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Nuevas formas de enseñar derecho
En 2002, la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, de la cual soy egresada, se preocupó en formar Maestros en Derecho. Maestros que tuvieran una formación pedagógica, es decir, no bastaba la profesionalización y la experiencia del docente, sino en la forma en que trasmitían el conocimiento para lograr el objetivo del programa de la materia que impartía.
Muchos de los docentes tienen una falsa idea de lo que significa el concepto de LIBERTAD DE CÁTEDRA, era totalmente común tener maestros en esa época, que solo hacían una narrativa de sus experiencias labores, haciendo una clase totalmente carente de nivel de conocimiento, es decir, sin tener una idea de la clasificación o jerarquía del proceso cognitivo.
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La generación de estudiantes en Maestría en Derecho que iniciaron con ese diseño curricular, estaban enfocados en analizar la Pedagogía del Derecho. Con la brillante dirección del Jefe la División el Dr. Ruperto Patiño Manffer, el cual se preocupó por obtener los mejores resultados educativos, nos llevó a cuestionarnos con qué tipo de herramientas contaba el Maestro que enseñaba Derecho, para que su enseñanza fuera eficaz y por qué no decirlo, hasta interesante, porque hasta en ese momento se pensaba que el único Paradigma sobre la forma en que se abordaba el Proceso de enseñanza-aprendizaje del Derecho, era el modelo tradicional, el estudiante de derecho solo tenía que basarse en la lectura de textos jurídicos.
Aprendimos a enseñar, créanme que existe toda una teoría de cómo utilizar el pizarrón como la herramienta de enseñanza más básica y rudimentaria, que por mucha tecnología que hoy en día exista, está presente hasta en la Universidad más prestigiosa del mundo, para sentirse en un ambiente de aula, de escuela; lugar donde nuestras aptitudes y habilidades para enseñar, fueron en todo momento cuestionadas, analizadas y quizás hasta criticadas por los Doctores en Derecho.
Recordemos que al hablar de enseñanza en el modelo tradicional, el docente es el único que domina en su totalidad el contenido del programa, él es el encargado de motivar al receptor de conocimiento. Esto nos lleva a puntualizar que el docente tiene una doble tarea:
• Tener un conocimiento y profesionalización de su especialidad, y • Estar capacitado pedagógicamente para poder trasmitir de una manera eficaz el conocimiento.
El aprendizaje, como resultado de una “gran enseñanza”, es la conjugación de esquemas referenciales como bien lo indica la Dra. María del Pilar Hernández, “es el conjunto de experiencias, conocimientos y afectos con los que el individuo piensa y actúa”.
Lo anterior nos lleva a reflexionar ¿existen, nuevas formas de enseñar Derecho?, la práctica docente en la enseñanza del Derecho nos lleva también a no dejar a un lado a la Didáctica como parte de la Pedagogía al emplear técnicas y Métodos de enseñanza.
Es aquí querido lector donde radica la diferencia entre un buen o mal docente. Vivimos una pandemia causada por el COVID-19, que nos llevó totalmente al distanciamiento físico, sin duda alguna tuvimos los docentes la obligación de aprender de forma exprés el manejo de plataformas virtuales, las herramientas cambiaron, mas no el proceso enseñanza aprendizaje.
En la actualidad y después de una larga pandemia ya podemos hablar de las ventajas y desventajas en estas Nuevas formas de Enseñar Derecho. En lo personal no son nuevas formas de enseñanza es un NUEVO ROL DEL DOCENTE.
Ante el modelo tradicional que ya mencioné el nuevo rol del proceso enseñanza- aprendizaje puede descasar en clases grabadas, se pudieron organizar virtualmente más conferencias. Otra forma fue la innovadora actividad pedagógica que se articula en dos fases: la búsqueda de noticias que aborden cuestiones jurídico-internacionales y el análisis crítico de las noticias.
Aprendimos que la Educación también es Disruptiva, se tienen que formar Docentes con habilidades digitales y con la capacidad de adaptarse a cambios radicales que se puedan presentar incluyendo la digitalización en todo momento.
Se deben replantear los modelos de evaluación, sin duda el criterio del docente será su herramienta más poderosa. Su creatividad para poder enseñar a distancia, puede motivar a sus alumnos. Es fundamental aplicar los conocimientos que se han adquirido de forma práctica, puesto que es más sencillo que los alumnos y alumnas recuerden algo que han hecho ellos mismos a que recuerden algo que simplemente se les ha explicado.
La educación disruptiva supone una ruptura con la forma de enseñar para aprovechar y potenciar todas las APTITUDES Y CAPACIDADES, DEL FUTURO LICENCIADO EN DERECHO. Sin lugar a dudas y con lo que vivimos, debemos replantearnos en revisar de forma pronta los planes de estudio, explorando e innovando nuevas herramientas que coadyuven al aprendizaje del Derecho.
NOHEMY CAMACHO CORREA
Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, tiene el grado de Maestra en Derecho por la División de estudios de posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM. De igual manera es maestra en Derecho Notarial y Registral por el Instituto de Estudio Notariales del Colegio de Notarios del Estado de México. Siendo servidor público ha ocupado distintos cargos. Actualmente imparte la clase de Derecho Familiar y sucesiones en la especialidad de Derecho Civil en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM.