimo. Teniendo la red eso es factible, no estando en la red no es muy factible, es complicado.

En el evento tuvimos a oportunidad de hablar con el nuevo presidente de RAÍCES, el ingeniero Mario Ruiz, quien también es el rector de la Universidad Francisco Gavidia y presidente de AUPRIDES.

Hoy por hoy, RAÍCES es financiado por medio de un asocio entre SALNET, SMP y las seis universidades de AUPRIDES.

Podemos organizar postgrados, diplomados, congresos, todo lo podemos hacer. Estar en la Red es pertenecer a un grupo selecto con muchas ventajas. ¿Quiénes financian a RAÍCES?

¿El proyecto RAÍCES pretende atraer a más miembros? Ahora estamos relanzando RAÍCES porque se cambió presidente y queremos motivar a más miembros, al oír los éxitos de los que están en RAÍCES, a que se animen a formar parte de ello. Que no lo vean como un gasto, sino como una inversión. La red les va a dar un potencial, tendrá conexiones con universidades internacionales. Por ejemplo, nosotros nos relacionamos con Stanford ya que hacemos trabajos en conjunto con ellos, hay unas que lo están haciendo con la Universidad San Carlos de Guatemala. Antes cada universidad hacía lo suyo, hoy en día cooperan entre ellas. ¿RAÍCES debe ser vista como inversión? Con la Red intentaremos impulsarla en todo sentido y esto no lo deben ver como un gasto, sino como una inversión para mejorar la calidad, la cobertura, las investigaciones, la calidad de los docentes y para desarrollar el país. Porque sin las investigaciones no lo vamos a lograr, hay una frase que dice que la calidad y el desarrollo de un país dependen de la calidad de las universidades. ¿Qué diferencia a las universidades que forman parte de RAÍCES a comparación de las otras universidades? La principal ventaja es que pueden investigar más, tiene intercambios mundiales, tienen solidaridad y apoyo con cualquier cosa tanto nacional como internacional, se abren al mundo; no podemos estar encerrados aquí, nos hemos acostumbrado a ser cabeza de ratón y aunque sea hay que ser la cola del león, eso es lo que nos abre el panorama.

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“ Nuestra misión es ayudar a construir mejores países. Nos dedicamos a ayudar al mundo a comunicarse mejor y creemos que la fórmula para construir un mundo mejor es a través de la comunicación y la política, orientándola siempre al bien común y a una vocación de servicio al ciudadano


entrevista principal

víctor lópez p r e s i d e n t e - k ay r o s g r o u p El español Víctor López, ha sido asesor político de seis campañas presidenciales latinoamericanas en los países Curazao, Aruba, República Dominicana, Haití, Islas Caimán y recientemente El Salvador. Víctor López junto a su agencia Kayros Group ganó en el 2017 los premios “Consultor Revolución del Año” y “Tecnología Aplicada para la Política del Año”, otorgados por los prestigiosos Napolitan Victory Awards, conocidos como los Óscar de la comunicación política mundial. En el 2018 estuvieron nominados a seis categorías ganando la más importante: “Campaña del Año”, por el trabajo realizado en las elecciones presidenciales de Aruba.

Háblenos un poco de su trayectoria Soy presidente y fundador de Kayros Group, que es una firma y red global de gestión de la comunicación, la reputación y los asuntos públicos. Líder en Iberoamérica y certificada por la Latin American Board de la prestigiosa Universidad de Georgetown. ¿Qué le distingue como un buen asesor político junto a su equipo? Nuestra forma de trabajar. En Kayros Group siempre luchamos por tener una mentalidad más moderna, más joven, más innovadora, más millennial y sabemos muy bien de la importancia que tienen hoy en día las nuevas tecnologías, las redes sociales y diseñar un mensaje sumamente atractivo que conecte con las sociedades de este momento y el verdadero sentir de los ciudadanos de un país. ¿Por qué habéis visto un cambio impresionante en lo que ha ocurrido en las elecciones de El Salvador? Muy simple. Nayib Bukele ha roto con todos los esquemas tradicionales, si os habéis fijado no habían prácticamente billboards suyos en todo el país en comparación con los que sí tenía ARENA y el FMLN. Del mismo modo, Nayib prácticamente tampoco ha gastado en publicidad en prensa tradicional y muy poco en televisión y radio comparado con sus adversarios. Sustituyendo esa inversión en pauta en medios tradicionales por una más inteligente y eficaz comunicación dirigida especialmente a los jóvenes, haciendo uso de las nuevas tecnologías y en abarcar nuevos canales digitales como nunca nadie lo había hecho en el país.

¿En qué otras campañas ha trabajado en América Latina? y ¿Cuál ha sido la experiencia? Llevo casi 10 años trabajando en campañas políticas en la región, en Curazao en el 2012, en Haití y República Dominicana con Jovenel Moïse y Danilo Medina en el 2016, quienes ganaron las elecciones con el 55,67% y 61,8% de los votos respectivamente y en primera vuelta. En 2017 trabajamos en las exitosas elecciones de las Islas Caimán con Alden McLaughlin y también en Aruba con el partido POR – E FORSA NOBO. Todos ellos presiden sus respectivos países en la actualidad a excepción de Curaçao en donde no volvimos a trabajar y en elecciones posteriores, se produjo un cambio de Gobierno. En República Dominicana, llegamos justo al final de la campaña donde el candidato tenía una intención de voto del 47% en las mejores encuestas y en menos de un mes el candidato arrasó con una subida de más de 15 puntos, fue una campaña tecnológica masiva que impactó en todo el país y en sus electores en el extranjero. En Aruba, las últimas elecciones del 2017 se consiguió romper el bipartidismo con un partido nuevo, creado tres meses antes de las elecciones, algo similar a lo que ocurrió aquí. En las Islas Caimán, en el momento que tocaba cambio, se presentaron a los comicios decenas de candidatos independientes y la misión era que nuestro candidato se reeligiese como presidente. La segmentación y microsegmentación era sumamente importante, ahí es donde te das cuenta que no importa que sea

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entrevista principal

una campaña de una población de 60 mil habitantes o una de cinco millones, porque todas son igual de importantes e iguales de complejas. Cuando llegas a un país lo primero que debes de hacer es entenderlo, nosotros lo llamamos “tropicalizarse”. Si tú tratas siempre una campaña igual que otra y te piensas que esto es una especia de “sota, caballo y rey” donde puedes utilizar las mismas estrategias que se usaron en otros lugares, vas a perder siempre. Tienes que entender la realidad del país, entender el contexto del país y encontrar cuál va a ser el tema de la campaña y aprovecharlo. Analizar a tu candidato, al país y al contexto histórico en el que te encuentras. ¿Qué es lo que diferencia a la política de El Salvador con otras políticas de América Latina? Hablar de la política de El Salvador a partir de ahora es hablar de Nuevas Ideas, de un proyecto novedoso, moderno e inspiracional. De un proyecto del pueblo para el pueblo y por un pueblo que como dice Nayib, ha tenido que sufrir 30 años de corrupción y falsas promesas por parte de los partidos de siempre pero el 3 de febrero el pueblo dijo basta. Basta de inseguridad, basta de corrupción, basta de mentiras, basta de miseria y desigualdad; Basta de falta de oportunidades y Nayib supo empoderarlos logrando una victoria en primera vuelta que nadie creía posible.

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¿Por qué tu interés en la política salvadoreña y cómo llegaste a El Salvador? Llegué a este país porque creía firmemente en el proyecto de Nayib Bukele y me acabé enamorando de El Salvador y su maravillosa gente. Nuestra misión es ayudar a construir mejores países. Nos dedicamos a ayudar al mundo a comunicarse mejor y creemos que la fórmula para construir un mundo mejor es a través de la comunicación y la política, orientándola siempre al bien común y a una vocación de servicio al ciudadano. Estoy firmemente convencido de que Nayib Bukele será uno de los mejores presidentes de la historia de El Salvador. Por eso estoy decidido a apoyar a Nayib a construir un mejor El Salvador, también en su etapa de Gobierno. Se va a generar un efecto revolucionario en toda la región y el famoso pulgarcito va a desmostar que los Salvadoreños juntos sois imparables.

tenemos una mentalidad más moderna, más joven, más innovadora, más millenial e intentamos utilizar nuevas tecnologías, redes y un mensaje mucho más atractivo y que conecte mucho más con las sociedades de este momento


entrevista principal ¿Cuál fue la principal estrategia de la campaña de Nayib Bukele? En mi opinión, él logró demostrarles a los ciudadanos que las siglas de Nuevas Ideas, junto con GANA y Cambio Democrático, eran mucho más que simples partidos políticos. Demostró que era un movimiento del pueblo salvadoreño para crear un mejor El Salvador haciendo partícipes a los ciudadanos y empoderándolos. Esto es un movimiento, no un partido político y él insistió todo el tiempo en eso, la gente lo reconoció y lo hizo suyo. Algo que me sorprendió mucho es que cada evento al que íbamos la gente vendía merchandising que no hacía el equipo de campaña, el proyecto era de la gente. ¿Qué mensaje le quieres enviar a todos los lectores, empresarios principalmente, de las expectativas que deben de tener de este nuevo gobierno? A los ciudadanos decirles que pueden estar muy tranquilos. Saben que su honorable presidente electo se va a partir el alma -como decimos en España- para demostrarles que cada uno de sus votos han valido la pena. Que cuenta con todos los salvadoreños sin importar su ideología o su pasado político para cambiar juntos este increíble país. Y para los empresarios que ha llegado un momento de luz para el crecimiento, para la inversión extranjera y para crear nuevos proyectos. Nayib tiene muy claro que, con estabilidad institucional, con un estado de derecho fuerte, un poder judicial independiente y

respetado y un buen sistema de rendición de cuentas, El Salvador puede convertirse en un modelo a imitar y un caso de éxito democrático digno de estudiarse en las mejores universidades del mundo. ¿Qué preparación debe tener un asesor político en esta nueva era digital? Debe de entender cómo funcionan todos los mecanismos y herramientas mediante las que hoy se comunican los ciudadanos. Debe de estar preparado para asimilar el nuevo lenguaje de las sociedades modernas; y saber diseñar los mejores mensajes para conectar directamente con las emociones y necesidades prioritarias de los electores. ¿Qué retos enfrenta la política hoy en día? El mayor reto es que la gente ha dejado de creer en los políticos. De hecho, son las figuras peores valoradas por los ciudadanos en la gran mayoría de países. Recuperar la credibilidad y transmitir la verdadera importancia que tiene la política para los ciudadanos, solo será posible si surgen nuevos líderes inspiradores que de verdad y de corazón se conviertan en agentes de cambio con la voluntad de cambiar el mundo y sus países. En una campaña política, qué es más importante, ¿el partido o el candidato? Ninguno de los dos. Lo más importante es la gente. Ellos son los que meten la papeleta en la urna y los que de verdad deciden. Curiosamente son los más olvidados en la mayoría de elecciones y muchos candidatos se preocupan más por lucir bellos frente a las cámaras que por lo que de verdad necesitan esas personas para mejorar sus vidas. La realidad es que existe tanta desafección política principalmente por la mala gestión y malas praxis de muchos políticos, que lamentablemente no son conscientes o simplemente les importa muy poco que hay muchas personas en muchos países de la región pasándolo realmente mal. El político es quien está al servicio del ciudadano y no al revés, pero muchos se olvidaron de algo tan simple e importante y decidieron corromper algo tan extraordinario como la política para lucharse sacando provecho a veces del sufrimiento de los ciudadanos. Una persona que se postula a una candidatura presidencial o legislativa, ¿qué características debe cumplir? Definitivamente es ser honesto consigo mismo. Saber quién es y por qué quiere ser presidente o representante público. Otra característica importante es si es carismático o no. La historia de la humanidad no se entendería sin líderes carismáticos como Nelson Mandela, Gandhi, Alejandro Magno, Winston Churchill, Julio César, John F. Kennedy, Abraham Lincoln... a todos les debemos muchísimo. Ojalá hoy en día surjan nuevos líderes inspiradores como ellos, que tanta falta nos hacen. DERECHO Y NEGOCIOS /23


actualidad

El nuevo Gobierno y sus retos en materia de transparencia y lucha contra la corrupción por: William Rebollo Coordinador - Observatorio de Políticas Públicas UFG

el nuevo Gobierno deberá estar abierto a sumar iniciativas impulsadas por diferentes actores, incluyendo a aquellos que conforman la oposición política, pues solo sumando los esfuerzos de todos podremos superar realmente los retos que nos plantea como país la lucha contra la corrupción

Ahora bien, al analizar estos datos podemos observar que no están alejados de la realidad que vivimos, considerando además que “percepción”, de acuerdo a la Real Academia Española, es aquella sensación interior que resulta de una impresión material hecha en nuestros sentidos. En concordancia con dicho concepto, se puede apreciar que las impresiones materiales referentes a temas de corrupción han permeado grandemente en los sentidos de los salvadoreños. En los últimos años hemos sido testigos de grandes casos de corrupción en los que se han visto involucrados exmandatarios de la República a quienes se les ha acusado de haber defraudado al erario público con cantidades millonarias en detrimento del interés nacional. Recientemente Transparencia Internacional presentó el Índice de Percepción de la Corrupción del 2018, el cual clasifica 180 países según las percepciones de expertos y empresarios sobre el nivel de corrupción en el sector público, empleando una escala de 0 a 100, en la que 0 equivale a muy corrupto y 100 a muy transparente. En dicho índice, El Salvador se ubica en la posición número 35, lo cual, si bien representa una mejoría de 2 posiciones en comparación al año 2017, indica también que el país muestra un estancamiento en materia de transparencia, ya que para el 2015 ocupó la posición 39, para el 2016 la 36 y para el 2017, la 33, con lo cual, se denota que no existen cambios significativos, manteniéndose aún por debajo de la media regional y global (posición 40).

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Sin embargo, se puede afirmar que los retos pendientes en materia de transparencia y lucha contra la corrupción no son solo una percepción por parte de la población, sino que también existe evidencia documental de que aún persisten brechas por cubrir. De esa manera, el Informe de Fiscalización de Transparencia Institucional, elaborado por el Instituto de Acceso a la Información Pública (2018), muestra los resultados de una evaluación realizada a 97 instituciones públicas. Para ese estudio se tomaron en consideración la publicación de información oficiosa y la gestión documental y de archivos, indicando una nota promedio, en escala del 1 al 10, de 6.14 para las instituciones, siendo la menor nota la


actualidad obtenida por el Fondo Ambiental para El Salvador (1.12) y la mayor por parte del Fondo Social para la Vivienda (9.83). Por otra parte, desde el ámbito internacional, el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESISIC) en su informe de la 5ª ronda de análisis de los Estados parte (2017), plantea que aún no se han superado recomendaciones efectuadas durante la 2ª ronda. Las cuales están orientadas principalmente a establecer un marco jurídico integral para el ingreso al servicio civil; a asignarle a la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública los recursos presupuestarios, tecnológicos y humanos necesarios para desempeñar sus funciones en forma adecuada; a estudiar la posibilidad de publicar, cuando corresponda, prepliegos de licitación con la finalidad de que los interesados puedan conocerlos y presentar observaciones; a considerar establecer un marco jurídico que ofrezca medidas de protección para funcionarios públicos o ciudadanos privados que denuncien actos de corrupción, entre otras. De la misma forma, desde la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA), en el informe de avances de avances de El Salvador 2016-2018 generado por el Mecanismo de Revisión Independiente, se señala que, en cuanto a los compromisos adquiridos por El Salvador respecto al fomento de la transparencia, se ha tenido un progreso limitado, ya que, de 16 compromisos asumidos, solo 1 se ha cumplido de manera substancial, 13 de manera limitada y 2 fueron retirados. Todo ello nos brinda una imagen respecto a la situación del país en relación a la promoción de la transparencia y la lucha contra la corrupción, lo cual plantea un desafío para el nuevo Gobierno ante el cual, deberá responder de una forma creativa y sostenida para impactar a un sistema que aún se resiste a dar un verdadero salto de calidad en la materia. En relación a ello, el próximo Gobierno que asumirá el 1º de junio ha planteado en su Plan Cuscatlán, como acciones estratégicas, eliminar los gastos reservados de la Presidencia (partida secreta);

crear una Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICIES) y además nombrar un Comisionado Anticorrupción que monitoree el actuar del Gobierno. Si bien estas son medidas innovadoras y estratégicas, ellas no serán suficientes para realizar un cambio firme y sostenible, por lo que además el nuevo Gobierno deberá estar abierto a sumar iniciativas impulsadas por diferentes actores, incluyendo a aquellos que conforman la oposición política, pues solo sumando los esfuerzos de todos podremos superar realmente los retos que nos plantea como país la lucha contra la corrupción.

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Negocios

El cumplimiento del derecho genera productividad para las empresas por: Alejandro Solano Socio fundador - Bufete Solano Consultores

la pérdida de tiempo que generan los trámites burocráticos, lentos, innecesarios y engorrosos que se deben superar les restan competitividad al no poder satisfacer en muchos de los casos las necesidades inmediatas de los consumidores o limitar su capacidad para ofrecer en debida forma determinados productos

Uno de los retos –por no decir el principal─ a los que nos enfrentamos cotidianamente los profesionales del derecho en el ejercicio de nuestra profesión, es la cantidad de trámites que debemos realizar en cada entidad de la administración pública para que nuestra pretensión se vea resuelta –o mejor dicho la pretensión de nuestro representado─. Estos trámites en la mayoría de ocasiones se vuelven engorrosos, repetitivos y carentes de fundamento legal, afectando e incidiendo en el clima de negocios y la atracción de inversión. Repercutiendo como consecuencia de ello, no solo en el desarrollo del Estado, sino que en la calidad y la eficiencia de los servicios que se brindan a los ciudadanos. A pesar que todos los abogados hemos sido víctimas en alguna medida de la burocracia que presentan los procesos administrativos de la gestión pública, en la actualidad debemos reconocer los invaluables esfuerzos que se han realizado por parte del Estado para la eliminación de estas barreras, que hasta hace poco habíamos naturalizado como parte de nuestro quehacer jurídico. Tanto la aprobación de la Ley de Mejora Regulatoria a través de la que se crea el Sistema de Mejora Regulatoria y como consecuencia de ello, la creación del Organismo de Mejora Regulatoria, nace la “Ley de Eliminación de Barreras Burocráticas”, a través de la cual se crea el Tribunal de Eliminación de Barreras Burocráticas. Todos estos avances significan la posibilidad real de que los asuntos que dependen de la buena regulación de la gestión pública, sean resueltos bajo principios universalmente reconocidos como la efectividad, simplicidad y transparencia.

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Ambas normativas fueron aprobadas el pasado 12 de diciembre de 2018 y publicadas en el Diario Oficial N. ° 9, Tomo N. ° 422, de fecha 9 de enero de 2019, y cuya vigencia está prevista noventa días después de dicha publicación. Estas leyes presentan una reducción significativa en los pasos y requisitos para los trámites en los que se ve involucrada la administración pública. Es indispensable tener claridad, que de la buena gestión regulatoria dependen diversos proyectos cuyo beneficio colectivo estriba en la razonabilidad de las exigencias para su materialización. Bajo esta perspectiva, los procedimientos a seguir deben garantizar trámites ágiles, coherentes y apegados a derecho, en los que las pretensiones de quienes demandamos un sistema efectivo, encuentren respuestas sólidas en beneficio de la mayoría bajo principios de legalidad. La buena práctica del derecho, significa además de cumplir con condiciones fundamentales como la ética, el dotarnos a quienes representamos los derechos de terceros, de herramientas que nos permitan fortalecer la seguridad jurídica y la certidumbre de que los procesos que llevamos a cabo frente a la administración pública, gozan de reglas claras, inequívocas y uniformes, que no solo se mantengan en el tiempo, sino que además erradiquen prácticas que generan dudas en las gestiones que realizamos. En la actualidad, existen diversos temas que están a la palestra y que figuran como parte de aquellos que podemos denominar como excesivamente “burocráticos”, sin embargo, al no poder referirme a todos, tomaré como muestra el relativo a los trámites aduanales y su impacto negativo en la industria del país.


Negocios

Como todos sabemos, uno de los grandes sectores de la economía de un país que más dinamismo inyecta a su actividad y que acelera su crecimiento, es la industria, que comprendida como factor de desarrollo y transformación social, debería ser particularmente protegida a través de la emisión de normas que privilegien su fortalecimiento para mejorar la producción que impacta nuestra sufrida economía. Para lograr este fortalecimiento y como consecuencia el crecimiento económico, es indispensable la erradicación de malas prácticas que conllevan al colapso del sistema. Tal es el caso de la implementación de diversos instructivos que sin ningún tipo de asidero legal, imponen reglas que obstaculizan el comercio exterior, las importaciones y las exportaciones, exigiendo en los trámites aduanales que se le imponen a la industria, el cumplimiento de requisitos que restan fluidez a sus operaciones y que los ponen en situación de desventaja. Esto porque la pérdida de tiempo que generan los trámites burocráticos, lentos, innecesarios y engorrosos que se deben superar –como la doble revisión de documentación─, les restan competitividad al no poder satisfacer en muchos de los casos las necesidades inmediatas de los consumidores o limitar su capacidad para ofrecer en debida forma determinados productos. En suma, si bien existen avances significativos, aún falta mucho hacer. Sirva este artículo, como aliciente para reconocer los esfuerzos realizados y para reflexionar sobre las necesidades reales de los sectores que impactan de manera positiva nuestra economía.

LPA

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Negocios

EL ARTE DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN EN EL SALVADOR por: Rogelio iraheta Socio fundador - Bufete Iraheta Moreno

Ojalá el nuevo gobierno y las autoridades involucradas escuchen las propuestas de la Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (CASALCO) y busquen de manera coordinada simplificar la tramitología existente para que los proyectos en desarrollo y por desarrollarse en el futuro, avancen con fluidez y generen riqueza para los salvadoreños

Digo que es un arte, porque no es fácil para un empresario salvadoreño sacar adelante un proyecto urbanístico de cualquier clase, sea grande o pequeño, ya que requiere conocimientos en la materia, inversión importante de recursos, asesoría técnica y legal correcta y, ante todo, perseverancia hasta ver concluido el proyecto y obtener los frutos de su trabajo.

o su equivalente, para obtener la calificación del lugar, la línea de construcción y todos los permisos de construcción. Me refiero a planos estructurales, diseño arquitectónico, plano eléctrico, plano hidráulico, etc., autorizados por profesionales especialistas. También interviene en esta fase administrativa y de aprobaciones la Alcaldía Municipal del lugar donde éste se desarrollará.

FASE INICIAL

En algunos casos, dependiendo del tamaño del proyecto, el lugar de ubicación o del impacto que puede generar en el medio ambiente, como la tala de árboles, contaminación de mantos acuíferos, etc. se requiere la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, realizado por un especialista y aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).

Todo comienza con un terreno que llene las expectativas, en una zona con potencial de desarrollo y plusvalía, susceptible de obtener las factibilidades necesarias de las autoridades competentes. Es decir, que sea urbanizable y de atractiva comercialización, a fin de obtener los fondos necesarios para su desarrollo. Lo primero que debe hacer el desarrollador al encontrar el terreno ideal, es verificar en el Registro de la Propiedad correspondiente, la situación jurídica del inmueble, la legitimidad de su propietario y si está libre de gravámenes y presentaciones, de manera que pueda ser adquirido sin problemas. Por lo general, dichos terrenos requieren ser previamente reunidos o remedidos a través de Diligencias Notariales y con la ayuda de un perito, para que su perímetro corresponda a su cabida o medida real, lo que implica presentar un plano cumpliendo con los requisitos del Catastro del Centro Nacional de Registros (CNR), para su aprobación, antes de protocolizar la escritura que fuese necesaria. Los planos técnicos de la urbanización, edificio de apartamentos, locales comerciales o de otra modalidad de desarrollo urbanístico que se pretenda construir, deben ser presentados a la OPAMSS

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El proyecto debe contar con factibilidad de servicios básicos de energía eléctrica, así como de agua potable, sistema de descarga de aguas lluvias y de aguas negras aprobados por ANDA o, en defecto de ésta última, expresar si se manejará a través de sistema de fosas sépticas, de un pozo de absorción y/o tratamiento de desechos sólidos. Siempre existen alternativas, pero ello implica más inversión y el cumplimiento de más requisitos y aprobaciones para el desarrollo del proyecto. En el caso de aquellos proyectos que se someten y aprueban bajo el Régimen de Condominio, hay que elaborar y otorgar una escritura de desmembración en cabeza de su dueño, lo cual implica una descripción de cada uno de los apartamentos y/o locales, de los estacionamientos, de las áreas comunes, calles, áreas recreativas o de uso futuro, con el objetivo de que el respectivo Registro de la Propiedad les asigne un número de matrícula individualizado a cada lote, apartamento, local y/o área descrita, según corresponda.


Negocios

El éxito del proyecto dependerá de la venta y entrega de los inmuebles a satisfacción de los clientes, cumpliendo con todo lo ofrecido

Una vez superadas todas las etapas y requisitos anteriores, lo cual puede llevar de uno a tres años, el éxito del proyecto dependerá de su venta y entrega de los inmuebles a satisfacción de los clientes, cumpliendo con todo lo ofrecido. Obviamente, el proceso finaliza con el otorgamiento y firma de la escritura de compraventa del inmueble, apartamento o local, según corresponda, sin olvidar que la respectiva Alcaldía Municipal hace una recepción final de la obra o, en su defecto, de una recepción parcial del inmueble que se vende y transfiere a su nuevo dueño, quien deberá contar con el respectivo permiso de habitar extendido por la Municipalidad. FINALIZACIÓN DEL PROYECTO URBANÍSTICO El desarrollador queda pendiente y obligado a cumplir con las garantías de construcción del inmueble. En el caso de los condominios, se elabora un Reglamento de Administración que regula todo lo relacionado al mismo, y oportunamente se entrega la administración del edificio o proyecto a la Junta o Asamblea General de Propietarios, para que ellos nombren una Junta Directiva o Administrador que velará por su cumplimiento. Mis respetos y éxitos para los empresarios que se dedican al desarrollo de proyectos habitacionales o comerciales, porque son un factor importante en la generación de empleos y clave en el dinamismo de la economía del país. Ojalá el nuevo gobierno y las autoridades involucradas escuchen las propuestas de la Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (CASALCO) y busquen de manera coordinada simplificar la tramitología existente para que los proyectos en desarrollo y por desarrollarse en el futuro, avancen con fluidez y generen riqueza para los salvadoreños.

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actualidad

Centroamérica: retos del desarrollo en el siglo XXI por: leiner vargas Consultor e investigador asociado - ICAP

Ocuparse de lo urgente puede tener grandes consecuencias en la agenda de lo importante. La Región centroamericana debe ver con luces largas su participación en la sociedad del mundo en este siglo XXI. Debemos estrechar los lazos de la integración inteligente al mundo aprovechando las grandes oportunidades de tener una población joven, recursos naturales estratégicos y por supuesto, una posición geográfica envidiable. El acometer grandes proyectos de infraestructura para conectarnos en lo tecnológico, social y sobre todo, en lo productivo y comercial requiere de Estados Nacionales con democracias fuertes y sólidas. Requiere de un gran esfuerzo para superar la desigualdad y la exclusión social, lugar común para evitar la delincuencia, el narcotráfico, las pandillas y las nuevas expresiones del crimen organizado.

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La integración con sentido y sin tanto discurso nos pone la tarea de reducir los costos para hacer negocios entre y con los países de la región. La reducción de trámites, la eliminación de controles migratorios y aduanales innecesarios, la agilización y automatización de los procesos de logística. Los países de la región deben apostar en conjunto de cara a Asia, la región más dinámica en el crecimiento del comercio y las inversiones en el mundo. Para lo anterior, deberá


actualidad

O nos vemos como región o fracasaremos en un mundo globalizado. No hay otra vía, la integración es la vía. La dinámica global nos absorbe vertiginosamente, la sociedad nos exige cambios importantes y nuevos desafíos.

definirse políticas comunes para integrar clúster y actividades económicas que por su naturaleza tienen encadenamientos productivos regionales. Proteger el ambiente y proteger a nuestra gente, es esencial para evitar a toda costa la sin razón de la migración, drama humano que nos drena nuestros más valiosos recursos hacía lo desconocido. El reto educativo en el mundo 4.0 es quizás el de mayor significado e impacto. La innovación y la creciente integración de nuevas áreas del conocimiento a la dinámica productiva y de servicios, está transformando estructuralmente las condiciones de la especialización productiva y comercial del planeta y Centroamérica no puede aislarse de dichos cambios. Urge una nueva política productiva que ponga énfasis en el aprendizaje permanente, la educación dual en las empresas, la formación de talento en nuevas áreas del conocimiento científico y tecnológico y la integración de las políticas nacionales a canales regionales de acción en materia de ciencia, tecnología e innovación. Nuestra diversidad es la gran fortaleza que nos permite aspirar a crecer y fundamentar nuestro desarrollo futuro. Somos pueblos hermanos con cultura común, con grandes oportunidades y desafíos. No podemos partir la región Norte y Sur, por el simple

capricho de un gobernante. La región requiere urgentemente elevar la calidad de vida de la población y el comercio y la integración son pieza fundamental en dicho cometido. Si bien podemos ser optimistas de cara a todos estos desafíos, debemos acelerar el ritmo de nuestras decisiones estratégicas. La región camina lento y con pasitos cortos. El mundo se transforma a la velocidad de la luz y los gigantes trotan y corren, lo que seguramente nos desafía a propiciar nuevas formas para concertar la política pública. O nos vemos como región o fracasaremos en un mundo globalizado. No hay otra vía, la integración es la vía. La dinámica global nos absorbe vertiginosamente, la sociedad nos exige cambios importantes y nuevos desafíos. Reducir el poder corporativo del ejército en algunos de nuestros países es clave par afianzar la sociedad civil y su participación en lo público. Apq render a olvidar es vital para modernizar la infraestructura institucional desgastada, burocratizada y capturada por unos cuantos burócratas de la integración. Todo lo anterior será imposible de alcanzar si derrochamos los valores y principios de la sana convivencia social y democrática. Sería en vano pasar borrón y cuenta nueva las tres décadas de fortalecimiento de la democracia, si regresamos a las versiones más tristes de nuestro pasado en manos de dictaduras o de gobiernos clientelistas y populistas. No queda otro camino que apostar por fortalecer los regímenes democráticos e integrarnos, poco a poco a las mejores prácticas para la sana convivencia y la alternancia en el poder. Al igual que las aves migratorias no tienen fronteras al pasar por nuestra región, hoy debemos pensar en derribar murallas mentales a la necesaria integración. Mañana será tarde.

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El Descuentazo: EMPRESA SALVADOREÑA QUE CONTRIBUYE AL AHORRO DE SUS USUARIOS por: Editorial dyn

Es una nueva aplicación que pone a disposición de los salvadoreños productos de primera necesidad a un precio diferenciado. El Descuentazo es la primera aplicación móvil que integra tecnología de punta y una amplia variedad de productos y servicios a precios competitivos, entre ellos: alimentos, servicios, artículos de conveniencia, higiene, tecnología entre otros. Los abogados y empresarios pueden pedir a domicilio todos los productos de consumo que deseen y se pueden entregar en el lugar de trabajo o donde lo desee el cliente. Lo único que deben hacer es ordenar su compra por medio de la aplicación Descuentazo que disponible en PlayStore y IOS. También pueden buscarla en su página web: descuentazo.app.

la puerta de su casa.Las formas de pago también son accesibles, ya que aceptan todas las tarjetas de crédito, débito, pago en efectivo y Tigo Money, además de poder diferir su pago en cuotas sin intereses. Todas las ONG que quieran ser beneficiadas, o si quiere ser parte de su equipo puede contactarlos al teléfono 2278-0642 o escríbales al correo contacto@descuentazo.app. No olvide visitar su cuenta de Facebook e Instagram como: DescuentazoApp.

Su operación está integrada por un equipo 100% salvadoreño, además de proporcionar trabajo a motociclistas freelance, contribuirá a reducir las pérdidas a grandes empresas de alimentos y facilitará la compra de productos de primera necesidad en la comodidad de la casa o en la ubicación del usuario con su servicio de delivery. Esta iniciativa de emprendedores salvadoreños tiene un interés social, ya que según datos de la FAO hay un 25% de todo lo que se produce que se va directamente al desperdicio muchas veces sin haberse comercializado ni una sola vez, es por eso que uno de los objetivos fundamentales de esta empresa es ayudar al impacto ecológico evitando el desperdicio de productos y donando un porcentaje de todas las compras a fundaciones que alimentan a los más necesitados. Ahorre comprando entre una variedad de productos y servicios de la mejor calidad, cuenta con servicio a domicilio 24/7. Solo seleccione el producto que desee comprar, agréguelo al carrito de compras ordene y listo. En pocos minutos recibirá su orden en DERECHO Y NEGOCIOS /33


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Observadores internacionales de la FIA: por: Editorial dyn En las elecciones presidenciales realizadas el pasado 3 de febrero, miembros de la Federación Interamericana de Abogados (FIA), estuvieron como observadores electorales. A continuación, les mostramos sus opiniones sobre el proceso democrático. Los abogados que nos brindaron sus opiniones fueron: Antonio Tejeda Encinas, presidente del Comité de Derecho Comercial, Banca, Bolsa y Asesoría Empresarial de la FIA. Carlos Esquivel, vicepresidente de la FIA, Humberto Conti, miembro de la FIA, Jovino Arturo Álvarez, relator general; Enrique Delgado, Julio César Cabrera, vicepresidente Observatorio Electoral, Alejandro Lapadú, expresidente de la FIA y Sergio Ricci. ¿Cómo observó que estuvo el proceso electoral el 3 de febrero? Carlos Esquivel: El proceso electoral estuvo muy bien. Buena organización, mucha comunicación, los miembros del Tribunal que acompañaban a la delegación, estaban bien enterados de los partidos en contienda, sus miembros y los detalles del proceso que se llevaba a cabo. Existen algunos detalles que se pueden mejorar en los centros de votación, en especial, la colocación de las urnas para garantizar realmente un voto secreto y no dejarlas en donde mucha gente transita. Humberto Conti: El proceso electoral en general fue muy transparente respecto de la mecánica electoral, esto es el sistema de boleta única que brinda un pie de igualdad a los candidatos. Como así también la constitución y armado de las mesas de votación o juntas receptoras de votos. Si se observó una excesiva actividad política partidaria dentro y fuera de los establecimientos de votación lo que debería modificarse en lo sucesivo y respetar la naturaleza jurídica de la jornada de reflexión. Es muy llamativa la actividad inductiva del sufragio con colores, banderas y fuerte presencia partidaria. Jovino Arturo Álvarez: Todo el proceso se desarrolló según lo planificado en las informaciones previas y según las leyes y costumbres de El Salvador. No presencie ninguna anormalidad. Hay costumbres permitidas por la sociedad que considero no son adecuadas para los comicios, como la propaganda permanente y especialmente en los lugares de votación. Julio César Cabrera: El proceso electoral desarrollado el domingo 3 de febrero ha sido muy ordenado con algunos aspectos para detallar.

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En algunas escuelas pudimos observar que estando presente uno de los candidatos para emitir su sufragio, sus adherentes no respetaron el debido orden que debía tener en el recinto donde se desarrollaba el comicio. Esto lo advertimos en todos los centros, con profusión de personas identificadas con los partidos políticos intervinientes en la contienda. Lo propio para lo sucedido en la misma puerta de los centros de votación, con los partidos políticos desplegando todo un arsenal de propaganda. Sería prudente que en el futuro se preservara con mayor cuidado el lugar de votación, colocando un perímetro de protección fuera del centro de votación, digamos unos 200 metros, para que los partidos políticos puedan desarrollar sus actividades, sin molestar al propio centro de votación y demás votantes. Va de suyo que dentro del mismo centro de votación no se debería permitir velada actividad partidaria y sus identificaciones. Alejandro Lapadú: Todo transcurrió en orden y calma desde el punto de vista del comportamiento de la población votante; las personas acudieron a votar sin impedimento.


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conclusiones sobre elecciones presidenciales Enrique Delgado: profesional y a la altura del acontecimiento, ya que desde un principio se mostró con transparencia, brindando a los observadores la información necesaria y la capacitación al respecto. Sus autoridades, hicieron honor al principio de inmediatez en el cargo que ostentan. Sergio Ricci: No se advirtieron faltas en el desempeño del TSE. Sólo habría que recomendar que impida el día del comicio (como en los días previos inmediatos) que los simpatizantes y adherentes a los distintos partidos exhiban y circulen con símbolos partidarios fuera y dentro de los recintos de votación. Observar este marco constituye un factor necesario para preservar objetivamente la autenticidad y genuinidad del voto del ciudadano fuera de toda posible o supuesta influencia o presión externa. 3. ¿Qué factores se deberían cambiar para aumentar la afluencia electoral? Carlos Esquivel: Mantener el orden, la legalidad, transparencia y secretismo del voto es la prioridad.

Considero que debe de cambiarse el sistema del proselitismo político que se realiza en el mismo entorno de los centros de votaciones, que las personas no acudan a los mismos con vestimentas ni ningún tipo de distintivo de los partidos o candidatos, que cuando se presente un candidato no se le permita entrar con simpatizantes o dirigentes de su bando, que las mesas electorales sean ubicadas mas separadas una de las otras y en lugares donde puedan estar en locales más cerrados, que la caseta de votación tenga mayor privacidad para que al momento de ejercer el voto sea más secreto.

Humberto Conti: Un factor formal sería la obligatoriedad del voto de todos los ciudadanos incluidos en el padrón. Pero por otro lado el desinterés mostrado en las elecciones tiene un origen en las políticas de fondo que han llevado adelante los partidos políticos en los últimos 20 años. Las nuevas generaciones no tienen dentro de sus prioridades a la política tal como la conocemos hoy en día. Esto no es un patrimonio exclusivo de El Salvador.

2. ¿Cómo considera que estuvo el trabajo del TSE?

Jovino Arturo: Educación ¡!, por todos los medios posibles a todos los ciudadanos de la importancia que tiene para cada persona de poder elegir en cualquier situación y de la especial importancia del proceso electoral. Donde va a elegir candidatos que reúnan las condiciones que el espera de el/los candidatos. Esto debe ser una prioridad de todas las fuerzas vivas de la Sociedad Salvadoreña. Esta educación comienza en la Familia, en la escuela, en las organizaciones sociales y en los medios que deben convencer al ciudadano de la enorme importancia que tiene su voto.

Antonio Tejeda: El TSE, como una de las piezas esenciales del proceso, nos ha sorprendido gratamente por las mejoras que ha introducido en la administración del proceso, pero es de recomendar una actuación firme del TSE y de la Fiscalía Electoral en aplicar la normativas a los partidos políticos y personas que violen las disposiciones electorales, como el intento de influir en la decisión de los electores, mediante el proselitismo electoral de orientadores y personal de logística de los partidos en los centros.

Enrique Delgado: Primero difundir a los partidos políticos y a los ciudadanos salvadoreños, desde las Autoridades Nacionales Gubernamentales, en especial el TSE, los progresos en transparencia del sistema electoral salvadoreño, señalando por ejemplo que dentro de América Latina, son unos de los países que tienen el sistema de Boleta Única, lo que brinda que el electorado pueda expresar su elección del candidato con mayor precisión, a diferencia de lo que pasa en las boletas sábanas, cómo en mi país.

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