Los cambas cruceños en bolivia1

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LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA AUTÓCTONO – ORIGINARIO – INMIGRANTE MENTIRAS Y VERDADES HISTÓRICAS

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LOS DEL ALTO PERÚ NOS QUIEREN ALTO PERUANOS, LOS DEL PARAGUAY NOS QUIEREN PARAGUAYOS. PERO LOS CAMBAS CRUCEÑOS NO CONCEBIMOS ESTAR ANEXADOS A OTRO ENTE, ATROPELLANDO NUESTRA HISTORIA

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LA BANDERA DE LA INDEPENDENCIA DE LA PROVINCIA DEL RÍO DE LA PLATA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Y DEL EJÉRCITO DE BELGRANO El 13 de febrero de 1812 Manuel Belgrano propuso al Gobierno la creación de una "escarapela nacional", en vista de que los cuerpos del ejército usaban distintivos diversos. La bandera del Ejército de Belgrano, se usará por última vez en la batalla de Ayohuma el 13 de Noviembre de 1813 y es descrita como celeste y blanco antes de formar la bandera argentina. Los patriotas adoptaron los colores populares de la escarapela. El 18 de febrero de 1812 a petición del general Don Manuel Belgrano, que se encontraba en Rosario de Santa Fe, aconsejó en nota al gobierno que parecía llegado el caso de declarar la escarapela nacional que debíamos usar, para que nadie equivocara nuestras fuerzas con las de nuestros enemigos. En virtud de ese consejo que tendía a fijar la uniformidad en las insignias de nuestros soldados, el Gobierno de Buenos Aires decretó que la Escarapela Nacional de las Provincias Unidas del Río de la Plata, sería desde entonces de color blanco y azul celeste. Ante el avance del Ejército del Norte al Alto Perú, el Coronel Antonio Suárez tras la fuga al Brasil de Becerra el 4 de marzo de 1813, retornó de Cordillera y recuperó la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, asumiendo el gobierno de la Intendencia ya cinstituida como Provincia de Santa Cruz de la Sierra el 18 de marzo del mismo año. Ignacio Warnes llegó como gobernador de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra, a la ciudad capital y asumió el 24 de septiembre de 1813 con una fuerza de solo 25 soldados, entre ellos dos cruceños como José Manuel Mercado y Gilberto Rodríguez, quienes utilizaron esta bandera de colores celeste y blanco, como la enseña de la independencia de la Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra. José Manuel Mercado el 14 de febrero de 1825, cuando entró en Santa Cruz de la Sierra y depuso a Tomás Aguilera, su ejército se identificaba por una bandera formada por dos franjas de color azul celeste y blanco, mientras que los realistas lo hacían con una bandera igualmente de dos franjas de color amarillo y verde. Los territorios dependientes de Santa Cruz de la Sierra se pronunciaron a favor de la revolución de Mayo. Moxos desde 1822 que había dejado de tener un gobernador, se agrega a Santa Cruz el 22 de marzo de 1825 liderado por Anselmo Villegas. Chiquitos lo hizo también bajo el mando de Sebastián Ramos y Cordillera había permanecido libre por ser el refugio de las fuerzas patriotas. Ya en Valle Grande se había iniciado el movimiento revolucionario

LA BANDERA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ QUE ONDEE EL VERDE DE LA ESPERANZA Y EL BLANCO DE LA PUREZA Hace 151 años, el 24 de julio de 1864 el doctor Tristán Roca Suárez entonces Prefecto del ya departamento de Santa Cruz creó la bandera cruceña. Según el historiador Hernando Sanabria Fernández, durante la presidencia del General José 7


María Achá entre 1863 y 1865, el Prefecto de Santa Cruz que retornaba de La Paz trayendo la primera imprenta, se encontró con su colega de Chuquisaca en Cochabamba. Allí surgió la idea de la creación de los símbolos departamentales y fue así que mediante decreto prefectural de fecha 24 de julio de 1864, el doctor Tristán Roca Suárez creó la bandera cruceña, constituida por tres franjas horizontales del mismo ancho; verdes la superior e inferior y blanca la del centro. El gobierno de Melgarejo envió tropas del ejército a Santa Cruz y dijo en esa época, se había sofocado un movimiento regional que intentaba derrocarlo y dividir al país. Siendo esta sindicación utilizada en forma permanente y continuada por el poder central de la República, hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia (SE NOS ACHACA DE SEPARATISTAS: Esto definitivamente no es separatismo como se nos achaca y bajo ningún concepto es divisionista, por ser tan sólo la lucha pacífica por nuestras reivindicaciones patrióticas y la búsqueda de mantenernos vigentes, como pueblo y nación cierta y determinada dentro de la metrópoli boliviana. FUENTE: CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: AÑO 2015). El Prefecto Freddy Landívar Arauz fue quien mediante Decreto Prefectural, adoptó los colores de la bandera cruceña para ser usada por la banda de música de la primera autoridad del departamento en 1985. La bandera cruceña ha sido testigo de gloriosos episodios de nuestra historia como sociedad, nación y pueblo anexado y colonizado.

BA BANDERA DEL DEPARTAMENTO DEL BENI La bandera del Beni de color verde en su integridad, es un símbolo departamental con sus ocho estrellas doradas que representan la integración y unidad, de las ocho provincias de este departamento. Están colocadas en el centro en forma de círculo, representando el color dorado la riqueza mineral que todavía guarda el departamento. A la llegada de los españoles la región de Mojos ya estaba en plena decadencia desde hace más de tres siglos, pero de igual forma la región se mantuvo, como uno de los centros de origen y propagación de muchos productos agrícolas de difusión mundial como el tabaco, el cacahuete o maní, el algodón, la yuca y el camote. Después de una temporada de intenso interés en la primera fase de la época colonial, cuando se creía que en la región pudiesen estar unas de las sedes del mítico El Dorado o Paitití, la región permanecíó en un estado de fuerte marginalidad por algunos siglos. Pero en la época republicana entre la mitad del siglo XIX y el inicio del XX, el Norte del departamento fue protagonista del auge económico de la goma, pues la abundancia de árboles de la siringa llamó a un gran número de personas a la región. Muchos aventureros y trabajadores, en que la mayoría eran indígenas que 8


trabajaban en condiciones de semi esclavitud. Actualmente la explotación siringuera prácticamente ha desaparecido del área por falta de rentabilidad frente a la producción del Asia meridional:, por lo que muchas de las antiguas barracas caucheras han sido transformadas en estancias ganaderas. Sobreviven sólo pequeños productores locales de ponchos engomados, para la navegación fluvial y otros objetos de uso tradicional. El territorio es una amplia planicie con abundantes cursos de aguas, lagunas tectónicas y artificiales y pantanos denominados «curichi». Se trata de una sabana de inundación que durante la temporada de lluvias, entre diciembre y mayo puede inundar amplias áreas del departamento. En casos extremos pero frecuentes, esta inundación puede abarcar más de 100.000 km² del departamento (por ejemplo en los años 1992 – 2007 - 2008 y 2014). El bosque ocupa las riberas de los numerosos ríos y rodea prácticamente todas las extensas sábanas de unos 150 mil km2 de extensión, donde el bosque tropical húmedo del sector meridional, es el más amenazado por los cultivos agroindustriales, por lo que en algunos sectores ha desaparecido completamente, quedando sin solución de continuidad los cultivos con la sabana. En el área occidental el bosque de pie de monte andino también es amenazado, aunque en menor medida por los cultivos de subsistencia de colonos andinos y locales, así como la tala industrial para la obtención de madera.

LA BANDERA DEL DEPARTAMENTO DE PANDO La bandera de Pando fue creada el 24 de septiembre de 1938 y ostenta la novena estrella del escudo del Estado Plurinacional, siendo el departamento más nuevo de Bolivia. El color blanco en la parte superior representa la pureza y la lealtad del pueblo pandino y el verde la riqueza forestal de la amazonía en el Noroeste. Pando está ubicado en la parte Noroeste del país, limitando con territorio brasileño al Norte y peruano al Oeste, como también con los departamentos de Lä Paz y el Beni al Sur. Tiene un relieve mayormente llano con una altitud media de 280 metros sobre el nivel del mar y posee un clima tropical, su suelo está cubierto por la selva de la Amazonía surcada por innumerables ríos y los suelos bajos, se caracterizan por frecuentes inundaciones que afectan gran parte de las tierras varios meses al año. Gran parte de las comunicaciones terrestres se utilizan sólo durante el período seco, mientras que durante la época de lluvias los transportes se deben realizar por vía aérea, o en menor grado por vías fluviales. Su capital es Cobija y cuenta con una población aproximada de 61 mil habitantes, y el departamento, está dividido en 5 provincias y 15 municipios.

ANÁLISIS Y REVISIÓN HISTORIOGRAFICA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS, ENTRE LOS AÑOS 1560 Y 2014 La importancia de conocer la historia y preservar la identidad, es vital para la existencia de los 9


pueblos y las naciones, pues todo pueblo que no conoce su historia y preserva su identidad y su cultura, esta destinado a desaparecer. La historiografía según el diccionario es un conjunto de libros de historia, su estudio biográfico y crítico de los escritos sobre la historia, como de sus fuentes y de los autores que han tratado de estas materias. Es un método en el que utilizando el análisis de las diferentes fuentes y los fundamentos esgrimidos por los historiadores, se descubren las mentiras y las falsedades manejadas, así como también se fortalece la verdad sobre la auténtica historia de los pueblos y las naciones, más allá de las acepciones propias de la ciencia histórica que en el lenguaje usual, es la narración de cualquier suceso, incluso de eventos imaginarios y de mentiras, siendp su propósito el engaño o cualquier otra ficción histórica. La historiografía por el contrario como ciencia histórica, tiene el propósito de averiguar los hechos y los procesos que ocurrieron y se desarrollaron en el pasado, interpretándolos en base a atenerse a criterios de objetividad, aunque la posibilidad de cumplimiento de tales propósitos y el grado en que sean posibles son en sí mismos objetos de debate, pues es el conjunto de técnicas y métodos propuestos, para describir los hechos históricos acontecidos y registrados con el empleo correcto, y el sometimiento a los requerimientos típicos del método científico en base al análisis de la producción literaria de los historiadores y a las escuelas, agrupaciones o tendencias de los mismos, simplificando al máximo la historia con los hechos del pasado. La historiografía es la ciencia de la historia, y la historiología es la teoría de la historia. HISTORIOLOGÍA: Teoría de la historia. En especial la que estudia la estructura, leyes o condiciones de la realidad histórica: FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988).

NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES, PATRONA DEL EJÉRCITO PATRIOTA DE LA PROVINCIA DEL RÍO DE LA PLATA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, Y DEL EJÉRCITO DE BELGRANO Bajo la advocación de las Mercedes estuvo en la capilla del Santísimo Cristo de la Vera Cruz de la ciudad de San Fernando, como Titular de una Hermandad de Gloria y Gremial de los zapateros fundada en 1794. Con posterioridad en las primeras décadas del siglo XIX, pasó a recibir culto en la Iglesia Mayor de San Pedro y San Pablo hasta mediados del siglo XX, cuando fue retirada tras unas obras realizadas en el interior del edificio, en la línea de las reformas del concilio Vaticano II, que provocaron la supresión de numerosos retablos e imágenes que se encontraban en la misma. En los años 70 del siglo XX presidió algunos altares callejeros instalados con motivo de la festividad del Corpus Christi, y entre las imágenes de gran devoción en Santo Domingo es la más antigua. Todo ello cuando en marzo de 1495 Cristóbal Colón acompañado de unos cuantos españoles, tuvo que enfrentar a un crecido número de indios acaudillados por un cacique. Levantando una trinchera y colocando junto a ella una gran cruz de madera. Los indios lograron desalojar a los españoles que de inmediato se replegaron a un cerro, donde los indios prendieron fuego a la cruz y con hachas intentaban destruirla pero no pudieron lograrlo, por lo 10


que viendo la agresividad de estos, Colón y la mayoría de la tropa decidieron retirarse del lugar. Sin embargo el mercedario Fray Juan Infante, confesor de Colón que llevaba consigo una imagen de Nuestra Señora de las Mercedes que era donativo de Isabel la Católica, exhortó a los españoles a seguir combatiendo y les prometió la victoria en nombre de la Virgen María. Al día siguiente las fuerzas de Colón obtuvieron una increíble victoria frente a los indios que se dispersaron por los montes. Luego de este suceso se construyó un santuario a la Virgen de las Mercedes, en la misma cumbre del cerro donde Colón colocó la milagrosa Cruz.

NO PERMITAMOS QUE NOS ROBEN LA ESPERANZA DE UN FUTURO COMO MINORÍA NACIONAL DIFERENTE, CIERTA Y DETERMINADA QUE SOMOS La verdadera realidad histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños, es la que nos mantendrá vigentes como sociedad a través de los tiempos, pues somos una minoría nacional diferente, cierta y determinada en Bolivia. Por lo tanto meremos y exigimos que se respete a nuestros pueblos anexados y colonizados en 1825, como también a nuestro territorio avasallado y agredido desde 1842 en adelante. Desde los inicios del siglo XX la colectividad de las naciones, ha intentado definir el concepto de minoría nacional en el Derecho Internacional, sin que hasta el momento haya sido posible alcanzar un consenso al respecto. Sin embargo desde la creación de la Sociedad de Naciones hasta nuestros días, se han delimitado una serie de elementos definitorios que en las últimas décadas, han sido consolidados por organismos internacionales especialmente en el ámbito europeo. Entre estos elementos objetivos se incluyen por un lado, la inferioridad numérica, la diferenciación cultural, la étnica, la religiosa y la lingüística, como también la nacionalidad jurídica o ciudadanía del Estado de residencia y la temporalidad de la presencia en el territorio del Estado. Así como por otro lado elementos subjetivos, como la conciencia o identidad colectiva y el deseo expresado por el grupo de preservar sus características específicas. En la actualidad la Comunidad Internacional reconoce la posible conformación multinacional y multicultural de los Estados, lo que equivale a decir que acepta la existencia de más de un grupo étnico y cultural en el interior de su territorio y algunos autores, se dirigen a estos grupos como minorías nacionales, étnicas, religiosas o lingüísticas, como pueblos de grupos minoritarios o naciones Pese a que se carece de una definición exacta sobre las minorías nacionales, estas colectividades se distinguen por sus rasgos étnicos, religiosos y lingüísticos, constituyendo un grupo numéricamente inferior con respecto a la mayoría de la población, concentrados en un territorio dentro de las fronteras del Estado del cual son ciudadanos, pero enfrentando situaciones de vulnerabilidad.

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CONTENIDO I. HISTORIA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS II , PRINCIPIO Y FINAL DE UNA REPÚBLICA III. AGRESIONES DEL ALTO PERÚ IV. LEGADOS HISTÓRICOS V. DERECHOS HISTÓRICOS VI ORIENTACIÓN IDEOLÓGICA VII. MRMORIA HISTÓRICA VIII. IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA IX. GENTILICIO X. PACTO DE CONVIVENCIA

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DESTRUYENDO MITOS Y MENTIRAS HISTÓRICAS

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LA HISTORIA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS ENTRE 1560 Y 2009, SIENDO ESTE ÚLTIMO AÑO EN EL QUE NOS ELIMINAN Y TRANSFORMAN, EN LA INVENTADA COMUNIDAD INTERCULTURAL DEL TAHUANTINSUYO POR LA METRÓPOLI BOLIVIANA

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CONFERENCIA LOS CAMBAS CRUCEÑOS, REALIZADA EN EL AUDITORIO DE LA CAINCO EL 18 DE DICIEMBRE DE 2012 Señora Elizabeth Rodríguez de Suárez. Presidenta de la asociación de Damas Cruceñas. Señor Mario Ichaso Aguilera. Director de la revista Verde Blanco Verde. Autoridades invitadas. Señoras. Señores: Vamos a iniciar esta relación, pidiendo al Dios Todopoderoso que nos aclare la mente, para que comprendamos la crítica situación que estamos viviendo como Nación diferente, cierta y determinada en Bolivia. El concepto de Nación define a un conjunto de personas unidas por lazos de sangre o raza, religión, historia y costumbres comunes, sin importar que estén dentro de una sola región, un solo país o en varios. Somos cambas porque hemos creado a través de 452 años, una identidad y cultura histórica propia que la hemos logrado a pesar de que seamos de orígenes diferentes. Somos cruceños porque nos desarrollamos en el territorio de la ex República de Santa Cruz de la Sierra, que correspondía a los actuales departamentos del Beni, Pando y Santa Cruz. Además los territorios anexados en la era republicana a Tarija, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz, en que todos contamos con una Identidad y Cultura Histórica común todavía. He insistido permanentemente en la necesidad de fortalecer y preservar nuestra identidad y cultura histórica, por lo que vamos a preguntarnos. ¿Donde está nuestra identidad y cultura histórica? No está pérdida todavía sino que se encuentra dormida, por haberse soportado estoicamente la agresión colonial de la metrópoli. Repito no está perdida sino que se encuentra dormida, por haberse tolerado una enseñanza mentirosa de nuestra Historia Académica. Llevándonos a un estado preocupante, por la indolencia asumida ante las permanentes agresiones de la metrópoli y en especial sobre nuestros orígenes. El ejemplo lacerante y doloroso, está relacionado con el abandono cómplice del lugar de fundación de Santa Cruz de la Sierra efectuada en 1561, como hecho totalmente contrario al sentimiento Colla alto peruano que se encuentra actualmente, camuflado en una Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo que inaugura y resalta, la nueva dimensión del tiempo y el espacio para los hijos de la mitológica Allpamama. Esta actitud indolente asumida por nuestra sociedad, desgraciadamente la hemos tomado con una conducta permanente de cerrar los ojos, de mantener la boca clausurada y de quedarse con los oídos tapados, dentro de un comportamiento simplista y pasivo ante las agresiones del poder de la metrópoli que nos ha hecho perder, toda reacción normal de un pueblo diferente, cierto y determinado que somos. Las agresiones contra nuestro derecho de existir como nación, están exacerbadas desde cuando se creó la República del Alto Perú llamada Bolívar en 1825, siendo la causa del embrollo existencial en que nos encontramos. Olvidando nuestras raíces y dando mayor importancia a un desarrollo material indeterminado, dejando de lado el noble sentimiento espiritual de patria. La identidad esta definida como aquel elemento del cuál se forma el yo que junto a la razón, nos permite interactuar con otros individuos. Se crea al nacer por que el cerebro, es una página en blanco a completarse con su capacidad receptiva y, la cultura histórica es la relación que un grupo humano mantiene con su pasado, pues un pueblo sin historia y sin pasado es un pueblo que no existe y nuestra cultura histórica, nace con la fundación de Santa Cruz de la Sierra, a orillas del río Suto y en las faldas de la serranía del Riquio. 19


La cultura histórica no se circunscribe solamente al análisis de la literatura académica, pues es la que presta atención a los agentes que la crea y a los medios por los que se difunde. Además es la recepción creativa de una ciudadanía particular que en este caso, es la de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentra anexada y colonizada dentro de Bolivia. Se tiene que aclarar sobre la existencia de dos naciones diferentes, ciertas y determinadas en el hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano que se encuentran asentadas en dos zonas diferenciadas. Donde la nación Colla alto peruana se halla dentro del Alto Perú o Provincia de los Charcas en Bolivia, así como también en el Tahuantinsuyo de origen incaico, amalgamados con el español e inmigrantes permanentes que habitan en la cordillera de los Andes, con su territorio englobando a las repúblicas del Perú, Chile y Argentina. En cambio la nación Camba Cruceña es de origen Tupí Guaraní mestizada con el español e inmigrantes de todas partes, constituyéndose con los que están asentados y habitan en la cordillera de los Chiriguanos, como también en los llanos amazónicos y rioplatenses. Las diferencias existentes entre los del Alto Perú con los cambas cruceños, las tenemos en la historia pre colonial, colonial y pre republicana, donde la historia colonial alto peruana se inicia en conjunto con el Perú y viene de la invasión al Imperio Incaico el año 1529, con la toma de Cajamarca y la muerte del Inca Atahualpa en 1533, o sea que no se han cumplido los 500 años todavía. En cambio la historia colonial Camba Cruceña viene por el Océano Atlántico, el río de la Plata, el río Paraguay. Específicamente desde Asunción en 1560, con la creación de la Gobernación de Mojos y tan solo 453 años de existencia. Las diferencias existentes entre la metrópoli boliviana con su colonia Camba Cruceña, las tenemos también en la cosmovisión que viene a ser, la consideración propia del funcionamiento espiritual y social como nación particular, siendo esta la causa del desigual comportamiento entre nuestros pueblos, aunque las influencias procedan de la misma fuente ibérica y entre ellas tenemos, el masticado de la hoja de la coca que no fue compartido por nuestros padres antes ni en la colonia, pero como plaga y maldición nos llegó con la inmigración de invasión colonizadora después de 1952. El instrumento narcotizante que es la hoja de la coca, era usado para rituales religiosos en el incario, abarcando todo el Imperio y fueron los españoles los que cambiaron la utilización sagrada hacia el mascado general, al constatar que los autóctonos mal llamados indígenas, no se encontraban en condiciones para ejecutar los trabajos pesados que se les imponían en las minas. Mejorándose su rendimiento con el masticado de la misma. La falta de Identidad y Cultura Histórica en nuestra nación que es una sola y no 34 diferentes, como se encuentra atomizada en la actual Constitución boliviana, sirvió para reeditar nuestra anexión y colonización en el año 2009. pese a que contamos con una parte mayoritaria mestiza, integrándola a una inventada comunidad intercultural de tinte incaico andino que para nosotros significa nada. Esta situación hace que como cambas cruceños nos sintamos agredidos en nuestra identidad y cultura histórica, seamos originarios autóctonos, originarios nativos como también inmigrantes, por encontrarnos avasallados social y culturalmente en nuestra calidad de nación minoritaria; pero eso sí diferente, cierta y determinada. Los cambas cruceños debemos despertar y batallar para recuperar el terreno perdido, conservando nuestra Identidad y Cultura Histórica. Estudiando con espíritu crítico y real la agresión colonizadora de la actual Metrópoli Colla del Alto Perú Boliviano, que como poder político y económico, ha manejado con intencionalidad antagónica los términos Colla y Camba e inclusive el Yungueño buscando llevarlos hacia una discriminación racial que nos mantenga enfrentados, cuando estas palabras significan solamente la procedencia de las gentes, pues el Gentilicio expresa el origen o de donde vienen. La influencia del Río de la Plata, como la del Paraguay y especialmente la de Asunción en el asentamiento de familias cambas cruceñas, fue determinante para hacernos diferentes a la sociedad Colla alto peruana sea boliviana, peruana, chilena o argentina, pero el fraude histórico manejado en 1825 que tergiversa nuestra realidad, fue utilizado para cometerse la mayor agresión colonial contra una nación que 20


era soberana, libre e independiente. La nación de los pueblos cambas cruceños fue creada diferente por nuestros padres hace 454 años. Se la hizo bajo el principio de igualdad y nace 198 años como la segunda República en América del Sur, por haberse separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, siguiéndose el ejemplo del Paraguay que lo efectuó en 1811 de España y en 1814 de la misma confederación del Río de la Plata. La demostración de la anexión dolosa y la colonización fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra, está apoyada por una extensa documentación que se encuentran en la biblioteca histórica en la ciudad de Sucre, así como también en la bóveda del Banco Central de Bolivia en la ciudad de La Paz con documentos originales, pues en caso de no existir nuestro análisis alcanzaría solo a ser una novela histórica mal contada, y nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta serían un invento. La agresión política de la metrópoli alto peruana, se manifiesta con los hechos de agresión contra los componentes autóctonos cambas cruceños en el Parque Isiboro Sécure que como etnia está dentro de la nación Camba Cruceña. Olvidándose por parte del poder colonial que las naciones ciertas y determinadas, deben ser respetadas dentro de los espacios donde se desarrollan. No deben existir ingerencias bastardas, de fuerzas foráneas que busquen la desaparición como minoría nacional, tal como está sucediendo con todo el territorio de nuestra nación colonizada en 1825 y especialmente, en los territorios como lunares de los mal llamados indígenas del Oriente Boliviano que, no guardan relación alguna con el Alto Perú o Provincia de los Charcas. Los cambas cruceños estamos sufriendo una acometida genocida contra nuestros derechos humanos, así como también a la existencia misma de nación diferente, cierta y determinada, y como ejemplo de ello se tiene la agresión contra la marcha por la defensa de nuestro territorio común, llamado Parque Nacional del Isiboro Sécure por la metrópoli, separado dentro de una división artificial creada para debilitarnos. Territorio llamado Tipnis, destinado para ser intervenido y agredido por una indeterminada sociedad alto peruana mestiza, transformada en Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo que fue creada en la ciudad de Quito de la República del Ecuador, con confirmación en la ciudad del Alto en Bolivia dentro de la filosofía Amawta del Pachacutic como Tawa Pacha. Las agresiones del Alto Perú, han llegado a tal grado de virulencia que actualmente se pretende cambiar nuestro himno, en la bella estrofa de un pueblo sin odio ni rencores, pues cuando cantamos la España grandiosa, lo hacemos porque en los tiempos de la colonización era un gran Imperio que nos legó sangre y cultura. Además no albergamos rencor ni odio, reconociendo la grandeza española. Cuando cantamos con hado benigno, lo hacemos porque gracias a esa población de raza ibérica y española ya asunceña, se nos legó las virtudes que sirvieron para formar nuestra etnia, dentro de un mestizaje orgulloso de las dos razas madres que nos dieron nuestra existencia material, espiritual y cultural. Cuando cantamos aquí plantó el signo de la redención, lo hacemos porque los españoles trajeron con ellos, la Cruz que es el símbolo de la cristiandad y esto significa que nos formamos en base a la doctrina de Cristo y así nació, surgió y se consolido bajo su sombra un pueblo con la frente limpia y un leal corazón. Por último voy a referirme a un libro que es el resultado de varios años de estudiar y analizar nuestra Identidad y Cultura Histórica, tiene como título “Los Cambas Cruceños en Bolivia” y contiene un análisis de los hechos sucedidos con nuestra sociedad, contemplando la revisión historiográfica entre los siglos XVI al XXI inclusive, y comprendiendo temas que hacen a nuestra etnia, sociedad y nación. Como no puedo extenderme más les pido que nos pongamos de pié, para repetir imbuidos y llenos del espíritu patriótico que nos está faltando, las palabras de la segunda estrofa de nuestro himno que dice. “Libertad. Libertad.” Muchas gracias.

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COMIENZO El presente análisis sobre los orígenes históricos de la nación de los pueblos cambas cruceños, tiene la finalidad de afianzar la identidad de los componentes de nuestra única sociedad, seamos autóctonos, (AUTÓCTONO: Aplicase a los pueblos o gentes originarias del mismo país en el que viven. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988). originarios, (ORIGINARIO: Que da origen a una persona o cosa. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988). o nativos, (NATIVO: Perteneciente al país o lugar en que uno ha nacido. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988). como también inmigrantes. (INMIGRANTE: Entrada en un país de personas pertenecientes de otros paises para establecerse. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988). En este trabajo se encuentra, la orientación verdadera sobre los sucesos históricos que dieron nacimiento a la etnia y sociedad Camba Cruceña conocida como Oriental en Bolivia, por estar enclavada y habitando los territorios de los departamentos al Este de la cordillera de los Andes en la metrópoli imperialista y colonizadora boliviana. El concepto de nación es el que define a un conjunto de personas unidas por lazos de sangre o raza, religión, historia común, idioma, costumbres y también por adopción. Comprende todo un territorio fundado por pueblos o grupos étnicos sin importar que estén dentro de una sola región, en un solo país o en varios. La nación es la que construye las convicciones, las fidelidades y las solidaridades entre los hombres que ocupan un determinado territorio y hablan un mismo leguaje, reconociendo mutuamente los deberes y los derechos propios de sus miembros. La definición de nación es demostrativa en nuestro caso, de que los cambas cruceños enclavados al Oriente de la cordillera de los Andes y dentro del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, somos incuestionablemente una Minoría Nacional y también definitivamente diferentes, ciertos y determinados que no tenemos lazos étnicos, religión, historia, idioma y costumbres comunes con los pueblos andinos. Los cambas cruceños además contamos con una población inmigrante que se integra y se identifica, construyéndose poco a poco con estos elementos de buena fe, la identidad y la cultura histórica que definitivamente, afecta a la sociedad receptora en sus miembros e instituciones, porque la identidad y la cultura histórica Camba es un proceso dinámico de continua y mutua adaptación, donde las obligaciones y los derechos van más allá del marco legal y formal dentro de la igualdad de oportunidades. Situación que requiere que las instituciones locales se adapten, para reconocer y valorar los aportes de la inmigración, para considerarlos con igualdad y sin discriminación. Donde esta condición de recepción y aceptación hace que los inmigrantes en reciprocidad, busquen su integración en la sociedad a la que se desplazan, adoptando una actitud positiva respecto a incluirse dentro del conocimiento de las costumbres, la cultura y las normas sociales de su nueva patria. Los inmigrantes, son todas aquellas personas sin distinción de raza que han salido de sus lugares de origen por decisión propia o forzada, buscando a corto o largo plazo refugio y asilo en otra tierra por sus propios medios, huyendo del sufrimiento ocasionado por adversas circunstancias, y son también inmigrantes. (INMIGRAR: Acción y efecto de inmigrar, de llegar a un país para establecerse pese a que estaban domiciliados en otro. Se dice especialmente de los que forman nuevas colonias o se domicilian en las ya formadas. Constituye, pues, la otra cara de la emigración, de la salida del país propio para instalare en otro. De ahí resulta que son términos que juegan inseparablemente, porque todo emigrante se convierte en inmigrante y, viceversa todo inmigrante ha tenido que ser emigrante. Por eso el vocablo migración comprende los dos aspectos señalados. FUENTE: DICCIONARIO DE DERECHO: OSORIO, MANUEL Y CABANELLAS, GUILLERMO: NUEVA EDICIÓN AÑO 2011, TOMO I, PÁGINA. 689). 22


Son también inmigrantes los que se desplazan internamente por las mismas razones que los refugiados, pero permanecen dentro de sus fronteras nacionales. (REFUGIADO: Para la academia, persona que, a consecuencia de guerras, revoluciones o persecuciones políticas, se ve obligada a buscar refugio fuera de su país. FUENTE: DICCIONARIO DE DERECHO: OSORIO, MANUEL Y CABANELLAS, GUILLERMO: NUEVA EDICIÓN AÑO 2011, TOMO II, PÁGINA. 435). El Doctor Orlando Mercado Chávez, presenta este trabajo que contiene un análisis sobre la identidad y la cultura histórica de su amada nación de los pueblos cambas cruceños, relacionada con los acontecimientos de nuestra sociedad que se ha venido construyendo por un espacio de tiempo de más de 453 años. Por lo que es de imperiosa necesidad, conocer los antecedentes de los sucesos que han rodeado la existencia de nuestra etnia Camba Cruceña, la cual se ha ido creando día a día con el aporte de todos los pueblos del mundo. La construcción de la sociedad Camba Cruceña comienza en 1561, con la fundación de la capital de la gobernación de Mojos a orillas del río Suto y sobre las faldas de la serranía del Riquio, a escasos kilómetros de donde esta asentada la ciudad de San José de Chiquitos que actualmente es capital de la provincia del mismo nombre en el departamento de Santa Cruz. Los componentes de la sociedad que se llama hoy dentro del enredo boliviano Oriental Camba Cruceña, comprende entre ella a las sociedades santa cruceña, beniana y pandina al estar formada por los Departamentos del Beni, Pando y Santa Cruz, así como también los territorios al Oriente de la cordillera de los Andes, anexados a los departamentos occidentales o alto peruanos bolivianos en la era republicana. Los cambas cruceños tenemos la obligación de efectuar entre todos, seamos originarios autóctonos, originarios nativos por nacimiento o inmigrantes, de llevar adelante una verdadera reelaboración y revisión de nuestra historia, porque esta es la única que nos llevará al conocimiento pleno y real de quienes somos y de donde venimos. La historia actual que se enseña en los centros educativos de nuestra nación colonizada, está llena de incongruencias manejadas por el poder de la metrópoli alto peruana que nos anexó en el año 1825, y consolido nuestra colonización en 1826 con el Decreto de enero dictado por Antonio José de Sucre. La anexión de los cambas cruceños en Bolivia, se produjo como consecuencia del manejo turbio de la oligarquía alto peruana sobre nuestra historia particular, contando con la complicidad de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre que aceptaron la prebenda de nombrar a la republica del Alto Perú, con el apellido del libertador de la gran Colombia y co libertador del Perú, como también ponerle el apellido del Mariscal Sucre a su capital. La república alto peruana inicialmente llamada Bolívar que luego y a pocos meses de su creación, fue cambiada de nombre por el de Bolivia y transformada en Estado Plurinacional Comunitario, Indígena, Originario, Campesinos, Comunidades Interculturales y Afro boliviana. En la concepción de este nuevo Estado boliviano, se cambia definitivamente el sistema republicano de gobierno, Esta nueva concepción constitucional resulta un enredo, pues definitivamente el Estado alto peruano de Bolivia, se constituye con un conjunto confuso de personas en la pretensión de resucitar el Tahuantinsuyo Incaico. Manejándose dentro de una corriente de supuesta reivindicación colonizadora indígena de condición aimara y quechua, dentro de un ensayo que pretende revivir un comunitarismo 23


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prehistórico, que se tenía dentro de la monarquía Inca con su pueblo esclavizado. La situación social, política y económica que se nos quiere implantar a la sociedad de los cambas cruceños que resulta, nada más ni nada menos que incluirnos como Minoría Nacional diluida, exterminada y desaparecida dentro de una inventada comunidad intercultural, dentro un proyecto autoritario de la oligarquía mestiza andina de las regiones alto peruanas, que como clase social poderosa urbana se hace llamar Poder Indo Mestizo del Kollado Boliviano, para de una vez acabar de consolidar la agresión contra un pueblo y una nación diferente, cierta y determinada como es la Camba Cruceña. El trabajo del doctor Mercado, es donde leerán el relato de los acontecimientos que vienen divididos en temas puntuales, que nos llevan a navegar sobre nuestro pasado colonial español, en la formación como sociedad venida desde Asunción del Paraguay. No del Perú y consecuentemente del alto Perú. Se conocerá la verdad sobre las agresiones sufridas por parte de los alto peruanos, desde nuestro inicio como nación y sociedad diferente, cierta y determinada que cuenta con etnia, cultura y cosmovisión propia hasta nuestros días, pese a las agresiones sufridas contra nuestra identidad durante la era republicana boliviana. La anexión y la colonización en la República Bolívar de los cambas cruceños, se efectuó pese a que fuimos una nación soberana e independiente por habernos separado de la confederación de la Provincias Unidas del Río de la Plata en el año 1815. Pero nuestra independencia y soberanía, fue conculcada por el poder colombiano y alto peruano manejado por Bolívar y Sucre, montando el fraude histórico mediante la interpretación fraudulenta de la historia en la resolución y determinación de la asamblea en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo hoy Sucre. La colonización fraudulenta de nuestra nación constituida en soberana, libre e independiente al separarnos de España en 1810, como también de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 y rechazar la invasión del Alto Perú en 1825, al resistirse las invasiones desde 1822, cuando Pedro Antonio de Olañeta se subleva contra el poder virreinal sobreviviente. Pues el Alto Perú se separa del Perú el 9 de marzo de 1824, mediante el tratado de Tarapacá entre el General Pedro Antonio de Olañeta y Jerónimo Valdez emisario enviado por el virrey residente en el Cuzco. La soberanía e independencia Camba Cruceña se consolida cuando el Coronel José Manuel Mercado, expulsa de nuestra capital Santa Cruz de la Sierra al gobernador Tomás Aguilera que la ocupaba, por mandato del brigadier Francisco de Aguilera de origen cruceño, pero español primero y alto peruano después el 14 de febrero de 1825. Motivo por que lo anotado líneas arriba, nos lleva a entender que los cambas cruceños alcanzamos a consolidar solos nuestra independencia militarmente el año 1825, pero ese mismo año la perdimos políticamente en nuestra soberanía, por las tramoyas políticas que involucran a elementos históricos contrarios a nuestra realidad como son Vicente Seoane, Vicente Caballero, Casimiro Olañeta, Mariano Serrano, Antonio José de Sucre, Simón Bolívar y otros pertenecientes a la masonería internacional. Para no cansarlos les propongo que entremos en materia. Mario Alemán Cruz

PRESENTACIÓN Este trabajo es el resultado de varios años de escudriñar la historia de la nación de los pueblos cambas cruceños, asentados desde tiempos remotos en un espacio territorial diferenciado y propio al Este de la cordillera de los Andes, desde la llamada cordillera de los Chiriguanos hasta los llanos rioplatenses, amazónicos. Sobrepasando el río Paraguay, dentro de la pertenencia territorial poblada por las tribus que formaron en conjunto la etnia Tupí Guaraní. (CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS: Esta 24


región constituye el límite natural que divide el Oriente Boliviano de las tierras altas: corre a lo largo de las últimas estribaciones de los Andes desde la frontera argentina en el Sur, hasta el Perú en el Norte. Ha tomado su nombre del principal grupo indígena, los Chiriguanos. Grupo guaranítico que emigró a estas tierras desde el Paraguay y el Brasil. FUENTE: LOS ASENTAMIENTOS CULTURALES EN EL ORIENTE BOLIVIANO: LA CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: MORENO PAREJA, ALCIDES: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA. 39). La región de la nación de los pueblos cambas cruceños fue disputada y defendida por los hoy llamados originarios, (ORIGINARIO: Principio, nacimiento, manantial, raíz y causa de una cosa, patria, país donde uno ha nacido o tuvo principio la familia, o de donde una cosa proviene. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988 // Lo que es origen de alguien o de algo. Que procede de una persona, sitio o cosa,. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA. 718) así también los autóctonos. (AUTÓCTONO: Aplicase a los pueblos o gentes originarias del mismo país en que viven. Se dice también de los animales o plantas. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La línea Tupí Guaraní fue una etnia que lucharon para evitar ser colonizados por el Imperio Incaico, también combatieron contra la corriente colonizadora llegada desde España por el mar Caribe, el Océano Pacífico y el Perú. Cuyo poder imperial invade y coloniza dicho Imperio llamado también Tahuantinsuyo. Los querembas como se les llama a los guerreros Tupí guaraníes no se sujetaron al dominio de ninguna otra nación, en su momento lucharon contra los ejércitos incas que establecieron fortalezas fronterizas en Samaipata, Incallajta e Incahuasi. Más tarde resistieron la colonización española venida desde el Perú que se vio obligada a crear una nueva frontera, entre la cordillera de los Chiriguanos que corre desde la República Argentina en el Sur hasta la República del Perú en el Norte y todo esto, a manera de límite entre la cordillera de los Andes dentro del Collado alto peruano o Charcas, con los pueblos de los llanos amazónicos y rioplatenses. El primero de los imperios con los que tuvieron que guerrear los Tupíes guaraníes o Chiriguanos, fue con el de los Señoríos del Kollasuyo o Señorío Aimara, llamado así por los incas y Collao por los españoles. Eran pueblos formados por diferentes y pequeñas aldeas fortificadas, constituidos por los Collas que se encontraban asentados entre el lago Titicaca y la localidad de Ayaviri, teniendo integrados entre ellos a los Lupacas y los Pacajes al Oeste, como a los Carangas y los Charcas al Este. El segundo de los imperios que se enfrentó con la parcialidad de los pueblos Tupíes guaraníes llamado Chiriguano. (TUPÍ GUARANÍES: Hoy llamados y autodenominados simplemente guaraníes) son uno de los grupos étnicos más numerosos del Chaco boliviano, y uno de los más estudiados desde un punto de vista histórico. El origen mismo de la etnia puede ser leído en las fuentes coloniales tempranas que evocan el mestizaje biológico y cultural entre migrantes guaraníes 25


llegados del Brasil y Paraguay en los siglos XV y XVI y grupos autóctonos de Chané de filiación Arawak (Combés & Saignes, 1991). Dominando sobre el plano político a los Chané o Tupí (esclavos) guaranizándoles cultural y lingüísticamente. Los Chiriguanos se constituyeron en los siglos coloniales como el principal obstáculo de los españoles de Charcas para penetrar en el Chaco, con una fama comparable a la de los araucanos de Chile opusieron una tenaz resistencia a la penetración española, como uno de los pocos pueblos amerindios a quienes el rey de España, declaró oficialmente la guerra a finales del siglo XVI hasta finales del siglo XVII, o incluso a fines del siglo XIX. FUENTE: LA BATALLA DE KURUYUKI: VARIACIONES SOBRE UNA DERROTA CHIRIGUANA: COMBÉS, ISABELLE). La cordillera de los Andes con el Imperio Incaico de los quechuas que dominaron a los aimaras, hace su aparición en Pacaritambo, una población cercana al Cuzco y desde allí se expandió por toda la cordillera de los Andes, creciendo hacia el Oeste en la costa del Océano Pacífico y también hacia el Este, llegando hasta las estribaciones boscosas de la misma cordillera. Los Incas no pudieron avanzar sobre los llanos al Este de la cordillera de los Andes, pues fueron detenidos en sus propósitos de invasión por las aguerridas tribus de los Antis, de las cuales uno de los suyos o sea el más pequeño recibe el nombre de Antisuyo. Tampoco pudieron llegar a conquistar la parte boscosa, entre los llanos y la cordillera que comprenden las llanuras del Guapay y el Chaco, al ser desbaratadas las invasiones incas por los chiriguanos. La expansión del Imperio Incaico o Tahuantinsuyo con los cuatro suyos en que se encontraba dividido, comienza en su jurisdicción territorial desde el río Putumayo en Colombia, pasando por Ecuador, Perú, Alto Perú o Charcas, Chile y Argentina llega a la zona denominada Tucumán y termina al otro lado de la cordillera de los Andes en la región del Maule y Bio-Bio. El gobierno del Tahuantinsuyo tenia su organización dividida en dos territorios jurisdiccionales, entre ellos el Chinchasuyo y el Collasuyo que en conjunto eran llamados “Hanan” por encontrarse sobre la cordillera de los Andes, pues en la mitología Inca a “Hanan Pacha o Hanaq Pacha” la definían como el mundo de arriba y era en el que se encontraban todos los dioses, como espacio celestial en el cual estaban Viracocha, Inti, Mama Killa, Pachacamac, Mama Cocha e Illapa entre otros. El segundo grupo estaba compuesto por el Antisuyo y el Contisuyo, al que lo llamaban “Urin Pacha” o sea el mundo de abajo. La Mitología Inca estaba establecida por una serie de leyendas y mitos de esta etnia. (MITO: Fábula, ficción alegórica, especialmente en materia religiosa. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Los incas se sustentaron en la religión panteísta del Imperio. (PANTEISMO: Sistema de los que creen que la totalidad del universo es el único Dios. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) y el sistema social permanecía bajo un régimen administrativo y político, centralizado en la ciudad del Cuzco que está situada en la actual República del Perú. El tercero y último de los imperios con el que lucharon y lidiaron los pueblos Tupíes guaraníes, fue con el español que proviene desde la península Ibérica por la corriente del mar Caribe y el Océano Pacífico, como elementos que incursionaron en los territorios de los Chiriguanos, chocando en una guerra abierta contra estas avanzadas coloniales venidas desde el Perú y por el Alto Perú o Charcas. Este hecho obliga al virrey Toledo a invadirlos en actitud de castigo que como zona de conflicto, exige crearse toda una frontera o límite de la colonización proveniente desde Lima en el Perú. El primer encuentro y los siguientes entre los Chiriguanos y los colonizadores españoles, se libraron en el río Parapetí llamado también Condorillo y en las escaramuzas, los querembas con gran acierto se dispersaron dejando grupos pequeños de choque, por lo que las expediciones resultaron un rotundo fracaso con ser el virrey Toledo prácticamente vencido. A consecuencia de los ataques de los chiriguanos se creó entonces como resistencia contra esta raza indómita, toda una frontera con un frente de más de trecientos kilómetros protegido con las villas fundadas en esos extremos que se denominaron fronterizas, tal como es el caso de las poblaciones de 26


Mizque, Tomina, Tarabuco, Tarija dentro del Alto Perú y San Lorenzo fuera de Charcas entre otras . Lo sucedido en la colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños al Este (Oriente) de la cordillera de los Andes, se efectúo en forma diferente a lo acontecido con la colonización del Collao del Alto Perú o Charcas, pues este proceso fue llevado adelante en los llanos, con asentamientos de características especiales y sin precedentes en la historia de América Meridional. Con las misiones jesuíticas y haberse efectuado desde los ríos de la Plata y el Paraguay, partiendo desde Asunción con familias venidas a ocupar espacios vacíos y en los cuales, irrumpían ocasionalmente partidas nómadas de tribus originarias autóctonas de la línea Tupí guaraní. La fundación de Santa Cruz de la Sierra se constituyo en un freno a las correrías de los bárbaros que habían matado, a Don Pedro de Castro y asaltado la estancia de Don Lope de Castro comiéndose a las personas que vivían en ella. Constituyéndose en dueños de la región sin más freno que la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, fundada por los conquistadores del Paraguay e incluida para la administración de justicia dentro de los límites de la audiencia de Charcas. Pero establecida como una gobernación independiente con su obispado propio, que por la calidad insana de nuestro territorio como diócesis quedó establecida provisionalmente en el valle de Mizque, pero como gobernación contaba bajo su jurisdicción militar con las misiones de Mojos y Chiquitos. La información acumulada para este análisis fue obtenida en base a un estudio en el trabajo de varios historiadores, entre ellos tenemos a cambas cruceños y a collas alto peruanos, como también a argentinos y otros foráneos con sus respectivas investigaciones. Siendo posible armar los argumentos que buscan desentrañar, la trama orquestada por una enseñanza falsa y mentirosa sobre nuestra realidad histórica, mediante una educación manipulada desde la metrópoli imperialista colonizadora del Alto Perú. (METRÓPOLI: La nación que posee colonias, o ejerce jurisdicción sobre territorios separados o distintos a ella. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA. 407). La orientación en la enseñanza sobre nuestro advenimiento como nación de los pueblos cambas cruceños es netamente colonizadora. (COLONIZAR: Formar o establecer colonia en un país. Fijar en un terreno la morada de sus cultivadores. Realizar una labor civilizadora en el país o colonia en que se ejerce dominio. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: 1988). La enseñanza sobre nuestra identidad y cultura histórica, está constituida en la causa del peligro inminente que enreda y complica el futuro de nuestra sociedad al Este de la cordillera de los Andes en Bolivia, acarreando la irremediable pérdida de la identidad y cultura en general, además es la causa y el motivo del peligro inminente de la desaparición de esta etnia nuestra hoy cosmopolita. La pretensión y la intención que lleva el cometido de éste análisis histórico dentro de la esencia del mensaje que se lanza, está buscando interesar y estimular en los historiadores propios y en la población toda, la necesidad primordial que se tiene de investigar y realizar una revisión justa y objetiva, del advenimiento de los pueblos y la sociedad de la nación de los cambas cruceños en el acontecer del resultado integral de la amalgamación, entre los autóctonos Tupí guaraníes con la inmigración ibérica y criolla venida desde Asunción del Paraguay. La amalgamación racial que dio como resultado la nación de los pueblos cambas cruceños a través de más de 451 años, es la que consiguió transformar a nuestra sociedad en una comunidad sociológicamente diferente a la del Collado del Alto Perú o Charcas boliviano, pero por la anexión dolosa y la colonización fraudulenta, actualmente se encuentra agredida por antropólogos y sociólogos tanto propios, alto peruanos y europeos dentro del complot urdido por la imperialista metrópoli colonialista del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia contra nuestros pueblos.

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PREÁMBULO El pasado, presente y futuro de la patria y nación de los pueblos cambas cruceños, creada mediante el movimiento de los conquistadores paraguayos venidos desde Asunción, comienza con la expedición de Don Alejo García que descubrió el Río de la Plata el año 1516. Este explorador portugués, partiendo desde Santa Catarina en la costa del Océano Atlántico alcanza el río Paraguay, cruzándolo e incursionando en el Chaco hasta los límites de la región de los Charcas sobre la cordillera de los Andes, como territorio que fue descubierto por Diego de Almagro. (RUTA DE ALMAGRO: Almagro salió del Cuzco en 1535, y siguiendo las huellas de Saavedra, estableció su primer campamento en Paria. Lo acompañaban el gran sacerdote incaico Villac Uma y el Inca Paullu, a fin de facilitar la entrada de los españoles en los territorios que eran dominio de los incas. La expedición pasó luego a Tupiza y desde allí hasta el territorio de la actual ciudad de Salta (Argentina). Después de muchos inconvenientes cruzó la cordillera avistando tierras chilenas. El año 1536 llegó a Coquimbo donde se unió a la expedición que había venido por mar. Desilusionado al no encontrar las riquezas que habían originado la exploración, los españoles decidieron regresar al Cuzco. Sus avanzadas llegaron al desierto de Atacama y después de grandes tropiezos atravesaron el desierto y la región de Tarapacá, llegando cerca de Arequipa el año de 1537. Con esa expedición, Diego de Almagro incorporó a las tierras altas la zona del Litoral; este hecho dio lugar a que cuando se creó la Audiencia de Charcas el litoral formara parte de su jurisdicción. FUENTE: LA CONQUISTA DE CHARCAS: ALMAGRO EN CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 111). El portugués Alejo García llega a las proximidades territoriales de los chiriguanos o Ava guaraníes, a manera de pueblos que incuestionablemente se constituyeron en una barrera natural y ancestral contra el Imperio Incaico. Motivó por lo que el Inca Huayna Cápac sostenga una guerra de invasión contra estas tribus diseminadas a lo largo de la cordillera de los Chiriguanos, para lo cual hizo construir durante su incanato las fortalezas de Cuzco Toro, Samaipata, Saipurú y Guanaco Pampa entre otras. Fortificaciones que fueron destruidas por los aguerridos pueblos que vienen como resultado de la amalgamación entre el Guaraní con el Chane de la línea Arawak o Tupí. Los territorios de los pueblos Tupíes guaraní o Chiriguanos no se constituyeron solamente en una muralla contra el Imperio Incaico. Sino que también lo fueron contra la expansión del virreinato del Perú en la colonización española. Motivo por lo que se crearon las ciudades de frontera como Tarija, Tarabuco, Tomina, y otras. (CIUDADES DE FRONTERA: Con motivo de los constantes ataques de los chiriguanos, el virrey encargó la fundación de una línea de ciudades en la avanzada conocida con el nombre de frontera a fin de asegurar la protección de los pobladores. Entre estas ciudades están, Tomina, Tarabuco, Villar y Presto. FUENTE: LA CONQUISTA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 124). Demostrándose con esto que los pueblos y territorios chiriguanos, política y geográficamente llegaron a ser los que dividieron el Virreinato de Lima con la Gobernación del Paraguay, hasta la creación de la Gobernación de Mojos separada de Asunción. El extremo mostrado está manifestado por la historia, la geografía y la antropología cuando se 28


hace referencia de que la cordillera de los Andes está habitada por los quechuas, los aimaras y otros como naciones y pueblos diferentes a los de la región de la cordillera de los Chiriguanos. Además los pueblos de los llanos rioplatenses y amazónicos que en nuestro caso, fueron parte de la Gobernación del Paraguay en la era colonial por espacio de 23 años.

CAMBA CRUCEÑO APRENDE SOBRE NUESTRA IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA (aparte de estar en la pantalla debe ser leído por vos de mujer) Los cambas cruceños nos separamos del Paraguay como Gobernación de Mojos en 1560, convertidos y transformados posteriormente en la de Santa Cruz de la Sierra y por lo tanto, somos un pueblo y nación que no mantuvimos integración geográfica ni racial alguna con el Alto Perú o Provincia de los Charcas en la era colonial y prerrepublicana. La integración Camba Cruceña se produce cuando nos anexaron con dolo y nos colonizaron mediante el fraude histórico, en complicidad con Antonio José de Sucre y la posterior aceptación por Simón Bolívar que al principio se oponía a esta situación. La ciudad de San Lorenzo el Real de la Frontera implantada sobre los llanos del Río Grande o Guapay al Este de la cordillera de los Chiriguanos, fue fundada por el gobernador Lorenzo Suárez de Figueroa en 1590. (LORENZO SUÁREZ DE FIGUEROA: Fue nombrado gobernador en 1581. En 1590 fundó San Lorenzo el Real, ciudad ubicada entre Santa Cruz la Vieja ( Apodo alto peruano) y Charcas, y esta población que se llamó indistintamente Santa Cruz de la Sierra y San Lorenzo el Real de la Frontera, se trasladó a su actual ubicación sobre el río Piray. FUENTE: LA RUTA DEL PAITITÍ: FUNDACIÓN DE SAN LORENZO Y TRASLADO DE SANTA CRUZ: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 134) La fundación de San Lorenso se efectuó dentro de la administración virreinal peruana que manejaba el sur de América, luego remplazada y absorbida por la sociedad de la corriente paraguaya, integrándose y cambiando su nombre original por el Santa Cruz de la Sierra el año 1622 o sea después de 61 años. (LA ACTUAL SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Resumiendo todo lo anteriormente expuesto, tenemos que Santa Cruz de la Sierra fundada por don Nufrio de Chaves el 26 de febrero de 1561 en la serranía de Chiquitos, fue mudada primero por Gonzalo de Solís Holguín en 1601 y definitivamente por Francisco de Alfaro en 1604 a Cotoca. De aquí en 1621, fue trasladada oficialmente por Niño de la Cueva a San Lorenzo y formó con ella una sola ciudad, llegando con el tiempo a suplantarle el nombre con el suyo propio. FUENTE: EL TRIUNFO DEFINITIVO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: SANTA CRUZ DE LA SIERRA – APUNTES PARA SU HISTORIA: VÁZQUEZ MACHICADO, HUMBERTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1992, PÁGINA 71). La superficie territorial y el asentamiento poblacional del Tupí Guaraní, amalgamado racial y socialmente con la corriente hispana originalmente venida de Asunción, se constituyo en el futuro como la nación y la patria de los pueblos cambas cruceños cautivos y avasallados desde 1825. Por lo que Indiscutiblemente con este hecho se demuestra que somos un pueblo racial y étnicamente, diferente al de las naciones y pueblos occidentales collas alto peruanos o charqueños bolivianos que se encuentran asentados en los Andes Centrales. 29


Las gentes de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra fueron definitivamente de origen paraguayo, al pertenecer a esta gobernación por espacio de 23 años y ser pueblos diferentes con los de las naciones de origen en los Andes Centrales, porque estas gentes andinas proceden en su colonización desde España, por el océano Atlántico, el mar Caribe, el Océano Pacífico y el Perú. Se mantiene una tergiversación histórica con respecto a la colonización española de Santa Cruz de la Sierra, venida por la corriente por el Océano Atlántico y el río de la Plata, por causa de una relación circunstancial dentro del conflicto entre Ñuflo de Chávez con Andrés Manzo de Leguizamo, sucedido en un confuso acontecimiento entre 1559 con Luis Cabrera lugarteniente de este último. Tergiversación que se usó interesadamente para integrarnos al Collasuyo o Alto Perú. Lo sucedido entre estos conquistadores venidos de dos corrientes diferentes, ha llevado a manejarse una particular y sesgada interpretación de nuestra historia colonial, relacionada cuando se funda el poblado de la Barranca que luego es trasladado por Chávez e integrado a Nueva Asunción, dentro de la confusión creada acerca de lugares y fechas. (CONFUSIÓN SOBRE LUGARES Y FECHAS: Como quiera que aún existe confusión acerca de fechas y lugares en todas estas idas y venidas, es oportuno fijar lo que podría llamarse el proceso cronológico de las fundaciones y traslaciones de Santa Cruz de la Sierra. FUENTE: SANTA CRUZ DE LA SIERRA EN LOS SIGLOS XVI Y XVII: SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTES PARA SU HISTORIA (SIGLOS XVI AL XX): VÁZQUEZ MACHICADO, JOSÉ: EDITORIAL DON BOSCO: LA PAZ: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1992, PÁGINA 10). El colonizador español Andrés Manso con su asentamiento real en 1564, funda Santo Domingo de la Nueva Rioja. (SANTO DOMINGO DE LA NUEVA RIOJA: En una fecha que no se ha podido precisar – Tal vez el 4 de agosto de 1560 – Andrés Manso llegó a los llanos de los Tomacosis y allí pobló la ciudad de Santo Domingo de la nueva Rioja, en la rivera de un río que acá llamamos Condorillo. FUENTE: FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 89). Santo Domingo de la nueva Rioja fue destruida por los guaraníes, dentro del suceso en el que fuera eliminado y muerto Manso con casi todo el grupo venido del Alto Perú y que le acompañaba. El hecho de proceder la nación de los pueblos cambas cruceños desde el Paraguay y ser una etnia diferente, es reconocido por Don Pedro de la Gasca. (PEDRO DE LA GASCA: Conocida en España la rebelión pizarrista y viendo el Emperador el fracaso de su virrey, dio plenos poderes para pacificar el Perú a un humilde clérigo: Pedro de la Gasca, sagaz y hábil en política, cuando viene a Indias trae como única arma su breviario. Silencioso e ignorado desembarca en el Perú en 1547. Con gran táctica y maquiavélica política, valiéndose de promesas se gana poco a poco a los partidarios de Pizarro que pasan a formar el partido del rey, dejando abandonado al soberbio rebelde. FUENTE: LA GASCA, PACIFICADOR: LA CONQUISTA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 114). El sacerdote Pedro de la Gasca como religioso fue Ordenador General de la administración del Virreinato del Perú. Concibe en la necesidad de formar una aristocracia de encomenderos alrededor de la cual debería girar la vida de los colonos ibéricos en el Perú. Así como el desenvolvimiento de los súbditos criollos e indianos, no debía exceder los parámetros del control político y económico de la corona, cuya preponderancia era necesario afirmar sobre las ambiciones particulares. Esta situación fue causa de la rebelión de los criollos que precisó la independencia de los 30


pueblos de América del colonialismo español. El período de gobierno como virrey del Perú de un año y medio entre 1548 y 1550 de Don Pedro de la Gasca, le alcanzó para dictar varias medidas con el propósito de garantizar la solidez del poder estatal y este sacerdote político, diplomático y militar español del siglo XVI. Además Caballero de la Orden de Santiago, como también Consejero del Tribunal del Santo Oficio, fue nombrado Presidente de la Real Audiencia de Lima con la misión de debelar la rebelión de Gonzalo Pizarro en el Perú. Cumplió a cabalidad con su cometido pasando a la historia con el apelativo de pacificador, fue nombrado Presidente de la audiencia de Lima luego del ordenamiento general del virreinato. En los tiempos de la colonia esta autoridad mantenía el reconocimiento al igual que los Reyes de España, de que la gobernación del Paraguay se extendía de Oeste a Este, desde los últimos contrafuertes andinos hasta la línea de Tordesillas. Culminando su brillante carrera como Obispo de Palencia y luego de Sigüenza. El origen diferente de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños con relación a las gentes de los Andes del Collado del Alto Perú o Charcas boliviano, se confirma por lo sucedido en 1536 con el arribo de Pedro de Mendoza al Rió de la Plata. Además cuando Juan de Ayolas remonta éste río llegando al Paraguay y mientras llevaba adelante su expedición, Juan de Salazar y Espinosa funda Asunción el 15 de agosto de 1537. La formación de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños en situación diferente a la de los andinos y separado del paraguayo, se materializa por las intenciones de Ñuflo de Chávez de complotar contra su jefe Irala colaborado por Diego Centeno. (CHÁVEZ Y DIEGO CENTENO: Al mismo tiempo Nufrio de Chaves le aconsejó a Diego Centeno, que solicitase a La Gasca la gobernación del Paraguay y luego le explicó a La Gasca – como dice este último – que el intento de su venida, era para que yo proveyese a Domingo de Irala o a otro que de acá fuese, la conquista de aquella tierra en que estaban, y daban a entender que convenía fuese persona de más cualidad que el dicho Domingo de Irala. FUENTE: ANTECEDENTES DE LA FUNDACIÓN: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 67). Ñuflo de Chávez, llevando su intención de separarse y formar una nueva gobernación, la concreta y crea en los confines de las llanuras del Chaco entre la Gobernación del Paraguay de la cual se era parte al Este, limitando con la provincia de los Charcas asentada en los Andes al Oeste, la que es llamada Gobernación de Mojos. (GOBERNACIÓN INDEPENDIENTE: En el alma de Nufrio de Chaves estas ilusiones debían bullir con el entusiasmo que enardecía a todos los conquistadores; pero no hay duda que, además de la esperanza de la “tierra rica”, a Chaves le impulsaba otro proyecto más positivo y más real; crear en los confines del Chaco, entre las provincias del Paraguay y de Charcas, una gobernación independiente, en la que el fuese teniente de gobernador. FUENTE: ANTECEDENTES DE LA FUNDACIÓN: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 72). La nueva gobernación recibió el nombre de Mojos y fue creada por el Virrey del Perú Hurtado de Mendoza Marqués de Cañete el 15 de febrero de 1560, pues el gobierno virreinal desde Lima manejaba el territorio que comprendía todo el Sur del continente americano, hasta que se define y se crea el virreinato del Río de la Plata en 1776. El análisis sobre la identidad y la cultura histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños, es llevado adelante para reforzar la defensa de una sociedad agredida en su identificación, causada por una acometida que está ejercida mediante la práctica de una exacerbada provocación. Además con una discriminación cultural e historia por parte del poder colonial de la imperialista metrópoli colonizadora andina boliviana. La sociedad andina Colla del Alto Perú o Charcas que es diferente a la nuestra, interpretando fraudulentamente la historia nos conceptuó y nos conceptúa todavía como si fuéramos parte del Alto Perú. Así como también parte de Charcas y de las Provincias Altas Argentinas, cuando definitivamente la 31


República de Santa Cruz de la Sierra fue independiente no de España que lo hizo en 1810, sino de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815 hasta 1825, pero a pesar de ello nos anexaron mediante una interpretación histórica sesgada, fraudulenta y aceptada por Antonio José de Sucre dentro de la República del Alto Perú llamada Bolívar, mediante la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, confirmada con el posterior Decreto del 23 de enero de 1826 dictado por Sucre. La República de Santa Cruz de la Sierra no era parte en 1825 de la supuestamente restituida audiencia de Charcas, porque esta fue eliminada como poder administrativo y militar, quedando sólo en calidad de Tribunal Supremo en lo jurídico en 1776. Además estaba liquidada definitivamente a consecuencia de su anulación en 1813, por el gobierno de Buenos Aires que fungía en calidad de poder político, militar y administrativo de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. La nación de los pueblos cambas cruceños no estada incluida en la Provincia de los Charcas en la era colonial por ser amazónica y rioplatense, como tampoco era parte de las Provincias Altas del Río de la Plata luego argentinas desde 1816 al crearse esta República, como lo fueron Chuquisaca, Cochabamba, Potosí y La Paz con su identificación histórica con el Perú. La República de Santa Cruz de la Sierra estaba separada y rebelde de Buenos Aires en 1815, como hecho que fue motivo para no asistir con delegados el 9 de julio de 1816 a la creación de la Republica Argentina en Tucumán. Tampoco estaba incluida en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires, pues ya se encontraba separada e independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, como sociedad libre y soberana que no nos integramos a la actual República Argentina. El hecho de nuestra anexión a la del Alto Perú República Bolívar, viene como consecuencia de una interpretación voluntariamente fraudulenta de nuestra historia, dentro de un proceso doloso ejecutado por Antonio José de Sucre que juzga y supone estamos incluidos en la ley del 9 de mayo de 1825. También la interpretación histórica falsa de que éramos provincia conocida como del Alto Perú; para con este razonamiento malicioso, aprovechar anexarnos y colonizarnos por la oligarquía dos caras criolla y mestiza alto peruana de filiación masónica. La interpretación fraudulenta y dolosa de Antonio José de Sucre sobre nuestra situación histórica, viene por su ignorancia supina y la falsa creencia de que la ex Provincia de Santa Cruz de la Sierra con Mojos y Chiquitos ya República independiente desde 1815, se encontraba dentro de la jurisdicción territorial de la provincia de Cochabamba que como hecho cierto, solo estaba relacionada con la sede de gobernación administrativa, pero no militar comenzada en 1782 y terminada en 1811. Si bien era cierto que la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra estaba supeditada en su gobierno civil y no militar hasta 1811 con su sede en Cochabamba, esto fue 14 años antes de la creación de la República alto peruana Bolívar que como situación, fue aclarada y eliminada con la separación de la sede de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra por determinación de Manuel de Goyeneche. (JOSÉ MANUEL DE GOYENECHE: En 1808, durante la invasión francesa de la península, con el grado de Brigadier fue comisionado como plenipotenciario del Gobierno legítimo de España por la Junta Suprema de Sevilla para la proclamación del Rey Fernando en el Virreinato del Perú. Posteriormente fue nombrado Capitán General y Presidente de la Real Audiencia del Cuzco. En 1809 asumió el mando de los Ejércitos Realistas peruanos en el Alto Perú, derrotando a las fuerzas revolucionarias rioplatenses en las célebres batallas de La Paz, Guaqui, Cochabamba, Sipe-Sipe, Chuquisaca y otras, recuperando el dominio español de todo aquel territorio. Su victoria en la célebre y decisiva batalla de Guaqui (o del Desaguadero) en 1811 le valió la concesión del Título de Conde de Guaqui, al que después se le concedería la Grandeza de España de Primera Clase. FUENTE: BIOGRAFÍA DE JOSÉ MANUEL DE GOYENECHE Y BARREDA: SANTA CRUZ DE LA SIERRA – IDENTIDAD FORAL E HISTÓRICA: (ENSAYO – TESIS): SOCIEDAD CRUCEÑA DE ESTUDIOS GEOGRÁFICOS E HISTÓRICOS: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO. AÑO 2010, PÁGINA 144). La separación con Cochabamba es reconocida por Antonio José de Sucre, cuando en el artículo 32


10º del Decreto de 9 de febrero de 1825 nos califica como departamento diferente. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA SEPARADA DE COCHABAMBA: El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 60). La desorientación histórica suscitada entre la Intendencia de Cochabamba y la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, estaba completamente esclarecida desde 1811 y reforzada además, por la misma Ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires, porque en esta ley no se hace referencia en ningún momento a cinco provincias para decidir libremente su destino. La ley del 9 de mayo de 1825 sólo se refiere a las cuatro intendencias del Alto Perú, conocidas como Provincias Altas Argentinas después de 1816 y no hace mención a una totalmente diferente como fue la Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra; ya que la independiente, soberana, rioplatense y amazónica nación de los pueblos cambas cruceños estaba separada de Buenos Aires desde 1815. El poder colonial de la República del Alto Perú de nombre Bolívar transformada actualmente en Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, como sociedad que nos anexó y colonizó nos mantiene en este estado, aprovechando su capacidad poblacional mayoritaria y su mayor fuerza política y militar como toda metrópoli imperialista. En que la República hoy Estafo de Bolivia, ha eliminado nuestra calidad de sociedad con identidad y cultura histórica propia, así como también eliminó a la República de Bolivia con su sistema republicano de gobierno. EL Estado Plurinacional Comunitario alto peruano boliviano, está exacerbando contra la sociedad Camba Cruceña asentada al Oriente de los Andes un ataque racial, étnico y territorial por demás virulento y discriminatorio, el cual sólo puede ser contrarrestado con la fortaleza que da el conocimiento de nuestra verdadera identidad y cultura histórica, a modo de ser una nación, patria y sociedad diferente a la andina boliviana invasora y basada en el colonialismo. (COLONIALISMO: Neologismo, ampliamente aceptado por el periodismo y en el lenguaje diplomático, para referirse al régimen subsistente ya mediado el siglo XX, entre algunas grandes potencias y territorios sometidos a su dependencia, casi siempre en distinto continente y con notoria desigualdad política y jurídica. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO SEGUNDO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 204). La capacidad y la magnitud de discernir, como juicio por cuyo medio y por el cual percibimos y declaramos la diferencia que existe entre varias cosas, es la que nos lleva al reconocimiento de estar fuertes para que entendamos en nuestro caso, de donde venimos y como nos formamos en la etnia y sociedad cosmopolita actual. La identidad y la cultura histórica es la que nos da la fortaleza de reconocernos como descendientes del Tupí Guaraní con el español desde los comienzos coloniales, contando con la firmeza de ser capaces de defender nuestra forma de vida, para mantener la vivencia como Nación y Patria pese a estar avasallados. Los cambas cruceños seamos autóctonos, originarios o inmigrantes, tenemos que reconocer que nuestra identidad cultural auténtica, es la que refuerza la condición de Nación y Patria con la razón y el aguante propio, pese a encontrarnos atropellados y pisoteados en la identificación histórica, por el fortalecimiento que da la solidez de soportar estoicamente la embestida implacable e intencionalmente siniestra del poder de la imperialista metrópoli alto peruana boliviana. El comportamiento de agresión del poder colonizador de la metrópoli, se está llevando adelante con la acometida villana y tramposa de una oligarquía de personajes de conducta dos caras hipócritas, traidores y desleales, en calidad de herencia recibida por la sociedad y las dirigencias políticas del Collado 33


del Alto Perú o Charcas del pasado. Criollos y mestizos que a manera de práctica, hábito o comportamiento lo han adquirido y heredado del acontecimiento prerrepublicano y hoy están convertidos en oligarquía dominante (OLIGARQUÍA: Para Aristóteles, la oligarquía es la degeneración de la aristocracia como forma de gobierno. En la actualidad, por oligarquía se entiende el usufructo del Poder público por unas cuantas familias o grupos influyentes de negociantes, que transforman en industria y lucro el desempeño de las funciones públicas supremas. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 670). Esta oligarquía dominante se encuentra manejando el ejercicio social desde el inicio de la República Bolívar en 1825, reforzada e integrada en la actualidad con el poder de una burguesía de funcionarios públicos corruptos. La contienda y la disensión en que nos debatimos los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, con los colonizadores del Collado del Alto Perú o Charcas boliviano, es porque somos diferentes geográfica y también en la condición étnica y cultural. Pero pese a ello no estamos haciendo nada por superarlas, encontrándonos dentro de una controversia similar a la existente entre el país Vasco y el castellano sobre la situación de Navarra en España. El pueblo Vasco en su lucha por su emancipación es afín con la situación de nuestra Nación y Patria asentada al Este (Oriente) de la cordillera de los Andes en Bolivia y esta polémica de los vascos con los castellanos, se encuentra dentro de una calidad similar de nuestra nación con la sociedad del poder de la metrópoli en la hoy Nación Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, dentro de una situación real y verdadera de los pueblos cambas cruceños en este caso. La polémica planteada y desarrollada está muy relacionada con la forma de lucha autonómica española y boliviana indistintamente, la cual para nosotros como nación de los pueblos cambas cruceños, se encuentra distorsionada por historiadores propios y foráneos identificados con el contrario en condición de quinta columnas. También por publicistas alto peruanos manejados como puntas de lanza, desde el poder del Collado del Alto Perú o Charcas de la imperialista metrópoli boliviana. La similitud de las diferencias cambas cruceñas con los pueblos collas del Alto Perú o Charcas, es igual a la que existe entre los vascos y los castellanos con respecto a Navarra que por su importancia se la transcribe textualmente, tal como está contenida en la opinión de Fernando Puras candidato foral de la parte Vasca. Considera este dirigente que a su juicio se ha instalado una dialéctica de confrontación ante la que se exige una alineación, porque cualquier expresión de pensamiento o propuesta política diferente y contraria a la metrópoli, es incomprensible y de inmediato calificada de ambigua, segregacionista, antinacional e insurrecta, como estigma e injuria que también es achacada en Bolivia a los cambas cruceños. El caso de la agresión a la nación de los pueblos cambas cruceños, es porque tenemos una permanente actitud de identificación y de rechazo a las acciones colonialistas de la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana que nos tachan de oligarcas, cuando nunca tuvimos el poder supremo y nos endosan ser separatistas pese a tener ese derecho, al haber sido anexados y colonizados con dolo y fraude como colonia del Alto Perú. (SEPARATISMO: Doctrina política que propugna la separación 34


de algún territorio para alcanzar su independencia. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Además nos endilgan ser regionalistas. (REGIONALISMO: Amor y apego a la propia región y a sus cosas. Tendencia o doctrina política, según las cuales el gobierno de un Estado debe atenderse, al modo de ser y a las aspiraciones de cada región. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) y todo ello porque amamos entrañablemente a nuestra patria y región seamos originarios autóctonos, originarios nativos o nacidos, como también los cambas cruceños por adopción al ser inmigrantes de buena fe venidos a vivir definitivamente en nuestra sociedad hospitalaria. El dirigente Fernando Puras en su proyecto que es muy similar al de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, afirma sobre la importancia de la convivencia en la pluralidad dentro de una Navarra con identificación propia, así como también en nuestro caso la Nación Camba Cruceña que es muy distinta y orgullosa. (CONVIVENCIA EN LA PLURALIDAD: Aseguró que le resulta triste, lamentable e indignante”, el “zarandeo” al que a su juicio, someten a Navarra quienes centran su esfuerzo, en imponer una u otra visión de homogeneidad y se constituyen en bloques: los que la quieren Castellana (UPN-PP) y los que la quieren Vasca (Nafarroa-Bai)”. A su juicio, se ha instalado una dialéctica de confrontación ante la que se exige que nos alineemos, “porque cualquier otra expresión” de pensamiento y propuesta política, es para ellos incomprensible y de inmediato calificada de ambigua”. Puras, aseguró que su proyecto es el de la convivencia en la pluralidad, en una Navarra muy propia y orgullosa, dijo con respecto a esos futuros pactos de gobierno, y preguntado por la posibilidad de un acuerdo con UPN., aseguró que no descarta esta posibilidad. Pero que el partido de Miguel Sanz ha perdido carácter regionalista para acercarse al PP y que les “ningunea”. Pero si es lo que la ciudadanía de Navarra, apunta que quiere en las próximas elecciones el PSN sabrá leerlo y actuará en consecuencia, añadió Fernando Puras que, fue presentado por el secretario de Organización del PSOE José Blanco, quien lo situó en una nueva generación de candidatos socialistas forjados en la democracia y alejados de la rancia tradición cainita que algunos se empeñan en resucitar. También dijo Blanco que los problemas de los navarros, no tienen que ver con los problemas identitarios que se sacan a pasear con demasiada frecuencia. No concibe a Navarra anexionada a ningún otro ente y atropellando su historia. FUENTE: PREÁMBULO: SANTA CRUZ DE LA SIERRA – IDENTIDAD FORAL E HISTÓRICA (ENSAYO – TESIS): MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: ÚNICA EDICIÓN, AÑO 2010, PÁGINA 12). El comportamiento político y social del poder de la metrópoli del Collado del Alto Perú o Charcas boliviano, como sociedad que en su mayoría poblacional levanta el puño izquierdo cerrado en señal contraria al signo de la Cruz, con este acto simbólico está definido dentro de una perfecta actitud cainita. (CAINITA: Individuo perteneciente a una secta agnóstica del siglo II. Los cainitas sostenían que existía un poder superior a Dios del cual provenía Caín. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO VOX: EDITORIAL BIBLIOGRAF, S.A.: AÑO 1970, PÁGINA 567) y de la misma manera agnóstica, (AGNÓSTICA: Doctrina filosófica y religiosa de los primeros siglos de la Iglesia, mezcla de la cristiana con creencias judaicas y orientales. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). El comportamiento andino es agnóstico porque para ellos sus dioses son la Pachamama o madre tierra y Inti o dios sol entre otros. Además al ser panteístas son totalmente contrarios a la doctrina del Dios verdadero y de su hijo Jesucristo, manejándose con un comportamiento a manera de sociedad confrontacional que están confabulados, contra nuestra identidad y cultura histórica, como nación de pueblos diferentes que somos y estamos sometidos a una servidumbre en la metrópoli imperialista colonizadora boliviana. La historia como elemento particular de los pueblos que conservamos condiciones originales propias pese a la adversidad de encontrarnos colonizados, hace que estemos todavía manteniendo costumbres privativas materiales y espirituales, a pesar de que fuimos anexados por razón del dolo y mediante el fraude histórico manejado en la creación de la república alto peruana Bolívar en 1825, La identidad y la cultura histórica se constituye en la única fortaleza dentro de la verdad sobre 35


nuestro pasado, como en elemento por medio del cual nos libraremos definitivamente del peligro inminente, cierto de nuestra disgregación y desaparición como sociedad, dentro de la agresión que está manejada por la metrópoli en esta acometida con exageración virulenta contra nuestra existencia, en la pretensión de trasformar negativamente nuestras vivencias propias como nación diferente, cierta y determinada que somos. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños somos diferentes a los andinos collas alto peruanos, porque definitivamente nunca fuimos parte del Collasuyo y tampoco pertenecimos al Perú, el Alto Perú o Charcas y a las Provincias Altas del río de la Plata luego Argentinas. Por lo que la agresión colonizadora de los pueblos de la metrópoli, está cayendo en una imperialista y definitiva opresión con nepotismo (OPRESIÓN: Por la calidad del concepto, en perspectiva jurídica de amplitud, son dignas de cita reiteradas las palabras de Duguit, expresión del mal proceder en los gobernantes y del malestar entre los gobernados. Si, a pesar de todas las garantías establecidas en los países modernos para asegurar el respeto y la aplicación del Derecho por el Estado, hay violación Jurídica, y se dice, según la terminología de las Declaraciones de derechos que hay opresión. Hay opresión cuando el Estado legislador no hace las leyes que jurídicamente está obligado a hacer. Hay también opresión cuando estas violaciones de la regla del derecho superior se realizan por un parlamento elegido por sufragio directo y universal, o incluso por la parte del pueblo constituida en cuerpo electoral directamente consultado. Hay opresión cuando se ejecuta un acto individual, un acto administrativo o un acto jurisdiccional con violación de la ley, sea cual fuere el órgano o el agente que lo realice; y la opresión es tanto más opresiva e insoportable cuando procede de órgano más elevado en la jerarquía de los poderes. Parlamento o cuerpo electoral. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 686). (DEPOTISMO: Ejercicio del Poder por el déspota, tirano o autócrata. Gobierno por un soberano absoluto, cuando establece, modifica y deroga las leyes o las que denomina como tales según el antojo o conveniencia personal. Autoridad absoluta, sin límite legal. Abuso de facultades, fuerza o superioridad en cualquier aspecto de la vida; y más especialmente con desconocimiento de los principios políticos que aseguran la libertad ciudadana y las garantías de los derechos fundamentales del individuo y de la sociedad. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO TERCERO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 212). Además como sociedad estamos dentro de una servidumbre internacional avasalladora. (SERVIDUMBRE INTERNACIONAL: Limitación o restricción de la soberanía de un Estado para la utilidad y beneficio o seguridad de otro. Impuesta por la fuerza que las mantiene en su título único, porque rara vez las engendra convenio entre iguales y es causa de que en el futuro se genere guerras de liberación. De tales servidumbres, unas son de índole pacifica, como las reguladoras de la navegación por los ríos que atraviesan por diferentes Estados, para evitar aduanas y registros, siempre que se trate de transito legal; o de paso, como la de España para comunicarse con el enclave pirenaico de Llivia, en pleno territorio francés. Otras, más frecuentes, provienen de las guerras con carácter opresivo siempre para el vencido. Las hay positivas: como derecho de paso de tropas, facultad de tener guarniciones o base en territorio y costas o islas en otro país; y negativas: prohibición de fortificar determinada región o tener Ejército que supere cierto 36


número de soldados y mandos, o dotados de armas muy poderosas; en su título único, porque rara vez las engendra convenio entre iguales, Constituyen, pues, prologo o epílogo de las guerras. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO SÉPTIMO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 408). La opresión con servidumbre avasalladora contra los cambas cruceños, está transformada en un sometimiento ofensivo dentro del contexto social e histórico que nos está tocando vivir, por la pretensión mediante esta abusiva condición de colonización, que pretende dejar definitivamente a la nación de los pueblos cambas cruceños dispersos y aislados, ara ser integrados a una sociedad y nacionalidad basada en el imperialismo y el colonialismo, como una realidad que se tiene heredada del Imperio Incaico y del español. (IMPERIALISMO Y COLONIALISMO: Sistema político, doctrina de la expansión de un Estado sobre otro u otros, y hasta una dominación universal por un solo país. Se caracteriza por la conquista y anexión de territorios, sin preocuparse en extremo, cuando no había continuidad de fronteras, en cuanto a la asimilación de los pueblos sometidos. Al surgir, poco antes y poco después de 1920, los sistemas totalitarios, aun cuando las muletillas de los mismas la integre el antiimperialismo. Ampliado el dominio de lo territorial a lo personal, por la imposición de regimenes dictatoriales que se extienden a lo político, religioso, lo social, lo doméstico, lo laboral y lo individual, en plena absorción del hombre por el Estado, por el partido único que impera o por el jefe supremo. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO CUARTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 343). La sociedad Occidental Colla alto peruana pese a aborrecernos y rechazarnos, nos mantiene dentro de una supuesta unidad nacional con miras del expansionismo sobre nuestra heredad territorial, para completar la política de terminar disociarnos como pueblos de identidad y cultura histórica diferente, por ser descendientes de los autóctonos Tupí guaraníes amalgamados, como sociedad cosmopolita con los españoles y otros pueblos de América y el Mundo dentro de una realidad múltiple, rica y también compleja y apasionante como concepto étnico y social amplio y difícil de definir, pero es al que tenemos que acercarnos con prudencia y mentalidad abierta para entenderla en su real dimensión. El mayor problema que enfrentamos los cambas cruceños dentro del concepto de la identidad y la cultura histórica, está constituido por las invenciones y las mentiras sobre la idea general de que somos parte territorial, cultural e histórica del Alto Perú, además formábamos parte o jirón de la audiencia de Charcas como de la Provincia de los Charcas, dentro de las mentiras que deben ser eliminadas por la razón de conocer y esgrimir, la verdad de nuestra cultura histórica que se encuentra cargada de tópicos y de malentendidos como de verdades a medias, inculcadas por nuestros carceleros de siempre del Collado del Alto Perú o Charcas. Lo primero que tenemos que hacer los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños para identificarnos históricamente, es terminar con las falsedades inculcadas mediante una enseñanza dirigida por la sociedad que nos domina, porque si el punto de partida viene cargado de confusiones y enredos, resulta muy complicado y difícil que lleguemos a alguna conclusión real y honesta sobre quienes somos. Tenemos que hacer un esfuerzo supremo para superar este conjunto de ficciones y 37


posiciones habituales, sobre nuestra identidad y cultura histórica que para lo único que sirvieron fue, para confundirnos y dividirnos como nación y pueblo de los llanos amazónicos y rioplatenses. La nación de los pueblos orientales cambas cruceños, tenemos un grave problema con respecto a nuestra cultura. (CULTURA: Se refiere al conjunto de conocimientos sobre las bases del Derecho y acerca de varias ramas del mismo, y en sus principios filosóficos, proceso histórico, doctrina y legislación positiva. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO SEGUNDO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 447). El grave problema que soportamos que no es otro que el complejo de sometimiento y de filiación hacia la sociedad del Collado del Alto Perú o Charcas pese a ser diferentes, esta asumida por demasiado tiempo por nuestros publicistas e historiadores y esta situación de subordinación, se está agravando por la desinformación inculcada y aceptada con una tranquilidad preocupante, pues el confuso estado en que nos encontramos nos lleva a aceptar la existencia, por un lado de una cultura con mayúsculas de la metrópoli imperialista alto peruana boliviana que pretende ser única e incontestable y por otro lado, una local nuestra pequeña y acomplejada como un apéndice o sub apartado dentro de la realidad boliviana, latinoamericana y mundial. Lo que la nación de los pueblos cambas cruceños necesitamos tener muy en claro, es que partiendo de una idea de unidad nacional por demás falsa, para superarla debemos actuar poniendo una fuerza mínima en la defensa y la promoción de nuestra identidad y cultura histórica, la cual siempre termina siendo tachada de oligarca, separatista, regionalista y un sin fin de adjetivos groseros, por nuestros colonizadores imperialistas que históricamente nos dominan. (SUPUESTO E INVENTADO SEPARATISMO EN BOLIVIA: Informe conclusivo de la Comisión Especial Multipartidaria de Investigación. FUENTE: SEPARATISMO EN BOLIVIA: ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA: HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS). El gran problema que se nos plantea y es la trampa, es que ésta división existente entre cultura del Collado del Alto Perú o Charcas con mayúsculas y apellido incaico andino y español, maliciosamente transforma a la nuestra en un simple añadido, cuando en verdad no dependimos de nadie para formarnos como sociedad, pues nunca vivimos al margen del mundo como exponen algunos historiadores interesados y no vamos a empezar a hacerlo ahora, porque la defensa de nuestra identidad y cultura histórica es también la defensa de la cultura y la democracia universal. La mejor salvaguardia y protección que podemos hacer para defender y fortalecer nuestra identidad y cultura histórica, es emprender un estudio honesto, sincero y real sobre nuestros orígenes como pueblo y nación, a manera de ser ésta la única condición de enriquecer nuestro patrimonio identitario. Además porque va siendo hora de que empecemos a asumir, lo que estamos haciendo en la práctica que es interpretar nuestra historia con ojos ajenos, o sea con los del Collado del Alto Perú o Charcas boliviano. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, hemos soportado agresiones alto peruanas desde nuestra agregación y colonización dolosa y fraudulenta en 1825, en la imperialista y colonizadora República Bolívar sin ser parte del Alto Perú o Charcas. También en la república por las Provincias Altas del Río de la Plata; luego Argentinas que fueron Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y la peruana La Paz, liberadas para decidir su destino por Buenos Aires: (SIN DELEGADOS CAMBAS CRUCEÑOS: En la primera y segunda sesión 38


habíanse incorporado algunos diputados, pero la representación cruceña no llegaba todavía, entonces se planteó, “si faltando los diputados del Departamento de Santa Cruz, podría la Asamblea proceder al menos a la discusión del asunto principal que ha motivado su reunión, resolviose por votación de signo, casi por unanimidad de votos, dar tiempo a los diputados cruceños para poder presentarse en la ciudad de Chuquisaca, postergándose a la vez la próxima sesión hasta el lunes 18 de corriente. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 23). Las permanentes agresiones basadas en la brutal arremetida del poder omnímodo de la metrópoli imperialista boliviana durante la era republicana, de que nuestros territorios originales fueran alegremente dispersados, regalados, vendidos, divididos y repartidos por haber sido departamento agregado no voluntariamente como parte de Bolivia, fueron efectuadas sin tener tratado alguno y porque además viene como consecuencia de la falta del análisis de los 21 puntos ordenados por la sala Capitular santa cruceña, como mandato dado a los apócrifos delegados de Santa Cruz de la Sierra capital y de Valle Grande, para lser tratados y discutidos en la Asamblea de Oruro y no así para la de Chuquisaca en la cual tampoco se discutió. La agresión territorial y poblacional ejecutada contra nuestra heredad nacional como república independiente y soberana, fue iniciada desde pocos años de nuestra anexión y colonización con la distribución y la disgregación territorial, así como también poblacional que comienza desde 1842 y llega hasta 1938 inclusive en pleno siglo XX. Teniéndose entre las desmembraciones, la creación del departamento del Beni en la presidencia de José Ballivián. (PRIMERA AGRESIÓN COLONIAL CONTRA SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Como medidas importantes en el aspecto de administración debemos citar la creación del departamento del Beni (18 de noviembre de 1842), en base a lo que ha sido la circunscripción de las misiones de Mojos (San Ignacio, Trinidad, Magdalena, Baures, San Joaquín, Santa Ana y Loreto, etc.), con una extensión de más de 200.000 Km. cuadrados. FUENTE: LA CONSTRUCCIÓN DEL PAÍS: GOBIERNO BALLIVIÁN 1841 – 1848: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 391). Luego tenemos que se nos agrede nuevamente en nuestros territorios originales de la Provincia de Chiquitos, con la separación al Sur y ser entregados a Chuquisaca (Sucre) y a Tarija en la presidencia de Linares en 1857. Todo ello con la intención de separarnos de nuestros hermanos paraguayos y argentinos. (SEGUNDA AGRESIÓN COLONIAL CONTRA SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Mapas XVII y XVIII: Organización de la Audiencia de Charcas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGS. 282 Y 285. // EL CHACO: El Chaco Boreal, según la Historia Internacional de Bolivia de Miguel Mercado Moreira. 39


FUENTE: LA GUERRA DEL CHACO: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINAS 571). La agresión a nuestro territorio en la provincia de Chiquitos produjo un conflicto con Sucre y Tarija, siendo obligados a aceptarlo en su arreglo en forma forzada a causa de la coacción ejercida por la metrópolis alto peruana, (COACCIÓN: Fuerza o violencia que se hace a una persona para que ejecute una cosa contra su voluntad. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988. // LA COACCIÓN: La constituye el empleo de la violencia (como fuerza irresistible) o de la intimidación (como temor de un mal inminente o grave) proveniente de una de las partes, o de un tercero al servicio de una de ellas o en interés propio. En cualquiera de los casos, la coacción física o psíquica anula la obligación. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO SEGUNDO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 175). La aceptación del arreglo con Chuquisaca y Tarija se produce por la coacción ejercida del poder de la metrópoli, bajo la amenaza de ocupación militar contra nuestra capital Santa Cruz de la Sierra. Hecho concretado y ejercido mediante un decreto en el gobierno de Severo Alonso Fernández en 1898. (SEVERO FERNANDEZ ALONZO: En el conflicto por demarcación de Chiquitos: Artículo 1ro: El diferendo territorial entre los departamentos de Chuquisaca, Santa Cruz y Tarija; se resuelve de la manera siguiente. FUENTE: DECRETO LEY DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 1898 POR SEVERO FERNÁNDEZ ALONSO: SANTA CRUZ DE LA SIERRA – IDENTIDAD FORAL E HISTÓRICA (ENSAYO – TESIS): MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2010, PÁGINA 167). Siguiéndose con las agresiones, tenemos los territorios del río Madera y el margen derecho del río Paraguay que fueron cedidos y regalados al Brasil en la presidencia Mariano Melgarejo. Luego viene lo sucedido con el saldo del territorio conceptuado de colonias que fueron quitados en 1842 cuando se crea el departamento del Beni. Tambien se tiene el territorio del Acre perdido y vendido en el gobierno de Juan Manuel Pando, (AGRESIÓN FORÁNEA AL ACRE COMO TERRITORIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: El conflicto militar del Acre tuvo su punto más álgido entre 1902 y 1903, pero comenzó realmente en 1899 con el primer levantamiento secesionista en Puerto Acre. El origen de la guerra está en las diferencias de límites con el Brasil y la importancia económica de la goma en la región. FUENTE: LOS LIBERALES: LA GUERRA DEL ACRE 1899 – 1903: GOBIERNO DE PANDO 1899 – 1904: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 523). La agresión continúa con la creación del departamento de Pando y la provincia Iturralde que fue anexada al departamento del Alto Perú boliviano de La Paz, en el gobierno del Oriental Camba Cruceño Germán Busch en 1938. (DEPARTAMENTO DE PANDO: El gobierno de Busch decidió crear el noveno departamento del país con el objeto de darle una mayor jerarquía política a la zona y fomentar el crecimiento demográfico y económico. El 24 de septiembre de 1938 fundó el nuevo departamento al que bautizó con el apellido del Presidente José Manuel Pando, que había sido uno de los exploradores más notable de ese territorio, además de haber peleado en defensa de Bolivia frente a los filibusteros brasileros. FUENTE: EL PÉNDULO: VIEJO ORDEN O REVOLUCIÓN: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA GISBERT, CALOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 593). El territorio del Purus se perdió como consecuencia de la creación de la confederación Perú – Boliviana, llevada a efecto en la presidencia de Andrés de Santa Cruz y Calahumana, como hecho consumado en las presidencias de Ismael Montes y Eliodoro Villazón mediante el tratado de 1909. (CONFEDERACIÓN PERU – BOLIVIANA: Mapa de la confederación Perú - boliviana – 1836. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: GÓMEZ DE ARANDA, BLANCA: ÚNICA EDICIÓN, AÑO 1993, PÁGINA 198. // Andrés de Santa Cruz y Calahumana nefasto precursor de las pérdidas territoriales orientales cruceñas con el Perú. FUENTE: LAS DESMEMBRACIONES TERRITORIALES DE SANTA CRUZ EN LA ÉPOCA DEL REPÚBLICA (1836 – 1935): UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA 40


EDICIÓN, AÑO 2007, PÁGINA 221). La dispersión territorial de nuestra heredad se produce de la misma manera por la entrega a los departamentos andinos bolivianos, con el Chapare anexado a Cochabamba dentro de la cordillera de los Chiriguanos y la actual provincia amazónica de Iturralde al Departamento de La Paz en 1938. Luego viene el Chaco Sur Chiquitano entregado a Tarija y a Chuquisaca hoy Sucre con el nombre de Chaco Boreal que luego, fue arrebatado a la metrópoli boliviana a consecuencia y resultado de la guerra contra la República del Paraguay que se libró desde 1932 hasta 1935 y todo esto abte la falta de conocimientos históricos de la metrópoli, que en los alegatos fortaleció la falsa tesis paraguaya sobre los territorios de la Provincia de Cgiquitos . La agresión colonizadora que estamos soportando en la actualidad está agudizada y exagerada, porque definitivamente somos una Nación y Patria diferente y la cual dentro de la geografía política boliviana debe desaparecer, porque demanda que debemos ser extirpados de todo contexto dentro del Estado Plurinacional Comunitario actual, como elemento de agresión colonizadora que hemos sufrido sin justificativo histórico alguno y se encuentra en la actualidad agudizada, con la acometida como sociedad que soportamos serias agresiones contra nuestra identidad y cultura histórica, porque tanto la andina y para desgracia propia, nosotros mismos no somos conocedores de nuestras identidades y culturas históricas reciprocas. .El hecho del desconocimiento de la identidad y la cultura histórica propia es favorecedora dentro de la política de la imperialista metrópoli colonizadora boliviana, al estar apoyada por caracterizarnos ser una sociedad que, soportamos estoicamente estas agresiones contra nuestra existencia como nación y pueblo, dentro de una política de agresión favorecida por ser gentes pacíficas, hospitalarias y conformistas con lo que nos depara el futuro, Condición que nos lleva a que seamos culpables de no atisbar signo alguno de resistencia coherente y lógica. Mostrando solamente berrinches clásicos de pueblos colonizados que no son conocedores de su identidad y de su pasado. (PASADO: Para los historiadores, para los del Derecho también, por el contrario, lo pasado es objeto permanente de intento de resurrección, de actualización o de ratificación, por estimarlo fuente inapreciable de enseñanza e ilustración, y eso aún no compartiendo el adagio de que “la Historia se repite siempre”, por la inevitable variación que introducen los distintos protagonistas, hasta ser colocados en idénticos escenarios y en similares situaciones. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO VI: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁG. 134). Las revelaciones y las pruebas recogidas para efectuar este análisis, no fueron fáciles de conseguir al existir poca información en los trabajos históricos existentes, pero se logró ensamblar los diferentes temas estudiando lo escrito por los historiadores del Alto Perú, de los cambas cruceños y también de los extranjeros, en la verdad escondida y no examinada que contienen sus respectivos análisis. Llegándose de esta manera a desentrañar las verdades y las mentiras históricas dentro de la relación foral que nos identifica, con el aporte de elementos de prueba óptimamente documentados, en las revelaciones que demuestran con contundencia que somos una nación de origen paraguaya al estar integrándola por espacio de 23 años, y venida desde la corriente del río la Plata y por el Océano Atlántico en forma directa. Lo que me ha motivado a emprender esta difícil tarea que quizás me depare la incomprensión, como el acoso de los permanentes detractores contra la nación de los pueblos cambas cruceños, es la esperanza que me afianza y anima de que nuestros historiadores, despojándose de la influencia que significa la enseñanza deformada y dirigida desde la metrópoli, sean los que investiguen y analicen nuestro pasado, para de esta manera recuperemos la verdad sobre quienes somos y de donde venimos, por la importancia de ubicarnos en nuestra identidad y cultura histórica verdadera. Para de esta manera por fin nos encontremos con nuestro presente, avizorando y advirtiendo concientemente el futuro incierto que nos depara ser una nación deferente, cautiva, colonizada y avasallada. 41


La República del Alto Perú de nombre Bolívar formada por la oligarquía potosina, cochabambina, paceña y chuquisaqueña, a manera de pueblos y territorios que se pensaban eran parte de las Provincias Altas Argentinas en la era prerrepublicana, constituían una sociedad separada y soberana como territorio libre e independiente del poder colonial español, pues este Alto Perú que un día se unió a la Argentina ya estaba en poder de Pedro Antonio de Olañeta en calidad de componentes de la provincia de los Charcas, así como en condición de nación y pueblo soberano por acción directa de su ejército. Hecho conseguido mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 dentro del convenio alcanzado en la localidad de Tarapaya próxima a Potosí. El reconocimiento de nuestra condición de identidad y cultura histórica propia, es la que nos llevará con el nacionalismo reivindicatorio, a que asumamos con la fortaleza necesaria que fuimos anexados dolosa y colonizados fraudulentamente en la imperialista y colonizadora República del Alto Perú Bolívar en 1825. Acción reeditada en la Asamblea Constituyente de 2009 que crea el Estado Plurinacional Comunitario, mediante una acción que fue llevada adelante en maniobras ejecutadas por los asambleistas de conducta dos caras de la oligarquía alto peruana o de Charcas del pasado y del presente. Actualmente apoyados por ignorantes políticos nuestros que se prestaron a la nueva anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños. El pasado o sea en 1825 la oligarquía Colla Alto peruana se complota con dos ilegítimos y corruptos representantes nuestros, cuando se instala la asamblea del Alto Perú a partir de los meses de julio hasta agosto del mismo año en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, con la agresión villana y alevosa contra nuestra sociedad y nación de los pueblos cambas cruceños, apoyada en 1825 por Antonio José de Sucre y aceptada por Simón Bolívar. Aceptación en base a la oferta de ponerle sus apellidos a la república, como también a su capital y provincia o departamento como prebendas y hoy se encuentra dentro de un supuesto proceso de cambio propuesto por el poder imperial pos incaico del Alto Perú boliviano. Agrediéndose a los cambas cruceños cuando Antonio José de Sucre nos incluye como departamento de Bolivia en el Decreto de 23 de enero de 1826, bajo el pretexto y la interpretación falsa de ser nuestros pueblos supuestamente conocidos como integrantes del Alto Perú, según se verifica por el artículo primero del Decreto del 9 de febrero de 1825 emitido desde La Paz (INCLUSIÓN FRAUDULENTA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA POR ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: Las provincias que se han conocido con el nombre del Alto Perú, quedarán dependientes de la primera autoridad del ejercito Libertador, mientras una asamblea de Diputados de ellas mismas delibere de su suerte. FUENTE: DECRETO DEL 9 DE FEBRERO DE 1825). La actualidad muestra que está agresión de 1825 está reeditada con meternos invisibles dentro de una inventada Comunidad Intercultural andina boliviana de tinte Tahuantinsuyo incaico, por lo que el conocimiento pleno de nuestra identidad y cultura histórica, se constituye en el único mecanismo y camino cierto para lograr el respeto que nos merecemos como Nación, Patria, así como República independiente y soberana que fuimos desde 1815 hasta que nos anexaron y colonizaron en 1825. Los cambas cruceños somos vecinos y no como se afirma fraudulentamente, ser parte del Collado del Alto Perú o Charcas, con la demostración de este hecho por lo que afirma Carlos Medinaceli en su proclama del 1º de febrero de 1825, para que mediante la corrección por razón de la justicia internacional pública que fue conculcada e infringida en la asamblea de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, podamos construir un nuevo y real Pacto de Convivencia Social con los del Alto Perú o charqueños que .respete nuestros derechos identitarios y culturales. El pacto al que tenemos que arribar debe ser en la forma como lo quería Simón Bolívar, dentro de su equivocación sobre la verdadera realidad histórica nuestra e inclusive de la del Alto Perú, para de esta manera repararse la alevosía cometida contra nuestro pueblo y hacer legítima de una vez nuestra anexión y colonización ejecutada en 1825, y sea en base al respeto mutuo por ser pueblos diferentes. La necesaria corrección definitiva del atropello histórico cometido contra la independiente y 42


soberana República de Santa Cruz de la Sierra en 1825 y reeditada en 2009, viene porque nuestra nación de los pueblos cambas cruceños se encontraba separada, independiente y libre de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, pues luchamos solos contra la invasión colonial española de Goyeneche, así como también la del Alto Perú o Charcas que fue emancipada de España por Pedro Antonio de Olañeta. Los cambas cruceños no nos constituimos en parte de la actual República Argentina creada el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán dentro del Collasuyo o Collado argentino y pese a ello, hoy estamos nuevamente agredidos, anexados y colonizados dentro del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. Lo estudiado en este trabajo demuestra que toda actitud contraria a reconocerse nuestro derecho soberano a ser autónomos como mínimo, tal como lo exige el pedido de la nación de los pueblos cambas cruceños y adquirido constitucionalmente en votación general y soberana. Constituye nuestro derecho a la autonomía como hecho legítimo y constitucionalizado dentro del imperialista y colonizador Estado Plurinacional Comunitario boliviano, al estar ya consignado en el artículo 1º de la Constitución Política vigente. (AUTONOMÍAS: Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, Libre, Independiente, Soberano, Democrático, Intercultural, descentralizado y con autonomías. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO VIGENTE: AÑO 2009). El dificultar a los cambas cruceños nuestra autonomía mediante maniobras constitucionales es un hecho perverso, porque pese a estar incluida se encuentra negada con trampas y enredos por el poder político de la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana de Bolivia. Llevando como corresponde en este caso a recuperar nuestra identidad y cultura histórica conculcada, por ser nuestros pueblos una nación avasallada en su soberanía original y además cautiva desde 1825. La lucha por la reivindicación de la nación de los pueblos cambas cruceños debe ser llevada con el espíritu del nacionalismo reivindicatorio, para que batallando sin desmayo busquemos por el equitativo proceder internacional reconocido, alcanzar nuestra emancipación y descolonización. (EMANCIPACIÓN: Liberar de la patria potestad, de la tutela o de la servidumbre. Salir de la sujeción en que se esta. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Lográndose de esta manera recuperar la igualdad en nuestros derechos, con los de esta sociedad del Collao del Alto Perú o Charcas que por ser diferente nos mantiene como su colonia, manejando un discurso distorsionado para justificar esta agresión histórica.

GENOCIDIO COMETIDO CAMBA CRUCEÑA

CONTRA

LA

NACIÓN

CAUTIVA

Las consecuencias negativas o los logros favorables al que arribemos los cambas cruceños, santa cruceños, benianos y pandinos como nación cierta y determinada sobre nuestro presente y futuro, será el resultado de la desidia y la ignorancia en el conocimiento de nuestro pasado sobre la identidad y la cultura histórica, así como también por la batalla o cruzada que hagamos para preservarlas. El Genocidio. (GENOCIDIO: Crimen de derecho Internacional consistente en el exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas y culturales, o la implacable persecución de aquellos por estas causas. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO CUARTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 157. // Es un delito de Lesa Humanidad Se denomina lesa humanidad, al crimen y los delitos que causan agravio, ofensa o daño a todos los hombres, fundados en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos o culturales. Para que un delito pueda ser considerado de lesa humanidad, tiene que haber sido cometido mediante ataques generalizados y sistemáticos, y entre ellos tenemos. El homicidio intencionado individual o en gran escala 43


de miembros de la nación cautiva. Negar el ejercicio del derecho a la propiedad mediante la esclavitud y el avasallamiento. Traslados forzosos de poblaciones con miras de desalojo o colonizar territorios ajenos. Encarcelamiento y privación de libertad, en violación a las normas fundamentales de derecho internacional (Derechos humanos). Causar graves sufrimientos físicos y mentales intencionalmente. Persecución de una colectividad con identidad propia por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales o religiosos. FUENTE: AGRESIONES INTERNACIONALMENTE RECONOCIDAS COMO INACEPTABLES POR EL DERECHO INTERNACIONAL Y LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS). El Genocidio como delito penal de Orden Público Internacional, se aplica no solamente por la eliminación física y la persecución con el exterminio de grupos humanos diferenciados, se constituye también y de la misma forma en un delito de orden penal internacional, la destrucción de naciones o grupos sociales por motivos étnicos, políticos, religiosos y culturales. En términos generales hablar de Genocidio no supone necesariamente la destrucción inmediata de una nación, se establece también en base a un plan coordinado a través del tiempo, con diferentes acciones que apuntan a destruir, los fundamentos esenciales de la vida de grupos nacionales con el propósito de aniquilarlos. El concepto general de Genocidio lleva al contexto de lo que ha sucedido con la nación de los pueblos cambas cruceños que nos encontramos agredidos, mediante una maquinación comenzada con nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta desde 1825. Agresión genocida, gestada y llevada a cabo por la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana o charqueña hoy boliviana, dentro de los objetivos planeados de eliminación de nuestra nación cautiva. (ELIMINACIÓN DE UNA NACIÓN SOMETIDA: Cualquiera de las sometidas a la presión asfixiante de una gran potencia que se impone con tal ineficiencia. Además disimulan caudillos internos y sumisos al poder colonial. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO CUARTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 508). La Patria de los pueblos cambas cruceños está agredida, con la desarticulación de nuestras instituciones políticas y sociales desde el inicio de nuestra colonización en 1825, y la agresión genocida está más virulenta en la actualidad, cuando se nos elimina definitivamente como nación cierta y determinada que somos para transformarnos en parias. (PARIA: Individuo de la casta ínfima de los indios que siguen la ley de Brahma. Esta casta está privada de todos los derechos religiosos y sociales. Persona a quien se tiene por vil y excluida de las ventajas que gozan las demás. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988).

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El Genocidio contra los cambas cruceños, es por encajarnos dentro de una inventada Comunidad Intercultural de concepción incaica y extraña a nuestra cultura, para convertirnos en un conglomerado social sin identificación nacional alguna, e integrados dentro de la cosmovisión andina del Tahuantinsuyo, con nuestra desaparición total como nación diferente, cierta y determinada que somos. (COSMOVISIÓN ANDINA DEL TAHUANTINSUYO: Es la diversidad de formas que coexisten manifiestas en el microcosmos del Ayllu-comunidad, son las fuentes naturales de las cuales se rigen las normas esenciales, por las que se regirá y se guiará a la comunidad intercultural. La interculturalidad reside en el cosmos infinito, descrito en nuestra filosofía Amawta como Tawa Pacha, orientada en sus cuatro direcciones, fuente de toda forma de vida que palpita sobre la superficie terrestre. Allpa Mama. FUENTE: AUTODETERMINACIÓN DE LAS NACIONES ORIGINARIAS Y PUEBLOS DEL TAWANTISUYU. // COMUNIDAD INTERCULTURAL TAHUANTINSUYU. En los últimos cuatro años el esfuerzo unido de hombres y mujeres, hicieron posible la existencia natural de la Comunidad Intercultural Tawantinsuyo que inaugura la nueva dimensión del tiempo y espacio para los hijos de la Allpa Mama. FUENTE: DOCUMENTO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL, REVISADO POR LA MESA DE ORGANICIDAD EN EL TERCER ENCUENTRO TAWA INTI SUYU QUITO, PARA SER RATIFICADO EN EL CUARTO ENCUENTRO TAWA INTI SUYU). La sociedad andina de criollos y mestizos de identidad foránea para la nación de los pueblos cambas cruceños, perteneciente al Estado opresor del Alto Perú o Charcas boliviano, busca con un proceso de disgregación la destrucción de nuestra cultura, nuestros sentimientos nacionales, religión, forma de vida y al mismo tiempo nuestra calidad económica productiva. Eliminando la seguridad personal como la libertad y la dignidad, e incluso la vida de los miembros de nuestra nacionalidad que como sociedad, nos encontramos en calidad de cambas cruceños colonizados y subyugados. La formación del Estado Plurinacional Comunitario demuestra que el Genocidio, está dirigido principalmente contra el grupo social de la nación de los pueblos cambas cruceños como entidad propia, llevado adelante con acciones de participantes políticos del poder de la imperialista metrópoli colonizadora que no se dirigen, solamente contra los individuos como tales sino contra un conjunto nacional diferente, cierto, determinado y finalmente agredido que somos. El caso del Genocidio contra la nación y la patria de los pueblos cambas cruceños, viene con una agresión agravada contra los miembros de nuestro grupo que se encuentra asentado en los departamentos al Este (Oriente) de la cordillera de los Andes en Bolivia. Hecho comprobado según se lee en el informe de la Cámara plurinacional de Bolivia. (SUPUESTO TERRORISMO CAMBA CRUCEÑO: Informe Conclusivo de la comisión especial multipartidaria, de la investigación de los Hechos y Atentados acaecidos en la cuidad de Santa Cruz de la Sierra de noviembre de 2009. FUENTE: SEPARATISMO EN BOLIVIA: CÁMARA DE DIPUTADOS). El mecanismo y la artimaña de agresión como es el Genocidio, manejado por la metrópoli boliviana sirvió a través de la historia, para ejercer una sañuda persecución contra los ciudadanos de la colonizada patria, de la nación de los pueblos cambas cruceños en todos sus componentes étnicos. La agresión genocida está llevada adelante desde el poder alto peruano o de Charcas, sin respetar el orden de la jurisdicción territorial como supuestos integrantes de una sola sociedad, que somos 45


y debe ser respetada como norma de convivencia, en toda república democrática que se maneja dentro de un Estado de Derecho y el cual debe ser acatado, donde la violencia desatada por la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana de Bolivia, cuenta con el apoyo de quinta columnas originarios nuestros que están alineados al lado del poder avasallador. (QUINTA COLUMNAS: Expresión que se utiliza, para designar a un sector de la población generalmente minoritario que mantiene supuestas lealtades hacia el bando enemigo debido a motivos religiosos, económicos, ideológicos o étnicos, constituyendo un conjunto de personas potencialmente desleales a la comunidad en la que viven y son colaboradores de distintas formas con el contrario. FUENTE: GENERAL EMILIO MOLA EN LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA: AVANCE HACIA MADRID). Además de los quintas columnas, se tienen individuos que actúan como invasores del Alto Perú o Charcas al no integrarse a la sociedad que supuestamente emigran, reteniendo la calidad de puntas de lanza. (PUNTAS DE LANZA: Significa Vanguardia, o sea algo que está abriendo camino, que sería como por la fuerza. Por ejemplo parte de una fuerza de agresión, que va delante del grueso agresivo como movimiento ideológico o político. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Siendo estos elementos implantados en nuestro territorio de nación y patria sometida, los que están manejando los poderes políticos, judiciales y económicos de acuerdo a los intereses de grupo dominante de la metrópoli del Alto Perú. El Genocidio ejecutado contra toda nación y patria anexada, colonizada y en especial en el caso de la nuestra de los pueblos cambas cruceños; se produce en dos fases, donde la primera se asienta en la destrucción del modelo nacional del grupo oprimido y la segunda se produce por la imposición del modelo de Estado de la nación opresora. Todo ello con calidad de una servidumbre que se realiza sobre la población dominada, a la que se le permite permanecer en el lugar y territorio conquistado pese de colonizar la zona con nacionales provenientes del grupo opresor. La historia de Santa Cruz como departamento anexado y colonizado en la República del Alto Perú, llamada Bolívar según la Ley de Creación del 11 de agosto de 1825, comienza con la fundación de la ciudad de Asunción del Paraguay en 1537, pues es desde allí que parte Ñuflo de Chávez separándola como gobernación de Mojos creada en 1560. Luego en 1561 se funda a orillas del arroyo Suto sobre la serranía del Riquió su capital que se la llamó Santa Cruz de la Sierra, con el resultado de la actual sociedad de formación étnica única de los pueblos cambas cruceños. La Nación y la Patria de los pueblos cambas cruceños, inicia su historia como parte de la Gobernación del Paraguay por espacio de 23 años, luego en calidad de gobernación dependiente del virreinato del Perú, lo hace desde 1563 cuando se crea la Audiencia o Cancillería de los Charcas, pero dejamos de ser parte del virreinato del Perú en 1776 al ser componentes del virreinato del Río de la Plata, con su transformación en Intendencia en 1782 y finalmente, como provincia y parte de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde de 1810. La lucha por la independencia de los cambas cruceños se inicia adhiriéndose oficialmente al movimiento de Buenos Aires, enviando representantes al Congreso Constituyente en 1813, hasta que se separa e independiza de esta misma confederación en 1815 siguiendo el ejemplo del Paraguay que lo hizo en 1814. Por lo que es importante conocer que en ningún momento histórico nuestro pueblo Camba Cruceño, se constituyó en integrante de la República Argentina que fue creada en 1816, pero fuimos anexados con dolo y colonizados con fraude histórico, por los alto peruanos o de Charcas y colombianos que crearon la República Bolívar en 1825. La progresión de los acontecimientos y las circunstancias históricas, demuestran en forma irrebatible y contundente que lo sucedido en 1825 en adelante, se constituye en un grave Genocidio contra nuestra independiente y soberana nación y patria de los pueblos cambas cruceños, al buscarse permanentemente desconocer y destruir nuestra identidad y cultura histórica, para de esta manera integrarnos difusos y sin personalización propia en la ex República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, como hecho siniestro acaecido con nuestra sociedad al Este de los Andes en 46


Bolivia. Este hecho de agresión genocida hace necesario para no continuar con esta brutalidad histórica, analicemos nuestra epopeya desde los años 1537 hasta 2014 inclusive, tratando en esta investigación todos los aspectos que estén relacionados con nuestro pasado, nuestro presente y nuestro futuro inmediato y mediato.

LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN LA ERA COLONIAL, PRE REPUBLICANA Y REPÚBLICANA ENTRE 1537 – 1825 - 2013 El homenaje a la fundación de la Gobernación de Mojos y su capital creada eL 26 de febrero de 1561 que hoy constituye, el territorio donde se implantaron los actuales departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando, como también los anexados a Tarija, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz. Se fundamenta en dar una respuesta real a la continua disgregación de nuestra nación, libre e independiente en los llanos amazónicos, rioplatenses y la cordillera de los Chiriguanos. La disgregación que se acusa la estamos sufriendo a lo largo de más de 450 años de existencia, basada en la agresión colonizadora imperialista de la metrópoli Provincia de los Charcas llamada Alto Perú desde 1776. Agresión que con nuestra anexión fraudulenta en 1825 y mediante su Constitución aprobada en el año 2009 nos elimina del Estado Plurinacional Comunitario, Originario, Indígenas Campesinos y afro bolivianos, al integrarnos en nuestra condición de identidad y cultura histórica, dentro de una inventada comunidad intercultural de concepción andina del Tahuantinsuyo.

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LA HISTORIA VERDADERA DE LOS CAMBAS CRUCEテ前S

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LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN LA ERA PREHISPÁNICA, COLONIAL, PRE REPUBLICANA Y REPUBLICANA ENTRE 1537, 1825 Y 2014 INCLUSIVE

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INDICE TEMA

PÁGINA

HISTORIA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS PERIODO PREHISPÁNICO Intención fraudulenta de considerar los territorios de Santa Cruz de la Sierra con las misiones de Mojos y Chiquitos, ser parte del Kollasuyo incaico y del Alto Perú colonial español…………………………..............57 Los Señoríos Aimaras y su relación con el Kollasuyo, antes y después del Imperio Incaico…....................61 El Alto Perú y su relación con el Imperio Incaico…………………….….………………………………………...63

PERIODO COLONIAL ESPAÑOL (1537 – 1810) La Provincia de Tarija unida a Salta en 1807 y su relación original con el Gran Chaco o Gualamba, devuelta en 1838 a la República Argentina………………………………………………………………………..65 Los territorios de Chiquitos en la gobernación de Santa Cruz de la Sierra y las misiones de Mojos como nación jesuítica de las llanuras, formaron la República de la nación de los pueblos cambas cruceños desde 1815 hasta 1825………………......................................................................................................................67 La creación de la Real audiencia o Cancillería de los Charcas, destruye el oscuro y falso discurso de que la Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra pertenecía al Alto Perú……………….…………72

PERIODO PRE REPUBLICANO, ANTES DE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN BOLIVIA (1810 – 1825) La etnia de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, es el resultante del mestizaje del Tupí Guaraní con el español, como nación cierta y determinada de sentimiento noble y hospitalario…………...75 La nación de los pueblos orientales cambas cruceños asentados en los llanos amazónicos y rioplatenses, así como en la cordillera de los Chiriguanos es una sola desde el río Pilcomayo al Sur hasta los ríos Acre, Purus y Madera al Norte…...…………………………………..…………...……………………………………….78 Los territorios de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, eran libres desde 1815 de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y no de España que lo hizo en 1810…….……………………………………………………………………………………………..82 La enseñanza mentirosa sobre nuestra identidad foral y cultura histórica, persigue el propósito y la finalidad imperialista de dominación total de la nación de los pueblos cambas cruceños…………………..85 Los coroneles Ignacio Warnes, José Manuel Mercado (colorado), el guerrillero José Manuel Vaca (cañoto) y otros, fueron los verdaderos actores de la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra como nación de los pueblos orientales cambas cruceños………………………………………………………88 El Coronel Ignacio Warnes gobernador designado por el General Belgrano, fue el que concretó la libertad e independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra en 1815. Separándola de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata………………………………………………………………………….90 José Manuel Mercado (colorado), comandante del ejército patriota de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, fue el que consolidó nuestra libertad e independencia agredida por el Alto 55


Perú………..…..............................................................................................................................................91 El Teniente Coronel José Manuel Baca (cañoto) como guerrillero, contribuyó a la independencia de la República de S92anta Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños… La derrota definitiva del ejército invasor español convertido en alto peruano o charqueño de Pedro Antonio de Olañeta al mando de Francisco Javier de Aguilera,, sucede cuando fue expulsado de la capital Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero de 1825…………………………………..………..…………………………..03 La dolosa anexión y la fraudulenta colonización sufrida por la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, fue inconsulta y sin respetar el derecho a la libre determinación como república separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815…………………………………………..93

LA HISTORIA VERDADERA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS, COMO REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ENTRE 1815 Y 1825 Introducción………………………………………………………………….………………………………………..98 Los territorios de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños son de origen Tupí Guaraní……................................................................................................................................................104 Las diferencias entre las razas andinas del Collado del Alto Perú o Charcas y la afro descendiente, con relación a la raza de los Tupí Guaraníes…………………………………………………………………………105 Los Tupíes guaraníes en la cordillera de los Chiriguanos………….……....................................................112 La cordillera de los Chiriguanos, es el límite natural entre las intendencias del Alto Perú, con la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra de origen paraguaya……………..…………………………………………………117

LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CON SUS TERRITORIOS Y SUS LÍMITES (1560 y 1561) La fundación de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.………………….……………………………………..118 Los límites territoriales de la República de Santa Cruz de la Sierra………………………………………….122 Los territorios de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, no fueron ni son del Alto Perú o provincia de los Charcas. Así como tampoco en 1825, fueron parte de la desaparecida Audiencia de Charcas…….…………………………………………………………………………………………………………123 La Real Audiencia de Charcas y la gobernación de Santa Cruz de la Sierra……………..…………………125

LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA, DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS ENTRE 1809 Y 1815 Las ideas insurgentes…………………………….……………….……..…………………………………………128 La lucha por la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños………………………………131 La Gobernación de Santa Cruz de la Sierra……………………..…….………………………………………...132 La República de Santa Cruz de la Sierra……………………….…….…………………………………………..134 La República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, alcanzó sola su independencia………………………………………………………………………………………………138

LA ANEXIÓN DOLOSA Y LA COLONIZACIÓN FRAUDULENTA, DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS 56


CRUCEÑOS Santa Cruz de la Sierra era República independiente desde 1515 hasta 1825………….………………….140 La falacia histórica de considerar a la República de Santa Cruz de la Sierra de origen asunceña, ser parte del Perú y por lo tanto alto peruana….……………………………………………………………………………144 La alto peruana república bolívar, con la anexión dolosa y la colonización fraudulenta de la república de santa cruz de la sierra, llevó a la sujeción de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños………………..…………………………………………………………………………………………….149

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PERIODO PREHISPÁNICO INTENCIÓN FRAUDULENTA DE CONSIDERAR LOS TERRITORIOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CON LAS MISIONES DE MOJOS Y CHIQUITOS, SER PARTE DEL KOLLASUYO INCAICO Y DEL ALTO PERÚ COLONIAL ESPAÑOL El conocimiento de la historia sobre los orígenes de la nación de los pueblos cambas cruceños que como grupo étnico único, diferente, cierto y determinado, se encuentra formando una sociedad mestiza genética y cultural del Tupí guaraní con el español a los inicios y hasta hoy día. Reforzada y favorecida por la inmigración honesta de los pueblos del Alto Perú y otros pueblos del mundo. Los cambas cruceños constituyen una sociedad cosmopolita que se encuentra anexada, colonizada y cautiva dentro de la imperialista metrópoli colonizadora, Nación Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia. (ESTADO Y NO REPÚBLICA: Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. FUENTE: ARTÍCULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO VIGENTE). El estudio de la identidad y la cultura histórica de la sociedad Camba Cruceña contiene vital importancia, para entrever y reparar a futuro el daño causado a la sociedad al Oriente de los Andes, por una enseñanza falaz sobre nuestra sobrevivencia como nación cierta a través del tiempo y el espacio. La falta de conocimiento de quienes somos y como nos formamos en la sociedad actual, no permite que nos ubiquemos correctamente dentro de cada uno de los pueblos que integran el actual territorio boliviano, que al ser diferentes, se encuentran asentados en tres zonas geográficas distintas, como poblaciones completamente desiguales por las condiciones raciales y culturales que nos distinguen y separan. El conocimiento de las diferencias es lo que nos llevará al necesario entendimiento de los orígenes de nuestros pueblos, evitándose la villana equivocación que se maneja por los del Alto Perú o Charcas, de que desde antes del advenimiento del colonialismo español formamos una sola unidad etnográfica, dentro de una interpretación que no resiste un análisis objetivo y con honestidad, por los antecedentes históricos tanto de los cambas cruceños, como de los collas alto peruanos o charqueños. El presente estudio nos lleva al conocimiento de la realidad histórica de estos tres pueblos o naciones que componen actualmente Bolivia, dentro de la ubicación sociológica con respecto a las tres regiones bien diferenciadas y sus gentes, como son la andina en la cordillera Oriental y la yungueña separadas de los pueblos asentados en la cordillera de los Chiriguanos como en los llanos amazónicos y rioplatenses, para de esta manera ubicarnos en el contexto verdadero de esta disparidad. La cordillera de los Andes como habitad propio de las naciones aimaras, quechuas y otras 59


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menores con sus descendientes mestizos, tiene el paisaje típico altiplánico cubierto por una capa de nubes bajas y grisáceas. Además cuenta con estratos con una base bien definida que dan origen a peculiares precipitaciones de carácter débil (chilchi), con su Puna de una altura media de 4.000 metros y una temperatura de entre los 6 a los 19 grados. Así como también, el lago Titicaca que mantiene una influencia importante sobre el clima del Altiplano. El territorio Camba Cruceño cuenta con la típica vegetación selvática imperante en la cordillera de los Chiriguanos que se encuentra, entre la parte central de los Andes y los llanos con sus selvas y sus ríos amazónicos y rioplatenses. Además bosques y llanuras inundables entre el Beni y Santa Cruz, las llanuras de Chiquitos llamada por equivocación de los historiadores Llanos de Manso. Los quechuas y los aimaras con la amalgamación europea, son los pueblos originarios y autóctonos más numerosos dentro de Bolivia, conformando de esta manera la mayor población de la etnia mestiza incaica desarrollada en la cordillera de los Andes, encontrándose estrechamente relacionadas con los descendientes de la migración forzosa de africanos en la era colonial que están asentados en la región de los Yungas. Los Tupí Guaraní como autóctonos de los llanos rioplatenses y amazónicos, contienen entre ellos a los guarayos, lps chiquitanos, los guaraníes, los chiriguanos, los ayoreos y otros, formando la población originaria nativa autóctona y mestiza Camba Cruceña, hoy amalgamada con otras naciones andinas y el europeo, como la región de la nación de los pueblos al Este de la cordillera de los Andes. Los pueblos cambas cruceños están transformados actualmente, en una sociedad cosmopolita que cuenta con una población mayoritariamente mestiza del Tupí Guaraní con el español. La que en conjunto fue la actora principal en las luchas por la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra en el siglo XIX, que al estar anexada y colonizada no ha acabado hasta nuestros días. La sociedad Camba Cruceña cosmopolita es calificada así, por integrar elementos humanos que aman esta tierra y su cultura por más que tengan su origen en otras regiones de Bolivia, de América y del mundo. Identificándose como gentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, sean originarios autóctonos, originarios nativos, o inmigrantes de otros orígenes nacionales transformados en integrantes de nuestra sociedad. Por lo que es necesario que se conozca y analice por ellos, nuestros orígenes como pueblo y nación cierta y determinada, para lograr una integración honesta y real que de fortaleza espiritual a su nueva patria. La nación y sociedad Camba Cruceña es diferente en características fenotípicas y de cosmovisión con los individuos del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, por mantener una concepción de patria propia pese a estar sufriendo, un pensamiento muy confuso que se constituye en un perfecto galimatías dentro de la clasificación ppr la sociedad Occidental Colla del Alto Perú. (GALIMATÍAS: Lenguaje oscuro. Confusión, enredo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Lo oscuro y lo enredado de la redacción existente en la lengua alto peruana de la Constitución de esta Nación Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, mantiene encuadrada nuestra identidad dentro de una falsa dimensión histórica basada en una intencionalidad marcada, para deshacer la diferencia existente con la parte alto peruana, minoritaria territorial y mayoritaria poblacional que nos agrede. La nación de los pueblos cambas cruceños colonizados por intereses de una oligarquía andina, perteneciente a la logia masónica Huaukes que significa hermanos en aimara, como sociedad mayoritaria 60


en población y minoritaria en territorio con relación a Bolivia, nos anexa y agrede pese a ser República independiente y soberana desde 1815 hasta 1825, pero colonizada con fraude dentro de la República Bolívar en agosto de 1825. Además en pleno siglo XXI eliminada y transformada con falta de identificación, como parte de la comunidad intercultural de la Nación Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. El reconocimiento de nuestras raíces históricas por los nuevos elementos poblacionales que vienen a asentarse en nuestra heredad, es lo que nos llevará a que la nación de los pueblos cambas cruceños cosmopolita, nos mantengamos vigentes e identificados con los postulados provenientes de la condición de cultura occidental cristiana, apoyados por los inmigrantes honestos que se integran y aman su nueva patria. Teniendo en ellos a los que defiendan el espacio vital que nos acoge a todos, ya que de esto depende el futuro de la sociedad al Este de los Andes en Bolivia. La situación de identificación con su nueva patria como sucede con toda comunidad emergente, es asumida por la inmigrante venida de todas partes, como tenemos el caso de la Segunda Guerra Mundial, donde los japoneses de raza pero norteamericanos por identificación gentilicica definitiva, lucharon contra su congéneres raciales por su patria adoptiva ya cierta, y todo ello en calidad de soldados estadounidenses pese a ser distintos en raza como también gentilicio de origen. Los inmigrantes identificados dentro de su nueva realidad, son los que respetan y asumen la identidad ya propia por adopción, siendo tolerados con sus culturas provenientes de los pueblos dejados atrás para conseguir un futuro mejor. Por lo que como patriotas constituidos, aportan esa fuerza espiritual que les fue negada a su desarrollo individual en sus lugares de orígenes. En el caso de los cambas cruceños tenemos a los que emigran desde los Andes y de todas partes del planeta que, transforman y fortalecen la cultura cristiana de los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños. Dejando de lado en el caso de los andinos la ideología religiosa cósmica panteísta, de sus dioses engendrados en su Pachamama y dentro del universo cósmico. Todo ello por la importancia de reconocer que la colonizadora hoy nación Estado Plurinacional Comunitario boliviano, esta formado con una disparidad compuesta por dos naciones con cultura, raza y geografía marcada como son la andina incaica y la de la llanuras Camba Cruceña, siendo esta última integrada al Alto Perú boliviano mediante una anexión dolosa y colonización fraudulenta. La nación de los pueblos cambas cruceños por ser de cultura e identidad desarrollada en una heredad territorial propia, no integrada social y espiritualmente en la cosmovisión andina boliviana, se fortalece por la buena fe que traen los inmigrantes y que los transforma en la base fundamental, dentro de toda amalgamación normal de unión de pueblos que integrándose se identifican con su nueva sociedad, aceptando la influencia del medio ambiente ecológico y social que se constituye en fuente de diferencias. La condición de influencia de la naturaleza es observada dentro de la etnia incaica. existente entre los aimaras y los quechuas con sus mestizajes respectivos que comparten visiones y territorios comunes como pueblos con lazos nacionales, porque no se diferencian entre ellos culturalmente, pero sí en la característica fenotípica que es cambiante según la región que habitan. En el caso de los collas con los cambas las diferencias existentes, son por provenir de 61


concepciones etnográficas influenciadas por condiciones totalmente opuestas. Por lo que este análisis busca que con la utilización de la honestidad y la objetividad histórica, se alcance el conocimiento de nuestros orígenes propios como pueblos diversos, para llevarnos a la formación de una sociedad unida por más de contar con tantas disparidades. Lográndose con esta unidad al fin, un equilibrio justo en la relación actual y futura de nuestros pueblos, dentro del entendimiento de que debemos convivir en esta sociedad boliviana heterogénea sin agredidos ni agresores, pese al rencor solapado que nos profesan los de arriba y que debe ser desterrado. Es importante que por justicia histórica se respete nuestra condición de ser diferentes, pese a que seamos momentáneamente un pueblo minoritario en población, pero potencialmente emergente y fortalecido por los inmigrantes de buena fe que asumen por amor y adopción nuestra heredad e identidad, porque esta es la condición que llevará a que nos igualemos con esta imperialista metrópoli de concepción colonizadora alto peruana boliviana que nos sojuzga. Se debe conseguir la unidad entre los collas y los cambas no identificados con la cultura de los Andes solamente, sino dentro de una identidad y cultura propia para cada una de las naciones que están dentro del actual Estado Plurinacional Comunitario. Manteniendo un equilibrado orden de comportamiento entre nuestros pueblos desiguales, como único elemento que llevará a estas naciones diferenciadas a compartir un destino común de futuro cierto y dable. El futuro que nos lleve a un desarrollo justo sólo se consigue con el respeto mutuo, sin imposiciones hegemónicas ni exclusiones sociales y aportando todos en alcanzar la unidad entre nuestras naciones diversas, desechando el comportamiento basado en el odio y el autoritarismo manejado por los que desde nuestra colonización, nos han manipulado bajo la situación de agresiones económicas, culturales, políticas y militares. La situación de agresión colonial sufrida por la nación de pueblos cambas cruceños, que somos el resultado de la colonización por el río de la Plata y la inmigración por Asunción, se encuentra exacerbada por el aborrecimiento del alto peruano contra todo lo que es de las llanuras rioplatenses y amazónicas, por lo que esta perversa situación del sistema puede a mediano o largo plazo llegar a la disgregación de esta supuesta sociedad equilibrada boliviana, porque se está atentando contra el resultado racional de unidad y equilibrio de nuestros pueblos. La unidad y el respeto es lo que hará desaparecer de nuestro horizonte el peligro de separación y secesión final, que viene como consecuencia de no comprenderse dentro de las diferencias como sociedades de orígenes contrarios, ya que la desunión es porque el más fuerte desprecia los derechos soberanos del más débil. En este caso de los cambas cruceños colonizados. La situación de colonización en que se encuentra la nación de los pueblos cambas cruceños que están engañados sobre su identidad y su cultura histórica, es la que lleva a alienarnos equivocados sobre nuestra realidad. Desfavorecidos por las mentirosas enseñanzas sobre nuestros orígenes como pueblo y nación, dentro de la era republicana y hoy estadual boliviana. La falta de conocimiento de nuestros orígenes cambas cruceños, está manteniendo a nuestros líderes dentro de una identificación absoluta y hasta cierto punto masoquista en favor de nuestros carceleros desde 1825 en adelante, y entre ellos tenemos como ejemplo al Presidente Camba Cruceño 62


Germán Busch, entregando territorios originalmente nuestros al altiplánico departamento de La Paz. Transformándose por este motivo en contrario de su pueblo por origen. (CONTRARIO A SU PUEBLO DE ORIGEN: Los representantes de Santa Cruz, Beni y Pando forman una agrupación que defienda la intangibilidad del territorio oriental, la defensa de la raza propia, y la integridad de cada uno de los departamentos orientales cambas cruceños. Hecho que contó con la desaprobación y rechazo de Busch, con una tácita advertencia contra la idea planteada. FUENTE: ARTÍCULO PUBLICADO POR: GARCÍA VESPA, HERNANDO: EL BEBER: A 21: 26 ENERO DE 2011). La separación y la secesión puede llegar a ser una realidad cierta, por la disparidad y la agresión de la cultura occidental de influencia incaica contra la nación de los pueblos cambas cruceños, exacerbada por la actitud de odio que mantienen contra nuestra sociedad cosmopolita. La que como sombra maligna se puede evitar, con ser respetados por la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana que permanentemente, está expulsando la pobreza de su pueblo esclavizado socialmente, por parte de una oligarquía criolla y mestiza que se hace pasar falsamente pro indígena desde la época republicana y en especial desde el avance colonizador al Oriente en 1952 hasta nuestros días.

LOS SEÑORÍOS AIMARAS Y SU RELACIÓN CON KOLLASUYO, ANTES Y DESPUÉS EL IMPERIO INCAICO

EL

Los Señoríos Aimara en la región del Altiplano hoy boliviano, chileno, argentino y peruano antes del Imperio Incaico estaba formado por pueblos divididos en cuatro bloques, abarcando una extensión continuada con parte del Ecuador y entre estos bloques tenemos, el de los pueblos collas que influenciaban y abarcaban los territorios del lago Titicaca, entrelazándose al Norte y Este en la República del Perú con poblaciones de origen quechua dentro de una historia incaica común y entre ellos tenemos los territorios de los departamentos de Cochabamba, Chuquisaca, parte de Tarija y la occidental andina de la Argentina, así como también Chile. El bloque de los pueblos Charcas al Oeste de los departamentos de Chuquisaca y parte de Potosí, eran componentes del Urcusuyo, como una organización relacionada con el lago Titicaca. Abarcaba gran parte del Sudeste de la República del Perú y la parte Norte de Chile, manteniendo una cultura de condición guerrera que contrasta con su opuesto Umasuyo de condición débil por considerarse fuertes, valientes y belicosos. Los bloques de la gobernación Colla o Señoríos Aimara, tienen el territorio del Umasuyo que abarcaba la parte sub andina de los departamentos de Chuquisaca, Cochabamba y La Paz. Se extendía al Norte hasta el límite con la región de Mojos que por lo analizado sobre este reino Colla, se llega a la conclusión de que su territorio comprendía solamente hasta el lado Este que colinda con la parte Oeste, de la cordillera de los Chiriguanos que se extiende desde el Norte argentino hasta el Sur del Perú, comprendiendo las zonas aledañas a Valle Grande, Comarapa y Samaipata entre otras. Los pueblos andinos de Clisa, Mizque y Aiquile como incaicos son limítrofes dentro de los contactos con las tribus Ava Guaraní que al ser territorio húmedo y selvático, colindantes con la cordillera de los Chiriguanos eran considerados en la condición de poblados débiles, delicados y poco trabajadores por las bondades que les regalaba la naturaleza. Pero los vecinos Chiriguanaes, eran feroces guerreros e invasores de los territorios de los Collas en el Umasuyo Andino que mantenían un sistema administrativo 63


similar al del Imperio Incaico. (REINO COLLA: Si el Tahuantinsuyo estaba compuesto por cuatro suyos: Antisuyo, Contisuyo, Collasuyo y Chinchasuyo; a su vez el Collasuyo (reino Colla) parece dividirse en cuatro bloques, (Collasuyus/Charcas y Urcusuyo/Umasuyo. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LAS CULTURAS PREHISPÁNICAS: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: MEDINACELI, XIMENA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 29). La situación geográfica donde se desenvolvían los Señoríos Aimaras primero y luego el Imperio Incaico, llevó a que mantuvieran contactos con los Ava Guaraní o Chiriguanos en calidad de enemigos naturales, confirmando que bajo ningún concepto estos bloques llamados Collas, Charcas, Urcusuyo y Umasuyo, llegaron a penetrar los llanos comprendidos después de la cordillera de los Chiriguanos como ser los del Parapetí, Río Grande y Paraguay. El bloque comprendido por los Charcas y parte del Umasuyo que abarcaban las yungas andinas del Cuzco en el Perú, las de Cochabamba, La Paz y Chuquisaca en Bolivia fueron la base geográfica donde los españoles crearon el Virreinato del Perú. Como también la Real Audiencia de Charcas en la época colonial, dentro de una delimitación geográfica y mediante Cédula Real de Valladolid del 29 de agosto de 1563. Lo aguerrido de los pueblos Tupí Guaraní al Este (Oriente) de la cordillera de los Andes, llevó a la necesidad de crear las ciudades o poblados de frontera y entre ellos tenemos el de San Lorenzo fundado en 1590, cuya situación geográfica era intermedia entre Charcas o Chuquisaca y Santa Cruz de la Sierra fundada en 1561. La parte que corresponde a los valles de la nación de los pueblos cambas cruceños no fueron incaicos ni alto peruanos, porque allí se mantenía la lucha primero contra los Collas, luego contra los Incas y por último contra los españoles venidos del Perú. Pues nuestros territorios como República de Santa Cruz de la Sierra, nunca fueron peruanos y esta situación hace que el reino de España se vea en la necesidad de crear el virreinato de Buenos Aires en 1776. (VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA: Se vio la necesidad de crear el virreinato de Buenos Aires. Para esto se desmembró Charcas de su antigua jurisdicción y quedó creado el nuevo virreinato con las siguientes provincias: Rió de La Plata, Paraguay, Tucumán, más los cuatro distritos peruanos de La Paz, Potosí, Charcas y Santa Cruz. (Aclaración necesaria de la tergiversación histórica. En vez de Santa Cruz era Cochabamba). FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: CHARCAS PASA AL VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 281). La interesada y mentirosa intención de incluir maliciosamente a la gobernación de Santa Cruz de la Sierra en el territorio original alto peruano y dentro de la provincia, como la audiencia de Charcas, dejando de lado a la de Cochabamba en la creación del virreinato del Río de la Plata en 1776 constituye una aberración histórica. (ABERRACIÓN HISTÓRICA: La audiencia de Charcas constaba de cuatro intendencias: la de La Paz, la de Santa Cruz, (No es Santa Cruz es Cochabamba) la de Potosí y la de Charcas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 2). La inclusión de los cambas cruceños como mentirosa aseveración, está desvirtuada por lo que se sabe, que la audiencia de Charcas desaparece como gobierno territorial administrativo autónomo, pasando a depender de Buenos Aires desde 1776 y luego eliminada definitivamente por el gobierno bonaerense en el año 1813. (SIMPLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: La audiencia queda reducida a una simple corte de alzadas y Tribunal Supremo de Justicia. El cargo de Presidente era prácticamente un título de honor, que, como autoridad ejecutiva, civil y militar, sólo gobernaba en la Provincia de la Plata. FUENTE: 64


HISTORIA DE BOLIVIA: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 283). La audiencia de Charcas comenzaba al Norte en la zona altiplánica de Ayaviri y Asillo, entre el Cuzco y el Lago Titicaca y se extendía por el desierto de Atacama en el litoral del Pacífico hoy chileno. También comprendía al lado Este sobre la cordillera Oriental de los Andes, incluyendo el Altiplano y las yungas de La Paz, así como los valles de Cochabamba, Chuquisaca y Potosí. Por lo que está definitivamente demostrando que de ninguna manera la nación de los pueblos cambas cruceños éramos alto peruanos o charqueños, pues formábamos una sola unidad de llanuras amazónicas y rioplatenses con el Paraguay y la Argentina, reconocidas como los llanos de Chiquitos y de Mojos. El supuesto Chaco Boreal o Gran Chaco de los llanos de Manso según los del Alto Perú, como invención no contiene fundamento histórico alguno, ya que los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, estaban separados de los llanos de Manso por el río Pilcomayo que fue explorado entre los años 1544 y 1546 por Ñuflo de Chávez desde Asunción del Paraguay, siendo hoy parte de las Provincias de Salta y Formosa en la República Argentina. La confirmación de que el territorio mal llamado Alto Perú dentro de la cordillera de los Andes constituyó la provincia de los Charcas es cierta. Además es colindante con la cordillera de los Chiriguanos que pasando por Potosí y abarcando Cochabamba y Chuquisaca, llega hasta la Puna de Atacama, que colinda con la región de Calamarca en Argentina y con estos territorios se creó la audiencia de Charcas, fijando sus límites separados del virreinato del Perú el año 1563.

EL ALTO PERÚ Y SU RELACIÓN CON EL IMPERIO INCAICO El Alto Perú llamado de esta manera, es un territorio que se encontraba bajo la administración del virreinato Lima, compartido con el Bajo Perú hasta que fue creada la audiencia de Charcas pasando a su jurisdicción. Formaba parte del virreinato del Perú creado en 1543, con territorios que originalmente comprendían el Altiplano del cual recibe su nombre y del Imperio Incaico que engloba esta parte de América, que estaba dividido geográfica y políticamente como parte del Tahuantinsuyo con sus cuatro Suyos, y todo ello dentro de la cordillera de los Andes. (HISTORIA DEL ALTO PERÚ: Ha sido escrita por los cronistas a partir de la conquista. Estos historiadores recogieron los relatos que en forma oral o con ayuda de los quipus conservaban las doce panacas descendientes de los Incas, desde Manco Cápac hasta Huayna Cápac. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 3003, PÁGINA 55). El Imperio incaico tenía como centro administrativo y militar el Cuzco, desde allí partían los cuatro suyos en que estaba políticamente dividido, contando con cuatro territorios bien definidos cuyos límites eran con el Océano Pacífico al Oeste y los llanos amazónicos y rioplatenses al Este. Sus límites estaban con la cordillera de los Chiriguanos que bajándola se une con las llanuras selváticas amazónicas y rioplatenses de la nación de los pueblos cambas cruceños. Al Norte comienza desde el Suroeste de la República de Colombia en el río Putumayo y al Sur abarca hasta más allá del actual Santiago de Chile, así como con la región de Tucumán en la República Argentina, formando con todos estos territorios y pueblos el gobierno del Tahuantinsuyo. El Chinchasuyo y el Contisuyo abarcaban desde el Sur de Colombia, la mayor parte de Ecuador y gran parte del Perú, el Antisuyo estaba constituido por la parte selvática sub andina al Este del Cuzco en el Perú, abarcando Ecuador y llegando hasta Colombia. El más importante de los suyos para la historia andina relacionado con la sociedad que nos anexó 65


con dolo y colonizó con fraude, es la del Collasuyo criolla y mestiza que ocupa los territorios centrales de la cordillera de los Andes hasta el Océano Pacífico. Así como también la parte central alta que recibió por los españoles, el nombre de Alto Perú y es colindante con la cordillera de los Chiriguanos. CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS: Esta región constituye el límite natural que divide el Oriente boliviano de las tierras altas. Corre a lo largo de las últimas estribaciones de los Andes, desde la frontera argentina al Sur, hasta el Perú en el Norte. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LOS ASENTAMIENTOS CULTURALES EN EL ORIENTE BOLIVIANO: PAREJAS MORENO, ALCIDES: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 39). Por lo analizado se lega a la conclusión de que el Imperio Incaico llamado Tahuantinsuyo, abarcó solamente la zona andina y una pequeña parte de la cordillera de los Chiriguanos en su lado Oeste, todo ello por el freno que significaron los libres pueblos Ava Guaraní. Estaba asentado en el territorio que partía desde Colombia, pasaba por el Cuzco como centro político administrativo del Imperio y llegaba hasta la Puna de Atacama, abarcando además parte de Ecuador, Chile y la parte noroeste del Perú. Como también la zona andina de La Paz, Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y Tarija. El Alto Perú cuyo nombre fue señalado por los españoles de Buenos Aires, se encuentra geográficamente en la parte alta o altiplanicie (Altiplano), que como territorio comienza donde se entrelazan y se forman los hombros de la cordillera Oriental con la Occidental, demostrándose que bajo ningún concepto racional los territorios de los llanos de la nación de los cambas cruceños como provincia del Río de la Plata fueron alto peruanos, Provincia alta argentina ni conquistados por Huaina Capac. (HUAYNA CAPAC: Al sur, el Inca empezó la conquista de la montaña boscosa de Cochabamba (actual Chapare) y avanzó a las llanuras del Guapay y del Chaco; conquista que fue desbaratada por los invasores Chiriguanos. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS Y LOS ANDES ORIENTALES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 62). La expansión del Imperio Inca no abarcó los territorios de la cordillera de los Chiriguanos, ni los llanos amazónicos y rioplatenses de la nación de los pueblos cambas cruceños, pues los límites en relación con nuestros pueblos de origen Tupí Guaraní que comprendían la gobernación de Santa Cruz de la Sierra (Chávez y Manso) con las provincias de Mojos y Chiquitos, fueron transformados en la República de Santa Cruz de la Sierra en 1815. La verdad histórica es que nuestros padres originarios autóctonos Tupí Guaraní, sólo tomaban contacto con los Incas en la cordillera de los Chiriguanos llamada así por los españoles, que sirvió como contención del Imperio Incaico para que no descendieran a las tierras bajas. (AVANCES INCAS AL TERRITORIO TUPÍ GUARANÍ: Según las crónicas, Huayna Cápac llegó hasta los Moxos, sin que podamos precisar hoy cual fue el significado de ese avance. En el sureste los incas llegaron a las últimas estribaciones de la cordillera. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: EL ORIENTE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 53). La zona aledaña a la cordillera de los Andes recibió el nombre de Chiriguana en la era colonial 66


española, porque en sus valles y selvas montañosas habitaban los indómitos y aguerridos Ava Guaraní o Chiriguanos y esta etnia, viene a ser el producto de la fusión racial de los Guaraní con los Chané, como grupos tribales que se desarrollaron en los territorios que comprendían los pueblos actuales de Charagua, Gutiérrez y Camiri influenciados por la cuenca del río Amazonas, así como también los de la cuenca del río la Plata que son Boyuibe, Machareti, Villamontes y Tarija entre otros.

PERIODO COLONIAL ESPAÑOL (1537 – 1810) LA PROVINCIA DE TARIJA UNIDA A SALTA EN 1807 Y SU RELACIÓN ORIGINAL CON EL GRAN CHACO O GUALAMBA, DEVUELTA A LA REPÚBLICA ARGENTINA EN 1838 La ciudad de Tarija fue fundada como villa de frontera en 1574, por causa de las incursiones de los Chiriguanos que se habían convertido en motivo de preocupación, para los pueblos cercanos a la capital de la audiencia de Charcas llamada La Plata de la Nueva Toledo y asentada en la localidad de los Charcas, creada con gente venida desde el Perú por lo que posteriormente como provincia se la insertó dentro de la Intendencia de Potosí. La provincia de Tarija pasó el año 1807 a la jurisdicción de Salta con su territorio conocido como Gran Chaco o Gualamba, dentro de los Llanos de Manso entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay. Por lo que llama la atención la maledicencia y el invento interesado, de conceptuar a los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, dentro de los llanos de Manso conteniendo el sólo propósito de insertarnos al Alto Perú. La mentira histórica como fraudulenta sobre nuestros orígenes, busca meternos dentro de la audiencia de Charcas que estaba desaparecida por decisión de Buenos Aires en 1813, ademássu frontera con relación a los territorios guaraní era imprecisa al Oriente de la cordillera de los Andes que corre desde la Argentina hasta el Perú. (FRONTERA DE LA COLONIZACIÓN ESPAÑOLA POR EL PERÚ: Al Noreste y al Oriente los límites eran imprecisos por tratarse territorios de fronteras. Hubo que esperar casi hasta 1700 para que estas regiones fueran incorporadas a la administración española, con el establecimiento de las Misiones Jesuíticas de Moxos y Chiquitos. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA POBLACIÓN COLONIAL: LÓPEZ BELTRÁN, CLARA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 74). La falsedad histórica manejada por la oligarquía masónica alto peruana, fue para justificar la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, para con ello lograr lo que no fue posible de colonizar nuestros territorios por el Imperio Inca, pero como hecho cierto fue logrado por los ascendientes directos del actual mestizaje en el Occidente del llamado Estado Plurinacional Comunitario boliviano. La sociedad andina desde La Plata de la nueva Toledo, pretendía expandirse con los territorios del Chaco como sucedió con Andrés Manso. (MANSO SE EQUIVOCA DE RUTA: Allá por 1556 el virrey Andrés Hurtado de Mendoza, Marqués de Cañete, recibió la noticia de la existencia de una zona sin colonizar, al otro lado de las llanuras, al sudeste de los Charcas y dentro de su jurisdicción. Con la intención de poblar estas tierras encarga una expedición al capitán Andrés Manso Sierra de Leguizamo, quien había estado anteriormente en Potosí y Charcas. Hizo su entrada este conquistador por la denominada ruta de Tomina con el propósito de poblar toda la región comprendida entre los ríos Paraguay, Pilcomayo y Bermejo. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN AÑO 2003: PÁGINA 132. // LO AFIRMADO POR MANSO: Es decir, según el mismo Manso, el había sido enviado a conquistar y había conquistado las provincias de los llanos que son de mucha gente pasada la cordillera de los Chiriguanos, a noventa leguas de la Plata. 67


FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LÍMITES DE SANTA CRUZ: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 104).

El colonizador Andrés Manso equivocando el camino se extravió, llegando a los territorios de Ñuflo de Chávez sobre el río Parapetí y a solo 50 leguas de La Plata de la Nueva Toledo, pese a que lo ordenado por el virrey del Perú demuestra que se lo mandó a colonizar, parte del territorio llamado Gran Chaco salteño o Gualamba, dentro de las Salinas en la actual provincia de Formosa en la Argentina y dentro del perímetro comprendido entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay. El territorio del río Parapetí que lleva sus aguas a la cuenca del Amazonas, bajo ningún concepto podría estar comprendido dentro de los 450 kilómetros, o sea las 90 leguas al sudeste de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en Charcas como lo tenía determinado el virreinato del Perú.

La influencia del virreinato del Perú sobre los territorios de la audiencia de Charcas, se vio reducida con la creación del virreinato del Río de la Plata, pero se mantuvo en estas intendencias de Potosí, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz conceptuadas Provincias Altas del Río de la Plata y luego argentinas después de 1816, manteniendo su identidad socio racial y cultural proveniente del virreinato del Perú. Pero esta influencia peruana tuvo poca o ninguna importancia con los pueblos Tupí Guaraní, en las avanzadas de la conquista española por el Perú, como en la colonización de las provincias de Mojos y Chiquitos por Asunción del Paraguay. Los pueblos cambas cruceños componían la nación Jesuita que solo mantenía contactos comerciales con el Alto Perú, pero pasaron a su jurisdicción por espacio de 9 años después de la expulsión de la congregación de Loyola en 1767, hasta que fueron incorporados como parte del virreinato del Río de la Plata en 1776. Demostrándose que somos diferentes porque la influencia racial y cultural andina, no penetro durante la colonia a la nación de los pueblos cambas cruceños, marcándose el contraste con los territorios Tupí Guaraní recuperados por Ñuflo de Chávez a la muerte de Andrés Manso. Una vez terminando este embrollo de los Llanos de Manso que comienza desde el río Pilcomayo al Sur, fueron separadas definitivamente estas comarcas que luego se integraron por decisión colonial a la jurisdicción de Chávez con encontrarse fuera de la provincia de los Charcas, pues los Llanos de Manso era una franja entre los ríos Bermejo y Pilcomayo que llegaba hasta el río Paraguay. Conocido también como Gran Chaco de Salta o Gualamba. (EL CHACO DE SALTA O GUALAMBA: El territorio comprendido entre los ríos Paraguay, Pilcomayo y Bermejo, conocido con el nombre de Chaco. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA PENETRACIÓN EN LAS TIERRAS BAJAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 200). La Provincia de Tarija que ocupaba parte de este territorio Gran Chaco o Gualamba llamado Llanos de Manso, fue agregada a la jurisdicción de la intendencia de Potosí en relación a su capital, para luego en 1807 ser anexada al Obispado de Salta con el territorio conocido actualmente como Las Salinas. En el momento histórico de la creación de la República Argentina el 9 de julio en Tucumán. Tarija se constituyó en parte de ella como la provincia de Formosa y este hecho trajo un periodo de confusión entre Argentina y Bolivia que concluyo en una guerra con las victorias bolivianas en las batallas de Iruya y Montenegro en 1837. Así como también su posterior devolución a la república vecina en 1838, quedando con Bolivia solo la parte serrana de la provincia. El Gran Chaco integrado al departamento de Tarija entre el río Bermejo, el Pilcomayo y más arriba hasta el Parapetí e inclusive dentro del territorio chiquitano, se constituye en una agresión al derecho del Uti Posideti Iuri, por la metrópoli imperialista colonizadora boliviana contra la anexada República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños en 1825 adelante, por lo que este hecho de violación, de una norma imperativa de derecho internacional, está basado en la fraudulenta y mentirosa interpretación de la verdad histórica sobre nuestros pueblos amazónicos y rioplatenses. Todo ello por la maliciosa intensión de confundir el territorio a ser integrado como chaqueño que fue Llanos de Manso al Sur del Pilcomayo, con los del Norte conocido como los llanos de Chiquitos por la cultura y la raza de sus habitantes de origen Tupí Guaraní.

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LOS TERRITORIOS DE CHIQUITOS EN LA GOBERNACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Y LAS MISIONES DE MOJOS COMO NACIÓN JESUITA DE LAS LLANURAS, FORMARON LA REPÚBLICA DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DESDE 1815 HASTA 1825 Los territorios que pasaron a formar parte del Virreinato del Río de la Plata creado en 1776, vienen como resultado de la incorporación de los misionales con la expulsión de los jesuitas que originalmente se encontraban, dentro de las exploraciones que venían del río de la Plata, el río Paraná y el río Paraguay. Territorios considerados marginales por los españoles a causa de que al principio no pudieron penetrar desde la colonización peruana, pero esta situación no sucedió con la corriente colonizadora por el Atlántico con los misioneros jesuitas. El capitán Ñuflo de Chávez comenzó su incursión entrando por el río de la Plata y el Paraguay, desde Asunción y navegando el río Bermejo por orden de Irala que había llegado acompañando a Alvar Núñez Cabeza de Vaca en 1542, alcanzando al Oeste las estribaciones de la cordillera de los Chiriguanos en marzo de 1547. La cordillera de los Chiriguanos eran territorios poblados por tribus guaraníes de la línea Toba y Ava en los valles del hoy departamento de Santa Cruz, como también otras líneas de Tupí guaraníes integrados como cruceños con la fundación de Santa Cruz de la Sierra, ejecutada en las faldas de la serranía del Riquió el 26 de febrero de 1561. Lo que es incuestionable y verdad histórica que no se puede negar, es que los españoles de la audiencia de Charcas fundaron pueblos de fronteras para contener los ataques de los Tupí Guaraní, siendo una de ellas la del Río Grande con el nombre de San Lorenzo el Real de la Frontera el año 1590, que hoy se llama Santa Cruz de la Sierra, habitada originalmente por pueblos de origen Chané. (SAN LORENZO Y SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Esta población que se llamó indistintamente Santa Cruz de la Sierra y San Lorenzo Real de la Barranca, se trasladó a su actual ubicación sobre el río Piray en 1622. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 135). Los territorios de Santa Cruz de la Sierra con la supeditación administrativa, política y militar de Mojos y Chiquitos, pasaron a formar parte del virreinato del Río de la Plata como gobernación en 1776, luego se transforma en Intendencia después de 1782, como resultado de las incursiones que se condujeron desde Asunción del Paraguay. Por ello nunca pertenecieron territorial, histórica y racialmente al Alto Perú o Charcas, aunque sí hasta antes de 1776 todos los territorios rioplatenses y amazónicos estaban como el Alto Perú, influenciados y dependientes de 69


Lima. La Intendencia de Potosí como la más extensa, comprendía en su territorio el Litoral sobre el Océano Pacífico, como también la parte de Tarija dentro de la cordillera de los Chiriguanos con sus valles y su capital, creada como ciudad fronteriza hasta que pasó a la jurisdicción del obispado de Salta en 1807. Demostrándose con esto que la ingerencia de los del Alto Perú, en relación con nuestra nación de los pueblos cambas cruceños y la desaparecida en 1813 audiencia de Charcas, es netamente una de las patrañas y fraude histórico más perverso sucedido dentro de los movimientos de formación de repúblicas poscoloniales. La injerencia maliciosa de los oligarcas criollos del Alto Perú o Charcas en la creación de la República Bolívar, para incluir los territorios de la República de Santa Cruz de la, es justificada por historiadores y publicistas alto peruanos, haciendo hacer valer la equivocación de Manso en su incursión al territorio entre los ríos Parapetí o Condorillo. No así su mandato que fue entre el Bermejo y Pilcomayo. (MANSO SE EQUIVOCA DE DESTINO: Hizo su entrada este conquistador por la denominada ruta de Tomina con el propósito de poblar toda la región comprendida entre los ríos Paraguay, Pilcomayo y Bermejo. Fundó entre el Parapetí o Condorillo, una población con el nombre de la Nueva Rioja, en el tolderío de los Chiriguanos. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 132). El colonizador español Andrés Manso ejecuta la incursión al gran chaco o Gualamna, por mandato del virrey del Perú que ejercía poder sobre los territorios del sureste en América, quien lo envía a tomar posesión de los que se llamaron Llanos de Manso, pero funda la ciudad de la Nueva Rioja en un lugar equivocado que fue destruida por los Chiriguanos, matando a la mayoría de los españoles. Terminándose con esto la ingerencia del poder colonial de Lima sobre los llanos de Chiquitos que luego, dentro de la cordillera de los Chiriguanos se crea un rosario de ciudades de fronteras como Tarija, Tomina, Mizque, Tarabuco y San Lorenzo entre otras. (CIUDADES DE FRONTERAS: Con motivo de los constantes ataques de los Chiriguanos, el virrey encargó la fundación de una línea de ciudades en la avanzada conocida con el nombre de frontera a fin de asegurar la protección de los poblados. Entre estas ciudades están Tomina, Tarabuco, Vilar y Pazco. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA CONQUISTA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 124). Los llanos donde estaba asentada la nación de los pueblos cambas cruceños con Mojos y Chiquitos, quedaron en manos de los misioneros venidos desde el Paraguay, quienes hicieron florecer una cultura que perdura hasta nuestros días como sociedad misional. Hecho sucedido por la habilidad de los curas en la catequización y evangelización de los originarios autóctonos, dentro de los territorios libres que los recibieran a la muerte del capitán Ñuflo de Chávez, integrando los equivocados territorios de Manso a su gobernación que eran colindantes al sur del río Pilcomayo con la Intendencia de Buenos Aires. (CONFUSIÓN HISTÓRICA SOBRE LAS GOBERNACIONES DE CHÁVEZ Y MANSO: No pasaba por el Oriente del río Parapetí, lo mismo que en tiempo de Andrés Manso y Nufrio de Chaves. Pruébase ello con la propia declaración del intendente de Santa Cruz, Don Francisco de Viedma, el cual informaba el 15 de enero de 1788 en una memoria presentada al Virrey que el Parapetí, es de San Miguel de Chuiquitos y antiguamente se llamaba Condorillo. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: INTENDENCIA DE SANTA CRUZ: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 153). La narrativa sobre la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, como sus luchas de emancipación demuestra que somos pueblos diferentes en raza, costumbres e historia con los de los Andes en la República de Bolivia, además peleamos por nuestra independencia en un espacio geográfico y tiempo, dispar a los alto peruanos o charqueños como está demostrado, pues ellos pelearon su independencia como audiencia de Charcas reciclada, unida a Lima y al Cuzco hasta su separación real el 9 de marzo de 1824. Los cambas cruceños como pueblo independiente que éramos parte de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, nos separamos de ella desde 1815 hasta 1825, pero mediante una 70


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política dolosa y fraudulenta sobre nuestra histórica, se nos anexa y coloniza dentro de la República Bolívar. La lucha por la independencia Camba Cruceña, fue totalmente separada a la de los alto peruanos y esto hace a la honra merecida de nuestros héroes, por lo que debe estar referida solamente a José Manuel Mercado (colorado), José Manuel Baca (cañoto), José Andrés Salvatierra, Melchor Guzmán Quitón, Juan Manuel Lemoine, Ana Barba, Francisco Ribero, Marceliano Montero, Francisca López y el cacique Cumbay entre muchos más, también los del Río de la Plata Eustaquio Moldes, José Videla, Ignacio Warnes, Saturnino Salazar y el gobernador cochabambino Antonio Álvarez de Arenales, por su ayuda interesada y obligada, al ser derrotado y perseguido por el español Blanco. Lo que no tenemos que olvidar los cambas cruceños, es que definitivamente estas son las personas que deben ser recordadas, primero que los foráneos Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, porque además estos extranjeros fueron los complices del artíficio de nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta. (LA CABEZA DE WARNES: Ana Barba y su esposo Francisco López Ribero, que eran profundamente patriotas, robaron la cabeza de Warnes y le dieron cristiana sepultura. En julio de 1825, decidida ya la victoria patriota, la Zarca, como era apodada Ana Barba, entregó la cabeza de Warnes al comandante general de Santa Cruz, el argentino Cnel. José Videla (no existía argentina), que hizo celebrar un solemne funeral con honores militares. El Colorao Mercado logró vencer a Aguilera y tomó Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero, junto con el capitán José Manuel Baca Cañoto y el comandante Marceliano Montero. La guerra de la independencia duro 15 años (No es cierto, pues fuimos independientes en 1815). En ese tiempo muchos cruceños brillaron por su valentía y coraje, y gracias a ellos es que hoy gozamos de un país libre y soberano (los orientales cambas cruceños no somos libres ni soberanos, sino colonia del Alto Perú). Como Cañoto y Panchita (Francisca López), muchos cruceños hicieron historia. Hicieron apresar a Panchita y la ataron a un madero de donde aún pendía la cabeza de Warnes, que había sido ejecutado. Estando ella ahí parada y atada, le cayeron unas gotas de la sangre de Warnes a lo que ella comentó. Ahora sí, con esta agua puedo peinarme. FUENTE: LA LIBERTAD DE LOS CRUCEÑOS: PÁGINAS 11, 15 Y 17: EL DEBER). Los personajes y héroes de nuestra independencia, fueron los principales ejecutores en la lucha final por nuestra soberanía total, pero para desgracia de nuestros pueblos terminamos colonizados por la oligarquía imperialista del Alto Perú, manejada por la logia masónica Huaukes en su brazo ejecutor llamado Club patriótico. El Alto Perú contaba territorialmente con cuatro Provincias Altas argentinas desde 1816 y estas son Cochabamba, Potosí, Chuquisaca o Charcas y La Paz de filiación peruana que, en ningún momento nos ayudaron de manera alguna en nuestra liberación del colonialismo español. Más bien nos agredieron con el ejército al mando de Pedro Antonio de Olañeta y su segundo Francisco Javier de Aguilera. (LA INDEPENDENCIA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Las Provincias del Alto Perú no contribuyeron en lo más mínimo a la independencia de Santa Cruz de la Sierra, la cual se bastó siempre a si misma y ayudó eficazmente al triunfo de la causa común (Río de la Plata). FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 171). La enseñanza mentirosa inculcada por la metrópoli imperialista boliviana, ha hecho que en forma cómplice olvidemos a nuestros próceres de la libertad y de nuestra independencia, dando prioridad y loas a los foráneos colombianos – venezolanos Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. Por lo que ahora estamos en la obligación determinante y cierta de reencausar nuestra lucha identitaria, para defendernos de la colonización alto peruana que tiende a disgregarnos, dentro de una marcada agresión de genocidio poblacional y cultural. La nación de los pueblos cambas cruceños con características ciertas y determinadas de identidad y cultura histórica propia, tenemos el sagrado deber de recuperar a toda costa nuestra independencia y libertad que fue conculcada dentro de un verdadero fraude histórico. Reeditada además con la formación del Estado Plurinacional Comunitario que nos lleva a estar sin identificación, dentro de una Comunidad 71


Intercultural Tahuantinsuyo de inventada filosofía Amawta como Tawa Pacha de tipo andina. La anexión y la colonización se hicieron efectivas pese a que los escenarios de la lucha por la independencia como naciones fueran diametralmente opuestas. Además nosotros la conseguimos primero de España en 1810 y luego de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, al igual que lo hizo la República del Paraguay en 1811 de España y la confirmó en 1814 de la misma confederación de Buenos Aires. Llevando esta situación a que la metrópoli boliviana tenga en su conformación, dos naciones distintas que además pelearon guerras para su independencia diferentes. Naciones que si no se respetan deben dividirse o de lo contrario guardar una relación futura de mutuo equilibrio y respeto. La independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños es conculcada por el contubernio orquestado entre el cuarteto Casimiro Olañeta, Mariano Serrano, Antonio José de Sucre y Simón Bolívar, cuando se invade el Alto Perú o Charcas para apropiársela y quitarla al General Pedro Antonio de Olañeta que la tenía liberada desde 1822, como también consolidada el 9 de marzo de 1824 mediante el tratado de Tarapacá y en consecuencia, separado del colonialismo español tal como está confirmado en la capitulación de Ayacucho. (LA CAPITULACIÓN DE AYACUCHO NO INCLUYE EL TERRITORIO LIBERADO POR ANTONIO DE OLAÑETA: El territorio que guarecen las tropas españolas en el Perú, será entregado a las armas del Ejército Unido Libertador hasta el Desaguadero, con los parques, maestranzas y todos los almacenes militares existentes. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 39). Los invasores alto peruanos o charqueños de nuestro territorio al mando de Olañeta, comandados por su aliado Francisco Javier de Aguilera que era originario Camba Cruceño, fueron expulsados de nuestra capital el 14 de febrero de 1825, por haber heredado nuestros luchadores la bravura y la fiereza de nuestros padres ancestrales. Destacándose el hecho de que cómo Tupí guaraníes llamados Chiriguanos no pudieron ser esclavizados durante la vigencia del Imperio Incaico, como tampoco por los invasores españoles que les declararon la guerra. Se sabe por la historia que el ejército imperial incaico, sólo llegó hasta Samaipata como el punto más avanzado y frontera natural, como también las fuerza españolas que llegaron desde el Perú lo hicieron hasta los alrededores del territorio Ava con los pueblos denominados fronterizos. (LOS AVA GUARANÍ: Son un pueblo que se llamaban a si mismo Ava, que significa hombres. Vivían de la caza y pesca. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: EL ORIENTE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 52). La gobernación de Santa Cruz de la Sierra no fue manejada militar, sino administrativa desde Cochabamba como se mal interpreta por historiadores interesados. Sucediendo solamente dentro de la jurisdicción política y eclesiástica, cuando se crea la diócesis de Santa Cruz, porque las autoridades religiosas se instalaron en la localidad de Mizque. La independencia de Santa Cruz de la Sierra estuvo supeditada solo con un subgobernador, porque en lo militar las gobernaciones de Mojos y Chiquitos estaban bajo la tutela directa de la Intendencia Camba Cruceña. Situación anómala sobre la sede del gobierno, que llevó equivocadamente a que se nos considerara parte territorial del Alto Perú. Cuando sólo estuvimos relacionados a Mizque hasta 1590 cuando se funda San Lorenzo el Real y a Cochabamba hasta 1811, por lo tanto no llegaba esta jurisdicción eclesiástica y gobernativa a Mojos ni Chiquitos, porque estaban bajo la tuición y gobierno de los misioneros jesuitas del Paraguay hasta 1700, (OBISPADO DE SAN LORENZO O SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Conjuntamente con el obispado de La Paz, también por bula de Paulo V, se erigía el obispado de San Lorenzo de la Barranca, llamado a veces Mizque, por haber tenido su sede en esa ciudad. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA SOCIEDAD VIRREINAL EN EL BARROCO: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 180). Los cambas cruceños estuvimos supeditados políticamente por escasos 29 años a Cochabamba, hasta cuando nos separamos por orden del comandante militar español Goyeneche que luego, fue 72


nombrado Presidente de la Audiencia del Cuzco por la imperialista metrópoli española. Las misiones jesuitas por sus características sociológicas, crearon en América del Sur una de las situaciones socio raciales y religiosa más peculiar conocida en la colonización española. La cual como maravilla humana todavía es admirada, por el resultado de la habilidad de los misioneros para lograr la asimilación de los pueblos autóctonos de la selva al régimen religioso y cultural impuesto por ellos. El llamado pueblo de San Lorenzo Real de la Frontera fundado en 1590 y posteriormente trasladado a orillas del río Piray. Después de años de forcejeo se unió e integró unificándose con la chiquitana de origen asunceña y paraguaya, ciudad de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños. Prevaleciendo el nombre de Santa Cruz de la Sierra en 1622 y todo ello cuando ya estaba instalada la diócesis cruceña fuera de Mizque y con administración propia en el lugar desde el año 1605. (SAN LORENZO FUE SEDE DE LA GOBERNACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Fue nombrado gobernador en 1581. En 1590 fundó San Lorenzo el Real, ciudad ubicada entre Santa Cruz la vieja (apodo alto peruano) y Charcas. Cinco años después, San Lorenzo se trasladó a los llanos del Grigotá, pasando a ser sede de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 134). La habilidad de los jesuitas para hacer conocer la doctrina de Cristo y la organización social, fue la que llevó a que estos pueblos de la rama autóctona de la nación de los cambas cruceños se rigieran dentro de un estatus de República Religiosa, semi independiente del gobierno colonial virreinal ejercido desde el Perú y también de la gobernación del Paraguay. Esta condición fue aceptada por la corona española que hizo fuera manteniéndose como nación libre, reforzada y enriquecida, con la formación espiritual recibida en su aislamiento en relación con las autoridades coloniales. (LOS JESUÍTAS: Menos de un siglo permanecieron los religiosos de Loyola en tierras Chiquitanas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS REBELIONES: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 241 // LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LAS MISIONES JESUITAS DE CHIQUITOS: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: EDICIÓN 1995: PÁGINA 120). Las permanentes rebeliones misionales contra las autoridades coloniales de la corona española, venían en rechazo a la ingerencia desde Lima de pretender someter a estas naciones con una política de intromisión que al final, llevó a dominarlos como República Religiosa con la expulsión de los seguidores de Loyola y el envío de autoridades militares, con el resultado de la invasión contra esta república que mantenía un régimen de libertad e independencia impuesta por los jesuitas. Lo analizado tiene definido y demuestra con contundencia histórica, que los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, no tuvieron dependencia alguna con el Alto Perú y que la única relación existente con la audiencia de Charcas separada del Perú era el intercambio comercial. La disputa centrada entre Andrés Manso como invasor por equivocación que ingresa a los llanos de Chiquitos, en vez de dirigirse a su destino señalado que eran los llanos al Sur del río Pilcomayo con el Bermejo, se produce cuando Manso choca con Ñuflo de Chávez venido desde Asunción del Paraguay. Pugna que fue vencida y ganada por este último, luego con la fundación de San Lorenzo de la Frontera trasladada a orillas del río Piray, esta nueva pulseada también fue ganada por los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños venidos de Asunción el año 1622. Los cambas cruceños nos mantuvimos gobernándonos como territorio propio e independiente desde 1560 hasta 1782 o sea 222 años y fuimos cogobernados en la gobernación con sede desde Cochabamba por espacio de 29 años o sea desde 1782 hasta 1811, cuando nos separamos trasladando definitivamente la sede de la gobernación a nuestra capital en el gobierno de Becerra por orden de Manuel de Goyeneche. La independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños comienza en 1810, integrándonos a la confederación de las Provincias del Río de la Plata, con unirnos a la lucha dentro de la rebelión iniciada en Buenos Aires el 25 de mayo del mismo año. Concretándose nuestra separación de Buenos 73


Aires, por rebeldía y el rechazo a la decisión del gobernador Ignacio Álvarez Thomas de cambiar a Ignacio Warnes en 1815. La nación de los pueblos cambas cruceños nos consolidamos definitivamente como república independiente militarmente el 14 de febrero de 1825, al expulsar el colorado Mercado al invasor ejército alto peruano al mando de Aguilera, para que luego mediante la maniobra política ejecutada con el dolo y el fraude histórico la perdamos, siendo anexados y colonizados por el poder imperial coactivo colonizador del ejército de Simón Bolívar. Ejército como poder extranjero que nos integra apócrifamente dentro de la del Alto Perú República Bolívar, mediante la ley del 11 de agosto de 1825 que no nos toma en cuenta y definitivamente se nos coloniza como departamento boliviano, por razón del decreto del 23 de enero de 1826 dictado por Antonio José de Sucre, cuando este personaje no era presidente de Bolivia y por lo tanto no podía hacerlo legalmente, pues solo estaba representando a Bolívar que era el comandante del ejército de invasión colombiano.

LA CREACIÓN DE LA REAL AUDIENCIA O CANCILLERIA DE LOS CHARCAS, DESTRUYE EL OSCURO Y FALSO DISCURSO DE QUE LA PROVINCIA DEL RÍO DE LA PLATA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA PERTENECÍA AL ALTO PERÚ Los territorios de América del Sur que corresponden a la influencia del río de la Plata, como del Paraguay y se extienden desde Asunción como son la Argentina, el Paraguay y Santa Cruz de la Sierra, luchamos unidos y relacionados por nuestra independencia. No así los movimientos libertarios de las intendencias de la antigua Provincia de los Charcas de influencia peruana, formada con los actuales departamentos llamados erróneamente alto peruanos desde 1776 hasta 2825 que revivieron la audiencia de Charcas, por ser contrarios a la revolución de Buenos Aires como Cochabamba, La Paz, Potosí y Chuquisaca. La audiencia o Cancillería de los Charcas con sus territorios y la capital en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo de influencia quechua y aimara, pasaron en 1776 a formar parte del virreinato del Río de la Plata que además, integra como gobernaciones a Buenos Aires, Salta del Tucumán, Córdoba del Tucumán, Paraguay y Santa Cruz de la Sierra, habitadas por pueblos de origen Tupí guaraní. Los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños se constituyeron por el desplazamiento de los asunceños criollos, españoles y autóctonos con los capitanes Ñuflo de Chávez y Diego de Mendoza, llegando a formar la población mestiza identificada con el gentilicio Camba Cruceño y reforzada por los inmigrantes de América y el mundo. La sociedad Camba Cruceña es heredera de los valientes pueblos originarios y de los intrépidos pobladores venidos desde Asunción del Paraguay, como otras partes del mundo que con el tiempo 74


llegamos hasta los principales afluentes del río Amazonas en incursiones y desplazamientos, cuando se exploraron las tierras al Norte de Mojos entre los años 1571. La que como fuerza imparable sucedió desde 1800 hasta 1914, a pesar de estar ya colonizados por la República del Alto Perú de nombre Bolívar. La intrepidez de los cambas cruceños y sus descendientes sentaron soberanía, fundando poblaciones en el Beni y en los ríos Mamoré, Iténez, Madre de Dios, Acre, Madera y Purus. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS HACIA LA AMAZONÍA: Esta afirmación étnica y geográfica de contornos epopéyicos hacia el Amazonas, la chiquitanía y el Chaco, alcanza su mayor acción, cuando más de 60.000 héroes cruceños salieron de Santa Cruz en caravanas interminables en pugna con etnias indomables, con fieras, con las enfermedades y con las tenebrosas cachuelas de los ríos hacia la gran llanuras de Mojos y las oscuras brumas de las selvas del Acre, bajo el embrujo de la siringa. FUENTE: HITOS: CONQUISTADORES DE LA SELVA: SANDOVAL RIBERA, ÁNGEL: PÁGINAS 10 Y 119). La división de la heredad de la nación de los pueblos cambas cruceños, ya en Bolivia y a la cual estamos subordinados, pretende actualmente ser profundizada por acción de la oligarquía de los descendientes del Club Patriótico (masón) del Alto Perú o Charcas para completar nuestra disgregación, tal como apunta la historia republicana que está agrediendo, nuestros territorios. maliciosamente colonizados cuando se anexaron nuestra geografía que comprendía a Santa Cruz de la Sierra, Mojos con el Purus, Matogroso y el Acre más Cordillera y Valle Grande, también Chiquitos hasta la confluencia del río Paraguay con el Pilcomayo. La nación de los pueblos cambas cruceños se mantenía como un territorio libre en la época de la colonización española y no respondía a Buenos Aires por rebeldía, como tampoco a la audiencia de Charcas por no existir esta definitivamente desde 1813. Consigue su independencia y libertad de los españoles el 24 de septiembre de 1810, como suceso a sólo cinco meses del cabildo de Buenos Aires y a dos meses de la partida del Primer Ejército Auxiliar del Río de la Plata, según expresan los mismos historiadores bolivianos. Los cambas cruceños contábamos con representación dentro del Congreso Constituyente de Buenos Aires con los diputados Antonio Suárez y Pedro Damián Urtubey en 1813. Pero como el Paraguay se independiza en 1814, de la misma manera nos separamos de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata como hecho histórico en 1815. La nación de los pueblos cambas cruceños fuimos transformados en República desde 1815 hasta 1825, siendo este último el año que expulsamos definitivamente el 14 de febrero al invasor alto peruano de nuestro territorio ocupado, comandado por el General Pedro Antonio de Olañeta en su ejército a cargo de Francisco de Aguilera, por haber sido invadida nuestra capital y parte del territorio occidental de la provincia, pero a pesar de estos acontecimientos terminamos cautivos, como también anexados y colonizados dentro de uno de los 75


más brutales hechos de agresión en las luchas liberadoras de América. El suceso de agresión contra los cambas cruceños se ejecutó entre 1825 y 1826, con lo que se nos mantiene encadenados y todo ello por contar los del Alto Perú o Charcas con el apoyo del poderoso ejército al mando de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. La agresión peruana y alto peruana comienza desde la muerte de Diego de Mendosa y en la actualidad está agravada por la acometida en pleno siglo XXI, por parte del ejército y los políticos bolivianos que actualmente cuentan con el apoyo foráneo de la República de Venezuela nuevamente. Repitiéndose lo sucedido durante el contubernio entre Casimiro Olañeta que estaba confabulado al final con Antonio José de Sucre y Simón Bolívar entre otros. La nación de las llanuras o República de Santa Cruz de la Sierra de los pueblos cambas cruceños, se encuentra desde 1825 hasta hoy día considerada una colonia por la metrópoli imperialista boliviana. Heredera directa del Imperio Incaico y del español, manteniendo una agresión de cercamiento con miras de conseguir nuestra desaparición como nación diferente, cierta y determinada. Acción de xenofobia que como irregular situación nos ha estado llevando a sufrir una permanente persecución durante la era republicana, pese a que como mestizos de Tupí Guaraní somos merecedores de ser libres y dueños de nuestro propio destino. Destino que tiene que ser diferente al de los andinos de cosmovisión incaica, pues el cautiverio colonizador al que estamos sometidos, definitivamente nos esta agrediendo como nación y etnia orgullosa de nuestro mestizaje étnico, como también socio cultural por consecuencia del fruto del cruzamiento de familias asunceñas y familias Tupí guaraní que se integraron, con los autóctonos de las selvas amazónicas y rioplatenses en la gobernación de Mojos, pues los cambas cruceños no tenemos similitud alguna con los del mestizaje del Collado. (SOMOS DIFERENTES: Al lado de Chávez emprendieron viaje el gobernador Vergara y el Obispo Latorre acompañados de trescientos españoles y tres mil indios. El viaje fue muy penoso, especialmente para mujeres y niños. Las incomodidades, las sublevaciones y descontentos estuvieron a punto de desbaratar esta empresa, pero el valor y la decisión de Chávez se impusieron, y esta expedición, sin precedentes en América, llegó a su destino Santa Cruz de la Sierra, la antigua (1565). FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 134). La nación de los pueblos cambas cruceños como etnia diferente, debemos luchar incansablemente para mantener nuestra identidad y cultura histórica, como única forma de recuperar la libertad conculcada. Consiguiéndose al final una verdadera autonomía o en su caso libertad plena, que nos libere de esta vil servidumbre a la cual estamos sometidos, material y espiritualmente. La lógica histórica como se demuestra hace imposible justificar el fraude histórico montado para colonizarnos, ya que somos el resultado de la unión existente entre los pueblos Tupí Guaraní como está demostrado. Separados de Charcas por los mapas de la audiencia que son presentados por los historiadores del Alto Perú y entre ellos los de Mesa y Gisbert, destapando la falacia inventada y el fraude histórico de que la 76


República de Santa Cruz de la Sierra con Mojos y Chiquitos, estaba comprendida en 1825 dentro de la inexistente audiencia al ser eliminada en 1813 por Buenos Aires. La audiencia de Charcas fue revivida y reconstruida por motivo de la rebelión alto peruana contra los del Río de la Plata luego argentinos. Saciedad del Alto Perú que nos anexa y coloniza pese a que desarrollábamos nuestra existencia separada de la Provincia de los Charcas. (VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA: Estas son las razones que llevaron a la creación del nuevo virreinato el 8 de agosto de 1776, poco antes de que el virrey Guirior se posesionara del cargo. Perú y Chile se opusieron a esta medida, aunque inútilmente, pues el Virreinato de La Plata, nació formado por las gobernaciones del Paraguay y Tucumán, La audiencia de Charcas y la provincia de Cuyo o sea con lo que hoy son Bolivia, Santa Cruz de la Sierra, Paraguay, la banda oriental y el estado brasilero de Río Grande. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: EL INCA QUE DESEABA LA LIBERTAD: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 267).

PERIODO ANEXIÓN 1825)

PRE REPUBLICANO Y ANTES DE LA Y COLONIZACIÓN EN BOLIVIA (1810 – LA ETNIA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS, ES EL RESULTANTE DEL MESTIZAJE DEL TUPÍ GUARANÍ CON EL ESPAÑOL COMO NACIÓN CIERTA Y DETERMINADA DE SENTIMIENTO NOBLE Y HOSPITALARIO El cruzamiento racial que dio como resultado la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, ha creado un ser humano orgulloso como mestizo que sólo se da por la igualdad y la inclusión de todos sus componentes, bajo las enseñanzas de la doctrina

cristiana y la Cruz de Jesucristo. Mantiene además la quimera de que no exista la esclavitud y que todos se traten como verdaderos hermanos basados en el amor a Dios. Dándose en consecuencia desde 1561 el nacimiento de un pueblo libre que se expandiera en el lado oriental de la cordillera de los Andes, como en la región rioplatense y amazónica del continente sudamericano. La nación de los pueblos cambas cruceños que fueron libres, formaron y consolidaron la República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 hasta 1825, motivo por el que tenemos que dejar la desidia que nos está caracterizando por tantos años de coloniaje para con la fuerza, el coraje y la decisión retomar la pertenencia sobre nuestra heredad territorial, social y cultural por el deber de defenderla de toda agresión foránea, especialmente por parte del poder hegemónico y colonizador de la imperialista metrópoli boliviana que tiende a profundizar nuestro encadenamiento y servidumbre. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños antes de que sea muy tarde, debemos emprender una lucha tesonera para reivindicar nuestros derechos históricos que fueron 77


conculcados desde 1825, porque de ello depende el futuro de los que habitamos y vivimos en esta bendita heredad seamos originarios autóctonos, originarios nativos, así como también inmigrantes que no vienen a depredar nuestra naturaleza o a terminar de colonizarnos. Los Inmigrantes honestos que venimos buscando un futuro no encontrado en los lugares de origen y que por amor adoptan su nueva patria, debemos unirnos hacia el objetivo común de conseguir la emancipación como derecho propio, pues la colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños, la debemos denunciar ante los organismos internacionales de derechos humanos, por el hecho espurio con que se nos sometió mediante el contubernio entre Casimiro Olañeta, Antonio José de Sucre, Simón Bolívar, Mariano Serrano y otros como logieros masónicos. El acontecimiento histórico de 1825 ha revivido y se ha manejado por una oligarquía criolla camuflada mestiza que se hace llamar indígenista, usando la vileza de la interpretación fraudulenta histórica entre 1825, 1826 y 2009, pese a que fueron y son los componentes y descendientes de una oligarquía de masones alto peruanos apoyados por Simón Bolívar y en la actualidad por un sistema populista mundial. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños como etnia somos culturalmente diferentes, por lo que debemos rechazar el engaño orquestado por estos poderes hegemónicos del criollaje y mestizaje camuflado del Collado, batallando sin claudicaciones hasta conseguir nuestra reivindicación, por estar reforzados con los inmigrantes leales y honestos venidos de afuera, qye están transformados en soldados para la defensa del hogar que los acoge con amor y hospitalidad, Los inmigrantes identificados con su nueva patria son cambas cruceños, al haber desechado la maquinación que les inculca el odio racial contra los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, al manejarse ya no como población migrante indeterminada y puntas de lanza, sino identificados con los sagrados intereses del suelo que los cobija generosamente. La situación especial de unidad para los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños; tiene como premonición en el hecho mesiánico sucedido con la cruz humana que se formó en el Cristo Redentor. Demostrándose las bendiciones recibidas para esta noble población de parte del Dios padre y de su hijo Jesucristo. Siendo el signo que nos lleva a luchar por el terruño que es de todos los que habitamos esta bendita tierra, para vencer el avasallador colonialismo totalitario y de un supuesto tinte indigenista que se está pretendiendo implantar como 78


ideología social andina, buscando destruirnos en forma definitiva como nación diferente, cierta y determinada que somos. El engaño que se está manejando de involucrar como si fueran andinos a nuestros padres originarios autóctonos de los llanos y fuera de los Andes, pero anexados en los departamentos collas del Alto Perú en la época republicana como son los territorios hoy colonizados en los departamentos del Altiplano y de los Valles, hace que estemos llamados los componentes de la nación Camba Cruceña a recuperar lo perdido por nuestros cercanos ascendientes entre 1825 hasta hoy día. La lucha de los cambas cruceños en Bolivia debe tener el propósito de romper las cadenas de la servidumbre que nos envilece, viniendo como resultado del irresuelto respeto del que somos merecedores en nuestra calidad de sociedad con principios cristianos y calidad étnica diferente a los del Alto Perú o Charcas dentro de la diversidad nacional boliviana. Los cambas cruceños definitivamente somos merecedores de ser respetados en nuestra dignidad como nación cierta y determinada, violada en nuestra soberanía en 1825 con la colonización ejercida mediante la coacción que significó el poderío militar del ejército de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. Transgrediéndose con esto definitivamente el Orden Internacional de Derecho Público vigente y reconocido por el mismo Libertador. La República de Santa Cruz de la Sierra como nación de los pueblos cambas cruceños, no mantuvo relación histórica ni geográfica alguna con los del Alto Perú y la cultura del Collasuyo, exceptuándose las que se mantenía por proximidad y límites como son con Cochabamba y Chuquisaca en Charcas, haciendo que seamos merecedores de respeto y no discriminados dentro de la ex República de Bolivia hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. Los cambas cruceños como república independiente que fuimos desde 1815 hasta 1825, tenemos como realidad histórica haber sido libres y soberanos antes que la misma República Bolívar. Motivo por lo que estamos en la obligación de levantar la voz de la reivindicación, con el rechazo a esta discriminación que sufrimos con la falta de una relación que nos lleva la integración honesta y real entre pueblos diferentes. La exclusión que se maneja por el poder de la metrópoli, tiende a hacernos desaparecer como nación diferente, cierta y determinada, además con identidad y cultura historia propia, como también bendecida por la Cruz de nuestro señor Jesucristo. La nación de los pueblos cambas cruceños desde el principio de nuestra sociedad fuimos cristianos, independientes, libres y contestatarios al sistema clásico colonial español, al formarnos en calidad de pueblos misionales o República Religiosa desde el año 1561, cuando se funda Santa Cruz de la Sierra y asume Ñuflo de Chávez la capitanía de la Gobernación de Mojos. Los cambas cruceños asentados en todos los departamentos de la imperialista metrópoli boliviana, por causa de nuestra anexión y colonización somos merecedores por la gracia de Dios, de volver a ser libres y sacudirnos la servidumbre que nos envilece. Encontrándonos con la obligación ineludible de 79


reforzar nuestra identidad y cristiandad, recibida en 1617 cuando ingresan a nuestro territorio los sacerdotes de la congregación de San Ignacio de Loyola a principios del siglo XVII, fundando las misiones que duraron hasta su expulsión el año 1767. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños tenemos la obligación de luchar para conseguir el respeto que nos merecemos, mediante lograr la emancipación y la liberalización de estas normas foráneas impuestas que nos encadenan, nos esclavizan y son contrarias a la fe cristiana que mantenemos desde que nacimos a la vida como pueblo, nación y patria diferente, cierta y determinada. Los cambas cruceños tenemos la obligación de defender nuestra condición espiritual contra los demonios andinos que tienen a esclavizarnos, buscando cambiar nuestra fe y cultura por sus dioses cósmicos como la Pachamama o diosa tierra y otros que en calidad de doctrina religiosa domina espiritualmente los Andes. La doctrina panteísta andina salpicada de todo tipo de demonios, está apoyada por un oscurantismo tal dentro de la simbiosis espiritual y materialista de tinte supuestamente indigenista. Doctrina de fuerza fundamentalista en marcha, centrando su accionar en el engaño orquestado por una oligarquía que maneja el poder desde 1825, dentro de un confuso sistema comunitario tipo incaico que se quiere implantar y relanzar que no tiene nada en común con nuestra cosmovisión Camba Cruceña. Además todo ello con la complicidad activa de Venezuela, Brasil, Argentina y Ecuador, más la pasividad del mundo democrático occidental cristiano y todo ello, pese a que somos una sociedad diferente racial y culturalmente a la de los Andes en Bolivia y en América.

LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS ASENTADOS EN LOS LLANOS AMAZÓNICOS Y RIOPLATENSES, COMO EN LA CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS, ES UNA SOLA DESDE EL RÍO PILCOMAYO AL SUR HASTA LOS RÍOS ACRE, PURUS Y MADERA AL NORTE La nación de los cambas cruceños está demostrado que somos una sola, cierta y determinada como pueblo que se encuentra constituido en sus orígenes por un mestizaje de la línea Tupí Guaraní, que desde antes de 1807 comenzaba desde el río Bermejo por la unión de las gobernaciones de Chávez y Manso, según se verifica en el mapa Geográfico de América Meridional, dispuesto y gravado por: D. Juan de la Cruz Cano y Olmedilla. GEOG. fo. PENS. oo. DE S.M. individuo de la Real Academia de San Fernando y de la Sociedad Vascongada de los Amigos del País, teniendo presente varios mapas y noticias originales con arreglos a observaciones astronómicas año 1775. Componíamos esta nación los territorios de Chávez y Manso integrados en una sola Gobernación 80


llamada de Santa Cruz de la Sierra, como también los llanos de Chiquitos y de Mojos en calidad de Batalla del Republica de Santa Cruz de la Sierra y todo ello sin Tarija en 1807, por haber pasado estos territorios Pari entre los ríos Bermejo, Pilcomayo y Paraguay llamados Llanos de Manso a jurisdicción de Salta y antes haber sido integrados en la intendencia de Potosí. La potencia colonizadora española dentro de los intereses particulares coloniales manejados desde Lima, nos agredía permanentemente por nuestro origen asunceño y paraguayo con la intensión de llevarnos bajo la influencia del Alto Perú, dentro de una política de expansión de parte de los colonizadores peruanos pero no les dio resultado. La sociedad asunceña y paraguaya transformada en Camba Cruceña y conocida como sociedad de la nación de los pueblos orientales en Bolivia se impuso en 1622, cambiando el nombre de San Lorenzo por el de Santa Cruz de la Sierra a nuestra capital actual. Las luchas por la independencia las comenzamos y mantuvimos entre 1810 y 1813 contra la colonización española, luego las seguimos en 1815 contra el Alto Perú español cuando nos declaramos independientes y soberanos de la confederación de las provincias Unidas del Río de la Plata. Finalmente desde 1822 en adelante luchamos contra el ejército del Alto Perú al mando de Pedro Antonio de Olañeta y su aliado Francisco Javier de Aguilera, como nación alto peruana consolidada libre de España el 9 de marzo de 1824 y .derrotada definitivamente el 14 de febrero de 1825, con la expulsión del gobernador Tomás Aguilera designado en representación de su hermano Francisco Javier. La nación de los pueblos cambas cruceños como República de Santa Cruz de la Sierra declarada así en 1815, mantuvo su independencia pese a estar acechada por elementos foráneos del Alto Perú colonial a los cuales vencimos en 1814 con la batalla en Florida, luego en 1815 en la batalla de Santa Bárbara y finalmente ya convertidos como ejército del Alto Perú libre de España con la expulsión de nuestra capital en 1825. Los creadores de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños como el Coronel Antonio Suárez, Ignacio Warnes y José Manuel Mercado entre otros, fueron los que mantuvieron libre y sin ingerencia foránea nuestro territorio desde marzo de 1813 hasta la muerte de Warnes en noviembre de 1816 en la batalla del Parí . Sucediéndole en la brega por mantener independiente la República de Santa Cruz de la Sierra, el colorado Mercado que expulsa de nuestra capital el 14 de febrero de 1825 a los del Alto Perú libres ya de España, al estar constituidos en independientes por el tratado de Tarapacá de marzo de 1824. La derrota en el Parí del ejército regular de la República de Santa Cruz de la Sierra, que estábamos libres e independientes por habernos separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, no significó la perdida de nuestra independencia conseguida de España, pues se lucho desde los territorios libres de cordillera y otros. Haciéndolo como soberanos e independientes, al haber pasado a formar parte de ella con delegados en Buenos Aires en 1813. La lucha contra las invasiones españolas primero y luego contra los del Alto Perú por el Coronel José Manuel Mercado comandante del ejército patriota Camba Cruceño, lleva a que el 14 de febrero de 81


1825, sea la fecha real de consolidación de la liberación e independencia con soberanía de la nación de los pueblos cambas cruceños y el 15 del mismo mes y año es lanzada la declaración de confirmación como República de Santa Cruz de la Sierra, pues nos habíamos separado en 1815 definitivamente de la confederación de la Provincias Unidas del Río de la Plata, por el intento del gobierno de Buenos Aires al mando de Ignacio Álvarez Thomas de cambiar a Warnes por Santiago Carrera ex gobernador de Córdoba. La fortaleza espiritual de los pueblos libres de la nación de los cambas cruceños, consistió en incorporarnos a la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata entre 1810 y 1813, pero nos separamos como república independiente en 1815, hecho que fue determinante para vencer a los ejércitos de invasión que nos asediaron después de la derrota y muerte de Warnes en noviembre de 1816. Además fuimos reconocidos como libres e independientes por la República Argentina, al no encontrarnos mencionados en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires y en la cual se determinaba, dejar libre a las cuatro Provincias Altas consideradas argentinas para que de forma propia decidieran lo mejor sobre su destino. La ley del 9 de mayo de 1825 fue interpretada apócrifamente por los del Alto Perú o Charcas,, en la asamblea de Chuquisaca cambiada por la de Oruro y de la misma manera, tergiversada por Antonio José de Sucre en su decreto del 9 de febrero de 1825, donde se nos incluye como la quinta provincia del Alto Perú para anexarnos y colonizarnos, pese a haberse ganado la libertad de España primero en 1810 y estar separados e independientes de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en segunda instancia en 1815. También ser vencedores de los ejércitos de invasión foránea de Pedro Antonio de Olañeta, con la derrota de su aliado Francisco Javier de Aguilera y por no habernos asociados cuando los del Alto Perú se apegaron a Lima, con el supuesto resurgimiento y resurrección de la eliminada audiencia o cancillería de los Charcas. Las cuatro intendencias integrantes de la antigua provincia de los Charcas, menos Puno que era la quinta por decisión de Simón Bolívar y por mandato a Antonio José de Sucre, fueron invadidas por el ejército colombiano dentro del Alto Perú liberado del poder virreinal y de España. En que después de una inmisericorde y permanente persecución a las fuerzas de Pedro Antonio de Olañeta, violándose el tratado Elizalde – Mendizábal Imas firmado entre los vencedores de Junín y Ayacucho, se elimina a de Olañeta y su ejército con prebendas y traiciones, La invasión del Alto Perú libre y soberano de España con la persecución por Sucre a su libertador Pedro Antonio de Olañeta, es un hecho que se constituyó como un acto que violó el Orden Internacional de Derecho Público reconocido por el mismo Bolívar, como situación que favoreció a los traidores del general como fueron Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y otros oligarcas del Alto Perú o Charcas. El hecho violatorio ejecutado por el rompimiento del acuerdo alcanzado por Bolívar con los argentinos Alvear, Díaz Vélez y de Oro de respetar Tarija, trajo la consecuencia de que está y la república de Santa Cruz de la Sierra que no estaba incluida y nombrada en la ley del 9 de mayo de 1825, fueran dolosa y fraudulentamente anexadas. Constituyendo una situación de anexión y colonización anormal, como también una real violación al derecho internacional con la inclusión dolosa y fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños en la imperialista metrópoli colonizadora República Bolívar. Antonio José de Sucre fue el que favoreció el proyecto de Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y otros personajes alto peruanos para anexarnos y colonizarnos, pese a que las luchas y gestas heroicas acontecidas en los llanos la ejecutamos y nos defendimos solos de las invasiones foráneas una vez declarados alzados y libres en 1810. Demostrándose que somos distintos en Etna, Cultura, Geografía e inclusive clima y porque además, nunca pertenecimos al Alto Perú ni a Charcas como se nos enseña en forma mentirosa y alevosa, pues como nación hoy cosmopolita no nos integramos al Collasuyo, pese a lo que afirma interesadamente el historiador de supuesto origen cruceño Vásquez Machicado. (PENSAMIENTO PROPIO Y EQUIVOCADO: El Kollasuyo incaico y la gobernación de Ñuflo de Chávez, viene así a soldarse en ese año 1560 y formar un solo bloque alrededor del núcleo central Potosí-Charcas, para formar una sola conciencia que en tres centurias plasmó lo que llegaría a ser la República de Bolivia. FUENTE: SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTES PARA SU HISTORIA: 82


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VÁSQUEZ MACHICADO, HUMBERTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1992, PÁGINA 21). Las gestas heroicas de la nación de los pueblos cambas cruceños al ser distintas y separadas de las del Alto Perú, demuestran que defendimos nuestra independencia y libertad como pueblos diferentes a los de los Andes en Bolivia y por ello definitivamente somos contrarios, porque en ningún momento formamos parte del Altiplano llamado Alto Perú por los invasores y colonizadores españoles desde 1776 como tampoco del Imperio Incaico. Esta situación es la que derrumba la enseñanza y la educación ejercida por la oligarquía andina imperialista y colonizadora, heredera de las maniobras perversas de los criollos y mestizos charqueños y altiplánicos, pues somos un mestizaje hoy cosmopolita salido del resultado y amalgamamiento emergente de los inmigrantes de todas las partes del mundo como sociedad nueva y enriquecida. La nación de los pueblos cambas cruceños por lo anotado tenemos una historia diferente a la de la invasión y colonización española del Bajo y el Alto Perú, pues la del Perú viene por el resultado de la subyugación y la destrucción del Imperio Incaico constituido como una nacionalidad formada por aimaras, quechuas, uros y otros a lo largo de la cordillera de los Andes y por el Océano Pacífico dentro del imperio del Tahuantinsuyo. Pueblo andino que se manejaba y maneja dentro de una situación panteísta diametralmente diferente a la formación cristiana de nuestros pueblos misionales no guardándose relación alguna, porque nuestros padres originarios autóctonos fueron redimidos por la Cruz y la sangre de Cristo como Dios hecho hombre y no por la metralla y espada española. El Imperio Incaico como civilización cierta contaba con estructuras sociales y administrativas reales cuando se lo invadió y colonizó, siendo por esto la destrucción por un imperio foráneo que lo elimina y liquida en sus bases sociológicas y políticas. Creándose en consecuencia un caos generalizado de esta etnia andina que perdura hasta nuestros días y es la base de su esclavitud propia material y espiritual. La colonización que se mantiene durante la era republicana por parte de una oligarquía de olañetas que se ha reciclado permanentemente, agrede a la nación de los pueblos cambas cruceños engañando a nuestros padres autóctonos de que son parte de una misma nación, para llevarlos hacia la identidad incaica con el sólo objeto de hacernos desaparecer a todos los cambas cruceños, dentro de una estructura netamente comunitaria manejada por el sistema colonizador de tinte comunista occidental, camuflado de comunitario indigenista que constituye un delito de Lesa Humanidad. La agresión social a nuestros pueblos que se maneja por la arrolladora condición de mayoría poblacional de los del Alto Perú o Charcas, está negando nuestros derechos a una existencia propia y digna como rioplatenses y amazónicos que somos. Además orgullosos de ser una sola sociedad por más que seamos de tez oscura o pálida como resultado del grado de melanina que contamos en la piel, pero sí favorecidos por la influencia benigna del medio ecológico en que nos desenvolvemos como seres humanos, dentro de la condición que nos lleva hacia una u otra de las características fenotípicas de las razas madres. Creándose con esto una riqueza humana y una real fuerza espiritual en el hombre al Oriente de los Andes y componente de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, colonizados dentro de los hoy departamentos de las llanuras en Bolivia, de Santa Cruz, Beni, Pandom más los anexados a Tarija, La Paz, Chuquisaca y Cochabamba. La emergente nación Jesuita de los pueblos cambas cruceños como masa humana, está identificada en diferentes matices sociológicos con los Tupí Guaraní por estar integrados con los originarios autóctonos dentro de una sola identidad, como también con los inmigrantes venidos y recibidos con la hospitalidad de esta sociedad como nuevos cambas cruceños y son parte emergente de esta bendita tierra, por lo que tenemos el derecho de ser respetados como también el deber de hacernos respetar. Rescatando y preservando nuestra cultura histórica y la identidad que es de todos los que habitan estos territorios como cosa propia.

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LOS TERRITORIOS DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ERAN LIBRES DESDE 1815 DE LA CONFEDERACIÓN DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA Y NO DE ESPAÑA QUE LO HIZO EN 1810 La capitanía de Santa Cruz de la Sierra fundada por Ñuflo de Chávez en 1560 con el nombre de Gobernación de Mojos, mantenía una relación histórica y política directa sólo con la Gobernación del Paraguay. Además era contestataria y separada de Lima, a pesar de que todos los territorios al sureste de la cordillera de los Andes dependían de alguna manera del virreinato del Perú hasta 1776. El Capitán Ñuflo de Chávez fundador de la Gobernación de Mojos con su capital Santa Cruz de la Sierra, vino a estas tierras cambas cruceñas desde el Paraguay como primer explorador y desencantador del área comprendida entre los ríos Bermejo, Pilcomayo y Paraguay que recibió el nombre de Llanos de Manso y no el Chaco Chiquitano situado entre el río Pilcomayo y el Paraguay. Ñuflo de Chávez fue el que llegó hasta los pies de la cordillera de los Andes, en la región límite con los Charcas y la cordillera de los Chiriguanos. Además fue el conductor directo de las exploraciones acontecidas entre los años 1544, 1546 y 1547 en los territorios de los llanos de Chiquitos y del Gran Chaco o Gualamba, y que luego en 1559 sobre las orillas del río Guapay llamado también Río Grande, funda Nueva Asunción y llega a establecer la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en 1561 sobre la serranía hoy llamada de San José. Chávez fue el que transformo los territorios que exploró en gobernación, manteniendo por esta razón la condición de independencia reforzada por las misiones jesuíticas, en consecuencia los territorios de la gobernación de Chávez, se encontraban fuera de las influencias del virreinato del Perú como de la audiencia de Charcas, por lo que en ningún momento integraron el Alto Perú español llamado así desde 1776, cuando se delimita la audiencia creada en 1563 con jurisdicción como Tribunal Superior. La Gobernación de Mojos posteriormente fue integrada militarmente, a la de Santa Cruz de la Sierra que se formó con la unión de los territorios disputados por Chávez y Manso, pero manteniéndose como sociedad contestataria tanto al Paraguay como a Charcas, hasta que en 1776 integra el virreinato del Río de la Plata. Mojos en primera instancia tuvo como gobernador a Ñuflo de Chávez colaborado por su cuñado Don Diego de Mendoza, como gobernación que estaba totalmente separada del Alto Perú por el Oeste mediante la cordillera de los Chiriguanos como frontera, pero pese a ello se nos está incluyendo con malignidad vil en una respública que resulta foránea, por una fraudulenta interpelación de nuestra historia como nación de los pueblos cambas cruceños. El Alto Perú comienza dentro de la cordillera de los Andes en el punto llamado Nudo de Vilcanota por la unión de los dos brazos de la cordillera de los Andes, terminando en el Sur en los territorios de Potosí y llegando con su influencia territorial extendida en casi todo el territorio del Suyo incaico llamado Kollasuyo, por lo que se recalca enfáticamente que la nación de los pueblos al Oriente de los Andes no es parte del Alto Perú. Este Collasuyo o Alto Perú nunca bajo con su jurisdicción territorial al Este de la línea llamada de frontera por el coloniaje español, abarcando solo hasta Mizque y llegando por la superficie cordillerana hasta Tucumán en la República Argentina, de la misma manera hasta la región del Maule al sur de la ciudad de Santiago en la República de Chile. La parte que pertenecía a la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra con la unión de los Llanos de Manso, al unificarse con la muerte de este y que pertenecía a la Provincia de Tarija fue anexada en 1807 a la Intendencia de Salta, comprendiendo el territorio entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay en poder de la Provincia Formosa en Argentina, siendo motivo por el que desde 1807 en adelante estos territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, sólo comprendían desde la banda Norte del Pilcomayo con la cordillera de los Chiriguanos, Chiquitos y Mojos hasta llegar cerca del río Marañon o 84


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Amazonas y todos ellos hermanados dentro de la amalgamación del Tupí Guaraní con el español. Unificados en sus diferentes grados de fusión racial y cultural con inmigrantes de todos lados. La época anterior a la colonización española demuestra que la nación de los pueblos cambas cruceños, somos hermanos de raza y cultura con los paraguayos, los uruguayos y los argentinos, porque además nos formamos como pueblos desde el río de la Plata en la era colonial y luchamos juntos defendiéndonos de las invasiones incaicas, como en la guerra por nuestra independencia de los españoles asentados en el Perú los alto peruanos, pues nos alineamos al proceso iniciado en Buenos Aires y de ninguna manera como sucedió con el Alto Perú que se enfiló, con el poder colonial manejado primero desde Lima en 1813 y desde el Cuzco después de 1821. El único contacto de la nación de los pueblos cambas cruceños con los del Alto Perú o Charcas, fue cuando fuimos invadidos por equivocación por la corriente del Alto Perú dentro del error de confundir el río Parapetí con el Pilcomayo. Desatándose en consecuencia una disputa entre el conquistador venido desde La Plata de la Nueva Toledo Andrés Manso, con Ñuflo de Chávez llegado por la corriente del Paraguay. Situación que termina con el degüello de los pobladores de la Nueva Rioja y la muerte de Manso, más la quemazón de sus viviendas en manos de los Guaraníes, permitiendo de esta manera reincorporar estos territorios de Chiquitos invadidos a poder de Chávez que posteriormente, se reforzó con más de un cuarto del millar de familias españolas y criollas ya asunceñas, más tres mil a cuatro mil autóctonos que llegaron en 1565 provenientes del Paraguay. El acontecimiento histórico cierto forma al lado Este de los Andes, pueblos diferentes a los del mestizaje entre los del Collasuyo con los españoles, permitiéndose la consolidación de las misiones fundadas por la compañía de Jesús a principios del siglo XVII, dentro de las llanuras selváticas que ancestralmente tuvieron contacto con el Imperio Incaico en la zona de Samaipata y otros fuertes a lo largo de la cordillera de los Chiriguanos construidos por Huayna Cápac. Al igual que sucedió con la colonización española que fueron de frontera para parar las acometidas de los aguerridos Ava que, invadían los pueblos del collado pre-colonial y colonial tanto incaico como hispano. (QUEREMBA O GUERRERO GUARANÍ: No se sujetaron al dominio de ninguna otra nación, en su momento lucharon contra los incas que establecieron fortalezas fronterizas en Samaipata, Incallajta, e Incahuasi; más tarde resistieron a la colonización española que se vio obligada a crear una nueva frontera en la zona de Tomina. Al sur, el Inca empezó la conquista de la montaña boscosa de Cochabamba (Actual Chapare Camba Cruceño) y avanzó a las llanuras de Guapay y del Chaco; conquista que fue desbaratada por las invasiones Chiriguanas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 52 Y 62). La expulsión de los jesuitas trajo como consecuencia que los habitantes reducidos que no pasaban de 25.000 autóctonos según Humboldt y un grupo mayor de criollos y mestizos, se mantuviera en permanente estado de rechazo por el descontento que generó este desalojo. (CENSO DE HUMBOLT: En este año contaban las misiones jesuíticas con 24.914 indios convertidos y 16 pueblos. Se habían añadido, a los 8 existentes en 1700. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS MISIONES DEL ORIENTE: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 252). El estado de beligerancia de los cambas cruceños contra el poder manejado desde Lima por ser considerados invasores, trajo como consecuencia una guerra contra los Chiriguanos declarada por el reino de España que contó con el armisticio oficial recién en el siglo XX, pues la implantación de las misiones jesuitas creó la situación de República Religiosa en la época colonial que por sus características de real independencia, se constituyeron un serio problema a la autoridad del Rey y un peligro de separación para España apoyadas por la influencia portuguesa. El rey Calos III como medida de conjurar la influencia nociva de la compañía de Jesús para los autóctonos del Oriente, y que significaba un peligro para su hegemonía en la América colonial compartida con el reino de Portugal procede a su expulsión el año 1767, llevando estos territorios libres a ser parte constituida del Virreinato del Río de la Plata el año 1776. Además a ser manejados por gobiernos militares 85


y otras congregaciones que eran sumisas al poder Ibérico como los franciscanos entre otros. El estado de permanente rebeldía de la nación de los pueblos cambas cruceños, culmina con el comienzo de la lucha por nuestra independencia de España, en la revuelta de los negros matogorsenses en agosto de 1809. (IDEAS REVOLUCIONARIAS: Las ideas revolucionarias comenzaron a gestarse en el Río de la Plata en el año 1805, antes de las invasiones inglesas y que progresaron rápidamente en los años subsiguientes, tuvieron un eco en Santa Cruz de la Sierra en 1809, pues en agosto de ese mismo año se descubrió una conspiración para establecer un plan de gobierno semejante a los de Chuquisaca y La Paz. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 161). Los cambas cruceños nos mantuvimos luchando en una guerra contra las ingerencias foráneas durante más de 14 años y entre ellas tenemos a la española y la alto peruana sustentada con nuestro ejército regular al mando primero de Warnes (IGNACIO WARNES: Nacido en Buenos Aires, Warnes llegó a Santa Cruz nombrado gobernador por Manuel Belgrano, jefe del segundo ejército auxiliar. En vista del acoso realista conforma un ejército al cual integra a cuantos deseaban luchar por la causa de la Patria, incluyendo mestizos y mulatos, decretando la libertad para todo esclavo que se enrolare en su tropa. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS GUERRILLAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 331). A la muerte de Warnes el colorado Mercado siguió la lucha, apoyado al comienzo por una fracción del Segundo Ejército Auxiliar del Río de la Plata prestado a Antonio Suárez por Manuel Belgrano. Lo que llama poderosamente la atención y demuestra la inconsistencia de los argumentos de historiadores, tanto alto peruanos como orientales cambas cruceños y argentinos, es cuando sin fundamento alguno usan el término argentino y boliviano para referirse a los luchadores por nuestra independencia de antes de 1816 y 1825 respectivamente, pues antes del 9 de julio de 1816 no existía la República Argentina y del 6 de agosto de 1825 la República Bolívar. (IGNACIO WARNES NO ERA ARGENTINO: Desde Potosí, el general Belgrano despachó a Santa Cruz al coronel argentino Don Ignacio Warnes, nombrándolo gobernador de la provincia, al comandante Don Saturnino Salazar, también argentino, (no eran argentinos sino del Río de la Plata) y al oficial cruceño Don José Manuel Mercado. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 164). Los esfuerzos por expulsar a los invasores de los territorios libres e independientes de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, componentes de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata por contar con representantes en Buenos Aires desde 1813 y separados de esta en 1815, fueron favorecidos por la ocupación del Alto Perú por Antonio José de Sucre, pese a que este territorio ya estaba libre de España por acción de Pedro Antonio de Olañeta que lo separa del poder colonial español definitivamente en 1824, pero es agredido por el ejército de invasión colombiano de Simón Bolívar. INTERPRETACIÓN MUY PARTICULAR DE UNA HISTORIADORA CAMBA CRUCEÑA: La noticia del triunfo patriota en Junín y Ayacucho, llevó a que Mercado tomase Santa Cruz y proclamase la independencia el 14 de febrero de 1825. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: PEÑA DE CASTEDO, PAULA: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 179). La ingerencia foránea de los ejércitos colombianos contra nuestra patria cautiva, anexada y colonizada como república de la nación de los pueblos cambas cruceños, se complementa con una apócrifa asamblea en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, en la que no se tuvo representantes cambas cruceños y por ello, no se discutieron los 21 puntos como mandato de la Sala Capitular de Santa Cruz de la Sierra capital, que era una determinación indispensable para asociarse o no con los del Alto Perú o Charcas en la creación de la República Bolívar. La guerra por la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, comienza como resultado de la revuelta iniciada en Buenos Aires y su adhesión a ella, pues tanto Santa Cruz de la Sierra como Tarija eran parte de la confederación que se formó al Sureste del continente americano con su 86


identidad Tupí Guaraní. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA PELEÓ SU INDEPENDENCIA CON RECURSOS PROPIOS: Santa Cruz de la Sierra había luchado por la independencia al igual que las demás Provincias del antiguo virreinato del Río de la Plata; pero con recursos propios, sin ayuda ninguna de lo que hoy es Bolivia y bajo dirección principal de jefes argentinos. (No existía Argentina ni Bolivia). FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 171).

LA ENSEÑANZA MENTIROSA SOBRE NUESTRA IDENTIDAD FORAL Y CULTURA HISTÓRICA, PERSIGUE EL PROPÓSITO Y LA FINALIDAD IMPERIALISTA DE DOMINACIÓN TOTAL DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La educación alienadora que se ha estado enseñando a los componentes de la sociedad o nación de los pueblos cambas cruceños en la era republicana de Bolivia, cuenta hoy con la profundización de la nueva orientación dirigida hacia uniformarla en la cultura incaica, dentro de una propuesta retrograda con relación a la dirección del mundo occidental al cual pertenecemos y todo esto dentro del actual Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. Resulta que nuestra alienación viene y se transforma nuevamente en una brutalidad colonizadora, porque somos una sociedad integrada a la civilización cristiana que mantenemos nuestras creencias y cosmovisión casi intactas, pese a la educación ejecutada dentro de una verdadera falacia que está persiguiendo el propósito de unificarnos dentro de la identificación propia de los desaparecidos líderes aimaras, como son Tupac Amaru, Tomás Katari, Julián Apasa (Tupac Katari), Tupac Amaru, Bartolina Sisa y otros en el Perú y Alto Perú colonial. La única verdad histórica con relación a nuestros pueblos de las llanuras de origen Tupí Guaraní, es que luchamos como nación y patria cierta y determinada sin ayuda alguna alto peruana. Lo hicimos solos desde 1813 hasta que fuimos anexados y colonizados en 1825 dentro de una lucha que no involucra, como forjadores de nuestra historia a personajes foráneos andinos incaicos, como tampoco colombianos, peruanos y venezolanos venidos del Norte. La falsa enseñanza histórica que nos relaciona con los Andes constituye una mentira camuflada en un vil engaño y fraude, contra la naturaleza de nuestra sociedad que se encuentra manejada dentro de una costumbre heredada del Rasputin americano llamado Casimiro Olañeta. Alineación que hasta hoy no ha logrado con esta maliciosa desinformación, hacernos perder nuestro sentimiento de identidad ni distorsionar nuestras costumbres patrióticas, con respecto al recuerdo histórico algo dormido de nuestros orígenes pre coloniales, coloniales y pre republicanos. El sometimiento a una enseñanza mentirosa y distorsionada sobre nuestros orígenes, hace que con esta alienación educacional sobre las luchas independentistas de la nación de los pueblos cambas cruceños, se busque torcerse nuestra identidad y cultura histórica como pueblos diferentes con los de los Andes en Bolivia, como consecuencia de habernos llevado a la anexión dolosa y colonización fraudulenta ejercida en la creación irregular de la República Bolívar. La sociedad oligárquica colonizadora e imperialista boliviana de la metrópoli andina, nos esta induciendo a desconocer nuestros orígenes dentro de un bien planeado esquema de enseñanza, para conseguir nuestra eliminación dentro de la realidad boliviana, sudamericana y mundial por desconocer nuestros orígenes étnicos, culturales y de esta manera consolidarnos definitivamente como colonia del Alto Perú. La desinformación histórica de la que se hace alusión, como estrategia esta llevando a la consecuencia lógica de la posible destrucción de un pueblo y nación diferente, cierta y determinada, mediante el método universal colonial utilizado por el imperialismo contra todos los pueblos cautivos 87


históricamente en el mundo en la era pre y moderna. Con el ejemplo del colonialismo que está en el más rancio sistema de disolución poblacional ingles contra sus colonias y entre ellas tenemos a Irlanda y Gibraltar en Europa, como a las Islas Malvinas en América del Sur entre otras. Mantener la identidad y la cultura histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños, es de vital importancia que como grupo étnico cierto y determinado, se reconozca que lo único que nos relacionaba y relaciona con los pueblos de los Andes en Bolivia es la cercanía y la falsedad sustentada de que somos parte del Alto Perú, es la causante de hacer confundir en el mundo entero la realidad sobre nuestra situación de colonia. La perversidad del comportamiento doloso de la oligarquía colonialista e imperialista boliviana, viene como sustento por la voracidad territorial de la sociedad de los Andes heredada en su historia de los imperios como la Colla, la Incaica y la española antes y en la era pre colonial y colonial. El hecho de habernos anexado y colonizado a los cambas cruceños pese a que formamos pueblos asentados en territorios totalmente ajenos a la realidad andina, se efectúa cuando estábamos libres del yugo español como también independientes y soberanos en calidad de república separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Todo esto mucho antes de 1825 que es el año en que se formó la República Bolívar. (LA REPUBLICA DE BOLIVIA FUE UN ERROR COMETIDO POR SUCRE: La República de Bolivia se creó debido a un error del Mariscal de Ayacucho, Don Antonio José de Sucre, que censuró el Libertador, Don Simón Bolívar. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN DE SANTA CRUZ A LA REPÚBLICA DE BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 173). La colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños fue apoyada por el poderío militar del ejército colombiano de Simón Bolívar, comandado por Antonio José de Sucre como fuerza militar que contribuyó a vulnerar nuestros derechos históricos, violando el Orden Internacional de Derecho Público vigente desde 1819 y reconocido por el mismo Libertador. La incongruencia total de pretender en forma cómplice que olvidemos nuestra historia y nuestros héroes, que apoyados por su pueblo fueron los que libraron solos la guerra por nuestra independencia sin recibir ayuda foránea alguna. Demostrado por los contubernios y las traiciones ocurridas en el Alto Perú o Charcas, en acontecimientos que no tienen similitudes con los movimientos independistas de la nación de los pueblos cambas cruceños. basados en heroicas acciones diferentes en el espacio y en el tiempo. El Alto Perú con sus Provincias Altas del Río de la Plata y componentes de la República Argentina desde 1816, como antigua provincia de los Charcas estaba adherido al Cuzco. Siendo libre e independiente de este por acción de Pedro Antonio de Olañeta entre 1822 con su consolidación definitiva el 9 de marzo de 1824 respectivamente, que además lograron ser liberadas por la República Argentina para decidir su destino, como medida que fue dada a conocer a Simón Bolívar y Antonio José Sucre mediante la ley del 9 de mayo de 1825. (TARIJA ERA PROVINCIA ARGENTINA: La posición del gobierno de Buenos Aires fue que Tarija era Provincia Argentina y que lo dispuesto tan solo estaba referido a Potosí, Charcas, Cochabamba y La Paz. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: D´ARLACH O´CONNOR, EDUARDO: EDICIÓN 1995, PÁGINA 195). La lucha por la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños no estuvo relacionada con los acontecimientos de los alto peruanos que se alinearon con el Poder desde Lima y después el Cuzco, pues desde la expulsión de Becerra luchamos solos contra la arremetida colonial, manejada por Goyeneche y su pariente Pedro Antonio de Olañeta que luego fue libertador del Alto Perú y la independencia Camba Cruceña, solo fue apoyada por el Segundo Ejército Auxiliar del Río de la Plata con una fracción a las órdenes de Antonio Suárez. Los ciudadanos de la Republica de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, son alienados cuando se les enseña como puntuales batallas de nuestra independencia las de Junín y Ayacucho en el territorio del Perú, dejándose de lado las épicas jornadas propias como la sucedida en Florida en 1814 y otras. (NO ES DE LA FLORIDA ES EN FLORIDA: Con el triunfo de 88


la Florida – escribe José Evaristo Uriburu – quedó asegurada la libertad de Santa Cruz, y lo que es más importante aún como se verá más adelante, determinó la inmediata evacuación de las provincias bajas argentinas (sólo después del 9 de julio de 1816) por el ejército de Pezuela que se retiró a Suipacha. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 167) y entre ellas la de Santa Bárbara en 1815 (DERROTA DEFINITIVA DE LOS ESPAÑOLES EN CHIQUITOS: La expedición de Warnes a Chiquitos había tenido buenos resultados, pues mientras Carrera gobernaba en Santa Cruz, Warnes había derrotado completamente en la estancia de Santa Bárbara, a cuatro leguas de San Rafael, capital de Chiquitos, a las fuerzas de Udaeta y del gobernador Altoaguirre según el parte de la batalla firmado por Warnes el 14 de octubre de 1815. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 168). Las batallas en Florida y Santa Bárbara fueron las que marcaron la formación de la república desde 1815 hasta 1825, como también la del 14 de febrero de 1825 que expulsa de nuestra capital al aliado de Pedro Antonio de Olañeta de nombre Francisco Javier de Aguilera que traicionando a su jefe ya estaba a órdenes de Sucre. (BOLÍVAR Y SUCRE TUVIERON CORRESPONDENCIA CON DE OLAÑETA Y DE AGUILERA: Tanto Bolívar como Sucre abrieron correspondencia con Olañeta, con su lugarteniente Francisco Xavier de Aguilera, y con el secretario y sobrino del primero, el célebre doctor de Charcas Casimiro Olañeta. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 184). La capital de la República de Santa Cruz de la Sierra estuvo invadida por largos 9 años por el ejército español primero luego alto peruano, después de su separación del gobierno colonial español al ser liberado por Pedro Antonio de Olañeta y esto cuando estaba al mando de Aguilera. Recuperada por el ejército regular de la República de Santa Cruz de la Sierra al mando del Coronel José Manuel Mercado que había luchado con permanentes avances y retrocesos; culminado el triunfo cuando ingresan victoriosos a la capital expulsando a su hermano Tomás el 14 de febrero de 1825 La República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue anexada dolosa y colonizada fraudulenta como situación real y cierta, e históricamente confirmada por lo que se lee en el texto de la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por el Congreso de Buenos Aires. Dada a conocer a Simón Bolívar en Potosí, como también a Antonio José de Sucre en Chuquisaca sobre la libertad entregada a las cuatro Provincias Altas del Río de la Plata ya argentinas desde 1816, para decidir sobre su destino que son Cochabamba. Chuquisaca, Potosí, La Paz y no así Tarija que pertenecía al Obispado de Salta y Santa Cruz de la Sierra que era independiente y separada de Buenos Aires. El hecho de la ocupación de Tarija es reconocido por Bolívar que instruye, la devolución de los territorios tarijeños que quedaron al mando del argentino Días Vélez (DEVOLUCIÓN DE TARIJA A LA ARGENTINA: La otra solicitud era la restitución de Tarija, a lo que el libertador accedió. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN AÑO 2003, PÁGINA 353). Pero a pesar de ello se mantiene la agresión brutal y perversa contra la nación de los pueblos cambas cruceños que ya estábamos independientes de España en 1810 como lo estaba Chile en 1818. Además de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 al igual que el Paraguay lo hizo en 1814. La fortaleza y la valentía de los patriotas de la nación de los pueblos cambas cruceños en las épicas luchas libertarias, resultó con la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de España en 1810, de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 y del Alto Perú invasor en 1825. Esta lucha por la independencia en ningún momento tuvo relación ni contacto dentro de las estrategias militares propias de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, cuando los ejércitos colombianos invadieron y acorralaron al ejército alto peruano, mediante la traición a los acuerdos arribados con Pedro Antonio de Olañeta, por lo tanto para no seguir agrediéndose los orígenes libertarios de los pueblos 89


cambas cruceños se tiene la imperiosa necesidad de reparar el daño histórico hecho a un pueblo cautivo, colonizado y encadenado. Ejerciéndose una enseñanza de la verdadera historia de las luchas por la independencia del lado Este de la cordillera de los Andes que fuimos, anexados y colonizados en la República de Bolivia transformada hoy en Estado Plurinacional Comunitario boliviano. El resarcimiento de la deuda histórica contra la nación de los pueblos cambas cruceños, debe proceder con una enseñanza adecuada a la realidad de nuestros pueblos primero como Gobernación de Mojos, luego Gobernación de Santa Cruz de la Sierra y posteriormente Intendencia del Virreinato del Río de la Plata, como también integrante de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata entre 1810 y 1813, para finalmente ser República de Santa Cruz de la Sierra en 1815. Motivo que nos lleva a comprender la importancia vital de repararse, el daño histórico causado con el fraude y el dolo ejecutado en la asamblea de Chuquisaca en 1825 que terminó, como colonización para los cambas cruceños mediante el decreto del 23 de enero de 1826 que nos transforma en departamento de Bolivia. Norma que a través del tiempo ha servido para despedazaros territorialmente.

LOS CORONELES IGNACIO WARNES, JOSÉ MANUEL MERCADO (COLORADO), EL GUERRILLERO JOSÉ MANUEL BACA (CAÑOTO) Y OTROS, FUERON LOS VERDADEROS ACTORES DE LA INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, COMO NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS Las luchas por la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, tienen su historia y sus personajes totalmente diferentes a los de las cuatro Provincias Altas argentinas, que eran parte de la antigua Provincia de los Charcas con Pyno, que según Medinaceli están mal identificadas como Alto Perú por ser en realidad parte de esta provincia antes de la creación de la audiencia, e integrantes del virreinato del Río de la Plata en 1776, como de la República Argentina en 1816. La diferencia de las luchas independentistas cambas cruceñas con la de los collas alto peruanos, viene porque los pueblos andinos están separados de los pueblos de los llanos rioplatenses y amazónicos por estar enclavados en la cordillera de los Andes. Además porque en la guerra por nuestra independencia estamos relacionados con el segundo ejército auxiliar del Rió de la Plata al mando del General Manuel Belgrano, con la colaboración prestada al héroe independentista cruceño Coronel Antonio Suárez de Arteaga. La colaboración del ejército del Río de la Plata viene como consecuencia de ser parte de la confederación que se forma en 1810, como nación de los pueblos cambas cruceños con Mojos y Chiquitos en calidad de Provincia del Río de la Plata, por lo tanto no tuvimos relación con los ejércitos del 90


Norte colombiano con sus comandantes Bolívar y Sucre. La independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños se consolidó militarmente, cuando se toma su capital el 14 de febrero de 1825, pues nos habíamos separado de la confederación del Plata en 1815 siguiendo el ejemplo del Paraguay que lo hizo en 1814. Siendo la independencia Camba Cruceña y Paraguaya una coincidencia cierta de pueblos del mismo origen y hermanos por sangre e historia desde siempre. El hecho acontecido sobre nuestra historia está referido a los actuales departamentos en Bolivia de Santa Cruz, Beni y Pando, así como también a la parte Norte amazónica del departamento andino de La Paz entregado por Germán Busch en 1938. También los territorios en los departamentos andinos de Cochabamba, Sucre o Chuquisaca y el salteño hoy departamento de Tarija, como resultado de la anexión y colonización dolosa y fraudulenta de nuestra república, ejecutada mediante la confabulación entre Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y apañada por Antonio José de Sucre y Simón Bolívar, en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca o Charcas que fue llamada mediante el Decreto del 3 de junio de 1825 por Antonio José de Sucre. (NO ASISTIERON DELEGADOS CAMBAS CRUCEÑOS: La asamblea que debía promulgar la independencia del Alto Perú se inauguró el 10 de julio. A ella no concurrieron por cierto delegados de todas las provincias que habían constituido la antigua Audiencia de Charcas, sino simplemente los delegados de las intendencias del Alto Perú: Charcas, Potosí, La Paz y Cochabamba. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN 1935, PÁGINA 182). El antihistórico hecho de anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños, se constituye en un estado de alevosía por la agresión a la libertad, como también a la soberanía y la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra en forma clara, dentro de una real transgresión al Orden Internacional de Derecho Público, pues fue efectuada a pesar de ser independiente por acción directa del Coronel Ignacio Warnes y luego del Colorado Mercado y otros patriotas locales. Además por no ser parte del Altiplano ni de los valles en Charcas. Motivo por el que no podíamos ser considerados Provincias Altas del Río de la Plata, ni provincias argentinas que viene a consecuencia de la creación de esta República en Tucumán el 9 de julio de 1816. La agresión histórica por acción de la oligarquía criolla alto peruana, fue apoyada por Antonio José de Sucre que hace una interpretación maliciosa, equivocada y fraudulenta de la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires. (DELEGACIÓN ARGENTINA: En esta misma ciudad, Bolívar recibió la legación argentina integrada por Alvear y Días Vélez, cuyo objeto era comprometer al Libertador en su lucha contra el Brasil, a lo que este contestó con evasivas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 353). Además como interpretación fraudulenta fue utilizada para que se nos ocupara militarmente y anexara con Mojos y Chiquitos en calidad de departamento, dentro de una sociedad foránea como la del Alto Perú o Charcas. (ANEXIÓN DE CHUIQUITOS A BOLIVIA: La anexión de Chiquitos a Bolivia es – en definitiva – aún más falsa que la de Santa Cruz. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 184). La nación de los pueblos cambas cruceños por lo anotado anteriormente, se tiene demostrado que fuimos definitivamente colonizados, porque no teníamos autorización por Buenos Aires para decidir sobre nuestro destino como las consideradas Provincias Altas Argentinas, ya que éramos independientes y soberanos de él desde 1815 como el Paraguay lo hizo en 1814 y la ley de Buenos Aires, muestra clara y textualmente que en ella no estaba incluida la República de Santa Cruz de la Sierra ni la Provincia de Tarija, pues esta autorización se refería solamente a Potosí, Cochabamba, Chuquisaca y La Paz. (LA OCUPACIÓN DE TARIJA TRAJO UNA GUERRA CON LA ARGENTINA: La determinación del Gran Mariscal de Ayacucho en torno a la denominada cuestión de Tarija, perduró en el tiempo y consolidó la nacionalidad, no obstante las insistentes reclamaciones diplomáticas del gobierno de Buenos Aires. Cabe recordar que fue uno de los motivos que adujo a Juan Manuel Rosas para 91


declarar en 1837, la guerra a la confederación, conflicto que concluyó con las victorias de Iruya y Montenegro, bajo la conducción del Mariscal Otto Felipe Braun. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR. O’CONNOR D´ARLACH TRIGO, EDUARDO: EDICIÓN AÑO 1995. PÁGINA 196). La situación que se concretó con la anexión, el cautiverio y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra viene porque nos encontrábamos dentro de los designios de estos forjadores del Alto Perú como República Bolívar, que fueron Casimiro Olañeta, Mariano Serrano, Antonio José de Sucre y Simón Bolívar entre otros. Todos ellos implicados en las diferentes ramas de la masonería.

EL CORONEL IGNACIO WARNES GOBERNADOR DESIGNADO POR EL GENERAL BELGRANO, FUE EL QUE CONCRETÓ LA LIBERTAD E INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA EN 1815. SEPARÁNDOLA DE LA CONFEDERACIÓN DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA El Coronel Ignacio José Javier Warnes de Zúñiga como gobernador de la Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue el que definió y defendió la libertad e independencia de la República de Santa Cruz en primera instancia. Luego el Coronel José Manuel Mercado apodado el colorado, fue el que lo hizo contra el ejército alto peruano de Pedro Antonio de Olañeta en segunda instancia, comenzando cuando el general Belgrano designó a Warnes gobernador y ha Mercado su segundo en 1813. La proclamación y la posesión de Ignacio Warnes como gobernador se efectuó en la Plaza de Armas de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra el 24 de septiembre de 1813 y la independencia como republica separada de Buenos Aires fue a finales de 1815, manteniéndose esta condición hasta su muerte en 1816 que como independencia conseguida fue seguida por el coronel Mercado que expulso a Tomás de Aguilera, hermano de Francisco Javier de Aguilera de la capital de Santa Cruz de la Sierra. Consolidándose con esto la soberanía de la República de Santa Cruz de la Sierra. El Coronel Ignacio Warnes fue el que se consolidó como héroe forjador de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, de la misma manera fue el que organizó el ejército patriota apoyado por Mercado, liberando a los esclavos que se unieron al ejército libertador Camba Cruceño, formando estos parte de las fuerzas independentistas como fuente de sentimiento patriótico utilizado con orgullo e identidad propia. El ejército patriota de la nación de los pueblos cambas cruceños fue el que mantuvo a raya a las fuerzas invasoras contra la República de Santa Cruz de la Sierra, desde 1815 hasta cuando nos anexaron y colonizaron en la República Bolívar en 1825. Luchando contra el ejercito de Pedro Antonio de Olañeta al mando de Francisco de Aguilera, como fuerza foránea que mantenía sus avanzadas en Valle Grande y desde donde 92


se agredía el territorio patrio con incursiones resistidas por este ejército patriota, ya a las órdenes del Coronel José Manuel Mercado desde el territorio libre en Cordillera y apoyado por héroes como José Manuel Baca, Francisca Ribero, Ana Barba y nuestros hermanos rioplatenses Moldes, Videla y el autóctono Cumbay entre otros, hasta que el ejército de Olañeta fue expulsado de la capital Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero de 1825. Este hecho de la lucha por la independencia Camba Cruceña, demuestra que fueron los rioplatenses y no los del Alto Perú los que nos apoyaron, conseguida con personajes propios que además de pelear contra los invasores se ocuparon de la instrucción del ejército regular patriota. No así Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, con sus huestes colombianas que invadieron el Alto Perú libre e independiente de España mediante el tratado del 9 de marzo de 1824. La característica y la situación de las luchas independentistas de la nación de los pueblos cambas cruceños, lleva a que estos héroes nuestros no deban ser olvidados por la cobarde desidia cómplice de la sociedad actual, al mantenerlos desconocidos por la historia colonialista mal contada de la imperialista colonizadora metrópoli boliviana. Constituyendo una agresión contra nuestra identidad y cultura histórica, permitida en su ejecución por un comportamiento culpable, pero pese a ello con los inmigrantes venidos de todos lados, estamos reestableciendo en forma indiscutible y a través de los tiempos la Jesuítica nación de las Llanuras llamada República de Santa Cruz de la Sierra de todas maneras. Lo analizado en el presente trabajo nos lleva a reconocer que nuestra libertad e independencia conseguida en 1815 como definitivamente consolidada en febrero de 1825, fue lograda por los luchadores cambas cruceños solamente, no por los colombianos de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre que fueron invasores del libre e independiente territorio del Alto Perú. No así como se indica mentirosamente con una enseñanza falsa desde la colonizadora imperialista metrópoli altiplánica, encontrándonos en consecuencia los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños sin identificación cierta y alineados bajo una historia extraña. Los cambas cruceños como nación diferente, cierta y determinada, pese a estar encadenados y colonizados en pleno siglo XXI por la decisión abusiva y unilateral del contubernio andino colombiano – venezolano que nos anexa entre julio a agosto de 1825, debemos seguir el ejemplo de José Manuel Mercado comandante del ejército patriota que consolidó nuestra libertad de España y definitivamente del Alto Perú.

JOSÉ MANUEL MERCADO (COLORADO) COMANDANTE DEL EJÉRCITO PATRIOTA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS, FUE EL QUE CONSOLIDÓ NUESTRA LIBERTAD E INDEPENDENCIA DEL ALTO PERÚ La derrota sufrida por el ejército patriota de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños el 21 de noviembre de 1816, no significó en lo absoluto que se acabe nuestra independencia como también que se perdió la soberanía de nuestro liberado pueblo de España en 1810, pues los españoles tomaron solamente una parte de nuestro territorio. Luchándose en consecuencia desde los libres e independientes territorios de Cordillera por largos 9 años, hasta la recuperación de la capital del invasor transformado en componente y parte del ejército alto peruano de Pedro Antonio de Olaneta, comandado por el Teniente Coronel Francisco de Aguilera que luego lo traiciona, pasándose al lado de Antonio José de Sucre. Las acciones finales de la lucha por nuestra independencia, se llevaron a cabo al mando del Coronel José Manuel Mercado y otros luchadores patriotas que se le unieron y se llevó adelante, desde el enclave del Saipurú situado en las estribaciones de la cordillera de los Chiriguanos, como lugar donde se 93


Sorata

mantuvieron libres y acosaron al invasor hasta su expulsión definitiva el 14 de febrero de 1825. Este invasor de los pueblos cambas cruceños, primero lo hizo como parte del ejército colonial español y luego ya del libre Alto Perú de España al mando supremo de Pedro Antonio de Olañeta. El mismo que se fue desgastando mediante las acciones de nuestras fuerzas regulares, en maniobras guerrilleras y todas ellas al mando de Mercado y Cañoto que se templó entre los guerrilleros de Guemes. El desgaste de los invasores ya alto peruanos vino también, por acción de las invasoras fuerzas colombianas que ya estaban operando en el Perú y el Alto Perú, comandadas por Simón Bolívar y Antonio José de Sucre que incursionan después de la victoria de Ayacucho, del 29 de diciembre de 1824 contra los españoles al Norte del Cuzco. Y la libertad y la independencia Camba Cruceña fue lograda con la propia sangre y el esfuerzo de los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños que para nuestra desgracia, como situación sólo duró escasos 10 años, consolidado cuando se logra la expulsión de nuestra capital del invasor alto peruano al mando de Tomás Aguilera y su hermano Francisco. La soberanía y la independencia Camba Cruceña, fue conculcada por la agresión de política colonial de la imperialista y colonizadora República Bolívar, mediante el contubernio de propios y extraños en confabulación con dos personajes cambas cruceños, como fueron los falsarios Vicente Seoane y Vicente Caballero, que se adhirieron apócrifamente a ella pese a que no estuvieron presentes en las deliberaciones de la asamblea en la Plata de la Nueva Toledo cuando nos anexaron y colonizaron. (ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN: Territorio puesto políticamente bajo la dependencia de un Estado que, con relación a él, es llamado metrópoli, con el pretexto de fomentar su desarrollo y progreso económico, cultural y demográfico; pero, en realidad, para aprovecharse la metrópoli de los productos naturales del territorio sometido al coloniaje. FUENTE: COLONIA: DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES: OSORIO, MANUEL: PÁGINA 192). La asamblea en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, es la que remplaza a la que fue llamada para Oruro y cambiada por Antonio José de Sucre, bajo el argumento pueril de que hacia mucho frío y los representantes altos peruanos morirían, cuando por ser originarios estaban aclimatados a las alturas andinas. La cual por la perversidad permanente en sus actos, fue la que en su momento llevó a la expulsión de Antonio José de Sucre y su ejército, ya constituidos como ciudadanos bolivianos por la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825. Ley que definitivamente no toma en cuenta a los pueblos cambas cruceños, siendo causa que llevó a Mercado a su destierro y al abandono de la defensa de la patria que había contribuido a independizar. (DESLEALTAD ALTO PERUANA: La elección que hizo Sucre de sus colaboradores le trajo, a la larga, el resentimiento de los nacionales, pues estos consideraban que se los subestimaba. Este hecho, las radicales reformas en materia religiosa y de enseñanza y la carga que significaba sostener económicamente a un ejército colombiano de 8.000 hombres, hizo que en 1828 estallara en motín en abril. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 356). La oscura anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, como nación a la que el Colorado Mercado contribuyo en su formación en 1815 y la defendió hasta 1825, cayó anexada y colonizada dentro de la República del Alto Perú llamada Bolívar, llevando al colorado como héroe de la independencia Camba Cruceña y hombre de honor a su voluntario destierro, al no poder cambiar las cosas de la situación de colonización contra su pueblo. Rechazando incorporarse al nuevo ejército se acogió a su retiro final, cuando además se pretendió camuflado llevarlo como desterrado a la guarnición de Sorata en plena cordillera de los Andes. Olvidando el argumento del decreto del 3 de junio de que el frío los destruiría por ser nuestro procer no alto eruano.

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EL TENIENTE CORONEL JOSÉ MANUEL BACA (CAÑOTO) COMO GUERRILLERO, CONTRIBUYÓ A LA INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE LA NACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS La derrota del ejército de la República de Santa Cruz de la Sierra en la batalla del Parí que terminó con la muerte del Coronel Ignacio Warnes, llevó a Cañoto a seguir luchando por la libertad e independencia de su pueblo. Este guerrillero luchador valiente y decidido llegó a convertirse en un verdadero dolor de cabeza para el ejército invasor alto peruano de Pedro Antonio de Olañeta, pues se mantuvo en combate incansablemente primero al lado de Martín Guemes que operaba en el Gran Chaco de Salta del Tucumán o Gualamba y en Tarija, como después en los llanos de Chiquitos al Norte del río Pilcomayo y además peleo al lado del General San Martín. (JOSÉ MANUEL BACA: Músico y poeta, abrazó la causa patriótica. Participó en acciones guerrilleras con gran valor y coraje. Nació en Santa Cruz de la Sierra el 10 de diciembre de 1790 en un hogar de artesanos estereros, en el antiguo barrio de Chaparé, próximo al templo de San Roque. Participó con Ignacio Warnes y José Manuel Mercado en las acciones de Republiquetas (Término mal usado por historiadores nuestros, como por publicistas alto peruanos y argentinos) En Argentina, bajo el mando del General José de San Martín, participó como alférez de caballería. Murió en el caserío de Jitapaqui, próximo a Cotoca el 15 de septiembre de 1854. FUENTE: OTROS HÉROES: EL DEBER, PÁGINA 17). Este héroe de la independencia de la nación los pueblos cambas cruceños, retorna a las pampas grigotanas reforzando con sus guerrilleros al ejército regular patriota, contribuyendo con ello al asedio de su capital Santa Cruz de la Sierra que culminó con el ingreso victorioso junto al Coronel José Manuel Mercado en nuestra plaza principal el 14 de febrero de 1825.

LA DERROTA DEFINITIVA DEL EJÉRCITO INVASOR ESPAÑOL CONVERTIDO EN ALTO PERUANO O CHARQUEÑO DE PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA AL MANDO DE FRANCISCO JAVIER DE AGUILERA, SUCEDE CUANDO FUE EXPULSADO DE LA CAPITAL SANTA CRUZ DE LA SIERRA EL 14 DE FEBRERO DE 1825 La derrota de los ejércitos coloniales españoles transformados en fuerza militar del Alto Perú por haber sido liberado de España mediante el Tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824, es reconocido como cierta en la Capitulación de Ayacucho entre Sucre y Canterac, cuyo contingente mantenía asentada su avanzada en Valle Grande y desde allí se agredían los territorios de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños desde 1816. Se consuma con la expulsión de la parte invadida por los charqueños o alto peruanos de Pedro Antonio de Olañeta, con la retoma de nuestra capital Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero de 1825. 95


El hecho histórico de la expulsión de Tomas Aguilera sucedió a escasos seis meses antes de la anexión y colonización de nuestra República libre, soberana e independiente por parte de la colonial e imperialista República del Alto Perú que fue llamada Bolívar, como poder forastero que llevó al cautiverio a la nación de los pueblos cambas cruceños por casi dos siglos, apoyados por el engaño y la seducción perversa de dos apócrifos autonombrados delegados cruceños en La Plata de la Nueva Toledo, porque ellos sólo tenían representación caducada para la asamblea del Poder Constituyente en Oruro y no para otro lugar. (SOLO POR LAS CUATRO PROVINCIAS ALTO PERUANAS: En efecto, el acta de la independencia fue firmada por los representantes de las cuatro intendencias alto peruanas, y por los seudo delegados de Santa Cruz, y no por los diputados de todas las provincias que habían integrado la antigua Audiencias de Charcas. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 185). El personaje alto peruano Casimiro Olañeta por la deformación espiritual que lo dominaba, es el que se transforma en el nefasto y principal autor del hecho de agresión que resultó con nuestra anexión y colonización, efectuada mediante el contubernio orquestado con Antonio José de Sucre, Simón Bolívar y los criollos doctores de Charcas. (LA REPÚBLICA DE BOLÍVAR SE FORMÓ CON LAS CUATRO INTENDENCIAS DEL ALTO PERÚ. Las intendencias del Alto Perú, dependientes del Virreinato de Buenos Aires, fueron la que originaron y dieron sus límites a la actual República de Bolivia. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 185). Las maniobras arteras de Casimiro Olañeta y sus compinches fueron las que lograron el propósito de la creación, de la nueva República de supuesta propiedad vitalicia de Bolívar que comprendió además de las cuatro provincias altas peruanas, los territorios anexados de la República de Santa Cruz de la Sierra. (LA REPÚBLICA DEL ALTO PERÚ NO HEREDÓ LOS LÍMITES JUDICIALES DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: La actual República de Bolivia no heredó, pues, en ningún momento los antiguos límites judiciales de la audiencia de Charcas, que no podía, por ningún concepto, dar origen a ningún estado, pues nunca fue más que un tribunal judicial, reducido a Corte de Apelaciones por la ordenanza de Intendencias. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 185). El Libertador Simón Bolívar bajo ningún argumento histórico fue el que liberó a los pueblos alto peruanos de los españoles, como también a nuestra nación de los pueblos cambas cruceños constituida en la República de Santa Cruz de la Sierra, pues los verdaderos héroes nuestros fueron Warnes, Mercado, Baca y otros que por la falacia contada de la metrópoli imperialista colonizadora boliviana son negados como tales. Constituyendo una mancha negra contra la supuesta honestidad del Libertador. (LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA NO FUE GOBERNADA POR ARGENTINOS: Santa Cruz de la Sierra, independiente y gobernada por jefes argentinos. (No existía Argentina) Pasó a formar parte de la República de Bolivia sin consultar el voto de sus habitantes, por un acto sorpresivo, y Chiquitos en contra de su voluntad, pues por si mismo aviase incorporado al imperio del Brasil. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 185). Simón Bolívar fue corrupto por aceptar el regalo histórico que significó la agregación a la República Bolívar, de la nación independiente de los pueblos cambas cruceños como yapa, (YAPA: Añadidura. Agregar a un objeto otro de la misma materia o que sirve para el misma uso. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN AÑO 1988). La creación de la República del Alto Perú no estuvo en el ánimo del Libertador y no conocía su existencia, donde al aceptarla rompió su formación y prestigio ético. (BOLÍVAR ACEPTÓ LA CREACIÓN DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA, POR LA OFERTA PREBENDAL DE PONERLE SU APELLIDO: La creación de Bolivia como república independiente no estuvo nunca en el ánimo del Libertador Simón Bolívar. El Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, promulgó un decreto convocando a una asamblea general a las intendencias del 96


Alto Perú, con el fin de que ellas decidieran su destino; pero esta resolución fue censurada duramente por el Libertador, y que el propio Sucre reconoció, apenado su grave error. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 186). La incalificable agresión a nuestra soberanía e independencia, reconocida por la República Argentina mediante la Ley del 9 de mayo de 1825, porque en ella no se nos toma en cuenta, es real al no hacerse referencia a la nación de los pueblos cambas cruceños, dentro del derecho a decidir sobre su destino como sucedió con las cuatro Provincias Altas, por estar los cambas cruceños independientes y separados de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815 y no habernos integrado a la Republica Argentina cuando se crea el 9 de julio de 1816 en Tucumán. La libertad y la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, se consolida a pesar de la desigual y heroica lucha apoyada por luchadores de la confederación de las Provincias del Río de la Plata. No habiendo recibido apoyo militar o material alguno de los invasores colombianos, peruanos y alto peruanos por ser ya república soberna e independiente. (LA ANEXIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA FUE TODO UN ENGAÑO: Santa Cruz no pudo resolver si debía anexarse a la nueva República de Bolivia y si debía enviar delegados o no debía hacerlo, porque la invitación a concurrir al Congreso de Chuquisaca le llegó después de haberse celebrado la asamblea que decidió la creación de Bolivia, pero los abogados alto peruanos reconocieron como representantes de Santa Cruz, a dos diputados que no tenían poder para ser considerados como tales. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 186). Los charqueños o alto peruanos contemplan perversamente la situación de Santa Cruz de la Sierra como república separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata de la nación de los pueblos cambas cruceños, para compararla con la calidad de republiqueta del Alto Perú, dentro de una de las mayores y brutales interpretaciones históricas en América. (LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA NO FUE REPUBLIQUETA: A los grupos guerrilleros instalados en un territorio determinado, el historiador argentino Bartolomé Mitre llama republiqueta. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS GUERRILLAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 329). La creación de la República del Alto Perú de nombre Bolívar con las cuatro intendencias o Provincias Altas del Río de la Plata, identificadas como argentinas desde 1816 hace que el Perú pierda estos territorios patrios al ser uno sólo por su historia, su condición étnica y su geográfica, dentro de un grave error de Antonio José de Sucre. (BOLIVIA SE CREO POR ERROR DE SUCRE: La República de Bolivia se creó debido a un error del Mariscal de Ayacucho, Don Antonio José de Sucre, que censuró el Libertador, Don Simón Bolívar. Este punto histórico, de una importancia trascendental en la historia de América, ha sido aclarado a la perfección por el Sr. Efraín Cardozo en un estudio hecho sobre la base de los documentos originales del propio Bolívar y del mismo Sucre. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 173).

LA DOLOSA ANEXIÓN Y LA FRAUDULENTA COLONIZACIÓN SUFRIDA POR LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, FUE INCONSULTA Y SIN RESPETAR EL DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN COMO REPÚBLICA SEPARADA DE LA CONFEDERACIÓN DE LAS PROVINCIAS DEL RÍO DE LA PLATA EN 1815 97


La astuta e inconsulta anexión y consecuente colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños en la imperialista y colonizadora República Bolívar, fue efectuada mediante la asamblea fijada en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en la Provincia de Chuquisaca por Antonio José de Sucre, la cual mediante el Decreto del 9 de febrero debió instalarse en Oruro con las cuatro intendencias del Alto Perú, donde dolosamente se nos incluye con los cinco partidos del departamentos cruceño pese a no ser alto peruanos. Este hecho concluyo con la independencia cruceña, pese que no estaba de acuerdo con el pensamiento del Liberador Simón Bolívar. (DOBLE CONDUCTA DE BOLÍVAR: Mi posición pública es mi conciencia de mis operaciones públicas. Por lo mismo no se todavía lo que me tocará hacer con ese Alto Perú, porque la voluntad legal del pueblo es mi soberana y mi ley. Cuando los cuerpos legales decidan de la suerte del Alto Perú, entonces yo sabré cual es mi deber y cual la marcha que yo seguiré. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 177). El propósito de los asambleistas fue que el acta de la independencia del Alto Perú salga con la fecha 6 de agosto de 1825, como medida de ir preparando la aceptación de Bolívar, por ser esta fecha apegada a la conmemoración de la batalla de Junín en el Perú, pero muy lejos del Alto Perú. Este comportamiento oscuro demuestra un propósito insalvable de corrupción que trae como consecuencia la anexión, el cautiverio y la colonización de la república de la nación de los pueblos cambas cruceños en Bolivia, pese a las dificultades que acarrearía este hecho espurio. (SUPUESTAMENTE EL ALTO PERÚ NO INTERESABA A NADIE: Sin embargo, las complicaciones que temía Bolívar no se produjeron. El Alto Perú no interesaba a nadie: ni a las provincias Unidas del Río de la Plata, ni al Perú. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 177). La atención dirigida hacia la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, la centró Simón Bolívar después de haber cruzado Antonio José de Sucre el río Desaguadero, con la consecuencia de la muerte de Pedro Antonio de Olañeta y la capitulación de Barbarucho. Consolidándose el proyecto de Casimiro Olañeta de anexarse al Alto Perú, la nación de los pueblos cambas cruceños y todo ello dentro de su propósito de ampliación colonial que también incluía incorporar Arica. (CASIMIRO OLAÑETA Y SUCRE EN DESACUERDO SOBRE ARICA: Al respecto cabe puntualizar que es mérito de Olañeta haber querido ensanchar el litoral de la futura república incorporando Arica a ella. Sucre rechazó rotundamente tal proposición, entre otras cosas, por temor de que Olañeta introdujera por ahí las armas que necesitaba para librar la guerra. (Lecuna. 63). Sin embargo al año siguiente, ya como presidente de Bolivia, el hizo exactamente la misma proposición a través del ministro Ortiz Zeballos, y ella fue rechazada por el General Andrés de Santa Cruz en ese momento jefe del gobierno del Perú. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 187). La invasión al Alto Perú por parte del ejército colombiano, reconocía por Antonio José de Sucre los derechos libertarios adquiridos por Don Pedro Antonio de Olañeta mediante el tratado de Tarapacá en marzo de 1824, tal como se verifica mediante el armisticio Elizalde-Mendizábal Imas. (SUCRE PRETENDÍA DEJAR A ANTONIO DE OLAÑETA EN POSESIÓN DEL SUR: El 2 de enero, o sea trece días antes de que Barbarucho invadiera Puno. Sucre decide enviar a su ayudante Antonio Elizalde para entrevistar a Olañeta y conocer sus intenciones. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 186). El acuerdo llegado en Potosí entre los emisarios de Buenos Aires con Bolívar, que le dieron a conocer lo determinado en la Ley del 9 de mayo de 1825. En ningún momento contemplaba a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños independiente desde 1815, como tampoco la Provincia de Tarija incorporada a Salta desde 1807. (BUENOS AIRES SIEMPRE 98


CONSIDERÓ A TARIJA ARGENTINA: Los tarijeños interpretaron que la medida legislativa les alcanzaba, pero la posición del gobierno de Buenos Aires fue que Tarija era Provincia Argentina y que lo dispuesto tan sólo estaba referido a Potosí, Charcas, Cochabamba y La Paz. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: TRIGO O´CONNOR D´ARLACH, EDUARDO: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 195). El acuerdo arribado entre Simón Bolívar con la delegación argentina, fue en base a la entrega de parte del Libertador, la provincia de Tarija que había sido tomada por orden de Antonio José de Sucre. No contemplaba en el, la república de los cambas cruceños por ser independiente, soberana y no estar integrada a la confederación República Argentina creada el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán. (SUPUESTO RESPETO AL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO POR BOLÍVAR: Jamás imaginó que Charcas podía convertirse en república independiente como tampoco Quito y Venezuela. Actualizando un antiguo principio del Derecho Romano, el Libertador postuló el uti posideti, esto es como poseáis. Consiguientemente la independencia debía ser rubricada en base a las posesiones de los tres virreinatos: Nueva Granada, Perú y Buenos Aires. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 190). El poder oligárquico de la nueva república del Alto Perú llamada Bolívar, viola nuestro derecho del uti possidetis o sea como poseáis. (UTI POSIDETIS: En lo posesorio que afecta a los bienes, incluso en lo internacional, tiende a mantener las situaciones actuales hasta la decisión que corresponda en un conflicto. FUENTE: DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES: OSORIO, MANUEL: PÁGINA 1029). La acción brutal y espuria de nuestra anexión y colonización, se consuma por el dolo utilizado en la asamblea de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo el 28 de julio de 1825, manejándose la teoría del odio y la rivalidad de la antigua capital de la audiencia de Charcas con Buenos Aires (ODIO DE LOS ALTO PERUANOS CONTRA LOS ARGENTINOS: Las demás intendencias habían manifestado repetidas veces – hasta al mismo general Sucre, como muy bien él lo sabía – su antipatía a la confederación Argentina. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 178). La antipatía con la confederación Argentina no involucraba a la República de Santa Cruz de la Sierra de origen Tupí Guaraní de la nación de los pueblos cambas cruceños. (SUPUESTO RECHAZO ARGENTINO DEL ALTO PERÚ: En Argentina se desdeñaba la agregación de las provincias altas, con la cuales existían antiguos odios y rivalidades. Fuera de la intendencia de Santa Cruz de la Sierra, paraguaya de origen, en la cual habían gobernado y luchado en contra de los realistas, jefes argentinos. (No existía la argentina hasta 1816). FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 178). El derecho conseguido de nuestra independencia por estar separados de la confederación de la Provincias Unidas del Río de la Plata, fue completa y totalmente aceptado por Buenos Aires, pues en ningún momento se nos incluye en la ley del 9 de mayo de 1825. (LEY DEL 9 DE MAYO DE 1825 EMITIDA POR BUENOS AIRES: Es por ello que Juan Gregorio de las Heras, en representación del Poder Ejecutivo Nacional Argentino, autorizó al señor coronel mayor Juan Antonio Álvarez de Arenales, gobernador y capitán general de la provincia de Salta-con fecha 8 de febrero de 1825-para que ajuste las convenciones que crea necesarias con el jefe o jefes que dan las fuerzas españolas que ocupan las dichas cuarto provincias hasta el Desaguadero, o con las personas que fuesen igualmente autorizadas por ellos, sobre las bases de que éstas han de quedar en la más completa libertad, para que acuerden lo que más convenga a sus intereses y gobiernos. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 178). La agresión contra la soberanía y la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra se demuestra en la la enseñanza en los cuarteles militares de Bolivia. Enseñanza por la cual no existimos 99


como parte integrante de la república del Alto Perú, y por esto se nos toma como territorio agregado y colonia anexada. (CONFIRMACIÓN EN TEORÍA MILITAR BOLIVIANA DE LA NO EXISTENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: El Acta de la independencia constituye una relación de guerra de la independencia y la declaración de la independencia ante la faz del mundo. La asamblea deliberante reunida en Chuquisaca a través de la convocatoria de 9 de febrero de 1825 expedida por el Mariscal Sucre, declara en su sesión del día 6 de agosto, que las cuatro provincias alto peruanas se erigen en estado libre y autónomo con la denominación de República de Bolívar, en homenaje al Libertador Simón Bolívar. FUENTE: MANUAL DE TEORÍA GENERAL PARA PREMILITAR. (ME – OI - O5): PÁGINA 42). La situación de anexión y colonización de los cambas cruceños, se lleva adelante con el ultraje ejecutado contra Santa Cruz de la Sierra, al ser sin fundamentos históricos supuestamente considerada integrada a Cochabamba, cosa que llevó al colorado Mercado a aislarse definitivamente en Saipuru y retirarse de la actividad militar.

LA HISTORIA VERDADERA DE SANTA CRUZ, COMO REPUBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ENTRE 1815 Y 1825 INTRODUCCIÓN El análisis historiográfico emprendido sobre nuestros orígenes antes del coloniaje y la republica, está orientado hacia conseguir recuperar nuestra identidad y cultura histórica como pueblo y nación diferente, cierta y determinada en Bolivia, por la conclusión arribada de que hemos sufrido una real alienación cultural e identitaria, a causa de la desinformación sobre nuestro nacimiento como pueblo, sociedad e inclusive república. La nación de los pueblos cambas cruceños se halla anexada y colonizada durante estos casi dos siglos, o sea desde 1825 dentro de la vida republicana de Bolivia transformada en Estado Plurinacional Comunitario. En el que se está tratando de restaurar el sistema imperial incaico, siendo motivo de encontrarnos las gentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, además de anexados y colonizados agredidos nuevamente. Integrados dentro de una invención de comunidades interculturales como consecuencia de esta agresión imperialista y colonialista, con nuestra historia tergiversada y distorsionada, soportando una educación implantada por la metrópoli que definitivamente está dañando nuestra equivalencia tradicional. (IMPERIALISMO: Sistema político, doctrina de la expansión de un Estado sobre otro u otros. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: 100


EDITORIAL HELIASTA: TOMO CUARTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 342). El hacer alusión a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños como si fuéramos cochabambinos, significa una agresión perversa contra muestra identidad Camba Cruceña, por ocultar y desconocer que nos declaramos soberanos e independientes y desligados de Buenos Aires en calidad de gobierno separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, cuando el Coronel Ignacio Warnes retorna de la campaña en Chiquitos, a consecuencia de que Rondeau y el gobernador bonaerense Ignacio Álvarez Thomas decidió enviar al ex gobernador cordobés Santiago Carrera a reemplazarlo. (SANTIAGO CARRERAS: Militar argentino, (no existía argentina) que participó en la guerra de independencia de su país y ejerció como gobernador de la provincia de Córdoba. Se enroló en su juventud en el ejército, y llegó al grado de teniente coronel. Lucho contra las invasiones inglesas y se incorporó al Ejército del Norte para la primera expedición auxiliadora al Alto Perú. Lucho en las batallas de Cotagaita y Suipacha; poco después regresó a Córdoba. Fue comandante de las milicias urbanas de la ciudad de Córdoba, y en enero de 1812 fue nombrado gobernador de la Intendencia de Córdoba del Tucumán. Durante su mandato tuvo algunos conflictos con la Iglesia católica, centrados en la persecución de los padres betlemitas, cuyo superior en Buenos Aires había sido impulsor de la fracasada revolución dirigida por Martín Álzaga. Para doblegar la resistencia de estos, permitió al obispo Rodrigo de Orellana, líder de la contrarrevolución de Córdoba en 1810, retomar el mando de su diócesis. En las elecciones para los miembros de la Asamblea, por indicación del gobierno central, hizo elegir a dos porteños, Juan Larrea y Gervasio Posadas. Se enfrentó a los grupos que pedían mayor autonomía para la provincia y apoyó la continuidad de la fábrica de armamentos ubicada en los alrededores de la ciudad, que era una de las principales fuentes de abastecimiento del Ejército del Norte. Por orden del Triunvirato, realizó el censo de la provincia, que dio un resultado de 8.449 habitantes para la ciudad y 62.176 en toda la provincia. A principio de 1813 fue nombrado jefe del Batallón de auxiliares Argentinos que iría en auxilio de los revolucionarios de Chile, y que debía partir en breve. Pero en abril, al llegar la noticia de la caída de Talcahuano, se le ordenó partir con lo que tuviera. Su segundo jefe era el teniente coronel Juan Gregorio de las Heras. Entregó el mando en julio, y en seguida partió para Mendoza. Todavía estaban en territorio argentino, cuando comenzaron a notarse fricciones entre los miembros de la expedición. Pero a órdenes de Carrera cruzaron los Andes al final del invierno. Apenas llegados a Chile, fue reemplazado por Marcos Balcarce en el mando, y regresó a Córdoba. Se unió a los simpatizantes de la Logia Lautaro y fue enviado a colaborar al Ejército del Norte. No ocupó ningún cargo visible hasta que el general Manuel Belgrano fue remplazado por José Rondeau. Regresó por corto tiempo a Córdoba, donde fue elegido miembro de la primera legislatura provincial, en tiempo del gobierno federal de José Javier Días. Pero poco después regresó al Ejército del Norte y lo acompaño en la tercera expedición auxiliadora al Alto Perú. Por orden del director supremo Ignacio Álvarez Thomas, fue enviado a Santa Cruz de la Sierra, que había sido evacuada por los patriotas y aún resistía bajo el mando de Ignacio Warnes. Tanto Rondeau como el Directorio creían necesario desplazar a éste, y enviaron a Carrera para que se hiciera con el mando político de la provincia. Pero los santa cruceños se negaron a aceptar su autoridad. En respuesta, amenazó con aplastar la resistencia que se le hacía, lo que fue respondido en forma de una revolución en apoyo de Warnes, en la que fueron muertos varios de los oficiales enviados desde Buenos Aires, incluido Carrera. El jefe de la custodia de Carrera, Juan Felipe Ibarra, salvó la vida de milagro y más tarde sería el gobernador de Santiago del Estero durante treinta años. Carrera murió en Santa Cruz de la sierra a mediados de 1815. FUENTE: BIDONDO, EMILIO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN EL ALTO PERÚ, CÍRCULO MILITAR, BUENOS. AIRES. 1979). (AFIRMACIÓN FALSA DE LOS HISTORIADORES: Se aclara la equivocación e incongruencia de los historiadores, de utilizar República Argentina, pues no existió hasta el 9 de julio de 1816. FUENTE: LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). La pretensión de reemplazar a Warnes en la gobernación cruceña hizo separarse a la sociedad de 101


la nación de los pueblos cambas cruceños de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, al no hacerse caso a una comunicación emitida con la orden a Warnes de regresar a Buenos Aires para constituirse en un nuevo destino. (IGNACIO WARNES: Biografía de José Ignacio Warnes y García de Zúñiga. Historia Argentina: Diego Abad de Santillán. TEA, Tipográfica Editora Argentina. 1971, Buenos Aires, Argentina. Belgrano lo comisionó en 1813 para que avanzara por el Chaco Boreal y liberara a Santa Cruz de la Sierra, nombrándolo coronel. Warnes logró su cometido, asumiendo el gobierno en esa ciudad, teóricamente estaba sometido a la autoridad de la Intendencia de Cochabamba dentro de las Provincias Unidas del Río de La Plata, pero en la práctica se manejó con absoluta independencia. Organizó allí un ejército local, instruyendo personalmente a sus hombres y fabricando allí su armamento. Mientras el resto del ejército se retiraba a Salta, Warnes logró mantener el control de su provincia. Se mostró como un brillante organizador militar, pues creó batallones de Pardos y Morenos, de Coraceros y de Cazadores, al estilo de los de Buenos Aires. Un poco por convicción, y otro poco para equiparar al primero de estos batallones, decretó la libertad inmediata de todos los esclavos de la provincia. FUENTE: BIDONDO, EMILIO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN EL ALTO PERÚ, CÍRCULO MILITAR, BUENOS. AIRES., 1979). La República de Santa Cruz de la Sierra desde julio de 1825, se encuentra agredida por la imperialista colonizadora alto peruana República de Bolivia y por lo tanto anexada. (ANEXADO: Se usa principalmente hablando de la agregación de un país, o de una parte de su territorio, como consecuencia de una derrota, un tratado o un acuerdo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Además cozonizada y discriminada por la tergiversación tramposa y errada de los sucesos históricos que dieron origen a nuestra existencia dentro de la República Bolívar, pese a ser una sociedad formada originalmente en la gobernación del Paraguay y después separada como Mojos desde el 15 de febrero de 1560, porque venimos del resultante de la integración de 370 familias con más de tres mil a cuatro mil autóctonos, llegadas desde Asunción entre los años de 1561 y 1565. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS VIENEN DE ASUNCIÓN: A pesar de la prohibición, Chávez dirigió una nueva expedición con el objeto de establecer un punto de partida más al norte de Asunción y, en 1559 fundó Nueva Asunción, a ochocientos kilómetros de la primera. Desde allí se dirigió a Lima y consiguió que el Virrey Andrés de Hurtado de Mendoza instituyera la gobernación de Mojos en 1560, que incluía Mato Groso, Mojos y Chiquitos. El hijo del Virrey, García Hurtado de Mendoza, fue nombrado gobernador y como se encontraba en Chile nunca hizo uso de su cargo. Ñuflo de Chávez queda como teniente gobernador logrando así independizarse del núcleo asunceño y organizar nuevas expediciones. FUENTE: LA LEYENDA DORADA Y EL ORIENTE BOLIVIANO: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: PEÑA DE CASTEDO, PAULA: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 78). La innegable diferencia histórica con los del Collado de Charcas o Alto Perú, es por que ellos son el resultante de la colonización ejercida por la invasión y la liquidación del Imperio Incaico desde el Caribe y el Océano Pacífico, pero pese a ello aplican con nosotros lo errónea y dolosamente interpretación de lo dispuesto por la ley del 9 de mayo de 1825, ya que nunca fuimos argentinos ni parte del Perú, como también del Alto Perú o de la Provincia de los Charcas. Los cambas cruceños con la audiencia de Charcas, estábamos relacionados con esta audiencia en lo administrativo y jurídico, hasta nuestra integración en el virreinato del Río de la Plata en 1776 y la ley dictada desde Buenos Aires liberando a las cuatro Provincias Altas del Río de la Plata ya argentinas para decidir su destino, sólo contenía un mandato para Cochabamba, Potosí, Chuquisaca o Charcas y La Paz. (LOS TARIJEÑOS QUISIERON SER BOLIVIANOS: Los tarijeños interpretaron que la medida legislativa les alcanzaba, pero la posición del gobierno de Buenos Aires fue que Tarija era Provincia Argentina y que lo dispuesto tan sólo estaba referido a Potosí, Charcas, Cochabamba y La Paz. FUENTE: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: O’CONNOR D´ARLACH, EDUARDO: PRIMERA. EDICIÓN, AÑO 1993, PÁGINA. 185). 102


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La diferencia étnica e histórica de nuestros pueblos con los del Collado alto peruano o charqueño, ha sido y es la causa de la agresividad manejada por el poder de la metrópoli, con miras de lograr nuestro sometimiento y aculturación final y definitiva, dentro del propósito que no ha dado los resultados esperados, por nuestra condición identitaria que está resistiendo y sobrellevando la provocadora política gubernamental boliviana. Pues la fortaleza del recuerdo histórico es lo que ha conseguido hasta hoy no hacernos perder, nuestra caracterización como sociedad diferente, por mantenerse fuertemente enraizado en nuestros espíritus ese sentimiento de pertenencia de las cosas propias. La fortaleza identitaria de nuestra sociedad, posiblemente se está debilitando por la alevosa acción acometida por el poder imperialista de la metrópoli desde 1825. Transformándonos a los cambas cruceños en una patria, ocupada, por una sociedad y una cultura foránea que busca nuestra desintegración con el procedimiento de la agresión traicionera, cobarde y la dilución poblacional. Metodología común en el colonialismo incaico, europeo y mundial en la pretensión de transformarnos en una sociedad sin identificación, con personas excluidas y difusas dentro de una nación ajena que ocupa nuestros territorios, actuando con un método político que está violentando nuestras estructuras culturales y espirituales como sociedad cautiva. El presente trabajo se efectúa con la esperanza de que el razonamiento y el análisis sobre nuestro pasado histórico, distorsionado en el resultado de nuestro presente, nos lleve a luchar estoicamente por nuestro futuro y sirva para la unificación de criterios de identidad entre la sociedad Camba Cruceña que se encuentra compuesta por los departamentos del Beni, de Pando, de Santa Cruz e inclusive de la misma manera, por los territorios cautivos en los departamentos andinos y alto peruanos bolivianos. Profundizando en la investigación y la revisión histórica necesaria, para que echemos por tierra la interesada y fraudulenta simulación enseñada y de ésta manera cambiemos, la fuente histórica que ha sido la causa del estado tramposo al que nos han llevado. Los Tupíes guaraníes a modo de tribus diseminadas en las llanuras rioplatenses, amazónicas y en la cordillera de los Chiriguanos, forman la base poblacional autóctona de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños hoy cosmopolita, por ser el resultado de más 451 años de mestizaje con la española y la criolla venida desde Asunción del Paraguay en sus orígenes. La cual se encuentra reforzada espiritualmente con los inmigrantes honestos, sean del Collado del Alto Perú y de otras migraciones del mundo, con el resultado de que contemos hoy con nuestra condición de identidad abierta. El cruzamiento racial y cultural con los occidentales collas alto peruanos venidos como colonización desde 1952 en adelante, está formando en definitiva una etnia de características especiales, como resultado de la inmigración y la adaptación a la cosmovisión occidental, adoptada por nuestros padres primigenios con el signo de la redención del cristianismo, pues somos identificados con la Cruz de Jesucristo y no con otras religiones panteístas existentes en el mundo. Por lo que el avasallamiento que hemos sufrido y lo estamos soportando estoicamente, desde nuestra anexión dolosa y fraudulenta en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca es cierta, porque en esta se trató solamente sobre la independencia del Alto Perú entre el 10 y 28 de julio de 1825. En la asamblea se Chuquisaca se nos encaja en la República alto peruana Bolívar, pese a que estábamos fuera del poder colonial español desde 1810 y haber soportado un pequeño periodo de agresión de España entre 1811 y 1813 respectivamente. Como también libres y soberanos entre 1815 a 1825 de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. De la misma manera del Alto Perú por haber sufrido la agresión del ejército alto peruano en parte de nuestro territorio, hasta cuando consolidamos nuestra libertad e independencia al expulsarlos el 14 de febrero de 1825. (TRAICIÓN DE MEDINACELI CONTRA PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Cuando el Mariscal de Ayacucho todavía no alcanzó a cruzar el río desaguadero, límite entre el Bajo y el Alto Perú (falsedad histórica) y se encontraba en el Cuzco, el coronel alto peruano Carlos Medinaceli que formaba parte del ejército realista (no realista) del General Pedro Antonio de Olañeta, después de haberse separado de aquel General español, en carta fechada el 9 de enero de 1825 (anexo en el presente libro), 103


anticipó la emancipación de Charcas o Alto Perú. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 13). El hecho tramposo de muestra anexión y colonización, fue ejecutado en la asamblea de Chuquisaca, debido a la tendencia imperialista y de expansión territorial de la sociedad criolla de comportamiento dos caras del Collado charqueño o alto peruano, pues desde siempre y ancestralmente los caracteriza al ser descendientes y herederos de los imperios Aimara, Incaico y Español, y. los herederos de los imperios andinos están consolidando la pretensión de lograr nuestro sometimiento dentro de su necesidad expansionista. (AVANCE INCA HACIA LAS TIERRAS TUPÍ GUARANÍ: Bajo el reinado de Huayna Cápac se produjo un notable avance inca en el Oriente boliviano, hasta las llanuras y sábanas del Beni. Por el lado del Cuzco los incas no pudieron avanzar sobre el alto Mamoré detenidos por los temibles Anti. Al sur el Inca empezó la conquista de la montaña boscosa de Cochabamba actual Chapare (mentira histórica pues Cochabamba está sobre la cordillera) y avanzó a las llanuras del Guapay y del Chaco; conquista que fue desbaratada por las invasiones chiriguanas. FUENTE: LOS INCAS: LOS INCAS Y LOS ANDES CENTRALES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 62). La sociedad criolla española andina del Alto Perú o Charcas, de la metrópoli foránea para la nación de los pueblos cambas cruceños está agrediendo nuestra cultura, nuestras costumbres y nuestra forma de vida con un sistema de permanente subyugación y discriminación, de la misma manera como esclaviza a las naciones originarias autóctonas quechua, aimara y otras andinas, a las cuales las tienen engañadas y las utilizan dentro del manejo político y económico ilegitimo, por el poder criollo y mestizo de la metrópoli que nos tiene colonizados. Haciendo apropiación de nuestros recursos y riquezas a consecuencia del sometimiento que vino, del fraude y la utilización de una Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825 que definitivamente no nos toma en cuenta y más bien nos agrede. (¿Y LOS CAMBAS CRUCEÑOS QUE?: La Asamblea General del Alto Perú deseando acreditar pública expresiva y solemnemente su eterna gratitud, y reconocimiento inminente, justo, al inmortal libertador de Colombia y del Perú, Don Simón Bolívar, al valiente virtuoso Gran Mariscal de Ayacucho y el Ejército libertador, vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma, Sipe-Sipe y Tarata. FUENTE: PREFECTURA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA – TERRITORIO DE MISIONES O PAÍS DE LAS AMAZONAS: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2007, PÁGINA 205). Este estado de cosas debe ser resistido y detenido con la fortaleza moral y espiritual de nuestros pueblos, no escondiendo la cabeza como el Avestruz, pues esta ley del 11 de agosto solo se refiere al ejército colombiano que venció a los españoles que derrotaron a los del Río de la Plata y la Ley de Creación de Bolivia, no está incluyendo las gestas independentistas de la nación de los pueblos cambas cruceños que definitivamente, no fueron alto peruanas ni de Charcas sino netamente nuestras. (LA REPÚBLICA BOLIVAR, RECONOCE A DOS FORÁNEOS VENEZOLANOS: Creación de la República de Bolivia. Ley Constituyente del 11 de agosto de 1825 Denominación de nuevo Estado: Reconocimiento de gratitud, premios y honores al Libertador y al Gran Mariscal de Ayacucho. FUENTE: GRATIFICACIÓN AL EJÉRCITO LIBERTADOR.- PREFECTURA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 2007, PÁGINA 205). La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños se consolidó desde 1815 como república independiente, con sus territorios que abarcaban desde el río Pilcomayo al Sur llegando hasta cerca del río Amazonas al Norte. Se constituyo en república por haberse separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, como también por no formar parte de la República Argentina creada el 9 de julio de 1816 en Tucumán. Nación de los pueblos orientales cambas cruceños de origen Tupí Guaraní transformada en los cambas cruceños con sus descendientes originarios autóctonos, originarios mestizos o por adopción 104


que estamos formando una sola nación étnica. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos artificialmente separados a causa de intereses políticos de la metrópoli imperialista y colonizadora, con elementos incrustados en calidad puntas de lanza y quinta columnas, siendo este el motivo por el que debemos unificar identidad, cultura y criterio como nación diferente, cierta y determinada, con la obligación de denunciar ante el mundo esta agresión tiránica, como etnia y nación minoritaria de condición y vida diferente en el imperialista colonizador Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. Los cambas cruceños debemos fortalecer un frente único que se maneje con una estrategia común contra el poder que nos mantiene en una sujeción permanente, dirigiendo nuestra lucha hacia un cambio del esquema imperial y colonial ejercido desde el poder criollo y mestizo de la metrópoli boliviana. Debemos dejar de lado la tan dañina condición de nuestros líderes cívicos y políticos, de estar alineados hacia la entrega de los intereses regionales por ventajas sociales, políticas y económicas. Como también por el sueño utopico e imposible de alcanzar algún día desde el Oriente Camba Cruceño manejar política y económicamente al imperialista y colonizador Estado Boliviano. La única forma de mantenernos viables en el tiempo y en la historia es identificarnos con nuestro origen identitario y nuestra cultura histórica propia poniendo el ánimo con espíritu de valentía, para hacer conocer nuestra verdad ante el mundo entero. (VALENTÍA: Esfuerzo, aliento, vigor. Hecho o hazaña heroica. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Nuestros publicistas (PUBLICISTA: Autor que escribe del derecho público, o persona muy versada en esta ciencia. Persona que escribe para el público, generalmente de varias materias. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). como intelectuales narradores, deben apoyar la cruzada de reencontrarse con su propia identidad, dejando el discurso insubstancial por falta de profundización en su estudio, para colaborar en la defensa de nuestra equivalencia como pueblos diferentes, cambiando la perspectiva de nuestro futuro incierto como sociedad. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos obligados a declarar ante las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos y otras instancias internacionales nuestros derechos soberanos que fueron conculcados entre julio y agosto de 1825. Debemos denunciar que estamos soportando una agresión de violencia cruel, con la acometida política de la metrópoli imperialista colonizadora boliviana en pleno siglo XXI, dentro de una discriminación que viene por ser el territorio y nuestra colectividad, diferente a la del Collado, Provincia de los Charcas o Alto Perú. Los cambas cruceños como pueblos mantenidos en cautiverio, seguimos todavía con el ideal de que aunque somos una sociedad sometida, soñamos con un futuro de redención y unidad dentro de Bolivia, por lo que tenemos que lograr nuestra autonomía política y económica, para favorecer a los más necesitados entre nuestros pobladores con un crecimiento racional e integral. Los cambas cruceños tenemos que evitar las agresiones que al final nos obligara a ejercer el derecho universal y sagrado de la protección propia, pese a que en nuestro caso como sociedad cosmopolita, sólo buscamos la igualdad para vivir en paz y en libertad, porque es preferible morir y desaparecer luchando que vivir y desaparecer esclavizados.

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LOS TERRITORIOS DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS SON DE ORIGEN TUPÍ GUARANÍ El territorio de la nación de los pueblos cambas cruceños de origen Tupí Guaraní, presenta dos ecosistemas diferenciados dentro de un Estado artificialmente creado que nos domina, siendo uno de ellos formado por la cordillera de los Chiriguanos con elevaciones intermedias dentro de las estribaciones al lado Este de los Andes, compuesto por montes y colinas que separan los llanos rioplatenses y amazónicos de la cordillera andina. Ecosistema al Este de la cordillera de los Andes con población de origen Tupí Guaraní de la nación de los pueblos cambas cruceños, con bosque húmedo, mas la zona rioplatense y amazónica constituida por llanuras bajas y cálidas con una superficie de 684.007 kilómetros. Representando el saldo del territorio que nos quedó, por haber sido reducidos en la superficie original en la era republicana, ya que se contaba con un aproximado de 1.700.000 kilómetros cuadrados cuando nos anexaron y colonizaron. El ecosistema al Oriente de la cordillera de los Andes en Bolivia, contiene el bosque húmedo en la cordillera de los Chiriguanos, a manera de uno de los factores biológicos que inciden sobre el clima y la vegetación, desprendiendo vapor de agua y originando la niebla que impide la pérdida de calor. Se cuenta además con serranías bajas que actúan de barrera para los vientos del Amazonas que descargan en esa vertiente una elevada humedad, favoreciendo el desarrollo del bosque pluvial subtropical. Condición ecológica que forma una vegetación típica con árboles que presentan troncos gruesos alcanzando alturas expectantes y copas extensas, como el árbol del Mapajo y otros. En los llanos amazónicos se presentan puestas del sol impresionantes, como la que aparece cerca de Rurrenabaque en el curso del Alto Beni que lleva sus aguas como río Beni, hasta cuando recibe el aporte del Madre de Dios y se convierte en el Bajo Beni. También tenemos el río Iténez o Guaporé en la frontera con el Brasil entre otros. Los llanos amazónicos cuentan con un paisaje de sabana húmeda con bosques de almendros, palmeras, Cacao, Verdolaga, Estoraque y Curupaú como se ve en las márgenes del lago Gringo cerca de Limoncito en el Beni. Se cuenta también con los llanos rioplatenses en la región sudeste de la antigua República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, hoy transformado en los departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando en Bolivia. Se tiene una extensa, baja y seca planicie que en el Chaco chiquitano presenta un paisaje típico de sabana desértica, arenosa y con apenas elevaciones, con el río Negro de aguas que recorren parte de las llanuras inundables del Chaco meridional al Sur del hoy departamento de Santa Cruz, desarrollando en sus márgenes especies arbóreas de bosque bajo.

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DIFERENCIAS ENTRE LAS RAZAS ANDINAS DEL COLLAO DEL ALTO PERÚ O CHARCAS Y LA AFRO DESCENDIENTE, CON RELACIÓN A LA RAZA DE LOS LLANOS TUPÍ GUARANÍES La sociología (SOCIOLOGÍA: Según la definición del profesor paraguayo Justo P. Prieto, es la disciplina que intenta explicar la esencia de la sociedad, lo que es social, su génesis, su evolución, juntamente con las leyes y fenómenos de la causación social. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO SÉPTIMO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 494) es la ciencia que estudia, describe y analiza los procesos en la sociedad, buscando comprender las relaciones de los hechos sociales por medio de la historia. Luego es la que ayuda para entender en nuestro caso, la separación de la etnia de la nación de los pueblos cambas cruceños, con relación a la de los del del Collado de Charcas o Alto Perú, porque entre ellas se presentan disparidades en el espíritu, con psicologías contrarias como consecuencia de la influencia de la naturaleza misma, por ser el resultado de encontrarnos asentados en dos extremos geográficos diferenciados. El primero es causado por la influencia de la cordillera de los Andes que es delimitada con el segundo, o sea el de los llanos rioplatenses y amazónicos por la llamada cordillera de los Chiriguanos. El individuo es el resultado del medio donde se desenvuelve y en consecuencia, los vivientes en el Collao andino por la influencia del frío, la nieve, la piedra y su pasado mitológico son el producto creado con un alma tosca y ruda, en cambio los de la nación de los pueblos cambas cruceños de los llanos amazónicos y rioplatenses, más la cordillera de los Chiriguanos por el calor benigno del clima y una naturaleza magnánima que Dios puso en nuestras pampas y selvas, con las flores y el verdor que es vida, nos lleva a una situación que nos hace seamos desiguales. Los cambas cruceños con los collas del Alto Perú somos diferentes, porque surgimos además de otros antecedentes culturales que nos ocasiona sentirnos una nación y patria propia y determinada. (NACIÓN CAMBA CRUCEÑA: Nación considerada como unidad histórica, a la que sus naturales se sienten vinculados. Tierra natal o adoptiva a la que se pertenece por vínculos afectivos, históricos y jurídicos. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Entonces nos preguntamos. ¿No es la naturaleza misma la encargada de determinar nuestra separación y demostrar que nos encontramos a mucha distancia en el destino entre nuestros pueblos?. (MODESTO SAAVEDRA: Toda esa mi peregrinación en el Paraguay y en la ciudad de Buenos Aires no es fruto, pues, sino de mis inquietudes patrióticamente cruceñistas. Y es que en mi conciencia, no reside la verdad de un odio, sino la realidad de 107


un destino nacional concebido a raíz de nuestra miseria y abandono. FUENTE: DOS NACIONALIDADES – APÉNDICE: POR QUE FUI A LA GUERRA, TRIBUTO A UNA IDEOLOGÍA: SAAVEDRA, MODESTO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1937, PÁGINA 165). La ubicación de los pueblos originarios autóctonos la encontramos en el mapa esquemático de la distribución regional de las distintas tribus y etnias que conviven en el territorio hoy boliviano, donde tenemos las andinas que forman las etnias incaicas que pese a su espacio territorial reducido, destacan por su mayor número de habitantes, formada con las naciones de los quechuas, aymaras y otras menores de origen andino al Oeste. En cambio al Este (Oriente) en los llanos amazónicos y rioplatense, tenemos las tribus de los chiquitanos, guarayos, guaraníes y otros como componentes de una sola nación o sea de la etnia Tupí Guaraní. La actual población boliviana en la zona del Collado de Charcas o Alto Perú mantiene una etnia, formada por las razas originarias autóctonas que vienen por la corriente del Norte y se expandieron en la cordillera de los Andes, integrada hoy por un mestizaje genético y cultural de los aimaras, quechuas y otros con los españoles, cuya población autóctona son llamadas indígenas como resultado del uso de la palabra indio por error original del invasor español. (MESTIZAJE GENÉTICO: Cada uno de los grupos en que se subdividen algunas especies zoológicas y cuyos caracteres diferenciales, que son muy secundarios, se perpetúan por generación. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). (RAZA: El concepto actual que se tiene de raza es de un conjunto de organismos o población genéticamente diferenciado en el seno de una especie, con caracteres de tipo hereditario y no adquiridos en el medio. Lo que hace pensar que todos los seres humanos somos iguales genéticamente aunque nos diferenciamos en el fenotipo, como características que están a la vista. Podemos tener más diferencias con una persona de nuestra raza que con una persona de diferente raza. Se sabe que la división en razas de la humanidad es una idea falsa. Lo que nos distingue son las diferentes etnias que se han creado a lo largo del tiempo. FUENTE: RINCÓN DEL VAGO). Pretender hablar de pureza racial Quechua, Aimara y Tupí Guaraní como expresan ciertos grupos andinos en Bolivia, se constituye en una apreciación hasta cierto punto equivocada, pues si se analiza los casi 518 años de la colonización española por el Caribe y el Océano Pacífico, como los 450 años por el Río de la Plata y por el Océano Atlántico, por simple cálculo matemático vemos que los genes ibéricos, su cultura, sus apellidos y su religión, se diseminaron en gran proporción entre la población andina, como también en la de los llanos en la llamada América Morena o española. Los casi 500 años de ingerencia racial y cultural foránea en las Américas y en los Andes bolivianos, lleva a que los autóctonos sean llamados indígenas como resultado de la palabra indio. (INDIO: De la India Asiática o de las indias americanas. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO CUARTO 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 392). Constituyendo este hecho un grave error de apreciación que persiste en el tiempo, pues designar tanto a los originarios autóctonos caribeños como a otros pueblos del mundo con el vocablo indio, que es debido al cambio del término llevado en su aplicación hacia un nuevo referente a través de la historia (polisemia). (POLISEMIA: Palabras polisémicas son las que con un significante podemos referirnos a más de un significado. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO VOX: EDITORIAL BIBLIOGRAF. SOCIEDAD ANÓNIMA: AÑO 1970, PÁGINA 2796). La etapa del mestizaje andino. (MESTIZAJE: En lo genético humano, resultado de la convivencia mixta y de impulsos naturales, el cruzamiento de razas que suelen encontrar su causa próxima o remota en los fenómenos históricos de las emigraciones y conquistas. El conjunto de los que nacen de padres y madres con diferencias raciales, y por ello expresión de nuevos ejemplares étnicos. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: GUILLERMO CABANELLAS: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN: AÑO 1996, PÁGINA 403). 108


El mestizaje contempla diferentes tiempos y así tenemos que el siglo XVI, es el de los españoles cuando inician la conquista en los Andes mayormente, influenciando también en los llanos rioplatenses y amazónicos con escasa población en su ingreso desde los ríos de la Plata y el Paraguay. Luego tenemos el siglo XVII que lo catalogamos como el de los criollos, por la diseminación de los hijos de los colonizadores y el cruzamiento con los autóctonos andinos y de los llanos y el siglo XVIII en adelante, es catalogado como el tiempo de los mestizos, pues ya a fines de este siglo alcanzaban en toda América el número de 5.310.000 personas, que sumados con los españoles y criollos con una cantidad de 3.276.000, sobrepasaban a los autóctonos andinos que contaban con sólo 7.530.000 individuos, según el computo de Humboldt y con este censo, se demuestra que entre los blancos y mestizos se contaba en el lado influenciado por los Andes con el 53,28 por ciento de la población en ese entonces. Los autóctonos andinos eran minoría a nivel del territorio de la cordillera y por la costa del Océano Pacífico. (RELACIÓN POBLACIONAL A PRINCIPIOS DEL SIGLO XVIII: Según el cómputo de Humboldt, a fines del XVIII, había en América 16.902.000 habitantes de los cuales 3.276.000 eran blancos, 7.530.000 eran indios, 5.310.000 mestizos y 780.000 negros. A principios del siglo XVII, y el Perú (Alto y Bajo). en 35.500.000 leguas cuadradas de extensión, contaba con 1.300.000 habitantes sin tomar en cuenta las tribus salvajes. FUENTE: ESTADÍSTICAS: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 288). El cómputo de Humboldt verifica que la población del Bajo y Alto Perú, contaba con 1.300.000 habitantes a comienzo del siglo XVIII y que ya en el siglo XIX específicamente o sea en 1825, estaban asentadas en las cuatro provincias del Alto Perú entre todas las capas raciales más de 1.000.000 de personas. (FALSEDAD MANIFIESTA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: Ignorando que se hubiese instalado allí un Congreso de las provincias que han querido reunirse, e incierto el partido que debía abrazar para impedir la disolución y la anarquía, pensé que debía entregar el país a sí propio para organizarse a la sombra del Libertador y del Ejército Unido, encontraba que allí cada provincia tenía su legislatura propia soberana y hasta ahora independiente, y juzgué que cinco provincias con más de un millón de habitantes componiendo la mayor parte de la población de aquel virreinato, eran bien dignas de formar una asamblea propia que proveyese a su conservación. FUENTE: MEMORIA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 98). Antonio José de Sucre estimaba esta población de más de un millón, cuando juzgó y pensó crear la República del Alto Perú, invadiendo el territorio de las Provincias Altas del Río de la Plata ya argentinas o Provincia de los Charcas. Además incluir el territorio no alto peruano de la nación y república de los pueblos cambas cruceños que 109


eña.

estaba soberana, separada, independiente y rebelde de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815. Por esto totalmente fuera de la República Argentina y no como afirma Antonio José de Sucre para justificar su anexión al proyecto del Alto Perú. (JUSTIFICATIVO UTILIZADO PARA INVADIR EL ALTO PERÚ: Repentinamente fui sorprendido con la invasión de las tropas de dicho general al departamento de Puno: entonces mi deber me señaló que la defensa del Bajo Perú exigía no tener más límites territoriales que la destrucción total de los enemigos en cualquier parte que estuvieran en contacto con nosotros. Marché a la cabeza de algunos bravos, y, colocado al Sur del Desaguadero, experimenté más que nunca que mis respetos políticos de traspasar los antiguos límites del Perú eran tan fundados cuanto que mi posición iba a complicarse con negocios fuera de mis alcances. No me es deshonroso, señores, confesar que mi educación es la de un soldado, y que apenas conozco los negocios políticos. FUENTE: MEMORIA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: ASAMBLEA DE CHUQUISACA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 98). El Alto Perú como parte del virreinato del Río de la Plata estaba integrado por las siguientes intendencias, Cochabamba, Chuquisaca o también llamada Charcas, La Paz, Potosí y supuestamente Puno que fue derivado a la jurisdicción del Cuzco, cuando se creo la cancillería o audiencia de Charcas. Luego si hacemos referencia a la falta de salubridad y a las malas condiciones de vida de los autóctonos, tenemos que por la excesiva mortalidad, nos lleva a estimar que ésta población boliviana andina en 1825, definitivamente era muy inferior al 46,72 por ciento con que se contaba según el censo de Humboldt, por las condiciones adversas para el crecimiento poblacional de la capa originaria autóctona en los Andes, desarrollada dentro de una esclavitud perversa tanto incaica como española. Demostrando que este porcentaje se desenvolvió favoreciendo el crecimiento del mestizaje que ya desde el censo de Humboldt, contaba con un 32,95 por ciento y el criollaje con un 20,33 por ciento y si se efectúa un simple análisis de crecimiento de los grupos, con un incremento y decrecimiento racional de cada uno, tenemos que el mestizo aumenta en más del 40 por ciento y el criollo en más del 30 por ciento, que unificados por el proceso de mestizaje en los tiempos republicanos, se estima que están entre 67,28 a 70 por ciento o más y el grupo autóctono andino de aimaras y quechuas en este caso, no sobrepasaría del 30 al 32,72 por ciento e inclusive menos. El caso del Tupí Guaraní rioplatense y amazónico, puede ser mucho menor en su crecimiento por su baja tasa de natalidad y mayor mortalidad infantil y general, pero esta situación no es claramente incidente dentro de esta capa poblacional originaria autóctona, con relación al total de los habitantes de la nación de los pueblos cambas cruceños en Bolivia, pues no sobrepasaban alrededor de las 141.023 personas según el censo de población de 1992, pese a que ya en el censo del 2001 se los califica dentro de una población estimada en 300.000 habitantes. (POBLACIÓN ORIENTAL CAMBA CRUCEÑA: Contemporáneamente y por datos del censo de población y vivienda de 2001, se calcula que en el Oriente boliviano hay una población de cerca de 2.000.000 a 2.500.000 de habitantes, de los cuales podemos presuponer que aproximadamente 1.800.000 es Camba y de estos 1.800.000, unos 300 mil son originarios (autóctonos) o se identifican como tales (o sea, pertenecientes a una etnia nativa del oriente), los otros 1.500.000 habitantes son cambas mestizos, aun con circunstancias de su identidad Camba. Cuando muchos de estos no hayan asumido conscientemente por diversos motivos. FUENTE: PUEBLO, NACIÓN Y NACIONALISMO: PINTO MOSQUEIRA, GUSTAVO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2007, PÁGINA 78). El análisis poblacional demuestra que el grupo mayoritario en la actualidad es el que viene como resultado del mestizaje del autóctono con el español en grados diversos, por los efectos catastróficos negativos contra la población originaria inicial (ORIGINARIO: Perteneciente al origen de las cosas. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) o autóctona que está agravada por la pobreza generada. Influyendo en la disminución del grupo humano en esta capa social que está integrando la actual población boliviana y llevándo en consecuencia al ascenso de una población criolla y mestiza, racial o cultural que habita en su mayoría en las áreas urbanas 110


y en la actualidad se constituyen en las clases medias emergentes. El censo poblacional de 1992 dentro de un concepto racional de crecimiento poblacional, debe encuadrarse en que los autóctonos andinos no sobrepasan las 2.000.000 personas o quizás son menos. No manejarse el cálculo del Instituto Nacional de Estadística, con una estimación de ser mayoría dentro de los habitantes del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, por la demostración de que la mayoría de la población es criolla y mestiza ya sea genético como cultural por llevar apellidos españoles. (GRUPOS ÉTNICOS BOLIVIANOS: La Población actual está integrada por tres grupos étnicos principales: Los indígenas habitantes originarios de la región (autóctonos), los cholos o mestizos y los blancos, descendientes directos de los colonizadores. FUENTE: GRUPOS ÉTNICOS Y DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN: ESTIMACIÓN PARA EL AÑO 2000 SEGÚN EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA: CUADRO: ENCICLOPEDIA DE BOLIVIA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: COUSTÉ, ALBERTO; GIL, ANTONIO Y TORRAS, DANIEL PÁGINA 242). El mestizaje del pueblo boliviano es claro y contundente de que no es solamente plurinacional de originarios autóctonos, como se pretende dar a conocer a nivel internacional, sino que se es netamente mestizo, pluricultural y mezclado, formado por tres naciones diferentes como son la de los pueblos cambas cruceños, la de los collas charqueños o alto peruanos y la de los descendientes de africanos. La demostración de la mayor población mestiza existente racial, cultural o lingüística americana nos lleva a analizar como ejemplo, algunos personajes del pasado y del presente de la historia andina e inclusive de la de los llanos, conceptuados supuestamente originarios indígenas o campesinos puros y para ello tomaremos a ciertas personas destacadas dentro de la política y la lucha independentista, que sobresalieron y hoy lo hacen dentro de sus respectivas sociedades. El primer ejemplo que vamos analizar se refiere a Alejando Celestino Toledo Manrique ex presidente de la República del Perú de supuesto origen indígena y campesino, pero que no es ninguna de las dos cosas en concreto, pues no es indígena al ser un mestizo genético o cultural por llevar apellidos españoles. Tampoco es campesino pese a que nació en una aldea o caserío de la provincia ancashina de Pallasca que en ningún momento puede ser considerado campo, aunque en su partida de nacimiento se hizo constar la localidad de Cabana que es ciudad desde 1964 cuando se presentó el proyecto de Ley a la Cámara de Diputados. Se aclara que Alejandro Toledo definitivamente pierde toda condición de campesino cuando tenía cuatro años, pues sus padres decidieron abandonar la agricultura y el pastoreo de subsistencia con lo que malvivían en esta comarca de las estribaciones andinas, emigrando a la ciudad costera de Chimbote como la más populosa del departamento de Ancash y por lo tanto, ingresa al tipo de la línea de mestizo de ciudad que es condición racial muy extendida en el Perú como también en Bolivia y en toda Hispanoamérica, porque somos mestizos en mayor o menor grado como elementos originarios no autóctonos. El segundo personaje de la línea andina que vamos a examinar es a Juan Evo Morales Ayma actual Presidente del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, de supuesto origen amerindio y que sus lenguas son el aymara y el español pero domina mejor este último. 111


Por lo cual tenemos que con sus apellidos españoles como el de Morales, es de origen procedente de Cantabria que se extendió por toda la península Ibérica y las Islas Canarias. Así como también el apellido Ayma es de origen catalán, demostrándose que es mestizo en diferente grado y no indígena puro, como se pretende inducir a nivel nacional e internacional por estar fenotípicamente dirigido hacia la raza madre autóctona. El señor Evo Morales Ayma no es campesino pese a que nació en Isayavi en el departamento de Oruro y se crió en el seno de una familia, supuestamente indígena productora de papa y criadora de llamas. De niño trabajó la tierra y fue pastor de llamas, pero a los 13 años o sea en 1972 perdió esta cualidad, cuando se traslada a Oruro para hacer la secundaria y mientras estudiaba trabajó como ladrillero y panadero, pasando en consecuencia a ser parte de la clase social de mestizo de ciudad. Sin embargo no llegó a finalizar la secundaria y con 17 años hizo el servicio militar y al terminarlo se ganó la vida tocando la trompeta en una banda de música, por lo que tenemos que de labrador o campesino pasó a ser trabajador citadino. En consecuencia Juan Evo Morales Ayma al igual que Alejandro Toledo, ingresa al tipo de mestizo en mayor o menor grado como todos los americanos – hispanos, por ser el resultado de la colonización española, como condición étnica y racial muy extendida en la parte andina y sobre la costa del Océano Pacífico, como de igual manera en los llanos amazónicos y rioplatenses en América del Sur. El razonamiento de indio y campesino genético o cultural nos lleva a analizar a Pablo Zárate Willka de origen supuestamente indígena aimara que nació en Imilla – Imilla de la provincia Aroma en el departamento de La Paz, tiene nombre y apellido españoles al llamarse Pablo y apellidarse Zárate con información de su heráldica, de su historia y de su genealogía. Este apellido Zárate se considera de origen vizcaíno como el lugar donde radicaron los antiguos solares de este apelativo, con linaje que ha producido muchos varones en las armas, donde cabe destacar a don Diego de Zárate a quien el Emperador Carlos V le concedió las armas que quedan representadas como costa por Real Privilegio. Por lo tanto Pablo Zarate Willka al igual que Alejandro Toledo y Evo Morales, ingresa a la categoría de mestizo como condición racial, cultural y lingüística. Los tres personajes examinados líneas arriba son mestizos de originarios autóctonos con el español en América, pero vamos a analizar ahora a Jorge Medina Barra que es descendiente de africano, por lo tanto de origen de ese continente. Así como también por asentamiento e historia es de origen yungueño por haberse originado y nacido en la comunidad de Chijchipa – Municipio de Coroico – Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz. 112


Este señor Medina Barra lleva definitivamente apellidos españoles, pues el Medina proviene de una palabra de origen hebreo españolizada que significa país y asimismo en lengua árabe significa ciudad y este apellido, fue influenciado por la invasión de los Moros en España. El señor Medina Barra congresista del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, es un mestizo por el resultado del esclavismo de gentes negras traídas de África, no por los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños de ninguna manera. Este ciudadano yungueño boliviano confunde la existencia de discriminación en el Oriente porque no es cierta, pero sí como situación perversa fue y es cierta con ellos y con los originarios autóctonos e incluso originarios mestizos andinos en la sociedad colonial de los Andes bolivianos, tanto en la era prerrepublicana y republicana inclusive. Medina Barra al sentirse discriminado presentó el proyecto de Ley Pedro Andaverez Peralta de lucha contra la discriminación social, el racismo, la xenofobia, la homofobia y toda forma de exclusión social, con lo que definitivamente tiende a reivindicar una discriminación contra los pueblos indígenas y los afro descendientes del Occidente del Collado ejercida por los criollos alto peruanos o del Charcas Boliviano. La supuesta agresión intolerante de las gentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, contra su raza esclava y discriminada que inclusive no se les permitía como a los originarios autóctonos del Collao y a la gente mestiza del campo en el occidente alto peruano, pasar por la misma vereda de los mestizos citadinos, por los criollos en las ciudades andinas bolivianas. El señor Pedro Andaverez Peralta es otro descendiente de origen tanto angoleño como yungueño, natural de Coripata y avecindado en el cantón Chicaloma de la provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz. Luchó durante la Guerra del Chaco (1932 – 1935). Lleva apellidos españoles pues Peralta es un apellido de origen vasco, como bien se dice es originario de Navarra, una de las siete provincias vascas y el apellido de su padre que es Landaveri es de origen español, aunque el de Andaverez que actualmente lleva por paterno es de origen desconocido y no africano. Los personajes originarios autóctonos andinos que seguimos analizando nos llevan a José Gabriel Condorcanqui Noguera o Tupac Amaru II, nacido el 19 de marzo de 1738 en el pueblo de Surimana distrito de Tungasuca Provincia de Canas en el Departamento del Cusco, era el segundo hijo de Miguel Condorcanqui y de Rosa Noguera y descendiente por línea materna de Tupac Amaru I, último soberano Inca de quien adoptó el nombre. José Gabriel al fallecer su hermano mayor quedó como único y legítimo heredero de los curacazgos de Surimana, Tungasuca y Pampa Marca. Siendo educado por los jesuitas en el colegio de curacas de San Francisco de Borja en el Cuzco. Este héroe peruano que luchó contra los colonizadores españoles, era mestizo por llevar el apellido español de su madre de origen aragonés y no fue campesino por haberse educado en la ciudad del Cusco. Luego tenemos a Micaela Bastidas de origen quechua – afro, por sus padres que se llamaron Manuel Bastidas y Josefa Puyuqawua, fue mujer de Tupac Amaru II y nació en Tamburco en 1745, falleciendo en el Cusco el 18 de mayo de 1781. Josefa fue Prócer y mártir de la independencia peruana, quien al ejecutarse su sentencia enunciara su clara posición política y su conciencia independentista, declarando que por la libertad de mi 113


pueblo he renunciado a todo y no veré florecer a mis hijos, ella es mestiza pues su apellido es de origen catalán. Las llanuras de los Tupí guaraníes en Bolivia se encuentran en la actualidad, mestizadas en mayor o menor grado con elementos tantos quechuas y aimaras inmigrantes, de la misma manera con elementos poblacionales de todo el mundo que emigran hacia nuestra heredad territorial, como condición que no es muy diferente entre la nación de los pueblos cambas cruceños con los de la nación de los collas alto peruanos o charqueños que son el resultado mestizo del originario autóctono, como condición determinada y común para toda la América Hispana. Pasando a analizar a los personajes de los llanos, tenemos a Bonifacio Barrientos Iyambae descendiente de español y originario de Tupí Guaraní que ahora, es reemplazado por su hijo Bonifacio Barrientos Cuellar que a conseguido la creación del área protegida del Alto y Bajo Isosó. Estos personajes llevan apellidos españoles pues el Barrientos es de origen tanto portugués como español y el Cuellar es de origen catalán.

LOS TUPÍ GUARANÍES CHIRIGUANOS

EN

LA

CORDILLERA

DE

LOS

El conocimiento que se tiene por los cronistas coloniales y contemporáneos sobre las migraciones en la cordillera de los Chiriguanos, demuestra que como elemento geográfico y de población, los Ava guaraní se constituyeron en frontera natural de dos pueblos diferentes y son, los asentados en la cordillera de los Andes, con los que están establecidos en esta cordillera de los Chiriguanos y en los llanos amazónicos y rioplatenses. Entre los asentados en la cordillera de los Chiriguanos como también en las llanuras amazónicas y rioplatenses, tenemos a los pueblos de la cultura Chané que pertenece a la familia lingüística arawak que se desplazaron por toda Sudamérica desde las islas del mar Caribe. Luego tenemos a los Guaraní que como familia se extienden por toda la amazonía, el Orinoco, las Antillas y el Norte de Colombia, asentándose hace alrededor de 2500 años en los territorios de las actuales regiones de Santa Cruz de la Sierra, Brasil, Paraguay, Argentina y Uruguay. En la gobernación y República de Santa Cruz de la Sierra estos pueblos Tupí guaraní, ocuparon el sector occidental del Gran Chaco y en la República Argentina parte de las provincias de Salta y Jujuy. Entre los siglos XIII y XVI llegaron hasta su región de asentamiento definitivo, oleadas de Guaraníes llamados Chiriguanos en lengua Quechua, quienes tras derrotar a los Chane los convirtieron en sus socios menores. Las familias de ambos pueblos desarrollaron un tipo particular de vida asociativa que se reconoce a sí misma como los Tupí (TUPÍ: Dícese de cada uno de los indios que dominaban en las costas de la Guayana francesa y brasilera al llegar allí los portugueses. FUENTE: DICCIONARIO OCÉANO: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). Guaraníes. (GUARANÍ: Dícese del individuo de una raza que se 114


extiende desde el orinoco al río de la plata. FUENTE: DICCIONARIO OCÉANO: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) aunque predomina en la literatura la denominación en lengua quechua Chiriguano – Chané y los Tupí guaraníes se asentaron: 1. En el Este del Perú con los pampa en el Alto Xingu. 2. En la Bolivia oriental con los Mojos y los Baures. 3. En la zona oriental del río Guaporé y en el centro del Mato Grosso con los Paressi. 4. En las sierras sub Andinas y orientales de las provincias de Salta y Jujuy. Las cumbres que se convierten en más bajas serranías y algunas lomadas, es donde comienza casi abruptamente la gran extensión chaqueña chiquitana y salteña y al sur; los arawak se expandieron hasta el Alto Paraguay con los Guaná, llegando hasta el Chaco centro occidental ya en territorio Argentino y punto final de su expansión, con las migraciones poblacionales que se dirigieron al lado andino de los aimaras y los quechuas. En los llanos los Tupí se unieron con los pueblos Guaraní venidos del Brasil y Paraguay, entre ellos tenemos también a los Chané – Arawak llegados desde el Caribe. Manteniéndose en su resultado étnico de guaraníes, ancestralmente una permanente confrontación con los pueblos de los Andes por la dominación estratégica de este espacio territorial llamado Chiriguanía. (CHIRIGUANÍA: Esta región constituye el límite natural que divide el Oriente Boliviano de las tierras altas: corre a lo largo de las últimas estribaciones de los Andes desde la frontera argentina en el Sur hasta el Perú en el Norte. Ha tomado su nombre del principal grupo indígena los chiriguanos, grupo guaranítico que emigró a estas tierras desde el Paraguay y Brasil. FUENTE: LOS ASENTAMIENTOS CULTURALES EN EL ORIENTE BOLIVIANO: LA CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: PAREJAS MORENO, ALCIDES: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 39) El nombre de esta rama de lenguas macro Tupí, proviene de las tres históricamente más importantes como el Tupí y el Tupinambá que en su versión criolla, se denominó de “ñe´engatú o idioma Guaraní” es actualmente la lengua oficial en el Paraguay con varios millones de hablantes. Los tupinambá vivían a lo largo de la costa, con la mayor parte de la población en lo que actualmente es el área de Río de Janeiro y algo más al Norte, cuyo grupo fue el mayor de las tribus autóctonas con el que contactaron inicialmente los portugueses, pues su lengua alcanzaba tal extensión que durante los siglos XVI y XVII se llamó simplemente brasiliano. El nombre Tupinambá aparece hacia el siglo XVIII y fue, el sacerdote José de Anchieta (1595) quien documentó extensivamente el estudio más antiguo de esta lengua, señalando que se trataba de la lengua más usada a lo largo de la costa del Brasil, superando en el primer período de la colonización al portugués. El tupinambá ha sido una importante fuente de préstamos léxicos al portugués del Brasil y al habla Camba Cruceño, especialmente en lo que respecta a la flora y la fauna, varias de esas palabras se han difundido masivamente a otras lenguas y entre ellas tenemos, tapioca (typy ók-a), jaguar (jawár–a), mandioca (maní ók-a), tucán (tukán-a) y tapir (tapir-a), etc. Los guaraníes vivían al Sur de lo que ahora es San Paulo, fueron el grupo más amplio con el que 115


los exploradores españoles tuvieron contacto en la costa Este de América del Sur y el antiguo guaraní documentado y descrito por Antonio Ruiz de Montoya en 1639, a diferencia del Tupí y el Tupinambá no es una lengua extinta, sino que con el tiempo ha llegado a ser una de las mayores lenguas autóctonas de América, contando en la actualidad con más de cinco millones de hablantes en 2009 y el Tupí propiamente dicho estaba estrechamente relacionado con el Tupinambá, aunque comparte con el guaraní la ausencia de consonantes finales. Los Tupí vivían en el área de lo que ahora es San Paulo, en el área de San Vicente y en el curso alto del río Tieté. La forma criolla de esta lengua se llamó lengua general paulista, y en la actualidad el Tupí a diferencia de la versión del tupinambá o nye’ engatú es una lengua extinta. La región de los chiriguanos tiene una expansión territorial aproximada que está comprendida entre los 11 grados de Latitud Norte hasta los 25 grados de Latitud Sur. Por el Oeste mediante una línea desigual va de Norte a Sur con 72 grados, 67 grados y 64 grados de Longitud y por el Este, otra línea desigual con 70 grados, 62 grados y 63 grados de Longitud. La cordillera de los Chiriguanos que es definidamente perteneciente al territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, desprendida de la Gobernación del Paraguay en 1560, después de 23 años como gobernación de Mojos. Pueblo, Nación y República colonizada fraudulentamente en la asamblea de Chuquisaca, como resultado de la sesión del 28 de julio de 1825. Así como también, por la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto del mismo año y el Decreto del 23 de enero de 1826, pese a estar constituida en soberana, libre e independiente. El límite natural y político con el Perú desde la primera invasión de conquista por el Imperio Español con la llegada al territorio de Moxos, nos incluye dentro del Virreinato del Perú como a todos los pueblos del Sur de América hasta 1776, cuando se crea el Virreinato del Río de la Plata. En 1560 García Hurtado de Mendoza fue nombrado por su padre, gobernador de las áreas donde Ñuflo de Chávez fundó Santa Cruz de la Sierra el 26 de febrero de 1561. Así como de La Barranca o Nueva Asunción el primero de agosto de 1559, quedando Ñuflo de Chávez como teniente gobernador. (INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: La intendencia de Santa Cruz de la Sierra no pasaba por el Este el Oriente del río Parapetí, lo mismo que en tiempo de Andrés Manso y Nufrio de Chaves. Pruébase ello con 116


la propia declaración del intendente de Santa Cruz, Don Francisco de Viedma, el cual informa el 15 de enero de 1788 en una memoria presentada al Virrey que el Parapetí, es de San Miguel de Chiquitos y antiguamente se llamaba Condorillo. FUENTE: INTENDENCIA DE SANTA CRUZ: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 153). Al morir Andrés Manso en 1564 Ñuflo de Chávez quedó como gobernador de la gobernación de Manso, reunida como de Santa Cruz de la Sierra e integrada entre ellas la de Moxos, como que a partir de 1570 pasó a designarse a estos territorios cercanos Santa Cruz de la Sierra, pues el 30 de noviembre de 1592 al ser nombrado gobernador Lorenzo Suárez de Figueroa se incorporó la Provincia de Moxos. El año 1563 por una Real Cédula del 29 de agosto, la audiencia de Charcas que fue fundada en 1557, con un distrito de cien leguas de tierra alrededor por cada parte de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, Fue aumentada con las gobernaciones de Tucumán, Juríes, Diaguitas y la provincia de los Moxos y Chunchos, como también por las tierras y pueblos que tenían en conflicto Andrés Manso y Ñuflo de Chávez. Además con todos los territorios que se poblaren en aquellas partes en la tierra, desde la ciudad La Plata hasta la ciudad del Cuzco quedaban sujetas a dicha Audiencia de los Charcas. Los sacerdotes jesuitas en 1675 con Pedro Marbán y Cipriano Barase comenzaron a evangelizar a los pueblos autóctonos que se encontraban en las llanuras entre los ríos Mamoré y Guapay partiendo desde Santa Cruz de la Sierra. En 1682 fundaron la misión de nuestra Señora de Loreto y poco después la de la Santísima Trinidad a orillas del río Mamoré. Posteriormente fundaron otras doce reducciones más como ser San Javier, San Pedro, Santa Ana, Exaltación, San Ignacio, San Borja, Reyes, Magdalena, Concepción, San Simón, San Joaquín y San Nicolás. Los jesuitas fueron expulsados en 1767 y existieron dos pueblos cercanos a Santa Cruz de la Sierra como son el de los Desposorios o Buenavista, poblado por chiquitanos y el de Santa Rosa que en conjunto eran administrados por los jesuitas y se hallaban fuera de su distrito. Lo que no parece que haya sido posible en esta provincia, era manejarse con un solo idioma, pues se necesita saber á lo menos ocho formas de habla para recorrerla toda y son: 1.- Los pueblos de Loreto, Trinidad, San Xavier y San Ignacio que hablan la Moxa. 2.- En Concepción, San Joaquín, San Martín, San Nicolás, Baures y en San Simón se habla la Mure. 3.- En Santa Ana y San Borja, la Mobima y en este último pueblo algo de la Mure y la Ocorona. 4.- En San Pedro la Caniciana y en la Exaltación la Cayubaba. 117


5.- En los pueblos de Magdalena la Itonama y en los de Reyes la Maracani. Las hablas que se manejan en pueblos diferentes son estas, pero están dentro de una sola Nación Tupí guaraní según la descripción de Cosme Bueno sobre la Gobernación de Moxos. El decreto del rey del 25 de julio de 1771 declaró que los gobernadores de Mojos y Chiquitos estén a las órdenes del de Santa Cruz de la Sierra, hasta tanto este Consejo examine la materia y se proponga lo que se gradúe más conveniente, lo cual fue comunicado por el virrey a los corregidores recién el 3 de julio de 1775. El historiador Cosme Bueno en su obra de 1771 da la descripción del Obispado de Santa Cruz de la Sierra y definió los territorios que comprendían la parte del Norte con la provincia Moxos, la cual cuenta con el río Iténez o Guaporé. Hacia el Sudeste interpuestos muchos bosques con la provincia de Chiquitos, por el Sudoeste corre la cordillera de los Chiriguanos detrás de la cual está la provincia de Cochabamba, por el Oeste con las misiones de Apolobamba mediando el río Beni que Baña o inunda esta provincia influenciada por tres caudalosos ríos fuera de otros menos considerables. La jurisdicción de la gobernación y después provincia de Santa Cruz de la Sierra comienza de la siguiente forma, tenemos el primero de los ríos que es el Mamoré que tiene su origen en la cordillera y su curso es la que divide esta provincia de la de Cochabamba, que primero corre al Oriente y revuelve al Norte en cuya dirección recibe otros muchos ríos, entre ellos el San Miguel y el Río Grande o Guapay que dan una gran vuelta por la parte oriental de Santa Cruz. El segundo es el Iténez que también llaman Guaporé que nace al poniente de la laguna de los Xarayes, en las serranías que caen al Norte de la provincia de Chiquitos y su dirección es Sudeste – Noreste, recibiendo en su curso algunos otros y entre ellos el río Baures que junta sus aguas al Mamoré al fin de esta provincia, las que se aumentan más al Norte con las del río Beni y desde donde toma el nombre de río Madera. El tercero es el río Beni en la parte oriental y forman sus primeros raudales con las aguas del río La Paz y las de la provincia de Sica-Sica que se aumentan con las del río de los Locos, Tuichi y otros que le entran de las misiones de Apolobamba, con dirección al Nordeste y dividiendo estas naciones de la provincia de Moxos. Pasando de inmediato al pueblo de Reyes y caminando muchas leguas, recibe otro gran río por el poniente con el nombre de Paraboré o río de Castola, entrando en el Mamoré o Iténez juntos, tomando el nombre de río Madera que como se ha dicho va a desembocar al Marañón. Estos tres ríos son navegables en canoas y balsas casi desde sus orígenes y la provincia se compone de tres partidos que son Mojos, Baures y Pampas. El primer Partido de los Moxos comprende a una y otra banda del Mamoré. El segundo partido está en la parte oriental del Mamoré y el tercer partido que es el de Pampas está en la parte occidental de dicho río Mamoré, donde la Real Cédula del 15 de setiembre de 1772 dispuso que las Misiones de Moxos, quedasen a cargo de un corregidor y a partir de 1776 el territorio quedó incluido dentro del nuevo Virreinato del Río de la Plata. El tratado de San Idelfonso entre España y Portugal en 1777, fue el que fijó en sus artículos X y XI los límites en la zona de Moxos. (TRATADO DE SANTO 118


IDELFONSO 1777: ART. IX: Desde la boca o entrada del Igurey seguirá la raya, aguas arriba de este, hasta su origen principal; y desde él se tirará una línea recta por lo más alto del terreno, con arreglo a lo pactado en el citado artículo VI, hasta hallar la cabecera o vertiente principal del río más vecino a dicha línea, que desagüe en el Paraguay por su ribera oriental, que tal vez será el que llaman Corrientes. Y entonces bajará la raya por las aguas de este río hasta su entrada en el mismo Paraguay, desde cuya boca subirá por el canal principal que deja este río en tiempo seco, y seguirá por sus aguas hasta encontrar los pantanos que forma el río, llamados la laguna de los Xarayes, y atravesará esta laguna hasta la boca del Jaurú. ART. X: Desde la boca del Jaurú, por la parte occidental, seguirá la frontera, en línea recta, hasta la ribera austral del río Guaporé o Iténez, en frente de la boca del río Sararé, que entra en dicho Guaporé por su ribera septentrional. Pero sí los comisarios encargados del arreglo de los confines y ejecución de estos artículos, hallaren, a tiempo de reconocer el país, entre los ríos Jaurú y Guaporé, otros Risso o términos naturales por donde más cómodamente y con mayor certidumbre pueda señalarse la raya en aquél paraje, salvando siempre la navegación del Jaurú, que debe ser privativa de los portugueses, como el camino que suelen hacer de Cuyabá hasta Matogroso, los dos Altos Contrayentes consienten y aprueban que así se establezca; sin atender a alguna porción más o menos de terreno que pueda quedar a una u otra parte. Desde el lugar en que la margen austral de Guaporé fuere señalado por término de la raya, como queda explicado, bajará la frontera por toda la corriente del río Guaporé hasta más debajo de su unión con el río Mamoré, que nace en la provincia de Santa Cruz de la Sierra y atraviesa la Misión de los Moxos, formando juntos el río que llaman de la Madera, en cual entra en el Marañón o Amazonas por su ribera austral. ART. XI: Bajará la línea por las aguas de estos dos ríos, Guaporé y Mamoré, ya unidos con el nombre de Madera, hasta el paraje situado en igual distancia del río Marañón o Amazonas, y de la boca del dicho Mamoré; y desde aquel paraje continuará por una línea Este Oeste hasta encontrar con la ribera oriental del río Jabarí que entra en el Marañón por su ribera austral; y bajando por la aguas del mismo Jabarí hasta donde desemboca en el Marañón o Amazonas, seguirá aguas debajo de este río, que los españoles suelen llamar Orellana y los indios Guinea, Hasta la boca más occidental del Japurá, que desagua en él por la margen septentrional. FUENTE: TRATADO DE SAN IDELFONSO DE 1777: ENTRE EL IMPERIO DE PORTUGAL Y EL IMPERIO ESPAÑOL).

LA CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS, ES EL LÍMITE NATURAL ENTRE LAS INTENDENCIAS DEL ALTO PERÚ, CON LA INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE ORIGEN PARAGUAYA La cordillera de los Chiriguanos en ningún momento estuvo comprendida en la gobernación de Diego de Almagro, constatada en la capitulación de Toledo del 21 de mayo de 1534 que determina, el orden de la conquista del territorio en la costa del Mar del Sur y hacia el estrecho de Magallanes. (GUERRA ENTRE PIZARRO Y ALMAGRO: El primer gobernador de Nueva Toledo fue Diego de Almagro por Real Cédula del 21 de mayo de 1534, cuando Almagro comienza su expedición el día 3 de julio de 1534 (tiempo que le demoró reunir tropas y pertrechos) hacia Chile (nombre con que era conocido el territorio desde donde anualmente se tributaba con oro al Inca), lo hacía con el propósito, no sólo de encontrar los yacimientos de oro, sino también para hacer uso efectivo y reconocimiento de su gobernación. Al no encontrar ni oro, ni plata, teniendo que enfrentar a los naturales en la batalla de Reinohuelén y más aún soportando el malestar de sus hombres, Almagro decide volver al Cuzco en septiembre de 1536 desde el valle del Aconcagua. En ese viaje de regreso se encontró con Juan de Herrera en Copiapó, quien le traía las capitulaciones y el nombramiento como gobernador de Nueva Toledo, además le impuso de la situación que ocurría en el Cuzco, la rebelión de Manco Cápac II y las conspiraciones de los hermanos Pizarro. Almagro sabiendo que Cuzco quedaba dentro de su 119


gobernación, decide rápidamente volver y recuperar el Cuzco de manos de quien lo tuviese. Aquí se produce una guerra entre los hermanos Pizarro y Almagro por el control del Cuzco y dirimir en que gobernación quedaba, ya que ambos alegaban derechos sobre ella. Almagro finalmente es derrotado y fue ajusticiado el 8 de julio de 1538. Con esta derrota Nueva Toledo pierde el Cuzco. FUENTE: CAPITULACIÓN DE TOLEDO DEL 21 DE MAYO DE 1534). La gobernación de Almagro como consecuencia del mandato de Toledo se extendió de Norte a Sur, hasta que fue frenado por las feroces tribus autóctonas de Chile y por el Este hasta topar con las tierras de los Ava, no sobrepasándolas hacia los llanos amazónicos y rioplatenses que pertenecían a la Gobernación del Paraguay con su capital Asunción fundada en 1537, o sea 23 años antes de crearse la Gobernación de Mojos. (LÍMITES IMPRECISOS: En la práctica durante el siglo XVII el espacio charqueño quedaba delimitado por el Pacífico desde Tacna hasta Antofagasta aproximadamente y al Norte a la del pueblo prehistórico de Ayaviri. En cambio al Nordeste y al Oriente sus límites eran imprecisos por tratarse de territorios de fronteras. Hubo que esperar casi hasta 1700 para que estas regiones fueran incorporadas a la administración española con el establecimiento de las Misiones Jesuíticas de Moxos y Chiquitos (actuales departamentos de Santa Cruz y Beni). FUENTE: EL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA POBLACIÓN COLONIAL: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: BELTRÁN LÓPEZ, CLARA: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 74). La Gobernación de Mojos llamada primero y de Santa Cruz de la Sierra después, vino de una corriente asunceña al mando de Ñuflo de Chávez y entre sus acompañantes, tenemos a Juan de Garay que en 1580 fundo la ciudad de Buenos Aires, demostrándose a Asunción del Paraguay como la primera ciudad creada en la colonización por la corriente del río de la Plata, destinada que de ella debían nacer cuatro ciudades hermanas como de una sola madre, siendo estas Santa Cruz de la Sierra, Santa Fe, Buenos Aires y Corrientes además de otras menores. La llegada de los españoles en el siglo XVI descubrió que los chiriguanos ocupaban las cabeceras de los ríos Pilcomayo y Guapay, encontrándose principalmente en guerra con los del imperio incaico, formaban tribus casi irreductibles militarmente por parte de los españoles, aunque sí tuvieron bastante éxito las misiones católicas manejadas por los jesuitas, pero las que principalmente fueron rebeldes son las del valle del río Parapetí. El influjo del substrato Chane contribuyo al idioma Guaraní, etnia que pocas veces acentúa agudamente las palabras y esto se observa inmediatamente, en los topónimos de los guerreros Guaraní llamados querembas chiriguanos que participaron en la guerra de la independencia de Santa Cruz de la Sierra, al mando del cacique Cumbay que sostuvo combates contra los ejércitos realistas. Todos respetaban y admiraban la cantidad de guerreros que le seguían a Cumbay que era ardiente partidario de la independencia. Combatió en Santa Cruz de la Sierra siendo herido en batalla, a este valiente camba cruceño no le gustaba entrar en contacto con la civilización, pero como deseaba conocer a Belgrano llego a Potosí acompañado por un intérprete. dos de sus hijos menores y 20 flecheros con su carga completa de flechas envenenadas.

LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, SUS TERRITORIOS Y SUS LÍMITES (1560 y 1561) LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA El Capitán Ñuflo de Chávez como caudillo junto a un puñado de seguidores y entre ellos su cuñado Don Diego de Mendoza, fueron los gestores de la creación de la gobernación de Mojos ante el Virrey Don Andrés Hurtado de Mendoza Marques de Cañete en 1560. Luego por gestión de Chávez y Salazar ante la imposibilidad de asumir el gobernador de Mojos, consiguieron hacerse nombrar Teniente 120


Gobernador el primero y Alguacil Mayor el segundo. Los acompañaba el fundador de Buenos Aires Juan de Garay como también Hernando de Salazar y otros. La unificación del territorio de la Gobernación de Mojos con la integración de las gobernaciones de Chávez y de Manso, fue a causa de la muerte de este último y la tenemos confirmada por lo que cuenta Juan de Garay, de haber incursionado en los llanos de la nación de los pueblos cambas cruceños en su carta del 20 de abril de 1582, después de fundar la ciudad de Buenos Aires. Afirmaba Garay que fue uno de los primeros pobladores de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que ayudó a establecerla desde su fundación el 26 de febrero de 1561, o sea 21 años antes de la definitiva fundación de Buenos Aires. El justificativo para que la ciudad fundada por Ñuflo de Chávez llevara el nombre de Santa Cruz de la Sierra, es esgrimido por el Clérigo Pedro Lozano que cuenta se le puso este nombre, en recuerdo de una ciudad existente distante quince kilómetros de Trujillo en la Extremadura española, por haber sido el lugar de crianza de Chávez y además por significar la Cruz el signo de la redención de los hombres. (NOMBRE DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: El P. Pedro Lozano relata que se le dio el nombre de Santa Cruz de la Sierra, por respeto a un pueblo distante a tres leguas de Trujillo, en Extremadura, en el cual se crió Nufio de Chaves, y después se aplicó el nombre a toda la provincia y gobernación por un prodigio que obro el cielo, porque discurriendo fugitivo entre aquellas naciones bárbaras cierto castellano, hubo tal seca en todo el país que se perdieron irremediablemente las mieses y casi perecían de sed los vivientes. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN ÚNICA, AÑO 1935, PÁGINA 87). El nombre de Santa Cruz de la Sierra fundada en 1561 llegó a aplicarse a toda la gobernación, luego desde 1782 pasó a llamarse Intendencia dentro del Virreinato del Río de la Plata y en la guerra de la independencia provincia dentro de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, sus límites fueron confirmados por Francisco Biedma en 1792. Por último se utiliza el nombre de Santa Cruz de la Sierra para la república constituida como tal desde 1815, confirmada en su independencia por el Cabildo del 15 de febrero de 1825 cuando se nombra jefe de gobierno a José Manuel Mercado. (ARIAS POR MERCADO: Los principales protagonistas militares y civiles, firmantes del documento, son los que aparecen en el levantamiento del 14 de febrero y, por protocolo, los miembros del Cabildo. Creemos que Juan Manuel Arias no firmó el documento porque era un ciudadano notable al que se los convocaba sólo para dirimir conflictos entre cruceños, como en 1824 y fines de febrero de 1825. Mercado es elegido gobernador en un comicio del pueblo, pero semanas después fue sustituido por aquel miembro del Cabildo. FUENTE: DESENREDANDO LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ Y SUS PROVINCIAS (1805 – 1841): 121


GANDARILLA GUARDIA, NINO: TERCERA EDICIÓN, AÑO 2010, PÁGINA 108). // EL CABILDO NO ACEPTA A MERCADO: A principios de 1824 se produjo la rebelión de Olañeta, que fue respaldada por Aguilera. Mercado y otros guerrilleros patriotas se unieron a ellos, por lo que Aguilera lo nombró gobernador de Santa Cruz el 28 de noviembre de 1824 y se dirigió a Cordillera para reunir fuerza, pero el cabildo se negó a aceptar a Mercado y nombró interinamente a Juan Manuel Arias, retirándose Mercado a Saipurú. FUENTE: REPUBLIQUETA DE SANTA CRUZ: JOSÉ MANUEL MERCADO, APODADO EL COLORAO: WIKIPEDIA LA ENCICLOPEDIA LIBRE). La República de Santa Cruz de la Sierra se declara separada e independiente de Buenos Aires a fines de 1815, y como consecuencia de ello no se envía representes para la creación de la confederación o República Argentina el 9 de julio de 1816, acontecida en la asamblea de la ciudad de Tucumán. La toma de su capital el 14 de febrero de 1825 que la libera del poder alto peruano, reafirma su independencia decretada por la rebelde sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, mediante un acta de la independencia que con toda seguridad, fue destruido por los personajes que mantenían la propensión a la unidad con el Alto Perú o Charcas. (DOCUMENTO DE LA INDEPENDENCIA CAMBA CRUCEÑA: Veamos ahora lo que pudo haber sido el documento de aquello que José Miguel de Velasco denominó proclamación de la independencia en Santa Cruz: Adrián Melgar é Montaño. FUENTE: EL ARCHIVO: RECORDANDO NUEVAMENTE AL AMABLE LECTOR, QUE SE TRATA DE UNA RECONSTRUCCIÓN CREADA POR EL AUTOR: GANDARILLA GUARDIA, NINO). La fundación de Santa Cruz de la Sierra es una historia que está ligada, con las expediciones que partieron desde Asunción del Paraguay hacia el Norte, se conoce los acontecimientos que se registraron y fueron titanes quienes emprendieron la acción en un suceso épico, y esta fundación de Santa Cruz de la Sierra fue un día 26 de febrero de 1561 hace más de 451 años, con el acontecimiento exactamente sobre las orillas del río Suto y en las faldas de la serranía del Riquió. El fundador de Santa Cruz de la Sierra fue el capitán español Ñuflo de Chávez que algunos historiadores escriben Nufrio de Chaves, quien la levantó en las cercanías al Sur de lo que hoy es San José, capital de la Provincia Chiquitos en el actual departamento de Santa Cruz que forma parte del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, complementándola con un aproximado de 1500 españoles y criollos con sus familias, como también con más o menos 4000 autóctonos en 1564. (SACRIFICIO ASUNCEÑO: Al lado de Chávez emprendieron viaje el gobernador Vergara y el Obispo Latorre, acompañado de 300 españoles y tres mil indios. El viaje fue muy penoso, especialmente para mujeres y niños. Las incomodidades, las sublevaciones y descontentos estuvieron a punto de desbaratar esta 122


empresa, pero el valor y la decisión de Chávez se impusieron, y esta expedición, sin precedentes en América, llego a su destino: Santa Cruz de la Sierra, la antigua (1565) (Apodo no aceptable como mote puesto por los alto peruanos). FUENTE: LA RUTA DEL PAITITÍ: EL ÉXODO DESDE ASUNCIÓN A SANTA CRUZ: MUERTE DE CHÁVEZ: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA DE, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 134). El Capitán Ñuflo de Chávez como hombre intrépido junto a Hernando de Salazar y otros, siguieron la marcha y el primero de agosto de 1559 fundan Nueva Asunción en la margen derecha del río Grande o Guapay. Los conquistadores procedentes de Asunción se encontraron con otros españoles provenientes del Perú al mando de Andrés Manso, quien por equivocación geográfica se creía dueño de estas tierras, a pesar de que había recibido la orden del Virrey del Perú de explorar, las que serían la Provincia de Tarija que actualmente se encuentra con la mayor parte de su territorio en la República Argentina como la Provincia Formosa. La historia de las avanzadas de Ñuflo de Chávez se remonta a 1541 que es la fecha en que llegó a Asunción con la expedición de Alvar Núñez Cabeza de Vaca, además cuando estos expedicionarios entraron tierra adentro tras el descubrimiento por Juan Días de Solís del río de la Plata. (MOTIVO QUE DIO EL NACIMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Fue un hecho predestinado desde los orígenes del descubrimiento y conquista del Río de la Plata y del Paraguay. Tanto las expediciones que partieron desde la costa del Brasil, como las que remontaron el Río de Solís, tuvieron como punto de mira la conquista de la Sierra de la Plata y del Imperio del Rey Blanco, cuya fama irradiaba por todo el continente. FUENTE: ANTECEDENTES DE LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA MUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN ÚNICA, AÑO 1935, PÁGINA 61). Es ponderada la valentía que tenía Chávez quien nació en Extremadura (España) alrededor de 1516 ó 1518 y cuando Chávez con sus acompañantes salieron de Asunción en febrero de 1558 en busca de la fabulosa riqueza del Paitití o el Dorado, lo hicieron como exploradores que marcharon venciendo todos los obstáculos que encontraban a su paso. Sin embargo algunos de los compañeros de aventura se sublevaron la noche de San Juan de 1559, entre ellos figuraron Gonzalo de Casco, Rodrigo de Osuna y otros que regresaron a Asunción. El valeroso Capitán Ñuflo de Chávez como hombre hábil, llevó el caso de Manso al virrey de Lima 123


y una vez en aquella ciudad el explorador asunceño obtiene grandes triunfos diplomáticos, ya que el 15 de febrero de 1560 don García Hurtado de Mendoza y Manrique hijo del Virrey es nombrado Gobernador General de la provincia de Moxos. Chávez su lugarteniente y con ello su sueño se cumplió. Este acontecimiento histórico es distorsionado por historiadores locales llevados por la influencia alto peruana o charqueña, desfigurando la descripción y sosteniendo que constituimos la patria boliviana al avasallar a San Lorenzo el Real, creando las condiciones y el germen de la patria boliviana, tal como lo afirma Machicado en sus obras completas. (INTERPRETACIÓN MUY PARTICULAR E INTERESADA: Si antes hemos dicho que el 15 de febrero de 1560 es el hito inicial de Santa Cruz de la Sierra, lo es también de la nacionalidad boliviana, pues es desde esa fecha que forma un todo completo y no un fragmento como hasta entonces lo habían sido sus dos partes componentes: el Kollasuyo serrano y el Oriente tropical. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTE PARA SU HISTORIA: VÁZQUEZ MACHICADO, HUMBERTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1992, PÁGINA 21). El 15 de febrero de 1560 significa el día de la creación de la provincia Moxos y esta fecha es pues el hito de la existencia personal y política de Santa Cruz de la Sierra, pero la equivocada y fraudulenta interpretación histórica manejada por nuestros publicistas del pasado y algunos contemporáneos, fue y es la consecuencia de nuestra pasividad ante la anexión dolosa y fraudulenta en la imperialista colonizadora República Bolívar en 1825. (ANEXIÓN CAMBA CRUCEÑA: 8va. Sesión del 28 de julio de 1825: Libro mayor de Sesiones de la Asamblea de representantes del Alto Perú instalada el 10 de julio de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 125). Los historiadores cambas cruceños confunden y aceptan como cierto el derecho espurio y no legítimo de Andrés Manso, pese al conocimiento de haberse encontrado por equivocación y muy lejos de su destino, según el mandato de Don Andrés Hurtado de Mendoza Marques de Cañete y tercer virrey de Lima, cuya orden comprendía la exploración de los territorios recorridos anteriormente por Chávez entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay. (ANDRÉS MANSO: Hizo su entrada este conquistador por la denominada ruta de Tomina con el propósito de poblar toda la región comprendida entre los ríos Paraguay, Pilcomayo y Bermejo. FUENTE: LA RUTA DEL PAITITÍ: CHÁVEZ Y MANSO: FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 132). Las expediciones de Chávez, Salazar e Irala cuando se dirigieron hacia el Occidente de los Xarayes en busca de la sierra de la Plata, tenían el propósito que de ellas naciera la ciudad y la gobernación de Santa Cruz de la Sierra como así sucedió. (CHÁVEZ Y SALAZAR: En 1553 Hernando de Salazar e Irala descubrieron la provincia de Itatin y en 1558 Nufrio de Chaves y Hernando de Salazar se dirigieron a los Xarayes para fundar una población en ese lugar; pero en los Xarayes los expedicionarios decidieron dirigirse hacia el Occidente en busca de la tierra rica, a fin de crear una gobernación entre los confines de la Provincia del Paraguay y del Alto Perú. De esta expedición debían nacer la ciudad y la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA MUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN NICA, AÑO 1935, PÁGINA 71).

LOS LÍMITES TERRITORIALES DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Los límites de Santa Cruz de la Sierra en los principios como Gobernación de Mojos, se encontraban comprendidos entre los territorios disputados por Ñuflo de Chávez y Andrés Manso equivocado en su destino final que no era entre el río Parapetí y el río Grande, pero con la desaparición de éste quedaron unificados en la gobernación de Chávez quem complementándose con los que 124


comprendían desde el río Pilcomayo al Sur hasta el río Bermejo y el Paraguay, que en 1807 pasaron a jurisdicción del Obispado de Salta, pero las regiones de los gobiernos de Mojos y Chuiquitos se mantuvieron bajo jurisdicción de Santa Cruz de la Sierra. En el siglo XVI y después de la unificación de las gobernaciones de Ñuflo de Chávez y Andrés Manso, la de Santa Cruz de la Sierra abarcaba al Norte los 16 grados de Latitud y al Sur los 20 grados de Latitud. Al Oeste los 64 grados de Longitud y al Este los 58 grados Longitud. Más los territorios de la gobernación de Mojos con los partidos de Moxos, Baures y Pampas, hasta los límites cercanos al río Amazonas dentro del Tratado de Tordesillas del 7 de junio de 1494 en Valladolid, efectuado entre los imperios de Portugal y España con sus modificaciones posteriores. La República de Santa Cruz de la Sierra al momento de su anexión fraudulenta entre julio y agosto de 1825 en la República Bolívar, contaba con límites aproximados desde la confluencia del río Paraguay con el río Pilcomayo con 25 grados de Latitud Sur y 57 grados de Longitud Este, siguiendo hacia el Norte por el curso del río Paraguay en el lado Oeste y sobrepasando al lado Este en los territorios del Matogroso y la región de los Xarayes. Este mismo límite continúa por el río Iténez con aproximadamente 8 grados de Latitud Norte y 65 grados de Longitud Este, ampliándose por el río Madera y llegar aproximadamente a 7 grados de Latitud Norte y 62 grados Longitud Este. La superficie territorial de la República de Santa Cruz de la Sierra sigue desde los 7 grados de Latitud Norte y 62 grados de Longitud Este, en una línea recta hasta los 75 grados de Longitud Oeste integrando en estos territorios el Río Purus y otros afluentes del gran Amazonas. Desde este punto siguiendo las estribaciones de la cordillera de los Andes y abarcando la cordillera de los Chiriguanos se llegaba a las nacientes del río Pilcomayo con 21 grados de Latitud Sur y 64 grados de Longitud Oeste, cerrándose la figura de nuestra heredad territorial republicana cruceña, que se mantuvo existente desde 1815 hasta 1825 con una superficie de aproximadamente un millón setecientos mil kilómetros cuadrados. El intendente Francisco de Biedma en 1792 escribió una descripción de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra indicando sus límites. (PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Está situada esta provincia en la zona tórrida y en los 48 grados. DESCRIPCIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: BIEDMA DE, FRANCISCO: AÑO 1792).

LOS TERRITORIOS DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS, NO FUERON NI SON DEL ALTO PERÚ O PROVINCIA DE LOS CHARCAS, ASÍ COMO TAMPOCO EN 1825 FUERON PARTE DE LA DESAPARECIDA AUDICENCIA DE CHARCAS El Alto Perú se denominó por los españoles a la zona del Virreinato del Perú, comprendida dentro 125


de los Andes Centrales y en las altipampas conocidas como Altiplano que es, un territorio completamente poblado por naciones de raza aimara, quechua y otras menores que entremezcladas, son el producto del Imperio Inca en la ubicación geográfica y territorial del Altiplano. Está comprendido entre las planicies de Puno, Juliaca y otras en el Perú y de igual manera tenemos el Alto, Oruro y parte de Potosí en Bolivia, manteniendo un promedio de altitud sobre el nivel del mar de entre los tres mil a cuatro mil metros, con una ubicación comprendida entre los 14 grados de Latitud Norte y 20º grados de Latitud Sur. Los límites del Alto Perú propiamente dicho están abarcando, al Este la parte andina compuesta por elevaciones y valles dentro de la rama Oriental de la cordillera de los Andes, contando con un promedio de altitud de entre los mil quinientos y tres mil metros. Es colindante con la cordillera de los Chiriguanos que cuenta con una altitud promedio de entre ochocientos y mil quinientos metros. El Alto Perú está poblado por naciones de razas aimara, uru y quechua principalmente, muy relacionados con los pueblos andinos del Ecuador, Perú, Argentina, Chile e inclusive el sur de Colombia y los departamentos de Tarija, Cochabamba, La Paz y Chuquisaca o actual Sucre en Bolivia. En cambio los territorios rioplatenses y amazónicos de los llanos y la cordillera de los Chiriguanos con sus pueblos de origen Tupí Guaraní, están estrechamente unidos con los del Paraguay, Uruguay, Brasil y la parte oriental de Argentina. El territorio del Alto Perú boliviano que es parte del Virreinato del Río de la Plata, viene a ser el resultado de la división caprichosa del Altiplano sobre la base del río Desaguadero, dejando al Oeste parte del mismo dentro del Virreinato de Lima y actualmente integrando la República del Perú, abarcando sin ser altipampa por su cultura, fisiografía y razones históricas las intendencias de Cochabamba, Chuquisaca, La Paz y la parte de Potosí geográficamente no altiplánica. El Altiplano comprende parte de la intendencia de Potosí, el total de la Intendencia de La Paz en la República de Bolivia y parte de la República del Perú, pues el territorio conocido como Provincias Altas Argentinas, Alto Perú o Provincia de los Charcas y parte del Virreinato del Río de la Plata, estaba integrado por las intendencias de Potosí, Cochabamba, Chuquisaca también llamada Charcas y La Paz que corresponden entre ellas el Altiplano andino o Puna poblados por la raza aimara, como también por los Uru en la cuenca del Lago Titicaca y otras etnias que en lugar del aimara hablaban y fueron forzadas a adoptar el quechua como idioma, al producirse las conquistas incas en las zonas de Cochabamba, Chuquisaca y Potosí. Estas Provincias Altas por razones históricas, como también de fisiografía (FISIOGRAFÍA: 126


Geografía Física. FUENTE: DICCIONARIO OCÉANO: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) y cultura étnica al estar relacionadas con el Incario y dentro del Virreinato de Lima se encuentran muy conexas con el Perú andino. En tanto los gobiernos subordinados o militares de Moxos con aproximadamente los territorios del Beni, como el Acre o Aquirí y el de Chiquitos, en gran medida resultaban y resultan diversos a los del Alto Perú, ya que este territorio andino corresponde actualmente casi absolutamente el Altiplano y los valles en los Andes.

LA REAL AUDIENCIA DE CHARCAS Y LA GOBERNACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA La Audiencia o Cancillería Real de los Charcas se creó como el más alto tribunal de la corona española dentro del Virreinato del Perú, pero con la creación del Virreinato del Río de la Plata en 1776 y al pasar a ser parte de éste perdió fuerza y poder, quedando reducida con su jurisdicción y su sede solamente a la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en la Intendencia Chuquisaca o Charcas. La creación de las intendencias en 1782, hizo que el Presidente de la audiencia de Charcas pase a ser a su vez Intendente gobernador de Chuquisaca, pero dentro del Virreinato del Río de la Plata perdió toda capacidad de poder administrativo y militar, quedando como una simple Corte de Apelaciones y Tribunal Supremo en lo jurídico. (LIBERALIDAD DE LA AUDIENCIA: La audiencia de Charcas había obrado durante toda su existencia con una extrema libertad, poniéndose en ocasiones, como en el caso de Antequera, abiertamente contra el virrey. Si bien esta autonomía fue no sólo tolerada sino hasta respetada durante el virreinato limeño, el virrey de Buenos Aires no estaba dispuesto a hacer lo mismo y, terminado el periodo de Flores, se dispuso a quitar a Charcas, si no todo, gran parte de su poder. La audiencia quedaba reducida a una simple corte de alzada y Tribunal Supremo de Justicia. El cargo de presidente era prácticamente un título de honor, que, como autoridad ejecutiva, civil y militar, sólo gobernaba en la provincia de la Plata. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: LOS ÚLTIMOS PRESIDENTES DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: CHARCAS PASA AL VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 283). El cargo de Presidente de la audiencia por esta situación de integración al Gobierno de Buenos Aires, quedó prácticamente como un título de honor que por la dualidad existente como Intendente gobernador cumplió de autoridad ejecutiva, civil y militar sólo en la jurisdicción de la Intendencia de Chuquisaca o Charcas, con sede en La Plata de la Nueva Toledo, conocida también como provincia de La Plata o provincia andina de los Charcas y sus límites territoriales variaron con el tiempo a causa de las incorporaciones de nuevos territorios, pues al principio estuvo restringida sólo a la provincia de los Charcas. El 29 de agosto de 1563 se integraron a la audiencia de Charcas las gobernaciones de Tucumán y Dieguitas, como también la gobernación de Santa Cruz de la Sierra con Mojos y Chiquitos. En octubre de 1566 se agregan las gobernaciones del Río de la Plata y del Paraguay y en diciembre de 1665 la audiencia de Charcas, sufrió la pérdida del Río de la Plata, Paraguay y Tucumán por crearse la audiencia de Buenos Aires confirmada el 14 de abril de 1783, pero queda como tribunal de alzada en lo judicial con los demás territorios y no como gobierno con poder administrativo y militar. (MISIONES DE CHIQUITOS: La referencia a los ríos Pilcomayo y Paraguay se explica de que por el Noreste las misiones de Chiquitos podían acercarse al río Paraguay, siempre arriba del paralelo con 16 grados y por el Sudoeste tocaban el Pilcomayo al Oeste del meridiano con 63 grados de longitud Oeste de Greenwich, por medio de las misiones de los chiriguanos, incorporados a las misiones de chiquitos, poco antes de ser expedida la Real Cédula de 1743. FUENTE: OBISPADO DE SANTA CRUZ: LA INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – 127


UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN ÚNICA, AÑO 1935, PÁGINA 141). La gobernación de Santa Cruz de la Sierra estaba supeditada sólo en lo judicial a la audiencia de Charcas, no así en lo militar. (VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA: El día 1º de agosto del año 1776 fue segregado del virreinato del Perú el nuevo virreinato del Río de La Plata compuesto por las provincias de Buenos Aires, Paraguay, Tucumán, Potosí, Santa Cruz de la Sierra y Charcas. FUENTE: LA INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN ÚNICA, AÑO 1935, PÁGINA 129). Verificándose esto por la Cédula Real de fecha 5 de agosto de 1777 que declara los gobiernos de Mojos y Chiquitos, estaban supeditados al gobernador de Santa Cruz de la Sierra en lo militar. (EL ALTO PERÚ FUE Y ES PERUANO: La audiencia de Charcas, que perteneció al Virreinato del Perú hasta el año 1776 en que se fundó el virreinato de Buenos Aires, pasó a formar parte de la nueva jurisdicción en su integridad, incluyendo sus cuatro intendencias: La Paz, Potosí, Chuquisaca y Santa Cruz (interpretación falsa y sesgada), que comprendía a Cochabamba, más las gobernaciones de Moxos y Chiquitos. Se erigieron como tales el año 1777, después de diez años de la expulsión de los jesuitas. Estas gobernaciones dependían de la audiencia en lo político administrativo y, en lo militar, dependían de Santa Cruz de la Sierra. FUENTE: LA SITUACIÓN DE CHARCAS Y PRIMEROS LEVANTAMIENTOS: SITUACIÓN JURÍDICA DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 312). La relación del obispado de Santa Cruz de la Sierra que se manejó con las extensiones de las misiones jesuíticas, demuestra la separación administrativa que además, mereció la aprobación real el 20 de febrero de 1609 mediante Cédula dirigida a la audiencia, dándonos por esto el alcance jurídico en los derechos de independencia de Santa Cruz de la Sierra conseguida por Warnes y Mercado desde finales 1815. La independencia de Santa Cruz de Sierra fue confirmada mediante el Cabildo del 15 de febrero de 1825, pero conculcada políticamente por el poder oligárquico de criollos y mestizos de comportamiento dos caras del Collado del Alto Perú o Charcas, en complicidad con dos corruptos y apócrifos diputados que no representaban la totalidad de la sociedad cruceña en agosto de 1825. Perteneciendo todos ellos al Club Patriótico que formaba parte de la logia masónica de los Huaukes que significa hermanos en aimara. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA SE ADHIRIÓ A BUENOS AIRES: Santa Cruz de la Sierra, que poco antes había designado sus diputados al Congreso General Constituyente de Buenos Aires al coronel Don Antonio Suárez y a Don Pedro Damián Urtubey, entrando de ese modo a formar parte de la confederación Argentina, no realizó ninguna asamblea para designar nuevos delegados al congreso de Chuquisaca; pero en esta ciudad los representantes alto peruanos, a efecto de incluir dentro de la 128


República también a Santa Cruz de la Sierra, reconocieron como representantes de este distrito al Doctor Antonio Vicente Seoane y como representante de Valle Grande, al Doctor Vicente Caballero. Es un hecho indiscutido que Santa Cruz de la Sierra no estuvo legalmente representada en el congreso que declaró la Independencia de Bolivia. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 182). La principal actividad económica de los cambas cruceños era la producción agrícola y en el siglo XVI se exporto algodón y sus derivados como también arroz y azúcar. Durante el siglo XVII se exporto principalmente azúcar, pero las comunicaciones hacia el occidente eran difíciles, lo que encarecía tanto las exportaciones como las importaciones de productos. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños era pobre pero se abastecía y la pobreza, era el resultado de su obsesión expansiva y del carácter ofensivo y defensivo que imponía la presencia portuguesa. Finalmente también por su ubicación geográfica, tan distante y alejada de los dos océanos, pero la creación del obispado de Santa Cruz de la Sierra obedeció a la creencia de que, existían territorios muy poblados que al descubrirse seria necesaria su evangelización, pero hubo que esperar la actividad misionera de la compañía de Jesús en Mojos y Chiquitos con el consiguiente desarrollo económico de la región. El año 1605 el Papa Paulo V creó el obispado de Santa Cruz de la Sierra con sede en la ciudad de San Lorenzo el Real fundada en 1590. La erección del obispado fue un factor importante en la supremacía que tuvo al principio San Lorenzo el Real, frente a Santa Cruz de la Sierra. Los obispos nunca llegaron hasta su sede y preferían quedarse en Mizque, justificando su decisión por el mal clima y las incomodidades que presentaba, como también por el sistema administrativo liberal de las misiones jesuíticas. (MISIONES DE MOXOS Y CHIQUITOS: Al entrar el siglo XVII las misiones jesuíticas de Charcas se hallaban repartidas en dos grupos: las de Moxos al norte, en el actual territorio del Beni y las de Chiquitos, al Oeste del actual departamento de Santa Cruz. Ambas dependían de una forma general del virrey del Perú y en forma muy particular a la audiencia de Charcas: pero en muchos aspectos su gobierno tenía una independencia casi absoluta. En su apogeo, las misiones se regían como nación libre, adquiriendo para su sostenimiento herramientas y otros objetos indispensables a cambio de sus productos. Las

misiones de Chiquitos, aunque menos extendidas que las de Moxos, gozaron de las mismas prerrogativas desde el año 1700, en el que se separaron de las del Paraguay. FUENTE: LAS MISIONES DEL ORIENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 248).

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LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS ENTRE 1809 Y 1815 LAS IDEAS INSURGENTES Los pensamientos de la insurgencia se gestaron dentro del territorio del Virreinato del Río de la Plata desde 1805 abarcando las llanuras rioplatenses y amazónicas, como también la parte andina que integraba desde Tucumán hasta las altiplánicas del Alto Perú de Potosí, La Paz y los valles de Cochabamba y Chuquisaca dentro de la antigua provincias de los Charcas. La chispa revolucionaria de las Provincias del Rió de la Plata que hacía efervescencia desde 1805 se enciende el 25 de mayo de 1809 en Chuquisaca y en agosto del mismo año se descubre una revuelta de 150 negros que existían en Santa Cruz de la Sierra, dentro de una rebelión que llevaron bajo la palabra mágica de Libertad. Este acto de redención en la provincia de la nación de los pueblos cambas cruceños del Río de la Plata, fue donde se presentó el primer suceso efectivo de insurgencia libertaria, como territorio de esta parte rioplatense de América. (REBELIÓN DE LOS ESCLAVOS NEGROS EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Esta rebelión de esclavos en Santa Cruz, no es sino una fase de la rebelión general independizadora. En realidad de verdad, Santa Cruz debe reivindicar la fecha de 20 de agosto de 1809, como la primera en que esa tierra invocó la libertad, antelada en un año a cuando los blancos hicieron “su revolución”, el 24 de septiembre de 1810. El hecho de que hayan sido negros esclavos los rebeldes y con propósitos de degollar a todos los blancos no quita su verdadero y esencial valor al movimiento. En esta raza, venida y vendida, hervía ya también el fuego de la libertad; ya comenzaban a saber lo que eran y lo que valían. FUENTE: LA EFERVESCENCIA LIBERTARIA EN EL ALTO PERÚ EN 1809 Y LA INSURRECCIÓN DE ESCLAVOS NEGROS EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA: SANTA CRUZ DE LA SIERRA – APUNTES PARA SU HISTORIA: VÁSQUEZ MACHICADO, HUMBERTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1992, PÁGINA 291). El primer intento independentista de la nación de los pueblos cambas cruceños tuvo intensiones diferentes a los de las otras partes del Virreinato del Río de la Plata, pues las revoluciones del 25 de mayo de 1809 en Chuquisaca y la del 16 de julio de 1809 en La Paz, como la del 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires, se efectuaron bajo el grito de viva el Rey Fernando VII y en contra de su hermana la princesa Joaquina que pretendía anexar estos territorios al Brasil, cambiando los historiadores alto peruanos y argentinos su interpretación histórica, dentro de la intención camuflada de la independencia. pero eso sí en su cambio de rumbo llegó concretarse. La destitución del virrey Cisneros del Rió de la Plata el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires, más el inicio de la marcha hacia la liberación del Alto Perú, por el Primer Ejército Auxiliar de parte del gobierno rebelde de las Provincias Unidas del Río de la Plata en julio de 1810, es cuando se produce la insurgencia y destitución del subgobernador Pedro José Toledo Pimentel en Santa Cruz de la Sierra el 24 de septiembre del mismo año. El delegado bonaerense Eustaquio Moldes fue enviado desde Buenos Aires como encargado de armar la insurgencia en la Provincia Unida de Santa Cruz de la Sierra, tomando contacto con los señores Juan Manuel Lemoine, Vicente Seoane, Melchor Guzmán Quitan, José Salvatierra, el cura José Andrés Salvatierra y el Teniente Coronel Antonio Suárez que se sublevaron el 24 de septiembre de 1810. Previa la destitución del Subdelegado Gobernador Pimentel; los cambas cruceños proclamaron la independencia de España de la Intendencia o ya Provincia de Santa Cruz de la Sierra, adhiriéndose con los Partidos de Mojos, Chiquitos, Valle Grande y Cordillera a la junta de Buenos Aires en su movimiento independentista. (PROCLAMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA CAMBA 130


groso

CRUCEÑA: Producidos en Buenos Aires los sucesos del 25 de mayo de 1810, llegaron a Santa Cruz los delegados Eustaquio Moldes, capitán argentino (no existía argentina), y Don Juan Manuel Lemoine, chuquisaqueño, los cuales, en compañía de los cruceños Doctor Antonio Vicente Seoane, Don Melchor Guzmán Quitan llegado de Cochabamba, Don José Salvatierra, el cura Don José Andrés Salvatierra y el teniente coronel Don Antonio Suárez, segundo jefe de las guarniciones de cordillera, proclamaron la independencia el 24 de septiembre de 1810. El Cabildo abierto depuso al subdelegado Doctor Pedro José Toledo, que no había querido plegarse al movimiento y nombró su Presidente al Doctor Don Antonio Vicente Seoane. FUENTE: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 161). La llegada de los europeos en el siglo XVI encontró que el territorio de las llanuras de la nación de los pueblos cambas cruceños, estaba escasamente poblada y con menos de un habitante por kilómetro cuadrado, con muy diversas etnias de linajes amazónicos y rioplatenses de las selvas y las pampas, principalmente cazadoras – recolectoras, aunque algunos grupos como los Arawak-Chané llegaron a practicar una horticultura regular con visos de incipiente agricultura, en la cual predominaba la yuca o mandioca seguida por el maíz. Las diversas etnias de origen Tupí Guaraní de la nación de los pueblos cambas cruceños, se hallaban frecuentemente en guerra entre ellas y los amazónicos arahuacos particularmente llamados Chanés, fueron subyugados por los también amazónicos y rioplatenses guaraníes, creándose el grupo despectivamente llamado chiriguanos por los altiplánicos. Incluyéndose en los pueblos de los llanos a las parcialidades de los Itatines en el Este, los Pausernas o Itenez en el Oeste, los Izozog y Mbia Yuki en el núcleo territorial en que habitaban los Guarayos, los Gorgotoquis entre el río Guapay y la región de San José de Chiquitos. Siguiendo con los Chapakuras, los Otuquis, los Guatos o Xarayes y los Pampidos mal denominados chiquitos. También tenemos a los Penoikia o Penoquiquias, Saravecas, Paunacas, Paiconecas, Pioconas, Piñocas, Manasicas y Animomecas. Al Sur se destacaban los Ayoreos, Morotocos o Ugaraños y al Sureste los Isir vulgarmente llamados Chamacocos o Zamucos y la palabra zamuco originalmente designó tanto a los Ayoreos o Ugaraños y a los Chamacocos y por último tenemos a los Siriones o Sirionó, Yucaráes, Itonamas y Bororos en el Oeste. La primera irrupción europea al territorio Tupí guaraní documentada, se inició desde el Sudeste y habría sido llevada a cabo por Alejo García Circa entre 1523 a 1525, quien lideró a una muchedumbre de guaraníes en busca de la Sierra de la Plata, vale decir las zonas mineras de los Andes, siguiéndole Juan de Ayolas que partió desde el Puerto de Candelaria ubicado en el río Paraguay, probablemente en las cercanías de la actual ciudad brasileña de Corumbá. La expedición de Ayolas en la región abarcó el periodo que va de 1537 hasta 1540, luego le siguió otro español y antiguo lugarteniente de Ayolas de nombre Domingo Martínez de Irala que, en la laguna la Gaiba fundó la efímera ciudad y Puerto de los Reyes en el año 1543. Hubo un intento más por parte de Alvar Núñez Cabeza de Vaca y la base de la expansión de los españoles en los territorios de los llanos rioplatenses y amazónicos de la nación de los pueblos cambas cruceños, se ubicaba en la consolidada ciudad de Asunción del Paraguay. Desde allí es que partió el primer conquistador que se estableció definitivamente en la región, con la ciudad de Santa Cruz de la Sierra fundada el 26 de febrero de 1561 y efectuada por el capitán español Ñuflo de Chávez que comandaba, una expedición proveniente de Asunción del Paraguay. Los llanos de Chiquitos y la cuenca del Parapetí fueron los territorios en que se establecieron bastante exitosamente, pueblos y ciudades misionales fundadas por los jesuitas desde fines del siglo XVII y especialmente en el siglo XVIII. Como testimonio de ello tenemos entre muchas otras las ciudades de San José de Chiquitos y San Ignacio de Velasco. 131


La Revolución de Mayo en Buenos Aires trajo como consecuencia que en agosto de 1810 el capellán José Andrés de Salvatierra, liderizara un movimiento en el fuerte Membiray en Cordillera que el 24 de septiembre de 1810, tomando la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, donde un Cabildo abierto depuso al subdelegado Pedro José Toledo Pimentel y creó la Junta de Gobierno liderada por Antonio Vicente Seoane, el Coronel Antonio Suárez y entre ellos José Andrés de Salvatierra, Juan Manuel Lemoine y el enviado de la Primera Junta de Gobierno de Buenos Aires Eustaquio Moldes. La derrota revolucionaria en la batalla de Guaqui el 20 de julio de 1811, hizo que el Teniente Coronel realista José Miguel Becerra por orden de Manuel de Goyeneche, se levante en Cordillera y restaure el gobierno español en Santa Cruz de la Sierra, siendo nombrado por Goyeneche Gobernador Intendente de la restaurada y separada en su gobierno de Cochabamba Santa Cruz de la Sierra, (SEPARACIÓN DE LA GOBERNACIÓN CAMBA CRUCEÑA DE COCHABAMBA: En Santa Cruz la situación era un tanto distinta. El general Goyeneche, investido, nombró al coronel Don José Miguel Becerra gobernador intendente y capitán general de la Provincia de Santa Cruz, erigida en Intendencia independiente de la de Cochabamba. FUENTE: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 161). Según la Real Ordenanza de Intendentes, se había fusionado el gobierno de la Intendencia cruceña en la ciudad de Cochabamba, pero solo en relación a su subordinación gubernativa. (INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: La Real Ordenanza de Intendencias del 23 de septiembre de 1803 en su artículo IV; volvió a establecer, que en el Virreinato de Buenos Aires han de subsistir sus actuales Intendencias de Paraguay, Córdoba del Tucumán, Salta, Cochabamba, Santa Cruz, La Plata, La Paz y Potosí. FUENTE: INTENDENCIA DE SANTA CRUZ: OBISPADO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 155). El avance del Ejército del Río de la Plata al Alto Perú liderado por Manuel Belgrano, hizo que el Coronel Antonio Suárez tras la fuga al Brasil del Gobernador Intendente Becerra el 18 de marzo de 1813, recupere la ciudad y asuma el gobierno de la provincia de Santa Cruz de la Sierra, siendo luego nombrado junto con Pedro Damián Urtubey diputado ante la Asamblea que creo la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en Buenos Aires. Belgrano fue el que designó a Ignacio Warnes gobernador de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra que asumió, el mando de esta provincia del Río de la Plata cruceña el 24 de septiembre de 1813, llegando a la ciudad con una fuerza de sólo 25 soldados y entre ellos José Manuel Mercado. Las derrotas en las batallas de Vilcapugio y Ayohuma a fines de 1813, trajeron como consecuencia que el ejército de Belgrano se retire del Alto Perú, por lo que Warnes en rebeldía con Buenos Aires al pretender sustituirlo, creó la Republica de Santa Cruz de la Sierra. Luchando solo contra los realistas y manteniéndola independiente entre 1813 hasta finales de 1816. Desde la muerte de Warnes sucedida el 21 de noviembre de 1816, se siguió manteniendo libre e independiente a la Repúbíca de Santa Cruz de la Sierra , al mando de José Manuel Mercado con Cañoto y otros en los territorios libres, hasta que en 1825 se expulsa de nuestros territorios al ejército alto peruano ya no español de Pedro Antonio de Olañeta. (WARNES GOBERNADOR DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Y ARENALES DE COCHABAMBA: Pese a los éxitos de Goyeneche las tropas realistas no pudieron avanzar hacia lo que fue el virreinato de la Plata pues su paso al sur se veía obstaculizado por los focos rebeldes que habían estallado a lo largo de todo el trayecto. Entre los nombramientos que Belgrano hizo, está el del español Juan Antonio Álvarez de Arenales para el mando de Cochabamba y el porteño Ignacio Warnes para Santa Cruz. FUENTE: EJÉRCITOS AUXILIARES Y LEVANTAMIENTOS: EL SEGUNDO EJÉRCITO AUXILIAR: EJÉRCITOS AUXILIARES. LEVANTAMIENTOS INDÍGENAS Y SUCESOS EN COCHABAMBA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, 132


TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 325).

LA LUCHA POR LA INDEPENDENCIA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La lucha por la independencia de la república de la nación de los pueblos cambas cruceños sufrieron un revés, pues por orden del General Manuel de Goyeneche el Coronel José Miguel Becerra, apoyado por el comandante Alburquerque con fuerzas imperiales portuguesas que habían ingresado en Chiquitos. Fortalecido penetra en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra entre agosto y septiembre de 1811, derrotando a los cambas cruceños y disolviendo la primera junta de gobierno de 1810. Las victorias del general Belgrano sobre Pío Tristán en Tucumán el 24 de Septiembre de 1812 y en Salta el 20 de febrero de 1813, permitió que un contingente comandado por el Coronel Antonio Suárez, recuperara en marzo de 1813 la ciudad capital de la provincia Santa Cruz de la Sierra, después de 1 año y 6 meses aproximadamente de estar invadida. Reafirmándose con esto la independencia declarada el 24 de septiembre de 1810 de España y la adhesión a Buenos Aires con el nombramiento de diputados al Congreso General Constituyente de Buenos Aires que se hizo efectivo en septiembre de 1813, cuando se entrega la gobernación de la provincia al designado por Belgrano Coronel Ignacio Warnes. (IGNACIO WARNES: Nacido en Buenos Aires, Warnes llega a Santa Cruz de la Sierra nombrado gobernador por Manuel Belgrano, jefe del segundo ejército auxiliar. FUENTE: LAS GUERRILLAS: IGNACIO WARNES Y SU ACTUACIÓN EN SANTA CRUZ – EL GENERAL AGUILERA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 331). Warnes enviado por Belgrano como gobernador de la provincia rioplatense de Santa Cruz de la Sierra, vino acompañado con Saturnino Salazar y José Manuel Mercado entre otros. Todos pertenecientes al Río de la Plata y no a la Argentina o al Perú, ni a Bolivia como se mal interpreta por los historiadores al no existir estas repúblicas. El avance del ejército rioplatense al Alto Perú liderado por Manuel Belgrano, hace que el Coronel Antonio Suárez tras la fuga al Brasil de Becerra del 4 de marzo de 1813, retorne por Cordillera y recupere la ciudad capital, asumiendo el gobierno de la Intendencia o Provincia de Santa Cruz de la Sierra el 18 de marzo de 1813. En abril los capitanes Clemente Gandarillas, José Manuel Surita y Cueto se apoderaron de Valle Grande y el 25 de mayo de 1813 Antonio Suárez, envió una comunicación a la Asamblea de Buenos Aires haciendo conocer este magno acontecimiento mediante un aviso al Gobierno y Cabildo del Supremo Poder Ejecutivo de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. (COMUNICACIÓN A BUENOS AIRES: Soberano Señor: La feliz nueva de hallarse constituida la soberanía de las Provincias Unidas del Río de La Plata en la majestuosa corporación de la Asamblea General que V.M. dignamente representa; ha colmado el periodo del más extraordinario júbilo a los habitantes de este pueblo leal, con el reconocimiento, sumisión y juramento que ha prestado, luego que llegaron los impresos dirigidos a este Gobierno y Cabildo por el Excmo. Supremo Poder Ejecutivo, celebrándose tan augusto acontecimiento con iluminación por tres días consecutivos, salvas de artillería, repiquetees generales, misa de gracias con te-deum en esta santa Iglesia Catedral, para implorar al verdadero Dios de los ejércitos, derrame sus auxilios y gracias sobre la excelsitud de V.M. directorios a la consolidación de la paz y felicidad de esta parte patria. FUENTE: SALA CAPITULAR DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA). El Coronel Ignacio Warnes mientras se encontraba en la campaña de Chiquitos para derrotar el último bastión realista en la provincia cruceña, fue sustituido mediante apoyo del General José Rondeau comandante del Tercer Ejército Auxiliar del Rió de la Plata, nombrándose en su remplazo como gobernador al Coronel Santiago Carrera que es muerto posteriormente. 133


Warnes retorna de la campaña de Chiquitos y declara a Santa Cruz de la Sierra, República independiente de Buenos Aires que era sede de gobierno de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y por este motivo, no se envía como ex provincia del Rió de la Plata cruceña, diputados a la asamblea de Tucumán cuando se crea la República Argentina el 9 de julio de 1816. (NUEVO GOBERNADOR: Buenos Aires decide nombrar un nuevo gobernador en la persona de Santiago Carrera, por lo que Warnes continuó luchando en la región de Chiquitos. Carrera muere en una revuelta y Warnes asume nuevamente el mando de la región que había quedado completamente aislada. FUENTE: LAS GUERRILLAS: IGNACIO WARNES Y SU ACTUACIÓN EN SANTA CRUZ – EL GENERAL AGUILERA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 331). La batalla de Santa Bárbara fue una victoria más de los patriotas en su lucha por la independencia de la república de Santa Cruz de la Sierra y se desarrolló el 7 de octubre de 1815 y la emprendió Warnes junto con otros cambas cruceños, logrando derrotar a los realistas comandados por Udaeta y Altolaguirre. Hay versiones como las escritas por Hernando Sanabria, indicando que Warnes encabezó esta campaña sin más ayuda que la de su tropa y el combate de Santa Bárbara, pese a haber sido una victoria del ejército patriota fue supuestamente una de las menos nobles, pues se cuenta que muchos hombres del ejército de Udaeta y Altoaguirre no eran españoles sino autóctonos cambas cruceños, los que tuvieron una muerte terrible en el pajonal donde se libró la batalla y en ella se empañó la victoria con crueles medidas inmediatas, como la supuesta orden para incendiarlo y en el cual se debatían los heridos del bando contrario que no eran precisamente españoles, sino bárbaros reducidos y reclutados a la fuerza por los realistas Udaeta y Altolaguirre. El Coronel Ignacio Warnes envió a Chiquitos al capitán Inocencio Limpias en misión de paz, para intentar detener los ataques contra los patriotas pero fue ejecutado con sus cuatro acompañantes. Esto hizo que el Cabildo de Santa Cruz de la Sierra, se decidiera a sufragar los gastos de la expedición y el 28 de agosto de 1815. Ignacio Warnes partió junto a 1.600 soldados rumbo a Chiquitos, comunicándolo a Buenos Aires y dejando a Mercado al mando del gobierno. Sobre la quema del pajonal escribe el historiador Sanabria que fue la segunda batalla más importante al mando de Warnes, donde se obtuvo la victoria definitiva que mantuvo a Santa Cruz de la Sierra, libre e independiente en todo su territorio patrio hasta la invasión de su capital y la muerte del jefe de gobierno de la Republica cruceña en noviembre de 1816. El 18 de junio de 1815 el hacendado Leandro Suárez desde su hacienda en el Abra de Asusaquí, avanzó con 200 hombres y ocupó la islería o Punta de Durán desafiando a Warnes, pero éste logró hacerlo desistir de la sublevación y el 6 de septiembre se recibió del Coronel Santiago Carrera, como nuevo gobernador de Santa Cruz de la Sierra nombrado por el directorio bonaerense. Una comunicación con la orden enviada para Warnes desde Buenos Aires que le conminaba, regresar a la ciudad capital del Río de la Plata para asumir un nuevo destino. La recibió y luego de consultar a sus oficiales, la desobedeció en beneficio de la importancia que tendría la expedición, continuando en consecuencia la marcha hacia Chiquitos e incorporando originarios autóctonos al ejército luego de negociar con varias tribus. Este acontecimiento significó un hecho cierto de separación de Santa Cruz de la Sierra de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires, más la irrefutable conformación de la República independiente de Santa Cruz de la Sierra.

LA GOBERNACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA La Gobernación de Santa Cruz de la Sierra se creó bajo la influencia del Paraguay, por ser parte territorial reconocida el año 1545 por los reyes de España y por la Presidencia de la Audiencia de Lima a cargo del sacerdote Pedro de la Gasca, luego fuimos componentes del Río de la Plata desde 1776 al crearse el Virreinato de Buenos Aires, formado en conjunto por las provincias de Buenos Aires, Paraguay, 134


Selva

Tucumán, Río Grande, Uruguay y las cuatro del Alto Perú (Charcas, Cochabamba, La Paz y Potosí). Esto demuestra que como provincia cruceña no se tiene relación histórica ni geográfica alguna con la colonización española, ejecutada por el océano Pacífico y los Andes Centrales. Evidenciando históricamente que la gobernación o Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, no fue parte dentro de la administración política de la audiencia de Charcas desde 1776 en adelante. El hecho de no pertener a Charcas, se fortalece por la creación del virreinato del Río de la Plata y cuando el rey Carlos III decide en 1782 crear las intendencias, dividiendo el virreinato de Buenos Aires en ocho, formando entre ellas la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra que integraba los gobiernos de Mojos y Chiquitos creados en 1777, por pasar a constituir estos gobiernos a ser parte de la intendencia cruceña en lo militar por el existente Decreto del rey del 25 de julio de 1771. La fundación de Santa Cruz de la Sierra se concreta, en la culminación del deambular de Ñuflo de Chávez que fue comenzada hacia la laguna de los Xarayes en el actual Estado de Matogroso de la federativa República del Brasil, el cual no es más que el Pantanal o el Gran Pantanal situado en su mayoría en la república vecina, conocido durante la época de la conquista española con el nombre de Laguna de Jarayes. Es una llanura aluvial inmensa que cubre algunas partes en el actual departamento de Santa Cruz y Paraguay. El territorio de los Xarayes por la calidad malsana y desfavorable en ese entonces, llevó a Chávez a desistir de su primera intención y abandonar su proyecto de fundar una ciudad, pero la tenacidad del capitán lo condujo con una parte de sus soldados a atravesar la maraña de la selva al Oeste del río Paraguay, llegando hasta las estribaciones de la cordillera de los Charcas, recorriendo los territorios entre el río Bermejo y el Pilcomayo al Norte y fundar el 1º de agosto de 1559 el pueblo de la Barranca o Nueva Asunción a orillas del río Grande o Guapay. El Capitán Ñuflo de Chávez buscando consolidar su proyecto, consigue hacer nombrar a García Hurtado de Mendoza hijo del Virrey del Perú como Gobernador de Mojos en 1560 y ante la ausencia del nombrado, lo suple en calidad de Teniente Gobernador de Mojos hasta su muerte, separando así los territorios de Santa Cruz de la Sierra de la Gobernación del Paraguay que la integramos por 23 años. Además manejándose dentro de las misiones jesuitas que mantenían la condición de Republica Religiosa, hasta su separación de las del Paraguay como suceso en 1700. El gobernador Irala murió en 1556 y antes de su muerte, encargó a Ñuflo de Chávez que fundara una ciudad en la comarca de los indios “Jaráquez”, pero éste debió desistir del intento porque los portugueses de Brasil después de cruentos enfrentamientos durante 1556 y 1557 le disputaban el territorio. No obstante por encargo del gobernador interino Hernando de Mendoza, salió Chávez con 158 soldados para fundar una ciudad en la comarca de los indios chiquitos, llevándose a cabo la fundación de Nueva Asunción. Los españoles de la corriente del Pacífico que ya estaban en el Perú, habían explorado parte de la comarca entre el río Parapetí y Guapay por equivocación, pues el mandato recibido por el virrey Cañete para Andrés Manso, estaba en que se debía colonizar los territorios llamados las Salinas entre los ríos Paraguay, Bermejo y Pilcomayo. A pesar de que hasta aquí llegaba la orden, Andrés Manso reclamaba la pertenencia del territorio que había explorado por desorientación y equivocación del lugar hacia donde tenía destinado. (DESORIENTACIÓN Y EQUIVOCACIÓN ALTO PERUANA: Allá por 1556, el virrey Andrés Hurtado de Mendoza, Marques de Cañete, recibió la noticia de la existencia de una zona sin colonizar, al otro lado de las llanuras, al sudeste de los Charcas y dentro de su jurisdicción. Con la intención de poblar estas tierras encarga una expedición al capitán Andrés Manso Sierra de Leguizamo, quien había estado anteriormente en Potosí y Charcas. Hizo su entrada este conquistador por la denominada ruta de Tomina con el propósito de poblar toda la región comprendida entre los ríos Paraguay, Pilcomayo y Bermejo. FUENTE: LA RUTA DEL PAITITÍ: CHÁVEZ Y MANSO, FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: 135


QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 132). El Capitán Chávez no se amilanó ante la pretensión de Manso, marchando a Lima para reclamar sus derechos ante el virrey Andrés Hurtado de Mendoza Marqués de Cañete, por lo que el virrey del Perú nombró a su hijo García Hurtado de Mendoza Gobernador de la provincia de Moxos en 1560 y su lugarteniente a Ñuflo de Chávez, pues García de Mendoza estaba residenciado en Chile y de hecho la gobernación recayó en Chávez quien a su buen entender la gobernaba y disponía y con este acto, se creó la nueva provincia o gobernación. Andrés Manso no se conformó con el dictamen resistiendo las órdenes virreinales, por lo que fue enviado preso a La Plata de la Nueva Toledo, posteriormente fue muerto con la mayoría de los españoles que lo acompañaban en la cidad que había fundado a orillas del Parapetí. (GOBERNACIONES DE CHÁVEZ Y MANSO: Después de que Salazar se posesionara de las tierras en disputa. Manso junta gente para recobrarlas; al mismo tiempo se reanudan los trámites legales. En 1561, Chávez y Manso recurren al virrey que entonces era el Conde Nievas. Este envía a don Juan de Avellaneda a fin de pacificar a los conquistadores. El mediador parte las tierras dando a Chávez la región de Chiquitos, Mojos y Matto Grosso, y a Manso las tierras de su nombre, que comprendían la región del Chaco. La decisión del mediador fue sancionada posteriormente por la audiencia (1562). Poco después, surge la acometida de los chiriguanos que asuela toda la región recién poblada por los españoles. El levantamiento indígena abarcó más gobernaciones, quedando reducidas a cenizas las poblaciones de la Nueva Rioja y la Barranca. En la defensa de la Nueva Rioja fue muerto Andrés Manso y de los españoles quedaron poquísimos sobrevivientes. FUENTE: NUEVAS DISPUTAS ENTRE CHÁVEZ Y MANSO: LA RUTA DEL PAITITI: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 133).

LA REPÙBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA La República de Santa Cruz de la Sierra declarada independiente de Buenos Aires por los coroneles Ignacio Warnes y Manuel Mercado a fines de 1815. Confirmada en su retorno a la capital desde Chiquitos, fue reafirmada en su independencia por el Cabildo del 15 de febrero de 1825. Hecho histórico que por desinformación e ignorancia, se la procesa de España y no de la confederación de las Provincias del Río de la Plata y del Alto Perú libre e independiente de España, como territorio soberano liberado por Pedro Antonio de Olañeta. La independencia Camba Cruceña se mantiene en vigencia y es existente pese a la toma de su capital Santa Cruz de la Sierra, como la derrota parcial del ejército de la nación de los pueblos cambas cruceños que causó la muerte de su primer jefe de gobierno independiente el 21 de noviembre de 1816. (BATALLA DEL PARI: Aguilera controlaba, desde Mizque y Valle Grande, el paso hacia la zona occidental donde había concentrado sus tropas, Ambos ejércitos se enfrentaron en el Parí, Aguilera con 1.200 hombres y Warnes con 1.000, resultando vencedor el coronel Francisco Aguilera después de una sangrienta batalla. FUENTE: LAS GUERRILLAS: IGNACIO WARNES Y SU ACTUACIÓN EN SANTA CRUZ – EL GENERAL AGUILERA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 331). La derrota del Parí en ningún momento significó la perdida de la independencia alcanzada desde 1815, por consecuencia de rebelarse Warnes y Mercado contra Buenos Aires, cuando el 6 de septiembre Ingresó el Coronel Santiago Carreras como nuevo Gobernador de Santa Cruz de la Sierra, nombrado por José Rondeau y Álvarez Thomas en desaprobación por la expedición de Warnes a Chiquitos. Trayendo una comunicación con la orden enviada a Warnes de regresar a Buenos Aires con un nuevo destino. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS SE NEGARON A CUMPLIR LA ORDEN DE BUENOS AIRES: Por orden del Director Supremo Ignacio Álvarez Thomas, fue enviado a Santa Cruz de la Sierra, que había sido evacuada por los patriotas y aún resistía bajo el mando de Ignacio Warnes. Tanto Rondeau como el Directorio creían necesario desplazar a éste, y enviaron a Carrera para 136


que se hiciera con el mando político de la provincia. Pero los santacruceños se negaron a aceptar su autoridad. FUENTE: BIDONDO, EMILIO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN EL ALTO PERÚ, CIRCULO MILITAR, BUENOS AIRES, 1979). La destitución de Warnes fue el detonante para la declaración de la independencia y la separación de la nación de los pueblos cambas cruceños de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, porque hasta ese entonces fuimos Provincia Unida del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra. El segundo comandante del ejército patriota cruceño Coronel José Manuel Mercado fue el que lucho, derroto y expulsó de la capital al ejército ya constituido en alto peruano o charqueño que estaba aliado y a las órdenes del General Pedro Antonio de Olañeta el 14 de febrero de 1825, confirmando la independencia declarada por Warnes. El entonces coronel Mercado que había combatido junto a Ignacio Warnes en el Parí, toma definitivamente la plaza de la capital Santa Cruz de la Sierra de la provincia cruceña y declara la confirmación definitiva de la independencia de los cinco partidos que la formaban. La lucha por la independencia había empezado en agosto de 1810 con la rebelión del fuerte Membiray en Cordillera promovida por el capellán José Ignacio Salvatierra, dando como resultado la toma de Santa Cruz de la Sierra capital el 24 de septiembre de ese año, eligiéndose una junta de gobierno encabezada por el coronel Antonio Suárez que dio parte a Buenos Aires como gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata. En los años siguientes el ejército de la nación de los pueblos cambas cruceños apoyado y financiado por el propio pueblo, peleaba cada día por la conservación de su independencia de la corona española primero y luego del independiente Alto Perú o Provincia de los Charcas, en manos de su libertador Pedro Antonio de Olañeta que la separó definitivamente de España el 9 de marzo de 1824 mediante el tratado de Tarapacá. Este hecho es reconocido por Sucre en la Capitulación de Ayacucho que registra la liberación y la victoria contra España solo hasta el río Desaguadero con Tacna y Arica, no incluye la provincias de Charcas o Alto Perú con sus cuatro intendencias como Potosí, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz ya libres del poder colonial español. El movimiento independentista de la nación de los pueblos cambas cruceños fue liderado por el Coronel Antonio Suárez que luego pasa la gobernación al Coronel Ignacio Warnes y finalmente a la muerte de este la toma el Coronel José Manuel Mercado. Las batallas en Florida el 25 de mayo de 1814, como la de Santa Bárbara el 7 de octubre de 1815 y la del Parí el 21 de noviembre de 1816, tuvieron un resultado estratégico en la resistencia patriota que se hizo extensiva para todas las provincias del Río de la Plata. No así para el Alto Perú que continuó en manos españolas y luego criollas al derrotarse por los ejércitos comandados por Pedro Antonio de Olañeta y Manuel Goyeneche a los auxiliares del Río de la Plata, todo esto hasta que procedieron a su separación de España mediante el tratado de Tarapacá, efectuado en el encuentro de Tarapaya el 9 de marzo de 1824. La batalla del Parí fue donde murió Warnes y la capital Santa Cruz de la Sierra quedó a cargo del Brigadier realista Francisco Javier de Aguilera, pero Cordillera se mantuvo en manos del jefe patriota José Manuel Mercado y desde allí, el colorado dirige las constantes incursiones y tomas sobre la plaza de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Una de las más notables fue la de la noche buena de 1818, cuando el valiente colorado Mercado irrumpió de improviso y ocupó la ciudad con su gente, por lo que en los años posteriores hizo que por las acciones de Mercado, el brigadier Aguilera se establezca en Valle Grande y desde allí, se había enterado de las noticias de Junín adhiriéndose a la campaña de Sucre sobre el Alto Perú, pero la sublevación de Cochabamba en enero de 1825 le hizo marchar con su tropa para sofocar el levantamiento, pues era una plaza que él había dominado y estaba cerca. La gente de Francisco de Aguilera le defeccionó en Chilón, cuando ya estaba apegado a Antonio José de Sucre. (AGUILERA ALIADO CON SUCRE: El primero de marzo, aguilera se 137


os Libres

presenta al Mariscal Sucre en La Paz, y este lo deja en completa libertad. (Lecuna, 115). FUENTE: LA BATALLA DE TUMUSLA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINO SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 188). El 14 de febrero de 1825 ocurrió la toma patriota de Santa Cruz de la Sierra capital por la acción de los militares y civiles comandados por Mercado, quienes destituyeron al gobernador Tomás Aguilera y eligieron como sucesor al mismo Coronel Mercado, pero al día siguiente o sea el 15 de febrero ocurre la reafirmación de la Independencia de Santa Cruz decidida por el cabildo cruceño, siendo nombrado jefe de gobierno el cabildante Don Juan Manuel Arias. El General Pedro Antonio de Olañeta libertador del Alto Perú fue muerto por la traición de sus oficiales en abril de 1825, en la supuesta e inexistente batalla de Tumusla, el cual en el mes de enero de 1823 había recibido dos cartas procedentes de España vía Montevideo. Ambas estaban remitidas por miembros del Consejo de Regencia instalado en Urgel con fecha agosto de 1822. En una de estas cartas se instaba a Olañeta a proclamarse defensor de la monarquía absoluta, prometiéndosele al cargo de virrey del Río de la Plata y asegurándole que la Santa Alianza invadiría España. En la otra se le daba aviso del traslado del Consejo de Regencia a territorio francés ante el avance del general Francisco Javier Mina. El Coronel Pedro Antonio de Olañeta abrazó con entusiasmo la causa absolutista, recibiendo el aviso de que el Duque de Angulema había invadido España en abril de 1823 y el 22 de enero de 1824 receptó Olañeta en Potosí, una Gazeta española que informaba el rey había sido liberado por el duque de Angulema el 1 de octubre de 1823. Anula el rey todo lo hecho por los liberales, llevando las cosas al estado en que estaban en 1819, cosa que hizo que este general español que estaba rebelde, consiguiera la separación e independencia del Alto Perú o provincias de los Charcas mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824. Los absolutistas del Cusco habían convencido a Pedro Antonio de Olañeta de que el virrey la Serna, pensaba establecer un Estado independiente en el Perú para acoger a los liberales escapados de España, por lo que el mismo día 22 de enero de 1824 Olañeta inició la rebelión en contra del virrey y comenzó, intimando al gobernador intendente de Potosí José Santos La Hera para que la guarnición de 300 hombres a su mando quedara a órdenes directas suyas. Lo hacía argumentando que él era el jefe de las provincias del Río de la Plata hasta el río Desaguadero y que no reconocía otra autoridad que la del rey absoluto. La Hera resistió refugiándose con sus fuerzas en la casa de la moneda de Potosí, pero luego evitó el enfrentamiento entregando las tropas a Pedro Antonio de Olañeta y partiendo hacia el Perú con los oficiales. El General Pedro Antonio de Olañeta se dirigió a Chuquisaca para intimar al Presidente de la Real Audiencia e Intendente de Charcas, pese a que esta fue desaparecida y eliminada por el gobierno de Buenos Aires en 1813. La audiencia pretendía ser revivida en Chuquisaca, por lo que Rafael Maroto abandonó la guarnición y la ciudad dirigiéndose a Oruro, Pero pedro Antonio de Olañeta entró en Chuquisaca el 8 de febrero y Jerónimo Valdés que partió de Arequipa fue enviado por el virrey hacia Potosí, el cual le propuso un arreglo pacífico mediante la llamada entrevista de Tarapaya ocurrida en las afueras de Potosí el 9 de marzo de 1824. (PACTO DE OLAÑETA CON VALDEZ: Pedro Antonio de Olañeta se muestra en su vida de campaña como un militar empecinado. El virrey envía a Jerónimo Valdez para controlar la rebelión, pero ante el avance de las tropas de Bolívar, próximo ya de los campos de Junín, Valdez tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá, marzo de 1824) para retornar al lado del virrey La Serna. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: EL GENERAL PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES Y LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 343). El General Pedro Antonio de Olañeta mostró las comunicaciones que había recibido de España y exigió la restauración del absolutismo con la separación de los gobernadores de La Hera y Maroto. 138


Valdés accedió a las exigencias de Olañeta y se convino que el brigadier Francisco Javier Aguilera o el Coronel Guillermo Marquiequi si aquél no podía. quedara como presidente de Charcas (Provincia de Chuquisaca) y en Potosí Pedro Antonio de Olañeta podría elegir un gobernador. Así todo el Alto Perú quedaría bajo su mando con la sola obligación de enviar mensualmente dinero al Cusco y asistir con tropas, si los revolucionarios desembarcaban en las costas del Océano Pacífico entre Iquique y Arequipa, cosa que no cumplió. La falsa interpretación de los historiadores alto peruanos, hizo confundir la desaparecida audiencia de Charcas por decisión del rebelde gobierno del ex virreinato del Río de la Plata en 1813, con la Provincia de los Charcas. (CASIMIRO OLAÑETA IDEÓLOGO CREADOR DE LA REPÚBLICA DEL ALTO PERÚ: En estas circunstancias hacen que la audiencia de Charcas tuviera un destino independiente de los argentinos, peruanos y españoles. Muchos historiadores suponen que Casimiro Olañeta, sobrino y secretario general fue quien indujo a esta incomprensible actitud. En todo caso, en su carta al general Sucre, Casimiro Olañeta escribe lo siguiente: “no quiero retornar jamás al territorio de los tiranos a quienes he servido con el único propósito de mantener la discordia que introduje entre ellos y que he mantenido hasta el final. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: EL GENERAL PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES Y LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 343). Incluyendo en forma apócrifa y fraudulenta a la República de Santa Cruz de la Sierra dentro de la eliminada audiencia, cuando las incursiones de los ejércitos auxiliares del Río de la Plata son claras, de que sólo abarcaron el Alto Perú, pues no llegaron nunca a los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños. El poder realista se fue debilitando por la guerra de guerrillas en el Alto Perú o Provincia de los Charcas, como por las incursiones de los ejércitos auxiliares tanto de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, como de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, también por el descenso victorioso de los ejércitos libertadores del Norte en Colombia y Venezuela. Lo que hizo que el último general que ya no era realista por estar rebelde y separado del gobierno colonial de España Pedro Antonio de Olañeta, fuera derrotado y muerto en la invasión a su territorio liberado de España. Todo ello por las deserciones de sus hombres y las traiciones de su propia familia, además por los conflictos con el virrey La Serna. Pedro Antonio de Olañeta pierde la vida en la supuesta Batalla de Tumusla el 1º de abril de 1825 que no fue tal. (TRAICIÓN DE CASIMIRO CONTRA SU TÍO PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Consumadas las batallas de Junín y Ayacucho el general Olañeta mantenía su actitud, y es entonces que envía a su sobrino Casimiro a la costa para conseguir armas, éste desvía su camino y se dirige al Desaguadero a dar encuentro al Mariscal Sucre. Era enero de 1825. En abril de ese año muere Pedro Antonio de Olañeta en Tumusla, victima del motín del regimiento de Chicheños que estaba comandado por Carlos Medinaceli. Este hecho facilitó la penetración de las tropas colombianas a todo el Alto Perú, sin que se disparase un solo tiro. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: EL GENERAL PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES Y LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 344). Además se especula que fue muerto por uno de sus oficiales. (PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA FUE MUERTO EN VENGANZA POR VIOLADOR: El General Pedro Antonio de Olañeta fue herido, al caer prisionero, por venganza catalana de su amanuense Tte. Francisco Sánchez, cuya esposa habría sido violada por el General realista en la ciudad de La Paz. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA. EDICIÓN, AÑO 1981, PÁG. 19). La capitulación final del ejército de Pedro Antonio de Olañeta se produce en abril de 1825, 139


cuando su fiel segundo Barbarucho o José María Valdez decide rendirse. (RENDICIÓN DE JOSÉ MARÍA VALDEZ: El intrépido e incansable José María Valdez; el Barbarucho de la historia, decide rendirse. En un punto llamado Chequete, entre Tumusla y Cotagaita. Allí efectuó la ceremonia formal de su rendición y custodiado por una pequeña escolta fue conducido a Potosí a presencia del Mariscal Antonio José de Sucre quien se enteró de la noticia el 8 de abril. FUENTE: LA BATALLA DE TUMUSLA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 189).

LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ALCANZÓ SOLA SU INDEPENDENCIA La República de Santa Cruz de la Sierra, lucho por su independencia al igual que las demás provincias del Virreinato del Río de la Plata, con recursos propios y sin ayuda ninguna del Perú, Colombia, Venezuela y lo que hoy es Bolivia, conocida como Alto Perú o Provincia de los Charcas. También de Buenos Aires desde 1815, al haberse independizado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata ese mismo año, pues fue decisión de los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, desligarse de toda influencia foránea y estar solos en la guerra contra España primero, luego contra el Alto Perú o Charcas que estaba en manos españolas con su ejército, después separado del poder colonial de Lima, del Cuzco y de España al final por Pedro Antonio de Olañeta. El Alto Perú estaba definitivamente y sin cuestionamiento en contrario, en poder de Pedro Antonio de Olañeta desde su declaración de rebeldía en 1822, liberádo definitivamente del Virreinato del Perú y de España por el Tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 en la localidad de Tarapaya. Este hecho de separación alto peruana fue reconocido como cierto mediante la capitulación de Ayacucho, como el ejército al mando de Pedro Antonio de Olañeta que mantenía un regimiento de ocupación en Valle Grande, comandado por el Brigadier Francisco Javier de Aguilera, el cual estuvo primero a las órdenes de España, luego jefe de una fracción del ejército del Alto Perú. Por último Francisco de Aguilera traicionando a su jefe, se pasó al mando de Antonio José de Sucre, como se prueba por el socorro económico recibido de parte de dicho Mariscal. (SUCRE COMPRA LA ALIANZA DE AGUILERA: Por certificado que acompaño, verá V.E. que en socorro del General Don Francisco Xavier de Aguilera, se han erogado por las cajas del tesoro Público, doscientos doce pesos a consecuencia del oficio que al efecto me pasó el señor Coronel comandante Antonio Saturnino Sánchez. FUENTE; LA BATALLA DE TUMUSLA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUIS: PRIMERA. EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 188). La reafirmación de la independencia de la Provincia del Río de la Plata de la nación de los pueblos cambas cruceños en 1815, se la lleva a efecto en el Cabildo del 15 de febrero de 1825, después de la 140


n de la ncia

expulsión de los invasores del Alto Perú el 14 del mismo mes y año. Por lo que la anexión en la República Bolívar, fue el resultado del dolo y el fraude histórico, manejado por las oligarquías de comportamiento dos caras de criollos del Alto Perú o Charcas que, se encontraban comandados por Casimiro Olañeta y Mariano Serrano. Oligarcas de Charcas que además pertenecían a la junta llamada Club Patriótico, apéndice de la logia masónica Huaukes o sea hermanos en aimara. (LOS DOCTORES DE CHARCAS ERAN LOGIEROS MASÓNES: Los doctores de Charcas, posteriores a 1810, eran miembros de una logia, sociedad patriótica o club. M. Beltrán Ávila en la pequeña gran logia que independizó a Bolivia señala como año 1823 esta situación, y el libro Apuntes para la historia de la Masonería boliviana de Carlos Urquizo S. y Manuel E. Contreras V., manifiesta que la logia patriótica era un apéndice de los Huaukes, que en aymara significa hermanos; el jefe de esta logia era José María Serrano y en ella participaban Leandro Uzin, Manuel María Urcullo, Antonio Vicente Seoane, Vicente Caballero, los cuatro hermanos Moscoso y otros muchos más. Charles Arnade, por su parte, no les concede inclinaciones independentistas, ni convicciones distintas a sus apetitos y ambiciones personales, por eso los denomina dos caras, porque estaban a la expectativa de quien iba a triunfar. FUENTE: PRESENTACIÓN: FRANZ A. MICHEL: 200 AÑOS: BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: DESENREDANDO LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ Y SUS PROVINCIAS (1805 -1841): GANDARILLA GUARDIA, NINO: TERCERA EDICIÓN, AÑO 2010, PÁGINA 12). Los de la logia masónica fueron conspiradores contra la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, pues se mantenían en confabulación con Antonio José de Sucre y Simón Bolívar, como está demostrado contundentemente por la documentación existente en las actas de la asamblea de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, instalada en esta capital de la Intendencia de Chuquisaca y de la desaparecida audiencia de Charcas. La demostración de que los del Alto Perú o Charcas, se unieron a la República Argentina en Tucumán está comprobado por el Acta de la Independencia del país vecino, como resultado de la asamblea del 9 de julio de 1816, en la que no tiene representantes la independiente República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, que por la importancia histórica probatoria se la transcribe in extensa. ACTA DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA: En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis: Terminada la sesión ordinaria del Congreso de las Provincias Unidas, continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los Pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero, por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España. Los representantes, sin embargo consagraron a tan arduo hecho, toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, la de los pueblos representados y la de toda la posteridad. A su término fueron preguntados, si querían que las Provincias de la Unión fuesen una nación libre e independiente de los Reyes de España y su metrópoli. Aclamaron primero llenos del santo ardor de la justicia y uno a uno reiteraba sucesivamente su unánime y espontáneo, decidido voto por la independencia del País, fijando en su virtud la determinación siguiente: Los Representantes de las Provincias Unidas en Sudamérica reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo, la justicia que regla nuestros votos: Declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los Reyes de España, recuperar los derechos que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del Rey 141


Fernando VII sus sucesores y metrópoli, quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas, haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración. En el Redactor del Congreso Nacional (1816). No. 6. Dada en la Sala de Sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros Diputados Secretarios. DIPUTADOS FIRMANTES: 1.- Diputado por Salta Dr. Antonio Sáenz, 2.- Diputado. Por Buenos Aires Dr. José Darragueira. 3.- Diputado por Buenos Aires Fray Cayetano José Rodríguez, 4.- Diputado por Buenos Aires Dr. Pedro Medrano, 5.- Diputado por Buenos Aires Dr. Manuel Antonio Acevedo, 6.Diputado por Catamarca Dr. José Ignacio de Gorriti, 7.- Diputado por Salta Dr. José Andrés Pacheco de Melo, 8.- DIPUTADO POR CHICHAS Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante, 9.- Diputado por la Ciudad de Jujuy y su territorio Eduardo Pérez Bulnes. 10.- Diputado por Córdoba Tomás Godoy Cruz, 11.Diputado por Mendoza Dr. Pedro Miguel Araos, 12.- Diputado por la Capital del Tucumán Dr. Esteban Agustín Gazcón, 13.- Diputado por la Provincia de Buenos Aires Pedro Francisco de Uriarte, 14.- Diputado por Santiago del Estero Pedro León Gallo, 15.- Diputado de Santiago del Estero Pedro Ignacio Rivera, 17.- DIPUTADO POR MIZQUE Dr. Mariano Sánchez de Loria, 18.- DIPUTADO POR CHARCAS Dr. José Severo Malabia, 19.- DIPUTADO POR CHARCAS Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros, 20.- Diputado por La Rioja Licenciado Jerónimo Salguero de cabrera y Cabrera, 21.- Diputado por Córdoba Dr. José Colombres, 22.- Diputado por Catamarca Dr. José Ignacio Thames, 23.- Diputado por Tucumán Fray Justo de Santa María de Oro, 24.- Diputado por San Juan José Antonio Cabrera, 25.- Diputado por Córdoba Dr. Juan Agustín Maza, 26.- Diputado por Mendoza Tomás Manuel de Anchorena, 27.DIPUTADO POR CHARCAS Dr. José Mariano Serrano: SECRETARIO, 28.- Diputado por Buenos Aires Juan José Paso secretario.

LA ANEXIÓN DOLOSA Y LA COLONIZACIÓN FRAUDULENTA, DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS SANTA CRUZ DE LA SIERRA ERA INDEPENDIENTE DESDE 1815 HASTA 1825

REPÚBLICA

La República de Santa Cruz de la Sierra como provincia rioplatense y amazónica de la nación de los pueblos cambas cruceños, siguiendo el ejemplo de Buenos Aires, en 1810 declaro su independencia del imperio español y se adhirió a la revolución de mayo gestada en la capital del Río de la Plata. Desde ese momento se inició la guerra de esta provincia rioplatense contra España y luego viene su separación e independencia de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, por último se libera de la agresión del Alto Perú independiente de España ejecutada contra Pedro Antonio de Olañeta, cuando se expulsa a su ejército al mando de Aguilera en febrero de 1825. Lo que si es cierto, es que nuestra gobernación estuvo integrada judicialmente a la audiencia de Charcas, pero sólo fue hasta la creación del virreinato del Río de la Plata en 1776, porque esta audiencia o cancillería quedó disminuida desde 1776 y 1782 respectivamente por decisión del Rey. como también 142


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extinguida y eliminada en 1813 por decisión del gobierno rebelde a España de Buenos Aires. La audiencia de Charcas no tuvo jurisdicción administrativa ni militar sobre la gobernación santa cruceña en ningún momento después de 1776, pues como Gobernación, Intendencia o Provincia de Santa Cruz de la Sierra no formó parte de las Provincias Altas del virreinato de Buenos Aires, llamadas provincias de los Charcas con el sobrenombre de Alto Perú, ni fuimos parte de la República Argentina. Lo que consiste una incongruencia y mentira histórica, es llamar al movimiento insurreccional libertario de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1810 como argentinas y bolivianas, pues estas dos repúblicas existieron recién desde el 9 de julio de 1816 la una, y el 6 de agosto de 1825 la otra respectivamente. Distorsionándose la historia por los doctores formadores de la república de nombre Bolívar, para involucrar al movimiento independentista de la nación de los pueblos cruceños con el Alto Perú, dentro de la interpretación maliciosa de la ley de 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires, porque como República definitivamente estábamos libres, soberanos y separados de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, en calidad de independiente desde 1815 y esta independencia se mantuvo, desde finales de 1815 hasta 1825 cumpliendo en ese tiempo dos etapas claras y diferenciadas, donde La primera parte o etapa sucede el 24 de septiembre de 1810. (FORMACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 1810: Hubo que esperar hasta el 24 de septiembre de 1810, cuando los doctores que habían estudiado en Charcas se levantaron y proclamaron el nuevo gobierno, la Junta Provisoria, siguiendo el modelo de la junta de Buenos Aires. El levantamiento lo liderizaron el Dr. Antonio Vicente Seoane, el Cnel. Antonio Suárez, el cura José Andrés Salvatierra, Juan Manuel Lemoine y el argentino Eustaquio Moldes. Este último había llegado desde Buenos Aires, y estaba encargado de difundir las ideas de la junta gubernativa de Mayo. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: PEÑA DE CASTEDO, PAULA: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 178). La Provincia de Santa Cruz de la Sierra como ex intendencia del Virreinato del Río de la Plata, se declara independiente de España y envía delegados al movimiento liderado por Buenos Aires. Todo esto sucede una vez expulsado el gobernador Intendente Becerra designado por Goyeneche, porque la Provincia de Santa Cruz de la Sierra envía dos diputados a la Asamblea Constituyente de Buenos Aires en 1813 compuestos por el Coronel Antonio Suárez y Don Pedro Damián Urtubey. El segundo periodo o etapa se produce desde finales de 1815, al declararse la nación de los pueblos cambas cruceños independientes de Buenos Aires, hasta el 6 y 11 de agosto de 1825 cuando se nos anexa y se concreta la creación de la República Bolívar, contemplando solamente a las cuatro provincias del Alto Perú o Charcas. (SOLO COCHABMABA, LA PAZ, CHUQUISACA Y POTOSÍ: El Acta de la Independencia constituye una relación de guerra de la independencia y la declaración de la independencia ante la faz del mundo. La asamblea deliberante reunida en Chuquisaca a través de la convocatoria de 9 de febrero de 1825 expedida por el Mariscal Sucre, declaraba en su sesión del día 6 de agosto. Las cuatro provincias alto peruanas se erigen en estado libre y autonómico con la denominación de República de Bolívar en homenaje al Libertador Simón Bolívar. FUENTE: MANUAL DE TEORÍA GENERAL PARA PRE-MILITAR (ME – 01 – 05): COMANDO GENERAL DEL EJÉRCITO: Página 42). Después de la Asamblea de Chuquisaca se anexa y coloniza a la nación de los pueblos cambas cruceños, y se lo hace definitivamente cuando es convertida la República de Santa Cruz de la Sierra en departamento de Bolivia, mediante el decreto del 23 de enero de 1826 dictado por Antonio José de Sucre sin ser Presidente de la República Bolívar. Estando sólo como representante militar de Simón Bolívar que era Presidente Dictador del Perú y Presidente Vitalicio fr Bplívar siempre que permaneceira en su territorio. (COLONIZACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Denominación de Departamentos y Provincias: Antonio José de Sucre: General en jefe del Ejercito Libertador y encargado del mando de estos 143


eneche

Departamentos. FUENTE: REPÚBLICA DE BOLIVIA – DECRETO DEL 23 DE ENERO DE 1826: CONSIDERANDO: DECRETO EN QUE SE BASÓ LA DISTRIBUCIÓN DEPARTAMENTAL DE LA REPÚBLICA DE BOLÍVAR. QUINTA PARTE: INTERÉS FORÁNEO Y MANIOBRAS PARA NUESTRA ANEXIÓN. UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA – TERRITORIOS DE MISIONES O PAÍS DE LAS AMAZONAS: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2007, PÁGINA 215). El hecho de nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta, es efectuado en forma coactiva para ser entregada a la supuesta propiedad vitalicia de Simón Bolívar, pese a que la República de Santa Cruz de la Sierra estaba rebelde, independiente y separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, mucho antes de la creación de la República Argentina gobernada desde Buenos Aires y creada en 1816, como de la República Bolívar creada en 1825. La separación y la declaración de la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, es a consecuencia de la agresión manejada desde la capital Buenos Aires, por sus representantes militares y políticos como lo fueron el General Rondeau y el Gobernador Ignacio Álvarez Thomas en 1815. Siendo esto lo que motivo en última instancia para que no se hubiere enviado representantes de los cambas cruceños en la creación de la República Argentina. La importancia de conocer todo lo referente a la Gobernación primero, Intendencia después, Provincia y República por último de Santa Cruz de la Sierra, de la misma manera la trascendencia de reconocer a nuestros héroes de la independencia, hace que en este trabajo se transcriba parte de las acciones de Ignacio Warnes dentro de los movimientos independistas del Río de la Plata, en calidad de oficial del segundo ejército auxiliar tras los sucesos de Tucumán en 1812 y de Salta en 1813, pues el General Manuel Belgrano comisionó a Warnes para que gobernara y mantuviera libre a Santa Cruz de la Sierra con el grado de Coronel. El Coronel Ignacio Warnes logró su cometido asumiendo el gobierno en esta ciudad que teóricamente, estaba sometida a la autoridad de la Intendencia de Cochabamba hasta antes de 1811 y dentro de las Provincias del Río de la Plata. Pero que en la práctica se manejó con absoluta independencia, ya que Santa Cruz de la Sierra como heredad de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue liberada de la tutela gubernativa cochabambina por Manuel de Goyeneche, como responsable militar y Presidente de la audiencia del Cuzco, de La Paz y sus alrededores. El Coronel Ignacio Warnes organizó un ejército local, instruyendo personalmente a sus hombres y 144


fabricando su armamento, luego mientras el resto del ejército del Río de la Plata comandado por Belgrano, se retiraba a Salta derrotado en el Alto Perú, logró mantener el control de su provincia y luego república. Mostrándose como un brillante organizador militar al crear los batallones de los Pardos y Morenos, de la misma manera que el de Coraceros y Cazadores al estilo de los de Buenos Aires. Un poco por convicción y otro para equipar al primero de estos batallones, emitió el decreto de la libertad inmediata de todos los esclavos de la provincia que pelearan por la libertad. En su permanencia como gobernador Ignacio Warnes no coordinó en absoluto sus acciones, con el jefe guerrillero alto peruano que operaba en la región de la Laguna en Charcas de nombre Manuel Ascencio Padilla (PADILLA Y AZURDUY: Tenía sus tropas en la región de La Laguna, Tomina y El Villar, en el actual departamento de Chuquisaca. Había nacido en Chayanta el año 1774. FUENTE: LAS GUERRILLAS: LOS ESPOSOS PADILLA: LA FORMACIÓN DE LAS REPUBLIQUETAS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 330. // Esposo de la famosa Juana Azurduy. A la muerte de su esposo, Juana Azurduy fue nombrada coronela por el gobierno argentino por sus méritos durante la campaña. Habiéndose nombrado nuevos jefes de la insurrección se retiró a Tarija, y de allí a Salta, donde permaneció hasta 1825. FUENTE: LAS GUERRILLAS: LOS ESPOSOS PADILLA: LA FORMACIÓN DE LAS REPUBLIQUETAS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 330). Pese a los conflictos de jurisdicción entre Santa Cruz de la Sierra y Cochabamba, el coronel Warnes se mostró generoso y se prestó a ayudar a Arenales que fue vencido por el coronel Blanco, pues la fracción del ejército de Arenales que se salvo en la retirada de Angostura fue puesta a órdenes de Warnes. Se derrota a los realistas en la batalla en Florida el 25 de mayo de 1814 y en esta batalla Arenales, fue alcanzado por una partida enemiga que lo deja por muerto con varios cortes de sable en la cabeza pero salvó la vida. En la batalla en Florida el Coronel Ignacio Warnes, desafió y mató en duelo de sables al comandante español Coronel José Joaquín Blanco. La historia cuenta que una vez derrotado y regresado el ejército comandado por Belgrano hacia el sur, al ser parte de la confederación de las Provincias del Río de la Plata entró en contacto con el General José Rondeau ofreciéndole caballos y las tropas de caballería, además servicios de mensajes y coordinación, pero este rechazó el ofrecimiento y decidió enviar al ex gobernador cordobés Santiago Carrera para reemplazar a Warnes, en el gobierno de Santa Cruz de la Sierra que estaba en la zona selvática de Chiquitos, persiguiendo a una división realista y este, fue el motivo por lo que Carrera pudo entrar en la ciudad capital de la Provincia rioplatense de Santa Cruz de la Sierra. Los partidarios de Warnes provocaron una revuelta en la que fue muerto Carreras con varios de sus acompañantes, mientras tanto el Coronel Ignacio Warnes derrotaba a los realistas en Chiquitos en la hacienda Santa Bárbara. (IGNACIO WARNES GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Nacido en Buenos Aires, Warnes llega a Santa Cruz de la Sierra nombrado gobernador por Manuel Belgrano, jefe del segundo ejército auxiliar. En vista del acoso realista conforma un ejército al cual integra a cuantos deseaban luchar por la causa de la patria, incluyendo mestizos y mulatos, decretando la libertad de todo esclavo que se enrolara en su tropa. Había luchado junto a Álvarez de Arenales en la Florida, obteniendo la victoria y el control de Santa Cruz por las tropas patriotas. FUENTE: LAS GUERRILLAS: IGNACIO WARNES Y SU ACTUACIÓN EN SANTA CRUZ, EL GENERAL AGUILERA: LA FORMACIÓN DE LAS REPUBLIQUETAS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 331). La necesidad y la importancia de conocer los motivos de la independencia y separación de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, hace que se transcriba completamente parte de la biografía de Santiago Carrera en relación a algunos de los pasajes en la tierra de la nación de los pueblos cambas cruceños. Santiago Carrera por orden del Director Supremo en Buenos Aires de nombre Ignacio Álvarez Thomas, fue enviado a Santa Cruz de la Sierra que no había sido evacuada por los patriotas y aún resistía 145


bajo el mando de Ignacio Warnes, porque tanto Rondeau como el Directorio creían necesario desplazarlo y lo enviaron para que se hiciera con el mando político de la provincia, pero los patriotas de la nación de los pueblos cambas cruceños se negaron a aceptar la autoridad de Carrera y en respuesta a esta determinación, como rebeldía se separa Santa Cruz de la Sierra de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. El General Rondeau, jefe del Tercer Ejército Auxiliar del Rió de la Plata amenazó con aplastar la resistencia que se le hacía, la cual fue respondida en forma de una revolución en apoyo de Warnes en la que fueron muertos varios de los oficiales enviados desde Buenos Aires incluido el gobernador Carrera. Librándose su jefe de custodia Juan Felipe Ibarra que salvó la vida de milagro y más tarde, sería gobernador de Santiago del Estero durante treinta años. (MUERTE DE SANTIAGO CARRERA: Buenos Aires decide nombrar nuevo gobernador en la persona de Santiago Carrera, por lo que Warnes continuó luchando en la región de Chiquitos. Carrera muere en una revuelta y Warnes asume nuevamente el mando de la región. FUENTE: INTERNET: WIKIPEDIA LA ENCICLOPEDIA LIBRE). La desobediencia y la rebelión de la nación de los pueblos cambas cruceños contra Buenos Aires se produce, tal como se transcribe que el 28 de agosto de 1815 partió junto a 1600 soldados rumbo a Chiquitos, comunicándolo a Buenos Aires y dejando a Mercado al mando del gobierno. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, recibió al Coronel Santiago Carrera como nuevo gobernador de Santa Cruz nombrado por José Rondeau, en desaprobación por Buenos Aires de la expedición de Warnes a Chiquitos que portaba una comunicación con la orden enviada de regresar a Buenos Aires con un nuevo destino, lo cual fue rechazado y trajo como consecuencia la separación y la independencia santa cruceña en 1815.

LA FALACIA HISTÓRICA DE CONSIDERAR A LA REPUBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE ORIGEN ASUNCEÑA, PARTE DEL PERÚ Y POR LO TANTO ALTO PERUANA La República de Santa Cruz de la Sierra independiente como soberana, además separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y gobernada desde Buenos Aires. no fue diferenciada como Provincia Alta por este virreinato y sólo se contempla esta supuesta condición, por Antonio José de Sucre en su decreto del 9 de febrero de 1825, pues su origen como sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños proviene desde Asunción del Paraguay y no así del Perú. El no ser del Alto Perú, es el motivo por el que tampoco la nación de los pueblos cambas cruceños fuese incluida en la ley del 9 de mayo de 1825, dictada por el gobierno argentino para decidir libremente su destino, como sucedió con las cuatro provincias conocidas como alto peruanas o altas argentinas. Además no podríamos ser del Alto Perú o de Charcas pues provenimos del Paraguay y separados de la línea colonizadora del Perú, por la cordillera de los Chiriguanos como territorio de fronteras. El Poder Nacional Argentino autorizó al Coronel Juan Antonio Álvarez de Arenales que estaba como gobernador y capitán general de la provincia de Salta con fecha 8 de febrero de 1825, de liberar a las cuatro Provincias Altas argentinas para decidir su futuro a su libre albedrío. Esta determinación se refiere solamente a las provincias de Potosí, Chuquisaca o Charcas, La Paz y Cochabamba. Motivo por lo que la ley del 9 de mayo de 1825 en ningún momento se refiere a la ya independiente República de Santa Cruz de la Sierra de origen paraguaya y Tupí guaraní que se encontraba separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, tal como el Paraguay lo hizo en 1814.

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El hecho histórico sucedido con la nación de los pueblos cambas cruceños de nuestra independencia y separación de Buenos Aires, ocurrió al igual que con el Paraguay que se independizó de España el 15 de mayo de 1811, como de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1814. En la lucha por la independencia Camba Cruceña lucharon y gobernaron jefes del sur o sea del Río de la Plata y no argentinos, por haber sido componentes del Congreso General Constituyente de Buenos Aires y del ex-virreinato del Río de la Plata, contando en esta asamblea con la representación en los diputados Antonio Suárez y Pedro Damián Urtubey desde 1813. La primera y la segunda sesión del 10 y 11 de julio de 1925 en la asamblea de Chuquisaca como también en las siguientes, no existieron los representantes enviados a Oruro por el Municipio de Santa Cruz y Valle Grande, hasta que en la décima segunda del 6 de agosto de 1825 vemos que recién aparece el apócrifo y rezagado Vicente Seoane en La Plata de la Nueva Toledo. Así como en la décima cuarta del 9 de agosto se presenta ya muy atrasado Vicente Caballero, todo ello en un lugar diferente al de sus mandatos y cuando ya en la octava sesión del 28 de julio se había determinado suficiente discusión y establecido la independencia del Alto Perú y nuestra anexión dolosa. El brutal y villano hecho de Chuquisaca se tiene a modo de costumbre, ejecutarse desde siempre en las decisiones republicanas de Bolivia, como es el caso de imponer resultados a su colonia de la nación de los pueblos cambas cruceños, como está sucediendo en la reserva Isiboro Securé dentro del avance colonizador de la metrópoli colonialista centralista boliviana. Imposición corregida momentáneamente por presión principalmente de la sociedad colonial alto peruana y la internacional, pero que definitivamente será impuesta por la decisión metropolitana como es costumbre histórica. Los personajes corruptos y representantes de la República de Santa Cruz de la Sierra Seoane y Caballero, ertenecientes a la logia masónica Huaukes lo hicieron en calidad solamente de Santa Cruz de la Sierra (Cercado) y de Valle Grande, manejando un poder espurio para apersonarse a la asamblea de Oruro y no así tener competencia para hacerlo en la de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca. Haciéndolo solo a efecto de estar confabulados contra su propia república de la nación de los pueblos cambas cruceños, al ser miembros de esta logia patriótica masónica del Alto Perú o Charcas. La falta de presencia física a la asamblea de Chuquisaca por parte de la República de Santa Cruz de la Sierra, es cierta por contar solo con dos representantes ilegítimos, para cumplir con el mandato coactivo en el Decreto del 9 de febrero de Antonio José de Sucre que manda la concurrencia de cinco diputados representantes de los partidos de Cordillera, Mojos, Chiquitos, Santa Cruz de la Sierra y Valle Grande. (NO SE NOMBRO DELEGADOS PARA CHUQUISACA: Santa Cruz no pudo 147


resolver si debía anexarse a la nueva República de Bolivia y si debía enviar delegados o no debía hacerlo, porque la invitación a concurrir al congreso de Chuquisaca le llegó después de haberse celebrado la asamblea que decidió la creación de Bolivia, pero los abogados alto peruanos reconocieron como representantes de Santa Cruz a dos diputados que no tenían ningún poder para ser considerados como tales. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA. EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 186). Este hecho irregular es base de que definitivamente no estuvieron en La Plata de la Nueva Toledo representantes legítimos de la República de Santa Cruz de la Sierra, según la nueva invitación de Antonio José de Sucre del 3 de junio de 1825, pues llegó tarde a los distritos de la nación de los pueblos cambas cruceños con la nueva orden, de que debían concurrir a Chuquisaca en la cambiada asamblea que determina la independencia del Alto Perú el 28 de julio del mismo año. Lo sucedido en la asamblea de Chuquisaca, no fue en cumplimiento del decreto de 9 de febrero de 1825 elaborado por Antonio José de Sucre y su colaborador Casimiro Olañeta que lo tenía atolondrado y confuso. Sino fue por causa de un nuevo decreto emitido en junio, demostrándose el contubernio de agresión contra la nación de los pueblos cambas cruceños, pues el Mariscal de Ayacucho afirma a Bolívar en su carta del 3 de febrero de 1825 la influencia de Casimiro Olañeta. (ANTONIO JOSÉ DE SUCRE Y CASIMIRO OLAÑETA: Verá V. lo que digo de oficio de las noticias que trae Don Casimiro Olañeta; Todo es nada menos el cuento de los fusiles. Espero que a toda prisa se manden un par de goletas a cruzar por Iquique, Atacama. Un descuido nos puede causar un daño. Este doctor Olañeta que es tan patriota y que parece tiene talento, lo nombraré auditor general del ejército, que es el más grande rango que hay que darle aquí; el ha sido oidor de la Audiencia de Chuquisaca. En fin lo trataré con toda distinción, pues, además que lo merece, me dicen que tiene un gran influjo en todas las provincias. FUENTE: CARTA DE SUCRE A BOLÍVAR DESDE PUNO EL 3 DE FEBRERO DE 1825: CORRESPONDENCIA HISTÓRICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 52) y todo esto poco antes de cuando se emite el decreto del 9 de febrero, cuando Sucre y Olañeta estaban juntos y confabulados en La Paz. (SUCRE Y OLAÑETA CONFABULADOS: Cuando el decreto del 9 de febrero se emite, Olañeta y Sucre estaban juntos en La Paz, y Olañeta tuvo un destacado papel en la asamblea constituyente que decretó la creación de Bolivia como nación independiente. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: CASIMIRO OLAÑETA (1795-1860): HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 348). La asamblea de La Plata de la Nueva Toledo que declara suficiente discusión el tratamiento sobre la independencia del Alto Perú, transgrede toda norma internacional vigente de derecho público aceptado desde 1819, pues en esta sesión octava no se contaba con la presencia de los diputados de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, porque la representación espuria no había aparecido todavía para ser utilizada en el fraude histórico montado. Planteándose la independencia del Alto Perú, sólo entre los alto peruanos o charqueños, sin tomar en cuenta los diputados del nombrado Departamento de Santa Cruz que en ningún momento fue alto peruano, pero determinando que la asamblea podía proceder a la discusión del asunto principal que ha motivado su reunión, que era la independencia del Alto Perú. (SUFICIENTE DISCUSIÓN SOBRE LA INDEPENDENCIA DEL ALTO PERÚ: Después de lo cual y habiendo hecho otras varias observaciones contra algunas objeciones propuestas por los señores preopinantes al proyecto de Independencia del Alto Perú; concluyó diciendo que el último obstáculo a dicho proyecto era la anarquía, y que rogaba a sus conciudadanos se armasen contra ella, recordando que era el último de los males, y mirando los horrores y desolaciones que había causado en los Estados Vecinos. En este estado se pasó a votar sobre sí la materia estaba ya bastantemente discutida, y quedó resuelto que sí. 8ª sesión del 28 de julio de 1825. FUENTE: LIBRO MAYOR DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL ALTO PERÚ, INSTALADA EL 10 DE JULIO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – 148


DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 127). En la sesión del 28 de julio se decidió de todas maneras pronunciar su declaración sin delegados cambas cruceños, llevándosela a cabo con la resolución o acta de independencia ya confeccionada el día miércoles 6 de agosto, en cuanto se inicie la décima primera sesión. (DECLARACIÓN EN HONOR A LA BATALLA DE JUNÍN EN EL PERÚ: Finalmente se procedió a discutir sobre si la Asamblea podría pronunciar su declaración. o esperaría el arribo de alguno de los Diputados del Departamento de Santa Cruz; por votación se determinó se hiciese la declaración el día 6 del corriente dejando lugar a los señores Diputados de Santa Cruz para exponer sus opiniones. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 28). La determinación por votación de signo y por unanimidad había decidido, dar tiempo a los diputados cruceños que no podían llegar, al no haberse recibido la invitación a la asamblea de Chuquisaca y presentarse en la ciudad de La Plata que se venía postergando. Como determinación no se cumple por el apuro de no pasarse del 6 de agosto, al ser fecha límite y motivo para ensalzar al Libertador Simón Bolívar por su victoria en la batalla de Junín. Fijándose en consecuencia de que se esperaría a los cruceños hasta la sesión del lunes 28 de julio, empezando en ésta octava con dar lectura a un oficio enviado por Antonio José Sucre, sobre una nota del gobierno de Buenos Aires referente a la Ley del 9 de mayo, cuyo documento Antonio de Arenales le había entregado anteriormente al Mariscal de Ayacucho, en condición de comisionado del gobierno argentino. (DOCUMENTO ENTREGADO A SUCRE POR ARENALES: Se abrió ésta con la lectura de un oficio del Excelentísimo señor Gran Mariscal de Ayacucho del 11 del corriente, en que comunica la Legación cerca de ésta Asamblea, acordada por el Congreso General constituyente de las Provincias Unidas del Río de La Plata, en decreto de 9 de mayo del presente año, y oficio que con este motivo, le ha dirigido el Ministro Secretario de Gobierno y Relaciones Exteriores de aquella República, con copia del indicado decreto. FUENTE: LIBRO MAYOR DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL ALTO PERÚ, INSTALADA EL 18 DE JULIO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 117). La ley del 9 de mayo de 1825 del Congreso de Buenos Aires y de la cual se hace referencia, es la que toca el problema jurisdiccional de la dependencia alto peruana con relación al Virreinato del Río de la Plata y en la que textualmente se lee. Artículo 3º Será autorizado respecto de la Asamblea de Diputados de dichas provincias que ha convocado el Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre, general en Jefe del Ejército Libertador y especialmente encargado de invitarlas a que concurran por medio de sus representantes al Congreso General Constituyente que se halla legal y solemnemente instalado. Artículo 4º la invitación de que habla el artículo anterior y las instrucciones que la legación reciba del supremo poder ejecutivo, reconocerán por base que aunque las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este Estado, es la voluntad del Congreso General Constituyente que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad. (LEY DEL 9 DE MAYO DE BUENOS AIRES: Al reabrirse las sesiones el 18 de julio, empezó dándose lectura a un oficio enviado por Sucre, sobre una nota referente al decreto del 9 de mayo, documento que Antonio de Arenales había entregado anteriormente al Mariscal de Ayacucho como comisionado del gobierno argentino. Este decreto toca el problema jurisdiccional de la dependencia alto peruana del virreinato del Río de La Plata. En su artículo 3º dice: Será autorizada respecto de la Asamblea de Diputados de dichas provincias, que ha convocado el Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre, General en jefe del Ejército Libertador; y especialmente encargada de invitarlas a que concurran por medio de sus representantes al Congreso General Constituyente que se halla legal y solemnemente instalado; el Artículo 4º prosigue. La 149


invitación de que habla el artículo anterior, y las instrucciones que la legación reciba del supremo poder ejecutivo, reconocerán por base, que aunque las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este estado, es la voluntad del Congreso General constituyente, que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 23). El dolo y el fraude histórico contra los cambas cruceños se producen al inmiscuirse Antonio José de Sucre, en los destinos de la República de Santa Cruz de la Sierra que no es alto peruana ni de Charcas, cuando en su decreto del 9 de febrero incumple lo que dice el considerando 1º de redimir las provincias del Alto Perú y estas eran en 1825 solamente Cochabamba, Potosí, Chuquisaca y La Paz menos Puno que había pasado a jurisdicción frl Cuzco por orden del rey, como provincias que definitivamente no estaban ya en posesión colonial española, sino en poder del General Pedro Antonio de Olañeta. (MENTIRA HISTÓRICA: 1º.- Que al pasar el Desaguadero el Ejército Libertador ha tenido el sólo objeto de redimir las Provincias del Alto Perú de la opresión española; dejándolas en la posesión de sus derechos. FUENTE: DECRETO DE 9 DE FEBRERO DE 1825). La forma mañosa y fraudulenta de Antonio José de Sucre, viene cuando se da la facultad de interpretar que la gobernación, Intendencia, Provincia y por último República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños era conocida como alto peruana. Contradiciendo en forma falaz la historia de esta parte de América. (ORDEN DE INVADIR Y DESTRUIR EL EJÉRCITO DEL ALTO PERÚ: Posteriormente Bolívar mediante el congreso peruano hizo aprobar una resolución opuesta a la soberanía alto peruana (Ley del 23 de febrero de 1825). En el artículo 1º indica: Que el Ejército Unido marche (el conducido por Sucre) contra el enemigo hasta destruir, a juicio del Libertador, el último peligro de que la libertad del Perú sea nuevamente invadida o perturbada; estableciendo provisoriamente en las provincias el gobierno más análogo a sus circunstancias. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 16). La interpretación fraudulenta de la historia viene cuando Sucre determina incluir de esta manera dolosa, a una quinta provincia que no estaba contemplada en la ley de Buenos Aires. (MENTIROSA ASEVERACIÓN DE SUCRE: El gobierno del Perú no se había encargado hasta entonces de la dirección de los negocios de estos departamentos: carecía de noticias de la reunión del Congreso de Buenos Aires, y por grande que fuese mi respeto a la integridad del Río de la Plata sobre los límites de su antiguo virreinato, encontraba que allí cada provincia tenía su legislatura propia soberana y hasta ahora independiente, y juzgué que cinco provincias con más de un millón de habitantes componiendo la mayor parte de la población de aquel virreinato, eran bien dignas de formar una Asamblea propia que proveyese a su conservación. FUENTE: MEMORIA: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: ASAMBLEA DE CHUQUISACA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 98). Se interpreta maliciosamente nuestra realidad histórica, con el pretexto de meternos e introducirnos a los pueblos de la nación y república de los cambas cruceños dentro del proyecto Bolívar, preparado y llevado adelante por Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y la oligarquía de comportamiento dos caras de Charcas o Alto Perú, cometiéndose una grave trasgresión al Orden Internacional de Derecho Público, porque este pensamiento y hecho imperialista y autocrático de Antonio José de Sucre fue apoyado por Simón Bolívar y el ejército del Norte colombiano. La invasión del territorio del Alto Perú o Charcas libertado del poder colonial español en América por Pedro Antonio de Olañeta, según lo sucedido en el encuentro de Tarapaya con Valdez que resulta con la independencia el 9 marzo de 1824 mediante el Tratado de Tarapacá, está demostrando que su invasión militar se constituye en un acontecimiento que quebranta toda norma del Orden Internacional de Derecho 150


Público. La independencia del Alto Perú o antigua Provincia de los Charcas que comprendía los territorios de la cordillera de los Andes y el litoral, alcanzando supuestamente hasta Arica en la costa del Pacífico, de ninguna manera podría comprender los territorios de la independiente República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, por lo que el hecho de invasión al Alto Perú como transgresión al orden internacional vigente, sólo puede ser justificado con el infundado pretexto de evitar peligros al Perú del cual Simón Bolívar era Presidente y Dictador. La patraña y mentirosa falacia viene, porque tanto los pueblos libres alto peruanos como el de la nación de los pueblos cambas cruceños y la confederación argentina, no significaban peligro alguno para el Perú que se encontraba protegido por el Ejercito Libertador Simón Bolívar y su segundo Antonio José de Sucre, dentro del equivocado y perverso pensamiento que les inculcó Olañeta, fueron causa determinante para nuestra colonización por el desconocimiento y violación del derecho internacional imperante que según Bolívar lo respetaba. Otro hecho concretado era de que Pedro Antonio de Olañeta se acogiese a la capitulación de Ayacucho pese que no abarcaba su jurisdicción, por lo que la negativa de éste significo el permiso implícito de invasión, para dejar al General de Olañeta fuera del Altiplano y que mantenga su jurisdicción sobre Potosí y los territorios del sur.

LA ALTO PERUANA REPÚBLICA BOLÍVAR CON LA ANEXIÓN DOLOSA Y LA COLONIZACIÓN FRAUDULENTA DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, LLEVÓ A LA SUJECIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS El nacimiento de la República Bolívar se produjo vulnerando el Orden Internacional de Derecho Público, porque así lo permitió el gobierno de Buenos Aires por su falta de interés en unas provincias de las que ya no tenía atracción de conservarlas como eran las del Alto Perú o Charcas al ser totalmente contrarias en lo social, racial y cultural con la sociedad del Río de la Plata. (ODIO Y RIVALIDADES ARGENTINO – ALTO PERUANO: En Argentina se desdeñaba la agregación de las provincias altas, con las cuales existían desde antiguo odios y rivalidades. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 178). De la misma manera se permitió la anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, porque ya no eramos parte de la República Argentina, pues nos encontrabamos emancipados e independiente de Buenos Aires desde 1815, al igual que la República del Paraguay que lo hizo de la misma confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1814. La creación de la República Bolívar contaba con la negativa parcial del Libertador, porque en sus años iniciales de la lucha por la independencia americana, jamás imaginó que la audiencia de Charcas que se encontraba extinguida además, podía convertirse en república independiente, como tampoco Quito o Venezuela y en este caso el Alto Perú, que de ninguna manera era la tan mentada audiencia y cancillería de los Charcas eliminada en 1813, pues actualizando un antiguo principio del Derecho Romano el Libertador postuló el uti posideti (COMO POSEIAS: En lo posesorio que afecta a los bienes, e incluso en lo internacional, tiende a mantener las situaciones actuales hasta la decisión que corresponda en un conflicto. FUENTE: DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES: OSORIO, MANUEL: PÁGINA 1029) que es como poseías y la independencia, debía ser rubricada en base a las posesiones de los tres virreinatos o sea Nueva Granada, Perú y Buenos Aires. 151


La única excepción a esta regla del uti posideti que Bolívar admitía, era Chile por razones históricas que había explicado en su celebre carta de Jamaica. (SAN MARTÍN EXPULSADO DEL PERÚ Y ECUADOR POR BOLÍVAR: Estando en Quito concertó una entrevista con el general San Martín en Guayaquil, después de la cual el general argentino se retiró del escenario de la guerra. Esto hizo que Bolívar encontrase el campo expedito para realizar su gran sueño: la unión americana. En estas circunstancias se crea Bolivia. El general Sucre comunicó a Bolívar el resultado de la Asamblea, declarando la audiencia de Charcas un territorio independiente de los dos virreinatos, el del Río de La Plata y el del Perú. Bolívar no vio con buenos ojos esta decisión; sin embargo, con halagos, los alto peruanos supieron doblegar su ánimo y al fin acepto la realidad, y al mismo tiempo el cargo de presidente de la república que llevaría su nombre. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: BOLÍVAR (17831830): LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES Y LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 339). La perversidad manifiesta de los criollos del Alto Perú o Charcas pertenecientes a la logia Huaukes, logra confundir la conciencia ética de Bolívar y lo involucraron en su proyecto de república que coloniza a la nación de origen paraguaya de los pueblos cambas cruceños, pese a ser diferentes racial, geográfica e históricamente. Anexión coactiva, dolosa y fraudulenta que no fue cuestionada por Buenos Aires, porque ya estábamos separados como república independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde finales de 1815, además porque no pertenecíamos ni éramos integrantes de la República Argentina creada en 1816 en Tucumán. La no integración en la República Argentina está demostrada, por que no se nos consignó en la ley del 9 de mayo de 1825 al igual que Tarija, ya que la nación de los pueblos cambas cruceños éramos independientes y soberanos desde 1815. Por lo que no se nos toma en cuenta por parte del Gobierno Argentino, en la liberación para decidir el destino de las provincias alto peruanas como sucedió con las cuatro argentinas entre ellas Potosí, Chuquisaca o Charcas y Cochabamba, extendida para la peruana provincia de La Paz considerada también Argentina.

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PRINCIPIO Y FINAL DE UNA REPÚBLICA SANTA CRUZ DE LA SIERRA ENTRE 1815 Y 1825

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REVISAR Y ESCLARECER LA HISTORIA ES UNA NECESIDAD FORZOSA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, PUES CONOCIENDO EL PASADO SE COMPRENDE EL PRESENTE Y SE ESTÁ PREPARADO PARA EL FUTURO

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PRINCIPIO Y FINAL DE UNA REPÚBLICA ESCLARECER LA HISTORIA, ES UNA NECESIDAD FORZOSA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS. Introducción………………………………………….…………………..….………………………………….……159 Modelo de Demanda Internacional sobre recurso y reparación, a interponerse ante el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas………………………………………..……162 Direcciones de organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos……….……….……………………………………………………………………….……171 8La defensa de la identidad de los pueblos de la República de Santa Cruz de la Sierra…………….……172 El contubernio que llevo a la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra…..……173 Decreto de 9 de febrero de 1825 emitido por Antonio José de Sucre……………………………………...…174 Decreto de 3 de Junio de 1825 emitido por Antonio José de Sucre..…………………………………...……177 Art. 3º de la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia…………………………178 Nulidades absolutas y relativas en tratados sobre Derecho Internacional……………………………………179 Acta de la 1ª sesión del 10 de julio de 1825………….…….………….…………………………………..……180 Acta de la 8ª sesión del 28 de julio de 1825………..……….………..…………………………………….……183 Acta de la 12ª sesión del 6 de agosto de 1825……….……..……………………………………………..……184 Acta de la 14ª sesión del 9 de agosto de 1825……….……..……………....................................................187 Art. 138 del Código Penal boliviano………………………….….……………………………………………..…188 Página 134 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003……………………….……188 La fundación de San Lorenzo y el traslado de Santa Cruz…………..………………………………...………189 Páginas 23 y 24 de las reflexiones sobre la fundación de la República Bolívar en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981………….………………….…………..……………..………189 Historia contada sobre el Alto Perú que no hace mención de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, diferentes e independientes como República de Santa Cruz de la Sierra separada de Buenos Aires en 1815. Páginas 8 y 9 en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981………………………............................................................................................................................190 El Alto Perú separado de Lima, según versión en la Pág. 342 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003…….…………………………………………………………………………………………191 Causa de la separación de Santa Cruz de la Sierra de Buenos Aire versión en la Pág. 331 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003………….………………………………….………192 Separación de Santa Cruz de la Sierra de la confederación de las Provincias Unidas del Río de La Plata………………………………..………………………………………………………………………...……….193

RESOLUCIÓN 47/135 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1992 DE LA NACIONES UNIDAS. Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a MINORÍAS NACIONALES étnicas, religiosas y lingüísticas…………….…………………………………………………………………………..……194 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos….………………..……………………………….….……196 Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Resolución 260 A (III) de 9 de diciembre de 1948.de las Naciones.………………………………………………………………………..……..206 159


PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales..… ……………………………………208 Declaración Universal de los Derechos Humanos…………………....…………………………………………213 Ley de Creación de la República del Alto Perú del 11 de agosto de 1825……….………………….….……215 Carta de Sucre a Bolívar del 3 de febrero de 1825…..…………….……………………………………...……216 Carta de Bolívar a Sucre del 21 de febrero de 1825……………….…………………………………..….……218 Carta de Bolívar a Sucre del 15 de mayo de 1825…….…………………………………………………..……219 Historia de Bolivia y sus fuentes primarias, relacionada al imperio Inca que no hace mención alguna de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños en las Páginas 1 y 2 en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición año 1981……………………................…...………………….………222 Demostración del dolo y el fraude que llevo a la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, contrariando la ley del 9 de mayo de 1825 de Buenos Aires y sin diputados cruceños. Versión en las Páginas 19 a 21 del libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981………………………………………………………................................................................................223 Resultados Obtenidos………………………………………..……………………………………………..………224 Conclusión y Recomendación………………………..…………..………........................................................230

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ESCLARECER LA HISTORIA, ES UNA NECESIDAD FORZOSA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS INTRODUCCIÓN La nación de los pueblos cambas cruceños nace en 1560 y 1561 respectivamente, luego se transforma en la República de Santa Cruz de la Sierra entre 1815 hasta 1825 y en la actualidad está atravesando un conflicto crucial con respecto a su existencia, pues se halla sufriendo una situación compleja y definitoria, dentro de la conservación de su identidad y cultura histórica como sociedad diferente, cierta y determinada con la del Alto Perú boliviana. La confusión creada y existente, fue por la anexión y la colonización en la alto peruana República Bolívar, por lo que si se quiere subsistir dentro del contexto sudamericano y mundial, se está en la obligación de luchar para reorientar esta identidad y cultura histórica desquiciada, asumiéndose la defensa y el rescate de la verdadera historia sustentada en una dirección real y objetiva. El conflicto existencial que se está viviendo como nación diferente, anexada y colonizada, es el que nos obliga a alinearse dentro de una de las dos únicas posibilidades existentes. Mantenerse como colonia del Alto Perú y seguir siendo una nación cierta y determinada que se encuentra sometida por la nación alto peruana, pese a ser diferente y haber sido soberana e independiente de Buenos Aires desde 1815 hasta nuestra desaoariciñon total, por no haberse integrado a la República Argentina el año 1816 en Tucumán. Por ello debemos buscar la redención mediante el respeto como diferente que somos en Bolivia, basados en un verdadero pacto de convivencia. (AÑO DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA: El año 1816 el Congreso de Tucumán proclamó la independencia de las provincias del Río de La Plata (República Argentina). FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS IDEAS INDEPENDENTISTAS EN EL VIRREINATO DE LA PLATA: GISBERT TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁG. 337). La realidad de la existencia de la nación de los pueblos cambas cruceños desde su anexión y colonización en la Asamblea de Chuquisaca en 1825, se ha manejado dentro de una deformación de la historia colonial y prerrepublicana, manteniéndose un manoseo distorsionador y dirigido hacia la identificación con el Alto Perú, pese a que el origen de los pueblos al Oriente en Bolivia se encuentran relacionados con el ingreso español desde el río de la Plata y el río Paraguay. Conectados por la inmigración venida desde la ciudad de Asunción en la Gobernación del Paraguay, ejecutada con familias españolas, criollas y autóctonas que ocuparon espacios vacíos en un mismo territorio, el cual era visitado esporádicamente por tribus nómadas de la etnia Tupí guaraní de la línea Chiquitana, que deambulaban libremente y luego fueron cristianizados por los jesuitas. (LA OBRA JESUITA CON LOS CAMBAS CRUCEÑOS: La asimilación de parte de los indígenas al régimen que le habían impuesto los jesuitas, fue tan grande que ya no pudieron abandonar las modalidades y costumbres que estos les enseñaron, conservándose muchas de ellas hasta nuestros días, pese a que modernos historiadores reconocen excelentes resultados de las misiones, la obra jesuita en América ha sido muy discutida. No se puede negar sin embrago, el grado de cultura alcanzado por los indios del Oriente boliviano en el régimen misional y el desastroso destino de los pueblos misionales cuando fueron abandonados por los jesuitas, forzados por la expulsión del rey. FUENTE: LAS MISIONES JESUITAS: LAS MISIONES DEL ORIENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 248). La historia pre republicana y revolucionaria independentista de la nación de los pueblos cambas cruceños se inicia el 24 de septiembre de 1810,totalmente divorciada de los acontecimientos sucedidos en el Perú y Alto Perú, todo esto por no haberse adherido los alto peruanos a la lucha iniciada por Buenos Aires en condición de capital del Virreinato del Río de la Plata, como la antigua provincia de Charcas 161


formada por las intendencias de Potosí, Cochabamba, Chuquisaca y La Paz. Las provincias del Alto Perú se unieron al Virreinato del Perú mediante, una inventada restauración de la Audiencia o Cancillería de los Charcas, hasta el año 1822 que Pedro Antonio de Olañeta se subleva, formando la Republica del Alto Perú consolidada en su libertad e independencia el 9 de marzo de 1824. (SUPUESTO RECICLAJE DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: El 3 de agosto de 1810 en plena guerra de la independencia, la audiencia de Charcas volvió a la jurisdicción de Lima, capital del virreinato del Perú, Siendo virrey José de Abascal. La ya declarada independencia de las provincias del Plata y las necesidades militares de un momento tan conflictivo como aquel, fueron las causales inmediatas de esta transferencia la cual afirmó la autonomía de Charcas, que no se consideró ligada a ninguno de los virreinatos. FUENTE: SITUACIÓN DE CHARCAS Y PRIMEROS LEVANTAMIENTOS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 312). La lucha por la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, comenzó siendo sub gobernación dependiente administrativamente de la Intendencia de Cochabamba. (GOBERNACIÓN PROPIA Y SEPARADA DE COCHABAMBA: En Santa Cruz la situación era un tanto distinta. El General Goyeneche investido, nombró al Coronel Don José Miguel Becerra Gobernador Intendente y Capitán General de la Provincia de Santa Cruz, erigida en Intendencia independiente de la de Cochabamba, FUENTE: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA. EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 161) pero separada y unida a Buenos Aires como provincia rioplatense que contó con el apoyo de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, llevándosela en los comienzos y hasta el final con personajes que no tenían relación alguna con los alto peruanos. La liberación de España, se inicia en 1810 y se consolida en 1813 unidos a Buenos Aires, pero luego separada e independiente de la confederación del Río de la Plata en 1815, por decisión del pueblo y el gobierno de Ignacio Warnes que fue nombrado gobernador de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra por Manuel Belgrano y posesionado el 24 de septiembre de 1813. Ocasión en la cual se envía a Antonio Suárez y a Damián Urtubey en calidad de diputados ante la Asamblea Constituyente en Buenos Aires. (REBELDÍA CAMBA CRUCEÑA CONTRA BUENOS AIRES: Buenos Aires decide nombrar un nuevo gobernador en la persona de Santiago Carreras, por lo que Warnes continuó luchando en la región de Chiquitos. Carrera muere en una revuelta y Warnes asume nuevamente el mando de la región que había quedado completamente aislada. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS GUERRILLAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 331). El manejo distorsionador y fraudulento de la historia colonial de Santa Cruz de la Sierra, fue ejecutado con el error de conceptuar a la nación de los pueblos cambas cruceños ser parte del Alto Perú. Afirmándose esto por algunos historiadores inclusive cambas cruceños, de que el Kollasuyo Incaico se integra con la gobernación de Ñuflo de Chávez, formando una sola conciencia que plasmó con el tiempo la República de Bolivia y todo ello, para justificar la agresión final alto peruana contra la nación de los pueblos cambas cruceños. El malicioso fraude histórico sostenido desde 1825 y que se manipula hasta nuestros días, está expresado principalmente por los historiadores andinos Mesa – Gisbert y los cambas cruceños Vázquez Machicado entre otros, donde los primeros citan a Ñuflo de Chávez como el más grande conquistador alto peruano y (ALARMA INUSUAL Y MENTIRA HISTÓRICA POR LOS MESA GISBERT PUES ÑUFLO DE CHÁVEZ NO FUE ALTO PERUANO: La Audiencia de Charcas se alarmó ante la proximidad de tan numerosa expedición encabezada por las autoridades de Asunción y cuyos fines desconocían. Vio, sin embargo, que los expedicionarios se dedicaban al cultivo de la tierra encaminándose una parte de ellos a Chuquisaca y Potosí. El gobernador y el obispo del Paraguay se dirigieron a la Audiencia para que ésta confirmara el cargo del primero. Esta demanda no fue satisfecha y se nombró un gobernador interino mientras el virrey extendía el nombramiento al célebre colonizador 162


Juan Ortíz de Zárate. Logrados estos propósitos la expedición encabezada por Garay retorna a Asunción; Chávez, que los había acompañado en la etapa inicial, murió asesinado en una población de Itatines. Así acabó la existencia de uno de los más grandes conquistadores del Alto Perú. FUENTE: ÉXODO DESDE ASUNCIÓN A SANTA CRUZ, MUERTE DE CHÁVEZ: LA RUTA DEL PAITITÍ: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 134) los segundos afirman que nos integramos al Collasuyo. (INTERPRETACIÓN FALSA E INTERESADA: El Kollasuyo incaico y la gobernación de Ñuflo de Chávez, vienen así a soldarse en ese año de 1560 y formar un solo bloque alrededor del núcleo central Potosí – Charcas, para formar una sola conciencia que en tres centurias plasmó lo que llegaría a ser la República de Bolivia. Si antes hemos dicho que el 15 de febrero de 1560 es el hito inicial de Santa Cruz de la Sierra, lo es también de la nacionalidad boliviana, pues es desde esa fecha que forma un todo completo y no un fragmento como hasta entonces lo habían sido sus dos partes componentes: el Kollasuyo serrano y el Oriente tropical. FUENTE: LA GOBERNACIÓN DE ÑUFLO DE CHÁVEZ: SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTES PARA SU HISTORIA: VÁZQUEZ MACHICADO, HUMBERTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1992, PÁGINA 21). La confusión anotada es la que llevó al fraude histórico, que viene cuando sucede el encuentro de Ñuflo de Chávez con Andrés Manso dentro de la Gobernación de Moxos creada en 1560, por la equivocación de este sobre el lugar al cual estaba destinado para colonizar que era entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay que, se encuentra en la actual Provincia Argentina de Formosa. Las diferencias anotadas sobre nuestra historia colonial y pre republicana, es la que lleva a reflexionar dentro de la alternativa de ser, la nación de los pueblos orientales cambas cruceños o caso contrario no serlo, para que identificados y ciertos nos mantengamos dentro de la metrópoli boliviana, con la certeza de quiénes somos y no así engañados de pertencecer al Alto Perú por la mentirosa nebulosa de una historia mal contada. La realidad existencial de la sociedad Camba Cruceña como nación diferente, cierta y determinada asentada al Oriente de la cordillera de los Andes en Bolivia, sólo se la alcanza decidiendo el camino de la identidad propia y el rescate de la verdadera historia, para en este caso reconocerse diferentes y con identidad propia, como República de Santa Cruz de la Sierra que se separa e independiza de Buenos Aires en 1815. El camino quizás más fácil, es el de alinearse a la alternativa de no ser dueños de la identidad propia, cayendo de esta manera en la indolencia y la desidia en que se encuentra la sociedad de los pueblos cambas cruceños, como consecuencia de estar soportando la historia enseñada en estos casi doscientos años. Llevándonos a que indiferentes, soportemos las agresiones de los colonizadores alto peruanos con embestidas que vienen, de los que se encuentran incrustados en esta sociedad en calidad de puntas de lanza, apoyados por quinta columnas locales, hasta lograr nuestra desaparición total como sociedad. Elementos internos que son ejecutores de la discriminación manejada desde la metrópoli alto peruana, que desde antes de ser República y hoy Estado buscan hacernos desaparecer definitivamente en la confusa historia inventada por la sociedad del Alto Perú, integrandonos actualmente dentro de unas comunidades interculturales de tipo andino o del Tahuantinsuyo, como ideología creada en Quito dentro de la filosofía Amawta como Tawa Pacha. (FILOSOFÍA AMAWTA: Es la diversidad de formas que coexisten manifiestas en el microcosmo del Ayllu – Comunidad, son las fuentes naturales de las cuales se rigen las normas esenciales por las que se regirá y se guiará la comunidad intercultural. La interculturalidad reside en el cosmos infinito, descrito en nuestra filosofía Amawta como Tawa Pacha, orientada en sus cuatro direcciones, fuente de toda forma de vida que palpita sobre la superficie terrestre Allpa Mama. FUENTE: AUTODETERMINACIÓN DE LAS NACIONES ORIGINARIAS Y PUEBLOS DEL TAHUANTINSUYO). La nación de los pueblos cambas cruceños debe definir si quiere seguir existiendo en el consenso americano y mundial, pero la única formula para ello, es ganársela mediante la lucha que lleve a mantener la identidad y la cultura histórica propia que es muy cierta, pues el objetivo de mantenerse con identidad 163


propia sólo se logra con la reivindicación de la verdadera historia, pese a encontrase nuestro pueblo Camba Cruceño como Minoría Nacional a causa de la anexión dolosa y colonización fraudulenta que se sufrió en 1825. Reeditada desde 2009 con la nueva Constitución del Estado Boliviano, siendo el motivo por lo que estamos llamados como hijos de esta tierra seamos autóctonos, nativos o inmigrantes honestos de utilizar los mecanismos internacionales para lograr el respeto de la metrópoli y además, hacer conocer la situación de colonización en que se encuentra la nación de los pueblos cambas cruceños a todas las naciones del mundo. La batalla en la lucha por el derecho a existir y a la identidad de la nación de los pueblos cambas cruceños como minoría nacional, debe iniciarse en su recuperación por ser ciertos, determinados y diferentes a los alto peruanos, siendo el motivo por el que como metrópoli nos agrede desde el inicio de la República Bolívar con saña y violencia no merecida. La nación de los pueblos cambas cruceños como sociedad anexada y colonizada, debe denunciar ante la comunidad internacional esta situación anómala en que se encuentra, comenzado la lucha por su identidad y su cultura histórica, con una demanda de Recurso y Reparación contra las agresiones sufridas como Minoría Nacional a través de la historia republicana boliviana, por lo que se debe lograr por parte de la imperialista metrópoli colonizadora boliviana, la devolución del derecho a la identidad y a existir que está negada, por la violación que se está ejerciendo contra la vida de una nación diferente, cierta y determinada asentada al Oriente de los Andes en Bolivia. Para ello se tiene que buscar la protección de las Naciones Unidas en la preservación de los derechos humanos en general.

MODELO DE DEMANDA INTERNACIONAL SOBRE RECURSO DE REPARACIÓN A INTERPONERSE, ANTE EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS. Interpone Recurso y pide Reparación a la violación contra nuestro derecho a la identidad y a existir en calidad de MINORÍA NACIONAL y Etnia diferente, cierta y determinada en la metrópoli bolivianaOtrosí.En nombre de la nación de los pueblos cambas cruceños como minoría nacional y en calidad de institución demandante, defensora de los derechos humanos, la identidadl y la cultura histórica de nuestra étnia con cultura, religión, lingüística y habla diferente que fue anexada y colonizada mediante el decreto del 9 de febrero de 1825 emitido por Antonio José de Sucre, basado en una interpretación fraudulenta de nuestra historia por considerarnos en su artículo primero Provincia del Alto Perú. (FALSEDAD MANIFIESTA: Las provincias que se han conocido con el nombre del Alto Perú, quedarán dependientes de la primera autoridad del Ejército Libertador, mientras una asamblea de ellas mismas delibere de su suerte. FUENTE: DECRETO DEL 9 DE FEBRERO DE 1825 DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE). La nación de los pueblos cambas cruceños, hemos sufrido una grave agresión contra nuestro derecho a existir y permanecer como “MINORÍA NACIONAL”, dentro de nuestra heredad histórica por parte de la metrópoli colonizadora boliviana, ejecutada con tal discriminación que nos niega el derecho a la existencia y a la identidad como nación diferenciada, por ser el resultado de una combinación de elementos objetivos y subjetivos, dentro de la conciencia y la certeza de que nuestro problema, no es una 164


cuestión estática por la voluntad que tenemos como nación continuar siendo propios, con la capacidad de mantener nuestra identidad por la condición de ser una etnia diferente, cierta, determinada y establecida a través de la historia. Los fundamentamos que son tomados en cuenta para este “RECURSO” de pedido de “REPARACIÓN” de nuestra identidad y el derecho a existir, es por estar agredida y eliminada dentro de la constitucionalidad impuesta por la imperialista metrópoli boliviana, como consecuencia de la violación ejecutada contra nuestro derecho a la identidad propia como “MINORÍA NACIONAL”, mediante el abuso manejado dentro de la permanente agresión programada desde 1825, para eliminarnos como nación colonizada en un claro hecho de genocidio. El atropello que se denuncia, está cometido contra nuestra identidad y el derecho a la existencia como “MINORÍA NACIONAL”, con la intención final de eliminarnos en su culminación dentro de la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, para transformarnos en elementos sin identidad propia e incluidos en una sociedad indeterminada dentro de unas inventadas comunidades interculturales, negándonos el derecho a la vida y la libertad como inalienable que son para toda nación soberana e independiente como fuimos. Además diferente y anterior a la creación de la República del Alto Perú de nombre Bolívar. La agresión programada contra nuestra nación, viene desde 1825 con permanentes persecuciones políticas e invasiones militares y paramilitares durante nuestra historia particular, cayendo este hecho en el delito internacional del “GENOCIDIO” como Delito Penal Internacional que se constituye como tal, por el hecho de eliminarnos y hacernos desaparecer como “MINORÍA NACIONAL” dentro de camufladas y confusas comunidades interculturales de tipo incaica, borrándonos del contexto republicano según la Constitución vigente en su artículo tercero. (Y LOS CAMBAS CRUCEÑOS QUE: La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afro bolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO BOLIVIANO). El artículo tercero de la Constitución del nuevo Estado boliviano, sólamente toma en cuenta a los pueblos autóctonos del territorio al Oriente de los Andes, dentro de una confusa distribución con los pueblos naturales andinos, mezclado dentro de una redacción desordenada con los campesinos, pese a que están integrados en una sociedad mestiza urbana y rural a causa de la migración del campo a las ciudades, pero en franca discriminación contra los cambas cruceños se introduce a la población descendiente de africanos como “MINORÍA NACIONAL” identificada y se nos deja fuera del contexto constitucional. El hecho de ignorarnos como nación cierta y determinada, eliminándonos mediante una perversa discriminación a los cambas cruceños de la realidad boliviana, es un hecho cierto pese a que fuimos y somos constituidos diferentes, ciertos y determinados desde hace más de 451 años, por el resultado de la integración socio racial de los autóctonos Tupí Guaraní con los españoles y criollos venidos desde Asunción, como también los autóctonos locales y los inmigrantes de todas partes. La agresión que denunciamos se encuentra comprobada mediante el artículo 3º de la Constitución boliviana vigente que nos elimina como “MINORÍA NACIONAL” dentro del más impresionante galimatías, pese a haber sido nación independiente y separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, al igual que fue la República del Paraguay que se consolida en 1814. Además como provincia no nos integramos a la República Argentina, por lo que estábamos excluidos en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires. Pero aún así fuimos anexados y colonizados con dolo y fraude según se cuenta con prueba documental original. (COCHABAMBA, LA PAZ, CHUQUISACA Y POTOSÍ; La invitación de que habla el artículo anterior y las instrucciones que la legación reciba del Supremo Poder Ejecutivo, reconocerán por base, que aunque las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este Estado, es la voluntad del Congreso General Constituyente que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir a sus intereses y a 165


su felicidad. FUENTE: LEY DEL 9 DE MAYO DE 1825 DE BUENOS AIRES). La aseveración de nuestra anexión y colonización, está contenida en un oficio del 11 de julio enviado por Antonio José de Sucre que fue leído en la sesión del 18 del mismo mes de 1825, probándose que la nación de los pueblos cambas cruceños como República soberana e independiente, fue anexada y colonizada, basándose en una interpretación histórica fraudulenta que como hecho, fue ejecutada por la oligarquía alto peruana y apoyada por el Mariscal de Ayacucho, para incluirnos como la quinta provincia conocida a manera de alto peruana según la interpretación particular del invasor colombiano. La agresión histórica que estamos sufriendo como “MINORÍA NACIONAL” está agravada en su culminación, por el hecho de constituirse en una reiterada violación al Derecho Internacional Público vigente desde 1819, constituyendo esta situación la nulidad absoluta de nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta, por que es un atropello cometido contra una “NORMA IMPERATIVA DE DERECHO INTERNACIONAL GENERAL O IUS COGENS”, cuya nulidad no puede ser saneada y debe ser declarada nula por el tribunal internacional respectivo según el Derecho Internacional Público. (NULIDAD ABSOLUTA: La coacción sobre el representante de un estado, como por la amenaza o el uso de la fuerza y la violación de una norma imperativa de derecho internacional general, y la nulidad absoluta puede ser alegada por cualquier interesado y aún declarada de oficio por un tribunal. Ella no puede ser saneada por la ratificación del Estado afectado. FUENTE: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN: AÑO 1993, PÁGINA 84). SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS, reafirmando uno de los propósitos básicos proclamados en la Carta Fundamental de las Naciones Unidas que es el desarrollo y el estímulo del respeto a los derechos humanos, como a las libertades esenciales sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. Las Naciones Unidas como institución rectora de la justicia y la equidad universal, es la que promueve la realización de los principios enunciados en su carta fundamental, como en la Declaración Universal de las Derechos Humanos. La Convención para la Prevención y la Sanción del delito del Genocidio, la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de Intolerancia y Discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Así como en otros instrumentos internacionales pertinentes que fueron celebrados y aprobados a nivel mundial y regional entre los distintos Estados miembros de las Naciones Unidas. Las Naciones Unidas tienen un importante papel que desempeñar respecto a la protección de las “MINORÍAS NACIONALES” proclamada en la Declaración 47/135 de 18 de diciembre de 1992 sobre los derechos individuales y colectivos, de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas y lingüísticas como la nuestra, (PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA MINORÍAS NACIONALES: 1.- Los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minarías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad. 2.- Los Estados adoptarán medidas apropiadas, legislativas y de otro tipo, para lograr esos objetivos. FUENTE: ARTÍCULO PRIMERO DE LA DECLARACIÓN 47/135 DE 18 DE DICIEMBRE DE 1992 DE LAS NACIONES UNIDAS). concordante con el Art. 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y (VIDA PROPIA: En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma. FUENTE: ARTÍCULO 27 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS) el Art. 1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Todos ellos en relación a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. (DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN: Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2.- Para el logro de sus fines, 166


todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3.- Los Estados partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. FUENTE: ARTÍCULO PRIMERO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DE LAS NACIONES UNIDAS). La eliminación de nuestra nación de los pueblos cambas cruceños diferentes, ciertos y determinados constituye un delito que causa agravio, ofensa y daño a la comunidad internacional por estar fundada en motivos políticos, raciales, étnicos y culturales. Además ejecutada mediante ataques generalizados y sistemáticos, con persecuciones y homicidios individuales como colectivos, con agresiones contra nuestra identidad histórica y cultural, en base a acciones programadas y sostenidas desde nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta en 1825. La nación de los pueblos cambas cruceños se forma desde 1560 con la unión de nuestros pueblos autóctonos e inmigrantes en calidad de sociedad cosmopolita, la cual como “MINORÍA NACIONAL” está sufriendo persecuciones, encarcelamientos y privación de libertad en violación a las normas fundamentales internacionales de los Derechos Humanos, con una agresión agravada por la violación a la jurisdicción territorial contemplada en el ordenamiento jurídico boliviano, con ejercer traslados de nuestros ciudadanos presos y arraigados hacia la capital de la metrópoli colonizadora, causándoles graves sufrimientos físicos y mentales dentro de una cacería intencionalmente siniestra, con el propósito del amedrentamiento. Ejecutándose el exterminio programado contra nuestra sociedad como grupo humano diferenciado. La eliminación de nuestra nación en calidad de “MINORÍA NACIONAL” es un acto de “GENOCIDIO” que se constituye en un delito de orden penal internacional, al estar destruyendo a nuestro grupo social por motivos étnicos, políticos, religiosos y culturales ser la metrópoli colonizadora alto peruana contaría a nuestra historia e identidad, en base a un plan que viene coordinado desde la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en 1825, en la cual nos anexan y colonizan sin tener representantes físicos, reales y verdaderos nuestros, porque la independencia del Alto Perú se produce solamente por determinación de los alto peruanos o de Charcas según se verifica y transcribe el acta del 28 de julio de 1825. (DETERMINACIÓN ALTO PERUANA QUE NOS INCLUYE SIN PRESENCIA CAMBA CRUCEÑA: Después de lo cual y habiendo hecho varias observaciones contra algunas objeciones propuestas por los señores preopinantes al proyecto de independencia del Alto Perú, concluyó diciendo que el único obstáculo a dicho proyecto era la anarquía, y que rogaba a sus conciudadanos se armasen contra ella, recordando que era el último de los males, y mirando los horrores y desolaciones que habían causado en los Estados vecinos. En este punto se pasó a votar sobre si la materia estaba ya bastante discutida, y quedó resulto que sí. FUENTE: ACTA DE LA OCTAVA SESIÓN DEL 28 DE JULIO DE 1825: ASAMBLEA DE LA NUEVA TOLEDO EN CHUQUISACA). La metrópoli alto peruana en la ley de creación de la República Bolívar, en ningún momento toma en cuenta a nuestra nación de los pueblos cambas cruceños, pues al emitírsela el 11 de agosto de 1825 no se nos nombra en absoluto, cuando supuestamente se había firmado una de las actas de la Independencia, pese a que tuvimos gestas libertarias diferentes en el tiempo y lugar tal como está expresado en el preámbulo. (ETERNA GRATITUD A INVASORES DEL ALTO PERÚ Y FORÁNEOS PARA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: La Asamblea General del Alto Perú, deseando acreditar pública, expresiva y solemnemente su eterna gratitud, reconocimiento eminente, justo, al inmortal Libertador de Colombia y el Perú, Don Simón Bolívar, al valiente virtuoso gran Mariscal de Ayacucho y al Ejercito Libertador, vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma, Sipesipe y Tarata, deseando igualmente perpetuar en la memoria de los alto peruanos, que tan heroicas, generosas y 167


nobles manos deben esta región su existencia política, su libertad y la reunión del cuerpo, que ha deliberado sobre su futura suerte. Ha venido a Decretar lo siguiente. FUENTE: PREÁMBULO DE LA LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR: 11 DE AGOSTO DE 1825). La Ley de creación de la República Bolívar elimina explícitamente a la nación de los pueblos cambas cruceños por no ser considerados parte de la historia independentista del Alto Perú, al ser nuestra sociedad definitivamente una “MINORÍA NACIONAL” anexada y colonizada. Además diferente y que no merecía ser tomada en cuenta, conteniendo el correspondiente engaño y el fraude histórico ante las naciones del mundo, con el invento de considerarnos ser parte de Cochabamba y consecuentemente del Perú antes de 1776 y del Alto Perú después del mismo año. La agresión colonial que se denuncia es corroborada por Simón Bolívar en su carta enviada a Antonio José de Sucre de fecha 15 de mayo de 1825 (LOS CAMBAS CRUCEÑOS NO TENEMOS NADA CON LOS INCAS Y EL PERÚ: Yo quiero ponerle el uniforme al Mariscal de Ayacucho, y ceñirle la espada de Pichincha en el Alto Perú liberado por la espada de Ayacucho. Esta ceremonia no puede ser menos que lisonjera y altamente honrosa para el vengador de los Incas, restaurador de sus hijos, Libertador del Perú. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE: 15 DE MAYO DE 1825). La interpretación fraudulenta de nuestro origen histórico, es por olvidar que provenimos de Asunción del Paraguay, siendo esta la causa que llevó a la colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños de raíz asunceña y rioplatense, con la anexión inicua y ofensiva en la que nos encontramos. SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS. El delito de “LESA HUMANIDAD” cometido con la eliminación de una nación cierta y determinada está contenido y calificado de Delito Penal Internacional, en la Convención para la prevención y la sanción del delito del genocidio por la Asamblea General en su Resolución 260 A (III) del 9 de diciembre de 1948, la cual entró en vigor el 12 de enero 1951. Además se reconoce que en todos los periodos de la historia este delito penal de orden internacional, ha infligido grandes daños a la humanidad y para liberarla de este flagelo tan odioso, se necesita de una acción permanente y con fortaleza que sea contraria al comportamiento de las imperialistas metrópolis y dictaduras autoritarias que esclavizan a “MINORÍAS NACIONALES” y sea con la cooperación internacional honesta y manejada por pueblos libres. El “GENOCIDIO” es cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso sea con la matanza de integrantes nacionales colonizados, como también producir lesiones graves a la integridad física o mental en los componentes del grupo de la nación cautiva, pues es genocidio someter intencionalmente a grupos nacionales minoritarios a condiciones de existencia que acarreen su destrucción física, intelectual, cultural y espiritual total o parcial, con traslados y desplazamientos hacia distritos diferentes a su origen y en Bolivia, se están violando los derechos de la nación de los pueblos cambas cruceños como conglomerado étnico, religioso y lingüístico diferente, cierto y determinado. El delito que se denuncia de “LESA HUMANIDAD” es concordante con el artículo 138 del Código Penal boliviano que lo define como aquel acto que se realiza con el propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, cultural y religioso. También dar muerte o causar lesiones a los miembros del grupo, sometiéndolo a condiciones de desplazamiento forzoso fuera de su jurisdicción territorial. El hecho del “GENOCIDIO” está sucediendo con el “PROCESO PENAL” del supuesto terrorismo, que está dirigido hacia el separatismo contra ciudadanos nuestros, como también por las agresiones contra hermanos nuestros pertenecientes a las naciones autóctonas del Isiboro – Secure en su territorio, para así consolidar transformarlos en una dependencia colonial boliviana dentro de la invasión intercultural en su heredad ancestral. (GENOCIDIO: El que con propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico o religioso, diere muerte o causare lesiones a los miembros del grupo, o los sometiere a condiciones de inhumana subsistencia, o les impusiere medidas destinadas a impedir su 168


reproducción, o realizare con violencia el desplazamiento de niños o adultos hacia otros grupos, será sancionado con presidio de diez a veinte años, en la misma sanción incurrirán él o los autores, u otros culpables directos o indirectos de masacres sangrientas en el país, si el o los culpables fueren autoridades o funcionarios públicos, la pena será agravada con multa de cien a quinientos días. FUENTE: ARTÍCULO 138 DEL CÓDIGO PENAL BOLIVIANO). La agresión genocida contra nuestros pueblos como “MINORIA NACIONAL” se agrava con el ataque a nuestra cultura de vida, con la imposición del masticado de la hoja de la Coca que no es nuestra, imponiéndose por medio de invasiones de colonizadores venidos desde la metrópoli e introduciendo el cultivo de la planta y la utilización de la hoja, dentro de un supuesto uso tradicional llamado acullico, cuando el uso y macado de la hoja de la Coca se constituye en una micro fábrica del estupefaciente, por contener este proceso todos los pasos para producir la pichicata o la droga de la cocaína. (LA COCAINA: El macerado que es igual al pisado y al molido de la hoja, con la saliva y el bicarbonato produce la pasta base tal como actúan el diesel, el Éter y otros precursores. El proceso similar al purificado de la pasta base donde se utiliza el ácido Clorhídrico, viene cuando se ingiere la saliva y esta llega al estómago, actuando el jugo gástrico y con el ácido Clorhídrico que contiene, se produce el Clorhidrato de Cocaína que es una droga penada nacional como internacionalmente. FUENTE: CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). La hoja de la Coca y en consecuencia su droga, se ha constituido en un vicio colonizador y explotador para nosotros, el que pese de haber sido ejecutado por el poder español en la colonia está constitucionalizado por la metrópoli boliviana, donde a este arbusto narcotizante al final se lo tiene en calidad de patrimonio cultural por la sociedad de la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana. Metiendo a la nación de los pueblos cambas cruceños algo que no es nuestro dentro de la supuesta ligazón social, según contempla el Atr. 358 de la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. (DISCRIMINACIÓN BOTÁNICA CONSTITUCIONAL: El Estado reconocerá a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley. FUENTE: ARTÍCULO 358 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO BOLIVIANO). SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS. La diversidad histórica, étnica y de identidad cultural nos plantea uno de los mayores desafíos del siglo que comienza, en un mundo que cada vez requiere mayores niveles de respeto por la diversidad de quienes lo habitan, donde las personas tienen derechos globalizados como ciudadanos a consecuencia de pertenecer dentro de sociedades locales como “MINORÍAS NACIONALES”. y la defensa de los Derechos Humanos de estos grupos sociales diferenciados es prioritario, por la actual emergencia de estar anexados dentro de los imperialismos y las metrópolis colonizadoras a nivel mundial, lo cual condujo a la política de "PROTECCIÓN" en el comienzo del siglo veinte. La “MINORÍA NACIONAL” se refiere a un grupo específico que ha sido siempre una nación como es el caso de los pueblos cambas cruceños que, debido a cambios de fronteras y maniobras dolosas en la era independentista de América, en la actualidad nos encontramos en una situación minoritaria no como resultado de tratado alguno entre dos naciones como etnias y pueblos diferentes, sino por la anexión y el colonialismo en la ruptura de los imperios europeos y la construcción de nuevas nacionalidades en el siglo diecinueve. La situación de descolonización se constituyo en América, con el surgimiento de naciones pluri étnicas, pluri religiosas y pluri lingüísticas como lo sucedido con la metrópoli boliviana y su colonia, pese a que estábamos constituidos como sociedad cierta, diferente y determinada desde hace más de 452 años. Reconocida además como tal por la evidencia histórica de nuestros lugares de origen y el establecimiento habitacional en una geografía diferente a la de la colonizadora metrópoli andina. El concepto de "BALCANIZACIÓN" no es una casualidad que se haya extendido en el lenguaje político internacional, pues es un sinónimo de dispersión social y de ruptura en unidades políticas más 169


amplias con la división de los Estados. Siendo esto lo que motivó a que la sociedad de las naciones tenga entre sus principales temas la protección de los grupos minoritarios, surgidos por estos cambios que tuvieron su eclosión en el siglo diecinueve y también en los conflictos de la década de los noventa por ser considerados situaciones políticas inconclusas. Las situaciones inconclusas las tenemos en el caso de la República de Santa Cruz de la Sierra como nación de los pueblos cambas cruceños, la colonización de las islas Malvinas y Puerto Rico en América entre otras. También tenemos el caso de la nación de Irlanda del Norte en Europa, creada como colonia por los acuerdos de separación entre las repúblicas de Irlanda e Irlanda del Norte. Constituyendo estos escenarios existentes en el mundo, típicos casos de "ASUNTOS PENDIENTES" en la relación de derechos entre grupos culturalmente diferenciados de minorías y mayorías nacionales, religiosas o étnicas. El resultado de la descolonización en América por causa de maniobras dolosas y fraudulentas de algunos movimientos libertarios como es el caso del Alto Perú, fue motivo del surgimiento de las cuestiones de las “MINORÍAS NACIONALES” que hoy se encuentran anexadas y colonizadas, por esto situadas en un “VÉRTICE” en el que confluyen numerosos asuntos sociales de carácter histórico, como fue el caso del nuevo colonialismo y la ocupación arbitraria de territorios por potencias internacionales y en este contexto, tenemos el de la República de Santa Cruz de la Sierra agredida por el llamado Ejército Libertador colombiano que tenía invadido el Alto Perú con su territorio ya libre y consolidado del coloniaje español desde el 9 de marzo de 1824. La anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños fue y sigue siendo asumida en forma simplista por nuestros líderes del pasado y de la actualidad, por falta de una identificación y una cultura histórica real, pues aceptan indolentemente nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta. El despertar de una sociedad cautiva hace necesario luchar para cambiar la situación, ya que con el tiempo nos vamos a conducir a aumentar los niveles de conflictividad, si no encontramos y solucionamos adecuadamente a las causas de estos hechos dolosos y por lo mismo, dificultar el encuentro de arreglos pacíficos en nuestras controversias en el futuro. SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS. Toda vez que se ha efectuado un análisis real de la diferencia existente entre la imperialista metrópoli colonizadora boliviana y su colonia, presentamos una relación de las disparidades históricas, culturales y geográficas en relación a la colonización del Alto Perú que es diferente a la nuestra, porque definitivamente la nuestra fue por la condición migratoria de familias españolas, criollas y autóctonas venidas desde Asunción del Paraguay. Además nos constituimos como nación de los pueblos cambas cruceños con la creación de la Gobernación de Mojos en 1560, más la amalgamación socio racial con las tribus dispersas de la gran Nación Tupí Guaraní y los autóctonos paraguayos que acompañaron a las familias asunceñas. La prueba de lo afirmado sobre las diferencias de la colonización del Alto Perú con relación a la de la República de Santa Cruz de la Sierra, se hace real dentro de un análisis de estos acontecimientos históricos por medio de un estudio pormenorizado de las disparidades que al final nos separan y confrontan, pues la colonización del Alto Perú se efectúo por la corriente del Caribe y el Océano Pacífico, destruyendo el Imperio Incaico y esclavizando al pueblo andino de su influencia. La colonización de las llanuras rioplatenses y amazónicas, conocidas como la nación de los pueblos cambas cruceños fue con familias que vinieron a desarrollar y cultivar una nueva sociedad. La nación y el conjunto humano con nuestra colonización, fue efectuada por la corriente del Océano Atlántico pasando por el río de la Plata y finalmente partiendo desde la ciudad de Asunción del Paraguay, mediante una épica inmigración de familias según afirman los mismos historiadores del Alto Perú inclusive cuando dicen. (SACRIFICIO EVANGELICO: Al lado de Chávez emprendieron viaje el Gobernador Vergara y el Obispo La Torre, acompañados de trescientos españoles y tres mil indios. El viaje fue muy penoso, especialmente para mujeres y niños. Las incomodidades, las sublevaciones y 170


descontentos estuvieron a punto de desbaratar esta empresa, pero el valor la decisión de Chávez se impusieron y esta expedición, sin precedentes en América, llegó a su destino. FUENTE: SANTA CRUZ DE LA SIERRA, LA ANTIGUA (1565). ÉXODO DESDE ASUNCIÓN A SANTA CRUZ, MUERTE DE CHÁVEZ: LA RUTA DEL PAITITÍ: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 134). Los pueblos andinos del Alto Perú dentro de su territorio formaron en sus inicios, el Perú que estaba compuesto por aimaras, quechuas, Charcas, Urus, Lupacas y otros menores que habitaban el Altiplano y los valles en la cordillera de los Andes, los que en conjunto formaron el Imperio Inca como también el Collasuyo en el periodo pre colonial y la Provincia de Charcas en el colonial. Los pueblos amazónicos y rioplatenses de origen Tupí guaraní estaban compuestos por una infinidad de tribus nómadas en su mayoría, menos la Ava Guaraní asentada en la cordillera llamada de los Chiriguanos que corre desde el Norte argentino al Sur peruano y la de los Chiquitos que mantenían cierta formación social sedentaria. En cambio los del Alto Perú se encuentran asentados en la cordillera de los Andes con un clima mayormente frío en las alturas y el Altiplano, pero más templado en los valles y las estribaciones de los Yungas de la cordillera andina. Los de la nación de los cambas cruceños asentados al Este de los Andes están dentro de una extensa región entre las dos más grandes cuencas de América del Sur, contando cuando se produjo la anexión dolosa y colonización fraudulenta en la del Alto Perú Republica Bolívar, con una superficie que sobrepasaba un millón setecientos mil kilómetros cuadrados como superficie territorial que por la agresión colonial de la metrópoli, con anexiones territoriales a los departamentos andinos y la de los países vecinos como el Brasil, Perú y Paraguay. En la actualidad quedamos reducidos a seiscientos cincuenta mil kilómetros cuadrados aproximadamente. SEÑOR PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS. Una vez fundamentados y probados los hechos históricos que nos hacen una nación diferente, cierta y determinada, totalmente minoritaria dentro de la metrópoli colonizadora boliviana que nos mantiene agredida, se está complotando contra nuestra existencia como “MINORÍA NACIONAL”,.para lograr nuestra eliminación e integrarnos dentro de comunidades interculturales de características incaicas, con una agresión que raya en el delito del “GENOCIDIO” cometido en relación a la norma contenida en la justicia y el Derecho Internacional Público, hace que este recurso que se “PRESENTA” pida la “REPARACIÓN” de nuestra condición de nación cierta y determinada, dentro de la pretención de ser eliminada y absorbida por la metrópoli boliviana, al hallarnos agredidos en nuestro derecho a la existencia y la identidad en calidad de etnia diferente. El presente recurso entiende como víctima a toda la colectividad de la nación de los pueblos cambas cruceños, por haber sufrido daños que necesitan ser reparados en nuestra identidad y cultura histórica por la sañuda persecución política, militar, paramilitar y judicial a nuestros ciudadanos desde 1825 en adelante. La agresión política actual que se denuncia con daños físicos, mentales y económicos contra nuestra gente como “GENOCIDIO”, es un delito de “LESA HUMANIDAD” por la persecución y encarcelamiento de personas cambas cruceñas exclusivamente con la consecuencia de lesiones físicas, mentales, sufrimientos emocionales, pérdidas económicas y menoscabo sustanciales de sus derechos fundamentales que vienen. como consecuencia de las acciones emprendidas por las autoridades de la imperialista colonizadora metrópoli boliviana Las agresiones que se denuncian constituyen una violación manifiesta de las normas internacionales de Derechos Humanos, por ser un grave atropello al Derecho Internacional Humanitario, siendo por esto que en base al derecho y a la justicia nacional como internacional, PEDIMOS se emplace a las autoridades de la imperialista colonizadora metrópoli boliviana, a RESTITUIR nuestra calidad de identidad como “MINORÍA NACIONAL” y etnia cierta y determinada. Pues este recurso presentado es fundamental como amparo al derecho de nuestro pueblo a seguir existiendo, el cual debe ejercitarse dentro del marco y según los principios del debido proceso legal internacional. 171


Otrosí 1º.- Solicitamos la CELERIDAD Y EFECTIVIDAD del proceso como requisito que garantice un adecuado acceso a la justicia internacional y cuya efectividad, signifique ser capaz de determinar la violación denunciada y remediarla, porque como recurso en ningún momento debe ser teórico, ni ilusorio. Otrosí 2º.- Pedimos tener accesibilidad y asistencia letrada debida en cuenta de la vulnerabilidad especial de nuestra nación de los pueblos cambas cruceños anexados y colonizados por casi doscientos años, por la obligación de las Naciones Unidas asumida internacionalmente de tener acceso a la representación y asistencia legal gratuita si es necesario, pues en Derecho Internacional existe la tendencia de reconocer que un recurso efectivo implica una obligación positiva de asistir a las personas individuales o colectivas que carecen de medios para acceder a la justicia. Garantizando la representación por un abogado internacionalista apegado a las Naciones Unidas. Otrosí 3º.- Pedimos la cesación y la reparación de la violación contra nuestra existencia e identidad como “MINORÍA NACIONAL” y etnia diferente, cierta y determinada que incluya la prevención de violaciones recurrentes. Otrosí 4º.- Solicitamos una investigación eficaz que sea rápida, exhaustiva, independiente e imparcial, porque de hecho la justicia debe ser efectiva para la reparación que presuponen, los hechos son investigados en forma minuciosa e independiente. Otrosí 5º.- Pedimos la protección de las Naciones Unidas y la Comunidad Internacional contra las amenazas y las intimidaciones que pudieren provenir de las autoridades de la imperialista metrópoli colonizadora boliviana. Otrosí 6º.- Por la práctica y la jurisprudencia, pedimos al relator especial de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, por la consolidación de nuestra identidad y cultura histórica como nación diferente, la obligación de que como parte del derecho, tener un recurso efectivo con el deber de llevar a cabo investigaciones eficaces, exhaustivas e imparciales de los alegatos a las violaciones manifiestas, como en nuestro caso y en particular en los casos de prácticas extrajudiciales arbitrarias y sumarias contra las personas individuales y colectivas de naciones minoritarias ciertas y determinadas como la nuestra. Otrosí 7º.- Se envía copias del original del recurso a la Presidencia de las Naciones Unidas, como a la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión Africana de Derechos Humanos. También al Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, en calidad de prueba de haberse efectuado el Recurso y Pedido de Reparación de nuestra identidad y el derecho a existir como MINORÍA NACIONAL. Otrosí 8º.- Pedimos mantener y tomar en cuenta los procedimientos especiales ejercidos por la extinta Comisión de Derechos Humanos transformada en Consejo, creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006. Otrosí 9º.- En calidad de prueba preconstituida presentamos la transcripción de los siguientes documentos: 1.- Decreto de 9 de febrero de 1825 emitido por Antonio José de Sucre, después de pasar el río Desaguadero y desde la ciudad de La Paz. 2.- Decreto de 3 de Junio de 1825 emitido por Antonio José de Sucre en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca. 3.- Art. 3º de la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia. 4.- Nulidades absolutas y relativas en tratados sobre Derecho Internacional. 5.- Acta de la 1ª sesión del 10 de julio de 1825. 6.- Acta de la 8ª sesión del 28 de julio de 1825, existente en el libro mayor de sesiones de la asamblea de representantes del Alto Perú, instalada el 10 de julio de 1825 sin representante alguno de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños. 7.- Acta de la 12ª sesión del día 6 de agosto de 1825 preparada, para comprometer al apócrifo y falso representante de la nación de los pueblos cambas cruceños de nombre Vicente Seoane. 8.- Acta de la 14ª sesión del 9 de agosto de 1825, que demuestra la componenda y el dolo al 172


hacer firmar a Vicente Caballero después de tres días el acta de la independencia, pese a que figura en la del 6 de agosto firmándola en consecuencia. 9.- Art. 138 del Código Penal boliviano. 10.- Página 134 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003. 11.- Páginas 23 y 24 de las reflexiones sobre la fundación de la República Bolívar en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1998. 12.- Historia contada sobre el Alto Perú que no hace mención a la nación de los pueblos cambas cruceños, independiente como República de Santa Cruz de la Sierra de Buenos Aires en 1815. Páginas 8 y 9 en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981. 13.- El Alto Perú separado de Lima, versión en la Pág. 342 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003. 14.- Causa de la separación de Santa Cruz de la Sierra de Buenos Aires, versión en la Pág. 331 del libro HISTORIA DE BOLIVIA de Mesa – Gisbert. Edición 2003. 15.- Separación de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. N. Córdoba, Argentina, 1778 – Santa Cruz de la Sierra, Alto Perú, 1815. 16.- Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a “MINORÍAS NACIONALES” étnicas, religiosas y lingüísticas aprobada por la Asamblea General en su Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992 17.- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966, en vigor el 23 de marzo de 1976 de conformidad con el artículo 49. 18.- Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio adoptada y abierta a la firma y ratificación o adhesión por la Asamblea General en su resolución 260 A (III) de 9 de diciembre de 1948, en vigor el 12 de enero de 1951 de conformidad con el artículo XIII. 19.- Declaración Universal de los Derechos Humanos. 20.- Ley de Creación de la República del Alto Perú del 11 de agosto de 1825. 21.- Carta de Sucre a Bolívar del 3 de febrero de 1825. 22.- Carta de Bolívar a Sucre del 21 de febrero de 1825. 23.- Carta de Bolívar a Sucre del 15 de mayo de 1825. 24.- Historia de Bolivia y sus fuentes primarias relacionada al imperio Inca que no hace mención alguna de la nación de los pueblos cambas cruceños. Páginas 1 y 2 en el libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981. 25.- Demostración del dolo y el fraude que llevo a la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, contrariando la ley del 9 de mayo de 1825 de Buenos Aires y sin diputados cruceños. Páginas 19 a 21 del libro LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA de Villarroel Treviño. Edición 1981. Además otras determinaciones ejecutadas en el presente trabajo, sobre la anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra por parte de la sociedad alto peruana en la asamblea de 1825. Siendo este el motivo por el que se Interpone el RECURSO y se pide la REPARACIÓN a la violación contra nuestro derecho a la identidad y a existir en calidad de “MINORÍA NACIONAL” y etnia diferente, cierta y determinada en la imperialista metrópoli colonizadora boliviana.

DIRECCIONES DE ORGANÍSMOS DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS Y LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS: Las comunicaciones que se habrán de tramitar, con arreglo al procedimiento previsto en la resolución 1503, pueden dirigirse a: subdivisión de tratados y comisión oacdh-onug 1211 Ginebra 10. Suiza fax: (41 22) 917 90 11. 173


COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: Datos de Contacto: Si bien los documentos pueden presentarse personalmente, no es necesario acudir a la Comisión, ya que estos pueden enviarse por uno de los siguientes medios:  Correo electrónico: cidhdenuncias@oas.org  Formulario electrónico de peticiones: https://www.cidh.oas.org/cidh_apps/instructions.asp?gc_language=e  Fax: 1 (202) 458 2992 o 6215  Correo postal: comisión interamericana de derechos humanos 1889 f. street NW. Washington, DC, 20006. Estados Unidos COMISIÓN AFRICANA DE DERECHOS HUMANOS: The Secretary African Commission on Human and Peoples' Rights Kairaba avenue. P.O. box 673. Banjul, Gambia. Teléfono: (220) 4392962. Fax: (220) 4390 764. Correo electrónico: achpr@achpr.org PRESIDENCIA Y ASAMBLEA DE LAS NACIONES UNIDAS: Organización de las Naciones Unidas – ONU dirección: First Avenue at 46th street, New York, NY 10017, Nueva York - Estados Unidos. Teléfono:(1-212) 963-4475. Fax:(1-212) 963 0071portal: http // WWW un.org. Centro de información de las Naciones Unidas – CINU Dirección: calle 14 Esq. Av. Sánchez Bustamante. Edif. Metrobol II, 3er piso Calacoto, La Paz – Bolivia. Teléfono: (591-2) 279 5763 (591-2) 279 5544 ALTO COMISIONADO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS EN BOLIVIA: Edificio Torre Azul – Piso 10 Av. 20 de Octubre Esq. calle Campos Sopocachi, La Paz, Bolivia - Teléfonos: (5912) 2434360. Fax: (5912) 2434360 (int. 102) email: oacnudh-bolivia@ohchr.org

LA DEFENSA DE LA IDENTIDAD DE LOS PUEBLOS DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA La disparidad, la diferencia y el antagonismo existencial histórico entre la República de Santa Cruz de la Sierra con la del Alto Perú, obliga a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños a emprender la defensa de su identidad agredida pero no perdida y para ello, es necesario rescatar nuestra historia distorsionada por el poder imperialista metropolitano colonizador andino boliviano. La República de Santa Cruz de la Sierra se encuentra anexada y colonizada desde 1825, por lo que se tiene que dejar de lado la actitud pasiva y simplista, asumida con relación a las agresiones contra nuestra identidad y nuestra cultura histórica, a consecuencia de haber llevado una enseñanza mentirosa sobre quienes somos, ejecutada con el propósito de diluirnos como nación cierta y determinada, para integrarnos dentro de una sociedad foránea y avasalladora. El embrollo y la desorientación existencial de los cambas cruceños, está agravada por la permanente agresión que se ha sufrido por integrantes no honestos de la república del Alto Perú, pues al tenernos anexados y colonizados por casi doscientos años, consideran que los de la República de Santa Cruz somos extranjeros que ocupamos su pachamama, pese a que nunca fuimos parte territorial del incanato en nuestros padres ancestrales y la defensa de nuestra identidad como componentes de la República de Santa Cruz de la Sierra, consiste en educar a nuestro pueblo compuesto por autóctonos, nativos o inmigrantes que han adoptado nuestra heredad como propia, como única forma de lograr salir del futuro incierto en el que nos encontramos. Es mantener nuestra identidad, rescatando la historia que se encuentra distorsionada a causa y consecuencia de una actitud contemplativa y sin reacción, por la falta de fuerza espiritual de nuestros publicistas intelectuales, que hemos estado dejando que los puntas de lanza como avanzadas coloniales alto peruanas consoliden espacios, apoyados por internos quinta columnas que se han transformados en elementos resentidos, complotando contra la sociedad que hospitalariamente los acoge por apegarse al contrario.

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EL CONTUBERNIO QUE LLEVO A LA ANEXIÓN Y LA COLONIZACIÓN DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA La anexión y la consecuente colonización de nuestra república en la del Alto Perú de nombre Bolívar, se produjo mediante la componenda orquestada por Casimiro Olañeta y Mariano Serrano, como alto peruanos o chaqueños componentes de la logia masónica Club Patriótico, que comprometen en este dolo histórico a Antonio José de Sucre y Simón Bolívar. El claro y contundente dolo y fraude histórico cometido contra la República de Santa Cruz de la Sierra, fue montado por la oligarquía del Alto Perú o doctores de Charcas en la asamblea de Chuquisaca, demuestrándose la confabulación contra nuestra nación cierta y determinada, cuando se nos anexa y coloniza pese a que desde 1815 nos encontrábamos, independientes y separados de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, de la misma forma cómo sucedió con la República del Paraguay que se independizó de España en 1811 y se separó de la confederación del Plata en 1814. El principal hecho de interpretación fraudulenta de la historia de la República de Santa Cruz d la Sierra, viene en el Decreto del 9 de febrero de 1825 emitido por Antonio José de Sucre, cuya Interpretación mentirosa, es sustentada por historiadores del Alto Perú e inclusive por los nuestros, dentro de un hecho que constituyó y constituye un acto apócrifo que nos involucra en la alto peruana República de Bolivia, a pesar de ser completamente diferentes en historia, geografía y formar otra etnia sin conexión alguna. El Decreto del 9 de febrero de 1825 contiene una tergiversación de la verdad histórica de la República de Santa Cruz de la Sierra, aprovechando los sucesos de la creación de las intendencias en 1782 dentro del Virreinato del Río de la Plata, y nuestra dependencia administrativa desde la ciudad de Cochabamba que duró 29 años solamente. (GOBERNADOR INTENDENTE DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: En Santa Cruz la situación era un tanto distinta. El general Goyeneche investido, nombró al Coronel Don José Miguel Becerra gobernador intendente y capitán general de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra, erigida en intendencia independiente de la de Cochabamba. FUENTE: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 1935, PÁGINA 161 // REPRESENTANTES CAMBAS CRUCEÑOS: El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, cordillera y Valle Grande. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PAR SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 60). En 1811 se cambia la situación de dependencia de Cochabamba por determinación de Goyeneche, Capitán General del Alto Perú y Presidente de la Audiencia del Cuzco, quedando de esta manera identificada plenamente la jurisdicción alto peruana a las cuatro Provincias Altas de Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y La Paz que luego como provincias argentinas tienen reconocida su libertad para decidir su suerte, en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires. El gobierno de la República Argentina se vio en la necesidad de dictar la ley del 9 de mayo de 1825, porque estas cuatro provincias del Alto Perú, se constituyeron en parte de esa república, por haber concurrido y haberse integrado a ella cuando se crea en la ciudad de Tucumán el 9 de julio de 1816. (CREACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA: En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de 1816… DIPUTADOS FIRMANTES: Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante; Diputado por Charcas, Dr. Mariano Sánchez de Loria; Diputado por Mizque. Dr. José Severo Malavia; Diputado por Charcas. Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros; Diputado por Charcas. Dr. José Andrés Pacheco de Melo; Diputado por Chichas. Dr. José Mariano Serrano, Secretario; Diputado por Charcas. FUENTE: ACTA DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA). 175


El fraude histórico que se denuncia fue el que sirvió en 1825 y se maneja en la actualidad, para mantener vigente la mayor agresión cometida contra la soberanía e independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra, constituida como nación de los pueblos cambas cruceños, pues no fue solo un fraude histórico como agresión, sino se comete un imperdonable hecho de Dolo en la asamblea de Chuquisaca al habilitar fuera de tiempo legal a dos apócrifos representantes de los cinco cruceños. La agresión asumida contra los cambas cruceños como acción ilegítima, es asumida con una actitud alarmante de indolencia por nuestros líderes y publicistas, por no haber cuestionado la utilización de estos dos apócrifos y supuestos representantes como Seoane y Caballero que no estuvieron presentes en las deliberaciones que dieron como resultado la independencia del Alto Perú. Además estos supuestos representantes no trataron los 21 puntos contenidos en su mandato por apegarse como doctores de Charcas al interés de la clase oligárquica alto peruana de la República Bolívar, cuando su tratamiento debía dar como consecuencia la suscripción de un tratado. (INSTRUCCIÓN DE LA SALA CAPITULAR PARA LOS DELEGADOS CAMBAS CRUCEÑOS PARA CHUQUISACA: Instrucción que da la ilustre Municipalidad de la Capital del Departamento de Santa Cruz, ala Señoría, a los Ciudadanos: Diputados dela Dicha y al Partido de Vallegrande D.D. Antonio Vicente Seoane, y Vicente Caballero, a fin de ge con concepto Della pidan y soliciten en el Congreso gral. (general) lo que sea más conveniente y beneficio a esta Provª. (Provincia) a que les servirán de base las proposiciones o artículos Sigtes. (Siguientes). 1º En Quanto (cuanto) a la forma de gobierno que debe adoptar estas provincias que se reúnan en Oruro por medio de sus diputados se conformarán indispensablemente con el voto libre y Gral. Dellas según la conveniencia pública u convenios que se ajustaren entre los congresos de la América Libre. FUENTE: TRASCRIPCIÓN PALEOGRÁFICA: MUSEO DE HISTORIA REGIONAL: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENÉ MORENO: PRIMAVERA 2006: ZAMBRANA CASCALES, QUITITO). El dolo montado con los representantes cruceños, fue de dos partidos como Valle Grande y Cercado o la Municipalidad de Santa Cruz de la Sierra, con delegados que en ningún momento tuvieron poder para la asamblea de Chuquisaca llamada mediante el Decreto del 3 de junio de 1825, pues fueron elegidos para concurrir a la Asamblea de Oruro mediante el Decreto del 9 de febrero del mismo año. Así también no cumplieron el mandato ineludible de tratar los 21 puntos para lograr un tratado entre los alto peruanos con los cambas cruceños. El hecho de agresión comienza apoyado por el ejército colombiano cuyo jefe supremo era Simón Bolívar y comandado por Antonio José de Sucre, gestor directo de la creación de la Republica Bolívar consolidada como la República del Alto Perú, creada inicialmente por el General de Pedro de Olañeta y todo esto mediante el contubernio traicionero de la oligarquía masónica de Charcas o Alto Perú. (LOGIEROS MASÓNICOS: Los doctores de Charcas posteriores a 1810 eran miembros de una logia, llamada Sociedad Patriótica o Club. M. Beltrán Ávila en la pequeña gran logia que independizó a Bolivia, señala como año 1825 esta situación y el libro Apuntes para la historia de la Masonería boliviana de Carlos Urquizo S. y Manuel E. Contreras V., manifiesta que la logia patriótica era un apéndice de los Huaukes que en aimara significa hermanos. El jefe de esta logia era José María Serrano y en ella participaban Leandro Uzín, Manuel Maríano Urcullo, Antonio Vicente Seoane, Vicente Caballero, los cuatro hermanos Moscoso y muchos otros más. Charles Arnade por su parte no les concede inclinaciones independentistas ni convicciones distintas a sus apetitos y ambiciones personales, por eso los denomina dos caras y es porque estaban a la expectativa de quien iba a triunfar. FUENTE: PRESENTACIÓN; FRANZ A. MICHEL: 200 AÑOS: BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: DESENREDANDO LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ Y SUS PROVINCIAS (1805 – 1841): GANDARILLA GUARDIA, NINO: TERCERA EDICIÓN: AÑO 2010, PÁGINA 12). El ejército colombiano fue el que ocupó el Alto Perú, pero en ningún momento hizo ondear su bandera en la República de Santa Cruz de la Sierra, libre ya de toda agresión el 14 de febrero de 1825 cuando ingresa triunfante el Colorado Mercado a su capital Santa Cruz de la Sierra.

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DECRETO DE 9 DE FEBRERO DE 1825 EMITIDO POR ANTONIO JOSÉ DE SUCRE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, GENERAL EN JEFE DEL EJÉRCITO LIBERTADOR &. &. CONSIDERANDO: 1º Que al pasar el Desaguadero, el EJÉRCITO LIBERTADOR ha tenido el sólo objeto de redimir las provincias del ALTO PERÚ de la opresión española; dejándoles en la posesión de sus derechos. 2º Que no correspondiendo al ejército libertador intervenir en los negocios domésticos de estos pueblos, es necesario que las provincias organicen un gobierno que provea a su conservación, puesto que el ejército ni quiere ni debe regirlas por sus leyes militares, ni tampoco puede abandonarlas a la anarquía y al desorden. 3º Que el antiguo Virreinato de Buenos Aires a quien ellas pertenecían a tiempo de la revolución de América, carece de un gobierno general que represente completa, legal y legítimamente la autoridad de todas las provincias, y que no hay por consiguiente con quien entenderse para el arreglo de ellas. (LEY DE 9 DE MAYO DE 1825 DE BUENOS AIRES: Es por ello que Juan Gregorio de la Heras, en representación del Poder Ejecutivo Nacional Argentino, autorizó al señor Coronel Mayor Juan Antonio Álvarez de Arenales, gobernador y capitán de la Provincia de Salta con fecha 8 de febrero de 1825, para que ajuste las convenciones que crea necesarias con el jefe o jefes que dan las fuerzas españolas que ocupan las dichas cuatro provincias hasta el Desaguadero, o con las personas que fuesen igualmente autorizadas por ellos, sobre las bases de que éstas han de quedar en la más completa libertad para que acuerden lo que más convenga a sus intereses y gobiernos. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 178). 4º Que este arreglo debe ser el resultado de la deliberación de las provincias, y de un convenio entre los congresos del Perú y del que se forme en el Río de La Plata. 5º Que siendo la mayor parte del Ejército Libertador compuesta de tropas colombianas, no es otra su incumbencia que liberar el país y dejar al pueblo en la plenitud de su soberanía, dando este testimonio de justicia, generosidad y de nuestros principios. (INTERPRETACIÓN FRAUDULENTA DE LA HISTORIA CAMBA CRUCEÑA: Mentira demostrada con la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra que no era alto peruana, por lo que se plasma en los mapas del virreinato del Río de La Plata de 1776, sobre la jurisdicción de la Audiencia de Charcas e intendencia desde 1782 que contienen perfectamente delimitadas las cuatro intendencias o Provincias Altas. Destruyendo la falacia histórica manejada en forma deshonesta, dolosa y fraudulenta por los dos caras alto peruanos y charqueños, como también cambas cruceños. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 282 Y 285). He venido a decretar y decreto: 1º Las provincias que se han conocido con el nombre de Alto Perú, quedarán dependientes de la primera autoridad del Ejército Libertador mientras una asamblea de diputados delibere de su suerte. 2º Esta asamblea se compondrá, de los diputados que se eligieren en las juntas de parroquia y de provincia. 3º El doce de marzo próximo se reunirán indispensablemente los ciudadanos de cada parroquia, en el lugar más público y presididos del Alcalde del pueblo y cura párroco, elegirán nominalmente cuatro electores, antecediendo a esta diligencia el nombramiento de dos escrutadores y un secretario. 177


4º Los votos se escribirán en un libro por el secretario públicamente, y serán firmados por el votante; concluido el acto, serán firmados las relaciones por el Presidente, el Secretario y los escrutadores. 5º Para ser elector se requiere ser ciudadano en ejercicio natural o vecino del partido, con un año de residencia y con reputación de honradez y buena conducta. (LA CONFABULACIÓN CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS COMIENZA EN EL DESAGUADERO: Casimiro Olañeta llegó al Desaguadero el 3 de febrero de 1825 donde ya estaba el Mariscal Antonio José de Sucre procedente del Cuzco. Ambos cabalgaron lado a lado rumbo a la ciudad de La Paz donde el 9 de febrero se promulgó el decreto en el que se basó la independencia de Bolivia. Que Sucre tomó consejo de Olañeta en aquella ocasión es evidente, pues el 4 de febrero al día siguiente de la llegada de Olañeta. Sucre escribe a Bolívar desde Ilabe en los siguientes términos. Me ha dicho el doctor Olañeta que el cree no sólo difícil sino imposible reunir las provincias altas a Buenos Aires; que hay una enemistad irreconciliable, o se quedan independientes o agregadas al Perú, porque el voto de los hombres de juicio está por pertenecer al Perú, en cuyo caso quieren la capital en el Cuzco o más cerca. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 344 Y 345). 6º Concluidas las votaciones que serán en un solo día, se remitirán las listas de cada parroquia a la cabecera del partido, dirigidas, cerradas y selladas a la municipalidad o al juez civil. 7º El veinte de marzo se reunirán en la cabeza del partido, la municipalidad, el juez, el cura y todo ciudadano que guste asistir al acto de abrir las listas de elecciones. Para ello se nombrarán por la municipalidad o en su defecto por el juez, dos escrutadores y un secretario. 8º Abiertas públicamente las listas de votaciones y hecho el escrutinio de todas la elecciones de las parroquias, resultarán legítimamente nombrados por el partido los cuatro electores que tengan mayor número de votos. Habiendo igualdad de sufragios decidirá la suerte. El jefe civil avisará a los que salgan elegidos, y se les entregarán como credenciales, las listas originales o libros de las votaciones de las parroquias. 9º Los cuatro electores de cada partido, se reunirán el treinta y uno de marzo en la capital del departamento, para el nombramiento de diputados. 10º Sobre el cálculo aproximativo de la población, habrá un diputado por cada veinte o veinticinco mil almas; así, del departamento de la paz se nombrará dos diputados por el partido o cantón de Yungas; dos por el de Caupolican; dos por Pacajes, dos por Sica sica, dos por el de Umasuyos, dos por el de Larecaja y dos por el de La Paz. El departamento de Cochabamba, tendrá dos diputados por cada uno de los cantones de Cochabamba, Arque, Cliza, Sacaba, Quillacollo, Mizque, y Palca. El departamento de Chuquisaca, dará un diputado por cada uno de los cantones de Chuquisaca, Ormo, Carangas, Paria, Yamaparaez, Laguna y Cinti. El departamento de Potosí nombrará tres diputados por Chayanta, tres por Porco, tres por Chichas, uno por Atacama y otro por Lípez. El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. 11º Para ser diputado se necesita ser mayor de 25 años, hijo del departamento o vecino de él, con residencia de cuatro años, adicto a la causa de la independencia, concepto público y moralidad probada. 12º Verificada la reunión de los electores de los partidos el 31 de marzo, y presididos por el jefe civil, se procederá a nombrar un Presidente del seno de la junta, dos escrutadores y un secretario, y verificado se retirará el jefe civil. En el acto mismo dará cada elector su voto por tantos diputados, cuantos correspondan al departamento, escribiéndose públicamente. El mismo día se hará el escrutinio, y resultarán diputados. Los que obtengan la pluralidad absoluta de votos. Habiendo igualdad, decide la suerte. Ningún ciudadano puede excusarse de desempeñar el cargo de diputado. 13º La junta evitará todo cohecho, soborno, seducción, y expulsará de su seno a los que por estas faltas se hiciesen indignos de la confianza del pueblo. Todo ciudadano tiene derecho a decir de nulidad, por consiguiente puede usar de él ante la junta, debiendo decidirse el juicio antes de disolverse. Disuelta la junta no hay lugar a instancia alguna. 14º Los credenciales de los diputados serán firmados por todos los electores y sus poderes no 178


tendrán otra condición que conformarse al voto libre de los pueblos, por medio de la representación general de los diputados. 15º Los partidos cuyas capitales no están libres, harán la reunión de sus electores en la cabecera del cantón el mismo 31 de marzo y nombrarán los diputados que corresponda al partido, bajo las mismas formalidades que en la junta del departamento; pero si hubiese dos o más partidos libres, se reunirán los electores de ellos en la punta central, que elija el presidente del departamento para hacer las elecciones. Los partidos que vayan libertándose nombrarán sus diputados en esta misma forma. 16º Los diputados estarán reunidos en Oruro el quince de abril para que sean examinadas sus credenciales, y si se hallan presentes las dos terceras partes, es decir, treinta y seis diputados, se celebrará la instalación de la Asamblea General del Alto Perú, el diecinueve de abril. 17º El objeto de la asamblea general será sancionar un régimen de gobierno provisorio, y decidir sobre la suerte y los destinos de estas provincias como sea más conveniente a sus intereses y felicidad; y mientras una resolución final, legítima, legal y uniforme, quedarán regidas conforme al artículo primero. 18º Toda intervención de la fuerza armada en las decisiones y resoluciones de esta asamblea, hará nulos los actos en que se mezcle el poder militar; con este fin se procurará que los cuerpos del ejército están distantes de Oruro. 19º El ejercito libertador respetará las deliberaciones de esta asamblea, con tal que ellas conserven el orden, la unión, concentren el poder, y eviten la anarquía. 20º Una copia de este decreto se remitirá al gobierno del Perú y los gobiernos que existan en las provincias del Río de la Plata; protestándoles que no teniendo el Ejército Libertador miras ni aspiraciones sobre los pueblos del Alto Perú, el presente decreto, ha sido una medida necesaria, para salvar su difícil posición respecto de los mismos pueblos. Dado en el Cuartel General de La Paz, a nueve de febrero de mil ochocientos veinticinco. Antonio José de Sucre. Por ausencia del secretario. José María Rey de Castro Oficial 1º. DECRETO DEL 3 DE JUNIO DE 1825 EMITIDO POR ANTONIO JOSÉ DE SUCRE Empero pese a la actitud de Bolívar, los diputados alto peruanos habían sido ya elegidos para representar la razón soberana de las cinco provincias de acuerdo al Decreto del 9 de Febrero de 1825. Por diversos factores entre ellos la falta de vías de comunicación, no pudieron reunirse el 19 de abril en Oruro como estipulaba el Decreto en su artículo 16. Sucre desde Chuquisaca, el 3 de junio de 1825 emitió una nueva orden para que la Asamblea General se reúna el 24 del mismo mes en la ciudad de Chuquisaca, teniendo en cuenta que algunos diputados, habían manifestado que siendo ellos de alguna edad les es imposible venir a Oruro, donde el excesivo frío de la presente estación los destruiría. Resolvió en consecuencia que la Asamblea General se reúna en esta ciudad (La Plata) el 24 de junio de 1825. Tampoco tal cosa fue posible y recién el 10 de julio de 1825, en una de las Aulas de la Universidad de San Francisco Xavier, pudo inaugurarse la Asamblea de representantes alto peruanos en número de 39 sobre el total de 48 diputados previstos. Sucre invariable con el mandato del Decreto del 9 de febrero de 1825 emitido por él en la ciudad de La Paz, inició el cumplimiento de los artículos 18 y 19, disponiendo que toda intervención de la fuerza armada en las decisiones y resoluciones de la Asamblea. Forjará nulos los actos en que se mezcle el poder militar. Con este fin se procurará que los cuerpos del ejército están distantes de Oruro, rectificado en la orden del 3 de junio de 1825 por Chuquisaca. El 1º de julio el Mariscal y su ejército partieron de Chuquisaca para Cochabamba, Rey de Castro, exalta la actitud de Sucre cuando dice refiriendo aquel momento: Celoso como el que más el General Sucre del imperio de la libertad, y vigilante para que en el ejercicio de ella nada se opusiera a su dominio, 179


con religioso escrúpulo se ausentó de la ciudad y no únicamente él solo, sino cuantos pertenecían a la clase militar sin que quedase un solo soldado. Libres los padres conscriptos de la patria hasta de las apariencias de la más ideal coacción o remota influencia, podrían ocuparse del acto augusto de la misión más sublime y sagrada que es dado al hombre llevar en la tierra. Con este ambiente de libertad plena el domingo 10 de julio de 1825, se inauguró la ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL ALTO PERÚ denominada también la ASAMBLEA DELIBERANTE. La Asamblea era el derecho en acción, de la soberanía popular que el aliento de su poderosa misión iba a crear una nacionalidad, organizando las libertades públicas y los atributos del Estado aprovechando de las fuerzas y elementos naturales que preexistían De los 39 Diputados asistentes a la inauguración 13 representaban a Cochabamba, 12 Diputados por la provincia de La Paz, 14 Diputados por la Provincia de Potosí y 5 Diputados por Charcas. No asistieron Diputados por Santa Cruz. (SE RESOLVIÓ SUFICIENTE DISCUSIÓN: En seguida se leyó otro del Sr. Presidente del Departamento con que acompañaba la exposición del de Santa Cruz sobre la demora de los Diputados de su Departamento. Continúo después la discusión sobre el asunto principal (Proyecto de independencia del Alto Perú). En este estado se paso a votar si la misma estaba ya bastantemente discutida y quedó resuelto que si. 8va. Sesión: 28 de julio de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 125 – 127). ART. 3º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PLURINACIONAL COMUNITARIO DE BOLIVIA

DEL

ESTADO

La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afro bolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. (BOLÍVAR Y SUCRE NO FUERON PADRES DE LA INDEPENDENCIA CAMBA CRUCEÑA: El Alto Perú, expresa al continente entero que en razón de su ilimitada confianza en el libertador de Colombia y del Perú, le reconoce como buen padre y mejor apoyo contra los peligros del desorden, la anarquía, las invasiones injustas y los ataques cualquiera al carácter de nación que se ha investido por voto unánime de sus representantes (no existieron los cambas cruceños). FUENTE: LEY CONSTITUYENTE DEL 11 DE AGOSTO DE 1825). Se aclara que en la Ley Constituyente de Creación de la República del Alto Perú llamada Bolívar, según se lee en el encabezado y el artículo 2º, tenemos que los integrantes de dicha república fueron solamente las tres provincias argentinas desde 1816 por mandar diputados como Cochabamba, Potosí y Chuquisaca y también la Provincia Alta de La Paz de identificación con el Perú. No fue tomada en cuenta la República de Santa Cruz de la Sierra de origen asunceño y separada de la confederación de las Provincias del Río de La Plata en 1815, por no existir para los alto peruanos pese a estar dentro del decreto del 9 de febrero de 1825. Esta ley Constituyente de la República del Alto Perú llamada Bolívar, olvida por sus creadores en forma mal intencionada las gestas independentistas y libertarias de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños y no existe Santa Cruz de la Sierra para los alto peruanos como lo demuestra la doctrina militar de la imperialista de la metrópoli colonizadora boliviana, pues somos considerados su colonia o inexistente y parte del Alto Perú como está confirmado en el MANUAL DE TEORÍA GENERAL PARA PREMILITAR EN LA PÁGINA 42. La forma oscura y con dobles de meternos en una república foránea está demostrada cuando felicitan al ejército de Colombia, como vencedores del ejército que expulsó del Alto Perú a los ejércitos auxiliares del Río de La Plata. Pese a que el ejército de Pedro Antonio de Olañeta no fue vencido en guerra, sino al ser traicionado por los dos caras compatriotas suyos en confabulación con Sucre. 180


(NUESTRAS GESTAS CAMBAS CRUCEÑAS, FUERON OLVIDADAS POR LOS ALTO PERUANOS: En ningún momento los redactores de la ley, se acuerdan y hacen mención a las gestas libertarias que concluyeron con la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra, agredida desde 1816 y que culmina con la expulsión definitiva de sus agresores alto peraunos en febrero de 1825. Todo ello pese a que no se recibó en ningún momento ayuda del ejército de Colombia, pues nuestra realidad histórica es diferente en geografía, raza, etnia, cultura y personajes. FUENTE: LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). NULIDADES ABSOLUTAS Y DERECHO INTERNACIONAL

RELATIVAS

EN

TRATADOS

SOBRE

NULIDADES ABSOLUTAS: La coacción sobre el representante de un Estado, la coacción sobre un Estado por la amenaza del uso de la fuerza y la violación de una norma imperativa de derecho internacional general o ius cogens, se constituye en nulidad absoluta. (ALEGACIÓN DE LA NULIDAD ABSOLUTA: La nulidad absoluta puede ser alegada por cualquier interesado y aun declarada de oficio por un tribunal. Ella no puede ser saneada por la ratificación del estado afectada por ella. En todo caso, Un estado no puede declarar la nulidad de un tratado por si y ante si, sólo puede invocar esta nulidad. Correspondiendo a las partes mismas actuando de común acuerdo, o a un tribunal u órgano competente, comprobar o declarar esta nulidad. FUENTE: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN: AÑO 1993, PÁGINA 84). ERROR DE HECHO: Hoy es difícil que se produzca el error de hecho porque normalmente se causa por dolo. En el pasado sí se daban y como ejemplo tenemos, los medios cartográficos que eran muy rudimentarios y escasos, por lo que solían conducir a errores objetivos. ART.48 ERROR: 1.- Un Estado podrá alegar un error en un tratado como vicio de su consentimiento, si el error se refiere a un hecho o a una situación cuya existencia, diera por supuesta ese estado en el momento de la celebración del tratado y constituyera, una base esencial de su consentimiento en obligarse por el tratado. (VICIO DEL CONSENTIMIENTO CON LOS CAMBAS CRUCEÑOS: En este caso el Acta de la Independencia y la Ley del 11 de agosto de 1825, contiene un vicio de consentimiento para los cambas cruceños. FUENTE: LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). 2.- El párrafo 1º no se aplica si el Estado de que se trate, contribuyó con su conducta al error o si las circunstancias, fueran tales que hubiera quedado advertido de la posibilidad del error. 3.- Un error que concierne sólo a la redacción del texto de un tratado, no afectará a la validez: En tal caso se aplicará el Art.79”. 4ª.- El dolo es una figura histórica que hoy daría lugar a una mala imagen en el Estado afectado, sobre todo por medio de la opinión pública. En el tratado de Chialli (s. XVII entre Italia y Etiopía) se decía (en el texto italiano) que Etiopía no tenía plenos poderes, sino que tenía que contar con Italia en sus relaciones internacionales. Esta cláusula no aparecía en el texto Etíope. Había un dolo claro por parte de Italia. ART. 49 DOLO: Si un Estado ha sido inducido a celebrar un tratado, por la conducta fraudulenta de otro estado negociador, podrá alegar el dolo como vicio de su consentimiento en obligarse por el tratado. CORRUPCIÓN DEL REPRESENTANTE DE UN ESTADO: Es necesario probar que el sujeto es un corrupto según el ART. 50 (CORRUPCIÓN DEL REPRESENTANTE). Si la manifestación del consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado, ha sido obtenida mediante la corrupción de su representante, efectuada directa o indirectamente por otro Estado negociador, aquel Estado podrá alegar esa corrupción, como vicio de su consentimiento en obligarse por un tratado. (VICIO DE CORRUPCIÓN DEL REPRESENTANTE: En este caso el Acta de la Independencia y la 181


Ley del 11 de agosto de 1825, contiene un vicio de corrupción por, los apócrifos representante cambas cruceños, que firmaron el acta de la indepedencia alto peruana, fuera de tiempo y sin tratar el mandato en la Carta Capitular. FUENTE: CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). COACCIÓN SOBRE EL REPRESENTANTE DE UN ESTADO: Se puede realizar de distintas maneras: Secuestrando a un familiar de un representante del Estado, amenazarlo con publicar su intimidad, etc. ART. 51 COACCIÓN SOBRE EL REPRESENTANTE DEL ESTADO: La manifestación del consentimiento de un Estado, en obligarse, por un tratado que haya sido obtenido por coacción sobre su representante, mediante actos o amenazas dirigidas contra él, carecerá de todo efecto jurídico”. LA COACCIÓN SOBRE UN ESTADO POR LA AMENAZA O EL USO DE LA FUERZA: Se ha dado en Estados menos poderosos sometidos al colonialismo por parte de los Estados más fuertes. Se les coaccionaba para que negociaran desde un determinado punto de vista, amenazándoles en caso de desobedecer con denunciar ese tratado. Se daba sobre todo, en tratados comerciales. Si se demuestra la coacción es nulo por vicio del consentimiento. Art. 52.- Es nulo todo tratado cuya celebración, se haya obtenido por la amenaza o el uso de la fuerza, en violación de los principios del Derecho Internacional incorporados en la Carta de las Naciones Unidas. INCOMPATIBILIDAD POR UNA NORMA DE IUS COGENS: El Derecho Internacional es dispositivo (sus normas admiten acuerdo en contrario); pero también hay normas imperativas, que son las reconocidas como tales por la comunidad internacional. No se puede celebrar un tratado contraviniendo una norma imperativa de Derecho Internacional, porque sería nulo. Art. 53.- TRATADOS QUE ESTÁN EN OPOSICIÓN CON UNA NORMA IMPERATIVA DE DERECHO INTERNACIONAL GENERAL O IUS COGENS: Es nulo todo tratado que en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de Derecho Internacional General. Para los efectos de la presente convención, una norma imperativa de Derecho Internacional General, es una norma aceptada y reconocida por la Comunidad Internacional de Estados en su conjunto, como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada, por una norma ulterior de Derecho Internacional General que tenga el mismo carácter.

ACTA DE LA 1ª SESIÓN DEL 10 DE JULIO DE 1825 Sala concurrente, señores: Lanza, Moscoso, Martín, Serrano, Escudero, Vargas, Mendizábal, Gutiérrez, Ballivián, Centeno, Pallares, Calderón, Trujillo, Terrazas, Zanjinés Calderón, Cabello, Monje, Paz, Asín, Enríquez, Vidal, Montoya, Hidalgo, Gareca, Olañeta, Cabrera Eclesiástico, Pérez, Tamez, Eyzaguirre, Tapia, Sanginés, Arellano, Borda, Argote, Cabrera Secular, Daza, Urcullo, Cardón y Méndez. (Inasistencia de delegados cruceños) Después de examinados en las precedentes Juntas preparatorias los poderes, y credenciales de los Señores Diputados de los respectivos Departamentos, y declarados legítimos, y auténticos, oído el dictamen de la Comisión nombrada a este efecto: aprobado provisionalmente el reglamento de debates, gobierno interior de la Sala, y ceremonial de la instalación; electo Presidente de la Asamblea a pluralidad de votos el Señor doctor José Mariano Serrano, Vicepresidente el Señor doctor don José María Mendizábal, y secretarios el doctor don Ángel Mariano Moscoso, y don José Ignacio Sanginés; congregados en esta ciudad, según lo dispuesto últimamente en decreto del 3 de junio, los treinta y nueve Señores Diputados del margen, en la sala destinada para sus sesiones, prestaron el juramento prevenido por el reglamento, principiando esta augusta ceremonia el señor Vicepresidente que lo prestó en 182


presencia de todas las corporaciones, convocadas a la apertura en manos del señor Serrano, encargado por el Mariscal de Ayacucho para instalar la Asamblea. Enseguida lo prestó en manos del Vicepresidente el señor Presidente, quien tomó a los secretarios; prestándose luego en manos de estos los demás Señores Diputados, jurando todos observar, y proteger la observancia de la Religión Católica Apostólica Romana, desempeñar el cargo de representantes, según el voto de las Provincias de su representación, y guardar inviolable secreto en los casos que prescribe el reglamento Después de este acto religioso, habló el señor Presidente, y dijo: Señores: Cuando al término de diez y seis años de combates, y sangrienta lucha por la libertad, me toca la honra de instalar la primera augusta representación del Alto Perú, en medio de los transportes de mi corazón quiero preguntar con orgullo, ¿Dónde está el monstruo fatal que rodeado de la injusticia, de la ambición y el fanatismo, hizo de estas provincias la ciudad de la tiranía, el teatro de la sangre y el símbolo de la esclavitud? ¿Dónde el inicuo poder que taló nuestros campos, quemó nuestros pueblos, enlutó nuestras familias y osó creer eterno su aciago dominio? Yo pregunto, para oír placentero, que del Golfo del Darién al Amazonas, del Amazonas al Rímac, del Rímac al Desaguadero, del Desaguadero al Maule, del Maule al Plata contestan libres del Sud, con un eco solo ardiente y respetuoso: Bolívar y Sucre destrozaron para siempre el León de Iberia, arrancaron el Perú de sus terribles garras, e hicieron inconmovibles las bases de libertad en todo el continente de Colón. Bolívar y Sucre, sí, señores; estos dos genios, el primero dotado con el corazón de Alejandro, con los talentos del César, y las virtudes de Washington: el segundo humano y justo como los antoninos, y valiente como el héroe que reposa en las rocas de Santa Elena, con quienes fijaron en Ayacucho y Junín los memorables linderos que separaron para siempre la era de nuestra ignominia, de los días faustos de nuestra gloria; ellos, los que habiendo desuncido el Alto Perú del carro sangriento de los déspotas, han colocado en nuestras manos la decisión de lograr nuestra futura suerte. (ABUSO Y ARBITRARIEDAD DE BOLÍVAR Y SUCRE CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Lo cierto es que Sucre y Bolívar, cometieron un abuso y arbitrariedad con Santa Cruz al enviar como gobernador a Videla y luego obligarle a asistir a las asambleas de Oruro y Chuquisaca por medio de una carta del 1ro. de marzo de 1825. Parte de la carta que es enviada por Sucre al Comandante General de Cochabamba Coronel Antonio Saturnino S. dice así: El decreto adjunto para la reunión de la Asamblea General del Alto Perú, lo hará V.S. cumplir y ejecutar en el departamento de Santa Cruz, procurando con todo interés que para el 15 de abril estén en Oruro los cinco diputados que corresponden a esa provincia. FUENTE: HISTORIA DEL PUEBLO CAMBA: PUEBLO, NACIÓN Y NACIONALISMO CAMBA: PINTO MOSQUERA, GUSTAVO: AÑO 2008, PÁGINA 48. // LA ARBITRARIEDAD COMETIDA CON LA ANEXIÓN DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Viene por influencia de la oligarquía masónica de Charcas que convence a Antonio José de Sucre, de que en 1825 los cambas cruceños éramos Provincia Alta del Virreinato del Río de La Plata y en consecuencia alto peruanos. Todo ello basado en la falsa interpretación de estar integrados como gobierno administrativamente y no militar con la Intendencia de Cochabamba, por mandato de la Ordenanza de Intendencias de 1872. Esta distorsión y fraude histórico, viene por el doloso y supuesto desconocimiento de los hechos independentistas de la República de Santa Cruz de la Sierra, la cual como intendencia fue separada en su gobernación de Cochabamba por José Manuel de Goyeneche en 1811. Determinación que se la hace en calidad de jefe militar del Perú y Presidente de la Audiencia del Cuzco, nombrando gobernador intendente a Miguel Becerra de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra. La distorsión fraudulenta de la historia de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue manejada en base a la interpretación sesgada y fraudulenta, de que todavía en 1825 éramos provincia rebelde a Buenos Aires como lo eran los alto peruanos, pese a que estábamos separados como república de la confederación de las Provincias Unidas del Río de La Plata desde 1815. La separación e independencia de Santa Cruz de la sierra de Buenos Aires fue a causa de la rebeldía contra el gobierno de Ignacio Álvarez Thomas que nos llevó a estar constituidos en independientes, separados, y cuya independencia fue el resultado, de la 183


revuelta contra el gobernador enviado por Buenos Aires Santiago Cabrera. FUENTE: DETERMINACIÓN ASUMIDA POR EL PUEBLO, ASÍ COMO EL CORONEL IGNACIO WARNES, EL CORONEL MANUEL MERCADO Y OTROS PATRIOTAS CRUCEÑOS: CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). Debemos llenar el objeto tan sagrado de acreditar dignamente nuestra gratitud a los libertadores del Perú y consolidadores de la independencia del Sud, sobre la sima de la imparcialidad y justicia, pronunciándonos, según lo demanden los votos secretos de nuestras conciencias para la dicha de nuestros representados y todo el continente. Un millón de hombres han fiado su destino a nuestra probidad y débiles luces, de miles de victimas que descendieron a la tumba por la libertad y prosperidad de la patria, claman desde el seno de la muerte que no frustremos los santos objetos por los que murieron. Los sucesos que nos rodean, deben formar nuestro gran libro de experiencia, para huir de aquellas sendas donde tropezaron con el monstruo de la anarquía, para adoptar principios que curaron sus heridas. Buscando que se alejen de nuestras almas las prevenciones viles, el espíritu de localidad y las venganzas innobles. Fijemos la vista en la modernización, franqueza y desinterés que han presidido a la política de nuestros vecinos con respecto a nuestro suelo, y siendo justos para con nosotros, seamos justos y políticos para con ellos. Amigos y conciudadanos; nos toca por fortuna participar nuestras tareas en la ilustre ciudad de la Plata, mi adorada Patria, en esta tierra donde por primera vez oyó el Perú los dulces acentos de libertad, en este templo donde salieron cientos de agentes de la independencia del Sud; en esta casa cuyos muros fueron destinados para servir de patíbulo a los Libres, cuyo interior fue hollado por legiones inmundas. Que estos recuerdos unidos a nuestro sagrado deber, inflamen nuestras almas, conserven siempre puro el fuego de la libertad, nos confirmen en el odio a los tiranos, y tiranías, y que nos hagan expedirnos, con orden, justicia y constancia para fundar la dicha de nuestros comitentes y de toda su prosperidad. Concluido este discurso, declaró instalada la Asamblea, y una comisión de cinco individuos del cuerpo, acompañada de todas las corporaciones pasó a la Iglesia Catedral, donde se celebró una misa solemne, y cantó el Te Deum en acción de gracias de haber logrado estas provincias la libertad, y posesión de sus primitivos derechos que tantos sacrificios les habían merecido. El señor doctoral doctor don Pedro Brito, pronunció desde la Catedral del Espíritu Santo, una oración análoga a las circunstancias, entre tanto que salvas de artillería y un repique general anunciaban al público tan interesante acto. Después de la misa salió la comisión acompañada siempre de las corporaciones, y honorable concurso, y regresó a la Sala de Sesiones, donde recibió la Asamblea reunida las felicitaciones de los cuerpos, manifestadas del modo más respetuoso, y expresivo, a las que contestó el señor Presidente. Concluida esta ceremonia, se leyó en la Tribuna el mensaje dirigido por el Excelentísimo señor, Gran Mariscal de Ayacucho encargado del gobierno de los Departamentos del Alto Perú, y acabado, tomó la palabra el señor Olañeta, y pronuncio un discurso manifestando los enérgicos sentimientos, y loable entereza de que debían animarse todos los señores representantes, para arrastrar los peligros que podían ofrecérseles en la marcha del delicado encargo que se había fiado a sus luces y probidad, y exhortándolos a que se condujesen del modo más digno en sus augustas funciones. &&& En seguida hizo presente el señor Presidente que el Gran Mariscal de Ayacucho, le dejó encargado pusiese a disposición de la Asamblea el bastón de Presidente del Departamento, para que ella eligiese al que debía gobernar mientras duren sus sesiones; más, habiéndose representado ser ya tarde y que sería más oportuno dejar la elección para el día siguiente, declaró el señor Presidente concluida la sesión, señalando la segunda, para el día de la semana, y firmó esta Acta, y con él ambos secretarios. José Mariano Serrano: Presidente, José Ignacio de Sanjinés: Diputado Secretario, Ángel Mariano Moscoso: Diputado Secretario.

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ACTA DE LA 8ª SESIÓN DEL 28 DE JULIO DE 1825 Sala concurrente, señores: Urcullo, Aparicio, Velarde, Enríquez Gutiérrez, Monje. Trujillo Olañeta, Lanza, Cabrera Eclesiástico, Hidalgo, Pinedo, Vargas, Vargas, Eyzaguirre, García, Martín, Cardón, Paz, Pallares, Ballivián, Tames, Pérez, San-Ginés Calderón, Terrazas, Borda, Vidal, Escudero, Calderón, Cabrera S. Cabello Tapia, Serrano, Argote, Montoya, Mendizábal, Dalence, Daza, Azín, Méndez y Arellano. (Inasistencia de delegados cruceños) Congregados los señores representantes del margen, leída y aprobada el acta de la sesión anterior, se dio principio a la de este día, con la lectura de dos oficios del Presidente del Departamento de La Paz, el uno en que comunica la publicación solemne del acta de la instalación, y otro en contestación al que se le instruyó del tratamiento de la asamblea, su Presidente y secretarios. Leyose otro de felicitaciones a la asamblea dirigida por el gobernador de Oruro, y otro del mismo en contestación al circulado sobre tratamiento. En seguida se leyó otro del señor Presidente del Departamento, con que acompañaba la exposición del de Santa Cruz, sobre la demora de los diputados de su Departamento. Continuó después la discusión sobre el asunto principal. El Sr. Zanjinés Calderón tomó la palabra, hizo ver los muchos tesoros que poseían las provincias del Alto Perú en los tres reinos, mineral, vegetal y animal; el valor y genio guerrero de sus habitantes y demás elementos conducentes a la organización de un gobierno independiente; expuso que si nos reuniésemos a alguno de los Estados vecinos y después resultase no convenirnos, ya sería muy difícil nuestro desprendimiento, lo que al contrario cuando constituidos independientes nos fuese mal, o nos hostilizare alguno de ellos, “nos sería fácil para la defensa buscar la unión del otro”. Ocupó seguidamente la tribuna el señor Trujillo, rebatió la opinión de todos aquellos políticos que aseguran ser el mejor gobierno, aquel que a muchos decidiose porque el Alto Perú se constituyese independiente, uniéndose sí a los dos gobiernos vecinos con vínculo de federación y amistad. El señor García que la ocupó luego, fue del mismo dictamen, poniendo presente que reunidos a Lima nos atraeríamos la enemistad de los de Buenos Aires, y reunidos a estos, seríamos ingratos a los vencedores de Ayacucho, a cuyos triunfos debíamos nuestra libertad; que constituidos independientes evitaríamos uno y otro; que valor y guerreros no nos faltaban, y que armas tendríamos cuando quisiéramos entrando en comunicación con Inglaterra, y otros Estados de la Europa. El señor Tapia, que habló enseguida, apoyó el mismo parecer, añadiendo a los fundamentos ya propuestos el de que manteniendo todos los pueblos decidida inclinación a la independencia, sus representantes debían seguir sus votos, pues así lo habían jurado solemnemente; trató luego de disipar los temores de la opinión contraria, de inconvenientes que oponía, concluyendo al fin con que la libertad lo alcanzaba todo, y nada había que pudiese resistir al empeño de unos hombres libres. El señor Serrano que por última vez tomó la palabra en este asunto, colocado en la tribuna, se propuso debatir la opinión de que el Alto Perú se uniese al bajo, porque esto había de ser bajo la Constitución de aquella República, que en su concepto tenía grandes vicios, tales como estar depositado todo el poder legislativo en una sola Cámara, debemos sancionar las leyes por sola absoluta pluralidad de votos, haber atribuido a otra cámara exclusivamente la iniciativa de las leyes; haberla investido con la facultad de nombrar al ejecutivo; haber despojado a este de la facultad de nombrar los empleados de la lista civil y eclesiástica; haber hecho el Senado conservador, el consejo del poder ejecutivo y al mismo tiempo dado a éste la atribución de la formación de causa a otro poder, y sus ministros; el haber designado como tribunal de este juicio a la Suprema Corte de Justicia con otros defectos, en cuya comprobación se detuvo un gran tiempo, habiendo protestado de antemano que su exposición, era sin perjuicio de su profundo respeto a los sabios legados del Bajo Perú, deduciendo en consecuencia que no convenía unirse al Bajo Perú, bajo de tal Constitución. 185


Pasó luego a aprobar, que tampoco podía hacerse dicha asociación bajo la forma de gobierno de los Estados Unidos, tanto porque era difícil que los bajo peruanos variasen su Constitución actual, cuanto por la inmensa diferencia que había en genio, luces, costumbres, religión, etc. entre los hijos de Pan y Locke, y los hijos de Pizarro, aduciendo en conclusión varias razones y autoridades para probar la independencia de dicho sistema del Perú. Defendió después a probar que cobija con el gasto de algunas cantidades de dinero, podría muy bien servir para la comunicación con las naciones extranjeras, y para recibir los inmigrados de ellas, de que tanto necesitábamos, pues que debiendo ser el móvil que obligase a los extranjeros a abandonar su patria, la idea de que en la nuestra mejorarían su suerte bajo de un gobierno justo, desde que lo tuviésemos aún regular, no se detendrían porque el puesto no fuese de los mejores. Después de lo cual y habiendo hecho otras varias observaciones, contra algunas objeciones propuestas, por los señores preopinantes al proyecto de independencia del Alto Perú; concluyó diciendo que el único obstáculo a dicho proyecto era la anarquía, y que rogaba a sus conciudadanos se armasen contra ella, recordando que era el último de los males, y mirando los horrores y desolaciones que había causado en los Estados vecinos. En este estado se pasó a votar sobre si la materia estaba ya bastante discutida, y quedó resuelto que sí. (MARIANO SERRANO: Habiendo hecho otras varias observaciones contra algunas objeciones propuestas por los señores preopinantes al proyecto de independencias del Alto Perú, concluyo diciendo que el único obstáculo a dicho proyecto era la anarquía y que rogaba a sus conciudadanos se armasen contra ella, recordando que era el último de los males y mirando los horrores y desolaciones que había causado en los Estados vecinos. En este estado se pasó a votar si la materia estaba ya bastante discutida y quedó resuelto que sí. Se propuso después la cuestión sobre si sería ya tiempo de nombrar la Comisión que se encargase del proyecto de deliberación o resolución sobre el asunto discutido, cuantos serían y quienes. Quedó resuelto que se compondría de siete individuos, a saber los Sres. Serrano, Mendizábal, Urcullo, Olañeta, Dalence, Centeno y Asín, con lo que cerró la sesión quedando señalada para la siguiente el lunes 1º de agosto- Quedó firmado. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 127. // ACLARACIÓN SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ALTO PERÚ: Se aclara que en lo afirmado por Augusto Villarroel Treviño, se confirma que la República del Alto Perú llamada Bolívar, fue constituida sólo por los alto peruanos, y no con el concurso de representantes de la nación de los pueblos cambas cruceños, que tenían el mandato de tratar y concensuar 21 puntos por orden de la Sala Capitular de Santa Cruz de la Sierra. FUENTE: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO). Se propuso después la cuestión sobre si sería ya tiempo de nombrar, la comisión que se encargase del proyecto de deliberación o resolución sobre el asunto discutido, cuantos serían los de la comisión y quienes; quedó resuelto, que se compondría de siete individuos, a saber, de los señores Serrano, Mendizábal, Urcullo, Olañeta, Dalence, Centeno y Asín. Con lo que cerró la sesión quedando señalada para la siguiente el lunes primero de agosto, y quedó firmada. José María Serrano: Presidente José Ignacio de San- Ginés: Diputado Secretario Ángel Mariano Moscoso: Diputado Secretario.

ACTA DE LA 12ª SESIÓN DEL DÍA 6 DE AGOSTO DE 1825 En la ciudad de Chuquisaca en 6 de agosto de mil ochocientos veinticinco años, los Sres. Representantes de las provincias que componen el Alto Perú, se congregaron en la sala destinada para las sesiones de la asamblea General, y habiéndose informado por la Comisión de Poderes, de la 186


legitimidad de las credenciales manifestadas por el señor Vicente Antonio Seoane, Diputado electo por el Departamento de Santa Cruz, se le llamó para que prestase, como en efecto prestó, el juramento que previene el reglamento. En seguida se le hizo presente por el Sr. Presidente que la sala había discutido en varias sesiones sobre el destino de las Provincias del Alto Perú, y que se había suspendido su resolución en este punto, que es el principal objeto de la Asamblea, sólo porque faltaba la representación del Departamento de Santa Cruz, y que aunque se había determinado proceder a la votación sin perjuicio de la libertad que se dejaba a los Sres. Diputados de dicho Departamento para hacer sus observaciones y expresar francamente su sentir; más hallándose ya reunido el Sr. Seoane podía exponer su opinión conforme al voto general de los pueblos que representa, a lo que contestó el Sr. Diputado decidiéndose por la independencia de estas provincias. Con lo cual después de haber meditado detenidamente en las sesiones anteriores, sobre todos los respectos que pueden influir en la decisión de la suerte de esta parte del nuevo mundo, resolvieron de común acuerdo formar un Estado Soberano e Independiente, declarando su voluntad a nombre de los pueblos sus comitentes, en las tres votaciones nominales que sucesivamente se celebraron, presidiendo la sala el Sr. Lanza por haber tomado voto el Sr. Presidente de la Asamblea en las siguientes proposiciones. Primero.- Si los Departamentos del Alto Perú se unirán a la República Argentina, o se declararán separadas por ser esto más conveniente a sus intereses y felicidad. Se resolvió la separación por uniformidad que expresaron los Sres. Diputados. Monje, Velarde, Urcullo, Montoya, Cardón, Miguel Vargas, Pinedo, Arellano, Mendizábal, Aparicio, Ballivián, Borda, Daza, Calderón, Tapia, Eyzaguirre, Vidal, Pérez, Sanjinés, Cabrera, Olañeta, Asín, Gutiérrez, Miguel Cabrera, Centeno, Argote, Dalence, Tames, Paz, Seoane, Escudero, Terrazas, García, Méndez, Cabello, M. Vargas, Palazuelos, Enríquez, Trujillo, Hidalgo, Serrano, CABALLERO (no estaba presente), Moscoso Secretario. Sanjinés Secretario. Luego se pasó a votar sobre sí el Alto Perú quedaría unido con la República Bajo Peruana, o también se declararía separada. Los Sres. Velarde y Gutiérrez, Diputados por La Paz, dieron su voto por la unión de los Departamentos del Alto Perú con los del Bajo para formar con ellos un cuerpo social; más, todos los demás votos de los Sres. anotados a consecuencia de la primera proposición fueron a favor de la separación la que quedó resuelta. Pasando a votar sobre si los Departamentos del Alto Perú, se erigirían en un Estado Soberano, e independiente de todas las naciones; tanto de viejo como del Nuevo Mundo, resultó la alternativa por plenitud de votos. ACTA DE LA INDEPENDENCIA. Lanzándose furioso el León de Iberia, desde las columnas de Hércules hasta los imperios de Moctezuma y de Atahualpa, es por muchas centurias que ha despedazado el desgraciado cuerpo de América, y nutridos con sus substancia; todos los Estados del Continente pueden mostrar al mundo sus profundas heridas para comprobar el laceramiento que sufrieron, pero el Alto Perú aún las tiene más enormes, la sangre que vierten hasta el día es el monumento más auténtico de la ferocidad de aquel monstruo. Nosotros habíamos también presentado al mundo una nerviosa y grande manifestación de los sólidos fundamentos con que después de las más graves, prolijas y detenidas meditaciones, hemos creído interesar a nuestra dicha, no asociarnos, ni a la República del Bajo Perú, ni a la del Río de la Plata, si los respetables Congresos de una y otro presididos de la sabiduría, desinterés y prudencia no nos hubieran dejado en plena libertad para disponer de nuestra suerte; pero cuando la ley de 9 de mayo del uno y el Decreto del 23 de febrero del otro muestran notoriamente un generoso y laudable desprendimiento, relativamente a nuestro futuro destino, y colocan en nuestras propias manos la libre y espontánea decisión 187


de los que mejor conduzca a nuestra felicidad y gobierno; protestando a uno y otro Estado, eterno reconocimiento junto con nuestra consideración y ardientes votos de amistad, paz y buena correspondencia. Hemos venido por unanimidad de sufragios la siguiente. DECLARACIÓN. La Representación soberana de las provincias del Alto Perú, profundamente penetrada del grandor e inmenso peso de su responsabilidad para con el cielo y con la tierra, en el acto de pronunciar la suerte futura de sus comitentes, despojándose en las aras de la justicia de todo espíritu de parcialidad, interés, y miras privadas; habiendo implorado llena de sumisión y respetuoso ardor, la paternal asistencia del Hacedor Santo del Orbe, y tranquila en lo íntimo de su conciencia por la buena fe, detención, justicia, moderación, y profundas meditaciones que presiden a la presente resolución; declara solemnemente a nombre y de absoluto poder de sus dignos Representantes: Que ha llegado el venturoso día en que las inalterables, y ardientes votos del Alto Perú, por emancipare del poder injusto, opresor y miserable del rey Fernando Séptimo, mil veces corroborados por la sangre de sus hijos consten con la solemnidad, y autenticidad que al presente; y que cese para con está privilegiada región, la condición degradante de Colonia de la España, junto con toda dependencia, tanto de ella como de su actual y posteriores Monarcas; que en consecuencia, y siendo al mismo tiempo interesante a su dicha, no asociarse a ninguna de las republicas vecinas, y se erige en un Estado Soberano e Independiente de todas las naciones, tanto del viejo como del nuevo mundo, y los Departamentos del Alto Perú firmes y unánimes en esta tan justa y magnánima resolución, protestan a la luz de la tierra entera, que su voluntad irrevocable es gobernarse por sí mismos, y ser regidos por la Constitución, leyes y autoridades que ellos propios se diesen, y creyeren más conducentes a su futura felicidad en clase de nación, y el sostén inalterable de su santa religión católica y de los sacrosantos derechos de honor, vida, libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Y para la invariabilidad y firmeza de esta Resolución Soberana, a sostenerla tan firme, constante y heroicamente, que en caso necesario sean consagrados con placer a su cumplimiento, defensa e inalterabilidad, la vida misma con los haberes, y cuanto hay caro para los hombres. Imprímase y comuníquese a quien corresponde para su publicación y circulación. Dada en la Sala de Sesiones en seis de Agosto de mil ochocientos veinticinco, firmada de nuestra mano, y refrendada por nuestros Diputados Secretarios. Concluida la lectura firmaron el Acta de la Independencia todos los señores Diputados, y se suspendió la sesión, quedando señalada para la siguiente, el día que rige, y la formaron todos los señores concurrentes. José Mariano Serrano Diputado por Charcas; Presidente, J.M. Mendizábal Diputado por La Paz; Vicepresidente, José María Asín Diputado por La Paz, Miguel José Cabrera Diputado por Cochabamba, Miguel Casimiro Aparicio Diputado por La Paz, José Miguel Lanza Diputado por La Paz, Fermín Eyzaguirre Diputado por La Paz, Francisco Vidal Diputado por Cochabamba, Melchor Daza Diputado por Potosí, Manuel José Calderón Diputado por Potosí, Manuel Antonio Arellano Diputado por Potosí, José Ballivián Diputado por La Paz, José M. Pérez Diputado por Cochabamba, Martín Cardón Diputado por La Paz, Juan María Velarde Diputado por La Paz, Francisco M. de Pinedo Diputado por La Paz, José Indalecio Calderón y Sanjinés Diputado por La Paz, Casimiro de Olañeta Diputado por Chuquisaca, Manuel Anselmo Tapia Diputado por Potosí, Manuel María Urcullo Diputado por Charcas, Rafael Monje Diputado por La Paz, Eusebio Gutiérrez Diputado por La Paz, Nicolás de Cabrera Diputado por Cochabamba, Manuel Martín Diputado por Potosí, Manuel Mariano Centeno Diputado por Cochabamba, Dionisio de la Borda Diputado por Cochabamba, Manuel Argote Diputado por Potosí, José Antonio Pallares Diputado por Potosí, José Eustaquio Gareca Diputado por Potosí, José Manuel Tamez Diputado por Cochabamba, Pedro Terrazas Diputado por Cochabamba, José María Dalence Diputado por Charcas, Melchor Paz Diputado por Cochabamba, F. Palazuelos Diputado por Charcas, Miguel Vargas Diputado por 188


Cochabamba, ANTONIO VICENTE SEOANE DIPUTADO POR SANTA CRUZ, (se lo hizo firmar) Manuel María García Diputado por Potosí, Marcos Escudero Diputado por Cochabamba, Mariano Méndez Diputado por Cochabamba, Manuel Cabello Diputado por Cochabamba, José Mariano Enríquez Diputado por Potosí, Isidoro Trujillo Diputado por Potosí, Juan Manuel Montoya Diputado por Potosí, Ambrosio Mariano Hidalgo Diputado por Charcas, José Martiniano Vargas Diputado por Potosí, VICENTE CABALLERO DIPUTADO POR SANTA CRUZ (ausente). (VICENTE CABALLERO: El Diputado por Santa Cruz Vicente Caballero no firmo en 6 de agosto de 1825 pero se lo hace figurar, pues recién llegó el 9 del mismo mes y año y no se cumplió el mandato del Decreto del 9 de febrero que mandaba. El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DECRETO DEL 9 DE FEBRERO DE 1825: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 60. (LOS ALTO PERUANOS FRAGUARON LA CORRUPCIÓN DE LOS DOS ÚNICOS REPRESENTANTES CAMBAS CRUCEÑOS QUE LLEGARON TARDE: No se realizó ninguna asamblea para designar nuevos o completar los faltantes delegados al congreso de Chuquisaca y Oruro, pero en esta ciudad los representantes alto peruanos a efecto de incluir dentro de la nueva república también a Santa Cruz de la Sierra, reconocieron como representantes de este distrito al doctor Antonio Vicente Seoane y como representante de Valle grande al doctor Vicente Caballero. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 1935, PÁGINA 182). José Ignacio de Sanjinés Diputado Por Potosí; Secretario, Ángel Mariano Moscoso Diputado por Charcas; Secretario.

ACTA DE LA 14ª SESIÓN DEL 9 DE AGOSTO DE 1825 Sala Concurrente: SERRANO PRESIDENTE. Mendizábal, Dalence, Tapia, Montoya, Argote, Daza, Martín, SEOANE, Lanza, Miguel Vargas, Cabello, Pinedo, Trujillo, Gutiérrez, Monje, Palazuelos, Olañeta, Cardón, Cabrera; Eclesiástico, Hidalgo, Ballivián, Gareca, Pallares, Calderón, García, Méndez, Cabrera; Secular, Arellano, M. Vargas, Eyzaguirre, Escudero, Borda, Asín, Terrazas, Pérez, Urcullo, Paz, Zanjinés, Moscoso, CABALLERO, Aparicio y Sanjinés. Se abrió con la lectura anterior y aprobada por los Sres. de arriba, se hicieron presentes dos oficios del Presidente de este Departamento, en que avisa haber recibido la planilla de gastos emprendidos en la Secretaría de esta Asamblea, y a la razón de los amanuenses nombrados para su despacho, y pasado a los Ministros del Tesoro Público para los efectos correspondientes. Se leyeron tres notas del Presidente del Departamento de Santa Cruz; las dos primeras con que contesta a la que le dirigió el Sr. Presidente de esta Asamblea informando el tratamiento acordado para ella a su Presidente y Secretarías, y la tercera dando noticias de la elección y marcha de los representantes de aquel Departamento. Se vieron igualmente otras tres notas del Presidente del Departamento de Cochabamba, las dos primeras al mismo fin que las que se han mencionado, y la tercera “avisando la salida del Sr. Seoane Diputado por el Departamento de Santa Cruz”. La Comisión de Poderes dio cuenta de estar exactos los credenciales del Sr. Don Vicente Caballero, Diputado por el Departamento de Santa Cruz, en seguida pasó dicho Sr. A jurar en la forma que previene el Reglamento, y habiéndolo invitado el señor Presidente a decir, y fundar francamente su opinión 189


sobre la suerte de estas provincias, contestó el Sr. Diputado que desde antes había meditado con la debida naturalidad sobre este punto tan delicado, y que aconsejado por los mismos intereses de estas Provincias y el voto general de los pueblos que representa, se decíde por la Soberanía e Independencia del Alto Perú; y que habiendo sentido el dolor de no hallarse presente al tiempo que con solemnidad se firmó el acta de Independencia, “se le permitiese también suscribirla en testimonio de su uniformidad y procedido consentimiento de la Sala, firmó el acta del 6 que rige”. Se puso al examen de la Asamblea el proyecto de comunicación al Excmo. Sr. Gran Mariscal de Ayacucho, acompañando al acta de independencia para que se sirva elevarla al conocimiento del Sr. Libertador y quedó aprobado, igualmente que el decreto para las dietas de los Diputados. Dejó su silla el Sr. Presidente para presentar como individuo de la comisión de premios, la reformación del Artículo 12 que quedó suspenso, y presidiendo la sala el Sr. Montoya, leyó el Sr. Comisionado el referido artículo que dice: Gran Mariscal de Ayacucho, será reconocido primer General de la República con la denominación de Capitán General hasta que la ley determine la correspondiente al último grado militar del Estado: también leyó otros dos artículos agregados al mismo proyecto de premios, de los que el primero hablando del Excmo. Gran Mariscal de Ayacucho, dice: S.E. gozará también del título de Defensor y Gran ciudadano de la República Bolívar; el segundo se concibe en estos términos: para que el premio establecido en el artículo 18 tenga su debido lleno cumplimiento, se autoriza plenamente a S.E. el Libertador, a efecto de que por medio del agente o agentes que tuviese a bien nombrar, negocie un empréstito de una cantidad necesaria para realizar el premio afianzando el pago con los fondos del Estado. Todos estos tres artículos fueron aprobados por votaciones que sucesivamente se hicieron. Volvió a su asiento el Sr. Presidente: se leyó la moción que hizo el Sr. Diputado Escudero en los términos… José Mariano Serrano: Presidente Ángel Mariano Moscoso: Diputado Secretario José Ignacio de Sanjinés: Diputado Secretario.

ART. 138 DEL CÓDIGO PENAL BOLIVIANO El que con propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico o religioso, diere muerte o causare lesiones a los miembros del grupo, o los sometiere a condiciones de inhumana subsistencia, o les impusiere medidas destinadas a impedir su reproducción, o realizare con violencia el desplazamiento de niños o adultos hacia otros grupos, será sancionado con presidio de diez a veinte años. En la misma sanción incurrirán el o los autores, u otros culpables directos o indirectos de masacres sangrientas en el país. Si el o los culpables fueren autoridades o funcionarios públicos, la pena será agravada con multa de cien a quinientos días.

PÁGINA 134 DEL LIBRO HISTORIA DE BOLIVIA DE MESA – GISBERT: EDICIÓN 2003 EL EXODO DESDE ASUNCIÓN A SANTA CRUZ Y MUERTE DE CHÁVEZ. Luego de la pacificación Chávez se puso en camino hacia el Paraguay y allí habló de su gobernación y de las tierras recientemente pobladas, exaltando sus bondades y las grandes perspectivas que ofrecían. Convenció a las autoridades de Asunción y a muchos de sus habitantes, quienes el año 1564 emprendieron una nueva expedición que iba a colonizar las tierras del noroeste. Al lado de Chávez emprendieron viaje el Gobernador Vergara y el Obispo La Torre, acompañados de trescientos españoles y 190


tres mil indios. El viaje fue muy penoso, especialmente para las mujeres y los niños. Las incomodidades, las sublevaciones y el descontento estuvieron a punto de desbaratar esta empresa, pero el valor y la decisión de Chávez se impusieron y esta expedición sin precedentes en América, llegó a su destino: Santa Cruz de la Sierra en 1561. La audiencia de Charcas se alarmó ante la presencia de tan numerosa expedición encabezada por las autoridades de Asunción y cuyos fines desconocían. Vio sin embargo que los expedicionarios se dedicaban al cultivo de la tierra, encaminándose una parte de sus productos a Chuquisaca y Potosí. El Gobernador y el Obispo del Paraguay se dirigieron a la audiencia para que ésta confirmara el cargo de Chávez y esta demanda no fue satisfecha y se nombró un Gobernador Interino, mientras el virrey extendía el nombramiento al célebre colonizador de Tarija Juan Ortiz de Zárate. Logrados estos propósitos la expedición encabezada por Garay, retorna a Asunción y Chávez que los había acompañado en la etapa inicial, murió asesinado en una población de Itatines. Acabando así la existencia de uno de los más valientes conquistadores cambas cruceños y con el cual se perdió definitivamente el contacto entre el Paraguay y Santa Cruz de la Sierra.

LA FUNDACIÓN DE SAN LORENZO Y EL TRASLADO DE SANTA CRUZ Lorenzo Suárez de Figueroa fue nombrado en 1581 gobernador de Mojos y en 1590 fundó San Lorenzo el Real, ciudad ubicada entre la Santa Cruz de la Sierra fundada en 1561 y las provincias de los Charcas o Alto Perú. Cinco años después San Lorenzo se trasladó a los llanos del Grigotá, pasando a ser sede de la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra con su capital en la ya fundada ciudad de Santa Cruz de la Sierra en 1561, era conocida también como Santa Cruz la Vieja (apodo de historiadores alto peruanos) que se trasladó a Cotoca entre 1601 a 1604 por indicación del Oidor de la audiencia Francisco de Alfaro, guíen fue al Oriente a pedir cuentas al Gobernador Mate de Luna. San Lorenzo el Real absorbió la población de Santa Cruz la Vieja (Apodo) y Santa Cruz la Nueva (Otro apodo) ubicada en la región de Cotoca. Población que se llamó indistintamente Santa Cruz de la Sierra y San Lorenzo el Real de la Barranca, se trasladó a su actual ubicación sobre el río Piray en 1822, con la supremacía de la sociedad asunceña que implantó el nombre de Santa Cruz de la Sierra.

PÁGINAS 23 Y 24 DE LAS REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR, EN EL LIBRO LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. EDICIÓN 1981 En la primera y segunda sesión habíanse incorporado algunos diputados pero la representación cruceña no llegaba todavía, entonces se planteó, si faltando los diputados del departamento de Santa Cruz podría la Asamblea proceder al menos a la discusión del asunto principal que había motivado su reunión; resolviose por votación de signo casi por unanimidad de votos dar tiempo a los diputados cruceños para poder presentarse en la ciudad de Chuquisaca, postergándose a la vez la próxima sesión hasta el lunes 18 del corriente. Al reabrirse la sesión del 18 de julio empezó dándose lectura a un oficio enviado por Sucre sobre una nota del Gobierno de Buenos Aires referente el Decreto del 9 de mayo, documento que Antonio de Arenales había entregado anteriormente al Mariscal de Ayacucho como comisionado del Gobierno Argentino. Este decreto toca el problema jurisdiccional de la dependencia alto peruana al Virreinato del Río 191


de la Plata, que en su artículo 3º dice será autorizada respecto de la asamblea de diputados de dichas provincias que ha convocado el Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre, General en jefe del Ejército Libertador y especialmente encargado de invitarles a que concurran por medio de sus representantes al Congreso General Constituyente que se halla legal y solemnemente instalado. En el artículo 4º de la ley de de mayo prosigue, la invitación de que habla el artículo anterior y las instrucciones que la legación reciba del Supremo Poder Ejecutivo, reconocerán por base que aunque las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este Estado, es la voluntad del Congreso General Constituyente que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad. La incorporación de nuevos diputados de La Paz y Potosí en esta sesión fortificaba la representación soberana confería mayor peso a las deliberaciones. El Dr. José Mariano Serrano dejó la Presidencia al Vicepresidente y desde la tribuna expuso los fundamentos de la tesis autonomista, remarcando las diferencias geográficas de población, costumbres, estado de civilización disensiones intestinas en la Argentina y el Bajo Perú y por estos factores, el Alto Perú debía buscar constituirse en un Estado independiente de aquellos pueblos siendo preferible antes que agregarse al Bajo Perú o formar parte de la soberanía argentina.

HISTORIA CONTADA SOBRE EL ALTO PERÚ QUE, NO HACE MENCIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS; DIFERENTES E INDEPENDIENTES, COMO REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA SEPARADA DE BUENOS AIRES EN 1815. PÁGINAS 8 Y 9 EN EL LIBRO LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. EDICIÓN. 1981 Hacia 1810 las líneas de batalla estaban trazadas y cuando la guerra se inició en el Alto Perú en 1809, esa región organizada como la Audiencia de Charcas pertenecía al Virreinato del Río de la Plata, luego cuando en 1810 Buenos Aires por motivos prácticos rompió relaciones con el Imperio español, los oficiales realistas fieles en el Alto Perú que habían reprimido victoriosamente las revueltas de 1809 entregaron la reciclada Audiencia de Charcas al Virreinato de Lima. Las autoridades de Buenos Aires, nunca reconocieron este cambio y desde su punto de vista, las Provincias Altas constituyeron una parte integrante del nuevo orden dentro del Virreinato de Buenos Aires y como estas fueron ocupadas por el enemigo, liberarlas fue el propósito inmediato de los ejércitos auxiliares. Con el propósito de liberar el alto Perú, la junta de Buenos Aires envió fuerzas militares comandadas, la primera por el doctor Juan José Castelli, la segunda por el General Manuel Belgrano y la tercera por el General José Rondeau y dentro de un análisis histórico general, los ejércitos que marcharon al Alto Perú fueron con el específico propósito de liberar estas provincias, obteniendo resultados opuestos. Dicen los historiadores alto peruanos que el fracaso militar y la conducta indigna de los rioplatenses crearon hondo resentimiento en el Alto Perú, lo cual vino a ser la base del deseo de separación respecto a Buenos Aires, siendo esta conducta la que originó la idea de la separación de la jurisdicción argentina, tal como fue manifestada en la actitud del guerrillero Manuel Ascencio Padilla, conductor de la republiqueta de la Laguna, al responder con una carta al General Rondeau, luego de la batalla de Sipe Sipe en noviembre de 1815, que fue la peor derrota que sufrieron los patriotas durante toda la guerra. (LOS EJÉRCITOS AUXILIARES NO ENTRARON A TERRITORIO CAMBA CRUCEÑO: La expedición argentina (no existía Argentina) entera fue hecha pedazos y se retiró en completa confusión, donde cada soldado tomó su propio camino y aquel que pensó fuese el mejor, desvaneciéndose así el ejército auxiliar del General Rondeau desde el campo de 192


batalla, donde el 7 de noviembre de 1815 le decía Rondeau a Padilla. Señor Coronel: Después del contraste de nuestras armas en los campos de Viluma – Sipe Sipe, me hallo en retirada en dirección a la ciudad de Salta… U.S. que a prestado a la causa de la patria tan constantes y distinguidos servicios, debe ahora redoblar sus esfuerzos para hostilizar entre tanto al enemigo, sin perder los medios más activos y que sean imaginables para lo que queda U.S. autorizado ampliamente. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 9). Desde el pueblo de la Laguna el arrogante guerrillero Padilla contestó con el oficio fechado el 21 de diciembre y por este documento, se explica el estado de los asuntos sobre los del Alto Perú, sus auxiliares y aliados donde el guerrillero empieza manifestando. (EL ARROGANTE PADILLA: Señor General: En Oficio de 7 de diciembre del presente mes, ordena U.S. hostilice al enemigo de quien ha sufrido una derrota vergonzosa; lo haré como he acostumbrado hacerlo en más de cinco años por amor a la independencia, que es la que defiende el Perú. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981: PÁGINA 9). Más allá Padilla continúa diciendo, nosotros amamos de corazón a nuestro suelo y de corazón aborrecemos una dominación extranjera, queremos el bien de nuestra nación, nuestra independencia y despreciamos el distintivo de empleos y mandos, olvidamos el oro y la plata sobre la que hemos nacido y donde ha sido nuestra cuna. La justicia de nuestra causa y nuestros sacrosantos derechos vivifican nuestros esfuerzos y nivelan nuestras operaciones contra esta generalidad de ideas. (BUENOS AIRES OFENDIÓ A LOS ALTO PERUANOS Y NO A LOS CAMBAS CRUCEÑOS: El gobierno de Buenos Aires manifestando una desconfianza rastrera ofendió la honra de estos habitantes, las máximas de una dominación opresiva como la de España han sido adoptadas con aumento de un desprecio insufrible; la prueba es impedir todo esfuerzo activo a los peruanos, que el ejército de Buenos Aires con el nombre de AUXILIADOR para la patria se posesiona de todos estos lugares a costa de la sangre de sus hijos, y hace desaparecer sus riquezas, niega sus obsequios y generosidad, y al despedirse el guerrillero Padilla advierte a Rondeau: De otro modo los hombres se cansan y se mudan. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 9). Este documento de Padilla fue precursor de la situación alto peruana respecto a la jurisdicción argentina, que había de manifestarse en los deliberantes de 1825 cuando el voto soberano rechazó la posibilidad de unión con la Argentina y el historiador boliviano Joaquín Gantier al referirse a la carta de Padilla, la interpreta como el primer documento que llevó al Alto Perú a ser independientes de España, de la Argentina y del Perú. De la misma manera Arnade señala que la historia de los ejércitos auxiliares constituye un eslabón vital en la creación de Bolivia. Involucrando contra el Derecho Internacional Público a la nación de los pueblos cambas cruceños. (SE ANEXA A LOS CAMBAS CRUCEÑOS POR EL DICTADOR ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: A juicio del historiador Marcos Beltrán Ávila, la Ley del 23 de febrero entrega a Bolivia el Alto Perú, de hecho a la autoridad militar del Dictador, y este fue el gobierno más análogo a las circunstancias que se le dio, y Bolivia (Alto Perú) apareció así, sin derecho, ni libertad, ni soberanías propias. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 16).

EL ALTO PERÚ SEPARADO DE LIMA SEGÚN VERSIÓN EN LA PÁGINA 342 DEL LIBRO HISTORIA DE BOLIVIA DE MESA – GISBERT. EDICIÓN 2003 En 1822 Pedro Antonio de Olañeta se había hecho fuerte en el sur manteniendo una posición de acatamiento incondicional al rey Fernando VII y al régimen absolutista que éste había implantado en 1814, derogando la Constitución de Cádiz y esta actitud lo mantuvo enfrentado al virrey La Serna que era liberal 193


y constitucionalista como a todo su Estado Mayor, pero resulta curioso que el general Pedro Antonio de Olañeta no acatara al virrey, cuando éste decide apoyar las disposiciones de Fernando VII y cuando ordena que en todo el territorio de su jurisdicción no tuviera validez la Constitución de 1812. El general rebelde alegó la poca sinceridad de parte del virrey y se mantuvo en rebelión, con esto la audiencia de Charcas quedó separada tanto de Lima como de las autoridades españolas, pues de hecho Olañeta ya era contrario a Buenos Aires que definitivamente estaba en manos de los patriotas y estas circunstancias hacen que la audiencia de Charcas tuviera un destino independiente de los argentinos, peruanos y españoles. Muchos historiadores suponen que Casimiro Olañeta sobrino y secretario del general, fue quien lo indujo a esta tan incomprensible actitud. (COMPORTAMIENTO DOS CARAS DE CASIMIRO OLAÑETA: En todo caso en carta al general Sucre Casimiro Olañeta escribe lo siguiente. No quiero retornar jamás al territorio de los tiranos a quienes he servido con el único propósito de mantener la discordia que introduje entre ellos y que he mantenido hasta el final. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 20). Pedro Antonio de Olañeta se muestra en su vida de campaña como un militar empecinado, por lo que el virrey envía a Jerónimo Valdez para controlar la rebelión. Pero ante el avance de las tropas de Bolívar próximo ya de los campos de Junín. Valdez tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá del 9 de marzo de 1824) para retornar al lado del virrey La Serna. Consumadas las batallas de Junín y Ayacucho el general Pedro Antonio de Olañeta, mantenía su actitud y es entonces que envía a su sobrino Casimiro a la costa para conseguir armas, pero éste desvía su camino y se dirige al Desaguadero a dar encuentro al Mariscal Sucre. Era enero de 1825 y en abril de ese año, muere Pedro Antonio de Olañeta en Tumusla víctima del motín del regimiento de chicheños que estaba comandado por Carlos Medinaceli, y este hecho fue lo que facilitó la penetración de las tropas colombianas a todo el Alto Perú sin que se disparase un solo tiro.

CAUSA DE LA SEPARACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE BUENOS AIRES. VERSIÓN EN LA PÁGINA 331 DEL LIBRO HISTORIA DE BOLIVIA DE MESA – GISBERT. EDICIÓN 2003 Ignacio Warnes nacido en Buenos Aires llega a Santa Cruz de la Sierra nombrado gobernador por Manuel Belgrano jefe del segundo ejército auxiliar del Río de la Plata, el que en vista del acoso realista conforma un ejército al cual integra a cuantos deseaban luchar por la causa de la patria incluyendo mestizos y mulatos, decretando la libertad para todo esclavo que se enrolara en su tropa, el cual había luchado con el apoyo interesado de Álvarez de Arenales en Florida obteniendo la victoria y el control de Santa Cruz por las tropas patriotas. Buenos Aires decide nombrar un nuevo gobernador en la persona de Santiago Carrera, Warnes continuó luchando en la región de Chiquitos. Carrera muere en una revuelta y Warnes asume nuevamente el mando en la región que había quedado completamente aislada, pues desde 1816 Aguilera controlaba desde Mizque y Valle Grande el paso hacia la zona occidental donde había concentrado sus tropas. Los ejércitos de Warnes y Aguilera se enfrentaron en la localidad el Parí, Aguilera con 1.200 hombres y Warnes con 1,000 resultando vencedor el coronel Francisco Xavier de Aguilera después de una sangrienta batalla. Aguilera había nacido en Santa Cruz de la Sierra, pero a través de su carrera se mantuvo fiel al rey. (se pasó a las tropas de Olañeta y de Sucre). El historiador Sanabria nos da un juicio sobre este militar que nos hace reflexionar acerca de la actitud de los hombres, a quienes les tocó actuar en la guerra de la independencia cruceña, diciendo que Aguilera ha sido injustamente execrado, pues no era un hombre vulgar ni un tirano sombrío. Aguilera era un hombre de alcances nada comunes, de ideas firmes y de corrección intachable en 194


sus actos, púsose al servicio del rey cuando empezaba la guerra como sucedió con muchos en el Alto Perú y en la heredad de los cambas cruceños, pero en tanto que los del Alto Perú mudaban de idea y cambiaban de partido según se presentasen las incidencias de la lucha, él perseveró firme. Es evidente que los nacidos en Charcas tuvieron que presenciar muchas atrocidades, como ver su tierra apetecida y controlada por extraños, así también recibir ideas nuevas que presentaban un fuerte contraste con los valores aprendidos en la niñez y la juventud. Esto provocó graves incidencias y el deseo al fin de la contienda de permanecer en la patria pese a todas las mutaciones, por lo que unos eligieron y otros tuvieron que admitir a fin de no desarraigarse, pero los menos como el Camba Cruceño Aguilera que no era originario de Charcas y Cañete Domínguez se mantuvieron firmes en sus ideas, pagando con el exilio o su vida el precio de la derrota.

SEPARACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DE LA CONFEDERACIÓN DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA Biografía de Carreras. (SANTIAGO CARRERA: (n. Córdoba, Argentina, 1778 – Santa Cruz de la Sierra, Alto Perú, 1815), militar argentino (no existía Argentina) que participó en la guerra de independencia de su país y ejerció como gobernador de la provincia de Córdoba. Se enroló en su juventud en el ejército y llegó al grado de teniente coronel, luchando contra las invasiones inglesas y se incorporó al Ejército del Norte para la primera expedición auxiliadora al Alto Perú. Lucho en las batallas de Cotagaita, Suipacha y poco después regresó a Córdoba, siendo comandante de las milicias urbanas de la ciudad córdobesa y en enero de 1812 fue nombrado gobernador de la Intendencia de Córdoba del Tucumán. Durante su mandato tuvo algunos conflictos con la Iglesia católica centrados en la persecución de los padres betlemitas cuyo superior en Buenos Aires había sido impulsor de la fracasada revolución dirigida por Martín Alzaga, que para doblegar la resistencia de estos permitió al obispo Rodrigo de Orellana líder de la contrarrevolución de Córdoba en 1810 retomar el mando de su diócesis. En las elecciones para los miembros de la Asamblea por indicación del gobierno central, hizo elegir a dos porteños Juan Larrea y Gervasio Posadas y se enfrentó a los grupos que pedían mayor autonomía para la provincia, apoyando la continuidad de la fábrica de armamentos ubicada en los alrededores de la ciudad que era una de las principales fuentes de abastecimiento del Ejército del Norte. Por orden del Triunvirato realizó el censo de la provincia que dio un resultado de 8.449 habitantes para la ciudad y 62.176 en toda la provincia. A principio de 1813 fue nombrado jefe del Batallón de auxiliares Argentinos (no existía la Argentina) que iría en auxilio de los revolucionarios en Chile y que debía partir en breve. Pero en abril al llegar la noticia de la caída de Talcahuano se le ordenó partir con lo que tuviera. Su segundo jefe era el teniente coronel Juan Gregorio de las Heras que le entregó el mando en julio y en seguida partió para Mendoza. Todavía estaba en territorio el del Río de la Plata, cuando comenzaron a notarse fricciones entre los miembros de la expedición, pero a las órdenes de Carrera cruzaron los Andes al final del invierno y apenas llegados a Chile fue reemplazado por Marcos Balcarce en el mando y regresó a Córdoba. Se unió a los simpatizantes de la Logia Lautaro y fue enviado a colaborar al Ejército del Norte, pero no ocupó ningún cargo visible hasta que el general Manuel Belgrano fue remplazado por José Rondeau. Regresando por corto tiempo a Córdoba donde fue elegido miembro de la primera legislatura provincial en tiempo del gobierno federal de José Javier Días, pero poco después regresó al Ejército del Norte y lo acompaño en la tercera expedición auxiliadora al Alto Perú. Por orden del director supremo Ignacio Álvarez Thomas fue enviado a Santa Cruz de la Sierra que había sido evacuada por los patriotas del ejército auxiliar al mando de Belgrano y aún resistía bajo el 195


mando de Ignacio Warnes. Tanto Rondeau como el Directorio creían necesario desplazar a éste y enviaron a Carrera para que se hiciera con el mando político de la provincia, pero los santacruceños se negaron a aceptar su autoridad. En respuesta a esta oposición amenazó con aplastar la resistencia que se le hacía, lo que fue respondido en forma de una revolución en apoyo de Warnes en la que fueron muertos varios de los oficiales enviados desde Buenos Aires incluido Carrera. El jefe de la custodia de Carrera Juan Felipe Ibarra salvó la vida de milagro y más tarde sería el gobernador de Santiago del Estero durante treinta años. Carrera murió en Santa Cruz de la sierra a mediados de 1815. FUENTE: BIDONDO, EMILIO. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN EL ALTO PERÚ, ED. CÍRCULO MILITAR, BS. AS. 1979: Se aclara la equivocación e incongruencia de los historiadores argentinos, alto peruanos y cambas cruceños hoy bolivianos de referirse a la República Argentina entes de 1816, pues no existió esta hasta el 9 de julio de mismo año y la República de Bolivia recién se creo en 1825. De la misma manera la equivocación interesada vine con introducirnos a la nación de los pueblos orientales cambas cruceños como alto peruanos y descendiente de los incas, a pesar de que reconocen fuimos provincia del Río de la Plata insurrecta y separada al rebelarnos contra Buenos Aires y sus determinaciones en 1815.

RESOLUCIÓN 47/135 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1992 DE LA NACIONES UNIDAS DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES A MINORÍAS NACIONALES O ÉTNICAS, RELIGIOSAS Y LINGÜÍSTICAS Aprobada por la Asamblea General en su Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992 LA ASAMBLEA GENERAL Reafirmando que uno de los propósitos básicos de las Naciones Unidas proclamados en la Carta, es el desarrollo y el estímulo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. Reafirmando la fe en los derechos humanos fundamentales, así como en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, Deseando promover la realización de los principios enunciados en la Carta, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como en otros instrumentos internacionales pertinentes aprobados a nivel mundial o regional y los celebrados entre distintos Estados Miembros de las Naciones Unidas, inspirada en las disposiciones del artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos relativas a los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, Considerando que la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas contribuyen a la estabilidad política y social de los Estados en que viven, 196


Subrayando que la promoción y la realización constantes de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, como parte integrante del desarrollo de la sociedad en su conjunto y dentro de un marco democrático basado en el imperio de la ley, contribuirían al robustecimiento de la amistad y de la cooperación entre los pueblos y los Estados, Considerando que las Naciones Unidas tienen un importante papel que desempeñar en lo que respecta a la protección de las minorías, Teniendo presente la labor realizada hasta la fecha dentro del sistema de las Naciones Unidas, en particular por la Comisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías, así como por los órganos establecidos de conformidad con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes sobre derechos humanos, en cuanto a la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, Teniendo en cuenta la importante labor que realizan las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales en lo que respecta a la protección de las minorías y la promoción y la protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, Reconociendo la necesidad de lograr una aplicación aún más eficiente de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos en lo que respecta a los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, Proclama la presente Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, Artículo 1: 1. Los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad. 2. Los Estados adoptarán medidas apropiadas, legislativas y de otro tipo, para lograr esos objetivos. Artículo 2: 1. Las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (en lo sucesivo denominadas personas pertenecientes a minorías) tendrán derecho a disfrutar de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religión, y a utilizar su propio idioma, en privado y en público, libremente y sin injerencia ni discriminación de ningún tipo. 2. 2. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho de participar efectivamente en la vida cultural, religiosa, social, económica y pública. 3. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho de participar efectivamente en las decisiones que se adopten a nivel nacional y, cuando proceda, a nivel regional respecto de la minoría a la que pertenezcan o de las regiones en que vivan, de toda manera que no sea incompatible con la legislación nacional. 4. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho de establecer y mantener sus propias asociaciones. 5. Las personas pertenecientes a minorías tendrán derecho a establecer y mantener, sin discriminación de ninguno tipo, contactos libres y pacíficos con otros miembros de su grupo y con personas pertenecientes a otras minorías, así como contactos transfronterizos con ciudadanos de otros Estados con los que estén relacionados por vínculos nacionales o étnicos, religiosos o lingüísticos. Artículo 3: 1. Las personas pertenecientes a minorías podrán ejercer sus derechos, incluidos los que se enuncian en la presente Declaración, individualmente así como en comunidad con los demás miembros de su grupo, sin discriminación alguna. 3. 2. Las personas pertenecientes a minorías no sufrirán ninguna desventaja como resultado del ejercicio o de la falta de ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración. Artículo 4: 1. Los Estados adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las personas pertenecientes a minorías puedan ejercer plena y eficazmente todos sus derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación alguna y en plena igualdad ante la ley. 2. Los Estados adoptarán medidas para crear condiciones favorables a fin de que las personas pertenecientes a minorías puedan expresar sus características y desarrollar su cultura, idioma, religión, tradiciones y costumbres, salvo en los casos en que determinadas prácticas violen la legislación nacional y sean contrarias a las normas 197


internacionales. 3. Los Estados deberán adoptar medidas apropiadas de modo que, siempre que sea posible, las personas pertenecientes a minorías puedan tener oportunidades adecuadas de aprender su idioma materno o de recibir instrucción en su idioma materno. 4. Los Estados deberán adoptar, cuando sea apropiado, medidas en la esfera de la educación, a fin de promover el conocimiento de la historia, las tradiciones, el idioma y la cultura de las minorías que existen en su territorio. Las personas pertenecientes a minorías deberán tener oportunidades adecuadas de adquirir conocimientos sobre la sociedad en su conjunto. 5. Los Estados deberán examinar medidas apropiadas de modo que las personas pertenecientes a minorías puedan participar plenamente en el progreso y el desarrollo económicos de su país. Artículo 5: 1. Las políticas y programas nacionales se planificarán y ejecutarán teniendo debidamente en cuenta los intereses legítimos de las personas pertenecientes a minorías. 2. Los programas de cooperación y asistencia entre Estados deberán planificarse y ejecutarse teniendo debidamente en cuenta los intereses legítimos de las personas pertenecientes a minorías. Artículo 6: Los Estados deberán cooperar en las cuestiones relativas a las personas pertenecientes a minorías, entre otras cosas, el intercambio de información y de experiencia, con el fin de promover la comprensión y la confianza mutuas. Artículo 7: Los Estados deberán cooperar a fin de promover el respeto por los derechos enunciados en la presente Declaración. Artículo 8: 1. Ninguna de las disposiciones de la presente Declaración impedirá el cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados en relación con las personas pertenecientes a minorías. En particular, los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones y los compromisos contraídos en virtud de los tratados y acuerdos internacionales en que sean partes. 2. El ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración se entenderá sin perjuicio del disfrute por todas las personas de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos universalmente. 3. Las medidas adoptadas por los Estados a fin de garantizar el disfrute efectivo de los derechos enunciados en la presente Declaración no deberán ser consideradas, prima facie, contrarias al principio de igualdad enunciado en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Artículo 9: Los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas contribuirán a la plena realización de los derechos y principios enunciados en la presente Declaración, en sus respectivas esferas de competencia.

PACTO INTERNACIONAL POLÍTICOS

DE

DERECHOS

CIVILES

Y

Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49 Lista de los Estados que han ratificado el pacto Declaraciones y reservas (en inglés) PREÁMBULO: Los Estados Partes en el presente Pacto, Considerando que, conforme a los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables, Reconociendo que estos derechos se derivan de la dignidad inherente a la persona humana, Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y 198


políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales, Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos, Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación de esforzarse por la consecución y la observancia de los derechos reconocidos en este Pacto, Convienen en los artículos siguientes: Parte I.- Artículo 1: 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. Parte II.- Artículo 2: 1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. 2. Cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del presente Pacto, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto y que no estuviesen ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter. 3. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a garantizar que: a) Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violados podrá interponer un recurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida por personas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales; b) La autoridad competente, judicial, administrativa o legislativa, o cualquiera otra autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado, decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso, y desarrollará las posibilidades de recurso judicial; c) Las autoridades competentes cumplirán toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso. Artículo 3: Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto. Artículo 4: 1. En situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente, los Estados Partes en el presente Pacto podrán adoptar disposiciones que, en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de este Pacto, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada únicamente en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social. 2. La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6, 7, 8 (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 18. 3. Todo Estado Parte en el presente Pacto que haga uso del derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en el presente Pacto, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la suspensión. Se hará una nueva comunicación por el mismo conducto en la fecha en que se haya dado por terminada tal suspensión. Observación general sobre su aplicación Artículo 5: 1.Ninguna disposición del presente Pacto podrá ser interpretada en el sentido de conceder derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto o a su limitación en mayor medida que la prevista en él. 2. No podrá admitirse restricción o menoscabo de 199


ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado. Parte III.- Artículo 6: 1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente. 2. En los países en que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos y de conformidad con leyes que estén en vigor en el momento de cometerse el delito y que no sean contrarias a las disposiciones del presente Pacto ni a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Esta pena sólo podrá imponerse en cumplimiento de sentencia definitiva de un tribunal competente. 3. Cuando la privación de la vida constituya delito de genocidio se tendrá entendido que nada de lo dispuesto en este artículo excusará en modo alguno a los Estados Partes del cumplimiento de ninguna de las obligaciones asumidas, en virtud de las disposiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. 4. Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena de muerte. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos. 5. No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez. 6. Ninguna disposición de este artículo podrá ser invocada por un Estado Parte en el presente Pacto para demorar o impedir la abolición de la pena capital. Artículo 7: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos. Artículo 8: 1. Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos estarán prohibidas en todas sus formas. 2. Nadie estará sometido a servidumbre. 3. a) Nadie será constreñido a ejecutar un trabajo forzoso u obligatorio; b) El inciso precedente no podrá ser interpretado en el sentido de que prohíbe, en los países en los cuales ciertos delitos pueden ser castigados con la pena de prisión acompañada de trabajos forzados, el cumplimiento de una pena de trabajos forzados impuesta por un tribunal competente; c) No se considerarán como trabajo forzoso u obligatorio, a los efectos de este párrafo: I) Los trabajos o servicios que, aparte de los mencionados en el inciso b), se exijan normalmente de una persona presa en virtud de una decisión judicial legalmente dictada, o de una persona que habiendo sido presa en virtud de tal decisión se encuentre en libertad condicional; II) El servicio de carácter militar y, en los países donde se admite la exención por razones de conciencia, el servicio nacional que deben prestar conforme a la ley quienes se opongan al servicio militar por razones de conciencia. III) El servicio impuesto en casos de peligro o calamidad que amenace la vida o el bienestar de la comunidad; IV) El trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales. Artículo 9: 1. Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta. 2. Toda persona detenida será informada, en el momento de su detención, de las razones de la misma, y notificada, sin demora de la acusación formulada contra ella. 3. Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. La prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general, pero su libertad podrá estar subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del acusado en el acto del juicio, o en cualquier momento de las diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del fallo. 4. Toda persona que sea privada de libertad en virtud de detención o prisión tendrá derecho a recurrir ante un tribunal, a fin de que éste decida a la brevedad posible sobre la legalidad de su prisión y ordene su libertad si la prisión fuera ilegal. 5. Toda persona que haya sido ilegalmente detenida o presa, tendrá el derecho efectivo a obtener reparación. Artículo 10: 1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. 2. a) Los procesados estarán separados de los condenados, 200


salvo en circunstancias excepcionales, y serán sometidos a un tratamiento distinto, adecuado a su condición de personas no condenadas; b) Los menores procesados estarán separados de los adultos y deberán ser llevados ante los tribunales de justicia con la mayor celeridad posible para su enjuiciamiento. 3. El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados. Los menores delincuentes estarán separados de los adultos y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su edad y condición jurídica. Artículo 11: Nadie será encarcelado por el solo hecho de no poder cumplir una obligación contractual. Artículo 12: 1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia. 2. Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio. 3. Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas, o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto. 4. Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país. Artículo 13: El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado parte en el presente Pacto sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley; y, a menos que razones imperiosas de seguridad nacional se opongan a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a revisión ante la autoridad competente o bien ante la persona o personas designadas especialmente por dicha autoridad competente, y hacerse representar con tal fin ante ellas. Artículo 14: 1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores. 2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley. 3. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: a) A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella; b) A disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección; c) A ser juzgado sin dilaciones indebidas; d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del derecho que le asiste a tenerlo, y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a que se le nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes para pagarlo; e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo; f) A ser asistida gratuitamente por un intérprete, si no comprende o no habla el idioma empleado en el tribunal; g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable. 4. En el procedimiento aplicable a los menores de edad a efectos penales se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social. 5. Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley. 6. Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho 201


plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido. 7. Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país. Artículo 15: 1. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello. 2. Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional. Artículo 16: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Artículo 17: 1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques. Artículo 18: 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza. 2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección. 3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Artículo 19: 1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para: a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. Artículo 20: 1. Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley. 2. Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley. Artículo 21: Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. Artículo 22: 1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses. 2. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. El presente artículo no impedirá la imposición de restricciones legales al ejercicio de tal derecho cuando se trate de miembros de 202


las fuerzas armadas y de la policía. 3. Ninguna disposición de este artículo autoriza a los Estados Partes en el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo de 1948, relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, a adoptar medidas legislativas que puedan menoscabar las garantías previstas en él, ni a aplicar la ley de tal manera que pueda menoscabar esas garantías. Artículo 23: 1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. 2. Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello. 3. El matrimonio no podrá celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto tomarán las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y de responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria a los hijos. Artículo 24: 1. Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado. 2. Todo niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y deberá tener un nombre. 3. Todo niño tiene derecho a adquirir una nacionalidad. Artículo 25: Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. Artículo 26: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Artículo 27: En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma. Parte IV.- Artículo 28: 1. Se establecerá un Comité de Derechos Humanos (en adelante denominado el Comité). Se compondrá de dieciocho miembros, y desempeñará las funciones que se señalan más adelante. 2. El Comité estará compuesto de nacionales de los Estados Partes en el presente Pacto, que deberán ser personas de gran integridad moral, con reconocida competencia en materia de derechos humanos. Se tomará en consideración la utilidad de la participación de algunas personas que tengan experiencia jurídica. 3. Los miembros del Comité serán elegidos y ejercerán sus funciones a título personal. Artículo 29: 1. Los miembros del Comité serán elegidos por votación secreta de una lista de personas que reúnan las condiciones previstas en el artículo 28 y que sean propuestas al efecto por los Estados Partes en el presente Pacto. 2. Cada Estado Parte en el presente Pacto podrá proponer hasta dos personas. Estas personas serán nacionales del Estado que las proponga. 3. La misma persona podrá ser propuesta más de una vez. Artículo 30: 1. La elección inicial se celebrará a más tardar seis meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Pacto. 2. Por lo menos cuatro meses antes de la fecha de la elección del Comité, siempre que no se trate de una elección para llenar una vacante declarada de conformidad con el artículo 34, el Secretario General de las Naciones Unidas invitará por escrito a los Estados Partes en el presente Pacto a presentar sus candidatos para el Comité en el término de tres meses. 3. El Secretario General de las Naciones Unidas preparará una lista por orden alfabético de los candidatos que 203


hubieren sido presentados, con indicación de los Estados Partes que los hubieren designado, y la comunicará a los Estados Partes en el presente Pacto a más tardar un mes antes de la fecha de cada elección. 4. La elección de los miembros del Comité se celebrará en una reunión de los Estados Partes en el presente Pacto convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas en la Sede de la Organización. En esa reunión, para la cual el quórum estará constituido por dos tercios de los Estados Partes en el presente Pacto, quedarán elegidos miembros del Comité los candidatos que obtengan el mayor número de votos y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de los Estados Partes presentes y votantes. Artículo 31: 1. El Comité no podrá comprender más de un nacional de un mismo Estado. 2. En la elección del Comité se tendrá en cuenta una distribución geográfica equitativa de los miembros y la representación de las diferentes formas de civilización y de los principales sistemas jurídicos. Artículo 32: 1. Los miembros del Comité se elegirán por cuatro años. Podrán ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura. Sin embargo, los mandatos de nueve de los miembros elegidos en la primera elección expirarán al cabo de dos años. Inmediatamente después de la primera elección, el Presidente de la reunión mencionada en el párrafo 4 del artículo 30 designará por sorteo los nombres de estos nueve miembros. 2. Las elecciones que se celebren al expirar el mandato se harán con arreglo a los artículos precedentes de esta parte del presente Pacto. Artículo 33: 1. Si los demás miembros estiman por unanimidad que un miembro del Comité ha dejado de desempeñar sus funciones por otra causa que la de ausencia temporal, el Presidente del Comité notificará este hecho al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declarará vacante el puesto de dicho miembro. 2. En caso de muerte o renuncia de un miembro del Comité, el Presidente lo notificará inmediatamente al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declarará vacante el puesto desde la fecha del fallecimiento o desde la fecha en que sea efectiva la renuncia. Artículo 34: 1. Si se declara una vacante de conformidad con el artículo 33 y si el mandato del miembro que ha de ser sustituido no expira dentro de los seis meses que sigan a la declaración de dicha vacante, el Secretario General de las Naciones Unidas lo notificará a cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto, los cuales, para llenar la vacante, podrán presentar candidatos en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 29. 2. El Secretario General de las Naciones Unidas preparará una lista por orden alfabético de los candidatos así designados y la comunicará a los Estados Partes en el presente Pacto. La elección para llenar la vacante se verificará de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta parte del presente Pacto. 3. Todo miembro del Comité que haya sido elegido para llenar una vacante declarada de conformidad con el artículo 33 ocupará el cargo por el resto del mandato del miembro que dejó vacante el puesto en el Comité conforme a lo dispuesto en este artículo. Artículo 35: Los miembros del Comité, previa aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas, percibirán emolumentos de los fondos de las Naciones Unidas en la forma y condiciones que la Asamblea General determine, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del Comité. Artículo 36: El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionará el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité en virtud del presente Pacto. Artículo 37: 1. El Secretario General de las Naciones Unidas convocará la primera reunión del Comité en la Sede de las Naciones Unidas. 2. Después de su primera reunión, el Comité se reunirá en las ocasiones que se prevean en su reglamento. 3. El Comité se reunirá normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. Artículo 38: Antes de entrar en funciones, los miembros del Comité declararán solemnemente en sesión pública del Comité que desempeñará su cometido con toda imparcialidad y conciencia. Artículo 39: 1. El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años. Los miembros de la Mesa podrán ser reelegidos. 2. El Comité establecerá su propio reglamento, en el cual se dispondrá, entre otras cosas, que: a) Doce miembros constituirán el quórum; b) Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes. 204


Artículo 40: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a presentar informes sobre las disposiciones que hayan adoptado y que den efecto a los derechos reconocidos en el Pacto y sobre el progreso que hayan realizado en cuanto al goce de esos derechos: a) En el plazo de un año a contar de la fecha de entrada en vigor del presente Pacto con respecto a los Estados Partes interesados; b) En lo sucesivo, cada vez que el Comité lo pida. 2. Todos los informes se presentarán al Secretario General de las Naciones Unidas, quien los transmitirá al Comité para examen. Los informes señalarán los factores y las dificultades, si los hubiere, que afecten a la aplicación del presente Pacto. 3. El Secretario General de las Naciones Unidas, después de celebrar consultas con el Comité, podrá transmitir a los organismos especializados interesados copias de las partes de los informes que caigan dentro de sus esferas de competencia. 4. El Comité estudiará los informes presentados por los Estados Partes en el presente Pacto. Transmitirá sus informes, y los comentarios generales que estime oportunos, a los Estados Partes. El Comité también podrá transmitir al Consejo Económico y Social esos comentarios, junto con copia de los informes que haya recibido de los Estados Partes en el Pacto. 5. Los Estados Partes podrán presentar al Comité observaciones sobre cualquier comentario que se haga con arreglo al párrafo 4 del presente artículo. Artículo 41: 1. Con arreglo al presente artículo, todo Estado Parte en el presente Pacto podrá declarar en cualquier momento que reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado Parte alegue que otro Estado Parte no cumple las obligaciones que le impone este Pacto. Las comunicaciones hechas en virtud del presente artículo sólo se podrán admitir y examinar si son presentadas por un Estado Parte que haya hecho una declaración por la cual reconozca con respecto a sí mismo la competencia del Comité. El Comité no admitirá ninguna comunicación relativa a un Estado Parte que no haya hecho tal declaración. Las comunicaciones recibidas en virtud de este artículo se tramitarán de conformidad con el procedimiento siguiente: a) Si un Estado Parte en el presente Pacto. Considera que otro Estado Parte no cumple las disposiciones del presente Pacto, podrá señalar el asunto a la atención de dicho Estado mediante una comunicación escrita. Dentro de un plazo de tres meses, contado desde la fecha de recibo de la comunicación, el Estado destinatario proporcionará al Estado que haya enviado la comunicación una explicación o cualquier otra declaración por escrito que aclare el asunto, la cual hará referencia, hasta donde sea posible y pertinente, a los procedimientos nacionales y a los recursos adoptados, en trámite o que puedan utilizarse al respecto. b) Si el asunto no se resuelve a satisfacción de los dos Estados Partes interesados en un plazo de seis meses contado desde la fecha en que el Estado destinatario haya recibido la primera comunicación, cualquiera de ambos Estados Partes interesados tendrá derecho a someterlo al Comité, mediante notificación dirigida al Comité y al otro Estado. c) El Comité conocerá del asunto que se le someta después de haberse cerciorado de que se han interpuesto y agotado en tal asunto todos los recursos de la jurisdicción interna de que se pueda disponer, de conformidad con los principios del derecho internacional generalmente admitidos. No se aplicará esta regla cuando la tramitación de los mencionados recursos se prolongue injustificadamente. d) El Comité celebrará sus sesiones a puerta cerrada cuando examine las comunicaciones previstas en el presente artículo. e) A reserva de las disposiciones del inciso c, el Comité pondrá sus buenos oficios a disposición de los Estados Partes interesados a fin de llegar a una solución amistosa del asunto, fundada en el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales reconocidas en el presente Pacto. f) En todo asunto que se le someta, el Comité podrá pedir a los Estados Partes interesados a que se hace referencia en el inciso b que faciliten cualquier información pertinente. g) Los Estados Partes interesados a que se hace referencia en el inciso obtendrán derecho a estar representados cuando el asunto se examine en el Comité y a presentar exposiciones verbalmente, o por escrito, o de ambas maneras. h) El Comité, dentro de los doce meses siguientes a la fecha de recibido de la notificación mencionada en el inciso b), presentará un informe en el cual: i) Si se ha llegado a una solución con arreglo a lo dispuesto en el inciso e, se limitará a una breve exposición de los hechos y de la solución alcanzada: j) Si no se ha llegado a una solución con arreglo a lo dispuesto en el inciso e, se limitará a una breve exposición de los hechos y agregará las exposiciones escritas y las actas de las exposiciones verbales que hayan hecho los Estados 205


Partes interesados. En cada asunto, se enviará el informe a los Estados Partes interesados. Las disposiciones del presente artículo entrarán en vigor cuando diez Estados Partes en el presente Pacto hayan hecho las declaraciones a que se hace referencia en el párrafo 1 del presente artículo. Tales declaraciones serán depositadas por los Estados Partes en poder del Secretario General de las Naciones Unidas, quien remitirá copia de las mismas a los demás Estados Partes. Toda declaración podrá retirarse en cualquier momento mediante notificación dirigida al Secretario General. Tal retiro no será obstáculo para que se examine cualquier asunto que sea objeto de una comunicación ya transmitida en virtud de este artículo; no se admitirá ninguna nueva comunicación de un Estado Parte una vez que el Secretario General de las Naciones Unidas haya recibido la notificación de retiro de la declaración, a menos que el Estado Parte interesado haya hecho una nueva declaración. Artículo 42: 1. a) Si un asunto remitido al Comité con arreglo al artículo 41 no se resuelve a satisfacción de los Estados Partes interesados, el Comité, con el previo consentimiento de los Estados Partes interesados, podrá designar una Comisión Especial de Conciliación (denominada en adelante la Comisión). Los buenos oficios de la Comisión se pondrán a disposición de los Estados Partes interesados a fin de llegar a una solución amistosa del asunto, basada en el respeto al presente Pacto. b) La Comisión estará integrada por cinco personas aceptables para los Estados Partes interesados. Si, transcurridos tres meses, los Estados Partes interesados no se ponen de acuerdo sobre la composición, en todo o en parte, de la Comisión, los miembros de la Comisión sobre los que no haya habido acuerdo serán elegidos por el Comité, de entre sus propios miembros, en votación secreta y por mayoría de dos tercios. 2. Los miembros de la Comisión ejercerán sus funciones a título personal. No serán nacionales de los Estados Partes interesados, de ningún Estado que no sea parte en el presente Pacto, ni de ningún Estado Parte que no haya hecho la declaración prevista en el artículo 41. 3. La Comisión elegirá su propio Presidente y aprobará su propio reglamento. 4. Las reuniones de la Comisión se celebrarán normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. Sin embargo, podrán celebrarse en cualquier otro lugar conveniente que la Comisión acuerde en consulta con el Secretario General de las Naciones Unidas y los Estados Partes interesados. 5. La secretaría prevista en el artículo 36 prestará también servicios a las comisiones que se establezcan en virtud del presente artículo. 6. La información recibida y estudiada por el Comité se facilitará a la Comisión, y ésta podrá pedir a los Estados Partes interesados que faciliten cualquier otra información pertinente. 7. Cuando la Comisión haya examinado el asunto en todos sus aspectos, y en todo caso en un plazo no mayor de doce meses después de haber tomado conocimiento del mismo, presentará al Presidente del Comité un informe para su transmisión a los Estados Partes interesados: a) Si la Comisión no puede completar su examen del asunto dentro de los doce meses, limitará su informe a una breve exposición de la situación en que se halle su examen del asunto; b) Si se alcanza una solución amistosa del asunto basada en el respeto a los derechos humanos reconocidos en el presente Pacto, la Comisión limitará su informe a una breve exposición de los hechos y de la solución alcanzada; c) Si no se alcanza una solución en el sentido del inciso b, el informe de la Comisión incluirá sus conclusiones sobre todas las cuestiones de hecho pertinentes al asunto planteado entre los Estados Partes interesados, y sus observaciones acerca de las posibilidades de solución amistosa del asunto; dicho informe contendrá también las exposiciones escritas y una reseña de las exposiciones orales hechas por los Estados Partes interesados; d) Si el informe de la Comisión se presenta en virtud del inciso c, los Estados Partes interesados notificarán al Presidente del Comité, dentro de los tres meses siguientes a la recepción del informe, si aceptan o no los términos del informe de la Comisión. 8. Las disposiciones de este artículo no afectan a las funciones del Comité previstas en el artículo 41. 9. Los Estados Partes interesados compartirán por igual todos los gastos de los miembros de la Comisión, de acuerdo con el cálculo que haga el Secretario General de las Naciones Unidas. 10. El Secretario General de las Naciones Unidas podrá sufragar, en caso necesario, los gastos de los miembros de la Comisión, antes de que los Estados Partes interesados reembolsen esos gastos conforme al párrafo 9 del presente artículo. 206


Artículo 43: Los miembros del Comité y los miembros de las comisiones especiales de conciliación designados conforme al artículo 42 tendrán derecho a las facilidades, privilegios e inmunidades que se conceden a los expertos que desempeñen misiones para las Naciones Unidas, con arreglo a lo dispuesto en las secciones pertinentes de la Convención sobre los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas. Artículo 44: Las disposiciones de la aplicación del presente Pacto se aplicarán sin perjuicio de los procedimientos previstos en materia de derechos humanos por los instrumentos constitutivos y las convenciones de las Naciones Unidas y de los organismos especializados o en virtud de los mismos, y no impedirán que los Estados Partes recurran a otros procedimientos para resolver una controversia, de conformidad con convenios internacionales generales o especiales vigentes entre ellos. Artículo 45: El Comité presentará a la Asamblea General de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo Económico y Social, un informe anual sobre sus actividades. Parte V.- Artículo 46: Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas o de las constituciones de los organismos especializados que definen las atribuciones de los diversos órganos de las Naciones Unidas y de los organismos especializados en cuanto a las materias a que se refiere el presente Pacto. Artículo 47: Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo del derecho inherente de todos los pueblos a disfrutar y utilizar plena y libremente sus riquezas y recursos naturales. Parte VI. Artículo 48: 1. El presente Pacto estará abierto a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas o miembros de algún organismo especializado, así como de todo Estado Parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y de cualquier otro Estado invitado por la Asamblea General de las Naciones Unidas a ser parte en el presente Pacto. 2. El presente Pacto está sujeto a ratificación. Los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 3. El presente Pacto quedará abierto a la adhesión de cualquiera de los Estados mencionados en el párrafo 1 del presente artículo. 4. La adhesión se efectuará mediante el depósito de un instrumento de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 5. El Secretario General de las Naciones Unidas informará a todos los Estados que hayan firmado el presente Pacto, o se hayan adherido a él, del depósito de cada uno de los instrumentos de ratificación o de adhesión. Artículo 49: 1. El presente Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que haya sido depositado el trigésimo quinto instrumento de ratificación o de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 2. Para cada Estado que ratifique el presente Pacto o se adhiera a él después de haber sido depositado el trigésimo quinto instrumento de ratificación o de adhesión, el Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificación o de adhesión. Artículo 50: Las disposiciones del presente Pacto serán aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin limitación ni excepción alguna. Artículo 51: 1. Todo Estado Parte en el presente Pacto podrá proponer enmiendas y depositarlas en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. El Secretario General comunicará las enmiendas propuestas a los Estados Partes en el presente Pacto, pidiéndoles que le notifiquen si desean que se convoque a una conferencia de Estados Partes con el fin de examinar las propuestas y someterlas a votación. Si un tercio al menos de los Estados se declara en favor de tal convocatoria, el Secretario General convocará una conferencia bajo los auspicios de las Naciones Unidas. Toda enmienda adoptada por la mayoría de los Estados presentes y votantes en la conferencia se someterá a la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 2. Tales enmiendas entrarán en vigor cuando hayan sido aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas y aceptadas por una mayoría de dos tercios de los Estados Partes en el presente Pacto, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales. 3. Cuando tales enmiendas entren en vigor, serán obligatorias para los Estados Partes que las hayan aceptado, en tanto que los demás Estados Partes seguirán obligados por las disposiciones del presente Pacto y por toda enmienda anterior que hayan aceptado. 207


Artículo 52: Independientemente de las notificaciones previstas en el párrafo 5 del artículo 48, el Secretario General de las Naciones Unidas comunicará todos los Estados mencionados en el párrafo 1 del mismo artículo: a) Las firmas, ratificaciones y adhesiones conformes con lo dispuesto en el artículo 48; b) La fecha en que entre en vigor el presente Pacto conforme a lo dispuesto en el artículo 49, y la fecha en que entren en vigor las enmiendas a que hace referencia el artículo 51. Artículo 53: 1. El presente Pacto, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de las Naciones Unidas. 2. El Secretario General de las Naciones Unidas enviará copias certificadas del presente Pacto a todos los Estados mencionados en el artículo 48.

CONVENCIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y LA SANCIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO. (RESOLUCIÓN 260 A (III) DE 9 DE DICIEMBRE DE 1948 DE LAS NACIONES UNIDAS) Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948. Entrada en vigor: 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII LAS PARTES CONTRATANTES. Considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas, por su resolución 96 (I) de 11 de diciembre de 1.946 a declarado que el genocidio es un delito de derecho internacional contrario al espíritu y a los fines de las Naciones Unidas y que el mundo civilizado condena. Reconociendo que en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad. Convencidos de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional, Convienen en lo siguiente: Artículo I.- Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar. Artículo II.- En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo. Artículo III.- Serán castigados los actos siguientes: a) El genocidio; b) La asociación para cometer genocidio; c) La instigación directa y pública a cometer genocidio; d) La tentativa de genocidio; e) La complicidad en el genocidio. Artículo IV.- Las personas que hayan cometido genocidio o cualquiera de los otros actos enumerados en el artículo III, serán castigadas, ya se trate de gobernantes, funcionarios o particulares. Artículo V.- Las Partes contratantes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus Constituciones respectivas, las medidas legislativas necesarias para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención, y especialmente a establecer sanciones penales eficaces para castigar a las personas culpables de genocidio o de cualquier otro de los actos enumerados en el artículo III. Artículo VI.- Las personas acusadas de genocidio o de uno cualquiera de los actos enumerados en el artículo III, serán juzgadas por un tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la corte penal internacional que sea competente respecto a aquellas de las Partes 208


contratantes que hayan reconocido su jurisdicción. Artículo VII.- A los efectos de extradición, el genocidio y los otros actos enumerados en el artículo III no serán considerados como delitos políticos. Las Partes contratantes se comprometen, en tal caso, a conceder la extradición conforme a su legislación y a los tratados vigentes, Artículo VIII.- Toda Parte contratante puede recurrir a los órganos competentes de las Naciones Unidas a fin de que éstos tomen, conforme a la Carta de las Naciones Unidas, las medidas que juzguen apropiadas para la prevención y la represión de actos de genocidio o de cualquiera de los otros actos enumerados en el artículo III. Artículo IX.- Las controversias entre las Partes contratantes, relativas a la interpretación, aplicación o ejecución de la presente Convención, incluso las relativas a la responsabilidad de un Estado en materia de genocidio o en materia de cualquiera de los otros actos enumerados en el artículo III, serán sometidas a la Corte Internacional de Justicia a petición de una de las Partes en la controversia. Artículo X.- La presente Convención, cuyos textos inglés, chino, español, francés y ruso serán igualmente auténticos, llevará la fecha de 9 de diciembre de 1948. Artículo XI.- La presente Convención estará abierta hasta el 31 de diciembre de 1949 a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y de todos los Estados no miembros a quienes la Asamblea General haya dirigido una invitación a este efecto. La presente Convención será ratificada y los instrumentos de ratificación serán depositados en la Secretaría General de las Naciones Unidas. A partir del 1.º de enero de 1950, será posible adherir a la presente Convención en nombre de todo Estado Miembro de las Naciones Unidas y de todo Estado no miembro que haya recibido la invitación arriba mencionada. Los instrumentos de adhesión serán depositados en la Secretaría General de las Naciones Unidas. Artículo XII.- Toda Parte contratante podrá, en todo momento, por notificación dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, extender la aplicación de la presente Convención a todos los territorios o a uno cualquiera de los territorios de cuyas relaciones exteriores sea responsable. Artículo XIII.- En la fecha en que hayan sido depositados los veinte primeros instrumentos de ratificación o de adhesión, el Secretario General levantará un acta y transmitirá copia de dicha acta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a los Estados no miembros a que se hace referencia en el artículo XI. La presente Convención entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que se haga el depósito del vigésimo instrumento de ratificación o de adhesión. Toda ratificación o adhesión efectuada posteriormente a la última fecha tendrá efecto el nonagésimo día después de la fecha en que se haga el depósito del instrumento de ratificación o de adhesión. Artículo XIV.- La presente Convención tendrá una duración de diez años a partir de su entrada en vigor. Permanecerá después en vigor por un período de cinco años; y así sucesivamente, respecto de las Partes contratantes que no la hayan denunciado por lo menos seis meses antes de la expiración del plazo. La denuncia se hará por notificación dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas. Artículo XV.- Si, como resultado de denuncias, el número de las Partes en la presente Convención se reduce a menos de dieciséis, la Convención cesará de estar en vigor a partir de la fecha en que la última de esas denuncias tenga efecto. Artículo XVI.- Una demanda de revisión de la presente Convención podrá ser formulada en cualquier tiempo por cualquiera de las Partes contratantes, por medio de notificación escrita dirigida al Secretario General. La Asamblea General decidirá respecto a las medidas que deban tomarse, si hubiere lugar, respecto a tal demanda. Artículo XVII.- El Secretario General de las Naciones Unidas notificará a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a los Estados no miembros a que se hace referencia en el artículo XI: a) Las firmas, ratificaciones y adhesiones recibidas en aplicación del artículo XI; b) Las notificaciones recibidas en aplicación del artículo XII; c) La fecha en la que la presente Convención entrará en vigor en aplicación del artículo XIII; d) Las denuncias recibidas en aplicación del artículo XIV; e) La abrogación de la Convención, en aplicación del artículo XV; f) Las notificaciones recibidas en aplicación del artículo XVI. 209


Artículo XVIII.- El original de la presente Convención será depositado en los archivos de las Naciones Unidas. Una copia certificada será dirigida a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a los Estados no miembros a que se hace referencia en el artículo XI. Artículo XIX.- La presente Convención será registrada por el Secretario General de las Naciones Unidas en la fecha de su entrada en vigor.

PACTO INTERNACIONAL DE SOCIALES Y CULTURALES

DERECHOS

ECONÓMICOS,

Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Entrada en vigor: 3 de enero de 1976, de conformidad con el artículo 27 PREÁMBULO: Los Estados partes en el presente Pacto; Considerando que, conforme a los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables, Reconociendo que estos derechos se desprenden de la dignidad inherente a la persona humana, Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos, Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, está obligado a procurar la vigencia y observancia de los derechos reconocidos en este Pacto, Convienen en los artículos siguientes: Parte I.- Artículo 1: 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. Parte II.- Artículo 2: 1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos. 2. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. 3. Los países en desarrollo, teniendo debidamente en cuenta los derechos humanos y su economía nacional, podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente Pacto a personas que no sean nacionales suyos. 210


Artículo 3: Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el presente Pacto. Artículo 4: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, en ejercicio de los derechos garantizados conforme al presente Pacto por el Estado, éste podrá someter tales derechos únicamente a limitaciones determinadas por ley, sólo en la medida compatible con la naturaleza de esos derechos y con el exclusivo objeto de promover el bienestar general en una sociedad democrática. Artículo 5: 1. Ninguna disposición del presente Pacto podrá ser interpretada en el sentido de reconocer derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos o libertades reconocidos en el Pacto, o a su limitación en medida mayor que la prevista en él. 2. No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un país en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, a pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado. Parte III.- Artículo 6: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho. 2. Entre las medidas que habrá de adoptar cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto para lograr la plena efectividad de este derecho deberá figurar la orientación y formación técnico profesional, la preparación de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un desarrollo económico, social y cultural constante y la ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas fundamentales de la persona humana. Artículo 7: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona, al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial: a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores. I) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual; II) Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto; b) La seguridad y la higiene en el trabajo; c) Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad; d) El descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos. Artículo 8: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar: a) El derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. No podrán imponerse otras restricciones al ejercicio de este derecho que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos; b) El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones nacionales y el de éstas a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas; c) El derecho de los sindicatos a funcionar sin obstáculos y sin otras limitaciones que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos; d) El derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país. 2. El presente artículo no impedirá someter a restricciones legales el ejercicio de tales derechos por los miembros de las fuerzas armadas, de la policía o de la administración del Estado. 3. Nada de lo dispuesto en este artículo autorizará a los Estados Partes en el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo de 1948 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación a adoptar medidas legislativas que menoscaben las garantías previstas en dicho Convenio o a aplicar la ley en forma que menoscabe dichas garantías. 211


Artículo 9: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social incluso al seguro social. Artículo 10: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo. El matrimonio debe contraerse con el libre consentimiento de los futuros cónyuges. 2. Se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto. Durante dicho período, a las madres que trabajen se les debe conceder licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social. 3. Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y adolescentes contra la explotación económica y social. Su empleo en trabajos nocivos para su moral y salud, o en los cuales peligre su vida o se corra el riesgo de perjudicar su desarrollo normal, será sancionado por la ley. Los Estados deben establecer también límites de edad por debajo de los cuales quede prohibido y sancionado por la ley el empleo a sueldo de mano de obra infantil. Artículo 11: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. 2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para: a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales; b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan. Artículo 12: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños. b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad. Artículo 13: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en Pro del mantenimiento de la paz. 2. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, con objeto de lograr el pleno ejercicio de este derecho: a) La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos gratuitamente; b) La enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita; c) La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la 212


implantación progresiva de la enseñanza gratuita; d) Debe fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posible, la educación fundamental para aquellas personas que no hayan recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria; e) Se debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 4. Nadade lo dispuesto en este artículo se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares y entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 y de que la educación dada en esas instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado. Artículo 14: Todo Estado Parte en el presente Pacto que, en el momento de hacerse parte en él, aún no haya podido instituir en su territorio metropolitano o en otros territorios sometidos a su jurisdicción la obligatoriedad y la gratuidad de la enseñanza primaria, se compromete a elaborar y adoptar, dentro de un plazo de dos años, un plan detallado de acción para la aplicación progresiva, dentro de un número razonable de años fijado en el plan, del principio de la enseñanza obligatoria y gratuita para todos. Artículo 15: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a: a) Participar en la vida cultural; b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones; c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. 2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales. Parte IV.- Artículo 16: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a presentar, en conformidad con esta parte del Pacto, informes sobre las medidas que hayan adoptado, y los progresos realizados, con el fin de asegurar el respeto a los derechos reconocidos en el mismo. 2. a) Todos los informes serán presentados al Secretario General de las Naciones Unidas, quien transmitirá copias al Consejo Económico y Social para que las examine conforme a lo dispuesto en el presente Pacto; b) El Secretario General de las Naciones Unidas transmitirá también a los organismos especializados copias de los informes, o de las partes pertinentes de éstos, enviados por los Estados Partes en el presente Pacto que además sean miembros de estos organismos especializados, en la medida en que tales informes o partes de ellos tengan relación con materias que sean de la competencia de dichos organismos conforme a sus instrumentos constitutivos. Artículo 17: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto presentarán sus informes por etapas, con arreglo al programa que establecerá el Consejo Económico y Social en el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente Pacto, previa consulta con los Estados Partes y con los organismos especializados interesados. 2. Los informes podrán señalar las circunstancias y dificultades que afecten el grado de cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pacto. 3. Cuando la información pertinente hubiera sido ya proporcionada a las Naciones Unidas o a algún organismo especializado por un Estado Parte, no será necesario repetir dicha información, sino que bastará hacer referencia concreta a la misma. Artículo 18: En virtud de las atribuciones que la Carta de las Naciones Unidas le confiere en materia de derechos humanos y libertades fundamentales, el Consejo Económico y Social podrá concluir acuerdos con los organismos especializados sobre la presentación por tales organismos de informes relativos al cumplimiento de las disposiciones de este Pacto que corresponden a su campo de actividades. 213


Estos informes podrán contener detalles sobre las decisiones y recomendaciones que en relación con ese cumplimiento hayan aprobado los órganos competentes de dichos organismos. Artículo 19: El Consejo Económico y Social podrá transmitir a la Comisión de Derechos Humanos, para su estudio y recomendación de carácter general, o para información, según proceda, los informes sobre derechos humanos que presenten a los Estados conforme a los artículos 16 y 17, y los informes relativos a los derechos humanos que presenten los organismos especializados conforme al artículo 18. Artículo 20: Los Estados Partes en el presente Pacto y los organismos especializados interesados podrán presentar al Consejo Económico y Social observaciones sobre toda recomendación de carácter general hecha en virtud del artículo 19 o toda referencia a tal recomendación general que conste en un informe de la Comisión de Derechos Humanos o en un documento allí mencionado. Artículo 21: El Consejo Económico y Social podrá presentar de vez en cuando a la Asamblea General informes que contengan recomendaciones de carácter general, así como un resumen de la información recibida de los Estados Partes en el presente Pacto y de los organismos especializados acerca de las medidas adoptadas y los progresos realizados para lograr el respeto general de los derechos reconocidos en el presente Pacto. Artículo 22: El Consejo Económico y Social podrá señalar a la atención de otros órganos de las Naciones Unidas, sus órganos subsidiarios y los organismos especializados interesados que se ocupen de prestar asistencia técnica, toda cuestión surgida de los informes a que se refiere esta parte del Pacto que pueda servir para que dichas entidades se pronuncien, cada una dentro de su esfera de competencia, sobre la conveniencia de las medidas internacionales que puedan contribuir a la aplicación efectiva y progresiva del presente Pacto. Artículo 23: Los Estados Partes en el presente Pacto convienen en que las medidas de orden internacional destinadas a asegurar el respeto de los derechos que se reconocen en el presente Pacto comprenden procedimientos tales como la conclusión de convenciones, la aprobación de recomendaciones, la prestación de asistencia técnica y la celebración de reuniones regionales y técnicas, para efectuar consultas y realizar estudios, organizadas en cooperación con los gobiernos interesados. Artículo 24: Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas o de las constituciones de los organismos especializados que definen las atribuciones de los diversos órganos de las Naciones Unidas y de los organismos especializados en cuanto a las materias a que se refiere el Pacto. Artículo 25: Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo del derecho inherente de todos los pueblos a disfrutar y utilizar plena y libremente sus riquezas y recursos naturales. Parte V.- Artículo 26: 1. El presente Pacto estará abierto a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas o miembros de algún organismo especializado, así como de todo Estado Parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y de cualquier otro Estado invitado por la Asamblea General de las Naciones Unidas a ser parte en el presente Pacto. 2. El presente Pacto está sujeto a ratificación. Los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 3. El presente Pacto quedará abierto a la adhesión de cualquiera de los Estados mencionados en el párrafo 1 del presente artículo. 4. La adhesión se efectuará mediante el depósito de un instrumento de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 5. El Secretario General de las Naciones Unidas informará a todos los Estados que hayan firmado el presente Pacto, o se hayan adherido a él, del depósito de cada uno de los instrumentos de ratificación o de adhesión. Artículo 27: 1. El presente Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que haya sido depositado el trigésimo quinto instrumento de ratificación o de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 2. Para cada Estado que ratifique el presente Pacto o se adhiera a él después de haber sido depositado el trigésimo quinto instrumento de ratificación o de adhesión, el Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificación o de adhesión. 214


Artículo 28: Las disposiciones del presente Pacto serán aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin limitación ni excepción alguna. Artículo 29: 1. Todo Estado Parte en el presente Pacto podrá proponer enmiendas y depositarlas en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. El Secretario General comunicará las enmiendas propuestas a los Estados Partes en el presente Pacto, pidiéndoles que le notifiquen si desean que se convoque una conferencia de Estados Partes con el fin de examinar las propuestas y someterlas a votación. Si un tercio al menos de los Estados se declara en favor de tal convocatoria, el Secretario General convocará una conferencia bajo los auspicios de las Naciones Unidas. Toda enmienda adoptada por la mayoría de Estados presentes y votantes en la conferencia se someterá a la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 2. Tales enmiendas entrarán en vigor cuando hayan sido aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas y aceptadas por una mayoría de dos tercios de los Estados Partes en el presente Pacto, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales. 3. Cuando tales enmiendas entren en vigor serán obligatorias para los Estados Partes que las hayan aceptado, en tanto que los demás Estados Partes seguirán obligados por las disposiciones del presente Pacto y por toda enmienda anterior que hayan aceptado. Artículo 30: Independientemente de las notificaciones previstas en el párrafo 5 del artículo 26, el Secretario General de las Naciones Unidas comunicará a todos los Estados mencionados en el párrafo 1 del mismo artículo: a) Las firmas, ratificaciones y adhesiones conformes con lo dispuesto en el artículo 26; b) La fecha en que entre en vigor el presente Pacto conforme a lo dispuesto en el artículo 27, y la fecha en que entren en vigor las enmiendas a que hace referencia el artículo 29. Artículo 31: 1. El presente Pacto, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de las Naciones Unidas. 2. El Secretario General de las Naciones Unidas enviará copias certificadas del presente Pacto a todos los Estados mencionados en el artículo 26.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Carta Internacional de Derechos, de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. La adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, fue la primera ocasión en que las comunidades organizadas de las Naciones, realizaron una Declaración de de derechos humanos y las libertades fundamentales. Dicho acto es concebido como un logro de todos los pueblos y naciones. La Declaración Universal, se ha convertido en una medida que sirve para evaluar el grado de respeto hacia los estándares de derechos humanos. Durante la proclamación de Teherán, adoptada por la Conferencia Internacional de Derechos Humanos, en 1968, se llegó a la conclusión de que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, manifiesta un entendimiento común de los pueblos del mundo, en todo lo concerniente a los derechos humanos, inalienables e inviolables de todos los miembros de la familia humana y constituye, una obligación para los miembros de la comunidad internacional. La Declaración esta compuesta por 30 artículos, que hablan tanto de los derechos civiles y políticos, como económicos, sociales y culturales que pertenecen a todas las personas, sin discriminación alguna. Los derechos económicos, sociales y culturales, están establecidos en los Artículos 22 al 27 y son derechos que pertenecen a todo individuo como miembro de la sociedad. El Artículo 22 caracteriza a estos derechos como indispensables, para la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, e indica que ellos serán obtenidos a través de los esfuerzos nacionales y la cooperación internacional. A la vez, se refriere también a las limitaciones para su completo goce, el cual depende de los recursos del Estado. Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Artículo 2: Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin 215


distinción alguna. Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre. Artículo 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Artículo 7: Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes. Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial. Artículo 11: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad. Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada. Artículo 13: Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Artículo 14: En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país. Artículo 15: Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. Artículo 16: Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. Artículo 17: Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Artículo 20: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Artículo 21: Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país. Artículo 22: Toda persona como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Artículo 23: Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre. Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Artículo 26: Toda persona tiene derecho a la educación. Artículo 27: Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad. Artículo 28: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. Artículo 29: Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad. 216


Artículo 30: Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ALTO PERÚ BOLÍVAR, EL 11 DE AGOSTO DE 1825. CREACIÓN DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA. LEY CONSTITUYENTE DEL 11 DE AGOSTO DE 1825: Denominación de nuevo ESTADO.Reconocimiento de gratitud. Premios y honores al Libertador y Gran Mariscal de Ayacucho. Gratificación al Ejército Libertador La Asamblea General del Alto Perú, deseando acreditar pública, expresiva y solemnemente su eterna gratitud, y reconocimiento eminente, justo, al inmortal libertador de Colombia y el Perú, don Simón Bolívar, al valiente virtuoso Gran Mariscal de Ayacucho y al Ejército Libertador, vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma, Sipesipe y Tarata. Deseando igualmente perpetuar en la memoria de los ciudadanos alto peruanos, que tan heroicas, generosas y nobles manos deben ésta región su existencia política, su libertad y la reunión del cuerpo, que ha deliberado sobre su futura suerte: ha venido a decretar lo siguiente: 1. La denominación del nuevo Estado es, será para lo sucesivo REPÚBLICA BOLÍVAR. 2. El Alto Perú, expresa al continente entero, que en razón de su ilimitada confianza en el libertador de Colombia y del Perú, le reconoce como su buen padre, y mejor apoyo contra los peligros del desorden, anarquía, invasiones injustas y ataque cualquiera al carácter de nación del que se ha investido, por voto unánime de sus representantes. 3. S. E. El Libertador tendrá el supremo poder ejecutivo de la república, por todo el tiempo que resida entre los límites de ella y donde quiera que exista fuera de estos, tendrá los honores de protector y presidente de ella. 4. El 6 de agosto, memorable porque en el aprendió el ibero feroz en los campos de Junín, a huir en el Perú de las legiones inmortales mandadas por el Libertador, será consagrado en fiesta cívica, y se celebrará anualmente en todo el territorio de la república. 5. El nacimiento del Libertador será anualmente una fiesta cívica en todo el territorio de la república, más esta resolución no tendrá efecto, sino, después de la vida de su S. E. 6. El retrato de S. E. el Libertador será colocado en todos los tribunales, cabildos, universidades, colegios, escuelas y casas públicas de enseñanzas, para que su visita recuerde la memoria del padre de la Patria, y estimule a la imitación de sus excelsas virtudes. 7. En cada una de las capitales de los departamentos de la república, se colocará la estatua ecuestre de S. E. el Libertador, sobre una columna. 8. El Gran Mariscal de Ayacucho, como encargado inmediato del mando de los departamentos de la república, mandará formar, y representará a S. E. El Libertador un medalla de oro, tachonada de brillantes, del diámetro que juzgue más adecuado, para que en el anverso de ella se figure el Cerro de Potosí, y al Libertador colocarlo al término de una escala formada por fusiles, espadas, cañones y banderas, en actitud de fijar, sobre la cima del cerro rico, la gorra de la libertad, y en el reverso entre una guirnalda de olivo y laurel, la siguiente inscripción. LA REPÚBLICA DE BOLÍVAR, AGRADECIDA AL HÉROE CUYO NOMBRE LLEVA. 9. El día 9 de diciembre será consagrado en fiesta cívica, en todo el territorio de la república, en 217


celebridad y grata memoria de la eminente gloriosa jornada de Ayacucho. 10. El aniversario del nacimiento de S. E. el Gran Mariscal de Ayacucho será también celebrado anualmente, como fiesta cívica, en todo el territorio de la república, después de los días de S. E. 11. El retrato del Gran Mariscal de Ayacucho, será colgado a la izquierda de S. E. el Libertador de Colombia y del Perú en todos los lugares y con el mismo objeto que expresa el Art. 6º de este decreto. 12. El Gran Mariscal de Ayacucho será reconocido primer jefe Gral. de la República, con la denominación de Capitán General, hasta que la ley determine la correspondiente al último grado militar del Estado. 13. S. E. gozará también del título de defensor y Gran Ciudadano de la República Bolívar. 14. La ciudad capital de la república y su departamento, se denominaran en la sucesivo Sucre. 15. El Presidente de este departamento queda encargado de mandar gravar y presentar a S. E. el Gran Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre, nombre del Congreso, una medalla de oro guarnecida de diamantes, del diámetro que crea bastante para que en su anverso se grave a S. E. arrancando al Perú, figurado por una vicuña de entre garras de un león y al reverso la siguiente inscripción. LA REPÚBLICA DE BOLÍVAR A SU DEFENSOR HÉROE DE AYACUCHO. 16. Una estatua pedestre del Gran Mariscal de Ayacucho, será colocada sobre una columna, en cada una de las capitales de los departamentos de la república. 17. Se mandará construir una lámina de oro, en cuyo centro se verá una hermosa joven indígena, símbolo de América, sentada sobre los despojos de un león, y bajo de un pabellón, formado por los estandartes del continente. Esta joven estará abrazando con la diestra al Libertador, la siniestra al Gran Mariscal de Ayacucho y estos dos héroes se verán en actitud de decorarla con la gorra de la libertad y pisando grillos y cadenas despedazadas. En los costados se grabarán los nombres de los otros Generales y Jefes, que concurrieron a las acciones de Junín y Ayacucho y la píe de todos los comandantes y oficiales que se hubieren distinguido en ambas acciones. Esta lámina se colocará en la sala de sesiones de la República Bolívar. 18. Todo hombre que hubiese combatido por la libertad en los campos de Junín y Ayacucho, se reputará natural y ciudadano de la República Bolívar. 19. Un millón de pesos será distribuido oportunamente, por su excelencia el Libertador, al ejército unido, libertador y vencedor de Junín y Ayacucho, como un pequeño premio de su valor y servicios hechos a la América en General y a esta república en particular. 20. Para que el premio establecido en el artículo anterior tenga su debido lleno y cumplimiento, se autoriza plenamente a S. E. el Libertador, a efecto de que por medio del agente o agentes que tuviere a bien nombrar, negocie un empréstito de la cantidad necesaria para realizar el premio, afianzando el pago con los fondos de la república. Comuníquese a S. E. el Gran Mariscal de Ayacucho para su cumplimiento y publicación. Dado en la sala de Sesiones de Chuquisaca, a los once días del mes de agosto de mil ochocientos veinticinco años. (Fdo.) JOSÉ MARÍA SERRANO; Presidente. ANGEL MARÍA MOSCOSO Y JOSÉ IGNACIO SANJINÉS. Diputados Secretarios.

CARTA DE SUCRE A BOLÍVAR DEL 3 DE FEBRERO DE 1825 ASE. El General Bolívar Mi General: Al amanecer de mañana me voy para La Paz a ver si mi presencia allí vale algo para adelantar las 218


cosas. Podré hacer poco hasta después del 8 en que llegarán algunas tropas. Las de Córdova no estarán allí hasta el 20. Verá Ud. lo que digo de oficio de las noticias que trae don Casimiro Olañeta; todo es nada menos que el cuento de los fusiles. Espero que a toda prisa me manden un par de goletas a cruzar por Iquique. Atacama, &. &. Un descuido nos puede causar un daño. Este doctor Olañeta que es un gran patriota y que parece tiene talento, lo nombraré auditor general del ejército, que es el más grande rango que hay que darle aquí: él ha sido oidor de la Audiencia. En fin le trataré con toda distinción, pues, además que lo merece, me dicen que tiene un gran influjo en todas las provincias. Tengo un poco de cuidado por esos amigos de Cochabamba pues si hay un encuentro con Olañeta, acaso salgan mal. Yo les he escrito que excusen todo compromiso, pues nunca debe fiarse de una tropa recién pasada. En fin pronto veré en lo que para eso. Si hay algún descalabro haré venir al batallón No. 3 y el tercero de Junín, que están en Cuzco, para formar siempre la expedición peruana, y que los pobres colombianos descansen en La Paz. Lo que me urge mucho es que Ud. nombre el general que mande esa expedición. Alvarado ha salido esta mañana de aquí bien malo y creo que no podrá pasar de La Paz; Santa Cruz y Otero son los dos disponibles que yo hallo, y al que Ud. elija le mandaré de una vez la orden de venir a reunirse al ejército para tomar el destino que se le dé. Ud. Cuente que esta expedición nunca bajará de 2.500 infantes y ochocientos a mil caballos, pues si sucede algo a los de Cochabamba, ya digo que vendrá el batallón No. 3 y el tercero de Junín. Don Casimiro Olañeta dice que su tío vendrá ahora, reuniendo todas sus fuerza, 2.000 ó 2.500 hombres y de ellos la poca caballería que hay, muy mal armada. Dice que, si las cosas de la división de Cochabamba sale bien, cree que su tío entre en negocios, pero si no, nó; que tal vez en Potosí se le subleva la tropa porque había una conspiración a reventar en el batallón. Cazadores que manda Medinaceli, el cual es muy patriota. En fin, yo creo que eso irá; pero, como necesito arreglar pronto esa expedición para aprovechar el tiempo, exijo de Ud. que decida luego quien sea el general que la mande y que venga al momento. Anoche pensando en los negocios del Alto Perú, he arreglado las ideas del decreto adjunto para darlo al llegar a La Paz, si aquellas cosas tienen buen semblante Lo quería dar a nombre de Ud., pero no sabiendo si esto lo comprometiera, y como todo el mundo sabe lo que nosotros hacemos bien es dirigido por Ud. le toca la dirección, y si sale mal no he comprometido su nombre. Puede ser que de por aquí le manden una queja. Hoy he mandado a traer presos a todos los intendentes del departamento porque han tenido la gracia de no traer a las cajas los cincuenta y cinco mil y pico de pesos que adeudaban por el tercio de Diciembre, habiendo ya un mes que debían haber pagado, y han tenido esa morosidad con nosotros habiendo tenido con los gobiernos la extraordinaria actividad e cobrarles, para hacernos la guerra, sobre 100.000 pesos, que les anticiparon en octubre cuando el tiempo de pago era en enero. Los voy a poner de soldados para que sean un poco más atentos y medidos con nosotros. El día que llegué aquí, me ofrecieron que el 30 habría en cajas 70.000 por cuenta del tercio y del empréstito, y faltaron; pero me prometieron luego que en cuatro días estarían; ayer, que se cumplieron, no había nada, y hoy los he mandado a traer presos para que no se anden jugando con los jefes de la patria; e irán de soldados si no traen el dinero; lo aviso de antemano, por si va la queja. En mi carta de anteayer olvidé decir a Ud. que creo muy bien que el Congreso del Perú haga general de división a Gamarra y también a Miller, en tal caso, vale mejor que estén agradecidos a Ud. porque siempre es bueno tener por acá devotos. Ud. verá lo mejor. Miller ha tomado por fin esta prefectura, y se encargará mañana de ella.Yo estaré en La Paz el 8 ó 9; a los dos meses de la batalla no será poco estar de Huamanga en La Paz con dos batallones, y con la circunstancia de haber descansado mucho y de tener 700 plazas en lugar de 200 que tenía en el combate. Adiós, mi general, hasta La Paz que volveré a escribirle. Siempre su fiel amigo, obediente servidor. (131). A. J. de Sucre. 219


CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE DEL 21 DE FEBRERO DE 1825 Señor General Antonio José de Sucre. Mí querido General: He recibido la carta de Ud. de Puno del 1º de febrero con mucho gusto, porque se de Ud. y del estado de las cosas. Me parece que el negocio del Alto Perú no tiene inconveniente alguno militar, y en cuanto a lo político, para Ud. es muy sencillo. Ud. está a mis órdenes con el ejército que manda y no tiene que hacer sino lo que le mando. El ejército de Colombia ha venido aquí a mis órdenes para que, como jefe del Perú, le dé dirección y haga con él la guerra a los españoles. Ud. manda el ejército como general de Colombia, pero no como jefe de nación, y yo sin mandar el ejército como general, lo mando como auxiliar de la nación que presido. Esto lo digo en respuesta a los compromisos de que Ud. habla. Yo no le doy órdenes como jefe de Colombia, porque no lo soy pero sí como jefe del territorio que está en guerra con el Alto Perú, no habiendo límites entre enemigos. Ni Ud., ni yo, ni el congreso mismo del Perú, ni de Colombia, podemos romper y violar la base del derecho público que tenemos reconocido en América. Esta base es que los gobiernos republicanos se fundan entre los límites de los antiguos virreinatos, capitanías generales, o presidencias como la de Chile. El Alto Perú es una dependencia del Virreinato de Buenos Aires; dependencia inmediata como la de Quito de Santa Fe. Chile, aunque era dependencia del Perú, ya estada separada del Perú algunos años antes de la revolución, como Guatemala de Nueva España. Así es que ambas a dos de estas presidencias han podido ser independientes de sus antiguos virreinatos; pero Quito ni Charcas pueden serlo en justicia a menos que, por un convenio entre partes, por resultado de una guerra o de un congreso se logre entablar y concluir un tratado. Según dice Ud. piensa convocar una Asamblea de dichas provincias. Desde luego, la convocación misma es un acto de soberanía. Además llamando Ud. estas provincias a ejercer su soberanía, las separa de hecho de las demás provincias del Río de La Plata, del Perú y de Colombia misma, que no puede ver ni con indiferencia siquiera que Ud. rompa los derechos que tenemos a la presidencia de Quito por los antiguos límites del antiguo virreinato. Por supuesto, Buenos Aires tendrá mucha justicia, y al Perú no le puede ser agradable que con sus tropas se haga una operación política sin consultarle siquiera. Ud. tiene una moderación muy rara; no quiere ejercer la autoridad general cual le corresponde, ejerciendo de hecho el mando del país que sus tropas ocupan, y quiere, sin embargo, decidir una operación que es legislativa. Yo sentiría mucho que la comparación fuese odiosa, pero se parece a la de San Martín en el Perú: le parecía muy fuerte la autoridad del general libertador y, por lo mismo, se metió a dar un estatuto provisorio, para lo cual no tenía autoridad. Le diré a Ud. con la franqueza que Ud. debe perdonarme, porque Ud. tiene la manía de la delicadeza, y que esta manía le ha de perjudicar a Ud. como en el Callao. Entonces quedaron todos disgustados con Ud. por delicado, y ahora va a suceder lo mismo. Ud. créame general, nadie ama la gloria de Ud. tanto como Yo. Jamás un jefe ha tributado más gloria a un subalterno. Ahora mismo se está imprimiendo una relación de la vida de Ud., hecha por mi, en que, cumpliendo con mi conciencia, le doy a Ud. cuanto merece. Esto lo digo, para que Ud. vea que soy justo, desapruebo lo que no me parece bien, al mismo tiempo que admiro lo que es sublime. Ya he dicho a Ud. de oficio que lo que Ud. debe hacer, y ahora le repito: sencillamente se reduce a ocupar el país militarmente y esperar órdenes del gobierno. Ahora mismo está el congreso tratando sobre las instrucciones que debe darme con respecto al Alto Perú. Todavía no se cual será su determinación; pero sea la que fuere, yo no haré más que mi deber, sin meterme a consideraciones que no debo. Dentro de muy pocos días me voy para allá y llevará las tales órdenes del Congreso. 220


Todo lo que Ud. me dice con respecto a las tropas me parece muy bien. Ud. verá por la gaceta que el Congreso me ha recompensado excesivamente. Así no me parece bien lo que Ud. me dice para darme el título de Libertador; sin merecerlo, antes me lo habían dado. De todos modos doy a Ud. las gracias por su fineza. Dentro de tres o cuatro días empezara el bloqueo y sitio del Callao. Ya tenemos aquí más de 3.000 hombres para emprender esta operación. En este momento acabo de saber que en el Congreso hay buenas opiniones con respecto al Alto Perú, llamo buenas las que se inclinan a no agregarlo al Perú porque esta es la base de nuestro derecho público. Por lo demás, dicen que se ocupe el país militarmente hasta que se decida su suerte de un modo legal y legítimo. Yo creo que esto es lo que esta conforme a la justicia. Yo me alegraré mucho que ni Colombia ni el Perú tengan que sufrir por el sacrificio de haber liberado ese país, pues será muy desagradable ser redentor y mártir. Por lo mismo, no quiero que Ud. tenga una suerte tan inicua. Soy de Ud., mi querido general, de todo mi corazón. P.D. Muchas memorias a Lara, Córdova y demás generales. BOLÍVAR

CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE DEL 15 DE MAYO DE 1825 Arequipa, 15 de mayo de 1825. A SU EXCELENCIA. GRAN MARISCAL DE AYACUCHO. ANTONIO JOSÉ DE SUCRE. Mí querido general: Ayer al llegar aquí he recibido sus dos cartas del 24 en Chuquisaca con un oficio del general Arenales, en que me dice que su gobierno de ha ordenado coloque esas provincias en estado de decidir de sus intereses y gobierno. Esta representación de parte del general Arenales, me ha decidido a dar el decreto que acompaño para que se cumpla y pongo en ejecución inmediatamente. Ud. verá por él que concilio todo lo que es conciliable, entre intereses y extremos opuestos. No creo que de ningún modo me puedan culpar los pretendientes del Alto Perú, porque sostengo, por una parte, el decreto del congreso peruano, y adhiero, por otra, a la voluntad del gobierno de Buenos Aires. Por supuesto, deja en libertad al Alto Perú para que exprese libremente su voluntad. A pesar de todo esto estoy cierto que todos quedarán disgustados, porque no hago más que paliar, o más bien, neutralizar las diferentes medidas que cada uno quería adoptar, porque entre partes contendientes, los juicios que más participan de la equidad son los que menos se agradecen, porque son los que menos satisfacen a las dos partes. Diré a Ud. de una vez mi pensamiento. Yo no habría dado jamás este decreto si las cosas no hubieran llegado al estado en que se encuentran; más como mi poder no es retroactivo, me ha sido imposible dejar de obrar de este modo. Los sentimientos de Ud., con los míos concuerdan de un modo maravilloso, que no puedo menos que confesar a Ud. que yo hubiera deseado que Ud. diese el paso que dio para dejar en amplia libertad a esas provincias cuyas cadenas acababa de romper; también quería yo cumplir con mi deber no haciendo más que obedecer a los que me han dado la autoridad que ejerzo: autoridad que yo no debo contrariar en nada, aunque sus decisiones mismas sean opuestas a las reglas más liberales de la política. No debo dejar de declarar a Ud. francamente que yo no me creo autorizado para dar este decreto y que solamente la fuerza de las circunstancias me lo arrancaron, por no dejar mal puesta la conducta de Ud., por complacer al Alto Perú, por acceder al Río de La Plata, por mostrar la liberalidad del congreso del Perú y por poner a cubierto mi reputación de amante a la soberanía popular y a las instituciones más 221


libres. En fin, el decreto se ha dado bajo los auspicios del candor, de la buena fe y de la imparcialidad. ¡Ojala sea recibido por las mismas virtudes tutelares que lo han dictado! Para dejar en plena libertad a esas provincias de obrar sin coacción, he determinado no ir al Alto Perú sino dentro de dos meses cumplidos. Entre tanto pasaré por el Cuzco a arreglar negocios, y me detendrá aquí con el mismo objeto. Así para cuando yo llegue al Alto Perú, la asamblea habrá decidido las cuestiones que ella misma se proponga sobre sus intereses y gobierno, como dice el general Arenales. Esta debe ser la base de sus deliberaciones para no dejar derechos al Río de La Plata para que nos impute ninguna usurpación o inmisión en sus negocios nacionales, pues francamente hablando nosotros no tenemos derecho para introducir ninguna cuestión en esa asamblea que pueda producir un principio fundamental para sus instituciones. Por lo mismo Ud. ponga en ejecución el decreto de hoy, mandando que se reúna inmediatamente en un lugar dado, que Ud. señalará, la asamblea general. El lugar de la asamblea debe estar despejado de tropas del ejército Libertador a veinte leguas en contorno. Ningún militar se encontrará en todo el ámbito señalado. Un juez civil mandará dicho lugar, y, por supuesto. Ud. estará lo más lejos que pueda; pero de ningún modo deberá Ud. abandonar el territorio del Alto Perú; porque su mando le está enteramente sometido. Ud. dará una proclama a esos pueblos diciéndoles estrictamente: que yo no visitaré esas provincias hasta que no hayan concluido sus sesiones; que dichas sesiones no son más que puramente deliberativas, que no tendrán ningún efecto actual mientras que el congreso del Perú no haya determinado lo que el Libertador y el Ejército Unido debe ejecutar con respecto a dichas provincias: que la asamblea se reunirá en un lugar, en el cual no habrá un solo individuo del Ejército Libertador a veinte leguas en contorno, para impedir toda acusación de influencia militar en los actos de sus representantes. Todo esto debe Ud. adornarlo con la elegancia militar de un soldado que habla a hombres civiles. Yo creo también que Ud. deberá hacer un discurso apertorio de las sesiones de la asamblea, diciendo sencillamente las miras que Ud. se propuso al entrar en el territorio del Alto Perú, mi sumisión al congreso peruano, y los deseos del gobierno del Río de La Plata expresados por el Gral. Arenales. Todo con propiedad y justicia. Me parecía bien que Ud. hiciera el borrador y me lo mandara al Cuzco para yo verlo y opinar sobre su mérito. Este discurso deberá ser remitido al Presidente de la Asamblea. Emplee Ud. su tiempo, mientras tanto, en arreglar lo mejor que pueda la administración de hacienda, suprimiendo los destinos que sean inútiles o no muy necesarios. Esto es indispensable y conforme a mis decretos y providencias. Mire Ud. que hay un desorden espantoso: los gastos son inmensos y nuestras necesidades más inmensas aún. Aquí se han gastado quinientos mil pesos en tres meses. Eso es horrible y ruinoso en extremo; pero yo pondré remedio a todo, lo mismo que en el Cuzco donde sucede otro tanto. Yo contaba con el dinero que tenía aquí Cochrane para pagar una parte de los ajustes que había ofrecido al ejército; pero no he encontrado aquí nada, porque lo han gastado: así va todo, pero es preciso que no vaya. Por lo mismo, Ud. puede reformar allá todo; y yo de este lado del desaguadero. El Estado Mayor debe haber comunicado a Ud. mi orden de no considerar en campaña a los cuerpos que hayan llegado de diferentes guarniciones. Que ocupan, desde el mismo día en que llegaron dichas guarniciones. Por consiguiente, a la tropa debe descontársele el valor de las raciones y el valor del vestuario de lo que reciba mensualmente; quiero decir, a la tropa se le debe pagar íntegramente su sueldo mensual descontándole, primero, el valor de la ración que se le debe dar en especie, y segundo, la sexta parte del valor del vestuario que haya recibido; porque yo supongo que un vestuario dura seis meses, y que cada seis meses debe dársele otro. Desde luego un vestuario ordinario y miserable bien puede valer quince pesos; y, por lo mismo, se le puede descontar a la tropa veinte reales al mes por el vestuario; pero si este vestuario es rico como el que ha dado el general Lara a su división, es de un precio tan alto, que es preciso descontárselo del valor de sus ajustes pasados. Lo mismo digo por lo que respecta a lo que haya pasado por allá o en alguno de los cuerpos del Ejército Unido que estén en cualquier otro lugar. 222


Mi querido general, Ud. debe suponer que el ejército del Perú pasa actualmente de 20.000 hombres, que el valor de sus ajustes pasa de dos millones, que nuestro transporte a Colombia costará mucho, lo mismo que las recompensas extraordinarias decretadas por el congreso, que la lista civil es poco menos que la militar; y que la escuadra, las relaciones exteriores y las deudas atrasadas me tienen desesperado. Últimamente, yo supongo que Ud. tomará tanta parte como yo en la economía y en el ahorro, para que no nos veamos más apurados aún. Yo pienso mandar 3.000 hombres a Colombia, 1.500 con un batallón de Lara; y otros tantos con un batallón de Córdova, pero estos batallones deben ir compuestos de Colombianos del Sur y de peruanos. Tome Ud. sus medidas por allá para que esta disposición se cumpla dentro de dos meses lo más tarde; por el puerto de Arica el batallón de Córdova, y por Quilca el de Lara. Ningún venezolano ni granadino debe marchar en estos batallones, excepto jefes y oficiales, que pueden ser de cualquier parte, o alguno que otro sargento muy indispensable. Sepa Ud. que no hay el más remoto temor de expedición de España ni de miras hostiles de la Santa Alianza. Por lo mismo, mi intención y mis deseos son, que el ejército libertador quede casi en cuadro; que los cuerpos de Colombia sólo queden con sus colombianos, que los cuerpos del Alto Perú y Bajo Perú, queden reducidos a muy pocas plazas a fin de que nuestros gastos se disminuyan y podamos pagar bien a los que sirvan al Estado. Con 4.000 hombres en el Alto Perú es bastante guarnición, de aquí, dos en Lima, y mil entre el Cuzco y Huamanga es más que suficiente guarnición para un estado que está en paz. Quedando los cuadros, en dos meses se forma un bello ejército contra toda la América, (si fuere preciso). De otro modo nos haremos insoportables y tiránicos para mantener una masa tan enorme. Yo saldré de aquí, dentro de quince o veinte días, para el Cuzco; gastaré en el camino ocho a diez días, esto quiere decir que estaré en el Cuzco a mediados de junio; saldré de allí el primero de julio para Puno; marcharé lentamente en todo el mes de julio hasta llegar a La Paz que será después de que se haya celebrado la Asamblea. Esta asamblea no puede durar arriba de ocho o quince días; porque no tiene más que una cuestión que decidir, que es la misma de que habla Arenales. Me parece que el muy célebre y digno patriota Olañeta debería verse con Ud. para que en la asamblea manifestase aquellas ideas que se conformasen con el decreto del congreso del Perú y con el mío de hoy, a fin de evitar retardos y embarazos desagradables. Yo no saldré una línea del decreto del Congreso, porque no puedo absoluta, absolutamente. Dígaselo Ud. así a estos señores para su inteligencia y gobierno, porque Yo soy un esclavo de la ley, como el soldado de su disciplina y el presidiario de su cómitre. El general Santa Cruz debe ser nombrado prefecto del departamento de La Paz en lugar del general Lanza; y el general Alvarado de prefecto en lugar del coronel Ortega u otro cualquiera de menos servicio y capacidad que él. En cuanto al primero, hágalo Ud. inmediatamente. El general Alvarado irá para allá dentro de poco. Estos dos sujetos son irrecusables, y además muy dignos y capaces de tales mandos. Tenga Ud. la bondad de hablar de mi parte, al general Santa Cruz, sobre sus instrucciones con respecto a su país, a fin de que pueda unir sentimientos a los míos. Yo creo que éste general servirá perfectamente a la causa del Alto Perú y Bajo Perú; y creo otro tanto del general Alvarado. Diré a Ud., de paso, que el nombramiento de un colombiano para prefecto en esas provincias no me gusta nada; mucho menos en Ortega, que aunque era mártir; es un necio embustero. Recomiendo a Ud. la lectura de esta carta más de una vez, porque es muy importante, según me parece. El gobierno de Colombia ha nombrado a Ud. y a todos los demás conforme a lo que Ud. hizo, y yo, con la antigüedad de 9 de diciembre. El congreso nos ha decretado un triunfo; una espada para Ud. y un escudo para el ejército. Yo traigo a Ud. un uniforme de general en jefe colombiano, y la espada que el gobierno del Perú le ha dado. Yo quiero ponerle el uniforme al Mariscal de Ayacucho, y ceñirle la espada de Pichincha en el Alto Perú libertado por la espada de Ayacucho. Esta ceremonia no debe ser menos que lisonjera y altamente honrosa para el vengador de los Incas, restaurador de sus hijos, libertador del Perú. Aquí debe concluir esta carta, porque ya no puedo decir nada más que sea digno de Ud., sino que soy su mejor amigo de corazón. 223


BOLIVAR.

ACLARACIÓN: La nación de los pueblos cambas cruceños en ningún momento fue peruana, ni perteneció al Imperio Inca, lo que hizo Antonio José de Sucre no fue restaurar la condición nuestra como hijos de los incas. tampoco nos libertó porque en ningún momento piso tierra Oriental Camba Cruceña y más bien, mediante el fraude histórico se presta para nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta.

HISTORIA DE BOLIVIA Y SUS FUENTES PRIMARIAS RELACIONADA AL IMPERIO INCA QUE NO HACE MENCIÓN ALGUNA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, EN LAS PÁGINAS 1 Y 2 DEL LIBRO LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. EDICIÓN AÑO 1981 Los Incas hicieron su historia mediante funcionarios oficiales que retenían memo técnicamente y con el auxilio de los quipus los acontecimientos, y luego los transmitían en forma verbal. Más el uso de los quipus correspondió a un sistema de escritura. Tres tesis pueden resumirse en ella. La primera, iniciada por Garcilaso, sostiene que tuvieron una función puramente estadística y aritmética. José Acosta dijo que en los quipus podrá encontrarse todo lo que se dice en los libros, de aquí nace la segunda tesis seguida por investigadores contemporáneos como Raúl Porras Barrenechea. Hay aún una tercera tesis que sostiene la función de los quipus como sistema completo de escritura, pues de una u otra manera los Quipus son pautas testimóniales que al llegar a descifrarse posibilitarán escribir una verdadera historia de los Incas, al sobrevenir la conquista y la colonia. El encuentro de dos mundos distintos en su filosofía de la vida la historia es la crónica muchas veces subjetiva u oficial y desde el primer momento del descubrimiento aparecen los cronistas que no tienen pretensiones de mostrar el pasado de los pueblos aborígenes; sino relatar simplemente el hecho de la conquista. Esta historia es defectuosa, pero si bien ha servido como elemento para comprender la época donde hay mucha pasión y muchos sentimientos personales en ella. Los siglos posteriores en la América española en el análisis de la crónica son más importantes, por eso en la historiografía colonial es importante señalar la diferencia entre el reportero de guerra, cronista de los primeros años de la conquista y el historiador de la segunda etapa del siglo XVI, pues en este último se encuentra la actitud de la pesquisa e indagación del pasado, se podría decir que en esta etapa nace la historia como manifestación de una disciplina que, aunque no poseía metodología, era el resultado de un proceso de averiguación, de testimonio, ordenamiento y de presentación. La historia de Bolivia está aún por formarse con esfuerzos pacientes de investigadores bien intencionados, dando a luz biografías más o menos completas de algunos personajes bolivianos, pues la historia de la Administración Nacional yace encerrada en los Archivos truncos e incompletos que la vida nómada y errante de los gobiernos anteriores y dispersa en varias ciudades de la república, (10) imposibilitando la sistematización interpretativa de sentido estructural como ideal de un pueblo. La historia es rigurosa y científica poniendo énfasis en las cuestiones relacionadas con la perspectiva mitológica, es decir con el quehacer historiográfico o la averiguación de las normas del procedimiento científico, rara vez se interesa por el fundamento de dichas normas o sea por la investigación del método gnoseológico y esta carencia de elementos formales expuso a Franz Tamayo a decirnos: que la más verídica historia es una novela y el más concienzudo historiador un engañado y un engañador inconsciente, argumentando que refleja una historia de Bolivia en embrión, pues desde esas 224


primeras décadas del siglo XX el panorama de la grafía histórica se presenta dentro de un nuevo perfil, al exponer fundamentos científicos para comprender el ser de nuestra historia, no sólo en sus factores internos sino también en la incidencia externa del acontecer nacional.

DEMOSTRACIÓN DEL DOLO Y FRAUDE QUE LLEVO A LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, CONTRARIANDO LA LEY DEL 9 DE MAYO DE 1825 DE BUENOS AIRES Y SIN DIPUTADOS CRUCEÑOS. VERSIÓN EN LAS PÁGINAS 19 A 21 DEL LIBRO LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA DE VILLARROEL TREVIÑO. EDICIÓN 1981 Empero pese a la actitud de Bolívar los diputados alto peruanos habían sido ya elegidos para representar la razón soberana de las cuatro provincias del alto Perú de y la República de Santa Cruz de la Sierra de acuerdo al Decreto del 9 de febrero de 1825, en que por diversos factores y entre ellos la falta de vías de comunicación, no pudieron reunirse el 19 de abril en Oruro como estipulaba el Decreto en su artículo 16. Sucre desde Chuquisaca el 3 de junio de 1825 emitió una nueva orden para que la Asamblea General se reúna el 24 del mismo mes en la ciudad de Chuquisaca, teniendo en cuenta que algunos diputados habían manifestado que siendo ellos de alguna edad les era imposible venir a Oruro, donde el excesivo frío de la presente estación los destruiría. Sucre invariable con el mandato del Decreto del 9 de febrero de 1825 emitido por él en la ciudad de La Paz inició el cumplimiento de los artículos 18 y 19 disponiendo que: toda intervención de la fuerza armada en las decisiones y resoluciones de la Asamblea, hará nulo los actos en que se mezcle el poder militar: con este fin se procurará que los cuerpos de ejército están distantes de Oruro. (Rectificado en la orden de 3 de junio de 1925 por Chuquisaca). El 1ro de julio el Mariscal y su ejército Partieron de Chuquisaca para Cochabamba. Rey de Castro, exalta la actitud de Sucre cuando dice refiriendo aquel momento: Celos como el que más, el General Sucre del imperio de la libertad y vigilante para que en ejercicio de ella nada se opusiera a su dominio, con religioso escrúpulo se ausentó de la ciudad y no únicamente él solo, sino cuantos pertenecían a la clase militar, sin que quedase un solo soldado. Libres los padres conscriptos de la patria hasta de las apariencias de la más ideal coacción o remota influencia, podrían ocuparse del acto augusto, de la misión más sublime y sagrada que es dado al hombre llenar en la tierra. Con ese ambiente de libertad plena, el domingo 10 de julio de 1825 se inauguró la ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL ALTO PERÚ, denominada también ASAMBLEA DELIBERANTE. La Asamblea era el derecho en acción de la soberanía popular en el aliento de su poderosa misión que iba a crear una nacionalidad, organizando las libertades públicas y los atributos del Estado, aprovechando de las fuerzas y elementos naturales que preexistían. De los 39 Diputados asistentes a la inauguración, 13 representaban a Cochabamba, (siendo la única delegación cuyos diputados asistieron en pleno). Miguel José Cabrera; Nicolás de Cabrera; Francisco Vidal; José Manuel Pérez; Manuel Mariano Centeno; Dionisio de la Borda; José Manuel Tamez; Pedro Terrazas; Melchor Paz; Miguel Vargas; Marcos Escudero; Mariano Méndez; Manuel Cabello. Los asistentes diputados por Charcas fueron José Mariano Serrano; Casimiro de Olañeta; Manuel María Urcullo; Ambrosio María Hidalgo; Ángel María Moscoso, no pudiendo estar presentes José María Dalence y Francisco Palazuelos para completar la representación. Los diputados por Santa Cruz (debieron ser cinco), Antonio Vicente Seoane y Vicente Caballero que no asistieron a la inauguración por dificultades 225


de la distancia, y otros factores así como tampoco estuvieron presentes en la votación sobre la independencia del Alto Perú. De los 12 diputados por la provincia de La Paz asistieron: José María Mendizábal; José María de Asín; José Miguel Lanza; Fermín Eyzaguirre; José Ballivián; Martín Cardón; José Indalecio Calderón y Sanjinés; Rafael Monje; Eusebio Gutiérrez; no estando presentes Miguel Casimiro Aparicio; Juan María Velarde y Francisco María de Pinedo. La diputación potosina de 14 representantes, la más numerosa, asistió al magno acto con Melchor Daza; Manuel José Calderón; Manuel Antonio Arellano; Manuel Anselmo Tapia; Manuel Martín; Manuel Argote; José Antonio Pallares; José Eustaquio Gareca; José Mariano Enríquez; Isidoro Trujillo; Juan Manuel de Montoya; José Ignacio de Sanjinés. No pudieron estar presentes Manuel María García y José Martiniano Vargas. En las posteriores sesiones de la Asamblea, los diputados restantes se fueron incorporando a medida que llegaban a la capital de Charcas, menos los representantes cruceños de Chiquitos, Cordillera y Mojos. RESULTADOS OBTENIDOS Por lo analizado en los diferentes trabajos como son Historia de Santa Cruz de la Sierra, Santa Cruz de la Sierra colonizada por el Alto Perú. Principio y Final de una República, Fraude Histórico – Fuentes de Historiadores contemporáneos y Agresiones Históricas Alto Peruanas, se ha llegado a los siguientes resultados, que nos lleva a la necesidad de reparar la perversidad que resulta la interpretación fraudulenta de nuestra historia, como sociedad y nación de los pueblos cambas cruceños, diferentes, ciertos y determinados que somos con realción a la alto peruana República hoy Estado Plurinacional Comunitario Bpliviano. 1.- Los Chiriguanos pertenecen a la familia lingüística Tupí Guaraní y son descendientes de tribus guaraníes emigradas a los contrafuertes andinos, de población de origen Tupí Chane y de lengua Arawak que con el paso de los siglos se integraron como tales. 2.- Los Chane son pueblos de origen Arawak y corresponden a otra rama de los Tupí Guaraní que emigraron desde el Caribe. 3.- Los guaraníes se establecieron e integraron con los Chane, como pueblos que emigraron desde el Paraguay y el Brasil hacia las zonas aledañas a la cordillera de los Andes. 4.- La cordillera de los Chiriguanos fue el centro de choque y confrontación entre los Tupí Guaraní con el Imperio Inca, por lo que en la era pre colonial y colonial española, se constituyó en territorio de fronteras y creó la división entre las dos corrientes colonizadores españolas (Atlántico – Pacífico). 5.- El territorio de la cordillera de los Chiriguanos no fue Colla ni incaico y dentro de las dos corrientes de la colonización española, se constituyo en el límite natural entre ellas. 6.- El territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra fue independiente de Buenos Aires, desde octubre de 1815 hasta agosto de1825, pero es anexado con dolo con su pueblo colonizado fraudulentamente por la oligarquía alto peruana que creó la República Bolívar, pues se desprende del Paraguay como Gobernación de Mojos en 1560. 7.- La República de Santa Cruz de la Sierra se separa de las provincias Unifas del Río de La Plata y se declara independiente en 1815, confirmada en el Cabildo del 15 de febrero de 1825 y pese a ello fue anexada y colonizada dolosa y fraudulentamente, mediante la asamblea de Julio de 1825 con la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto del mismo año, más el Decreto de formación de los departamentos del 23 de enero de 1826. 8.- La cordillera de los Chiriguanos no estuvo dentro de la gobernación de Diego de Almagro, como corriente colonizadora española que vino por el Pacífico a la parte Andina del continente mediante la invasión y destrucción del Imperio Incaico. No llegando a sobrepasar esta corriente hacia los llanos amazónicos y rioplatenses, poblados por tribus de raza Tupí Guaraní. 226


9.- La colonización española de los territorios de la República de Santa Cruz de la Sierra se efectuó por la corriente atlántica, entrando por el río de la Plata y la inmigración de familias desde Asunción del Paraguay, en forma muy diferente a la invasión de conquista colonial española por el Pacífico. 10.- Asunción del Paraguay fue fundada en 1537 y es la madre de más de cuatro ciudades, entre ellas tenemos a Santa Cruz de la Sierra fundada en 1561. a Buenos Aires en 1580, además Santa Fe y Corrientes entre otras. 11.- La fundación de Santa Cruz de la Sierra fue efectuada por Ñuflo de Chávez con familias asunceñas y apoyado por Diego de Mendoza, Hernando Salazar y otros, más la incorporación de Juan de Garay que luego es fundador de la ciudad de Buenos Aires. 12.- El nombre de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, viene de la ciudad del mismo nombre en Trujillo de la Extremadura española, lugar en que se crió Ñuflo de Chávez. 13.- El nombre de Santa Cruz de la Sierra se aplicó también, tanto a la Gobernación, a la Intendencia, a la Provincia y a la República declarada independiente desde 1815 hasta 1825. Año en que fue anexada fraudulentamente, mediante la asamblea de julio y la ley de agosto de 1825, así como también el Decreto del 23 de enero de 1826. 14.- La Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra, se rebeló e independizo de Buenos Aires desde octubre de 1815, por lo cual no se integró a la confederación Argentina creada el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán, como lo hicieron los integrantes de la antigua provincia de Charcas (Cochabamba, Potosí, Chuquisaca y Ls Paz). 15.- La República de Santa Cruz de la Sierra fue declarada independiente por Ignacio Warnes en octubre de 1815, que desde sus inicios se formó con las gobernaciones de Chávez y Manso y luego se agrega la gobernación de Mojos con los partidos de Moxos, Baures y Pampas. 16.- La República de Santa Cruz de la Sierra al momento de su anexión dolosa y fraudulenta en 1825, contaba con un territorio cuyos límites comenzaban desde la confluencia del río Paraguay con el río Pilcomayo al Sur, las estribaciones de la cordillera de los Andes en el territorio de los Chiriguanos al Oeste y los del Matogroso en los Xarayes al Este. Llegando cerca del río Amazonas en los territorios de sus afluentes y tributarios río Madera y río Purus, contando con un millón setecientos mil (1.700.000) kilómetros cuadrados aproximadamente. 17.- Los territorios de la República de Santa Cruz de la Sierra en ningún momento fueron parte del Alto Perú, por ser altiplánicos, andinos y parte de los corregimientos de la Provincia de los Carcas, por lo que conceptuarlos así constituye un fraude histórico. 18.- El Alto Perú está poblado por razas andinas que son completamente diferentes a las de los llanos rioplatenses y amazónicos de la república cruceña, que está poblada en sus origenes por ramas de la raza Tupí Guaraní. 19.- El Alto Perú boliviano es el resultado de la partición territorial del Altiplano originalmente peruano, como consecuencia de la segregación por parte de la oligarquía criolla alto peruana al mando de Pedro Antonio de Olañeta, y se constituye desde el Oriente y Sur del río Desaguadero. 20.- Chuquisaca y Cochabamba no son parte territorial del Altiplano, pero como territorio andino en la República de Bolivia, comparten en la actualidad territorios de la cordillera de los Chiriguanos, poblados desde antes del incario por razas de la rama Tupí Guaraní. (Ava – Chiriguanos) 21.- El equívoco manejado por historiadores foráneos andinos y combas cruceños interesados, llevó a confundir de que Cochabamba y Chuquisaca que son altiplánicos, son calificados así por causa de la afinidad cultural, fisiográfica y por razones históricas de sus pueblos con influencia Colla e incaica. 22.- La Gobernación de Mojos que luego fue Gobernación, Intendencia, Provincia y luego República independiente de Santa Cruz de la Sierra, sólo estuvo relacionada jurídicamente a la audiencia de Charcas hasta 1776 y no así administrativa y militarmente. 23.- La Gobernación de Santa Cruz de la Sierra, fue independiente de la audiencia de Charcas en lo militar y su territorio como misional jesuítico, se manejó sin injerencia tanto de la audiencia como del 227


obispado de La Plata de la Nueva Toledo. 24.- Después de 1872 el poder de la audiencia de Charcas, quedó reducido a una sola parte de la provincia de Charcas o sea la Intendencia de Chuquisaca, Su Presidente se transforma en Intendente Gobernador sólo dentro de su jurisdicción. 25.- La Gobernación de Santa Cruz de la Sierra, fue incorporada a la audiencia de Charcas el 29 de agosto de 1563 con Tucumán y Dieguitas entre otras, en octubre de 1565 se incorporan las gobernaciones del Río de la Plata (Buenos Aires) y del Paraguay. 26.- La separación completa y definitiva del Rió de La Plata, Paraguay y Tucumán de la audiencia de Charcas se produce en diciembre de 1665, al crearse la audiencia de Buenos Aires. 27.- La separación efectiva en lo militar de la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra con relación a la audiencia de Charcas, se la verifica por la cédula real del 5 de agosto 1777. 28.- La creación y separación del Obispado de Santa Cruz que provisoriamente se quedó en Mizque, hace que se maneje independiente de la Diócesis de La Plata en la audiencia de Charcas, al igual que las extensiones jesuíticas y todo ello según cédula con aprobación real el 26 de febrero de 1609, que fue enviada a la Presidencia de la audiencia. 29.- La demostración de que los pueblos oriundos de los Andes y entre ellos los quechuas y aimaras que se encuentran como colonos, asentados en los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños no son en lo absoluto originarios sino inmigrantes de los territorios de los pueblos de los llanos amazónicos y rioplatenses de la rama Tupí Guaraní. 30.- Los pensamientos de la insurgencia libertaria, se gestaron dentro del territorio del Virreinato del Río de la Plata desde 1805, abarcando las llanuras rioplatenses y amazónicas, la parte andina que integraba desde Tucumán a las altiplánicas o del Alto Perú de Potosí y La Paz con las de los valles y cumbres de Cochabamba y Chuquisaca. 31.- La chispa revolucionaria de las Provincias del Rió de la Plata, se enciende el 25 de mayo de 1809 en Chuquisaca y en agosto del mismo año, se descubre una revuelta de 150 negros que existían en Santa Cruz de la Sierra. Rebelión santa cruceña que fue llevada bajo la palabra mágica de “Libertad”. Demostrándose que fue en nuestro pueblo de la Provincia Camba Cruceña, donde se presentó el primer acto efectivo de insurgencia libertaria en el siglo XIX. 32.- El primer intento de rebelión independentista Oriental Camba Cruceña, tuvo intensiones diferentes a los de otras partes del Virreinato del Río de la Plata, pues las revoluciones del 25 de mayo de 1809 en Chuquisaca, del 16 de julio de 1809 en La Paz y del 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires, se efectuaron bajo el grito de viva el Rey Fernando VII y muera la princesa Joaquina. 33.- Después de la destitución del virrey del Rió de la Plata el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires, y cuando se inició la marcha hacia el Alto Perú por el Primer Ejército Auxiliar del gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata en julio de 1810, se mando desde Buenos Aires al delegado bonaerense de nombre Eustaquio Moldes, como encargado de armar la insurgencia en la Provincia Unida de Santa Cruz de la Sierra. 34.- Está demostrado la inexistencia de personajes comunes entre la nación de los pueblos cambas cruceños con los del Alto Perú, pues nuestra rebelión contó con los señores Juan Manuel Lemoine, Vicente Seoane, Melchor Guzmán Quitán, José Salvatierra, el cura José Andrés Salvatierra y el Teniente Coronel Antonio Suárez, 35.- El grito y la acción libertaria se efectuó el 24 de septiembre de 1810 que proclama la independencia de España de Santa Cruz de la Sierra, como también la decisión de adherirse con el Partido de Mojos y Chuiquitos a la junta de Buenos Aires. 36.- La lucha por la independencia de la república cruceña sufrió un revés, pues por orden del General Goyeneche, el Coronel José Miguel Becerra apoyado por el comandante Alburquerque que con fuerzas imperiales portuguesas habían ingresado en Chiquitos, penetró en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra entre agosto y septiembre de 1811, derrotando y disolviendo la primera junta de gobierno Camba Cruceño. 228


37.- Las victorias del General Belgrano sobre Pío Tristán en Tucumán el 24 de Septiembre de 1812 y en Salta el 20 de febrero de 1813, permitió que con un contingente comandado por el Coronel Don Antonio Suárez, se tomara en marzo de 1813 la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y se reafirmara la independencia declarada el 24 de septiembre de 1810. 38.- Se nombraron diputados al Congreso General Constituyente de Buenos Aires en septiembre de 1813, cuando se entrega la gobernación de la Provincia cruceña al designado por Belgrano Coronel Ignacio Warnes que vino acompañado con Saturnino Salazar y José Manuel Mercado entre otros, todos pertenecientes al Río de La Plata y no a la República Argentina, ni a la República de Bolivia como mal informan los historiadores por no existir estas. 39.- La República de Santa Cruz de la Sierra declarada independiente de Buenos Aires por el Coronel Warnes en octubre de 1815, fue reafirmada en su independencia por el Cabildo del 15 de febrero de 1825, manteniéndose en vigencia y existente, pese a la toma de su capital Santa Cruz de la Sierra y la derrota parcial del ejército santa cruceño que causó la muerte de su primer comandante y Presidente Ignacio Warnes el 21 de noviembre de 1816. 40.- La derrota del Parí en ningún momento significó la pérdida de la independencia cruceña, pues el segundo comandante del ejército patriota Coronel José Manuel Mercado lucho, derroto y expulsó al ejército alto peruano del General Pedro Antonio de Olañeta el 14 de febrero de 1825. 41.- Pedro Antonio de Olañeta fue muerto por la traición de sus oficiales en abril de 1825, en la supuesta e inexistente batalla de Tumusla. 42.- La República de Santa Cruz de la Sierra lucho por su independencia al igual que las demás provincias del antiguo Virreinato del Río de la Plata y la efectuó con recursos propios, sin ayuda ninguna de lo que hoy es Bolivia, porque había decidido en octubre de 1815 desligarse de Buenos Aires, Además estar en guerra contra el Alto Perú primero español y después separado de España, oficialmente el 9 de marzo de 1824. 43.- El Alto Perú estaba en manos de Pedro Antonio de Olañeta desde su declaración de rebeldía en 1822, su liberación concretada con el Tratado de Tarapacá en marzo de 1824. Cuyo ejército fue expulsado de la capital santa cruceña el 14 de febrero de 1825. 44.- La anexión dolosa y colonización fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar, fue el resultado del dolo y fraude histórico manejado por las oligarquías del Alto Perú al mando de Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y en confabulación con Antonio José de Sucre y Simón Bolívar. Demostrado contundentemente por la documentación existente en las actas de la Asamblea en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en la Intendencia de Chuquisaca o antigua Provincia de los Charcas. 45.- En la época de la insurgencia libertaria, la Provincia de Santa Cruz de la Sierra hoy república anexada fraudulentamente en 1825 en la creada República Bolívar, pese a que éramos parte independizada del Virreinato del Río de la Plata. No del Virreinato del Perú como sucedió con las cuatro provincias altas que habían retornado al poder colonial de Lima. 46.- La república de Santa Cruz de la Sierra al momento de su fraudulenta anexión en 1825. abarcaba las llanuras rioplatenses y amazónicas como también la cordillera de los Chiriguanos. 47.- La chispa revolucionaria en América del Sur se encendió el 25 de mayo de 1809 en Chuquisaca que era Provincia Alta del virreinato del Río de la Plata, esta chispa se prendió también en Santa Cruz de la Sierra en agosto de 1809 con la rebelión de los 150 negros existentes venidos del imperio del Brasil por el Matogroso. 48.- La insurgencia independentista de la provincia cruceña desde sus inicios fue llevada bajo la mágica palabra de “Libertad” y paradójicamente terminó anexada y colonizada fraudulentamente en 1825. Violándose el Orden Internacional de Derecho Público imperante desde 1819, con reconocimiento total de Simón Bolívar. 49.- Los gritos supuestamente libertarios de las provincias altas del Río de la Plata no llevaron la premisa de la “libertad”, pues esta intensión es una falsedad histórica, ya que el grito revolucionario lo 229


hicieron bajo la exclamación de viva el Rey Fernando VII y muera la Princesa Joaquina. Además por el desconternto de los criollos hijos de españoes, por ser tratados como segundones y discriminados por sus padres ibéricos. 50.- La Provincia de Santa Cruz de la Sierra como Parte del Virreinato del Río de la Plata, contó en la insurgencia con la colaboración de Buenos Aires que mando al delegado Don Eustaquio Moldes, después un batallón del Segundo Ejército auxiliar al mando del General Belgrano que acompañó al Coronel Antonio de Arteaga. 51.- El pueblo de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra como parte del Virreinato del Río de la Plata, decretó su independencia de España y su adhesión a Buenos Aires como centro de las Provincias Unidas del Río de la Plata el 24 de septiembre de 1810 y su independencia de la confederación en octubre de 1815. 52.- La Junta de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra fue derrocada y disuelta en 1811 por acción de Becerra, cumpliendo la orden de Manuel de Goyeneche capitán general de las fuerzas coloniales españolas y luego Presidente de la Audiencia del Cuzco. 53.- La adhesión de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra a la Junta de Buenos Aires, se efectuó con el envío de los diputados Suárez y Urtubey en 1813, después de entregar el primero la gobernación a Warnes. 54.- Un contingente del ejército de Belgrano al mando del Coronel Antonio Suárez, retomó en marzo de 1813 la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, reafirmándose la independencia de España declarada el 24 de septiembre de 1810. 55.- El General Belgrano designó al Coronel Ignacio Warnes, comandante gobernador de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra, que llego acompañado por Saturnino Salazar, José Manuel Mercado y otros. Gobernación que es entregada por el Coronel Antonio Suárez en septiembre de 1813. 56.- Mientras el Coronel Ignacio Warnes estaba en campaña contra el gobernador español de Chiquitos en 1815, con anuencia del gobernador en Buenos Aires Ignacio Álvarez, es cambiado por Buenos Aires por Santiago Carreras que es muerto en una revuelta. 57.- Ignacio Warnes retorno victorioso de la campaña en Chiquitos y retoma la gobernación, declarando a la Provincia de Santa Cruz de la Sierra república independiente y rebelde a Buenos Aires. Motivo por el que no se envía delegados diputados el 9 de julio de 1816, para la fundación de la confederación y República Argentina. 58.- Las acciones autoritarias de Álvarez y Rondeau, producen la rebeldía de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra y su determinación de declarase república independiente, cuya duración fue desde 1815 hasta 1825 en que fue anexada coactiva y fraudulentamente colonizada en la creada República Bolívar. 59.- El ejército patriota de la República de Santa Cruz de la Sierra es derrotado el 21 de noviembre de 1816 por el Brigadier Javier de Aguilera, produciéndose la muerte del Coronel Ignacio Warnes en la batalla del Parí. 60.- Después de la derrota en la batalla del Parí el ejército patriota de la República de Santa Cruz de la Sierra, lucho sólo durante nueve años para reconquistar su capital y los territorios de Valle Grande, en poder colonial primero y después alto peruano del General de Olañeta concretado desde marzo de 1824. 61.- La resistencia contra la invasión del ejército español enviado por Pesuela, transformado posteriormente y alineado al lado del General Pedro Antonio de Olañeta como ejército alto peruano desde 1822, consolidado libre del gobierno colonial en marzo de 1824, fue por separase de la corona española mediante el tratado de Tarapacá, efectuado entre Jerónimo Valdés en representación del Virrey la Serna y Pedro Antonio de Olañeta. 62.- La República de Santa Cruz de la Sierra luchó por su independencia al igual que todas las provincias del Virreinato del Río de la Plata. 63.- La anexión de la República de Santa Cruz de la Sierra declarada independiente en 1815 y 230


reafirmada en el Cabildo del 15 de febrero de 1825, fue el resultado de un fraude y grave error cometido por el general Antonio José de Sucre, ejecutado por oferta en base a la prebenda aceptada por Simón Bolívar pese de haberlo censurado duramente. 64.- La independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra cumple dos etapas claras y diferenciadas. La primera desde el 24 de septiembre de 1810 hasta octubre de 1815, como Provincia Unida del Río de la Plata y adscrita con diputados enviados a la asamblea Constituyente en Buenos Aires. La segunda se produce desde octubre de 1815 hasta el 6 y 11 de agosto de 1825, en que es coactiva y fraudulentamente anexada en la República Bolívar de supuesta propiedad vitalicia de Simón Bolívar. 65.- La República Bolívar en ningún momento se fundó sobre todo el territorio de la audiencia de Charcas con todas sus gobernaciones, pues por lo establecido en las Leyes de Indias estaba constituida por las Provincias de Charcas o sea por las cuatro provincias altas del Rió de la Plata llamadas también Alto Perú, quedando fuera parte el Callao con Puno, Sangabana, Carabaya, Juries, Dieguitas, Mojos, Chunchos y Santa Cruz de la Sierra, que dentro de lo administrativo y judicial pertenecía al Virreinato del Río de La Plata. 66.- La historia manejada por los historiadores andinos alto peruanos o altiplánicos e incluso por los cambas cruceños inducidos y alienados, esta contradicha por los documentos de la fundación de Bolívar hoy Bolivia, porque solo hacen referencia al Alto Perú y en algunos casos a las provincias altas argentinas identificadas como Chuquisaca o Charcas, Cochabamba, Potosí y La Paz. 67.- La identificación sobre las provincias altas argentinas, la tenemos en la autorización de Juan Gregorio Heras a Antonio Álvarez de Arenales del 8 de febrero de 1825, en la carta escrita por Heras a Sucre desde Suipacha del 12 de abril de 1825, como también la Ley del 9 de mayo de 1825 dictaba por el Congreso en Buenos Aires, dejando en libertad a las cuatro provincias del Alto Perú para decidir su destino. 68.- La identificación de las provincias altas del Virreinato del Río de la Plata, posteriormente argentinas como Alto Perú dentro de la antigua Provincia de Charcas, se encuentra en la documentación histórica manejada sobre la creación de la nueva República Bolívar de Simón Bolívar, Antonio José de Sucre y Carlos Medinaceli entre otras. 69.- Los documentos que se refieren solamente al Alto Perú se encuentran en: 1.- La proclama de emancipación del Alto Perú en Cotagaita el 1º de febrero de 1825 por Medinaceli. 2.- La carta del 1º de febrero de 1825 de Sucre a Bolívar. 3.- El Decreto del 9 de febrero de 1825 emitido por Sucre. 4.- La carta del 21 de febrero de 1825 de Bolívar a Sucre. 5.- La ley del 9 de mayo de 1825 de Buenos Aires liberando a las cuatro Provincias Altas. 6.- La carta del 15 de mayo de 1825 de Bolívar a Sucre. 7.- La memoria de Sucre ante la asamblea de Chuquisaca. 8.- El Acta de la primera sesión del 10 de julio de 1825. 9.- El Acta de la cuarta sesión del 18 de julio de 1825. 10.- El Acta de la quinta sesión del 21 de julio de 1825. 11.- El Acta de la sexta sesión del 22 de julio de 1825. 12.- El Acta de la séptima sesión del 23 de julio de 1825. 13.- El Acta de la octava sesión del 28 de julio de 1825. 14.- El Acta de Independencias del 6 de agosto de 1825 y su Declaración. 15.- La ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825. 70.- El nacimiento de la nueva República Bolívar se produjo porque así lo permitió el gobierno de Buenos Aires, por la falta de interés por unas provincias de las que ya no tenía atracción de anexarse como eran las provincias altas, porque estas eran totalmente contrarias en lo social, lo racial y lo cultural con la sociedad del Río de la Plata. 71.- La anexión coactiva y fraudulenta colonización de Santa Cruz de la Sierra, no fue cuestionadapor Buenos Aires, porque ya estábamos separados y rebeldes de la República Argentina. Además independientes y soberanos. 72.- La República de Santa Cruz de la Sierra como provincia del Río de la Plata, siguiendo el ejemplo de Buenos Aires declaró su independencia del imperio español el 24 de septiembre de 1810. 73.- La Gobernación de Santa Cruz de la Sierra, estuvo ligada jurídicamente a la audiencia de Charcas pero no militarmente, hasta que en 1776 se creó el Virreinato del Río de la Plata. 231


74.- La Provincia de Santa Cruz de la Sierra, en ningún momento formó parte territorial de las provincias altas del Virreinato de Buenos Aires, llamadas provincias de las Charcas o Alto Perú. 75.- Es una falacia histórica llamar al movimiento insurreccional de las Provincias Unidas del Río de la Plata entre 1810 a 1816, movimiento insurreccional argentino, pues esta república recién se creó el 9 de julio de 1816. 76.- El Poder Nacional Argentino contempla en la autorización del 8 de febrero a Arenales, que las Provincias Altas decidan su destino y no existe autorización para Santa Cruz de la Sierra, por no ser Argentina y estar independiente desde 1815. 77.- La Ley del 9 de mayo de 1825 de Buenos Aires no contempla a Santa Cruz de la Sierra, por ser independiente y soberana. Sólo se refiere a las provincias altas de Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y La Paz. 78.- La República Bolívar se fundó sobre las cuatro provincias altas, Alto Perú o Provincia de los Charcas: No sobre la Audiencia o Chancillería de los Charcas eliminada por Buenos Aires en 1813. 79.- Todos los documentos de la fundación de la República de Bolívar, en ningún momento hacen referencia a Santa Cruz de la Sierra, sino a las cuatro Provincias Altas Argentinas, Alto Perú o Charcas (Cochabamba, Potosí, Chuquisaca y La Paz). 80.- La República Argentina no determina la suerte de Santa Cruz de la Sierra, por haberse constituido independiente y soberana desde octubre de 1915. Además estar separada de Buenos Aires. 81.- La anexión coactiva y colonización fraudulenta de Santa Cruz de la Sierra en 1825, fue permitida por el gobierno de Buenos Aires y la comunidad internacional, violándose todo Orden Internacional de Derecho Público existente.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Por los resultados obtenidos se tiene como conclusión, la necesidad de lograrse un Pacto de Convivencia entre las dos naciones que coexisten en la República de Bolivia hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, en base a estructuras de conformación política administrativa adecuadas y racionales, para llevar adelante un desarrollo futuro sin agresiones autoritarias de la sociedad con más poder poblacional, que como política de la metrópoli colonizadora está haciendo peligrar la existencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, por la característica organizativas del Estado desde 1825. En que lLa República de Santa Cruz de la Sierra se constituye como parte anexasa y colonizada. Lo acontecido en 1825 nos lleva al convencimiento de que, la nacionalidad boliviana tiene que buscar necesariamente, un sistema que integre los intereses totalmente opuestos dentro de la cosmovisión de cada nación que la compone. Ya sea con el unitarismo, la federalización, la confederación, o la autonomía. (COSMOVISIÓN: Las cosmovisiones son el conjunto de saber evaluar y reconocer que conforman la imagen o figura general del mundo que tiene una persona, época o cultura, a partir del cual interpreta su propia naturaleza y la de todo lo existente en el mundo. Una cosmovisión define nociones comunes que se aplican a todos los campos de la vida, desde la política, la economía o la ciencia hasta la religión, la moral o la filosofía. FUENTE: WIKIPEDIA.ORG). Se debe proceder a crearse un Tratado real y sincero como lo quería Bolívar. Tal como lo indica en su carta del 21 de febrero de 1825. (NECESIDAD DE UN TRATADO CIERTO Y HONESTO: Así que ambas de estas dos presidencias han podido ser independientes de sus antiguos virreinatos; pero Quito ni Charcas pueden serlo en justicia a menos que, por un convenio entre partes se logre establecer y concluir un tratado. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). Se debe buscar la confederación que es una forma de asociación específica aplicable en Derecho Internacional Público, como pacto entre estados soberanos, donde los miembros mantienen altas cotas de autonomía y el poder central es limitado, o en su caso la federación que contiene la renuncia de una parte, 232


de las competencias de cada nación que se asocia e integra en una sola unidad republicana, que como poder central es más fuerte. También se puede en el actual caso de estar reconocido el sistema de autonomías en la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario boliviano, profundizar esta como medio de dar a los pueblos mayor decisión en sus asuntos particulares, dejando al Estado Central competencias privativas a la buena marcha del conjunto nacional. El objetivo que se propone en este trabajo, es eliminar la anexión coactiva y fraudulenta por los vicios de nulidades absolutas y relativas cometidas en 1825, porque fueron manejadas por el fraude histórico, la corrupción y la coacción sobre el representante contra la sociedad Camba Cruceña. Efectivizada además ante la amenaza del uso de la fuerza por el ejército de ocupación e invasión colombiano ya del Alto Perú, al mando de Simón Bolívar y José Antonio de Sucre. Lo anotado dentro del debate, es para reconocer la necesidad de alcanzar el objetivo que se persigue de descolonización, y para ello necesitamos orientarnos en la única forma de convivir con el Alto Perú boliviano, y para ello es necesario lograr nuestra independencia y soberanía plena, conculcada coactiva y fraudulentamente en 1825. Se tiene que compatibilizar lo que se encuentra en los postulados de la Constitución vigente, y esto sólo puede ser posible de formarse. entre naciones que basen su relación en la buena fe como pueblos diferentes, ciertos y determinados dentro del libre arbitrio (BUENA FE: Facultad de resolver o decidir. Medio que se propone para el logro de algún fin. y con fundamentos Principio o base de una cosa. Razón, motivo de un juicio, apreciación, origen, principio. Serenidad, formalidad de algo. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO VOX 1. 2009. LAROUSSE EDITORIAL, S.L.), basado en los hechos históricos. (HECHO HISTÓRICO: Puesto que ya muchos han tratado de poner en orden la HISTORIA de las cosas que entre nosotros han sido ciertísimas, tal y como nos la enseñaron los que desde el principio lo vieron con sus ojos, y fueron ministros de la palabra, me ha parecido también a mí, después de haber investigado con diligencia todas la cosas desde su origen, escribírtelas por orden. LUCAS 1:1-3 VRV 1960 y jurídicos (HECHO JURÍDICO: En Derecho es el orden normativo o institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permitan resolver los conflictos inter subjetivos. Cada individuo de una sociedad posee el derecho de realizar todo lo que quiera siempre y cuando no invada el derecho de otro individuo. La definición final da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento, por ello juristas, filósofos y técnicos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia esas definiciones alternativas, y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la fecha, consenso sobre su validez. El estudio del concepto del Derecho lo realiza una de sus ramas, la Filosofía del Derecho. Con todo, la definición propuesta inicialmente resuelve airosamente el problema de “validez” del fundamento del Derecho, al integrar el valor Justicia en su concepto. La validez de los conceptos jurídicos y meta jurídicos son estudiadas por la teoría del Derecho. Los conceptos del Derecho positivo y el Derecho vigente se pueden reducir a que el primero es el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo publica para ser obedecido en tanto dure su vigencia. Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatoria, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez, es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento efectuado para su creación. Independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de sus ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, paz, orden, etc. ciertos. Verdaderos. Seguro de la Verdad. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. 2005. ESPASA – CALPE.

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AGRESIONES DEL ALTO PERÚ

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LAS AGRESIONES CONTRA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS VIENEN DESDE EL PERÚ, LUEGO DEL ALTO PERÚ O PROVINCIA DE LOS CHARCAS LIBERADO DEL PODER COLONIAL ESPAÑOL POR PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA Y POR ÚLTIMO, POR LA ALTO PERUANA REPÚBLICA BOLÍVAR HOY ESTADO BOLIVIANO HASTA NUESTROS DÍAS, BUSCANDO NUESTRA ELIMINACIÓN DE NACIÓN DIFERENTE, CIERTA Y DETERMINADA QUE SOMOS

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INDICE TEMA

PÁGINA

AGRESIONES ALTO PERUANAS CONTRA CAMBAS CRUCEÑOS

LA

NACIÓN

DE LOS PUEBLOS

Introducción………………………………..………………………….…………………………………………241 El peligro que se cierne sobre nuestra Nación Oriental Camba Cruceña, de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada en 1825, será evitado con la fortaleza en la defensa y protección de nuestra identidad y cultura histórica……………………………………………………………………………………244 Los Tupí Guaraní en la cordillera de los Chiriguanos………….….…………………………………………246 La agresión que trajo la anexión y la colonización de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños por el Alto Perú en 1825………………………………………………………………………………………248 Las agresiones alto peruanas contra la República de Santa Cruz de la sierra, colonizada dentro de la Republica y Metrópoli andina boliviana……………………………………………………………….….….249 La agresión contra el territorio anexado y colonizado de la República de Santa Cruz de la Sierra en el gobierno de Ballivián en 1842………..………………………………………………………………………252 Las agresiones contra el territorio anexado y colonizado de la República de Santa Cruz de la Sierra en el gobierno de Linares en 1857………..……………………………………………………………………………252 La agresión punitiva del ejército alto peruano contra Santa Cruz en la revolución de Andrés Ibáñez……………………………….…………………………………………………………………………253 La agresión punitiva del ejército alto peruano contra Santa Cruz de la Sierra en la revolución de los domingos……………………………………………………………………………………………………….254 La agresión punitiva del ejército alto peruano contra uno de los pueblos orientales cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra con la masacre de Kuruyuki…..................................................255 La agresión y el odio demostrado contra los pueblos orientales cambas cruceños por las malas negociaciones y la desidia sobre nuestros territorios colonizados por la oligarquía alto peruana desde la anexión y colonización en 1825, como en la guerra del Chaco……………………………………………256 La agresión contra los pueblos orientales cambas cruceños por las malas negociaciones y la desidia sobre nuestros territorios colonizados por la oligarquía alto peruana desde la anexión y colonización en 1825 con la venta de su territorio del Acre al Brasil………………………….………………………………………257 La agresión contra los pueblos orientales cambas cruceños por las malas negociaciones y la desidia sobre sus territorios colonizados por la oligarquía alto peruana desde la anexión y colonización en 1825 con la entrega de su territorio del Purus al Perú………………………….……..………………………………259 La agresión contra los pueblos orientales cambas cruceños en sus territorios colonizados por la oligarquía alto peruana en la lucha por ferrocarril para Santa Cruz en 1924……………….…..…………………262 La agresión contra los pueblos orientales cambas cruceños sobre nuestros territorios colonizados por la oligarquía alto peruana con la no aplicación de la ley del presidente Busch de las regalías del 11% sobre los hidrocarburos ………………………………………………………….…………………………………263 La agresión de la metrópoli alto peruana boliviana en la presidencia de Hernán Siles, durante la lucha de reivindicación del 11% de las regalías entre 1958 y 1959 (Los mártires de Terebinto)……….…...........264 La agresión de la metrópoli alto peruana boliviana en la presidencia de Hernán Siles, durante la lucha por la reivindicación del 11% de las regalías petroleras entre 1958 y 1959 por Hernán Siles y Guevara Arce…………………………………………………………………………………………………………….266 La agresión de la metrópoli alto peruana boliviana manifiesta el odio que siente por la nación de los pueblos orientales cambas cruceños por la ignorancia dentro de la enseñanza de la metrópoli de la mala historia, se mantiene vigente desde nuestros padres autóctonos hasta hoy día……………………267 241


La agresión de la metrópoli boliviana respecto a la identidad de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños que se construyó y se construye a través de la historia……………………………………268 La agresión de la metrópoli boliviana, con la invasión programada por el poder del gobierno andino que invade Pando, que es uno de los pueblos de la nación de los orientales cambas cruceños, anexados y colonizados como República de Santa Cruz de la Sierra en 1825…….…………..…….……………271 La invasión militar al territorio de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada y colonizada en 1825 con material bélico y tanques en 2008……273 La agresión del poder político alto peruano de involucrar los movimientos cívicos de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, con los croatas cuando estos son una minúscula población en el Oriente y son más representativos en el Occidente de la metrópoli. Además involucrar a la República de Chile………………………………………………………………………………………………………………273 Desconocimiento total a nivel internacional de la historia sobre el origen de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños anexada y colonizada en 1825……………………………………………275 Nueva interpretación sesgada por el desconocimiento total de la historia sobre el origen de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, anexada y colonizada en 1825……………………………277 La agresión contra la nación de los pueblos orientales cambas cruceños colonizados en 1825 con la solapada amenaza militar y paramilitar contra el presunto separatismo del 7 de agosto de 2007……278 La agresión actual alto peruana contra los pueblos autóctonos llamados indígenas originarios campesinos componentes indivisibles de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños de la colonizados en 1825, con la acometida invasora de la clasificada población intercultural……………………………279 La España grandiosa como halo benigno aquí plantó el signo de la redención, como símbolo de la diferencia de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños con la de los occidentales collas alto peruanos,………………………………………………………………………………………………282

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AGRESIONES ALTO PERUANAS CONTRA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS S CAMBAS CRUCEÑOS INTRODUCCIÓN Las agresiones contra la nación de los pueblos cambas cruceños se producen, desde la colonización española del Perú, cuando la parte alta de su territorio todavía no era llamada Alto Perú, pues este nombre es usado desde 1776 hasta 1825 cuando se crea la República Bolívar. La historia incaica cuenta que se mantuvo una frontera hostil, que no sobrepasaba los asientos primarios de la Cordillera de los Andes, en la llamada durante la colonización por los españoles cordillera de los Chiriguanos, al estar habitada por esta rama de la Nación Tupí Guaraní. constituyendo territorio de frontera con los collas primero, luego con los incaicos y con los españoles y sus pueblos de colonización después. Los territorios de la cordillera de los Chiriguanos sufrieron invasiones de conquista por parte del imperio incaico, pero la valentía y firmeza de los Ava Guaraní los contuvo permanentemente, e inclusive en muchas ocasiones se llegó a invadir poblados del incario. Hecho demostrado por lo contado en la historia, de que los incas Tupac Yupanqui y Huayna Cápac tuvieron intentos frustrados de conquistar los llanos al otro lado de la cordillera de los Andes. Invasiones de conquista que fueron desbaratadas por los valientes y aguerridos autóctonos de la línea Ava Guaraní y Antis. El primer intento de conquista incaica, se inicia con la invasión hacía las llanuras de Mojos, efectuado con un ejército que se desplazó desde el Cuzco buscando llegar hasta el Mamoré, pero fueron detenidos por los aguerridos Antis que se encontraban poblando, estos territorios entre la estribaciones de la cordillera de los Andes con los llanos amazónicos y rioplatenses. (AVANCE INCA AL TERRITORIO TUPÍ GUARANÍ: Bajo el reinado de Huayna Cápac se produjo un notable avance Inca en el oriente boliviano, hacia las llanuras y sabanas del Beni. Por el lado del Cuzco los incas no pudieron avanzar sobre el alto Mamoré detenidos por los temibles Antis, quienes dan a la región oriental del imperio el nombre de Antisuyo, y de donde más tarde vendrá el nombre de los andes. Según Sarmiento de Gamboa el Inca fue por el valle de Camata al Este del lago Titicaca, logrando la conquista inca de las estribaciones de la cordillera ubicadas sobre la planicie amazónica. Un testimonio local de principios del siglo XVII recuerda que la ayuda de los indios callahuayas fue efectiva: ya el Inca Tupac Yupanqui había encargado al señor de los callahuayas abrir un camino por los ríos; la empresa fracasó y fue el sucesor de este cacique, quien abrió un camino por las cumbres hasta Apolobamba, permitiendo así que las tropas imperiales de Huayna Cápac alcanzaran los llanos del Beni. Una calzada real entre Apolobamba e Ixiamas, y la fortaleza de Ixiamas, recientemente descubierta, son huellas materiales de esta conquista. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 62). El segundo intento de conquista incaica la inició Huayna Kapac y fue para llegar al río Grande o Guapay, como al Chaco por medio de la región boscosa de Cochabamba, (GOBERNACIÓN DE MOXOS: A la parte Norte de Santa Cruz está la provincia de los Moxos, la cual confina; por el Norte, con el río Iténes Guaporé (…) hacia el Sudeste, interpuestos muchos bosques, con la provincia de Chiquitos, por el Sudoeste corre la cordillera, detrás de la cual está la provincia de Cochabamba. FUENTE: DESCRIPCIÓN DEL OBISPADO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LÍMITES DE MOXOS: COSME BUENO: AÑO 1771). poblada por los Chané – Arawak cruzados con Guaraní. (CHANÉ – ARAWAK: Dícese del individuo de una raza que se extiende desde el Orinoco al Río de La Plata. FUENTE: DICCIONARIO OCÉANO: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). El territorio al Este del Imperio Inca pertenece a la nación de los pueblos cambas cruceños desde la época colonial y pre republicana, comenzando en la región donde se forma el río Parapetí dejando la 243


serranía. (INVASIONES CHIRIGUANAS CON INVENTO ALTO PERUANO: Al sur el Inca empezó la conquista de la montaña boscosa de Cochabamba (actual Chapare que era camba cruceño) y avanzó a las llanuras de Guapay y del Chaco, conquista que fue desbaratada por las invasiones Chiriguanos. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 62). Los intentos de conquista de las llanuras al Oriente de la cordillera de los Andes por el Imperio incaico, hizo que se estableciera una frontera entre este imperio y los pueblos de origen Tupí, (TUPÍ: Dícese de cada uno de los indios que dominaban en las costas de la Guayana francesa y brasilera al llegar allí los portugueses. FUENTE: DICCIONARIO OCÉANO: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). creandose diferentes mitimaes en Cochabamba por la benignidad de sus valles, con poblaciones transplantadas para cultivar maíz y otros cereales que servían de alimento básico del pueblo incaico. (MITIMAES EN COCHABAMBA: Entre las medidas que tomó para mantener la organización de su imperio, estableció Hauyna Cápac que el centro y cabeza del mismo para la repartición de mitimaes fuera Cochabamba, pues era valle fértil que a consecuencia de la guerra con los naturales había quedado completamente deshabitado. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 61). La llegada de los españolas a la parte alta del Collasuyo, hizo que este territorio cambie de nombre y fuese llamado Alto Perú por los colonizadores desde 1776 en adelante, en cuya región se formo una sociedad entre criollos y mestizos de características especiales y dominantes. Totalmente identificados dentro de la cosmovisión andina incaica, que desde los inicios se llamaron y se hicieron llamar alto peruanos. Hecho confirmado en la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825, que como agrupación social dentro de la audiencia o cancillería Real de los Charcas creada en 1559, se constituyeron en claros enemigos de la sociedad de los pueblos cambas cruceños de origen asunceño por ser diferentes y venidos por la corriente del río de la Plata, los que fueron identificados como grupo criollo y mestizo dentro de la cosmovisión de los llanos amazónicos y rioplatenses Tupí Guaraní, como los pueblos cambas cruceños. La forma de ver la existencia de los pueblos, viene del resultado de los ejemplos e influencias de la naturaleza, como territorio donde se desarrollaron cada sociedad integrada a la República Bolívar en 1825, siendo la base de las diferencias y enemistades de nuestros padres autóctonos, cpmo en la actualidad la hostilidad entre descendientes de los españoles asentados en los anteriores territorios incaicos y en los territorios Ava Guaraní, en la relación con la audiencia de Charcas, que estaba formada con el territorio de la Nueva Toledo que pertenecía a Diego de Almagro. (NUEVA CASTILLA Y NUEVA TOLEDO: Anoticiado el Emperador Carlos V por Hernando Pizarro de la conquista del Perú, dividió el territorio conquistado en dos partes; el Norte, con 260 leguas, pertenecía a Francisco Pizarro bajo el nombre de Nueva Castilla; y el Sur, con el nombre de Nueva Toledo, a Almagro. Esta gobernación tenía 200 leguas hacia el sur… Al sur de la gobernación de Almagro comenzaba la de Pedro de Mendoza, conquistador del Río de La Plata. FUENTE; HISTORIA DE BOLIVIA: LOS INCAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 62). Posteriormente se integra a la audiencia la gobernación de Mojos creada en 1560, como la nación de los pueblos cambas cruceños, por la separación de la Gobernación del Paraguay con su capital de nombre Santa Cruz de la Sierra en 1561, De la misma manera esta audiencia fue integrada por otros pueblos como el paraguayo, el de Buenos Aires y el Tucumano. La historia cuenta que Diego de Mendoza, sustituye a Ñuflo de Chávez en calidad de gobernador hasta 1572 siendo nombrado por un cabildo en Santa Cruz con carácter provisorio, lo que provoca la reacción del virrey del Perú por no haber sido él quien nombre a la nueva autoridad, disponiendo el reemplazo de Mendoza, pero los anta cruceños no aceptan, oponiéndose en franca actitud de rebeldía. Por tal motivo el virrey envía tropas de Charcas hacia la llanura y esta es casi completamente diezmada por los chiriguanos y tienen que retornar a Charcas. Luego mediante tratativas con el Regente del Virreinato, Mendoza desiste del cargo con el compromiso con el Virrey de olvidar la rebelión, sin embargo 244


la autoridad no cumple y procede a su detención y posterior enjuiciamiento Las agresiones del poder peruano se producen después de la muerte del Capitán Ñuflo de Chávez y la decapitación en Potosí del sucesor de éste, Diego de Mendoza en 1576 por orden del Virrey del Perú Francisco del Toledo, bajo el argumento de haberse rebelado en Santa Cruz usurpando el mando de gobernador que correspondía legalmente a Juan Pérez de Zurita entre los años 1573 – 1575. Asimismo se ordena la deportación al Perú tanto de la mujer de Diego de Mendoza, como la esposa de Chávez. Las agresiones contra la nación de los pueblos cambas cruceños siguen y suman con los siguientes gobernadores designados desde Lima en el Perú, entre ellos tenemos a Antonio Sanabria que responde al llamado del Virrey Francisco de Toledo, siendo nombrado gobernador interino hasta la llegada del titular Juan Pérez de Zurita que fue desde 1572 hasta 1580 y sucediendo a Diego de Mendoza. Luego seguimos con las agresiones por parte de Lorenzo Suárez de Figueroa que en 1590 fundó, la ciudad de San Lorenzo Real de la Frontera a orillas del Río Guapay, posteriormente trasladada hasta las llanuras del Grigota en 1595 por causa de los ataques de los guaraníes, el cual gobernó hasta su muerte el 15 de agosto de 1595. Los gobernadores enemigos de la condición de origen asunceña y paraguaya de la sociedad Camba Cruceña, por ser nuestra sociedad np venida de la corriente charqueña y del Perú, siguieron con Gonzalo Solís de Holguín que gobernó por cuatro periodos entre el 1595 y 1626 con diversos intervalos. Este gobernador es responsable de la traslación en 1604 de una gran parte de los habitantes de Santa Cruz de la Sierra, de las faldas de la serranía de Chiquitos hacia Cotoca, quedando muchos pobladores en Santa Cruz de la Sierra que luego pasaron a formar la población de San José de Chiquitos. Solís de Holguín fue también responsable de la traslación, desde Cotoca a San Lorenzo el Real de la Frontera en 1621, que como acontecimiento constituyó la eliminación de toda influencia peruana, cuando en 1622 se determina mantener para la sociedad cruceña el nombre originario de Santa Cruz de la Sierra que se perpetúa hasta nuestros días. (SOLIS DE HOLGUIN: Fue nombrado gobernador en 1581, En 1590 se fundó San Lorenzo el Real, ciudad ubicada entre Santa Cruz la vieja (Apodo perverso) y Charcas. Cinco años después, San Lorenzo se trasladó a los llanos de Grigotá, pasando a ser sede de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra. A su vez, la ya fundada ciudad de Santa Cruz (1561), conocida también como Santa Cruz la Vieja, se trasladó a Cotoca (1601 – 1604) por indicación del oidor de la Audiencia, Francisco de Alfaro, quien absorbió la población de Santa Cruz la Vieja y Santa Cruz la Nueva (ubicada en la región de Cotoca). Esta población, que se llamó indistintamente Santa Cruz de la Sierra y San Lorenzo el Real de la Barranca, se trasladó a su actual ubicación sobre el río Piray en 1622. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: FUNDACIÓN DE SAN LORENZO Y TRASLADO DE SANTA CRUZ: LA RUTA DEL PAITITI: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 134 y 135). La situación de aislamiento fue la que trajo como consecuencia la adaptación de nuestros padres autóctonos y de los colonos asunceños, a una nueva vida que se llevó a cabo en base a un esquema de independencia casi absoluta. Todo ello hasta que en 1767 se produjo la expulsión de los jesuitas, por los sucesos con Fray Bernardino de Cárdenas que murió en 1670. Los cambas cruceños éramos herederos del sistema misional imperante en el Paraguay del cual nos separamos en 1700, creándose en nuestros pueblos modalidades y costumbres culturales que en mayor o menor grado se conservan hasta nuestros días, y la agresión alto peruana desde la creación de la Audiencia y Cancillería de los Charcas en 1559 con jurisdicción ampliada a los territorios de la Gobernación de Mojos y Santa Cruz de la Sierra en 1563, se mantiene con una acción cada vez más virulenta, buscando en la situación actual por la parte llamada Alto Perú dentro del Estado Plurinacional Comunitario, la eliminación final que no fue conseguida durante las agresiones entre 1576 hasta 1622 y desde 1825 hasta nuestros días.

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eños

EL PELIGRO QUE SE CIERNE SOBRE NUESTRA NACIÓN CAMBA CRUCEÑA DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ANEXADA EN 1825, SERÁ EVITADO CON LA FORTALEZA EN LA DEFENSA Y PROTECCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA Los pueblos de la Nación Camba Cruceña, si queremos permanecer en el tiempo y con ello honrar a nuestros próceres como fueron Antonio Arteaga, Manuel Mercado (colorado), Ignacio Warnes, Cañoto, Cumbay y otros, debemos fortalecer un frente único que maneje una estrategia común, contra la enseñanza educativa del poder de la metrópoli que nos mantiene dentro de una servidumbre villana, dirigiendo nuestra lucha hacia conseguir un cambio del esquema colonial andino con relación a nuestra realidad, dejándose por parte de nuestros intelectuales y líderes la tan dañina condición de estar alienados, hacia la entrega de los intereses regionales por prebendas económicas y políticas. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños somos tantos autóctonos, originarios o inmigrantes todos, y estamos viviendo en esta heredad bendita no importando de donde hubiéramos venido en nuestros orígenes, para mantenernos viables en el tiempo tenemos que estar identificados con nuestra cultura y nuestra historia y así proyectarnos al futuro. Tenemos que poner el pecho con espíritu de valentía, en base a un discurso real y objetivo para hacer conocer nuestra verdad, apoyados por nuestros publicistas en su conocimiento histórico, por la obligación que tienen de apuntalar la cruzada emprendida para identificarse con la historia propia, por lo que se tiene que cambiar el discurso de la patraña inventada sobre los llanos amazónicos y rioplatenses manejada por los del Alto Perú, porque nuestros pueblos son diferentes dentro de la orientación de vida y en la búsqueda de nuestro desarrollo como sociedad particular. Los cambas cruceños formamos una Republica que fue soberana e independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, pero fuimos anexados y colonizados por la oligarquía masónica de los doctores de Charcas dentro de la sociedad del Alto Perú República Bolívar en 1825, y por todo ello tenemos la obligación de reclamar por nuestros derechos 246


conculcados, manteniendo el debate con valentía aunque seamos masivamente ocupados por el ejército de ésta metrópoli colonizadora que nos sojuzga, para de esta manera llamar la atención de la comunidad democrática mundial sobre nuestro derecho inalienable a la descolonización, ejercida abusivamente contra la Patria, La Nación y la República de Santa Cruz de la Sierra de los pueblos cambas cruceños. Los alto peruanos son los que forman la metrópoli nación boliviana y nosotros los de los llanos orientales cambas cruceños somos su colonia como territorio y sociedad diferente al Alto Perú, por lo que tenemos que reconquistar el derecho a vivir dentro de la convivencia, que aleje el peligro de nuestra destrucción como sociedad diferente, cierta y determinada, porque pese a las agresiones mantenemos todavía el ideal de que como una nación y patria diferente, soñamos con un futuro de redención dentro de la metrópoli colonizadora boliviana a pesar de estar sojuzgados. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños como pueblo noble, desde siempre ha permitido sin atisbo de rechazo y discriminación, a los inmigrantes venidos de todas partes para disfrutar de nuestro territorio, tolerando sus creencias y costumbres, pero estamos en la obligación patriótica de exigirles que respeten nuestros símbolos regionales, nuestra lengua, nuestras creencias cristianas, nuestra peculiar condición de vida y nuestro compromiso con el futuro. Siendo motivo por el que les hacemos recuerdo fraternalmente a los inmigrantes venidos de afuera que todavía no se identifican con nuestra identidad, nuestra cultura y nuestra idiosincrasia, no intentar imponernos culturas y costumbres extrañas, porque esto es Genocidio cultural que es un delito internacional. (GENOCIDIO: Delito internacional que comprende cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; estos actos comprenden la matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total y parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo. FUENTE: WIKIPEDIA: LA ENCICLOPEDIA LIBRE). La etnia llamada Oriental Camba Cruceña en Bolivia, como sociedad cosmopolita por agrupar gentes de todas partes tiebe que ser un pueblo viril y valiente, y ello por lo que está soportabto estoicamente la agresión alto peruana. Pero este mismo pueblo agredido puede con el tiempo, hartarse de preocuparse en todo momento de no ofender a otras culturas e individuos que nos agreden, pues los componentes de la metrópoli con esa tendencia imperialista, están irrespetando nuestra identidad y nuestra cultura histórica, como etnia al Oriente de los Andes que la hemos desarrollado sobre siglos de luchas y victorias de las miles de personas que ancestralmente estuvimos aquí, como son las tribus Tupí Guaraní y los que vinimos como inmigrantes honestos a poblar esta heredad desde nuestros comienzos, en busca de crear un nuevo mundo como componentes nativos y originarios venidos de Asunción del Paraguay. Así como también los autóctonos que dieron origen a nuestra nación actual, formada por la descendencia del Tupí Guaraní con el español en Bolivia que como pueblos, fueron anexados en forma dolosa en la Asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en 1825. También fraudulentamente colonizados desde 1826 mediante un Decreto de Sucre, pese a que somos diferentes a los andinos de origen incaico del Alto Perú. Los cambas cruceños somos diferentes al pueblo del Tahuantinsuyo, tanto en la era anterior a la colonial española, como también de los peruanos y alto peruanos en la dominación de la invasión española como en la republicana. Además como pueblos hablamos fundamentalmente el castellano en más de un noventa por ciento de nuestra población pese al avance colonizador del Alto Perú, como también no nos expresamos en quechua ni en aimara como idiomas autóctonos y sí lo hacemos, es minoritariamente en algunos dialectos de nuestros padres ancestrales del habla Tupí Guaraní. Donde por lo anotado, se hace una exhortación fraterna a los venidos de afuera, sean inmigrantes andinos como de otras partes del mundo que tienen honesta y sinceramente, respetarnos dentro de la realidad de nuestros pueblos pese a que hoy estamos integrados y formando los departamentos orientales y parte de los occidentales en Bolivia. La cultura Camba Cruceña está basada en principios cristianos de la redención con la Cruz de 247


Jesucristo, ya que nuestros padres fundaron esta patria y nación con fuertes principios religiosos, por lo que si Cristo les ofende y lo rechazan les persuadimos fraternalmente, vuelvan a sus lugares de origen o busquen otra parte para habitar, pues hacen daño de lesa humanidad contra un pueblo que los acoge hospitalariamente. Les hacemos recuerdo a los inmigrantes que Dios y su hijo Jesucristo son parte de nuestra espiritualidad y nuestra cultura, por lo que sí somos tolerantes con creencias foráneas, no estamos dispuestos a permitir cambiar nuestras banderas por la Wiphala o Unancha que es un derecho definitivo de la zona incaica andina de Bolivia. Tampoco nuestro Dios y su hijo Jesucristo, por la diosa Pachamama, el dios Viracocha y otros que son ajenos, por lo que les recomendamos que la oportunidad de libertad y desarrollo entregado por nuestra sociedad y heredad patria no la desaprovechen, pues si tienen el derecho otorgado por nosotros de ir a donde más les convenga en nuestro territorio, no lo tienen para agredir a un pueblo que los acoge con hospitalidad, porque ante tanta mezquindad y abuso esta se acaba. Los alto peruanos y sus aliados extranjeros como inmigrantes agresores a nuestra heredad, a nuestra identidad y a nuestra cultura histórica que han venido, para adueñarse de nuestro territorio destruyendo nuestra forma de vida, como también agrediéndonos tienen toda la libertad para asimilarse a nuestra sociedad, como también la tienen para marcharse, pues en ningún momento los obligamos a venir y si lo hicieron, fue por la necesidad de mejores días para ellos y sus familias. Los inmigrantes alto peruanos no se integran, por la creencia y el engaño histórico andino sobre nuestra pertenencia, que les hace creer son dueños de nuestro territorio al ser confundido con el Pachamama alto peruano, dentro de su religiosidad panteísta andina y gnóstica cristiana, por lo que tienen necesariamente en cambiar por el bien de todos. (PANTEISMO: Es una creencia o concepción del mundo y una doctrina filosófica según la cual el Universo, la naturaleza y dios son equivalentes. La ley natural, la existencia y el universo (la suma de todo lo que fue, es y será) se representa por medio del concepto teológico de “Dios”. La palabra está compuesta de los términos griego que significan una todo, y otra que significa Dios, Así se forma una palabra que afirma todo es Dios. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: ESPASA – CALPE: AÑO 2005). Las agresiones contra nuestra identidad y nuestra cultura histórica como pueblos cambas cruceños, hace necesario que para vivir en paz y unidos dentro de un destino común se corrijan los hechos de agresión, con aceptar nuestras diferencias que están demostradas ser ciertas por la historia, para que de esta manera se produzca nuestra descolonización en el interior de Bolivia, evitando el quebranto común que sólo favorece a intereses foráneos. Los occidentales collas alto peruanos deben hacer conciencia, entre los que viven en la Bolivia del Alto Perú y se creen dueños de los pueblos y territorios cambas cruceños, como los que están asentados con nosotros y no integrados, es hora de que acepten a la patria que los acoge, pues todo pueblo sojuzgado y colonizado, más temprano que tarde se obliga a ejercer el derecho a la defensa de su identidad y su cultura cultura histórica, como a la defensa de su futuro y en el caso nuestro como sociedad cosmopolita, solo buscamos la igualdad y poder vivir en paz y libertad.

LOS

TUPIGUARANÍ

EN

LA

CORDILLERA

DE

LOS

CHIRIGUANOS Desde que se tiene conocimiento por los cronistas coloniales y contemporáneos, las migraciones poblacionales en la cordillera de los Chiriguanos demuestran que como elemento geográfico, se constituyó en la frontera natural de dos pueblos diferentes, los asentados en la cordillera de los Andes con los establecidos en los llanos amazónicos y rioplatenses, con migraciones poblacionales que se dirigieron del lado andino con los aimaras y los quechuas. Los del lado de los llanos con los pueblos Guaraníes venidos del Brasil y Paraguay, se integraron con los Chane – Arawak venidos desde el Caribe, y estos pueblos mantuvieron una permanente 248


confrontación con los de los Andes por la dominación estratégica de este espacio territorial llamado Chiriguanía, que fue agredido en la colonia por la metrópoli del Alto Perú, manteniendo con nuestra geografía una política avasalladora, dentro de la expansión de ocupar nuestros espacios que no son libres como colonos interculturales, sobre territorios que son ajenos. La región de los Chiriguanos comprende la superficie que se antepone entre la codillera de los Andes y los llanos rioplatenses y amazónicos, con una expansión territorial comprendida entre los 11º de Latitud Norte hasta los 25º de Latitud Sur y por el Oeste mediante una línea desigual va de Norte a Sur con 72º, 67º, 63º y 64º de Longitud. Por el Este mediante otra línea desigual con 70º, 62º y 63º de Longitud, esta cordillera de los Chiriguanos es definidamente perteneciente al territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra, desprendida de la gobernación del Paraguay en 1560 como Gobernación de Mojos, que fue colonizada fraudulentamente en la asamblea de julio de 1825. La anexión y colonización fue concretada, mediante la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto del mismo año, que no nos toma en cuenta en ninguna de sus cláusulas como nación Camba Cruceña y sus próceres. Además es determinada definitivamente nuestra anexión y colonización mediante el Decreto del 23 de enero de 1826 de creación de los departamentos de Bolivia y todo ello, pese a ser diferentes geográfica, cultural y étnicamente como una nación constituida en calidad de límite natural desde la primera invasión de conquista del Imperio Español. La independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños que se inició el 24 de septiembre de 1810, culmino con la separación de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, pero este hecho se frustró con la anexión y colonización dolosa y fraudulenta en la República del Alto Perú que la llamaron Bolívar en 1825. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS CONEGUEIMOS SOLOS NUESTRA INDEPENDENCIA: Hace 200 años, el 24 de septiembre de 1810, los patriotas cruceños se suman al proceso libertario que corría incontenible por las tierras de América Latina y de esa forma, se proclamaron independientes del dominio español. Esta lucha sin cuartel duró 15 años, quedando en los campos de batalla más del 50% del total de su población masculina, como un tributo de sangre para obtener una libertad que jamás llegó. El 14 de febrero de 1825, tanto el cabildo como las tropas cruceños proclamaron su segunda independencia, sin embrago, la Logia Chuquisaqueña y sus agentes locales, actuando bajo la ocupación militar del ejército colombiano, montan una ficción electoral donde “Las Juntas” parroquiales eligen a dos supuestos representantes que estampan su firma en otra proclamación de independencia conocida como el “Congreso de los Tránsfugas”, a partir de cuya fecha 249


nuestro pueblo Cruceño – Camba queda convertido en una colonia del Alto Perú – hoy Bolivia, sometido al más nefasto centralismo, en detrimento de su bienestar, progreso y en benefició de los parásitos del nuevo Estado. FUENTE: OSINAGA MUÑOZ, RICHARD).

LA AGRESIÓN QUE TRAJO LA ANEXIÓN Y LA COLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS POR EL ALTO PERÚ EN 1825 El avasallamiento que hemos sufrido por parte de la sociedad oligárquica del Alto Perú o Charcas, en consecuencia de ello estamos soportando estoicamente desde la Asamblea de Chuquisaca, donde se determino la independencia del Alto Perú el 28 de julio de 1825, sin contar con delegados de la República de Santa Cruz de la Sierra que ya estaba soberana e indepediente. Separada de la confederación de las Provincias del Río de la Plata en 1815. Este hecho se constituyó como consecuencia, en la colonización de nuestro pueblo debido a la tendencia imperialista y de expansión territorial andina alto peruana, que desde el inicio de la era republicana de Bolivia está agrediendo nuestra cultura, nuestras costumbres y nuestra forma de vida. Utilizando este tentáculo criollo - mestizo alto peruano un sistema de permanente estado de subyugación, de igual forma de como esclavizó y mantiene subyugado a las naciones autóctonas de los Andes quechua y aimara entre otras. El sometimiento como nación de los pueblos cambas cruceños, vino mediante el fraude histórico y el dolo ejecutado en la Asamblea de Chuquisaca, demostrable en la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825 que no nos toma en cuenta y más bien nos agrede, de donde por este estado de cosas hemos resistido pacíficamente, defendido la fortaleza espiritual de nuestro pueblo en su identidad y su cultura propia, dentro de la siniestra agresión oligárquica de la élite alto peruana. Por lo que nuestra identidad está debilitada, pero no eliminada como está sucediendo en la actualidad, que estamos escondiendo la cabeza como el avestruz, dejando que las agresiones se agudicen, que para desgracia nuestra, las nuevas generaciones están más preocupada en los quehaceres económicos y de otra índole. Agravando al estado de atentar contra nuestra existencia por causa de nosotros mismos y todo ello, por la desidia e indolencia asumida pese a que somos una 250


nación diferente, cierta, determinada y merecedores de mejor destino. La nación de los pueblos cambas cruceños no tienen relación histórica ni continuación geográfica con los del Alto Perú, porque se consolidaron desde el río Pilcomayo y llegaron hasta cerca del río Amazonas, formando una sociedad orgullosa de su etnia mestiza Tupí Guaraní – Hispana, pese a haber sido desmembrado su territorio para formarse, los departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando. Como también las partes mutiladas dentro de una supuesta unidad republicana, para ser anexados en los departamentos de Tarija, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz en Bolivia. Este resultado en la desmembración de la ex República de Santa Cruz de la Sierra, lleva a su pueblo cosmopolita a que unificando identidad, cultura histórica y criterio como nación cierta y determinada, oriente su destino hacia la obligación de denunciar ante el mundo y a la misma hegemonía colonial alto peruana, la agresión dominadora sufrida por nuestra nacionalidad y etnia de condición de vida diferente. Los alto peruanos transformados en patriotas, después de sus permanentes pasos de realistas a independentistas y viceversa, fueron los que crearon por espacio de 3 años la República Alto Peruana de Charcas al mando de Pedro Antonio de Olañeta, consolidándola mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 en la localidad de Tarapaya cerca de Potosí. Los que luego al ver peligrar su proyecto, traicionan al General Pedro de Olañeta en su propósito de consolidar una república independiente, apegándose a los libertadores de Colombia y co-libertadores del Perú, para formar de esta manera la República del Alto Perú que la llamaron Bolívar en 1825. Siendo además los causantes de agresiones, después del grito libertario de la nación de los pueblos cambas cruceños con acciones violentas tal como es el caso de la masacre de Valle Grande en 1813. (VALLE GRANDE Y SU LUCHA INDEPENDENTISTA: Los valles cruceños seguían interponiéndose a las aspiraciones de las tropas realistas de hacerse la victoria. En noviembre de 1812, la población de Angostura, entre Mataral y Trigal, se enfrenta con una patrulla realista en un sangriento combate callejero, en donde se produjeron grandes bajas en ambos bandos. Producto de la derrota patriota caen presos los caudillos Apolinar Rocha, Juan José Galarza y otros que fueron fusilados el 23 de noviembre. Los primeros meses del siguiente año de 1813 fueron terribles y de mucho sufrimiento para Valle Grande, muertes, robos, incendios, saqueos, extorsiones y otros excesos fueron cometidos por las salvajes tropas reales al mando de Antonio Landivar, quien aplicó al pie de la letra los diferentes órdenes de Goyeneche que en partes sobresalientes instruía obrar con energía en la persecución y castigo de todos los que hayan tomado parte de la conspiración de Valle Grande. FUENTE: OSINAGA MUÑOZ, RICHARD).

LAS AGRESIONES ALTO PERUANAS CONTRA LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA COLONIZADA EN LA REPUBLICA Y METRÓPOLI IMPERIALISTA ANDINA BOLIVIANA Las agresiones contra el territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra. anexada y colonizada en la República del Alto Perú llamada Bolívar, con invasiones armadas del ejército y de milicianos paramilitares, se iniciaron desde el comienzo de nuestra condición de república cautiva, empeorando por la agresión contra nuestra identidad y nuestra cultura histórica estos días, dentro del actual Estado Plurinacional Comunitario que nos acosa con mayor virulencia. La agresión maquiavélica de la oligarquía alto peruana dentro de la imperialista metrópoli colonizadora Estado Plurinacional Comunitario boliviano, comienza con una atomización de nuestra población y territorio, dentro de una inventada división del supuesto Oriente autóctono con la creación de 34 nacionalidades que no son tales, porque estas sociedades supuestamente autóctonas, son simples 251


componentes con identidad propia y sin discriminación, dentro de una sola identidad y nacionalidad que es la de los cambas cruceños. La discriminación camuflada, está aprovechada por la clase dominante boliviana y se encuentra constitucionalizada con la clasificación de comunidades interculturales, manejándose dentro del oculto contexto ideológico del Tawa Pacha como fuente de toda vida que palpita sobre la Pachamama según los Amawtas. Introduciendo en esta doctrina heredada del Tahuantinsuyo, a la nación de los pueblos cambas cruceños que en nuestros antecesores autóctonos, no tenían ningún elemento que les uniera con los pueblos andinos, donde la nueva ideología manejada por el poder de la metrópoli andina, está construida recientemente en encuentros en el Qosqo (Cuzco-Perú), el Alto-Qollasuyu (Bolivia) y el Intiraymi en la ciudad de Quito, que convoca a las cuatro regiones del Jhanai Pacha, Tayta Achachillas, Mama Uywiris Nina Kataris y Inti Pachas, como la fortaleza ideológica para todos los autóctonos y luego los interculturales que serán integrados. La influencia de esta nueva doctrina, dentro de un champurreo ideológico del supuesto indigenismo, que nos mete en la misma bolsa a los descendientes de poblaciones autóctonas que no tienen ninguna relación con la cultura andina del Tahuantinsuyo, dentro del mayor y perverso engaño, para consolidar el contubernio con el uso de los pueblos autóctonos cambas cruceños por la poderosa oligarquía criolla y mestiza de Alto Perú, arrastrando a estps muestros pueblos con tradiciones ancestrales propias dentro de la nación e los cambas cruceños, para llevarlos a su eliminación definitiva mediante la avanzada colonizadora de las llamadas comunidades interculturales, además guardianes de lo más profundo de nuestro pasado, que son contrarios a los sueños que guardan, la ciencia y la sabiduría andina. La doctrina filosófica y `política del Tawa Pacha, está siendo instrumento educacional con los niños, los hombres, las mujeres, los ancianos de los pueblos y también los jóvenes guerreros, danzantes, músicos, ñustas, chaskis y toda aquella sociedad, según ella cuya conciencia no se ha contaminado con la civilización occidental según el nuevo poder colonial del Tahuantinsuyo. El complot y el engaño orquestado por los ideólogos del movimiento, de la recuperación y renacimiento del Tahuantinsuyo, en su lista de pueblos meten algunos que no tiene relación geográfica, racial e histórica con los Andes, como son los de la costa y los de los llanos amazónicos. (CHAMPURREO IDEOLÓGICO: A las naciones Mapuche, Diaguita, Tupí Guaraní, Qolla, Aymará, Quechua, Kichwa, Ashaninka, Shuar, Achuar, Siona, Secoya, Guambiana, Nasa, Yanakona, Páez, Quinbaya, Awa, Wayu, Arawak, Kuna, Maya, Azteca, Nawa, Wichols, Apache, Caribe, y otros que viven en las selvas, valles, cordilleras, altiplanos, pampas, costas, andinas y amazónicas. FUENTE: TAWA INTI SUYU PACHA MAPU). 252


La intencionalidad dominadora de supuestos descendientes del incario, buscando reconstruir el gran cuerpo social de la Allpamama, al ser partícipes de este Tercer Encuentro Indígena Tawa Inti Suyu de Jóvenes originarios y sus pueblos, en su verborrea incongruente llaman y aprecian la buena voluntad de la población latina, mestiza, afro y de otros orígenes que viven en los territorios temporalmente llamados: Canadá, EEUU, México, Guatemala, Caribe, Panamá, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Chile, Paraguay, Uruguay, Brasil y otros, como a los que sientan el llamado espiritual para incluirse en esta gran comunidad intercultural Tahuantinsuyo, para que compartan y se integran a este proyecto.

LA AGRESIÓN CONTRA EL TERRITORIO ANEXADO Y COLONIZADO DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, EN EL GOBIERNO DE BALLIVIÁN EN 1842 Los cambas cruceños a solo escasos 17 años de la anexión y colonización dolosa y fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra en 1825, o sea el año 1842 fueron agredidos en la presidencia de José Ballivián. (CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL BENI POR BALLIVIAN: Este general entró al gobierno con los mejores deseos de realizar la consolidación del país y darle las adecuadas leyes para su progreso y bienestar. Con ese objeto y creyendo que nuevas disposiciones legislativas mejorarían Bolivia, reunió una nueva convención en Sucre (1843), que reconoció como Presidente al General Ballivián y aprobó una nueva constitución, la quita del país (después de las de 1826, 1831, 1834 y 1839, un promedio hasta entonces de una constitución aprobada cada tres años y medio). El tono draconiano de algunos artículos llevó a que sectores contrarios a su gobierno la calificaran de ordenanza militar, Lo que en realidad quería el héroe de Ingavi era gobernar en paz con la ley en la mano. La oposición cruciata que manejaba hilos conspirativos permanentemente fue sangrientamente sofocada. Ballivián con su larga prosapia en sus antecedentes familiares que se remontaba al defensor de La Paz en 1781 don Sebastian Segurola y con una amplia cultura contaba entre sus logros juveniles una novela inconclusa (1818). Personaje importante en el gobierno fue el argentino Bartolomé Mitre, traído a Bolivia por el general Eusebio Guilarte. Ya en el país formó parte del ejército y como artillero combatió en Vitiche donde su acción fue definitoria para la victoria que Ballivián obtuvo sobre las tropas que invocaron el nombre del general Velasco (1847)… Un problema serio fue el militarismo. No olvidemos que desde la independencia Bolivia había mantenido un ejército mercenario que había sido traído por Sucre y que causó serios problemas no sólo en su manutención, sino también en la política y en la susceptibilidad en los países limítrofes. El ejército organizado por Santa Cruz quedó como remanente innecesario para tiempos de paz. Ballivián inició una campaña de desmilitarización que sería ejemplar para su época en Sudamérica; sin embargo, tropezó con dificultades. Jubiló a muchos jefes y oficiales y licenció a mucha tropa. Para ello estableció un fondo de jubilaciones… Como medidas importantes en el aspecto de administración debemos citar la creación del departamento del Beni (18 de noviembre de 1842), en base a lo que ha sido la circunscripción de las misiones de Mojos (San Ignacio, Trinidad, Magdalena, Baures, San Joaquín, Santa Ana, Loreto, etc. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA CONSTRUCCIÓN DEL PAÍS: DE MESA, JOSÉ: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 391). El desmembramiento de Mojos del territorio de la república santa cruceña, colonizada por el poder masón de la metrópoli que creó la República del Alto Perú llamada Bolívar, (DENOMINACIÓN Y AGRADECIMIENTO A BOLÍVAR: La denominación del nuevo Estado es y será para lo sucesivo República Bolívar. // El Alto Perú expresa al continente entero en razón de su ilimitada confianza con el Libertador de Colombia y del Perú, le reconoce como su buen padre y mejor apoyo contra los peligros del desorden, anarquía, tiranía invasiones injustas y ataque cualquiera el carácter de Nación que se ha investido por voto unánime de sus representantes. FUENTE; ARTÍCULOS 1º Y 2º DE LA LEY DE 253


a

CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR DEL 11 DE AGOSTO DE 1825) se constituyo con la creación del departamento del Beni que hoy cuenta con su bandera de color verde que en el pasado fue centro de una civilización precolombina, conocida como Cultura Hidráulica de las Lomas 4000 años antes de Cristo, como asentamiento importante de grupos humanos organizados en sociedades definidas como cacicazgos y potentados locales. El sistema hidráulico se basaba en la construcción de grandes obras que permitían, la conexión entre los núcleos humanos en cualquier estación y que protegían los cultivos en la época de inundaciones, con la creación de campos de siembras elevados y visibles desde el aire como terraplenes, diques, canales y lagunas con funciones viarias y de pesca. La llegada de los españoles encontró a la región en plena decadencia desde hacía cerca de tres siglos, pero de todas formas ella queda como uno de los centros de origen y propagación de muchos productos agrícolas de difusión mundial como el tabaco, el maní, el algodón, la yuca y el camote.

LAS AGRESIONES CONTRA EL TERRITORIO ANEXADO Y COLONIZADO DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, EN EL GOBIERNO DE LINARES EN 1857 El año 1857 en la presidencia de José María Linares se produjo otra agresión, esta vez al territorio de Chuiquitos colindante con el Gran Chaco o Gualamba, con el propósito de hacer perder poder a la colonizada sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, ejerciéndose el uso del adagio “Divide y Vencerás”. El maquiavelismo alto peruano, siempre busco separarnos de nuestros hermanos naturales como es la sociedad paraguaya, por ser parte de un mismo territorio hasta antes de 1560 y mantener una historia colonial que, viene por el río de la Plata. Además por contar con una misma calidad étnica formada entre los Tupí Guaraníes, con los colonos asunceños que vinieron a ocupar espacios vacíos dentro de un mismo territorio. Estas agresiones programadas por el poder de la metrópoli boliviana, se las tiene también en el Proyecto del Departamento del Chaco, pues en los últimos años del siglo XX y principios del siglo XXI, varias organizaciones y municipios de supuestos autóctonos de la provincia Cordillera, influenciados por los alro peruanos han planteado la creación de un décimo departamento boliviano denominado "Chaco" o "Gran Chaco" formado por las provincias de Cordillera, mantenida en el territorio original de Santa Cruz, llamadas hoy como las provincias Luis Calvo y Hernando Siles, incluidas en el departamento de Chuquisaca y las provincias O’connor y Gran Chaco en el departamento Tarija. Los territorios desmembrados a la nación de los pueblos cambas cruceños, fueron entregados al Departamento de Chuquisaca y tenemos en primer lugar, la provincia Hernando Siles que se encuentra ubicada en el centro del departamento fr Sucre i Chuquisada, limitando al sur con Tarija y una superficie de 5.473 km2, con una población estimada por el Instituto Nacional de Estadística de Bolivia para el año 2006 de 39.177 habitantes con una densidad de 7,16 por kilómetro cuadrado y tiene como capital la ciudad de Monteagudo. Luego tenemos la Provincia Luís Calvo que se encuentra también en el Departamento de Chuquisaca y tiene como capital a la Villa Vaca Guzmán, antes denominada Muyupampa que cuenta con una superficie de 13.299 km2 y una población de 20.479 habitantes según el Censo INE 2001. Es una de las diez que componen el departamento de Sucre o Chuquisaca y limita al Norte con Santa Cruz, al Oeste con las provincias de Tomina y Hernando Siles, al Sur con el Departamento de Tarija y al Este con la República del Paraguay. El año 1548 el conquistador Domingo Martínez de Irala también llamado “Capitán Vergara”, zarpa de Asunción vía río Paraguay arriba dejando como gobernador del Río de la Plata (Paraguay) a Francisco de Mendoza y Ñuflo de Chávez va con él, llegando al lugar conocido como San Fernando, se internan hacia el Oeste chiquitano donde encuentran sañuda resistencia, llegando al cabo de un año al río Guapay 254


(Grande), donde se anotician por los indios naturales de Pedro de Anzúrez que la “Sierra de Plata” ya ha sido ganada por hombres blancos venidos del Occidente,por lo que Chávez es enviado a Los Reyes (Lima) con el objeto de legalizar el titulo de Adelantado del Río de la Plata que Irala ejercía provisionalmente. En 1798 por auto de la Real Audiencia de Charcas, se resuelve que los pueblos indígnales de Buenavista, Santa Rosa, Porongo y las misiones de Cordillera, Mojos y Chiquitos, no están comprendidas en la obligación de contribución del diezmo y el año 1826, al crearse los departamentos del país, la provincia Chiquitos quedo incluida en Santa Cruz con su división político – administrativa actual qie es la siguiente. La primera Sección Municipal con capital San José; cantones: Chochís, El Cerro, El Tinto, Motacucito, Natividad, Pailón y Quimome. La segunda. Sección Municipal con capital Roboré; cantones: Santa Ana, San Juan, Taperas y Tobiteé.

LA AGRESIÓN PUNITIVA DEL EJÉRCITO ALTO PERUANO CONTRA SANTA CRUZ, EN LA REVOLUCIÓN DE ANDRÉS IBÁÑEZ El primero de mayo de 1877 murió uno de los más grandes luchadores Camba Cruceño, llamado Andrés Ibáñez que fue capturado con la ayuda de colaboracionistas santa cruceños (quinta columnas) por el ejército boliviano y por mandato directo del Presidente Hilarión Daza, siendo fusilado junto con tres patriotas como fueron el Coronel Tueros, el Teniente Coronel Prado y el Capitán Valverde. El Dr. Ibáñez firmó la resolución donde se crea la bandera cruceña con los colores actuales: verde, blanco y verde. Además fue fundador de los igualitarios y aparte de ello, fue concejal municipal y diputado electo. El 1º de octubre de 1876 encabezó una revolución armada, siendo nombrado con apoyo popular gobernador de Santa Cruz y el 25 de diciembre proclama el Estado Federal, creándose la Junta de Gobierno cuando Santa Cruz tenía apenas 15 mil habitantes, donde para los santa cruceños de ese entonces desconocedores de su identidad y de la verdadera historia de su aparición en la geografía donde habitamos, el federalismo era la salida contra la pobreza en que se debatían, pues no existe igualdad entre los componentes de esta que se llama nación boliviana cuyas cosmovisiones están separadas por 255


zonas, hábitos e idiomas. El Estado alto peruano respondió en esa época con la represión, con las acusaciones de separatismo y de la misma manera, pese ha haber pasado casi 200 años este discurso no cambia, pues la persecuciones vienen porque desde Santa Cruz se propuso el referendo autonómico con mandato a la Asamblea Constituyente, cosa que hizo el poder de la imperialista colonizadora República del Alto Perú boliviana, lo tache de separatismo. El poder oligarca incrustado en la metrópoli colonizadora boliviana, da el mandato a sus puntas de lanza como colonizadores interculturales, así como a los quintas columnas internos de votar por el NO a las autonomías departamentales, con la consecuente persecución contra líderes y ciudadanos cruceños, benianos, pandinos e incluso tarijeños y sucrenses. Desde la época de Andrés Ibáñez se dijo que el Estado colonialista boliviano, respondería con la represión como lo está haciendo contra ciudadanos cambas cruceños donde el ejército, la policía y la judicatura son las fuerzas con que se ataca a quienes piensan diferente e inclusive hablamos diferente, como también otro tono en la piel por influencia de la naturaleza misma. Nos agreden con mayor virulencia a los que pertenecemos a la nación Camba Cruceña cautiva en la imperialista colonizadora metrópoli boliviana. El 1º de mayo de 1877 el gobierno alto peruano boliviano con ayuda de los quinta columnistas cruceños, fusiló a Andrés Ibáñez y hoy nos matan jurídicamente con ayuda de gente de adentro, por lo que el surgimiento de los caudillos obedece a las luchas regionales contra los poderes centrales y este ejemplo, lo tenemos en la rebelión protagonizada por Andrés Ibáñez en Santa Cruz en la década del 1870, que con su movimiento social y político denominado los igualitarios, luchaba permanentemente por lograr la igualdad social y política del individuo y por descentralizar el poder. El 2 de octubre de 1876 Ibáñez gobernó en Santa Cruz, poniendo en práctica su programa igualitario y en este momento, las proclamas del gobierno regional son ya abiertamente federalistas. Esta Proclama de la Junta Superior Federal del Oriente reza. Una era de paz, igualdad y fraternidad se abrirá a través de cuantos obstáculos le presente la centralizadora y tiránica forma de gobierno unitario. En 1877 el gobierno federal cobró impuestos a la producción de azúcar, y emitió decretos para organizar su funcionamiento, dejando a los terratenientes la tierra que cultivaban, pero distribuyó la restante y abolió la servidumbre, como también llega a emitir papel moneda con el respaldo público.

LA AGRESIÓN PUNITIVA DEL EJÉRCITO ALTO PERUANO CONTRA SANTA CRUZ, EN LA REVOLUCIÓN DE LOS DOMINGOS 256


Las muchas historias que guardan las calles del centro de Santa Cruz de la Sierra, tiene la casi olvidada Revolución de los Domingos, ocurrida en la plaza principal el domingo 2 de enero de 1891 al mando de Domingo Ardaya y Domingo Ávila. Según anota el escritor Ángel Sandoval Ribera en su libro Hitos Acontecer cruceño, este alzamiento armado de los federalistas de la región, se dio como una alternativa para cambiar el sistema político y administrativo del país dominado por la economía minera del Occidente, que en años previos a la Guerra del Pacífico dio la espalda a la actividad agropecuaria del Oriente. Las razones para esta rebelión armada, fueron las revueltas protagonizadas por el precursor de este tipo de luchas Andrés Ibáñez entre 1875 y 1876, y este proceso político se expresaba en el gobierno empresarial minero de Aniceto Arce, contra quien se levantaron los patriotas federalistas propugnando la creación de los Estados Unidos de Bolivia. Constituyendo la Junta Gubernativa Federal de los Estados del Oriente, como jurisdicción autónoma de un Estado Federal expresa Sandoval. El historiador Sandoval cuenta que esta revuelta, se mantuvo por espacio de siete semanas y entre los hechos bélicos, se cita la resistencia de los federalistas cruceños en el paso de La Barandilla, también conocido como Angostura, pero la falta de pertrechos bélicos y la inferioridad militar del ejército federalista, con relación a las tropas del Gobierno encabezada por el general Ramón Pachacha González, hicieron que los combatientes revolucionarios, se dispersaran el 19 de febrero de 1891 hacia las provincias de Chiquitos y Velasco agrega Sandoval Ribera. Sin embargo Isaac Sandoval otro historiador cruceño, al ser consultado sobre este hecho, manifestó que entre las fuentes a las que acudió para escribir su libro Historia de Bolivia, no encontró nada de esta revolución. Diciendo no encontré ningún documento sobre el acontecimiento, por ello es que no lo menciono, pues si no hay fuentes no se lo puede poner en un libro refirió Isaac Sandoval.

LA AGRESIÓN PUNITIVA DEL EJÉRCITO ALTO PERUANO, CONTRA UNO DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ, CON LA MASACRE DE KURUYUKI Después de 119 años el recuerdo perdura en la memoria y el corazón, de cada guaraní que conmemora estas fechas por el acto de valentía que realizaron sus ancestros. Los líderes de una fracción de los cambas cruceños, ofrendaron su vida para hacer respetar los derechos a la tierra, el territorio y a la libertad del pueblo Guaraní, por lo que es nuestro compromiso seguir batallando para mantener lo que por derecho nos corresponde, Expresó Celso Padilla Presidente de la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG). Los actos conmemorativos contemplan una gran marcha de reflexión denominada "Ñemboati 257


Guasú", que se inicia en el cruce hasta la localidad de Ivo municipio de Machareti, en el departamento de Chuquisaca para realizar una ofrenda floral a los caídos durante la Batalla de Kuruyuki. La APG tiene previsto realizar una feria artesanal y de comida típica acompañado de un encuentro deportivo, actividades, donde participan 26 capitanías como instituciones que vienen apoyando a fortalecer la organización y los gobiernos municipales, informó Constanza Moreno Secretaria de Comunicación de la APG, aclarando que este espacio es un encuentro de hermandad y de reciprocidad. Adolfo Chávez Presidente de la confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB) afirmó que los pueblos indígenas, recuerdan lo histórico que pasó con la masacre de la Batalla de Kuruyuki, eso demuestra que ante cualquier fuerza conjunta que haya contra los pueblos indígenas, sea armado o intelectual estarán prestos a luchar. Diciendo Chávez los pueblos indígenas vamos a estar de pie y vamos a estar de frente con todas las nacionalidades y culturas. El ejemplo está en los hermanos guaraníes y el resto de las nacionalidades de los pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonía, como también del Occidente. (PUBLICADO POR COLIBRI TUMPA: un 28 de enero de 1892, 6.000 guerreros liderizados por Apiaguaky Tupa y armados con arcos y flechas defendían sus tierras ante las balas del ejército republicano de Bolivia… fueron pocos los guerreros que sobrevivieron ante la masacre, logrando dispersarse hacia la Argentina y los montes altos para salvar sus vidas, con el fin de evitar el exterminio del pueblo guaraní. FUENTE: TOMÁS CANDIA – APG BOLIVIA: EL KUNUMI: FEBRERO DE 2011).

LA AGRESIÓN Y EL ODIO CONTRA LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, POR LAS MALAS NEGOCIACIONES Y LA DESIDIA SOBRE LOS TERRITORIOS COLONIZADOS POR LA OLIGARQUÍA ALTO PERUANA, DESDE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN 1825 COMO EN LA GUERRA DEL CHACO La oligarquía imperialista de la metrópoli colonizadora alto peruana o provincia de los Charcas, como parte de una sociedad diferente a la de la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, mantiene una enseñanza solapada de odio contra los cambas cruceños sean autóctonos, nativos u originarios como inmigrantes. La Sociedad de Historia sobre la Guerra del Chaco, recordando los 75 años del cese de hostilidades entre los ejércitos de Bolivia y Paraguay, ha preparado 258


una serie de actividades culturales y cívicas para que esta fecha no pase desapercibida como en los últimos años, pues es una fecha muy importante para todos los bolivianos, porque de una u otra forma tenemos sangre de algún familiar en el Chaco y porque fueron nuestros padres o abuelos, quienes en su juventud defendieron la Patria. Muchos de ellos no volvieron y otros murieron tiempo después. Para ellos va el homenaje y gratitud eterna. El periódico LA PATRIA fue y será un medio de comunicación que recordará y homenajeará a los actores de la Guerra del Chaco entre 1932 y 1935, pues desde el 2003 el Sub Director Pedro Glasinovic dirigió un ciclo de entrevistas a beneméritos, dentro de un trabajo que realizaron los periodistas Marco Antonio Flores y Fabricio Cazorla en el país y en el Paraguay. El presidente de la Sociedad de Historia de la Guerra del Chaco, invitó a toda la ciudadanía orureña para que participe de estas actividades recordatorias, pues el lunes 14 habrá un acto especial en la plaza 10 de Febrero al medio día, invitando para que se recuerde con mucho civismo los 75 años del cese de hostilidades y la memoria de los miles de bolivianos que ofrendaron su vida en defensa del petróleo, riqueza de la que hoy gozamos todos. La oligarquía criolla andina desde antes de 1825, creó un artificial odio y rivalidad entre los de la sociedad incaica con la colonizada sociedad del resultado Tupí Guaraní con el español. Esta situación se mantiene a pesar de estar integrados por casi doscientos años dentro de una misma república, basado por los marcados egoísmos malsanos existentes. Siendo este el motivo por lo cual nos mantenen permanentemente a raya, dentro de cualquier intento de reivindicación regional como en la búsqueda de la integración unionista con todos los pueblos bolivianos. Lo que sí es innegable es que existió siempre un desconocimiento histórico con respecto a los pueblos cambas cruceños y viceversa que atenta definitivamente contra la identidad y la existencia física de los componentes de la sociedad asentada al Este de la cordillera de los Andes. Todo ello por el oscurantismo manejado hasta hoy día contra nuestra realidad como pueblo diferente, cierto y determinado.

LA AGRESIÓN CONTRA LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS POR LAS MALAS NEGOCIACIONES Y LA DESIDIA SOBRE NUESTROS TERRITORIOS COLONIZADOS, POR LA OLIGARQUÍA ALTO PERUANA DESDE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN 1825 CON LA VENTA DE SU TERRITORIO DEL ACRE AL BRASIL El Acre es un territorio que perteneció a la nación de los pueblos cambas cruceños y Republica de Santa Cruz de la Sierra como territorio supuestamente sin nombre, en donde desde los primeros tiempos de la conquista la Amazonía fue percibida como una enorme frontera, como también un espacio de contactos y de límites siempre imprecisos y cambiantes entre los dos estados coloniales de la América del Sur o sea España y Portugal. 259


En los últimos años del periodo colonial fueron demarcadas las posesiones de ambos estados, al menos de manera formal con el tratado de Ildefonso en 1777. Se intento superar la controvertida pugna generada por el tratado de Tardecillas y el nuevo tratado dibujó por así decirlo, el primer perfil de los territorios al Norte Camba Cruceño que Bolivia heredaría al constituirse como republica, al anexar y colonizar a la nación asentada al Este de la cordillera de los Andes. En los viejos mapas coloniales y en muchos de los bolivianos del siglo pasado aparece un enorme territorio al Norte de las llanuras de Mojos, aproximadamente desde el paralelo 12 que se extiende hasta la línea citada del tratado de San Ildefonso en el paralelo 7 y muy cerca del río Amazonas. Por el Este sus límites son los ríos Memoré y Madera y por el Oeste de manera vaga el Perú, donde formalmente este espacio del territorio Camba Cruceño y después boliviano durante sus primeras décadas de vida se trataba de una importante porción de la amazonía profunda de bosques exuberantes y ecosistemas frágiles atravesada por grandes ríos tributarios y todos del amazonas. El territorio Camba Cruceño estaba poblado por varios pueblos autóctonos como sus habitantes originarios, cuyas antiguas prácticas culturales les permitían un equilibrado aprovechamiento de los recursos naturales de su hábitat que por siglos estos pueblos pudieron evitar, el contacto con las poblaciones vecinas de los estados pre y coloniales manteniendo y desarrollando sus costumbres, sociedades y territorios. La épocas de los incas Tupac Yupanqui intento acceder sin éxito a estas regiones descendiendo por el Amaru Mayo o actual Madre de Dios, como también en los primeros años de la colonia algunos intentaron aproximarse a él, en búsqueda del Dorado o del soñado país de la canela, pero fueron intentos esporádicos que normalmente terminaban ahogados en la misma floresta. En general constituyo un espacio vacío remoto y marginal en la órbita de la influencia política y económica de los estados español y portugués. Luego boliviano, brasileño y peruano hasta la mitad del siglo XIX. El Presidente boliviano Melgarejo en 1867 firmo un controvertido tratado con el Brasil que establecía una línea de frontera que naciendo de la confluencia de los ríos Beni y Mamoré se extendería por línea oblicua hasta la entonces desconocida naciente del río Yávari. Este fue un primer intento por definir la frontera boliviana del Norte aunque con la consiguiente pérdida para Bolivia del territorio original estimado en más de 250.000 kilómetros cuadrados, donde en los años posteriores varias comisiones binacionales de limites trabajaron tratando de fijar esta línea. Los trabajos de campo en los que intervino ya el después presidente de la Republica de Bolivia General José Manuel Pando, no siempre coincidían con los debates diplomáticos entre los estados y luego de algunos intentos se logro en 1987 fijar con cierta conformidad la llamada línea Cunha – Gómez. Entonces este ya reducido espacio adquirió finalmente un nombre y se llamo el territorio del Acre, pues durante la colonia la corona española a través de la Audiencia de Charcas se preocupo por proteger y consolidar sus posiciones limítrofes con los portugueses en Brasil, pero la dilatadas fronteras por el Este y 260


el Norte no eran sin embargo de su principal interés, centrado como estaba en la explotación de las minas andinas y el mercado regional de Potosí. La manera relativamente tardía en establecerse las misiones de Mojos y Chiquitos confiadas a la compañía de Jesús, de todas maneras cumplieron sus propósitos de resistir los embates portugueses dentro de sus jurisdicciones que constituían espacios marginales y en más de un sentido diferenciados del resto de la audiencia, supuestamente integraban el espacio regional del mercado de Potosí y pertenecían plenamente a los dominios políticos y territoriales de Charcas. Las misiones jesuíticas de Mojos se desarrollaron en las llanuras de este mismo nombre y se extendió por el Norte como se ha señalado hasta aproximadamente el paralelo 12. Santa Ana de Yacuma fue la misión más norteña de este conjunto misional y sobre la base de esta provincia colonial de Mojos, se creó ya entrada la república (1842) el departamento del Beni cuyos límites se mantuvieron por los primeros años de su creación con el mismo carácter nominal del periodo colonial. Los misioneros franciscanos avanzaron también hacia el Norte por la región de Caupolicán y el rió Beni, alcanzando a fundar la misión de Cavinas en las proximidades del paralelo 12, y en 1846 el ingeniero Agustín Palacios exploró el curso bajo del Mamoré y las cachuelas del Madera, constituyéndose la primera exploración boliviana sobre los territorios del Norte, inaugurándose un modesto y dificultoso flujo comercial entre el Beni y el Amazonas que eventualmente alcanzaba el puerto de Para en la desembocadura de este río en el océano. El aprovechamiento de la goma y su comercialización en los mercados europeos fue el acontecimiento que realmente inicio el proceso de avance y conquista de los espacios del Norte Camba Cruceño en Bolivia, constituyendo el entramado histórico dentro del cual se desarrollan los conflictos acreános pues atrajo a aventureros inversionistas cruceños que a su vez llevaron consigo en calidad de enganchados a indígenas de las misiones de Mojos y Chiquitos. Patrones y siringueros ocuparon paulatinamente el espacio del Norte y tras ellos marcho el Estado y entre todos desalojaron cuando no exterminaron a los pueblos autóctonos originarios de esa zona. Los comienzos fueron difíciles pues hasta 1880 no se conocía el curso bajo del rió Beni y los primeros establecimientos gomeros estaban establecidos precisamente en su curso medio a la altura de Reyes, desde ahí se hicieron los primeros envíos de goma boliviana a ultramar por la vía del amazonas siguiendo una penosa ruta a través de las pampas en carretones de bueyes para comunicar el rió Beni con el Yacuma. Desde allí se bajaba por el Mamoré y el Madera con tramos en los que además se debían enfrentar a las dificultosas cachuelas. Pues en el mes de octubre de 1880 fue cuando un aventurero americano descubrió Cachuela Esperanza y confirmo la confluencia del rió Beni con el Mamoré y las ventajas de estas nuevas rutas fueron inmediatas. Nicolás Suárez que posteriormente sería el más importante empresario cruceño y boliviano de la región tomo posesión de dicha cachuela, controlando desde ella el flujo comercial de la goma boliviana hacia el río amazonas. Inmediatamente después de Suárez otros empresarios descendieron por los ríos y poblaron sus orillas con las llamadas barracas gomeras hasta fines del siglo, con docenas de estas junto a establecimientos mejor montados por los empresarios que se habían expandido por los ríos Madre de Dios, Orton, Tahuamanu, Manuripi. Los últimos años del siglo XIX fueron los más atrevidos y llegaban con sus barracas al río Abuná y finalmente al Acre, donde compro a un pionero la Barraca “bahía” que es actualmente la cuidad de Cobija para aprovechar sus ricas entradas. El Estado de la metrópoli boliviana llego a consecuencia de esta ocupación de manera lenta y frágil con las aduanas. Luego Villa Bella fue creada en 1883 la que al cabo de pocos años comenzó a producir ingresos inesperados para el tesoro boliviano. Luego con sede en Riberalta se creó la delegación de colonias y el mes de enero de 1899 se fundó la aduana de Puerto Alonso en homenaje al último de los presidentes conservadores, estaba situada sobre el rió Purus frente a la población brasileña de Caquetá justo debajo del límite de la nueva línea de fronteras Cunha – Gómez con el Brasil, bastante más al Norte de las barracas bolivianas y los fundadores del puerto Alonso y sus primeras autoridades llegaban allí por la ruta de Manaos. 261


La aduana de puerto Alonso por sus crecientes recaudaciones y la afectación de intereses produjeron que la región y Manaos se constituyera en el epicentro de los conflictos del Acre y el punto más al Norte que Bolivia pudo ocupar. (PORTUGAL Y ESPAÑA: A diferencia de los españoles, desde tempranas épocas Portugal ejerció un control económico y comercial en la desembocadura del río Amazonas, desde el puerto de Para, con el tiempo este constituiría un núcleo económico, político y regional de importancia. Para mediados del siglo XVIII la presencia portuguesa a través de bandeirantes, misioneros y colonizadores, ya habían delimitado una suerte de fronteras de ipso a lo largo de los ríos Madera y Mamoré, que sin estar respaldada por norma internacional alguna, constituyó el claro límite con las misiones de Mojos. Esta presencia fue posteriormente reforzada con la construcción de fortines, algunos verdaderas fortalezas, como la del príncipe de Beira, construido un año antes de la firma del tratado de San Ildefonso sobre el río Iténez. Estos tratados consolidaron legalmente estos avances y el dominio territorial portugués sobre estas regiones… Los principales acontecimientos del Acre tuvieron lugar entre los años 1890 y 1903, esquemáticamente podría decirse que se desarrolló en dos tipos de escenarios, articulados entre sí de manera compleja… El primero puede ser descrito como el escenario geográfico: el ya reducido territorio geográfico del Acre que hemos mencionado, era el espacio comprendido entre el río Madre de Díos en el sur, y la mencionada línea oblicua Cunha – Gómez al norte… Los conflictos del Acre no eran los únicos que enfrentábamos en los primeros años del siglo… Tenemos dicho que hasta el año 1899 se había producido un importante avance de colonizadores brasileros que habían ocupado el área de los ríos Purus y el Acre al sur de la línea de frontera… La contienda dentro de los territorios bolivianos del Acre alcanzó contornos de gravedad. El presidente de la república General Manuel Pando, conocedor de aquellas regiones y de su valor, decidió ponerse el mismo al frente de sus tropas bolivianas y marchar hacia el Acre. El contingente de 700 soldados, tomaron otra vez la penosa ruta de Larecaja y el río Beni logrando llegar a Riberalta y tomar posiciones iniciales del combate en abril de 1903. En noviembre de 1903 se firmó el tratado de Petrópolis. Bolivia cedió casi 200.000 kilómetros cuadrados al Brasil a cambio de compensaciones económicas y tratado actual de fronteras. En enero de 1904 el legislativo ratificó este tratado en medio de una débil aunque reprimida censura popular y casi se diría, con alivio. Los conflictos en el remoto Acre habían llegado a su fin. FUENTE: REDPIZARRA.ORG).

LA AGRESIÓN CONTRA LOS PUEBLOS CAMBAS, POR LAS MALAS NEGOCIACIONES Y LA DESIDIA, SOBRE LOS TERRITORIOS COLONIZADOS POR LA OLIGARQUÍA ALTO PERUANA, DESDE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN 1825, CON LA ENTREGA DE NUESTRO TERRITORIO DEL PURUS AL PERÚ El problema fronterizo del Noreste se inicio a fines del siglo XIX, al respecto se había suscrito el Tratado Olañeta – Zegarra del 10 de octubre de 1848 que, en síntesis señalaba la necesidad de conformar comisiones mixtas de límites que estudiarían el terreno como la línea demarcatoria, mientras tanto ambos países conservaban el mismo territorio que les habían pertenecido siempre, obligandose a no pedirse ni solicitarse alguno del otro por enajenación, compensación u otro motivo de ningún género. La referida situación se ratifico en el tratado de paz y amistad del 5 de noviembre de 1863, pero pese a ello cuando se concluyo el tratado boliviano – brasileño de 1867 el gobierno peruano protesto, alegando que el Perú no había suscrito ningún acuerdo de límites con Bolivia, por lo tanto debía considerarse litigiosa la región Madera – Yavary. En otras palabras que Bolivia había cedido al Brasil territorios que podían ser propiedad del Perú. Años después en 1886 se firmo un tratado preliminar de limites, entre Juan Crisóstomo Carrillo – Manuel María del Valle, donde se ratifica la posición anterior y se 262


determina la creación de comisiones nacionales encargadas de estudiar la frontera y fijar límites, conforme a la justicia y al común interés de ambas partes. Según expresa don Valentín Abecia, Bolivia había ejercitado muchos actos de soberanía en los territorios de Apolobamba hasta las fronteras del Brasil. Nicolás Armentia lo exploro entre 1880 y 1884, así mismo don Agustín Palacios en 1886. Por otra parte a fines del siglo, muchos industriales se establecieron en los ríos Beni, Madre de Dios, Orthon, Abuná y Acre. En cuanto a las jurisdicciones políticas en 1890, se emitió una ley que creaba delegaciones en todo el territorio de Apolobamba además, se adjudicaron tierras a particulares y se ejercieron actos de administración, mediante la instalación de aduanas y el 20 de octubre de 1896, el gobierno de Bolivia emitió un Decreto Supremo de creación de una aduana en el punto de confluencia de los ríos Manu y Madre de Dios. Poco después se aprobó la ley del 18 de noviembre que ratificaba el decreto, creando nuevas aduanas en la rivera de los ríos Adquirí y Madre de Dios. El gobierno del Perú reclamo respecto a dichas determinaciones bolivianas, solicitando el aplazamiento de su ejecución, como la convocatoria a negociaciones bilaterales para estudiar el asunto, de este modo se llevaron a cabo negociaciones directas entre el enviado extraordinario Carlos Polar y el ministro de relaciones exteriores boliviano Manuel María Gomes. Se celebraron once conferencias entre el 8 de mayo y el 21 de junio de 1897, en ellas se acordó aplazar la ejecución del decreto arriba mencionado y se dio un plazo de 60 días para solucionar el problema bilateralmente. Si en ese periodo no se llegaba a un arreglo satisfactorio para ambas partes, se libraría la resolución al fallo arbitral de la reina de España. La negociación Gomes – Polar determino además, el establecimiento de un modus vivendi presentado por la parte boliviana, donde se establecía una línea demarcatoria provisional que instituía los territorios situados al Este de esa línea, que sería administrado por Bolivia y el de el Oeste por el Perú El Perú no aprobó el modus vivendi y en contra posición, presento un proyecto de convención al ministro en Lima don Claudio Pinilla, donde reiteraba la necesidad de crear una comisión mixta encargada de recorrer la frontera entre ambas republicas, de presentar a cada gobierno un informe parcial sobre la línea divisoria. Este proyecto no fue considerado por el gobierno Boliviano a causa de la revolución federal que ocasionó la caída del gobierno conservador. Luego con el fin de solucionar el problema limítrofe de forma pacífica, ambos gobiernos decidieron suscribir un tratado general de arbitraje en fecha 21 de noviembre de 1901. EL tratado determina que cualquier asunto que no pueda arreglarse en forma directa, sería llevado ante el tribunal permanente de La Haya. En caso de que no se pudiese organizar dicho tribunal, se designara árbitro al gobierno de Argentina y si este se negase al de España y por último, a los Estados Unidos Mexicanos. Este tratado es digno de ser mencionado, porque como dice Jorge Basadre fue el primer tratado de arbitraje para todas las controversias presentes y futuras que se conoce en el derecho internacional. Pero en el caso de Apolobamba, se considero preferible elegir directamente a la segunda posibilidad de arbitraje y de ese modo se firmo el tratado de arbitrajes Juris. Villazón – Osma del 30 de diciembre de 1902. El convenio sometía al veredicto de derecho del presidente de la Republica Argentina, en la cuestión de límites que tenían pendientes Bolivia y Perú, de acuerdo a las jurisdicciones territoriales de la real audiencia de Charcas y del virreinato del Perú existentes desde 1810, para que se definiese el dominio de un territorio en forma clara, donde el árbitro podría disponer la cuestión de acuerdo a la equidad, pero aproximándose en lo posible al significado o espíritu de dichos documentos. Se estipulo así mismo que una vez dado el fallo, este debía quedar definitivamente ejecutoriado y de este modo se tendrá por definitiva y obligatoriamente establecida, la delimitación territorial de derecho entre ambas republicas y en resumen el arbitraje debía fundamentarse en los títulos y disposiciones coloniales, pero a falta de ellos en el derecho posesorio, Solo en caso de ausencia también de este se resolvería equitativamente, aproximándose en lo posible al espíritu emanado de aquellos títulos. (MAL ARBITRO ESCOGIDO CON EL GOBIERNO ARGENTINO: El gobierno argentino aceptó el arbitraje, las partes contendientes eligieron a sus abogados. Bolivia estuvo representada por don 263


Heliodoro Villazón y don Bautista Saavedra. El Perú por don Víctor Maúrtua y don Guillermo Riva Agüero… La sentencia del Presidente argentino, José Figueroa Alcorta, fue pronunciada el 9 de julio de 1909, pocos días antes, el gobierno de Bolivia tuvo conocimientos que la misma no se dictaría conforme a los títulos ni a la posesión de hecho, sino solo de acuerdo a la equidad. Por ello, gestionó que antes que se lo emitiese, el juez ordenara una inspección del terreno para comprobar por lo menos las jurisdicciones efectivas de las partes. Pero el árbitro denegó la petición… El gobierno nacional quedó muy disgustado con el laudo desde que lo conoció, por considerar que se había excedido de los límites del pacto compromiso de 1902, ya que no se asentaba ni en título ni en posesiones de hecho, quedando comprometidas tierras que Bolivia consideraba incuestionablemente suyas en el Tambopata, Madre de Díos y Acre… Considerando el Perú que efectivamente el arbitraje le entregaba posesiones bolivianas que nunca las ocupó, decidió entrar en acuerdos directos con nuestro país, en base a eso sí, el reconocimiento de la vigencia del laudo… Pese al tratado, en 1910 hubo choques de patrullas en el río Manuripi, una de ellas en el Fortín San Lorenzo y el otro más grave todavía, en el sector denominado Guayabal, el día 19 de noviembre. Esta situación apresuró la firma del protocolo de límites del 10 de marzo de 1911 (Legua Martínez – Fernández Alonzo) que establecía una comisión mixta demarcadora y determinaba así mismo, que en caso de sobrevivir desacuerdo en esta comisión, se llevaría el caso al Tribunal Permanente de arbitraje de la Haya. FUENTE: REDPIZARRA.ORG). Lo importante es hacer recuerdo que el problema del Purus, viene como consecuencia de la creación de la confederación Perú – boliviana, en la presidencia de Andrés de Santa Cruz y Calahumana que, creó el Estado Sur Peruano sobre territorios que eran parte de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada y colonizada en 1825.

LA AGRESIÓN CONTRA LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, SOBRE MUESTROS TERRITORIOS COLONIZADOS POR LA OLIGARQUÍA ALTO PERUANA, EN LA LUCHA POR FERROCARRIL PARA SANTA CRUZ EN 1924 La primera locomotora llegó a Santa Cruz en 1955, pese a que la población pidió una vía que la comunique con el Occidente cosa que nunca se concretó, pero se consiguió el tramo ferrocarrilero Santa Cruz de la Sierra – Corumbá. (FERROCARRIL PARA SANTA CRUZ: Vincularse mediante el ferrocarril, fue para Santa Cruz un asunto de vida o muerte, y le demandó largos años de lucha en los primeros 30 años del Siglo XX. En 1904, la sociedad de Estudios Históricos lanzo el memorándum a la Nación y al Congreso, exigiendo la construcción del ferrocarril. No hubo respuesta. Las protestas se iniciaron con Bautista Saavedra (1920 - 1924), cuando se propuso la creación de la carretera Santa Cruz – 264


Cochabamba en lugar de la línea férrea. En 1920 dos partidos políticos proponían la necesidad de conseguir el ferrocarril para Santa Cruz, llegando al enfrentamiento armado en 1924, en la revuelta conocida como “Ferrocarril o nada” Al finalizar la guerra del Chaco. Durante el gobierno de Germán Busch se firmaría el tratado para la construcción de ferrocarriles con Argentina y Brasil, luego de muchos años de lucha. FUENTE: EL SOL DE SANTA CRUZ: 2009 – 2010: SANTA CRUZ – BOLIVIA: AV. CRISTO REDENTOR. KM 7 “EL REMANSO).

LA AGRESIÓN CONTRA LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, SOBRE SUS TERRITORIOS COLONIZADOS POR LA OLIGARQUÍA ALTO PERUANA, CON LA NO APLICACIÓN DE LA LEY DEL PRESIDENTE BUSCH DE LAS REGALIAS DEL 11% SOBRE LOS HIDROCARBUROS El legendario Tte. Gral. Germán Busch, nació en San Javier provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz el 23 de marzo de 1903, fue hijo del médico alemán Pablo Busch y de doña Raquel Becerra. Cursó sus estudios primarios en el pueblo de su nacimiento y los secundarios en Trinidad capital de Beni, e ingreso al Colegio Militar a los 18 años de edad donde obtuvo el grado de Subteniente de Caballería en 1927. El año 1928 se casó con la Sra. Matilde Carmona, con quien tuvo cuatro hijos: Germán, Orlando, Waldo y Glory nacida después de la muerte de su padre. Le delegan en 1930 una misión de exploración para encontrar la ubicación del antiguo pueblo de San Ignacio de Zamuco, luego de cumplir exitosamente la tarea, el gobierno central lo condecora con el Cóndor de los Andes. Su participación fue muy importante y destacada en la Guerra del Chaco, donde por no tener miedo y ser de temperamento tórrido, tuvo la difícil misión de penetrar el atrincherado fortín Boquerón, llevando auxilio para sus defensores. Cumplida esta misión logro salir con éxito del cerco,y el 22 de septiembre de 1932, fue ascendido a capitán por su heroico comportamiento en el campo de batalla. Germán Busch tuvo todo el poder en Bolivia desde 1934, lo que le permitió definir quién ocupaba la Presidencia desde ese año hasta 1939, cuando él la asumió. (GERMÁN BUSCH PRESIDENTE: El 7 de enero de 1935, en la localidad de Villa Montes, el presidente José Luís Tejada Sorzano condecora al ya Mayor Germán Busch Becerra con la “Gran Cruz del Merito Militar”, destacando sus actos de valor en la contienda bélica. Durante el gobierno del Cnel. David Toro Ruilova, se convirtió en el segundo hombre al mando del país, siendo llevado a la presidencia de la 265


Junta Militar de Gobierno el 17 de julio de 1837, a consecuencia del golpe de Estado que depuso al Cnel. David Toro. En 1938 convocó a una Asamblea Constituyente que aprobó la nueva Constitución, una de las más importantes de la historia por su carácter social, entre sus puntos más importantes prohibía que un extranjero tenga propiedades rurales dentro de los 50 kilómetros de las fronteras de Bolivia. El 25 de febrero de 1938, firmó con la República Federativa del Brasil, el tratado de Vinculación Ferroviaria, lo que daría inicio al estudio, diseño y posterior construcción del ferrocarril desde Santa Cruz de la Sierra a Puerto Suárez y Corumba. En julio de 1928 promulga una ley, en la cual asigna a las zonas productoras de hidrocarburos, regalías del 11% para ser destinadas a obras de desarrollo integral, el 21 de julio celebró el Tratado de Paz, Amistad y Límites con el Paraguay. El 24 de septiembre de 1938, reabre y restituye el rango de la Universidad Cruceña Gabriel René Moreno con plena autonomía y firma el convenio para la construcción del ferrocarril a Yacuiba. Partiendo desde Santa Cruz de la Sierra. Este mismo día promulga la ley que crea el Departamento de Pando, en adhesión a la fecha cívica del departamento de Santa Cruz. FUENTE: HISTORIACAMBA.COM).

LA AGRESIÓN DE LA METRÓPOLI ALTO PERUANA BOLIVIANA EN LA PRESIDENCIA DE HERNÁN SILES, DURANTE LA LUCHA DE REIVINDICACIÓN DEL 11 % DE LAS REGALÍAS ENTRE 1958 Y 1959 (LOS MARTIRES DE TEREBINTO) Negros nubarrones oscurecieron el cielo más puro de América, se desató la tormenta y la tierra tembló por efecto de las explosiones de dinamita y de metralla, gritos desaforados de milicianos alcoholizados, insultos soeces a la mujer cruceña atemorizaron a los apacibles pobladores santa cruceños. Habían llegado desde el Occidente cual jauría de hienas mercenarios al servicio incondicional de los movimientistas, 3 mil soldados y 10 mil milicianos de Ucureña, Siglo XX y Huanuni comandados por malos militares traidores a las Fuerzas Armadas y todos ellos amaestrados para odiar a los karas cambas. Con la siniestra intención de iniciar la lucha de clases, ingresaron con paso de vencedores a una ciudad pacífica, para acallar por la fuerza de las armas a los hijos de un pueblo que exigía sus derechos que por ley y justicia les pertenecía. Las Regalías Petrolíferas del 11%. Mientras esto sucedía en la ciudad, en la propiedad La Montenegrina a Km. 12 en carretera a Cochabamba, 150 hienas humanas al mando del Coronel Jorge Solís Román se preparaban para darse un festín con sangre santa cruceña, tenían órdenes de no dejar ni un solo falangista vivo. Partieron rumbo a Terebinto sembrando desolación a su paso. La madrugada del 19 de Mayo de 1958 un sobrino de doña Sofía Solíz llamado Juan, se encaminaba a su chaco a trabajar y vio que hombres armados se dirigían a la propiedad de su tía, volvió sobre sus pasos y corrió rápido para advertir a doña Sofía y alertar a los falangistas que dormían en la casa. El falangista Oscar Terrazas Guzmán y el que escribe este artículo, se internaron en la selva burlando a los ucureños Llegaron aproximadamente 50 milicianos que allanaron la casa y a sus moradores todos menores de 13 años, con excepción de doña Sofía, los sacaron a empujones de la vivienda empezando la requisa, no dejaron un solo rincón sin rebuscar y al no encontrar a los falangistas se ensañaron con los muchachos, los mayores habían madrugado a trabajar en sus chacos (parcelas) estaban lejos. Mientras esto sucedía en la propiedad la Miel el grupo más numeroso de ucureños llegaba al Potrero del Naranjal sorprendiendo a los falangistas aseándose, los ametrallaron y los remataron a machetazos y el primero en ser asesinado fue Romer Mercado Ordóñez por defender a su anciano padre, a Felipe Castro Parada lo sacaron de la casa a culatazos y a patadas inmolándolo cruelmente rematándolo con una ráfaga de metralla. 266


El falangista José Cuellar Achaval intento la fuga pero estaba rodeado, una hiena lo hiere mortalmente de un machetazo en el vientre y otro desalmado cuchillo en mano le cercena parte de los intestinos y se los enrolla en el cuello y otros ucureños lanzan gritos de júbilo y lo ultiman a patadas, el turno le toca a Miguel Callaú Montero un muchacho de apenas 16 años al que lo torturan a bayonetazos destrozándole una pierna, luego le disparan una ráfaga de pistan y lo dejan por muerto. Pablo Castro Parada con más suerte que su hermano al principio de la balacera logró correr hacia el monte y perderse en la espesura, los milicianos disparan sus armas pero no dan en el blanco. Las hienas humanas jadeantes de verter sangre falangista se dan un respiro y después se dedican a saquear las pertenencias de la familia Mercado, lo que no pueden llevar lo queman vitoreando a Paz Estenssoro a Siles Zuazo y a Lechín Oquendo. Emprenden el retorno con tres prisioneros dejando muerte y desolación a sus espaldas. ¡Que valientes eran los malvados!. Alberto Mercado hermano de la primera víctima, Gabriel Candia Rivera y Justo Jiménez son maltratados por los sádicos collas les cortan en cruz las plantas de los pies y los conducen varios kilómetros en una vía – crucis inenarrable. Las víctimas soportan insultos y golpes con estoicismo y al llegar cerca del predio la Miel los ucureños burlados se integran a la jauría y empiezan las recriminaciones hay envidia por el botín y los facinerosos exigen su parte discuten todo el trayecto hasta llegar a la poza de Las Liras y allí se ensañan con Gabriel Candia Rivera obligándolo a vivar al MNR pero el valiente responde ¡Viva Falange! Las hienas furiosas lo golpean le cortan la lengua le sacan un ojo y ríen a carcajadas, le cortan los genitales y se los introducen en la boca rematándolo con una ráfaga de metralla. Cuando se dan la vuelta para seguir martirizando a otra de sus víctimas quedan perplejos los prisioneros han fugado aprovechando la algarabía de las bestias. Alberto Mercado y Justo Jiménez pese a la gravedad de sus heridas en un esfuerzo supremo logran escabullirse por una quebrada perdiéndose en la espesura de la selva, los milicianos reaccionan disparando sus armas corren en pos de los fugitivos pero al llegar al monte se detienen, no se atreven a penetrar en la espesura ¡Son unos cobardes! Los milicianos furiosos patrullan la zona tendiendo un cerco a la propiedad de los Solíz por más de 20 días. Son cinco los prófugos en la zona Alberto Mercado y Justo Jiménez son socorridos por los 267


campesinos del lugar que los ocultan y les curan sus heridas. Solo Díos sabe de los tres fugitivos que vagan por el bosque semidesnudos soportando la sed y el hambre el sur y el chilchi (frió intenso con llovizna), ellos son: Pablo Castro Parada, Oscar Terrazas Guzmán y el que escribe este artículo. ¡La pesadilla término!. (LOS EMENERRISTAS: Las órdenes de los despóticos comunistas Víctor Paz Estensoro, Hernán Siles Zuazo, Juan Lechín Oquendo, Ñuflo Chávez Ortiz y Walter Guevara Arce, fueron cumplidas por aquella jauría de hienas, que torturaron, descuartizaron y asesinaron a los karas cambas para gloria del Movimiento Nacionalista Revolucionario; tiñendo con la sangre falangista la campiña cruceña. Han pasado 53 años de aquel infausto día. ¡Dónde la barbarie comunista se impuso! Hoy 19 de mayo, los verdaderos falangistas recordamos con admiración y respeto a nuestros camaradas mártires, que murieron por sus ideales y lucharon por reconquistar las ¡Regalías Petroleras del 11%, ofrendando a su amada Santa Cruz hasta la última gota de su sangre!. FUENTE: CARLOS TITO GALLARDO LAVEDENZ: ALCATRAZ715.BLOGSPOL.COM)

LA AGRESIÓN DE LA METRÓPOLI ALTO PERUANA BOLIVIANA EN LA PRESIDENCIA DE HERNÁN SILES, DURANTE LA LUCHA POR LA REIVINDICACIÓN DEL 11% DE LAS REGALÍAS PETROLERAS, ENTRE 1958 Y 1959 POR GUEVARA ARCE La República del Alto Perú llamada a principios de su existencia Bolívar en honor a Simón Bolívar en 1825, en la época de las luchas cívicas santa cruceñas tenía el nombre cambiado por Bolivia. Era esta la que nos negaba desde 1938 un derecho legal y constitucional sobre el 11% de las regalías del petróleo que se explotaba dentro del territorio propio, constituyendo esta irregularidad un delito de robo a nuestra región por la metrópoli, en más de 20 años. Dinero que engordó las arcas metropolitanas con el resultado de la pobreza y falta de desarrollo de nuestra sociedad. La frustración de nuestro pueblo se hacía cada día más patente, por lo que se llegó a formar el Comité Pro Santa Cruz y la Unión Juvenil Cruceñista, para defender los intereses de la región. Se creó a iniciativa de la Federación Universitaria Local (FUL) en los años 1950. (NANDO GARCÍA Y CHATO OYOLA: Su historia en esa época se desarrollaba somnolienta y tranquila, hasta que una generación de jóvenes valientes y luchadores, tomó como suyas las armas de lucha por el desarrollo de su pueblo mucho tiempo postergado, y formándose un grupo homogéneo, creó el Comité Cívico. Es bueno hacer mención entre ellos a estudiantes universitarios de ese entonces, como justo reconocimiento de un pueblo noble, siendo entre ellos Nando García V y Chato Oyola principalmente, y otros que desgraciadamente no tengo en mi memoria, los que en calidad de dirigentes de nuestra casa superior de estudios, izaron las banderas de nuestras luchas; construyendo, en consecuencia, una sociedad civil fuerte y pujante, la cual nos legó el bienestar que hoy muchos disfrutamos. FUENTE: GUERRA DE LOS TALONES: LA GRAN MARCHA CÍVICA: INTRODUCCIÓN: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 1994, PÁGINA 6). La Unión como institución se estableció para la defensa y la recuperación de las reivindicaciones postergadas, desde la anexión y la colonización de nuestra República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños en 1825. Luego se fortaleció en las luchas de nuestro pueblo anexado y colonizado que soportó agresiones con invasiones militares y paramilitares. La agresión de esa época, demostró el odio y la discriminación de la metrópoli contra un pueblo cautivo que fue anexado y colonizado como el muestro, probándose en la carta enviada por Lorgio Serrate al Presiente Siles. Además por las expresiones del Ministro de Gobierno Walter Guevara Arce que propuso la más grande y perversa agresión colonizadora, con la expulsión en masa de todos los santa cruceños de Bolivia, (OFERTA PERVERSA: El ministro Walter Guevara Arce, sacando un 268


pasaporte de su bolsillo, lo exhibió y dijo – Aquí ven un pasaporte, hay 50.000 para que los cruceños se vayan de Bolivia. FUENTE: LUCHAS CÍVICAS POR EL 11%: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO). El deseo de expulsión es repetida por un alto representante de la oligarquía alto peruana, que actualmente gobierna el Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, porque de igual manera hoy día la tergiversación histórica, mantiene una situación de odio e ignorancia en gran parte de la población de la metrópoli contra los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, manifiestamente dirigida contra la parte dividida de su pueblo colonizado que son Santa Cruz, Beni y Pando.

LA AGRESIÓN DE LA METRÓPOLI ALTO PERUANA BOLIVIANA, MANIFIESTA EL ODIO QUE SIENTE POR LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, POR LA IGNORANCIA DENTRO DE LA ENSEÑANZA DE LA METRÓPOLI, EN LA MALA HISTORIA QUE SE MANTIENE VIGENTE HASTA HOY DÍA

del

El método manejado por la oligarquía alto peruana de Charcas, de dividir para evitar la integración de las dos naciones diferentes que conformaron la República del Alto Perú desde 1825, entre ellas la de influencia incaica – española con su resultado étnico del cruzamiento entre los aimaras, quechuas, urus y otros, está agravado porque la mayoría de los llamados interculturales, por este método de enseñanza dañino y malintencionado, hace rechacen a los considerados contrarios, con un rencor equivocado como componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños y sin justificación además. Las gentes del Oriente no tienen odio alguno contra los collas o alto pruanos, a pesar de que somos antagónicos en nuestra historia, nuestra cultura, nuestra geografía, nuestro clima y especialmente nuestra etnia por ser descendientes amalgamados del Tupí Guaraní con el europeo. Pero hoy día la tergiversación histórica, mantiene agravasa esta situación de odio, por la ignorancia en gran parte de la población de la metrópoli contra los componentes de la nación de los cambas cruceños, manifiestamente dirigida contra la parte dividida de su pueblo colonizado que es Santa Cruz, pese a existir agresiones también contra el Beni y Pando. (CAMUFLADA Y PERVERSA INTENCIÓN DE DAÑAR A LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Cuando Potosí daba de comer a Bolivia, se propuso la primera autonomía, pero de inmediato, el oriente fue el primero en protestar, porque obviamente eran dependientes y de escasa población, protestaron y nos trataron de separatistas, Cochabamba y Oruro también tenían la misma perspectiva, pero recibieron la misma respuesta. Ahora Santa Cruz quiere autonomía, que se la den, porque están a tiempo, Potosí por no ser calificado de separatista lo dejó así y ahora es un departamento pobre con un 25% de fuga de población (a Santa Cruz), si hubiéramos conseguido la autonomía Santa Cruz sería finca de descanso para Bolivia. De diez cambas que vienen al occidente 7, se dedican a la prostitución y a la delincuencia, cuando trajeron reos de Palma sola a Potosí los devolvieron porque eran los más peligrosos, cerraron un prostíbulo clandestino de propiedad de unos cruceños. Y se quejan de que la peor gente que hay en Santa Cruz es Colla, apuntemos que la mayoría de la mano de obra en Santa Cruz es Colla. Vivimos quejándonos y poniéndonos adjetivos este “Colla de mierda o esa Camba puta”. Santa Cruz se está olvidando de quien le enseño y ayudo a caminar, pero ahora que puede que se haga autonomía, pero antes de enseñar a su gente a decir “Colla de mierda” que le enseñe no solo a cantar sino a entender nuestro himno nacional. Santa Cruz cree que tiene la mejor gente de Bolivia, pero se olvida de que fueron los collas y los jesuitas los que enseñaron a su gente, a sus cunumis, a sus patas rajadas a trabajar de sol a sol, a leer y escribir. Yo creo que están en todo el derecho de exigir su autonomía, háganlo a tiempo (reitero) pero no denigren a los que sí amamos a nuestro país, y trabajemos por nuestros departamentos. Esta carta no es con intención de echar en cara nada, es sólo para que los de la Media Luna y la Nación Camba no olviden de 269


quien aprendieron a comer.. FUENTE: ¡VIVA BOLIVIA! GRACIAS POR PAGAR LO QUE LES DIMOS: VIVA LA CULTURA ORIENTE – OCCIDENTE BOLIVIANA. FUENTE: CERREÑO RUIZ, PAMELA: POTOSÍ: 2006). El odio y el rencor sin fundamentos viene por la tergiversación con respecto a la propiedad de la heredad de la nación de los pueblos cambas cruceños, de la anexada y colonizada en 1825 República de Santa Cruz de la Sierra, por la enseñanza de la mala historia que se manifiesta inclusive en nuestra sociedad cosmopolita actual. Elementos a los que definitivamente no se les niega su origen, pero que por la carga de odio que traen contra la sociedad que los acoge, como quinta columnas ya oriundos y nativos inclusive, son aliados con los puntas de lanza de la metrópoli, atreviéndose a denigrar a la sociedad que con hospitalidad los cobija, desconociendo al originario o nativo de nuestra sociedad. (ODIO DE LOS COLLAS OCCIDENTALES ALTO PERUANOS, CONTRA LOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS: El odio de los oficiales y soldados collas a los cruceños es proverbial en Santa Cruz y no es extraño que en este estado espiritual, se haya traducido en persecuciones arbitrarias y violentas que no sólo se ejercían en el ejército, sino también en los pobladores de estas zonas fronterizas al teatro de operaciones. FUENTE: LA GUERRA DEL CHACO: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: 1RA. EDICIÓN: AÑO 1925, PÁG. 242).

LA AGRESIÓN DE LA METRÓPOLI BOLIVIANA, RESPECTO A LA IDENTIDAD DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, QUE SE CONSTRUYÓ Y SE CONSTRUYE A TRAVEZ DE LA HISTORIA La identidad de los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, se construyo a través de la historia, en base a la influencia de los inmigrantes españoles y los criollos, como también con los inmigrantes autóctonos guaraníes venidos desde Asunción del Paraguay, por lo que negar los orígenes de nuestra sociedad relacionada con la colonización por los ríos de la Plata y el Paraguay, más el importante aporte del autóctono Tupí guaraní, se constituye en una negación de la verdad histórica de nuestros pueblos que se fueron formando en su identidad, con todos los altibajos venidos de la necesaria integración que dio como resultado la identidad llamada Camba Cruceña que no es más, que el nacimiento de una cultura nueva en América. La identidad con la anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, que había subsistido por espacio de tiempo de 364 años sin variación substancial alguna, en estos casi dos siglos ha sufrido un reforzamiento por la inyección de culturas y costumbres nuevas. Pero eso sí no se ha logrado pese a la mala enseñanza de nuestro advenimiento como sociedad, hacer que perdamos esa identidad diferente a la de la imperialista metrópoli colonizadora boliviana. Todo ello pese a la embestida de intelectuales quinta columnas que abundan en nuestra heredad Oriental Camba Cruceña, pero no han logrado cambiar los rasgos fundamentales de nuestra identidad que perdura y perdurará a través de los tiempos. (DESCONOCIMIENTO SOCIOLÓGICO SOBRE LOS RESULTADOS DE LA COLONIZACIÓN ESPAÑOLA: Después de una exposición sobre Santa Cruz en el siglo XVII, una estudiante de turismo me comentó “Leyendo el informe del Gobernador Viedma, me sorprendió de saber que las cruceñas de entonces vestían a la usanza española, y las indias eran las que usaban Tipoi. ¿Cómo Ahora se dice que el tipoi es el traje típico de Santa Cruz? Bueno, una cosa es que las modas cambien el estilo de vestir de las personas, y otra que se exprese una inversión simbólica de los referentes básicos de una identidad. Lo que se pretende mostrar en este artículo, además de la flexibilidad de los contenidos de la identidad cruceña, es que los cambios que tuvo a la largo de la historia, están fuertemente vinculados a las conflictividades políticas y sociales que se vivió en lo local y frente a lo estatal 270


nacional. La identidad Cruceña se ha ido construyendo frente a diferentes espejos: los otros, aquellos diferentes que tenemos cerca y que mantienen relación con nosotros. Se resumen aquí algunos momentos cruciales donde se van configurando algunos rasgos fundamentales de la identidad cruceña en torno a dos conceptos de referencia, el concepto de “Camba” y el de “Cruceño”, y como pasan de ser dos referentes antagónicos a ser prácticamente sinónimos. En el intento de responder a estas interrogantes, se plantean aquí – en orden cronológico – los siguientes apuntes históricos. 1.- A fines del siglo XIX, Gabriel René moreno definía al cruceño como el poblador de estas tierras “de puro linaje español”; es decir, los descendientes directos de los colonizadores españoles. Esta definición de identidad era contraria con la de los “cambas”, que eran los indígenas afincados en Santa Cruz o sus alrededores, o los individuos con diversos grados de mestizaje con los mismos. Moreno llegó a lamentarse diciendo: “me sobran los dedos de la mano para contar a los cruceños que lo son de pura cepa”. Y como buen darwinista social, se tomó el trabajo de comparar la capacidad cefálica de blancos, mestizos e indios, y comprobar una substancial diferencia del volumen del cerebro de ellos, en varias onzas. Así, se volvió común decir: “Los enemigos del alma son tres; el Camba, el Colla, y el Portugués”. 2.- cuando se publica el Memorándum de 1904, la intelectualidad cruceña – nucleadas en la Sociedad de Estudios Geográficos e Históricos – manifestaba un profundo apego integracionista y reclamaba del Estado Nacional vínculos efectivos para poder participar de la vida económica del país. Tal documento sirvió de base para varios movimientos posteriores como el “Comité Pro ferrocarril en 1915, el Partido Orientalista, y la Acción Juvenil Orientalista. De ese modo, el conflicto generado por las políticas liberales de vincular los centros mineros con los puertos marítimos (que postró profundamente la economía regional) adquirió, en sus demandas, un carácter de identidad. Es decir, demandas socioeconómicas que aglutinaron a intelectuales y activistas junto con referentes de identidad. 3.- Sin duda, la guerra del Chaco fue otro momento crítico de la historia para el país y muy especialmente para la región, el campo de batalla se encontraba más cerca de Santa Cruz que de los centros de poder; por tanto, la región ganó protagonismo y gravitó notablemente en el conflicto. Durante ese mismo periodo, en el campo de las ideas identitarias, se libró otra batalla no menos encarnizada: Enrique de Gandia (Buenos Aires 1935), Raúl del Pozo Cano (Asunción 1935) y Modesto Saavedra (Buenos Aires 1935), escribieron tratados separatistas reconstruyendo la historia de la región. Esta reconstrucción implica una fuerte ligazón étnica apelando a un parentesco guaranítico común entre cruceños y paraguayos. Estas ideas – que además de circular en forma de libros también circularon profusamente en panfletos, periódicos y programas de radio – fueron pronta y contundentemente contestadas por intelectuales cruceños tales como Plácido Molina Mostajo (1875 – 1970), Rómulo Herrera (1898 – 1940) y Lorgio Serrate (1913 – 1975). El argumento de estos cruceños “bolivianistas” subrayaba el afán integracionista a partir de argumentos históricos y desbarataba los argumentos étnicos afirmando “que los cruceños en tanto civilizados y remarcando su cualidad de enconados enemigos de los salvajes guaraníes” (Pruden: 46). Es decir, lejos de tener su origen en la raza guaraní – tarada por sus vicios y pasiones – fuimos siempre sus encarnizados enemigos. (Pruden: 46). 4.La Revolución Nacionalista trajo muchos cambios al país, y muy especialmente a la región cruceña. 271


Vertebró finalmente la región al resto del país y con el voto universal la política dejó de ser un asunto restringido a las elites para pasar a ser un asunto más abierto y popular. Con esto, la elite regional perdió substancialmente su capacidad discursiva, su “Capital simbólico” basado en la pureza de su origen hispánico. Sin embargo, la élite regional tuvo oportunidad de re articular su discurso en otro momento crítico; las luchas del 11%. Entonces, ante la doble arremetida de los movimientistas liderizados por Luís Sandoval Morón (de origen local) y el poder central del gobierno, las élites tienden a articular un discurso de identidad más inclusivo – que se plantea como base de una alianza regional – capaz de borrar las diferencias de clase, intentándolas alinear alrededor de un supuesto bien común. Aquí aparece la reivindicación de los “Camba”, sobre todo a partir de la obra de Hernando Sanabria Fernández y también otros autores (Hugo Lijerón, Humberto Vázquez Machicado y Antonio Landivar). Sanabria redefine el concepto “Camba”, que deja de ser un opuesto, para así significar (en curiosa etimología) “amigo” y se reconstruye nuevamente la historia dando énfasis al rol protagónico de los guaraníes, que “no permitieron bajar a los incas a la llanura desde los Andes”, de modo que una lucha (compartida por las regalías) se convirtió en convicción de un parentesco compartido, dando esta vez razón a Max Weber. En este mismo periodo también se encuentra ubicado el “mito fundacional” de la identidad regional cruceña; la lucha por las regalías del 11%, que permiten perfilar en la gesta histórica de la sangrienta lucha regional, la construcción de una “comunidad imaginada” cruceña, tal como lo plantea Benedit Anderson, y que eventualmente puede derivar en una tendencia nacionalista. 5.- Los años desde la revolución nacional (1952) hasta los actuales días han marcado un lento proceso que va desde la postergación extrema, hasta hacer de Santa Cruz la locomotora de la economía nacional. Santa Cruz ha conseguido la hegemonía económica, la hegemonía demográfica, y plantea una lucha abierta y permanente por la hegemonía política. Mientras tanto, todos los cambios ocurridos a la ciudad y a su entorno inmediato, repercutan en cuanto a las definiciones de la identidad: las migraciones, la presencia de la “cultura globalizada” de los medios, el dinero del narcotráfico… se van convirtiendo sucesivamente en los diversos espejos para mirar la identidad. Se plantean variados balances críticos acerca de la misma “Radiografía del mojón). “Los cruceños y la cultura”, y otros. La crisis de octubre del 2003 marca un momento de definiciones en el campo político, incluyendo el peso de las regiones, y el tema de las identidades se plantea con fuerza y centralidad. Queda claro hasta ahora lo que los técnicos de la historia ya han demostrado repetidas veces y se comprueba en el caso cruceño; “que la historia se escribe y rescribe desde los intereses políticos de sus protagonistas, sea de forma voluntaria o no”. Y queda muy claro también que, “la historia y las entidades bailan al ritmo de la política”. La encrucijada posterior a los sucesos del 2003, van a profundizar esta crisis de identidad, reforzándola, por un lado en posicionamientos políticos cerrados, y consolidando la postura de diferencia frente a una identidad nacional. Esa, es una identidad cultural que deviene en identidad política como efecto de una confrontación polarizada, pero es todavía muy próxima como para ensayar una perspectiva histórica sobre la misma. Los referentes de identidad cambian de manera permanente, pero estos cambios se dan especialmente en relación a: A.- La relación que el sujeto identitario en cuestión (en este caso el ser cruceño) tiene con el entorno político del momento y sus respectivas crisis. B.- Las diferencias de clase que se expresan al interior de la sociedad que las plantea y los valores que sirven de referencia para distinguirlas. C.- El “otro”, el espejo referencial sobre el que refleja la identidad. Este “otro” ha sido sucesivamente el Camba, el indígena y/o mestizo, el gobierno del MNR (ciclo 1952 - 1964), el Colla y finalmente (durante la crisis de octubre de 2003) el Estado Colla: Bolivia y lo boliviano encarnando un Estado fracasado. D.- Los desafíos de la cultura dominante y envolvente, ahora llamada globalizada. No siempre se hace consciente y relevante. E.- La construcción social “identidad cruceña” es el modo en que la élite cruceña, a través del Comité Pro Santa Cruz se vincula a otros sectores regionales y nacionales a partir de octubre de 2003. F.- Los intereses propios de la clase dominante y sus órganos de representación respecto a sus propias aspiraciones políticas. Y esta clase dominante, pero sobre todo su representación pública, se encuentra en crisis ¿se replantea nuevamente y a fondo la identidad? No cabe duda que la identidad seguirá en búsqueda, respondiendo a las nuevas situaciones conflictivas que se presenten. FUENTE: JORDÁN BAZAN, NELSON: MOJÓN 31). 272


LA AGRESIÓN DE LA METRÓPOLI BOLIVIANA CON LA INVASIÓN PROGRAMADA POR EL PODER DEL GOBIERNO ANDINO INVADE PANDO, UNO DE LOS PUEBLOS DE LA NACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS, ANEXADOS Y COLONIZADOS COMO REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA EN 1925 El departamento de Pando se constituye entre las últimas agresiones contra el territorio y la sociedad de la anexada y colonizada República de Santa Cruz de la Sierra, compuesta por la nación de los pueblos cambas cruceños. Viene como saldo de la agresión territorial ejercida por la metrópoli boliviana que comienza en 1842, con la separación de Mojos y Chiquitos, para con el territorio de la antigua gobernación dividiéndolo crear el departamento del Beni y el territorio de colonias. El Departamento de Pando formado desde 1938, vemos que la metrópoli lo mantuvo como territorio de colonización del excedente poblacional producido en los Andes bolivianos, cuya población de todas maneras se integra con las costumbres en su condición de pueblo Camba Cruceño. Lográndose una identificación propia que deja de lado desde la primera generación, desechando la mayoría de las costumbres traídas del Occidente en la república hoy Estado boliviano. La formación de Pando como un pueblo diferente a los de la metrópoli dentro del pretendido proyecto de colonización poblacional y cultural para ser llevado hacia el lado andino, mantuvo un rechazo da la agresión por los poderes de los gobiernos centralistas, encontrando su cúspide al cumplirse un ciclo contra su pueblo madre y tocaya como fue en Santa Cruz en la década del 50, por lo que lo transforma en un pueblo humillado pero no vencido. (PUEBLO HUMILLADO PERO NO VENCIDO: Este título se tomó del informe realizado por una comisión de estudiantes de Chuquisaca, que se hizo presente en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en año 1958, para investigar los vejámenes contra el pueblo, durante las luchas cívicas del 11%. El mencionado informe se titulaba “Santa Cruz, un pueblo humillado, pero no vencido”. Este valioso testimonio histórico fue presentado por los delegados de la Federación de Estudiantes de Chuquisaca y de la Federación Universitaria de la Universidad de San Francisco Xavier. Un documento como este, solo podía salir de la cuna de la libertad de América. Es un informe de 16 páginas (ver blog “Crisis Política) y que en partes pertinente dice: “Que es inaudita la existencia de gobernantes que habiendo reconocido y reafirmado los derechos de la persona humana en organismos y conferencias internacionales, los desconozcan y quebranten en el plano nacional cometiendo una serie de vejámenes y atropello bárbaros que hieren la dignidad y los sentimientos más entrañables del individuo y la nacionalidad toda, a la vez que conculcan en forma desmedida los preceptos de la Carta Magna del Estado, como con horror y asombro el pueblo boliviano ha espectado a través del tratamiento salvaje dado a los hermanos del Oriente. (…) Que con una innovación dentro del sistema represivo del país, el gobierno de la Revolución Nacional, ha volcado sobre Santa Cruz, fuerzas irregulares e inconstitucionales que no son, 273


sino hordas mercenarias sedientas de sangre fraterna que configuran el sistema del terror, en cuya base se asienta el régimen de gobierno actual (…) Art. 3º.- Exigir el levantamiento inmediato de la declaración de “zona militar” para la ciudad de Santa Cruz, y el retiro de las tropas regulares y de milicianos mineros y campesinos de la misma”. Estas agresiones militares, del miope centralismo contra el Oriente Boliviano, han sido una constante durante nuestra vida republicana. Pando es apenas el último eslabón. Un poquito de historia: el primer ataque del Presidente Hilarión Daza contra nuestro prócer Andrés Ibáñez, en 1877. El segundo de Aniceto Arce contra la Revolución de Los Domingos”, en 1891. El tercero de Bautista Saavedra contra “Ferrocarril o Nada, en 1924. El cuarto y quinto de Hernán Siles Zuazo contra “el 11%”, en 1958 y 1959. El sexto fue Evo Morales; vía Quintana contra Pando en 2008. El patrón del ataque centralista es siempre el mismo: Igual Daza que Morales: en pretexto real o ficticio, el uso de fuerzas combinadas de nuestro “glorioso” Ejército Nacional con milicias campesinas, el amedrentamiento y las vejaciones al pueblo en general, las violaciones constitucionales y la impunidad. No son este tipo de gobernantes los que sacaran a Bolivia de su fracaso histórico. La victoria del No, contra el centralismo, muestra que Pando sigue luchando por su libertad. FUENTE: ORTIZ SAUCEDO, JIMMY). Entre otras agresiones contra los cambas cruceños tenemos las detenciones de Gary Prado Araúz, Juan Carlos Santisteban, Marco Antonio Monasterio Mariscal y otros ciudadanos de la nación de los pueblos cambas cruceños por presuntas vinculaciones al grupo Rózsa, constituyendo nuevos ataques contra la población de la República de Santa Cruz de la Sierra, anexada y colonizada en 1825. La molestia de varias instituciones y partidos políticos de Santa Cruz, calificaron los arrestos como represalias a una nueva derrota electoral del oficialismo en la región. (PERSECUSIÓN CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Entre las 10:00 y las 10:30 de ayer, policías vestidos de civil procedieron a las detenciones de Prado Araúz, ex candidato a alcalde por el MNR e hijo del general que derrotó al Che, cuando salía de su casa en la zona de Urbarí; de Monasterio, secretario de cámara de la Corte Departamental Electoral cuando ingresaba a su trabajo, y de Santisteban, jefe de Falange Socialista Boliviana y médico, cuando se encontraba trabajando en la Caja Petrolera de Salud. FUENTE: ORTIZ, PABLO Y PÉREZ CARMEN: EL DEBER). La afectada Rosario Arauz madre de Gary Prado, explicó que la detención de su hijo estaba anunciada cuando se pregunta. ¿Porqué involucran a Gary?, Por ser hijo de un militar que combatió la guerrilla del Che, por eso tienen que dañar la imagen del padre. Si mi hijo ni siquiera conocía a Rózsa reclamó. Después del mediodía Gary Prado Salmón general que comandó las tropas bolivianas contra Ernesto Guevara y padre del detenido, llegó para respaldar a su hijo y se describió, como una espinita clavada en el Gobierno, reconociendo haber hablado con Rózsa, porque le hizo una entrevista para una revista húngara. Los políticos llegaron con representantes de instituciones, congresistas y autoridades electas. 274


Desde septiembre de 2008 no se veía a tantas instituciones, como políticos locales reunidos en un mismo espacio, con unidad de criterios sobre un tema.

LA INVASIÓN MILITAR AL TERRITORIO DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, ANEXADA Y COLONIZADA EN 1825 CON MATERIAL BÉLICO Y TANQUES EN 2008 Los militares de la metrópoli boliviana dejan los cuarteles e invaden la heredad Camba Cruceña, para evitar un supuesto complot separatista de la región. Estos castrenses con equipo y material militar llegaron a zonas estratégicas de Tarija, Beni, Pando y Santa Cruz. En las imágenes que consiguió la red Uno se observa el traslado de al menos tres tanques cerca de Cochabamba, los cuales se dirigían hacia Santa Cruz. Los efectivos militares dejaron vacíos los cuarteles desde la noche del jueves y se apostaron en lugares estratégicos de las cuatro regiones autonomistas que actualmente están en conflicto: Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija con el fin de retomar el control y la seguridad en esas zonas. Un jefe militar que prefirió guardar su identidad señaló a este medio que cinco, de seis compañías que tiene el Estado Mayor se desplegaron a lo largo de Beni, Pando y Tarija. Cada compañía dijo, cuenta con aproximadamente 85 soldados. Asimismo 15 tanquetas del Ejército salieron desde la localidad de Patacamaya (La Paz) rumbo a Santa Cruz. El Alcalde de la población de Comarapa manifestó a la red Uno que el equipo militar acompañado con efectivos castrenses, tomará rutas alternativas con el fin de no causar incertidumbre en la gente. La movilización de 1600 efectivos militares al departamento de Santa Cruz que llegaron en 20 buses y 15 camiones, a los regimientos Ranger y Ecológico acantonados en Montero desató duras críticas y fue calificada por políticos y la ciudadanía como una militarización. (MILITARIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ: El gobierno del presidente Evo Morales Ayma, fue acusado por la oposición política de “militarizar” el departamento de Santa Cruz, luego de haber ordenado el traslado de 1.600 efectivos militares hacia las zonas fronterizas de Roboré, San Matías, Puerto Suárez, a fin de evitar el ingreso de súbditos extranjeros tras los hechos de terrorismo suscitados en el país. El presidente de la Cámara de Senadores del Congreso, Oscar Ortiz, abrió dudas sobre la verdadera intención del Ejecutivo con respecto a la movilización de tropas que serían las mismas que fueron trasladadas en septiembre de 2008 al departamento de Pando. “Es una nueva agresión del gobierno a los departamentos del Oriente. Ya lo hicieron en Pando, esto se llama militarización”, puntualizó el senador de Podemos. El gobierno de Evo Morales habría dispuesto 6,3 millones de dólares provenientes de Venezuela para fortalecer la presencia militar en las regiones opositoras a su gobierno, el 2007, según reportes secretos de Estados Unidos: FUENTE: WIKILEAKS).

LA AGRESIÓN DEL PODER POLÍTICO ALTO PERUANO, DE INVOLUCRAR LOS MOVIMIENTOS CÍVICOS DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS CON LOS CROATAS, CUANDO ESTOS SON UNA MINÚSCULA POBLACIÓN EN EL ORIENTE Y SON MÁS REPRESENTATIVOS EN EL OCCIDENTE DE LA METRÓPOLI. ADEMÁS INVOLUCRAR A LA REPÚBLICA DE CHILE

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Solamente en la mente torcida de los alto peruanos, como descendientes de la oligarquía dos caras de Charcas que creó la república del Alto Perú, la que nos anexó y colonizó a la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra en 1825, tiene la capacidad para denigrar a un pueblo utilizando la cizaña y envenenamiento por el solo delito de ser diferentes en historia, geografía, cultura, origen y etnia. El poder alto peruano está metiéndonos dentro del movimiento independentista de Croacia a los cambas cruceños, como método para descalificar la lucha centenaria para conseguir nuestra emancipación, dentro de la unidad republicana boliviana que nos viene rechazando por espacio de casi 200 años, así como involucrar a Chile en el mapa de la Nación Camba. La perversidad espiritualde los poderes de la oligarquía del Alto Perú que viene usufructuando del poder durante casi 200 años, pasándose la posta entre izquierdas y derechas nos han mantenido anexados, colonizados y sometidos a una servidumbre que lacera el sentimiento de patria como nación de los pueblos cambas cruceños. Todo ello cuando nos endilgan de terroristas y separatistas. (PERVERSIDAD MANIFIESTA ALTO PERUANA: Son un pequeño conjunto de poderosas familias ligadas a la gran empresa, a la industria láctea, cervecera, y al capital financiero, llegadas al país altiplánico en los años posteriores al fin de la Segunda Guerra Mundial, cuando el gobierno boliviano acepto, a solicitud de la CIA, dar refugio a miembros perseguidos de la Ustacha, la organización fascista Croata. Al selecto grupo no los recibía ni siquiera la Argentina, gran acogedora de nazis. Estos fueron los abuelos de quienes hoy llevan las riendas en el Oriente boliviano y quienes en la actualidad capitanean los principales proyectos de desarrollo en esa prospera región petrolera, agrícola, ganadera y anticomunista, y se sienten los principales forjadores del explosivo adelanto económico de sus provincias. Ellos se han esmerado por mantener a sus miembros lejos del negocio del narcotráfico y el lavado de dinero. Y por mostrarse frente a los Estados Unidos como un grupo de fiar. Tienen contactos directos con la CIA y han colaborado con la DEA en el control de la producción y tráfico de cocaína. Fueron los grandes aliados del general Hugo Banzer durante su carrera política, siendo beneficiados por este con grandes partidas presupuestarias y de infraestructura en sus dos gobiernos. FUENTE: EL MOSTRADOR DE CHILE). La mentira histórica y la diatriba que utilizan cuando nos anexan es una falacia, pues la nación de los pueblos cambas cruceños ni en la prehistoria y la historia fuimos altiplánicos y pese a ello, no se pretende separase, sino conseguir las reivindicaciones emancipadoras dentro de Bolivia. Pero la imperialista metrópoli colonizadora se refiere de tal manera contra la sociedad Camba Cruceña siguiendo con su injuria, su odio y su ofensa como desprecio consuetudinario desde 1825. Los detractores oligárquicos del Alto Perú dicen, recordemos que Santa Cruz de la Sierra debe ser el lugar del mundo con mayor proliferación de logias y sectas por metro cuadrado, cuando la República del Alto Perú se formo bajo la influencia masónica de Bolívar y además la Logia Huakues en su línea Club Patriótico, que formo la república Bolívar que nos anexa y coloniza, pero sigue la inquina oligarca alto peruana, cuando se afirma que la cultura facilitada por al Grupo Croata ha logrado la formación de redes 276


de apoyo a sus planes secesionistas. El clan croata sigue mintiendo la oligarquía andina del Alto Perú boliviano, es uno de los elementos más activos en el proceso de desintegración de Bolivia y ha impulsado, la creación de varios grupos de los cuales el más activo es La Nación Camba. Añadiendo sintomáticamente,han retomado el símbolo de la Media Luna en alusión a la Media Luna Croata que en el año 1482 se constituyo en el último bastión de Europa contra la expansión del imperio otomano. Esta vez la Media Luna defenderá la civilización contra los enemigos de la globalización y el progreso. Asimilando este discurso en forma perversa e endilgándolo a los cambas cruceños, como expresión contra los collas y por cierto contra su presidente Evo Morales, pues se sabe que para el Grupo Croata la caída del indio Evo no es prioritaria aunque la ven inminente. La injuria contra los cambas cruceños por los alto peruanos, viene cuando dicen que buscamos crear una nación blanca, laboriosa, ilustrada que nada tenga en común con la altiplanicie Colla a la que tienen que financiar diariamente con sus impuestos y afirman, que hay elementos de la Casa Blanca y el Pentágono que miran con muy buenos ojos la creación de un nuevo país en la región o cuando menos la constante amenaza de ello. Siguen cuando dicen que es un hecho que si Morales se opone por la fuerza a los estratégicos pasos autonómicos diseñados por los croatas, éstos no vacilarán en recurrir a las viejas prácticas de sus abuelos, desvariando en su perversidad intelectual al igualar al general Custer, con los Croatas del Oriente boliviano. (ACUSACIÓN MALVADA ENDILGADA A LOS CAMBAS CRUCEÑOS: El único indio bueno es el indio muerto y el indio puede ser Evo o el que venga. Son una lacra y un lastre que no están dispuestos a seguir subsidiando por más tiempo. PENSAMIENTO DESVIADO ALTO PERUANO).

DESCONOCIMIENTO TOTAL A NIVEL INTERNACIONAL DE LA HISTORIA, SOBRE EL ORIGEN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, ANEXADA Y COLONIZADA EN 1825 La comunidad internacional por falta de un real análisis de la realidad de la nación de los pueblos cambas cruceños que definitivamente son diferentes de los collas alto peruanos en los Andes; mantiene la errada visión sobre una condición de homogeneidad de la República del Alto Perú transformada en Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. La homogeneidad falsa y aparente es por la enseñanza de la mala historia contada a nivel externo, además aceptada por la desidia y el desinterés de los intelectuales o publicistas nuestros, porque la verdad sobre el avenimiento de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños que nos ocupa, no está conocida y difundida, pero si está definitivamente desmentida por los acontecimientos que dieron origen a que seamos uno de los pueblos con más identidad histórica y cultural en el centro de América del Sur. La nación de los pueblos cambas cruceños, tenemos que conocer que nuestro origen proviene de la corriente del río de la Plata y que no tiene relación alguna con el advenimiento histórico de los pueblos que componen la imperialista y colonizadora metrópoli boliviana, asentada en los Andes. Siendo este el motivo por el cual estamos obligados, para no sucumbir ante la arremetida racial y cultural colonizadora, defender nuestra existencia mediante una cruzada a nivel mundial, demostrando que en el Estado Plurinacional Comunitario boliviano, nos encuentramos enclaustrados siendo una nación diferente, cierta y determinada como minoría nacional. Además una nación que está clamando por el derecho a existir, por que durante casi doscientos años se debate dentro de una titánica lucha, manteniendo todavía sus condiciones culturales, sociales y étnicas intactas pese a sufrir desde su colonización, una arremetida 277


feroz y perversa de la metrópoli que la sojuzga. La situación de perversidad histórica que ha vivido la sociedad Camba Cruceña, se encuentra marcada por la diferencia de dos pueblos existentes en el Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, que como imperfección se arrastra desde su formación, con la anexión y colonización de una república que se había separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. Donde la anexión y la colonización que se denuncia, fue ejecutada por el poder de una oligarquía española y criolla que había formado su república llamada Alto Perú, por rechazo a la integración con Buenos Aires de las cuatro Provincias Altas de la antigua provincia de los Charcas, pero que el 9 de julio de 1816 con representantes se unen a la República Argentina en la ciudad de Tucumán. Todo ello dentro del permanente problema de rivalidad, por haber los alto peruanos perdido el poder que detentaban como Audiencia de Charcas en 1776, que la reciclan y reinventan con las Provincias Altas de La Paz, Chuquisaca, Cochabamba y Potosí, las que ejecutan su rebeldía porque fue eliminada por el gobierno de Buenos Aires en 1813. Todo ello dentro de su permanente deambular en su comportamiento libertario dos caras, donde buscaron y lograron el apoyo de Antonio José de Sucre y Simón Bolívar para concretar y consolidar su ya reconocida República Alto peruana por España, mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 y todo ello traicionando y destruyendo a su gestor Pedro Antonio de Olañeta. La oligarquía criolla de español y alto peruana o de Charcas, se aprovecha de la ignorancia histórica de los libertadores colombianos y de la misma manera de la de los líderes de la nación de los pueblos cambas cruceños, para que engañados se comprometan con el fraude histórico efectuado contra la ya República de Santa Cruz de la Sierra entre 1815 a 1825. El supuesto estado de beligerancia y de confrontación, entre la media luna andina minoritaria en superficie pero mayoritaria en población, con la media luna de los llanos rioplatenses y amazónicos mayoritaria en territorio y minoritaria en población, no es un mito, sino una realidad que agrede y hace sangrar la historia de libertad, emprendida en América en pleno siglo XIX. Demostrado por los comentarios de opinión del Diario Exterior de España que, aunque interesados sobre la ratificación y el rechazo de un nuevo texto Constitucional, fue definitivamente resistido por la media luna oriental de los llanos con mayoría abrumadora y ratificado de igual manera por la media luna andina. (SABOR AMARGO PARA LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS: En el 2008, los bolivianos deberán asistir a las urnas para ratificar o rechazar el nuevo texto constitucional y la continuidad de Evo Morales como Presidente de la República. Sabor amargo es el que deja esta conflictiva reforma constitucional, en la que se expande el poder que tiene el Estado en detrimento de los ciudadanos y en el que se fortalece un sistema paternalista. FUENTE: DIARIO EXTERIOR DE ESPAÑA: DIARIOEXTERIOR.COM). El diario español expresa además que los del partido del Movimiento al Socialismo partidarios de Evo Morales, lograron su propósito y redactaron la Constitución Política del Estado con su propia receta e ingredientes, sin que el resto de las fuerzas políticas pudiera participar en el horneado de la nueva Ley Suprema de los bolivianos. Los alto peruanos en la asamblea Constituyente, buscaron pasar como un rodillo su mayoría por sobre las reivindicaciones de la oposición que reclamaba el cumplimiento de la Ley de Convocatoria. Así como las cuatro prefecturas de la media luna con su férrea insistencia, de que se respetaran los resultados favorables a la autonomía en sus regiones. Continuando el Diario dice: ese palo de amasar del movimiento al socialismo que buscó aplanar todas las diferencias, terminó atrincherándose en la ciudad de Oruro, rodeado de vigilantes y cañoncitos para imponer con la fuerza del número, una nueva Constitución que provoca los suspiros de los del partido político y de sus organizaciones sociales, pero que provoca los sinsabores del resto del variopinto arco político boliviano. Sigue el comentario que el año 2008 los bolivianos deberán asistir a las urnas para ratificar o rechazar el nuevo texto constitucional y la continuidad de Evo Morales como presidente de la República. El encargado de diseñar la estrategia de comunicación y campaña será el actual vicepresidente Álvaro García Linera y no se exhibirá a los asesores de origen argentinos, peruanos y venezolanos que colaboraron, con el partido en el poder en elecciones anteriores y que tanto rechazo despiertan. 278


La campaña contempla la exaltación de los logros de la presidencia de Evo Morales, como la nacionalización de los hidrocarburos y la reforma agraria que lleva varias décadas sin complementarse y ser terminada. Ensañándose especialmente contra la oposición de Podemos y la media luna, etiquetada como oligarquía, en que lejos de buscar la paz y la reconciliación, Morales y el partido político que lidera apostarán a exacerbar la confrontación para validar la nueva Constitución, haciendo todavía más intenso el enfrentamiento existente entre los bolivianos.

INTERPRETACIÓN SESGADA POR EL DESCONOCIMIENTO TOTAL DE LA HISTORIA, SOBRE EL ORIGEN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS A NIVEL INTERNACIONAL, ANEXADA Y COLONIZADA EN 1825 La opinión sobre el problema suscitado entre la imperialista metrópoli colonizadora, Estado Plurinacional Comunitario que definitivamente pretende eliminar dentro del contexto sudamericano y mundial, a la nación de los pueblos cambas cruceños, integrando a nuestros pueblos dentro de una inventada comunidad intercultural de tipo incaica o Tahuantinsuyo. Ratificada en el cuarto encuentro Tawa Inti Suyu que maneja una cosmovisión contraria a la sociedad de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada y colonizada en 1825. (COMUNIDAD INTERCULTURAL TAHUANTINSUYU: En los últimos cuatro años el esfuerzo unido de hombres y mujeres, hicieron posible la existencia natural de la Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo que inaugura la nueva dimensión del tiempo y espacio para los hijos de la Allpa Mama. FUENTE: DOCUMENTO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL, REVISADO POR LA MESA DE ORGANICIDAD EN EL TERCER ENCUENTRO. TAWA INTI SUYU: QUITO). El comentario de El Mundo al Revés con el título de LOS PODEROSOS PLANEAN LA PARTICIÓN DEL PAÍS refiriéndose a Bolivia, en forma parversa expresa tergiversando que varias provincias de Bolivia, han anunciado que están por romper con el Estado Central en señal de protesta contra las políticas izquierdistas del líder del país y afirma, desde que Evo Morales fue elegido para la presidencia de Bolivia a finales de 2005, el país ha experimentado tensiones permanentes, lo cual era de esperar, pues fue llevado al poder por un movimiento que en los seis años anteriores se había deshecho de tres presidentes, en la batalla por controlar los recursos naturales de Bolivia. La existencia de vastas reservas de gas y petróleo, en el territorio del la ex República de Santa Cruz de la Sierra, podrían haber transformado las vidas de las dos terceras partes de la población que todavía viven en la pobreza, dentro de una desdicha intensificada por la década previa de neoliberalismo. Morales supuestamente fue elegido, para traer de vuelta esa riqueza potencial bajo el control nacional, construyendo una nueva clase de Estado, en el cual la población indígena como las comunidades de habla Aymara y Quechua, serían representadas por primera vez. Al poco tiempo de su proclamación Morales estableció una asamblea constituyente, para redactar una nueva Constitución que garantizase esos derechos y diese al gobierno el control sobre la riqueza natural del país, pero un año y medio más tarde, la asamblea no había tomado ninguna decisión. La República de Bolivia se había convertido en un campo de batalla, donde la estrategia de la clase dirigente boliviana fue paralizarla, pese a que los que apoyan al gobierno tienen una mayoría poco mayor a las dos terceras, como partes necesarias para llevar a cabo la nueva legislación. Donde los delegados de las ricas provincias del Este, se salieron a finales de 2006 después de insistir sin éxito que cada artículo de la nueva constitución, debía ser aprobado por una mayoría de dos terceras partes. Por lo que han continuado desestabilizando el proceso desde afuera, con demandas para una mayor autonomía regional y empujaron la capital del país hacia la ciudad de Sucre, que está en un área controlada por la derecha. Luego en el estado de Santa Cruz – la más rica de las provincias del Este de Bolivia – aumentó 279


la violencia. Las pandillas de jóvenes gamberros azotaron las calles y los seguidores de Morales fueron atacados. Habiendo rehusado a tomar parte en la asamblea las provincias del Este, ahora exigían autonomía – en realidad autogobierno. En los últimos días el significado verdadero de la demanda de autonomía se ha vuelto muy claro. Los seguidores de Morales se reunieron en la asamblea y aprobaron una nueva Constitución que admitía los derechos indígenas y legisló, el control estatal sobre el petróleo y el gas. Mientras tanto Santa Cruz y otros dos Estados del Este, con otro más que se les unirá pronto – con las áreas donde están ubicados el gas, el petróleo, las maderas preciosas y las plantaciones de soja – publicaron su propia versión de la Constitución. Y anunciaron su control sobre los recursos locales, declarando su derecho a ocuparse del capital nacional e internacional y negando los derechos de los indígenas, dentro de una interpretación decididamente equivocada, que además como parte de la izquierda internacional, involucra a los Estados Unidos en el complot para dividir Bolivia, pese a que se encuentra dividida por la historia, la geografía y la etnia. (ACUSACIÓN SESGADA DE RACISMO EXPLICITO POR UN ÓRGANO FORÁNEO: No es accidental que el actual embajador estadounidense en Bolivia hubiera supervisado previamente la partición de Yugoslavia, La demanda de autonomía es una estrategia para subvertir el estado boliviano y situar el control de la riqueza de la región en manos de agrupaciones capitalistas que están, en la mayoría de los casos, relacionados con el capital multinacional. La autonomía. El ataque está disimulado por un racismo explicito, cínicamente explotado para dividir las organizaciones de la clase trabajadora, así como también a la clase media con su alta proporción de inmigrantes recién llegados. Morales ha dicho que enviará el ejército y la policía, controlados todavía desde la capital La Paz. Santa Cruz ha respondido, anunciando en su estatuto de autonomía que reclama el derecho de crear su propia fuerza policial. Es posible que pronto hayan serios enfrentamientos en el país. La historia de las luchas de masas de los últimos años enseña una lección muy clara: será la acción de masas la que llevará a cabo los cambios tan esperados cuando Evo Morales fue elegido. Los intentos de Morales en los últimos meses por negociar con los grupos guiados desde Santa Cruz, tan sólo ha logrado alentarlos a atacar su gobierno. Sólo cuando el poder económico y político de los capitalistas sea desafiado directamente, la nueva Bolivia podrá construirse. FUENTE: EL MUNDO AL REVÉS ORG.

LA AGRESIÓN CONTRA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS COLONIZADA EN 1825, CON LA SOLAPADA AMENAZA MILITAR Y PARAMILITAR CONTRA EL PRESUNTO SEPARATISMO DEL 7 DE AGOSTO DE 2007 El agredir a un pueblo colonizado mediante el poder militar y paramilitar de la metrópoli, manejando una amenaza contra su seguridad y utilizando a engañados componentes autóctonos de la Nación Camba Cruceña, es un acto de soberbia de los poderosos que mantienen engañados a esta parte poblacional de la cruceñidad, que para desgracia de ellos mismos tuvieron su despertar grotesco y abusivo en los sucesos de Chaparina. El Alto Mando Militar del ejército colonial boliviano, asegura que junto a los pueblos indígenas reafirmarán el fervor cívico a la Patria, en la parada militar que se efectuará en Santa Cruz el 7 de agosto y el General Wilfredo Vargas convocó a algunos sectores cruceños, a deponer actitudes susceptibles en torno a la parada militar de la integración nacional. Las Fuerzas Armadas reafirmarán el fervor cívico y la unidad nacional, junto a los 36 pueblos indígenas en la parada militar que se realizará el 7 de agosto en Santa Cruz, en conmemoración del 182 aniversario de la vida republicana de Bolivia y de la institución armada. Afirmando .podemos movernos a cualquier sitio donde nos convenga, y mucho más las Fuerzas Armadas que son del Estado y están en todo el territorio patrio. Qué mejor que vean una manifestación cívica en apoyo a la unión y en apoyo a 280


Bolivia en Santa Cruz, afirmó el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas. El pasado 24 de julio el Gobierno nacional, hizo conocer que los actos conmemorativos en honor a la efemérides patria se realizarán en Santa, repitiendo lo acontecido el año pasado en la capital constitucional de Bolivia donde se realizó un acto extraordinario en el que participaron los 36 pueblos indígenas. En ese contexto el Gral. Vargas señaló que se viene trabajando, sobre qué unidades participarán del evento. La trayectoria, cantidad de efectivos y otros aspectos. Agregó que ahora se ve la posibilidad de realizar la tradicional parada militar en diferentes departamentos del país, puesto que el año 2006 se efectuó en la ciudad de Sucre y esta gestión será en Santa Cruz, toda vez que en la mayoría de los casos el desfile se efectuaba en la sede de gobierno y este próximo 7 de agosto, Guarayos, chiquitanos, tacanas, chipayas, mójenos, yuquis, aymaras, quechuas, weenhayek, guaraníes, sirionós y representantes de otros pueblos originarios efectuarán su saludo junto a efectivos de las Fuerzas Armadas a la Bandera Nacional y a la Patria, incluyendo el pendón andino quechua aimara de la wiphala o unancha. Sin embargo el evento civil militar despertó inquietud en algunos sectores de la dirigencia cívica cruceña, cuyos voceros señalaron que la población de Santa Cruz estaría susceptible por la parada militar, que junto a representantes de los pueblos indígenas se realizará el próximo mes. El Gral. Vargas puntualizó que en la experiencia vivida en Sucre el pasado año, dicho acto no generó ningún malestar ni inquietud en la población de Sucre y más por el contrario los capitalinos aplaudieron esa muestra de unidad nacional. Dijo me parece que hay algunas personalidades que quieren salir a la palestra, tratando de crear confusión y otras situaciones, nosotros tenemos confianza en la población cruceña que es una sociedad cívica boliviana y si nosotros, analizamos quienes hacen su servicio militar en el Oriente son gente del Occidente declaró el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. Aclaró también que solamente los miembros activos de la entidad castrense participarán con su armamento reglamentario en la parada militar, ya que ningún reservista va a portar arma y por lo tanto esas susceptibilidades hay que dejarlas a un lado. Dijo el Gral. Vargas. El dirigente de la Confederación Indígena de Pueblos Originarios de Bolivia (Cidob) Adolfo Chávez, a tiempo de calificar, como una actitud racista las posturas de pequeños grupos cruceños que se oponen a la parada militar, expresó que el evento será una fiesta de regocijo para los pueblos de la Amazonía, el Chaco, Oriente y Occidente. Dijo, esto implica un compañerismo y una visión de integración, además no pretendemos ofender a nadie e iremos a realizar un desfile como corresponde; es más, tienen todo el derecho nuestros demás hermanos de conocer nuestra sede central de los pueblos indígenas", mencionó Chávez .

LA AGRESIÓN ACTUAL ALTO PERUANA CONTRA LOS PUEBLOS AUTÓCTONOS LLAMADOS ORIGINARIOS Y COMPONENTES INDIVISIBLES DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ANEXADOS Y COLONIZAD0S EN 1825 CON LA ACOMETIDA INVASORA DE LA INTERCULTURALIDAD BOLIVIANA La interculturalidad debe diferenciarse y flexibilizarse de acuerdo a las circunstancias, pues no debe ser contradictoriamente homogenizadora. No se puede ni se debe pretender aplicar un mismo modelo de educación cultural en todo sistema educativo de una Nación, República o Estado ya que en Bolivia, una cosa es hacerla para los autóctonos llamados indígenas y otra es hacerla para la sociedad Colla alto peruana o chaqueña o la de los cambas cruceños, además dentro de los llamados indígenas es hacerla con los nativos o autóctonos amazónicos y otra, es con los llamados clase campesina andina. La educación es también otra cosa con los mestizos o con los inmigrantes autóctonos andinos, hacia los llanos amazónicos y rioplatenses dentro de zonas urbanas, pues la educación debe ser 281


heterogénea en su aplicación más no en su concepción, por ello debe generarse un consenso en torno a lo que se entiende por pluralidad, porque solo de esta manera la interculturalidad puede tener legitimidad social dentro de toda comunidad democrática. La cultura es básicamente pluricultural, porque se ha formado y sigue formándose con los contactos entre distintas comunidades de vida que, aportan sus modos de pensar, sentir y actuar, por lo que los intercambios culturales no tendrán las mismas características y efectos, pero es a partir de estos que se produce el mestizaje cultural como hibridación, ya que toda cultura e identidad evoluciona a través del contacto con otras, pero estos suponen una relación respetuosa entre culturas. La interculturalidad implica por definición interacción, pues no existen culturas mejores ni peores ya que cada una puede tener formas de pensar, de sentir y de actuar que no pueden discriminarse. Por esto es importante postular el principio ético, de considerar a todas las culturas igualmente en dignidad y merecedoras de respeto. (RESPETO A LA CULTURA DE LOS significa, Esto PUEBLOS: también, que la única forma de comprender correctamente a las culturas es interpretar sus manifestaciones de acuerdo con sus propios criterios culturales. Aunque esto no debe suponer eliminar nuestro juicio crítico, pero sí que supone inicialmente dejándolo en suspenso hasta que no hayamos entendido, en la complejidad simbólica de muchas prácticas culturales. Se trata de intentar moderar un inevitable etnocentrismo que lleva a interpretar, las prácticas culturales ajenas a partir de los criterios de la cultura de – la persona interpretante. FUENTE: PONGUETZ.BLOGDIARIO.COM). La imperialista metrópoli colonizadora boliviana y su colonia, la nación de los pueblos cambas cruceños tienen comunidades de personas que se identifican con su zona, con su cultura y con su lengua en la que se desarrollan, por lo que reza lo simbólico de amemos nuestra raza, nuestra lengua y nuestra cultura y en el cambiado a Estado Plurinacional Comunitario, indígena originario campesinos, como sociedad multilingüe, pluriracial y pluricultural mezclado, cuando tenemos que coexisten tres grandes culturas que deben ser respetadas que son: 1. La cultura andina formada por los quechuas y los aymaras de influencia incaica. 2. La cultura amazónica – rioplatense formada por culturas y lenguas autóctonas de origen Tupí Guaraní mezclada, especialmente la que viene de la colonización y es la Camba Cruceña. 3.- La cultura llamada afro boliviana. Las identidades y las culturas históricas de las naciones, deben ser respetadas dentro del espacio donde se desarrollan, siendo sin injerencias bastardas de fuerzas foráneas que busquen su desaparición, tal como está sucediendo con la acción contra los pueblos autóctonos de la nación Camba Cruceña de la colonizada República de Santa Cruz de la Sierra en 1825, clasificados en el Estado Plurinacional Comunitario en 34 diferentes y están sufriendo una acometida genocida contra sus derechos humanos culturales. 282


La marcha en defensa del llamado Territorio Indígena Parque Nacional del Isiboro Sécure, fue intervenida y agredida por el poder imperialista colonizador de la metrópoli alto peruana, dentro de la política general de agresión, que se constituye en oligarquía andina, transformada en un grupo intercultural que acomete en la secuencia siguiente. (RELACIÓN DE LA REPRESIÓN POLICIAL GUBERNAMENTAL AL TIPNIS: Son pasadas las 6 de la tarde del 25 de septiembre de 2001 y hace varios minutos que ha comenzado un operativo policial de detención y agresión contra la marcha en defensa del Tipnis. Mediante comunicación de Internet se tiene la siguiente secuencia transmitida por la fundación Tierra desde el mismo lugar. 9:33 La población de San Borja impidió el paso de los buses que llevan a los marchistas, estarían retornando a Yucumo. 9:23 Comentario de Vladimir. Información que hay personas desaparecidas, niños desaparecidos, es realmente indignante… 9:22 Más temprano habíamos reportado que los buses estaban rumbo a La Paz, aunque en estos momentos existe información preliminar de que los buses estarían aún en el sector. 9:19 LA IGLESIA DE SAN BORJA, es el nuevo centro de atención. Están ahí algunos marchistas refugiados, suenan las campanas, mucho nerviosismo. 9:16 Comentario de indignación. En la Red PAT se pudo ver claramente como la policía patea a un dirigente que ya estaba sometido con las manos atadas en el suelo, el abuso es indignante. 9:14 TEMEN INTERVENCIÓN. Aunque están dentro de la iglesia existe mucho temor entre los indígenas, mucho temor entre mujeres y niños. 9:11 REFUGIADOS EN LA IGLESIA. En la iglesia de San Borja están refugiados un grupo de marchistas que lograron escapar de la intervención policial. 8:44 NO ESTAN DETENIDOS TODOS LOS DIRIGENTES. Aunque el gobierno desplegó un minucioso control para detener a todos los dirigentes de la marcha, algunos lograron escapar al monte, entre ellos Rafael Quispe de Conamaq. 8:41 DIRIGENTES MANIATADOS. Se confirma que los dirigentes de la marcha han sido atados con “cintas de embalaje”, obligados a abordar buses sin placas y que presumiblemente se encuentran camino a La Paz. 8:22 REFUGIOS IMPROVISADOS. Los marchistas que lograron escapar de la intervención violenta de los policías, se encuentran refugiados en varios grupos, en el monte y varios lugares cuyas ubicaciones no han sido reveladas por razones obvias. 8:19 RETOMAMOS CONTACTO. Nuestros comunicadores se encuentran en las cercanías del campamento intervenido, refugiados gracias a la solidaridad de mucha gente. 6:24 SECRETARIO DEL COMITÉ DE MARCHA. Miguel Charupá dirigente chiquitano es uno de los indígenas detenidos. 6:24 SEGUIMOS INTENTANDO RETOMAR CONTACTO. Al parecer está funcionando el control policial de los medios de comunicaciones, hemos perdido contacto telefónico con el lugar, muchos teléfonos celulares está deshabilitados. 6:05 POLICIAS CUSTODIAN EN EL CAMPAMENTO. Siguen esperando que lleguen más vehículos al lugar. Gas, niños asustados, mujeres obligadas a subir a las flotas, hombres atados con cintas y puestos boca bajo. Ese es el escenario. 6:02 DECOMISO DE FLECHAS. Los policías decomisan flechas y revisan todos los equipajes de los marchistas indígenas. 6:01 ESCOLTA A LAS FLOTAS. Detrás de las flotas unas dos o tres camionetas llenas de policías han partido custodiando el viaje sin destino conocido. 6:00 MARCHISTAS ATADOS CON CINTAS. Varios de los marchistas fueron atados con cintas y puestos baca abajo por los policías mientras esperan que lleguen más movilidades al lugar. 5:57 INFORMANTE 283


EN LA MARCHA. Una informante del gobierno se encontraba infiltrada en la marcha. Ella a medida que la intervención policial progresaba acabó dirigiendo la intervención. Comunicándose con los efectivos, pidiendo más vehículos. 5:54 CUATRO FLOTAS Y VARIAS CAMIONETAS SIN PLACAS. Los vehículos han llegado del lado de Yucumo sin placas de identificación y los policías están obligando a subir a los marchistas que están controlados por un sinnúmero de efectivos. 5:49 ESTAMOS EN EL LUGAR. Hacemos todo lo posible para actualizar con toda la información posible, pero como comprenderán no es una tarea fácil y las comunicaciones son intermitentes. 5:29 DETENCIÓN. Fuentes de la marcha informan que el dirigente indígena Rafael Quispe se encuentra desaparecido. Las fuentes presumen que la policía lo detuvo en el camino a San Borja - Yucumo que transitaba minutos atrás. 5:28 DESESPERACIÓN. En medio de la desesperación los niños lloran y las madres buscan no separarse de sus hijos, mientras los efectivos policiales antimotines en el campamento indígenas para desalojar a los marchistas y obligarlos a subir a camionetas que llegan desde San Borja.5:25 RUMBO A LA PAZ. Se informa que en este momento la policía obliga a subir a las mujeres y niños indígenas en camionetas rumbo a Yucumo. FUENTE: PATRÍAINSURGENTE.NUEVARADIO.ORG).

LA ESPAÑA GRANDIOSA COMO HALO BENIGNO AQUÍ PLANTÓ EL SIGNO DE LA REDENCIÓN, SÍMBOLO DE LA DIFERENCIA ENTRE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, CON LA NACIÖM DE LOS COLLAS ALTO PERUANOS El significado de las estrofas del himno cruceño para entenderlas, es importante hacer una aclaración histórica de las formas diferentes con que se produjeron, las colonizaciones de cada uno de los pueblos que se encuentran coexistiendo en la República de Bolivia, desde 1825 hasta ahora. La nación de los pueblos cambas cruceños y la nación de los pueblos collas alto peruanos. La colonización que dio como resultado la nación de los pueblos cambas cruceños, se produjo por la corriente del Río de la Plata que viene directamente desde España por el Océano Atlántico, pasa por el estuario del Plata, y remontando el río del mismo nombre llega a la confluencia del río Paraguay, donde se funda la ciudad de Asunción dentro del territorio Tupí Guarini, como pueblos que formaban diversas tribus, sin una estructura social como agrupaciones integradas y organizadas. La ciudad de Asunción del Paraguay, es de donde nace la corriente migratoria que logra colonizar y ocupar espacios vacíos de la gobernación del mismo nombre, separándose la nación de los pueblos combas cruceños por acción directa del Capitán Ñuflo de Chávez, como Gobernación de Mojos en 1560. La población citadina Camba Cruceña, se crea con aproximadamente 1800 asunceños y 4000 284


autóctonos del mismo origen y todos procedentes desde Asunción, los que se integran con los pueblos de Chiquitos y otros con la fundación de la capital de la gobernación en 1561, efectuada sobre las faldas de la serranía del Riquio y a orillas del río Suto, muy cerca de la actual ciudad de San José de Chiquitos fundada como misión por los jesuitas. El contraste histórico con la colonización que dio como resultado, el actual Estado Plurinacional Comunitario boliviano de influencia cultural incaica, se produce por la corriente que llega al mar Caribe y desde allí pasando por Panamá cruza hacia el Océano Pacífico, llegando como invasión militar a la región de Cajamarca y tras derrotar al inca Atahualpa, destruye el imperio incaico y esclaviza a su pueblo. Las diferencias entre la sociedad de la imperialista colonizadora metrópoli andina alto peruana con la sociedad de las llanuras amazónicas y rioplatenses, es la que marca la discrepancia entre nuestras naciones, donde la alto peruana mantiene un rencor y odio solapado contra los que los colonizaron, en cambio la sociedad de los pueblos cambas cruceños, por la forma especial de su advenimiento benigno y vpn familias de inmigrantes, no guarda rechazo alguno contra uno de los dos pilares básicos de su conformación étnica. En muestro caso sobre el himno cruceño, cuando cantamos la España Grandiosa lo hacemos, porque era en los tiempos de la colonización de nuestro pueblo, un gran imperio que nos legó sangre y cultura. Además al no albergar rencor ni odio cantamos reconociendo la grandeza española. Cuando cantamos con Hado (HADO: Fuerza desconocida que se creía que gobernaba el destino de los hombres. FUENTE: DICCIONARIO MANUAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA VOX: EDITORIAL LAROUSSE: AÑO 2007) Benigno,. (BENIGNO: Que se caracteriza por la buena voluntad, comprensión y simpatía hacia una persona o grupo, tiene un carácter benigno y benévolo. Que es templado y agradable. FUENTE: DICCIONARIO MANUAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA VOX: EDITORIAL LAROUSSE: AÑO 2007) lo hacemos porque gracias a esa población de raza ibérica y española ya asunceña, se nos legó las virtudes de un pueblo que sirvió para formar nuestra etnia, dentro de un mestizaje orgulloso de las dos razas madres que nos dieron nuestra existencia material y cultural. Luego cuando cantamos y decimos aquí Planto el Signo (SIGNO: Objeto, fenómeno o acción material que, natural o convenientemente, representa y sustituye a otro objeto, fenómeno o seña. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: ESPASA – CALPE: AÑO 2005) de la Redención, (REDENCIÓN: La redención constituye uno de los dogmas centrales del cristianismo. En este, se reconoce por antonomasia a Jesucristo como “el Redentor”, pues murió en la cruz para salvar a la humanidad de la muerte espiritual eterna y abrirle las puertas de los Cielos, se entiende como el pago de un rescate destinado a satisfacer a Dios. En el prefacio pascual, la Iglesia Católica afirma que Cristo “con su muerte venció al pecado y con su resurrección venció a la muerte”, y el catecismo de la misma señala que “La muerte de Cristo es a la vez el sacrificio pascual que lleva a cabo la redención definitiva de los hombres. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: ESPASA – CALPE: AÑO 2005) lo hacemos porque los españoles trajeron con ellos la Cruz que es el símbolo de la cristiandad, 285


significando que nos formamos en base a la doctrina de Cristo y así nació, surgió y se consolido bajo su sombra un pueblo que pese a la influencia negativa alto peruana, todavía mantiene como lema el tener la frente limpia y contar con un leal corazón. (FRENTE LIMPIA Y LEAL CORAZÓN: Bajo el cielo más puro de América, y en la tierra de Ñuflo de Chávez. ¡Libertad! ven trinando las aves, de su veste ostentando el primor. De las flores el mundo galano, su ambrosía perfumada ofreciendo ¡Libertad, Libertad! van diciendo en efluvios de paz y de amor. La España grandiosa con halo benigno aquí plantó el signo de la Redención. Y surgió a su sombra un pueblo eminente de límpida frente y leal corazón. De entusiasmo y de fe rebosante, venga el hombre y repita ese coro, que en el suelo del “árbol de oro” siempre libre y feliz ha de ser. Que Natura, en transporte de diosa, abrir quiso con prodiga mano en el suelo oriental boliviano sus mil fuentes de gloria y poder. Siempre libres cruceños, seamos, cual lo son nuestras aves y flores, y sepamos vencer los rigores del que intente a la patria oprimir. Nuestro nombre, en tal hora, con sangre en la Historia dejemos escrito, repitiendo de Warnes el grito “O vencer o con gloria morir”. FUENTE: RIVERA LEIGUE, LEONOR FELIPE). La muestra de la mayor ignorancia de nuestros detractores sobre la realidad espiritual del pueblo de la nación de los cambas cruceños, más ese resentimiento que siente una gran cantidad de alto peruanos mestizos, odiadores de su parte española y que, como oligarquía se apega a su parte autóctona en forma camuflada, dentro del sentimiento del pueblo nativo autóctono de los Andes con un mensaje mentiroso de reivindicación, para mantenerlos subyugados en la peor esclavitud que es la miseria material y espiritual, basada en la ignorancia en que los tenían en el incario y la colonial, como también en la república hoy Estadi Plurinacional Comunitario. (IGNORANCIA Y SOBERBIA CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Hace un momento ustedes han cantado algo que no me gustó. Han dicho España la grandiosa. Todavía cantamos ese tema”, cuestionó el mandatario durante un acto de entrega de tierras a campesinos de Santa Cruz. Agregó que al estar Bolivia “en etapa de liberación”, se debería cambiar el mensaje de “algunos himnos”. El primer párrafo del himno cruceño dice: “la España grandiosa con hado benigno aquí plantó el signo de la Redención”. Morales hizo estas declaraciones en medio de una crítica a los líderes del primer alzamiento americano contra España, ocurrido en la ciudad de Sucre el 25 de mayo de 1809, y del que Bolivia recuerda el bicentenario este año. FUENTE: PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO DE BOLIVIA: MORALES AYMA, EVO). La actualidad viene con agresión de nuestros carceleros de siempre, utilizando a quinta columnas y puntas de lanza incrustados en nuestra sociedad que los acoge hospitalariamente, los que apegados al contrario que este caso es la metrópoli alto peruana, siguiendo el ejemplo de su jefe político han propuesto al Consejo de la Gobernación Cruceña, la eliminación definitiva de estas hermosas frases de nuestro himno, como sentimiento bastardo, porque se está mostrando la grandeza de un pueblo que busca convivir pacíficamente, ente los nativos y originarios autóctonos propiamente dicho, los nativos y originarios nacidos. También los inmigrantes de buena fe que toman como propia nuestra heredad por adopción. Amándola entrañablemente.

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LEGADOS HISTÓRICOS CAMBAS CRUCEÑOS

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EL DESTINO DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DE ALCANZAR SU INTEGRACIÓN, EVITAR SU DISGREGACIÓN O LOGRAR SU EMANCIPACIÓN COMO NACIÓN ANEXADA POR EL IMPERIALISMO COLONIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO DE BOLIVIA, SERÁ REALIDAD POR EL ESFUERZO PROPIO COMO SU FRACASO DE NACIÓN, SERÁ CONSECUENCIA DE LA DESIDIA DE SUS PUEBLOS CIERTOS Y DETERMINADOS.

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LA DESCOLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS Los legados que la nación de los pueblos orientales cambas cruceños debemos honrar…………………293 El justificativo real y necesario, para efectuar este análisis de la anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños en Bolivia…………297 La Nación de los pueblos orientales cambas cruceños existente, con los departamentos del Beni, Pando, Santa Cruz y de Tarija anexados a la República del Alto Perú, debe defender su espacio vital……….…307 El fortalecimiento espiritual de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, viene como resultado del empuje de los inmigrantes honestos, y por esa fuerza espiritual en la defensa del territorio y espacio vital que nos acoge hospitalariamente……………………………………………………………………………314 Contar la historia de las agresiones contra la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, es para que conocidas sirvan de orientación sobre el futuro que nos compromete a defendernos de las hordas invasoras que al final nos destruirán a todos………………………………………………………………….…321

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LA DESCOLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS LOS LEGADOS QUE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DEBEMOS HONRAR La irregular anexión de la nación de los pueblos cambas cruceños, como República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 en la República Bolívar en 1825, se hizo efectiva sin contar con nuestra voluntad como ente soberano, siendo el resultado del manejo de un verdadero fraude por la maniobra dolosa en que fuimos agregados a la colonialista república imperialista del Alto Perú. Esta situación histórica de anexión y colonización, significó la incorporación de la nación de de los pueblos cambas cruceños de las Llanuras jesuíticas y Tupí guaraní, con una violación definitiva al Orden Internacional vigente desde 1819. La situación de agresión a nuestra soberanía e independencia,, es porque antes de ser agregados estábamos desde 1776 fuera de la jurisdicción administrativa y militar de la eliminada audiencia de Charcas sucedida en 1813. Luego nos encontrábamos liberados del colonialismo español desde 1810, y como República independiente separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, al igual que lo sucedido con la República del Paraguay desde 1814, como también la República de Chile que desde 1818 que lo hizo del poder colonial español. La nación de los pueblos cambas cruceños estábamos separados de Cochabamba en el manejo administrativo y político, con el retorno de nuestra sede de gobernación en la ciudad capital de Santa Cruz de la Sierra desde 1811, por lo que esta irregular agregación al Alto Perú, resultó por decisión equivocada y autocrática personal de Antonio José de Sucre, porque según el mismo pensó y juzgo meternos en la organización de un país a la sombra del Libertador y del Ejército Unido venido de la gran Colombia, mostrando un desconocimiento total de la situación foral e historia de nuestra sociedad, violando el espíritu del Decreto del 9 de febrero de 1825. (INTERESADA IGNORANCIA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: Ignorando que se hubiese instalado allí un Congreso de las provincias que ha querido reunirse, é incierto del partido que debía abrazar para impedir la disolución y la anarquía, pensé que debía entregar al país a si propio, para organizarse a la sombra del Libertador y del Ejercito Unido. Encontraba que allí cada provincia tenía su legislatura propia soberana y hasta ahora independiente, y juzgué que cinco provincias con más de un millón de habitantes componiendo la mayor parte de la población de aquel virreinato, eran bien dignas de formar una asamblea propia que proveyese a su conservación. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: MEMORIA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, PRESENTADA A LA ASAMBLEA GENERAL DEL ALTO PERÚ: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 98). 295


La antigua región de los Charcas con sus cuatro intendencias, estaba integrando la República Argentina y no la audiencia como se pretende hacer creer mediante la tergiversación histórica, porque estas Provincias Altas del Río de la Plata, se adhirieron desde su creación como conglomerado independiente el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán, pues las provincias llamadas alto peruanas pertenecían a la Argentina pero estaban rebeldes a ella, especialmente La Paz que por ser de sentimiento netamente peruana, aunque pasaron a depender del virreinato del Río de la Plata cuando fue creado en 1776. La República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, asentada en las llanuras Tupí Guaraní al Este de la cordillera de los Andes, que estaba apegada al movimiento independista de Buenos Aires, además separada e independiente desde 1815, fue motivo por el que no se integro a la supuest, renacida audiencia de charcas y relacionarla, constituye una falacia amañada y falsa interpretación de Sucre cuando dice ser conocidos nuestros pueblos de los llanos amazónicos y rioplatenses como alto peruanos. La interpretación perversa de Sucre, fue la que sirvió para la anexión dolosa y colonización fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños a la del Alto Perú República Bolívar, la cual en la actualidad está eliminada y transformada en Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, con una interpretación fraudulenta de nuestra historia que viola en forma implícita el Orden Internacional de Derecho Público reconocido por el mismo Libertador Simón Bolívar. La nación de los pueblos cambas cruceños que comprendían Mojos, Chiquitos, Santa Cruz, Cordillera y Valle Grande, no pertenecieron jurisdiccionalmente ni históricamente a la supuestamente restaurada audiencia de Charcas, por efecto de la unión de las intendencias del Alto Perú o Charcas a Lima y luego al Cuzco desde 1813 hasta 1822, como año de su separación e independencia de la colonización española mediante el tratado de Tarapacá del 9 de marzo de 1824. La Provincia de Santa Cruz de la Sierra estaba de acuerdo con la revolución de Buenos Aires en sus autoridades pre-coloniales, todo ello por haber sido recuperada la sede de su gobernación en la capital de Santa Cruz de la Sierra de la ciudad de Cochabamba en 1811. Además porque desde 1813 integrábamos efectivamente la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, cuando mandamos delegados a la Constituyente de Buenos Aires con nuestros representantes Antonio Suárez y Pedro Damián Urtubey. Nuestra anexión en la República Bolívar en 1825, es completamente ilegítima e ilegal según el Derecho Internacional Público vigente, pues además esta agregación colonizadora fue consolidada mediante el Decreto del 23 de enero de 1826 como consecuencia del engaño y el fraude histórico, más la violación de la ley del 9 de mayo de 1825 emitida por el Congreso de Buenos Aires que, sólo tenía alcances para las cuatro Provincias Altas argentinas de Charcas es decir Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y La Paz. (LAS CUATRO PROVINCIAS DEL ALTO PERÚ: Al reabrirse las sesiones el 18 de julio, empezó dándose lectura a un oficio enviado por Sucre, sobre una nota del gobierno de Buenos Aires referente al decreto del 9 de mayo, documento que Antonio de Arenales había entregado anteriormente al Mariscal de Ayacucho como comisionado del gobierno argentino. La invitación de que habla el artículo anterior, y la instrucciones que la legación reciba del poder supremo ejecutivo, reconociendo por base, que aunque las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este Estado, es la voluntad del Congreso General Constituyente, que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINAS 23 Y 24). La falta de legitimidad que se acusa dentro del Orden Internacional de Derecho Público, debe ser corregida en la anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, porque fue ejecutada mediante la coacción, ejercida por la amenaza del uso de la fuerza militar por parte del ejercito de invasión comandado por Antonio José de Sucre. Además la anexión y colonización Camba Cruceña es ilegítima por venir de un incalificable abuso y engaño, llevado adelante 296


por la oligarquía criolla andina del Alto Perú que era parte de la logia masónica Huaukes, apoyada por los colombianos Simón Bolívar y Antonio José de Sucre contra nosotros. Porque definitivamente éramos libres de España desde 1810, como también independientes de Buenos Aires desde 1815 y la invasión alto peruana de Pedro Antonio de Olañeta desde el 14 de febrero de 1825. La coacción ejercida contra nuestra patria de la nación de los pueblos cambas cruceños por parte de Antonio José de Sucre y su ejército, constituye un vicio de nulidad absoluta de orden internacional, agravado por otras violaciones al derecho internacional con nulidades relativas, y la nulidad acusada viene porque no se cumplieron los cinco puntos del Decreto del 9 de febrero de 1825 dictado por el mismo Antonio José de Sucre en La Paz, que fueron definidos como normas base para cruzar el desaguadero, invadiendo los territorios de Charcas conocido como Alto Perú, cuyo territorio estaba definitivamente libre del Colonialismo español y en poder de la misma oligarquía criolla que traicionando a Pedro Antonio de Olañeta, que lo detentaba desde marzo de 1824 mediante el tratado de Tarapacá, pasándose a las filas del invasor colombiano Antonio José de Sucre. El hecho irregular que constituye nuestra anexión en la República Bolívar, representa una manifestación autoritaria de dominio por parte de la oligarquía criolla del Alto Perú o Charcas que se aprovechan del ejército foráneo de ocupación. Significando este acto de agresión colonial una expresión del poder imperial por parte de Simón Bolívar, dentro de la tendencia absolutista de estos invasores, como de los alto peruanos que fueron utilizados para agredir a la República de Santa Cruz de la Sierra, porque además se contaba con el apoyo de este poderoso ejército de ocupación por parte de los criollos y mestizos de toga y levita, desesperados por consolidar una república propia, para mantener los privilegios que gozaron durante la colonia y los mantienen hasta hoy día. Los privilegios de poder los mantuvieron durante la era colonial, pre-republicana y republicana hasta hoy en el Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, con la agresión final contra la nación de los pueblos cambas cruceños, concretada mediante la emisión del ilegítimo Decreto del 23 de enero de 1826 por Antonio José de Sucre, cuando este todavía no era presidente de la República Bolívar y hoy, estamos eliminados del contexto republicano e integrados en una inventada comunidad intercultural de tipo incaica alto peruana. El invasor del Alto Perú Antonio José de Sucre nos introduce definitivamente como departamento, consolidando con este hecho inconstitucional un comportamiento que se hizo norma durante la vida de esta República hoy Estado que nos domina, para así depredar nuestros recursos naturales como hordas invasoras comparables sólo con las del bárbaro Atila, al ser la nuestra una nación ajena y sometida al coloniaje. La ola de agresiones llevó a que se mantenga en el espíritu de nuestra gente de la nación de los pueblos cambas cruceños, el rechazo a este acto villano de mantenernos como ciudadanos de segunda en Bolivia y no bolivianos. Demostrable por el hecho cierto de no ser ciudadanos con derechos iguales, 297


sino estar metidos dentro de una comunidad intercultural Tahuantinsuyo indefinidos e invisibilizados. (COMUNIDAD INTERCULTURAL TAHUANTINSUYO: Es la diversidad de formas que coexisten manifiestas en el microcosmos del Ayllu-comunidad, son las fuentes naturales de las cuales rigen las normas esenciales, por las que se regirá y se guiará a la comunidad intercultural. La interculturalidad reside en el cosmos infinito, descrito en nuestra filosofía Amawta como Tawa Pacha, orientado en sus cuatro direcciones, fuente de toda forma de vida que palpita sobre la superficie terrestre Allpa Mama. Autodeterminación de las naciones originarias y pueblos del Tawantisuyu: Comunidad intercultural. En los últimos cuatro años el esfuerzo unido de hombres y mujeres hicieron posible la existencia natural de la Comunidad Intercultural Tawantinsuyo, que inaugura la nueva dimensión del tiempo y espacio para los hijos de la Allpa Mama. FUENTE: DOCUMENTO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL, REVISADO POR LA MESA DE ORGANICIDAD EN EL TERCER ENCUENTRO TAWA INTI SUYO QUITO, PARA SER RATIFICADO EN EL CUARTO ENCUENTRO TAWA INTI SUYU). Las agresiones históricas hacen que en señal de rebeldía el Prefecto Tristán Roca como hombre visionario sobre nuestro destino, nos deje el 24 de septiembre de 1864 un legajo y un mensaje que debemos honrar con la razón y la justicia para labrar nuestro futuro. (HIMNO CRUCEÑO EN 1864: A las armas valientes cruceños. Al combate, entusiastas, volad, que es temible el soldado que invoca: Libertad, Libertad, Libertad. Como libres marchas al combate, que allí crece del héroe el Laurel, como crece la esbelta palmera, del Oriente del Vasto Vergel. Una voz clamorosa os llama, de entusiasmo el fuego encended. Es la voz de la patria oprimida, que a las armas os dice ¡corred! A las armas valientes cruceños, nuestros lares y campos guardemos, que un tirano insulto sin razón; con sus fuerzas, sin tregua luchemos y expiremos al píe del cañón. Que morir por la patria es glorioso y es infame no alzarse a su voz, pues, quien sale por ella en defensa, es un acero invencible y atroz. Si marcháis animosos y bravos, del cañón al estruendo marcial. Nuestros hijos y esposas queridas. ¡Tejerán la corona triunfal! A las armas valientes cruceños. FUENTE: ROCA, TRISTÁN: PREFECTO DE SANTA CRUZ). El fraude gestado entre la oligarquía criolla de Charcas encabezada por Casimiro Olañeta y Mariano Serrano, debemos debelarlos como confabulación con Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, llevado adelante el 10 de julio de 1825 y terminado en su objetivo el 28 del mismo mes y año dentro de las deliberaciones de la asamblea de ciudad de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca. Todo ello sin tener presencia física de delegados nuestros. La utilización de nuestros corruptos delegados para Oruro y no para Chuquisaca de Seoane y Caballero por parte de Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y sus secuaces se produce el 6 y 9 de agosto respectivamente, mediante unas preparadas y dudosas sesiones para comprometerlos, sin cumplirse con el mandato que tenían de la Sala Capitular de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Consolidándose así nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta demostrada con la ley del 11 de agosto, que crea la Republica Bolívar con las cuatro Provincias Altas argentinas del Alto Perú o Charcas, que además no nos toma en cuenta y se hace efectivizada, cuando el dictador Antonio José de Sucre nos anexa 298


apócrifamente con el Decreto del 23 de enero de 1826 sin ser Presidente Constitucional de Bolivia.

JUSTIFICATIVO REAL Y NECESARIO, PARA EFECTUAR ESTE ANÁLISIS SOBRE LA ANEXIÓN Y LA COLONIZACIÓN DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA El análisis sobre la colonización sufrida por la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños de origen Tupí guaraní, trata sobre su irregular anexión a la República del Alto Perú de nombre Bolívar y es producto de la preocupación que siento, como nativo y originario de estos pueblos situados en el lado Este de la cordillera de los Andes. Anexados y colonizados desde su liberación de España en 1810 primero de Buenos Aires en 1815 y por ultimo del Alto Perú cuando se expulsa de la ciudad capital y la provincias occidentales el 14 de febrero de 1825, al gobierno comandado por el hermano de Aguilera y aliado de Pedro Antonio de Olañeta. La Gobernación de Mojos luego llamada de Santa Cruz de la Sierra, abarcaba los territorios de Ñuflo de Chávez y Andrés Manso comprendiendo las Salinas entre los ríos Pilcomayo, Bermejo y Paraguay, que fueron entregados en 1807 a la jurisdicción de Salta. Luego se constituyó en la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra y posteriormente Provincia del Río de la Plata Camba Cruceña, para finalmente ser la República de Santa Cruz de la Sierra que se encontraba soberana e independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, porque formábamos parte de ella desde 1813 con diputados ante el Congreso Constituyente en Buenos Aires, con el Teniente Coronel Antonio Suárez, segundo jefe de la guarnición de Cordillera que fue designado por la junta de Gobierno de 1810, comandante de las fuerzas patrióticas y el diputado ciudadano Don Pedro Urtubey. La necesidad de investigar los sucesos históricos de nuestra sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, es por la falta de una interpretación histórica sin influencias foráneas, llevándome sinceramente inquieto, alarmado y preocupado por las deformaciones de la enseñanza dirigida por poder hegemónico de la imperial y colonial metrópoli boliviana, para cuestionar la enseñanza falaz que está llevando a nuestra sociedad al Oriente de los Andes en Bolivia, a sufrir una posible y muy cierta disgregación por la oscura y agresiva política cultural que hace peligrar, el futuro de nuestra etnia que es el resultante de la amalgamación del Tupí guaraní con el inmigrante español venido desde Asunción del Paraguay, como también los inmigrantes de todas parte del planeta. La Nación, Patria y después República de los pueblos cambas cruceños que era soberana e independiente, infelizmente fue anexada, cautiva y colonizada en 1825 para ser definitivamente sojuzgada con una ley de creación de la República Bolívar que no nos toma en cuenta para nada en agosto del mismo año. (ANEXIÓN ARBITRARIA Y DOLOSA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: La anexión de Santa Cruz a la República de Bolivia se hizo arbitrariamente, sin consultar el pueblo cruceño, con el voto de dos diputados que no tenían poderes para representar su intendencia. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE; EDICIÓN AÑO 1935, PÁGINA 10). Los dos diputados de la nación de los pueblos cambas cruceños que se presentaron a la Asamblea de Chuquisaca, lo hicieron a título personal y después de haberse definido la suficiente discusión sobre la independencia del Alto Perú. Además lo hicieron fuera de tiempo y solamente para firmar el acta resultante en forma irregular. Estos apócrifos delegados solo fueron autorizados por las municipalidades o partidos de Santa Cruz de la Sierra ciudad y Valle Grande, no por las otras tres provincias de la ya República de Santa Cruz de la Sierra y su delegación, sólo les alcanzaba para la Asamblea de Oruro y no para la Asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca. El nombramiento como delegados representando una minoría de la nación de los pueblos cambas 299


cruceños de Seoane y Caballero, no les daba poder para presentarse en la ciudad de la Plata de la Nueva Toledo. como también su mandato tampoco les facultaba para sin competencia, adscribirse a lo resuelto en la sesión del 28 de julio de 1825 violando el mismo Decreto del 9 de febrero de 1825, pues ilegítimamente se atribuyeron la representación de los cinco partidos, provincias o departamentos con que contaba la República de Santa Cruz de la Sierra. (LOS DIPUTADOS CAMBAS CRUCEÑOS DEBIERON SER CINCO: El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DECRETO DEL 9 DE FEBRERO DE 1825: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA. EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 60). La representación de los ilegítimos delegados para la asamblea de Chuquisaca, aparte de ser minoritaria solo contaba con Vicente Seoane y Vicente Caballero era fraudulenta, por el contubernio asumido en el resultado de las sesiones del Congreso Constituyente no en Oruro sino en Chuquisaca, con confirmación en el texto de la historiadora del Alto Perú Teresa Gisbert que se refiere a la reunión en Oruro que era para la que tenían competencia de representación minoritaria. (INTRODUCCIÓN FRAUDULENTA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE ALTO PERUANA: El decreto llama a una asamblea deliberante para que las provincias del Alto Perú decidan su suerte y se establece que se nombre un diputado por cada provincia. Se señala el 10 de abril para una reunión en Oruro. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 344). El manejo doloso y fraudulento de la oligarquía del Alto Perú o Charcas, manipulada por el brazo masónico de la logia Huaukes en el Club Patriótico cuyos integrantes principales eran Serrano, Olañeta, Urcullo, Seoane y Caballero entre otros, está demostrado en su injerencia por lo que se verifica en las actas de las sesiones del 6 y 9 de agosto que el 28 de julio de 1825 sin representantes cruceños que determina la independencia del Alto Perú. (SESIÓN PREPARADA PARA INVOLUCRAR A SEOANE: Habiéndose informado por la comisión de poderes, de la legitimidad de los credenciales manifestadas por el señor Antonio Vicente Seoane, diputado electo por Santa Cruz, se le llamó para que prestase, como en efecto prestó, el juramento que previene el reglamento. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: 12ª SESIÓN DEL 6 DE AGOSTO DE 1925: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 134 // SESIÓN PREPARADA PARA INVOLUCRAR A CABALLERO: Que habiendo sentido el dolor de no hallarse presente al tiempo que con solemnidad se firmó el Acta de la Independencia, se le permitiese también suscribirla en testimonio de su conformidad, y procedido consentimiento de la sala, firmó el acta del 6 que rige. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE 300


BOLIVIA: 14ª SESIÓN DEL 9 DE AGOSTO DE 1825: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 145). El trabajo sobre nuestra fraudulenta anexión y colonización por parte de los alto peruanos, busca que con su lectura y estudio los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentran situados al Oriente de los Andes en Bolivia, sean los que busquen un conocimiento verdadero y autentico de la historia propia, para que con su aprendizaje adquieran una definida ideología patriótica regional, para que con la verdad de nuestros orígenes de una vez por todas, nos aglutinemos bajo una sola identidad como conglomerado humano diferente al colonizador andino, lográndose con esto formar un frente real y cierto contra la maliciosa enseñanza a la que hemos estado sometidos sobre el conocimiento de nuestros orígenes históricos y de identidad. El engaño utilizado como método por la metrópoli colonial del Alto Perú o Charcas, ha sido ejercido mediante una política retorcida, manejada con una sistemática deformación histórica que está llevando a la pérdida de nuestra identidad y a la desaparición como sociedad, a la nación de los pueblos cambas cruceños diferentes, ciertos y determinados en el contexto americano y mundial. La oligarquía criolla hoy mestiza de la metrópoli, está utilizando una metodología educativa de dispersión y desconocimiento de nuestros orígenes rioplatenses y amazónicos, como hecho que es aprovechado para lograr una formación alienante que fue ejecutada desde los inicios de esta ex república de Bolivia hoy Estado Plurinacional Comunitario, contra los pueblos situados al Este de la cordillera de los Andes. La educación escolar boliviana, es alienante y no respeta nuestra identidad y nuestra cultura histórica que definitivamente es diferente a la andina en el Estado Nación Plurinacional Comunitario actual, porque ya no se es República y estas enseñanzas sobre nuestros orígenes históricos, contienen profundas aberraciones porque están ejercidas con astucia y perversamente direccionadas, pues se está arremetiendo ferozmente contra nuestra cultura identitaria a pesar de que nuestros pueblos son diferentes y han alcanzado y fortalecido nuestra independencia solos, con la expulsión de los españoles primero y de los ato peruanos de Olañeta después. Malicia marcada cuando se hace referencia a los supuestos argentinos del Río de la Plata que no es cierta, pero es esgrimida según algunos historiadores extranjeros y propios. La lucha independentista que se inicia como consecuencia del cabildo del 24 de septiembre de 1810 efectuado en nuestra capital, es un hecho histórico propio que proclamó e instaló la Junta de Gobierno libre de los pueblos cambas cruceños en estos territorios, que como hecho es diferente con relación a los Andes y por lo tanto separados por derecho histórico, étnico y geográfico de las Provincias Altas del Río de la Plata o Alto Perú transformadas en argentinas en 1816. La Junta de Gobierno de 1810 que se formó al calor de las ideas revolucionarias gestadas en 1805 en el territorio del Río de la Plata y específicamente en Buenos Aires, hicieron eco en Santa Cruz de la Sierra a pesar de la fallida conspiración montada por los negros cambas cruceños el 20 de agosto de 1809. (LIBERTAD: Esta rebelión de los esclavos en Santa Cruz de la Sierra, no es sino una fase de la revolución general independizadora. En realidad de verdad, Santa Cruz debe reivindicar la fecha 20 de agosto de 1809, como la primera en que en esa tierra invocó la libertad, anhelada en un año a cuando los blancos hicieron su revolución, el 24 de septiembre de 1810. El hecho de que hayan sido negros esclavos rebeldes y con propósito de degollar a todos los blancos, no quita su verdadero y esencial valor al movimiento. FUENTE: SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTES PARA SU HISTORIA: (SIGLOS XVI AL XX): VÁZQUEZ MACHICADO, HUMBERTO Y JAVIER: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1992, PÁGINA 291). El hecho sucedido una vez producidos los acontecimientos en Buenos Aires fue siguiéndose el ejemplo de la Junta Gubernativa del 25 de mayo de 1810, y se produce cuando el delegado Eustaquio Moldes arriba a la provincia de Santa Cruz de la Sierra influyendo sobre Juan Manuel Lemoine, Antonio Suárez, Antonio Vicente Seoane, el cura Salvatierra, Melchor Guzmán Quitón y José Salvatierra entre otros, con lo que al hacerles conocer los sentimientos del ex virreinato los llevó a consumar el levantamiento del 24 de septiembre de 1810. (CREACIÓN DE LA JUNTA 301


GUBERNAMENTAL DE LA CONFEDERACIÓN DEL PLATA: El 25 de mayo de 1810 en la ciudad de Buenos Aires, después de llamar a Cabildo abierto, se destituye al virrey Hidalgo de Cisneros y se crea la una junta gubernamental, primando los conceptos de un gobierno autónomo que propiciara el libre comercio. No todo el virreinato estaba involucrado en este nuevo gobierno, tal ocurrió con el Alto Perú, donde Vicente Nieto Presidente de la audiencia, controlaba Chuquisaca, el intendente Paula Sanz Potosí, y Goyeneche la zona norte con la Paz y sus alrededores. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 321). La superficie geográfica que comprendía la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños sublevada contra España en 1810 contaba con Mojos, Chiquitos, la gobernación de Santa Cruz con Cordillera y los llanos de Manso que en conjunto fueron integrados al virreinato del Río de la Plata en 1776. Esta sociedad rebelde a España desde 1810 se integro a la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, luchando contra el poder colonial español en 1813, como también peleando apoyada y favorecida por una fracción del Segundo Ejército Auxiliar cedida por el General Manuel Belgrano al Coronel Antonio Suárez. Lo que demuestra que nuestra lucha independentista, en ningún momento recibió el apoyo e injerencia de los ejércitos colombianos comandados por Simón bolívar y Antonio José de Sucre. Como tampoco recibió ayuda del Alto Perú que nos agredía desde 1816 como oligarquía colonialista hasta 1825, por estar independizado del Cuzco como lo hizo en marzo de 1824. El primer gobierno de la nación de los pueblos cambas cruceños fue proclamado y formado el 24 de septiembre de 1810 manteniéndose manejando los territorios liberados por el tiempo de casi un año, hasta que en 1811 fueran expulsadas las autoridades patrióticas hacia Chiquitos y Cordillera respectivamente en la ocupación y la toma de nuestra capital por el ejército español, comandado por el Coronel José Miguel Becerra que fue nombrado Intendente Gobernador por el Capitán General y Presidente de la Audiencia del Cuzco Manuel de Goyeneche. El Cioonel Becerra estaba apoyado por el comandante portugués Alburquerque que con fuerzas brasileras habían ingresado a territorios de Chiquitos, invadiendo la nación de los pueblos cambas cruceñas por orden de Goyeneche, donde al nombrarlo gobernador intendente y capitán general de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, produce la separación de esta sede gubernativa de su anterior dependencia en la ciudad de Cochabamba, porque se estaba supeditada a ella como sub gobernación. La invasión de José Miguel Becerra en septiembre de 1811, es cuando se perpetra una serie de hechos sangrientos y castigos ejemplarizadores contra los luchadores de la liberación de la nación de los pueblos cambas cruceños. (EL INTENDENTE JOSÉ MIGUEL BECERRA: Inició en seguida una serie de condenas y castigos consistentes en hacer cortar las orejas a muchos patriotas. El Doctor Don Antonio Vicente Seoane fue condenado a muerte y luego a presidio. El cura Don Andrés Salvatierra fue acusado de malversación de fondos, cargo injusto del cual fue absuelto; pero se les confiscaron sus bienes e inició otro juicio por alta traición. Afortunadamente pudo huir con Seoane. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1835, PÁGINA 163). Los luchadores y patriotas cambas cruceños no obstante este percance continúan con la guerra hasta consolidar nuestra independencia, sucedida en 1815 al separarnos de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y fue desde nuestros territorios libre con su centro de resistencia en Membiray, como lugar de origen del cura Don José Andrés Salvatierra que fuera miembro de la Junta de Gobierno de 1810 situado en Cordillera, donde huyo para seguir con la lucha por la libertad de su pueblo al iniciársele el juicio por alta traición. El tiempo que estuvo ocupada nuestra capital por el coronel Becerra, es decir hasta marzo de 1813 o sea por un año y 5 meses aproximadamente, la rebelde y liberada provincia en su mayoría territorial se mantuvo manejada por el cura Salvatierra y los otros miembros de la Junta de Gobierno de 1810. Además apoyada por la resistencia en la guerrilla que tiene a su mayor exponente en José Manuel 302


Baca (cañoto), quien posteriormente se unió a Guemes y luego se integró al ejército de San Martín. La independencia de la Provincia de la nación de los pueblos cambas cruceños que estaba fusionada a la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y declarada libre de España el 24 de septiembre de 1810, se mantuvo desde esa fecha dentro de los territorios liberados, ininterrumpidamente defendidos y comandados por patriotas criollos, mestizos y originarios de otras provincias del Río de la Plata, dentro de una guerra que duró contra los españoles primero y los alto peruanos de Pedro Antonio de Olañeta 14 años, 1 mes y 20 días, como el tiempo de la consolidación de nuestra emancipación libertaria. La capital de la República de Santa Cruz de la Sierra por acción del ejército español y luego del alto peruano, quedo dos veces en poder de tropas foráneas, primero al mando de José Miguel Becerra que la ocupó desde septiembre de 1811 hasta marzo de 1813. Luego por Francisco Javier de Aguilera desde el 21 de noviembre de 1816, hasta que fue expulsado su hermano Tomas nombrado gobernador por Francisco el 14 de febrero de 1825 o sea 9 años y 3 meses. El Brigadier Francisco Javier de Aguilera fue aliado al poder colonial español primero y luego de Pedro Antonio de Olañeta que fue el libertador del Alto Perú desde 1822, y cuya emancipación de España es consolidada el 9 de marzo de 1824 mediante el tratado de Tarapacá. La expulsión de estos invasores foráneos del Alto Perú, fue efectuada por acción de las tropas regulares del ejército de la nación de los pueblos cambas cruceños, al mando de José Manuel Mercado que había dependido de Manuel Belgrano con base en Tucumán, (JUNTA PROVISORIA CAMBA CRUCEÑA: Hubo que esperar hasta el 24 de septiembre de 1810, cuando los doctores que habían estudiado en Charcas se levantaron y proclamaron el nuevo gobierno, la Junta Provisoria, siguiendo el modelo de la Junta de Buenos Aires. El levantamiento lo lideraron el Dr. Antonio Vicente Seoane, el Cnel. Antonio Suárez, el cura José Andrés Salvatierra, Juan Manuel Lemoine y el argentino (no existía la argentina todavía) Eustaquio Moldes. Este último había llegado de Buenos aires, y estaba encargado de difundir las ideas de la junta gubernativa de mayo. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: DE CASTEDO PEÑA, PAULA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 178). La separación de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra como república libre, soberana e independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata fue en 1815 como posteriormente, la liberación final de nuestro territorio patrio sucedido el 14 de febrero de 1825 de la ocupación alto peruana de Pedro Antonio de Olañeta, fue porque la capital de la República de Santa Cruz de la Sierra a pesar de estar ocupada hasta marzo de 1913 por Becerra y desde noviembre de 1816 hasta febrero de 1825 por Francisco Javier de Aguilera que la gobernaba su hermano Tomás, contó con luchadores propios que lograron la consolidación de nuestra independencia conseguida en 1815 por la separación de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, y de la que se formaba parte oficialmente desde finales de 1813 al acreditar delegados a la Constituyente de Buenos Aires. En ningún momento como sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños pertenecimos a la República Argentina, creada el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán y esta lucha por mantenernos libres e independientes fue frustrada con nuestra anexión y colonización, mediante el dolo y el fraude histórico en la República Bolívar en 1825. La anexión y colonización se efectuó, pese a haberse consolidado nuestra independencia definitivamente dentro de la región de los llanos al Este de la cordillera de los Andes el 14 de febrero de 1825, cuando el Coronel José Manuel Mercado colaborado por Juan Manuel Baca (cañoto) y el comandante Marcelino Montero entre otros ocupan definitivamente nuestra capital. Rechazándose al invasor de la ya liberada República del Alto Perú al mando de Francisco Javier de Aguilera que nos ocupaba parcialmente, con su retirada hasta la fortaleza de Valle Grande como su centro militar. (INFLUENCIA HISTÓRICA ALTO PERUANA: La noticia del triunfo patriota de Junín y Ayacucho, (interpretación muy particular) llevó a que Mercado tomase Santa Cruz y proclamase la independencia y la libertad el 14 de febrero de 1825. Aguilera se escondió entre Santa Cruz y Valle 303


Grande hasta octubre de 1828, cuando se levantó en nombre de Fernando VII, siendo finalmente derrotado por las fuerzas republicanas. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: DE CASTEDO PEÑA, PAULA: EDICIÓN 1995, PÁGINA 179). Lo analizado demuestra y verifica que la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, no fue consolidada ante el poder colonial español ni ante la República argentina a la cual no pertenecimos en absoluto, sino que se la efectuó del poder militar del Alto Perú que fue libre de España por Pedro Antonio de Olañeta, Hecho tergiversado por la interesada interpretación de la historia de nuestros pueblos, en el intento de mantenernos dentro de la equivocada jurisdicción peruana o alto peruana. Pues Francisco Javier de Aguilera de servidor español pasó a ser parte del manejo militar del Alto Perú y fue expulsado definitivamente de nuestros territorios por José Manuel Mercado (colorado). Además Francisco de Agulera como militar, traiciona a su jefe porque antes de la derrota de Pedro Antonio de Olañeta estaba ya aliado con Antonio José de Sucre. Lo que sí es irrefutable históricamente y demandado como agresión por el derecho internacional público, es que nuestra libertad fue conculcada por la anexión dolosa y la colonización fraudulenta en la asamblea alto peruana de 1825. Además somos nuevamente agredidos en 2009, pese a que nuestra independencia fue conseguida solamente con muestra sangre, sin ayuda alguna de los nuevos y últimos colonizadores apoyados por Antonio José de Sucre más la complicidad de Simón Bolívar, como personaje masónico que acepto bautizar con su apellido a la nueva república. La traición contra Pedro Antonio de Olañeta fue ejemplarizada por el nefasto personaje y sobrino del general de nombre Casimiro Olañeta, el cual confabulado con otros del ala de la logia masónica Huaukes en el club patriótico local, llevó a la creación de la República alto peruana Bolívar; llamada así en honor a este personaje que no puso pie en los territorios del Alto Perú hasta después de consumada la agresión invasora y solo por escasos cuatro meses, Peor territorios de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños y este hecho de contubernio, es demostrable y visible por documentos de dudosa legitimidad, como son las tres actas de la independencia del 6 de agosto de 1825 y la ley de 11 del mismo mes y año en las cuales no aparecemos, pero si supuestamente nos incluyen dolosamente como alto peruanos y sin mencionarnos siguiera. La anexión y colonización dolosa y fraudulenta fue apoyada en un pensamiento y una decisión muy particular de Antonio José de Sucre, de juzgar erróneamente que la nación de los pueblos cambas cruceños éramos alto peruanos, a pesar de documentos que se manejaban sólo se refieren a las cuatro provincias que pertenecían al Charcas andino y colonial que definitivamente son Cochabamba, Potosí, Chuquisaca y La Paz. Por lo que definitivamente en esta ley de creación de la República Bolívar, no se incluye a la soberana e independiente Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños de origen amazónico y rioplatense, con sus gestas históricas independentistas diferentes a las del Alto Perú y el embrollo histórico que se analiza, se lo realiza porque constituye una agresión colonizadora contra la República de los pueblos cambas cruceños, consolidada definitivamente con la formación de los departamentos de la nueva República Bolívar mediante el Decreto del 23 de enero de 1826 emitido por Antonio José de Sucre cuando no era Presidente. El hecho ilegítimo e ilegal de nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta transforma a la nación de los pueblos cambas cruceños en territorios incluidos en la imperialista colonizadora sociedad de Charcas, dentro de la República alto peruana Bolívar manejada con documentos preparados. Utilizados como base para la formación del Estado Plurinacional Comunitario boliviano y motivo por el cual, los intelectuales historiadores nuestros deben hacer un estudio y examen serio como honesto en descubrir este error histórico perverso que nos mantiene encadenados, para con valentía de hombres íntegros hacer conocer las mentiras históricas que estamos llevando y conozcamos el camino incierto que nos depara nuestro futuro. El conocimiento y el respeto a la identidad de nuestros pueblos en el actual Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, solo se alcanza con una situación de unidad entre los alto peruanos culturalmente diferentes, mediante construir un acuerdo de convivencia como norma que lleve al acatamiento del 304


sentimiento de pertenencia de cada nación que conforma Bolivia. Pues el respeto a la identidad de todos los componentes en Bolivia se consigue reconociendo los orígenes históricos, como elemento necesario para que se construya el único mecanismo cierto y racional, para mantenernos con la identidad propia que nos reivindique como nación que contamos desde nuestros orígenes ancestrales con territorio, calidad étnica y sustancia cultural diferente a la andina. Además una formación de pueblos jesuitas de las llanuras en la era colonial, para así soldarse este conocimiento histórico dentro de una sociedad común. La anexión y la colonización ejercida por una sociedad foránea que dejó fuera nuestra condición misional, está acorde con el desconocimiento de esta condición por la expulsión de la congregación de Loyola en 1767 de España y sus colonias. La que como orden religiosa se mantenía en nuestros territorios amazónicos y rioplatenses, con casi absoluta libertad e independencia de los poderes coloniales del Perú y del Plata, manejándose libremente como nación religiosa y abarcando desde la cordillera de los Chiriguanos hasta el Matogroso, dentro de una casi absoluta libertad y fuera de la influencia de los virreinatos respectivos. La compañía de Jesús fundada el año 1540 fue la que llevó a los territorios de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, hacia la orientación cristiana pura y libre de contaminación de toda creencia de tipo panteísta no como sucedió con el Alto Perú. Siendo consecuencia de una administración autónoma como gobierno que duró hasta su expulsión de las colonias, ante el temor que sentía el rey de una real separación llevada adelante con el apoyo de los movimientos insurrecciónales de los Tupí guaraníes apoyadas por algunos misioneros visionarios de la época. (GOBIERNO DE LAS MISIONES JESUÍTAS: Pero en muchos aspectos su gobierno tenía una independencia casi absoluta. En su apogeo, las misiones se regían como nación libre, adquiriendo para su sostenimiento herramientas y otros objetos indispensables a cambio de sus productos. La misiones de Chiquitos, aunque menos extendidas que la de Moxos, gozaron de las mismas prerrogativas desde el año 1700, en el que se separaron del Paraguay. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA MISIONES DEL ORIENTE: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 248). La Nación Jesuítica de las llanuras chiquitana y mojeña como república religiosa, es la que constituye en la actualidad la nación de los pueblos cambas cruceños, paraguayos y argentinos como uruguayos que antes de la anexión y colonización española, constituían una sola unidad territorial con los llanos de Mojos, de Chiquitos y los del Paraguay. La nación mestiza y de sentimiento Camba de los pueblos cruceños, originalmente fue el resultado del fruto de la amalgamación y la fusión racial entre el Tupí guaraní de los llanos mojeños y chiquitanos con el español venido del Paraguay, pues se constituyeron en la raza madre de la sociedad actual de originarios y nativos autóctonos de la nueva etnia de los cambas cruceños asentados actualmente en territorios propios como los benianos, pandinos, cruceños y otros pueblos que se encuentran cautivos en los departamentos de La Paz, Chuquisaca (Sucre), Tarija y Cochabamba. El mestizaje de la nación de los pueblos cambas cruceños, significó el encuentro de dos ramas madres que lograron formar la gran nación misional Tupí Guaraní que en nuestro caso es, la ibérica venida de Asunción y antes por el río de a Plata y el Paraguay, componiendo actualmente la etnia de sentimiento Camba Cruceño causada por la expedición llevada adelante por Ñuflo de Chávez con familias que vinieron del Paraguay. (CHÁVES EXPLORÓ POR EL PILCOMAYO HASTA LOS ANDES: Al poco tiempo Nufrio de Chaves, por orden de Irala, exploró entre octubre y diciembre de 1546 la tierra de los indios Mbayá, en el Chaco, y en marzo de 1547 remontó el río Pilcomayo hasta divisar las sierras del Perú. FUENTE: HISTORIA DE –SANTA CRUZ DE LA SIERRA: ANTECEDENTES DE LA FUNDACIÓN: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN 1935, PÁGINA 65). Los Tupí guaraníes constituyeron la base del mestizaje de la nación de los pueblos cambas cruceños, que comprende el valor y la decisión integradora de este pueblo, imponiendo en forma única de desencantar la selva sin precedentes en América del Sur, pues los pueblos situados al Oriente de los Andes en Bolivia somos hermanos de raza y orígenes históricos con los paraguayos y los del noreste argentino. Además con una relación racial e histórica demostrada con la expedición de Ñuflo de Chávez 305


entre 1564 y 1565. (HACIA LA CREACIÓN DE MOJOS Y SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Luego de la pacificación Chávez se puso en camino hacia el Paraguay. Allí habló de su gobernación y de las tierras recientemente pobladas, exaltando sus bondades y las grandes perspectivas que ofrecían. Convenció a las autoridades de Asunción y a muchos de sus habitantes, quienes el año 1564 emprenden una nueva expedición que iba a colonizar las tierras del noroeste. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA RUTA DEL PAITITÍ: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 134). El mestizaje de la nación de los pueblos cambas cruceños, se logró como resultado de la combinación de estos pueblos autóctonos con las familias españolas y mestizas venidas desde el Paraguay, formando la mixtura racial y cultural que compone nuestra etnia cierta y determinada, enriquecida espiritualmente por la evangelización jesuita después de unos 130 años de haberse fundado la gobernación de Mojos en 1560. Todo ello por el resultado de hechos venidos de Asunción en una nación en las llanuras selváticas y en la cordillera de los Chiriguanos, que ha resistido y resistirá el embate colonial y la agresión contra su identidad y cultura histórica, ejercida desde antes de nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta pese a estar en la actualidad agravada con la agresión del poder del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, pretendiendo disgregarnos e integrarnos en una comunidad intercultural como si fuéramos resultado del Collasuyo y dentro de una nueva situación que elimina el sistema republicano boliviano, por lo que si no preservamos en nuestra historia e identificación será posible de lograrse. La anexión y la colonización fue ejecutada como opresión contra la nación de los pueblos cambas cruceños por los de una sociedad foránea alto peruana formada como imperialista, al ser parte del Incario y para un personaje foráneo como Bolívar en calidad del engaño propietario vitalicio y presidente de nombre Simón Bolívar. (BOLÍVAR NO QUERÍA CREAR BOLIVIA: La oposición de Bolívar a que nos constituyamos en república independiente fue explicita y dura. Recriminó a Sucre por haber lanzado el decreto de convocatoria a la asamblea de las provincias alto peruanas. Esa resistencia fue vencida por los diputados a la asamblea de Chuquisaca, José María Mendizábal y Casimiro Olañeta quienes por encargo de aquella, pusieron en conocimiento del Libertador que la nueva república llevaría su nombre y que él era el encargado de redactarle su primera Constitución. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995. PÁGINA 190). El nuevo Estado Plurinacional Comunitario Boliviano surgido como imperialista y colonizador de los cambas cruceños, dentro de la política expansionista andina que nos mantiene anexados y colonizados con dolo y además con fraude histórico, la ejecuta cuando no somos alto peruanos bajo ningún justificativo inventado por no ser parte de él, étnica ni geográficamente y ejecutada sin respetar lo convenido y alcanzado sobre la ley del 9 de mayo de 1825, dictada por Buenos Aires y presentada en Potosí ante Simón Bolívar por los plenipotenciarios argentinos Díaz Vélez, Alvear y de Oro. Pese a ello como supuesto convenido en las constituciones anteriores que fueron violados, por la actual oligarquía que mantuvo un principio de respeto y que luego quebranta el sentimiento ético del Libertador, por un lado y actualmente, está transgrediendo el Orden Internacional de Derecho Público nuevamente, con la agresión colonizadora ejercida con la nueva Constitución. (EL ALTO PERÚ ES PERUANO DEFINITIVAMENTE: El Alto Perú pertenece de derecho al Río de La Plata, de hecho a España, de voluntad a la independencia de sus hijos que quieren un Estado aparte y de pretensión pertenece al Perú que lo ha poseído antes y lo quiere ahora. Entregarlo al Río de La Plata es entregarlo al Gobierno de la anarquía. Entregarlo al Perú es una violación del derecho público que hemos establecido, y formar una nueva república como los habitantes lo desean, es una innovación de que yo no me quiero encargar y que si pertenece a una asamblea de americanos. FUENTE: LÍMITES DEL DERECHO INTERNACIONAL: EL HAGE, JAVIER: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 2006, PÁGINA 66). La anexión de la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra en la imperialista y colonizadora República Bolívar, se la hizo taimadamente y fue con el propósito 306


de lograr nuestra incorporación, llevada adelante con la ayuda del poder oligárquico del ejército colombiano, produciéndose la violación del Orden Internacional de Derecho Público establecido por el irrespeto al derecho reconocido del Río de la Plata como legitimidad histórica. La República de Santa Cruz de la Sierra perteneció por derecho al virreinato del Río de la Plata creado desde 1776, pero al separarnos de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, nos pertenecíamos a nosotros mismos. Además cuando nos rebelamos contra el coloniaje el 24 de septiembre de 1910 expulsando a las autoridades españolas, mantuvimos solos la lucha para evitar la invasión total de nuestro territorio por fuerzas foráneas. Por lo que la resistencia del ejército patriota Camba Cruceño contra España primero y luego contra los del Alto Perú liberado del coloniaje por Pedro Antonio de Olañeta mediante el tratado de Tarapacá de Marzo de 1824, logra expulsar a estos últimos de nuestra capital el 14 de febrero de 1825 como hecho que es cierto e irrefutable. La anexión y la colonización dolosa y fraudulenta de la República de la nación de los pueblos cambas cruceños de Santa Cruz de la Sierra, con lo reeditado en pleno siglo XXI se constituye en una muestra clara de que el derecho internacional es nuevamente transgredido por nuestros agresores, confabulados con inventados y falsos colaboradores venezolanos con Chávez Frías a la cabeza, dentro de una política foránea que en la actualidad pretende consumar hacernos desaparecer como ciudadanos con identificación propia, llevándonos ainvisibles dentro de una categoría inventada como parte de la Comunidad Intercultural del Tahuantinsuyo andina. (ACEPTACIÓN DE BOLÍVAR PARA LA CREACIÓN DE BOLIVIA: La asamblea nombró para dar encuentro al libertador que estaba en La Paz, en mayo de 1825 después de conocer la resolución de Sucre de llamar a una asamblea para que los alto peruanos decidan su destino, Bolívar promulgó un decreto según el cual las decisiones que se tomarán estaban sujetas al congreso del Perú. Mendizabal y Olañeta fueron comisionados por la asamblea para conseguir que Bolívar derogara el decreto de Arequipa, lo que no consiguieron. La aceptación de parte del Congreso del Perú tuvo lugar en mayo de 1826. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 352). El libro Historia de Bolivia de Teresa Gisbert en la página 352, contiene la aceptación del Congreso peruano para consentir la creación de la República Bolívar, contando con la imposición de su Presidente dictador Simón Bolívar que es influenciado por Antonio José de Sucre luego Presidente de la República del Alto Perú, hoy eliminada y transformada en Estado Plurinacional Comunitario Boliviano y efectivizada, luego que el Congreso boliviano le encargó el mando como Presidente. (SUCRE DA UN GOLPE NO CONSTITUCIONAL AL PRESIDENTE VITALICIO SIMÓN BOLÍVAR: El 26 de mayo el Congreso encargó el mando de la nación al general Sucre, quien lo venía ejerciendo por delegación de Bolívar. En junio llegó la disposición del Congreso peruano aceptando la independencia de Bolivia y la Constitución Vitalicia fue aprobada, con muy pocas modificaciones en noviembre de 1826. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: 5TA. EDICIÓN: AÑO 2003, PÁG. 354). El periodo jesuítico que llevó a la nación de los pueblos cambas cruceños de Mojos y Chiquitos, a su inclusión en la cultura occidental cristiana como pueblos libres de las llanuras amazónicas y rioplatenses, crea una nueva erudición misional en América iniciada en 1560, cuando se funda la Gobernación de Mojos que comprendía los territorios de Matogroso, de Mojos propiamente dicho, el de Chiquitos e inclusive abarcaba la cordillera de los Ava o Chiriguano, con una condición de soberanía que se consolida con la fundación de su capital Santa Cruz de la Sierra el año 1561. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, tangible y cierta se desarrolla en los territorios que comprendían Mojos, Chiquitos y los de Ñuflo de Chávez que abarcaba unificada con los de Andrés Manso, como sociedad misional. Integrando el virreinato del Río de la Plata desde su creación en 1776, su liberación de España se produce en 1810 cuando el 24 de septiembre se origina el grito libertario. (CHÁVEZ TENIENTE GOBERNADOR DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: A pesar de la prohibición, Chávez dirigió una nueva expedición con el objeto de establecerse 307


un punto de partida más al norte de Asunción y, en 1559 fundó Nueva Asunción, a ochocientos kilómetros de la primera. Desde allí se dirigió a Lima y consiguió que el virrey Andrés de Hurtado de Mendoza instituyera la gobernación de Mojos en 1560, que incluía Mato groso, Mojos y Chiquitos. El hijo del virrey, García Hurtado de Mendosa, fue nombrado gobernador y como se encontraba en Chile nunca hizo uso de su cargo. Ñuflo de Chávez queda como Teniente Gobernador, logrando así independizarse del núcleo asunceño y organizar nuevas expediciones. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA LEYENDA DORADA Y EL ORIENTE BOLIVIANO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 76). El mestizaje de la nación de los pueblos cambas cruceños, desde su anexión y colonización como añadidura astuta y disimulada a la imperialista República Bolívar, ejecutada como regalo descarado para el Libertador Simón Bolívar, se efectuó en el complot alto peruano siendo nación libre e independiente utilizando la fuerza coactiva militar. Relacionándonos ser alto peruanos con la falacia histórica inventada de que pertenecíamos al Alto Perú,que como elemento distorsionador se mantiene como cierto con la complicidad de nuestros intelectuales y por una enseñanza que ha hecho carne en los historiadores cambas cruceños inclusive. La enseñanza académica histórica colonial pre republicana y republicana, constituye el mayor fraude manejado dentro de la falsa apariencia y la premisa de que la República de Santa Cruz de la Sierra que se separa de la confederación de las Provincia Unidas del Río de la Plata en 1815, estaba comprendida entre los cuatro distritos peruanos que integraban los correhimientos de Charcas y la Real Audiencia de Charcas en 1825, constituye una mentirosa afirmación, pues la audiencia abarcaba no solamente el Alto Perú si no también los distritos de Santa Cruz de la Sierra y Asunción, además el territorio que hoy comprenden Argentina, Uruguay y parte de Río Grande do Sul que luego se separan y posteriormente fue eliminada por Buenos Aires como capital del rebelde virreinato del Río de la Plata en 1813. (EL VIRREINATO DE BUENOS AIRES: Para esto se desmembró Charcas de su antigua jurisdicción y quedó creado el nuevo virreinato con las siguientes provincias: Río de La Plata, Paraguay y Tucumán, más los cuatro distritos peruanos de La Paz, Potosí, Charcas y Santa Cruz (fraudulentamente se deja fuera a la intendencia de Cochabamba). La audiencia de Charcas constaba de cuatro intendencias la de La Paz, la de Santa Cruz, la de Potosí y la de Charcas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN; AÑO 3003, PÁGINAS 281 Y 286). La falsa afirmación de que la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, era la segunda intendencia alto peruana de la desaparecida audiencia de Charcas e integrada al virreinato del Río de la Plata, constituye un embuste que pretende justificar el dolo y fraude histórico que condujo fuéramos anexados y colonizados. El embuste fue y es manejado por historiadores alto peruanos y cmbas cruceños hoy orientales dentro de un perfecto galimatías, para con este desorden crear la confusión que justifique nuestra anexión y posterior colonización, cuando la verdad histórica es que el Alto Perú está integrado solamente por Cochabamba, Potosí, La Paz y Chuquisaca que formaron la antigua provincia de los Charcas, por lo que es importante saber interpretar que, Santa Cruz de la Sierra aparte de que era gobernación independiente, se encontraba con su sede de gobernación separada de la de Cochabamba desde 1811. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA Y EL PARAGUAY SEPARADAS DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: Pero al Constituirse en gobernaciones virtualmente se separaron de la Audiencia de Charcas. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LÍMITES DE SANTA CRUZ: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁG. 178). La tergiversación de la verdad histórica sobre la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encontraba separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, hace necesario por justicia elemental , reconocer que por haber sido agredidos dolosamente dentro de la colonizadora Bolivia, somos merecedores de nuestra autonomía sin recortes ni engaños. Sistema autonómico que viene como compensación a un derecho conculcado que 308


fue nuestra soberanía como república independiente, por haber sido agredidos hasta hoy por casi doscientos años dentro de un cautiverio villano, con el que nos arremete sin misericordia, pues como pueblos libres desde nuestros padres Tupí Guaraní, no queremos ni debemos seguir viviendo colonizados por un sistema de centralismo absorbente y perverso, que sólo tiene fortalecida la imperialista metrópoli colonizadora alto peruana. La autonomía demandada por la nación de los pueblos cambas cruceños aún puede reparar, la agresión inmerecida y contribuir a esta unidad desquebrajada en el Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, pues ya no se puede soportar más la viciosa servidumbre impuesta, por un pueblo extraño y diferente en todos los aspectos sociológicos y a la cual nos encontramos sometidos, hasta lograrse nuestra desaparición como etnia, nación y patria sometida. Por lo que tenemos que luchar en conservar nuestra identidad y nuestra cultura histórica, por ser esta la única forma de mantenernos unidos a esta sociedad que villanamente nos sojuzga sin equidad y justicia, constituyendo un peligroso elemento de disgregación y por más que pasen años y siglos, se hace de necesario imperio buscar el modo de evitar destruir la armonía que debe primar, como base racional en toda sociedad dispar democrática y participativa.

LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS E CON LOS DEPARTAMENTOS DEL BENI, DE PANDO Y DE SANTA CRUZ, COMO TAMBIÉN LOS TERRITORIOS ANEXADOS A LOS DEPARTAMENTOS DEL ALTO PERÚ DEBEN DEFENDER SU ESPACIO VITAL El único elemento para recorrer los caminos de la integración entre los pueblos orientales cambas cruceños de origen Tupí guaraní con los pueblos collas alto peruanos de origen incaico aimara y quechua, debe en forma ineludible alcanzar el estado de autonomía departamental dentro de la restauración de la República de Bolivia y debe efectuarse mediante un sistema republicano de gobierno que fue oscuramente eliminado para ser transformado en Estado Plurinacional Comunitario, con una Constitución que nos liquida en nuestra identidad de ciudadanos orientales cambas cruceños con identidad propia al estar discriminados en calidad de ciudadanos que habitamos al Oriente de los Andes, transformándonos en invisibles comunitarios interculturales dentro del resultado inventado de mestizo alto peruano o charqueño. La autonomía distorsionada que maneja la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano es posible alcanzarla plenamente, mediante una lucha unificada y militante de los habitantes honestos de esta destruida república que como vivientes, se desarrollan en los llanos amazónicos y rioplatenses apoyados por los inmigrantes identificados con nuestro futuro y que están ya relacionados con el porvenir propio en las heredades del Oriente, dejando de lado intereses políticos y de supuestos odios raciales de origen que los transforman en quinta columnas y puntas de lanza, por una falsa lealtad a la sociedad que dejaron atrás al no darles las condiciones de desarrollo económico y social para ellos y sus familiares. Las dos naciones integradas en Bolivia como son la Colla y la Camba debemos luchar unificados en principios y objetivos comunes sin discriminar que seamos originarios autóctonos, originarios nacidos o inmigrantes, pues la condición anotada nos transforma a todos en un conjunto humano emergente que está desarrollando su existencia con honradez y sentido de pertenencia, como labrando su futuro en el caso nuestro en la extensión geográfica espacial amazónica y rioplatense comprendida en la República de Santa Cruz de la Sierra anexada en 1825 y colonizada como territorios y departamentos orientales desde 1826. El conjunto humano que está cimentando su futuro en esta heredad patria con identidad asumida 309


Oriental Camba Cruceña es la que nos conduce a la ineludible obligación de transformarnos en militantes guardianes de nuestro espacio geográfico vital común, protegiendo la heredad de la República de Santa Cruz de la Sierra que la hemos heredado como territorios de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños que en principio fueron sometidos por España con la expulsión de los jesuitas en 1767. La República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños de condición cristiana fuimos perversamente anexados y colonizados en 1825; pero a pesar de ello todavía luchamos por mantener intacta nuestra condición de identidad y cultura histórica, por el recuerdo como nación libre jesuítica que se manejó casi independiente dentro del movimiento colonial en América. (LOS JESUITAS EN TIERRAS CAMBAS CRUCEÑAS: Menos de un siglo permanecieron los religiosos de Loyola en tierras chiquitanas. En 1767 el rey español ordenó que fueran expulsados de España y sus posesiones. Los religiosos abandonaron el área dejando un saldo muy positivo: muchos pueblos perfectamente establecidos y un gran número de indígenas reducidos. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: LAS MISIONES DE CHIQUITOS: PAREJAS MORENO, ALCIDES: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 120). La nación de los pueblos orientales cambas cruceños bajo el poder colonial del virreinato del Río de la Plata, en las luchas independentistas emprendidas en el continente americano, no pasó a desprenderse del Cuzco desde 1821 como pasó con el Alto Perú que consolida su independencia en marzo de 1824 cuya influencia se deja de ejercer desde el momento en que nos rebelamos contra España en 1810, por lo que es importante conocer que la nación de los pueblos orientales cambas cruceños no nos independizamos solamente de España; sino que también lo hicimos de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 al haber sido parte de ella, porque la formábamos conjuntamente con los pueblos misionales como el Paraguay, Uruguay y Argentina. La liberación de los territorios de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños del control militar y administrativo del virreinato del Perú como Nación Jesuítica, es un hecho histórico cierto e indiscutible que sucedió cuando las misiones de Mojos y Chiquitos estaban incorporadas a la gobernación de Santa Cruz de la Sierra, pero no sujetas a la reciclada audiencia de Charcas por los alto peruanos y todo ello hasta cuando se forma el Virreinato del Río de la Plata en 1776. La dependencia de las Provincias Altas Argentinas y la de Santa Cruz de la Sierra al Virreinato del Perú, duró hasta que pasaron con la audiencia de Charcas a formar parte del Virreinato de Buenos Aires, con sus límites territoriales que componían también el Alto Perú en 1776 y esta inclusión compone su división en intendencias en 1782, teniéndose entre ellas a la Intendencia de Salta del Tucumán con los territorios del gran Chaco o Gualamba, las Intendencias de Córdoba del Tucumán, la Intendencia del Paraguay y las provincias de los 38 pueblos de las Misiones o Uruguay, como también los gobiernos de Mojos y Chiquitos más la Intendencia de Buenos Aires y la de Santa Cruz de la Sierra que quedó en su gobernación manejada desde Cochabamba hasta 1811. El hecho administrativo de dependencia en la ciudad de Cochabamba fue un elemento distorsionador y perverso que creó la confusión para hacernos aparecer como alto peruanos, cuando nuestra altitud sobre el nivel del mar, está dentro de una media de 500 metros. (LAS INTENDENCIAS: El gran impulsor de estos instrumentos de gobierno fue José de Gálvez, que ocupó la secretaría de indias durante 12 años. En 1782 inauguró el sistema de las intendencias en el virreinato del Plata el Virrey José de Vértíz, dividiendo los territorios del virreinato en ocho intendencias: Buenos Aires, Córdoba, Salta, Asunción, Charcas, La Paz, Potosí y Santa Cruz – Cochabamba. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: DEL VALLE DE SILES, MARÍA EUGENIA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 135). La historiadora alto peruana María Eugenia del Valle de Siles con la maledicencia manifiesta nos engancha como si fuéramos cochabambinos dentro de una simbiosis encubierta, cuando interpreta intendencia Santa Cruz – Cochabamba contradiciendo la historia que demuestra que, las cuatro intendencias altas del Río de la Plata y después provincias argentinas son Cochabamba, Potosí, La Paz y Chuquisaca, y esta historiadora alto peruana maliciosamente nos integra como cochabambinos cuando los 310


territorios de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños, mantenían su gobernación propia y en continuidad geográfica con el Paraguay y no así con el Alto Perú. (LIMITES IMPRECISOS DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: En la práctica, durante el siglo XVII el espacio charqueño quedaba delimitado por el Pacífico desde Tacna hasta Antofagasta aproximadamente y al norte a la del pueblo prehistórico de Ayaviri. En cambio al nordeste y al Oriente sus límites eran imprecisos por tratarse de territorios de fronteras. Hubo que esperar casi hasta 1700 para que estas regiones fueran incorporadas a la administración española con el establecimiento de las Misiones Jesuíticas de Moxos y Chiquitos (actuales departamentos de Santa Cruz y Beni). FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: EL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA POBLACIÓN COLONIAL: BELTRÁN LÓPEZ, CLARA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 74) y además Cochabamba no tenía tuición militar sobre santa Cruz de la Sierra. (COCHABAMBA NO TENÍA TUICIÓN MILITAR SOBRE LA INTENDENCIA DE SANTA CUZ DE LA SIERRA: Esta afirmación es confirmada por lo que se observa en el mapa de las intendencias, que muestra sin objeción alguna que Cochabamba no tenía jurisdicción, ni tuición territorial sobre la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra y solo, se mantuvo una dependencia gubernativa hasta 1811 tal como se encuentra en el libro HISTORIA DE BOLIVIA. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 157, 282 Y 285). La nación de los pueblos cambas cruceños está separada de los pueblos alto peruanos o de Chacas, porque las llanuras al Este de la cordillera de los Andes no tuvieron relación alguna geográfica, racial, cultural e histórica con los pueblos andinos, pues los unos son originarios del Collasuyo y los otros de los llanos Tupí Guaraní. Además con condiciones totalmente dispares que los influenciaron y por esto son diferentes sociológicamente, porque la nación al Este de la cordillera de los Andes, procede y está emparentada con el Paraguay, Brasil y el gran Chaco Argentino o Gualamba. La diferencia histórica marcada entre la nación de los pueblos cambas cruceños con los alto peruanos o charqueños, consiste en que los que están enclavados en los Andes y en la provincia de los Charcas, lucharon y consiguieron su emancipación no de España, sino de ellos mismos al eliminar a Pedro Antonio de Olañeta que fue su libertador, en escenarios de traición y transfugio apoyados por el ejército colombiano que invadió el Alto Perú. En cambio la nación de los pueblos cambas cruceños fuimos apoyados por nuestros hermanos del río de la Plata hasta que nos separamos de ellos en 1815, cuyos ejércitos llamados auxiliares fueron al Alto Perú, ayudándonos al principio con una fracción que vino con el Coronel Antonio Suárez de Arteaga. Luego en base a ellos, se creó el ejército patriota de la nación de los pueblos cambas cruceños que venció, al olañetista y traidor de este Francisco Javier de Aguilera que había apoyado a Goyeneche. El militar cruceño Francisco de Aguilera dejando su inclinación monarquica desde antes de 1822, se paso al lado de Pedro Antonio de Olañeta, para luego en permanente transfugio en 1925, pasarse al lado de Antonio José de Sucre como personaje de la historia colonial en conjunto con su pariente español Goyeneche, había desalojado del Alto Perú a los ejércitos auxiliares de Buenos Aires comandados por Castelli, Belgrano y Rondeau. La lucha por la independencia de los pueblos de Charcas y Alto Perú boliviano, es perturbada por la intromisión del ejército colombiano al mando de Antonio José de Sucre, cuando ingresa a las Provincias Altas ya argentinas desde el Altiplano peruano o Alto Perú por instrucciones de Simón Bolívar, de aniquilar al enemigo del Perú del cual era su Presidente y Dictador. Siendo este hecho el que determina que la invasión a este territorio y la rendición del José María Valdez apodado Barbarucho, lugarteniente de Pedro Antonio de Olañeta se la efectuó dentro de una acción irregular según el orden internacional de derecho público. Constituyendo la invasión al Alto Perú como nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta una violación con Nulidad Absoluta. La agresión colonizadora colombiana, peruana y alto peruana violatoria además del Uti Posideti Iuri y el Ius Cogens, es cuando se determina anexarse una república como la nuestra que era independiente y soberana, anulando todo derecho conseguido por un poder foráneo sobre nosotros los 311


cambas cruceños, anexados y colonizados en esta república hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. Artificialmente creada en base a la coacción de la fuerza militar del ejército de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre en ese entonces. Hoy transformada en Estado Popular con la colaboración del ejército colonizador, llamado de fronteras boliviano que está asesorado por oficiales venezolanos. La violación al Orden Internacional de Derecho Público se produce porque Charcas, Alto Perú o Provincias Altas del Río de la Plata luego argentinas, se mantenían liberadas de España y en poder del ejército alto peruano comandado por Pedro Antonio de Olañeta, mediante el acuerdo alcanzado en Tarapaya con el tratado de Tarapacá del 9 de marzo de 1824. Todo ello antes de las Batallas de Junín y Ayacucho en el Perú, cuya Independencia es destruida por el ejército de invasión de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. La invasión colombiana al Alto Perúo Charcas, culmina con la muerte de su libertador el primero de abril de 1825 y la capitulación de lo que le quedaba de su ejército después de la deserción de Medinaceli, Aguilera y otros el 8 de abril del mismo mes y año que como situación tenía el reconocimiento de Simón Bolívar, según el Armisticio Elizalde – Mendizábal Imas del 2 de enero de 1825 que posteriormente fue desconocido por Antonio José de Sucre. (SE PRETENDÍA CONVENCER A DE OLAÑETA DE PERMANECER AL OTRO LADO DEL DESAGUADERO: El 2 de enero, o sea, trece días antes de que Barbarucho invadiera Puno. Sucre decide enviar a su ayudante Antonio Elizalde para entrevistar a Olañeta y conocer sus intenciones. Las de éste no eran otras que convencer a los vencedores de Ayacucho que permanecieran al otro lado de Desaguadero, reconociendo así el derecho que tenía sobre el territorio liberado por sus armas, No obstante, de que este hecho fue reconocido explícitamente por Bolívar y Sucre. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 186). Las luchas libertarias tanto de la nación de los pueblos cambas cruceños con las acontecidas por el contubernio y las traiciones entre los alto peruanos son totalmente contrarias, porque las nuestras fueron comenzadas en 1810 con la declaración de la independencia de España y en 1813 con nuestra unión cierta a la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, como también en 1815 con la separación de la misma confederación y la formación de la República de Santa Cruz de la Sierra, consolidada y reafirmada en nuestra independencia con el cabildo del 15 de febrero de 1825. (ANTONIO SUÁREZ REPRESENTATE ANTE BUENOS AIRES: En marzo de 1813, por la fuerzas patriotas dirigidas por el Crnl. Antonio Suárez. Posteriormente Suárez fue electo representante al Congreso Constituyente de las Provincias Unidas del Río de La plata, por lo que el Gral. Belgrano, del segundo ejército argentino, (no existía la República Argentina) nombró al Cnel. Ignacio Warnes como nuevo gobernador de Santa Cruz. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 178). Los del Alto Perú o Charcas en cambió en su propósito de formar su propia república, se cobijaron primero bajo el amparo del ejército colonial al mando de Pezuela, Goyeneche y Pedro Antonio de Olañeta entre otros. Luego se separaron del Cuzco ante la rebeldía de Olañeta en 1822 que como hecho, culmina con el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824. luegopore traiciones y deslealtades entre ellos y la adhesión con los invasores colombianos, consiguen de todas maneras consolidar su República alto peruana que la llamaron Bolívar, pero en ella se nos anexa dolosa y coloniza fraudulentamente entre julio y agosto de 1825, con su culminación en enero de 1826 cuando se nos transforma en departamento boliviano por un supuesto libertador que solo era invasor militar. La aparición del Coronel Ignacio Warnes en la historia de la nación de los pueblos cambas cruceños, viene cuando el General Manuel Belgrano retorna al Sur después de la desastrosa campaña en el Alto Perú a fines de 1813, nombrándolo gobernador de los territorios que se mantuvieron libres como Provincia y luego República de Santa Cruz de la Sierra, (INDEPENDENCIA CAMBA CRUCEÑA: Las victorias de Belgrano sobre Pío Tristán, en Tucumán, el 24 de septiembre de 1812, y 312


en Salta, el 20 de febrero de 1813, reanimaron a los patriotas cruceños los cuales, con la ayuda del coronel Antonio Suárez, lograron nuevamente proclamar la independencia. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁG. 165) pues los cambas cruceños nos adherimos al proceso de Buenos Aires en 1913 al nombrar Diputados a Suárez y Urtubey. (SE NOMBRARON DIPUTADOS AL CONGRESO CONSTITUYENTE EN BUENOS AIRES: Nombrar diputados al Congreso constituyente de Buenos Aires al Coronel Suárez y a Don Pedro Urtubey. Desde Potosí, el general Belgrano despachó a Santa Cruz al coronel Argentino (no existía la República Argentina) Don Ignacio Warnes, nombrándolo gobernador de la provincia, al comandante Saturnino Salazar, también argentino, y al oficial cruceño Don José Manuel Mercado. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 164). Los cambas cruceños teníamos recuperada nuestra condición de sede de gobernación que nos involucra con Cochabamba, después de 1811 se constituye en una falacia histórica, porque antes de nuestra separación de España la gobernación Camba Cruceña tenía sede en esa ciudad. (LA INTENDENCIA CAMBA CRUCEÑA RECUPERA LA SEDE DE SU GOBERNACIÓN: En ese momento de la historia de Santa Cruz de la Sierra, había recuperado su antigua situación de gobernación, dejando la dependencia de Cochabamba. FUENTE: GOBIERNO DEPARTAMENTAL: PREFECTURA DE SANTA CRUZ: DE CASTEDO PEÑA, PAULA: COLECCIÓN EL DEBERCITO: PÁGINA 7). La Provincia Unida del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra, se declaro insurrecta contra Buenos Aires y se proclamo república independiente en 1815, lo cual como hecho histórico es mal interpretado en este acontecimiento, por los publicistas del Alto Perú y algunos cambas cruceños inclusive, con la ejecución perversa que acarrea la errónea clasificación inventada de confundir a la república cruceña como republiqueta alto peruana, dentro de las existentes en Charcas y además, cuando las fuerzas del ejército colombiano no llegó en ningún momento a nuestro territorio. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA FUE REPÚBLICA Y NO REPUBLIQUETA: A los grupos guerrilleros instalados en un territorio determinado, el historiador argentino Bartolomé Mitre llama Republiquetas. Otro historiador José Luis Roca, sostiene que una de las guerrillas, la de Ayopaya, fue precursora de la república que iba a crearse en 1825. El hecho es que a diferencia de los ejércitos realistas y patriotas, que circulaban en territorio de Charcas con miras a posesionarse del virreinato de Buenos Aires o del de Lima. Las facciones guerrilleras eran autónomas en sus decisiones, guardando tan solo algunos lazos con el gobierno del Río de la Plata. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA DE, JOSÉ. GISBERT, TERESA Y MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 329). La brutalidad histórica cometida contra los cambas cruceños trajo como consecuencia, aprovecharse por la oligarquía criolla del Alto Perú o Charcas manejada por el brazo masónico Club Patriótico, desconocer nuestros orígenes rioplatenses y amazónicos. Además llevarnos al cautiverio y la colonización por la siniestra interpretación de nuestra separación de Buenos Aires, que definitivamente no tiene nada que ver con lo acontecido en el Alto Perú, pues fue un hecho sucedido cuando se pretende cambiar a Warnes, por un nuevo titular en la gobernación de nombre Santiago Carrera en 1815. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA SE REBELA Y SEPARA DE BUENOS AIRES: Buenos Aires decide nombrar un nuevo gobernador en la persona de Santiago Carrera, por lo que Warnes continuó luchando en la región de Chiquitos. Carrera muere en una revuelta y Warnes asuma nuevamente el mando de la región que había quedado completamente aislada. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS GUERRILLAS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 331). La formación de la República de Santa Cruz de la Sierra, se produce al declararse Warnes con el pueblo cruceño rebelde contra el gobierno de Buenos Aires, al no aceptar el cambio de gobernador ante una orden emanada de Ignacio Álvarez Thomas, siendo esta la manera de como iniciamos nuestra 313


república con independencia plena y la terminamos, con la toma de la capital el 14 de febrero de 1825. Todo ello con su soberanía e independencia confirmada en el cabildo del 15 del mismo mes y año, cuando se expulsa de parte de nuestro territorio patrio al aliado de Pedro Antonio de Olañeta, brigadier Francisco Javier de Aguilera que puso como gobernador a su hermano Tomás Aguilera. (PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA ERA VALIENTE LUCHADOR: La Pretensión de Olañeta de tratar de igual a igual con los vencedores de Ayacucho, no tenía base alguna. La fuerza, la moral, el armamento, el número y el prestigio continental de estos, eran abrumadoramente superiores. Abandonado por su sobrino Casimiro y por su antiguo conmilitón Pío Tristán (veterano de los ejércitos realistas del Perú desde las épocas de su primo hermano Goyeneche), el empecinado jefe alto peruano esperaba el respaldo de su lugarteniente Francisco Javier de Aguilera, quien se encontraba al mando de un destacamento armado en Valle Grande. Pero desde allí Aguilera ya había ofrecido su adhesión a Sucre en correspondencia directa con él. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 187). La independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra, fue conseguida el año 1815 y consolidada en 1825 como hecho que sucede sólo con el esfuerzo propio, de los ejércitos patriotas de la nación de los pueblos cambas cruceños que lucharon contra Blanco, Udaeta, Altoaguirre y Olañeta con Aguilera. (LA SEÑORA VELASCO SALVA A SANTA CRUZ DE LA SIERRA: En Santa Cruz, Blanco amenazó con saquear la ciudad y no lo hizo gracias a la señora Velasco a quien se llamó la patriota, que generosamente pagó ella sola la contribución exigida por el coronel español. Luego Blanco dejó Santa Cruz trescientos hombres a las órdenes del teniente coronel Udaeta y salió en busca de Warnes y Arenales. Este lo atrajo hasta el lugar de Pozuelos y el riacho Piray en las proximidades del pueblo de Florida, consiguió derrotarlo con sus novecientos hombres, en una batalla, el 5 de mayo de 1814. FUNTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 166). La independencia de los cambas cruceños se consigue comandada por el Coronel Ignacio Warnes, el Coronel, José Manuel Mercado, el Teniente Coronel José Manuel Baca, el Comandante Marcelino Montero y otros patriotas del Río de la Plata. Como también, el integrante de la nación de los 314


pueblos cambas cruceños, el autóctono cacique Cumbay que se alió y conoció a Belgrano. (WARNES GOBERNÓ LA PROVINCIA CAMBA CRUCEÑA HASTA SU MUERTE: Warnes gobernó Santa Cruz desde 1813 hasta 1816. Durante su gobierno liberó a los esclavos negros, con los que formó el batallón de los Pardos Libres. En los tres años tuvo que enfrentarse con las tropas realistas enviadas por Joaquín de la Pezuela, sucesor de Goyeneche. El enfrentamiento más importante fue la batalla de la Florida, el 25 de mayo de 1814, en la que Warnes y el Coronel Antonio Álvarez de Arenales vencieron al realista Joaquín Blanco. Warnes continuó la lucha contra el realista Francisco Udaeta, quien apoyado por el gobernador de Chiquitos, Juan Bautista Alto Aguirre contaba con 5000 indígenas. Con los realistas vencidos y la provincia entera en manos patriotas, Warnes volvió a Santa Cruz y la mantuvo independiente hasta 1816. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA; DE CASTEDO PEÑA, CLAUDIA: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 178). Las diferencias entre las gestas libertarias de la nación de los pueblos cambas cruceños con las de los alto peruanos o charqueños para liberarse del colonialismo español son claras, porque los alto peruanos como pueblos que supuestamente revivieron la audiencia de Charcas, reducida a la intendencia o provincia de Chuquisaca se encuentran relacionadas, primero con los ejércitos secesionistas del General Pedro Antonio de Olañeta y luego con la invasión del ejército de Simón Bolívar al mando Antonio José de Sucre. El ejército de Antonio José de Sucre arrebata a Pedro Antonio de Olañeta los territorios que estaban libres o sea el Alto Perú del colonialismo español, demostrándose categóricamente que los acontecimientos históricos de Charcas, tomaron caminos totalmente distintos con los de la nación de los pueblos cambas cruceños que además son diferentes por historia, geografía, raza y cultura. (ÚNICAMENTE LOS TERRIORIOS EN MANOS DEL REY Y NO EL ALTO PERÚ: La capitulación de Ayacucho puso en manos del Ejército Unido Libertador, únicamente los territorios que hasta ese momento estaban en poder de las armas del rey, significando con ello que las provincias del Alto Perú no lo estaban, pues allí regía el general Olañeta que había logrado dividir el ejército español facilitando así los triunfos patriotas de Junín y Ayacucho. Las provincias de Tarapacá y Tarija tampoco entraron en los términos de la capitulación pues también estaban ocupadas por las tropas de Olañeta. Ayacucho no definió, entonces la libertad del Alto Perú sino que le brindó la posibilidad cierta de convertirse en república independiente. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 184). El mes de marzo de 1813 hasta febrero de 1825, es el lapso en que se consolida la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, que se encontraba formando parte de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y separada de esta desde 1815. En ningún momento histórico los cambas cruceños formamos parte de la República Argentina creada el 9 de Julio de 1816 en la ciudad de Tucumán y esta lucha por consolidar nuestra libertad duró algo más de 14 años, hasta la expulsión definitiva de los invasores del Alto Perú de Pedro Antonio de Olañeta en 1825, pero si la oligarquía criolla apegada a Bolívar y Sucre consiguieron anexarnos y colonizarnos en la apócrifa asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca. La independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue conseguida con el esfuerzo propio y con acciones ejecutadas en situaciones totalmente diferentes a las del Alto Perú o Charcas, porque estas se llevaron a cabo en los territorios de los aimaras y quechuas por parte de los criollos y algunos mestizos alto peruanos, pero para los pueblos de origen Tupí Guaraní se desarrolló en los llanos rioplatenses y amazónicos al Este de la cordillera de los Andes y en la cordillera de los Chiriguanos. En que por lo analizado, se demuestra que la República del Alto Perú llamada Bolívar después Bolivia y actualmente Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, se manejó en la pretensión de mantenerse bajo el ala protectora de España primero, pero al no darle resultado se cambio bajo la protección de Simón Bolívar y su ejército de invasión. 315


El hecho oscuro de la historia del Alto Perú República de Bolivia, fue ejecutado por los traidores a Don Pedro Antonio de Olañeta, violándose con la anexión y la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, el Orden Internacional de Derecho Público reconocido por el mismo Libertador, como también el derecho soberano a la libre determinación de nuestro pueblo, diferente, cierto y determinado. La República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que se separa de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, fue identificada dolosamente por Sucre como alto peruana para ser anexada y colonizada, integrándonos como colonia gracias a la incongruencia y la mentirosa historia inventada, con la consecuencia de la nulidad absoluta en Derecho Internacional por la coacción que resulta. Además la amenaza que significaba el ejército comandado por Antonio José de Sucre que estaba definitivamente influenciado por Casimiro Olañeta. (CASIMIRO TRAICIONA A SU TÍO PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Casimiro Olañeta llegó al Desaguadero el 3 de febrero de 1825 donde ya estaba el Mariscal Antonio José de Sucre, procedente del Cuzco. Ambos cabalgaron lado a lado rumbo a la ciudad de La Paz, donde el 9 de febrero promulgó el decreto en el que se basó la independencia de Bolivia. Que Sucre tomó consejo de Olañeta en aquella ocasión es evidente pues el 4 de febrero, al día siguiente de la llegada de Olañeta, Sucre escribe a Bolívar desde Ilabe en los siguientes términos. Me ha dicho el doctor Olañeta que él cree no sólo difícil sino imposible reunir las provincias altas a Buenos Aires; que hay una enemistad irreconciliable, o se quedan independientes o agregadas al Perú, porque el voto de los hombres de juicio está por pertenecer al Perú, en cuyo caso quieren la capital en el Cuzco o más cerca. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 344 Y 345). La emergente República de Santa Cruz de la Sierra, ancestralmente formada por la población asentada en los valles de la cordillera de los Ava y en los llanos al Este de la cordillera de los Andes, como nación de los pueblos cambas cruceños, constituye un conjunto humano caracterizado por modalidades comunes de origen y cultura, que están cautivos y eliminados como identidad real y cierta en el Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, mediante una Constitución vigente que nos transforma pese a ser diferentes a los de los Andes, en simples componentes de la comunidad intercultural de cosmovisión andina (Tahuantinsuyo), dentro del más grave genocidio general y cultural perpetrado contra una nación diferente, cierta y determinada como es la nuestra que es existente en el centro de América del sur. La nación de los pueblos cambas cruceños de condiciones lingüísticas, somáticas y culturales lograda a consecuencia de la amalgamación de los Tupí guaraníes como ser el Arahuaco, Chiquitano, Guarayo y otros pueblos autóctonos con el español, nos encontramos colonizados a pesar de tener el derecho reconocido por el Orden Internacional de Derecho Público dentro de la norma del uti posidetis iuri que nos lleva a contar, con el derecho de la devolución de nuestra soberanía o cuando menos un sistema de autonomía regional real y cierto. Pues la autonomía devolvería nuestra libertad e independencia conculcada, porque por fortuna y la bendición de nuestro Dios y su hijo Jesucristo, nos encontramos enriquecidos por la afluencia migratoria de buena fe, honesta y honrada de todos los pueblos del mundo y entre ellos los aimaras, quechuas, altos peruanos, españoles, ingleses, alemanes y otros como nuevos inmigrantes todos.

EL FORTALECIMIENTO ESPIRITUAL DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, VIENE COMO RESULTADO DEL EMPUJE DE LOS INMIGRANTES HONESTOS, CON ESA FUERZA ESPIRITUAL EN LA DEFENSA DEL TERRITORIO Y ESPACIO VITAL QUE LOS ACOGE HOSPITALARIAMENTE

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La fortaleza de los actuales componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, viene del enriquecimiento que significa recibir el aporte cultural y honesto de los inmigrantes por el vigor y la pujanza, más la integración e identificación con lo nuestro como hecho que nos beneficia más que el daño producido por los quinta columnas y puntas de lanza dentro de nuestra nación diferente, cierta, determinada y hospitalaria que los acoge. La fortaleza significa el aporte a su nueva patria a pesar de que por sus orígenes provengan de otros lados, en que con sus fuerzas enriquecidas espiritualmente, nos hacen diferentes definitivamente a los de la sociedad del Alto Perú o Charcas pese a que muchos de ellos procedan de los enclaves andinos de América. Los nuevos integrantes de la nación de los pueblos cambas cruceños asumiendo pertenencia e identidad con la heredad nacional que los acoge, asumen ese amor telúrico que sólo se da dentro de las ubérrimas selvas tropicales, desarrollando su existencia propia como de sus familias en esta bendita tierra que los recibe hospitalariamente, reforzados por el amor y las bendiciones recibidas de Dios y su hijo Jesucristo. En donde los integrantes combas cruceños, como son los originarios autóctonos, originarios nativos y los inmigrantes, estamos claros de la obligación que tenemos de contribuir a forjar el futuro mediante un plan de lucha identitaria, para evitar ser avasallados por fuerzas extrañas y de una ideología foránea que viene de la agresión simbióticamente dirigida hacia un supuesto y falso indigenismo incaico. El falso indigenismo ideológico y político asunido, viene de la influencia desde la República del Ecuador como también de fuerzas oscuras caribeñas que, al final nos someterán y perjudicaran a todos sin excepción, por lo que es necesario que mediante la identificación e integración, nos unamos dentro de la minoría poblacional como la nación de los pueblos cambas cruceños que somos, para preservar nuestra identidad dentro de este inventado Estado Plurinacional Comunitario Boliviano construyendo así un futuro de paz, justicia y progreso como viejos y nuevos pobladores asentadas al Este de la cordillera de los Andes. Los de la nación de los pueblos cambas cruceños, tenemos la obligación de preservar esta bendita tierra legada por nuestros mayores defendiendo nuestro espacio vital y nuestra identidad foral e histórica. En consecuencia como conjunto de regiones que originalmente fuimos parte de la República de Santa Cruz de la Sierra, como nueva sociedad estamos integrando a todos nuestros habitantes dentro de una etnia grupo o nación propia, tenemos que luchar sin desmayo espiritual por nuestro futuro. Los cambas cruceños estamos en la obligación de preservar nuestra identidad, reconociendo y absorbiendo lo relacionado a las bondades culturales de los inmigrantes, pues los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños tenemos que asumir con orgullo nuestra identidad y pertenencia, para que hagamos defensa de ella por considerarla de todos. Los cambas cruceños tenemos el deber de obligarnos a sostener, la imperiosa necesidad de asumir la salvaguarda y la protección del espacio que ocupamos con continuidad territorial, en la parte comprendida por los territorios propios dentro de los departamentos del Beni, Pando, Tarija y Santa Cruz, Norte de La Paz, Este de Chuquisaca y Cochabamba. Por lo que es importante manejar una ideología patriótica regional propia, cierta y verdadera unidos por un mismo origen étnico o por adopción, para que demandemos un futuro sin injerencias de los que buscan subyugarnos, fortalecidos con la incorporación honesta e incluyente que nos enriquece por lo bueno que nos traen otros pueblos del mundo. El resultado de la sociedad al Este de la cordillera de los Andes en Bolivia, viene de la amalgamación racial y cultural con otros pueblos en la formación de nuestro conglomerado humano como uno sólo. Fortalecidos por los inmigrantes gracias a la interrelación étnica y cultural que los recibe, lográndose el resultado de la formación de un mestizaje homogéneo o heterogéneo humano orgulloso, por las características especiales de nuestra situación de sociedad cristiana, compuesta de seres humanos y elementos sin discriminación y sin exclusión y sometimiento alguno. La nación y sociedad de los pueblos cambas cruceños de origen colonial venida por el rió de la Plata, se tradujo en el resultado de la República de Santa Cruz de la Sierra, como una nacionalidad cierta y determinada con características especiales y únicas, en base al efecto de haber resultado de la 317


inmigración de asunceños que se integraron con los autóctonos Tupí Guaraní, como tribus libres que desarrollaban su existencia dentro de una cultura humana compenetrada con las bondades de la naturaleza y reforzada por la condición occidental cristiana traída por los españoles y los jesuitas. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños somos merecedores de contar con el respeto a nuestra identidad y cultura histórica; para que logremos un futuro dable y cierto como sociedades hospitalarias que discurren su existencia, dentro de la placidez que nos ofrece la bondad del medio ambiente rioplatense y amazónico en que nos desarrollamos y que como sociedad integrada e identificada con la naturaleza, tenemos que mantener e irradiar esa fortaleza legada por Dios como instrumento de futuro de vida carente de artificio, para que con la sencillez característica logremos una existencia plena dentro de este medio ambiente generoso y benigno, por lo que tenemos que mantener entre todos los estantes y habitantes de esta bendita tierra, una norma de comportamiento de vida equilibrada, pese de haber sufrido una agresión cultural cruenta y permanente hasta hoy. La agresión identitaria que hemos sufrido, no ha logrado hacernos cambiar las bases ciertas de nuestro comportamiento substanciado en el respeto de los derechos humanos, por ser una sociedad que sigue el ejemplo jesuítico del trabajo honesto y como conglomerado humano, mantiene como norma de vida la lealtad y la honradez, porque somos hospitalarios para recibir a los nuevos cambas cruceños venidos de cualquier lugar y que nos fortalecen. (ESPÍRITU EMPRESARIAL: Tal vez donde más se notó la eficacia del espíritu empresarial fue en las misiones, verdaderos pueblos, originalísimos en su estructura comunal, donde convivieron los indígenas con los padres. Estas misiones se extendieron principalmente en las zonas fronterizas o regiones imposibles de conquistar, aisladas casi totalmente por selvas y ríos. A ellas no podían penetrar las autoridades españolas, ni los comenderos ni los agentes comerciales. El comercio que generaron no pasaba por aduanas ni trámites fiscales y fue siempre floreciente, activo y fructífero, yendo a parar todas las ganancias a la comunidad indígena que las producía. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LOS BORBONES EN AMÉRICA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 238). El singular sistema de vida a los inicios de los habitantes de la nación de los pueblos cambas cruceños, no ha cambiado substancialmente a pesar de haber sido anexados, como también colonizados y avasallados en nuestra cultura y heredad territorial, al ser atropellada nuestra identidad y cultura histórica, causada por una taimada acción fraudulenta de inmiscuirnos en una sociedad forastera y acostumbrada al absolutismo ancestralmente. La dominación de nuestros pueblos se mantiene por la oligarquía criolla y mestiza del Alto Perú que nos ha quitado nuestra condición de sociedad cierta y determinada, transformándonos en simples elementos interculturales y este perverso hecho de genocidio colonizador, con la artera inclusión de la República de Santa Cruz de la Sierra de los pueblos cambas cruceños, es en base a una interpretación fraudulenta de nuestra historia colonial e independentista que nos hace aparecer dentro de una ley del 9 de mayo de 1825 que no nos involucraba en momento alguno, metiéndonos , dentro de una supuesta dependencia territorial con Cochabamba. Así como en una inexistente audiencia de Charcas eliminada definitivamente en 1813 por el gobierno rebelde de Buenos Aires, pues la única subsistente y apegada al coloniaje español fue la región de los Charcas con Cochabamba, La Paz, Chuquisaca y Potosí n todos sus corregimientos. (EL ALTO PERÚ LUCHÓ 16 AÑOS POR SU INDEPENDENCIA, LOS CAMBAS CRUCEÑOS NO: La creación de Bolivia fue el producto de 16 años de lucha, la cual permitió a los nativos y residentes de Charcas, ver como la situación estratégica de su territorio y su gran riqueza eran fundamentales para quienes deseaban construir una América nueva. Pasada la avalancha de españoles, argentinos, peruanos y más tarde colombianos, los habitantes de estas tierras recogieron los despojos de la guerra, y así dispusieron construir su propia patria. En esta ciudad, Bolívar recibió a la delegación argentina integrada por Alvear y Días Vélez, cuyo objetivo era comprometer al libertador en su lucha con el Brasil, a lo que contestó con evasivas, pese a que las tropas brasileras ya habían invadido la provincia boliviana de Chuiquitos, (Bolivia no existía) que se recuperó en el gobierno de Sucre. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: 318


QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 347 Y 353). La anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños fue ejercida por el Alto Perú, como acción imperialista posterior a los españoles, llevada adelante con un abuso intolerable contra el espíritu de libertad de ese entonces, mediante un execrable atropello histórico entre los años 1825 y 1826. Hecho de agresión injusta que sigue manteniéndose dentro de la política hegemónica de la ex República de Bolivia hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, por la imperialista metrópoli colonizadora andina que pretende con una Constitución confusa, hacernos aparecer diluidos y invisibles dentro de la inventada comunidad intercultural Tahuantinsuyo, como doctrina que fue iniciada en los movimientos quechuas del Ecuador. La agresión contra una nación diferente, cierta y determinada que somos constituye una inobjetable embestida que no condice con la historia antes de la colonia, en la colonia y en la pre república ni con el ejemplo de resistencia y rechazo de nuestras razas madres, que aguantaron tanto la embestida del Imperio Incaico y del español, todo ello por nuestro recuerdo histórico como situación por la que estamos soportando estoicamente toda agresión de este imperialismo contemporáneo de criollos y mestizos charqueños o alto peruanos, disfrazados de indigenismo que están haciendo peligrosamente perder la batalla por nuestra existencia como sociedad diferente, al no contar con un conocimiento coherente y cierto de quiénes somos y de donde venimos. La perversa agresión que estamos sufriendo la nación de los pueblos cambas cruceños como una sociedad opuesta a la colonizadora del Alto Perú hoy Estado Plurinacional Comunitario, se encuentra en un permanente avasallamiento que comenzó en julio de 1825 en relación a la componenda y confabulación de la rama masónica, en la más rancia alcurnia criolla de Charcas que influenciaron a Sucre para la creación de la República Bolívar, manteniendo un atentado contra la libertad de la sociedad al Oriente de la cordillera de los Andes y agrediendo el futuro sobre nuestra supervivencia, pese a que fuimos definitivamente libres e independientes de la confederación de las Provincias del Río de la Plata desde 1815, cuando el Coronel Ignacio Warnes desacata la orden de Buenos Aires del cambio de destino, convirtiéndose en el primer jefe de gobierno de la República de Santa Cruz de la Sierra. Los personajes nefastos para la suerte de nuestra nación de los pueblos los cambas cruceños, comenzaron su accionar con Pedro Antonio de Olañeta que intentó mantenernos dentro del Alto Perú, por acción directa con su lugarteniente Francisco Javier de Aguilera, cuando en conjunto derrotaron a los ejércitos auxiliares del Río de la Plata. (INDEPENDENCIA ARGENTINA: En 1810 comenzó la guerra de la independencia, proclamada el 9 de julio de 1816, en Tucumán. Diccionario Enciclopédico VOX (1970): Argentina: Pág. 271. La junta decidió enviar un ejército, denominado auxiliar, a liberar las provincias altas y, si era posible, llegar a Lima. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: EJÉRCITOS AUXILIARES Y LEVANTAMIENTOS: D. MESA GISBERT, CARLOS: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 321). El mayor y nefasto personaje Casimiro Olañeta que se confabulo y traicionó a su tío, fue el gestor directo de nuestra anexión a la nación que formaron y llamaron alto peruana Bolívar. El que con otros traidores como Mariano Serrano que lo hizo contra su condición de argentino y redactor secretario del Acta de la Independencia de ese país, luego Antonio José de Sucre que traicionando a su conciencia invadió el Alto Perú y fue causante de la derrota y muerte de Pedro Antonio de Olañeta. De la misma manera tenemos a Simón Bolívar por el apoyo a este hecho ante la oferta con prebenda de poner su apellido a la nueva república, implicándose en nuestra dolosa anexión y colonización fraudulenta. El General Pedro Antonio de Olañeta fue el precursor de la República del Alto Perú o Charcas, declarada independiente del virreinato del Perú el 9 de marzo de 1824 y murió a causa de la traición de sus correligionarios y amigos, más la ambición de Antonio José de Sucre y Simón Bolívar. (VALDES NO PUEDE CONTROLAR LA REBELIÓN DEL ALTO PERÚ: Pedro Antonio de Olañeta se muestra en su vida de campaña como militar empecinado. El virrey envía a Jerónimo Valdés para controlar la rebelión, pero ante el avance de las tropas de Bolívar, próximo ya a los campos de Junín, Valdés tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá, 9 de marzo de 1824) para retornar al lado del 319


Virrey la Serna. DUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 343). El General Pedro Antonio de Olañeta que contaba con su sobrino Casimiro, se transforma en el principal personaje del drama de la República de la nación de los pueblos cambas cruceños, así como también en el más funesto personaje mediante sus arteras y astutas manipulaciones que sellaron nuestro cautiverio y encadenamiento. El ideólogo criollo Casimiro Olañeta fue un personaje resentido contra sus padres españoles, a los cuales según él odiaba y fue el que traicionando a su tío y aliarse con los colombianos, compromete a Antonio José de Sucre en esta confabulación instrumentada que como hecho está probado en la carta enviada cuando le escribe lo siguiente. (PERVERSIDAD DOS CARAS DE CASIMIRO OLAÑETA: No quiero retornar jamás al territorio de los tiranos a quienes he servido con el único propósito de mantener la discordia que introduje entre ellos y que he mantenido hasta el final. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 343). El drama para la nación de los pueblos cambas cruceños fue efectuado definitivamente por Antonio José de Sucre segundo comandante del ejército colombiano y vencedor del virrey la Serna en la batalla de Ayacucho en noviembre de 1824, siendo parte fundamental del ardid urdido contra el General Pedro Antonio de Olañeta; deshonrando el armisticio Elizalde – Mendizábal pese a que reconoce como suyos los territorios al Sur del desaguadero liberado por sus armas. Pues en la capitulación de España recibe como entrega al ejército colombiano, lo que llegaba solo hasta el río Desaguadero, por lo que la acción resulta una invasión a instancias de Bolívar cuando ingresa ocupando Oruro y La Paz. (DESERTORES DEL EJÉRCITO DE PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Igual deserción protagonizaron Carlos Medinaceli, Francisco López y Pedro Arraya, quienes con sendas divisiones se ponen a órdenes de Sucre. Como fieras acorraladas, Olañeta y Barbarucho deambulaban sobre el Altiplano con su reducida, cansada y desmoralizada tropa. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 187). El hecho tramposo y nefasto para la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue llevado adelante por estar Antonio José de Sucre comprometido para prestar colaboración directa a Casimiro Olañeta que consolida en complot su proyecto de república una vez separado ya de su tío Pedro Antonio de Olañeta. Casimiro como individuo y uno de los líderes de la oligarquía criolla masónica del Alto Perú, manejaba a sus secuaces encumbrados en los grupos de poder de la ex audiencia de Charcas dentro de la fraudulenta confusión como provincia del mismo nombre, en la componenda histórica más tenebrosa que nos involucra. (SUCRE SIEMPRE QUISO OCUPAR EL ALTO PERÚ: La idea de ocupar el altiplano Norte y Central, dejando al ejército de Olañeta posesionarse del sur, la tuvo Sucre desde que inició su larga marcha desde Arequipa. Así lo comunicó el primero de enero a Olañeta, Aguilera, José Miguel Lanza y Pedro Arraya. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 187). La historia contada confirma que Antonio José de Sucre como persona ambiciosa, se convierte en el principal actor para involucrar a su jefe Simón Bolívar en la formación de la República alto peruaba Bolívar luego Bolivia, hoy Estado Plurinacional Comunitario creada mediante la ley del 11 de agosto de 1825 y a la cual Antonio José de Sucre pretendió gobernarla indefinidamente, primero como representante de Bolívar y luego mediante un golpe de Estado cuando se hace nombrar Presidente por el Congreso. Pero este propósito fue frustrado por la expulsión con su tropa ya transformada en ciudadanos bolivarianos alto peruanos y como ejército boliviano en abril de 1828. (CONVENIO ELIZALDE – MEDINACELI: Olañeta hizo circular profusamente el convenio Elizalde - Mendizábal, el cual desorientó a sus partidarios, creándoles la falsa sensación de que Sucre respetaría el territorio que prácticamente ellos habían conquistado en 1824, segregándolo de la jurisdicción del virreinato peruano. 320


Pero sucre lo desautorizó terminantemente, y así lo hizo conocer desde Tinta al ministro de guerra. No tengo por qué detener la marcha del Ejército Libertador. Si gusta (Olañeta) se retire a Potosí donde puede proclamar la independencia y convocar a una asamblea de los pueblos para que decidan su suerte; entre tanto el Ejército Libertador ocupará La Paz y Oruro. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 187). Los personajes que se acusan de nefastos y adversos para la libertad y el destino de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encontraba, independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, como República de Santa Cruz de la Sierra que se sacude del ejército de invasión alto peruano o de Charcas seis meses antes de la creación de la república Bolívar, son los que efectúan la anexión y la colonización complotándose con la debilidad y falta de fuerza ética del Libertador Bolívar, que con su segundo se suman al contubernio montado. Siendo por ello cómplices del espurio coloniaje nuestro, cuando se rinden ante la prebenda de ponerle sus apellidos a la nueva república y a su capital. (BOLÍVAR NO ESTUVO EN LAS LUCHAS INDEPENDENTISTAS DEL ALTO PERÚ: La figura de Bolívar en el escenario alto peruano apareció tardíamente. En uno de sus apuntes, José Santos Vargas (el tambor mayor) escribe que la primera vez que los combatientes de Ayopaya escucharon el nombre del Libertador fue en 1819. Aún después de esa fecha, Bolívar no ejerció influencia alguna en los acontecimientos políticos y militares que iban a dar origen a la nueva república. No obstante, la asamblea de Chuquisaca lo nombre jefe supremo de la república durante todo el tiempo que residiera en ella. Bolívar estuvo solo cuatro meses en Bolivia, a fines de 1825 y los decretos que dictó durante su permanencia en el territorio nacional, lo hizo usando sus títulos de Libertador de Colombia y Dictador del Perú. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 190). El Libertador Simón Bolívar considerado un militar de honor incólume e integro a través de la historia, traicionando los intereses del Perú como República de la cual era Presidente y Dictador se confabula contra esta república, pese a que es el que consolida su libertad agredida por los ejércitos realistas asentados en el Cuzo. Todo ello después de su expulsión de Lima por el Ejército Argentino al mando de José de San Martín como su libertador verdadero en 1821. (SAN MARTÍN: Por mar se trasladó con su ejército hasta Perú, utilizando para ello la escuadra comandada por el Ingles Lord Cochrane. Desembarcó en Pisco con un ejército de 4.500 hombres. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 341). La felonía de Bolívar con relación al Perú, viene por permitir quitarle el derecho histórico y por las armas de recuperar el Alto Perú que le correspondía, por haberlo tenido hasta cuando se formó el virreinato del Río de la plata en 1776, como por haber retornado de hecho estos territorios a su poder cuando se vencen a los ejércitos auxiliares y siendo además, Presidente Dictador de la república peruana. Comprometiéndose con la corruptela montada en la anexión y colonización de la república de la nación de los pueblos cambas cruceños de Santa Cruz de la Sierra. (CREACIÓN DEL VIERRINATO DEL RÍO DE LA PLATA: Hasta el año 1776 dependió del virreinato del Perú cuya capital estaba en Lima. El año citado, por razón de las inmensas distancias que existían desde el Paraguay y Buenos Aires hasta la ciudad de los Reyes, se vio la necesidad de crear el virreinato de Buenos Aires. Para esto se desmembró Charcas de su antigua jurisdicción. HISTORIA DE BOLIVIA: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA GISBERT, CARLOS: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 281). La consolidación perversa del objetivo de la creación de la irregular República alto peruana Bolívar que integro colonizando a la nación de los pueblos cambas cruceños, no es más que el resultado de la prebenda cometida con Simón Bolívar al transformarse como su primer gobernante y aceptar el enchufe de ponerle su apellido a la nueva república. Además cpn engaño ser nombrado Presidente Vitalicio, 321


transformándose como uno de los primeros corruptos de la emancipación americana para luego ser traicionado por su segundo Antonio José de Sucre, (SUCRE COMUNICÓ A BOLÍVAR LA CREACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ALTO PERÚ: El general Sucre comunicó a Bolívar el resultado de la asamblea, declarando la audiencia de Charcas un territorio independiente de los dos virreinatos, el del Río de La Plata y el del Perú. (No existían estos virreinatos en 1825) Bolívar no vio con buenos ojos esta decisión contraria a la idea de una unión americana; sin embargo, con halagos, los alto peruanos supieron doblegar su ánimo y al fin acepto la realidad, y al mismo tiempo el cargo de Presidente de la república que llevaría su nombre. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: DE MESA GISBERT, CARLOS: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 339).. El objetivo de la creación de la República del Alto Perú de nombre Bolívar luego cambiada por Bolivia y hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, se consolidó metiendo en ella con la integración dolosa y fraudulenta a la República de Santa Cruz de la Sierra que éramos parte de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, pero sí estábamos separados e independientes de ella desde 1815. (SUAREZ REPRESENTANTE CAMBA CRUCEÑO EN BUENOS AIRES: Posteriormente Suárez fue elegido representante para el Congreso Constituyente de las Provincias Unidas del Río de La Plata, por lo que el general Belgrano, del segundo ejército argentino, (no existía la Argentina) nombró al Coronel Ignacio Warnes como nuevo gobernador de Santa Cruz. FUENTE: GOBIERNO DEPARTAMENTAL: PREFECTURA DE SANTA CRUZ: COLECCIÓN EL DEBERCITO: PÁGINA 7). El compromiso corrupto de Simón Bolívar se llevó a cabo, usando la adulación obsequiosa que aprovecha de la debilidad espiritual del Libertador, para que acepte la formación de la nueva república concebida por Casimiro Olañeta y sus compinches, antes y después como integrantes del Club Patriótico que es parte de la logia masona Huaukes dentro de la más rancia conducta de soborno y descomposición espiritual pos colonial, porque finalmente Simón Bolívar al ceder, nos condenó al cautiverio y la dependencia política dentro de una nación foránea de identidad, historia y cultura diferente. (CORRUPCIÓN PREBENDAL DE BOLÍVAR: Bolívar se sintió honradísimo el resto de su vida con el nombre, y acepto complacido la tarea de escribir, la Constitución que fue llamada vitalicia y que estaba destinada a regir en todas la naciones liberadas por él. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA BATALLA DE TUMUSLA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 190). La confabulación que llevó a la colonización y el cautiverio de los pueblos de la nación de los cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, como acto de villanía humana fue la que llevó y es la causa de mantenernos cautivos hasta el día de hoy, como elemento que fue utilizado para ampliar los del Alto Perú, su pequeño espacio territorial enclavado en las alturas de los Andes, sin tomar en cuanta que somos un conglomerado humano diferente y que tenemos el derecho a ser respetados como nación cierta y determinada. La acción genocida contra los cambas cruceños se inicia en 1825 y esta llevándose adelante como colonialismo, con la utilización que se acusa de un asalto premeditado y tendencioso contra nuestros derechos humanos y a la existencia como sociedad, dentro de un hecho exacerbado por un sentimiento de pérdida de poder por la pertenencia asumida por los inmigrantes honestos que llegan a amar nuestra heredad bendita, llenándoles de odio y de deseo de exterminio para lograr la desaparición de esta etnia nuestra que nos enorgullece. (SIMILITUD CON LA REPÚBLICA DE PLATÓN: En los primeros cincuenta años de estas misiones se realiza en América uno de los estados más peculiares que se haya conocido, estado que tenía muchos puntos comunes con la idea de república ideal de Platón. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LAS MISIONES DEL ORIENTE: D. MESA GISBERT CARLOS: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 247).

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CONTAR LAS AGRESIONES CONTRA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ES PARA QUE CONOCIDA SIRVA DE ORIENTACIÓN SOBRE EL FUTURO QUE NOS COMPROMETE, A DEFENDERNOS DE LAS HORDAS INVASORAS QUE AL FINAL NOS DESTRUIRÁN A TODOS La inmigración a la que se hace referencia en el capitulo anterior, se produce con la invasión programada por el poder imperialista colonial de la metrópoli , como por el normal de los seres humanos que emigran de sus lugares de origen en busca de mejores condiciones de desarrollo general. Estas inmigraciones hacia la emergente nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentra en calidad de colonia del Alto Perú boliviano como comunidad territorial, social y espiritual, está constituyéndose en la base del mestizaje que mantiene un sentimiento enraizado en nuestros orígenes ancestrales, porque vienen de ser libres en las selvas amazónicas y rioplatenses. La nación de los pueblos cambas cruceños como República de Santa Cruz de la Sierra, fuimos independientes y soberanos desde 1815 hasta 1825, manteniéndonos con nuestra condición histórica casi pérdida, por el escandaloso dolo y el fraude histórico montado en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, hoy departamento y ciudad Sucre. La libertad y la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, concluye cuando se nos coloniza por la acción viciosa del poder imperialista de los del Alto Perú o Charcas, dirigido íntegramente por la masonería internacional y este poder de la metrópoli hoy pretende destruirnos como sociedad cierta, determinada y etnia diferente. Todo ello como pueblos que abarcábamos en nuestros orígenes coloniales dese el río Bermejo al Norte, pasando por el Pilcomayo y llegando a los confines de Mojos por la unión de la gobernación de Chávez y Manso. La república de la nación de los pueblos cambas cruceños, por el traspaso de Tarija a la jurisdicción de Salta en 1807 comenzaba en ese momento desde el río Pilcomayo, se extendía hasta las regiones amazónicas comprendidas entre los ríos Purus, Acre y Madera colindantes con las republicas del Perú y el Brasil. Por esta razón el territorio lindaba al Oeste con la cordillera de los Andes que es habitada por pueblos diferentes a los nuestros, en sus ancestros y actuales resultados de mestizaje racial y cultural, los mismos que inicialmente formaron la audiencia de Charcas en 1557 complementada con los territorios de los llanos hasta cuando se formo el virreinato del Río de la plata en 1776. La colindancia de la nación de los pueblos cambas cruceños con los del Alto Perú o Charcas, se forma con el muro de contención que es la cordillera de los Ava guaraní que no pudo ser conquistada por los Señoríos Aimaras ni por el Imperio Inca, como por la corriente colonizadora española venida desde el Perú, pero si fueron cristianizados por los misioneros jesuitas sobre la base del mensaje de amor enseñado por Jesús. (HABILIDAD DE LOS MISONEROS Y PASIBIDAD DE LOS AUTÓCTONOS: Contribuyeron a este hecho dos factores de capital importancia: primero la habilidad de los misioneros que supieron adaptar a los indígenas a la religión cristiana en sus verdaderos fundamentos, aislando a los pueblos de las misiones del contacto y el ejemplo de los europeos. El segundo elemento es el indígena, por su condición pacífica (exceptuando los chiriguanos), se adaptaron prontamente a la nueva vida, recogiendo las enseñanzas con gran entusiasmo. Hiciéronse maestros en artes y oficios, aventajado muchas veces a sus vecinos del e igualando a los europeos. Historia de Bolivia: Las misiones del Oriente: 5ta. Edición: Año 2003, Págs. 247 y 248. // Esta región constituye el límite natural que divide el Oriente boliviano de las tierras altas: corre a lo largo de las últimas estribaciones de los Andes desde la frontera argentina en el sur, hasta el Perú en el Norte. Ha tomado su nombre del principal grupo indígena, los chiriguanos, grupo guaranítico que emigró a estas tierras desde el Paraguay y Brasil. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LOS ASENTAMIENTOS CULTURALES EN EL ORIENTE BOLIVIANO: LA CORDILLERA DE LOS CHIRIGUANOS: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 39). 323


Lo que preocupa y llama la atención es que dentro de la invasión alto peruana, tenemos que la metrópoli tiene identificado un enclave aimara en pleno territorio originalmente nuestro como punta de lanza colonial y cultural, con la pretensión de consolidar la invasión en la zona Noreste del río Grande o Guapay, tal como se muestra en un cuadro de la ubicación de las 36 etnias bolivianas correspondiendo al territorio de San Julián y Cuatro Cañadas. La pretensión de los indigenistas europeos y grupos de intelectuales camuflados en Organizaciones no Gubernamentales, de crear enclaves aimaras y quechuas esclavizando a los pueblos autóctonos cambas cruceños que todavía quedan en nuestro territorio patrio, buscando la hegemonía de la nación aimara sobre todas la etnias existentes que abarcaría principalmente la Bolivia altiplánica andina, contando con su avanzada colonial en la nación de los pueblos cambas cruceños, dentro de la corriente política e ideológica fundada en Quito y El Alto del Alto Perú peruano y boliviano. (INDEPENDENCIA DE LA REGIÓN AIMARA DE AMÉRICA: El presidente regional de Puno Hernán Fuentes Guzmán se ha hecho famoso por una declaración estúpida, pretende la independencia de la región de Puno del Perú. ¿Cual es el trasfondo de esta situación? Nos remontaremos a la historia de los aimaras. Estos pueblos originarios tienen una extensión territorial que abarca varios departamentos del sur del Perú, gran parte de Bolivia y el norte de Chile. Existe una pequeña corriente pro nación Aimara. No olvidemos que los pueblos aimaras de Chile eran peruanos ante de la guerra del Pacífico. Si bien la lengua se extendió ampliamente, no significa que la extensión del lenguaje correspondiera a la ubicación geográfica de las etnias que la componían. Sin embargo sí señalan el área de influencia cultural. En la actualidad la nación aimara puede ser un buen pretexto para que Bolivia pretenda reivindicar territorios que les son ajenos. FUENTE: PUBLICADO POR ALIEN EN 2:02 AM 3: COMENTARIOS: ETIQUETAS AIMARA: GUZMÁN, HERNÁN: PUNO). La rebeldía de la nación de los pueblos cambas cruceños autóctonos de los cuales descendemos históricamente como mestizos, no ha permitido que fuéramos dominados y esclavizados por el Imperio Colla, como por el Incaico y el español de la corriente del Perú en la era pre-colonial y colonial en concordancia con la colonización española, a quienes les costó mucho esfuerzo enfrentarse con nuestros padres ancestrales. El coloniaje español para defenderse de las permanentes invasiones Tupi guaraní, crea los conocidos pueblos llamados de frontera que por la condición especial que resultaba, hizo que el rey les declarara la guerra como la única nación enemiga de España reconocida en la América colonial. (LOS CHIRIGUANOS: Estas indómitas tribus que poblaban el Sudeste del Alto Perú, colindantes con las tierras de Charcas, se habían hecho tristemente famosas por sus continuos asaltos a los conquistadores que deambulaban por las regiones comprendidas entre el Paraguay y el Pilcomayo. Habían dado muerte a Andrés Manso, Antonio Cabrera y Ñuflo de Chávez y destruyeron y quemaron las villas de Nueva Rioja y la Barranca. Por otro lado, constantemente invadían y depredaban todas las tierras de la recién fundada Tarija. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 124 Y 125). Los pueblos autóctonos Chiriguanos que son la base de nuestra nación de los cambas cruceños Tupí Guaraní, de los que somos sus descendientes como mestizos en diferente grado, demuestra que nuestros originales padres son los que nos han legado la obligación de mantener y defender esa identidad heredada. Cosa que no hemos hecho por haber permitido nuestra anexión y colonización en la República del Alto Perú de nombre Bolívar, dpnde la república colonizadora alto peruana en la actualidad y con mayor fuerza, pretende destruirnos como sociedad diferente y es de ella de la debemos reivindicarnos, defendiendo nuestra identidad y nuestra cultura histórica dentro de los territorios sobrantes de esta ruin rapiña y subasta, sufrida por la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, transformada y despedazada en departamentos bolivianos. La rapiña que se denuncia fue ejecutada también por los vecinos como Brasil, Perú, Paraguay y los actuales departamentos andinos bolivianos que se beneficiaron con nuestro territorio, como son Tarija con el Chaco, Cochabamba con el Chapare y parte de la cordillera de los Chiriguanos, Chuquisaca o 324


Sucre con el Chaco y parte de la cordillera de los Chiriguanos y La Paz con su Territorio en la parte amazónica. La nación de los pueblos cambas cruceños de civilización cristiana, mantiene la solución de sus problemas basados en la ejecución de una actividad productiva y económica que se ha transformado en norma y conducta para el desarrollo futuro de nuestros pueblos emergentes, con una fortaleza basada en la amalgamación existente entre los autóctonos y los nativos, como también los inmigrantes pese de haber sufrido agresiones beligerantes de nuestros vecinos como República de Santa Cruz de la Sierra y sociedad llanera. Siendo la agresión territorial la causa de que hubiéramos perdido territorialmente más de 1.150.000 de kilómetros cuadrados de nuestra heredad propia, incluyendo entre ellas los territorios del Purus a consecuencia de la creación de la confederación Perú – Bolivia llevada adelante por el apegado al Perú como presidente, pero de origen alto peruano Andrés de Santa Cruz y Calahumana. El disimulado Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, descendiente y heredero de los collas aimara e Inca que en 1825 nos anexó y colonizó, lo hizo mediante una interesada y astuta interpretación fraudulenta de nuestra historia, para englobarnos entre los pueblos alto peruanos sobre la base de una patraña inventada, maliciosa y falaz de incluirnos dentro de las cuatro Provincias Altas Argentinas del Alto Perú. (LOS SEÑORÍOS COLLAS: El reino Colla fue uno de los reinos aimaras que ocupó el territorio del desaparecido Imperio Tiwanaku-Wari en la meseta del Titicaca. A mediados del siglo XV conservaba un extenso territorio, con su capital Hantun-colla, Cuando el noveno Inca Pachacútec los conquistó. En el Imperio Inca se le llamó Collasuyo a una más extensa región, pues lo reinos aimaras, con fuertes lazos culturales entre ellos, eran conocidos con el nombre genérico de collas. Esto se debió a que el reino Colla, en torno a la orilla norte del Titicaca, era para los incas el más significativo de estos reinos, en la época del inicio de la gran expansión territorial del imperio. FUENTE: WIKIPEDIA, LA ENCICLOPEDIA LIBRE). La interpretación falsa de nuestra realidad histórica, viene del supuesto de que habíamos retornado al poder colonial del virreinato del Lima y el Cuzco en última instancia, después de las agresiones de 1811 y 1816 respectivamente, reforzada en nuestra colonización con acometerse una currícula con fechas y hechos totalmente contradictorios por historiadores foráneos, alto peruanos y cambas cruceños inclusive influenciados por casi 200 años de enseñanzas mentirosas y falseadas. Las falacias inventadas sobre nuestra historia están haciendo confundir a los pueblos y naciones de América y el Mundo, de que nuestra integración y anexión a la República del Alto Perú Bolívar fue voluntaria como República de Santa Cruz de la Sierra, pese a que nos redimimos e independizamos de la confederación de las provincias del Río de la Plata en 1815 y no nos integramos a la supuestamente reciclada audiencia de Charcas. Esta falacia contada de que la nación de los pueblos cambas cruceños 325


aparte de ser integrantes del Alto Perú, estábamos incluidos por decisión propia en el virreinato del Perú entre 1810 y 1825 como sucedió con las Provincias Altas del virreinato del Río de la Plata y argentinas, que vencieron y expulsaron de su territorio a los ejércitos auxiliares del Río de la Plata, es el más perverso fraude histórico montado. El acto y el hecho manipulado espurio e ilegítimo de anexarnos y colonizarnos, fue manejado con tres actas de la independencia y una ley de creación de la República Bolívar, demostrando que solo toman en cuenta los hechos históricos independentistas de los pueblos del Alto Perú, no lo sucedido con la nación de los pueblos cambas cruceños, pues en el Preámbulo de la ley de agosto de 1825 ensalzan y conmemoran las gestas y victorias del ejército colombiano en las localidades del Junín y Ayacucho en la República del Perú. (ANDRÉS DE SANTA CRUZ EN LA BATALLA DE JUNÍN: La batalla tuvo lugar el 6 de agosto de ese año, para entonces, Andrés de Santa Cruz formaba parte del Estado Mayor de Bolívar. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 342). La determinación de la independencia del Alto Perú de cuya autoría no tuvimos parte alguna, por no existir representantes nuestros en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, dentro de este disparate histórico que se encuentra relacionado y deformado con nuestros pueblos, pero supuestamente justificado por las enseñanzas manejadas, por la imperialista colonizadora metrópoli hoy Estado Plurinacional Comunitario y no República. (LOAS A BOLÍVAR Y SUCRE, PERO DE WARNES Y MERCADO QUÉ: Ley Constituyente del 11 de agosto de 1825: Denominación de nuevo Estado: Reconocimiento de gratitud, premios y honores al Libertador y al Gran Mariscal de Ayacucho. Gratificación al Ejército Libertador. FUENTE: PREFECTURA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: PRIMERA EDICIÓN: AÑO 2007, PÁGINA 205). La maliciosa interpretación utilizada por la oligarquía masónica del Alto Perú llamada Huaukes de, que la nación de los pueblos cambas cruceños somos alto peruanos o charqueños, como falacia histórica fue aprovechada para anexarnos y colonizarnos tal como cita Antonio José de Sucre en su decreto del 9 de febrero de 1825, pero pese a ello en la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825 no se nos toma en cuenta, pues en la referida ley solo se hace referencia a los cuatro pueblos del Alto Perú que retornaron a la jurisdicción peruana como ser el cochabambino, el paceño, el potosino y el chuquisaqueño que fueron rebeldes a Buenos Aires por los españoles y criollos. Luego separados del poder colonial por Pedro Antonio de Olañeta. La ley de creación del Alto Perú República Bolívar nos olvida definitivamente, cuando se supone que voluntariamente nos integramos a la nueva república, dejando de lado nuestros orígenes asunceños cuando fuimos separados como gobernación de Mojos en Gobernación, Intendencia y Provincia y como cambas cruceños nos convertirnos en la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los cambas cruceños desde 1815 hasta 1825. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA FUE PARAGUAYA POR 23 AÑOS SOLAMENTE: Santa Cruz de la Sierra fue una gobernación netamente paraguaya durante la colonia, por sus orígenes raciales y políticos y por su situación geográfica. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 172). Lo enseñado por la historia manejada como oficial por la colonizadora metrópoli alto peruana, es falaz por más que muchos publicistas inclusive cambas cruceños pretendan darla como mensaje cierto, y la prueba de su falsedad es que no fuimos ni somos del Alto Perú y no tuvimos relación administrativa y militar real con los del Collasuyo en las luchas por la independencia de nuestros pueblos, porque nos manejábamos casi totalmente libres hasta cuando en 1767 se expulsó a los jesuitas de Loyola de las colonias españolas y de España. La confirmación de esta situación de soberanía, viene cuando se llevó adelante la guerra por la independencia como parte de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, contradiciendo la mentirosa historia mal contada de que Bolivia se formó con los territorios de la audiencia de Charcas y 326


dentro de la jurisdicción peruana con nuestros pueblos cambas cruceños incluidos. La audiencia fue vigente desde 1559, pero pierde importancia al ser integrada al virreinato de Buenos Aires en 1776 para luego ser definidamente eliminada en 1813, demostrándose con esto que la interpretación sesgada de la histórica, fue hecha para despistar y extraviar la verdad, para con esta falacia efectuada de una manera astuta y fraudulenta meternos a la fuerza y con dolo, como parte de la República Bolívar y dentro de una sola unidad alto peruana, cuando esta heredad andina estaba integrada solamente por las cuatro Intendencias o Provincias Altas para Buenos Aires, como dice la ley del 9 de mayo de 1825 que las libera para decidir su suerte y destino. (FINAL DE LA LUCHA EMANCIPADORA AMÉRICANA: Después del triunfo del Mariscal Sucre en la batalla de Ayacucho que dio fin a la lucha por la emancipación americana. El Congreso del Río de La Plata, mediante la ley del 9 de mayo de 1825, decidió dejar en libertad a las provincias del Alto Perú para que eligieran el modo con que quisieran gobernarse. Los tarijeños interpretaron que la medida legislativa les alcanzaba, pero la posición del gobierno de Buenos Aires fue que Tarija era Provincia Argentina y que lo dispuesto sólo estaba referido a Potosí, Charcas, Cochabamba y La Paz. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: D´ARLACH O´CONNOR, EDUARDO: EDICIÓN 1995, PÁGINA 195). La república de la nación de los pueblos cambas cruceños fue anexada a la del Alto Perú llamada Bolívar, como si históricamente fuéramos parte de la colonización española por el Perú y no así por el Río de la Plata. Constituyendo esta falacia una aberrante forma de crear la más grande invención e interpretación criollo mestizo alto peruana, para anexarnos con las resoluciones del poder de la imperialista y colonizadora metrópoli entre el 10 y 28 de julio de 1825. La supuesta adhesión de los apócrifos delegados cambas cruceños en agosto del año 1825, pretende hacer creer que participaron físicamente en ellas y este hecho de fraudulencia histórica, significó la mayor violación a los principios del Decreto del 9 de febrero de 1825, por contener una artera falsedad que transgrede el Orden Internacional de Derecho Público reconocido por Bolívar, pues el invento alto peruano viene porque en la asamblea participaron solamente los diputados del Alto Perú o Charcas. El engaño contra la nación de los pueblos cambas cruceños, culmina cuando se implica a Vicente Seoane y Vicente Caballero debido al contubernio orquestado entre Casimiro Olañeta, Antonio José de Sucre y otros, después de la traición al libertador del Alto Perú Pedro Antonio de Olañeta, para de esta manera perversa y astuta insertar a la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, en calidad de colonia en la nueva y disimulada imperialista República Bolívar. (CASIMIRO A LA COSTA EN BUSCA DE ARMAS: Consumadas las batallas de Junín y Ayacucho el general Olañeta mantenía su actitud, y entonces envía a su sobrino Casimiro a la costa para conseguir armas, éste desvía su camino y se dirige al Desaguadero a dar encuentro al Mariscal Sucre. Era enero de 1825. En abril de ese año muere Pedro Antonio de Olañeta en Tumusla, víctima del motín del regimiento de chichenos que estaba comandado por Carlos Medinaceli. Este hecho facilitó la penetración de las tropas colombianas a todo el Alto Perú, sin que se disparase un solo tiro. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 344). El resultado final buscado por la metrópoli alto peruana, fue expandir su reducido territorio y fortalecer el poder de dominio a costa de los territorios patrios de la nación de los pueblos cambas cruceños, lo que después de casi doscientos años se está logrando consolidar definitivamente, con disgregarnos demográfica y territorialmente con la formación del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, e integrarnos con el saldo de nuestra desmembrada heredad geográfica como interculturales andinos incaicos Tahuantinsuyo. La agresión contra la nación de los pueblos cambas cruceños que se acusa, fue montada en provecho de la codicia propia de esta oligarquía criolla foránea colonizadora República Bolívar, con el resultado de haber expandido su dominio a costa de nuestro pueblo y territorio al anexarlos y colonizarlos. Donde la política de agresión colonial está logrando consolidar nuestra destrucción, para hacer efectivo 327


nuestro final como pueblo y nación diferente, cierta y determinada, tal como se muestra con haber sido desmembrados en nuestra heredad geográfica inclusive por nuestros supuestos hermanos en la república, los que hoy nos agreden y persiguen bajo pretexto de ser terroristas y separatistas. (TERRITORIO DE MOXOS: En los viejos mapas coloniales y en muchos de los bolivianos del siglo pasado, aparece un enorme territorio al norte de las llanuras de Mojos, aproximadamente desde el paralelo 1, que se extiende hasta la línea citada del tratado de San Idelfonso, en el paralelo 7, muy cerca del Amazonas. Por el Este sus límites son los del Mamoré y Madera y por el Oeste, de manera vaga, el Perú. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA GUERRA DEL ACRE: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: RODRÍGUEZ CORTÉS, JORGE: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 254). El poder imperialista solapado de la metrópoli alto peruana está usufructuando y avasallando nuestra heredad territorial por casi dos siglos y lo ha hecho, con tal desprecio que dejó a repúblicas vecinas se apropiaren de nuestra goma, nuestro petróleo y nuestro territorio como el caso de Brasil, del Perú y el Paraguay, y. (ARBITRAJE EN DIFERENDO TERRITORIAL: Con el fin de solucionar el problema de límites en forma pacífica, ambos gobiernos suscribieron un Tratado General de Arbitraje, en fecha 21 de noviembre de 1901, en la cual se determinaba que todo asunto que no pudiese arreglarse en forma directa, sería llevado ante el Tribunal Permanente de Arbitraje de la Haya. En caso que no se pudiese organizar dicho tribunal, se designará árbitro al Gobierno argentino. Si éste se negase, al de España y por último al de los Estados Unidas Mexicanos. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: EL PROBLEMA DE LÍMITE CON EL PERÚ: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: LIZÓN PRUDENCIO, RAMIRO: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 262. // ALTO MANDO MILITAR Y LA GUERRA DEL CHACO: : El alto mando militar, que en ese momento como en el posterior se hallaba dividido, advirtió al Presidente que era sumamente peligroso iniciar una guerra completa en el sudeste, tomando en cuenta que el ejército no estaba preparado. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: LA GUERRA CON EL PARAGUAY: UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: JEMIO CALDERÓN, RAÚL: EDICIÓN AÑO 1995: PÁGINA 297) todo ello por intereses extraviados y envilecidos por las fuerzas foráneas, tanto de nuestros supuestos compatriotas y de los países vecinos que consolidaron y lograron reducir en casi dos terceras partes nuestra superficie geográfica. La causa de la escandalosa subasta que sufrimos la nación de los pueblos cambas cruceños, fue por acción de los gobiernos imperialistas y colonizadores de la metrópoli que en la guerra del Chaco provocaron la extinción directa contra los componentes de nuestra Nación Camba Cruceña, formada tanto por santa cruceños y benianos al ser mantenidos en las primeras líneas de fuego con miras de lograr la eliminación perversa de nuestras gentes. Para mantener la política de seguir con la consolidación de nuestra eliminación como sociedad diferente por el poder de la metrópoli boliviana que se mantiene, ejercida dentro de una agresión genocida de exterminio de nuestros pueblos y nación. (ESPIONAJE CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Desde el comienzo de la guerra entre Paraguay y Bolivia, el comando del ejército boliviano sometió a los jefes y oficiales cruceños y benianos a un verdadero espionaje, y a los soldados a una disciplina tiránica. Con el fin de disminuir en todo lo posible al pueblo cruceño. Los soldados y oficiales naturales de Santa Cruz fueron destinados a figurar constantemente en la línea de fuego. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA GUERRA DEL CHACO: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 244). El objetivo alto peruano fue y es concretar la anulación de nuestra condición de ciudadanos y estar discriminándonos, para meternos dentro de la inventada Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo en el recientemente creado Estado Plurinacional Comunitario Boliviano y la agresión genocida que estamos soportando, fue comenzada cuando se conculca nuestra libertad e independencia mediante el dolo y el fraude en la asamblea de la Plata de la Nueva Toledo en Charcas, que como sojuzgamiento se ha ido consolidando en forma programada y sustentada durante nuestra historia como colonia del Alto Perú, concretada en enero de 1826 mediante decreto de Antonio José de Sucre cuando ilegítimamente se nos transforma en departamento. (COLONIZACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Durante el gobierno del Mariscal Sucre, el 23 de enero de 1826, se crearon por Decreto Supremo los 328


siguientes departamentos: Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Santa Cruz y Potosí (Sucre no podía emitir Decreto Supremo alguno por no ser presidente). Una ley del mismo año creó el departamento de Oruro. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 355). La agresión contra la nación de los pueblos cambas cruceños sigue en 1842, cuando José Ballivián nos divide y con la parte Norte de nuestro territorio se crea el departamento del Beni y los territorios de colonias. Luego viene la ejecutada por el presidente boliviano Linares que nos cercena el Chaco Chiquitano en 1857 entregando esta heredad nuestra a los departamentos de Tarija y Chuquisaca. (Sucre). Posteriormente en 1938 con los territorios originarios de la nación de los pueblos cambas cruceños transformados en territorio de colonias por el Presidente Ballivián, se entrega una extensa superficie tropical al departamento de La Paz y se crea el departamento de Pando por el Presidente alto peruano de origen Camba Cruceño por nacimiento de nombre Germán Busch. El mayor y nefasto personaje para la nación de los pueblos cambas cruceños fue Antonio José de Sucre, pues él pensó y juzgó autocráticamente incluirnos en el proyecto de república de los alto peruanos, apoyado por los doctores de Charcas comandados por Casimiro Olañeta que lo convenció, cuando al principio esta situación era contraria al mismo pensamiento de Bolívar. El General Antonio José de Sucre no respetó el acuerdo arribado con los plenipotenciarios argentinos que le hicieron conocer la ley del 9 de mayo de 1825, que sólo se refería a las cuatro Provincias Altas Argentinas de Chuquisaca, Cochabamba, La Paz y Potosí. Instruyendo la invasión de Tarija que trajo una guerra con la República de Argentina en el gobierno de Rosas. La ley argentina de 9 de mayo de 1825 de ninguna manera incluía a la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encontraba separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, (LEGACIÓN ARGENTINA: En esta misma ciudad, Bolívar recibió la legación argentina integrada por Alvear y Días Vélez, cuyo objetivo era comprometer al libertador en su lucha contra el Brasil, a lo que este contestó con evasivas. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 353). El manoseo contra la libertad e independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra comienza en 1825, violándose el Orden Internacional de Derecho Público y se concreta en 1826, mediante un apócrifo decreto emitido por Antonio José de Sucre, con el agravante de ejercerse el genocidio montado actualmente contra nuestra nación cierta y determinada en la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano en vigencia y en pleno siglo XXI. El Genocidio cometido contra la población y la existencia misma de la nación de los pueblos cambas cruceños, hace que estemos dentro del derecho que nos asiste al ser pueblos colonizados, luchar para revertir esta situación que definitivamente complota contra la existencia de nuestra sociedad colonizada y enclavada al Este de la cordillera de los Andes en Bolivia. Porque además se nos mantiene discriminados como terroristas, separatistas y antipatrias e invisibles en condición de mestizaje, porque en la nueva Constitución alto peruana, estamos integrados a una supuesta comunidad intercultural de tinte andino, como si fuéramos mestizos de aimara y quechua en el colonizador hoy Estado boliviano. La discriminación perversa que se acusa, está demostrada a través de lo sucedido con la Asamblea Constituyente de la ciudad de Sucre, en la cual violándose nuevamente al igual que en 1825 el Orden Internacional de Derecho Público y también el Orden Constitucional con relación a la nación de los pueblos cambas cruceños. Se concreta cuando cambiaron la asamblea de su condición derivada por originaria y fundacional, violándose con esto la ley de convocatoria No. 3364 a la asamblea Constituyente y este hecho ilegal y espurio, contiene la Nulidad Absoluta por no existir como en 1825 un pacto necesario, imprescindible y expreso para formar democráticamente una asociación libre con la nación de los pueblos cambas cruceños que estamos asentados y habitamos al Este de la cordillera de los Andes. Los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños estamos sin cuestionamiento en contrario, agredidos nuevamente con el mismo vicio histórico de 1825 y hoy por lo inmisericorde y 329


perverso, vemos que se pretende definitivamente consolidar nuestra desaparición como etnia y sociedad cierta y determinada. Borrándose definitivamente a los cambas cruceños como minoría nacional dentro de un incalificable supuesto indigenismo que, está manejado bajo el achaque de haberse esclavizado a los pueblos autóctonos andinos por más de 500 años, pese a que nuestra sociedad aparte que no tiene relación histórica alguna en su formación con los territorios andinos, apenas llega a los 451 años. El populismo retrogrado con su socialismo comunitario apoyado en el modelo de un Estado que se oxigena, en un disque revolucionario movimiento que bebe directamente de la filosofía y la economía marxista desde Venezuela, quiere transformar en comunista a Simón Bolívar cuyo pensamiento era totalmente contrario a ello. Pues analizando a Bolívar no es fácil entender éste tilde, sin reconstruir el contexto ideológico y la realidad social en que operaba el Libertador de la parte Occidental y Norte de América del Sur, porque la premisa de la libertad era al estilo netamente liberal que manejaba. (BOLÍVAR NO ERA COMUNISTA SINO LIBERAL: Según la vasta investigación histórica, entre los principales libros que siempre acompañaban a Bolívar en sus viajes, estaba El espíritu de las leyes de Montesquieu, y La riquezas de las nociones de Adam Smith. Es decir de dos padres del liberalismo clásico. FUENTE: ESCRITOS ORIGINALES DE BOLÍVAR: DADOS A CONOCER POR EL GENERAL DANIEL FLORENCIA O´LEARY: LÓPEZ RAFASCHIERE, JOSÉ ALBERTO Y LUIS ALBERTO: MAYO 10 DE 2008). El socialismo tipo incaico como populismo disfrazado, es aprovechado por un supuesto indigenismo que en el caso del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, se constituye en un engaño para los pueblos autóctonos de los Andes que, por casi un siglo se mantuvieron bajo un sistema comunitario de tipo monárquico de clases o castas bien definidas muy similar al sistema moderno comunista. (TAHUANTINSUYO: Administrativamente el imperio, llamado Tahuantinsuyo, se dividía en cuatro partes. La agricultura era la base de su economía. La sociedad Inca estaba organizada a partir del ayllu, sistema comunitario basado en vínculos de consanguinidad. Económicamente, los ayllus eran autosuficientes. Las tierras estaban divididas en tres partes, que correspondía al sistema de castas vigentes: Las del Inca, las del culto del Sol y las de la comunidad. No había comunidad privada. En la cima de la organización social y política estaba el Inca, gobernante por derecho divino, jefe civil, religioso y militar. Su supremacía se apoyaba en el culto del Sol, a quien encarnaba en la Tierra. Era asistido por funcionarios y sacerdotes pertenecientes a la nobleza. Existían artesanos especializados, pero la gran masa del pueblo se dedicaba a las labores agrícolas. Otro grupo lo constituían los yanaconas o servidores perpetuos. FUENTE: LOS FUNCIONARIOS Y EL EJÉRCITO ERAN MANTENIDOS POR EL ESTADO. FUNDACIÓN EDUCATIVA: GARCÍA A, HÉCTOR). La política ideológica del Estado Plurinacional Comunitario, se constituye en una intentona de la clase oligarca criolla y mestiza alto peruana de la imperialista metrópoli colonizadora, para sobrevivir ante el empuje poblacional y populista aimara y quechua con mayoría mestiza andina e identificada con estas etnias de unión incaica, cuando por el sistema de evolución de la sociedad, los parámetros económicos y políticos los ha distanciado de la realidad de la época del Imperio Incaico. La casta oligárquica alto peruana está englobando a la nación de los pueblos cambas cruceños en este desorden, pase a ser diferente, cierta y determinada y se manejaba bajo el sistema de tribus diseminadas a lo largo de nuestro territorio amazónico y rioplatense. (EVOLUCIÓN NATURAL: 330


La teoría defendida por autores como Service y M. Fried, dice que el paso de una organización simple a otra más compleja se produjo de manera natural (por evolución natural). Según esta teoría en su primer estadio existían las organizaciones más simples, las bandas, formada por pequeños grupos nómadas, unidas por el parentesco y sin jerarquía social. Después, gracias a la aparición de la agricultura y el pastoreo, nacieron las tribus, un nuevo estadio natural. FUENTE: WIKIPEDIA: LA ENCILOPEDIA LIBRE). El engaño actual ejecutado con los pueblos originarios autóctonos cambas cruceños por la oligarquía colonizadora alto peruana, ha estado siendo manejado a conveniencia propia tal como sucedió con el presidente vitalicio de esta colonizadora República Bolívar, por el incumplimiento del decreto del 9 de febrero de 1825 y por el hecho doloso con fraude histórico ejercido en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Charcas; porque en ella definitivamente se manoseo la soberanía e independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra, con la negación de nuestra soberanía y el derecho a la libre determinación, como hoy también se ejerció con la creación del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, pues no se nos permitió el derecho reconocido Internacionalmente al uso de la libre determinación de los pueblos y al desaparecer la República de Bolivia, se nos entrega implícitamente nuestra soberanía conculcada en 1825 a un estado populista que resulta foráneo. La anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, independiente y soberana desde 1815 `ppr separarse y estar rebelde al gobierno de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, debe ser revisada en base al derecho internacional público por haber sido ejecuta en 1825 con una interpretación histórica dolosa y fraudulenta, en el error interpretativo de Antonio José Sucre contraviniendo toda norma de la democracia y el Orden Internacional de Derecho Público en forma clara y definitiva como fue admitido por Simón Bolívar, pese a que el Libertador posteriormente la desconoció, violó y en la actualidad se ha vuelto a violar al haberse eliminado camufladamente la República con su sistema de gobierno por el de un Estado Plurinacional Comunitario. (ERROR DE SUCRE: La república de Bolivia se creó debido a un error del mariscal de Ayacucho, Don Antonio José de Sucre, que censuró el Libertador Don Simón Bolívar. Este punto histórico, de una importancia trascendental en la historia de América, ha sido aclarado a la perfección por el Dr. Efraín Cardozo en un estudio hecho sobre la base de los documentos originales emanados del propio Bolívar y del mismo Sucre. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA ANEXIÓN DE SANTA CRUZ A LA REPÚBLICA DE BOLIVIA: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 173). La República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, había recuperado su soberanía con la eliminación de la República de Bolivia y el resultado de la creación del Estado Plurinacional Comunitario, Originario, Indígenas Campesino Boliviano. Pero esta es nuevamente negada siguiéndose el ejemplo de 1825, que no se permitenuestros componentes el ejercicio de la libre determinación. Cometiéndose nuevamente un hecho y acto de anexión dolosa y colonización fraudulenta que debe ser demandado nulo de pleno derecho internacional. como de inconstitucionalidad por no seguirse los pasos de una asamblea derivada según la ley especial de convocatoria para ella. La soberanía Camba Cruceña es cierta e irrefutable al haberse devuelto por esta situación el derecho para decidir formar o no parte del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, pero este derecho fue nuevamente pérdido por haberse conculcado como en 1825, cuando se nos transforma a la nación de los pueblos cambas cruceños en simples elementos de una comunidad intercultural Tahuantinsuyo de influencia andina. Cometiéndose el mayor delito dentro del genocidio penado internacionalmente, por haber después de años de agresión hacernos desaparecer como sociedad, nacionalidad y pueblo con identidad, historia y formación social diferente, definida y cierta. La nueva anómala situación y condición que enfrentamos la nación de los pueblos cambas cruceños en la Bolivia, por lo irregular y la enseñanza mentirosa de nuestra historia, se hace más grave todavía cuando en la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano se penaliza con 30 años de cárcel al separatismo, porque este articulo está dirigido a la población de su colonia al Este de la 331


cordillera de los Andes. (TRAICIÓN A LA PATRIA BOLIVIANA: I. Comete delito de traición a la patria la boliviana o el boliviano que incurra en los siguientes hechos, 1.- Que toma armas contra su país, se ponga al servicio de estados extranjeros participantes, o entre en complicidad con el enemigo, en caso de guerra internacional contra Bolivia. 2.- Que viole el régimen constitucional de recursos naturales. 3.- Que atente contra la unidad del país. II. Este delito merecerá la máxima sanción penal. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO BOLIVIANO: EDICIÓN AÑO 2012: ART. 124, PÁG. 251). La agresión dirigida en el citado artículo 124 no es cuestionada por la falta de pertenencia que acarrea en nuestros ciudadanos al Oriente de los Andes bolivianos, tener poco patriotismo con relación a la metrópoli, haciendo llano el camino del supuesto retorno disimulado al sistema comunitario incaico que está agravando con esto, la esclavitud inmisericorde de nuestros pueblos por la nueva clase política gobernante, que está intentando volver a las normas sociales del incario que fue distorsionada para el autóctono andino por el colonial español y tiene un ejemplo claro e inhumano en la mita minera. (LOS MITIMAES: Hacían viajes que para algunos duraba un mes, abandonando sus familias y tierras. Trabajaban durante seis días a la semana, en los que no salían de las minas en 17 semanas de trabajo al año, ganaban cercas 40 pesos, pero gastaban más de 100. Muchos indios escapaban a provincias que no estaban obligados a ir a la mita, donde no estaban empadronados. A 40 años de establecida la mita (c.1613), las evasiones crearon una crisis de mano de obra. A fines del siglo XVII, las autoridades acortaron el tiempo de descanso, el trabajo era continuo. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO: SITUACIÓN REAL DEL INDIO DURANTE LA COLONIA: ROJAS, ROLANDO: EDICIÓN AÑO 1995, PÁGINA 97). La política hegemónica del poder oligárquico alto peruano boliviano que había colonizado a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, tomó nuestro territorio como marginal dejándonos abandonados a nuestra suerte como sociedad secundaria y despreciable. Además sometidos a una geopolítica disgregadora como expansionista y de copamiento poblacional interna, aprovechada para ir despedazando nuestros territorios, basados en el odio ancestral de su raza madre incaica contra nuestros pueblos madres Tupí Guaraní, y consecuentemente contra nosotros sus descendientes directos e indirectos. El elemento de odio y rencor no justificado se manifiesta en la sañuda persecución de ciudadanos de la nación de los pueblos cambas cruceños, basado en el pretexto perverso de ser elementos terroristas y separatistas, cuando nuestra sociedad por desconocimiento histórico de sus orígenes se considera por la falsa enseñanza de la metrópoli de condición alto peruana y consecuentemente muy bolivianos. (ODIO DE LOS COLLAS CONTRA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: El odio de los oficiales y soldados collas a los cruceños es proverbial en Santa Cruz y no es extraño que este estado espiritual se haya traducido en persecuciones arbitrarias y violentas, que no solo se ejercían en el ejército, sino también en lo pobladores de estas zonas fronterizas al teatro de operaciones. FUENTE: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: LA GUERRA DEL CHACO: DE GANDIA, ENRIQUE: EDICIÓN AÑO 1935: PÁGINA 242). La enseñanza mentirosa de nuestros orígenes históricos por parte de la oligarquía de la imperialista y colonizadora metrópoli del Alto Perú, está logrando con la invasión programada desde los poderes centrales con poblaciones implantadas en territorios seleccionados, cercar nuestro espacio vital para disgregarnos y con ello se está pretendiendo seguir con los desmembramientos territoriales de nuestra heredad patria colonizada, cosa que si no luchamos contra ello conseguirán lo buscado desde Huayna Cápac de destruirnos como sociedad, pueblo y nación diferente, cierta y determinada. La situación que se acusa está demostrada por la repartija y también el despilfarro y la subasta de lo nuestro por los supuestos hermanos connacionales y todo ello con los acuerdos internacionales, e inclusive con las ventas por montos de dinero irritos de nuestro territorio. Tal como tenemos el caso del Acre con el Brasil dentro de un derroche ajeno que llevó a la pérdida de heredades de la nación de los pueblos cambas cruceños en más de 1.000.000 de kilómetros cuadrados. Como también por acuerdos 332


absurdos y contrarios a nuestros intereses, como el de la confederación Perú-Bolivia ejecutada por el alineado al Perú presidente de origen alto peruano Andrés de Santa Cruz y Calahumana, que primero fue colonialista luchando al lado del ejército español y luego independentista al lado de los ejércitos del Río de la Plata, para por fin aparecer peleando al lado de Bolívar en Pichincha y por último, ponerse al servicio de la República del Perú (ANDRÉS DE SANTA CRUZ Y CALAHUMANA: Fue militar realista. Cayó prisionero en combate de Cerro de Pazco (1820). Se caso con la cuzqueña Francisca Cernadas. Decidió ponerse al servicio de las armas patriotas, ingresando al ejército de San Martín en 1821. Su más importante acción de armas fue la batalla de Pichincha (Ecuador) donde actuó como jefe de estado mayor del ejército de Bolívar. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: LA CONSTRUCCIÓN DEL PAÍS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 375) sellándose el destino del territorio amazónico del Purus de la nación de los pueblos cambas cruceños, como también el Norte del río Madre de Dios en manos del Perú.

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DERECHOS HISTÓRICOS CAMBAS CRUCEÑOS

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RESPETAR LOS DERECHOS AJENOS ES JUSTICIA, Y EN NUESTRO CASO ES POR NO SER EL QUINTO DISTRITO DE LA PROVINCIA DE LOS CHARCAS, PUES ESTE ES PUNO QUE VOLVIO A JURISDICCIÓN DEL CUZCO CUANDO SE CREO LA AUDIENCIA DE CHARCAS

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INDICE TEMA

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LA DESCOLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS Introducción………………………………………………………………………………………………..…………341 Bases del Derecho Internacional Público…………………………………………………………………………349 Fundamentos históricos que determinan fuimos independientes, pero nos anexaron dolosamente y nos colonizaron fraudulentamente, los alto peruanos y de Charcas en la República Bolívar………………...…357 Fundamentos jurídicos en base al Derecho Internacional Público, sobre el derecho a la descolonización y la emancipación de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños………………………………..360 Las Nulidades Relativas vienen por la violación del Derecho Internacional General………………………366

LA NO PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS CONCULCADOS A LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS El derecho irrenunciable y que no prescribe, para alegar ante la Corte Internacional de Justicia la Nulidad Absoluta, de la anexión dolosa y la colonización fraudulenta, de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños…………………………………………………………………………………………………....373 Recomendaciones necesarias para ejercer, las acciones que deben emprenderse, por las instituciones patrióticas de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños………………………………………….379 La obligación que tiene la sociedad de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños de, denunciar y demandar nuestra anexión dolosa y la colonización fraudulenta, ante la Corte Internacional de Justicia…….................................................................................................................................................386 Necesidad de fortalecer la ideología de patria, de la sociedad cosmopolita de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños……….……………………………………………………………………………….388 Urgente necesidad de pedir apoyo y protección a, la Comunidad Internacional Democrática, contra la agresión colonialista del Collado Alto peruano o Charcas..........................................................................389

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LA DESCOLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS INTRODUCCIÓN El tema sobre la identidad histórica, la historia académica y la cultura histórica a las que vamos a referirnos, corresponde a la Republica de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños; pues sabemos que el pasado es la base en que se sustenta toda sociedad, para que ubicándonos en el presente de agresión que estamos sufriendo, lo hagamos también sobre el futuro incierto que se nos presenta y de esta manera actuemos en consecuencia, buscando preservar nuestra diferencia identitaria y cultura histórica con los del Collado de Charcas o Alto Perú. Les pido a los que lean este trabajo que comprendan mi insistencia e inquietud, buscando ampliar el conocimiento sobre quienes somos, pues creo que el tema es atrayente por abocarse a nuestra identidad como a nuestra historia académica y a la cultura histórica como sociedad, ya que nos encontramos dentro de una confusión con relación a la Nación Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia que atenta contra nuestra existencia, deparándonos un futuro que debe ser despejado, pues los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños estamos en la obligación de reconocernos quiénes somos y de dónde venimos, para advertir hacia dónde vamos dentro del sojuzgamiento en que nos encontramos. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos sufriendo actualmente una agresión y arremetida provocativa en extremo por parte del poder político, manejada desde la imperialista y colonizadora metrópoli del Alto Perú, la cual debemos soportarla con valentía y sacrificio para que podamos superarla, pero eso sí reconociendo y rescatando nuestra identidad y nuestra cultura histórica como pueblo, nación y patria diferente, cierta y determinada que somos. El presente análisis en ningún momento pretende crear división o separación dentro de las estructuras del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, pero busca demostrar que para mantenernos vigentes como sociedad, tenemos que saber que somos pueblos diferentes y que la diferencia existente, comienza por la formación de la nación de los pueblos cambas cruceños producida por la corriente del Océano Atlántico y en la ruta de los ríos de la Plata y el Paraguay. La nación de los pueblos cambas cruceños somos diferentes a los collas alto peruanos o charqueños, por pertenecer a la Gobernación del Paraguay por espacio de 23 años, y porque la formación de la sociedad del Collado del Alto Perú o Charcas se produce y se constituye en los Andes Centrales por la corriente del Caribe, el Océano Pacífico y el Perú, por lo que por las diferencias anotadas es importante aclararlas, para evitar comentarios interesados y con ello saber reconocernos separados dentro de la identidad común del Estado Nación Plurinacional Comunitario Boliviano. Identificando nuestros orígenes cuando nos calificamos como cambas cruceños y collas alto peruanos, tomando en cuenta solamente la situación geográfica en el asentamiento de nuestros pueblos y no así por raza. El término de orientales lo usamos por encontrarnos la nación de los pueblos cambas cruceños situados en el lado Este o al Oriente de la cordillera de los Andes y el de los pueblos occidentales en los Andes Centrales en el lado opuesto y Oeste o al Occidente en el Estado Boliviano y nos calificarnos en cambas y collas, reiterándose que como términos no contienen connotaciones raciales de ninguna clase, pues aunque los orientales somos influenciados por los pueblos de la raza Tupí guaraní y los occidentales por los pueblos de las razas aimara y quechua principalmente, estas denominaciones son utilizadas solamente como medio para establecer el estado del gentilicio que es la procedencia y el asentamiento de las gentes, en este caso del Collado o Collasuyo y de la región de la cordillera de los Chiriguanos con los llanos amazónicos y rioplatenses. Los orientales procedemos del territorio apuntado y reconocido como Camba en general y los occidentales del territorio del Collasuyo para los Incas y Collado para los españoles que comparten cuatro 343


países como son Bolivia, Perú, Chile y Argentina, por lo que dentro de la calificación del término gentilicio, tenemos a los cambas cruceños o cambas santa cruceños, por ser procedentes de la Republica de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 hasta 1825, en cambio a los del Alto Perú o Charcas se los califica de collas alto peruanos o de Charcas por proceder del Collado, del Alto Perú o de la antigua provincia de los Charcas. El tema que estamos tratando es apasionante y extenso, por esto quiero referirme a otra diferencia que nos separa y es la agresión colonizadora cometida contra la nación de los pueblos cambas cruceños dentro de la anexión dolosa y la colonización fraudulenta en la asamblea en Chuquisaca en 1825. Agresión ejecutada con dolo en la sesión del 28 de julio que declara suficiente discusión la cuestión sobre la independencia del Alto Perú, votándose nuestra independencia, e incluyéndonos a pesar de no ser alto peruanos ni de Charcas, además dolosa y fraudulenta porque no teníamos representantes en dicha asamblea. La falta de los representantes de la República de Santa Cruz de la Sierra (1815 – 1825) en la asamblea de Chuquisaca, fue el motivo por lo cual no se trató los 21 puntos contenidos en el mandato conferido a los dos apócrifos diputados Vicente Seoane y Vicente Caballero, que tenían representación para la asamblea de Oruro y no para la de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca y estos personajes espurios, se presentaron sin mandato alguno una vez votada la independencia del Alto Perú. Los espurios Seoane y Caballero fueron legitimados pese a estar en otra sede diferente a la que tenían poder de representación, además llegados fuera de tiempo para la votación con la consecuencia de quedar sin posibilidad alguna de cumplir con la instructiva en la Carta Capitular del 9 de abril de 1825, emitida en la capital Santa Cruz de la Sierra para ser discutida en la asamblea de Oruro y de esta manera, decidir como condición determinante nuestra incorporación o no en la República del Alto Perú que la llamaron Bolívar. La asamblea de Oruro a la cual estuvimos obligados a asistir por la autocrática orden del tirano militar colombiano de nombre Antonio José de Sucre, quien actuó invadiendo el Alto Perú o Charcas en base al mandato de su jefe Simón Bolívar, lo hizo supuestamente para destruir todo peligro contra la recién liberada República del Perú. Constituyendo una falacia cierta, porque los españoles fueron derrotados en Ayacucho en el Perú y esta incitación y la orden tácita de Bolívar a Sucre, está demostrada cuando le escribe el Libertador marchar hacia el Alto Perú por estar supuestamente en guerra. Contra quien pregunta si esta había terminado con la capitulación de Ayacucho y no se presentaba un peligro inminente contra la república de la cual era Presidente y Dictador. Todo ello según su carta del 21 de febrero de 1825. (DE BOLÍVAR A SUCRE: He recibido la carta de Ud. de Puno del 1º de febrero con mucho gusto, porque se de Ud. y del estado de las cosas. Me parece que el negocio del Alto Perú no tiene inconveniente alguno militar, y en cuanto a lo político, para Ud. es muy sencillo: Ud. está a mis órdenes con el ejército que manda y no tiene que hacer sino lo que le mando. El ejército de Colombia ha venido aquí a mis órdenes para que, como jefe del Perú, le dé dirección y haga con él la guerra a los españoles. Ud. manda el ejército como militar de Colombia, pero no como jefe de nación, y yo sin mandar el ejército como general, lo mando como auxiliar de la nación que presido. Esto lo digo en respuesta a los compromisos de que Ud. habla. Yo no le doy órdenes como jefe de Colombia, porque no lo soy pero sí como jefe del territorio que está en guerra con el Alto Perú, no habiendo límites entre enemigos. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE: 21 DE FEBRERO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). Lo que debemos estar seguros y al tanto sobre este fraude histórico, es reconocer que todo pueblo sabedor de su identidad y de su cultura histórica, tiene la fortaleza suficiente para soportar todo ataque implacable e intencionalmente siniestro de parte del poder de cualquier metrópoli imperialista y en en este caso, tenemos el dolo y el fraude que hemos sufrido dentro de la acometida manejada desde el inicio de la República de Bolivia en 1825. La situación cierta de esta agresión de la metrópoli alto peruana está demostrada, porque estamos 344


sufriendo un complot real por el poder colonizador central contra nuestra identidad y nuestra cultura histórica, haciendo peligrar la supervivencia de nuestra nación diferente, cierta y determinada dentro del contexto social e histórico que nos está tocando vivir, dejándonos definitivamente como pueblos dispersos y aislados dentro del enredo de una nacionalidad criolla – mestiza andina de tinte intercultural Tahuantinsuyo que nos rechaza y agrede. La nación de los pueblos cambas cruceños hemos soportado una brutal arremetida del poder omnímodo de la sociedad de la metrópoli colonial andina, pues durante la república nuestros territorios originales fueron disgregados y divididos, desde el año 1848 hasta 1938 inclusive y en pleno siglo XX con la creación de los departamentos del Beni, Pando y la entrega de nuestros territorios a los departamentos del Alto Perú o Charcas, dentro de una agresión colonizadora que la estamos sufriendo en la actualidad, agudizada y exagerada porque somos diferentes como pueblo, nación y patria pacífica y hospitalaria. Por lo que la intelectualidad de la nación de los pueblos cambas cruceños por el desconocimiento y la desinformación sobre nuestra historia, se encuentra confundida a causa de la educación totalmente distorsionada sobre nuestros orígenes que como despropósito, fueron utilizados para anexarnos dolosa y fraudulentamente, mediante una colonización poblacional dirigida, sostenida, tendenciosa y premeditada en busca mantenernos subyugados dentro de un Estado que nos abusa. La situación de indefensión histórica que nos agrede y nos debilita, exige fortalecernos en nuestra identidad y muestra cultura histórica, porque somos pueblos que venimos desde Asunción del Paraguay para emprender una revisión real y honesta de nuestra historia colonial, pre republicana y republicana inclusive, por la existencia de una infinidad de suposiciones artificiales con relación a quienes somos y de dónde venimos, a modo de sociedad y pueblos al Oriente de la cordillera de los Andes, que pasamos a ser parte de la República alto peruana de nombre Bolívar pese a ser soberanos e independientes desde 1815 hasta cuando nos anexaron y colonizaron en 1825, y nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta es cosa cierta y real, por más que historiadores propios nuestros y alineados al Alto Perú expresen que nos constituimos unidos voluntariamente, pues esto no es cierto y resulta además extraño cuando se pretende justificarlo por lo relacionado y sucedido, con Manso y su gente que fueron exterminados por los Chiriguanos, para integrarnos con el Kollasuyo como lo hace el historiador Machicado y otros cambas cruceños pese a que nuestra fundación como nación, pueblo y sociedad viene del Paraguay por Ñuflo de Chávez, (LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: La primera pregunta que se plantea el investigador es: ¿Quiénes fundaron Santa Cruz de la Sierra en las llanuras de Chiquitos? Vamos a cuentas. La expedición que en febrero 1558 salió de Asunción con Nufrio de Chaves. FUENTE: SANTA CRUZ DE LA SIERRA: APUNTES PARA SU HISTORIA: VÁZQUEZ MACHICADO, HUMBERTO Y JOSÉ: SEGUDA EDICIÓN, AÑO 1992, PÁGINA 133) como historia contradicha y confirmada en su falsedad con lo asegurado por los historiadores Carlos Mesa, José de Mesa y Teresa Gisbert entre otros. (COLONIZACIÓN DE LAS TIERRAS CAMBAS CRUCEÑAS: Luego de la pacificación Chávez se puso en camino hacia Paraguay: Convenció a las autoridades de Asunción y a muchos de sus habitantes, quienes el año 1564 emprendieron una nueva expedición que iba a colonizar las tierras del noroeste. FUENTE: ÉXODO DESDE ASUNCIÓN A SANTA CRUZ. MUERTE DE CHÁVEZ: LA RUTA DEL PAITITI: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 134). La República de Bolivia transformada en Estado Plurinacional Comunitario nos mantiene discriminados, profundizando la confusión identitaria e histórica con sumirnos en distorsiones y haberlas sufrido por casi doscientos años, pero pese a ello todavía no se ha logrado hacer que olvidemos, nuestro recuerdo histórico transmitido de padres a hijos, manteniéndose nuestra sociedad dentro de un comportamiento social fortalecido por el enaltecimiento de nuestras normas de convivencia. Lo importante en nuestra reivindicación, es mantener la condición de identidad y de cultura histórica, investigando sobre quiénes somos y de dónde venimos, para de esta manera sentar las bases de nuestro presente en el camino hacia nuestro futuro como etnia, pueblo, nación y patria diferente, cierta y determinada, porque en estos momentos de provocación por el poder imperialista y oligarca de la 345


metrópoli, necesitamos la fortaleza necesaria para no seguirles el juego a los detractores históricos de nuestra nación, dejando pasar por alto responder las ofensas contra nuestra condición de sociedad diferente que viene, como resultado del poder omnímodo conseguido fraudulentamente en la cambiada asamblea de Oruro que fue llamada mediante el Decreto de junio de 1825 por la de Chuquisaca. La Asamblea de Oruro fue cambiada por la de Chuquisaca, mediante un nuevo decreto del 3 de junio del año 1825 dictado por Antonio José de Sucre, en base a pueriles fundamentos de la vejez de los diputados alto peruanos y que el frío los eliminaría. Argumento infantil cuando todos estos personajes son procedentes de zonas climáticas similares, por ser originarios de los Andes al haber nacido en esa geografía. (NUEVO DECRETO EN QUE SE CAMBIA SUCRE POR ORURO: El 3 de junio de 1825, emitió una nueva orden para que la Asamblea General se reúna el 24 del mismo mes en la ciudad de Chuquisaca, teniendo en cuenta que algunos diputados habían manifestado que siendo ellos de alguna edad les era imposible venir a Oruro, donde el excesivo frío de la presente estación los destruiría. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 20). Los adjetivos usados por el poder político de la imperialista y colonizadora metrópoli contra nuestra sociedad, basados en términos ofensivos no deben ser objetados y rebatidos con el mismo contenido agresivo, irritado, provocador. Más bien al ser conocedores de nuestra identidad y nuestra cultura histórica, debemos refutarlos y desmentirlos mediante argumentos sólidos que ensombrezcan la malevolencia y la animadversión emanada por los calificativos hechos con odio, saña y ponzoña. La agresión que estamos sufriendo la nación cautiva de los pueblos cambas cruceños, es a consecuencia de la falta de argumentos históricos sólidos, para fundamentar y apoyar legítimamente los derechos imperialistas y coloniales de la metrópoli andina boliviana y la defensa de nuestros derechos humanos. debe ser expresada con la mesura que nos da la certeza de estar con la verdad y la autenticidad de saber quiénes somos, mediante argumentos que deben contar con la firmeza del conocimiento de nuestros derechos forales y de identidad históricos. La firmeza de nuestra defensa es porque somos diferentes al originarse nuestra existencia como sociedad, dentro de una inmigración especial que vino de ocupar y desencantar espacios vacíos en un mismo territorio, como hecho totalmente contrario a lo sucedido con los pueblos del Alto Perú o de Charcas que son el resultado de la invasión colonizadora y criminal española, ejercida contra el Imperio 346


Incaico y del cual nosotros no fuimos ni somos parte de ninguna manera. La situación de haber sido desafiados por el gobierno imperialsita y oligárquico del Estado Plurinacional Comunitario metropolitano colonizador boliviano que nos discrimina y abusa, nos obliga a hacernos fuertes moral, ética y espiritualmente para resistir la acometida que estamos sufriendo, pues la respuesta a la provocación violenta debe ser efectuada con la certeza y la firmeza de saber quiénes somos, para de esta manera hacer conocer al mundo nuestra verdad, pues la intención manejada por nuestros detractores y enjuiciadores está buscando nuestra eliminación definitiva como sociedad diferente, dentro de un incalificable crimen como es el genocidio cometido al transformarnos como nación cierta y determinada que somos, eliminados e invisibilizados dentro de una comunidad intercultural Tahuantinsuyo andina. La agresión extrema ejercida contra nuestra sociedad originaria de pueblos de la cordillera de los Chiriguanos y de los llanos amazónicos y rioplatenses de origen Tupí guaraní, nos demanda manejarnos con la fortaleza de ser conocedores de nuestra identidad para con la firmeza, el aguante y la tenacidad de una espiritualidad de pueblos cristianos que somos nos mantengamos firmes en nuestras convicciones, con la fuerza espiritual alcanzada para redimirnos de la servidumbre impuesta por una sociedad diferente y foránea, llevando adelante un movimiento de resistencia y de reivindicación histórica como pueblos colonizados. (SE NOS ACHACA DE SEPARATISTAS: Esto definitivamente no es separatismo como se nos achaca y bajo ningún concepto es divisionista, por ser tan sólo la lucha pacífica por nuestras reivindicaciones patrióticas y la búsqueda de mantenernos vigentes, como pueblo y nación cierta y determinada dentro de la metrópoli boliviana. FUENTE: LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO, AÑO 2014). La única forma de defendernos de las influencias dañinas de nuestros detractores y enjuiciadores, se la consigue mediante la formación de un Consejo Ciudadano de orientación social e histórica, integrado por intelectuales en los campos de la Historia, la Sociología y el Derecho Nacional e Internacional entre otros y este Organismo o Consejo, debe ser el forjador de una línea de conducta cívica de vital importancia para orientar a los diferentes movimientos, de los pueblos comprendidos entre los departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando como también los movimientos de nuestros pueblos que están cautivos en Tarija, Sucre, Cochabamba y La Paz por ser hermanos nuestros de raza, cultura e historia que fueron anexados abusivamente, pese .a ser originarios de la nación de los pueblos cambas cruceños. La trascendencia de este análisis busca que nuestros publicistas o historiadores, sean los que reorienten el camino a seguir en la preservación de nuestra sociedad cosmopolita que se encuentra severa, implacable, despiadada e inflexiblemente amenazada, para que por primera vez en la historia pueda cumplirse con el mandato aunque interesado de Simón Bolívar de lograr un pacto de convivencia, el cual pese a ser cómplice de nuestra colonización determino que para la integración de Charcas o Alto Perú se tenía que concluir un tratado, como hecho que no sucedió en la anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños. 347


El tratado según Simón Bolívar era imprescindiblemente como necesario y en el cual por incluirnos en la creación de la República Bolívar, sería en este caso de mayor importancia internacional, porque de esta manera se haría legítima nuestra anexión y colonización dolosa y fraudulenta, mediante un convenio específico como lo establece el mandato a Vicente Seoane y Vicente Caballero en calidad de representantes del Municipio cruceño y de Valle Grande, pero espurios y falsos para la asamblea de Chuquisaca. El Convenio y Tratado según cuestiona Simón Bolívar es imprescindible efectuarlo con los de la nación de los pueblos o cambas cruceños, porque nunca fuimos parte del Incario como equivocadamente indica en su carta del 21 de febrero de 1825. Además definitivamente nunca formamos parte del Alto Perú y tampoco parte de la audiencia ni de la antigua Provincia de los Charcas en la supuesta y mentirosamente resucitada entre 1811 a 1825. (BOLIVIA NO PODÍA SER INDEPENDIENTE: Así es que ambas de esas dos presidencias han podido ser independientes de sus antiguos virreinatos; pero Quito ni Charcas pueden serlo en justicia a menos que, por un convenio entre partes, por resultado de una guerra o de un congreso se logre establecer y concluir un tratado. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE DEL 21 DE FEBRERO DE 1825: HISTORIA DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). El presente análisis tiene por objeto poner en consideración las tres opciones que tenemos la nación de los pueblos orientales cambas cruceños dentro del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia para mantener nuestra identidad foral, histórica, étnica y social por ser nuestros pueblos anexados dolosa y fraudulentamente mediante la asamblea en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, capital de la Audiencia de Chuquisaca y la desaparecida Cancillería de los Charcas en 1813, resucitada por los alto peruanos al aliarse al Cuzco hasta 1822, pero con su confirmación de separación en 1824. La condición real del conocimiento de nuestra identidad y nuestra cultura histórica es para mantenernos ciertos, pese a que esta anexión y colonización fue ejecutada con el ejercicio del engaño y el fraude histórico, también con la corrupción del representante más la coacción y la violación al ius cogens o norma imperativa de Derecho Internacional General por parte de Bolívar, Sucre y sus secuaces. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, está lidiando contra las adversidades dentro de un destino enmarcado en el presente de agresión ejercido por el poder de la metrópoli boliviana, llevando para nuestros pueblos un futuro falso como Nación y Patria diferente, cierta y determinada nefasto, que para evitarlo como se presagia debemos contar con fundamentos de identidad y cultura histórica sólidos, por ser éste el único medio para estar vigentes en la sociedad boliviana y en el contexto americano y mundial, pues sólo existen tres posibilidades que pueden marcar nuestra supervivencia de pueblo, patria y nación indiscutible e inequívoca en la historia, para mantenernos en vigor y seguir siendo la sociedad asentada históricamente al Este o al Oriente de la cordillera de los Andes en Sudamérica y son. 1. Lograr la integración: La primera posibilidad que tenemos consiste en lograr la integración social que significa unificarse dentro de un mismo pueblo, pero respetándose la identidad y el pasado histórico de cada patria y nacionalidad. Manteniéndose además la consideración merecida a la diversidad por parte de la nación del Collao de Charcas y Alto Perú imperialista y colonizadora asentada en los Andes en este caso. La integración se basa en la amalgamación de los componentes de los pueblos de los llanos con los andinos dentro de una sola sociedad republicana boliviana, porque estamos compartiendo territorios que aparte de que son propios de cada nación, hoy son comunes por la creación de la República Bolívar. Formando cierta afinidad étnica y cultural con los andinos que están asentados en los llanos rioplatenses, amazónicos y la cordillera de los Chiriguanos pese a que fuimos anexados con dolo y fraudulentamente por los vecinos agresores, pues la integración social se entiende, es aquel proceso dinámico que posibilita a las personas que se encuentran dentro de un sistema marginal y colonizador, participar con el nivel mínimo de bienestar socio vital, para alcanzar el equilibrio dentro de un determinado país entre 348


colonialistas y colonizados. 2. Evitar la disgregación: La segunda posibilidad se asienta en la disgregación del pueblo o nación sometida mediante un mecanismo de destrucción y absorción, como se pretende llegar a conseguir mediante políticas de Estado económicas, sociales y culturales con la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños en la actualidad. Manejada y llevada adelante con una política de agresión programada y continua desde la imperialista metrópoli, para que quedemos difusos y vagos como indeterminados dentro de esta nacionalidad de mayor influencia y poder que nos sojuzga, pues la coyuntura social y política ejercida por el Estado Plurinacional Comunitario que deja fuera y totalmente eliminada a la república, mantiene a la nación de los pueblos cambas cruceños en un estado vago e indefinido dentro del nuevo sistema estatal de gobierno, basado en un proceso de disgregación manejado por todo sistema colonizador como es la desintegración territorial y social de la colonia. La desintegración en consecuencia trae una fragmentación de la heredad Camba Cruceña en conjunto, para conseguir el efecto y el resultado en la formación de un pueblo indeterminado y neutro, como fórmula efectiva utilizada para eliminar toda unificación en una colonización dentro del procedimiento y el método mundial desde los comienzos de la humanidad. 3. Alcanzar la autonomía como emancipación: La tercera posibilidad se desarrolla con consolidar la autonomía de los departamentos y regiones dentro de un Estado o República, con diversidad bicéfala de naciones en su conformación tal como lo pide la sociedad asentada al Oriente de los Andes en Bolivia. (AUTONOMÍA: Estado y condición del pueblo que goza de entera independencia política. Potestad que dentro del Estado pueden gozar municipios, provincias, regiones u otras entidades de él para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos de gobiernos propios. Diccionario de la Lengua Española: Grupo editorial Océano: Edición 1988. La autonomía es un concepto de la filosofía y la psicología evolutiva que expresa la capacidad para darse normas a uno mismo, sin influencia de presiones externas o internas. Así como también la potestad de ciertos entes territoriales, para regirse por órganos y normas propias, en el marco de un Estado mayor: Los Estados Federales garantizan la autonomía de sus miembros. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO VOX: EDICIÓN 1970, PÁGINA 350). La Autonomía como mecanismo político y administrativo de asociación nacional propugnado por las dirigencias regionales cambas cruceñas, es una medida racional hasta cierto punto para preservar en algo las costumbres y la identidad de la nación de los pueblos cambas cruceños que nos encontramos integrados a este Estado Plurinacional Comunitario del Alto Perú o Charcas llamado Bolivia. Pues la agresión colonial que soportamos con acciones de virulencia extrema es la que pretende por el miedo, invisibilizar definitivamente a los criollos y mestizos blancoides del Oriente boliviano en el Estado Plurinacional Comunitario, para mantenernos sin diferenciación alguna en franca situación delictuosa del genocidio, como crimen ejecutado por una oligarquía de condición criolla y mestiza andina identificada con el fenotipo autóctono, para dejar de lado definitivamente a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños que somos una patria diferente, cierta y determinada, además república independiente y soberana desde 1815 pero colonizada en 1825. (MESTIZAJE: Conjunto de caracteres hereditarios que se manifiestan a nivel externo y que vienen condicionados por el conjunto de genes. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). La autonomía propuesta por la nación de los pueblos cambas cruceños está legalizada e insertada en la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario, aunque es por demás manipulada y dirigida para debilitar la potestad que dentro del Estado tienen los municipios, las provincias, las regiones o los departamentos. (GALIMATÍAS CONSTITUCIONAL: Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberana, democrática, intercultural, descentralizado y con autonomías. FUENTE: ARTÍCULO 1º: CONSTITUCIÓN POLÍTICA: ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO). La Autonomía como medida está llevada adelante por le poder de la metrópoli, menoscabando los derechos cambas cruceños, con una débil para los territorios anexados y colonizados de los llanos rioplatenses amazónicos y la cordillera de los Chiriguanos. Evitándose mediante esta supuesta apertura 349


imperialista colonizante, entregar una verdadera administración autonómica, mediante normas y órganos de gobiernos propios en calidad de condición de quien para ciertas cosas no depende de nadie. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos en la obligación histórica por respeto a nuestros orígenes como a nuestros próceres de la independencia, de mantenernos firmes en la lucha por nuestras reivindicaciones, por ser nuestra sociedad definitivamente diferente a la del Alto Perú o Charcas; con sus líderes rioplatenses derrotados por el ejército colonial al mando de Goyeneche y Pedro Antonio de Olañeta que fue definitivamente su libertador, pero vencido por traidores apegados a Antonio José de Sucre, pues el General Pedro Antonio de Olañeta fue quien transformó al Alto Perú en la patria reivindicada y liberada mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 que luego nos agredió, haciéndolo en calidad de jefe del territorio no perteneciente ya al colonialismo español, ni a la República Argentina creada el 9 de julio de 1816 en Tucumán. La patria creada por Pedro Antonio de Olañeta como Alto Perú o Charcas, fue invadida por los ejércitos colombianos bajo el pretexto de eliminar todo peligro para el Perú y pierde su independencia, al ser derrotado su ejército gracias a las acciones del ocupante invasor Antonio José de Sucre, como también por la traición de sus jefes y oficiales que se vieron obligados a cambiar su estrategia para conseguir sus fines, tal como sucedió con la creación de la república alto peruana de nombre Bolívar. Consolidándose el proyecto inicial ideado por Casimiro Olañeta y sus secuaces. (CORRESPONDENCIA CON DE OLAÑETA: Tanto Bolívar como Sucre abrieron correspondencia con Olañeta, con su lugarteniente Francisco de Aguilera, y con el secretario y sobrino del primero, el célebre doctor de Charcas Casimiro Olañeta. Este, aún antes de Ayacucho, se dio cuenta de que la situación de su tío era insostenible y resolvió plegarse al bando de los Libertadores. FUENTE: LA BATALLA DE TUMUSLA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 185). La importancia de conocer su propia identidad y la revisión de nuestra cultura historia distorsionada como República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, es para demostrarnos y demostrar al mundo que fuimos independientes y soberanos, por estar separados de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata gobernada desde Buenos Aires cuando nos rebelamos a finales de 1815 hasta 1825, pues en ningún momento estuvimos comprendidos en la ley del 9 de mayo de 1825 que libera a las cuatro provincias del Alto Perú luego argentinas para definir su destino, pero Sucre malinterpretándola nos agrega como la quinta provincia del Alto Perú en el supuesto de serlo, por haber estado relacionados con Cochabamba en el manejo de las gobernaciones durante el tiempo de las intendencias en la colonia. Situación perfectamente aclarada por los sucesos de 1811 relacionados a los mandatos de Manuel de Goyeneche que elimina esta situación. (PENSAMIENTO TORCIDO DE SUCRE: Juzgue que cinco provincias con más de un millón de habitantes componiendo la mayor parte de la población de aquel virreinato. FUENTE: MEMORIA: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: HISTORIA DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1988, PÁGINA 98). La nación de los pueblos cambas cruceños que hoy nos encontramos colonizados, estamos obligados a emprender una lucha tesonera y paciente hasta alcanzar la emancipación a la cual tenemos derecho por proceso histórico y características étnicas y geográficas diferentes. Liberándonos por fin de las servidumbres que nos fueron impuestas con la dolosa anexión y fraudulenta colonización en la República del Alto Perú de nombre Bolívar en 1825. Reeditada en pleno siglo XXI dentro del Estado Plurinacional Comunitario boliviano, pues la anexión ejecutada en la asamblea de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo dentro de la intendencia o Provincia Alta de Chuquisaca, con su tratamiento sobre la independencia del Alto Perú el 10 de julio de 1825 termina como suficiente discusión el 28 del mismo mes y año, pese a que no contaba con la presencia y concurrencia de algún representante competente ni incompetente de la nación de los pueblos cambas cruceños, (NO ABRIL SINO JULIO DE 1825: La asamblea que debía promulgar la independencia del Alto Perú se inauguró el 10 de julio. A ella no concurrieron por cierto delegados de todas las provincias que habían constituido la antigua 350


Audiencia de Charcas, sino simplemente los delegados de las intendencias del Alto Perú: Charcas, Potosí, La Paz y Cochabamba. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 182). Lo anotado líneas arriba prueba contundentemente que nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta contiene nulidades absolutas como relativas, porque con este hecho se transgrede al Orden del Derecho Internacional Público reconocido por el mismo Simón Bolívar.

BASES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO La creación de la República del Alto Perú de nombre Bolívar fue efectuada con la violación de los principios contenidos en las normas establecidas por las costumbres y los convenios internacionales vigentes dentro del Derecho Internacional Público, desde 1819 como fundamentos que son componentes principales del derecho internacional general, por lo tanto contiene nulidades parciales o relativas como absolutas irrefutables, a consecuencia y en relación de haberse anexado y colonizado dolosa y fraudulenta a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que estaba constituida en independiente y soberana desde 1815, al separarse de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. La república de la nación de los pueblos cambas cruceños fue colonizada en forma oscura y astuta entre julio y agosto de 1825, mediante una asamblea y una ley de creación de la República Bolívar que no nos toma en cuenta, siendo finalmente integrada definitivamente como departamento de Bolivia en 1826, cuando Antonio José de Sucre nos incluye en su Decreto del 23 de enero del mismo año sin ser todavía Presidente de Bolivia, pues sólo fungía como representante militar del ejército colombiano de invasión que tenía el mando supremo en el foráneo supuesto Presidente Vitalicio Simón Bolívar que se encontraba residente como Presidente y Dictador del Perú. (BOLÍVAR SOLO ESTUVO ESCASO TIEMPO EN BOLIVIA: Después de breve estadía en Bolivia donde dejó la constitución vitalicia. Bolívar dejo a Sucre en el gobierno y retornó a Colombia (1827). En tanto Perú había abolido la Constitución Bolivariana y Bolivia había hecho otro tanto con la constitución vitalicia. La audiencia de Quito, por su parte, se había constituido en república independiente. Amargado al ver como se derrumbaba su obra renunció al poder en 1830 y se retiró a Santa Marta, allí le comunicaron el asesinato de su gran amigo y colaborador, el Mariscal Antonio José de Sucre. Murió en diciembre de 1830. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 339). El Orden Internacional de Derecho Público como norma está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, la soberanía y la independencia de los Estados y las naciones, como compromiso internacional que es de fiel cumplimiento por las obligaciones emanadas en las reglas del derecho público, determinando que en toda comunidad civilizada hay requisitos de derecho y principios morales que el orden internacional no permite ignorar ni modificar. Siendo estas normas básicas estipuladas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, y otros instrumentos internacionales como es la Carta de las Naciones Unidas (DERECHO INTERNACIONAL: Art. 3ro. Inc. a) El derecho Internacional es norma de conducta en las relaciones reciprocas. Inc. b) El orden internacional está esencialmente por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes de derecho internacional. Carta de la Organización de Estados Americanos: Suscrita el 27 de febrero de 1967, con reforma aprobada en 1992 y adoptada en 1993” // “Art. 1ro. Los propósitos de las Naciones Unidas son: Inc. 1.- Mantener la Paz y seguridad internacionales, y con tal fin. Tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos a la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles 351


de conducir a quebrantamientos de la paz. Inc. 2.- Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basados en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal. Inc. 3.- Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario y en el desarrollo y estímulo del respeto a los Derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. Inc. 4.- Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones para alcanzar estos propósitos comunes. FUENTE: CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS: FIRMADA EN LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO: A LOS 26 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1945). El Libertador de Colombia y co libertador del Perú Simón Bolívar, reconocía la obligación que se tenía del respeto y acatamiento al Derecho Internacional Público, determinando la imposibilidad de romper y violar sus bases jurídicas y morales consuetudinarias y lo reconoce cuando escribe el 2 de febrero de 1825 a Antonio José de Sucre, pero para desgracia histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños no las cumplió ni las acató en absoluto. (RECONOCIMIENTO DE BOLÍVAR AL DERECHO INTERNACIONAL: Ni usted, ni yo, ni el Congreso mismo del Perú, ni el de Colombia, podemos romper y violar la base del derecho público que tenemos reconocido en América. Esta base es que los gobiernos republicanos se fundan entre los límites de los antiguas virreinatos, capitanías y presidencias como la de Chile. FUENTE: LÍMITES DE DERECHO INTERNACIONAL PARA LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: EL – HAGE, JAVIER: OBLITAS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2006, PÁGINA 65). El seguimiento de la línea de respeto al Orden del Derecho Internacional Público por el mismo Simón Bolívar, se demuestra en la reticencia a las pretensiones de crear la República del Alto Perú por Antonio José de Sucre, cuando escribe en su carta al general Santander el 18 de febrero de 1825, pero desgraciadamente también ésta línea de conducta jurídica internacional fue desechada por el mismo Libertador Simón Bolívar. (EL ALTO PERÚ ERA INCAICO Y PERUANO: El Alto Perú pertenece de derecho al Río de La Plata, de hecho a España, de voluntad a la independencia de sus hijos que quieren un Estado aparte y de pretensión pertenece al Perú que lo ha poseído antes y lo quiere ahora. Entregarlo al Río de la Plata es entregarlo al gobierno de la anarquía. Entregarlo al Perú es una violación al derecho público que hemos establecido, y formar una nueva república como los habitantes lo desean, es una innovación de que yo no me quiero encargar y que sí pertenece a una asamblea de americanos. FUENTE: LÍMITES DE DERECHO INTERNACIONAL PARA LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: EL – HAGE, JAVIER: BASADRE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2006, PÁGINA 66). El supuesto pacto arribado mediante el Acta de la Independencia del 6 de agosto de 1825 que no es una, sino que son tres entre los pueblos del Alto Perú o Charcas como son La Paz, Cochabamba, Chuquisaca y Potosí; contiene una falacia histórica con respecto a la independiente y soberana República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños desde finales desde 1815 hasta agosto de 1825. (NO ASISTIERON DELEGADOS LEGÍTIMOS CAMBAS CRUCEÑOS: El Presidente José Miguel Lanza, al dirigir la Asamblea eventualmente, no emitió su voto, más en el acta de la independencia por solidaridad los 48 diputados “firmaron de sus manos” refrendados por los secretarios. Las firmas de los Diputados en el Acta de la Independencia que forma parte del Libro Mayor de Sesiones de la Asamblea de representantes del Alto Perú, instalada el 10 de julio de 1825, no están sujetas a un orden establecido, lo propio ocurre con el Acta de la Independencia en un segundo ejemplar separado, que está en la casa de la libertad. En cambio en el “Libro Menor” (borrador) (122) sólo están las firmas del Presidente, Vicepresidente y de los secretarios. Su texto es el mismo, no existiendo diferencia alguna, aunque es evidente que hay tres Actas de la Independencia. Tres certificados del nacimiento de Bolivia. Documento simbólico de la lucha de los 16 años y proyección de una vida institucional de 150 años hasta hoy. Así empezó el nacimiento de nuestra república como una parte de Sudamérica. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA 352


EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 30). La falsedad histórica contra los cambas cruceños viene por identificar a las Provincias Altas del Río de la Plata luego argentinas, dentro del Alto Perú o Provincia de los Charcas, e incluir dolosamente entre ellas a la nación de los pueblos cambas cruceños mediante un fraude histórico sin precedentes. En donde los alto peruanos sustentan su fraude tergiversando la realidad histórica que, es manejada dentro de los actos dolosos que llevaron a la creación de la República Bolívar. Además concretada mediante la Ley del 11 de agosto de 1825 que en ningún momento nos alude, pues ella solo se refiere a los sucesos independentistas de los pueblos del Alto Perú o la antigua Provincia de los Charcas. La Ley de creación de la República Bolívar sólo se refiere al Alto Perú como también a las acciones independentistas alto peruanas propias, llevadas adelante dentro de las hostilidades entre los ejércitos auxiliares del Río de la Plata con el de los españoles. De la misma manera entre los conspiradores aliados a los invasores colombianos, contra los ya alto peruanos que estaban libres e independientes, antes de suceder las victorias de Junín y Ayacucho comandadas por Bolívar y Sucre en 1824 y en esta ley alto peruana, no se incluye las luchas por la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que definitivamente se desarrollaron con personajes y en escenarios diferentes. (RECONOCIMIENTO NO CIERTO PARA BOLÍVAR Y SUCRE: La Asamblea General del Alto Perú, deseando acreditar pública, expresiva y solemnemente su eterna gratitud, y reconocimiento eminentemente justo al inmortal Libertador de Colombia y del Perú Simón bolívar, al valiente y virtuoso Gran Mariscal de Ayacucho y al excelentísimo Libertador vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma, Sipesipe y Tarata. Deseando igualmente perpetuar en la memoria de los alto Peruanos que a tan heroicas, generosas y nobles manos debe esta región su existencia política, su libertad, y la reunión del cuerpo que ha deliberado sobre su futura suerte, ha venido a decretar y decreta todo lo que sigue. FUENTE: LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR: 11 DE AGOSTO DE 1825). El dolo histórico ejercido contra nuestra patria independiente y soberana como República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 de la nación de los pueblos cambas cruceño, viene por habernos enquistado fraudulentamente como ex Provincia Unida del Río de la Plata dentro de la jurisdicción administrativa y militar de la reciclada ex audiencia de Charcas que desde 1776, quedó reducida a un simple tribunal en lo jurídico y a partir de 1782 integrada a la Intendencia de Chuquisaca con jurisdicción sólo en dicha provincia también llamada Charcas, pero luego fue suprimida por decisión del gobierno rebelde de Buenos Aires en 1813. El fraude histórico montado por la oligarquía alto peruana o de Charcas que se hace notar, es por acusar de que la nación de los pueblos cambas cruceños, no nos constituíamos en parte integrante de las Provincias Altas del Río de la Plata o Alto Perú llamadas luego Provincias Altas Argentinas y que habíamos retornado como ellas de hecho a España reviviendo la extinta audiencia de Charcas y apegarla al Cuzco desde 1821, luego de la expulsión por San Martín de Lima del virrey del Perú. La mentira y la falacia histórica inventada de que la nación de los pueblos cambas cruceños fueron entregados a la administración civil y militar del Virreinato del Perú en el Cuzco, que ya estaba comandado por Manuel de Goyeneche, como suceso fue acontecido con el Alto Perú o las provincias de la antigua de los Charcas, después del fracaso militar de los ejércitos expedicionarios del Río de la Plata, constituye una verdadera falacia histórica por apegar a los cambas cruceños al agonizante virreinato del Perú, pues los que se apegaron Lima y al Cuzco fueron los del Alto Perú y no así nuestra independiente República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 hasta 1825. La misma que como sociedad lucho valerosamente para mantener nuestra libertad desde 1813 hasta 1825 en que se expulso de nuestra capital al aliado de Antonio José de Olañeta de nombre Francisco de Aguilera que lo traiciona pasándose a las filas de Antonio José de Sucre, tal como sucedió con otros oficiales del ejército alto peruano. (FUE LA PROVINCIA DE CHARCAS Y NO LA AUDIENCIA: El 3 de agosto de 1810, en plena guerra de la independencia, la audiencia de Charcas volvió a la jurisdicción de Lima capital del virreinato del Perú, siendo virrey José de Abascal. FUENTE: SITUACIÓN DE CHARCAS Y PRIMEROS 353


LEVANTAMIENTOS: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 313). El Alto Perú estaba rebelde al gobierno colonial desde antes de 1822 a la cabeza de Pedro Antonio de Olañeta que consigue su separación e independencia de la España colonial mediante el Tratado de Tarapacá en la localidad de Tarapaya el 9 de marzo de 1824. De la misma manera estaba separado de la República Argentina creada en 1816, mediante la expulsión de los ejércitos auxiliares del Río de la Plata, pues el Alto Perú era componente de la República Argentina desde el 9 de julio de 1816 como está contemplado en la Ley de 9 de mayo de 1825. (CONVENIO DE TARAPACA: Valdez tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá, marzo de 1824) para retornar al lado del virrey La Serna. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 343). Las tropas realistas encabezadas por Pedro Antonio de Olañeta, Joaquín de la Pezuela, Goyeneche y otros fueron las que separaron el Alto Perú de las Provincias Unidas del Río de la Plata, para anexarlas al Virreinato de Lima y luego a la Audiencia del Cuzco y la incorporación a la República argentina no sucedió con la Provincia de Santa Cruz de la Sierra que ya estaba declarada, independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata gobernadas por Buenos Aires desde 1815. Condición que se la mantuvo pese a la invasión de nuestra capital y provincia de Valle Grande hasta 1825, pero fuimos anexados dolosa y fraudulentamente colonizados en la República Bolívar por la coacción que significaba la amenaza del poderío militar del ejército de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. La confirmación de la condición de independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, se produce por el Cabildo del 15 de febrero de 1825 quedando formada por las provincias o departamentos de Mojos, Chiquitos, Cordillera, Valle Grande y Santa Cruz tal como nos define Antonio José de Sucre en su Decreto del 9 de febrero de 1825. La nación y patria Camba Cruceña no fuimos tomados en cuenta legítimamente para introducirnos en la República alto peruana Bolívar, como está demostrado por lo que se indica en el encabezamiento de la Ley del 11 de agosto de 1825 que está referido sólo a las acciones entre los ejércitos de España en la derrota de los del Río de la Plata y luego transformados en alto peruanos, perfectamente relacionados con la invasión del ejército colombiano al Alto Perú que derrota al libertador alto peruano Pedro Antonio de Olañeta, en base a personajes tránsfugas y traicioneros como sus aliados militares y políticos. El pacto arribado el año 1825 entre las Provincias Altas Argentinas con sus representantes en la asamblea de la Plata de la Nueva Toledo como ser Chuquisaca, Cochabamba, Potosí y también La Paz leal al sentimiento peruano, fue un pacto sólo entre los representantes del Alto Perú o charqueños qie como hecho definitivamente en derecho internacional carece de toda fuerza jurídica e histórica, como de efectos legales sobre la 354


conculcación de nuestra soberanía de nación y república de los pueblos cambas cruceños y todo ello por no contarse en Chuquisaca con la presencia física de algún legítimo representante de los cinco partidos o departamentos de la independiente República de Santa Cruz de la Sierra, dentro de la asamblea de los pueblos del Alto Perú o Charcas cuando se delibera y se decide su independencia. (OPORTUNISTAS CAMBAS CRUCEÑOS: Estos 8 oportunistas eligieron a dos supuestos diputados, José Manuel Seoane y Manuel Ignacio Caballero, quienes, para el colmo del ridículo, llegaron tarde a las deliberaciones de dicha asamblea que se había celebrado en la ciudad de La Plata (Chuquisaca). Seoane llegó el 6 de agosto, el día que se firmó el Acta de la Independencia; acta que ya se la tenía lista desde el 3 de agosto de 1825. Caballero llegó tres días más tarde, o sea, el 9 de agosto. FUENTE: PUEBLO, NACIÓN Y NACIONALISMO CAMBA: PINTO MOSQUEIRA, GUSTAVO: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2007, PÁGINA 49). El dolo histórico demostrado hace carecer de fuerza jurídica internacional la anexión fraudulenta de nuestra República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, por estar faltos de toda representatividad los postizos adscriptos y corruptos Vicente Seoane y Vicente Caballero que ya estaban confabulados desde antes, por ser pertenecientes a la logia Huaukes o hermanos en aimara y porque actuaron sin competencia y fuera de término. La nulidad absoluta y relativa de nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta, es por hacer valer las espurias representaciones de Seoane y Caballero en la asamblea de Chuquisaca, en un lugar diferente y equivocado para el que habían recibido su mandato, porque además su poder de representación era de dos partidos ya convertidos en provincias de la república cruceña como misión delegada. Con constancia de esto en la Carta Capitular efectuada por la Municipalidad del Partido de Santa Cruz de la Sierra y extendida para Valle Grande. (DELEGADO: Dícese de la persona en quien se delega una facultad o jurisdicción. Dar una persona a otra la jurisdicción que tiene por su dignidad u oficio, para que haga sus veces. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). El hecho fraudulento y espurio sucedido en la asamblea de 1825 en La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, se ha vuelto a repetir dentro de la ilegítima Asamblea Constituyente del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, con aprobarse una Constitución en la ciudad de Yotala capital de la provincia Yamparae en el departamento de Chuquisaca, hoy Sucre por efecto de la ley de creación de la Republica Bolívar del 11 de agosto de 1825. Totalmente contraria a la nación de los pueblos orientales cambas cruceños. (NO ES CHUQUISACA ES SUCRE: La ciudad capital de la República y su departamento se denominarán de lo sucesivo Sucre. ART. 13: FUENTE: LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR: 11 DE AGOSTO DE 1825). La fundación de un Estado Plurinacional Comunitario Boliviano rompe todos los esquemas republicanos y nuevamente, viola nuestros derechos soberanos a la libre determinación de la nación de los pueblos cambas cruceños como anomalía repetida, pues no se efectúa su aprobación en la ciudad de Sucre capital del departamento Sucre (Chuquisaca), tal como se manda por la Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente. (FALSA INTERPRETACIÓN DE LA CONVOCATORIA: Art. 1º El objeto de la presente Ley Especial es convocar a la Asamblea Constituyente y se basa en los artículos 2, 4, 232 de la Constitución Política del Estado y artículo 1 de la Ley Especial 3091 del 6 de julio de 2005, señalando la forma y modalidad que establecen dichos artículos. Art. 3º Es independiente y ejerce la soberanía del pueblo. No depende ni está sometida a los poderes constituidos y tiene como única finalidad la reforma total de la Constitución Política del Estado. Art. 6º La Asamblea Constituyente tendrá su sede en la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República. FUENTE: LEY ESPECIAL DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE). La asamblea se efectúa desconociéndose en ella la sede que es Sucre por parte de los del Collao del Alto Perú o Charcas y en este caso, el derecho soberano a la libre determinación de los hoy departamentos amazónicos y rioplatenses en la otrora República de Santa Cruz de la Sierra, que como nación de los pueblos cambas cruceños, nuevamente resulta reeditada en la anexión dolosa y 355


colonización fraudulenta como en 1825 y la actuación del poder imperialista de la metrópoli se manifiesta violándose nuevamente este derecho a la libre determinación de nuestros pueblos por el fraude que representa, el cual como violación al Derecho Internacional y Constitucional debe denunciarse ante la Corte Internacional de Justicia, por estar incurriéndose en los mismos delitos y vicios que sucedieron en la asamblea de 1825 en La Plata de la Nueva Toledo. La violación al derecho consuetudinario que representaba la independencia de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños con relación a la sociedad del Collao alto peruano y de Charcas, se ejecuta también por no cumplirse lo acordado con los representantes argentinos Días Vélez y Alvear según lo pactado con Simón Bolívar en Potosí. La demostración concreta de que la República de Santa Cruz de la Sierra no era parte del Alto Perú como de la Argentina, es porque esta no se sentía responsable de nuestro destino dejando a la sociedad de los pueblos al Oriente de los Andes anexados y colonizados con este acto violatorio del Derecho Internacional. Así como en la indefensión al dejar interpretar su ley de 1825 como quisiera cualquier tercer interesado sin rechazo y alegato alguno, pese a que contribuimos entre 1810 y 1815 a frenar el avance español sobre las provincias del Río de la Plata y sus territorios. (LOS ALTO PERUANOS NO NOS AYUDARON EN NUESTRA INDEPENDENCIA: Las provincias del Alto Perú no contribuyeron en lo más mínimo a la independencia de Santa Cruz de la Sierra, la cual se bastó siempre a sí misma y ayudo eficazmente al triunfo de la causa común. FUENTE: GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1933, PÁGINA 171). El hecho de desamparo y complicidad sucedido con nuestra nación de los pueblos cambas cruceños, determina contundentemente la nulidad del acto constitutivo de la República Bolívar con relación a nuestra sociedad al Este en Bolivia, porque dicha ley del 9 de mayo de 1825 dictada por Buenos Aires, sólo se refiere al Alto Perú con sus cuatro ya supuestas Provincias Altas Argentinas. No así a la República de Santa Cruz de la Sierra (1815-1825) que resultó ser anexada con dolo, fraude histórico, coacción y violación de las normas internacionales del Ius Cogens y el Uti Possideti Iuri. (BRASIL HABÍA INVADIDO CHIQUITOS: En esta misma ciudad, Bolívar recibió la legación argentina integrada por Alvear y Días Vélez, cuyo objetivo era comprometer al Libertador en su lucha contra el Brasil, a lo que este contestó con evasivas, pese a que las tropas brasileras habían invadido la provincia de Chiquitos. FUENTE: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 353). La República Bolívar fundada por Antonio José de Sucre con el desconocimiento de la historia y el Derecho Internacional Público, ha creado las contradicciones y agresiones contra la nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentran anexados y cautivos en estos casi 200 años de vida republicana en Bolivia, siendo este hecho causa de reprobaciones por parte de Simón Bolívar como se demuestra en las diferentes cartas enviadas a Antonio José de Sucre Donde el Mariscal Sucre lamentó infinito las palabras de Bolívar y, el mismo día que recibió la carta del 4 de abril de 1825 despacha dos notas al Libertador. La primera decía (DISGUSTO DE SUCRE CONSIGO MISMO: Hace una hora que he recibido la carta de usted del 21 de febrero, ella me ha dado un gran disgusto pero no con usted, sino conmigo mismo que soy tan simple que doy lugar a tales sentimientos. Este disgusto es por lo que usted me habla en cuanto a las provincias del Alto Perú, respecto de las cuales he cometido un error tan involuntario que mi solo objeto fue cumplir las intenciones de usted. Por lo que Bolivia se creó por error de Sucre La república de Bolivia se creó debido a un error del Mariscal de Ayacucho, Don Antonio José de Sucre, que censuró el Libertador, Don Simón bolívar. Este punto histórico, de una importancia trascendental en la historia de América, ha sido aclarado a la perfección por el Dr. Efraín Cardozo en un estudio hecho sobre la base de los documentos originales emanados del propio Bolívar y el mismo Sucre. FUENTE: LA ANEXIÓN DE SANTA CRUZ A LA REPÚBLICA DE BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ 356


DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 173). El Libertador Simón Bolívar le contesta a Sucre desde Nazca el 26 de abril de 1825 hablándole largamente y decíale (POSICIÓN DE BOLÍVAR: Mi posición pública es la conciencia de mis operaciones públicas, por lo mismo no sé todavía lo que me tocará hacer con ese Alto Perú, porque la voluntad legal del pueblo es mi soberana y mi ley. Cuando los cuerpos legales decidan de la suerte del Alto Perú entonces yo sabré cuál es mí deber y cual la marcha que yo seguiré, siendo propicio a los propósitos del Alto Perú y Charcas, porque el Alto Perú no interesa a nadie ni a las Provincias Unidas del Río de la Plata ni al Perú. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 102). Lo dicho en las comunicaciones entre los libertadores de Panamá, Colombia, Venezuela, Ecuador y co libertadores del Perú, está demostrando que Simón Bolívar en las cartas a Antonio José de Sucre manifiesta su ignorancia con respecto a la historia del Sur de América y la falta de respeto al Orden Internacional vigente, pues la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata ya no existían como tal, al estar creada la República Argentina el 9 de julio de 1916. En que esta supuestamente desdeñaba la agregación de las Provincias Altas con las cuales existían antiguos odios y rivalidades, fuera de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra que era paraguaya de origen y en la cual habían gobernado, y luchado en contra de los realistas jefes de las provincias del Sur. Pero esta ya estaba independiente y separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815, como la Republica del Paraguay lo hizo en 1814. (RENCOR ENTRE ARGENTINOS Y ALTO PERUANOS: En Argentina se desdeñaba la agregación de las provincias altas, con la cuales existían desde antiguos odios y rivalidades. Fuera de la intendencia de Santa Cruz de la Sierra, paraguaya de origen, en la cual habían gobernado y luchado en contra de los realistas, jefes argentinos (no existía Argentina). FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICI(N, AÑO 1933, PÁGINA 178). La República de Santa Cruz de la Sierra (1815 -1825) no era argentina, pues estaba independiente y soberana cuando esta república se crea en 1816 y la promulgación del decreto de Arequipa por Bolivia fue efectuado a la fuerza por obligarlo así las circunstancias, sin que el Libertador hubiese tenido nunca la idea de crear la República de Bolivia. (DURÓ SOLO CASI CINCO AÑOS: La guerra de la independencia en Santa Cruz de la Sierra duró casi cinco años y ella fue organizada y dirigida por delegados y jefes argentinos y por patriotas cruceños. Desde los comienzos de la revolución hasta su triunfo definitivo. Argentinos (no existía la Argentina) y cruceños confraternizaron y combatieron juntos en todo momento por el mismo ideal. FUENTE: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1933, PÁGINA 171). La oposición de Bolívar a crear la república del Alto Perú se demuestra, cuando lo declaró un día antes de promulgar el decreto de Arequipa en su carta a Sucre, pero la falta de fortaleza ética del 357


Libertador trajo la consecuencia de anexarse a la república de la nación de los pueblos cambas cruceños, irrespetando el Derecho Público reconocido por el mismo. (BUENAS NOTICIAS PARA LOS ALTO PERUANOS: En este momento acabo de saber que en el Congreso hay buenas opiniones con respecto al Alto Perú, llamo buenas las que se inclinan a no agregarlo al Perú; porque esta es la base de nuestro derecho público. Por lo demás, dicen que se ocupe el país militarmente hasta que se decida su suerte de un modo legal y legítimo. Yo creo que esto es lo que está conforme a la justicia. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR S SUCRE: 21 DE FEBRERO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 64). La nueva asamblea del Collado, Charcas o Alto Perú de 2008 que pretendió ser fundacional desconociendo los derechos constituidos en la República de Bolivia, reitera la agresión contra la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños colonizados. Asamblea y acontecimiento que al destruir la república boliviana, está devolviendo la soberanía pérdida en 1825 a la de Santa Cruz de la Sierra Tupí guaraní y paraguaya de origen, de la misma manera que está restituyendo la soberanía a las naciones quechuas, aimaras y otras andinas que tampoco participaron en la creación de la República Bolívar y hoy, engañosamente les hacen creer que la han recuperado. Las naciones andinas Quechua y Aimara como las tribus orientales de origen Tupí Guaraní, son utilizadas por la oligarquía mestiza y criolla alto peruana disfrazada de indigenista, como pueblos autóctonos a los que engañosamente se pretende hacerlas creer que son artífices de su destino de aquí en adelante, con solo introducir el inventado por las Organizaciones no Gubernamentales en la década del 90 símbolo o bandera del Collasuyo que ha sido bautizada con el nombre de Wiphala en Aimara o Unancha en quechua, como craso acto de discriminación social contra los pueblos cambas cruceños, por parte de la oligarquía mestiza y criolla del Alto Perú o Charcas identificada como comunidad intercultural andina Tahuantinsuyo y además como confirmación colonialista, mantiene una agresión genocida contra la nación de los pueblos cambas cruceños en Bolivia. (DISCRIMINACIÓN: Extranjerismo anglosajón aceptado para indicar desigualdad en el trato racial o de cualquier otra índole. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO TERCERO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 271). La definición de la nueva era como Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, necesita construirse mediante un pacto social o de convivencia real, legítimo y legal interno con apoyo internacional por ser de necesidad fundamental, para la coexistencia entre la nación de los pueblos cambas cruceños que están eliminados como ciertos, diferentes y determinados en la nueva Constitución vigente, transformados como mestizos en componentes de una inventada comunidad intercultural, en la confusa y galimática política colonial de la imperialista metrópoli andina boliviana. El pacto entre Oriente y Occidente debe estar basado en la libre determinación de los pueblos, para conformar un Estado coherente y serio o si se prefiere, dos Estados independientes, como ser el occidental del Collao del Alto Perú o Charcas de influencia quechua y aimara, como también el de la nación de los pueblos cambas cruceños de influencia Tupí Guaraní que fue república colonizada en 1825 por la del Alto Perú República Bolívar. Se puede formar también una confederación entre estas naciones, para estar asociados libremente sin injerencias ni exclusiones, evitándose que las más poderosas esclavicen y comploten contra la existencia de las más débiles que, como hecho sucedió y está demostrado con la agresión pretendiendo eliminar a la nación de los pueblos cruceños en su rama mestiza y criolla por el poder de la metrópoli. La realidad demuestra que se está agrediendo a la rama autóctona de la misma nación de los pueblos cambas cruceños en el Parque Nacional Isiboro Secure, cercado por los denominados movimientos interculturales pese a un arreglo circunstancial de soberanía de los pueblos autóctonos, donde queda pendiente el problema del loteo del territorio a empresas petroleras transnacionales como Petrobras y Pedevesa.

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FUNDAMENTOS HISTÓRICOS QUE DETERMINAN FUIMOS INDEPENDIENTES, PERO NOS ANEXARON DOLOSAMENTE Y NOS COLONIZARON FRAUDULENTAMENTE EN LA REPÚBLICA BOLIVAR La República de Santa Cruz de la Sierra se consolida con su independencia, declarada en su separación de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata a finales de 1815, después de la victoria del ejército patriota cruceño contra el gobernador de Chiquitos en la batalla de Santa Bárbara y de librarse una guerra contra los ejércitos españoles que duró casi cinco años. Los Cambas Cruceños nos consolidamos soberanos desde 1815, de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, batallando por nueve años contra la agresión española primero y alto peruana después, hasta cuando el 14 de febrero de 1825 se expulsa definitivamente a los invasores convertidos ya en componentes del ejército del Alto Perú o Charcas de Pedro Antonio de Olañeta que ocupaban nuestra capital. Así como parte del territorio occidental de la nueva república y todo esto por una fracción del ejército de Pedro Antonio de Olañeta que estaba al mando del brigadier Francisco Javier de Aguilera que luego lo traiciona pasándose a las filas del ejército de Sucre. El Coronel José Manuel Mercado después de la toma de la capital de Santa Cruz de la Sierra por José Manuel Becerra en 1811 se dirigió al Sur arribando a Buenos Aires, donde se incorpora al ejército de la Revolución de Mayo y participa junto a Ignacio Warnes en la expedición Libertadora del Paraguay, luego siguió a este en su breve paso por la Banda Oriental en los comienzos de la ofensiva que culminaría con el sitio de Montevideo en ese mismo año de 1811. El colorado Mercado junto con Warnes estuvo en el ejército del Norte en la segunda expedición auxiliadora al Alto Perú participando de las victorias de Tucumán en septiembre de 1812 y de Salta en febrero de 1813. Retorna a su tierra natal junto al Coronel Ignacio Warnes que había sido designado en 1813 Gobernador de Santa Cruz de la Sierra por el General Manuel Belgrano. Todo esto cuando el grueso del Segundo Ejército Auxiliar del Río de la Plata se retiraba derrotado por los españoles del Alto Perú al mando de Manuel de Goyeneche primo de Pedro Antonio de Olañeta. El General la Pezuela envió a Santa Cruz de la Sierra al Coronel Manuel Joaquín Blanco que la tomó, que asediado por las tropas del ejército patriota cruceño fue obligado a retirarse y enfrentarse a ellas en la Batalla en Florida el 25 de mayo de 1814. Después de esta victoria Ignacio Warnes retornó a Santa Cruz pues los realistas se habían consolidado en Chiquitos, motivo por el que emprendió una expedición en agosto de 1815 donde consolida la derrota española en la batalla de Santa Bárbara en noviembre de 1815, y mientras no volvía de Chiquitos asumió el gobierno santa cruceño el Coronel José Manuel Mercado, en remplazo de Santiago Carrera que había sido designado gobernador por Buenos Aires y muerto en una revuelta contra dicha determinación. El victorioso Warnes retornó de Chiquitos y reasumió el mando como gobernador, declarando la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, en rebeldía de la provincia contra la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y como demostración de esto, no se mando delegados a Tucumán en julio de 1816. Luego los realistas del Alto Perú que habían derrotado a los ejércitos auxiliares de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, enviaron contra el ejército patriota de la nación de los pueblos cambas cruceños a Francisco Javier de Aguilera, originario y oriundo por nacimiento al igual que Manuel Mercado, el cual avanzó hacia Santa Cruz de la Sierra capital y el 21 de noviembre de 1816 se enfrentaron en la batalla del Parí. El colorado Mercado arrolla con la caballería la escuadra enemiga e inició su persecución, mientras la infantería se imponía gradualmente a la realista, pero un disparo derribó el caballo de Warnes que queda con su pierna aprisionada donde fue muerto, produciendo este acontecimiento nefasto para nuestra república la dispersión y la derrota parcial de los patriotas. Muerto Warnes y la ciudad en manos de Aguilera, el colorado Mercado se retiró con los sobrevivientes de la campaña, soldados santa cruceños y querembas o guerreros guaraníes, a Saipurú en el partido de Cordillera desde donde se mantuvo en una 359


constante guerra contra Aguilera entre fines de 1816, y comienzos de 1825 que lo expulsa en la gobernación delegada a su hermano Tomás de la capital de la República de Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero del mismo año. El 14 de febrero de 1825 parte del ejército que mantenía el Brigadier Francisco Xavier de Aguilera, abandona vencido la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, entrando en ella triunfante el Coronel José Manuel Mercado que en la plaza principal, proclama y reafirma la independencia declarada por el Coronel Ignacio Warnes en 1815 siendo designado como su jefe de gobierno, pero en un cabildo posterior se nombra en su remplazo a Juan Manuel Arias. (INFLUENCIA ALTO PERUANA EN HISTORIADORES CAMBAS CRUCEÑOS: La noticia del triunfo patriota en Junín y Ayacucho, llevó a que Mercado tomase Santa Cruz y proclamase la independencia el 14 de febrero de 1825. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: DE CASTEDO PEÑA, PAULA: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 179). La guerra por nuestra independencia fue sostenida y llevada adelante, en primera instancia con la colaboración del Segundo Ejército Auxiliar del Río de la Plata al mando del General Manuel Belgrano como Provincia Unida del Río de la Plata, pues Belgrano después de la batalla de Salta cedió una pequeña fracción de soldados rioplatenses, que acompañando al Coronel Antonio Suárez miembro de la junta de gobierno santa cruceño de 1810, recuperan la capital de la restaurada Intendencia de Santa Cruz de la Sierra al haber sido separada en su gobernación de la ciudad de Cochabamba donde estaba compartida y todo ello por decisión de Manuel de Goyeneche Capitán General y Presidente de la Audiencia del Cuzco. El nuevo avance del Ejército liderado por Manuel Belgrano hizo que el Coronel Antonio Suárez tras la fuga de Becerra el 4 de marzo de 1813, recupere la ciudad de nombre Santa Cruz de la Sierra y asuma el gobierno de la provincia. El 18 de marzo del mismo año y en abril de 1813 los capitanes Clemente Gandarillas, José Manuel Surita y N. Cueto se apoderaron de Valle Grande. El 25 de mayo de 1813 Suárez envió una comunicación a la Asamblea de Buenos Aires que decía. (COMUNICACIÓN A BUENOS AIRES: Soberano Señor: La feliz nueva de hallarse constituida la soberanía de las Provincias Unidas del Río de La Plata en la majestuosa corporación de la Asamblea General que V.: dignamente representa; ha colmado el periodo del más extraordinario júbilo a los habitantes de este pueblo leal, con el reconocimiento, sumisión y juramento que ha prestado, luego que llegaron los impresos dirigidos a este vuestro gobierno y cabildo por el Excmo. Supremo Poder Ejecutivo, celebrándose tan augusto acontecimiento con iluminación por tres días consecutivos, salvas de artillería, repiquetees generales, misa de gracias con te-deum en esta santa catedral, para implorar al verdadero Dios de los ejércitos, derrame sus auxilios y gracias sobre la excelsitud de V.M. directorios a la consolidación de la paz y felicidad de esta parte Norte del Río de La Plata. FUENTE: SALA CAPITULAR DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA). La ciudad de Santa Cruz de la Sierra en marzo de 1813 se encontraba en poder español, manejándose el gobierno por Becerra que la mantenía ocupada por orden del Virrey la Serna y Manuel de Goyeneche, vencedor del Primer Ejército Auxiliar al mando de Castelli y Balcarce en junio de 1811. (CENTRO DE OPERACIONES DE GOYENECHE: Goyeneche había instalado el centro de operaciones de su ejército en el pueblo de Zepita. Se iniciaron negociaciones por ambas partes sin resultado alguno y en junio de 1811 tuvo lugar el enfrentamiento con la victoria de las tropas de Goyeneche. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 323). La emancipación de la nación de los pueblos cambas cruceños del poder colonial español, fue declarada en el cabildo del 24 de septiembre de 1810 y los patriotas de la nación de las llanuras desde ese momento, se mantuvieron en la resistencia contra las permanentes invasiones de los ejércitos españoles primero y luego del Alto Perú independiente de España, posteriormente la resistencia fue contra los enviados por órdenes desde el Cuzco en el virreinato del Perú al mando de la Pezuela y Goyeneche, como contra los enviados por Pedro Antonio de Olañeta que se constituyó en libertador del 360


Alto Perú del poder colonial español en América, en su corto periodo como rebelde desde 1822 y libre desde marzo de 1824 hasta abril de 1825 en que fue muerto traicioneramente. (DESERTORES DEL EJÉRCITO DE PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Igual deserción protagonizaron Carlos Medinaceli, Francisco López y Pedro Arraya, quienes con sendas divisiones se ponen a órdenes de Sucre. Como fieras acorraladas, Olañeta y Barbarucho deambulaban sobre el Altiplano con su reducida, cansada y desmoralizada tropa. FUENTE: LA BATALLA DE TUMUSLA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1993, PÁGINA 187). La invasión de la parte occidental de la República de Santa Cruz de la Sierra por Aguilera, fue cuando estaba declarada independiente de Buenos Aires en 1815, siendo este el motivo para no formar en ningún momento parte de la nueva República Argentina creada el 9 de julio de 1816, como se pretende hacer creer y esta invasión a Santa Cruz de la Sierra se produce mediante el envío Brigadier Francisco de Aguilera, que ocupa la capital después de la victoria obtenida contra los coroneles Warnes y Mercado en la batalla del Parí el 21 de noviembre de 1816 y esta derrota, de todas maneras no abarcó los territorios libres de las provincias o partidos de Chiquitos y Cordillera que fueron lugares, desde donde se resistió las invasiones españolas primero y alto peruanas o de Charcas después. (AGUILERA VENCE A WARNES: Aguilera tenía a su mando dos regimientos españoles, los Taleveranos y Fernandinos. Se enfrentó con Warnes en la batalla del Parí, en las afueras de Santa Cruz. En el enfrentamiento murió Warnes, y su colaborador más cercano José Manuel Mercado, marchó hacia cordillera con las tropas patriotas. FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: DE CASTEDO PEÑA, PAULA: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 178). Los españoles del ex virreinato del Perú y los criollos, ya convertidos en territorio y pueblos alto peruanos rebeldes y separados del poder colonial, se mantuvieron en permanente guerra de invasión desde 1822 hasta 1825 contra la emancipada e independiente República de Santa Cruz de la Sierra, al constituirse El Alto Perú en territorio rebelde primero y luego libre e independiente del Virreinato del Perú, como del Cuzco y consecuentemente de España cuando se produjo la rebelión de Pedro Antonio de Olañeta. La independencia del Alto Perú es consolidada en su separación del poder virreinal de Lima, ya asentado en el Cuzco con sus cuatro intendencias en 1824, teniéndose entre ellas a las provincias Altas del Río de la Plata argentinas de Cochabamba, Potosí y La Paz desde 1816. Hecho independentista que transforma a la fracción del ejército español al mando de Francisco Javier de Aguilera desde ese momento en ejército alto peruano, por haberse aliado a Pedro Antonio de Olañeta al separarse del ejército colonial que ya se encontraba al mando del General de Canterac. El cambio de agresores españoles en alto peruanos a la libre y soberana e independiente República de Santa Cruz de la Sierra, se prueba por el tratado del 9 marzo de 1824 en la localidad de Tarapaya entre el Coronel Pedro Antonio de Olañeta con el enviado del Virrey la Serna de nombre Jerónimo Valdés, liberando del virreinato peruano y del poder colonial de España a las cuatro provincias altas o Alto Perú y el territorio de Tarapacá, como hecho histórico con reconocimiento en la capitulación de Ayacucho que no hace referencia a estos territorios en los Andes. (CAPITULACIÓN DE AYACUCHO: 1º El territorio que guarnecen las tropas españolas en el Perú, será entregado a las armas del Ejército Unido Libertador hasta el desaguadero, con los parques, maestranzas y todos los almacenes militares existentes. FUENTE: ACTA DE CAPITULACIÓN DE AYACUCHO: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 39). El objetivo de haber liberado los territorios coloniales alto peruanos de España, fue violado por Antonio José de Sucre y Simón Bolívar con la invasión del Alto Perú, en poder de Pedro Antonio de Olañeta que estaba libre y separado, cuando se pasa al otro lado del río Desaguadero una vez terminada la campaña libertaria por Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. (VALIENTE MILITAR: Pedro Antonio de Olañeta se mostraba en su vida de campaña como militar empecinado. El virrey envía a 361


Jerónimo Valdez para controlar la rebelión, pero ante el avance de las tropas de Bolívar, próximo ya de los campos de Junín, Valdez tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá, en marzo de 1824) para retornar al lado del virrey La Serna. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 343). La fracción del ejército del Alto Perú que mantenía ocupada la capital y la parte occidental, fue expulsada de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero de 1825 hacia la fortaleza que mantenía el jefe ya alto peruano Aguilera en la provincia de Valle Grande, en un acontecimiento sucedido casi dos meses antes de la traicionera muerte del emancipador del Alto Perú el 1º de abril de 1825.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS EN BASE AL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO, SOBRE EL DERECHO A LA DESCOLONIZACIÓN Y LA EMANCIPACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS El derecho a la emancipación de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada con dolo y fraude en 1825, viene por el hecho de haber sido colonizada y transformada en Departamento en 1826, por la coacción que significó la amenaza del uso de la fuerza militar por parte del ejército colombiano al mando del General Antonio José de Sucre. Violando este acontecimiento consumado el Orden Internacional de Derecho Público, dentro de toda norma imperativa de derecho general o ius cogens. (NO SE DISPARÓ UN SOLO TIRO EN EL ALTO PERÚ: En abril de ese año muere Pedro Antonio de Olañeta en Tumusla, víctima del motín del regimiento de Chichenos que estaba comandado por Carlos Medinaceli. Este hecho facilitó la penetración de las tropas colombianas a todo el Alto Perú, sin que se disparase un solo tiro. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 344). El acto efectuado por lo foráneos Bolívar y Sucre apoyados por los personajes de comportamiento dos caras alto peruanos o de Charcas, sin respetarse en ningún momento la independencia y soberanía de la nación de los pueblos cambas cruceños, consolidada con la expulsión de los ejércitos invasores del Alto Perú el 14 de febrero de 1825, se constituye en un hecho perverso por no haberse cumplido por parte de Simón Bolívar y su lugarteniente Antonio José de Sucre comandantes de los ejércitos invasores colombianos de Charcas, las obligaciones que devinieron del convenio acordado con los argentinos Alvear y Días Vélez en Potosí. La agresión contra los cambas cruceños se constituye en incalificable, por estar involucrando dolosamente y en forma definitiva a la República de Santa Cruz de la Sierra, dentro de una ley que no la incluía en absoluto y la anexa dolosa y coloniza fraudulentamente, con la interpretación histórica respecto a Santa Cruz de la Sierra que estaba separada de España en 1810, como también de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires desde 1815 y nunca formó parte de la República Argentina creada el 9 de julio de 1816 en Tucumán. La acometida se ejecuta cuando se nos conceptúa fraudulentamente, en el supuesto de ser parte de las ocho provincias que originalmente fueron la base para la creación de la República Argentina y estar dentro de las cuatro Provincias Altas del Río de la Plata o Alto Perú, a las cuales se les permitió por Buenos Aires acceder a su independencia, por el hecho de ser argentinas que enviaron delegados a Tucumán en 1816. El 5 de agosto de 1783 el rey hizo en San Ildefonso modificaciones a la Real Ordenanza de 1782 entre ellas, una que restablece los gobiernos de Moxos y Chiquitos y otra por la cual se une la ciudad de Cochabamba con la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, lo cual debe entenderse solo en su gobernación administrativa en la ciudad y no así en la Intendencia de Cochabamba, a causa de asentarse el gobierno de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra en esa ciudad que se hizo efectiva en 1784. Lo que dolosamente olvidan los historiadores argentinos, alto peruanos y orientales cambas 362


cruceños, es que el gobierno de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra fue separado definitivamente de Cochabamba en 1811, por instrucciones de Manuel de Goyeneche en su administración militar del Virreinato del Perú, o sea 14 años antes de la creación de la República Bolívar en 1825. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA, MOJOS Y CHIQUITOS: Durante la guerra de la independencia, Santa Cruz de la Sierra osciló entre los gobiernos patriotas (1810-11, 1813-16) y los gobiernos realistas (1811-13; 1816-25). Fueron los realistas, bajo las órdenes de Goyeneche, quienes restituyeron su antiguo estatus de capital de gobernación… Desmembrándose de Cochabamba y manteniendo en su territorio los gobiernos militares de Mojos y Chiquitos. FUENTE: MOLINA CIT. EN PEÑA 2003:41). La barbaridad, el fraude y el dolo histórico contra la nación de los pueblos cambas cruceños están demostrados, por lo contemplado en la jurisdicción territorial de Virreinato del Río de la Plata que, al momento de la denominada Revolución de Mayo de 1810 estaba constituido por 9 provincias y tenemos entre estas. 1.- La Provincia de Buenos Aires 2.- La Provincia del Paraguay 3.- La Provincia de Córdoba del Tucumán 4.- La Provincia de Salta del Tucumán 5.- La Provincia de Potosí 6.- La Provincia de Charcas 7.- La Provincia de la Paz 8.- La Provincia de Cochabamba 9.- La Provincia de Santa Cruz de la Sierra con Mojos y Chiquitos Lo descrito aclara que la República de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue Intendencia creada por la Real Ordenanza de Intendentes de Ejército y Provincia del 28 de enero de 1782, la que estaba dividiendo el Virreinato del Río de la Plata en ocho intendencias oficiales y contempla, que la de Santa Cruz de la Sierra fue formada en base a la gobernación del mismo nombre y como intendencia, fue separada de Cochabamba desde 1811, La Provincia de Santa Cruz de la Sierra al no integrarse a la República Argentina el 9 de julio de 1816, no podía estar contemplada en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por el Congreso de Buenos Aires, pues se separa de él a causa de su rebeldía, con su independencia declarada contra la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y efectivizada a fines de 1815. (VOLUNTAD REAL: Art. 1º A fin de que mi real voluntad tenga su pronto y debido efecto, mando dividir por ahora en ocho Intendentes el distrito de aquel Virreinato, y que en lo sucesivo se entienda por una sola Provincia el territorio o demarcación de cada intendencia con el nombre de la ciudad o villa que hubiese de ser su capital, y que habrá que residir el Intendente quedando las que en la actualidad se titulan provincia con la denominación de partidos y conservando estos el nombre que tienen aquellas. Será una de dichas Intendencias la General del Ejército y Provincia que ya se halla establecida en la capital de Buenos Aires y su distrito privativo será todo el de aquel Obispado. Las siete restantes, que han de crearse, serán solo de Provincia; y se habrá de establecer (…) otra en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que será comprensiva del territorio de su Obispado; (…). Y las expresadas demarcaciones se especificarán respectivamente en los títulos que se expidieren a los nuevos Intendentes que Yo elija, pues me reservo nombrar siempre y por el tiempo de mi voluntad para estos empleos personas de acreditado celo, honor, integridad y conducta. FUENTE: REAL ORDENANZA DE INTENDENTES DE EJÉRCITO Y PROVINCIA DEL 28 DE ENERO DE 1782). La integración con su gobernación de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra con la ciudad de Cochabamba, fue por consecuencia de su condición de clima y salubridad no benigno para el curato que se asentó en Mizque, (SANTA CRUZ DE LA SIERRA ERA PEQUEÑA Y NO SANA: III. Atendiendo a lo poco sana que es la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra; y a las ventajosas circunstancias que en esta parte y otras no menos recomendables, concurren en la Villa Capital de Cochabamba y la hacen preferible para establecer en ella la Intendencia que por el artículo 1º de la ya 363


citada Ordenanza se mandó erigir en la ciudad de Santa Cruz, quiero y es mi voluntad que así se ejecute, y que consiguientemente sea la anunciada Villa la Capital de aquel Gobierno o Intendencia: cuyo distrito se ha de componer del que es propio del actual Gobierno de Santa Cruz, y del que corresponde a la referida Villa, el cual por consecuencia se ha de desmembrar del que por el mismo Artículo 1º se señaló a la Intendencia y Provincia de la Plata. FUENTE: MODIFICACIONES A LA REAL ORDENANZA DE 1872: SAN IDELFONSO 5 DE AGOSTO DE 1783). La restauración y separación con la Intendencia de Cochabamba, se produjo como consecuencia de la revolución de Mayo en Buenos Aires, cuando en agosto de 1810 el capellán José Andrés de Salvatierra lideró un movimiento en el Fuerte de Membiray en Cordillera cerca de la actual Camiri, siendo este el motivo que llevó el 24 de septiembre de 1810 a tomarse la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en un cabildo abierto que depuso al subdelegado Pedro José Toledo Pimentel formando la Junta Provisoria liderada por Antonio Vicente Seoane, el Coronel Antonio Suárez, José Andrés de Salvatierra, Juan Manuel Lemoine y el enviado de la primera Junta de Buenos Aires Eustaquio Moldes. La Junta fue disuelta y Seoane nombrado subdelegado de Santa Cruz de la Sierra, pocas semanas después por el intendente Francisco del Rivero de Cochabamba, luego de la derrota del Primer Ejército Auxiliar del Río de la plata en la Batalla de Guaqui el 20 de junio de 1811 y que el teniente coronel realista José Miguel Becerra se levante y restaure el gobierno español en Santa Cruz de la Sierra, siendo nombrado por Manuel de Goyeneche Gobernador Intendente de la restaurada Santa Cruz de la Sierra, separada por este motivo de la jurisdicción de gobierno en la ciudad de Cochabamba cuando se retoma la capital cruceña entre agosto y septiembre de 1811. Lo narrado por los historiadores demuestra que la República de Santa Cruz de la Sierra contaba y cuenta con derechos históricos, como también jurídicos sólidos y reales para acreditar su independencia proclamada de España en 1810 y de la confederación de las Provincia Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires a finales desde 1815. Además de la independencia del gobierno del Alto Perú al expulsar de su territorio el ejército de Aguilera que estaba bajo el mando del General Pedro Antonio de Olañeta en 1825. Por lo tanto nos encontrábamos definitivamente independientes al estar la República de la nación de los pueblos cambas cruceños, excluida y fuera del mandato expedido en el Congreso de Buenos Aires mediante la ley del 9 de mayo de 1825. La legación de Buenos Aires entregó a Sucre la Ley del 9 de mayo de 1825 y la deplorable actitud de la oligarquía de la metrópoli alto peruana o de Charcas, trajo como resultado la anexión dolosa, fraudulenta y consecuentemente la colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra y sus territorios en la República Bolívar. Hecho ejecutado en complicidad con Antonio José de Sucre y Simón Bolívar a pesar de ser una nación diferente étnica y geográfica con la andina del Alto Perú y Charcas, pues la nación de los pueblos cambas cruceños enmarcada dentro de los límites de las provincias de Mojos, Chiquitos y la gobernación de Santa Cruz de la Sierra con Valle Grande y Cordillera estaba completamente separada de la Intendencia de Cochabamba con sus cinco provincias o partidos. La separación de las gobernaciones de Santa Cruz de la Sierra y Cochabamba, se efectúo por decisión del nombrado Capitán General y Presidente de la Real Audiencia del Cuzco José Manuel de Goyeneche en 1811, pues la Intendencia o Provincia de Santa Cruz de la Sierra por derecho pertenecía al Virreinato del Río de la Plata, de hecho a los componentes de la nación de los mismos pueblos cambas cruceños que consiguieron formar un Estado aparte y emancipado de España el 24 de septiembre de 1810. Además lo efectivizaron a finales de 1815 al separarse de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, por acción de rebeldía contra Rondeau y el gobierno de Buenos Aires a cargo de Ignacio Álvarez Thomas. La nación de los pueblos cambas cruceños no formaron parte de la República Argentina creada en Tucumán el 9 de Julio de 1816, por lo que el dolo de nuestra anexión fraudulenta en la República Bolívar, viene cuando se intenciona nuestra incorporación como si nos hubiéramos adherido voluntariamente a la nueva República, manejándose el dolo y el fraude de conceptuar a la provincia de Charcas como si fuera la desaparecida audiencia del mismo nombre por decisión de Buenos Aires en 364


1813 y a la cual dependíamos, sólo jurídicamente y no administrativamente desde la creación del Virreinato de la Plata en 1776. La provincia rebelde del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra consolida su independencia como república en 1815, y su libertad territorial la completa el 14 de febrero de 1825 con confirmación en el Cabildo del 15 del mismo mes y año. Además nunca perteneció al Perú geográfica, étnica e históricamente y en consecuencia al Alto Perú, pues la nación de los pueblos cambas cruceños de origen Tupí guaraní, está formada en lo que comprenden los llanos amazónicos, los rioplatenses y la cordillera de los Chiriguanos. Territorio que desde tiempos inmemoriales sirvió de límite natural con el Imperio incaico, pero pese a ello fuimos colonizados mediante la anexión dolosa y fraudulenta, más el vicio del embuste manejado en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, integrándonos de esta manera en la imperial y colonizadora metrópoli República Bolívar creada por medio de la ley del 11 de agosto de 1825 que no nos toma en cuenta. (RECONOCIMIENTO A BOLÍVAR Y SUCRE QUE OLVIDA A LOS HÉROES CAMBAS CRUCEÑOS: El día 10 de agosto, después de firmada el Acta de Independencia, el congreso aprobó una ley de reconocimiento a los generales Bolívar y Sucre. En homenaje al Libertador, el nuevo Estado llevaría el nombre de República Bolívar y su capital (hasta entonces llamada La plata) recibiría el nombre de Sucre. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 351). La anexión dolosa, fraudulenta y la colonización de Santa Cruz de la Sierra es una acción contraria a todo precepto de Orden Internacional de Derecho Público reconocido por el mismo Simón Bolívar, porque este hecho resistido al principio por el Libertador que luego cede, por la corrupta y prebendal oferta de ponerle su apellido a la República del Alto Perú, se hizo con el quebrantamiento de nuestra soberanía como pueblo libre e independiente desde 1815 hasta agosto de 1825, porque los ejércitos colombianos y peruanos en ningún momento nos ayudaron y tuvieron injerencia alguna en la lucha por nuestra independencia La independencia de la nación y patria de los pueblos cambas cruceños fue conseguida por el esfuerzo propio de los patriotas de los llanos rioplatenses, amazónicos y de la cordillera de los Chiriguanos, pero su conculcación fue llevada adelante mediante el fraude y la coacción que significó la amenaza del uso de la fuerza militar, a ser ejecutada por parte del invasor y foráneo ejército colombiano que ocupaba el Alto Perú. Ejército manejado por el mismo Libertador y su segundo Antonio José de Sucre, apoyado por una oligarquía de comportamiento dos caras, corrupta y traicionera que dominaba la Provincia de los Charcas que antiguamente comprendía los territorios de Chuquisaca, Potosí, Cochabamba y La Paz. La Provincia de Charcas o de los Charcas fue un territorio integrante del Imperio Español dentro del Virreinato del Perú hasta que en 1776 se creó el Virreinato del Río de la Plata, correspondiendo a ella los corregimientos situados en el Altiplano y los Valles aledaños en la cordillera de los Andes que como Alto Perú formaron parte del distrito jurisdiccional de la Real Audiencia de Charcas. Los territorios de Charcas permanecían bajo el gobierno directo del virrey del Perú y luego del virreinato de Buenos Aires con la implantación del régimen de intendencias en 1782 y en el año 1578, la antigua provincia de los Charcas comprendía los siguientes corregimientos: 1.- Corregimiento de españoles de Ciudad de la Plata y de la Villa Imperial de Potosí. 2.- Corregimiento de españoles de la Villa de Santiago de Tomina. 3.- Corregimiento de españoles de la Villa de San Bernardo de Tarija. 4.- Corregimiento de indios de Porco. 5.- Corregimiento de indios de Mizque y Pocona. 6.- Corregimiento de indios de los Yamparáez y Villa verde. 7.- Corregimiento de indios de la Provincia de Chayanta. 8.- Corregimiento de indios de Paria. 9.- Corregimiento de españoles de la Villa de Oropeza del Valle de Cochabamba. 10.- Corregimiento de indios de Atacama y los Lípez y Condes. 365


11.- Corregimiento de indios Carangas. 12.- Corregimiento de españoles de la Ciudad de La Paz, del cual eran sufragáneos los corregimientos: 12.1.- Corregimiento de indios de Caracollo o Sica- Sica. 12.2.- Corregimiento de indios de las Yungas y Provincia de Larecaja. 12.3.- Corregimiento de indios de Paucar Colla o Puno. 12.4.- Corregimiento de indios de los Pacajes o Berenguela. 12.5.- Corregimiento de Llacxa de la Provincia de Omasuyo. 13.- Gobierno de Chucuito (encomienda personal del rey). 14.- Corregimiento de españoles de la Ciudad del Cuzco (no era parte de la provincia), del cual eran sufragáneos los corregimientos: 14.1.- Corregimiento de indios de Urcosuyo en el Collao o Cabana y Cabanillas o Lampa. 14.2.- Corregimiento de indios de Collasuyo en la Provincia del Collao o Asillo y Azángaro. 14.3.- Corregimiento de indios de Carabaya. Luego posteriormente se produjeron cambios entre los corregimientos: 1.- Yungas y Larecaja fueron separados. 2.- Atacama y Lípez fueron separados. 3.- San Felipe de Austria de Oruro fue separado de Paria en 1612. 4.- Pilaya y Paspaya o Cinti separado de Tarija y Chichas. 5.- Aomabamba separado y reunido con Tomina en 1773. 6.- Apolobamba creado y luego reunido con Larecaja en 1773. 7.- Yamparáez fue unido con la ciudad de la Plata separada de Potosí en 1773. 8.- Chulumani separado de Sica-Sica. La situación que resulto en nuestra dolosa y fraudulenta anexión, fue contraria a los postulados de respeto al derecho internacional reconocido por Bolívar y como hecho es causa de nulidad absoluta, por ser ejecutado bajo el uso de la fuerza y además violentando el convenio de respetar la situación argentina de Tarija como provincia de Buenos Aires. (SE ENTREGA OFICIALMENTE LA LEY DEL 9 DE MAYO DE 1825: Mientras tanto la legación argentina encabezada por el General Carlos María de Alvear e integrada por José miguel Vélez y Domingo de Oro se encontraba en Potosí y había sido destacada con la finalidad de congratular a Simón Bolívar por la batalla de Junín, hacerle conocer oficialmente la ley de 9 de mayo de 1825 y pedirle la entrega de Tarija, planteamiento que fue aceptado por el padre de la Patria. FUENTE: LA INCORPORACIÓN DE TARIJA: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: TRIGO O´CONNOR D´ARLACH: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 195). La ciudad de Tarija se ocupó militarmente el 30 de septiembre de 1825 por el ejército colombiano y supuestamente ya boliviano según el Art. 18 de la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825, como también se anexo dolosa y fraudulentamente a una república independiente y soberana como la nuestra. (CIUDADANO BOLIVIANO: Todo hombre que hubiese combatido por la libertad en los campos de Junín y Ayacucho, se reputará natural y ciudadano de la república Bolívar. FUENTE: ART. 18: LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR: 11 DE AGOSTO DE 1825). La tramposa acción que significo la anexión dolosa y colonización fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños se ejecuto con el apoyo del ejército colombiano de invasión supuestamente boliviano. Además la asimilación militar de la República de Santa Cruz de la Sierra por Antonio José de Sucre, se consolida cuando nos incorpora como departamento en el Decreto del 23 de enero de 1826 y esta coacción es efectiva mediante un acto de dominio ejercido con el pretexto de recuperar la Provincia de Chiquitos del Imperio portugués, para de ésta manera incluirnos en la República Bolívar mediante el Decreto del 23 de enero de 1826, cuando Sucre era sólo jefe supremo del ejército colombiano acantonado en la República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia. (SUCRE 366


RECUPERÓ CHIQUITOS: Pese a que las tropas brasileras ya habían invadido la provincia boliviana de Chiquitos, la que se recuperó en el gobierno de Sucre. FUENTE: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 353). El Mariscal Antonio José de Sucre no fungía como Presidente de la República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, cuando nos integra como departamento en su Decreto del 23 de enero de 1826, pues solamente era comandante del ejército de ocupación y representante de su jefe Simón Bolívar, faltándose de esta manera por los libertadores a la ética y a los postulados del decreto del 9 de febrero de 1825, pues no se contaba por parte de Antonio José de Sucre con poder legítimo para dictar decretos y leyes en la nueva república al ejercer el mando en representación, conduciéndola como república democrática ilegalmente por valerse del ejército a su mando, dentro del encargo del engañado Presiente vitalicio de la República Bolívar y Presidente – Dictador del Perú Simón Bolívar. (DECRETO QUE NOS COLONIZA A LOS CAMBAS CRUCEÑOS: General en jefe del Ejército Libertador y encargado del mando de estos departamentos: 1º Que gran parte de los males que sufren los pueblos, en su gobierno y administración, depende de la irregularidad, con que está dividida el territorio: 2º Que la división exacta del total del cuerpo legislativo sin embargo de lo cual, debe el gobierno remediar aquellos males, interinamente se hace la nueva demarcación; oída la diputación permanente: Art. 1º Mientras se hace la división Constitucional del territorio, continuará el que actualmente tiene en cinco departamentos; a saber: Chuquisaca, Potosí, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. FUENTE: DECRETO DEL 23 DE ENERO DE 1826: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE). La situación de abuso militar ejercida por la inclusión del territorio de la soberana e independiente República de la nación de los pueblos cambas cruceños, es suficiente motivo en Derecho Internacional Público para reconocer que no nacimos, pero sí nos integraron dolosa, forzosa e ilegítimamente dentro de esta república foránea, negándosenos el derecho a ejercer y ejecutar nuestra legítima obligación de practicar la libre determinación de los pueblos como nación independiente y soberana que éramos. (LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS: El derecho a la libre determinación de los pueblos es un principio fundamental del derecho internacional. Está consagrado en el Artículo 1º de la Carta de las Naciones Unidas. El Artículo 1º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y culturales y el Artículo 1º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como en otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos. El Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos estipula, los derechos de los pueblos a la libre determinación, además del derecho de las minorías étnicas, religiosas o lingüísticas al disfrute de su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a utilizar su propio idioma. FUENTE: DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN: RESOLUCIÓN DEL 23/08/96: RECOMENDACIÓN GENERAL). La violación del Derecho Público Internacional cometido con la agresión contra la soberanía de la República de Santa Cruz de la Sierra, o nación de la cordillera de los Chiriguanos y las llanuras rioplatenses y amazónicas, contiene nulidades relativas y absolutas como consecuencia de la ilegítima anexión y colonización que nos llevó al cautiverio pese a ser independiente y emancipada desde 1810, 1815 y 1825 respectivamente, violándose el Derecho Internacional Público vigente, pues el hecho de la liberación e independencia de Santa Cruz de la Sierra está confirmada y concretada, pero fuimos incorporados y anexados fraudulentamente en la asamblea de Chuquisaca 1825, como la nación y sociedad de los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar, bajo la amenaza del uso de la fuerza militar ejercida por el ejército de ocupación al Alto Perú, al mando de Antonio José de Sucre, con 8.000 efectivos que fueron expulsados de Bolivia con su comandante en 1828. (REVUELTA Y EXPULSIÓN DE SUCRE: La elección que hizo Sucre de sus colaboradores le trajo, a la larga, resentimiento de los nacionales, pues estos consideraban que se los subestimaba. Este hecho, las radicales reformas en materia religiosa y de enseñanza y la carga que significaba sostener económicamente a un ejército colombiano de 8000 hombres, hizo que en 1828 estallara el motín de abril. FUENTE: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: GOBIERNO DEL MARISCAL SUCRE (1826367


1828): HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 356). La agresión contra la independencia de una nación y pueblo soberano como es el de los cambas cruceños, constituye un delito de Lesa Libertad Internacional, al permitirse nuestra anexión fraudulenta dentro del cautiverio como nación débil y abandonada por nuestros tradicionales hermanos identificados en raza y cultura, ante el temor y la falta de fuerza espiritual de estos allegados del Río de la Plata transformados en las Repúblicas de Argentina y el Paraguay que no hicieron algo al respecto, pese a la violación del derecho consuetudinario adquirido como pueblos de un mismo origen que somos y venidos por los territorios del Río de la Plata y el río Paraguay. La anexión dolosa, forzosa y fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra o nación de las Llanuras de los pueblos cambas cruceños, como colonia en la República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia contiene nulidades absolutas, porque aparte de la coacción se atropelló toda norma imperativa o Ius Cogens como se estipula en Derecho Internacional Público. (NULIDAD ABSOLUTA: Son causales de nulidad absoluta: La coacción sobre el representante de un Estado, la coacción sobre un Estado por la amenaza o el uso de la fuerza y la violación de una norma imperativa de Derecho internacional General. FUENTE: CAUSALES DE NULIDAD: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN, AÑO 1993, PÁGINA 84).

LAS NULIDADES RELATIVAS VIENEN POR LA VIOLACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL GENERAL Las nulidades relativas cometidas con la anexión fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar, están constituidas por todas aquellas que no son violaciones a normas imperativas o ius cogens y están formando un cúmulo de trasgresiones que pueden ser saneadas, si es que la parte afectada en este caso los cambas cruceños las alega, después de haber tomado conocimiento de los hechos históricos que las constituyeron y que en este análisis se las hace conocer a nivel local, nacional e internacional. El caso de anexión y colonización de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños contiene el dolo y fraude histórico que como agresión, tenemos la obligación de alegarlo ante los organismos internacionales de derecho público, fortalecidos con el despertar que se está produciendo sobre el conocimiento de nuestra verdadera identidad y cultura histórica, por haber sido anexados dolosa y fraudulentamente en la República Bolívar. Elemento consentido válido por la ignorancia de nuestros intelectuales sobre el momento histórico que nos tocó vivir, consintiendo la agresión que viene del ejercicio de la coacción que significo la amenaza del poderío militar colombiano, contra los Estados americanos recién creados en esta parte rioplatense y amazónica del Sur del continente y entre estas nulidades relativas tenemos: 1º. Falta de capacidad de los representantes: La primera causa de nulidad relativa cometida contra los derechos de la nación de los pueblos cambas cruceños, consistió en la falta de capacidad de los representantes Vicente Seoane y Vicente Caballero, porque las provincias de Mojos, Chiquitos y Cordillera no los nombraron y además no estuvieron físicamente en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo. Principalmente en la sesión definitoria sobre la independencia del Alto Perú del 28 de julio de 1825 en sus cuatro provincias según Buenos Aires o departamentos por determinación de Antonio José de Sucre que son Cochabamba, Potosí, Chuquisaca y La Paz. Los apócrifos representantes de la República de Santa Cruz de la Sierra Vicente Seoane y Vicente Caballero sin presencia física y jurídica, estaban incapacitados para incluir a los partidos de Cordillera, Mojos y Chiquitos en la República Bolívar. Además del de Santa Cruz de la Sierra y Valle Grande por no contar con el consentimiento legítimo de su pueblo en sus cinco partidos, como representación para la asamblea de Oruro y no para La Plata de la Nueva Toledo. En que la falta de capacidad del representante que se denuncia está agravada, porque los dos delegados apócrifos se atrevieron a involucrar a Mojos, 368


Chiquitos y Cordillera en la ilegal e ilegítima adhesión sin tener poder para ello, firmando una de las actas de la independencia pese a que no estuvieron presentes, e incumpliéndose además el mandato de la Sala Capitular Cruceña para la asamblea de Oruro. (RECONOCIERON A DOS DELEGADOS PARA ORURO QUE LLEGARON TARDE: No se realizó ninguna asamblea para designar nuevos delegados al Congreso de Chuquisaca; pero en esta ciudad los representantes alto peruanos, a efecto de incluir dentro de la nueva república también a Santa Cruz de la Sierra, reconocieron como representantes de este distrito al Doctor Antonio Vicente Seoane, y como representante de Valle Grande, al Dr. Vicente Caballero. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 182). Los ilegítimos representantes Seoane y Caballero también tuvieron falta de capacidad y violaron el mandato recibido, por no haber cumplido con el tratamiento de los 21 puntos que les fueron encomendados en la Carta Capitular de abril de 1825, cuyo mandato no era para apersonarse a la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca o provincia de los Charcas en julio de 1825, sino para la asamblea en Oruro de abril del mismo año. La ilegalidad histórica y el fraude fueron constituidos por estos incompetentes representantes de Santa Cruz de la Sierra (Cercado) y Valle Grande, pertenecientes al club patriótico como parte de la logia masónica Huaukes que significa hermanos en aimara, por presentarse en un lugar diferente al de su mandato y totalmente fuera del tiempo reglamentario como se tiene demostrado. Por lo tanto los actos de Vicente Seoane del 6 de agosto de 1825 y de Vicente Caballero del 9 del mismo mes y año por su falta de legitimidad y legalidad son nulos de pleno derecho internacional. La apócrifa actitud de Seoane y Caballero dejó sin opción alguna poder cumplirse con el mandato recibido en la carta capitular, al estar determinado como suficiente discusión el tema de la independencia del Alto Perú, viciandose con este acto espurio la representatividad que compromete fraudulentamente a la República de Santa Cruz de la Sierra que no había tenido tiempo de enviar diputados para la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, hoy ciudad de Sucre en la Provincia de Chuquisaca o también Sucre, por haber llegado tarde a la invitación de dicha asamblea, cuya capital y provincia sufre el cambio de nombre por el Art. 13 de la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825. Los Partidos de Mojos y Chiquitos que dependían militarmente de la República de Santa Cruz de la Sierra y comprendía también los de Santa Cruz, Valle Grande y Cordillera en conjunto componían la soberana e independizada República de la nación de los pueblos cambas cruceños, por la separación de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. Porque la Republica de la nación de los pueblos cambas cruceños no era integrante de la República Argentina creada el 9 de Julio de 1816 en Tucumán. Probado como hecho cierto no haberse asistido a dicha Asamblea Constituyente Argentina a pesar de que en 1813 se envío dos diputados a Buenos Aires, con el representante de la Junta de Gobierno de 1810 Coronel Antonio Suárez y el agregado del gobierno de 1813 Don Pedro Damián Urtubey, pues ya desde 1815 estábamos separados e independientes. (FALSA Y DOLOSA ANEXIÓN: La anexión de Chiquitos a Bolivia, es en definitiva aun más falsa que la de Santa Cruz de la de Sierra. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 184). La falta de capacidad intelectual sobre nuestra historia de los representantes de la República de Santa Cruz de la Sierra para reconocernos diferentes, fue la causa por la que no se defendiera nuestra condición de independencia al estar ya separados de la confederación de las Provincias Unidas del Rió de la Plata con su gobierno en Buenos Aires desde 1815. Lo que motiva no ser integrante de la República Argentina en 1816 como lo fueron los chuquisaqueños, los potosinos, los cochabambinos y los paceños de identificación peruana, lo que demuestra que no se estaba incluido en la ley del 9 de mayo de 1825, pero la ignorancia de nuestros intelectuales de la época, llevó a que se aceptara la coaccionada e irregular situación, ejecutada por el poder militar amenazante que significaba el ejército de invasión al Alto Perú 369


comandado por Antonio José de Sucre. Los ilegítimos representantes de la nación de los pueblos cambas cruceños en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, celebrada en la Intendencia de Chuquisaca o Charcas, como Vicente Seoane y Vicente Caballero que no estuvieron presentes en las deliberaciones, se comportaron como venales y corruptos al aceptar apócrifamente las tres actas de la independencia del Alto Perú fuera de todo procedimiento normal, como legal con relación a nuestra anexión dolosa en la República Bolívar. El acta resultante de la sesión del 28 de julio de 1825 en sus tres ejemplares y con distintas fechas fue efectuada después de definir y determinar la independencia del Alto Perú como suficiente discusión en la misma fecha. Constituyendo este hecho un acto determinativamente fraudulento para la nación de los pueblos cambas cruceños, por ser manejado bajo la influencia de los dirigentes de proceder dos caras de una rama de la logia masónica de los Huaukes. Todo ello en la asamblea de los cuatro pueblos conocidos como Alto Perú, y distorsionando totalmente la verdad histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños que no estuvieron representados en las deliberaciones. La creación de la República Bolívar estaba contradiciendo el Decreto de mayo de 1825 de Arequipa promulgado por el Libertador del Perú, el cual los historiadores alto peruanos tergiversan dentro de la verdad histórica de la nación de los pueblos cambas cruceños con incluirnos en la provincia de Cochabamba. Situación aclarada en el Decreto del 9 de febrero de 1825 que demuestra ser totalmente separados, porque además Sucre en su Art. 10 nos califica como departamento distinto (CINCO DIPUTADOS Y NO DOS PARA ORURO O CHUQUISACA: El departamento de Santa Cruz tendrá un Diputado por cada uno de los Partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 60) dentro del reconocimiento tácito de ser negados diferentes en su determinación de incluirnos en la República Bolívar sí o sí e ilegítimamente. (FALSEDAD HISTÓRICA CAMBA CRUCEÑA POR HISTORIADORES ALTO PERUANOS: Los cinco departamentos de la nueva república asumían la jurisdicción de la Audiencia de Charcas la cual estaba constituida por las intendencias de La Paz, Potosí (con el Litoral) Chuquisaca y Cochabamba; en Cochabamba estaba incluida Santa Cruz. Además de estas cuatro intendencias dependían de la audiencia de Charcas, las gobernaciones de Moxos y Chiquitos. FUENTE: LOS GOBIERNOS DE BOLÍVAR Y SUCRE: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 352). 2º. Error histórico: La segunda causa de Nulidad Relativa se crea por el error histórico y la desorientación interesada, causada por los publicitas o historiadores tanto alto peruanos, argentinos y cambas cruceños de tendencias peruanas que embrollaron la historia de nuestros pueblos, involucrándonos dentro de una supuesta integración con los del Collao alto peruano y charqueño pese a que definitivamente somos diferentes. Los intelectuales interesados enredan a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, por falta de capacidad de conocer la identidad y la cultura histórica Camba Cruceña, para consentir considerarnos ser parte territorial del Alto Perú, afirmando que entre 1810 a 1825 habíamos retornado al poder colonial manejado desde el Virreinato de Lima que desde 1821 se manejo desde el Cuzco, tal como sucedió con las intendencias de Chuquisaca, Potosí, Cochabamba y La Paz. El error interesado de considerarnos que como nación de los pueblos cambas cruceños éramos en 1825 pertenecientes a la desaparecida audiencia de Charcas, definitivamente abolida y extinguida como Tribunal Supremo de Justicia por el Gobierno de la Junta Constitutiva de Buenos Aires en 1813, o sea 12 años antes de la creación de la República Bolívar fortaleció el equívoco fraudulento histórico montado y tergiversado (SOLO ERAN COCHABAMBA, LA PAZ, POTOSÍ, CHUQUISACA Y NO SANTA CRUZ: La audiencia de Charcas constaba de cuatro intendencias: la de La Paz, la de Santa Cruz, (falsedad manifiesta, pues deja fuera a Cochabamba) la de Potosí y la de Charcas. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 286). 370


El fraude histórico cometido con los cambas cruceños está sostenido por historiadores andinos, como también por cambas cruceños, alineados dentro de una conducta tramposa que deja de lado interesadamente a la Intendencia de Cochabamba, metiéndonos apócrifamente a la República de Santa Cruz como parte de ella y distrito peruano, cuando fuimos diferentes y separadas según se verifica por la cédula real del 5 de agosto de 1777 y la determinación de Goyeneche en 1811. (REALIDAD VERDADERA: En efecto: el acta de la independencia fue firmada por los representantes de las cuatro intendencias alto peruanas y por los seudo delegados de Santa Cruz, y no por los diputados de todas las provincias que habían integrado la antigua Audiencia de Charcas. La actual República de Bolivia no heredó, en ningún momento los antiguos límites judiciales de la audiencia de Charcas que no podía por ningún concepto, dar origen a ningún estado, pues nunca fue más que un tribunal judicial, reducido a corte de Apelaciones por la ordenanza de Intendentes. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 184). 3º. Dolo histórico: La tercera Nulidad Relativa viene por el dolo histórico como vicio de voluntad ejecutado en el acto de conformación de la República Bolívar,, basándose para nuestra anexión fraudulenta en la simulación de que pertenecíamos como territorio y sociedad al Alto Perú y a la audiencia de Charcas eliminada en 1776 y desaparecida definitivamente en 1813, manejándose este artificio con toda astucia y maquinación, para conseguir el objetivo de nuestra anexión ilegítima y dolosa en el Alto Perú o Charcas transformado en República de nombre Bolívar y hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia. El hecho ilegitimo que se acusa, se constituye en un delito ejecutado contra las normas del derecho internacional manejado por la sociedad oligárquica del Alto Perú o de Charcas. Realizado además mediante el fraude utilizado de que la República de Santa Cruz de la Sierra, estaba alineada al Virreinato de Lima y luego al Cuzco, como también era parte del mismo Alto Perú. (DEMOSTRACIÓN DEL FRAUDE HISTÓRICO: Mentira demostrada por lo que se plasma en los mapas del Virreinato del Río de La Plata de 1776 sobre la jurisdicción de la Audiencia de Charcas e intendencias desde 1872, que contienen perfectamente delimitadas las cuatro Intendencias o Provincias Altas. Destruyendo la falacia histórica manejada en forma deshonesta, dolosa y fraudulenta por los dos caras alto peruanos Y charqueños. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINAS 282 Y 285). El Alto Perú estaba rebelde contra el poder colonial español en América del Sur ejecutado por Pedro Antonio de Olañeta desde 1822 y concretada su libertad e independencia definitivamente en marzo de 1824, pues estaba separado de España mediante el Tratado de Tarapacá firmado en la localidad de Tarapaya entre Pedro Antonio de Olañeta y Jerónimo Valdez representante del poder colonial virreinal. La demostración del dolo histórico con que se manejaron los alto peruanos, para anexarnos como la nación de los pueblos cambas cruceños con territorio propio, viene porque supuestamente estábamos y nos manteníamos relacionados con el Alto Perú y la audiencia de Charcas, desde nuestra formación en 1560 hasta la creación de la República Bolívar en 1825, constituyendo la más falsa invención y esta interpretación histórica de estar relacionados con el Alto Perú es por demás falsa, pues el dolo histórico está aclarado con nuestra independencia de España desde 1810, de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires en 1815, como también del Alto Perú de Antonio de Olañeta en febrero de 1825 y porque además, fuimos libres de toda otra influencia de las corrientes liberadoras americanas como la colombiana, la peruana y la venezolana. La interpretación dolosa de la historia colonial y pre republicana desde los inicios hasta nuestros días de los cambas cruceños, se constituye en un desconocimiento ex profeso de nuestros orígenes asunceños, rioplatenses y por el Océano Atlántico demostrado por la relación irrefutable existente entre el eje Asunción, Santa Cruz de la Sierra, Santa Fe, Corrientes y Buenos Aires. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA TOTALMENTE SEPARADA DEL ALTO PERÚ: Se muestra en el mapa de la audiencia de Charcas y las gobernaciones de Mojos y Chiquitos posterior a 1776. Afirmándose con la 371


contundencia de los historiadores alto peruanos o charqueños, de que la provincia o gobernación de Santa cruz de la Sierra, está totalmente separada del alto Perú. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 157). 4º. La corrupción del representante: La cuarta Nulidad Relativa es la que se produjo por la corrupción del representante, como consecuencia y por el envilecimiento y soborno con que se manejó este abusivo hecho de anexión y colonización de una nación libre, independiente y soberana. Convirtiendo a la República de Santa Cruz de la Sierra en territorio cautivo y encadenado políticamente, bajo la dependencia de un Estado imperialista de nombre Bolívar y dentro de una manifiesta intención de dominación que está buscando consolidar la destrucción total de nuestra etnia cosmopolita diferente, cierta y determinada. La actitud apócrifa y tergiversada por un abusivo poderío ilegítimo del Alto Perú, con la conjura ejecutada entre los años 1825 y 1826 se concreta con el resultado de nuestra anexión fraudulenta en una república que se formó como hechura de un Estado absolutista y (ABSOLUTISTA: Sistema de gobierno cuyo ejecutivo no está limitado por ningún otro poder. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) totalitario (TOTALITARIO: Se dice del régimen político que ejerce fuerte intervención en todos los órdenes de la vida nacional, concentrando la totalidad de los poderes estatales en manos de un grupo o partido que no permite la actuación de otros. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) y vitalicio,. (VITALICIO: Dura desde que se obtiene hasta el fin de la vida. Aplicase a la persona que disfruta de ciertos cargos vitalicios. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) pero a pesar de ello la República Bolívar en su artículo primero, respetaba la multietnicidad y la pluriculturalidad que supuestamente nos incluía a la nación de los pueblos cambas cruceños con nuestros derechos políticos teóricamente iguales. (CONSTITUCIÓN QUE SUPUESTAMENTE NOS INCLUÍA A LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Artículo 1º: Bolivia libre, independiente y soberana, constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa. Es multiétnica y pluricultural, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos. FUENTE: CONSTITUCIÓN DEL 2 DE FEBRERO DE 1967, CON MODIFICACIONES HECHAS POR LA LEY DEL 1º DE ABRIL DE 1994). La transformación de República en Estado Plurinacional Comunitaria de Bolivia por el poder político del Collasuyo o Collao alto peruano modernizado, cambia totalmente el concepto de unidad republicana, como se lee en el artículo primero de la Constitución en vigencia, rompiendo el sistema de gobierno y ensayando un sistema de Estado comunitario dentro de un comunismo incaico totalmente disfrazado. (EL PODER: Para Marx y sus discípulos, el poder no pasa de ser la expresión dominadora de una clase económica, burguesía o proletariado, y la dictadura socialista. Una vez quebrada las resistencias interiores y exteriores, desaparecerá para dejar lugar a una sociedad comunista sin clases en la cual la administración de las cosas sustituirá al mando sobre las personas. Aunque no tiene de la estructura social natural, una concepción tan claramente enunciada como la de Kropotkin y considera la extinción de la autoridad comunitaria, como la conclusión de un largo proceso evolutivo. Marx estima pues, no solo deseable, sino también inevitable la sociedad anárquica. Se trata evidentemente, en uno como en otro, de una utopía que procede de una herencia enciclopedista no repudiada: la creencia en la bondad natural del hombre. Por paradójico que eso pueda parecer en Kropotkin, cuya concepción orgánica de la sociedad es del todo semejante, salvo en lo que atañe al punto que nos ocupa, a la de Maurras, y en Marx, que, en el campo económico, reacciona tan violentamente en contra del liberalismo del siglo XVII, uno y otro siguen impregnados de las teorías elaboradas y utilizadas por la burguesía en su esfuerzo por desintegrar la comunidad tradicional y adueñarse del poder, FUENTE: MARX, KROPOTKIN Y MAURRAS). El concepto de plurinacional comunitario importa elementos distintos, en que por lo plurinacional se habla de muchas naciones lo cual no es cierto y lo comunitario, señala un modo de compartir la vida 372


manejada por un partido y líder único como también, entendiéndase lo plurinacional por varias naciones con identidad y culturas diferentes que deben compartir una vida y un fin en forma comunitaria. El caso boliviano pretende ser al estilo incaico antiguo dentro de un comunismo modernizado, rechazando sin embargo el individualismo al no admitir el carácter natural de la sociedad con una claridad sorprendente, pese a la existencia en el hombre de un instinto de solidaridad más fuerte que su tendencia egoísta en la lucha por la vida, negándose a ver que dicho instinto se expresa precisamente por un orden jerárquico. En que los igualitarios niegan la autoridad en sí o por lo menos su legitimidad y, los optimistas piensan que el hombre vivirá pacíficamente y con inteligencia, no sólo con los miembros de su grupo sino también con los grupos vecinos, olvidando que el instinto de solidaridad sólo actúa automáticamente, en el marco reducido al que el individuo se siente ligado por una vida colectiva inmediata. Necesaria además para afirmarse en el seno de conjuntos más amplios, apoyados en la realidad de una estructura preestablecida que no puede existir sin mando. El Estado en el concepto político moderno, se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva que tiene el poder de regular discrecionalmente la vida sobre las gentes en un territorio determinado, en que los marxistas afirman que cualquier Estado tiene un carácter de clase que no es más que el aparato armado y administrativo que ejerce los intereses de la clase socialmente dominante. La actual Constitución del Estado Plurinacional Comunitario boliviano, es una aspiración particular de la conquista del poder político dentro de un sector oligárquico del Collao del Alto Perú o Charcas de la metrópoli, por intereses políticos y de clase se encuentra falsamente alineada con parte de una minoritaria sociedad o clase llamada erróneamente indígena, especialmente la aimara que engloba a la quechua andina e incaica, dejando en la indefensión a la nación de los pueblos cambas cruceños compuesta por originarios autóctonos, originarios nativos e inmigrantes. La destrucción de la clase criolla y mestiza de Tupí guaraní, en este caso de la nación de los pueblos cambas cruceños por parte de una oligarquía del Collao alto peruano o charqueño como elementos dominantes del Estado comunitario, pretende al final con el manejo por un grupo burgués de funcionarios estatales corruptos de la metrópoli, engañar a los pueblos autóctonos tanto andinos como de los llanos, con la construcción de un supuesto y necesario Estado originario indígena campesino pos incaico. El único paso de transición hacia un comunismo reciclado y dentro de una ideología moderna del marxismo transmutado, es formando a largo plazo un sistema político en que no habrá ya Estado por haberse superado las contradicciones y el pueblo, será manejado en este caso por el nuevo inca en Bolivia y incas menores en otros países andinos, quitándole este derecho al Cuzco. (MARXISMO: Doctrina de Karl Marx y sus seguidores, que se funda en la interpretación materialista de la dialéctica de Hegel aplicada al proceso histórico y económico de la humanidad y es la base teórica del comunismo y algunas corrientes del socialismo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). El caso del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano fuertemente dirigido por la oligarquía del Collado y Alto Perú de criollos y mestizos, con la creación del socialismo comunitario, surge como nueva clase dirigencial política ante la caída del socialismo marxista o también se pudiera entender, estar dentro de la tercera vía que pretende revivir el socialismo europeo. (TERCERA VÍA: La reunión anual de la Asociación de Bancos de la Argentina, que se inicia hoy, está dedicada a la llamada tercera vía y de ésta se habló abundantemente en la reunión de Buenos Aires de la Internacional Socialista. En ambas, equivocadamente, se vincula la tercera vía con el Presidente Estadounidense Bill Clinton y el Primer Ministro británico Tony Blair: Por lo que es conveniente aclarar el concepto. La tercera vía es una tentativa política europea de resucitar el socialismo (hoy púdicamente denominado socialdemocracia). Se inventó, como confiesa uno de sus principales voceros intelectuales, el sociólogo británico Anthony Giddens, para dar una carnadura teórica al esqueleto que dejó la muerte del socialismo. FUENTE: JOSÉ ENRIQUE MIGUENS: LA NACIÓN DE BUENOS AIRES: 5 DE JULIO DE 1999). El Presidente Clinton y 373


su Vicepresidente Al Gore al igual que Blair fueron comunitarios y en teoría política, este es el único movimiento intelectual que ha podido criticar con argumentos de fondo tanto al liberalismo individualista como al colectivismo socialista, en que exponiendo los principios en sus campañas Clinton y Blair, consiguieron desalojar del gobierno a los republicanos en los Estados Unidos y a los conservadores en Gran Bretaña. La tendencia moderna del socialismo europeo o socialdemocracia, está influyendo en forma oscura en la amalgamación con un sistema comunitario originario indígena campesino boliviano y andino en general, pretendiendo que sea extendido por todos los Andes de influencia incaica con el apoyo de un liderazgo como el de Venezuela que no comparte territorio, raza ni cultura. Tal como reza el Art. 1º del Estado Plurinacional Comunitario que mezcla lo originario, lo indígena y lo campesino en Bolivia, pero en su artículo 30º sólo está referido a los aimaras y quechuas como etnia incaica, (DISCRIMINACIÓN CONSTITUCIONAL: Art. 30º Es nación o pueblo indígena originario campesino toda colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO DE BOLIVIA). El artículo 30 deja afuera a los mestizos cambas cruceños y no está referido con claridad a las tribus Tupí guaraníes diseminadas en los territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, dentro de un engaño semántico por la galimatías que encierra, porque en su Art. 1º no se expresa con claridad sobre esta última situación. (SUPUESTA CONSTITUCIÓN INTEGRADORA: Artículo 1º; Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultura y lingüístico, dentro del proceso integrador del País. FUENTE: NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO: CONGRESO NACIONAL: OCTUBRE DE 2008). El Estado Plurinacional Comunitario manejado por la oligarquía de la imperialista metrópoli, es el que asume y promueve principios éticos y morales de la sociedad originaria indígena campesina, dentro de una confusión de terminologías que engaña a los autóctonos, con las expresiones en aimara de Ama Quilla, Ama Llulla y Ama Sua, (no seas flojo, no seas mentiroso y no seas ladrón), como pueblos desorganizados y sedentarios por el abuso de la hoja sagrada o maldita y por los efectos sociales y emocionales en los pueblos que la usan. Complementando incoherentemente estas premisas incaicas, con otros términos en dialectos Tupí-guaraní como Suma Gamaña (vivir bien), Ñandereco (vida armoniosa), Teko Kavi (vida nueva), Ivi Maraei (tierra sin mal) y Qhapaj Ñan (camino o vida noble), para mantener con esto un engaño semántico de vil innovación, incorporados a tribus diseminadas en el espacio en el que fueron libres de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentran cautivos en la Republica del Collado del Alto Perú o Charcas, pese a que han estado ancestralmente dentro de nuestra nación y patria rioplatense, amazónica y de la cordillera de los Chiriguanos. El artículo octavo II de la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, promulgada el 7 de febrero de 2009, engaña a los autóctonos del grupo étnico Tupí Guaraní con la sensación de haber sido tomados en cuenta e incorporados en el poder político, de la misma forma que a los aimaras y los quechuas andinos que con los mestizos son mayoría poblacional en el Collado, con un discurso por demás falso dentro de la invasión moderna de los descendientes del incario y sus acólitos mestizos y criollos ibéricos, que con su Constitución están atentando contra la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños descendiente de los Tupí guaraníes. (VALORES DEL ESTADO BOLIVIANO: II El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. FUENTE: ARTÍCULO 8º DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO VIGENTE (2009). La Constitución vigente al referirse a no seas ladrón está pretendiendo imponer una norma básica 374


de conducta ética que es universal y no privativa solamente del incario, pero tenemos sin embargo que a pocas semanas de esa histórica promulgación, la cual debería marcar el rumbo de la fundación del Estado Plurinacional Comunitario en Bolivia bajo las bases morales de los pueblos andinos, se producen escándalos de corrupción que sacuden las fibras más íntimas de este supuesto y falso proceso de cambio, ejecutados por parte de sus componentes criollos y mestizos denominados interculturales que utilizan el poder para el disfrute de la cosa pública, como burgueses no saciados y también involucran a los originarios autóctonos del pueblo raso engañados de aimaras, quechuas e inclusive de igual manera de los mismos Tupí guaraníes. Lo descrito sobre la fraudulencia de los conceptos éticos manejados por los del Collado del Alto Perú o Charcas, corresponde al comportamiento de los criollos y mestizos descendientes de ibéricos y europeos en actual posicionamiento del poder omnímodo, que como hecho fue sucedido antes con gobernantes de derecha y hoy con hombres empachados con el poder político y económico, en manos de un gobierno que falsamente se hace llamar Estado cuando se constituye en un simple administrador del mismo por mandato finito. La corrupción y el dolo también fue usado por las oligarquías del Alto Perú boliviano del pasado, como se verifica en la malintencionada interpretación de la Ley del 9 de mayo de 1825 de Buenos Aires, dentro del invento de que la República Argentina había renunciado a Tarija y de paso a Santa Cruz de la Sierra, mediante una ley que no contemplaba de ninguna manera a la independiente y soberana República de la nación de los pueblos cambas cruceños, dándose con esto extinguido el derecho argentino a pesar de que el Libertador Simón Bolívar, había acordado respetar Tarija porque esta ley sólo estaba referida a Potosí, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz. La citada y viciosa costumbre que se manifiesta es ejecutada contra la independencia de Santa Cruz de la Sierra que la consigue contra España en 1810. Se declara separada como integrante que fue de la confederación de las Provincia Unidas del Río de la Plata de Buenos Aires en 1815, dentro de una situación que se la mantuvo hasta agosto de 1825 que nos anexan y colonizan con dolo y fraude histórico. La independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue consolidada con la expulsión de los ejércitos de Pedro Antonio de Olañeta al mando de su aliado Francisco Javier de Aguilera el 14 de febrero de 1825, porque se ocupaba parcialmente nuestro territorio patrio y confirmada dicha independencia, en el Cabildo que nombra jefe de gobierno a Juan Manuel Arias. El acto de corrupción también se hace efectivo cuando se convence al Libertador Simón Bolívar, de aceptar la oferta con la prebenda de ponerle su apellido a la nueva república, como elemento de enchufe manejado por Antonio José de Sucre que estaba convencido, por el traicionero de comportamiento dos caras Casimiro Olañeta y todo esto se verifica cuando Antonio José de Sucre, le escribe a Simón Bolívar desde Ilabe el 4 de febrero de 1825. (IMPOSIBLE REUNIR EL ALTO PERÚ CON BUENOS AIRES PERO NO SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Me ha dicho el doctor Olañeta que él cree no solo difícil, sino imposible reunir las provincias altas a Buenos Aires; que hay una enemistad irreconciliable, o se quedan independientes o agregados al Perú; porque el voto de los hombres de juicio, está por pertenecer al Perú en cuyo caso quieren la capital en Cuzco, o más cerca de ellos. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 345).

LA NO PRESCRIPCIÓN DE CONCULCADOS A LA NACIÓN CAMBAS CRUCEÑOS

LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS

EL DERECHO IRRENUNCIABLE QUE NO PRESCRIBE PARA ALEGAR ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, LA 375


NULIDAD ABSOLUTA DE LA ANEXIÓN DOLOSA Y COLONIZACIÓN FRAUDULENTA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS Las Nulidades Relativas como las Absolutas demostradas y cometidas en la creación de la República Bolívar en 1825, ejercidas contra la soberanía de la nación de los pueblos cambas cruceños, son producidas porque resultaron con la anexión dolosa y fraudulenta de la sociedad al Oriente de los Andes, como también por la colonización de nuestros pueblos entre 1825 y 1826, pese a que formábamos la República de Santa Cruz de la Sierra o nación de las llanuras rioplatenses y amazónicas que además, contaba con su independencia y soberanía por estar separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815. La Constitución vigente del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano al establecer como función fundamental dentro de los principios y los fines del Estado la “descolonización” según se establece en el artículo 9 numeral 1. Por mandato constitucional se obliga a proceder con la rectificación del daño conquistador e imperialista cometido contra la República de la nación de los pueblos cambas cruceños en 1825, como también en pleno siglo XXI con el nuevo Estado Plurinacional Comunitario que nos elimina como nación y nos incluye dentro de una comunidad intercultural Tahuantinsuyo de tipo andino incaico. (MENTIRA CONSTITUCIONAL BOLIVIANA PARA LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales. FUENTE: ARTÍCULO 9º: NUMERAL 1: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO). La política de descolonización del Estado Plurinacional comunitario Boliviano se constituye en un deber, cuando se confirma nuestra colonización y además se demuestra un grave genocidio al hacernos desaparecer como nación cierta y determina, metiéndonos invisibilizados y eliminados dentro de una Comunidad Intercultural como agresión contra una nación y pueblo diferente que cuenta con el derecho a la existencia propia, por lo tanto este nuevo Estado boliviano tiene el deber de ejecutar la descolonización por la situación en que nos han metido, por parte de esta sociedad del Collado del Alto Perú o Charcas que nos mantiene sojuzgados y discriminados en nuestro propio territorio y heredad patria. La obligación de descolonización por parte de la metrópoli es por la necesidad de aclarar este chapurreo jurídico constitucional que agrede a la nación de los pueblos cambas cruceños, como único medio de consolidar la unidad de esta nacionalidad boliviana y en la cual nos tienen metidos desde 1825, por la necesidad y la obligación de preservarse la diversidad poblacional, (OTRA MENTIRA CONSTITUCIONAL BOLIVIANA PARA LOS CAMBAS CEUCEÑOS: Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano en la diversidad plurinacional. FUENTE: ARTÍCULO 9º: NUMERAL 3: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO) como principio Constitucional que está garantizado en su cumplimiento, para librarse de la irregular situación en que se encuentra la Nación y Patria de los pueblos de las llanuras en el actual Estado boliviano. (SIGUE LA MENTIRA CONSTITUCIONAL BOLIVIANA: Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. FUENTE: ARTÍCULO 9º: NUMERAL 3: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO). Los hechos comentados de agresión colonial contra la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, cometidos en la asamblea de 1825 en la ciudad de la Plata de la Nueva Toledo, por ser contrarios al Derecho Internacional Público no prescriben y especialmente, las nulidades absolutas ejercidas con la coacción y la violación de una norma imperativa de Derecho Internacional Público o Ius Cogens, siendo por el que como sociedad diferente contamos con la capacidad de nuestro pueblo cautivo de alegar las nulidades que nos mantienen sometidos, especialmente a 376


conseguir la Nulidad absoluta de nuestra anexión y colonización que puede y debe ser declarada nula de oficio por el Tribunal de la Corte Internacional de Justicia, pues toda nulidad absoluta no puede ser saneada. Las clases de nulidades contempladas en el Derecho Internacional Público, las tenemos entre los tratados o actos unilaterales que agreden a las naciones soberanas, como el caso de la república de la nación de los pueblos cambas cruceños por habernos separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Palta en 1815 y pueden ser relativas (NULIDAD RELATIVA: La falta de capacidad del representante, el error, el dolo y la corrupción del representante. FUENTE: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN, AÑO 199, PÁGINA 84) como absolutas. (NULIDAD ABSOLUTA: La coacción sobre el representante de un Estado, la coacción sobre un Estado por la amenaza o uso de la fuerza y la violación de una norma imperativa de derecho internacional general (ius cogens). La nulidad absoluta puede ser alegada por cualquier interesado y aun declarada de oficio por un tribunal. Ella no puede ser saneada por la ratificación del Estado afectado por ella. En todo caso, un Estado no puede declarar la nulidad de un tratado por sí y ante sí; sólo puede invocar esta nulidad. Correspondiendo a las partes mismas, actuando de común acuerdo, o a un tribunal u órgano competente, comprobar o declarar esta nulidad. FUENTE: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN, AÑO 1993, PÁGINA 84). Las Nulidades Relativas deben ser alegadas por la parte que ha sido víctima del vicio que la ocasiona y en este caso nosotros los cambas cruceños, pudiendo sanearse si la parte afectada después de haber tomado conocimiento de los hechos que la constituyen, ha convenido que el tratado (Acta de Independencia) es válido, o por su comportamiento ha dado su aquiescencia a la validez del mismo y pide la revisión respectiva, como es caso de la anexión de la nación y patria de los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar en 1825 que por no existir tratado alguno que la justifique, es apócrifo y violatorio al Orden del Derecho Internacional Público vigente desde 1819 y esta acción taimada y fraudulenta ejercida contra nuestra República de Santa Cruz de la Sierra ya independiente y soberana desde 1815 hasta agosto de 1825, o sea diez años antes de la creación de la República Bolívar, nos da la certeza y la fortaleza de que estamos con capacidad jurídica en derecho internacional, como nación cierta y determinada que fue anexada y colonizada con la violación del Orden Internacional, para alegar y pedir como demandante, denunciando la agresión cometida con la invocación y la manifestación de estos hechos históricos dolosos ejercidos contra nosotros. Los componentes de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños en consecuencia, tenemos la capacidad jurídica internacional e histórica para utilizar estos hechos como fundamentos de pruebas demostrables en derecho, porque este atentado a nuestra soberanía y a la libre determinación como pueblo, nación y patria cometido en 1825, es además reeditado en pleno siglo XXI, como derechos reivindicatorios que están dentro de los fundamentos de la Carta de las Naciones Unidas. (IDEAL INTERNACIONAL: Art. 1º 1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamiento de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y el derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamiento de la paz. 2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y a la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal; 3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; y 4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos humanos comunes. FUENTE: CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS). La denuncia de la nulidad debe efectuarse ante la comunidad internacional y los organismos de derecho público, amparados en lo que contempla la Carta de la Organización de Estados Americanos en 377


el Art. 3º, desde los incisos a) hasta n) (REAFIRMACIÓN DE PRINCIPIOS EN LA OEA: Art. 3º: Los Estados Americanos reafirman los siguientes principios: a) El derecho Internacional es norma de conducta de los estados en sus relaciones recíprocas. b) El orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional. c) La buena fe debe regir las relaciones de los Estados entre sí. d) La solidaridad de los Estados Americanos y los altos fines que por ella se persiguen, requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa. e) Todo estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado. Con sujeción a lo arriba dispuesto, los Estados americanos cooperarán ampliamente entre sí y con independencia de la naturaleza de sus sistemas políticos, económicos y sociales. f) La eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia representativa y constituye responsabilidad común y compartida de los Estados Americanos. g) Los Estados americanos condenan la guerra de agresión: la victoria no da derechos. h) La agresión a un estado americano constituye una agresión a todos los demás Estados americanos. i) Las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos. j) La justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera. k) La cooperación económica es esencial para el bienestar y la prosperidad comunes de los pueblos del continente. l) Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo y sexo. m) La unida espiritual del Continente se base en el respeto de la personalidad cultural de los países americanos y demanda su estrecha cooperación en las altas finalidades de la cultura humana. n) La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz. FUENTE: CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS: EN NOMBRE DE SUS PUEBLOS Y LOS ESTADOS REPRESENTADOS EN LA NOVENA CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA) y también en la Corte Internacional de Justicia. (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN DERECHO INTERNACIONAL: La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas. Está encargada de decidir conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que pueden serle sometidas por órganos o instituciones especializadas de la ONU. FUENTE: CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA) por la calidad contemplada en el artículo 2º del Estatuto de dicha Corte. (MAGISTRADOS INDEPENDIENTES: La Corte será un cuerpo de magistrados independientes elegidos, sin tener en cuenta nacionalidad, de entre personas que gocen de alta consideración moral y que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de derecho Internacional esencial para el bienestar y la prosperidad comunes de los pueblos del continente. l) Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo y sexo. m) La unidad espiritual del Continente se base en el respeto de la personalidad cultural de los países americanos y demanda su estrecha cooperación en las altas finalidades de la cultura humana. n) La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz. FUENTE: CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS: EN NOMBRE DE SUS PUEBLOS Y LOS ESTADOS REPRESENTADOS EN LA IX CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA). La nación de los pueblos cambas cruceños estamos perfectamente capacitados y habilitados para demandar nuestras reivindicaciones, favorecidos por las normas de las Naciones Unidas, dentro del derecho a la diferencia como nación minoritaria que fue anexada y colonizada con dolo y fraude en 1825, exigiendo el respeto a las libertades fundamentales contempladas sobre los derechos humanos en la Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992 y declarados fundamentales en la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. (DERECHOS HUMANOS INALIENABLES: Art. 15º. 378


I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos, crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte. II. Todas las personas, en particular las mujeres, tiene derecho a no sufrir violencia, física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad. III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, sí como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ambiente público como privado. IV. Ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzosa por causa o circunstancia alguna. V. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y tráfico de personas. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO (2009). El derecho a la diferencia de una minoría relativa como es la sociedad de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños en Bolivia, se halla contemplado en la Resolución de la Organización de las Naciones Unidas suscrita en Paris el 27 de Noviembre de 1978 y en la Resolución 47/135 del 18 de Diciembre de 1992. (DERECHOS DE LAS MINORÍAS NACIONALES: Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales étnicas, religiosas y lingüísticas: Art. 1. 1. Los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad. 2. Los Estados adoptarán medidas apropiadas, legislativas y de otro tipo, para lograr esos objetivos. Art. 2. 1. Las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (en lo sucesivo denominadas personas pertenecientes a minorías) tendrán derecho a disfrutar de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religión, y a utilizar su propio idioma, en privado y en público, libremente y sin injerencia y discriminación de ningún tipo. 2. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho a participar efectivamente en la vida cultural, religiosa, social, económica y pública. 3. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho de participar efectivamente en las decisiones que se adopten a nivel nacional y, cuando proceda, a nivel regional respecto a la minoría a la que pertenezcan o de las regiones en que vivan, de toda manera que no sea incompatible con la legislación nacional. 4. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho de establecer y mantener sus propias asociaciones. 5. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el derecho a establecer y mantener, sin discriminación de ningún tipo, contactos libres y pacíficos con otros miembros de su grupo y con personas pertenecientes a otras minorías, así como contactos transfronterizos con ciudadanos de otros Estados con los que estén relacionados por vínculos nacionales o étnicos, religiosos o lingüísticos. Art. 3. 1. Las personas pertenecientes a minorías podrán ejercer sus derechos, incluidos los que se enuncian en la presente Declaración, individualmente así como en comunidad con los demás miembros de su grupo, sin discriminación alguna. 2. Las personas pertenecientes a minorías no sufrirán ninguna desventaja como resultado del ejercicio o de la falta de ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración. Art. 4. 1. Los Estados adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las personas pertenecientes a minorías puedan ejercer plena y eficazmente sus derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación alguna y en plena igualdad ante la ley. 2. Los Estados adoptarán medidas para crear condiciones favorables a fin de que las personas pertenecientes a minorías puedan expresar sus características y desarrollar su cultura, idioma, religión, tradiciones y costumbres, salvo en los casos en que determinadas prácticas violen la legislación nacional y sean contrarias a las normas internacionales. 3. Los Estados deberán adoptar medidas apropiadas de modo que, siempre que sea posible, las personas pertenecientes a minorías puedan tener oportunidades adecuadas de aprender su idioma materno o de recibir instrucción en su idioma materno. 4. Los Estados deberán adoptar, cuando sea apropiado, medidas en la esfera de la educación, a fin de promover el conocimiento de la historia, las tradiciones, el idioma y la cultura de las minorías que existen en su territorio. Las personas pertenecientes a minorías deberán tener oportunidades adecuadas de adquirir conocimientos sobre la sociedad en su conjunto. 5. Los Estados deberán 0examinar medidas apropiadas de modo que las personas pertenecientes a minorías puedan 379


participar en el progreso y el desarrollo económico de su país. Art. 5. 1. Las políticas y programas nacionales se planificarán y ejecutarán teniendo debida cuenta los intereses legítimos de las personas pertenecientes a minorías. 2. Los programas de cooperación y asistencia entre Estado deberán planificarse y ejecutarse teniendo debidamente en cuenta los intereses legítimos de las personas pertenecientes a minorías. Art. 6. Los Estados deberán cooperar en las cuestiones relativas a las personas pertenecientes a minorías, entre otras cosas, el intercambio de información y de experiencia, con el fin de promover la comprensión y la confianza mutuas. Art. 7. Los Estados deberán cooperar a fin de promover el respeto por los derechos enunciados en la Presente Declaración. Art. 8. 1. Ninguna de las disposiciones de la presente Declaración impedirá el cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados en relación con las personas pertenecientes a minorías. En particular, los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones y los compromisos contraídos en virtud a los tratados y acuerdos internacionales en que sean partes. 2. El ejercicio de los derechos enunciados en la presente declaración se entenderá sin perjuicio del disfrute por todas las personas de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas universalmente. 3. Las medidas adoptadas por los Estados a fin de garantizar el disfrute efectivo de los derechos enunciados en la presente Declaración no deberán ser consideradas prima facie contrarias al principio de igualdad enunciado en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Art. 9. Los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas contribuirán a la plena realización de los derechos y principios enunciados en la presente Declaración, en sus respectivas esferas de competencia. FUENTE: DECLARACIÓN ONU SOBRE MINORÍAS: (RESOLUCIÓN 47/135 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1992). Las demandas de reivindicación nuestras han sido y son criminalizadas por el Estado boliviano ajeno, foráneo, colonialista, opresor y excluyente al ser la metrópoli que nos sojuzga apoyado en sus agresiones, por sectores radicales impregnados de corrientes e ideologías de carácter y deformaciones socio políticas fundamentalistas, etnocistas, racistas e intolerantes que conspiran contra nuestro derecho al desarrollo. Como a nuestro modo de ser e identidad de pueblo y nación diferente, cierta y determinada. (DETERMINADO: Que sirve de fundamento y es lo principal en una cosa. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988. // FUNDAMENTALISTA: Cree que conoce la única verdad verdadera. Y repudia a quien no piensa como él. Si pudiera, abriría la cabeza del vecino para inculcarle sus ideas y convicciones, su ideología o religión. El fundamentalismo es intolerante con los otros y tolerante consigo mismo. Aunque calle ante una opinión diferente, está convencido que sólo él sabe lo que es verdadero y lo que es errado. Juzga que su moral tiene un valor universal, que su política es la más justa, y su creencia es la respuesta a todos los misterios. FUENTE: FREI BETTO). Lo que sucede con nuestra anexión y colonización, nos obliga a pedir la protección al derecho de la libre determinación que tiene todo pueblo sometido. Protección que obliga a los pueblos colonialistas e imperialistas, en la imposición y el cumplimiento de promover y someterse al respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanas, tal como están contemplados en la Resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966, artículo 1º parte I y II, como contemplan los artículos 2º, 3º, 4º y 5º. (DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS: Parte I: Art. 1º: Todos los pueblos tienen el derecho de la libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2º: Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3º: Los Estados partes en el presente pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. Parte II: Art. 2º: 1º: Cada uno de los Estados Partes en el presente pacto se comprometen a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación 380


internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la pelan efectividad de los derechos aquí reconocidos. 2º: Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. 3º: Los países en desarrollo, teniendo debidamente en cuenta los derechos humanos y su economía nacional, podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente pacto a personas que no sean nacionales suyos. Art. 3º: Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el presente Pacto. Art. 4º: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, en ejercicio de los derechos garantizados conforme al presente pacto por el Estado, éste podrá someter tales derechos únicamente a limitaciones determinadas por ley, sólo en la medida compatible con la naturaleza de esos derechos y con el exclusivo objeto de promover el bienestar general en una sociedad democrática. Art. 5º: 1º: Ninguna disposición del presenta Pacto podrá ser interpretada en el sentido de reconocer derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos o libertades reconocidos en el Pacto, o a su limitación en medida mayor que la prevista en él. 2ª: No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un país en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, a pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado. FUENTE: RESOLUCIÓN 2200 A (XXI) DEL 16 DE DICIEMBRE DE 1966).

RECOMENDACIONES NECESARIAS PARA EJERCER LAS ACCIONES QUE DEBEN EMPRENDERSE POR LAS INSTITUCIONES PATRIOTICAS DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La última Asamblea Constituyente que comenzó en la ciudad de Sucre y siguió en la ciudad de Yotala, por último aprobó la nueva Constitución transformando la República en Estado Plurinacional Comunitario en la ciudad de Oruro, se ejerció con la coacción y el abuso por estar involucrando a la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra de forma a lo que se hizo en 1825, sin contar con representantes físicos genuinos originarios, como se reedita en el cambio de República de Bolivia por Estado Plurinacional Comunitario, contando con la complicidad de actores que son personajes foráneos e involucrados en partidos políticos bolivianos que interpusieron su ideología, ante que sus deberes patrióticos regionales. Además como elementos incrustados en calidad de quinta columnas y puntas de lanza de la metrópoli imperialista colonizadora boliviana en nuestros pueblos colonizados. La selección de los asambleistas para la asamblea derivada de Sucre, se hizo rompiendo todo esquema dentro del ordenamiento legal y constitucional de la República de Bolivia, de la misma manera el orden internacional público al transformarse ilegítimamente esta asamblea derivada, en un poder absoluto y no como estaba determinado por el mandado de la ley de convocatoria respectiva. Manejándose unilateral y mayoritariamente las resoluciones por representantes del sistema político de la imperialista metrópoli colonizadora boliviana. La acción ejercida en la asamblea de Sucre, es motivo y principio del ejercicio del poder omnímodo que está manejándose desde 1825, con un comportamiento agresivo y autoritario de una nación o metrópoli que no respetó ni respeta el derecho a la diferencia de la nación de los pueblos cambas cruceños. Como también el derecho específico a la no discriminación, consagrado en la resolución de la Organización de 381


las Naciones Unidas, suscrita en Paris el 27 de Noviembre de 1978 y en la Resolución 47/135 del 18 de Diciembre de 1992, (DISCRIMINACIÓN: es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas. No discriminación e igualdad ante la ley. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS) por estar ejecutándose actualmente con agresiones de odio, xenofobia y racismo (XENOFOBIA: Odio, repugnancia u hostilidad hacia los extranjeros. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988. // RACISMO: Doctrina que sostiene la superioridad de una raza de las demás. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La xenofobia manejada por los representantes de una nacionalidad diferente a la nuestra, como situación perversa es llevada adelante por el poder político de la imperialista metrópoli, en la formación de un nuevo Estado que destruye el sistema republicano de gobierno existente, bajo el supuesto de reivindicar los derechos conculcados de las naciones aimara y quechua, también de otras que no son naciones si no tribus y parte integrante de una sola nacionalidad con identidad racial o étnica común, dentro de los territorios y la sociedad de la República de Santa Cruz de la Sierra anexada con fraude y dolo en 1825, destruyendo de manera implícita la uniformidad del ciudadano del oriente boliviano que constituimos, un solo pueblo entre los autóctonos, originarios e inmigrantes. La actitud racista y xenofóbica ejercida por el poder criollo y mestizo de la metrópoli imperialista colonizadora, está negando el derecho fundamental de existir a la etnia de la nación de los pueblos cambas cruceños resultante del Tupí Guaraní, como Nación y Patria cosmopolita diferente dentro de la totalidad de su pueblo que son, todos los que asumen pertenencia por nuestra nación y patria cierta y determinada. (CIERTO: Diverso, desigual. De modo distinto. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) pero sometida. (SOMETER: Sujetar, humillar, subyugar. Subordinar uno su voluntad a la de otro. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La colonialista metrópoli alto peruana boliviana, está irrespetando el derecho de la nación de los pueblos cambas cruceños a la determinación, de establecer libremente su condición política y proveer asimismo a su desarrollo económico, social y cultural, según el Art. 1º numerales 1, 2 y 3 de la Resolución 2200 A (XXI) de las Naciones Unidas del 16 de diciembre de 1966. (DERECHO A ESTABLECER SU CONDICIÓN POLÍTICA, SU DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y CULTURAL: Art. 1º 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de estos derechos establecen libremente su condición política y proveen a si mismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho a la libre determinación y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. FUENTE: PACTO DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES: ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS). La falsedad ideológica del poder omnímodo de la imperialista y colonizadora metrópoli boliviana, viene por asumir y llevar adelante una autorización especial que emana del jefe del colonizador Estado Plurinacional Comunitario, que actuó en su calidad de cabeza del Poder Ejecutivo en la Asamblea Constituyente calificada de originaria en Sucre, llevándola olrgítimamente como plenipotenciaria, en el equivocado concepto de omnipotente o sea que todo lo puede o puede muchísimo. 382


(PLENIPOTENCIARIO: Poder pleno que se concede a otro para ejecutar, concluir o resolver una cosa, como el que los jefes de Estado dan a sus embajadores para este efecto. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988 // Que todo lo puede. Que puede muchísimo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) y además es suprema (SUPREMO: Altísimo, sumo. Que no tiene superior en su línea. Ultimo, postrero, definitivo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) dentro de la incultura soberbia andina de la oligarquía del Alto Perú, porque en regla general toda plenipotencia no es más que la autorización de los jefes de Estado que confieren a sus representantes diplomáticos o agentes especiales, y por esto se actuó ilegalmente al no estar contemplado este hecho en el derecho constitucional para una Asamblea Constituyente. Las transgresiones en el caso de la Asamblea Constituyente derivada de Sucre contra los derechos de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue por seguir a rajatabla las instrucciones y órdenes del Poder Ejecutivo como fuerza política, vulnerándose con ello toda norma constitucional e internacional por los constituyentes que no son representantes del gobierno en ningún caso, sino parte del pueblo que supuestamente los eligió, pues el concepto entre lo que es originaria y plenipotenciaria por no ser diferenciados en las acciones de la Asamblea Constituyente derivada, lleva a la nulidad constitucional por estar basada en el vicio que significa apartarse de las normas bases para la que fue convocada por los artículos que la reglan. (CONVOCATORIA A ASAMBLEA CONSTITUYENTE: Art. 4º Se convoca a la Asamblea constituyente, sobre la base de las prerrogativas constitucionales mencionadas en el Art. 1º de la presente Ley, con el objeto de efectuar una reforma total de la Ley fundamental del Estado Boliviano. La forma, contenido, condiciones y alcances de la convocatoria son establecidas por la presente ley. FUENTE: LEY ESPECIAL DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: NUMERO 3091 DEL 6 DE JULIO DE 2005). La acción ilegal e inconstitucional que interrumpe la normalidad de la cual deriva la asamblea de Sucre, fue efectuada en busca de hacer Constitucional un régimen totalitario y dictatorial, (TOTALITARIO: Dicho del poder, la facultad, etc., absoluto, arbitrario, no sujeto a las leyes. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988) como situación que vulnera sistemáticamente la esencia democrática republicana, agrediendo y atentando definitivamente contra los colonizados pueblos de la nación de los cambas cruceños que se encuentran favorecidos, dentro del esquema interamericano como mundial de protección y defensa de la democracia representativa. (DEMOCRACIA REPUBLICANA: El preámbulo de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, estable que la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región. Que según establece la Carta, uno de los propósitos fundamentales de la OEA es promover y consolidad la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención. Que es preciso observar el debido respeto a las políticas de cada uno de los Estados miembros en materia de reconciliación de Estados y gobiernos. Que teniendo en cuenta la existencia generalizada de gobiernos democráticos en el Hemisferio, es necesario darle efectiva aplicación al principio consignado en la Carta de que la solidaridad de los Estados americanos y los altos fines que con ella se persiguen requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa; y Que subsisten en la región serios problemas políticos, sociales y económicos que pueden amenazar la estabilidad de gobiernos democráticos. RESUELVE: 1. Instruir al Secretario General que solicite la convocación inmediata del Consejo Permanente en caso de que se produzcan hechos que ocasionen una interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno democráticamente electo en cualquiera de los Estados miembros de la Organización para, en el marco de la Carta, examinar la situación, decidir y convocar a una reunión ad hoc de ministros de relaciones exteriores, o un periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General, todo ello dentro de un plazo de 10 días. 2. Expresar que la reunión ad Hoc de ministros de relaciones exteriores o el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General tenga por objeto analizar colectivamente los hechos y adoptar las decisiones que estime apropiadas, 383


conforme a la Carta y el derecho internacional. 3. Encomendar al consejo Permanente que elabora un conjunto de propuestas de incentivo a la preservación y fortalecimiento de los sistemas democráticos, sobre la base de la solidaridad y la cooperación internacional, e informe a la Asamblea General en su vigésimo segundo periodo ordinario de Sesiones. FUENTE: RESOLUCIÓN APROBADA EN LA QUINTA SESIÓN PLENARIA, CELEBRADA EL 5 DE JUNIO DE 1991). La búsqueda de justicia internacional, por analogía debe ser considerada válida para las naciones anexadas y colonizadas como la nuestra, que por su condición de engaño histórico no pueden ser miembros de la Organización de Estados Americanos y de las Naciones Unidas. Para así controlar las desviaciones políticas, de gobiernos elegidos que con leyes y decretos atentan contra la institucionalidad y la democracia formal. (DEMOCRACIA EN CRISIS: Desde entonces, e incluso desde antes, se ha esparcido en la doctrina y en los hechos la posición de que la democracia se halla en crisis. Para algunos, con excusa tan superficial, se encubre cualquier sistema dictatorial que con anuncios demagógicos promete a corto plazo convertir en realidad los máximos ensueños de felicidad terrenal. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO TERCERO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 80). El Derecho Internacional Público no permite que ninguna disposición violatoria a los derechos fundamentales de los pueblos y las personas, pueda interpretarse en el sentido de reconocer derecho alguno, a un Estado o un grupo de individuos, para emprender actividades y realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades reconocidas en el derecho constitucional e internacional, bajo el pretexto y a nombre de haber sido gobierno mediante el procedimiento de la elección. Para así protegerse de la desviación de los preceptos mundiales de equilibrio democrático, utilizando leyes que vulneran los derechos humanos fundamentales. (LIBRES E IGUALES EN DIGNIDAD Y DERECHOS: Art. 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los oros. Art. 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se tratara de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía. Art. 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Art. 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Art. 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Art. 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Art. 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Art. 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución y por la ley. Art. 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Art. 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. Art. 11. 1. Toda persona acusada de delito ti ene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Art. 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su famita, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. Art. 13. 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a 384


elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. Art. 14. 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Art. 15. 1. toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad. Art. 16. 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad útil, tiene derecho, sin estricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, s casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Art. 17. 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. Art. 18. Todo persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión y creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Art. 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Art. 20. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. Art. 21. 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho a acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. Art. 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensable a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Art. 23. 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. Art. 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. Art. 25. 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derechos a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalides, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. Art. 26. 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en la concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistas entre todas la naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de 385


la Paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. Art. 27. 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea actora. Art. 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. Art. 29 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Art. 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración. FUENTE: LA ASAMBLEA GENERAL PROCLAMA LA PRESENTE DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, COMO IDEAL COMÚN POR EL QUE TODOS LOS PUEBLOS Y NACIONES DEBEN ESFORZARSE, A FIN DE QUE TANTO LOS INDIVIDUOS COMO LAS INSTITUCIONES, INSPIRÁNDOSE CONSTANTEMENTE EN ELLA, PROMUEVAN, MEDIANTE LA ENSEÑANZA Y LA EDUCACIÓN, EL RESPETO A ESTOS DERECHOS Y LIBERTADES, Y ASEGUREN, POR MEDIDAS PROGRESIVAS DE CARÁCTER NACIONAL E INTERNACIONAL, SU RECONOCIMIENTO Y APLICACIÓN UNIVERSALES Y EFECTIVOS, TANTO ENTRE LOS PUEBLOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS COMO ENTRE LOS TERRITORIOS COLOCADOS BAJO SU JURISDICCIÓN). El manejo villano e infame del poder de la metrópoli colonizadora del Collao del Alto Perú o Charcas, con el uso de la fuerza militar y paramilitar contra la nación de los pueblos cambas cruceños, más la amenaza y la coacción que significa todo desfile militar, adjunto con el poderío indígena y campesino foráneo en la heredad territorial de estos pueblos al Este de los Andes en Bolivia, más las instrucciones militares a civiles provenientes de las fuerzas irregulares del gobierno andino del Estado del Alto Perú. Constituye con la amenaza que significa el uso del poder militar y paramilitar, más el tratamiento coactivo y las agresiones un peligro inminente contra el futuro de nuestra nacionalidad cierta y determinada, por ser esto un síntoma peligroso de un genocidio preparado dentro de la conculcación de los derechos universales y humanos como está sucediendo. El gobierno alto peruano de los interculturales, está manejando contra los originarios autóctonos llamados de tierras bajas (Isiboro Secure y otros) una agresión perversa, al vulnerarse definitivamente los derechos constitucionales ya disminuidos de la sociedad cautiva de la nación de los pueblos cambas cruceños, con encubrirse el verdadero contenido que es concentrar el poder en una sola persona, en un sólo grupo o en un sólo partido político, con sus titulares que se consideran la única fuente de la ley, de la verdad y lógicamente ser superiores a ella. Estableciéndose con ello, un acto dictatorial que destruye la democracia por más que se esté usando discrecionalmente el derecho al voto del ciudadano. (DEMOCRACIA: Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno. Sistema de gobierno en que el poder pertenece al pueblo, el cual lo ejerce directamente o por medio de sus representantes. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La anomalía denunciada contraria a toda realidad democrática, nos involucra a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños, como anexados y colonia del Collao del Alto Perú o Charcas boliviano que somos, cuando lo cierto es que en todo Estado de Derecho el único soberano es el pueblo y los derechos humanos más las libertades fundamentales, son consideradas elementos esenciales de la democracia representativa que deben ser ejercidos, según la Carta Democrática de la 386


Organización de los Estados Americanos y la Carta de las Naciones Unidas. (ELEMENTOS ESENCIALES DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA: Art. 3º: Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de Derecho, la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo, el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de poderes públicos. FUENTE: CARTA DEMOCRÁTICA: LIMITES DEL DERECHO INTERNACIONAL PARA LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: EL-HAGE, JAVIER: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 2006, PÁGINA 168). La actitud y el discurso antidemocrático, asumido desde el inicio republicano por los gobiernos dictatoriales y seudo democráticos de la imperialista metrópoli colonizadora andina boliviana, contra la etnia cosmopolita de la nación de los pueblos cambas cruceños, se manejaron y se manejan con el ejercicio de la coacción que da el poder en la amenaza velada del uso de la fuerza militar como paramilitar y policial, buscando imponer a los pueblos cautivos de la sociedad al Oriente de los Andes en Bolivia una dictadura abusiva, mediante el discurso y el justificativo de que las minorías deben someterse a los designios de las mayorías, como precepto que rompe el respeto a los derechos humanos y las libertades ciudadanas, como derechos fundamentales y universales que están estipulados en el Art. 5º numerales 1º y 2º de la Resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966, contemplados en la Carta de las Naciones Unidas. (DERECHO DE ABUSO PARA EL ESTADO: Artículo 5º: 1º: Ninguna disposición del presente Pacto podrá ser interpretada en el sentido de reconocer derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades y realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertadas reconocidas en el Pacto, o a su limitación en medida mayor que la prevista en él. 2º: No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un país en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, a pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado. FUENTE: RESOLUCIÓN 2200 A (XXI) DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1966). La limitación impuesta por los poderes políticos en lo que respecta a la protección y la promoción de los derechos en las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas cautivas y colonizadas, son protegidas en sus derechos fundamentales según se encuentran enunciados en el Art. 1ro., numerales 1 y 2 de la Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. (PROTECCIÓN ESTATAL DE LAS MINORÍAS NACIONALES: Artículo 1º: 1º: Los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad. 2º: Los Estados adoptarán medidas apropiadas, legislativas y de otro tipo, para lograr esos objetivos. FUENTE: RESOLUCIÓN 47/135 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1992). La coacción ejercida en la asamblea de Sucre que siguió su curso en la ciudad de Yotala y terminó en la ciudad de Oruro, al reeditar lo sucedido en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, se constituye en una nueva agresión contra los pueblos de la República de Santa Cruz de la Sierra y su sociedad cosmopolita como sucedió entre julio y agosto de 1825. Pues la nueva Constitución instituida en la ciudad de Sucre, pero aprobada en la ciudad de Yotala capital de la provincia Oropesa y definida en la ciudad de Oruro, está vulnerando todo Orden Internacional de Derecho Público que se encuentra consagrado y defendido en la Carta de las Naciones Unidas. Así como también en la Carta de la Organización de los Estados Americanos y en el Derecho Internacional Público General, pues nace como un hecho abusivo y criminal ejercido contra la cosmopolita nación de los pueblos cambas cruceños que se encuentran cautivos y colonizados. La anomalía anotada nos demanda denunciarla ante los organismos internacionales de derecho público comprometidos con la democracia, como agresión contra pueblos diferentes que nos encontramos anexados, también colonizados y agredidos nuevamente con una persecución sañuda dentro de una 387


preparada acción genocida por el poder central de la imperialista metrópoli, en la pretendida y farsante lucha contra el terrorismo y el separatismo inventado, más la persecución sin misericordia contra ciudadanos de nuestra anexada y colonizada sociedad. Demostrándose con esto que no somos una sola nación boliviana, sino una imperialista metrópoli colonizadora con su colonia.

LA OBLIGACIÓN QUE TIENE LA SOCIEDAD DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS DE DENUNCIAR Y DEMANDAR NUESTRA ANEXIÓN DOLOSA Y COLONIZACIÓN FRAUDULENTA ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA La nación de los pueblos cambas cruceños que fuimos anexados dolosa y colonizados fraudulentamente en 1825, desmembrados en nuestro territorio para ser repartidos entre los colonizadores de la metrópoli del Collao de Charcas o Alto Perú desde 1842 en adelante. como vendidos y regalados en nuestra heredad a países vecinos, nos lleva como nación soberana que fuimos agredidos demandar el respeto, a nuestra condición de pueblos minoritarios y diferentes de parte de los colonizadores de la metrópoli andina de la República del Alto Perú. (DESMEMBRAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CAUTIVA Y ANEXADA: Como medidas importantes en el aspecto de administración, debemos citar la creación del departamento del Beni (18 de noviembre de 1842), en base a lo que ha sido la circunscripción de las Misiones de Mojos (San Ignacio, Trinidad, Magdalena, Baures, San Joaquín, Santa Ana, Loreto, etc.) con una extensión de más de 200.000 Km. cuadrados. La Construcción del País: Historia de Bolivia: de Mesa, José: 5ta. Edición, año 2003, Pág. 391. (Decreto del 6 de agosto de 1842 de José Ballivián). En 1900 el gobierno crea el territorio nacional de colonias (que en 1938 se convertiría en el departamento de Pando). FUENTE: LOS LIBERALES: HISTORIA DE BOLIVIA: MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 522). La primera desmembración del territorio original de la anexada y colonizada fraudulentamente República de Santa Cruz de la Sierra, deja fuera y sin dueño nuestra jurisdicción territorial con una superficie de aproximadamente 600.000 Km2., luegp transformada dentro de un error histórico de nuestros colonizadores en territorios de colonias con su capital Riberalta entre los años de 1900. Las desmembraciones siguen en 1857 con la República de Santa Cruz de la Sierra colonizada, después de ser transformada como departamento en enero de 1826, con la sufrida durante la presidencia de José María Linares y la desmembración de nuestro territorio en el sur del Chiquitos que fue llamado por los españoles territorio del Chaco chiquitano, con la creación de la provincia Gran Chaco para ser entregada al departamento de Tarija, también la provincia Asero para ser cedida y anexada al departamento de Chuquisaca, actualmente Sucre por mandato de la Ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825; para con esto dentro del permanente pensamiento geopolítico de la metrópoli, separarnos y aislarnos de nuestros pueblos hermanos argentinos y paraguayos. Constituyendo una nueva y no última agresión como la de 1842 ejecutada contra el territorio jurisdiccional de la ya convertida, en departamento de Bolivia Santa Cruz mediante el decreto de Antonio José de Sucre del 23 de enero de 1826. (COLONIZACIÓN DE LA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Mientras se hace la división Constitucional del territorio, continuará el que actualmente tiene en cinco departamentos; a saber Chuquisaca, Potosí, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. FUENTE: DECRETO DE 23 DE ENERO DE 1826: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE). La República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños mantenía su territorio original intacto desde la creación de los departamentos de Bolivia en su Art. 1ro. Pero en la era republicana sufrió mutilaciones permanentes que fueron programadas desde el poder central de la metrópoli, y estas agresiones contra la sociedad cosmopolita de la nación de los pueblos cambas cruceños, se concreta con la formación de las provincias de Gran Chaco y Asero, como cosa que nos 388


mantuvo en un permanente litigio entre el departamento de Santa Cruz con el gobierno central hasta 1898. El Conflicto de límites de Santa Cruz con Sucre, a consecuencia de la anexión de territorios nuestros contaba con el apoyo del gobierno de la metrópoli, el cual termina mediante la coacción que significó la amenaza del uso de la fuera militar del ejército colonizador andino, contra la nación de los pueblos cambas cruceños en el gobierno de Severo Fernández Alonso. Contrariándose con ello los derechos históricos del territorio del Chaco chiquitano para ser entregados a Tarija y Sucre por el Presidente Linares en 1857. (COACCIÓN GUBERNAMENTAL ALTO PERUANA CONTRA SANTA CRUZ: Artículo 1º: El diferendo territorial entre los departamentos de Chuquisaca, Santa Cruz y Tarija; se resuelve de la manera siguiente. FUENTE: DECRETO LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1898: FERNÁNDEZ ALONZO, SEVERO). La condición de soberanía y ser diferentes de nuestro pueblo y sociedad cosmopolita, al ser agredida por la coacción que significó la amenaza de Severo Fernández Alonzo en 1898 en su decreto ley, es igual a la coacción ejercida por Antonio José de Sucre y su ejército colombiano en su decreto de febrero de 1825, como de la misma manera lo sucedido en pleno siglo XXI, con el desfile militar y campesino en el aeropuerto el Trompillo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Los hechos espurios y de abuso colonial, son los que nos facultan y ordenan en consecuencia, de que tenemos el deber de denunciar y demandar ante la Corte Internacional de Justicia, todas las causales de nulidades absolutas y relativas que resultaron y son consecuencia, de la embestida que nos llevó a estar actualmente en pleno siglo XXI como colonia del Estado foráneo, imperialista y colonizador del Alto Perú llamado Boliviano. Encadenados además por estos casi doscientos años, a la imperial y colonizadora ex República Bolívar transformada en Bolivia, luego en Nación Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, por el derecho de recuperar nuestra heredad y nuestra historia. Para cicatrizar de una vez por todas las llagas abiertas y en este caso, si se quiere con nuestros carceleros de siempre lograr un pacto de convivencia con nuestros vecinos colonialistas. Las nulidades absolutas como ser la coacción y la violación del ius Mogens ejercidas en 1825, reeditadas en pleno siglo XXI no se encuentran prescritas tenemos la obligación de denunciarlas fortalecidos con los hechos que hoy pretenden consolidar nuestra desaparición como sociedad diferente y definitiva, por lo que debemos construir y ejercer un frente de resistencia civil como pueblos colonizados, para evitar el resultado de la destrucción de la nación cosmopolita cierta y determinada que somos. Denunciando al mundo democrático el delito del genocidio ejecutado contra nosotros a través de los tiempos republicanos. (DELITO DE GENOCIDIO: Crimen de Derecho Internacional, consistente en el exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas, o en la implacable persecución de aquellos por estas causas. Como modalidades delictivas se sancionan: 1º El genocidio consumado. 2º La asociación para cometerlo. 3º La incitación directa y pública al mismo. 4º La tentativa y 5º La complicidad. Pueden ser reos únicamente, las personas individuales, los funcionarios públicos y los gobiernos; pero no los Estados. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO CUARTO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 169 // EL TÉRMINO GENOCIDIO: No existía antes de 1944, es un término muy específico que hace referencia a los crímenes masivos contenidos contra grupos humanos diferenciados: FUENTE: LOS DERECHOS HUMANOS, TAL Y COMO SE INDICA EN CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA O EN LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE 1048 DE LAS NACIONES UNIDAS, SE REFIEREN A LOS DERECHOS DE LOS INDIVIDUOS. ENCICLOPEDIA DEL HOLOCAUSTO). El delito y crimen del Genocidio, significa hacer desaparecer una etnia indiscutible y establecida como hecho contemplado de delito no político y de extrema gravedad dentro del Derecho Penal Internacional. (CRIMEN INTERNACIONAL: El Derecho internacional penal es la rama del derecho que define los crímenes internacionales y regula el funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en responsabilidad penal internacional, 389


imponiendo las sanciones que correspondan. El surgimiento de esta rama supone una importante evolución respecto al Derecho internacional clásico, que era esencialmente interestatal y no consideraba a la persona como sujeto de Derecho internacional. FUENTE: WIKIPEDIA LA ENCICLOPEDIA LIBRE). La ciudad de Santa Cruz de la Sierra contaba en 1810 con 10.000 habitantes, luego en 1920 con 18.000 y pasa a tener 57.000 habitantes en 1955, llegando a un crecimiento poblacional de 325.000 en 1976 y a 697.000 habitantes en 1992, luego a tener 1.029.471 habitantes en 2001 y en 2009 se calcula que la capital cuenta con una población de más 1.594.926 habitantes, según fuentes de estadísticas poblacionales nacionales (INE). Hoy día está sobrepasando los límites del Municipio, con los barrios más nuevos que la han conectado con los de la Guardia, Cotoca, Warnes y Porongo. Área metropolitana que hace se tenga un estimado que cuenta con más de 1.774.998 habitantes. La sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, es hoy día una sociedad cosmopolita en la cual se reflejan los rasgos de la colonia española, como también los orígenes de Tupí guaraníes, enriquecida además por el legado de inmigraciones andinas del Collao del Alto Perú o Charcas, como de otros americanos y europeos y entre ellos tenemos aimaras, quechuas, alemanes, italianos, portugueses y yugoslavos contando también migraciones asiáticas entre japoneses y chinos mayoritariamente y algo de árabes en su mayor parte libaneses y palestinos. Actualmente es fácil encontrar a nuevos cambas cruceños llegados de países vecinos como Argentina, Brasil, Perú, Chile, Paraguay y Colombia quienes han asimilado la cultura local y a la vez, están aportando nuevos rasgos a una sociedad en continuo crecimiento y desarrollo como cambio natural al paso del tiempo, pues los resultados de la sociedad y la naturaleza son permanentemente activos y cambiantes.

NECESIDAD DE FORTALECER LA IDEOLOGÍA DE PATRIA, DE LA SOCIEDAD COSMOPOLITA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La necesidad de mantener la fortaleza y la militancia ideológica de la sociedad cosmopolita de los pueblos cambas cruceños que se encuentra compuesta por los departamentos del Beni, Santa Cruz y Pando, como también los cautivos y anexados territorios nuestros en los departamentos occidentales collas alto peruanos de la imperialista metrópoli colonizadora andina, porque son parte de la cruceñidad toda que viene por haber sido originariamente una sola nación y tener una misma equivalencia dentro del derecho identitario histórico, al haber sido nuestra sociedad parte de la gobernación del Paraguay por espacio de 23 años y estar separada como gobernación de Mojos en 1560, también Provincia o Intendencia de Santa Cruz de la Sierra dentro del Virreinato del Río de la Plata desde 1776 y 1782 respectivamente, separados e independizados pero en lucha contra España desde 1810 y de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815. Conseguida nuestra libertad e independencia plena y definitiva en 1825, al expulsar de nuestra capital a los alto peruanos, constituyendo una muestra que como pueblo y nación estábamos integrados al movimiento independentista iniciado en los años de 1805 y 1810 desde Buenos Aires. (LAS IDEAS REVOLUCIONARIAS SE GESTARON EN BUENOS AIRES EN 1805: Las ideas revolucionarias comenzaron a gestarse en el Río de La plata en el año 1805, antes de las invasiones inglesas, y que progresaron rápidamente en los años subsiguientes, tuvieron un eco en Santa Cruz de la Sierra en 1809, pues el 15 de agosto de ese mismo año se descubrió en Santa cruz una conspiración para establecer un plan de gobierno semejantes a los de Chuquisaca y La Paz. FUENTE: LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 161). La Patria de los pueblos cambas cruceños nos encontramos separados y agredidos en nuestra integridad identitaria, por haber sido desmembrados a causa de la colonización criminal y desvergonzada que estamos sufriendo desde 1825, dentro del impacto colonial que sirvió para ocupar nuestros territorios 390


como pueblo más débil y agredido en sus derechos fundamentales. Aprovechado por el poder de la metrópoli para consolidar la ocupación y desbastar nuestras riquezas, dentro del encontronazo que significó nuestra colonización. (PATRIA: Nación considerada como unidad histórica a la que sus naturales se sienten vinculados. Tierra natal o adoptiva a la que pertenece por vínculos afectivos, históricos o jurídicos. Lugar, ciudad o país en que se ha nacido. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La agresión que estamos sufriendo a nuestra dignidad como puelo diferente, cierto y determinado es motivo según el orden internacional y se constituye en un derecho inalienable, buscar emancipar nuestros pueblos de la potencia imperialista ex República Bolívar, luego Bolivia y hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, que a pesar de todo se mantiene como heredera del vitalicio derecho del Libertador Simón Bolívar como República del Alto Perú. (DESCONFIANZA AL DERECHO INTERNACIONAL: Algunos países surgidos de la descolonización miraron con cierta desconfianza el derecho internacional de origen europeo, que regía a la época de su independencia. Ellos se sintieron un tanto ajenos a un orden jurídico en cuya elaboración no habían tenido ocasión de participar y algunas de cuyas instituciones y reglas habían servido de instrumento o de marco a la dominación colonial: el derecho a ocupar territorios sin dueños, el derecho de conquista, los protectorados coloniales, la libertad de los mares, los tratados desiguales, etc. Gobierno y juristas de estos países estimaron que el orden jurídico de la vieja sociedad internacional, bajo apariencia de neutralidad e indiferencia, favorecería la dominación de los pueblos más débiles y el pillaje de sus riquezas por parte de las potencias colonizadoras. Sin embargo, los nuevos Estados advirtieron que el derecho internacional contenía normas e instituciones que eran útiles para proteger su personalidad internacional, promover sus relaciones mutuas y contribuir a la revisión del orden jurídico existente. Es por ello que los nuevos Estados, sin rechazar el derecho internacional en bloque, abogaron por transformarlo, con su activa participación, en un orden jurídico universal mejor adaptado a las necesidades del mundo contemporáneo. Al efecto, denunciaron algunos tratados y situaciones desiguales pactados a su respecto por las potencias colonizadoras, objetaron algunas normas jurídicas tradicionales y pregonaron entusiastamente algunos principios acordes con su ideología e experiencia nacional, como los de soberanía, igualdad, descolonización y autodeterminación. Para promover el nuevo orden los países surgidos de la descolonización han favorecido la convocatoria a conferencias internacionales destinadas a codificar y desarrollar sectores completos del derecho internacional. También han promovido y logrado la aprobación por la Asamblea General de las Naciones Unidas resoluciones que favorecen sus posiciones jurídicas. FUENTE: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: IMPACTO DE LA DESCOLONIZACIÓN EN EL DERECHO INTERNACIONAL: BENADAVA, SANTIAGO: CUARTA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 39).

URGENTE NECESIDAD DE PEDIR APOYO Y PROTECCIÓN A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL DEMOCRÁTICA, CONTRA LA AGRESIÓN COLONIALISTA DEL COLLADO ALTO PERUANO O CHARQUEÑO La acometida agresiva del poder de la colonizadora e imperialista metrópoli hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, contra la nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, es necesario pararla solicitando la intervención de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, para evitarse el genocidio gestado y que se está cometiendo contra esta nación cosmopolita en nuestros componentes autóctonos como originarios e inmigrantes. Alimentado y favorecido bajo el contubernio foráneo de la izquierda internacional como también, por la derecha que se mantienen alternándose indistintamente, durante nuestro cautiverio como nación y patria diferente, cierta y definida pero sí avasallada. 391


El delito de genocidio cometido contra la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños que se acusa, está catalogado y caracterizado en Derecho Penal Internacional como delito común no político y de máxima gravedad, por lo tendencioso y premeditado en su ejecución durante estos casi 200 años de colonización y anexión fraudulenta, consumada con el propósito de destruirnos como grupo humano cierto y determinado. La situación que estamos soportando en la lucha reivindicatoria, debemos apoyarla sobre el reconocimiento de este delito en los postulados de las Naciones Unidas por nuestra condición de pueblos más débiles que lo estamos sufriendo. Delito declarado en su definición en la Convención del Genocidio de la Asamblea General que entro en vigencia el 12 de enero de 1951, especialmente el Artículo II inciso c), pues nuestra anexión y colonización, viene como sometimiento intencional de un grupo nacional foráneo contra las condiciones de existencia que al final acarrea la destrucción física, parcial o total de todo pueblo agredido. (AGRESIONES A GRUPOS NACIONALES: Artículo II: En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, o religioso, como tal. a) Matanza de miembros del grupo. b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo. c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial. d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo. e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro. FUENTE: RESOLUCIÓN 260 (III) A DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ONU, DE 9 DE DICIEMBRE DE DE 1948: EN VIGOR EL 12 DE ENERO DE 1851). El genocidio como acto criminal es un delito internacional que acepta y puede agregarse como causal, el hecho de hacer traslados de gentes desarraigándolos de su territorio de origen con fines políticos internos, como también usarlos en traslados a manera de conseguir la disolución de pueblos colonizados. En este caso tenemos como ejemplo lo acontecido en diferentes tiempos, continentes y culturas. (MITIMAES: Los Incas practicaban los mitimaes, para consolidar su dominación. Se trasladaba gente propia hacia lugares remotos, para asimilar y conquistar grupos diferentes que caían bajo su poder imperial. Los Chinos en Turquestán oriental hoy Xinjiang, con el traslado masivo de pueblos de la raza Han, poco a poco se minó la cantidad de nativos uigures. Muchos traslados terminan en atroces genocidios, como los impuestos en la época de Pol Pot, durante su régimen de terror en Camboya. Así como el traslado por motivos políticos, sucedido entre el departamento del Beni (Riberalta) y Pando. FUENTE: EL DEBER: OPINIÓN: ASENTAMIENTOS: SU LIMITACIÓN BÁSICA: SAAVEDRA WEISE, AGUSTÍN: AGOSTO 14 DE 2009, PÁGINA A25).

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ORIENTACIÓN IDEOLÓGICA

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PATRIA, NACIONALISMO Y DESCOLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS

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“SI NO EXISTIERE LA IDEOLOGÍA MUNDO ANDARÍA A CIEGAS”

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(IDEOLOGÍA: La ideología es definida como un mezclado de creencias e ideas individuales, grupales o sociales que determinan al sujeto poseedor, colocándolo en la realidad existente de manera particular. Si bien por un lado una ideología, es entendida como un modo de pensar individual, en el cual se hacen presentes diferentes preferencias, elecciones, creencias e ideas; también puede ser comprendida, como el sistema de ideas de un grupo social que se expresa a través de ella en todo el conjunto. FUENTE: WIKIPEDIA: LA ENCICLOPEDIA LIBRE).

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iNDICE TEMA

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LA ORIENTACIÓN IDEOLÓGICA Introducción…………………………………………………………………………………………………..………401 Patria……………………………………………………………………………………………………………….…414 Nacionalismo reivindicatorio………………………………………………………………………………..………416 Descolonización…………………………………………………………………………………………………..…417 Testimonio presentado por un grupo de cambas cruceños, ante el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas…………………………………………………………………………………………….………422 Envío de Testimonio……………………………………………………………………………………………...…428 La lucha de la nación de los pueblos cambas cruceños, debe estar dirigida hacia nuestra liberación del estado de colonización en el que nos encontramos sometidos por la metrópoli boliviana………...………428

LA INFORMACIÓN Y LA ENSEÑANZA ILEGÍTIMA, COMPLOTA CONTRA LA IDENTIFICACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La enseñanza de nuestra historia, como nación de los pueblos cambas cruceños es y ha sido mezquina, por el manejo distorsionador del poder colonizador de la metrópoli andina boliviana……………….……429 El derecho justo de la nación de los pueblos cambas cruceños, para alegar la Nulidad Absoluta de nuestra coactiva anexión y la fraudulenta colonización por la del Alto Perú república bolívar es cierto y determinante…………………………………………………………………………………………………...…….431 La coacción que se ejerce contra la nación de los pueblos cambas cruceños, con persecuciones judiciales, políticas y medidas económicas, más la amenaza de agresión armada militar y paramilitar manejada desde la metrópoli andina, son actos de colonización contrarios al derecho internacional…………………...……434

LOS PERSONAJES ALTOPERUANOS O CHARQUEÑOS DOS CARAS DE LA LOGIA MASÓNICA CLUB PATRIÓTICO, SON LOS ACTORES DE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS Los protagonistas de la creación de la alto peruana república Bolívar, Casimiro Olañeta y José Mariano Serrano entre otros de comportamiento dos caras, son causantes de la herencia de corrupción en que se debate la colonizadora sociedad alto peruana…………………………………………………………..………436 La falta de un tratado que una legalmente en la Nación Estado Plurinacional Comunitario, a la nación de los pueblos cambas cruceños. Anula nuestra anexión y la colonización en la del Alto Perú República Bolívar en 1825. Permitiéndonos el derecho a la descolonización……………………………………………440

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LA ORIENTACIÓN IDEOLÓGICA INTRODUCCIÓN La anexión dolosa y la colonización fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra, soportada desde agosto de 1825 al hacer firmar ilegítimamente el Acta de la Independencia a los incompetentes e inhábiles representantes corruptos cambas cruceños, Vicente Seoane y Vicente Caballero que necesariamente lo hicieron como representantes para Oruro y no Sucre sobre el 40% de nuestros pueblos o sea Cercado y Valle Grande. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS ESTABAN APEGADOS A BUENOS AIRES: Santa Cruz de la Sierra, que poco antes había designado sus diputados al Congreso General Constituyente de Buenos Aires al coronel Don. Antonio Suárez y a Don Pedro Damián Urtubey, entrando, de este modo, a formar parte de la Confederación Argentina, ( Confederación del Río de la Plata, pues no existía Argentina) no realizó ninguna asamblea para designar nuevos delegados al congreso de Chuquisaca; pero en esta ciudad los representantes alto peruanos, a efecto de incluir dentro de la nueva República también a Santa Cruz de la Sierra, reconocieron como representantes de este distrito al Dr. Antonio Vicente Seoane, y como representante de Valle Grande, al Dr. Vicente Caballero. Es un hecho indiscutido que Santa Cruz de la Sierra no estuvo legalmente representada en el Congreso que declaró la Independencia de Bolivia. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 182). La colonización se concreta en enero de 1826 cuando se nos trasforma en departamento de Bolivia por Antonio José de Sucre, apoderado del Presidente vitalicio Simón Bolívar y comandante en jefe del ejército de invasión colombiano, siendo causa para que la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños como sociedad particular, esté sumida en una confusa identidad histórica por demás vaga e imprecisa, agravada como resultado de una educación mentirosa ejercida y cultivada, por el poder de la metrópoli colonialista centralista andina boliviana y manejada por espacio de casi 200 años. (LA ANEXIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA FUE DOLOSA Y FRAUDULENTA: La anexión de Santa Cruz a la República de Bolivia se hizo sin contar con la voluntad del pueblo cruceño, como resultado de un acto subrepticio, de un verdadero fraude. El gobierno militar de Chiquitos tampoco debió formar parte de la República de Bolivia. No sólo no se halló representado en el Congreso de Chuquisaca que proclamó la Independencia de Bolivia, sino que en abril de 1825 se anexó solemnemente al Imperio del Brasil. FUENTE: LA ANEXIÓN A BOLIVIA: HISTORIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – UNA NUEVA REPÚBLICA EN SUDAMÉRICA: DE GANDIA, ENRIQUE: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1935, PÁGINA 183). La sociedad del Collado de Charcas o Alto Perú que maneja discrecionalmente los destinos de Bolivia, mediante un sistema hegemónico centralizado entre La Paz, Potosí, Sucre, Cochabamba y Oruro como alto peruanos indistintamente, en condición de criollaje europeo y mestizaje aimara y quechua con español principalmente en calidad de metrópoli colonizadora, se constituye en un sistema político y social que está complotando y dejando abandonada, la libertad y la soberanía de la nación de los pueblos originarios autóctonos y originarios nativos de nuestra sociedad, por ser nacidos como etnia de la nación de los pueblos cambas cruceños. Hecho ejemplarizado con los sucesos en las heredades de estos pueblos denominados naciones por la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario, mostrándose el ejemplo más dramático con lo sucedido en los pueblos del Isiboro – Sécure. Las naciones aimaras y quechuas como pobladores originales autóctonos de las Provincias Altas del Río de la Plata luego argentinas, bolivianas, peruanas y chilenas dentro de la antigua provincia de los Charcas son la base de la nacionalidad actual, denominadas occidentales collas o charqueñas especialmente en Bolivia. Denominados así porque están relacionadas con el Collasuyo del Imperio Incaico al haber pertenecido al Tahuantinsuyo y a los Señoríos Aimara, como también catalogados alto 403


peruanos por su colonización desde el Perú y encontrarse enclavadas en las altipampas y en los valles de los Andes Centrales en el actual Estado boliviano. La hegemonía poblacional social y política del Collado alto peruano o charqueño en el Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia está manejada por el eje gobernante desde su formación en agosto de 1825, convergiendo desde Sucre hacia La Paz y Cochabamba como está demostrado, dentro de un hecho llevado adelante con un manejo inconfesable y tramposo, ejecutado para hacer efectivo el proyecto de la República del Alto Perú que recibió de nombre Bolívar, discrecionalmente dirigida por personajes de comportamiento dos caras, hipócritas e impostores de criollos y mestizos de la etnia incaica con el español. El argentino José María Serrano que fue secretario del Congreso Constituyente de Tucumán en 1816, fungiendo como parte redactora del acta de la independencia de ese país, aparece como presidente de la asamblea de Chuquisaca en 1825. (LOS DOCTORES DE CHARCAS ERAN MASONES: Los doctores de charcas, posteriores a 1810, eran miembros de una logia, sociedad patriótica o club. M. Beltrán Ávila en la pequeña gran logia que independizó Bolivia, señala como año 1823 esta situación, y el libro Apuntes para la historia de la Masonería boliviana de Carlos Urquizo S, y Manuel E. Contreras V., manifiesta que la logia patriótica era un apéndice de los Huaukes, que en aimara significa hermanos; el jefe era José María Serrano y en ella participaban Leandro Uzin, Manuel María Urcullo, Antonio Vicente Seoane, Vicente Caballero, los cuatro hermanos Moscoso y otros muchos más. Charles Arnade, por su parte, no les concede inclinaciones independentistas, ni convecciones distintas a sus apetitos y ambiciones personales, por eso los denomina “dos caras”, porque estaban a la expectativa de quien iba a triunfar. FUENTE: PRESENTACIÓN: FRANZ A. MICHEL: DESENREDANDO LA INDEPENDENCIA DE SANTA CRUZ Y SUS PROVINCIAS (1805 – 1841): GANDARILLA GUARDIA, NINO: TERCERA EDICIÓN, AÑO 2010, PÁGINA 12). El secretario argentino Serrano de la Asamblea en Tucumán, como gestor de la República Bolívar se transforma en traidor a su condición nacional ciudadana de esa república, al aparecer en 1825 en calidad de Presidente de la Asamblea Constituyente en La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, también ser parte redactora de las actas de la independencia de la Republica del Alto Perú llamada Bolívar. (SUERTE Y DESTINO DEL ALTO PERÚ QUE INVOLUCARA A LA LIBRE Y SOBERANA REPÚBLICA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Se procedió a discutir sobre si la Asamblea podía pronunciar su declaración en orden a la suerte y destino de estas provincias o esperaría el arribo de alguno de los Diputados del Departamento de Santa Cruz. Hubo un ligero debate y declarado el punto bien discutido se pasó a votación, de que resultó que se hiciese la declaración el día 6 del corriente, dejando lugar a los Sres. Diputados de Santa Cruz para expresar sus opiniones. Con lo que concluyó la sesión y señalado el día de mañana para la nueva. José Mariano Serrano Presidente. 10ª Sesión: 3 de agosto de 1925. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: 12ª SESIÓN DEL 6 DE AGOSTO DE 1925: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 131). Lo que siguió luego fue una componenda entre estos traidores de comportamiento dos caras y entre ellos, tenemos a Casimiro Olañeta que fue también redactor del Acta de Independencia de la República Bolívar. Como ingrato a su tío el General Pedro Antonio de Olañeta que liberto el Alto Perú o Charcas del poder colonial español mediante la firma del tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824 en la localidad de Tarapaya. (NO MÁS DISCUSIÓN SOBRE LA INDEPENDENCIA ALTO PERUANA: En este estado se pasó a votar sobre si la materia estaba ya bastantemente discutida, y quedó resuelto que sí. Se propuso después la cuestión, sobre si sería ya tiempo de nombrar la comisión que se encargase del proyecto de deliberación o resolución sobre el asunto discutido, cuantos serían los de la Comisión y quienes; quedó resuelto, que se compondría de siete individuos, a saber, de los Sres. Serrano, Mendizábal, Urcullo, Olañeta, Dalence, Centeno y Asín. Con lo que cerró la sesión, quedando señalada para la siguiente el lunes 1º de agosto, y quedó firmado. 8ª Sesión: 28 de agosto de 182. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: 12ª SESIÓN DEL 6 DE AGOSTO DE 1925: VILLARROEL 404


TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 127). La villanía histórica cometida contra la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, está demostrada por los hechos sucedidos dentro de las sesiones en la Asamblea de Chuquisaca, pues estas se refieren sólo al Alto Perú y no así a la desaparecida audiencia de Charcas que estaba extinguida desde 1813, por decisión soberana del gobierno de Buenos Aires y tampoco esta asamblea se refiere a la provincia de los Charcas como debió ser. La trampa contra la independencia y la soberanía de la nación de los pueblos al oriente de la cordillera de los Andes en Bolivia, viene cuando interpretan dolosa y maliciosamente que la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, era integrante de Charcas en forma ambigua y mentirosa. Como también haber sido parte de la Audiencia o Cancillería de los Charcas en 1825, eliminada a consecuencia de la creación del virreinato del Río de la Plata en 1776 y por decisión del gobierno de Buenos Aires como tribunal de alzada en 1813. La interpretación histórica fraudulenta de estar integrada la República de Santa Cruz de la Sierra como nación de los pueblos cambas cruceños a la audiencia de Charcas, se supone que lo hicieron dentro de la representación de Charcas y Mizque mucho antes de 1776 y que el 9 de julio en Tucumán, se constituyen como enviados conjuntamente y en calidad de representantes en sus delegados respectivos, pero no es cierta para la nación de las llanuras Camba Cruceña. El hecho de la interpretación histórica falsa cuando se nos incluye apócrifamente en conjunto con los alto peruanos, viene de la equivocación interesada de que estábamos comprendidos en la ley de 9 de mayo dictada por Buenos Aires, en el manejo encubierto de la interpretación que como República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños éramos del Alto Perú. La interpretación fraudulenta fue hecha sin fundamentos históricos ciertos y sólo, suponiendo que nuestra república desde 1815 hasta agosto 1825 había retornado como el Alto Perú o Charcas, ser dependencia del virreinato de Lima y desde 1821 en adelante del Cuzco con la invasión de Aguilera y la derrota de Warnes como lo hicieron Chuquisaca, La Paz, Cochabamba y Potosí después de la derrota de Castelli, Belgrano, Rondeau y Gregorio Araoz de la Madrid con sus respectivos ejércitos auxiliares. (ALGUNOS ALTO PERUANOS NO SE INVOLUCRARON CON BUENOS AIRES: No todo el virreinato estaba involucrado en este nuevo gobierno, tal ocurrió con el Alto Perú donde Vicente Nieto, presidente de la audiencia controlaba Chuquisaca, el intendente Paula Sanz Potosí y Manuel de Goyeneche la zona Norte con La Paz y sus alrededores. FUENTE: EJÉRCITOS AUXILIARES Y LEVANTAMIENTOS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 321” // “HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINAS 324 A 326). El dolo inconfesable fue interpretar fraudulenta e interesadamente que el territorio de las Provincias Altas del Río de la Plata luego argentinas o Alto Perú, contemplaban en su jurisdicción y geografía la provincia de la nación de los pueblos cambas cruceños independiente y convertida en la República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815 es falsa. La audiencia de Charcas quedó reducida desde 1776 a un simple tribunal de alzada y sólo en lo jurídico, como también fue eliminada en 1813 por decisión de Buenos Aires. Integrándonos a ella por fraude histórico dentro del Alto Perú a la constituida República de Santa Cruz de la Sierra, libre y soberana al separarse y declarar su independencia de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, a la cual estaba unida oficialmente desde 1813 con dos diputados ante la Asamblea Constituyente en Buenos Aires. (SIMPLE TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: La audiencia quedaba reducida a una simple Corte de alzadas y Tribunal Supremo de Justicia. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 283). La historia contada es que con la creación del Virreinato del Río de la Plata en el año 1776, la audiencia de Charcas queda solamente como Tribunal Supremo de Justicia. Además sólo dentro de la intendencia de Chuquisaca desde 1782 con la creación de las intendencias que dividió el virreinato, 405


conteniendo la versión sesgada de que estaba integrando también entre ellas la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, formada en base a la gobernación del mismo nombre y las provincias o distritos militares de Mojos y Chiquitos. (INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Las siete restantes, que ha de crearse, serán sólo de Provincia; y se habrá de establecer (…) otra en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que será comprensiva del territorio de su Obispado; (…). FUENTE: REAL ORDENANZA DEL INTENDENTE DE EJÉRCITO Y PROVINCIA DEL 28 DE ENERO DE 1872). La audiencia de Charcas quedó reducida y añadida a la intendencia de Chuquisaca, con su jurisdicción que sólo comprendía la provincia de los Charcas y su presidencia soldada con la del Intendente, la cual luego es eliminada definitivamente por el Gobierno de Buenos Aires en 1813 al cambiar la estructura administrativa dentro de las Provincias Unidas en el extinto virreinato del Río de la Plata. (SIMPLE CORTE DE ALZADA: La audiencia quedaba reducida a una simple Corte de alzada y Tribunal Supremo de Justicia que, como autoridad ejecutiva, civil y militar, sólo gobernaba en la Provincia de La Plata. FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS: DE MESA, JOSÉ Y GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 283). Los sucesos de mayo de 1810 llevan a que la audiencia de Charcas fuera suprimida el 23 de enero de 1812, dentro de la fecha que se la reemplazó por una Cámara de Apelaciones, luego en 1813 la misma Asamblea General Constituyente de Buenos Aires decretó su extinción nombrando en su reemplazo una Cámara de Apelaciones con jurisdicción en todo el territorio que comprendía aquel tribunal de la desaparecida audiencia. Lo que se detalla está demostrando la falacia con que fue manejada nuestra realidad histórica en la asamblea de 1825 en La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, pues son las intendencias tanto de Chuquisaca, Potosí, La Paz y Cochabamba como antiguos componentes de la provincia de los Charcas, las que se cobijan bajo el poder de Lima y luego del Cuzco, pero ya no como audiencia sino en calidad de territorios del Alto Perú o de Charcas tal como afirma Medinaceli en la proclama de Cotagaita. (PROCLAMA DE MEDINACELI: Ha llegado el día en el cual como naturales del país y soldados de la patria, debemos pronunciarnos y proclamar la independencia y autonomía de nuestra patria Charcas, mal llamada Alto Perú. FUENTE: PROCLAMA PARA LA EMANCIPACIÓN DE CHARCAS O ALTO PERÚ: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 83). La vuelta al cobijo del virreinato del Perú fue por decisión de los intendentes y los jefes de los distritos militares como Goyeneche, Olañeta y otros, efectuada por el rechazo que resulto a las incursiones de los ejércitos auxiliares mandados desde el rebelde ex virreinato de Buenos Aires. Probado y señalado por lo que se lee en las reflexiones sobre la fundación de la República de Bolivia en el trabajo de Augusto Villarroel Treviño que se encuentra basado en documentos existentes. (EL ALTO PERÚ SE APEGÓ A LIMA: Hacia 1810 las líneas de batalla estaban trazadas. Cuando la guerra se inició en el Alto Perú en 1809, esa región organizada como la audiencia de Charcas, pertenecía al virreinato del Río de La Plata. Cuando en 1810 Buenos Aires, por propósitos prácticos, se rompió relaciones con el imperio español, los oficiales realistas fieles en el Alto Perú, que habían reprimido victoriosamente las revueltas de 1809, entregaron la audiencia de Charcas al Virreinato de Lima. Las autoridades de Buenos Aires nunca reconocieron este cambio, y desde su punto de vista, las provincias altas constituyeron una parte integrantes del nuevo orden del Virreinato de Buenos Aires. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 8). El pretexto que llevó a los oligarcas de conducta dos caras del Alto Perú reunidos en la asamblea de Chuquisaca entre el 10 al 28 de julio de 1825, para separarse de las Provincias Unidas del Rió de la Plata, supuestamente, fue por causa del comportamiento rastrero de Buenos Aires. (BUENOS AIRES OFENDIO A LOS ALTO PERUANOS: El gobierno de Buenos Aires manifestando una desconfianza rastrera ofendió la honra de estos habitantes, las máximas de una dominación opresiva como la de España han sido adoptadas con aumento de un desprecio insufrible; la prueba es impedir todo 406


esfuerzo activo a los peruanos, que el ejército de Buenos Aires con el nombre de AUXILIAR para la patria se posesiona de todos estos lugares a costa de la sangre de sus hijos y hace desaparecer sus riquezas. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 9). El año 1816 se constituyeron como provincias altas y componentes de la República Argentina en Tucumán y entre ellas tenemos a Chuquisaca, Cochabamba, Potosí y La Paz pero leales al sentimiento peruano y su procedencia colonial desde el Virreinato de Lima y por el Océano Pacífico. La entrega de estas provincias del Alto Perú y Charcas al virreinato de Lima y luego al Cuzco, se produjo por el rechazo de los intendentes alto peruanos y los oficiales realistas del Alto Perú al movimiento de Buenos Aires de 1810. Como también por la repulsa a la conducta de sus ejércitos auxiliares que ingresaron desde julio del mismo año, con un comportamiento supuestamente déspota, creándose por esto un resentimiento definitivo según está contado en las reflexiones sobre la fundación de la República de Bolivia en el trabajo de Augusto Villarroel Treviño que está basado en documentos existentes. La confusión y el fraude histórico que lleva a conectar falsamente las tierras bajas de la Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra ya transformada en República de la nación de los pueblos cambas cruceños, con la audiencia de Charcas en los Andes Centrales desaparecida definitivamente desde 1813 por ser cambiada por una Cámara de Apelaciones es falsamente utilizada, como también estar relacionados con el Alto Perú o provincia de los Charcas. Lo que lleva a presumir fue que la sede del obispado cruceño que abarcaba Mojos y Chiquitos, se asienta en Mizque por su condición de salubridad y una inclusión en la Intendencia de Cochabamba, solamente en la sede de gobernación en su capital hasta 1811, porque luego fue separada como sede de gobernaciones distintas por José Manuel de Goyeneche. (INDEPENDENCIA DEFINITIVA CAMBA CRUCEÑA: La independencia definitiva de Santa Cruz se proclamó el 14 de febrero de 1825. “durante la guerra de la independencia, Santa Cruz de la Sierra osciló entre los gobierno patriotas (1810-11; 1813-16) y los gobiernos realistas (1911-13; 1816-25). Fueron los realistas, bajo las órdenes de Goyeneche, quienes restituyeron a Santa Cruz su antiguo status de capital de gobernación. Desmembrándose de Cochabamba y manteniendo en su territorio los gobiernos militares de Mojos y Chiquitos. FUENTE: MOLINA CIT.: EN. PEÑA 2003: PÁGINA 41). La interpretación sesgada fue utilizada cuando se cuenta por los historiadores alto peruanos y argentinos de que, en la formación del Virreinato del Río de la Plata supuestamente los cambas cruceños la integramos como parte del distrito del Perú, dentro de una deducción torcida que inclusive compromete también a historiadores cambas cruceños y foráneos interesados que confunden perversamente la situación. (SOLO EL ALTO PERÚ VOLVIÓ A LIMA: Los mismos historiadores alto peruanos cuentan que durante la guerra de la independencia del Alto Perú, volvieron a la jurisdicción de Lima, las intendencias de Chuquisaca, La Paz, Potosí y Cochabamba. FUENTE: VERIFICACIÓN EN LOS MAPAS DE LAS PÁGINAS 282 Y 285: HISTORIA DE BOLIVIA: DE LOS MESA GISBERT, EDICIÓN QUINTA. AÑO 2003). La otra aseveración fraudulenta y mentirosa sobre nuestra supuesta pertenencia a Cochabamba, fue manejada en 1825 pero destruida por los mismos historiadores alto peruanos que narran, la separación entre la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra con la de Cochabamba viene cuando José Manuel de Goyeneche como representante militar del poder español y luego Presidente de la Audiencia del Cuzco, envía como gobernador Intendente de Santa Cruz a José Manuel Becerra en 1811. Luego este militar español es derrotado por el Coronel Antonio Suárez que fue encargado de la seguridad militar en el gobierno de 1810 que llegó acompañado y al mando de una fracción del ejército de Manuel Belgrano. La supuesta vuelta del Alto Perú a la jurisdicción de Lima desde 1813 con la expulsión de los ejércitos del Río de la Plata, fue excluyendo definitivamente a la Provincia Unida del Río de la Plata de la nación de los pueblos cambas cruceños, que se consolido como República de Santa Cruz de la Sierra desde 1815, pese a la supuesta y cuestionada integración con la Intendencia de Cochabamba. (LOS 407


ALTO PERUANOS VUELVEN A SER PERUANOS: El 3 de agosto de 1810, en plena guerra de la independencia, la audiencia de Charcas volvió a la jurisdicción de Lima Capital del virreinato del Perú, siendo virrey José de Abascal. La ya declarada independencia de las provincias del Plata y las necesidades militares de un momento tan conflictivo como aquél, fueron las causales inmediatas de esta transferencia, la cual afirmó la autonomía de Charcas que no se consideró ligada a ninguno de los virreinatos. FUENTE: SITUACIÓN DE CHARCAS Y PRIMEROS LEVANTAMIENTOS: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 312). La existente Republica de Santa Cruz de la Sierra desde finales de 1815 hasta agosto de 1825, al ser anexada fraudulentamente en la República del Alto Perú llamada Bolívar, se la hizo pese a estar declarada independiente de España en 1810 y unida a Buenos Aires mediante delegados de la provincia enviados a la asamblea Constituyente del Río de la Plata en 1813. Además se encontraba separada y declarada independiente de Buenos Aires desde 1815, al rebelarnos contra Rondeau y el gobierno de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en Buenos Aires al mando de Ignacio Álvarez Thomas. La nación de los pueblos cambas cruceños cuando nos anexaron ya habíamos recuperado nuestro territorio ocupado en la parte occidental por el ejército alto peruano, no así español desde 1822 al estar unido a Pedro Antonio de Olañeta, derrotando a su aliado de nombre Francisco Javier de Aguilera el 14 de febrero de 1825 sin el apoyo del ejército colombiano que como hecho histórico de invasión y agresión, sucedió en 1825 con la incursión de Antonio José de Sucre a las provincias conocidas como Provincias Altas del Río de la Plata, Argentinas y Alto Perú o Charcas. La invasión del ejército del Alto Perú libre de España como ejército de Pedro Antonio de Olañeta, a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, se produce cuando Francisco Javier de Aguilera cruceño de nacimiento, ocupa la capital y parte de la provincia de Valle Grande en 1816 como oficial colonial español. Militar que posteriormente se pone al lado del general de Olañeta desde 1822, cuando este se subleva contra el Cuzco y en 1824 se separa como Charcas o Alto Perú mediante el tratado de Tarapacá, hasta que el libertador de esos territorios muere en abril de1825 cuando este brigadier Aguilera traicionándolo ya estaba al lado de Sucre. La consecuencia de este acto de Aguilera, viene cuando el ejército alto peruano o de Charcas ya estaba separado del ejército colonial español entre 1822 y 1824 por el acontecimiento de la expulsión y se confirma nuestra completa independencia ya no de España ni de Buenos Aires pero sí del Alto Perú o Charcas. Independencia que fue refrendada por el Cabildo del día 15 de febrero de 1825, como hecho que ratifica nuestra autonomía y soberanía plena declarada en 1815, con el nombramiento de jefe de gobierno en el coronel Mercado y su posterior cambio por Juan Manuel Arias. La revolución de Mayo de 1810 en Buenos Aires y el envío del Primer Cuerpo del Ejército del Río de la Plata en junio de 1810, fue lo que trajo como consecuencia que en agosto del mismo año, el capellán José Andrés de Salvatierra lidere un movimiento en el fuerte de Membiray en la provincia o partido de Cordillera y el 24 de septiembre de 1810 se ocupe la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Lugar donde por medio de un cabildo abierto se depuso al subdelegado Gobernador Pedro José Toledo Pimentel, formándose la Junta Provisoria de Gobierno que estuvo liderada por Antonio Vicente Seoane, el Coronel Antonio Suárez, José Andrés de Salvatierra, Juan Manuel Lemoine y el enviado por la primera junta de gobierno de Buenos Aires Eustaquio Moldes. La derrota del primer ejército auxiliar de las Provincias Unidas del Rió de la Plata en la batalla de Guaqui del 20 de junio de 1811, hizo que el Teniente Coronel realista José Manuel Becerra por mandato de Goyeneche se levante contra el incipiente ejército patriota cruceño, restaurando provisionalmente el gobierno español en Santa Cruz de la Sierra, pero sólo fue en la capital y los territorios ocupados, no así en los que se mantuvieron libres los luchadores como Cañoto, colorado Mercado y Antonio Suárez entre otros que luego se integraron a las tropas de Belgrano, de Guemes y de San Martín hasta su liberación en 1813. La toma y la ocupación de la capital de la ya República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de 408


los pueblos cambas cruceños, hizo que José Manuel Becerra fuera nombrado por José Manuel de Goyeneche Gobernador Intendente de la existente y desligada de Cochabamba en calidad de capital de gobernación. La Intendencia de Santa Cruz de la Sierra fue separada de la jurisdicción cochabambina, y Becerra fue ayudado en la retoma de Santa Cruz de la Sierra entre agosto y septiembre de 1811 por el comandante brasileño Alburquerque que invadió Chiquitos, como parte de la República de Santa Cruz de la Sierra. El Coronel Ignacio Warnes fue el que gobernó y mantuvo libre la provincia desde 1813 hasta 1815 y la República de Santa Cruz de la Sierra hasta 1816. Completamente independiente en todo su territorio de España, como también de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata entre 1813 hasta 1816 que fue muerto en la batalla del Parí. Durante su gobierno liberó a los esclavos con los que formó el batallón de los Pardos Libres y durante estos casi tres años, combatió contra las tropas realistas y el enfrentamiento más importante fue la batalla en Florida en 1814 que los patriotas de la nación de los pueblos cambas cruceños vencieron al realista Joaquín Blanco. La decisión de la provincia de la nación de los pueblos cambas cruceños de separarse e independizarse de Buenos Aires a fines de 1815, viene porque el coronel Warnes fue sustituido de la gobernación de Santa Cruz de la Sierra por el Coronel Santiago Carrera, donde desobedeciendo las órdenes de Rondeau como de Buenos Aires, continua la lucha contra el realista Francisco Udaeta que se había hecho fuerte en Chiquitos, venciéndolo en Santa Bárbara, pese a que contaba con cerca de 5000 autóctonos que habían sido reclutados a la fuerza. El Coronel Warnes con los realistas vencidos, volvió a la capital y la mantuvo separada e independizada en calidad de república cruceña mal llamada republiqueta en manos patriotas y, en esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra, defendió la situación de independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños hasta que en noviembre de 1816 fue vencido y muerto en la batalla del Parí. La República de la nación de los pueblos cambas cruceños de Santa Cruz de la Sierra, solamente fue tomada en cuenta por la oligarquía de Charcas para la creación de la República Bolívar, después del tratamiento de suficiente discusión sobre la independencia del Alto Perú, constituyendo un hecho espurio efectuado por Casimiro Olañeta y Mariano Serrano entre otros, apoyados por Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, como hecho totalmente ilegítimo para llevar adelante el proyecto de república del Alto Perú, con la intensión además de anexar a la República de Santa Cruz de la Sierra, a instancia y bajo la nefasta influencia de los traidores y tránsfugas de actitud dos caras alto peruanos o charqueños que lo tenían convencido, tal como se afirma y se demuestra en la carta enviada por Antonio José de Sucre a Simón Bolívar el 3 de febrero de 1825. (CASIMIRO OLAÑETA FUE PARTE DEL EJÉRCITO COLOMBIANO: Este doctor Olañeta que es tan patriota y que parece tiene talento, lo nombraré auditor general de ejército, que es el más grande rango que hay que darle aquí; él ha sido oidor de la Audiencia de Chuquisaca. En fin lo trataré con toda distinción, pues, además que lo merece, me dicen que tiene un gran influjo en todas las provincias. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 52). El personaje del Collado alto peruano o de Charcas Casimiro Olañeta, tenía también influenciado al Coronel Carlos Medinaceli, uno de los comandantes más importante del ejército de su tío Pedro Antonio de Olañeta, el que de igual manera lo traiciona poniéndose a las órdenes de Antonio José de Sucre, dentro del permanente transfugio comprobado por la proclama lanzada desde Cotagaita y comunicada, mediante su portador Casimiro Olañeta que había ejercido como secretario general y hombre de confianza de su tío el General Pedro Antonio de Olañeta. (CASIMIRO FUE EMISARIO DE MEDINACELI: El conductor de esta comunicación mía ante V. E., es el mismo Sr. Dr. Casimiro Olañeta, que fue secretario Gral. de su tío el Gral. P. A. de Olañeta y va hasta esa ciudad, a entrevistarse con V.E. FUENTE: CARTA DE MEDINACELI A SUCRE: TALIMA, ENERO 9 DE 1825). La demostración del espíritu perverso y comportamiento hipócrita y dos caras del villano Casimiro Olañeta como de sus secuaces, se confirma en el convencimiento efectuado a Antonio José de Sucre de 409


llevar comprometido su actuar hacia la causa de reafirmar la República del Alto Perú que la tenía pensada y conseguido con su tío. La exteriorización de esta infamia como traición y deslealtad, se demuestra por lo que Antonio José de Sucre escribe desde Ilabe a Simón Bolívar el 4 de febrero de 1825, a sólo un día de conocer a Casimiro Olañeta que relaciona la situación sólo referida a las provincias del Alto Perú o Charcas como son Chuquisaca, Cochabamba, Potosí y La Paz. De ninguna manera podría comprenderse como alto peruana a la independiente desde 1815 hasta agosto de 1825, República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños de origen paraguaya, para ser anexada con dolo histórico y además colonizada fraudulentamente. (ENEMISTAD IRRECONCILIABLE: Me ha dicho el doctor Olañeta que él cree no sólo difícil sino imposible reunir las Provincias Altas a Buenos Aires: que hay una enemistad irreconciliable, o se quedan independientes o agregadas al Perú. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 345). La influencia dañina y negativa de Casimiro Olañeta con relación al comportamiento antiético de Antonio José de Sucre, fue la consecuencia que trajo la anexión fraudulenta de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños que se encontraban con su república independiente. Hecho que viene a reforzarse por lo dicho en la carta dirigida a Antonio José de Sucre por el Judas dos caras y traicionero sobrino de Pedro Antonio de Olañeta. (CASIMIRO OLAÑETA PERSONAJE DOS CARAS: No quiero retornar jamás al territorio de los tiranos a quienes he servido con el único propósito de mantener la discordia que introduje entre ellos y que he mantenido hasta el final. FUENTE: LOS EJÉRCITOS LIBERTADORES: HISTORIA DE BOLIVIA: GISBERT, TERESA: QUINTA EDICIÓN, AÑO 2003, PÁGINA 243). La agresión contra la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que estaba libre e independiente tanto de España desde 1810 y 1813 respectivamente, de igual forma de Buenos Aires desde 1815 y manteniendo una guerra como nación libre y soberana contra la invasión y toma española, de igual manera del Alto Perú en parte de nuestro territorio como era la capital y la provincia de Valle Grande desde noviembre de 1816 hasta febrero de 1825. La culminación de esta jugada y fechoría por lo tergiversado, viene al ser considerada nuestra república Santa Cruz de la Sierra, dentro del Decreto del 9 de febrero de 1825 que luego fue reemplazado por el decreto del 3 de junio del mismo año y ambos dictados por Antonio José de Sucre. (NUEVO DECRETO PARA LA ASAMBLEA DE CHUQUISACA: Sucre desde Chuquisaca decreta: el 3 de junio de 1825, emitió una nueva orden para que la Asamblea General se reúna el 24 del mismo mes en la ciudad de Chuquisaca, teniendo en cuenta que algunos diputados habían manifestado “que siendo ellos de alguna edad les era imposible venir a Oruro, donde el excesivo frío de la presente estación los destruiría. Sucre resolvió en consecuencia, que la asamblea general se reúna en esta ciudad (La Plata) el 24 de junio. Tampoco tal cosa fue posible y recién el 10 de julio de 1825, en una de las aulas de la Universidad de San francisco Xavier pudo inaugurarse la asamblea de representantes alto peruanos, en número de 39 del total de 48 diputados según el Decreto de sucre del 9 de febrero de 1825. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 20). El tener en sus manos la ley del 9 de mayo de 1825 dictada por el Congreso de Buenos Aires sobre las cuatro provincias del Alto Perú, no fue tomada en cuenta por la maledicencia e ignorancia supina de Sucre sobre la historia de esta parte del continente, cosa que fue suficiente para incluirnos en su proyecto de República del Alto Perú pese a que conocía definitivamente que no estamos incluidos en la ley del 9 de mayo de 1825 de referencia. (IGNORANCIA SUPINA: Dícese de la ignorancia que procede de negligencia del sujeto. DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). El Mariscal Antonio José de Sucre procede a la inclusión de la República de la nación de los 410


pueblos cambas cruceños utilizando la mentira histórica, pese a que en el decreto del 9 de febrero de 1825 la nación de los pueblos cambas cruceños no estaba comprendida como parte del Alto Perú. Pero dentro de una interpretación totalmente dolosa y falsa mediante este decreto elaborado por Casimiro Olañeta, se lo hizo aprovechándose de la soberbia como de la crasa ignorancia de Antonio José de Sucre sobre la situación de la república Argentina que ya estaba formada como tal desde el 9 de julio de 1816 en la ciudad de Tucumán. Incluyendo a Santa Cruz de la Sierra en forma fraudulenta y dolosa dentro de la antigua provincia de los Charcas o Alto Perú, en franco incumplimiento de su mismo decreto que sólo tenía el objeto de redimir las provincias del Alto Perú y no intervenir en ellas o en otras, que no son alto peruanas como la República de la nación de los pueblos cambas cruceños. (INTENCIÓN NO CUMPLIDA: Que al pasar el Desaguadero el ejército Libertador, ha tenido el sólo objeto de redimir las provincias del Alto Perú, de la opresión española, dejándolas en la posesión de sus derechos. Que no correspondiendo al ejército intervenir en los negocios de estos pueblos, es necesario que las provincias organicen un gobierno que provea á su conservación, puesto que el ejército ni quiere ni debe regirlas por sus leyes militares, ni tampoco puede abandonarlas a la anarquía y el desorden. Que el antiguo virreinato de Buenos Aires, a quien ellas pertenecían a tiempo de la revolución de América, carece de gobierno general que represente completa, legal, y legítimamente la autoridad de todas las provincias, y que no hay, por consiguiente con quien entenderse para el arreglo de ellas. Que este arreglo debe ser el resultado de la deliberación de las provincias, y de un convenio entre los congresos del Perú, y el que se forme en el Río de La Plata. Que siendo la mayor intención del ejército libertador compuesto por tropas colombianas, no es otra su incumbencia que el libertar el país, y dejar al pueblo en la plenitud de su soberanía, dando este testimonio de justicia, de generosidad y de nuestros principios. FUENTE: DECRETO DE 9 DE FEBRERO DE 1825. ANTONIO JOSÉ DE SUCRE). La incorporación fraudulenta de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue efectuada definitivamente por una acción dolosa y espuria tal como está probado por los artículos 1ro. y 10mo. del Decreto del 9 de febrero de 1825, pues se nos involucra como el quinto departamento del Alto Perú y ser parte de un territorio al que nunca pertenecimos, por ser pueblos de los llanos y situados al lado Este de la cordillera de los Andes. (SANTA CRUZ DE LA SIERRA NO ERA CONOCIDA COMO ALTO PERUANA: 1º Las provincias que se han conocido con el nombre de Alto Perú, quedarán dependientes de la primera autoridad del Ejército Libertador, mientras una asamblea de Diputados de ellas mismas delibere de su suerte. Decreto de 9 de febrero de 1825: Antonio José de Sucre. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 59 // CINCO DIPUTADOS PARA SANTA CRUZ: El departamento de Santa Cruz tendrá un Diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojos, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande. Decreto de 9 de febrero de 1825: Antonio José de Sucre. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 60). Las diferencias geográficas con los de la región andina explorada por Diego de Almagro en 1535 son ciertas y definitivas, por lo que involucrar en nuestra independiente y soberana República como alto peruana por Antonio José de Sucre cuando ocupa el Alto Perú o Charcas, es y fue en hecho espurio por el hecho de hacerse designar Presidente por el Congreso de la República Bolívar hasta que fue expulsado en 1828, llevando con este comportamiento dictatorial y abusivo a una confusión dolosa sobre nuestra historia, que hace no se cumpla los preceptos de su Decreto y se nos anexe fraudulentamente, como está comprobado por lo que se afirma en las reflexiones sobre la fundación de la República de Bolivia en el trabajo de Augusto Villarroel Treviño que está basado en documentos existentes. La determinación de Antonio José de Sucre para anexarnos al proyecto de la república alto peruana de nombre Bolívar se basa en una apreciación maliciosa, fraudulenta, tiránica y autócrata manejada por el Mariscal de Ayacucho que definió ilegítimamente el futuro de la nación de los pueblos cambas cruceños, como elemento que significó el rompimiento del Orden Internacional de Derecho Público 411


en el Ius Cogens y el Uti Posideti Iuri, al estar influenciado por el desleal de comportamiento dos caras traidor y artero Casimiro Olañeta. Demostrándose la falsedad de apreciación efectuada en base al principio de no intervención proclamado en el Art. 2 del Decreto del 9 de febrero de 1925, tal como se lee en las reflexiones sobre la fundación de la República de Bolivia en el trabajo de Augusto Villarroel Treviño. El pensamiento y la forma autoritaria y abusiva de cómo juzga Antonio José de Sucre la situación de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños que definitivamente no es alto peruana, pero sí es de origen paraguaya por estar situada en las llanuras rioplatenses y amazónicas en la antigua gobernación del Paraguay como en el Virreinato del Río de la Plata. Llevó a agredirse a una nación soberana e independiente dentro de la ignorancia y el irrespeto al Derecho Internacional Público, por haber contribuido a anexarnos con dolo histórico y fraudulentamente. El acontecimiento de nuestra anexión y colonización, fue llevado adelante manejándose de igual manera a Simón Bolívar por el desconociendo de la situación de independencia y soberanía de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños desde 1815, porque desde finales de ese año existíamos ya como república libre y nos mantuvimos luchando hasta el 14 de febrero de 1825 por conservarla, primero de los ataques españoles y luego de los alto peruanos. Los españoles y luego los charqueños o alto peruanos al mando de Pedro Antonio de Olañeta y sus oficiales que luego lo traicionaron en tropel, pasándose al lado del ejército de Antonio José de Sucre como también sucedió con Francisco Javier de Aguilera, nos agredieron militarmente desde 1816 en adelante y hasta hoy día inclusive como Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. (AGUILERA COMPRADO POR SUCRE: Por certificado que acompaño, verá V.E. que en socorro del General don Francisco Javier de Aguilera, se ha erogado por las cajas del tesoro público, doscientos doce pesos a consecuencia del oficio que al efecto me pasó el señor coronel comandante Antonio Saturnino Sánchez. La Batalla de Tumusla: Los bolivianos en el tiempo – Universidad Andina Simón Bolívar: Roca García, José Luís: 1ra. Edición, año 1995, Pág. 188. El primero de marzo, Aguilera se presenta al Mariscal Sucre en La Paz, y este lo deja en completa libertad. (Lecuna, 115). FUENTE: LA BATALLA DE TUMUSLA. LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 188). La doctrina internacional relativa al ius Cogens se ha desarrollado bajo la influencia de conceptos iusnaturalistas, basándose en el Derecho Natural o Derecho de Gentes como determinadas normas, por lo que en su obra Mare Liberum (1609) Hugo Grocio distinguió entre el Derecho de Gentes, en que el primario lo consideraba inmutable por derivarse del Derecho Natural y del Derecho de Gentes secundario, voluntario o positivo por otro lado que deriva de la voluntad de las naciones y sería susceptible de modificación. (PADRE DEL DERECHO INTERNACIONAL: El siglo XVII fue en el que Emmerich de Vattel como uno de los autores considerados padres del Derecho Internacional, afirmó en su obra “El derecho de Gentes o Principios de la Ley Natural” (1758), definiendo que los Estados eran libre e independientes de los demás mientra no se sometieran a éstos voluntariamente y que la igualdad soberana se derivaba de la facultad de los Estados para firmar tratados. Cosa que no sucedió con nuestra anexión dolosa, fraudulenta e ilegítima. FUENTE: EL DERECHO DE GENTES O PRINCIPIOS DE LA LEY NATURAL: DE VATTEL, EMMERICH: AÑO 1758). El Uti Posideti Iuri del latín como poseías y de acuerdo al derecho poseerás, es un principio en virtud por el cual los beligerantes conservan provisionalmente el territorio poseído al final de un conflicto que como principio del derecho, es interinamente hasta que se disponga otra cosa por un tratado entre las partes y al parecer derivó de la expresión latina uti posideti o Ita possideati, es decir como tu poseías continuarás poseyendo para evitar la disgregación de los pueblos El Libertador Simón Bolívar al finalizar las guerras de la independencia hispanoamericana, fue el primero en proponer durante el siglo XIX que los países hispanoamericanos emancipados conservasen las antiguas fronteras de las colonias del imperio español en América, es decir los nuevos Estados surgidos tendrían como fronteras las que le corresponderían de las colonias españolas en el año 1810 provisionalmente hasta la existencia de un tratado, alegando el año 1810 como el último de la monarquía 412


española para la posesión legítima de sus dominios americanos. Los nuevos países al pasar a la vida independiente crearon fronteras como punto de partida, en base a los antiguos territorios coloniales que en 1810 formaban parte integrante de un virreinato o de una capitanía general y este principio ha sido alegado por diversos países hispanoamericanos, como el aplicado en 1881 en el tratado de límites chileno – argentino para decidir la frontera entre esos países. (TRATADO ENTRE ARGENTINA Y CHILE: 23 de julio de 1881: Buenos Aires el 23 de julio de 1881: En nombre de Dios Todopoderoso: Animados los Gobiernos de la República de Chile y la República Argentina del propósito de resolver amistosa y dignamente la controversia de límites que ha existido entre ambos países, y dando cumplimiento al artículo 39 del Tratado de abril de 1856, han resuelto celebrar un Tratado de Límites y nombrado a este efecto sus Plenipotenciarios, a saber: S. E. el Presidente de la República de Chile, a don Francisco de B. Echevarria, Cónsul General de aquella República; S. E. el Presidente de la República Argentina, al Doctor Bernardo de Irigoyen, Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores. Quienes, después de haberse manifestado sus plenos poderes y encontrándolos bastantes para celebrar este acto, han convenido en los artículos siguientes: Artículo 1º: El límite entre Chile y la República Argentina es, de Norte a Sur, hasta el paralelo cincuenta y dos de latitud, la cordillera de los Andes. La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dicha cordillera que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden de un lado a otro. Las dificultades que pudieren suscitarse por la existencia de ciertos valles formados por la bifurcación de la cordillera y en que no sea clara la línea divisoria de las aguas, serán resultas amistosamente por dos peritos nombrados uno de cada parte. En caso de no arribar estos a un acuerdo, será llamado a decidirlas un tercer perito designado por ambos gobiernos. De las operaciones que practiquen se levantará un acta en doble ejemplar, firmada por los dos peritos, en los puntos en que hubieren estado de acuerdo y además por el tercer perito en los puntos resueltos por éste. Esta acta producirá pleno efecto desde que estuviere suscrita por ellos y se considerará firma y valedera sin necesidad de otras formalidades o trámites. FUENTE: EN EJEMPLAR DEL ACTA SERÁ ELEVADO A CADA UNO DE LOS GOBIERNOS. TRATADO DE LIMITES: ARGENTINA – CHILE: 1881). El acto abusivo de Antonio José de Sucre con relación a la independiente República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, vulnera el artículo 2º de su Decreto del 9 de febrero de 1825 que está referido a la no intervención del ejército colombiano en los asuntos de las Provincias Altas del Alto Perú o Charcas. Agravándose en su nulidad al inmiscuirse en una república totalmente ajena, mediante el decreto cambiado el del 3 de junio del mismo año, demostrándose con esto la injerencia con su ejército hasta que fue expulsado de Bolivia en 1828. (OTRA INTENCIÓN NO CUMPLIDA: Que no correspondiendo al Ejército intervenir en los negocios domésticos de estos pueblos, es necesario que las provincias organicen un gobierno que provea a su conservación, puesto que el ejército no quiere, ni debe regirlas por sus leyes militares, ni tampoco puede abandonarlas a la anarquía y el desorden. FUENTRE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 59). La acometida que significo la intervención de Antonio José de Sucre y su ejército por mandato de Simón Bolívar, fue un tremendo agravio contra la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños por entrometerse ilegítimamente en nuestro destino, hecho demostrado por lo que se afirma en las reflexiones sobre la fundación de la República de Bolivia en el trabajo de Augusto Villarroel Treviño que está basado en documentos existentes. (ORDEN DE BOLÍVAR A SUCRE: Que el Ejército Unido marche (el conducido por Sucre) contra el enemigo hasta destruir, a juicio del Libertador, el último peligro de que la libertad del Perú sea nuevamente invadida o perturbada; estableciendo provisoriamente en las provincias el gobierno más análogo a sus circunstancias. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 16). El intruso y foráneo Antonio José de Sucre al haberse entrometido en la ocupación, anexión y colonización de la nación de los pueblos cambas cruceños a instancias del traidor y tránsfuga alto peruano 413


Casimiro Olañeta, fue el que definió para mal los destinos de la República de Santa Cruz de la Sierra que era independiente y soberana de España desde 1810, de Buenos Aires desde en 1815 y manteniendo esta situación, hasta su anexión fraudulenta en la República Bolívar entre junio y agosto de 1825. Constituyendo definitivamente esto una contravención al ius cogens o sea cometiéndose la violación contra una Norma Imperativa de Derecho Internacional General reconocido por el Libertador Simón Bolívar en su carta a Antonio José de Sucre. (RESPETO AL DERECHO INTERNACIONAL QUE NO SE CUMPLIÓ: Ni Ud., ni yo, ni el Congreso mismo del Perú. Ni de Colombia, podemos romper y violar la base del derecho público que tenemos reconocido en América. Esta base es que los gobiernos republicanos se fundan entre los límites de los antiguos virreinatos, capitanías generales, o presidencias como la de Chile. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). La confirmación de Simón Bolívar muestra un supuesto debido respeto al orden internacional vigente, cuando afirma que Chile y Guatemala pese a ser dependientes de Lima la primera y de Nueva España la segunda, han podido ser independientes porque estaban separadas algunos años antes de la revolución emprendida por su ejército libertador colombiano – venezolano constituyendo una falsaria afirmación, contraviniendo este hecho de anexión y colonización de los cambas cruceños un ex profeso dolo cometido contra la República de Santa Cruz de la Sierra, pues ya se estaba separados e independientes desde antes de la revolución iniciada por Simón Bolívar con el suceso acontecido en septiembre de 1810 y en noviembre de 1815 respectivamente, cuando nos declaramos independientes tanto de España como de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires y definitivamente mucho antes que lo sucedido con Chile que fue en 1818. La mala intención alto peruana apoyada por Antonio José Sucre para anexarnos y colonizarnos dolosa y fraudulentamente, hizo que se infringiera toda norma imperativa de derecho internacional público, al ser efectuada a pesar de que la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, estaba separada e independiente de Buenos Aires desde finales de 1815 hasta agosto de 1825. Además tampoco formábamos parte de la República Argentina creada en 1816, como también el hecho histórico de ser independientes al igual que lo sucedido con el Paraguay separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1814. La aberración cometida de anexarnos a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar, fue motivada por el dolo y el fraude de los altos peruanos como por la soberbia e ignorancia de Antonio José de Sucre, más la corrupción de Simón Bolívar que cayeron en la incitación de los dos caras de comportamiento Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y Medinaceli entre otros. Constituyéndose en la violación más crasa contra el Derecho Internacional Público y la causa, para que nos encontremos colonizados dentro de una república y sociedad que resulta definitivamente foránea. Lo sucedido con el Alto Perú o Charcas podría aceptarse como si se hubiese concluido por efecto de una guerra, pese a que ésta fue inexistente porque la desaparición de Pedro Antonio de Olañeta y su ejército que mantenían en su poder el territorio del Alto Perú o Charcas libre de España, no fue por su derrota en guerra o batalla alguna, más bien se produjo porque murió por el resultado del contubernio, la traición y el permanente transfugio de los criollos y mestizos alto peruanos o charqueños de pasarse permanentemente al ejército de invasión enemigo colombiano – venezolano. (DESERTORES DEL EJÉRCITO DE PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA: Igual deserción protagonizaron Carlos Medinaceli, Francisco López y Pedro Anaya, quienes con sendas divisiones se ponen a órdenes de Sucre, Como fieras acorraladas, Olañeta y Barbarucho deambulaban sobre el Altiplano con su reducida, cansada y desmoralizada tropa. La idea de ocupar el altiplano norte y central, dejando al ejército de Olañeta posesionarse del sur, la tuvo Sucre desde que inició su larga marcha desde Arequipa. Así lo comunicó el primero de enero a Olañeta, Aguilera, José Miguel Lanza y Pedro Arraya. Batalla de Tumusla: FUENTE: LOS BOLIVIANOS EN EL TIEMPO – UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR: ROCA GARCÍA, JOSÉ LUÍS: PRIMERA EDICIÓN, AÑO 1995, PÁGINA 187). 414


Lo acaecido en la asamblea de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo podría ser también supuestamente catalogado como el resultado de un tratado, pero sólo sería entre las provincias del Alto Perú del Río de la Plata o Altas Argentinas de Cochabamba La Paz, Potosí y Chuquisaca según se confirma en la asamblea de Chuquisaca, por el acta del 28 de julio de 1825 que de ninguna manera alcanzaría, para la anexión dolosa y colonización fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños, separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra en 1815, porque no existe tratado alguno que hubiere sido consecuencia del análisis y discusión de los 21 puntos, según se tiene en la instrucción del 9 de abril de 1825 dada a Vicente Seoane y Vicente Caballero por la sala capitular del partido de Cercado de Santa Cruz de la Sierra y la instrucción, del Artículo primero del Decreto del 9 de febrero de 1825 para tratarse en la asamblea de Oruro. La anexión fraudulenta y dolosa de la nación los pueblos cambas cruceños en la República Bolívar, en ningún momento puede relacionársela como legitima, por no encontrarse presentes los incompetentes representantes del Municipio de Santa Cruz de la Sierra Vicente Seoane y de Valle Grande Vicente Caballero, cuando se determinó la suficiente discusión sobre el punto para la cual había sido instalada la asamblea de Chuquisaca, o sea sobre la independencia de las cuatro Provincias Altas del Río de la Plata luego Argentinas, o intendencias del Alto Perú como componentes de la provincia de los Charcas. Las intendencias alto peruanas para llevar adelante esta siniestra trama, sus componentes comprometen al apócrifo Vicente Seoane cuando se le prepara una sesión con miras de hacerlo firmar el acta de la independencia alto peruana el 6 de agosto de 1825, cosa que hace no se pueda tener credibilidad de los actos y los documentos históricos para la creación de la República del Alto Perú de nombre Bolívar. (UTILIZACIÓN CORRUPTA DE VICENTE SEOANE: Al instalarse la magna sesión, se tomó juramento al Diputado de Santa Cruz, Dr. Antonio Vicente Seoane, a quien el presidente Serrano, informó que la Sala había discutido en varias sesiones sobre del destino de las provincias del Alto Perú, y que había suspendido su resolución en este punto, que es el principal objeto de la Asamblea, sólo porque faltaba la representación del Departamentos de Santa Cruz y aunque se había determinado proceder a la votación sin perjuicio de la libertad que se dejaba a los señores diputados de dicho departamento para hacer sus observaciones y expresar francamente su sentir; contestó Seoane, decidiéndose por la independencia de estas provincias. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 29). La conclusión a la que se arriba por este acontecimiento espurio, es que tanto los asambleistas alto peruanos y los libertadores Simón Bolívar y Antonio José de Sucre, se manejaron dentro de un engaño perverso ejecutado por José Mariano Serrano para seudo legalizar, el habernos anexados dolosa y fraudulentamente con la inobservancia al Derecho Internacional imperante en 1825. Siendo motivo por lo que a causa de las nulidades que esto representa, tenemos como patria y nación avasallada nuestros derechos históricos y territoriales que se mantienen intactos. Por ello estamos en la obligación de buscar la acción y la protección internacional para recuperar el estatus en que nos encontrábamos antes de nuestra colonización maquiavélica y corrupta. (COMISIÓN REDACTORA DEL ACTA DE LA INDEPENDENCIA ALTO PERUANA: Habiendo hecho otras varias observaciones contra algunas objeciones propuestas por los señores preopinantes al proyecto de independencia del Alto Perú; concluyó diciendo que el único obstáculo a dicho proyecto era la anarquía, y que rogaba a sus conciudadanos se armasen contra ella, recordando que era el último de los males, y mirando los horrores y desolaciones que había causado en los Estados vecinos. En este estado se pasó a votar sobre sí la materia estaba ya bastante discutida, y quedó resuelto que sí. Se propuso después la cuestión, sobre si sería ya tiempo de nombrar la Comisión que se encargase del proyecto de deliberación o resolución sobre el asunto discutido, cuantos serían los de la Comisión y quienes; quedó resuelto, que se compondría de siete individuos, a saber, de los Sres. Serrano, Mendizábal, Urcullo, Olañeta, Dalence, Centeno y Asín. Con lo que cerró la sesión, quedando señalada para la siguiente el lunes 1º de agosto, y quedó firmado. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – 415


DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 127). El dolo histórico con que fue manejada nuestra anexión y colonización por los del Alto Perú en el supuesto de que éramos peruanos y parte de la audiencia de Charcas, demuestra toda la hipocresía y la tergiversación al estar esta audiencia desaparecida y eliminada por Buenos Aires en 1813, contradiciendo la verdad histórica y demostrando que la colonización de estos territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, fue efectuada pese a ser soberanos y diferentes al Alto Perú, pues nuestra colonización vino de España por el Río de la Plata y la fundación de Asunción sobre el río Paraguay en 1537. Lo analizado está probando que la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, somos originarios del Paraguay al haber pertenecido a esta gobernación por espacio de tiempo de 23 años. Hecho histórico que transforma a la ciudad de Asunción, en primigenia y madre de cuatro ciudades hermanas como son Santa Cruz de la Sierra fundada en 1561, Santa Fe fundada en 1573, Buenos Aires fundada en 1580 y Corrientes fundada en 1588.

PATRIA La patria es el lugar de nacimiento como también, es el resultado por sangre o por ley y de la misma manera por adopción y por sentimiento propio al estar ligados dentro de una unidad particular, por lo que el concepto de patria se constituye en el más noble orden de los sentimientos al estar relacionado al conjunto sagrado del territorio y por encadenarse con la historia, la vida presente y las grandes aspiraciones del pueblo. También se constituye en toda sociedad que como individuos están unidos por el nacimiento, por la sangre y el sentir amor por adopción al terruño como hogar propio. El sentimiento de patria es sociológicamente uno de los primeros en calidad de principio que ha evolucionado del pensamiento romano de (Patria est. ubicumque est bene) que quiere decir la patria es allí donde se está bien, es también elemento adquirido por adopción que asume el grupo social debido al sentimiento de pertenencia, a pesar de que por origen esté relacionado a otro Estado. El caso de la ex República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que aguanta incólume por el sentimiento de patria, las agresiones de una sociedad contraria, con ataques y amenazas ofensivas en el pretendido propósito de destruirnos como nación colonizada, mantenemos todavía la coherencia patriótica y el sentido nacional originario. 416


La patria (del latín patrĭa, familia o clan > patris, tierra paterna > pater, padre) suele designársela y estar relacionada a la tierra natal o adoptiva, a la que un individuo se siente ligado por vínculos de diversa índole, como ser afectivos, culturales o históricos. Todo ello también al ser adoptada como inmigrantes honestos dentro de esta nueva situación y el sentimiento patriótico, es el que lleva al Nacionalismo Reivindicatorio que se va formando dentro de un proceso paralelo ejercido por individuos que mantienen un vínculo común, sin que necesariamente sea entre originarios nativos u originarios autóctonos, porque además es un efecto de amor coherente entre los grupos sociales que se identifican con un objetivo de vida, reforzado por la unión en el territorio propio y la patria como nación propia La patria es el sentimiento y patrimonio nacional reforzado por una cultura continua e integrada por una coincidencia idiomática, constituyéndose por ello el sentimiento de patria, un elemento básico del significado de nacionalidad como guía ideal que se mantiene en la razón de las obligaciones patrióticas, llevando inclusive al sacrificio pleno de los individuos. El Estado no es la patria en sí, ya que es la abstracción y la ficción metafísica, mística, política como jurídica de una sociedad particular, en que la gente sencilla de todos los países ama profundamente a su patria y es un amor natural y real como también el patriotismo de los pueblos no es sólo una idea, sino que es un hecho y el patriotismo político como el amor al Estado, no es la expresión fiel de este hecho. El patriotismo político es una expresión distorsionada por medio de una falsa meditación siempre manejada en beneficio de una minoría explotadora, pues la patria y la nacionalidad son como la individualidad hechos naturales, sociales, fisiológicos e históricos al mismo tiempo. En que ninguno de ellos es un principio, pues sólo puede considerarse como un principio humano todo aquello que es universal y común a los hombres. La nacionalidad separa a los hombres por tanto no es un principio, ya que un principio es el respeto que cada uno debe tener por los hechos naturales, reales o sociales y la nacionalidad como la individualidad, es uno de esos hechos que debemos respetar ya que violarla seria cometer un crimen, pues la patria y la nación se convierte en un principio sagrado cada vez que es amenazada y vulnerada, pues todo amante de su patria se siente siempre sinceramente patriota de todas las patrias oprimidas y la esencia de la nacionalidad, es el de una patria que representa el derecho incuestionable y sagrado de cada hombre, de cada grupo humano, de cada asociación, de cada comuna, así como de cada región y nación. El sentido de patria es el sentimiento de la misma manera como del derecho a vivir, sentir, pensar, desear y actuar en su propia condición de ser político y social, para de esta manera vivir y sentir siempre el 417


resultado indiscutible de un largo desarrollo histórico inclinado ante la tradición y la historia por conocerla. No porque se nos presenten como barreras abstractas levantadas metafísica, jurídica y políticamente por intérpretes instruidos y profesores del pasado que actúan interesadamente, sino porque la identidad histórica se ha incorporado de hecho en la carne y en la sangre como en los pensamientos reales y la voluntad de las poblaciones. El sentimiento de patria se explica en forma real y cierta en la inspiración siguiente. (SENTIMIENTO E IDEA DE PATRIA: Por primera vez entonces percibí con completa claridad la idea de la patria, y mi corazón respondió a ella con espontáneos sentimientos, nuevos hasta aquel momento en mi alma. Hasta entonces patria se me presentaba en las personas que gobernaban la nación, tales como el rey y su célebre ministro. Pero en el momento que precedió al combate, comprendí todo lo que aquella divina palabra significaba, y la idea de nacionalidad se abrió paso en mi espíritu, iluminándolo y descubriendo infinitas maravillas, como el sol que disipa la noche, y saca de la oscuridad un hermoso paisaje. Me representé a mi país como una inmensa tierra poblada de gentes, todos fraternalmente unidos; me representé la sociedad dividida en familias, en las cuales había esposas que mantener, hijos que educar, hacienda que conservar, honra que defender; me hice cargo de un pacto establecido entre tantos seres, para ayudarse y sostenerse contra un ataque de fuera, y comprendí que por todos habían sido hechos aquellos barcos para defender la patria, es decir, el terreno en que ponían sus plantas, el surco regado con su sudor, la casa donde vivían sus ancianos padres, el huerto donde jugaban sus hijos, la colonia descubierta y conquistada por sus ascendientes, el puerto donde amarraban su embarcación fatigada del largo viaje; el almacén donde depositaban sus riquezas; la iglesia, sarcófago de sus mayores, habitáculo de sus santos y arca de sus creencias; la plaza, recinto de sus alegres pasatiempos; el hogar doméstico, cuyos antiguos muebles, transmitidos de generación en generación, parecen el símbolo de la perpetuidad de las naciones; la cocina, en cuyas paredes ahumadas parece que no se extingue nunca el eco de los cuentos con que las abuelas amansan la travesura e inquietud de los nietos; la calle, donde se ven desfilar caras amigas; el campo, el mar, el cielo; todo cuanto desde el nacer se asocia a nuestra existencia, desde el pesebre de un animal querido hasta el trono de reyes patriarcales; todos los objetos en que vive prolongándose nuestra alma, como si el propio cuerpo no le bastara. FUENTE: PÉREZ GALDÓS, BENITO: EPISODIOS NACIONALES: TRAFALGAR).

NACIONALISMO REIVINDICATORIO El nacionalismo reivindicatorio es el sentimiento y la ideología social identificada con el principio de Patria y de Nación, es el afecto natural consiente en el pasado, en el presente y en el porvenir, es la expresión de la pasión por el suelo propio, por su estirpe y por su histórica en su proyección al futuro y dentro de la síntesis de un sano patriotismo. Como doctrina el nacionalismo reivindicatorio es la ideología de las reclamaciones de los territorios y naciones colonizadas, oprimidas y avasalladas, también son las aspiraciones de emancipación de los pueblos sometidos a servidumbres agresivas que hieren su dignidad, pies el nacionalismo es el alma sentimental que enaltece el espíritu patriótico de los pueblos que son amenazados en sus condiciones propias de vida, al estar atacados en sus bases fundamentales como sociedad diferente, por otra comunidad que busca con el subyugamiento total su final como nación cierta y determinada. Las naciones y patrias oprimidas son las que enaltecen el renacer en sus sentimientos y el Nacionalismo Reivindicatorio puede hacer llegar a la lucha cruenta por su futuro con actuaciones tanto pacíficas o violentas buscando alcanzar sus objetivos de libertad, llegándose de esta manera a la lucha emancipadora por estar ocupados y oprimidos bajo la imposición de otra nacionalidad o cultura que resulta ajena, luchándose franca y sacrificadamente contra el poder conquistador colonialista para liberarse del servilismo en el que se encuentran sometidas. El derecho de pertenencia no se basa simplemente en el título de ciudadanía que cuando tiene 418


algún componente añadido étnico, cultural, o de cualquier naturaleza empieza a ser peligroso, porque es excluyente y discriminatorio de los otros como se observa en lo que está sucediendo dentro del actual Estado Plurinacional Comunitario en Bolivia. Resultado socio político boliviano en la pretensión de consolidar la colonización de nuestros pueblos de la nación de los cambas cruceños, mediante la invasión que está agravada, programada y sostenida en el tiempo con enclaves poblacionales andinos en todo nuestro territorio patrio y la forzada enseñanza educativa llevada hacia la inclinación incaica. El nacionalismo cuando no es reivindicatorio y contiene ingredientes raciales excluyentes se constituye en un particularismo devastador, egoísta y disolvente. Estableciéndose dios mediante en un factor de debilitamiento democrático toda vez que sólo defiende la existencia de derechos colectivos étnicos y raciales particulares, como elemento básico y proclive a todos los populismos existentes que son siempre incompatibles con la democracia y los principales derechos individuales, transformándose éste nacionalismo en patriotero y en la chifladura de exaltados que están echados a perder por indigestiones de mala historia. Los más exaltados nacionalismos son un invento de las clases oligárquicas que se forman bajo el pretexto de las reivindicaciones sociales de las mayorías empobrecidas e indígenas, como es el caso de América y el mundo africano que cuando es de izquierda y de derecha radical nunca es auténtico. Se trata de una contradicción basada en los términos como los de antes y los de ahora, por lo que en nombre de este nacionalismo extraviado se ha vertido más sangre que en la de cualquier otra causa, porque los demagogos han incitado durante siglos a turbas fanáticas culpando de todos sus problemas a algún grupo étnico de los alrededores, con el rompimiento del básico concepto social de la ética, la patria y la realidad social. El internacionalismo marxista y el de los grandes banqueros y mercaderes del mundo no admiten el nacionalismo reivindicatorio, porque destruye lo engañoso de estas doctrinas que están endiosando el postulado de una patria universal irrealizable, porque para gobernar en esta nueva situación habrá que fragmentar la sociedad de nuevo y por lo tanto admitir nuevos grupos sociales sometidos a una organización internacional, desprovista del sentimiento de la nacionalidad que es el más grande de los fenómenos históricos, pues el nacionalismo reivindicatorio de los pueblos colonizados y sometidos a situaciones de servidumbre por el poder foráneo, está basado en el derecho conceptual ético de la realidad social propia y el debilitamiento del nacionalismo reivindicatorio de un pueblo se traduce en su colonización. (NACIONALISMO: El nacionalismo se basa, pues, en un concepto ético: La Patria, y una realidad social: La Nación. La humanidad está compuesta de diversos grupos sociales que están unidos por su tradición histórica, su alma nacional, sus costumbres, su unidad mental, y su voluntad de ser. Por tanto, la política que es ciencia de la realidad, ha de partir de este hecho, de esta realidad. Cada grupo tiene su historia y su destino y debe cumplirlos de acuerdo a sus modalidades y sus virtudes. El nacionalismo no es guerra. Todo lo contrario; la falta de respeto a la nacionalidad engendran las conquistas. Las conquistas sólo son posibles, porque se debilita el nacionalismo de un pueblo. FUENTE: UNZAGA DE LA VEGA, OSCAR).

DESCOLONIZACIÓN La descolonización es el proceso mediante el cual una sociedad sojuzgada y abusada consigue su independencia de un poder colonial, es contraria al colonialismo que consiste en el sometimiento de territorios que no son propios y son encadenados con estar dependientes en notoria desigualdad política y jurídica, como tenemos el caso del poder de la metrópoli andina que maneja los destinos de Bolivia y tiende a profundizar esta situación, como territorios colonizados a los de la nación de los pueblos cambas cruceños. Pretendiendo hacernos desaparecer como sociedad original para integrarnos indefinidos en calidad de grupos étnicos diluidos dentro de la misma sociedad colonizadora. La descolonización consiste en la liquidación del colonialismo que en el caso de la República de 419


Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, se efectuó con el uso de la coacción que significó la amenaza del empleo de la fuerza por el ejército de ocupación colombiano al mando de Antonio José de Sucre. Además el uso del dolo y el fraude histórico mediante los hechos sucedidos en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo de la provincia de Chuquisaca en 1825, para meternos maliciosamente como parte integrante de un espacio totalmente diferente llamado Alto Perú como componente del Altiplano en el antiguo virreinato del Perú. El llamar alto peruana a la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, cuando la altitud media de nuestro territorio patrio no llega a más de 500 metros sobre el nivel del mar e incluso en algunos lugares lo tenemos a casi ese nivel, así como también incluirnos dentro de la jurisdicción de la audiencia de Charcas desaparecida desde 1813 por acción del gobierno de Buenos Aires instalado en 1810, constituye un dolo y un fraude histórico incuestionable. La patria de la nación de los pueblos cambas cruceños aparte de no pertenecer al Alto Perú o Charcas por su calidad de territorios con geografía llana y de escasos metros sobre el nivel del mar, estuvo supeditada a la audiencia de Charcas sólo en lo jurídico. No así en lo militar y administrativo que como situación real, solo fue hasta cuando se crea el Virreinato del Río de la Plata en 1776. Todo esto desde el 5 agosto de 1777 mediante el tratado de San Ildefonso entre España y Portugal, en el que se constituyeron las gobernaciones subordinadas de Moxos y Chiquitos, sujetas a la audiencia de Charcas para el orden gradual de los recursos y demás asuntos que por su gravedad e importancia piden su conocimiento, así como al gobernador de la Provincia de Santa Cruz de la Sierra en lo militar. La audiencia de Charcas al pasar a ser parte del virreinato de Buenos Aires fue eliminada como fuerza administrativa y militar quedando desde 1782 como parte integrada sólo a la Intendencia de Chuquisaca, parte de la provincia de los Charcas y con poder como Tribunal Superior en lo judicial que abarcaba a toda la provincia. La derrota del primer ejército auxiliar del Río de la Plata en la Batalla de Guaqui el 20 de junio de 1811 hizo que el Teniente Coronel realista José Miguel Becerra se levante y restaure por poco tiempo el gobierno español en Santa Cruz de la Sierra. Motivo por el que es nombrado gobernador intendente de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra por Goyeneche, separando así la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra definitivamente de la supuesta jurisdicción gobernativa de Cochabamba. Becerra fue ayudado por el comandante brasileño Alburquerque que invadió Chiquitos tomando y ocupando Santa Cruz de la Sierra el 14 de febrero de 1811. El colonialismo ejercido contra la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños en los hechos de la asamblea de 1825 entre el 10 al 28 de julio, fue ejecutado mediante la coacción como la falta de capacidad y la corrupción del representante. Involucrándose en ella a dos personajes que no estuvieron presentes en dicha asamblea de La Plata de la Nueva Toledo, como el lugar donde apócrifamente se decidió los destinos de nuestros pueblos. La colonización se produjo también por el incumplimiento de estos espurios personajes, de llevar adelante el tratamiento de los 21 puntos ordenados en la Carta Capitular del Municipio Cruceño según se tiene anotado en el mandato recibido para la asamblea en Oruro del 9 de abril de 1825. El dolo y el fraude histórico cometido contra nuestra nación de los pueblos cambas cruceños que fueron por conceptuarnos integrantes del Virreinato de Lima entre los años 1810 hasta 1825, conteniendo la simulación de hacer creer que éramos parte integral del Alto Perú. Dejando de lado ex profesamente nuestro nacimiento por la corriente del Río de la Plata y en los territorios de la gobernación del Paraguay, quebrantándose con esto toda norma imperativa de derecho público general o “ius cogens” reconocido por Simón Bolívar. El acto de colonización nuestro transgrede también el “uti posideti iuri” por lo que se afirma fraudulentamente de que la cruceñidad es alto peruana, pese a estar independientes de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata con su gobierno en Buenos Aires desde 1815, como que tampoco formábamos parte de la República Argentina fundada el 9 de julio de 1816. La situación que se afirma está corroborada por lo que se anota en las reflexiones sobre la 420


inquietante dualidad del pensamiento que dominaba a Antonio José de Sucre sobre la fundación de la República Bolívar en el trabajo de Villarroel Treviño. Todo ello a finales del siglo XVIII y durante todo el siglo XIX en que se produjeron los hechos de la descolonización en América, empezando por la llamada Revolución Americana contra el Imperio Británico que dio lugar a los actuales Estados Unidos de América, como también la Guerra de Independencia Hispanoamericana y la constitución del Imperio del Brasil al dividirse el portugués. (INQUIETUD DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE: Inquietaba a Sucre la actitud alto peruana respecto a los virreinatos de los que formó parte. En aquel momento, por el Uti Posideti Iuri de 1810 pertenecíamos a la jurisdicción argentina, pero al haber proclamado su independencia la junta de Buenos Aires el 25 de mayo de 1810, de hecho estábamos bajo la autoridad del Virreinato de Lima. (Sólo los alto peruanos). FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). La terminación de la guerra hispano – americana a finales del siglo XIX hizo que los Estados Unidos de América obtuvieran una serie de territorios de España y entre ellos las Filipinas y Puerto Rico. Aunque inicialmente EE.UU. se embarcó en una política de colonización de estos territorios luchando para terminar con la insurgencia local como en la guerra filipino – estadounidense a principios de los años 1930. La política de EE.UU. después optó por un giro hacia un eventual auto – gobierno. La invasión y ocupación de las Filipinas por el Japón durante la Segunda Guerra Mundial, fue el motivo para que esta colonia obtenga la independencia de EE.UU. pacíficamente. Aún así otras colonias de EE.UU. como ser Puerto Rico no obtuvieron dicha independencia pese a sus movimientos independentistas y ocasionales revueltas. La Nación de Puerto Rico alcanzó su auto gobierno en 1952 y se convirtió en un Estado Asociado a EE.UU. Por ello fue borrado de la lista de territorios no soberanos en 1953 a través de la Resolución número 748 de las Naciones Unidas. La situación colonial de la República de Santa Cruz de la Sierra en Bolivia que mantiene similitud con lo sucedido con Puerto Rico, aunque nuestra colonización no fue resultado de derrota en guerra alguna, sino por el fraude histórico montado sobre la situación independentista como alto peruanos, colonizándonos dentro de la colonialista República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario. La Nación de Puerto Rico no es un Estado soberano, pero tiene reconocido su derecho a la autodeterminación. Lo que no sucede con la ex República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños que fue anexada coactiva y dolosamente en 1825, por falta del reconocimiento de nuestra identidad foral e histórica. Causado además por el fraude educativo sobre quienes somos, constituyendo el motivo por lo que hasta hoy no hemos reclamado el derecho al estatus de descolonización ante las Naciones Unidas. (INDEPENDENCIA PARA LAS COLONIAS: Uno de los hitos de las Naciones Unidas fue su Resolución 1514 (XV) adoptada por la Asamblea General el 14 de diciembre de 1960: La Declaración de Garantías de Independencia para las Colonias y los Pueblos. Ochenta y nueve países votaron a favor, 421


ninguno votó en contra, y se abstuvieron nueve países: Australia, Bélgica, República Dominicana, Francia, Portugal, España, Sudáfrica, Reino Unido y Estados Unidos. Entre estos nueve se encontraban las potencias coloniales. En el año 2000, con la ocasión del 40º aniversario de la Resolución 1514, la Asamblea General de la ONU., adoptó la Resolución 55/146 que declaraba 2001-2010 la Segunda Década Internacional para la Erradicación del Colonialismo. FUENTE: RESOLUCIONES 1514 Y 55/146 DE LAS NACIONES UNIDAS). La descolonización no es un asunto sencillo, pues en las colonias donde reside un número elevado de inmigrantes colonizadores como es el caso del territorio que mantiene la república del Alto Perú boliviana con respecto a la nación de los pueblos cambas cruceños. Resulta difícil normarlas si han convivido durante varias generaciones y no están integrados todavía a su nueva realidad, por lo que esta población en las distintas descolonizaciones generalmente tuvo que ser repatriada perdiendo muchas veces sus propiedades. El ejemplo de esto lo tenemos en la descolonización de Argelia por parte de Francia, especialmente complicada debido a la presencia de gran número de habitantes de origen europeo y judío que fueron evacuados a Francia cuando alcanzo su independencia. Así como Zimbabwe o la antigua Rodesia donde el presidente Robert Mugabe se marco como objetivo los granjeros blancos arrebatándoles sus posesiones por la fuerza a partir de la década de 1990. La agresión colonial de la metrópoli andina se está produciendo con nosotros por error y desconocimiento de la historia, sucediendo hoy con los departamentos de la nación de los pueblos cambas cruceños, dentro de una realidad colonizadora actual del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano que está distorsionando nuestra realidad, por lo que nuestra heredad territorial, está abusivamente ocupada y pretende ser arrebatada a los cruceños, benianos y pandinos originarios. Además de la perversa agresión cultural andina con normas basadas en una seudo legalidad manejada en reformas agrarias y educativas como política del Estado de la metrópoli que nos mantiene cautivos. La descolonización es un proceso político que con frecuencia involucra violencia, pues en circunstancias extremas se puede llegar a una guerra de independencia como una revolución y en otros casos, se trata de un ciclo dinámico en que las negociaciones fracasan y son seguidas de disturbios menores que resultan, en represión por parte de la policía y las fuerzas militares colonizadoras. Intensificándose con revueltas más violentas que llevan a más negociaciones hasta que se obtiene la independencia y la descolonización. Las acciones de la población local en contadas oportunidades están caracterizadas por la no violencia, siendo la República de la India un ejemplo célebre de ello y la violencia surge como rechazo a una supresión y aniquilación activa por las fuerzas ocupantes, o como una oposición política de las fuerzas que representan a las comunidades locales minoritarias que se sienten amenazadas por la posibilidad de la independencia de la colonia, cuyo ejemplo tenemos la guerra de la independencia en la Indochina francesa. Mientras en algunos países del África Occidental Francesa la descolonización fue fruto de una combinación de insurrección y de negociaciones y el proceso de descolonización sólo se considera completo cuando el gobierno de la nueva república o país independiente es reconocido como un Estado soberano por la comunidad de naciones, pero esta independencia es difícil de lograr sin el estímulo y apoyo práctico de uno o más agentes externos, en que los motivos para tal ayuda son variados y entre ellos tenemos: 1.- Naciones de la misma etnia o religión que pueden simpatizar con los grupos oprimidos. 2.- Una nación fuerte que puede intentar desestabilizar una colonial como paso táctico para debilitar a un rival o enemigo colonizador. 3.- Crear el espacio para su propia esfera de interés como la doctrina Monroe estadounidense para el Hemisferio Occidental entero. La opinión mundial se volvió más favorable a la emancipación de los pueblos colonizados tras la primera Guerra Mundial, pues hubo un esfuerzo colectivo institucionalizado para que progresara esta 422


causa a través de la Sociedad de Naciones bajo el Artículo 22 del convenio de la Liga de Naciones que crearon algunos mandatos con la intención expresa de preparar estos países colonizados para el autogobierno. La realidad fue sencillamente que se produjo una redistribución del control sobre las antiguas colonias de los poderes vencidos, principalmente de Alemania y luego del Imperio Otomano que como elemento le siguió a las Naciones Unidas, ejercer un sistema similar de territorios de confianza que fueron creados, para ajustar el control sobre ex colonias y territorios administrados por las naciones vencidas en la segunda guerra mundial con el reino del Japón incluido. La situación de algunas poblaciones colonizadoras en ultramar ha sido elegida como ejercicio para retener su estatus colonial y como ejemplo tenemos a Gibraltar, las Islas Malvinas, así como algunos poderes coloniales han promovido la descolonización para deshacerse de los costos financieros, militares y otros que suelen acumularse en las colonias como también tenemos el caso donde los regímenes se han vuelto más benignos. Los imperios se han expandido y contraído a lo largo de la historia, pero en algunos casos el fenómeno de la descolonización ha producido resultados diferentes, así tenemos que cuando los Estados se entregan al dominio de facto y sus colonias inician sus reclamos contra tal dominio son generalmente absorbidas por otros poderes, porque los poderes coloniales antiguos en muchos casos no solo han seguido existiendo, sino que también han mantenido su estatus como poderes internacionales. Los poderes coloniales han retenido fuertes vínculos económicos y culturales con sus ex colonias como el caso de Inglaterra y el Alto Perú de Bolivia con su colonizado territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, en que a través de estos vínculos los poderes coloniales antiguos irónicamente han mantenido una proporción significante de los beneficios para sus imperios, con costos menores y la resistencia frecuente a las demandas por la descolonización han tenido resultados muchas veces satisfactorios para los intereses de los colonizadores. La descolonización pocas veces es lograda por una sola ley histórica particular y en general, se desarrolla a través de una o más etapas de emancipación, cada una de las cuales puede ser otorgada o conseguida con lucha y estas etapas pueden incluir la introducción de representantes elegidos sólo en calidad de consejeros o delegados que no votan, o como también consiguiéndose distintos grados de autonomía o autogobierno regulados por la metrópoli. La etapa final de la descolonización, puede ser un poco más que entregar responsabilidades de relaciones externas y de seguridad a sus colonias, solicitando el reconocimiento del nuevo Estado soberano la correspondencia respecto a ciertos actos por parte del Estado colonizador. Así tenemos cierto grado de continuidad colonial que puede ser mantenido por tratados bilaterales entre gobiernos ahora formalmente iguales. Involucrando prácticas como el entrenamiento militar conjunto y pactos de protección mutua, con la instalación de bases militares y la descolonización se produce mediante tres procesos diferentes y bien definidos que son: 1º. La independencia: El primero es el de la independencia por ser el resultado del accionar de los movimientos de reivindicación de los pueblos oprimidos que se encuentran sujetos por fuerzas foráneas como agresoras a la cultura, la historia, la identidad y los territorios que no son propios. 2º. La descolonización a la inversa: El segundo es el proceso de descolonización que se tiene emprendido por todo poder colonizador, como es el caso de la metrópoli andina boliviana contra la nación de los pueblos diferentes cambas cruceños, con la pretensión de integrarnos como sociedad disgregada y pérdida dentro del poder administrativo de este Estado dominador. La inventada Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo es una muestra de lo que está sucediendo actualmente con el colonizador Estado Plurinacional Comunitario, ejecutado con la implantación de una nueva Constitución discriminadora que supuestamente es originaria indígena y campesina, pero está manejada por el poder criollo y mestizo alto peruano o charqueño que como oligarquía colonizadora de la metrópoli, aprovecha el movimiento internacional de reivindicación indígena para lograr la desaparición de nuestra nación y patria cautiva, avasallada y colonizada. 423


3º. La autonomía o la libre asociación: El tercero es el que propugnan algunos estratos de la sociedad colonizada de la nación de los pueblos cambas cruceños inclusive, alienados por la enseñanza villana de la historia por parte del Estado de la metrópoli que proponen establecer un estatus de supuesta libre asociación, dentro de una formación de unidad férrea con la sociedad colonizadora sin recuperar la independencia que nos fue conculcada fraudulentamente en 1825. La situación de asociación lleva a seguir dentro de la colonización aviesa en que nos encontramos, pues este sistema de descolonizarnos como pretende la metrópoli y está aceptado por cierta parte de la sociedad al Este de Bolivia, es similar a la del punto segundo que mantiene la desigualdad de nuestras condiciones y derechos como pueblo cierto, determinado y diferente y todo ello hasta lograr nuestra desaparición final dentro del sistema político de las autonomías de cualquier tipo.

TESTIMONIO PRESENTADO ANTE LAS NACIONES UNIDAS TESTIMONIO PRESENTADO POR UN GRUPO DE ORIENTALES CAMBAS CRUCEÑOS ANTE EL COMITÉ DE DESCOLONIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS Por la importancia que reviste este Testimonio enviado a la Secretaría de las Naciones Unidas, se hace necesario transcribirlo in extenso. POR: CIUDADANOS DE LA CRUCEÑIDAD CONSTITUIDA EN ENCLAVE COLONIZADO EN BOLIVIA. Señor R. M. MARTY M. NATALEGAWA (INDONESIA) Presidente del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas. Los firmantes del presente testimonio somos habitantes nacidos y originarios hijos de la cruceñidad, así como también inmigrantes internos y externos que hemos asumido la identidad Camba o Tupí guaraní en adopción y por el amor a esta heredad territorial llamada República de Santa Cruz de la Sierra, que fue independiente y soberana desde 1810 como Provincia del Río de la Plata y luego desde 1815 como República de Santa Cruz de la Sierra. Contando con gobierno propio hasta cuando políticamente se la colonizó en 1825 e integrándola como departamento de Santa Cruz dentro de la República de Bolivia en 1826. El territorio patrio de la cruceñidad después de su colonización se encuentra desmembrado como los departamentos del Beni, Pando, Santa Cruz y los territorios incorporados a Tarija, Chuquisaca, Cochabamba y La Paz al haber sido anexada fraudulentamente con el dolo histórico de considerarnos parte territorial del Alto Perú. Así como también ser integrantes de la Real Audiencia de Charcas, desaparecida y reducida a un simple tribunal de alzada en 1776 y con asiento en la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo influenciando solamente a las intendencias de Chuquisaca o Charcas, Potosí, Cochabamba y La Paz. La importancia de evitar cualquier interpretación tergiversada y malintencionada sobre nuestra demanda de descolonización, es de fundamental importancia aclarar que el movimiento emprendido por la cruceñidad anexada en 1825, solo persigue su emancipación y autonomía mediante el mecanismo establecido en la Carta de las Naciones Unidas del 26 de junio de 1945 en San Francisco, apoyándose en el capitulo XI y los artículos 73 y 74 de la declaración relativa a territorios no autónomos. El Instrumento que apoya nuestras reivindicaciones fue reactivado como dispositivo de descolonización por la Resolución A/RES/55/146 del 8 de diciembre de 2000, para que en base al derecho internacional podamos establecer una coexistencia justa y racional dentro de la metrópoli Estado boliviano, pues nuestra colonización sólo sirvió para disgregarnos como nación cierta y determinada, con la creación 424


de departamentos y territorios de colonias destinados a ser conquistados y avasallados a consecuencia de la ilegal e ilegitima anexión no voluntaria por la República Bolívar en 1825. La Provincia del Río de la Plata de Santa Cruz de la Sierra que fue integrante del Virreinato del Río de La Plata desde 1776, se libertó del coloniaje español el 24 de septiembre de 1810 siguiendo el ejemplo de las otras provincias rioplatenses que lo hicieron el 25 de mayo del mismo año, pero se separa de la influencia de Buenos Aires en 1815 a causa de la rebeldía de los coroneles Ignacio Warnes y José Manuel Mercado entre otros, que desconocen la autoridad de Buenos Aires gobernada políticamente por Ignacio Álvarez Thomas y militarmente por Rondeau, como consecuencia del abusivo y autocrático hecho de cambiar al gobernador de la provincia cruceña. La independencia y la libertad de la República de Santa Cruz de la Sierra fue consolidada definitivamente cuando se vence al ejército colonial en la batalla de Santa Bárbara en octubre de 1815, derrotándose así el último bastión español en la provincia cruceña de Chiquitos al mando del Gobernador Juan Bautista Altolaguirre, convirtiéndonos este acontecimiento histórico en las primeras repúblicas independientes en Sudamérica con el Paraguay que se consolida en 1814. La controversia histórica interna existente entre la parte Occidental Andina con relación a la Oriental Tupí Guaraní en la Republica hoy Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, hace de necesidad imprescindible que se comprenda que la polémica entre nuestros pueblos no es de carácter político partidista, así como tampoco de lucha ideológica ni de mártires del pasado en un mismo país homogéneo, sino que es el resultando de la controversia por las tensiones históricas entre dos naciones diferentes, que además son contrarias a las artificiosas interpretaciones enraizadas en lo más profundo del residuo social basada en una visión andina de vida comunitaria y cultural, incompatible con la del país tropical de las llanuras productiva y de economía social de mercado. La relación histórica que se maneja sobre nuestra anexión dolosa a la República Bolívar en la asamblea de Chuquisaca de 1825, establece la necesidad de ser aclarada por la importancia de conocer la trascendencia de la entrada del ejército colombiano – peruano al mando de Antonio José de Sucre en el Alto Perú, pues este hecho de agresión e invasión a las provincias alto peruanas ya libres de España, adquiere vital importancia cuando se cruza el río Desaguadero hacia el territorio separado del colonialismo español por el General Pedro Antonio de Olañeta rebelde desde 1822 y separado desde 1824 hasta 1825, todo ello confirmado y violado pese a la capitulación de Ayacucho entre Antonio José de Sucre y Don José de Canterac en 1824. El Mariscal Antonio José de Sucre influenciado por el traidor de su tío y jefe de nombre Casimiro Olañeta, ocasionó el haber anexado a los pueblos de las llanuras al Alto Perú, sin respetar la norma del derecho internacional general del Uti Posideti Iuri que es el territorio de toda Nación y República, cierta e 425


independiente dentro de la geografía propia, que en el caso nuestro poseíamos hasta 1825. Deformación ética con que se manejó Sucre que lo llevó a pensar y juzgar fuera de todo principio del Derecho Internacional General, incluirnos en la empresa de la creación de la republica alto peruana, contrariando supuestamente el pensamiento del Libertador Simón Bolívar. La intensión de Sucre de colonizarnos fue inducida y manipulada por Casimiro Olañeta, José Mariano Serrano y la omnipotencia de la oligarquía alto peruana, que al concretarse se hizo con el dolo que sirvió de motivó, para incluirnos con fraude histórico a la República Bolívar como si fuéramos parte territorial del Alto Perú. Manejándose definitivamente la engañosa tesis de que en 1825 éramos integrantes jurisdiccionales de la Real Audiencia de Charcas y por esta violación del Derecho Internacional General, se está durante casi 200 años de vida republicana atentando contra la cruceñidad libre e independiente pero si colonizada. Arremetiendo la metrópoli una intolerable agresión en forma permanente contra nuestro territorio, con la implantación en forma planeada de habitantes de la colonizadora sociedad alto peruana, con imponernos dispersos enclaves coloniales dentro del propósito de adueñarse de una región que no es propia. La sociedad de la cruceñidad que la construimos con nuestros padres hispanos y autóctonos a lo largo de más 450 años, se formó como una cultura en el país tropical de las llanuras o Camba en base a una formación sembrada como condición propia y no racial, pero sí fortalecida por contener un carácter étnico integrado por la influencia de la Compañía de Jesús inclusive hasta el año 1767. Influencia jesuítica manejada desde el Paraguay hasta nuestra separación en 1700, que como elemento esencial sirvió de base socio espiritual de los pueblos de la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra conocidos como cordillerano, chaqueño, chiquitano, mojeño y amazónico. Los pueblos de la cruceñidad en la actualidad nos encontramos amenazados en nuestra existencia por el poder andino de la metrópoli alto peruana boliviana, al estar buscando con la agresión material y cultural nuestra desaparición en base a una política de Estado de disolución poblacional y pedagógica perfectamente planeada dentro de la intencionalidad primaria. Situación que no les ha dado el resultado programado como república colonizadora, por la asimilación de los inmigrantes a las costumbres del pueblo Tupí Guaraní por adoptar y captar nuestras querencias como propias al desplazarse hacia nuestros pueblos con intensiones sinceras, y despojados de la proyección premeditada y articulada por la actual política de colonización del Estado Plurinacional Comunitario altoperuano boliviano. La agresión sufrida por nuestra nación cierta y determinada como República de Santa Cruz de la Sierra fue la causa de la disgregación de nuestro territorio patrio, pues antes de la anexión fraudulenta y la colonización por la República Bolívar en la Asamblea de Chuquisaca en 1825 teníamos una superficie de 1.700.000.00 kilómetros cuadrados. Constituyéndonos en Sudamérica como el tercer país más extenso después del Brasil y la Argentina. El territorio cruceño ajeno a la República Bolívar está avasallado y oprimido al haberse violado toda norma de Derecho Internacional General o ius cogens, con la agravante además, de la coacción ejercida por la amenaza que significó el uso de la fuerza militar de invasión colombiana – peruana, para aceptar esta situación colonizante a la que fuimos y estamos sometidos. La heredad geográfica de la cruceñidad fue disgregada para ser repartida e integrada como parte de los territorios apropiados por los departamentos andinos de la República, así como también agregados a las repúblicas vecinas por la avidez y el expansionismo, como resultado de los conflictos y los tratados desfavorables a nosotros con territorios vendidos y regalados a las republicas del Brasil y del Perú. La clara demostración de la nefasta forma de como fuimos colonizados y la consecuencia de la desintegración sufrida que redujo nuestra geografía en menos de la mitad de la cual contábamos en 1825, es como acción colonialista la causante de encontrarnos con millones de compatriotas secuestrados por las ambiciones expansionistas de los departamentos de Bolivia como también de los países vecinos. Atados mediante leyes y tratados efectuados por una potencia colonialista detentadora de nuestra administración, bajo la sombra de la nulidad absoluta por resultar nuestra anexión violatoria al Derecho 426


Internacional General y definitivamente coactiva. La colonización y la anexión fraudulenta de la nación cruceña ya República independiente y soberana en la República Bolívar, como agresión y a pesar de la alienación cultural y poblacional que se ha sufrido no ha logrado hacernos perder el recuerdo histórico, pese a haber pasado por una situación de violencia permanente que no se ha detenido ni se ha atenuado, viviendo hoy nuestros pueblos las acometidas de la metrópoli con una virulencia acentuada y marcada por el odio y el rencor sin justificativo alguno. Elemento sociológico que es negativo para nuestros pueblos por el peligro inminente de un holocausto genocida, que definitivamente se está preparando muy bien planificado por poderosas fuerzas foráneas confabuladas con la metrópoli, haciendo peligrar la existencia misma de nuestra nación diferente, cierta y determinada. El Estado boliviano con el plan de recuperación del Oriente gestado en el extranjero y bajo una supuesta descolonización a la inversa, establece contundentemente que no somos considerados parte integral de la Bolivia alto peruana, por lo que debemos ser diluidos como colonia concretando el asentamiento poblacional avasallador en nuestros territorios, para así expulsarnos como etnia y nacionalidad cautiva que se mantiene secuestrada. Negándonos de esta manera el derecho histórico como patria tropical de las llanuras, nuestra por herencia ancestral y desde antes del coloniaje español inclusive, que contamos con el derecho a disfrutar de la heredad que construimos con amor y trabajo y que la defendemos, pese a la administración alienadora y aviesa del gobierno colonial de la metrópoli boliviana. La acción de colonización negativa que estamos padeciendo resignada y calladamente como nación colonizada durante la era republicana, la denunciamos ante este foro de las Naciones Unidas. DEMANDANDO la protección de la comunidad internacional contra el genocidio humano y cultural concebido contra nuestros pueblos manejado con la implantación de un plan de concreción final de colonización por la interpretación histórica equivocada y para quedarse con nuestra herencia telúrica, transformando a los ciudadanos de la cruceñidad en simples parias desplazados dentro de su propia tierra heredada y cuidada estos más 450 años, como nación tropical hoy sojuzgada al ser nuestro pueblo anexado y colonizado fraudulentamente por la República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano. La cruceñidad como nación sometida a una servidumbre destructiva por nuestro intermedio, invoca y se acoge en este foro de las Naciones Unidas para que se tome nota de que a pesar de estar trastornados en nuestros cimientos históricos y culturales como pueblo y república diferente, no hemos renunciado a nuestra tierra ni a nuestra identidad foral, por lo cual nuestro reclamo está efectuado con la firmeza de una nacionalidad conocedora de sus derechos, pese a estar agredidos como consecuencia de una enseñanza distorsionada y manejada desde la metrópoli del Estado boliviano. Los pueblos que formamos la cruceñidad y hoy nos encontramos repartidos como departamentos, estamos agredidos por la metrópoli mediante una confabulación entre el gobierno y el ejército boliviano con la vulneración de nuestros derechos humanos, civiles y políticos por organismos del Estado colonizador que están desconociendo la libre determinación de los pueblos de la cruceñidad, manteniéndose una sañuda persecución por las fuerzas represoras contrariando el Art. 4 – 1 de la Resolución 47/135 de diciembre de 1992, a pesar de ser derechos que están consagrados en el Art. 1 de la Carta de las Naciones Unidas y el Art. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966, y en vigencia el 23 de marzo de 1976 de conformidad al Art. 49 del mismo pacto, como también en la Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970. El Comité de Descolonización de las Naciones Unidas al ser conocedor de la violación de los derechos humanos de la cruceñidad que se encuentra como enclave colonizado, tiene la obligación de tomar competencia sobre la demanda interpuesta con la presentación del actual testimonio por ser 427


probatorio de la agresión y la inminente limpieza étnica y cultural que está, a punto de practicarse en forma absoluta y definitiva, ejecutada con la agresión de elementos irregulares armados de la nación andina, manejándose una xenofobia genocida dirigida contra la población civil de una nación diferente y cierta por fundamentos históricos y culturales. La agresión que se denuncia está constituyendo el más grande holocausto que se estaría gestando en Sudamérica en pleno siglo XXI, como una aberrante situación de irracionalidad y arbitrariedad internacional que es contraria a la resolución 260 A (III) del 9 de diciembre de 1948, que entró en vigencia el 12 de enero de 1951 y de conformidad al Art. XIII de la cual la colonizadora República hoy Estado Plurinacional Comunitario Boliviano es signatario. Los pueblos de la cruceñidad cautivos y colonizados estamos seguros que por la probidad acrisolada de los integrantes del Comité, así como por la justicia y la legitimidad de nuestra causa ajustada y fundada en la razón y el derecho. “NUESTRA DEMANDA” terminará siendo bien atendida y alcanzará al final los objetivos de la descolonización, mediante la autonomía que hemos ganado democráticamente y por voluntad popular como derecho universal y fundamental que no puede ser vulnerado. “POR LO TANTO” denunciamos ante este foro de las Naciones Unidas el plan siniestro del centralismo altoperuano de la metrópoli, de una mal llamada recuperación político militar de la cruceñidad autonómica manejada como enclave colonizado y estar supuestamente fuera de la realidad de Bolivia. Motivo por el que debemos ser reconquistados con la ocupación militar ejercido en la región norte o amazónica, como también el centro amazónico y el Sur rioplatense de nuestra heredad patria tropical. “POR LO EXPUESTO Y FUNDAMENTADO” el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, tomando la debida atención debe en forma concluyente, integrarnos en la lista como nueva nación a ser descolonizada de la misma forma que lo determinó para la República de Puerto Rico, en que por ecuanimidad y analogía jurídica internacional, es concordante con lo que insistentemente se pregona por los representantes de los países no alineados entre los 24 integrantes que componen dicho comité. “DETERMINANDO” por la calidad humana, la imparcialidad y la equidad de los integrantes de este foro como su comportamiento honesto, emitirse una resolución fijando la necesidad de efectuarse una revisión histórica sobre nuestra colonización fraudulenta en 1825. “MEDIDA” justiciera fundada en la integridad, la ecuanimidad y la probidad que es comportamiento primordial y fundamental de dicho foro de las Naciones Unidas, por lo cual esperamos una respuesta en justicia, como sucedió mediante la “RESOLUCIÓN DEL 13 DE JUNIO DE 2008 SOBRE PUERTO RICO”, para apersonarnos a la reunión correspondiente en la Asamblea General de las Naciones Unidas a reforzar los fundamentos de nuestra demanda. (DERECHO DE PUERTO RICO A LA DESCOLONIZACIÓN: Solidaridad internacional, que ha sido oportunamente reflejada en los trabajos y los documentos del Comité Especial. Tomando nota del consenso que existe en el pueblo y Gobierno de Puerto Rico sobre la necesidad de que se produzca limpieza, descontaminación y devolución al pueblo de Puerto Rico de todas las tierras anteriormente utilizadas para maniobras e instalaciones y su utilización para social y económico de Puerto Rico. Tomando nota también de las denuncias hechas por los habitantes de Vieques sobre la contaminación de la detonación de bombas y quema abierta como método de limpieza, agravando así los problemas de salud y contaminación ya existente y poniendo en riesgo la vida de civiles. Tomando nota además del consenso que existe en el pueblo de Puerto rico a favor de que se ponga en libertad a los presos políticos puertorriqueños que por más de 27 años han cumplido condenas en prisiones de los Estados Unidos por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico, así como aquellos que guardan prisión por causas relacionadas con la lucha por la paz en Vieques. Tomando nota de la preocupación existente en el pueblo de Puerto Rico con relación a las acciones violentas, incluidas represión e intimidación contra independentistas puertorriqueños en Puerto Rico, incluyendo las que se han conocido recientemente a partir de documentos desclasificados por agencias federales de los Estados Unidos. Tomando nota también de que el Documento Final de la Décimo cuarta Conferencia Cumbre de Países No Alineados, celebrada en la Habana, del 11 al 16 de septiembre de 2006, y en otras reuniones del movimiento, se reafirma el derecho del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación e independencia, 428


de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, se exhorta al Gobierno de los Estados Unidos a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia, y se insta al Gobierno de los Estados Unidos a devolver el territorio y las instalaciones en la isla de Vieques y en la Estación Naval de Roosevelt Roads al pueblo puertorriqueño, que constituye una nación latinoamericana y caribeña, y se insta a la Asamblea General a examinar activamente la cuestión de Puerto Rico en todos sus aspectos. Habiendo oído declaraciones y testimonios representativos de diversas tendencias del pueblo puertorriqueño y sus instituciones sociales. Habiendo examinado el informe del Relator del Comité Especial sobre la aplicación de las resoluciones relativas a Puerto Rico. 1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación e independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y la aplicabilidad de los principios fundamentales de dicha resolución a la cuestión de Puerto Rico. 2. Reitera que el pueblo Puertorriqueño constituye una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional. 3. Llama al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de propiciar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico. 4. Toma nota del amplio apoyo de personalidades, Gobiernos y fuerzas políticas de América Latina y el Caribe a la independencia de Puerto Rico. 5. Toma nota también del debate que existe en Puerto Rico sobre la implementación de un mecanismo que pueda asegurar la plena participación de todos los sectores de opinión puertorriqueños, consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico. 6- Expresa profunda preocupación en relación con las acciones llevadas a cabo contra luchadores independentistas y alienta a que se lleven a cabo una investigación sobre esas acciones, con el rigor necesario y la cooperación de las autoridades pertinentes. 7. Solicita a la Asamblea General que examine de manera amplia y en todos los aspectos la cuestión de Puerto Rico. 8. Insta al Gobierno de los Estados Unidos, en consonancia con la necesidad de garantizar al pueblo puertorriqueño su legítimo derecho para la libre determinación y la protección de sus derechos humanos, a que termine la devolución de toda la tierra antes ocupada y las instalaciones en Vieques y Ceiba al pueblo de Puerto Rico, atiendo a los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud y al desarrollo económico, acelere la ejecución y asuma los costos del proceso de limpieza y descontaminación de las áreas de impacto anteriormente utilizadas en las maniobras militares mediante métodos que no continúen agravando las serias consecuencias de su actividad militar para la salud de los habitantes de la isla de Vieques y el medio ambiente. 9. Pide al Presidente de los Estados Unidas que ponga en libertad a todos los presos políticos puertorriqueños que por más de veintisiete años han cumplido condenas en prisiones de los Estados Unidas por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico, así como a aquellos que guardan prisión por causas relacionadas con la lucha por la paz en Vieques. 10. Toma nota con satisfacción del informe preparado por el Relator del Comité Especial, en cumplimiento de lo dispuesto en su resolución de 14 de junio de 2007. 11. FUENTE: SOLICITA AL RELATOR QUE INFORME AL COMITÉ ESPECIAL EN EL AÑO 2009 SOBRE LA APLICACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. 12. DECIDE MANTENER LA CUESTIÓN DE PUERTO RICO BAJO EXAMEN CONTINUO. 1. A/AC.109/2008/L.7). ¡POR LA AUTONOMÍA PARA LA CRUCEÑIDAD DE LOS DEPARTAMENTOS DEL BENI, SANTA CRUZ, PANDO Y LOS OTROS TERRITORIOS AMAZÓNICOS Y RIOPLATENSES ANEXADOS DENTRO DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y DE TARIJA COMO PAUTA DE NUESTRA DESCOLONIZACIÓN! (Firmado por 350 ciudadanos de la cruceñidad y enviado al Comité de Descolonización de las Naciones Unidas.

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ENVÍO DE TESTIMONIO ANTE EL COMITÉ DESCOLONIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

DE

Comprobante No. 9080370471. Nueva York: Noviembre, 6 de 2008.

LA LUCHA DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, DEBE ESTAR DIRIGIDA HACIA NUESTRA LIBERACIÓN DEL ESTADO COLONIZANTE EN EL QUE NOS ENCONTRAMOS SOMETIDOS POR LA METRÓPOLI BOLIVIANA La sociedad de la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, que desde 1810 formábamos una nación libre e independiente de España y desde 1815 separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, no éramos parte de la República Argentina fundada en 1816 en Tucumán, pero desde 1825 nos encontramos sometidos a una colonización, contraria a todo principio contemplado en lo postulados de las Naciones Unidas. La lucha por liberarnos de las servidumbres impuestas en 1825, no debe llevarnos a equivocar el rumbo a seguir en la contienda por alcanzar nuestras reivindicaciones, como consecuencia de haber sido anexados mediante el fraude histórico. Manejándose la nacionalidad conformada por los pueblos de los llanos rioplatenses y amazónicos, como los territorios de la cordillera de los Chiriguanos en una sola unidad étnica y cultural e histórica con los andinos. La lucha debe efectuarse mediante una argumentación, orientada en normas que nos demanda enfrentar el litigio no político partidista, sino solamente de liberación y descolonización de una nación cautiva y anexada. La estrategia por la liberación de la nación de los pueblos cambas cruceños debe estar orientada en la fortaleza necesaria, porque la lucha va a ser muy dura y puede ser de décadas, años y aun siglos pese a estar fortalecida por la nulidad absoluta en la agresión coactiva contra nuestra independencia y libertad, la cual no prescribe en el tiempo. Conseguir emanciparnos de las coacciones y servidumbres a las que se nos sometió y nos tienen sometidos los poderes hegemónicos de la metrópoli, no debe estar dirigido al alegato político partidista contra un gobierno circunstancial, porque se estaría distorsionando las luchas por nuestras reivindicaciones históricas que deben ser emprendidas, para recuperar los derechos fundamentales agredidos como nación diferente e indiscutible, cierta y determinada. La argumentación en la lucha por la liberación de nuestra colonización, debe estar encaminada hacia la búsqueda de la consolidación autonómica de la región de la nación de los pueblos cambas cruceños en Bolivia, despojándonos de la sujeción impuesta por la sociedad del Collasuyo o Collado del Alto Perú o Charcas que nos está agrediendo por casi dos siglos, dentro de una controversia que en su solución debe efectuarse buscando el apoyo de la justicia internacional, por estar demostrada la brutal situación en que nos encontramos. La sociedad que formamos la nación de los pueblos cambas cruceños desde 1810, hasta antes de nuestra anexión tramposa entre el 10 al 28 de julio de 1825, nos encontramos con muchos territorios en poder de potencias extrajeras como en los departamentos andinos de Bolivia, supuestos hermanos de sangre e historia. Territorios separados de la tierra y patria madre, al ser robados por poderes foráneos conteniendo la nulidad de haber sido efectuados, por tratados apócrifos de una nación colonizadora que en definitiva también no es nuestra. Los pueblos hermanos en historia y continuidad territorial que fueron separados con intencionalidad foránea, tienen el deber de manejarse con solidaridad, siendo los del Noroeste brasilero 430


dentro de los actuales Estados de Acre y Matogroso, el Norte Paraguayo en el Chaco y los del Noreste peruano. Solidarizándose aunque sea moralmente con sus hermanos cautivos por la sociedad de la imperialista colonizadora metrópoli del Collasuyo boliviano. Los vínculos indestructibles de sangre como de geografía y de historia, están demostrados por la solidaridad con nuestros hermanos pandinos, por parte de los pueblos del Noroeste brasilero al apoyarlos aunque sea moralmente, en la defensa contra las agresiones genocidas de los descendientes del imperio incaico, como en la lucha emprendida por nuestra descolonización, al ser un derecho inalienable por haber sido colonizados mediante la violación de una norma internacional de derecho general, con la coacción como Nulidad Absoluta que no prescribe en el tiempo. Los pueblos al Oriente del Collasuyo, Alto Perú o Charcas boliviano que se constituían antes de nuestra colonización y posterior disgregación como República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños estamos agredidos en nuestro territorio, con una superficie que abarca desde la banda Norte del río Pilcomayo hasta las cercanías del río Amazonas. Sociedad que se encuentra cautiva y colonizada en diferentes repúblicas, por lo que estamos obligados a conocer nuestra realidad histórica, para instruirnos en la identidad y la cultura histórica que viene desde antes de la formación de la República Bolívar y otras repúblicas vecinas, en la necesidad de estar al corriente de quienes somos, para que asumamos en forma concluyente nuestros derechos inalienables como nación diferente, cierta y determinada pero colonizada en Bolivia. Los gobernadores, los cívicos y los líderes de nuestros pueblos cuando conozcan sus orígenes y esencia, manejaran los movimientos de reivindicación fortalecidos por el conocimiento de nuestro pasado histórico, transformándose en en responsables con nuestro presente, para asumir de una vez por todas con valentía y fortaleza lo que nos tiene deparado el destino en el futuro, porque como conocedores de la existencia que viene de una diferencia en la concepción social y de vida que es diferente a la de los pueblos andinos, puedan llevarnos por el camino real y objetivo para alcanzar la liberación de nuestra nacionalidad dentro de autonomías reales y verdaderas pese a ser nuestros pueblos colonizados. El análisis de los sucesos que marcaron la situación de la anexión dolosa y la colonización fraudulenta, busca demostrar claramente la verdad histórica, de la trampa sufrida por nuestros pueblos forjadores de la nación de los cambas cruceños, para que en base a esta verdad orientemos nuestro comportamiento en la controversia emprendida, pues la polémica planteada por las reivindicaciones de nuestros derechos fundamentales como ser la autodeterminación va a ser dura, al ser nuestro pueblo una nación libre e independiente pero colonizada. La importancia sobre nuestro futuro tiene que entenderse, que nuestra lucha no es un movimiento político partidista como tampoco es cuestión ideológica sectaria, sino el camino hacia manejarnos en una dirección serena y lúcida para lograr de una vez los objetivos de nuestra autonomía, la cual debe estar basada en el libre albedrío como una nación diferente que está mantenida colonizada, agredida, sometida y humillada por el poder hegemónico de la metrópoli del alto peruanismo occidental boliviano.

LA INFORMACIÓN Y LA ENSEÑANZA ILEGÍTIMA, COMPLOTA CONTRA LA INDENTIFICACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS LA ENSEÑANZA DE NUESTRA HISTORIA COMO NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ES Y HA SIDO MEZQUINA POR EL MANEJO DISTORCIONADOR DEL PODER COLONIZADOR DE LA METRÓPOLI ANDINA BOLIVIANA 431


La historia boliviana ha sido ingrata y es mezquina para nación de los pueblos cambas cruceños de la República de Santa Cruz de la Sierra, haciendo todo lo posible para que olvidemos nuestro pasado, pero pera desgracia colonizadora obligando a que en pleno siglo XXI, la revivamos como en 1825 y esta vez con el peligro definitivo de sufrir la desaparición como sociedad diferente, por la agresión étnica y cultural ejercida como acometida final. La sociedad del Collasuyo o Collado del Alto Perú o Charcas boliviano, por el interés hegemónico de la oligarquía del Alto Perú o Charcas, ha buscado desde siempre la perdida de nuestra identidad y cultura histórica al inculcarnos la falsedad de que fuimos y somos parte del Alto Perú, como también fuimos integrantes en 1825 de la Intendencia de Cochabamba, de la provincia de los Charcas y de la Real Audiencia o Cancillería de Charcas que había sido extinguida como jurisdicción administrativa en 1776 y definitivamente como entidad Judicial de Alzada en 1813 por decisión de Buenos Aires. La villanía histórica viene por el supuesto olvido cómplice e interesado de nuestros propios historiadores, porque nunca nos enseñaron que pasamos a ser parte y jurisdicción del Virreinato del Río de la Plata en 1776 como gobernación y provincia de origen paraguaya, de la misma manera lo sucedido con las intendencias alto peruanas de Potosí y La Paz con sus territorios correspondientes al Altiplano o Alto Perú, como la Intendencia de Cochabamba y Chuquisaca dentro de la ampliación por acción de las conquistas incas, manejadas en identificación plena con la República del Perú por razones históricas como de fisiografía y de cultura étnica en la gran mayoría de sus habitantes. La falacia y el embuste histórico de ser alto peruanos o de Charcas que se nos ha enseñado por casi 200 años, orientados hacia el andismo peruano sobre nuestros orígenes, con la invención de que la nación de los pueblos los cambas cruceños éramos parte de la Real Audiencia de Charcas aún en 1825, no es real pese a que dicha institución fungía como el más alto tribunal de la corona española y cuyos límites territoriales fueron ampliados por el Rey Felipe II con la gobernación de Tucumán. La gobernación Santa Cruz de la Sierra formada con los Llanos de Manzo existentes entre el río Pilcomayo, el Bermejo y los llanos de Ñuflo de Chávez o Chiquitos más la provincia de Moxos en 1563, en 1566 se incorporan a la audiencia de Charcas con las gobernaciones del Río de de la Plata y del Paraguay, lo que es coincidente cuando en 1552 el Papa Julio III dio jurisdicción eclesiástica a Charcas sobre parte de Chile, Tucumán y el Río de la Plata. Luego tenemos que en 1605 el Papa Paulo V incorporó a esta jurisdicción eclesiástica, los obispados de nuestra señora de La Paz y San Lorenzo de la Barranca o Santa Cruz de la Sierra desde 1622. Los gobiernos de Moxos y Chiquitos estuvieron subordinados al Virreinato de Lima y a la Real Audiencia de Charcas como todos los territorios al Este y Sur de la cordillera de los Andes, pero no formaron parte del Alto Perú por ser diferentes étnica y geográficamente, además como territorios misionales mantenían una verdadera independencia de Lima, recuperada con la expulsión de los jesuitas en 1767 y pérdida nuevamente en 1776, por lo que pasaron de estar subordinados en algunos aspectos a Lima, pasaron a la jurisdicción administrativa del Virreinato del Río de la Plata. La enseñanza histórica falseada y engañosa sobre los orígenes de nuestros pueblos, hizo que casi olvidáramos nuestro pasado por la mentira enmascarada y fraudulenta de como fuimos anexados a la República Bolívar en 1825, efectuada con la complicidad de los representantes de las naciones de Colombia, Venezuela, Perú y la connivencia de Argentina, violándose las normas imperativas de Derecho Internacional General que regían en esa época y por esto, constituyéndose en una omisión cómplice en lo sucedido con nuestro pueblo que estaba libre de España desde 1810, de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815 que además no integramos la República Argentina en 1816, como libre de las agresoras Charcas o Alto Perú desde febrero de 1825, llevando estos sucesos con intención fraudulenta a ser manejados en la asamblea de Chuquisaca a que se nos transforme en pueblos anexados, cautivos y colonizados. Los pueblos de la República de Santa Cruz de la Sierra en pleno siglo XXI, estamos siendo agredidos mediante una apócrifa asamblea comenzada en la ciudad de Sucre y con aprobación de una Constitución en grande en la ciudad de Yotala capital de la provincia Yamparae en el departamento de 432


Chuquisaca (Sucre), para luego en la ciudad de Oruro se la concrete en detalle, en franca transgresión al artículo sexto de la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente. (ERROR REPETIDO DE 1825: La Asamblea Constituyente tendrá su sede en la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República. FUENTE: LEY ESPECIAL 3091 DEL 6 DE JULIO DE 2005). El establecimiento de estos sucesos son elementos coincidentes que nos hacen revivir nuevamente los actos fraudulentos de 1825, pero esta vez no por la falta e inexistencia de delegados, sino por representantes foráneos incrustados en nuestra sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, como elementos de avanzada colonialista de la sociedad del Collasuyo del Alto Perú o Charcas boliviano, culturalmente y con identidad relacionada con nuestros históricos conquistadores y nuevos imperialistas.

EL DERECHO JUSTO DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, PARA ALEGAR LA NULIDAD ABSOLUTA DE NUESTRA COACTIVA ANEXIÓN Y FRAUDULENTA COLONIZACIÓN, POR LA DEL ALTO PERÚ REPÚBLICA BOLÍVAR ES CIERTO Y DETERMINANTE La Nulidad Absoluta de nuestra anexión fraudulenta ejercida por la República Bolívar, debe ser alegada por nuestros actuales departamentos cautivos y aun obligatoriamente, declarada nula de oficio por el Tribunal de Justicia Internacional respectivo, por ser la consecuencia del resultado de la trasgresión al Derecho Internacional General o Norma imperativa, reconocida por el mismo Libertador Simón Bolívar en varias de sus cartas y entre ellas, las del 21 de febrero y 25 de mayo de 1825. (DERECHO VIGENTE Y DERECHO JUSTO: El derecho vigente y el justo suelen oponerse; ya que, este último, por su contenido, es el que conforma las proposiciones jurídicas con el pensamiento universal; la conciencia humana, con el ideal social. También se considera como Derecho justo aquel que satisface el sentimiento de armonía entre los hombres, el sentimiento jurídico. FUENTE: DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: TOMO TERCERO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 137). Lo expresado por el Libertador Simón Bolívar en estas comunicaciones con Antonio José de Sucre, muestra la violación del Derecho Internacional General, derivado de reglas establecidas por la costumbre de los pueblos libres, por lo que nuestra anexión es fraudulenta y coactiva al habernos involucrado en la trama que dio como resultado la creación de la República alto peruana Bolívar, mediante la simulación histórica de ser la nación de los pueblos cambas cruceños parte territorial del Alto Perú. Constituyendo un hecho doloso y fraudulento, además un engaño que inclusive llevó a hacer caer al Libertador en el error de identificar a los pueblos y la nación de la cruceñidad Tupí Guaraní como integrantes del Imperio Incaico, a pesar de ser diferentes en raza y geografía para relacionarnos con el hecho sucedido en el Tahuantinsuyo o territorio incaico de origen andino y peruano. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS NO SOMOS INCAICOS NI PERUANOS: Esta ceremonia no debe ser menos que lisonjera y altamente honrosa para el vengador de los Incas, restaurador de sus hijos, libertador del Perú. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE: 15 DE MAYO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGONA 70). La confusión utilizada con dolo y fraude histórico fue la que llevó a lisonjear a Sucre, catalogándolo vengador de los incas restaurador de sus hijos y libertador del Perú, fortaleciendo así el pensamiento y la decisión propia del Mariscal de Ayacucho de anexarnos a los pueblos Tupí guaranies como alto peruanos andinos e incaicos, dentro del más grave error histórico que fue manejado además con corrupción. 433


El atentado perpetrado contra la independencia de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños, constituye una agresión contra nuestra soberanía y está mostrando claramente, la flagrante contravención del Derecho Internacional General reconocido como doctrina universal desde 1819, involucrándonos en una situación de anexión fraudulenta, con el dolo manejado en la asamblea de Chuquisaca como si fuéramos parte del Alto Perú y de la Real audiencia de Charcas en 1825, ejecutado mediante la invasión ejercida por los colombianos al Alto Perú después de la capitulación y el tratado de rendición de España en Ayacucho en 1824. La anexión fraudulenta de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños que se acusa, se la efectúa mediante el dolo y la contravención contra el Derecho Internacional General por Simón Bolívar, apoyado por Antonio José de Sucre, Casimiro Olañeta y José Mariano Serrano entre otros. Constituyendo este hecho en forma definitiva y concluyente, una infracción que nos da plena facultad y autoridad para demandar ante el Tribunal Internacional de Justicia, la Nulidad Absoluta de nuestra tramposa anexión que por lo tendenciosa y premeditada está mantenida inclusive durante la era republicana, llevando a nuestra República de Santa Cruz de la Sierra libre e independiente hasta 1825, a sufrir violencias tanto materiales como espirituales con el propósito de destruirnos y eliminarnos como grupo humano diferente, cierto y determinado. La prueba de que la ya República de la nación de los pueblos cambas cruceños fue anexada fraudulentamente, está demostrada por el análisis de la nómina de los diputados presentes en la primera sesión de la Asamblea en la ciudad de La Plata en Chuquisaca iniciada el 10 de julio de 1825. La inexistencia de delegados cambas cruceños en su 2ª sesión, se verifica por la falta de los dos supuestos diputados Vicente Seoane y Vicente Caballero de entre los cinco que había determinado Antonio José de Sucre debían concurrir a Oruro, según el decreto del 9 de febrero de 1825 que nos involucra, por el llamamiento a cinco provincias a una asamblea cuando las alto peruanas solamente eran cuatro. (NO EXISTIERON DELEGADOS CAMBAS CRUCEÑOS: Propuso el señor Presidente para el día de mañana, a discusión de la Asamblea, el punto movido por uno de los señores Diputados, sobre si sería conveniente pasar a discusión sobre la materia principal hallándose la Sala sin un representante de la Provincia de Santa Cruz, o sería mejor suspenderla para no exponerse a reclamos. 2ª Sesión: 11 de julio de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 115). La falta de los representantes cruceños fue también en la 4ª sesión del 18 de julio de 1825 que discute como punto principal, la formación del Alto Perú en una república independiente y se determina suficiente discusión en la 8ª sesión del 28 de julio de 1825 como está claramente demostrada. (MATERIA BASTANTE DISCUTIDA: En seguida se leyó otro del Sr. Presidente del Departamento, con que acompañaba la exposición del de Santa Cruz, sobre la demora de los Diputados de su Departamento. Continuó después la discusión sobre el asunto principal. En este estado se pasó a votar si la materia estaba ya bastantemente discutida, y quedó resuelto que sí. 8ª Sesión: 28 de julio de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINAS 125 Y 127). Las discusiones sobre el futuro del Alto Perú o provincia de los Charcas se mantuvieron sin contarse con la presencia de los diputados santa cruceños tal como se muestra en la 5ª sesión del 21 de julio de 1825, en la que funge como presidente de la Asamblea de Chuquisaca José Mariano Serrano que fue secretario y representante de Charcas o Chuquisaca en la asamblea de Tucumán en 1816, por lo tanto integrante responsable de la fundación de la República Argentina, transformándose en consecuencia por este hecho en traidor a su condición de fundador de esa república, al ser en este caso Presidente de la Asamblea de 1825 en Chuquisaca y uno de los principales personajes para consolidar la República del Alto Perú que la llamaron Bolívar. La 8ª sesión del 28 de julio de 1925 tampoco contaba con la existencia de representantes santa cruceños y concluyó votándose concretamente por la independencia del Alto Perú separada de la confederación del Río de la Plata, olvidando ex profeso a la República Argentina creada en 1816 y que la 434


Camba Cruceña se encontraba como provincia del Alto Perú rebelde al Cuzco desde 1822 que fue libre e independiente en 1824, determinando además que esta materia sobre la independencia del Alto Perú estaba suficientemente discutida. (VOTACIÓN: En este estado se pasó a votar sobre si la materia estaba ya bastantemente discutida, y quedó resuelto que sí. 8ª Sesión: 28 de julio de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 127). La situación anotada deja fuera y sin posibilidad el tratamiento de los 21 puntos del mandato recibido por Vicente Seoane y Vicente Caballero al no estar presentes, vulnerándose de el derecho a la libre determinación de los pueblos, de la sociedad de la nación de los cambas cruceños, como también se violó lo dispuesto en el Art. 1ª del Decreto del 9 de febrero de 1825, procediéndose como determinación final nombrar la comisión encargada del proyecto de resolución y conclusión del Congreso Constituyente alto peruano, empezado el 10 y concluido en sus objetivos el 28 julio de 1825. La Nulidad absoluta del acto que significo nuestra anexión fraudulenta en la república Bolívar, al no prescribir pese a haber pasado casi 200 años según el Orden Internacional de Derecho Público, debe demandarse por la infracción que significo a la norma internacional imperativa y general que se manejaba, como también debe demandarse esta nulidad por la coacción ejercida mediante la amenaza que significaba el ejército colombiano, para imponer y sea aceptada nuestra incorporación en la república alto peruana que le pusieron Bolívar. Amenaza que significo el uso de la fuerza por el ejército de invasión al mando de Antonio José de Sucre, para obligar a nuestros pueblos y Nación Tupí Guaraní de los cambas cruceños a estar sujetos como nación colonizada. La Nulidad Absoluta de nuestra anexión fraudulenta manejada con dolo por los representantes del Collado alto peruano, debe ser demandada por obligación histórica y como nacionalidad agredida por todos los pueblos de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los cambas cruceños al estar nuevamente en pleno siglo XXI amenazados por el ejército, no colombiano sino boliviano que con fuerzas paramilitares están siendo manejadas por el gobierno imperialista de la metrópoli andina, buscando imponernos a pesar de ser una nación diferente, medinte una Constitución de tinte supuestamente indigenista incaico, dentro de un galimatías perfecto que definitivamente nos elimina del contexto boliviano e internacional como la Nación de las Llanuras Tupí guaraníes que siempre fuimos. La nación de los cambas cruceños con sus pueblos colonizados, estamos en la obligación histórica de denunciar y peticionar la Nulidad Absoluta de nuestra anexión por fraudulenta, haciéndola ante el Tribunal Internacional de Justicia. Acusando la coacción que significó la consolidación de nuestra agregación ilegítima en la República Bolívar, porque además fuimos agredidos en nuestra soberanía y en el derecho a la libre determinación nuevamente y todo ello, por el Estado Plurinacional Comunitario boliviano. El Estado alto peruano al igual que en 1825, discriminatoriamente nos excluye como nación cierta y determinada, constituyendo la mayor infracción al Derecho Internacional General por la contravención de la norma imperativa o ius cogens, al no respetarse de parte de nuestros secuestradores históricos la condición de nuestra identidad como república diferente que fue colonizada. Las fuerzas del poder alto peruano están manejando una Constitución en la actualidad que hace desaparecer el sistema republicano de gobierno, y lo remplaza por una Nación Estado Plurinacional Comunitario que definitivamente nos está llevando, al sistema del comunismo internacional reciclado del siglo XXI, disgregando a la colonizada República de Santa Cruz de la Sierra y separando discriminatoriamente a un conglomerado autóctono existente de 294.520 personas según proyección del INE 2001, dispersas en 34 supuestas naciones cuando somos una sola y los autóctonos se constituyen en padres nuestros como resultado del cruzamiento genético del Tupí guaraní con el europeo. La nacionalidad étnica resultante que está integrada y no difusa dentro una población de la nación de los pueblos cambas cruceños con aproximadamente 3.000.000 de habitantes, hace que la discriminación y separación racista manejada por la metrópoli, utilice a una población nuestra que no está sobrepasando del 7 % de personas, efectuada por el poder andino para con el tiempo ser también 435


excluidos y diluidos dentro del contexto del Estado boliviano que como agresión colonial, viene por ser la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños independiente y libre de la colonia española en 1810 o sea 15 años antes que la boliviana. La condición de ser libres e independientes, se confirma al no anexarse a la Republica Argentina en 1816 y estar libre de la agresión del poder alto peruano que estaba separado de España en forma definitiva en marzo del año 1824, agrediéndose con ello a la población que somos como Nación y Patria de los pueblos cambas cruceños, diferentes ancestralmente de la Nación del Tahuantinsuyo incaico, demostrado con el irrespeto racista y discriminatorio contra nuestra identidad y cultura histórica de nación libre e independiente, por la sostenida política de Estado manejada, pese a que esta libertad e independencia la mantuvimos hasta nuestra anexión fraudulenta y coactiva en la República Bolívar en 1825. La aberración jurídica internacional está presente por las tres Actas de la Independencia del Alto Perú del 6 de agosto de 1825 y la ley de Creación de la República Bolívar del 11 de agosto del mimo año que definitivamente no nos toma en cuenta, porque estos documentos históricos sólo contemplan para formar la República Bolívar el territorio del Alto Perú, del cual nosotros de ninguna manera somos parte, porque al ser república independiente de la nación de los pueblos cambas cruceños no se nos toma en cuenta como país tropical y de las llanuras, totalmente diferentes al Alto Perú manteniendo una identificación y una cultura histórica propia conservada, fortalecida y vigente pese a las agresiones sufridas por la foránea fuerza militar boliviana, derivada del ejército colombiano que nos mantiene agredidos coactivamente. La coacción que se acusa está mantenida, mediante la coerción ejercida por una política nueva colonial del Collado alto peruano o de Charcas, violentando nuestros derechos fundamentales como pueblos de las llanuras, obligando y exigiéndonos a demandar nuestra liberación con acogernos al artículo 33º de la Carta de las Naciones Unidas que maneja el principio de la solución pacífica de esta controversia histórica de nuestra anexión por el fraude, el dolo y la coacción.(MANTENIMIENTO DE LA PAZ Y SEGURIDAD INTERNACIONALES: Art. 33º Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección. Arreglo pacífico de controversias. FUENTE: CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS).

LA COACCIÓN QUE SE EJERCE CONTRA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS CON PERSECUCIONES JUDICIALES, POLÍTICAS Y MEDIDAS ECONÓMICAS MÁS LA AMENAZA DE AGRESIÓN ARMADA MILITAR Y PARAMILITAR, QUE ES MANEJADA DESDE LA METRÓPOLI ANDINA, SON ACTOS COLONIZANTES CONTRARIOS AL DERECHO INTERNACIONAL Las medidas económicas unilaterales del nuevo gobierno imperialista y colonialista del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, encierra un hecho camuflado e intencionado del resurgimiento del Collasuyo en el Alto Perú o Charcas boliviano, utilizado como instrumento de coacción para obligarnos a mantenernos sumisos y temerosos ante sus designios la fuerza, negarnos los recursos venidos de nuestras propias riquezas petrolíferas y gasíferas no renovables, como de otras riquezas renovables con prohibirnos exportarlas en nuestros excedentes que son elementos para ser utilizados en beneficio del desarrollo y la lucha contra la pobreza de nuestras gentes e inclusive de las del Alto Perú. 436


La actitud colonizadora e imperialista asumida por el Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, discriminadora y desconocedora de la realidad identitaria y cultural de la nación de los pueblos cambas cruceños cierta y determinada, es contraria a la Resolución de las Naciones Unidas sobre los derechos económicos, sociales y culturales suscrita por más de 155 Estados y entre ellos Bolivia como parte de América Latina. Siendo esto un tratado de obligatorio cumplimiento y su transgresión, nos permite reclamar de los poderes públicos internacionales el cumplimiento cabal de los derechos consignados en ella. (TODOS LOS PUEBLOS TIENEN DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN: Dentro de los derechos establecidos en el pacto hay uno que se menciona poco y que es vital, porque es precondición para el disfrute de todos los derechos: el derecho a la libre determinación de los recursos. Todos los pueblos tienen el derecho a la libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen así mismo a su desarrollo económico, social y cultural. FUENTE: ARTÍCULO PRIMERO: PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (PI-DESC). La medida imperialista y colonizadora ejercida contra los cambas, cruceños pretende rendir por el hambre, la miseria y la desesperanza a los componentes de la nación de origen Tupí Guaraní, por ser considerados desde 1825 un enclave establecido propio como su pachamama, todo ello por la coacción que significa la amenaza intolerante, fanatizada y ejercida por el ejército de un pueblo foráneo y resultante del resabio incaico y colonial español, llevando el peligro de la inminencia de una invasión armada y genocida apoyada por paramilitares de los pueblos del Collasuyo o Collado alto peruanos contra la nación de los llanos tropicales de los hoy cambas cruceños. El hecho cierto que está haciendo peligrar nuestra existencia que se puede constituir en un real y nuevo holocausto, con el riesgo de atentarse contra la paz interna e internacional, es responsabilidad de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos prevenirla, pues la agresión que se está manejando por el gobierno de la metrópoli, de negarnos el uso de nuestros recursos económicos como resultado de nuestras propias riquezas, también negarnos el energético necesario para manejar nuestro desarrollo agro productivo, constituye un delito de lesa humanidad por estar apoyado en el ataque y la acometida irracional del ejército boliviano y grupos de paramilitares con instrucción gubernamental contra la población civil. Constituyéndose en la construcción de un genocidio inaceptable para la comunidad internacional honesta y no comprometida. El genocidio se produce también por estar invadiéndose nuestro territorio y nuestros pueblos con la anunciada agresión manejada por hordas indigestas de poder, así como el masticado de la supuesta hoja sagrada que no es nuestra culturalmente, por lo planeado y sucedido en el Departamento de Pando que está pretendiendo reeditarse como genocidio con Santa Cruz de la Sierra en su capa autóctona y mestiza, también con Trinidad y el departamento del Beni entero con la agresión a los pueblos mojeños del Parque Isiboro Secure. Hecho criminal de lesa humanidad que está contrariando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos manejado como doctrina universal por las Naciones Unidas, sobre la solución pacífica de los conflictos locales y regionales por comprometer la causa de la paz y la cooperación entre los pueblos del mundo. (LIBRE DETERMINACIÓN: 1º. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2º. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio reciproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3º Los Estados Partes en el presente pacto, incluso los que tiene la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomisos, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. FUENTE; ARTÍCULO 1º: CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS). Los ciudadanos de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños que engloba a los pueblos de los departamentos verdaderamente autónomos en la República de Bolivia como son el Beni, 437


Pando y Santa Cruz y también Tarija que mantiene relación histórica con las intendencias del Alto Perú al haber pertenecido a la Intendencia de Potosí hasta 1807, por ser corregimiento de la provincia de los Charcas. Estamos obligados a asumir nuestra identidad en base al conocimiento de nuestra verdad histórica. por ser responsables de recuperar y reivindicar nuestro pasado, nuestro presente y así lograr asegurar nuestro futuro como minoría nacional en Bolivia. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos obligados por deber patriótico, apoyar esta lucha de reivindicación con la ayuda de los publicistas o historiadores de la cruceñidad, por el compromiso que tienen de hacer y difundir una revisión actualizada de nuestra historia. Necesidad ineludible para reparar el daño causado a nuestra nacionalidad cautiva, colonizada y alienada por la falta de fuerza espiritual, haciendo conocer al mundo por los medios internacionales de derechos humanos, la servidumbre impuesta por esta sociedad del Collado alto peruana o charqueña, diferente y foránea que nos mantiene dentro de una feroz dependencia. La emancipación y la liberación de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños, como parte indisoluble de nuestra identidad, no están dentro de una lucha separatista con relación a la República de Bolivia hoy Estado Plurinacional Comunitario, pese a que es un derecho histórico por no existir un pacto que en 1825 nos hubiera unido jurídica y legítimamente, mediante un tratado válido y genuino con el Estado Boliviano en forma voluntaria y nuestra lucha emancipadora y liberadora, sólo busca conseguir y conquistar el respeto que nos merecemos como pueblos diferentes, ciertos y determinados pese a estar colonizados, al ser nación y patria cautiva donde están negados nuestros derechos fundamentales, por lo que en caso de seguir rechazándose estos derechos como sociedad diferente, debemos luchar hasta alcanzar la independencia justa para que voluntariamente estemos asociados y sea libremente en la unidad republicana, como pueblos de los llanos en forma de confederación de estados soberanos.

LOS PERSONAJES ALTO PERUANOS O DE CHARCAS DOS CARAS DE LA LOGIA MASÓNICA CLUB PATRIÓTICO, SON LOS ACTORES DE LA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS LOS PROTAGONISTAS DE LA CREACIÓN DE LA ALTO PERUANA REPÚBLICA BOLÍVAR, CASIMIRO OLAÑETA Y JOSÉ MARIANO SERRANO ENTRE OTROS, DE COMPORTAMIENTO DOS CARAS, SON LOS CAUSANTES DE LA HERENCIA DE CORRUPCIÓN EN QUE SE DEBATE LA COLONIZADORA SOCIEDAD ALTO PERUANA Los protagonistas de la independencia de Bolivia según la historia, son personajes del Alto Perú y no existieron representantes de la Republica de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños por no ser parte geográfica e histórica, además por no pertenecer a la Provincia de los Charcas como se pretende hacer creer y confundir para comprometernos en parte de la audiencia o cancillería del mismo nombre en 1825, pese a estar desaparecida esta entidad jurídica desde 1813. Los personajes Casimiro Olañeta, Mariano Serrano y otros se constituyeron en grandes traidores de la causa alto peruana, inicialmente emprendida en conjunto con el General Pedro Antonio de Olañeta, de la misma manera tenemos que Serrano fue traidor a su patria Argentina, delegado alto peruano que contribuyo como fundador en la Asamblea de Tucumán del 9 de julio de 1816, cuando este individuo representante de Charcas o Chuquisaca fue secretario de la misma. Personaje que luego cambiando de 438


dirección política se transforma en fundador de la República Bolívar como jefe de la Logia masónica o Club Patriótico que era parte de la llamada logia Huaukes que significa hermanos en aimara. El permanente transfugio de estos personajes y de otros alto peruanos o de Charcas, hace que muchos se transforman en traidores a sus respectivas realidades patrióticas, comprometiendo dentro del complot urdido en el caso de la República alto peruana a Antonio José de Sucre y a Simón Bolívar, para de esta manera transformarlos también en los principales gestores y responsables históricos de la ilegítima dolosa anexión, y fraudulenta colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños. Los dos caras fueron además coautores del perverso estado de degradación socio espiritual en que nos encontramos sumidos por accidente histórico, al ser nuestros componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños una etnia diferente, porque venimos por el resultante de los pueblos Tupí guaraníes durante estos 450 años de nuestra existencia y que por casi 200 años, nos encontramos cautivos y sometidos en nuestro mestizaje, para ser transformados actualmente en colonia como nación de los cambas cruceños de condición cosmopolita. La hipocresía y la impostura con la que actuaron estos protagonistas de la independencia de Bolivia, significó una clara infracción de la norma imperativa de Derecho Internacional General o ius Cogens, tal como está probada por las afirmaciones contenidas en las diferentes comunicaciones entre el Libertador Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. En que el Libertador reconoce que el Orden Internacional Público instaurado en 1819 no podía romperse ni transgredirse, pero por maniobras de la oligarquía alto peruana, se hizo todo lo contrario con respecto a la nación de los pueblos cambas cruceños libres e independientes, en este caso no de España ni del Alto Perú en ese entonces, sino de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815 y constituidos en la República de Santa Cruz de la Sierra hasta que en 1825 fuimos colonizados, por la consolidada república del alto Perú que la llamaron Bolívar. La simulación acomodada con dolo y fraude en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo sobre nuestra integración voluntaria en la República del Alto Perú Bolívar, está demostrada por la falta e inexistencia de un tratado basado en el procedimiento del cumplimiento de un acuerdo, entre la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños, con las provincias del Collado alto peruanos que debía contemplar los 21 puntos ordenados por la carta Capitular del 9 de abril de 1825. Orden que debía ser tratada en la asamblea de Oruro y que tampoco fue discutida en la asamblea de Chuquisaca, porque definitivamente no estuvieron presentes los dos espurios diputados que en forma corrupta e ilegitima firmaron separados en el tiempo el acta de la independencia, forzados por sus colegas de la masónica Logia Club Patriótico. La anexión dolosa y colonización fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños, hace que nuestra lucha por la emancipación y liberación como colonizados y sitiados que somos al Oriente de la cordillera de los andes en Bolivia, debamos buscar la emancipación de la servidumbre impuesta que no es un proceso separatista de ninguna manera, por no existir nexos geográficos, sociales e históricos con el Collasuyo o Collao del Alto Perú. En consecuencia no puede haber separación de lo que no está unido y sólo esta mantenido, como un hecho de colonialismo entre naciones diferentes y sin tratado alguno dentro de una situación transgresora al Derecho Internacional General. (COLONIALISMO: Tendencia imperialista a la expansión colonial y a la conservación de las colonias. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988). La relación del odio exacerbado con que se maneja la sociedad política del Collasuyo del Alto Perú boliviano como metrópoli, con relación a la nación de los pueblos cambas cruceños es una realidad demostrada de que no existe sentimiento de unidad, de respeto y de amor para con nuestros pueblos colonizados, pues después del quebrantamiento de nuestros derechos fundamentales y soberanos a la libre determinación en 1825, se nos ha mantenido como territorios secuestrados que sólo sirven para expandirse etnográficamente dentro de nuestra tierra que, supuestamente es el pachamama de los incas como también para la sociedad alto peruana o charqueña por conveniencia propia. 439


La alianza reprochable e incalificable que llevó a nuestra dolosa, fraudulenta e ilegal anexión y colonización ejecutada por la oligarquía poderosa y hegemónica de la metrópoli del Collado alto peruano o charqueño, fue efectuada irrespetando nuestra identidad y nuestra cultura histórica diferente. con muestra del dolo histórico cuando el Mariscal Antonio José de Sucre afirma textualmente en su carta del 25 de diciembre de 1824 desde Abancay, la clara actitud de vacilación y repugnancia en que se debatía con respecto a pasar el río Desaguadero. La vacilación y escrúpulo de Antonio José de Sucre es cambiada, cuando toma contacto personal con Casimiro Olañeta porque enamorándolo con su elocuencia, lo lleva a nombrarlo Auditor General del Ejército Libertador y responsable de la redacción del Decreto del 9 de febrero de 1825. Esta decisión asumida por Antonio José de Sucre de no pasar el Desaguadero, se prueba y se lee en la carta enviada a Simón Bolívar desde Puno con fecha 3 de febrero de 1825. (SUPUESTO Y MENTIROSO PRETEXTO DE SUCRE: Yo no quisiera meterme en este barullo de cosas del Alto Perú, pero por si de golpe las circunstancias me meten, deseo saber por qué ruta política Marcho; como he dicho a Usted, cuanto haber concluido mi misión en Ayacucho y ruego mil veces que no me haga pasar adelante: La Fundación de Bolivia – Documentos para su Historia: Carta de Antonio José de Sucre a Simón Bolívar desde Abancay el 25 de diciembre de 1824. Confieso que marcho al otro lado del desaguadero con la repugnancia que iría al suplicio: Usted verá cuantos disgustos voy a tener para un negocio que a los intereses de Colombia y a la causa de América importa poco se decida como se decidiere. Usted dispensará y no extrañara que oficialmente yo exija órdenes de Usted con respecto a estas provincias como Presidente de Colombia. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: CARTA DE ANTONIO JOSÉ DE SUCRE A SIMÓN BOLÍVAR DESDE ABANCAY DEL 1º DE ENERO DE 1825: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 13). La demostración de la aceptación corrupta de Simón Bolívar que consiente en ponerle su apellido a la nueva república, viene por haber desechado su comportamiento ético y moral, clarificado cuando contesta a la carta de Sucre en los siguientes términos (INSTRUCCIONES DE BOLÍVAR A SUCRE: Ud. me pregunta que porque no le di a usted instrucciones, y porque no le escribí aquella carta del 21 de febrero antes, como Ud. lo pedía repetidas veces. Preponderé que yo mismo no sabía lo que debía decir a Ud. porque dependían mis instrucciones de la voluntad del Congreso (peruano); Rousseau aconseja que cuando se ignora lo que se debe hacer, la prudencia dicta la inacción para no alejarse uno del objeto a que se dirige, porque puede optar uno mil caminos inciertos en lugar del único que es recto. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: CARTA DE A SIMÓN BOLÍVAR A ANTONIO JOSÉ DE SUCRE DESDE NAZCA EL 26 DE ABRIL DE 1825: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 13) dentro de un comportamiento dual que aconseja a Sucre, sobre la asamblea de los representantes alto peruanos desde Arequipa. (BOLÍVAR ACONSEJA A SUCRE: Esta asamblea no puede durar arriba de ocho o quince días; porque no tiene más que una cuestión que decidir, que es la misma que habla Arenales. Me parece que el muy célebre y digno patriota Olañeta debería verse con Ud. para que en la asamblea manifestase aquellas ideas que se conformasen con el decreto del Perú y con el mío de hoy, a fin de evitar retardos y embarazos desagradables. Carta de Bolívar a Sucre: Arequipa 15 de mayo de 1825. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 69). La forma fraudulenta de actuar de los artífices creadores de la República alto peruana de nombre Bolívar y la permanente traición en que se debatían, se confirma con la interpretación torcida con relación al retorno del Alto Perú bajo la autoridad del Virreinato de Lima, manejada y relacionada con la proclamación de rebeldía a Buenos Aires en 1810. Consistiendo una perfecta distorsión de la verdad histórica en relación a nuestra nación de los pueblos cambas cruceños que desde 1815, estábamos declarados república independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata, por habernos separado de ella pese a constituirla en 1813 con dos diputados acreditados ante Buenos Aires como capital de la confederación y no de la Argentina, pues esta existe recién desde el 9 de julio de 1816. 440


(LOS CAMBAS CRUCEÑOS NO PERTENECÍAN A LA JURISDICCIÓN ARGENTINA: En aquel momento, por el Uti Posideti Iuri de 1810 pertenecíamos a la jurisdicción argentina, pero al haber proclamado su independencia la junta de Buenos Aires el 25 de mayo de 1810, de hecho estábamos bajo la autoridad del Virreinato de Lima. Cuando el Mariscal de Ayacucho todavía no alcanzó a cruzar el desaguadero, límite entre el Bajo y el Alto Perú, y se encontraba en el Cuzco, el Coronel altoperuano Carlos Medinaceli que formaba parte del ejército realista del General Pedro Antonio de Olañeta después de haberse separado del mando de aquel General español, en carta fechada el 9 de enero de 1825, anticipó la emancipación de Charcas o Alto Perú. FUENTE: REFLEXIONES SOBRE LA FUNDACIÓN DE LA REPÚBLICA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 13). La falsedad histórica que se acusa de conceptuarnos a la República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños colonizados, como si fuéramos parte de la audiencia o Cancillería de Charcas desaparecida y extinguida en 1813, es porque había sido reducida como gobernación a la circunscripción de la ciudad de Cochabamba como parte de la Provincia de los Charcas en 1782, demostrando la tergiversación y la impostura de involucrarnos con el Collasuyo del Alto Perú boliviano desconociendo que Lima, la Audiencia, la Provincia Charcas, el virreinato del Río de la Plata y la República Argentina no tenían tutela sobre este territorio después de 1810 y en 1825 específicamente. La distorsión histórica viene porque ni los mismos luchadores de la separada Alto Perú de España tenían el mismo criterio sobre su definición propia, tal como está reflejado en la proclama para la emancipación de Charcas y no de la audiencia de Charcas ni del Alto Perú, lanzada por el General Carlos Medinaceli como originario de Chichas en la provincia de los Charcas desde Cotagaita el 1º de febrero de 1825. (PROCLAMA DE COTAGAITA: Compatriotas y camaradas, ha llegado el día en el cual como naturales del país y soldados de la patria, debemos pronunciarnos y proclamar la independencia y autonomía de nuestra patria Charcas mal llamada Alto Perú, del imperio español y a la vez de los ex virreinatos hoy República del Perú y las Provincias Unidas del Río de La Plata. FUENTE: PROCLAMA PARA LA EMANCIPACIÓN DE CHARCAS O EL ALTO PERÚ: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 83). La proclama de la cual se hace referencia demuestra que con relación a la ya República de Santa Cruz de la Sierra, de la nación de los pueblos cambas cruceños, existe una equivocación dolosa definitiva y desfasada en el tiempo, porque aparte de no pertenecer a la reciclada audiencia de Charcas fuimos libres e independiente de la agresión colonial del Alto Perú de Pedro Antonio de Olañeta, porque el Alto Perú no se encontraba en manos españolas oficialmente desde marzo de 1824 sino en poder de los criollos y los mestizos del Collado alto peruano y charqueño. Lo que es bueno recalcar es que la nación de los pueblos cambas cruceños fuimos independientes de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 y no constituimos parte de la República Argentina en 1816 por no adscribirnos a ella en Tucumán. Estando por esto aclarado que no pertenecimos a la Provincia de los Charcas dentro del Collasuyo incaico, existiendo solo la confusión sobre la capital de las intendencias (Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra) que fue esclarecida definitivamente en 1811 por decisión de Manuel de Goyeneche. (LUCHA DE LOS ALTO PERUANOS Y NO DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Después de dieciséis años de la muy sangrienta lucha en guerrillas, combates y batallas por la libertad, debemos liberarnos al fin de la tiranía y el despotismo español, que nos ha sojuzgado cerca de tres siglos, desde la conquista española del Imperio Incaico, autónomo y propio de nuestro país, el año 1533 en Cajamarca del Perú y Charcas. FUENTE: PROCLAMA PARA LA EMANCIPACIÓN DE CHARCAS O EL ALTO PERÚ: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 83). La falsedad histórica de conceptuarnos parte de Charcas o Alto Perú, se confirma nuevamente en esta proclama de Medinaceli del 1º de de febrero de 1825 en Cotagaita (Potosí), en la cual sólo se refiere 441


a la Patria Charcas y no a la audiencia de Charcas o el Alto Perú en forma definitiva y cierta, por lo tanto la falta de un tratado entre el Alto Perú con nuestra nación de los pueblos cambas cruceños, anula en forma determinante la anexión dolosa y fraudulenta en la República Bolívar, permitiéndonos por esto el derecho a la descolonización. (BIEN LLAMADO CHARCAS Y MAL LLAMADO ALTO PERÚ: Ha llegado el día en que como naturales del país y soldados de la patria, debemos pronunciarnos y proclamar la independencia y autonomía de nuestra patria Charcas. Mal llamada Alto Perú. FUENTE: PROCLAMA DE COTAGAITA: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEHUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 14).

LA FALTA DE UN TRATADO QUE UNA LEGALMENTE EN EL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO A LA NACIÓN A LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS, ANULA NUESTRA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN LA DEL ALTO PERÚ REPÚBLICA BOLÍVAR EN 1825 Y 2009, PERMITIÉNDONOS EL DERECHO A LA DESCOLONIZACIÓN La falta de un tratado para unirnos a la nación de los pueblos cambas cruceños libremente y por decisión propia en la República Bolívar, como efectuado mediante la presencia de representantes legítimos en la asamblea de Chuquisaca, muestra el fraude con que nos colonizaron los poderes de la metrópoli del Collasuyo boliviano, pues inclusive se determina que no se cumplieron con las recomendaciones de Simón Bolívar a Antonio José de Sucre, sobre el derecho a la independencia de estos pueblos de Charcas. La Audiencia de Charcas que supuestamente fue confundida interesadamente con la Provincia de los Charcas, se hizo en la pretensión fraudulenta de involucrarnos como resabio de la extinta audiencia dentro de una perversa confusión histórica y la distorsión, viene entre la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra con la ciudad de Cochabamba con respecto a la sede de gobierno. La alegación de Simón Bolívar sobre la imposibilidad del quebrantamiento del derecho público reconocido en América, se rompe como tenemos afirmado en su carta del 21 de febrero de 1825 que le dice a Antonio José de Sucre, (LA AUDIENCIA DE CHARCAS O EL ALTO PERÚ NUNCA PUDIERON SER INDEPENDIENTES: Así que ambas de dos de estas presidencias han poNdido ser independientes de sus antiguos virreinatos; pero ni Quito ni charcas pueden serlo en justicia a menos que, por un convenio entre partes, por el resultado de una guerra o de un congreso se logre establecer y concluir un tratado. FUENTE: CARTA DE SIMÓN BOLÍVAR A ANTONIO JOSÉ DE SUCRE DEL 21 DE FEBRERO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63) reconviniéndole por el proyecto de crear la república del Alto Perú, haciéndole conocer sobre la desaprobación por Buenos Aires, Perú y Colombia. (COMPORTAMIENTO DOBLE DE BOLÍVAR: Desde luego, la convocación misma es un acto de soberanía. Además llamando Ud. estas provincias a ejercer su soberanía, las separa de hecho de las demás provincias del Río de La Plata. Desde luego Ud. logrará con dicha medida la desaprobación del Río de La Plata, del Perú y de Colombia misma, que no puede ver ni con indiferencia siquiera que Ud. rompa los derechos que tenemos a la presidencia de Quito por los antiguos límites del antiguo virreinato. FUENTE: CARTA DE BOLÍVAR A SUCRE: LIMA 21 DE FEBRERO DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA – DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN, AÑO 1981, PÁGINA 63). La inexistencia de una guerra del poder alto peruano confabulado con el ejército colombiano al mando de Antonio José de Sucre, más la falta del tratamiento sobre los 21 puntos del mandato de la sociedad de la nación de los pueblos cambas cruceños para el Congreso del Alto Perú en Oruro, como la 442


inexistencia de un tratado entre la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños con las provincias del Alto Perú, hace que toda demanda de Nulidad Absoluta ante el Tribunal Internacional de Justicia pueda ser efectuada por cualquier autoridad de los actuales departamentos autónomos al Oriente de la cordillera de los Andes en Bolivia como interesados directos. El camino de la emancipación y la liberación de nuestros pueblos colonizados, tiene que ser demandado mediante el uso de la doctrina del Derecho Internacional Público, para que se repare el daño histórico y real que se ha infringido a nuestra nación de los pueblos cambas cruceños de las llanuras desde 1825, efectuada bajo la coacción del todopoderoso militar Antonio José de Sucre que actuando en complicidad velada con el Libertador de la gran Colombia (Venezuela, Colombia y Panamá) como colibertador del Perú Simón Bolívar, aprovecha la fuerza militar para determinar autoritariamente integrarnos al Alto Perú, por lo tanto esta Nulidad absoluta demandada de los componentes colonizados de la nación de los pueblos cambas cruceños debe ser declarada probada aun de oficio por el Tribunal Internacional de Justicia, porque esta transgresión al Derecho Internacional no puede ser saneada ni por la ratificación, del Estado afectado por la condición fraudulenta y coactiva que significó llevarnos a la colonización por parte de una nación foránea y culturalmente de influencia incaica. La situación de desajustes procedimentales en la justicia internacional que se mantenía y se mantiene todavía dentro de los vaivenes de intereses políticos y doctrinarios, debe ser corregida para encausarla ante el hecho de que no se hubiera llevado adelante en relación a este concepto con la declaración de nulidad de oficio, por la agresión que constituye esta omisión en derecho internacional claramente demostrada, al ser la República de Santa Cruz de la Sierra de la nación de los pueblos cambas cruceños colonizada con dolo y fraude histórico, más la coacción y la transgresión a toda norma de derecho internacional. El escenario de violación al Derecho Internacional, nos da la capacidad a demandar la nulidad de nuestra dolosa y fraudulenta anexión y colonización, por ser inalienable y tener la obligación de salir algún día de la postración en que nos encontramos, mediante una emancipación y liberación que necesariamente tiene que ser real en la lucha para lograr la descolonización, la cual debe ser emprendida en forma tesonera y con toda fuerza espiritual, formando entre todos los pueblos al Oriente de la cordillera de los Andes en Bolivia como parte de la cruceñidad, un grupo de profesionales en derecho internacional para fundamentar una demanda, apoyada por un análisis racional y concreto sobre nuestra verdadera historia por parte de nuestros intelectuales. La documentación existente sobre nuestra historia debe ser manejada como prueba contundente y definitiva por los publicistas o historiadores de nuestros pueblos cautivos y colonizados, en la necesidad y determinación de que es hora de cambiar el discurso colonialista en que nos tienen sumidos y convencidos, para por fin lograr nuestra reivindicación como nación de origen Tupí Guaraní y mantener nuestro respeto, dentro de la asociación y unidad con el Estado Plurinacional Comunitario de la metrópoli andina de Bolivia que nos colonizo desde 1825.

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MEMORIA HISTÓRICA

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FLOR DE PATUJÚ La flor del Patujú es el símbolo que con derroche de generosidad nos engaña el poder de la metrópoli alto peruana, para que creamos estar incorporados sin discriminación en el Estado Plurinacional Comunitario determinantemente andino. La flor del Patujú supuestamente representa a la colonia Camba Cruceña, pero el engaño viene por serlo para las supuestas 34 naciones contempladas en su Constitución y la agresión se sufre desde la anexión de la República de Santa Cruz de la Sierra que, según el Decreto de Sucre en 1826 fuimos una sola, pero hoy quedamos solo el Beni, Pando, Santa Cruz como también los territorios anexados a los departamentos alto peruanos de Cochabamba, Tarija, Chuquisaca y La Paz por las perdidas, ventas y regalos de nuestra heredad territorial a los países vecinos.

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INDICE TEMA

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MEMORIA HISTÓRICA LA MEMORIA HISTÓRICA Pérdida de la Memoria histórica……………………………………………………………………………………453 Fuentes de hechos históricos relacionados con nuestra anexión y colonización en la del Alto Perú República Bolívar……………………………………………………………………………………………………453 El no despertar de los pueblos orientales cambas cruceños ante el fraude histórico montado en 1825 nos lleva al peligro de desaparecer como nación cierta y determinada……………………………………………455

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LA MEMORIA HISTÓRICA PÉRDIDA DE LA MEMORIA HISTÓRICA Cuando se pierde la identidad y la historia, llevando a sus espaldas el único tesoro que un pueblo pudo llevarse que es la memoria. Sólo esta puede permitirle renacer de la nada, no importa cuando sucedió, tampoco importa en qué circunstancias, si mantenemos el recuerdo de nuestro inicio dentro del pasado verdadero. Así como los motivos por el que las perdimos, pues resurgiremos con la fortaleza como nación de los pueblos cambas cruceños, porque definitivamente somos ciertos y determinados por el advenimiento histórico.

FUENTES DE HECHOS HISTÓRICOS RELACIONADOS CON NUESTRA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN LA DEL ALTO PERÚ REPÚBLICA BOLÍVAR Los intereses políticos de la República de Bolivia como metrópoli colonizadora de la nación de los pueblos cambas cruceños, más la enseñanza desvirtuada y mezquina de nuestra historia, han sido las causas de haber desnaturalizado en forma alarmante nuestra calidad de identidad como pueblos y nación, para llevarnos a estar sumisos y sin reacción respecto a la situación en que nos debatimos como sociedad. Pues el no conocer definitivamente como nos formamos en la nación y la patria que somos, como porque nos encontramos colonizados en calidad de minoría poblacional diluida dentro de una metrópoli colonial que nos agrede, determina que estemos desprotegidos en nuestra identidad étnica, cultural y religiosa. Tal como sucede dentro de la Constitución del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano que nos transforma en sociedad difusa, dentro de unas inventadas comunidades interculturales, pese a estar amparados por la Declaración de la Naciones Unidas en la Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992. (¿Y DÓNDE ESTÁN LOS CAMBAS CRUCEÑOS?: La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena, originario, campesinos, y las comunidades interculturales y afro bolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. FUENTE: ARTÍCULO 3º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO BOLIVIANO). Los originarios cambas cruceños seamos autóctonos, nativos como también inmigrantes que se identifican con nuestro pueblo por adopción y por amor, al ser desconocedores de nuestros derechos de identidad e históricos, tenemos como resultado el peligro de la pérdida definitiva de nuestra existencia como nación cierta y determinada, destinados por esto a estar sumidos dentro de una discriminación manejada por el poder de la metrópoli, ejecutada con el propósito de transformarnos y llevarnos totalmente indefinidos y desintegrados, dentro de una inventada comunidad intercultural de tipo andina totalmente extraña a nuestra realidad histórica, étnica y cultural. El hecho de estar soportando una agresión programada con la eliminación sostenida de nuestra sociedad que viene siendo ejercida desde 1825 por la metrópoli boliviana, como condición de colonización la estamos sufriendo a manera de Minoría Nacional, dentro de una acometida genocida ejercida con mayor fuerza desde 1952, mediante una colonización programada y ejecutada por el Instituto Nacional de Colonización, como un crimen de lesa humanidad ejercido y mantenido desde la anexión dolosa y fraudulenta de nuestra república que fue independiente entre 1815 y 1825. Independiente del poder español del cual nos separamos en 1810 y 1813 respectivamente, luego de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. La anexión dolosa que se denuncia y se destapa, viene como consecuencia de los hechos suscitados en la Asamblea de la Plata de la Nueva Toledo, manejados con la farsa de aprovecharse de 455


Seoane y Caballero para llevarnos dentro de una colonización fraudulenta, basada en la interpretación falsa y simulada de nuestra historia tanto pre-colonial, colonial y pre republicana, siendo aprovechada por causa del desconocimiento de nuestros líderes de ese entonces sobre nuestra calidad de República de Santa Cruz de la Sierra que, se recalca fue independiente y soberana al separarse de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. La nación de los pueblos cambas cruceños nos constituimos en república independiente y soberana sin cuestionamiento alguno, es por habernos separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata y a la cual estábamos integrados desde 1810. Además oficialmente desde 1813 al enviar delegados a la Asamblea Constituyente de Buenos Aires con los diputados Antonio Suárez y Damián Urtubey, por habernos apegado al movimiento independentista de Buenos Aires cuando se rompe con el coloniaje español mediante el cabildo del 24 de septiembre de 1810. Hecho que definitivamente no sucedió con las intendencias del Alto Perú y componentes de la antigua provincia de los Charcas que se alinearon al todavía existente Virreinato del Perú, con su gobierno primero en Lima y luego en el Cuzco. La incorporación de la nación de los pueblos cambas cruceños a Buenos Aires fue ejecutada voluntariamente por ser parte del ex virreinato del Río de la Plata. Además no éramos Intendencia del Alto Perú y nuestro acontecimiento independentista fue similar a lo sucedido con la República del Paraguay que se separó del gobierno de la confederación del Río de la Plata en 1814, como también y de igual manera lo hizo la República de Chile del poder colonial español en 1818, pero contando esta República con la colaboración del ejército argentino al mando del General José de San Martín que el año 1821 libertó Lima, expulsando a los españoles hacia las sierras del Alto Perú con su gobierno en el Cuzco. Siendo por este motivo el Paraguay en 1814, Santa Cruz de la Sierra en 1815, Argentina en 1816 y Chile en 1818 las primeras repúblicas independientes de América del Sur. Lo que los cambas cruceños debemos rescatar y defender es el derecho al reconocimiento de nuestra identidad y cultura histórica que viene de nuestra calidad de república independiente, porque definitivamente luchamos solos en las acciones por alcanzar nuestra libertad plena, la cual culminó con la expulsión del aliado de Pedro Antonio de Olañeta libertador del Alto Perú de nombre Francisco Javier de Aguilera el 14 de febrero de 1825. Cinco meses y veinticinco días antes de la creación de la República Bolívar que se funda mediante la ley del 11 de agosto de 1825 y todo ello sin la colaboración foránea colombiana al mando de Simón Bolívar y su segundo Antonio José de Sucre, más los traidores militares alto peruanos que defeccionaron y se confabularon pasándose al lado del ejército de invasión. La lucha libertaria que se desarrolló dentro de espacios territoriales de la República de Santa Cruz de la Sierra, es realidad totalmente diferente a los movimientos relacionados con los sucesos independentistas del Alto Perú que como territorio verdadero pertenecía a la antigua provincia de los Charcas, tal como afirma el Coronel Carlos Medinaceli en la Proclama de Cotagaita del 1º de febrero de 1825. (PROCLAMA PARA LA INDEPENDENCIA DE CHARCAS: Compatriotas y camaradas: Ha llegado el día en el cual como naturales del país y soldados de la patria, debemos pronunciarnos y proclamar la independencia y autonomía de nuestra patria Charcas, mal llamada Alto Perú, del Imperio Español y a la vez de los ex virreinatos, hoy República del Perú y las Provincias Unidas del Río de La Plata. FUENTE: PROCLAMA DE MEDINACELI, CARLOS: COTAGAITA, FEBRERO 1º DE 1825: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 83). No así como se afirma falsamente de pertenecer los cambas cruceños a la audiencia de Charcas eliminada en 1813 por Buenos Aires y que como alto peruanos, lucharon en las llamadas republiquetas del Alto Perú bajo las cuales se efectivizó la Republica llamada Bolívar. El maquiavelismo y la trama entre los componentes masónicos del Club Patriótico con apoyo de Sucre, son las causales de que nos anexen y colonicen en su proyecto de República alto peruana de nombre Bolívar, utilizando el engaño y el transfugio de sus personajes dos caras criollos y mestizos, que comprometiendo a dos apócrifos representantes cambas cruceños que tenían representación para la asamblea de Oruro y no así para la de La Plata de la Nueva Toledo en Chuquisaca, fueron utilizados pese a que llegaron una vez votada la suficiente discusión de la independencia del Alto Perú el 28 de julio de 456


1825, como también redactada el Anta de la Independencia el 3 de agosto de mismo año.

EL NO DESPERTAR DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS ANTE EL FRAUDE HISTÓRICO MONTADO EN 1825, NOS LLEVA AL PELIGRO DE DESAPARECER COMO NACIÓN CIERTA Y DETERMINADA El fraude histórico manejado por la oligarquía del Alto Perú o Charcas para anexarnos en la República Bolívar mediante el dolo montado en la asamblea de Chuquisaca en 1825, se produce al reconocer como representantes de la nación de los pueblos cambas cruceños a dos ilegítimos personajes que fueron Vicente Seoane y Vicente Caballero, dentro de una maledicencia que se manejó apoyándose en una interpretación histórica fraudulenta de nuestra realidad. Porque en verdad éramos una nación libre e independiente asentada al Este de la cordillera de los Andes o sea en la cordillera de los Chiriguanos y los llanos amazónicos y rioplatenses. El hecho fraudulento denunciado y que fue causa de nuestra anexión dolosa como también nuestra colonización fraudulenta, vino a causa de tergiversar nuestra realidad histórica pre republicana. Interpretación que es utilizada para introducirnos dentro del Alto Perú por Antonio José de Sucre en su Decreto del 9 de febrero de 1825 y como prueba de ello, tenemos las expresiones del invasor de las Provincias Altas que eran argentinas desde 1816, cuando en el artículo 1º del citado decreto nos identifica como integrantes de las provincias conocidas como alto peruanas y de influencia netamente peruana. La fraudulenta interpretación histórica de parte de Antonio José de Sucre como también la cometida en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo al conocerse la ley del 9 de mayo del mismo año, se aclara en forma escrita por Buenos Aires que las Provincias Altas o alto peruanas eran cuatro y no cinco como cosa cierta y sin cuestionamiento en contrario, porque como nación de los pueblos cambas cruceños nos encontramos formados desde la corriente del Río La Plata y el río Paraguay en calidad de pueblos de origen Tupí Guaraní y la perversa interpretación histórica de ser alto peruanos como nos endosan, se produce pese a constituir nuestra nación y pueblo una etnia diferente a la del Collasuyo y porque viene de ser el resultado de la amalgamación con el inmigrante español venido desde Asunción del Paraguay. La interpretación histórica calculada, dolosa y fraudulenta de nuestra realidad como nación de los pueblos cambas cruceños por parte de los actores de la creación de la República del Alto Perú llamada Bolívar, se concreta en base a la traición y el contubernio manejado contra Pedro Antonio de Olañeta dentro de las ambiciones de un grupo oligárquico masónico, encabezado por su traidor sobrino de nombre Casimiro Olañeta que con otros alto peruanos se confabularon con Antonio José de Sucre. El hecho de traición contra Pedro Antonio de Olañeta que nos involucra a los cambas cruceños se prueba en la carta del 25 de enero de 1825. (NOBLES SENTIMIENTOS DE CASIMIRO OLAÑETA SEGÚN SUCRE: Al salir del Cuzco he recibido la carta apreciable de usted, que me ha dado sumo placer, porque he hallado en ella los más Nobles sentimientos de un americano por su país y por su familia. A tiempo que usted procura el término de la guerra en esa provincias, solicita el bienestar del señor su tío, sin olvidar a la vez a las tropas que lo han acompañado y que ciertamente merecen de nosotros el título de amigos y hermanos, no obstante la última comportación a que se les ha obligado. Su carta de usted lo caracteriza como hombre de bien de un alma heroica. Celebraré la ocasión de justificar a usted este alto y justo concepto. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SI HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 48) La confabulación es demostrada cuando Casimiro Olañeta envía una carta a Antonio José de Sucre, también por el aporte del traidor argentino de nombre Mariano Serrano secretario de la Asamblea de Tucumán en 1816 y componente redactor del acta de independencia de esa república. (ACTA DE 457


LA INDEPENDENCIA ARGENTINA: Diputados Firmantes: Diputado por Salta Dr. Antonio Sáenz… Diputado por Charcas DR. José Mariano Serrano: Secretario. FUENTE: ACTA DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA EN 9 DE JULIO DE 1816 EN TUCUMÁN). El manejo artero por parte de la oligarquía alto peruana y Antonio José de Sucre, se produce a causa de la ignorancia en los conocimientos históricos de nuestra intelectualidad y oligarquía Camba Cruceña de ese entonces, fue educada en la Universidad de Charcas más la debilidad ética de Simón Bolívar y las ambiciones de Sucre. Siendo estos los ingredientes que plasmaron la anexión y colonización de la República de Santa Cruz de la Sierra en la metrópoli alto peruana República Bolívar. Hecho concretado definitivamente mediante el Decreto del 23 de enero de 1826 de creación de los departamentos de Bolivia emitido por Antonio José de Sucre. General representante de Simón Bolívar y comandante del ejército de ocupación colombiano, efectuado cuando todavía no era Presidente de la República Bolívar. Los acontecimientos históricos sucedidos con muestra nación de los pueblos cambas cruceños que definitivamente estábamos independientes y trasformados en República desde 1815, hace que nuestra anexión y colonización sea dolosa y fraudulenta por no existir tratado o acuerdo alguno que nos una. Condición propuesta según lo afirma Simón Bolívar en su carta a Sucre del 21 de febrero de 1925. (QUITO NI CHARCAS PUDIERON SER INDEPENDIENTES: Así es que ambas a dos de estas presidencias han podido ser independientes de sus antiguos virreinatos; pero Quito ni Charcas pueden serlo en justicia, a menos que, por un convenio entre partes, por resultado de una guerra o de un congreso se logre establecer u concluir un tratado. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SI HISTORIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: SEGUNDA EDICIÓN: AÑO 1981, PÁGINA 63). El hecho de anexión y colonización se encuentra dentro de una transgresión fundamental al Derecho Internacional Público reconocido desde 1819 por el mismo Libertador, siendo esta causa la consecuencia de que los componentes de nuestra sociedad en calidad de originarios autóctonos y nativos como también inmigrantes que han adoptado esta heredad y patria como suya por amor, estén obligados a identificarse mediante el análisis y el estudio del pasado histórico colonial y pre republicano de nuestra cautiva república. El estudio de nuestros orígenes será el único medio posible que logre ubicarnos en nuestro presente de agresión colonial, para que con la reflexión honesta sobre nuestro futuro consigamos de una vez por todas a nivel nacional e internacional, develar la verdad del fraude montado en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en 1825. Capital de la Provincia de Charcas o Intendencia de Chuquisaca y no así, la desaparecida Real Audiencia o Cancillería de los Charcas que fue eliminada por Buenos Aires el año 1813 y transformada en un Simple Tribunal de Alzada. La actual ciudad de Sucre fue el lugar de instalación de la asamblea de creación de la República Bolívar por mandato del decreto del 3 de junio de 1825; siendo en esta donde se nos anexa y coloniza con la utilización tramposa del dolo y el fraude ejercido por una oligarquía masónica alto peruana que nos llevó por espacio de casi dos siglos, a encontrarnos dentro de un estado de servidumbre que actualmente está exacerbado en su agresión y acometida colonizadora final. Por lo que la lectura y la interpretación honesta de la verdad histórica como nación de los pueblos cambas cruceños, busca que con su razonamiento justo y equilibrado nos lleve a la certeza del despertar en nuestra sociedad cosmopolita, para que con la decisión de instruirse en el pasado como advenimiento histórico seamos capaces de entender el presente que estamos viviendo, evidenciándose de esta manera el futuro incierto que nos depara ser una etnia y nación diferente, cierta y determinada pero que se encuentra colonizada y discriminada. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS DE QUE DERECHOS CUENTAN: El pueblo afro boliviano goza en todo lo que corresponda, de los derechos económicos, sociales, políticos y culturales reconocidos en la constitución para las naciones y pueblos indígena originarios campesinos. FUENTE: ARTÍCULO 38º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO BOLIVIANO). 458


La relación de fuentes históricas de Santa Cruz se la emprende en la búsqueda de que sea el mecanismo de guía y hacer más didáctico el análisis y el estudio sobre nuestro pasado, para que aprovechando la verdad fidedigna que encierran las diferentes fuentes interpretativas sobre nuestra identidad foral e histórica, se corrijan los elementos demostrativos de lo que está expresado en forma distorsionada por historiadores argentinos, alto peruanos y cambas cruceños inclusive que manejaron nuestra historia con total falta de análisis racional. El estudio verdadero de lo acontecido con nuestra anexión y colonización, hace necesario y urgente cultivarse sobre estos temas históricos propios, porque es de imperio ubicarnos en la realidad actual y en consecuencia reforzar la conciencia patriótica en las diferentes capas sociales de nuestra población, por lo que tenemos que fortalecer el sentimiento de identidad que se encuentra dormido a causa de estar soportándose por casi doscientos años, una enseñanza mentirosa que está ejecutada por la metrópoli con total mezquindad sobre quiénes somos y de dónde venimos. El Libertador Simón Bolívar en una de sus citas nos demuestra la importancia de la historia con relación al futuro de los pueblos, pero de la historia que enseña la verdad sobre los orígenes y el pasado, no la manipulada por el poder de toda metrópoli y se hace sobreponiéndose a cualquier riesgo. (DIGNIDAD RESENTIDA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: La historia que enseña todas las cosas, ofrece maravillosos ejemplos de la grande veneración que han inspirado en los tiempos los varones fuertes que, sobreponiéndose a todos los riesgos; han mantenido la dignidad de su carácter delante de los más fieros conquistadores y aún pisando los umbrales del templo de la muerte. FUENTE: SIMÓN BOLÍVAR).

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IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA

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LA IDENTIDAD Y LA CULTURA HISTÓRICA CAMBA CRUCEÑA SE INICIA Y SE CONSTRUYE DÍA A DÍA DESDE 1560, CON LA CREACIÓN DE LA GOBERNACIÓN DE MOJOS Y LA FUNDACIÓN DE SU CAPITAL SANTA CRUZ DE LA SIERRA EN 1561

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IDICE TEMA

PÁGINA

NUESTRA IDENTIDAD Y CULTURA HISTORICA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS

COMO

La identidad crea el yo………………………………………………………………………………………...……467 La cultura histórica nace con los pueblos……………………………………………………………………..467 Los collas alto peruanos y los cambas cruceños, somos dos naciones diferentes no por raza, sino por origen o por adopción……………………………………………………………………………………………….468 Los cambas cruceños somos distintos a los collas alto peruanos en Bolivia………………………………...468 La agresión Colla alto peruana asumida con pasividad, simpleza e indolencia……………………………..469 La diferencia geográfica, étnica y cultural existente entre la Nación Colla alto peruana, con la nación de los cambas cruceños es cierta y contundente……………………………………………………………………..…470 La historia pre-colonial del Alto Perú está relacionada con el Tahuantinsuyo……………………………….471 La historia colonial Camba Cruceña comienza por el río La Plata, el río Paraguay y la ciudad de Asunción……………………………………………………………………………………………………………...471 La cosmovisión entre los cambas cruceños y los collas alto peruanos es diferente………………………..472 La religión Camba cruceña es esencialmente cristiana…………………………………………………………473 La planta de la Coca y sus usos son elementos que nos diferencian..……………………………………….473

UNA VEZ ACLARADA LA DIFERENCIA DEL COLLADO Y ALTO PERÚ CON LOS CAMBAS CRUCEÑOS, ANALIZAMOS NUESTRA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN LA REPÚBLICA BOLÍVAR EN 1825 La interpretación fraudulenta de nuestra historia ejecutada por Antonio José de Sucre………………..…474 La Intendencia de Santa Cruz de la Sierra interpretada fraudulentamente como cochabambina, fue separada en su sede de gobernación por Manuel de Goyeneche en 1811……………………………….…475 La asamblea llamada por Sucre para Oruro, fue remplazada por la de la ciudad La Plata de La Nueva Toledo.……………………………………………………………………………………………………………..…476 La invasión del Alto Perú por el ejército de Bolívar y la consecuente agresión a la República Camba Cruceña…………........................................................................................................................................476 Existen documentos que demuestran como se dio origen a la colonización fraudulenta y la anexión dolosa de los cambas cruceños………………………………………………………………………………………….…477 Los cambas cruceños somos una minoría nacional cierta y determinada sin cuestionamiento alguno…..478 Demanda ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas…………………………………479 Conclusión arribada por la demostración de ser Minoría Nacional…….....................................................479 La Autonomía y la Emancipación están protegidas por el Derecho Internacional Público………..………480 Las pruebas que demuestran la veracidad de lo tratado, se encuentran en los trabajos que se detallan……………………………………………………………………………………………………………….480 RECUPERAR NUESTA IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA ES UNA NECESIDAD DE SUPERVIVENCIA Recomendación para la nación de los pueblos cambas cruceños……......................................................582 467


Propuesta para las instituciones cívicas de la nación de los pueblos cambas cruceños…………………...488 Pacto de Convivencia……………………………………………………………………………………………….490

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LA IDENTIDAD CREA EL YO La identidad está definida como aquel elemento del cuál se forma el yo que junto a la razón, es el que nos permite interactuar con otros individuos. Es un proceso que comienza desde el momento de nacer que, junto a ciertos hechos y experiencias nos lleva a actuar en forma coherente según lo que pensamos. Es la que lleva a que contemos con la capacidad de actuación de acuerdo al contexto en el que se desarrolla, se forma y es en función de la interacción con el medio externo y la relación con los otros seres humanos. La identidad se crea al nacer, pues el cerebro es una página en blanco a completarse con su capacidad receptiva, es una construcción social que destruye las pretensiones de quienes quieren ver a la sociedad reducida a diferencias raciales entre blancos, negros, indígenas y la mezcla entre razas o sea la mestiza. Luego por lo que se define y se menciona sobre la identidad, vemos que los seres humanos tenemos nuestra afinidad propia como personas, pueblos y naciones. Pero no todos tenemos la misma forma de discernir y comprender la disparidad existente, porque durante el proceso de construcción hay distintas circunstancias que nos hacen ser diferentes.

LA CULTURA HISTÓRICA NACE CON LOS PUEBLOS La cultura histórica es la relación que un grupo humano mantiene con su pasado, no se circunscribe solamente al análisis de la literatura histórica académica social. (LITERATURA HISTÓRICA ACADÉMICA: Dícese del filósofo que sigue la escuela de Platón. Perteneciente o relativo a la escuela filosófica de Platón. Perteneciente o relativo a las academias. Dícese de los estudios y títulos que causan efectos legales. Dícese de las obras de arte en que se observan con rigor las normas clásicas. También del Autor de estas obras. etc. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988. Prestando atención a los agentes que la crean y a los medios por los que se difunde, como por las representaciones que divulga y la recepción creativa de parte de una ciudadanía particular. Para acceder al pasado y aproximarnos a él debemos hacerlo a través de una reelaboración sintética y creativa de la historia, pues la conciencia histórica se teje mediante un sistema socio comunicacional del pasado, es decir se entrelaza en el seno de una verdadera historia rastreando todos los estratos y procesos de la conciencia histórica. La cultura histórica es un proceso dinámico de diálogo social en el que se difunden, se negocian y 469


se discuten interacciones del pasado, es la que expresa una nueva manera de abordar y comprender la relación efectiva y afectiva de un grupo humano con el pasado y consigo mismo. Tiene como objetivo abarcar un campo más amplio que el de la historiografía (HISTORIOGRAFÍA: Conjunto de libros de historia. Estudio biográfico y crítico de los escritos sobre historia, de sus fuentes y de los autores que han tratado de estas materias. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988). No sólo se limita al análisis de la literatura histórica sofisticada (LITERATURA HISTÓRICA SOFISTICADA: Falsear con sofismas un razonamiento. Adulterar, falsificar algo en general. Dar exceso de artificio a una persona o cosa, quitándole naturalidad. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988), pues el ámbito de la cultura histórica es defender el examen de todas las capas y los procesos de la conciencia histórica social, siendo la que presta mayor atención a los agentes que la crea, como ser los medios de comunicación por la cual se difunde. Así como también las representaciones con que se populariza y la recepción creativa de parte de los ciudadanos.

LOS COLLAS ALTO PERUANOS Y LOS CAMBAS CRUCEÑOS SOMOS DOS NACIONES DIFERENTES, NO POR RAZA SINO POR ORIGEN O POR ADOPCIÓN Los cambas cruceños somos pueblos originalmente Tupí Guaraní amalgamados con el español, como con inmigrantes de todas partes asentados y habitantes en la cordillera de los Chiriguanos como en los llanos amazónicos y rioplatenses. Los collas alto peruanos son pueblos de origen incaico amalgamados con el español y asentados en la cordillera de los Andes, como también los inmigrantes radicados y que habitan en dicha cordillera y los conglomerados humanos, tanto collas alto peruanos como cambas santa cruceños que se encuentran asentados y estables habitando en cada región y asumiendo su identidad y cultura por origen, por adopción al desplazarse a otros lugares como inmigrantes internos y externos.

LOS CAMBAS CRUCEÑOS SOMOS DISTINTOS A LOS COLLAS ALTO PERUANOS EN BOLIVIA Los cambas cruceños somos orientales porque estamos asentados y habitando al Oriente de los Andes en Bolivia y somos cambas, porque hemos construido y asimilado esta cultura propia a lo largo de más de 450 años de existencia. Además somos cruceños porque 470


formamos parte de la República de Santa Cruz de la Sierra, que se constituyó soberana e independiente al separarnos de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815. Los andinos son occidentales por estar asentados al Oeste de nosotros en Bolivia y son collas (COLLA: Habitante de las mesetas andinas. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988) por que están estables y habitando permanente en el Collasuyo incaico o Collado español. Además cuentan con cultura propia y son alto peruanos, porque formaron parte del Perú que luego con la guerra de los españoles entre Pizarro y Almagro se dividió como Alto Perú, integrado al principio como todo el territorio español al sur de América la Audiencia o Cancillería de los Charcas creada en 1557 y con jurisdicción en 1563 como nombre utiizado por los rioplatenses. La nación de los pueblos cambas cruceños tiene su origen desde Asunción del Paraguay, con la creación de la Gobernación de Mojos en 1560 y la fundación de su capital Santa Cruz de la Sierra en 1561. Sociedad que para mantener su Identidad y rescatar su Cultura Histórica que no están totalmente pérdidas todavía, debe conocer que su origen es desde Asunción del Paraguay con la creación de la Gobernación de Mojos en 1560 y la fundación de su capital Santa Cruz de la Sierra en 1561. Sociedad que para mantener su Identidad y rescatar su Cultura Histórica disminuidas por haber asumido nuestra realidad con una actitud simplista y pasiva, se constituye en un deber insoslayable luchar para cambiar tal actitud, pues es triste reconocer que existan publicistas historiadores nuestros que no la defienden y divulguen, porque pese a que la conocen no cumplen con la tarea de hacerlas valer ante su mismo pueblo formado por los originarios autóctonos, los originarios nativos o nacidos y los inmigrantes. La causa de que la metrópoli alto peruana nos agrede, viene por esta actitud indolente y cómplice que tenemos asumida, manteniéndonos en calidad de colonia y que como Alto Perú Estado Boliviano se mantiene complotando contra nuestra existencia, favorecida por la ignorancia sobre la identidad y la cultura histórica de nuestros pueblos y de la misma manera por la ignorancia de la comunidad internacional sobre nuestra realidad auténtica.

LA AGRESIÓN COLLA ALTO PERUANA ASUMIDA CON PASIVIDAD, SIMPLEZA E INDOLENCIA

der ca

La conducta inerte de nuestra sociedad resulta a consecuencia de llevar una enseñanza mentirosa sobre quiénes somos y de dónde venimos, ejecutadas por la metrópoli para llevarnos hacia una sociedad foránea y avasalladora como es la Colla alto peruana. La acción simplista y pasiva viene desde los inicios del Estado Plurinacional Comunitario, creado como República Bolívar en 1825 y a la cual se nos anexó con dolo y colonizó con fraude histórico, siendo motivo del embrollo existencial en el que nos encontramos con la consecuencia de olvidar nuestros orígenes que son los que marcan las diferencias de nuestras sociedades en Bolivia. 471


Los cambas cruceños nos encontramos anexados y colonizados casi por doscientos años en la alto peruana República Bolívar hoy Estado Plurinacional Comunitario boliviano, por lo que es necesario aclarar esta situación, para así reconocer la causa de mantenernos dentro de una confusión brutal y que para salir de ella tenemos que reescribir la nueva historia. Única forma de asumir el futuro incierto en que nos encontramos como sociedad cautiva, porque la indolencia humana es la que adormece la conciencia frente a todo lo que se viene suscitando y no se están defendiendo los intereses propios, sin pensar en el daño que se está ocasionando a nuestra sociedad que es Diferente (DIFERENTE: Diverso, desigual. De modo distinto. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988). cierta (CIERTO: Conocido como verdadero, seguro, indubitable. Se usa algunas veces en sentido indeterminado. Sabedor, seguro de la verdad de algún hecho, Afirmativo. Ciertamente. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988). y determinada (DETERMINADO: Fijar los términos de una cosa. Distinguir. Discernir. Señalar, fijar una cosa para algún efecto. Tomar resolución. Definir. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988) con relación a la Colla alto peruana que nos mantiene colonizados.

LA DIFERENCIA GEOGRÁFICA, ÉTNICA Y CULTURAL EXISTENTE ENTRE LA NACIÓN COLLA ALTO PERUANA CON LA NACIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS, ES CIERTA Y CONTUNDENTE La disparidad geográfica, étnica y cultural existente entre los collas alto peruanos y los cambas cruceños, es muy particular como cada nación existente en Bolivia, por lo que es básico aclarar las diferencias entre los territorios en que nos desenvolvemos en el actual Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, donde la Nación del Alto Perú está asentada dentro de la cordillera de los Andes contando con 472


su Puna de más de 4.000 metros de altura, sus valles y sus altipampas con una altitud promedio que sobrepasa los 3000 metros con su lago Titicaca, como también sus cumbres con más de 6000 metros sobre el nivel del mar formando una sociedad de influencia incaica bien definida. En cambio la nación de los pueblos cambas cruceños como sociedad diferente, contamos con una geografía llena de bosques surcados de ríos navegables dentro de una inmensa llanura y con una vegetación tropical exuberante, en consecuencia nos desarrollamos dentro de los espacios territoriales influenciados por las cuencas del río Amazonas, del Paraguay y consecuentemente del río de la Plata, como también en la cordillera de los Chiriguanos poblada por una misma etnia nuestra del linaje Tupí Guaraní que se hace llamar Ava que significa hombre.

LA HISTORIA PRECOLONIAL DEL ALTO RELACIONADA CON EL TAHUANTINSUYO

PERÚ

ESTÁ

Las diferencias existentes entre los collas del Alto Perú y los cambas cruceños las tenemos en la historia pre colonial, la colonial y la pre republicana de ambas naciones. Así tenemos que la historia de la nación alto peruana se inicia en conjunto con el Perú, viniendo de la invasión del Imperio Incaico el año 1529 con la toma de Cajamarca y la muerte del Inca Atahualpa en 1533 dentro de un hecho que fue ejecutado por Francisco Pizarro hace 483 años. Procede además desde el Caribe y Panamá para luego pasando al Océano Pacífico se conquista todo el Imperio Inca ocupando su capital el Cuzco en 1534 como la fundación de Lima en 1535. La colonización Camba Cruceña en cambio viene por el Río de de la Plata y el Paraguay con familias españolas y criollas procedentes desde Asunción, con más de 4000 autóctonos Tupí guaraníes que los acompañaron. Siendo estos los que en conjunto con la integración de tribus autóctonas locales crearon una cultura propia llamada Camba en más de 450 años de existencia. Además las diferencias son porque las rutas de la colonización de América fueron por el Océano Pacífico y el Océano Atlántico, lo que hace desigual a la sociedad Camba Cruceña con la del Alto Perú que viene desde el Caribe pasa al Pacífico y se concreta por el Perú, pues la nuestra o sea la Nación Camba Cruceña ingresa por el Atlántico y el Río de la Plata.

LA HISTORIA COLONIAL CAMBA CRUCEÑA COMIENZA POR EL RÍO LA PLATA, EL RÍO PARAGUAY Y LA CIUDAD DE ASUNCIÓN El origen de la nación de los pueblos cambas cruceños comienza en 1536 por el río de la Plata y continúa en 1537 con la fundación de Asunción sobre el río Paraguay. Es desde allí de donde parte Ñuflo de Chávez como iniciador de nuestra existencia con 370 familias asunceñas y más de 4000 autóctonos que vienen como colonos a cultivar la tierra en un mismo territorio y con poca población de tribus nómadas, tanto el 26 de febrero de 1561 como en 1565. (LOS CAMBAS CRUCEÑOS SOMOS DE ORIGEN ASUNCEÑO: Al lado de Chávez emprendieron viaje el gobernador Vergara y el Obispo Latorre, acompañados de trescientos españoles y tres mil indios. El viaje fue muy penoso, especialmente 473


para mujeres y niños. Las incomodidades, las sublevaciones y descontentos estuvieron a punto de desbaratar esta empresa, pero el valor y la decisión de Chávez se impusieron, y esta expedición, sin precedentes en América, llegó a su destino Santa Cruz de la Sierra, la antigua (1565). FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ. GISBERT, TERESA Y MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 134). Los colonos asunceños no vinieron en son de conquista ni a destruir imperio alguno, sino con el propósito de desencantar la tierra que luego nos legaron a sus hijos, pero este hecho único en América es distorsionado a través de nuestra historia mal contada y que por ese motivo debe ser reescrita y corregida.

LA COSMOVISIÓN ENTRE LOS CAMBAS CRUCEÑOS Y LOS COLLAS ALTO PERUANOS ES DIFERENTE Las diferencias entre los collas alto peruanos y los cambas cruceños, las tenemos en la cosmovisión que es distinta entre estas dos sociedades y viene a ser la consideración propia del funcionamiento espiritual y social como nación particular, constituyendo una serie de principios comunes en la estructura social global de las naciones y los pueblos del mundo. La cosmovisión es la causa de que tengamos diferente comportamiento social y espiritual, como elemento existente y real entre la Nación del Alto Perú con la sociedad de origen asunceña Camba Cruceña pese a que ambas en su colonización procedan de la misma fuente ibérica. La Nación Colla alto peruana conserva una orientación que viene de la conquista y la destrucción de una sociedad imperial como fue la incaica, manteniendo una orientación espiritual panteísta con sus dioses Inti, Pachamama y Viracocha entre otros. Con el resultado actual de una cultura religiosa que mezclada con la cristiana se encuentra dentro de una situación espiritual especial que está distorsionando la verdadera esencia del cristianismo y es motivo de manifestaciones peculiares y extrañas para los pueblos cambas cruceños, por ser muy similar a la existente en la Iglesia de los primeros siglos que estaba mezclada con creencias judaicas y orientales. La cosmovisión es una serie de principios comunes que inspiran teorías o modelos en todos los niveles dentro de la estructura socio espiritual del mundo y es la que crea el marco para las ideas. Pertenece al ámbito de la metafísica y sin embargo no es una elaboración filosófica explícita ni depende de una sola concepción. Siendo más bien rigurosa, acabada e intelectualmente coherente.

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LA RELIGIÓN CRISTIANA

CAMBA

CRUCEÑA

ES

ESENCIALMENTE

La formación espiritual de la nación de los pueblos orientales cambas cruceños al provenir de la inmigración de familias españolas y criollas que se desplazan desde Asunción. Constituye la situación geográfica e histórica que nos influenciaron por pertenecer nuestro territorio hasta antes de 1560 como parte de la Gobernación del Paraguay, como condición que es reconocida por el Rey de España y su delegado pacificador Don Pedro de la Gasca que fue Ordenador General de la administración del Virreinato del Perú y su virrey entre 1548 hasta 1550. El hecho de la construcción de la sociedad Camba Cruceña sucedió dentro de un espacio libre en un mismo territorio escasamente poblado por tribus nómadas en su mayoría y que no tenían una cultura religiosa definida, en que la acción conjunta de los colonos asunceños y los jesuitas nos llevó a la creencia y adoración del Dios Padre con su hijo Jesucristo. Así como también a venerar a la Virgen María sin distorsiones culturales y espirituales mayores. La situación social y espiritual de la población Camba Cruceña fue favorecida por la esencia de la hospitalidad del pueblo Tupí Guaraní de la región de Chiquitos especialmente, como elementos humanos que asimilaron las enseñanzas de los monjes de la congregación de Loyola, lográndose de esta manera la formación de una identidad y cultura propia a través de más de 450 años.

LA PLANTA DE LA COCA Y SUS USOS SON ELEMENTOS QUE NOS DIFERENCIAN Entre las diferencias de la sociedad de los collas alto peruanos con la de los cambas cruceños. tenemos el uso de la hoja de la Coca que para los autóctonos andinos representa la fuerza y la vida, pues era un alimento espiritual que les permitía entrar en contacto con sus divinidades entre ellas Apus, Achachilas, Tata Inti, Mama Quilla y Pachamama entre otras, cuyo mito se ha extendido a través del tiempo distorsionado en la sociedad andina. Cosa que para los cambas cruceños es causa de locura y dependencia. El uso de la hoja de la Coca es una creencia mitológica que no compartieron nuestros padres ancestralmente ni en la colonia, pero como plaga nos llego con la inmigración colonizadora después de 1952 en adelante como castigo divino, pues antes se usaba solamente para los rituales religiosos incaicos y por eso es que abarcaba todo el imperio. Los españoles fueron los que cambiaron la utilización ritual sagrada de la hoja de la Coca al constatar que los indígenas no se encontraban en condiciones para ejecutar los trabajos pesados que se 475


les imponían en las minas. Lo hicieron por ser conocedores de las cualidades narcotizantes de la hoja por su gran contenido de alcaloide llamado cocaína. (PICHICATA: Alcaloide de la coca. Se usa como anestésico local, y también como droga y estupefaciente. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. GRUPO EDITORIAL OCÉANO. EDICIÓN 1988). Los españoles como medida colonizadora decidieron distribuirles a los mitayos mineros hojas para que las masticaran unas tres o cuatro veces al día y se les permitió durante el trabajo pequeñas pausas para que las acullicaran, como su preciosa panacea de hojas verdes que le mejoraban el rendimiento de esclavos y esta costumbre impuesta por los venidos por la corriente del Caribe, no era concordante con la formación de las tribus autóctonas y las familias españolas y criollas ya originarias venidas de Asunción del Paraguay. Las tribus Tupí Guaraní que deambulaban en el territorio de la República de Santa Cruz de la Sierra eran de origen diferente como sociedad de los pueblos cambas cruceños a la de los collas alto peruanos, pues la una venía del Caribe y el río Orinoco y otra se desplazó a través de la cordillera de los Andes en América del Sur.

UNA VEZ ACLARADA LA DIFERENCIA DEL COLLADO Y ALTO PERÚ CON LOS CAMBAS CRUCEÑOS, ANALIZAMOS NUESTRA ANEXIÓN Y COLONIZACIÓN EN LA REPÚBLICA BOLÍVAR EN 1825 LA INTERPRETACIÓN FRAUDULENTA DE NUESTRA HISTORIA FUE EJECUTADA POR ANTONIO JOSÉ DE SUCRE El mayor fraude cometido con relación a nuestra situación geográfica e histórica, es la que muestra a Santa Cruz de la Sierra como Alto Perú cuando este es la prolongación del Perú en la cordillera de los Andes. Hecho fraudulento de interpretar nuestra historia que se mantiene hasta hoy y se encuentra en el Art. 1º del Decreto del 9 de febrero de 1825 dictado en La Paz por Antonio José de Sucre, con el que llama a una asamblea en la ciudad de Oruro que dice: (SANTA CRUZ DE LA SIERRA NO ERA PROVINCIA ALTO PERUANA: Las provincias que se han conocido con el nombre de Alto Perú, quedaran dependientes de la primera autoridad del Ejército Libertados, mientras una asamblea de Diputados de ellas mismas deliberen de su suerte. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 59) Condición determinante del Decreto que no se cumplió con la República de Santa Cruz de la Sierra, pues no se tuvo representantes en las deliberaciones alto peruanas en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo en julio de 1825 y porque se deliberó sin ellos (SE DETERMINÓ HACER LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDNECIA SIN LOS CAMBAS CRUCEÑOS: Finalmente se procedió a discutir sobre si la Asamblea podría pronunciar su declaración… o esperaría el arribo de alguno de los Diputados del Departamento de Santa Cruz. Por votación se determinó se hiciese la declaración el día 6 del corriente, dejando lugar a los señores Diputados de Santa cruz, para expresar sus opiniones. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PAR SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 28). El Decreto de Sucre contiene una tergiversación perversa de la verdad geográfica e histórica de la República de Santa Cruz de la Sierra (1815 – 1825) cuando se nos incluye como una de las provincias altas del Río de la Plata y argentinas conocidas como Alto Perú, pese a que éstas son solo las cuatro de la antigua Provincia de los Charcas para los españoles e identificadas como Potosí, Chuquisaca, 476


Cochabamba y La Paz. La situación de la República de Santa Cruz de la Sierra de no ser provincia Alta Argentina, se indica y se comprueba en la ley del 9 de mayo de 1825 dictada desde Buenos Aires la cual en su Art. 4º dice. (LEY DEL 9 DE MAYO DE 1825 DICTADA POR BUENOS AIRES: La invitación de que habla el artículo anterior, y las instrucciones que la legación reciba del supremo poder ejecutivo, reconocerán por base, que las cuatro provincias del Alto Perú han pertenecido siempre a este estado, es la voluntad del Congreso General Constituyente, que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 23). Ley Argentina que reconoce a las cuatro del Alto Perú la libertad para disponer de su suerte y en la cual no se hace referencia alguna a la separada de la confederación de las Provincias del Río de la Plata como fue la República de Santa Cruz de la Sierra.

LA INTENDENCIA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA INTERPRETADA EN FORMA FRAUDULENTA COMO COCHABAMBINA, FUE SEPARADA EN SU SEDE DE GOBERNACIÓN POR MANUEL DE GOYENECHE EN 1811 En 1561 la situación geográfica de Santa Cruz de la Sierra asunceña de origen y chiquitana por asentamiento, estaba emplazada al pie de la serranía del Riquío y a la vera del arroyo Suto a muy corta distancia al Sur del actual San José de Chiquitos, siendo fundada como capital de la gobernación de Mojos dentro de la separación con la gobernación del Paraguay que se efectúo en 1560. El fraude histórico que se manejó y se maneja todavía para cometerse la mayor agresión contra una nación constituida en República por haberse separado de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815, contiene la interpretación maliciosa que viene de la relación sobre nuestra sede de gobernación como Intendencia de Santa Cruz de la Sierra desde 1782 al encontrarse dicha sede manejada desde la ciudad de Cochabamba. Cosa que sólo tuvo un tiempo de duración de escasos 29 años y no ser parte de la intendencia cochabambina como se afirma erróneamente, cuando se nos incluye como la quinta provincia alta peruana. Situación que desaprensivamente es ponderada por Enrique Finot de que el decreto de Sucre fue la piedra fundamental de la independencia del país boliviano sin tomar en cuenta la inasistencia de delegados cruceños en la asamblea. (IRRACIONAL Y DOLOSA ANEXIÓN DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS: La convocatoria reconoce la soberanía al pueblo para el ejercicio de sus derechos y para determinar su futuro en una Magna Asamblea, después de haber elegido a los representantes de las cinco provincias, Charcas, La Paz, Chuquisaca, Potosí y Santa Cruz. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 15). La situación de la sede de la gobernación de la Intendencia de Santa Cruz de la Sierra relacionada a la ciudad de Cochabamba termina por efecto de la separación con el nombramiento del Coronel Miguel Becerra en calidad de Gobernador Intendente designado por Manuel de Goyeneche en 1811. Gracias al poder ejercido en calidad de Capitán General de las fuerzas españolas en el Alto Perú y luego Presidente de la Audiencia del Cuzco. (LOS ALTO PERUANOS SUPUESTAMENTE FIELES AL PERÚ: Hacia 1810 las líneas de batalla estaban trazadas. Cuando la guerra se inició en el Alto Perú en 1809, esa región organizada como la Audiencia de Charcas, pertenecía al Virreinato del Río de la Plata. Cuando en 1810 Buenos Aires, por propósitos prácticos, rompió relaciones con el imperio español, los oficiales realistas fieles en el Alto Perú que habían reprimido victoriosamente las revueltas de 1809, entregaron la Audiencia de Charcas al Virreinato de Lima. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: 477


DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 15) El hecho es que la República de Santa Cruz de la Sierra se separó de España en 1810, como de Buenos Aires en 1815 y de la ocupación alto peruana de su capital y la provincia occidental de Valle

Grande en 1825. LA ASAMBLEA LLAMADA POR SUCRE PARA ORURO, FUE REEMPLAZADA POR LA DE LA CIUDAD LA PLATA DE LA NUEVA TOLEDO El fraude histórico manejado por los promotores de la República del Alto Perú llamada Bolívar cambiada actualmente por Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia, como situación anómala y perversa es asumida por nuestros líderes y publicistas de ese entonces y también en la actualidad con una indolencia preocupante. Pese a haberse demostrado la manipulación ejercida por los altos peruanos en la asamblea de La Plata de la Nueva Toledo que culmina con tres Actas de la Independencia. Constituyéndose esta condición en la base fundamental de la corrupción existente. (CONFUSIÓN: Su texto es el mismo, no existiendo diferencia alguna, aunque es evidente que hay tres Actas de la independencia. Tres certificados del nacimiento de Bolivia. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 16). La indolencia y desidia, está demostrada y la tenemos en la aceptación de nuestra anexión y colonización sin rechazo alguno, pese a que fue ejecutada por una sociedad alto peruana y de Charcas completamente foránea y diferente por nuestros orígenes ancestrales y coloniales. La asamblea producida en la Plata de la Nueva Toledo en 1825, fue llamada mediante el decreto del 3 de junio del mismo año que remplaza a la asamblea de la ciudad de Oruro. Contiene un hecho doloso y espurio cometido contra la República de Santa Cruz de la Sierra que estaba independiente de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata desde 1815 hasta 1825, o sea 10 años antes de la fundación de Bolivia, pues Santa Cruz de la Sierra fue una república separada de la confederación manejada desde la ciudad de Buenos Aires. La república de los llanos amazónicos y rioplatenses, se mantenía defendiéndose de las agresiones coloniales militares de las fuerzas españolas primero, como del ejército de la sociedad del Alto Perú llamada alto peruana después. Lo hizo también contra los del Alto Perú que se encontraba separado oficialmente del poder colonial español mediante el tratado de Tarapacá el 9 de marzo de 1824, como resultado de la reunión en Tarapaya entre Jerónimo Valdez y Pedro Antonio de Olañeta. (NO SE PUDO CONTROLAR LA REBELIÓN DE PEDRO ANTONIO DE OLAÑETA POR LOS ESPAÑOLES: El virrey envía a Jerónimo Valdez para controlar la rebelión, pero ante el avance de las tropas de Bolívar, próximo ya a los campos de Junín. Valdez tuvo que pactar con Olañeta (Convenio de Tarapacá, marzo de 1824) para retornar al lado del virrey La Serna. FUENTE: HISTORIA DE BOLIVIA: DE MESA, JOSÉ. GISBERT, TERESA Y MESA GISBERT, CARLOS DIEGO: QUINTA EDICIÓN: AÑO 2003, PÁGINA 343). La agresión militar de la Republica del Alto Perú termina el 14 de febrero de 1825, cuando se expulsa al ejército ya alto peruano y no español al mando de Francisco Javier de Aguilera y su hermano Tomás, de nuestra capital Santa Cruz de la Sierra hacia Valle Grande en la cordillera de los Chiriguanos que todavía estaba en manos del primero de estos dos.

LA INVASIÓN DEL ALTO PERÚ POR EL EJÉRCITO DE BOLÍVAR Y LA CONSECUENTE AGRESIÓN A LA REPÚBLICA CAMBA CRUCEÑA 478


El mismo febrero de 1825 se inicia una nueva agresión contra los cambas cruceños, pero esta vez por los collas alto peruanos y de Charcas apoyados por el poderoso ejército colombiano, mediante un acto efectivo de coacción al haber sido implicado Antonio José de Sucre, gestor directo de la creación de la República del Alto Perú a la que le pusieron de nombre Bolívar, como a su capital La Plata de La Nueva Toledo y a su departamento llamado Chuquisaca, el apellido de Sucre que al principio se resistía a intervenir en el Alto Perú. (PRETEXTO MENTIROSO DE SUCRE: Yo no quisiera meterme en este barullo de cosas del Alto Perú, pero sí de golpe las circunstancias me metan, deseo saber por que ruta política marcho; como he dicho a Usted, cuento con haber concluido mi misión en Ayacucho y ruego mil veces que no me haga pasar adelante. FUENTE: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA. VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO. SEGUNDA EDICIÓN. AÑO 1981, PÁGINA 23). El embrollo de corrupción en la creación de Bolivia, está demostrado mediante la Ley de creación de la República Bolívar del 11 de agosto de 1825 en sus artículos 13 y 14, (CHUQUISACA Y SU CAPITAL SON SUCRE: Artículo 14: de la ley de creación de la República Bolívar. La ciudad capital de la república y su departamento, se denominarán en lo sucesivo Sucre. FUENTE: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN AÑO 2007: PÁGINA 206). El poder alto peruano y Sucre agredieron a la República de Santa Cruz de La Sierra, pese a que el ejército colombiano en ningún momento toco tierra, ni ondeó sus banderas en territorios de la nación de los pueblos cambas cruceños, pues solamente invadió el Alto Perú y fue aceptante de las prebendas y adulo alto peruano (DEFENSOR QUE NO DEFENDIÓ NADA: Artículo 13: de la Ley de creación de la República Bolívar. S.E. gozará también del título de defensor y gran ciudadano de la República Bolívar. FUENTE: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN AÑO 2007, PÁGINA 206).

EXISTEN DOCUMENTOS QUE DEMUESTRAN COMO SE DIÓ ORIGEN A LA COLONIZACIÓN FRAUDULENTA Y LA ANEXIÓN DOLOSA DE LOS CAMBAS CRUCEÑOS Los acontecimientos que dieron como resultado la anexión y la colonización dolosa y fraudulenta de la nación de los pueblos cambas cruceños, se encuentran con documentos originales en el Archivo Nacional de Bolivia en la ciudad de Sucre, como también en la bóveda del Banco Central de Bolivia en la ciudad de La Paz. Constituyendo documentos probatorios de la forma dolosa y fraudulenta con que se manejaron los alto peruanos en la asamblea de Chuquisaca, pues en caso de no existir lo expuesto y analizado comprendería a una novela histórica mal contada, ya que sin las pruebas existentes nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta sería un invento. Los documentos a los que se hacen referencia, contienen un valor demostrativo y probatorio histórico único y definitivo, pues muestran que la República de Santa Cruz de la Sierra en ningún momento contó con representantes dentro de las deliberaciones de la asamblea del Alto Perú y a dicha asamblea, sólo asistieron en la Plata de La Nueva Toledo como cómplices dos apócrifos sujetos con representación caducada para Oruro y de dos partidos cambas cruceños y además llegaron concluida la asamblea. Los apócrifos representantes del 40% de la República de Santa Cruz de la Sierra Seoane y Caballero, aparecieron después de definida la independencia del Alto Perú que se efectuó en la octava sesión del 28 de julio de 1825. Posteriormente de haber sido redactada el acta de la independencia el 3 de agosto del mismo año y estos representantes del Municipio de Santa Cruz de la Sierra (capital) y de Valle Grande fueron Vicente Seoane y Vicente Caballero, que además, no cumplieron con el mandato de la Sala Capitular de Santa Cruz de la Sierra sobre los 21 puntos a tratarse para considerar nuestra integración en 479


la República del Alto Perú llamada Bolívar, firmando extemporáneamente una de las tres actas de la independencia existentes.

LOS CAMBAS CRUCEÑOS SOMOS UNA MINORÍA NACIONAL CIERTA Y DETERMINADA SIN CUESTIONAMIENTO ALGUNO Los Tupí Guaraní (Chiriguanos), Arawak (Chané), Toba, Mataco, Sirionó, Chiquitano, Guarayo, Mojeño y otros son los que forman las familias autóctonas que habitan en las diferentes regiones de la antigua República de Santa Cruz de la Sierra, la cual se encuentra anexada y colonizada desde 1825 y por ello, con su sociedad disgregada y dispersa por las políticas de agresión territorial de la metrópoli. Todo ello por considerarse nuestro espacio geográfico territorio para ser avasallado y terminar de colonizarse nuestro pueblo, dentro de un verdadero comportamiento colonial de genocidio, porque somos diferentes ya que venimos de la inmigración española y criolla asunceña y no así de la invasión colonial del Imperio Incaico por el Caribe, el Pacífico y el Perú. La sociedad Camba Cruceña pese a las agresiones sufridas se encuentra fortalecida en su identidad y cultura histórica propia, formada con la llegada y la afluencia de gentes de distintos orígenes como inmigrantes de todas partes del mundo, siendo estos inmigrantes los componentes con los que se formó la república de la nación de los pueblos cambas cruceños, la cual actualmente está discriminada dentro del nuevo Estado Plurinacional Comunitario, Originario, Indígenas, Campesinos Boliviano y transformada invisible en parte de una Comunidad Intercultural Tahuantinsuyo que es extraña a nuestra forma de vida en sociedad. La creación y la consolidación de la cultura Camba tuvo hasta hoy más de 452 años de irse formando, como espacio de tiempo con el que se llego a establecer la nación de los pueblos cambas cruceños, compuesta por una sola etnia que comprende a todos sus habitantes sin discriminación alguna y esta situación, se produjo por la inmigración de familias de origen español y autóctonas venidas desde Asunción, convirtiendo a la nación de los cambas cruceños sin cuestionamiento en contrario en una Minoría Nacional cierta y determinada dentro de la metrópoli boliviana por contar con historia, territorio, identidad y también conformación étnica propia y diferente a la de la metrópoli Colla del Alto Perú. 480


La colonización que estamos sufriendo y viviendo en la actualidad se encuentra dentro de una agresión xenofóbica, llevándonos a que como sociedad de los pueblos cambas cruceños tengamos el ineludible deber patriótico de hacerla conocer ante la comunidad internacional, para con ello asegurar a nuestra nacionalidad cautiva la protección contemplada por las Naciones Unidas en la Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992, concordante con el Art. 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, además del Art.1º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturas como también en relación a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

DEMANDA ANTE EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS Las instituciones cívicas identificadas con el futuro de la nación de los cambas cruceños como sociedad diferente, cierta y determinada dentro de la metrópoli boliviana tienen la obligación de interponer una Demanda Internacional ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, mediante un Recurso de Reparación por la violación cometida de parte del poder Colla alto peruano contra nuestro derecho a la existencia y la identidad en calidad de Minoría Nacional. Los componentes de los pueblos cambas cruceños tenemos el deber patriótico, de interponer este recurso pidiendo la reparación del daño causado contra nuestro derecho a la existencia, por la agresión contra nuestra identidad y nuestr cultura histórica como derecho inalienable, también el derecho a coexistir en calidad de minoría nacional y etnia diferente, cierta y determinada en la metrópoli boliviana si fuere necesario.

CONCLUSIÓN ARRIBADA POR LA DEMOSTRACIÓN DE SER MINORÍA NACIONAL Estar integrados para bien o para mal en la metrópoli boliviana nos lleva a la conclusión de que tenemos la obligación de lograr un verdadero pacto de convivencia con nuestros carceleros de siempre; pero respetando nuestros derechos de identidad y de cultura histórica. Situación que nos lleva en el caso de negarnos estos derechos como está sucediendo por estos casi doscientos años, a la necesidad de luchar con la fuerza espiritual que nos da ser una etnia y nación cierta y determinada, hasta conseguir la verdadera emancipación que desde ya se torna difícil y tortuosa por la agresión colonial contra nuestros ciudadanos, iniciada desde antes de la era republicana para extirpar nuestra identificación histórica con 481


Asunción del Paraguay. La situación de agresión colonial se encuentra agravada en la actualidad con la persecución política bajo la acusación de terrorismo y separatismo, pese a que como sociedad colonizada tenemos el derecho de rescatar nuestra soberanía de patria libre e independiente y esta recuperación, sea en base al derecho internacional de la libre determinación de los pueblos que como derecho no se ejecuto en nuestra anexión y colonización, por el contubernio entre la oligarquía alto peruana con Bolívar y Sucre.

LA AUTONOMÍA Y LA EMANCIPACIÓN ESTÁN PROTEGIDAS POR EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Los pueblos que fueron soberanos libres e independientes durante la emancipación y la formación de las distintas repúblicas en América, en este caso los cambas cruceños separados en 1815 de la confederación de la Provincias Unidas del Río de la Plata, al igual como sucedió con la actual República del Paraguay que lo hizo en 1814 de la misma confederación, Mantenemos nuestros derechos conculcados pese a que están protegidos por las Naciones Unidas dentro del Consejo de Descolonización que ha ejecutado el fundado hecho a ser libres de muchas colonias en el mundo. Especialmente en América de la República de Puerto Rico que tiene la reconocido conseguir su autonomía de la potencia imperial de los Estados Unidos de Norteamérica, La autonomía y la emancipación a las cuales tenemos derecho toda colonia, están protegidas según lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas del 26 de junio de 1945 en San Francisco (California), apoyándose en el capitulo XI y los artículos 73 y 74 de la declaración relativa a territorios no autónomos, porque las acciones coloniales están contrariando el Art. 1 de la Carta de las Naciones Unidas adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la asamblea General en su Resolución 2200 a (XXI) de 16 de diciembre de 1966, en vigencia el 23 de marzo de 1976. Todo ello de conformidad al Art. 49 del mismo pacto como también la Resolución 2625 (XXV) del 24 de octubre de 1970 de la misma entidad.

LAS PRUEBAS QUE DEMUESTRAN LA VERACIDAD DE LO TRATADO, SE ENCUENTRAN EN LOS TRABAJOS QUE SE DETALLAN Las pruebas que demuestran y prueban la veracidad de nuestra realidad como Minoría Nacional 482


anexada y colonizada, las tenemos en lo que versa sobre nuetra Identidad y nuestra Cultura Histórica, presentándose a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños dentro de una propuesta real y cierta, para recuperar esta identidad y esta cultura histórica muy dañada pero aún no perdida totalmente. Las diferencias entre los cambas cruceños y los collas alto peruanos las tenemos en el tema sobre el gentilicio, como término que detenta la orientación en el origen y en la procedencia de las gentes sea por asentamiento y por adopción. (GENTILICIO: Perteneciente a las gentes o naciones, así como también al linaje o familia. FUENTE: DICCIONARIO DE DERECHO: OSORIO Y FLORIT, MANUEL Y CABANELLAS DE LAS CUEVAS, GUILLERMO: NUEVA EDICIÓN: AÑO 2011, PÁGINA 604). Luego viene el tema sobre las agresiones alto peruanas con la recopilación de estas contra la nación de los pueblos cambas cruceños, desde las ejecutada contra el cuñado de Ñuflo de Chávez de nombre Diego de Mendoza, la esposa de este y la de Chávez que fueron deportadas a Lima, dentro de agresiones que cada día son más virulentas y se mantienen hasta nuestros días. Las pruebas de lo anormal de nuestra relación histórica, siguen con el tema sobre el principio y final de una república dentro de un análisis sobre la independencia de la nación de los pueblos cambas cruceños que, fue soberana y separada de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata como hecho cierto e irrefutable sucedido entre 1815 hasta 1825, pero pese a que fuimos independientes y soberanos sufrimos nuestra anexión dolosa y colonización fraudulenta por parte de la República Bolívar. Luego viene el tema que trata sobre la historia de Santa Cruz dentro de una presentación y análisis que pretende, revisar y reescribir los acontecimientos que dieron nuestro origen, buscando y demostrando con este estudio la verdadera realidad en la era colonial y pre republicana. Los legados históricos dejados por nuestros antepasados dentro de la herencia que debemos honrar como los derechos históricos en base a fundamentos jurídicos, es para que reconocidos tanto por la metrópoli como por la comunidad internacional, sean las bases que sustenten nuestro futuro como sociedad y nación cierta y determinada en el contexto americano y mundial. Posteriormente viene el el trabajo sobre la orientación ideológica dentro de la identidad de toda sociedad que está ejercida y ejecutada mediante una ideología propia, definida en un mezclado de creencias e ideas individuales, grupales o sociales, pues la ideología es la que coloca a las naciones y los pueblos en la realidad existente de manera particular. El proceso que prueba lo anormal de nuestra anexión y posterior colonización, versa sobre diferentes fuentes que demuestran el fraude histórico montado mediante una recopilación recuperada de diferentes publicistas e historiadores tanto alto peruanos, cambas cruceños y extranjeros. Por último tenemos el tema que trata sobre un pacto de convivencia al que debemos arribar con los pueblos collas alto peruanos, porque de todas maneras estamos integrados para bien o para mal en la metrópoli colonizadora hoy Estado Plurinacional Comunitario. El conocimiento de nuestra identidad y cultura histórica debe hacernos llegar a un verdadero Pacto de Convivencia para lograr nuestra supervivencia como nación de los pueblos asentados y que estamos habitando al Oriente de los Andes, pues la sociedad Camba Cruceña es un conglomerado humano agredido desde nuestra anexión en la República Bolívar, como demostración de la existencia de un tratado como pueblos y naciones diferentes pidido por Simón Bolívar, porque definitivamente no fuimos tomados en cuenta en el preámbulo de la Ley de Creación de la República del Alto Perú, (ETERNA GRATITUD DE LOS ALTO PERUANOS A LOS INVASORES DE SU TERRITORIO: La Asamblea General del Alto Perú, deseando acreditar pública expresiva y 483


solemnemente su eterna gratitud y reconocimiento eminente, justo, al inmortal libertador de Colombia y del Perú, Don Simón Bolívar, al valiente virtuoso Gran Mariscal de Ayacucho y al ejército Libertador, vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma, Sipesipe y Tarata. FUENTE: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN AÑO 2007, PÁGINA 205) por lo que estamos obligados a lograr un acuerdo con la metrópoli que respete nuestra identidad y cultura histórica, para preservar nuestra existencia como Minoría Nacional. El emprendimiento que constituye la presentación de este trabajo sobre nuestra identidad y cultura histórica, está compuesto por 10 temas o títulos, buscando inducir a un debate en nuestra intelectualidad propia Camba Cruceña, como en la de la metrópoli del Alto Perú que sea llevado con honestidad y cordura, interesando a nuestras instituciones cívicas y pueblo en general el estudio sobre nuestra identidad y nuestra cultura histórica, pues debemos reconocer que una nación sin historia no tiene origen y por lo tanto no existe.

RECUPERAR NUESTA IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA ES UNA NECESIDAD DE SUPERVIVENCIA RECOMENDACIÓN PARA LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La falta de conocimiento sobre la identidad y la cultura histórica en nuestra sociedad, me lleva a recomendar a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños seamos autóctonos, originarios, nativos e inmigrantes identificados por adopción, luchar por nuestra identidad y nuestra cultura histórica, motivo por el que se les hace llegar este análisis sobre la situación presente que estamos viviendo, dentro de la agresión colonizadora de la actual metrópoli Occidental Colla del Alto Perú boliviana. Los componentes de la Nación Camba Cruceña seamos originarios autóctonos, originarios nacidos o inmigrantes, debemos conocer que es una sola y no dividida artificialmente como se encuentra en 34 naciones por la agresión del poder de la metrópoli, ejecutada en la consecuente búsqueda de la eliminación de nuestra sociedad y como demostración tenemos la Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario Boliviano, al integrarnos a los cambas cruceños sin identificación alguna dentro de la categoría de interculturales que como mestizo de Tupí Guaraní con español, es una categoría social que para nosotros significa algo extraño o sea nada. Lo cierto es que nuestra sociedad asentada y habitando al Este de la Cordillera de los Andes, se debate en un futuro incierto con relación a su existencia como conglomerado humano diferenciado y determinado iy todo ello dentro de la metrópolis boliviana transformada en Estado. (ESTADO: Unidad política organizada. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988), Plurinacional. (PLURINACIONAL: Prefijo que significa diversidad de naciones. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Comunitario. (COMUNITARIO: Personas que viven juntas, unidas y bajo ciertas reglas. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Indígena. (INDÍGENA: Originario del país de que se trata. Autóctono. En América latina, indio 484


o mestizo no asimilado. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). Originario. (ORIGEN: Principio, nacimiento, manantial, raíz y causa de una cosa. Patria, país donde uno ha nacido o tuvo principio la familia, o de donde una cosa proviene. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: AÑO 1988. // (ORIGINARIO: Lo que es origen de alguien o de algo. Que procede de una persona, sitio o cosa. DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL: CABANELLAS, GUILLERMO: EDITORIAL HELIASTA: TOMO QUINTO: 24ª EDICIÓN, AÑO 1996, PÁGINA 718). Campesinos. (CAMPESINO: Perteneciente al campo. Que suele andar en él. Labrador. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) más las inventadas Comunidades Interculturales, (COMUNIDAD INTERCULTURAL: Es la diversidad de formas que coexisten manifiestas en el microcosmos del Ayllu – comunidad, son las fuentes naturales de las cuales se rigen las normas esenciales por las que se regirá y se guiará a la comunidad intercultural. La interculturalidad reside en el cosmos infinito, descrito en nuestra filosofía Amawta como Tawa Pacha, orientada en sus cuatro direcciones, fuente de toda forma de vida que palpita sobre la superficie terrestre Allpa Mama. Autodeterminación de las naciones originarias y pueblos del Tawantisuyu” Autodeterminación de las naciones originarias y pueblos del Tawantisuyu” y la afro boliviana, De origen africano, nacido y asentado en Bolivia. Es un término utilizado para designar a personas de nacionalidad boliviana que descienden de los antiguos esclavos negros traídos de África. Sus orígenes se remontan a la llegada de los conquistadores españoles, quienes trajeron consigo grupos de esclavos para trabajar en minas, haciendas y como servidumbre. FUENTE: WIKIPEDIA LA ENCICLOPEDIA LIBRE), dentro de una Constitución preñada de una redacción totalmente turbia, que se constituye en un galimatías incomprensible por la confusión que conlleva en ella. (GALIMATÍAS: Lenguaje oscuro. Confusión, enredo. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: GRUPO EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988). La República de Bolivia ya no existea según rezaba en su Constitución del año 1967 y en las anteriores. (CLASE DE ESTADO Y FORMA DE GOBIERNO: I. Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos. FUENTE: ARTÍCULO MODIFICADO POR LEY NO. 1585 DEL 12 DE AGOSTO DE 1994. PÁRRAFO MODIFICADO POR LEY Nº 2650 DEL 13 DE ABRIL, 2004. // ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO: ll. Es un Estado Social y Democrático de Derecho que sostiene como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la Justicia. (Párrafo introducido por Ley Nº 2410 del 8 de agosto, 2002.). FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA DE 1967). El estado de Bolivia ya no es república sinó que es Plurinacional Comunitario totalmente diferente y discriminatorio, que cambia el sistema republicano de gobierno según la Constitución del año 2009, (ESTADO, YA NO REPUBLICA: Art. 1º.- Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social 485


de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. Art. 2º Dada la existencia pre colonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley. Art. 3º La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originarios campesinos, y las comunidades interculturales y afro bolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA DE 2009), pues ahora ya no es multiétnica e integrando diferentes grupos étnicos sin importar diferencias de cultura, raza e historia y bajo una identidad social común mayor que la nación en el sentido convencional. Las grandes ciudades pueden ser consideradas sociedades multiétnicas, incluso aquéllas en las que la intolerancia étnica es frecuente. También muchas naciones que todavía hoy son consideradas mono étnicas, tienen sus orígenes en un proceso más o menos violento de fusión o mezcla. Hay una distinción clara entre una sociedad, una nación, un pueblo y un estado. (Estado Multinacional) para los matices políticos y militares de dicha tipología estatal. Sin embargo existe bastante solapamiento entre la cuestión de dirigir un Estado y la de encontrar una identidad común como nación y lo pluricultural. El caso de Bolivia que es Plurinacional e Intercultural, o sea no se reconocen diferentes culturas que se relacionaban entre si, sino que ahora estas son una sola y están integrando la cosmovisión andina del Tahuantinsuyo en sus diferentes dimensiones, dejando fuera la cristiana Tupí Guaraní – española de influencia jesuítica. (DESTRUCCIÓN DEL CAMBA CRUCEÑO: La Constitución Política del Estado Plurinacional Comunitario, está destruyendo y eliminando definitivamente dentro del contexto social y político boliviano, la cosmovisión que viene de la Cultura Camba, FUENTE: IDENTIDAD Y CULTURA HISTÓRICA DEL ORIENTE BOLIVIANO: ORLANDO MERCADO CHÁVEZ). La cultura nuestra que fue construida mediante la interacción social de españoles, criollos y autóctonos desde 1561 provenientes de Asunción del Paraguay, integrando además a los autóctonos locales a cabo de más de cuatro siglos y medio de existencia cierta, propia y determinada. Estaba constituida en un Estado Social y Democrático de Derecho con un sistema republicano de gobierno que mantenía y defendía la libertad, la igualdad y la justicia para la Nación Camba Cruceña pese a la modificación del 8 de agosto de 2002, pues la Constitución del 1967 supuestamente sostenía la unión y la solidaridad de todos los bolivianos sin discriminación por raza, ubicación, historia y cultura. Incluyendo dentro de la categoría de bolivianos a la nación de los pueblos que ha sufrido graves agresiones por parte de la metrópoli, contra nuestra condición de nación diferente y definitivamente colonizada que somos. (ORIENTALES: Los asentados al Oriente de una cosa. Diccionario de la Lengua española: Editorial Océano: Edición 1988 cambas cruceños, Por Origen o adopción de la ex republica de Santa Cruz de la Sierra, anexada y colonizada en el Alto Perú República Bolívar. FUENTE: 486


LOS CAMBAS CRUCEÑOS EN BOLIVIA: ORLANDO MERCADO CHÁVEZ, AÑO 2014). El Estado Plurinacional según la constitución del 2009 hace que ya no exista la unidad republicana, pues ahora se presenta una discriminación totalmente grotesca que divide a la población en 38 diferentes categorías de ciudadanos, más una de la categoría de intercultural Tahuentinsuyo con derechos y obligaciones diferenciadas, y entre estas categorías tenemos 36 que habitan al Oriente de la cordillera de los Andes y l desaparecida de los cabas cruceños. (NACIONES DEL ESTADO PLURINACIONAL SIN LA CAMBA CRUCEÑA: Son la aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasuawe, guarayu, itonama, leco, machajuyai-kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pa-cawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru- chipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco. FUENTE: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO DE BOLIVIA. Se elimina definitivamente la unidad de la sociedad nacional que debería ser llamada boliviana solamente, siendo en base de la mencionada eliminación supuesta de la discriminación social y étnica. La disparidad racial que pretende revivir el sistema colonizador mundial, con imponer el imperio Colla de los Señoríos Aimara anterior del incario es una discriminación separadora bien diferenciada, con el paso del tiempo estas naciones artificialmente creadas necesariamente desaparecerán por la influencia de la nueva clase social llamada comunidades interculturales Tahuantinsuyo como son la urbana, las campesinas y la de los colonizadores que se desprenden de su población marginal Colla alto peruana principalmente citadina. La nación de los cambas cruceños desde su anexión y colonización dolosa y fraudulenta en 1825, ha llevado una enseñanza distorsionada de su historia particular por parte de la política educativa de la metrópoli boliviana, siendo totalmente mentirosa, encubierta y además favorecida por nuestra ignorancia sobre la identidad y cultura histórica propia y esta ignorancia de nuestra sociedad, es la que ha colaborado y está colaborando a la incursión ejecutada por los pueblos de la metrópoli del Alto Perú que definitivamente no vienen con la mentalidad de inmigrantes sino como invasores coloniales. La inmigración. (INMIGRANTES: Personas y animales que se desplazan de su lugar de origen. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) forzada y dirigida por organismos estatales de la metrópoli boliviana, está contribuyendo a distorsionar la conducta ética de nuestros pueblos cambas cruceños en general, pues los inmigrantes introducidos como puntas de lanza han insertado en nuestra sociedad modelos de conductas, condicionados con la violencia y la incultura traídas como herencia de sus sociedades respectivas. La influencia negativa de los inmigrantes implantados por el poder de la metrópoli, están llevando como situación anómala a un cambio radical de la conducta ética de nuestros componentes sociales, con la consecuencia de falta de cumplimiento de las normas y las leyes que son comunes en las sociedades medianamente civilizadas, por la situación actual en la que nos encontramos viviendo la sociedad de identificación histórica y cultural Camba, por la falta de políticas de integración sociales propias dentro de un mecanismo para hacer participar a los inmigrantes de buena fe que vienen desde la metrópoli e incluirlos reconocidos, dentro de nuestra identidad y cultura como inmigrante en la sociedad receptora. La falta de estrategias de identidad y de cultura histórica por nuestras instituciones políticas, cívicas, administrativas y culturales debe ser revertida si se tiene la voluntad de ejecutarla, porque pese a constituirse en un trabajo prioritario y titánico por lo difícil, no se las está llevando adelante por la instituciones que deben velar por nuestro desarrollo cultural e intelectual, pero pese a ello por lo menos se tiene que intentar para lograr revertir el daño causado en nuestras estructuras éticas y morales, La recuperación y mantención de nuestra identidad y nuestra cultura histórica todavía es tiempo de salvarla, obligándonos a luchar por preservarla e integrando a los inmigrantes dentro de nuestra identidad cultural que se sigue construyendo con el aporte de los que no vienen a colonizarnos y no se encuentran imbuidos del odio promovido por la sociedad oligárquica de la metrópoli del Alto Perú. La nación de los pueblos cambas cruceños estamos formados por los autóctonos mal llamados 487


indios que todavía quedan dentro de nuestra sociedad global, como también los originarios o nativos (NATIVO: Del lugar de donde se nace. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: OCÉANO: EDICIÓN 1988), así también los inmigrantes integrados a nuestra sociedad que nos encontramos dentro de una situación especial que debe ser resuelta por todos los cambas cruceños sin distinción alguna por ser parte componentes de un solo pueblo. Además por el deber ineludible de luchar en preservar nuestras condiciones de vida material y espiritual. Los cambas cruceños seamos del origen que seamos, tenemos que orientar la influencia del inmigrante para asimilar el cambio benéfico permanente de nuestra cultura identitaria, asumiendo las cosas buenas que nos traen de sus lugares de origen y rechazando las malas con firmeza y valentía, pues esta conducta social y espiritual es la única forma que lleva a lograr ir asegurando para todos una existencia digna, dentro de una Minoría Nacional que en tiempo corto o largo se transformará en mayoría por el crecimiento demográfico natural dentro de nuestra geografía territorial de fuerte influencia telúrica y espiritual. La integración de los inmigrantes afecta a la sociedad receptora en sus miembros e instituciones, pues es un proceso dinámico de continua y mutua adaptación, donde las obligaciones y los derechos van más allá del marco legal y formal dentro de la igualdad de oportunidades, por lo que se requiere que las instituciones locales se adapten para reconocer y valorar los aportes de la inmigración, considerándolos con igualdad y sin discriminación, pero también los inmigrantes deben buscar su integración a la sociedad a la que se desplazan, adoptando una actitud positiva respecto a incluirse dentro del conocimiento de las costumbres, la cultura y las normas sociales de su nueva patria. Las personas que se desplazan definitivamente se llaman inmigrantes sin distinción de raza, siendo estas las que han salido de sus lugares de origen por decisión propia, buscando a corto o largo plazo refugio y asilo en otra tierra, huyendo del sufrimiento ocasionado por adversas circunstancias, como también los que se desplazan internamente por las mismas razones y se trasladan dentro de sus fronteras nacionales. Los cambas cruceños deben olvidarse de las aspiraciones de poder político dentro de la metrópoli, porque no pertenecen al Alto Perú en sus pueblos autóctonos y originarios sean criollos, mestizos como también los cambas cruceños de origen andino que vinieron como inmigrantes honestos que ya no se identifican con la metrópoli y no están alineados a sus políticas coloniales, al ser rechazados por la sociedad de origen y porque la Nación del Collasuyo que es mayoritaria en población, como poder central no dejará la hegemonía ejercida durante la vida republicana comenzada desde 1825. Lo importante es que los cambas cruceños tienen que dejar de lado los sueños de poder político sin posibilidad de concretarse a corto plazo, reconociendo la agredida forma de mantenernos como colonia que en la actualidad se encuentra como muestra de ello, con su población diluida y sin identidad dentro de las comunidades de tipo Tahuantinsuyo andino y de filosofía Amawta como Tawa Pacha en la nueva dimensión del tiempo y espacio para los hijos de la Allpa Mama, según la ideología indigenista andina boliviana y sudamericana. Los cambas cruceños estamos metidos dentro de una distorsión étnica, como situación en la cual bajo ningún concepto racional nos involucramos como pueblos amalgamados del Tupí Guaraní con el español e inmigrantes de todas las partes del planeta, porque somos diferentes tanto en la historia pre colonial, colonial, pre republicana y republicana inclusive por nuestros orígenes como sociedad actual, siendo por esto importante para subsistir a través del tiempo, reconocer la diferencia histórica de nuestros pueblos de la de los alto peruanos o de Charcas. Los alto peruanos i charqueños vienen del Caribe por Panamá, el Pacífico, el Perú y nosotros los cambas cruceños venimos directamente por el Atlántico, el río de La Plata, el río Paraguay y además por Asunción, siendo por ello y la diferencia histórica un derecho conocerla, pues los alto peruanos están asentados y habitando en la cordillera de los Andes y nosotros estamos en la cordillera de los Chiriguanos y en las llanuras amazónicas y rioplatenses en América del Sur. Las diferencias entre las dos naciones existentes en Bolivia, es porque los andinos están 488


amalgamados (AMALGAMACIÓN: Acción y efecto de amalgamar o amalgamarse. Una forma coloquial o metafórica de referirse a cualquier mezcla, sea de cosas o de personas. FUENTE: WIKIPEDIA LA ENCICLOPEDIA LIBRE // AMALGAMAR; Unir o mezclar cosas de naturaleza distintas. FUENTE: DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: EDITORIAL OCÉANO: EDICIÓN 1988) entre el español con las razas que componían la nación andina de los Imperios Colla Aimara y el Incaico o Tahuantinsuyo quechua y nosotros formamos la nación de las llanuras unificada como un solo pueblo que se origina con los autóctonos venidos del Paraguay en cantidad de más de 4000 personas que acompañaron a las 370 familias asunceñas en el primero y el segundo éxodo, pues con ello se creó y cultivó una nueva identidad y cultura histórica, ingresando en ella a los autóctonos locales que dentro de su construcción con diferencias naturales en toda sociedad lleva más de 450 años. La sociedad venida desde Asunción tomando contacto con los componentes de diferentes tribus Tupí Guaraní locales, se fueron integrando para construir nuestra identidad y nuestra cultura histórica como diferencia real entre los andinos y los de los llanos causada por la desigual forma de colonización, pues los alto peruanos vienen por la invasión del Imperio Incaico con la destrucción y la esclavitud de sus pueblos y la nación de los cambas cruceños por la inmigración de familias del Paraguay y autóctonos en su gentilicio de asunceños, ocupando espacios libres de un mismo territorio en nuestros inicios en 1561 como parte separada de la Gobernación del Paraguay que es reconocida por el Rey de España y el Virrey pacificador del Perú Pedro de la Gasca. Las diferencias que nos mantienen separados con nuestros colonizadores alto peruanos son muchas y ciertas, en que sin pensar en separatismo alguno debemos equilibrarlas por encontramos como pueblos avasallados dentro de una Minoría Nacional anexada y colonizada con dolo e interpretación fraudulenta de nuestra historia. Situación por la que nos obligamos a conseguir nuestra emancipación (EMANCIPACIÓN: El concepto de la palabra emancipación, puede causar interpretaciones diversas y llevar a conclusiones equivocadas, en provecho de los enemigos de los pueblos de la república cruceña. Creando confusión distorsionadora de la historia cierta de la nación y república independiente entre 1815 y 1825, irregularmente anexada en la República Bolívar, por nuestra fraudulenta inclusión en el acta de la independencia del Alto Perú del 6 de agosto de 1825. Concretando nuestra colonización el 23 de enero de 1826, con la creación de los departamentos de Bolivia mediante el Decreto emitido por Antonio José de Sucre sin ser Presidente y sólo comandante en jefe de las fuerzas de ocupación colombianas por delegación de Bolívar. FUENTE: EMANCIPACIÓN: LA CRUCEÑIDAD Y SU EMANCIPACIÓN: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN 2008, PÁG. 33) consistente en una integración con respeto a nuestros derechos en calidad de nación diferente, cierta, determinada. Todo ello dentro de una metrópoli que tiene la obligación de devolvernos nuestros derechos conculcados. (LA LUCHA POR LA EMANCIPACIÓN ES UNA NECESIDAD: La lucha emancipadora de los pueblos de los Andes y los llanos amazónicos y rioplatenses es una necesidad, por estar negados en nuestra identidad foral e histórica. Liberándose de la 489


servidumbre impuesta por un neocolonialismo criollo y mestizo, con la utilización de una metodología capaz de alcanzar la meta común de redención, en la acción y el efecto de redimirse de la patria potestad a la que estamos sometidos. Imposición a una dependencia política hegemónica centralista, que nos mantiene sumidos en el subdesarrollo cultural con la deformación social, espiritual y la pobreza extrema. FUENTE: LA CRUCEÑIDAD Y SU EMANCIPACIÓN: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN 2008, PÁG. 34). La devolución de nuestros derechos se debe efectuar por justicia histórica, con el reconocimiento de la verdad que bebe primar entre nosotros y también porque no decirlo por la comunidad internacional.

PROPUESTA PARA LAS INSTITUCIONES CÍVICAS DE LA NACIÓN DE LOS PUEBLOS CAMBAS CRUCEÑOS La lucha para emprender la recuperación y promover el mantenimiento de nuestra identidad y nuestra cultura histórica, se constituye en un deber insoslayable de las instituciones cívicas que están asociadas al Comité Pro Santa Cruz ,como el Comité Cívico Femenino, La Unión Juvenil Cruceñista, la Federación de Fraternidades, la Federación de Comparsas, las Juntas Vecinales y otras que existieren de esta misma condición en la nación de los pueblos cambas cruceños que son Santa Cruz, Beni, Pando y los pueblos nuestros anexados en los departamentos alto peruanos por la metrópoli en la era republicana. Las instituciones cambas cruceñas deben agruparse bajo la dirección de la Sociedad de Estudios Geográficos e Históricos de Santa Cruz y los otros departamentos al Oriente de la cordillera de los Andes, pues la temática propuesta nos lleva a que se tiene que formar un Consejo Regional que equilibre la enseñanza sobre nuestra identidad y nuestra cultura histórica, para así orientar a los líderes de estos pueblos en evitar lo que hoy sucede, donde estamos divididos artificialmente por la política geográfica colonial de la metrópoli del Alto Perú. Las instituciones cambas cruceñas deben formar centros de enseñanza cívica con la capacidad de lograr recuperar la identidad y la cultura histórica de nuestra sociedad, para con ello y en base a la influencia de los inmigrantes consolidar un futuro dable para todos los que honestamente nos desarrollamos en esta heredad y que por amor la hemos adoptado como propia, pese a nuestros orígenes en otros lugares y nacionalidades. La obligación patriótica nos demanda formar escuelas de líderes propios, para que estén identificados con los intereses de la que fue República de Santa Cruz de la Sierra separada de España desde 1810 e independiente desde 1815, por la separación de la confederación de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Luego colonizada en 1825 por la foránea sociedad del Alto Perú que para la creación de la República Bolívar definitivamente no nos toma en cuenta. (ETERNA GRATITUD A DOS INVASORES COLOMBIANOS: La Asamblea General del Alto Perú, deseando acreditar pública, expresiva y solemnemente, su eterna gratitud y reconocimiento eminente, justo, al inmortal libertador de Colombia y del Perú, don Simón Bolívar, al valiente virtuoso Gran Mariscal de Ayacucho y al Ejercito Libertador, vencedor de los vencedores de Guaqui, Vilcapugio, Aroma; Sipesipe y Tarata (no aparecen Florida, Santa Bárbara, Parí y otras grandes gestas nuestras). Deseando igualmente perpetuar en la memoria de los Alto peruanos que tan heroicas, generosas y nobles manos deben esta región su existencia política, su libertad y la reunión del cuerpo que ha deliberado de su futura suerte. FUENTE: LEY DE CREACIÓN DE LA REPÚBLICA BOLÍVAR DEL 11 DE AGOSTO DE 1825: UNA NACIÓN CAUTIVA EN SUDAMÉRICA: MERCADO CHÁVEZ, ORLANDO: EDICIÓN 2007, PÁG. 205). La mayor mentira y manipulación histórica es inducirnos a aceptar como libertadores nuestros a dos foráneos venezolanos, porque Simón Bolívar en ningún momento libertó el Alto Perú que estaba libre y separado de España como se confirma en la capitulación de Ayacucho. (ESPAÑA ENTREGA TERRITORIO SOLO HASTA EL DESAGUADERO: El territorio que guarecen las tropas 490


Españolas en el Perú, será entregado a las armas del Ejército Libertador hasta el Desaguadero, con los parques, maestranzas y todos los almacenes militares existentes. FUENTE: ACTA DE CAPITULACIÓN DE AYACUCHO: LA FUNDACIÓN DE BOLIVIA: VILLARROEL TREVIÑO, AUGUSTO: 2DA. EDICIÓN, AÑO 1981, PÁG. 39) pues Sucre por orden del Libertador de la gran Colombia y co-libertador del Perú ingresa para destruir esta reciente República independiente que era el Alto Perú, con las consecuencias nefastas para nosotros los de la nación de los pueblos cambas cruceños dentro del contubernio de los doctores de Charcas.. La agregación y posterior colonización de los cambas cruceños por la oligarquía masónica dos caras del Alto Perú como sociedad diferente, se demuestra fue hecha mediante un verdadero fraude histórico bien montado y perfectamente orquestado por la intelectualidad de la sociedad de Charcas, como situación aceptada indolentemente por nuestros intelectuales y líderes de ese entonces como de ahora, con la consecuencia de la apatía que trajo y mantiene el resultado del presente que vivimos dentro de un futuro nefasto a nuestra existencia como Minoría Nacional cierta, diferente y determinada. La formación de líderes regionales identificados con nuestra identidad y nuestra cultura histórica es una necesidad prioritaria, para moldearlos definidos con el amor a su región porque serán los que se transformaran en los brazos encargados de difundir los acontecimientos que dieron origen a nuestra nación, pues una nación sin historia no tiene origen y por lo tanto no existe. El presente análisis sobre nuestra sociedad secuestrada, se basa en la necesidad de rescatar la identidad y la cultura histórica propia, dentro de la tarea de emprender la lucha por nuestra reivindicación en calidad de Minoría Nacional cierta, diferente y determinada que como petición y propuesta, está en la conciencia de los que deben luchar por la supervivencia de nuestra sociedad con identidad Camba, la cual dentro de sus capas gentilísicas está integrada por la Camba Beniana, la Camba Pandina, la Camba Chaqueña, la Camba Chiquitana, la Camba Guaraní, la Camba Tacana, la Camba Cruceña y así sucesivamente, todas ellas asentadas en los antiguos límites de la República de Santa Cruz de la Sierra, constituyendo una sola nación y etnia hoy artificialmente disgregada. Los cambas cruceños seamos y estemos en cualquiera de sus capas gentilísimas, seremos los únicos responsables de la futura suerte, como de la desaparición de nuestra etnia que se encuentra asentada y habitando al Oriente de la cordillera de los Andes en Bolivi, por lo que el presente trabajo contiene una propuesta de demanda ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, para defender y preservar nuestra existencia como Minoría Nacional. Se apoya en el Testimonio del año 2008 enviado al Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, en base a los pueblos que formamos la sociedad Camba Cruceña que hoy nos encontramos agredidos por la metrópoli, con una confabulación entre el gobierno, la justicia y el ejército 491


colonial alto peruano boliviano con la vulneración de nuestra soberanía y los derechos humanos, civiles y políticos. Las agresiones a los componentes de la nación de los pueblos cambas cruceños están desconociendo la libre determinación, manejándose con una sañuda persecución por las fuerzas represoras del poder de la metrópoli, contrariando el Art. 4 – 1 de la Resolución 47/135 de diciembre de 1992 a pesar de ser derechos que están consagrados en el Art. 1 de la Carta de las Naciones Unidas y el Art. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966, con vigencia el 23 de marzo de 1976 y de conformidad al Art. 49 del mismo pacto, como también en la Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970. La agresión que se denuncia está ejecutada por elementos irregulares armados de la nación del Alto Perú andina boliviana, manejándose la xenofobia genocida dirigida contra la población civil de una nación diferente y cierta por fundamentos históricos y culturales, constituyendo el peligro del más grande holocausto que se estaría gestando en Sudamérica y en pleno siglo XXI, como monstruosa situación de irracionalidad y arbitrariedad internacional que es contraria a la Resolución 260 A (III) del 9 de diciembre de 1948, en vigencia el 12 de enero de 1951 de conformidad al Art. XIII y de la cual la colonizadora República Estado Plurinacional Comunitario de Bolivia es signataria.

PACTO DE CONVIVENCIA Las deducciones equivocadas de la metrópoli del Alto Perú contra la sociedad Camba Cruceña son fruto del desconocimiento de la historia y las condiciones particulares de cada pueblo que actualmente están integrando Bolivia, pues el concepto de pacto o convenio está relacionado con una promesa solemne que las personas hacen para vivir y ligarse, mediante los principios de justicia y equidad dentro de la realidad identitaria y la cultura histórica. El caso de la nación de los pueblos cambas cruceños debe englobar con los occidentales collas alto peruanos, un pacto de convivencia que es algo serio y sea respetando nuestros derechos humanos. Sin embargo como la palabra lo dice puede romperse cuando los que lo han promovido fallan y la idea del pacto es que ambas partes se comprometen solemnemente, a realizar el mejor esfuerzo para cumplir lo que le corresponde cuando dos naciones diferentes deciden unirse en una República o Estado. Caso que no es el nuestro, pues no existe un pacto de mutuo respeto que pretenda alcanzar el máximo potencial para el bienestar de todos sus componentes, y ello se logra solamente en el contexto de una relación de mutualidad, donde se poseen los mismos derechos y los mismos deberes sin unilateralidad ni subordinaciones, manejándose con un clima de respeto mutuo y sin condiciones pues de otra forma no es un pacto, ya que sería una imposición o una acción unilateral injusta como es lo sucedido en la asamblea de Chuquisaca en 1825 y en la de Oruro en 2009.

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GENTILICIO

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SITUACIÓN Y ORIGEN DE LAS PERSONAS Y LAS COSAS, COMO TAMBIÉN LA IDENTIFICACIÓN POR ADOPCIÓN

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INDICE TEMA

PÁGINA

GENTILICIO Introducción………………………………………………………………………………………………………..…499 Collas……………………………………………………………………………………………………………….…514 Cambas……………………………………………………………………………………………………….………417

INFLUENCIA DE LOS NEGROS EN EL ALTO PERÚ Y EN LOS LLANOS CAMBAS CRUCEÑOS La influencia de los esclavos negros africanos en América y en el Collado de los Andes centrales en el Alto Perú………………………………………………………………………………………………………...…519 La ruta de los esclavos negros africanos por el Caribe y el Océano Pacífico hacia el Alto Perú…………521 El transito de los esclavos negros africanos en la ruta hacia Potosí…..………………………………...……522 La ramificación de los esclavos negros africanos en la ruta hacia los Yungas………………………..……523 El recorrido de los esclavos negros africanos desde Buenos Aires hacia Potosí………………………..…524 La influencia de los esclavos negros africanos, en la fundación de la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra……………………………………………………………………………………………………………….…525 La preponderancia de los esclavos negros del Brasil, en la era pre republicana de Santa Cruz de la Sierra.…………………………………………………………………………………………………………..……..528

MESTIZAJE DEL ASUNCEÑOS

TUPÍ GUARANÍ CON LOS

COLONOS

Kamba………………………………………………………………………………………………………...………529 Cunumi………………………………………………………………………………………………………..………533 Pardo……………………………………………………………………………………………………………….…535 Vocablo Camba………………………………………………………………………………………………...……538 Etnia Camba…………………………………………………………………………………………………….……540

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