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EQUIPO EDITORIAL Director
DIRECTORIO
Dr. Ricardo Tapia Vega
Dr. Juan de Dios González Ibarra Rector El Colegio de Morelos
Consejo editorial
Mtro. Felipe Balcázar Carmona Secretario General
Dra. Elsa Cross (FFyL, UNAM) Dr. Cristina Girardo (El Colegio Mexiquense) Mtro. José Carlos Melesio (DEH, INAH) Dr, Prudencio Mochi (CRIM-UNAM) Dr. Pedro Orozco Gómez (UNAM) Dr. Marco Antonio Petriz Mayen (El Colegio de Morelos)
Consejo científico Dr. Avelino Blasco Esteve (Universitat de le Illes Balears) Dr. Ludolfo Paramio Rodrigo (Consejo Superior de Investigación Científica) Dr Nicanor Ursua Lezaun (Universidad del País Vasco) Dr. Juan Manuel Vega Gómez (Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM)
Dr. Marco Antonio Petriz Mayen Coordinador Académico Lic. María del Rosario Marica Torres Coordinadora Administrativa
SECCIONES La revista DIAPHORA publica artículos, notas y reseñas alrededor de las líneas de investigación derivadas de los cuatro centros de la institución y sus programas académicos: Centro de Estudios de la Complejidad, Centro de Estudios de la Cultura, Centro de Estudios Educativos y Centro de Estudios para la Gobernanza. Dichas líneas son: Complejidad socioambiental, Sistemas complejos, Cultura y Sociedad, Hermenéutica del Sujeto, Literatura y Cultura, Grupos Operativos en la Enseñanza, Cooperación Internacional, Estudios de Territorio, Administración Pública. Secciones: General
Diseño editorial
La sección general se compone de artículos de investigación con una propuesta inédita o una manera profunda de abordar alguna problemática derivada de las líneas de investigación de los diferentes Centros. La convocatoria es permanente.
Formación
Todos los artículos son sometidos a dictamen siguiendo la modalidad de doble ciego.
Efraím Blanco
Ixshel Morales
Correción de estilo
Israel Martínez López Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 042017-081413580400-203 e ISSN en eversión electrónica 2594-0104, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. ISSN en versión impresa en trámite.
Debate Publica artículos y notas de divulgación, cuyo propósito es transmitir a un público amplio y no necesariamente especializado ideas, conceptos y descubrimientos sobre temas de actualidad relacionados con las líneas de investigación de la institución. Reseñas Las reseñas no están limitadas a los libros de reciente edición sino a diversas formas de expresión artística, tales como el cine, danza, pintura, etc. Asimismo se aceptan reseñas de autor.
ÍNDICE
Editorial ..........................................................................................5
GENERAL La competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante un sistema de cláusula abierta o general Jorge Alberto Estrada Cuevas .......................................................11 Decrecimiento energético y ecosofía Arturo Gutiérrez Luna.....................................................................23 Globalización: monopolios y prácticas monopólicas Oscar Samario Hernández.............................................................47
DEBATE Migración intrarregional y sus incidencias en las dinámicas laborales centroamericanas, caso Nicaragua-Costa Rica Wendy Budier Pérez.......................................................................93 El modo narrativo de La Señora Dalloway: encubrimiento y paradoja Eliana Albala...................................................................................119
RESEÑA De temas tan triviales como el tiempo y la muerte. México: Lengua de Diablo, 2018, 56 p. ISBN: 978-0-359-24370-9 Alma Karla Sandoval......................................................................143
Editorial
En el presente ejemplar, DIAPHORA retoma su vocación de divulgación académica presentando un conjunto de artículos relacionados, en diversas temáticas, con las Ciencias sociales y las Humanidades. Además, DIAPHORA llega en éstos números 3 y 4, luego de un trabajo de reconstrucción y replaneación, bajo la conducción del nuevo Rector Dr. Juan de Dios González Ibarra, con el destacado logro de haber obtenido la indexación en el sistema denominado Latindex, lo cual es fruto también del trabajo de nuestro equipo editorial, integrado por Efraím Blanco Salazar, Ixshel Morales González, Israel Martínez López y un servidor. En la revista que hoy tiene el lector a su alcance encontraremos una parte literaria que nos presenta un interesante estudio de la connotada filóloga chilena Doctora Eliana Albala, denominado “El modo narrativo de La Señora Dalloway: encubrimiento y paradoja”, en donde se analiza la forma en que está narrada dicha obra de Virginia Wolf, y con ese propósito, Albala dirige su disertación hacia dilucidar ¿quién es el que la narra?, ¿qué perspectiva asume?, ¿cuál es su grado de conocimiento ante el mundo narrado?, ¿con qué lenguaje llega al que lo está escuchando?. Es de destacarse que éste trabajo no sólo presenta herramientas para un mejor entendimiento de esta novela, sino que esas herramientas pueden ser utilizadas por el lector transpoladas a otras obras literarias del primer cuarto del siglo XX, para su mejor comprensión. También en tesitura literaria, Alma Karla Sandoval, quien es magister cum laude en literatura latinoamericana, por la Universidad Javeriana de Colombia, y galardonada, nos reseña la antología poética De temas tan triviales como el tiempo y la muerte, precisamente de la Dra. Eliana Albala. Ésta reseña desde luego invita a la lectura de la antología, destacando que Albala interpela al tiempo y diciéndonos “que la muerte no es trivial, porque el acontecimiento, la serendipia, es estar vivos”. NÚMERO 3-4 |
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En lo atinente a las ciencias sociales, Oscar Samario Hernández, Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, presenta un trabajo llamado Globalización; monopolios y prácticas monopólicas, ubicado dentro del campo del Derecho Económico y desde una perspectiva del derecho comparado en relación al sistema estadounidense. Presenta una reflexión referente al control fáctico que los grandes consorcios presentan al crecer y abarrotar el mercado, haciendo especial referencia al sistema mexicano, y emitiendo crítica respecto a la insuficiencia de las instituciones reguladoras de éste tema monopolico en México y la efectivización real de la prohibición de las prácticas monopólicas, prohibición establecida en tuición de la libre competencia. La Mtra. Wendy Budier Pérez, máster regional en Integración Centroamericana y Desarrollo por la Universidad Centroamericana de Nicaragua (UCA), presenta un artículo que extracta el trabajo de investigación con el que obtuvo el referido posgrado en esa institución hermana titulado Migración intrarregional y sus incidencias en las dinámicas laborales centroamericanas, caso Nicaragua-Costa Rica, muestra con puntualidad ese trasiego social al poner de relieve el contexto de las relaciones laborales y la situación que experimentan los migrantes al regresar a sus países de origen. Se destacable aportación de información que puede ser útil en relaciones análogas entre diferentes países de la región. Continuando con las Ciencias Sociales, y respecto de trabajos generados por egresados de El Colegio de Morelos, tenemos que Jorge Alberto Estrada Cuevas, Doctor en Derecho y Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, presenta un estudio titulado La competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante un sistema de cláusula abierta o general, en el que pone en evidencia, desde la óptica federal, que el estado mexicano presenta zonas materialmente administrativas de inmunidad del poder público que actualmente están exentas de control jurisdiccional y que, en caso de controversia, no pueden ser llevados a juicio. Haciendo un parámetro analógico el derecho español, Estrada Cuevas propone facultar, desde la Constitución, al Tribunal de Justicia Administrativa, para enjuiciar todos los actos de los 8
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poderes públicos sujetos a un régimen de derecho administrativo que afecten la esfera jurídica de los particulares, llamando a esto “sistema de clausula abierta”. Por su parte el Dr. Arturo Gutiérrez Luna, doctorante en Filosofía, también de El Colegio de Morelos, presenta un ensayo titulado Decrecimiento energético y ecosofía, que se proyecta hacia la estructuración de alternativas energéticas con perspectiva de inclusión social y sustentabilidad energética. En este estudio el autor critica la idea tradicional del progreso, y en una visión dialéctica respecto plantea que la ecosofía aboga por la existencia y expresión de la diferencia, respetando la alteridad; así, concibe que la ecosofía se dispone a la escucha del otro y permanece abierta a condición de prestar oídos a la diferencia mediante el diálogo y la prudencia, suponiendo un conato de encuentro, crítica y conciliación. Los artículos antes referidos, materializan la labor de generación de relaciones de intercambio académico y difusión de la cultura de El Colegio de Morelos con diversas instituciones y/o con académicos de otras latitudes y acrisola, en éste número dual, trabajos académicos de excelencia, cumpliendo su labor contributiva al avance y mejor aprovechamiento de las Ciencias Sociales y las Humanidades y su difusión. Cumpliendo con la encomienda del Rector de posicionar a nuestro Colegio como referente nacional de saber y cultura.
Dr. Ricardo Tapia Vega Director de DIAPHORA Cuernavaca, Morelos a 15 de enero de 2019.
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GENERAL
La competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante un sistema de cláusula abierta o general The jurisdiction of the Federal Court of Administrative Justice through an open or general clause system Jorge Alberto Estrada Cuevas 1
Resumen En este breve ensayo proponemos establecer, en norma constitucional, la competencia material del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante un sistema de clausula abierta o general, que permita enjuiciar todos los actos de los poderes públicos sujetos a un régimen de derecho administrativo que afecten la esfera jurídica de los particulares, eliminando, por completo o mayormente, las causales de improcedencia establecidas en la ley, que en nuestra modo de ver se convierten en verdaderos obstáculos de acceso a la justicia. Palabras clave: Tribunal Federal de Justicia Administrativa, competencia, acceso a la justicia, improcedencias. Abstract In this brief essay we propose to establish, in a constitutional provision, the material competence of the Federal Court of Administrative Justice, through an open or general clause system, which allows prosecuting all acts of public authorities subject to an administrative law regime that affect the legal sphere of individuals, eliminating completely or mainly the causes of inadmissibility established in the law, which in our view, become real obstacles to access to justice. 1 Doctor en Derecho con mención honorifica por El Colegio de Morelos, Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, México. Especialista en Contratación Pública y en Responsabilidad Civil por la Universidad de Castilla-La Mancha, Toledo, España. NÚMERO 3-4 |
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Key words: Federal Court of Administrative Justice, jurisdiction, access to justice, inadmissibility.
En México, la jurisdicción contencioso-administrativa básicamente se sustenta en las características del sistema francés del exceso de poder (excés de pouvoir), en donde se privilegió el acto administrativo como objeto del proceso y no a los sujetos de derecho. Es un sistema objetivizado, de arraigada tradición, del cual no ha sido fácil marcar distancia a lo largo de los años. En las reformas constitucionales más recientes en esta materia2, el Constituyente Permanente amplió la competencia material del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en cuanto al régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, pero insistió en acotar la jurisdicción a los actos de la Administración Pública Federal, en su aspecto orgánico y subjetivo. La fracción XXIX-H del artículo 73 constitucional, dispone que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa será el órgano jurisdiccional autónomo, encargado de dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares. Es significativo mencionar que dicho precepto constitucional habla de controversias, que implican una contienda entre dos sujetos, que lo ubican como un proceso, posiblemente subjetivizado; sin embargo, esas controversias se constriñen en gran medida a las derivadas entre la Administración Pública —formal y material— y los particulares. Así, se puede entender fácilmente cuando nos remitimos la legislación ordinaria que rige el proceso. Nos referimos a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, de 1 de diciembre de 2005, la cual establece, en su artículo 2º, que el juicio contencioso administrativo procede contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos (nótese que no habla de juicio de nulidad); es decir, dicho precepto establece el acto administrativo como objeto del proceso; es así que, entre los requisitos de la demanda, se encuentra la exigencia del artículo 14 de señalamiento 2 Publicada en el Diario Oficial de la Federación de 27 de mayo de 2015
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del acto reclamado (fracción II) y la expresión de los conceptos de impugnación (facción VI) que hagan posible su revisión y su constatación con el derecho o su disidencia. Dichos requisitos condicionan la procedibilidad del juicio, porque la actividad jurisdiccional se centra en la revisión del acto administrativo y su regularidad con la ley que le rige. Si bien es cierto que el artículo 50 de la ley citada establece que “las sentencias del Tribunal se fundarán en derecho y resolverán sobre la pretensión del actor que deduzca en su demanda”, también lo es que las pretensiones están condicionadas, en gran medida, por el resultado del fallo, en el sentido de declarar la ilegalidad, invalidez o nulidad; así se puede advertir de reciente tesis aislada (IV.1º.A.80 A, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, mayo 2018, Décima Época, Libro 54, p. 2847), en la cual se considera que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa está dotado de plena autonomía para dictar sus fallos con facultades para dirimir las controversias entre la Administración Pública Federal y los particulares y que en términos de su ley reglamentaria cuando en sus sentencias constate el derecho subjetivo que el particular estime violado y la ilegalidad de la resolución impugnada, tiene la obligación de condenar a la autoridad demandada a la restitución de aquél; es decir, la restitución del derecho subjetivo desconocido o afectado, queda condicionado a la declaración previa de la ilegalidad de la resolución impugnada El mismo artículo menciona que las pretensiones del actor deben ser deducidas “en relación con una resolución impugnada”. Además, menciona que cuando el actor haga valer diversas causales de ilegalidad —lo que confirma al acto administrativo como objeto del proceso—, la Sala respectiva del tribunal deberá “examinar primero aquellos que puedan llevar a declarar la nulidad lisa y llana.” Es cierto también que tratándose de baja, cese o remoción de los elementos de los cuerpos de seguridad pública, se abre un verdadero controvertido de plena jurisdicción; sin embargo, el señalamiento del acto reclamado y los conceptos de impugnación, siguen siendo presupuestos de la demanda. NÚMERO 3-4 |
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La idea central de este breve ensayo consiste en dar un giro o cambio de paradigma en el objeto del proceso. Nos proponemos un cambio que exceda la mera protección a la legalidad objetiva, para dar lugar a un proceso de tutela efectiva de derechos. Si la idea o cambio de paradigma consiste en la subjetivización de la jurisdicción contencioso-administrativa, desplazando el acto administrativo como objeto del proceso y ubicando en su lugar, las pretensiones deducidas por el justiciable frente a la Administración Pública, inteligiendo a ésta desde el punto de vista objetivo, material o sustancial, entonces es necesario expandir la competencia material constitucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante una cláusula abierta o general que permita la tutela efectiva de los derechos subjetivos. De esta guisa, en cuanto a su objeto, sujeto y contenido, la tutela jurisdiccional abarcaría toda la función administrativa sujeta al derecho administrativo. Así podría afirmarse que la función administrativa sería el hilo conductor para definir la materia; ahí donde la cuestión de legitimidad habilite la apertura del proceso, habrá jurisdicción contencioso-administrativa. Será en consecuencia esta última noción la que ha de proporcionar la idea matriz al respecto, restándole toda significación no sólo a la pertenencia del órgano emisor de la voluntad estatal al ejecutivo, habida cuenta que también el resto de los poderes estatales (órganos) pueden ejercer función administrativa, sino también al carácter estatal del generador de la materia. (De Santis, 1995, p. 31)
Desplazado el acto administrativo, la materia del juicio se constituiría, por un lado, por los derechos del particular, y por el otro — contrapuestas—, las potestades administrativas expresadas en la voluntad de la administración. No nos es ajeno que la Administración Pública se exterioriza y relaciona con los particulares, primordialmente, por el acto administrativo, como contenido de la voluntad del órgano estatal; sin embargo, tampoco ignoramos otras manifestaciones de la voluntad 16
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del Estado, como las vías de hecho o los actos tácitos; por ejemplo, que no tienen como presupuesto un acto legitimador que autorice a la administración a actuar del modo en que lo hace. Tampoco nos es ajeno que la inactividad administrativa no constituye en sí un acto administrativo y que, a nuestro modo de ver, las resoluciones presuntas no resuelven, de manera eficiente, la pasividad de la Administración. Desde luego que, prevaleciendo el acto administrativo como contenido de la expresión administrativa, no puede dejar de ser un aspecto importante en el proceso, pero no puede ser el punto central. Tampoco desconocemos los casos de habilitación del proceso, en la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante el interés legítimo que se distingue del interés jurídico. Cierto que se piensa que un controvertido pleno tendrá que resolver sobre la base de derechos incorporados a la esfera jurídica de los particulares, derechos susceptibles de tutela; pero también es real —a nuestro parecer—, que la pretensión es la que subjetiviza el proceso, abriendo la posibilidad de encausar cualquier actuación de la Administración Pública y obtener una sentencia estimatoria o desestimatoria; es decir, rompiendo barreras procesales que entorpecen el acceso a la tutela jurisdiccional efectiva. Un sistema de pretensiones aspira a constituir una función judicial resolutoria de conflictos y no revisora de actos. Conflictos intersubjetivos que no encuentran un límite material en el acto o procedimiento administrativo previo. Por el contrario, el perfeccionamiento del sistema busca avanzar en el reconocimiento de derechos subjetivos «reaccionales» en el ámbito del derecho público. (Nettel, 2016, p.127)
Al establecerse la competencia material constitucional del Tribunal en una cláusula abierta o general, es innecesario especificar, en su texto, tal como lo establece ahora el tercer párrafo de la fracción XXIX-H del artículo 73 constitucional, que será el
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órgano competente para imponer las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales.
Es innecesario para nosotros, porque el diverso artículo 113 dispone que el tribunal forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción y las fracciones III y IV del 109, establecen que a este órgano jurisdiccional le corresponde aplicar las sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, así como las clases de sanciones administrativas, por incurrir en dichas conductas y los procedimientos a que estarán sujetos; también establecen que al tribunal le corresponde imponer sanciones a los particulares que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves3. Por otra parte, consideramos en esta nueva concepción que a la Ley Orgánica del Tribunal le corresponderá definir los parámetros o criterios para determinar con claridad, el contenido y alcance de la expresión «actuación o manifestación administrativos de los entes públicos federales», de tal manera que la competencia del tribunal quede debidamente diferenciada de otras como la civil, mercantil o laboral. En consecuencia, en la legislación adjetiva se deberán eliminar todos los supuestos de improcedencia del juicio contencioso administrativo. Esto es, si la competencia material constitucional es abierta o general, la legislación secundaria no podrá limitarla o restringirla, porque se atentaría contra el principio constitucional de tutela judicial efectiva: específicamente el acceso a la jurisdicción. 3 Cfr. Texto del artículo 113 de la Constitución Federal
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Con la cláusula abierta o general, lo que pretendemos es que en la ley se establezca un proceso pleno resolutorio de conflictos, omnicomprensivo de la función administrativa, razón que nos permitiría eliminar aquellas inmunidades del poder público, que actualmente están exentas de control. Al ser omnicomprensiva de la función administrativa la cláusula abierta o general, las causales de improcedencia tendrían que estar plenamente justificadas, porque sólo así se podría impedir el acceso a la justicia o dejar exento de control, ciertas actividades de los órganos del poder público. Ciertamente, la competencia material del tribunal se expande, no sólo en el ámbito de las responsabilidades administrativas de los servidores públicas, sino a toda actuación de contenido materialmente administrativo de cualquier ente púbico regida por el derecho administrativo, sin importar si dicho ente pertenece o no a la estructura orgánica de la Administración Pública Federal o sin importar si la controversia se suscita entre entes públicos. En cuanto a su contenido, las resoluciones definitivas, actos administrativos o procedimientos —objeto de la jurisdicción contencioso-administrativa—, pueden ser nulificados por incompetencia del funcionario que los haya dictado, ordenado o tramitado; por omisión de los requisitos formales exigidos por las leyes; por vicios del procedimiento, siempre que afecten las defensas del particular y trasciendan al resultado final; por apreciar incorrectamente los hechos, porque no se realizaron o se apreciaron en forma equivocada; y por el ejercicio de facultades discrecionales que no correspondan a los fines para los cuales la ley confiere dichas facultades. Es decir, el contenido de la jurisdicción contencioso-administrativa en el diseño legislativo actual consiste en la revisión de la legalidad de las resoluciones definitivas, actos y procedimientos de carácter administrativo y de los decretos o acuerdos de carácter general distintos a los reglamentos, de modo que la pretensión se hace consistir en la nulidad, con la asociación —en la mayoría de los casos—, de pretensiones de condena o constitutivas de derechos.
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En este breve ensayo proponemos que no sea la nulidad del acto impugnado la base de la pretensión, sino la pretensión con lo cual —consideramos— se alcanzaría una tutela de mayor envergadura en favor de los particulares y frente a los actos arbitrarios de las autoridades, cuando su actuación administrativa se encuentre sujeta a un régimen de derecho administrativo. Ahora bien, las improcedencias están vinculadas a la acción procesal y al resultado buscado o querido con su ejercicio, con el cual se busca el pronunciamiento de una sentencia de fondo que resuelva la controversia efectivamente planteada.4 Las improcedencias son obstáculos a la realización material de la acción que impiden, al juzgador, el pronunciamiento de una decisión de fondo por cuestiones de hecho o de derecho. Acorde con la doctrina, la improcedencia de la acción se traduce en la imposibilidad de que ésta, en su concepción genérica, logre su objeto, es decir, la dicción del derecho sobre la cuestión de fondo o sustancial que su ejercicio plantea; tal improcedencia se manifiesta en que la acción no consiga su objeto propio, o sea, en que no se obtenga la pretensión del que la ejercita y principalmente por existir un impedimento para que el órgano jurisdiccional competente analice y resuelva sobre la cuestión debatida. En resumen, la improcedencia de la acción se traduce en la imposibilidad jurídica de que el órgano jurisdiccional estudie y decida dicha cuestión, absteniéndose obligatoriamente a resolver sobre el fondo de la controversia. (Tesis aislada. Amparo directo 734/91, Semanario Judicial de la Federación, noviembre de 1991. Tomo VIII, Octava Época, pág. 185)
Apuntado lo anterior, nos referiremos a las causales e improcedencia previstas en forma taxativa en el artículo 8 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (2005), agrupadas por el objeto, por el sujeto o por su contenido.
4 Cfr. García de Enterría, Eduardo. Capítulo X, “La Significación de la Nueva Configuración de la Justicia Administrativa ¿Un Cambio de Paradigma Básico?” en Las Transformaciónes de la Justicia Administrativa: de Excepción Singular a la plenitud Judicial. ¿Un Cambio de Paradigma?, p. 125
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Atendiendo al objeto: V. Que sean materia de un recurso o juicio que se encuentre pendiente de resolución ante una autoridad administrativa o ante el propio tribunal. VI. Que puedan impugnarse por medio de algún recurso o medio de defensa, con excepción de aquéllos cuya interposición sea optativa. VII. Conexos a otro que haya sido impugnado por medio de algún recurso o medio de defensa diferente, cuando la ley disponga que debe agotarse la misma vía. Para los efectos de esta fracción, se entiende que hay conexidad siempre que concurran las causas de acumulación previstas en el artículo 31 de esta Ley. IX. Contra reglamentos. XI. Cuando de las constancias de autos apareciere claramente que no existe la resolución o acto impugnados.
Atendiendo al sujeto: I. Que no afecten los intereses jurídicos del demandante, salvo en los casos de legitimación expresamente reconocida por las leyes que rigen al acto impugnado. II. Que no le competa conocer a dicho tribunal. III. Que hayan sido materia de sentencia pronunciada por el tribunal, siempre que hubiera identidad de partes y se trate del mismo acto impugnado, aunque las violaciones alegadas sean diversas VIII. Que hayan sido impugnados en un procedimiento judicial
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Atendiendo al contenido: IV. Cuando hubiere consentimiento, entendiéndose que hay consentimiento si no se promovió algún medio de defensa en los términos de las leyes respectivas o juicio ante el tribunal, en los plazos que señala esta Ley. Se entiende que no hubo consentimiento cuando unaresolución administrativa o parte de ella no impugnada, cuando derive o sea consecuencia de aquella otra que haya sido expresamente impugnada. X. Cuando no se hagan valer conceptos de impugnación XII. Que puedan impugnarse en los términos del artículo 97 de la Ley de Comercio Exterior, cuando no haya transcurrido el plazo para el ejercicio de la opción o cuando la opción ya haya sido ejercida. XIII. Dictados por la autoridad administrativa para dar cumplimiento a la decisión que emane de los mecanismos alternativos de solución de controversias a que se refiere el artículo 97 de la Ley de Comercio Exterior. XIV. Que hayan sido dictados por la autoridad administrativa en un procedimiento de resolución de controversias previsto en un tratado para evitar la doble tributación, si dicho procedimiento se inició con posterioridad a la resolución que recaiga a un recurso de revocación o después de la conclusión de un juicio ante el Tribunal. XVI. En los demás casos en que la improcedencia resulte de alguna disposición de esta Ley o de una ley fiscal o administrativa
Una competencia material fijada en una cláusula abierta o general que la contenida actualmente en la fracción XXIX-H del artículo 73 de la Constitución federal, reduciría mucho las causales de improcedencia, haciendo posible la jurisdicción contencioso-administrativa para tutelar toda actuación de carácter administrativo de los entes públicos, eliminando al máximo posible las inmunidades del poder. 22
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En el derecho comparado encontramos que el artículo 1º de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa española (Ley 29/1998 de 13 de julio), establece que los juzgados y tribunales de la jurisdicción contencioso administrativa “conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo…”; es decir, en ese país, el juicio no es al acto administrativo, como predomina en México, sino a la actuación de las administraciones frente a las cuales se deducen pretensiones. El artículo 1º de la ley española, en cita, a nuestro modo de entender, encierra una cláusula competencial general o abierta, mediante la cual se permite enjuiciar toda actuación de las administraciones públicas, expresión que engloba a todos los entes públicos, cuya actividad esté regulada por el derecho administrativo. Es importante mencionar que los españoles entienden por administración pública no sólo a la estructura formal y material del Ejecutivo, sino a toda actividad desarrollada por los entes públicos sujetos a un régimen de derecho público. De este modo, todos los órganos del poder público que entablen relaciones jurídicas o de hecho con los particulares, están sujetos al control jurisdiccional. La legislación española desplaza el acto administrativo por la actuación administrativa y subjetiviza el proceso al concentrar la actividad jurisdiccional en las pretensiones deducidas, por el particular frente a los poderes públicos. Como colofón a lo hasta aquí anotado, podemos decir que nuestra jurisdicción contencioso administrativa aún sigue determinada por el acto administrativo, en tanto que es presupuesto de la demanda. No obstante, la jurisprudencia ha venido decantándose a favor de la subjetivización del proceso. Por otra parte, el legislador ordinario ha venido expandiendo la competencia material (en numerus clausus) del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dándole facultades para conocer de actos y actuaciones de órganos públicos, sujetos a régimen de derecho administrativo (como el disciplinario), fuera de la órbita del Poder Ejecutivo. La cláusula abierta como principio competencial, a nuestro modo de ver, se constituiría en NÚMERO 3-4 |
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omnicomprensiva de toda la actuación de los órganos públicos sujetos a un régimen de derecho público, incluso de aquellos que por ahora no encuentran cobertura jurisdiccional, como es el caso de los actos calificados de políticos, los cuales se distinguen, en nuestra opinión, por el amplio margen de discrecionalidad y arbitrariedad.
Referencias Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5 de Febrero de 1917, México, disponible en <http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf> De Santis, Gustavo Juan (1995), El Contencioso Administrativo y la Tutela Judicial Efectiva. Editorial LEP, Argentina. Diario Oficial de la Federación. 27 de mayo de 2015, México, disponible en <http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4534793&fecha=09/12/2019> Diario Oficial de la Nación disponible en <www.congreso.gob.mx> y <www.dof.gob.mx> García de Enterría, Eduardo (2007), Las Transformaciónes de la Justicia Administrativa: de Excepción Singular a la plenitud Judicial. ¿Un Cambio de Paradigma? Ed. Thomson Civitas, España, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación, México, 1º de diciembre de 2005 Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. España, Ley 29/1998 de 13 de julio de 1998. Nettel Barrera, Alina del Carmen, et al. (coordinadores) (2016), Derecho Administrativo, un ámbito de respeto, promoción, protección y garantía de los Derechos Humanos, Editorial Tirant lo Blanch, México. Tesis Aislada IV.1º.A.80 A de rubro TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, mayo de 2018, Décima Época, Libro 54, Tomo III, p. 2847 Tesis aislada (administrativa), Amparo directo 734/91 de rubro CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO, ANTE EL TRIBUNAL FISCAL. CONCEPTO JURÍDICO. Semanario Judicial de la Federación, noviembre de 1991, Octava Época, Tomo VIII, p. 185. 24
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Decrecimiento energético y ecosofía Energetic decrease and ecosophy
Arturo Gutiérrez Luna1
Resumen En estas páginas se ofrece una discusión acerca del decrecimiento energético en su convergencia con la perspectiva ecosófica, cuya traza sugiere una metodología que permita estructurar alternativas energéticas con una mayor incidencia en términos de inclusión social. El ensayo propone que el horizonte de análisis de la ecosófica ampara al diseño de políticas públicas incluyentes, en materia de generación de alternativas de sustentabilidad energética. En esta discusión, resulta crucial atender la crisis con la mejor mesura posible. La ecosofía supone un conato de encuentro, crítica y conciliación. Palabras clave: Decrecimiento energético, ecosofía, autocontención, inclusión social, políticas públicas Abstract In these pages a discussion is offered about the energetic decrease in its convergence with the ecosófica perspective, whose trace suggests a methodology that allows to structure energy alternatives with a higher incidence in terms of social inclusion. The text proposes that the ecosystem analysis horizon covers the design of inclusive public policies in terms of generation of energy sustainability alternatives. In this discussion it is crucial to address the crisis with the best possible measure. In this order of ideas, ecosophy supposes a meeting of encounter, a conatus of criticism and conciliation. Key words: Energetic decrease, ecosophy, self-containment, decresse, social inclusion, public politics 1 Doctorante en Filosofía por El Colegio de Morelos. Maestrando en Investigaciones Humanísticas y Educativas en la Universidad Autónoma de Zacatecas. NÚMERO 3-4 |
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Introducción La debacle, provocada por la civilización del progreso, actualmente en crisis, ha provocado el fortalecimiento de la agenda del decrecimiento; especialmente en lo relacionado con las energías sustentables. No obstante, el decrecimiento energético todavía expresa una presencia tímida, respecto de su enconada rival: la energía basada en el petróleo. En el mejor de los casos, el decrecimiento energético se encuentra en fase experimental; mientras en el peor, incipiente. En este contexto, el problema consiste en que no se genere una consistente masa de energía limpia; su existencia debe pasar de la decoración a crear el efecto de atenuar la emisión de carbono a la atmósfera y los mares y, últimamente, en el centro de la Tierra, para finalmente desaparecerla en términos de política pública. El horizonte no podía ser más alarmante. Es indispensable apuntar los esfuerzos para dimensionar en su cabalidad la gravedad del problema. La reforma energética en nuestro país no contemplaba, en su versión inicial, la generación de energías limpias. Las energías sustentables no aparecen en el texto original de esa iniciativa de ley.2 ¿Qué quiere decir? ¿Olvido involuntario? ¿Lapsus inocente? Eso resulta drásticamente grotesco por la gravedad de los hechos. En realidad, tal olvido describe cabalmente la nula prioridad que la política pública ha conferido a la crisis energética y civilizatoria.3 También señala la urgencia de establecer una agenda que sí con2 “Las energías renovables no aparecen y eso es grave. Existe un borrador al respecto elaborado por la Asociación Nacional de Energía Solar y otras asociaciones. Hay borradores muy interesantes, muy positivos para las energías renovables. Y se requiere, pues hasta el día de hoy (24 de agosto del 2014) la Comisión Reguladora de la Energía ha recibido 531 solicitudes para generar energía y la mayoría son energías renovables. Estamos en el boom que yo espero imparable en México para las energías renovables” (Martínez Fernández, 2017, p. 58). 3 Tamayo Pérez (2010) menciona que.necesitamos entender el problema en toda su gravedad, señalar su magnitud y su urgencia, por lo que resulta indispensable distinguir la crisis energética respecto de la crisis civilizatoria. La frase “crisis energética” describe el colapso del sistema que ha privilegiado el uso y abuso de las energías no renovables, por encima de las energías limpias. Por su parte, la expresión “crisis civilizatoria”, llama la atención de la caracterización
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sidere la consulta y discusión correspondiente con grupos colegiados de especialistas en el tema. La civilización capitalista está en crisis, pues se ha ocupado de crear productores y consumidores rapaces, lo cual aviva el problema en lugar de subsanarlo, hasta llevarlo a expresiones graves, además de peligrosas, de tal modo que son requeridas medidas necesarias. La propuesta de un desarrollo sustentable entendido como el desarrollo que promueve la equidad entre los aspectos ambientales, económicos y sociales, tanto en las generaciones actuales como en las futuras, implica una comprensión de esta problemática desde la perspectiva de los sistemas complejos Los sistemas complejos son aquellos que presentan comportamientos que no pueden determinarse sólo por los elementos que los componen y en los cuales las interacciones entre los elementos son más importantes que los elementos mismos (Del Río, 2013, p. 11).
Aunque la solución es multifactorial, el diseño de las políticas públicas debe asumir una actuación más contundente, la cual propicie la exploración de todas sus posibilidades expresivas hasta dar con la formulación que ofrezca una mayor inclusión social, además de garantizar la efectiva atención de la problemática social, para la cual fuera propuesta. El sistema-tierra debe ser restaurado en sus ecosistemas vitales más elementales.4 De tal manera, resulta exigible la conciliación de esa demanda, con el análisis de su impacto en términos de inclusión social.
de la civilización, cuyo fracaso estructural da muestras de funcionar dentro del horizonte de la economía capitalista, consumista y ecocida 4 “El petróleo viene utilizándose en la era moderna de forma significativa aproximadamente desde 1850, aunque no fue hasta la llegada del motor de combustión interna en las últimas décadas del siglo XIX cuando comenzó a despegar su consumo. La intensa explotación a la que ha sido sometido este recurso ha reducido su ratio reservas/producción hasta alrededor de 45 años. Lo que le convierte en el combustible fósil escaso. Concentrándose más de la mitad de las reservas probadas en Oriente Medio y cerca de un 20% adicional en la antigua Unión Soviética” (British Pretoleum, 2011, p. 30). NÚMERO 3-4 |
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En los albores del siglo XXI estamos viviendo un momento de reflexión, comprendemos los procesos naturales que sustentan la vida en la Tierra y en consecuencia podemos conocer las causas que han provocado el desajuste de esos procesos, que implican a su vez cambios sustanciales en el futuro de la vida en el planeta. Sabemos que, como especie, tenemos la capacidad de modificar el entorno para hacerlo más cómodo; sin embargo, nuestras acciones generan desequilibrios naturales, sociales y económicos extraordinariamente rápidos que impedirán que el actual modo de vida de la humanidad prevalezca por muchas generaciones. Además, no hay todavía un reparto equitativo de los recursos naturales; el más claro es que las generaciones de la segunda mitad del siglo XX y principios del XXI están marcadas por el uso discriminado del petróleo, recurso no renovable, y que las generaciones del siglo XXII ya no podrán hacer uso de él. En un primer análisis parece ser que los intereses económicos, sociales y ambientales están encontrados y que no podemos concertarlos. Mientras en el ambiente nos indica que el uso de los combustibles fósiles, petróleo y gas, contaminan y provocan el cambio climático, la economía demanda más energía para seguir produciendo y la sociedad demanda más empleo e información, por lo tanto energía (Del Río, 2013, pp 10-11).
Se puede sospechar que resulta imparable una dependencia del petróleo, de un tajo definitivo. Adicionalmente, es palpable que avanza el impulso de la innovación en el uso de energías sustentables. Así, en las páginas subsecuentes, se defiende la tesis de que el futuro humano –terrestre será mediante el decrecimiento o no será, tan determinante es su práctica. De tal suerte que el decrecimiento aparece como la forma práctica del actuar responsable y prudente, respecto de aquellas alternativas, al pensar pretendido del progreso ilusorio y la supuesta abundancia ilimitada. El decrecimiento permite la formulación de una agenda panorámica y radical frente a la problemática del ca28
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lentamiento global. De esta manera, el decrecimiento cobra sentido en la medida en que posibilita actuar con mesura, prudencia y, asimismo, determinación. En esta panorámica, el decrecimiento energético constituye una importante estructuración de la estrategia que limite las emisiones de carbono a la atmósfera, lo mismo que la expulsión de los desechos tóxicos en los afluentes periféricos a cualquier industria humana. En muchos países, entre ellos el nuestro, está es la situación actual y uno de los motivos que impiden un cambio de rumbo en la política energética. Una consecuencia lógica de ello ha sido, como ya se mencionó, el crecimiento exponencial de la explotación de combustibles fósiles principalmente. Tal fenómeno no ha hecho a las ciudades cada vez más dependientes de fuentes de energía alejadas del lugar de consumo, generando en consecuencia un aumento en la extensión de territorio necesario para la transformación, transporte y almacenamiento de la energía y de sus residuos (cenizas, materiales y combustibles radiactivos). Se saturó la capacidad de regeneración de los ecosistemas naturales, lo que contribuyó a aumentar el impacto negativo de los seres humanos sobre la Tierra; es por eso que se requieren nuevas decisiones que cambien el rumbo del uso energético actual (Del Río, 2013, p. 43).
De ahí que el tema del decrecimiento energético desempeña un papel protagónico en la medida en que provee una salida, en el mediano y largo plazo, con el fin de restringir las emisiones de carbono por parte de las fuentes no renovables de energía, como la dependiente del petróleo y sus derivados.5
5 Ya en 1972 Sicco Mansholt, padre de la PAC (Política Agraria Común) europea, vicepresidente entre 1958 y 1972 de la Comisión Europea y presidente en ese último año de ese mismo organismo, preconizaba que el crecimiento económico no era el único camino a seguir por la economía. “Hay que reducir nuestro crecimiento económico y sustituirlo por la noción de otra cultura de la felicidad y del bienestar (…) el crecimiento es solo un objetivo político inmediato que sirve a los intereses de las minorías dominantes”, apuntaba” (Egio Rubio, 2015). NÚMERO 3-4 |
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En dicho panorama, queda claro que al cambiar la prioridad hacia el decrecimiento energético, y enfocarse en la investigación de sus fuentes de energética renovables, se disminuyen radicalmente esas emisiones de carbono, además de incidir en el encaminamiento en torno a diversas energías limpias. Discusión Pensar en el decrecimiento energético, a partir de la teoría del progreso y el crecimiento pretendidamente ilimitado, tiene sus días contados (Leff, 1998). Por ello, es mejor hablar de decrecimiento energético. Estudios sobre el tema han insistido que esos días contados se avistan en agonía. Por su parte, Serge Latouche lo plantea en los siguientes términos: Conocimos una crisis cultural y ética después de mayo de 1968, una crisis ecológica desde 1972 cuando el primer informe del Club de Roma, una crisis social desde la contra revolución neoliberal de los años 80-90, una crisis financiera desde agosto de 2007 con los subprimes, finalmente una crisis económica desde el 15 de septiembre del 2008 y la caída del banco Lehman Brothers. Finalmente, todas esas crisis se reúnen y se acumulan para constituir una crisis civilizatoria. Según Richard Duncan y su Teoría de Olduvai, “la humanidad se dirige rápidamente hacia el derrumbe económico y social, energético, alimentario, sanitario y ecológico en el curso de este siglo” (Latouche, 2017, p. 34)
La literatura especializada sostiene que la consistencia en las políticas públicas, relacionadas con la sustentabilidad energética, no es suficiente; existen otros factores que inciden e interfieren en la consumación de tales políticas públicas (Mulás del Pozo, 2012). Saberlo no basta. Es necesario denunciar su fracaso, además de cantar las virtudes de toda tentativa que procure su superación. En nuestros días el deterioro al planeta tierra producto de la actividad humana ha sido masivo. La humanidad crece sin medida agotando los recursos de la tierra y afectando a todos los ecosistemas de la misma. Calentamiento global antropogénico, contaminación generalizada y amenaza de ocurrencia de la Sexta extinción 30
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masiva de las especies son las consecuencias directas de la presencia del depredador ser humano moderno. Según indica el informe 2010 de la Agencia Internacional de Energía (AIE), más del 80% de la energía que se consume en la tierra proviene de la quema de combustibles fósiles. (AIE, 2010), lo cual genera el incremento continuo de la cantidad de gases de efecto invernadero (GIE) y, por ende, del Calentamiento global (Tamayo Pérez, 2017, p. 169).
Aquí se encuentra un grave problema, irresuelto hasta el momento. La destrucción de ecosistemas aparece como el resultado inmediato y mediato de la actividad irresponsable del ser humano. El uso del petróleo supone una dependencia de las energías no sustentables. Adicionalmente, implica que la grave contaminación no está siendo combatida, tal como debe hacerse, mediante una agenda ambiciosa para su reducción y ulterior eliminación. Es en ese contexto que resulta indispensable el diseño de políticas públicas inclusivas, las cuales apuestan por escuchar la voz de los ciudadanos, además de proponer valorarla en la tradición; entretanto se ve enfrentada a los proyectos de innovación, en materia de energías renovables. De ello deriva necesariamente que entre tradición e innovación ha de trazarse un puente de respeto y urgencia con respecto a aquellas medidas emergentes que deben emprenderse, en cuanto a energías renovables. Tal como veremos más adelante, es algo que podemos aprender de la enseñanza de casos como el del Pueblo Kogui, según el cual atender la percepción de la comunidad, en relación con la innovación propuesta, provocó una aceptación alta.
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La pauta desde la ecosofía
Requerimos (en el Gobierno) gente muy audaz y decidida a hacer las cosas correctamente y, sobre todo, muy bien asesorados porque desafortunadamente son tantísimas las cosas que hay que tomar en cuenta cuando se toman decisiones, así que uno tiene que tener un grupo de gente muy capacitada que cubra todos los posibles aspectos, los cuales a un solo experto se le pueden escapar Sarmiento, 2017. p 50.
Pensar la sustentabilidad energética desde la perspectiva ecosófica implica disponerse en el adentro del afuera de la catástrofe ecológica; es decir, que la salida comienza a fraguarse en las entrañas del problema, de tal suerte que se encuentra en la raigambre de los espectadores convertidos en agentes, para incidir en la reconstrucción de las alternativas radicales al problema. Mediante la ecosofía se puede enfrentar el problema del progreso ilusorio que está llevando a la humanidad a límites peligrosos jamás imaginados. Supone ubicarse dentro, en la entraña del problema, para comenzar a moverse hacia más adentro, justo donde sea necesario, pero incidiendo en las políticas públicas, para que sean inclusivas. El concepto “ecosofía” circula en los medios, a partir del influyente libro de Félix Guattari; ¿Qué es la ecosofía?; esta discuisión la llevó a su largo de su vida, mencionando sobre este tema: Llamo ecosofía al enlace de la ecología ambiental, de la ecología científica, de la ecología económica, de la ecología urbana y de las ecologías social y mental. No para englobar todos esos abordajes ecológicos heterogéneos en una misma ideología totalizante o totalitaria, sino para señalar por el contrario la perspectiva de una elección ético-política de la diversidad, del disenso 32
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creador, de la responsabilidad respecto de la diferencia y de la alteridad. Cada segmento de vida, en tanto permanece inserto en filus transindividuales que lo sobrepasan, es fundamentalmente aprehendido en su unicidad. (Guattari, 2015, p. 35)
Adviértase que la ecosofía aboga por la existencia y expresión de la diferencia, el disenso creador, la responsabilidad respecto de semejantes alteridades. La ecosofía aporta así este horizonte de análisis que considera y respeta la alteridad y su expresión más cabal. La ecosofía se dispone a la escucha del otro. Es ante todo, un ejercicio de alteridad. Permanece abierto en el horizonte de sentido conquistable a condición de prestar oídos a la diferencia mediante el diálogo. Como puede observarse, en Guattari prevalece la intención del encuentro de los diferentes, en un contexto de diálogo y de debate. Hay que salir de ese carácter de abusiva generalidad que caracteriza a la esfera mediática, la cual persigue los signos de valores del progreso que finalmente no remiten a nada y no empalman el deseo en el campo social. Habría allí todo un descentramiento que abre una práctica que yo llamo ecosofía, una disciplina que tendría que ver con la política, la ecología, el arte, la ciencia, y que a pesar de todo sería una práctica específica, una suerte de sabiduría no contemplativa. (Guattari, 2015, p. 197)
En primer lugar, la ecosofía se constituye en una alternativa a la teorización, es reflexión para la vida. Se despliega a partir de la necesidad de dar respuestas específicas que deriven en la acción. Es pensar práctico para la acción política. En segundo, advertimos que la ecosofía funge como una plataforma de confluencia de diversas disciplinas. Se conforma en medio del diálogo y el debate. Es desde el encuentro y el diálogo que procrea atmósferas idóneas de coincidencias productivas. Por último, la ecosofía propicia un horizonte de análisis que establece desde la misma mirada de la alteridad.
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La noción ecosofía supone, entonces, una entrada en la palestra desde una mirada dispuesta a la escucha. ¿Qué propone el otro? Constituye una mirada abierta a la consideración de perspectivas emergentes lo mismo que resilientes con el sistema-tierra. Así, hacia donde quiera que uno mire encuentra esa misma paradoja lancinante: por un lado, el desarrollo continuo de nuevos medios técnico-científicos, susceptibles potencialmente de resolver las problemáticas ecológicas dominantes y el reequilibrio de las actividades socialmente útiles sobre la superficie del planeta y, por otro, la incapacidad de las fuerzas sociales organizadas y de las formaciones subjetivas constituidas de ampararse de esos medios para hacerlos operativos. (Guattari, 2015)
En la panorámica, el horizonte de análisis ampliado, a partir de la alteridad, es precisamente lo que aporta la ecología a esta discusión. Ello tiene importantes implicaciones en la formulación de alternativas de sustentabilidad energética, pues debe atenderse mediante la participación colaborativa de los interesados e implicados en el problema. Además, supone la consideración del sujeto como ente activo, al participar y colaborar en la resolución de problemas. No es en ningún modo un quiasma, el cual tacha sobre el tema, sino un rizoma cuya comparecencia procrea confluencias, derivas e interacciones enriquecedoras. Constituye en todo caso una política inclusiva, según la cual todos convergemos para el bien común. Hay consecuencias relevantes al asumir que la perspectiva ecosófica aparece con un carácter rizomático (en el sentido de permutable), en la medida en que está siempre por suceder, es in progres. Se muestra como opción y posibilidad; siendo oportunidad en la medida en que se admita cuidar del sistema-tierra. En la perspectiva de Guattari, la ecosofía se plantea como una plataforma de análisis e intervención en cuestiones ecológicas, que abarca movimientos sociales, regionales, nacionales e internacionales, así como la gestión de políticas públicas incluyentes que regulen todo tipo de abuso ecocida: 34
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La cuestión concierne también a las responsabilidades locales, regionales. Se trata de concebir prácticas de intervención social, comprendidas las políticas, gubernamentales, que sean coherentes con prácticas sociales en el territorio, con prácticas de disenso, culturales, analíticas individuales y de grupo, y estéticas, y de desarrollar una política y medios, dispositivos, que permitan ese carácter de disenso. (Guattati, 2015 p. 63)
La temática que se propone analizar, mediante el término ecosofía, se circunscribe a una tentativa política y multidisciplinaria; es decir, a la pauta de un amplio horizonte de análisis. La ecosofía constituye un movimiento de la ecología en el que el ser humano se encuentra inmerso en la totalidad, y no en una supuesta jerarquía de los seres vivos. Etimológicamente hablando, proviene de las raíces del griego oikos y sophia. Una posible traducción sería: “sabiduría del hábitat». Según Guattari, el término ecosofía trata del desarrollo de las prácticas específicas para modificar y reinventar las formas de ser. La ecosofía está convocando a la consideración de las cosas desde una plataforma transdisciplinaria que favorezca el diálogo, el debate y la crítica. Admite el reconocimiento de la diferencia y apela a la coexistencia de formas de ser. Pero no debe creerse que este concepto se consigna como respuesta a las formaciones políticas y ejecutivas que se muestran poco eficaces en la comprensión de la problemática en el conjunto de sus intervenciones. La ecosofía es una crítica del lobby, o sindicato, a disposición y modo, para que las corporaciones o autoridades en turno los usen para sus fines. De acuerdo con este orden de ideas, resulta desastroso asumir que la salida se encuentra en la constitución de lobbys o sindicatos que funcionan “a modo” de las corporaciones. Una consecuencia derivada de tal perspectiva, radica en que el diseño de las políticas públicas, en materia energética, va más allá de esos lobbys y sindicatos.
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Aprender a decrecer Resulta indispensable derivar de la ecosofía una agenda política de alto impacto y largo aliento, como lo es el decrecimiento. Un concepto clave en la discusión que propongo lo constituye la noción decrecimiento, cuya resonancia nos llega de las investigaciones de Serge Latouche, el cual implica disposición a la autocontinencia en asuntos privados y públicos. En este sentido, el decrecimiento, para Latouche6 (2017), es una posibilidad de atreverse a pensar un mundo diferente y sobre todo de “salir de la economía”. Ahora bien, según el último reporte, todos los escenarios que no ponen en cuestión los fundamentos de la sociedad de crecimiento conducen al desastre. El primer escenario lo sitúa alrededor del año 2030 causado por la crisis de los recursos no renovables; el segundo, hacia el año 2040, causado por la crisis de la contaminación; el tercero, hacia el año 2070, causado por una crisis alimentaria. Los otros escenarios son variantes de estos tres, con excepción de uno solo, a la vez creíble y sostenible, el de la sobriedad que corresponde a las recomendaciones de la vía del decrecimiento. (pp.32-33)
El decrecimiento posibilita la inclusión, en la media en que se involucra a los distintos agentes para su intervención más consciente y más efectiva en términos de accionar práctico contra el crecimiento y el desbordamiento. Si la crítica más radical a la teoría del progreso y al crecimiento ilimitado empieza en el decrecimiento, es posible establecer un significativo despliegue posterior a su impacto inicial en los discursos de la modernidad. El cambio socioeconómico requiere mejoras de la ecoeficiencia. Pero por mucha eficiencia ecológica que se logre, los resultados no bastarán para frenar o detener la carrera hacia el desastre si, a la vez, no se actúa deteniendo (y 6 Serge Latouche advierte que el modelo económico actual conduce al desastre.
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revertiendo) el crecimiento de la población mundial y deteniendo (y revertiendo también) la carrera actual hacia consumos crecientes. No sirve de nada doblar la eficiencia energética de los motores de los automóviles si doblamos el kilometraje: el consumo de carburante no habrá disminuido. Tenemos que mantener el kilometraje bajo, y preferiblemente más bajo incluso que antes. En suma: hace falta transitar hacia sociedades que reduzcan el consumo de recursos y la huella ecológica conjunta de la humanidad, basadas en valores de frugalidad, austeridad o suficiencia, lo cual implica detener el crecimiento económico para lograr una economía ecológicamente sostenible. Se ha hablado al respecto de crecimiento cero, estado estacionario o decrecimiento. (Sempere, 2010, p. 5)
La agenda del decrecimiento procura “reducir la producción y el consumo porque vivimos por encima de nuestras posibilidades, porque es urgente cortar emisiones que dañan peligrosamente el medio y porque empiezan a faltar materias primas vitales”. (Taibo, 2009, p. 71). Como bien ha señalado Latouche, el término denominado decrecimiento se refiere en todo caso a una actitud crítica del crecimiento ilimitado, pregonado por todos lados con destellos de eternidad. En este sentido, el decrecimiento acaba siendo más bien una réplica a ese crecimiento, más que una teoría. Aunque la palabra decrecimiento se ha empezado a popularizar hace relativamente poco tiempo, la idea no es del todo nueva. Se la puede considerar como una variante radical de la idea de crecimiento cero o de la propuesta de detención del crecimiento, surgidas ambas al calor de las discusiones sobre la crisis ecológica hace más de treinta años. La idea de frenar o detener lo que se venía llamando crecimiento en las sociedades industriales autodenominadas avanzadas estuvo directamente relacionada con la observación en curso de las nefastas consecuencias que el tipo de crecimiento económico
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cuantitativo estaba produciendo en el entorno medioambiental. (Fernández Buey, 2008)
El vocablo “decrecer”, en la expresión “aprender a decrecer”, se convierte en una consigna incluyente. De tal suerte, la política incluyente exhibe la posibilidad del pronunciamiento, la crítica, así como la autogestión (Tamayo Pérez, 2017). Aprender a decrecer supone un accionar comprometido con la sustentabilidad energética, porque: La globalización fue un extraordinario cambio planetario. Fue el delirio absoluto, un intento de masacre a escala mundial y, fundamentalmente, de destrucción del planeta. Para oponerse a ese juego perverso, la solución está en la reterritorialización de la economía que ´puede ser facilitada por la introducción de las monedas locales, y también gracias a buenas políticas y a la cultura. Ciertamente, ir a contracorriente de la desterritorialización acelerada a la cual asistimos es una vasta obra. El desafío es reducir la huella ecológica, la gran cantidad de deshechos, de gasto de transporte, el hiperconsumo, el desperdicio, el consumo energético, la publicidad y sobre todo, reducir los horarios de trabajo (Latouche, 2017, p.37).
El diseño de políticas públicas, en materia de sustentabilidad energética, ha de suponer que se estructuran, para resolver la problemática que provocó la dependencia de las energías no renovables. Toda respuesta parcial fracasará si no se la vincula a una perspectiva de largo aliento y de carácter estratégico. No puede realmente incidirse, en términos de respuesta, a una necesidad, si se la ciñe en cualquiera de sus ámbitos de existencia. De ahí que afirmemos que la respuesta a la crisis energética será global o no será. La importancia del decrecimiento queda establecida, en medida que se asocia al aprendizaje, ya que así expresa su mejor filo. A esta ilusión del progreso debe oponérsele una agenda práctica, plausible de realizar por la ciudadanía: 38
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Las 8 erres del decrecimiento según Latouche son: Revaluar (revisar nuestros valores y promover los conviviales), Recontextualizar (reconceptualizar un estilo de vida sustentable), Reestructurar (Cambio de estructuras económicas), Relocalizar (hacer que el consumo sea local),
Redistribuir (los recursos), Reducir (limitar el consumo), Reutilizar (los bienes), y Reciclar (los productos) (Latouche, 2017, p.35).
Tal como puede advertirse, resulta indispensable que se analice el progreso pretendidamente ilimitado desde una perspectiva crítica. Eso implica el cambio de paradigma, el cambio de civilización, según su prioridad no enfatiza más en el enriquecimiento ilimitado, sino, asimismo, el beneficio en la comunidad. En este orden de ideas, el decrecimiento energético estaría implicando la gestación de políticas públicas contundentes, que verdaderamente incidan en la transición de las energías no renovables hacia las energías renovables. Es mediante este tipo de aprendizaje que el decrecimiento toma sentido y se convierte en una agenda contundente de la ciudadanía. Fungir como sujeto autocontenido
Cuando la prudencia se aplica a la ciudad, la que es, por así decirlo, fundamental es la prudencia legislativa, y la que por así decirlo tiene por objeto lo particular, lleva por nombre común, política. Aristóteles.
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De acuerdo con estas ideas, Serge Latouche ha expresado que la salida más pertinente a la ilusión del progreso está en actuar perfilando los esfuerzos hacia el decrecimiento. De tal suerte, resulte tanto pertinente como irrenunciable al individuo fungir como sujeto autocontenido. Ello implica una ciudadanía dispuesta a actuar con la mayor prudencia, lo cual quiere decir que somos capaces de advertir los peligros latentes en una situación dada y que además actuamos previniendo posibles daños. No obstante, en latín prudentia proviene de la contracción del término providentia, preferimos destacar su raigambre humana al destacar sus usos modernos más vinculados con la sabiduría para actuar sin precipitarse y, al mismo tiempo, sin que sea demasiado tarde a que se conoce la gravedad de las circunstancias. De este modo, es posible hablar del sujeto autocontenido que desempeña una vital práctica, la puede llegar a cambiar los efectos del calentamiento global e incidir sustancialmente a la sustentabilidad energética. El tema de las energías renovables no puede seguir siendo asunto de segunda mano ni, menos aún, cuestión reducida a un marco normativo. Más allá de un determinado marco normativo, la discusión de las políticas de desarrollo, lo cual la pertinencia ecológica, implicada en sus proyectos, han de constituirse en prioridad estratégica. Desafortunadamente parece que estamos muy cerca del punto de ruptura y no se aprecia ningún cambio de gobernanza, todo se sigue viendo desde el punto de vista económico. De seguir actuando así, estamos perdidos. Yo soy pesimista. Las tendencias mundiales siguen en la dirección incorrecta. Y hemos hecho muy poco para revertir esas tendencias. Desde los estudios de prospectiva lo importante es el cambio de tendencias: lo importante son las cuestiones de democracia, cohesión, equidad, lograr una equidad no de género sino de diversidad, preocuparnos por todas las personas. Los que tenemos un correcto nivel de vida debemos tener un crecimiento muy pequeño, por otro lado, debemos resolver la pobreza, dar trabajo, generar un cambio social. Quitar la idea de 40
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un crecimiento general para producir el crecimiento de los que poco o nada tienen. Y donde la ganancia debe ser social, de la empresa o de la sociedad en general. De lo climático, debemos solucionar lo ya resuelto en otros lugares: el problema de los desechos, por ejemplo, y dejar socialmente, es decir, preocuparme por mí pero también por el bienestar de mi sociedad, eso es un cambio de paradigma social. (Martínez Fernández, 2017, p.56)
Toda la cuestión del cambio climático y de la sustentabilidad energética, aparece como superación de la política sexenal de corto plazo, por lo cual necesitamos referirnos a un sujeto autocontenido capaz de actuar con tal de incidir en esa política sexenal, hasta convertirla en política estratégica de largo alcance. Nos interesa destacar la puntual razón que arguye Tamayo, al hacer referencia a la autocontención que provoca una incisión en el entorno; de este modo, Tamayo consigna: La autocontención implica, tal como enseñó el maestro Hakuin, un cambio en el modo de vida, una actitud de humanidad, de respeto al otro y valoración de su lugar en la tierra. La autocontención reconoce que no se conocen todas las claves, toda la verdad. Que siempre habrá un espacio vacío, un no saber irreductible, por lo que nuestra actitud no puede ser sino de reconocimiento d nuestros propios límites y de respeto a un orden cuya comprensión nos supera. Es por todo esto que sociedad autocontenida respeta los límites planetarios y la biodiversidad, además de fomentar la presencia del otro, de lo diferente, incluso de las especies “dañinas”. La reverencia a la madre tierra es una actitud acorde a la autolimitación. (Tamayo Pérez, 2014, p. 72)
En este sentido, la autocontención se muestra aquí como valor agregado a las relaciones humanas. Ello supone la exploración de interacciones enriquecidas mediante la autocontención; igualmente implica la estructuración de respuestas más contundentes a la problemática del ecosidio. NÚMERO 3-4 |
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Pensar en la autocontención como práctica política provee un singular aporte al diseño de políticas públicas, en materia energética, en la medida en que su experimentación favorece ir más allá de las medidas asépticas de un marco regulatorio. Ser uno con la Tierra, siendo juntos
Si no esperas lo inesperado, no lo encontrarás, pues es penoso y difícil de encontrar. Heráclito.
Encaminándonos hacia el final de estas observaciones, de acuerdo con las consideraciones ecosóficas que nos hemos propuesto apuntar en las páginas precedentes, cabe discurrir sobre la pertinencia del trato que da a la problemática la cosmogonía del Pueblo Kogui, según la cual la Tierra y el hombre somos uno, somos juntos. Esta cosmovisión otorga suma importancia al cuidado del ecosistema, al asumirse su corresponsable. Desde esta perspectiva, hombre y Tierra sólo son en la medida en que sean juntos. De tal suerte que si se admite el deterioro contra la Tierra, en realidad se está aceptando el daño al propio hombre. En primer lugar, el Pueblo Kogui destina una palabra rutilante para significar esa unidad indisoluble entre la Tierra y el conjunto de los seres vivos. Ellos usan la palabra Sé nenulang (El ser): Nuestra cosmovisión obedece a que el Ser de la Sierra Nevada representa la unidad indisoluble entre la materialidad de la misma y el espíritu que la anima. Ser que se manifiesta en la forma como las culturas que vivimos en ella, la reproducimos en nuestra organización social, en nuestra forma de relacionarnos y celebrar en ella los ciclos de la vida. (Consejo Territorial de Cabildos Indígenas de La Sierra Nevada de Santa Marta, 2006) 42
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Con esa voz se significa a aquel territorio que por antonomasia está compuesto de humanos y no humanos. Es decir, la expresión consigna un territorio incluyente con toda la gama de seres vivos, en cuyo actuar permea la convivencia en un mismo ecosistema. En segundo lugar, este pueblo ofrece otro vocablo muy interesante para puntualizar más estrictamente esa interacción del hombre con la tierra, cuya etimología los hermana. Nos referimos a la voz Kwalama (El desarrollo del orden): La vida diaria de las personas y de la sociedad en nuestras culturas se desenvuelve y se construye permanentemente de una forma que se reproduce y se transmite en los miembros de la sociedad a través de eventos especiales de celebración colectiva. Celebraciones donde se representan los papeles, definidos por nuestra relación con el territorio, que como personas o como funcionarios cada uno debemos realizar en nuestra cultura para cumplir con la misión de ser protectores del equilibrio en el Universo. (Consejo Territorial de Cabildos Indígenas de La Sierra Nevada de Santa Marta, 2006.)
Según puede observarse, en esta cosmovisión aparece una hermandad entre el Sé nenulang ser y Kwalama, el desarrollo del orden en la tierra y el universo. De suerte que ese “desarrollo del orden” está implicando su preservación, porque se le conoce y estima. Incluso existen palabras que se usan en esta cultura para determinar a autoridades, superiores e inferiores, que no cumplen con su trabajo. El cuidado de la ecología corresponde a cada individuo de la comunidad. Constituye una práctica convivial determinante en esa preservación. Aquí hay una devoción por la tierra, que deriva en reconocimiento y aprecio de su dinámica. Adicionalmente, este pueblo da cuenta de un fenómeno social, en el que involucran a toda su población.Ellos tienen la palabra Kualamas, la cual postula la máxima sabiduría en esta relación del ser-uno-con-la-tierra; también denominan a sus integrantes “cuidadores de la semilla”. Se saben portadores de la responsabilidad NÚMERO 3-4 |
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de preservar la semilla; esto es, la defensa de la semilla de la vida. Cada uno participa de esa sabiduría y aprende a hacerse cargo de tal encomienda, asumida por pura conciencia En todo caso, se trata de un hacerse cargo, de una práctica de autocontención. Conclusión En el contexto de la discusión plateada, es pertinente advertir la importancia de la ecosofía en términos de multivariada intervención ética responsable en la solución de problemáticas en el ámbito económico, social y ecológico. De acuerdo con las observaciones que ofrecimos, resulta indispensable favorecer el análisis y el debate de la susceptible implementación de las políticas públicas imbuidas de la perspectiva ecosófica y decrecionista en materia de sustentabilidad energética. La encrucijada, ante la cual se encuentra la humanidad, constituye un reto intelectual y práctico de gran talante. Hacerse cargo de superarlo nos involucra a cada uno de nosotros; se requiere de los talentos de cada cual. Todos actuando, armónicos o no, aunque perfilados hacia un mismo horizonte. La expresión siguiente en el mismo idioma del pueblo Kogui recapitula esta cosmovisión: Wíinikil yóok”ol kaab, jée bixo”one” (Ser en el mundo, ser nosotros; Ser-nosotros-con-el-mundo). A fin de cuentas, hablamos aquí de la mesura, cuya práctica preserva y recrea la vida de todo y para todos, siempre siendo nosotros con el mundo.
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Globalización: monopolios y prácticas monopólicas Globalization: Monopolies and monopolistic practices Oscar Samario Hernández1
Resumen Conceptualizar a la ciencia jurídica amalgamada, dentro del enorme concepto de la globalización, requiere establecer un parámetro de la especialización dentro de un campo de la investigación, como se propone en el presente artículo, con el objetivo de dar realce a ambos conceptos. La evolución social obliga al derecho económico a desarrollarse vertiginosamente. Las grandes corporaciones con enorme crecimiento económico, presentan prácticas monopólicas que las instituciones reguladoras en México no logran controlar en el poder sustancial del mercado. El orden jurídico mexicano está obligado a legislar en materia de derecho de la competencia, para contar con las herramientas jurídicas aplicables y lograr el crecimiento económico, basado en la libre competencia. Palabras clave: Globalización, crisis económica, regulación financiera, monopolios, prácticas monopólicas. Abstract: Conceptualizing legal science amalgamated within the enormous concept of globalization, requires establishing a parameter of specialization within a field of research, as proposed in this article, with the aim of enhancing both concepts. The social evolution forces the Economic Law to develop vertiginously, the big corporations with enormous economic growth, present monopolistic practices that the regulatory institutions in Mexico fail to control, in the substantial power of the market. The Mexican legal system is obliged to legislate in the area of Competition Law in order to have the applicable legal tools to achieve economic growth based on free competition. Keywords: Globalization, Economic Crisis, Financial Regulation, Monopolies, Monopolistic practices.
1 Maestro y Doctor en Derecho y Globalización, por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. NÚMERO 3-4 |
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Introducción Investigar es descubrir algo que no se conoce. Lo anterior representa un concepto amplio y de igual manera acota lo que en realidad queremos definir. Los ejemplos para delimitar la apreciación de lo que debe ser una investigación varían, dependiendo el campo donde se aplicaría la investigación. Así, dentro de las ciencias naturales, se puede plantear la investigación sobre el comportamiento de determinada especie y sus posibles resultados; en cambio, para las ciencias sociales, como campo de esta investigación, se debe acudir a hechos históricos, leyes y juicios normativos (Phillips, M. Estelle, Derek S. Pugh, 2003, pp 65 y ss.) que aporten en la actualidad cambios en los que México pueda interactuar al mundo jurídico internacional, como promotor de aumento en el intercambio comercial, bajo esquemas regulados y protegidos por instituciones. Los autores dan a conocer en el texto tres características que sobresalen en una investigación, las cuales se interrelacionan para efecto de dirigir la labor de investigar, por lo que se debe partir de la simple recopilación de datos, información, hechos históricos, para lograr decisiones sobre el tema en particular, que requiera proponer una clara hipótesis y su solución posible. Estas características fuertemente articuladas son partir de un sistema abierto a la crítica, al escrutinio, al análisis, al saber permanente del objeto a investigar; segundo, todo análisis de los registros históricos, que en conjunto representan que los datos deben de criticarse bajo una constante interrogación de los datos de referencia; y tercero, las investigaciones y su objetivo de obtener generalizaciones validadas para arribar a la centralización de los límites de esas generalizaciones. Con lo anterior, los hechos sociales le darán calidad a la investigación distinguiéndola de una simple recopilación de fuentes de información. Esta contribución se enmarca dentro del derecho de la competencia y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); hace referencia al texto contenido en su artículo 28, resaltando la prohibición que existe sobre los monopolios en México. 50
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En cuanto al derecho interno mexicano, en el cual encontramos en las leyes figuras, cuya naturaleza jurídica es desconocida o indefinida, en algunas otras su redacción es rebuscada, general, imprecisa; estos vicios dificultan su correcta aplicación provocando inseguridad jurídica. Tal es el caso del término jurídico “monopolio”, contenido en el artículo 28 de la CPEUM del que decreta su prohibición; pero aún faltan definiciones y modo de aplicar las prohibiciones. Lo manifestado hace necesario ampliar el análisis de los monopolios en el plano internacional, lo cual requiere la revisión de los tratados internacionales firmados por el Estados mexicano, que estén relacionados al plano comercial, lo que forma el criterio basto y suficiente para elaborar la propuesta que aquí se presenta, para la regulación de los monopolios. Sobre este tema, y su relación con la primera pregunta que debe de esclarecerse sobre qué es un monopolio, se requiere una recopilación de los términos de información y contribuciones diversas, que están relacionados a los monopolios. Lo anterior es un trabajo descriptivo y las respuestas que se den al que de este inicio de la investigación permitirá efectuar un planteamiento, base del problema. Esta primera aproximación es vital, pero no constituyen la investigación. La segunda parte a resolver es “por qué” al finalizar la descripción la investigación exige el análisis jurídico, para en su búsqueda explicar el monopolio y su relación comparativa con otros sistemas jurídicos, y se esté en condiciones de plantear soluciones a las prácticas antimonopólicas, al constante aumento de los monopolios en México. De nueva cuenta, la búsqueda de información y la recopilación adecuada y sistemática que se haga de ella permitirán contribuir a una decisión, cuya característica principal sea una planificación metodológica de la solución al problema planteado. Por último, todas las preguntas deben plantearse en una investigación y compararse con las respuestas que se han dado en otros sistemas jurídicos; de
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ellas surgen generalidades históricas que podrán contribuir a las cuestiones de utilidad práctica de soluciones adecuadas al cuerpo jurídico que queremos construir. Este trabajo se enmarca en el fenómeno de la globalización, sus antecedentes: la mundialización, internacionalización y globalización, y los que actualmente surgen en el contexto global, pero que tienen características regionales: la americanización y la europeización. Debemos revisar ante esta gran diferencia todo aquello que sostiene el amplio panorama de la economía mundial, para dar realce a la participación de la regulación que se establece en el derecho internacional de la competencia económica, por los organismos internacionales. La mundialización es el proceso que generó el descubrimiento de territorios convertidos en colonias por los países que ampliaron sus imperios, beneficiándose por el auge económico mediante la explotación de riquezas, estableciendo un generoso campo geográfico mediante fronteras; su mayor etapa fue el descubrimiento del Nuevo Mundo. La Internacionalización, por el desglose de términos, conlleva al establecimiento de acuerdos y relaciones institucionales entre Estados; es sin duda la etapa con mayor contenido político y jurídico; sólo de esta dualidad pueden lograrse la creación de alianzas y tratados internacionales. Muchos de ellos analizados por su amplio marguen histórico, junto con la creación de organismos de tipo supranacional, que permiten abrir las fronteras Estatales para lograr los objetivos del tratado. La globalización, o etapa del mundo globalizado, es un proceso más estable que los dos anteriores. Los acuerdos internacionales tienen repercusiones sobre áreas geográficas más extensas, es en sí un conjunto de procesos complejos, en el cual interactúan individuos, instituciones, Estados y el gran problema ecológico. La globalización es un concepto ampliamente difundido. Continuamente se presenta dentro de una verdadera confrontación de ideas, en donde las posturas representativas justifican las oportunidades 52
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de igualdad que deben tener todos los países; otras mantienen una posición de rechazo a los países o empresas, que tienen ventaja en la actual división internacional del trabajo. Dentro de estas corrientes existen las que intentan encontrar un punto de convergencia, en donde recogiendo las mejores ideas, de unas y otras posturas, proyectan un punto de conciliación, entre lo económico y político en las transformaciones estructurales para que se lleven a cabo en países en vías de desarrollo. Un aporte importante es aceptar la definición de globalización, entendiendo el significado, desde la óptica de poder económico, de los capitales financieros, sobre el dominio de la actividad de intercambio comercial, es un neologismo. (González Ibarra y Orihuela Rosas, 2016, pp. 64 y ss.) De lo anterior, señalaremos a lo largo de este ensayo, las diversas crisis y sus posibles causas, al igual que la solución que se ha adoptado en los Estados para contener y evitar nuevos brotes de crisis financieras. Por igual, resaltamos que el tema de la globalización, en principio definida en el plano del comercio del siglo XXI, es inicio de toda conversación. Veamos los siguientes ejemplos: Umberto Eco (2015) en referencia al Papa Francisco y usando el término globalización, lo hace de la siguiente manera: “Es mejor que [Joseph] Ratzinger, es un hombre moderno, es el papa del mundo de la globalización, está en línea con la evolución de la cultura global”. Cristina Fernández de Kirchner, el martes 6 de agosto de 2013 (Grimaldi, 2015), en su discurso en la Organización de Naciones Unidas, mencionó sobre la globalización: Somos realmente un mundo global y debo confesarles algo. Desde mi concepción, desde mi cosmovisión, en un primer momento veía esa globalidad casi como una amenaza, pero hoy la veo como una inmensa virtud […] Por eso creemos que esta universalidad, esta globalización, no es una amenaza.
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En cuanto a contribuciones de parte de organismos internacionales, de la Organización de Naciones Unidas como lo es el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la gobernanza de Internet, creado a partir del año 2003, en la que un primer informe sobre las funciones a realizar y los proyectos a encaminar soluciones sobre las comunicaciones digitales, transcribimos esta parte: Nos parece positivo que los países hablen de la utilización de Internet, porque se necesitan soluciones mundiales a los problemas que plantea. Obviamente, el viejo sueño utópico de que Internet socavaría la noción de estado nacional ha pasado a la historia. La realidad es más prosaica: las desavenencias que aquejan a otras cuestiones mundiales como el comercio, el medio ambiente y los derechos humanos se dirimen ahora en la red, ya que Internet empieza a formar parte de nuestra vida cotidiana. (The Economist, 2006).
Sobre la fuente de información anterior, resulta importante resaltar los principios con los que han trabajado los diversos foros de análisis sobre el tema: Principios básicamente tradicionales de cooperación internacional, tales como la transparencia y la democracia. También introducen algunos aspectos específicos de Internet tales como el reconocimiento de que la red es ahora un recurso mundial. Además, dichos principios reconocen el carácter multifacético de Internet, ya que se insiste en que los gobiernos, el sector privado, la sociedad civil y las organizaciones internacionales deberían participar plenamente en su gestión. (Kummer, 2004)
Durante el 2014 se realizó, en Estambul, el noveno Foro de Naciones Unidas sobre la gobernanza de internet. A partir del 2 de septiembre, y durante cuatro días de debates, los poco más de
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2500 representantes de los diversos países, contribuyeron a emitir acuerdos, como los que señala, Thomas Gass (Euronews, 2018), de la Organización de Naciones Unidas: Los Derechos Humanos funcionan de la misma manera, que estemos conectados o no. De ahí que los estados tengan un terreno para legislar. Los valores fundamentales, como la libertad de expresión, deben entenderse respetando siempre la integridad del prójimo. Y este equilibrio también debe garantizarse en Internet.
De la misma forma, el foro comprende las siguientes mesas de análisis: Nuevas Visiones Globales para la Gobernanza de Internet, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el Comercio y los panelistas, a partir de estudios explorarán temas como: - Innovación: La globalización basada en la Internet, con su enfoque en la producción dispersa y cadenas de valor, y la consiguiente interdependencia entre los países, ha creado el potencial para nuevas visiones para la innovación con importantes consecuencias para el comercio y la inversión. - Potencial para el crecimiento económico y el desarrollo: Las TIC han aumentado la globalización y el aumento de los flujos de capital humano a través de fronteras, la comunicación internacional ha aumentado, todo haciendo posible una mayor participación de los ciudadanos de los países emergentes en la economía global. - Las políticas de Gobierno de impacto sobre la globalización: Las medidas gubernamentales que limitan la globalización o que requieren la “localización” debe ser examinado por su impacto en el comercio mundial y la inversión en la “economía digital”. (Vanguardia, 2018)
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Dentro de las participaciones en la mesa de trabajo número seis, realizada el día 3 de septiembre del 2014, comentaron los logros que internet, y en especial Google, ha tenido en los serios avances en la creación de empresas pequeñas que realizan toda una serie de intercambios comerciales basados en las plataformas digitales, en especial en África (The Internet Governance Forum, s.f.). De estas contribuciones podemos afirmar que el crecimiento del comercio electrónico es exponencial, de manera que podemos encontrarnos ante una pronta aparición de monopolios en la red, no sólo en cuanto a la tecnología y diseños de software, sino también en el intercambio comercial controlado por empresas, cuyas prácticas resulten ser de poder sustancial en el mercado. Por parte de El Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés), con sede en Ginebra, Suiza, inició ya el proyecto para la cooperación sobre la gobernanza en internet, conocido como la iniciativa “NETmundial”, realizado en enero de 2015 como seguimiento del efectuado en abril de 2014 en la ciudad de San Paulo. El fundador del proyecto, Klaus Schwab, considera que el acceso a la Red, y su uso en la actualidad, es ahora el principal elemento en las transformaciones mundiales. Dentro de las declaraciones al respecto, (El Universal, 2014) se encuentra la siguiente transcripción: Esta nueva iniciativa ofrecerá una plataforma para que los líderes del gobierno, del sector empresarial y de otros ámbitos celebren un diálogo encaminado a proteger el internet y a conservar esta red como un recurso mundial común para la solidaridad humana y el progreso económico.
Así, los diversos foros que se han realizado por parte de los organismos internacionales, como los que abran de realizarse en próximas fechas, van encaminados a encontrar soluciones dentro de los más diversos y variados temas. Pero no sólo las organizaciones internacionales están presentes en las discusiones anteriormente planteadas; existen organizaciones de la sociedad civil, con sedes en diversas partes del mundo que 56
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han convocado al Foro Social de Internet, bajo el lema “Internet que queremos” y “Otro mundo es posible”, quienes están preocupados por la creciente centralización de internet, que persigue la extracción de rentas monopólicas y el control socio-político, afirmando que “¡Otro Internet es posible!”. Aunado a esto, Norbert Bollow, co-coordinador de la Coalición Just Net (America Latina en Movimiento, 2015) expreso lo siguiente: Si bien las grandes corporaciones mundiales tienen todo el derecho de debatir el futuro de Internet, nos preocupa que sus puntos de vista terminen ahogando las perspectivas de la gente común, que no tiene acceso al terreno privilegiado que el Foro Económico Mundial ocupa; a fin de cuentas, es este interés público más amplio el que debe primar en la gobernanza de Internet. Estamos organizando el Foro Social de Internet para asegurar que sus voces no sean ignoradas en los pasillos del poder.
Este Foro Social de Internet, plantea en la convocatoria los valores de democracia, derechos humanos y justicia social, basados en los derechos a internet sin restricciones a los datos, la información, los conocimientos y otros “bienes comunes” que la comunidad mundial genere y comparta. Por tanto, está investigación efectúa un análisis sobre los temas en los que estos foros emitan acuerdos y particulares disposiciones, sobre todo aquellas vinculadas hacia el plano económico. Adelantamos que las recientes crisis financieras están altamente vinculadas al manejo de los capitales, en el uso de las tecnologías digitales. Ginebra Serrabou (2000) menciona que la época actual tiene un sello característico en cuanto a la distribución comercial. Los fabricantes y productores están empeñados en construir canales de distribución más eficientes, para abarcar el mayor número de consumidores, lo que deriva en la apertura de la economía contemporánea. Con el intercambio comercial, en la era de la globalización, el poder que han adquirido los monopolios y las empresas multinacionales no ha permitido el adecuado avance de la gran mayoría de las econoNÚMERO 3-4 |
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mías los países miembros de la Organización Mundial de Comercio. Salvo contadas excepciones, como el debate actual en donde China (Miembro de la OMC desde el 11 de diciembre de 2001, como lo informa el sitio oficial) ha conformado un equipo de investigación del personal de la Administración Estatal para la Industria y el Comercio (SAIC), quienes entrevistaron al vicepresidente de Microsoft, David Chen, al cual, en el momento procesal, le otorgaron un plazo de 20 días a efecto de explicar las actividades monopolísticas como el uso de Microsoft de códigos de verificación en el software para combatir la piratería, por lo que diversas compañías chinas denuncian la violación de la ley antimonopolio del país, como informa el artículo publicado en el diario El Economista. (2014) Los monopolios tienden a mantener el control sobre el mercado como práctica de uso frecuente; a su vez les permite absorber a empresas más pequeñas, cuyos capitales financieros no están en condiciones de hacer frente a prácticas anticompetitivas, lo cual presenta ante los consumidores, como mencionan Witker y Varela (2003), un total abuso en cuanto a precio, calidad y servicios diversos. Estos abusos se han ampliado, en su control, a las esferas importantes de desarrollo en los Estados, como las telecomunicaciones, la energía, los servicios financieros o el transporte. La continua aparición de los abusos se presenta debido a la aparición de nuevas empresas controladoras de monopolios. El surgimiento causa un deterioro de la competencia económica. Una posible causa del colapso financiero de los años 2007–2008 indica que es precisamente la falta de la normatividad aplicable, la cual permitió a esas empresas operar bajo el control de los monopolios. El impacto de estos colapsos sobre dos instancias bien definidas: “las empresas y los órganos de control de la competencia, lo que ha ocasionado serias discusiones dentro de la globalización” (Ginebra Serrabou, 2011, pp. XIX). Aquí se presenta un repaso de la actual crisis económica y financiera mundial: la Gran Recesión; por igual analizamos la Gran Depresión desde sus orígenes y las consecuencias en los excesos financieros que, por falta de una
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adecuada regulación, provocaron el caos y quiebra de instituciones, apoyos gubernamentales y falta de pago a los ahorradores. Excesos cometidos que repercuten aún en la actualidad. En el examen de los acontecimientos desde 2007, y las quiebras bancarias y sus efectos sobre la economía real, terminamos este estudio desde el concepto de demasiado grande para la quiebra para compararlo con la Gran Depresión. Los monopolios es un tema amplio y su influencia puede rastrearse en las diversas manifestaciones culturales que hacen referencia a ellos, por citar algunos ejemplos: encontramos en la escritora Elena Poniatowska (2014) al recibir el Premio Cervantes, momentos antes de iniciar con la lectura de su discurso recordó a su amigo Gabriel García Márquez con la siguiente frase: Quiero recordar a nuestro querido Gabo. Antes éramos los condenados de la tierra, término que acuñó Frantz Fanon al referirse a los países del Tercer Mundo, pero con sus Cien años de soledad, García Márquez le dio alas a América Latina. Y es ese gran vuelo el que hoy nos envuelve, nos levanta y hace que nos crezcan flores en la cabeza.
En el libro Los condenados de la Tierra (Fanon, 1983, p. 49 y ss), el autor escribe sobre los monopolios al hacer un recuento de la violencia en Europa durante las Guerras Napoleónicas, finaliza el párrafo con la primera apreciación: Pero la guerrilla del colonizado no sería nada como instrumento de violencia opuesto a otros instrumentos de violencia, si no fuera un elemento nuevo en el proceso global de la competencia entre trust y monopolios.
Líneas adelante, al mencionar al Tercer Mundo frente al reto de la búsqueda de sus propios valores y la disyuntiva probable entre socialismo y capitalismo, les recuerda de nueva cuenta sobre los monopolios: NÚMERO 3-4 |
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Sabemos, ciertamente, que el régimen capitalista no puede, como modo de vida, permitirnos realizar nuestra tarea nacional y universal. La explotación capitalista, los trusts y los monopolios son los enemigos de los países subdesarrollados.
Bajo la aparición de nuevos Estados el autor en cita comenta: Las jóvenes naciones, es un hecho, atraen poco a los capitales privados. Múltiples razones legitiman y explican esta reserva de los monopolios. Cuando los capitalistas saben, y son evidentemente los primeros en saberlo, que su gobierno se dispone a descolonizar, se apresuran a retirar de la colonia la totalidad de sus capitales.
En cuanto a los inversionistas en las regiones subdesarrolladas, que inician con nuevos gobiernos, estos se encuentran en constante enfrentamiento con los monopolios, quienes les reclaman mayores y mejores condiciones: En última instancia, esas compañías exigen a su gobierno la garantía de las inversiones que deciden hacer en tal o cual región subdesarrollada. Resulta que pocos países satisfacen las condiciones exigidas por los trusts y los monopolios. Los capitales, faltos de mercados seguros, siguen bloqueados en Europa y se inmovilizan. Tanto más cuanto que los capitalistas se niegan a invertir en su propio territorio. La rentabilidad en ese caso es, en efecto, irrisoria y el control fiscal desespera a los más audaces.
Veamos esta última parte que representa la fina recomendación, que el autor que venimos citando recomienda a los países subdesarrollados, en el planteamiento de que la evolución deberá ser colectiva e independiente de los países industrializados: En la medida en que el Tercer Mundo está abandonado y condenado a la regresión, o al estancamiento en todo 60
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caso, por el egoísmo y la inmoralidad de las naciones occidentales, los pueblos subdesarrollados decidirán evolucionar en autarquía colectiva. Las industrias occidentales se verán rápidamente privadas de sus mercados de ultramar. Las máquinas se amontonarán en los depósitos y, en el mercado europeo, se desarrollará una lucha inexorable entre los grupos financieros y los trusts. Cierre de fábricas, lock-out o desempleo conducirán al proletariado europeo a desencadenar una lucha abierta contra el régimen capitalista. Los monopolios comprenderán entonces que su interés bien entendido consiste en ayudar y hacerlo masivamente y sin demasiadas condiciones a los países subdesarrollados. Vemos, pues, que las jóvenes naciones del Tercer Mundo no deben ser objeto de risa para los países capitalistas.
Antecedentes Cada Estado cuenta con una Constitución Política; la particular CPEUM permite desde la epistemología jurídica establecer tratados, convenios, convenciones con otros Estados, países o naciones; estos acuerdos internacionales son la vía correcta para proponer ir más allá del simple conocimiento y aparición del derecho, siendo la aplicación del conocimiento del objeto de estudio y legislar con el apego al derecho internacional de la competencia económica. El desarrollo del marco teórico es resultado del análisis profundo de las estructuras institucionales, en el que se resalta la estructura jurídica de la ley del año 1890, Sherman Act, la cual forma parte en los Estados Unidos de las instituciones sociales y cuya función principal es la de reducir la incertidumbre estableciendo una estructura estable de la interacción humana (North, 2006, p.16 y ss.). Las estructuras evolucionan y cambian permanentemente, como también lo hacen las instituciones y los Estados, por lo que el contexto social antes de la aparición de la vigencia de la mencionada Ley Sherman (Sherman Act), era la inexistencia, en Estados Unidos, de una legislación que regulara la materia de competencia NÚMERO 3-4 |
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económica, así los casos relativos a los monopolios y las restricciones al comercio fueron conforme al derecho consuetudinario o el llamado common law. (Peredo Rivera, 2014, p. 11) Este nacimiento y evolución en el sistema legal soporta y da origen a toda normatividad administrativa y penal, como particularmente también lo hace en materia del Derecho Internacional de la Competencia Económica (Gluyas Millán, 2014, pp. 1 y ss.); en las secciones 1 y 2 prohíben los monopolios: los contratos, las combinaciones, e incluso las conspiraciones con el propósito de restringir el comercio, y prescribe prisión y multas para las entidades o personas que violen estos lineamientos. La Sección 2, a su vez, proscribe la monopolización, así como los intentos y conspiraciones para monopolizar el comercio, incluso el comercio exterior.
Debido a la presencia del control en los mercados de compañías (trusts), como la Standard Oil: hacia finales del siglo XIX, la posición dominante de algunos gigantes corporativos, como los de la industria ferrocarrilera, hicieron evidente la necesidad de contar con una ley en la materia. La falta de competencia en la industria ferrocarrilera tuvo como consecuencia gran cantidad y variedad de abusos, tales como la elevación de tarifas por encima del costo competitivo, la discriminación de precios, los subsidios, entre otros.
Tan sólo cinco años después, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos no hizo referencia alguna a la Ley Sherman, para resolver el caso del Monopolio del Azúcar, por lo que la Ley antitrust, o Ley antimonopolios de Sherman, se usó más contra los sindicatos que contra las empresas monopólicas.
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Al senador Sherman le intereso el tema de la libertad del control corporativo del comercio (freedom from corporate control of trade commerce) y de los intereses del consumidor: la siguiente transcripción (Ginebra Serrabou, 2012), es el inicio del debate por el senador Sherman: Esta iniciativa, como la dejaría yo, tiene como único propósito invocar la ayuda de las cortes de Estados Unidos… para atacar a las combinaciones que afecten negativamente la libertad industrial de los ciudadanos. Esta es la libertad industrial y yace en los cimientos de la igualdad de todos los derechos y privilegios. El único propósito de un monopolio es hacer que la competencia sea imposible. Puede controlar un mercado, incrementar o reducir precios para promover su interés egoísta, reducir precios en una localidad particular y quebrar la competencia persiguiendo los precios que sean su voluntad donde no exista la competencia… La ley del egoísmo, no controlada por la competencia, le obliga a hacer caso omiso del interés del consumidor.
En 1902 la norma jurídica fue usada en contra del consorcio ferroviario Northern Securities Company, creando en 1905 la Oficina de Corporaciones, antecedente de la actual Comisión Federal para el Comercio (Chang, 2011, p.148), en la administración del presidente Theodore Roosevelt, y durante los siete años y medio de su mandato, se entablaron acciones contra cuarenta y cuatro grandes compañías, por lo que se conoce a Theodore Roosevelt como el caza–monopolios (trustbuster) (Jones, 1995). Hacia el año de 1914, Sherman comenta las adecuaciones en las que se vería adaptada: La Ley Sherman vendría a ser reforzada con la Ley Clayton (Clayton Act), la cual señalo como ilegales cinco prácticas comerciales, a saber, la discriminación de NÚMERO 3-4 |
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precios, las ventas atadas, los contratos de exclusividad, las fusiones entre compañías competidoras y el hecho de que los consejos de administración de las empresas competidoras tuvieran consejeros comunes.
Este marco institucional, básico para los Estados Unidos, permitió el desarrollo y evolución de los organismos económicos y políticos, como la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission) sustentada legalmente por la Ley de la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission Act, de 26 de septiembre de 1914), en donde el numeral quinto sancionó las prácticas desleales de competencia que afecten al comercio. Con acciones como las anteriores propiciaron entre otras consecuencias el aumento de la productividad y el crecimiento económico, se generó una fuerte inversión al sistema de educación a partir de la Ley Morril2 se permitió la creación de universidades públicas en los Estados Unidos. El sistema estructural contiene pesos y contrapesos, equilibrios y frenos, soportado por el respeto a la propiedad privada. En Latinoamérica el contraste histórico se ha perpetuado como herencia de los conquistadores, quienes han dejado como practicas institucionales las tradiciones centralizadas, pero además con un constante aumento burocrático. Otra institución que deberá ser analizada es la Organización Mundial de Comercio, las instituciones antimonopólicas actuales en la Unión Europea y las que han surgido en México. En primer término, este artículo conlleva ese compromiso. La misión es conocer el mayor número de elementos que nutran este proyecto de tesis para visibilizar la propuesta de eliminar la existencia de monopolios en México, de tal manera que los proyectos afines que emanan de organismos internacionales y los legislados por la Unión Europea y los Estados Unidos se encuentran desa2 Gracias a la Ley Morril, 12 millones de acres (o 5 millones de hectáreas), albergan hoy en día a 70 universidades, incluyendo la Universidad Estatal de Michigan, la Universidad de Cornell, la Universidad de Kentucky y la Universidad de Purdue. Cada año las escuelas construidas en estos terrenos donados, otorgan un tercio de las licenciaturas y maestrías del país y 60% de todos los doctorados. Disponible en <https://utopolisdelsiglo22.files.wordpress.com/2013/06/neopolis_2013_libro_online.pdf>.
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rrollados capítulos en los que un manejo mercantilista bajo un espectro cualitativo en conjunto con la tecnología no dejen de lado el perfil humano, pues es una realidad que la ciencia y la tecnología son presentadas como bases que llevan al hombre a la felicidad y esto puede ser falso ya que a la par fomentan un pseudoprogreso basado en competiciones desiguales. Al evitar el férreo control del mercado que efectúan los monopolios, de cuyos orígenes son la aplicación de la ciencia y la tecnología sobre aquellos países que carecen de ellas sumado de los grandes capitales que se permiten invertir en países que no cuentan con los medios para elevar su nivel de desarrollo tecnológico; deben er el fin de una adecuada aplicación del derecho de la competencia. El problema de los monopolios y sus causas ha sido identificado “en un marco distante de contingencias e influencias coyunturales”.3 Los términos jurídicos específicos, en los conceptos como comercio o comercio internacional, rondan para el desarrollo económico tal como: monopolio, oligopolio, duopolio, tratados internacionales, derecho público, derecho público internacional, posición dominante, nación más favorecida, Too big to be fail, crisis financiera. Para establecer el correcto análisis del marco histórico sobre el acontecimiento con el que se inicia el establecimiento de una regulación de una competencia económica, y de manera puntual partimos de una ley que inicia combatiendo a los monopolios como lo es la Ley Sherman de 1890 en Estados Unidos. Antes de este momento no existía una legislación que lo hiciera. (González de Cossío, 2005: 5 y ss) En el texto de González de Cossío, en cuanto a la materia del propio procesos legislativo, que cobro vigencia, apuntamos lo siguiente: El Senador Sherman, al comenzar el debate sobre dicha iniciativa, hizo la siguiente declaración: Esta iniciativa, como la dejaría yo, tiene como único propósito invocar la ayuda de las cortes de Estados Unidos (…) para tratar con las combinaciones que afecten 3 Ibídem, p. 74 NÚMERO 3-4 |
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negativamente la libertad industrial de los ciudadanos. (…) Todo hombre tiene derecho de trabajar, laborar y producir cualquier vocación lícita. (…) Esta es la libertad industrial y yace en los cimientos de la igualdad de todos los derechos y privilegios. El único propósito de un monopolio es hacer que la competencia sea imposible. Puede controlar un mercado, incrementar o reducir precios para promover su interés egoísta, reducir precios en una localidad particular y quebrar la competencia persiguiendo los precios que sean su voluntad donde no exista la competencia (…) La ley del egoísmo, no controlada por la competencia, le obliga a hacer caso omiso del interés del consumidor.
Continuamos citando a González de Cossío, con el objeto de dar una puntualización del proceso legislativo que dio a luz este importante ordenamiento: Los debates que dieron lugar a dicha ley muestran visiones (a veces radicalmente) opuestas del problema social y económico a enfrentar: Mientras que un bando hablaba de total y libre competencia (full and free competition), otro temía que la competencia intensa podría ser tan dañina como la colusión. Por ende, los acuerdos que mitigaran la competencia “ruinosa” y aseguraran un precio “justo” eran bienvenidos. Existían otros que hablaban de “libertad industrial”. El senador Sherman mismo hacía eco de libertad del control corporativo de comercio (freedom from corporate control of trade and commerce) y de los intereses del consumidor. (p. 3)
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De lo anterior resulta claro la inestabilidad de precios lo que originó una caída en los costos de la comunicación y del transporte (Gluyas Millán, 2014), generando una guerra de precios de cuyo incremento reiterativo sufrieron los consumidores. La Sherman Act en un inicio adoleció de una instancia administrativa que se encargara de verificar el cumplimiento de sus disposiciones. El proceso dio lugar a una polarización del sistema judicial mediante el cual se dirimía la disputa comercial: En 1890, dos modelos de análisis —de acuerdo con el derecho consuetudinario— competían por la aprobación de los jueces estadounidenses. Un modelo evaluaba tanto las restricciones absolutas como las restricciones subordinadas con la regla de la razón y preguntaba si la conducta impugnada podía crear un monopolio al impedir que otros comerciantes entraran al mercado y compitieran por las ventas. Este punto de vista enfatizaba la libertad de las personas para celebrar contratos y suponía que si no había límites coercitivos para los nuevos participantes, las tendencias de autocorrección del mercado protegerían a los consumidores contra la explotación. El segundo modelo dividía las restricciones al comercio en dos categorías, evaluando las restricciones subordinadas con la regla de la razón y tratando a los cárteles como inherentemente irrazonables y sujetos a condena independientemente de las circunstancias del mercado, incluyendo las condiciones para entrar al mismo. Este punto de vista percibía un mayor peligro en las restricciones directas al comercio, a pesar de la naturaleza privada y voluntaria de las mismas. (p.2)
La Suprema Corte estadounidense resolvió el caso conocido como Trans-Missouri Freight Association. Involucró a 18 compañías de ferrocarril, se ventiló el hecho de la imposición de tarifas para el transporte de bienes por vía ferroviaria a los asociados, conducta que juzgó ilegal la Suprema Corte de los Estados Unidos de AméNÚMERO 3-4 |
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rica. Otro caso el conocido como Dr. Miles vs. Park (1911), en el que la Suprema Corte aplicó la prohibición de la Sherman Act, en materia de restricciones verticales de precios: La Corte estableció que mantener cláusulas de precios de reventa mediante las cuales la empresa manufacturera obliga a las empresas detallistas a vender por encima de un precio mínimo que ella fija es per se ilegal. Esta prohibición nunca ha sido revertida desde entonces. (Gluyas Millán, 2014, p.4)
Dos casos destacan como paradigmáticos en materia de aplicación de la Sherman Act a principios del siglo xx; ellos son el de Standard Oil Company, que se llevó a cabo sobre 34 empresas en 1911, y el de American Tobacco, relacionado con una fusión de cinco empresas manufactureras de tabaco que crearon la American Tobacco Company. Respecto al caso Standard Oil, señala González de Cossío (2005): Un símbolo de rechazo de la época fue el Standard Oil Trust de John D. Rockefeller, quien era generalmente percibido (y caricaturizado) como un pulpo gigante y amenazante cuyos tentáculos se extendían a todos los extremos del país. Otro enemigo fueron los cárteles, que en dicha época eran rampantes. (p.5)
Como ya se ha manifestado, en cuanto a la existencia de la Ley Clayton, adicionamos los ordenamientos siguientes: la Robinson – Patman Act de 1936 y la Cellar – Kefauver Amendments to the Clayton Act de 1950, seguidas de sus interpretaciones; por igual, la Miller – Tydings Act de 1937, contenía algunas excepciones que en el año de 1975 fueron derogadas.
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Ley Clayton / Clayton Act Pérez Miranda (2005) señala que esta Ley, discutida por el Congreso y promulgada el 15 de octubre de 1914, es una legislación antitrust, está dirigida a regular las fusiones que reducen la competencia; prohíbe, entre otras prácticas, la discriminación de precios. Se estructuro de manera siguiente: Secciones 12-27, declaró que cuatro prácticas eran ilegales pero no sancionables bajo las leyes penales: la discriminación en precio —vender un producto a diferentes precios a compradores ubicados en lugares similares (Sección 2); contratos de trato exclusivo—, ventas bajo la condición de que el comprador dejara de tratar con los competidores del vendedor (Sección 3); fusiones corporativas —la adquisición de empresas competidoras (Sección 7); y consejos de administración interconectados—, consejeros comunes en las empresas competidoras (Sección 8). Cada una de las tres primeras prohibiciones estuvo matizada por la condición general de que la práctica especificada era ilegal únicamente “cuando el efecto... pueda ser el de disminuir de manera considerable la competencia o tienda a crear un monopolio en cualquier línea de comercio” (las palabras varían ligeramente). El plantear la prueba de responsabilidad en esta forma creaba la posibilidad de que la Ley Clayton frenara las amenazas “incipientes” a la competencia, las cuales pudieran salir del alcance de la Ley Sherman. (pp. 6 y ss)
Esta ley fue reformada más tarde por la Robinson-Patman Act de 1936, en especial en lo que se refiere a sus provisiones en materia de discriminación de precios. Posteriormente, la Celler- Kefauver Act de 1954 enmendó la Clayton Act en lo que se refiere a las fusiones mediante la extensión de las prohibiciones de propiedad cruzada entre competidores, y mediante la Hart-Scott-Rodino Act de 1976, se otorgó poder al Departamento de Justicia para revisar y autorizar todas las fusiones más allá de cierto umbral. NÚMERO 3-4 |
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Dentro de la evolución de la Ley Sherman, el Congreso de los Estados Unidos conformo en el año 2002 la Antitrust Modernization Commission.4 Sus recomendaciones pueden ser consultadas en la librería del Congreso (Commission, s.f.). Esta comisión tuvo como objetivos realizar recomendaciones respecto a las normas vinculadas a sancionar prácticas antimonopólicas. Respecto de la Ley Sherman, la comisión recomendó: El Tribunal Supremo ha explicado: La Ley Sherman fue diseñada para ser una carta general de la libertad económica encaminada a preservar la libre competencia y sin trabas como regla del comercio. Esto descansa sobre la premisa de que la libre interacción de las fuerzas de la competencia producirá la mejor asignación de nuestros recursos económicos, los precios más bajos, los más altos en la calidad y el mayor progreso material, mientras que al mismo tiempo proporciona un ambiente propicio para la preservación de nuestra política democrática y las instituciones sociales.5(p.2)
Conceptos como los anteriores permiten emitir una crítica constructiva, que resulta propositiva para provocar un claro beneficio al sistema jurídico mexicano, en la regulación de la competencia económica. Orden Jurídico Mexicano de la Competencia Económica Analizando la Ley Federal de Competencia Económica, ordenamiento vigente en México y que es producto de la cultura jurídica nacional, considerando a la Epistemología Jurídica como un recurso reflexivo (González Ibarra, 2001, p. 21), para analizar la figura del monopolio, su falta de regulación y los problemas que esto ocasiona a la competencia económica. Del resultado epistémico reflexivo se propondrá la adecuación a la norma, que permita detener el intento de formación de los monopolios. 4 Finalizó sus trabajos el 31 de mayo de 2007. 5 Texto original en inglés, la traducción al castellano es nuestra.
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Los monopolios son producto de los intereses de particulares y se manifiestan con un control sobre bienes o servicios, resaltando con ello la cita del doctor Juan de Dios González Ibarra (2014), cuando manifiesta que “Max Weber establece que la denominación patriarcal y patrimonial ejerce sus efectos perversos de corrupción al convertirse en gobierno del poder y de la acumulación de riquezas”.(p.15) Continuando con nuestro autor en cita, González Ibarra (2014), menciona en su texto en referencia a Platón “el análisis del surgimiento de las leyes y de los convenios”, (p.59) mediante esta propuesta para regular los monopolios y evitar las prácticas monopólicas, un tratado internacional que permita poner el orden para generar convivencia y paz social, generando un análisis exhaustivo de lo justo y evitar a los injustos monopolios. Puntualizando en el análisis del orden jurídico nacional, González Ibarra (2014) menciona que “ existen ordenamientos jurídicos que no se han actualizado a la globalización, por ignorancia o apatía de los legisladores, las normas en su aplicación es ineficiente o incluso…contradictorios con los derechos de los gobernados” (p. 84), por lo que resulta imperante la armonización del orden jurídico nacional a la globalización jurídica; en particular a la regulación de los monopolios. “Al permitir actualizar la rama del derecho de la competencia, es una de las principales que requieren atención nacional, la dinámica en la globalización así lo indica, adaptando la realidad socioeconómica, a los anhelos nacionales de competencia económica.” (González Ibarra y González Camarena, 2014 pp. 40-41) Con este análisis jurídico a la legislación protectora de la competencia en México, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) (Gracia Castillo, 2003: 11) y la institución, facultada para cumplir con los ordenamientos de esta ley reglamentaria, y la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), aportaremos las pruebas sobre las deficiencias en la ley y generaremos las propuestas para su adecuada actualización.
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Ejemplo de ello se encuentra en el artículo 56, que hace referencia a la fracción I del correspondiente artículo 54 de la LFCE,6 que determina, para el caso de que una empresa detente el poder sustancial en el mercado mexicano, serán consideraras como anticompetitivas las prácticas que realice, tales como exclusividades, ventas atadas, denegación de trato, discriminación de precios, boicots y depredación de precios, varios supuestos más y cuya práctica resulten los supuestos sobre el desplazamiento de competidores, el impedir sustancialmente su acceso o establecer ventajas indebidas en favor de una o varias empresas, entre otras conductas contempladas para los agentes económicos, a los que deben de referirse como monopolios, por la simple observancia que estos artículos se encuentran dentro del Capítulo III, titulado “De las Prácticas Monopólicas Relativas”. En la actualidad, la COFEC7 presenta dentro las funciones establecidas en el artículo 10 de la LFCE: garantizar la libre concurrencia y competencia económica, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. En el artículo 12 de dicha Ley (23 de mayo 2014, México) se establece para las atribuciones de la Comisión en la Fracción I: I. Garantizar la libre concurrencia y competencia económica; prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, e imponer las sanciones derivadas de dichas conductas, en los términos de esta Ley.
Esto es restringir el crecimiento anticompetitivo de un agente económico. La atribución sólo está únicamente condicionar las fusiones y adquisiciones en las que participe la empresa, al cumpli6 Ley Federal de Competencia Económica 7 La COFECE es la autoridad responsable de vigilar los mercados para garantizar un entorno favorable a la competencia, en beneficio de los consumidores y el crecimiento económico de México. Disponible en <https://www.cofece.mx/ cofece/index.php>
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miento de las condiciones que determine la Comisión, u ordenar la desconcentración total o parcial de las concentraciones que dañen, disminuyan o impidan la competencia. Lo anterior tiene como limitación la posibilidad de que la COFECE ordene la desincorporación o enajenación de activos, derechos, partes sociales o acciones, por la parte que sea necesaria para que el agente económico no tenga poder sustancial en el mercado relevante, con conductas (efectos) anticompetitivos, Fracción II, faltando en la ley la sanción principal que eliminación del monopolio (agente económico), en la que la COFECE separa a la empresa en pequeñas empresas en las que cada cual opere con independencia en el mercado económico. Esto, de acuerdo a los estándares de sanciones estructurales previstos en las leyes de competencia de Estados Unidos y la Unión Europea. Bajo el mismo artículo se encuentra el otorgamiento de la fracción XXII: “Para la expedición de las disposiciones regulatorias deberá realizarse consulta pública.(Ley Federal de Competencia Económica 23 de mayo 2014, México) Esta fracción requiere para su aplicación de la legislación que se haga sobre el reglamento respectivo, que deberá indicar las bases de la consulta pública sin restricción a figuras jurídicas, como las acciones colectivas, las cuales se encuentran ya contempladas en la fracción XXVIII del artículo 12. Por último, y no menos importante, se debe sustituir el término en el artículo 3 fracción I, del agente económico por el de monopolio, dejando establecido para subsecuentes referencias en tanto se establezcan los términos de la ley en cuanto al procedimiento respectivo el usos del agente económico. Lo anterior lo establece el Artículo 2, en donde el objeto de la ley es: Promover, proteger y garantizar la libre concurrencia y la competencia económica, así como prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia, castigar severamente y eliminar los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica, y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. (23 de mayo 2014, México) NÚMERO 3-4 |
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El texto cumple con lo dispuesto en el artículo 28 de la CPEUM, en cuanto a la referencia directa de los monopolios, haciendo uso de la eliminación de los monopolios establecidos en México como Telmex, OXXO, Coca–Cola y demás empresas de bebidas, televisoras, CINEMEX (empresa que incluye dulcerías con precios en productos determinados), Bimbo (empresa sancionada ya en Estados Unidos, por las autoridades antimonopolios, que le han obligado a vender empresas y marcas, o en Canadá cuyos planes de expansión se mantienen bajo estricto análisis a cargo del Competition Bureau); sobre lo anterior, continúa vigente el comentario del doctor Xavier Ginebra Serrabou: “Bimbo no ha sido sancionada ni una sola vez por la Comisión Federal de Competencia” (Dinero e Imagen, 2014). La ley actual, del 13 de abril de 2014, que faculta a la COFECE en los términos de sus obligaciones, tampoco ha emitido al momento opinión alguna sobre la empresa. Por eso se concluye, respecto a la LFCE, como una legislación más en donde opera la incongruencia entre la aparición como producto de una reforma estructural como “nueva ley” de esta administración federal, coincidiendo con Ginebra Serrabou: “nuestra legislación seguirá siendo lo que hasta ahora ha sido: letra muerta, un instrumento de la autoridad para cobrar altas mordidas, mientras aprovecha su nula aplicación en la realidad” (Ginebra Serrabou, 2014). Orden Jurídico Internacional La Ley Sherman, en 1890, permite vincular esta ley al universo de ordenamientos en cuanto a leyes antimonopolio que han cobrado vigencia en la Unión Europea, Estados Unidos y México, dirigiendo la investigación de manera significativa y particular a nuestro país, integrando nuestra propuesta en cuanto a la necesidad de una reforma estructural a la LFCE. Con este método se establece el análisis de resoluciones, litigios y disputas por prácticas antimonopólicas en el contexto global. Se revisa el entorno social, induciendo lo común de cada caso, para encontrar convergencias de análisis jurídicos, y la aplicación de la 74
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ley en la solución de conflictos, con ello generar una propuesta jurídica viable en su aplicación y congruente con los objetivos general y específicos de esta propuesta de investigación. En las deficiencias de la LFCE llega a lo particular, como todo aquello que ha dejado de resolver por las limitaciones de la ley la Comisión Federal de Competencia Económica. Con la utilización del método deductivo se establece la relación entre el género próximo: una competencia económica que genere desarrollo y estabilidad en los mercados comerciales y la diferencia específica, interpretada como las deficiencias y lagunas en la normatividad vigente. Este método auxilia manteniendo la delimitación del problema y nos ocupa en el plano de proponer la solución al entorno jurídico que analizamos. Se integra al estudio las diversas opiniones y manifestaciones que los miembros de la Ronda de Singapur y la Ronda de Doha, en la Organización Mundial de Comercio (OMC). El objetivo es resaltar los acuerdos, planteamientos, opiniones y normatividad de todo aquello que existe en común entre ellos y sus más claras divergencias. Se utiliza en la investigación, la delimitación y designación del tema, al igual que la elaboración del capitulado, lo que permitió la recopilación del material bibliográfico. Con el método sistemático aparecen en este artículo las propuestas; en sentido comparativo– propositivo, por cuanto a una normatividad internacional se refiere a regular la prohibición de los monopolios. Para el caso de México aportar una reforma a la LFCE, para que la COFECE amplíe sus funciones en cuanto a regulación de los monopolios. La regulación de los monopolios, aparece en circunstancias económicas y sociales propias de la época en Estados Unidos, los debates que se presentaron fueron diametralmente opuestos, unos manifestaron la total y libre competencia económica; otros temían por la competencia intensa; así, entre estos planteamientos y otros más radicales que se mantuvieron durante los dos años de debate, el Congreso aprobó finalmente la ley (González de Cossío, 2007).
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Globalización México, al igual que otros países, ha demolido sus fronteras, según señala Sergio Aguayo (2015), para ingresar a la globalización. El uso de internet virtualmente lo ha hecho con mayor destreza, y el crimen organizado con mayores beneficios para su propia actividad; para el comercio internacional la firma y entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte resultó para México la coincidencia en el 1 de enero de 1994, con la aparición del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional; las críticas hacia este esquema del comercio internacional internas y externas no han parado, ante los hechos de aplicación de las normas contenidas en texto del tratado en el que se resalta la falta de regulación sobre los monopolios; caso contrario existe bajo la regulación de los monopolios en Canadá y Estados Unidos, países que sí sancionan a los monopolios y lo han hecho con empresas y productos mexicanos. México, ante el rezago jurídico, no le está permitido aplicar sanción alguna o restringir monopolios extranjeros. Es por lo anterior que se requiere entender e interpretar el fenómeno de la globalización señalando tanto el proceso como sus consecuencias que las empresas transnacionales (consorcios, jouint ventures, holdings,8 fusiones, escisiones societarias, tratados internacionales) (Castrillón y Luna, 2013 pp. XIII y ss.), generan en el contexto global; esta idea es necesaria para enmarcar esta propuesta, toda vez que estamos hablando de la urgente necesidad de regular jurídicamente las prácticas comerciales. Para Castrillón y Luna (2018), la globalización es: el resultado de un proceso histórico que ha sido producto de la innovación del hombre y el progreso en el campo de la tecnología y abarca la creciente integración de las economías del mundo, mediante las actividades comerciales y financieras. (p. 14) 8 Holding es considerado una forma de integración empresarial, de capitales comunes o relacionados que buscan maximizar los recursos económicos.
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Esto resulta esencial en la globalización, en donde todo avance tecnológico continúa promoviendo el intercambio comercial y financiero, presente en todos los niveles de la actividad económica. A esta actividad productiva debemos caracterizarla como la consecuencia de la innovación, la que a su vez estimula la competencia. La innovación es “la creación o modificación de un producto, y su introducción en el mercado”, definición de la Real Academia Española. Por otro lado, al definir dentro del derecho económico a la competencia económica, Xavier Ginebra Serrabou lo presenta como “un fenómeno del mundo de los negocios, la economía y el Derecho” (Ginebra Serrabou y Negrete Reveles, 2012 pp.XXI y ss.). En el continente europeo, durante los lapsos comprendidos entre 1815 a 1850, y de 1870 a 1915, periodos caracterizados por la paz, con crecimiento económico, auspiciados por logros científicos y competencia económica, orillando a la protección estatal de las empresas nacionales; lo anterior en nada detuvo el intercambio comercial. Más bien se presentaron la aparición de nuevos mercados localizados fuera de los territorios nacionale y las empresas locales crecieron. Hubo acuerdos entre empresas para evitar la “competencia destructiva”. Estos acuerdos fueron breves; las guerras dispersaron los intentos de autorregulación de las empresas y por ende de los propios mercados. Bajo estas consideraciones, vinculadas a la Ciencia del Derecho para “lograr la unificación y la armonización del sistema jurídico– comercial a escala internacional”, con el claro objetivo de equilibrar toda relación comercial, bajo la buena fe y la lealtad negocial. Es por lo que iniciamos en este apartado proponiendo esquematizar a la globalización, bajo el plano estrictamente de Derecho Internacional de la Competencia Económica; esto es, los cambios regulatorios y legislativos, en las que el Estado de Derecho, como conjunto de instituciones, regulan las relaciones económicas internacionales. Realicemos ahora un breve recorrido respecto a la definición del término globalización, Armando Kuri Gaytán (2007) plantea tres características que permiten entender la dinámica actual: la flexi-
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bilidad, el alcance global del proceso, la intensidad de las relaciones comunes. La globalización económica conserva desigualdad y afecta en todos los rincones del planeta. En cuanto a las diferencias destaca, la potencia hegemónica, los constantes flujos migratorios y la no menos importante aparición del Estado de Bienestar, presentando su análisis y reflexiones de la siguiente manera: i. La potencia hegemónica no sólo era distinta a la actual, sino que su papel también era muy diferente, sobre todo respecto al flujo ahorro-inversión, ya que mientras el Reino Unido era un fuerte exportador neto de capital, los Estados Unidos ha sido más bien un importador neto. ii. Otra diferencia importante radica en la movilidad del factor trabajo, mucho mayor hace un siglo que en la actualidad, como lo demuestra el flujo migratorio que entre 1870 y 1910 implicó que un 19% de la población activa de Europa emigrara, haciendo aumentar en un 49% la población activa de los Estados Unidos, Canadá, Australia y Argentina. iii. Pero la que quizá podría ser la distinción crucial, es la del surgimiento del Estado del Bienestar y su contrato social con claros compromisos en materia de estabilización, políticas de protección social y empleo, los cuales están amenazados por los embates de la reciente globalización. Las anteriores diferencias son clasificadas en tres grandes periodos. La inicial hacia finales del siglo XIX, entre 1895 y 1914, la llamada “edad de oro”; la segunda inició en la década de los años cincuenta del siglo pasado, manteniéndose hasta los años setenta, en donde el crecimiento económico decrece, lo que conlleva la aparición del incremento de los precios de bienes y servicios, dis78
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minución del poder adquisitivo de la moneda, menor crecimiento de la productividad y el inició de una época con inflación en Estados Unidos y Europa. La etapa actual de la globalización inicia en los años ochenta, surgen las nuevas tecnologías, empresas globales, todo un conjunto que genera la “mayor internacionalización de los mercados financieros”, otro sello característico lo es “la desregulación en países miembros de la OCDE”. Distinguiéndose por los siguientes sellos característicos: i. El papel de las nuevas tecnologías. ii. La aparición de empresas globales. iii. La mayor internacionalización de los mercados financieros. iv. La desregulación en países miembros de la OCDE. v. El incremento del comercio intra-industrial. vi. La apertura de países no miembros de la OCDE.
vii. El nuevo tipo de organización flexible en la producción. La globalización entre las décadas de 1980 y 1990, son relacionadas con la fluctuación, de las caídas de la balanza en las alzas y caídas monetarias, influyeron en cierta, medida en la localización física de la producción, ya que la volatilidad de ese periodo, en particular intensa fuera de los países de la OCDE, llevó a las empresas a ubicarse al interior de las regiones más desarrolladas y estables. Permitiendo en la actual globalización la contribución y reciprocidad de las empresas internacionales que comparten el espacio global. El intercambio comercial fue mayor en 1993 al realizado en 1909, comparándolo con maquinaria y equipo de transporte; resulta superior en el intercambio de mucho más co-
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munes, como el trigo, el carbón y el tabaco, es en la actualidad mucho mayor como proporción de su producción; los mercados globales están ahora mejor organizados. En 1870, “el precio del trigo en Liverpool era superior en un 60% al de Chicago”; hacia 1912 se presentó una disminución a tan “solo 15%”. Para Estados Unidos, en 1960 la exportación de servicios representó el 1.0 por ciento del PNB, en 1997 llegó al 3.4 por ciento. Hacia finales del siglo XIX había empresas multinacionales, la Standar Oil, la Singer y otras. Pero a partir del año 1914, se presentó un cambio en donde el papel multinacional dejo de ser sello característico de las empresas estadounidenses. Lo anterior represento para los Estados Unidos que alrededor del 6 por ciento del Producto Nacional Bruto era producido por la Inversión Extranjera Directa (IED), de manera muy similar en comportamiento entre los observados durante los años 1914 y 1929. Para Kuri Gaytan (2007) es claro que las empresas multinacionales generan el intercambio comercial “en particular el comercio intrafirma. En 1994, el 36% de las exportaciones de los EE. UU., fueron transacciones de este tipo, al igual que 43% de sus importaciones, situación que no ha variado mucho desde mediados de los años setenta”.(p. 27) En el caso del intercambio, como elemento de la integración comercial, se ejemplifica que hace tan sólo un siglo las relaciones comerciales existentes entre los Estados Unidos con la mayoría de los países de América Latina y Asia, sólo lo era en su mayoría agrícolas, hoy son manufacturas. México adquiere de los Estados Unidos, bienes manufacturados sobre un 80 por ciento hace un siglo esta cifra representó el 10 por ciento. A partir de 1950, el GATT promueve tanto la estabilidad con crecimiento económico mundial hasta 1970, y la reducción a los aranceles y la consolidación de tratados como el de la Comunidad Económica Europea de 1958, antecedente de la Unión Europea, el TLCAN, la ASEAN y el Mercosur, representan ese impulso al libre comercio.
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La globalización desde el punto de vista de la integración financiera, con intercambios en los capitales activos comparados a partir del final del siglo XIX y los representativos en el inicio del siglo XX se han presentado en ambos ciclos. En la actualidad, este flujo de capital tiene una relación estrecha con en la forma en que operan y son utilizados como base de la actividad económica. Esta relación los cambios cualitativos son mayores en el siglo XX incrementándose en el siglo XXI. En la primera etapa los flujos de capital sobre todo en los países manufactureros y aquellos productores de materias primas, permitieron a sus economías el establecimiento en la división del trabajo. Generando que los prestamos económicos se aplicaran como promotores del comercio y a una fuerte discreción de parte del gobierno. La característica de la segunda etapa, a partir de la posguerra, los flujos de capital se aplicaron a actividades industriales y comerciales. La etapa en la actualidad, al igual que el paso de la primera a la segunda etapa, los rasgos característicos de cada una de ellas pasaran a otro tipo de actividades; para esta etapa los rasgos característicos son en dos vertientes mutuamente ligadas, en cuanto a las inversiones productivas antes del decaimiento en 1971, de los acuerdos de Bretton Woods,9 así el “90% de las transacciones financieras correspondía a inversiones productivas y a operaciones comerciales, pero después casi la misma proporción (88%) de los movimientos financieros a escala mundial han sido de carácter especulativo”. En cuanto a la segunda vertiente, los flujos de capital permitían plazos largos, en la actualidad ocurre lo contrario, el principal movimiento es en el factor especulativo y es a corto plazo. La enorme brecha de la desigualdad representa para los países emergentes grandes y constantes sacrificios, cuyo objetivo es incorporarse en la mundialización económica “los severos progra-
9 En el hotel Bretton Woods en New Hampshire, Estados Unidos, entre el 1 y 22 de julio de 1944, se reunieron 44 delegaciones de países quienes acordaron sobre la conferencia monetaria y financiera de las Naciones Unidas, el surgimiento de tres instituciones internacionales; el Fondo Monetario Internacional; el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo y, por último, los acuerdos en Bretton Woods aportó el acuerdo General de Aranceles y Comercio (conocido como GATT, por sus siglas en inglés). Disponible en <http://economia.elpais. com/economia/2008/11/15/actualidad/1226737974_850215.html>. NÚMERO 3-4 |
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mas de ajuste y una apertura comercial indiscriminada”, limitan su participación de todo beneficio, obligándolos a “repensar el proceso de globalización”(Kuri, op cit., p. 33), proceso que es irreversible, pero que no tiene que ser solo para unos cuantos. Globalización y Derecho Resulta de especial consideración el impacto y la influencia de la globalización y el derecho, a los sistemas jurídicos en un sentido de lo más amplio a los sistemas de derecho civil, de derecho común o de common law, de derecho islámico, sistemas de derecho mixto, de derecho consuetudinario y a los sistemas jurídicos socialistas aún vigentes (Hernández Campillo, 2015). Para los sistemas jurídicos enfilan la firme tendencia hacia la reestructuración, a la par del desarrollo de la globalización, lo que evita incertidumbre normativa, permitiendo una adecuada aplicación del derecho. La globalización ha modificado el desarrollo de los sistemas jurídicos contemporáneos, los alcances del complejo fenómeno no pueden ser del adjetivo global, como único para definir el presente. La globalización es un nuevo contexto, implica una globalización de la economía, la política y la cultura, todos ellos aplicables a la interacción de los seres humanos. La globalización ha creado sus propios estilos y medios de expansión, nos asienta en la realidad en el actuar y funcionamiento de los organismos jurídicos internacionales, los que demuestran el peso específico en cuanto a la toma de decisiones, tanto al interior de los sistemas normativos, como en el plano soberano de los Estados. Estos organismos interactúan en el diseño y control de los procesos de gestión de mando y dominio de diversos sectores sociales. Organismos como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial (BM), la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA), la Asociación de Estados del Caribe (AEC), la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), la Federación Internacional de Fútbol (FIFA), el Comité Olímpico Internacional (COI), y un sinnúmero de ONG, 82
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entre otros cuya característica en su actuación y funcionamiento se encuentra al margen del derecho, por encontrarse en el plano supranacional, extraterritorialidad. Hernández Campillo denomina “Estados red”, citando a Castells (2003) quien afirma que: Sometido a las presiones de cambio tecnológico, económico y cultural, el Estado no desaparece: se transforma. Busca, por un lado, alianzas estratégicas, tanto estables como coyunturales con los Estados, para tratar conjuntamente los problemas planteados por la globalización. Surgen así Estados co-nacionales, como es la Unión Europea, con un Banco Central Europeo independiente, una moneda única y por lo tanto una economía unificada, a la que se añade múltiples instituciones y leyes de ámbito europeo.(p. 25)
Estos Estados–red son una especie de contrapeso ante las intromisiones soberanas. Esta soberanía se justifica por la presencia y posición del Estado, en el plano de las relaciones jurídicas internacionales de igualdad ante otros Estados, pero debido al evidente factor del crecimiento económico que tiende a descomponer esta igualdad, ocasionan conflictos pese a todos los esfuerzos que se hacen para compensar la dominante globalización. Estas desarticulaciones conflictuales ponen en severa crisis al derecho real como un sistema normativo jerarquizado; por tal motivo, no se debe alejar al Estado de Derecho de las prioridades de brindar el beneficio de los individuos mediante la eficacia de la ley. Nuestro autor en cita establece que hace más de quince años, dio inicio el proceso de debilitamiento del Derecho, la globalización propicia la desaparición de las fronteras Estatales materiales, genera la migración, Aceleración y transterritorialización de todos los procesos de gestación, producción y distribución a diversos países, la aniquilación de los antiguos mercados fijos, la creación de plataformas movibles de producción y consumo de bienes y servicios y, finalmente, la gestión del conocimiento. El derecho virtual surge y se desarrolla de una manera no estipulada.(p. 74) NÚMERO 3-4 |
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El Derecho virtual al que se refiere Hernández Campillo opera mediante sus fuentes; en primer término, a las organizaciones no gubernamentales, autónomas del poder Estatal y operan bajo sus propios intereses mercantiles, de poder o de injerencia. Los procesos comerciales se realizan a través de las tecnologías de la comunicación, afectan, por efecto dominó, a casi todas las áreas del quehacer humano. Estos procesos sujetos por la globalización son denominados por Castells (2003) “informacionalismo”: Productividad, competitividad, eficiencia comunicación y poder a partir de la capacidad tecnológica de procesar información y generar conocimiento. Las tecnologías base no determinan pero son indispensables para el nuevo sistema. Globalización no es sinónimo de internacionalización. En sentido estricto, es el proceso resultante de la capacidad de ciertas actividades de funcionar como unidad en tiempo real a escala planetaria.(p.75)
En el derecho virtual se acepta o se rechaza algo; no hay términos medios o manera de retractarse, de ahí su dificultad para regularlo. El derecho mercantil en su origen constante pero de algún modo lento; ahora es virtual y veloz. El internet que ha propiciado la agilización del proceso en el que la única opción arbitral, sigue siendo el trabajo de los paneles internacionales. El proceso de comercialización derivado de la globalización se ha situado en la venta del conocimiento. La paquetería de programas de cómputo es un claro ejemplo, el cual, desde luego que es virtual, pero con efectos materiales y de alto impacto económico. Por otro lado, la globalización derrumbó el viejo sistema estructurado de la Teoría pura del Derecho, propuesto por Hans Kelsen; dada la complejidad actual de la globalización, no se le puede regular mediante esquemas lineales o con órdenes directas. La globalización pone en completa duda a los sistemas jurídico-positivistas, resultan ser rudimentarios o al menos no demuestran ningún tipo de flexibilidad. En la actualidad, los sistemas jurídicos de corte constitucionalista, tienden a actuar imponiendo a la globalización el Derecho para proteger a los gobernados y no así a los mercados. El concepto 84
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de soberanía tenía una marcada identidad jurídica Estatal. En la actualidad este corpus jurídico está impregnado de influencias externas. La soberanía presente en los sistemas jurídicos contemporáneos son un conjunto de valores y principios que se vinculan con otros sistemas normativos con las que interactúan. El concepto de soberanía en México es copia de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica; hoy resulta adecuado la concepción del concepto de soberanía, considerado bajo la interacción con otras soberanías, y aceptar que no existe un criterio homogéneo del término, de manera tal que cada Estado es soberano cuando se concibe como tal. Esto es un proceso, llamado aceptación-conformación, basado en la gestión del conocimiento y en el uso que imponen los mercados. Mónica Casalet considera a las estructuras sociales como: La globalización, el regionalismo abierto y la emergencia de nuevos paradigmas tecno organizativos redefinen el marco en el que se desarrollan los procesos de competencia de los agentes. El aumento de las “incertidumbres estratégicas”, la segmentación de la demanda y la volatilidad de los mercados, modifican el concepto de eficiencia y la posibilidad de combinar economías de escalada y de variedad.(p. 98)
Esta postura implica diseños institucionalizados de soberanía flexible. Como ejemplo está, el de la cooperación establecida en los tratados internacionales y para el caso particular de México; estos acuerdos internacionales están establecidos en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos. Conclusiones Este artículo conserva el compromiso de que el Derecho organiza a una sociedad. Permite mantener la atención constante en las instituciones que generan orden, permitiendo el intercambio tecnológico y resultan útiles para el desarrollo económico. Las instituciones deben de contar con un marco jurídico que establezca, de manera NÚMERO 3-4 |
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clara, qué es un monopolio y qué sanciones se aplicaran a los particulares que decidan llevar a cabo una actividad con fines monopolicas, evitando en lo posible que ocurra; o bien, no se presente. La empresa moderna es partícipe por excelencia de este nuevo entorno económico y social, en el cual busca su mundialización pretendiendo operar en el mercado global. En el empeño de este papel aprovecha la existencia de una internacionalización efectiva de la economía paralelamente a una no internacionalización de los mecanismos de control de su actuación en el mercado. La competencia entendida en términos jurídicos como competencia económica; dentro de esta competencia concurren mercado, pluralidad de oferentes y aceptantes, sujetos que presentan como signo característico un rasgo característico, su antagonismo. Son los Estados Unidos bajo la ley antimonopolios del año 1890, conocida como la Ley Sherman, prohíbe toda actividad que limite el comercio. Baste referir la fecha que se publicó para México la ley reglamentaria del artículo 28 CPEUM, para notar el atraso de la reglamentación en la materia contra los monopolios; esto fue en 1992 en el DOF de 24 de diciembre. La propuesta bajo este articulo está dirigida hacia el Tratado internacional sobre competencia en la Organización Mundial de Comercio y para el caso de México integrar la propuesta de Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica en consonancia con el Tratado propuesto. Examinado los quince ordenamientos jurídicos de ámbito federal que relacionan al monopolio en el ámbito de aplicación de la ley es una tarea pendiente; por ahora debemos basarnos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Competencia Económica y el Código Penal Federal, debido a la delimitación del tema y el objetivo general en el que este protocolo de investigación está basado. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 28 comprendido en el Titulo Primero, Capítulo I, de los Derechos Humanos y sus garantías, hace seis marcadas referencias en cuanto al tema de los monopolios y sus prohibiciones están las dos primeras en el párrafo con el que inicia el artículo, las cuatro 86
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restantes se comprenden en los párrafos cuarto y séptimo, en donde se describen las áreas estratégicas que no constituirán monopolios, sobre las que actúa el Estado mexicano y aquel otro en donde la función exclusiva del Estado ejerce, a través del banco central. Por último, en los párrafos octavo y noveno, el legislador considero que tanto los sindicatos como las cooperativas no son monopolios; extendiendo el criterio anterior a los derechos de autor, patentes y marcas. En este párrafo existe un criterio del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito que interpretando la CPEUM establece la protección de los distintos derechos que integran la propiedad industrial no implica un monopolio. En el mundo, la globalización nos ha aproximado a la realidad en la que viven millones de personas, que junto a las historias regionales resaltan la pobreza en la que grupos sociales, conviven diariamente en pleno siglo XXI, el extendido y diverso proceso de la globalización no detiene las necesidades alimenticias, mejores servicios de salud y condiciones laborales. Los resultados favorables sólo están presentes en países desarrollados, cuyas economías se han integrado a la generación de altas tasas de crecimiento económico, contribuyen al aumento del empleo, disminuyen sus niveles de pobreza y obtienen mejoría y bienestar social. Los mayormente beneficiados son quienes se integran a la economía mundial. Esta propuesta considera a las empresas multinacionales, en su importancia en el desarrollo económico, como el hilo conductor por el cual opera la globalización, la que promueve una competencia económica de beneficios en las empresas internacionales. Así con el avance de la globalización en un proceso regulado por el Derecho de la Competencia Económica, las empresas se consolidaran en una ampliación de los mercados transfronterizos, bajo normas jurídicas claras que permitan un mundo más competitivo. La globalización económica regulada permite que el mercado económico cuente con empresas multinacionales, que participen en decisiones de mejoría de la economía mundial, dejando al Estado la facultad esencial de regular la apertura del mercado con instrumentos normativos para un correcto funcionamiento que evite NÚMERO 3-4 |
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colapsos financieros y daños a la competencia económica. El Estado debe generar una efectiva política monetaria y fiscal en una economía globalizada, dedicando en lo interno mayores políticas institucionales y microeconómicas. Políticas permanentes de mejorías de infraestructuras, educativas, de salud, un sistema financiero estable, y bien regulado, una impartición de justicia imparcial, una eficiente seguridad ciudadana, entre otras más que permitan favorecer la globalización económica. México, de continuar inmerso en la corrupción, aumento de la delincuencia y la inseguridad, continuará apartando la inversión internacional.
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DEBATE
Migración intrarregional y sus incidencias en las dinámicas laborales centroamericanas, caso Nicaragua-Costa Rica Intraregional migration and its incidences in Central American labor dynamics, Nicaragua-Costa Rica case Wendy Budier Pérez1
Resumen El presente estudio pretende acercar y dar a conocer la tendencia migratoria intrarregional en Centroamérica, el perfil de la población migrante, los principales factores que determinan la migración intrarregional, la situación social y laboral de los migrantes en los países de destino, y la situación que experimentan al regresar a sus países de origen. También, se ha querido evidenciar el aporte de los flujos migratorios laborales en Centroamérica y la contribución que dan al desarrollo de la región, al progreso de los migrantes y sus familiares; de igual forma, se ha querido demostrar los costos de la migración, tanto para el país de origen como para el país de destino. Palabras clave: Migrantes mercado laboral, flujos migratorios laborales, mercado laboral. Abstract This study aims to bring and publicize the intraregional migration trend in Central, the profile of the migrant population, the main factors determining the intraregional migration, social and employment situation of migrants in countries of destination and experiencing the situation to return to their countries of origin. Also in the present study we have tried to highlight the contribution of labor migration in Central America and the contribution they make to the develop1 Máster Regional en Integración Centroamericana y Desarrollo por la Universidad Centroamericana de Nicaragua. NÚMERO 3-4 |
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ment of the region, increase of migrants and their families; formed similarly has sought to demonstrate the costs of migration for both the country of origin and the country of destination. Keywords: Migrants labor market, labor migration flows, labor market. Introducción Esta investigación aspira a generar aportes académicos y científicos que fortalezcan la integración centroamericana en el ámbito de los mercados laborales intrarregionales, y brinde aportes de carácter científico para el Sistema de Integración Centroamericana (SICA) en esta temática; es decir, que se convierta en un documento de referencia de consulta para el SICA y los gobiernos centroamericanos, como una forma de mejorar y ordenar sus flujos migratorios laborales. El presente estudio da a conocer la tendencia migratoria intrarregional en Centroamérica, queriendo demostrar el aporte de los flujos migratorios laborales en la región, así como la contribución que dan al desarrollo de ésta. Se intenta destacar los desafíos de la migración en la región, las buenas prácticas y experiencias de inserción laboral para el migrante centroamericano. Se realizó un planteamiento sobre la importancia de fomentar mercados laborales inclusivos, la protección de los derechos de la persona migrante, la complementariedad entre la dimensión económica y el desarrollo de las migraciones. Hay mucha información que muestra el presente estudio que, por el hecho de no estar en la línea de la investigación, no se abordó en plenitud pero valdría la pena retomarlas e investigar sobre ellas, con el fin de aportar más insumos que puedan ser vinculantes al momento de elaborar políticas que mejoren las condiciones de vida de los migrantes.
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Marco teórico Por teoría de las migraciones se entiende la explicación de las causas que movilizan a los inmigrantes, pero no basta sólo saber las causas más generales por las que se movilizan, sino que debe saberse también por qué van a unos sitios u otros. (Tornos Cubillo, s.f, p. 1) A lo largo de la historia han surgido modelos teóricos que han tratado de explicar el surgimiento de las migraciones; sin embargo, se debe tener en cuenta que no existe una teoría única o verdadera para llegar a comprender la complejidad del proceso migratorio y es necesario incorporar varias perspectivas de análisis que permitirán ampliar la concepción teórica. Según Tornos, para la teoría neoclásica “macro”, las migraciones: Son directamente proporcionales a una situación económica en que no pueden menos que producirse movimientos de población desde los países que abundan en fuerza de trabajo pero escasean en capital para inversiones, a los que escasean en fuerza de trabajo, pero, en cambio, tienen mucho mayor volumen de capital disponible (Tornos, s.f, p. 4).
La teoría histórico-estructural hace referencia al efecto push, que promueve la migración internacional, transnacional e intrarregional por dificultades económicas, etcétera; y al efecto pull, que promueve migraciones a determinadas regiones o países porque ofrecen mejores salarios, paz y mejores condiciones de vida. Para entrar al mercado laboral, la teoría del capital social dice que “lo que vale es conocer y relacionarse con determinadas personas”. Esta teoría es aplicable al fenómeno de la migración intrarregional centroamericana por el establecimiento de redes de relación entre los países de origen y de destino. Los análisis macro y micro ofrecen diferentes respuestas al fenómeno, los cuales ofrecen grandes posibilidades analíticas complementarias; cada uno por separado ofrece resultados parciales e incompletos. NÚMERO 3-4 |
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El principal problema durante su estudio es la ausencia de cuerpo teórico unificado, que ayude a tener un conocimiento satisfactorio de este fenómeno, por lo cual se empleará el enfoque nivel medio, y se aplicará en virtud de las necesidades y objetivos de la presente investigación. Es decir, tomando lo mejor del enfoque macro y microeconómico, nivelándolo en el enfoque de las teorías del capital social y del efecto push. Metodología Este artículo de investigación fue elaborado a partir de un análisis cualitativo y bibliografíco. Por su naturaleza, es de carácter exploratorio. Se trató de encontrar y de consultar la documentación y bibliografía jurídica social de la temática. Se aplicaron entrevistas dirigidas a representantes de diversas intituciones como el Servicio Jesuita para Migrantes, la Organización Internacional para las Migraciones, el Ministerio del Trabajo de Nicaragua, el Consulado de Costa Rica en Managua y a los propios migrantes. Este estudio constituye una primera aproximación y preliminar aporte al conocimiento de las causas, características, implicaciones y repercusiones de la migración intrarregional en Centroamérica; en especial el caso particular para los nicaragüenses, lo cual ha significado un esfuerzo por recoger y sistematizar la información existente de manera dispersa, para obtener el mejor provecho y aportar significativamente a la sociedad migrante nicaragüense, a nuevas investigaciones y para efectuar una humilde contribución al SICA. Con respecto al tema de Migración intrarregional y sus incidencias en las dinámicas laborales centroamericanas, caso Nicaragua-Costa Rica, es el primero que se lleva a cabo en Nicaragua; por tanto, se considera inédito, porque retoma el conocimiento empírico producto de la cercanía con el tema y de la vivencia diaria con la población que conforma estos flujos; lleva la intencionalidad de dar a conocer estos movimientos migratorios así como las características de estas poblaciones móviles y sus dinámicas 98
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laborales; de igual forma, se plantean pautas que se deben seguir para su análisis posterior y posibles acciones dirigidas a los tomadores de decisiones. Marco jurídico de la región para trabajadores migrantes-vinculación en la práctica laboral. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), en sus convenios 972 y 1433, promueve que los Estados luchen contra migraciones irregulares y abusivas; reconozcan los derechos humanos fundamentales de los trabajadores migrantes, incluidos aquellos en situación irregular. Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), mediante su Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares,4 protege internacionalmente los derechos de trabajadores migrantes y de sus familiares, a través de normas fundamentales de protección de cumplimiento obligatorio y universal.5 Ningún país ha implementado políticas que manifiesten que tienen interés en regular los mercados de trabajo y, en algunos de ellos, las legislaciones migratorias establecen normas para el control y criminalización de la migración irregular. Es importante resaltar que los procedimientos anotados no son los únicos competentes en la región, que existen muchas normas y reglas para esta materia, pero para el caso de este estudio sólo se consideraron los anotados.
2 Ratificada por Belice y Guatemala 3 Ningún Estado en la región la ha ratificado. 4 Ratificada por Belice, Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua, en el caso de Panamá y de Costa Rica, su legislación menciona los acuerdos, convenios y tratados internacionales ratificados, pero no han ratificado ninguno; eso les permite excluirse de cumplir con las disposiciones específicas de dichos convenios. En los demás países, las obligaciones de los convenios no están adecuadamente armonizadas con su legislación migratoria, y se evidencia en el trato ofrecido a los trabajadores extranjeros en sus territorios. 5 Estos instrumentos, además de proteger a los migrantes de la discriminación y proveer reglas en las migraciones laborales, son tanto para los países de destino como los de origen, sin interferir con la soberanía de cada Estado. NÚMERO 3-4 |
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En cada país de la región, las normas constitucionales definen disposiciones para la regulación de la participación laboral de trabajadores extranjeros; además, manifiestan la prevalencia de los instrumentos de derecho internacional. Los Estados también reconocen el derecho al trabajo como universal, al tiempo que se comprometen a proteger al trabajador. Las Constituciones de cada uno de los países centroamericanos6 contienen un articulado en el que regulan la preferencia para las personas originarias de los países que fueron miembros de la República Federal de Centroamérica, para que adquieran la nacionalidad del país donde se encuentran, sea por el Ius soli7 o por naturalización.8 En materia de seguridad social, en 1967, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, suscribieron el Convenio Multilateral de Seguridad Social, en el que reconocían como derecho fundamental la cobertura de seguridad social de los trabajadores que se desplazan dentro del territorio centroamericano, acompañados de sus familias, siempre y cuando se prevea el principio de igualdad de trato en materia de derechos y obligaciones en la legislación nacional. A pesar de su relevancia, sólo fue ratificado por Costa Rica; en los demás países no ha entrado en vigor. En cuanto a la regulación del mercado laboral, Centroamérica, como región, no tiene acuerdos marcos que garanticen los procedimientos para la efectiva inserción en el mercado laboral. Se entiende como regulación del mercado laboral a la incidencia de cada Estado a través del derecho laboral mediante una modalidad especial de contrato y convenios colectivos de trabajo. Si bien los países del SICA han firmado convenios internacionales que garantizan el respeto a los derechos laborales sin discriminación de nacionalidad, las legislaciones nacionales contienen cláusulas discriminatorias. Este tema requiere de acciones que posiblemente necesitarán de tiempos diversos de maduración, que pudieran ser primero bilaterales, tales como la eliminación de cláusulas 6 Menos Belice y Panamá. 7 Guatemala o El Salvador 8 Costa Rica, Honduras y Nicaragua
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legales discriminatorias contra los trabajadores no domésticos, ue se agudiza si son centroamericanos; además, el reconocimiento de los títulos profesionales. En este sentido se deben desarrollar los siguientes aspectos: la aplicación correcta y oportuna de los convenios internacionales y normativas regionales y nacionales; formas efectivas de aplicación de la normativa por parte de autoridades administrativas y judiciales a nivel centroamericano; creación de formas de corregir o eliminar las debilidades en las instituciones de inspección laboral y las que tutelan los reclutamientos, las contrataciones y derechos del trabajador, sean nacionales o migrantes; fomento de aplicación de mecanismos que eliminen las políticas represivas en contra del migrante, sobre todo, del que lo hace por motivos laborales. Por falta de una política migratoria regional y de un acuerdo que regule estos aspectos, los procesos regionales y subregionales, en materia de protección y regulación de flujos migratorios laborales intrarregionales, no tienen un cauce natural donde desarrollarse. Para abordar la migración intrarregional y los mercados laborales en Centroamérica, innegablemente se requiere de decisión política, l igual que tener una clara visión de los procedimientos y compromiso de la institucionalidad del SICA. Desde el SICA, en el ámbito de las políticas regionales y binacionales de integración para el mercado laboral de la región, queda como tarea pendiente resolver la regularización de los flujos migratorios y de los mercados laborales en la región, el acceso de las personas migrantes a la documentación migratoria laboral, la adecuada reglamentación de la normativa migratoria laboral, así como la adopción de medidas más efectivas para garantizar el respeto de la normativa migratoria laboral. El Acuerdo binacional Nicaragua-Costa Rica Este Acuerdo, firmado en diciembre de 2007 por los Gobiernos de Costa Rica y Nicaragua, tiene un doble ámbito de acción: la contratación de personal que se encuentra fuera de Costa Rica y sea NÚMERO 3-4 |
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requerido por los empleadores en las áreas construcción, agrícola y agroindustrial, así como la contratación de trabajadores nicaragüenses que se encuentren en territorio costarricense de manera regular. Claramente este acuerdo tiene limitaciones; sólo se refiere a migrantes temporales. Únicamente abarca las actividades agrícolas, de construcción y agroindustriales; no establece condiciones mínimas en el contrato, no hay mecanismos adecuados de inspección laboral que fiscalicen de forma eficiente la actividad, ni tampoco contempla un medio de resolución de conflictos laborales; además de presentar problemas y tardanzas administrativas en la contratación. El desafío concreto está en imprimir una política de libre circulación de trabajadores, sobre todo una política regional sobre derechos laborales y sociales de los trabajadores migrantes intrarregionales. En este mismo marco regional, urge una armonización legislativa en materia migratoria, laboral y de seguridad social, que facilite diálogos intersectoriales que articulen diferentes procesos complementarios al respecto. La información y comunicación sobre los procesos migratorios y de regularización es el “talón de Aquiles” de la población migrante nicaragüense. Para el caso concreto de Nicaragua, se practicó un cuestionario a los migrantes que pedían visa en el Consulado de Costa Rica en Managua. Durante el ejercicio se entrevistó a veintitrés varones y a diecisiete mujeres; los varones mostraron más anuencia a llenar la encuesta, y aunque aproximadamente unas veinte personas de ambos sexos se negaron a participar, se pudo percibir que las mujeres estaban más renuentes a aplicar a la entrevista y se notaban muy desconfiadas. Los hombres fueron más anuentes pero un poco desconfiados, preguntaban y pedían que se les explicara más sobre el ejercicio. Para la gran mayoría fue un momento oportuno para manifestar sus inconformidades con el sistema migratorio, tanto el nacional, como el de Costa Rica, en el que claramente se percibe un trato discriminatorio por parte de los guardas de seguridad del Consulado.
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El papel del SICA Desde el SICA, se pudo constatar que no se ha promovido una política migratoria integral que abarque el tema a nivel regional. Existen algunas propuestas de organismos adheridos al SICA como la Iniciativa Nansen,9 que ha estado en diversas consultas en la región sobre la migración transfronteriza, a causa de fenómenos y desastres naturales, a la vez proponer insumos para las políticas públicas al respecto. El Consejo Parlamentario Regional sobre Migraciones y el Parlamento Centroamericano, en diferentes comunicados señalan la urgencia de una política regional de protección de los derechos laborales y sociales de la población migrante, piden la armonización nacional y regional de la legislación en materia migratoria, laboral y de seguridad social. El SICA bien podría ayudar mucho a una migración más ordenada en la región si hubiera mayor interés y voluntad política. Es lamentable que aún a estas alturas del proceso del SICA no se hayan promovido mercados laborales inclusivos; es más, cabe decir, que hasta ahora lamentablemente, la promoción es para los grandes capitales y consorcios económicos. Se ha naturalizado el hecho de exportar pobres porque se ha convertido en un negocio muy rentable para los grupos de poder económico de los países de nuestra región. Además, la migración es una llave de escape para los gobiernos respecto a su responsabilidad ante los grandes índices de pobreza, de violencia e inseguridad de todo tipo y la falta de capacidad para brindar protección a la población. La gran tarea pendiente de parte del SICA, con el tema de las migraciones laborales, es la de asegurar políticas regionales que protejan los derechos laborales y sociales de la población migrante trabajadora, así como la armonización legislativa en materia migratoria, laboral y seguridad social. 9 Como su título lo índica, es una iniciativa que pretende crear consenso entre los Estados acerca de la mejor manera de abordar los desplazamientos entre fronteras en el contexto de los desastres repentinos y de evolución lenta. NÚMERO 3-4 |
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La inmigración nicaragüense no debería ser vista como una invasión; al contrario, es un elemento dinámico de generación de riquezas, principalmente para Costa Rica que siempre ha tenido un déficit de mano de obra, lo cual se ha remarcado por el desarrollo desigual de las áreas productivas del país. Una asignatura pendiente para el SICA es que, pase de lo acordado en las reuniones de presidente y otros tomadores de decisiones a la acción concreta, una vez que llegan a sus países, hay una necesidad urgente de que este entramado institucional lidere una política migratoria regional integral que trascienda de los documentos firmados a lo real de cada integrante que representa a un determinado país. Es esperanzador, y quizás utópico, pero necesario de plantearlo desde este espacio, que en un futuro no muy lejano el SICA sea quien planifique, ejecute y evalúe las agendas de los países en torno a la migración intrarregional, los movimientos transfronterizos y que estos tengan una mejor calidad de vida, una esperanza en un mundo mejor en donde se vislumbre una verdadera cohesión social y cumplan plenamente sus derechos humanos. En donde el SICA propicie una mirada hacia ellos como seres humanos y no como objetos. Las migraciones y el empleo, eje de importancia para el SICA Uno de los objetivos del Protocolo de Tegucigalpa (PT) es avanzar progresivamente hacia la integración regional. Para ello es preciso mencionar que la migración intrarregional centroamericana es una realidad, cuyas necesidades sería mejor regular desde el SICA, ya que hay iniciativas en marcha que deben ser sistematizadas e integradas a una visión más articulada y regional; caso contrario, los esfuerzos que se han hecho serían infructuosos, porque hay intencionalidades, más no voluntades políticas; y en algunos países de la región impera un proteccionismo exagerado en esta materia. Desde el SICA hay condiciones que permiten abordar la migración laboral regional, pero es necesario ir coordinando la elaboración de convenios laborales regionales, que incluyan los derechos fundamen-
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tales de los trabajadores, que abarquen todos los aspectos referidos a la seguridad, entendida esta desde un concepto amplio, no sólo la seguridad física, sino la emocional, la seguridad social, etcétera. Es muy válido afirmar que a nivel del SICA se cuenta con la base institucional necesaria para actuar; lo que hace falta es buscar, mediante la Sociedad Civil (SC), gestionar a nivel de la Reunión de Presidentes mayor voluntad política, para que de arriba hacia abajo se puedan coordinar políticas laborales que favorezcan la integración de aquellos que, obligados por precariedades y por falta de oportunidades, tienen que salir de sus países y de sus comunidades en busca de verdaderas opciones. Los desafíos de la migración intrarregional centroamericana Los países deben asumir compromisos en materia migratoria que sean aplicables a sus realidades, que tengan objetivos para este tema tan sensible. Preocupa trabajar un tema tan importante cuando está en dependencia de las prioridades de los gobernantes de turno, y más aún cuando no hay voluntad política ni se conoce qué estrategias y políticas deben seguirse. Para propiciar mejores condiciones para la migración laboral intrarregional, la región como generadora de importantes flujos migratorios, especialmente de los de carácter laboral, tiene alta responsabilidad de darle la prioridad en la agenda internacional y desarrollo regional para impulsar la aprobación y divulgación masiva de la política migratoria integral regional para Centroamérica, que ayudará para tener un marco básico de principios para avanzar en el proceso de regular los flujos migratorios. Desde el Consejo de la Integración Social Centroamericana (CISCA) hay que promover procesos simplificados de movilidad laboral intrarregional, especialmente para aquellos cuyos mercados laborales se complementan; eso podría ser mediante acuerdos bilaterales y eventualmente subregionales de gestión migratoria laboral, que faciliten la información, el reclutamiento, la fiscalización y, en algunos casos, el retorno de los flujos migratorios laborales.
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Hay que sacar mayor provecho a las plataformas regionales como la Comisión Centroamericana de Directores de Migración (OCAM), la Conferencia Regional sobre Migración (CRM) y otras instancias competentes, porque estos son lugares idóneos para que se generen acciones y condiciones para apoyar a los migrantes en el día a día. El mercado laboral centroamericano El mercado laboral se da porque hay un espacio que produce mano de obra, mientras que existe otro que asegura la reproducción de la fuerza de trabajo; estos suelen hacer conexión en la migración laboral. Por un lado, hay países con población económicamente activa (PEA) que no pueden emplearla porque su mercado laboral es reducido, precario y está saturado; por otro lado, hay países que tienen una población con mayor educación que ya no trabaja en sectores como el servicio, el agro, etcétera; porque tienen garantizado por parte del Estado una pensión y buscan un empleo acorde con su grado de escolaridad. Según Morales y Castro Los mercados laborales para los trabajadores inmigrantes, en el conjunto regional, tienden a estar concentrados en las ramas del sector agrícola, así como en los servicios personales y el comercio; pero en Costa Rica se registra una integración laboral de inmigrantes tanto en la industria pequeña como en la mediana. (Morales y Castro, 2006, p.34)
El movimiento laboral intrarregional es una realidad en Centroamérica, pero los vínculos económicos y culturales entre los países de esta región, y los países con economías más importantes a nivel mundial, van a incrementarse en un futuro; eso será una gran oportunidad para los países de origen de estos migrantes, porque se van a ir liberando de la presión cíclica del mercado laboral. Estos países tendrán ventajas con las remesas y con las habilidades 106
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adquiridas, sobre todo porque los migrantes que pudieran regresar se podrían readaptar con facilidad; no tendrían dificultades para aplicar su experiencia y su capacitación. El mercado laboral en Centroamérica posee altos niveles de informalidad. En El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, dos de tres personas tienen un empleo informal. De acuerdo al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a nivel general, la población regional tiene empleos asociados a la agricultura, el comercio y la prestación de servicios diversos.(2014) Para los hombres de la zona rural, se ve que predomina la inserción laboral en el sector agrícola, particularmente en los países del CA4. En el área urbana, los empleos que predominan son el comercio y los servicios diversos, especialmente ocupados por las mujeres. Según el BID: El desempleo es más alto en las zonas urbanas y afecta mayormente a las mujeres, por eso estas se ven más expuestas a la desocupación laboral con respecto a los hombres en las áreas rurales, Costa Rica, es a la inversa. En la región, el subempleo visible es mayor en la población ocupada rural, el subempleo visible supera al desempleo, además hay notables brechas de ingreso laboral en la región, pero los migrantes siempre se ajustan a las condiciones laborales disponibles en los países de destino (BID, 2014, p. 52).
Para este caso hay que entender como subempleo cuando el mercado laboral presenta condiciones de empleo precarias; entonces, los afectados no logran emplearse en los puestos que son acordes a su formación y experiencia, y terminan desempeñando cargos con menor remuneración.
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Mercados de trabajo, condiciones laborales, acceso a la protección social y laboral-remesas La región es un espacio propicio para las migraciones regionales, así es como sus ciudadanos se movilizan, en muchos casos, de un país a otro sin sus documentos personales; en tales circunstancias consiguen trabajos informales, lo que implica que se ven privados de mejores salarios y de la seguridad social, la cual en estos casos es evadida por el empleador, en detrimento del empleado y del país. Para esta reflexión es importante destacar que las migrantes son las más vulnerables en esta materia, ya que al quedar privadas de la seguridad social no sólo se ven afectadas en su salud, sino que también quedan expuestas y vulnerables en el tiempo de la maternidad ya que no tienen acceso mediante la seguridad social al control prenatal, al beneficio del pre y posparto; a su vez, sus hijos no gozan del derecho de tener oportunamente una lactancia materna porque al igual que sus madres quedan desprovistos de la seguridad social. Queda claro que la movilidad laboral es una realidad de los mercados de trabajo, que da lugar a flujos regionales inestables que cambian de acuerdo con los tiempos y evidencian a nivel regional las desigualdades sociales, al igual que la exclusión laboral que son propias de cada uno de dichos mercados. Durante las últimas tres décadas Centroamérica ha sufrido una importante transformación en su estructura económica y en su forma de inserción en el mercado regional, por lo cual, la migración y las remesas adquieren un especial protagonismo como principal fuente de entrada de divisas. Desde el punto de vista del logro laboral obtenido, puede decirse que el envío de remesas permite que muchas familias centroamericanas de los países emisores mejoren sus condiciones de vida, tengan mejor educación, salud y seguridad social; hay un momento en el que hasta invierten en mejoras de sus viviendas o en compra de viviendas nuevas y en mejores sectores urbanos, pero, según Ca-
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ñada (2011) “este creciente peso de las remesas en la economía de Centroamérica pone al descubierto el papel de la región como proveedora de mano de obra barata en el mercado internacional” (p. 2). La migración, dice Cañada, se revela de este modo, “como un fenómeno global y complejo que está reconfigurando de forma radical a la región” (Cañada, 2011, p. 2). Hay que decir que no sólo a la región, sino que tiene un impacto directo en la ciudadanía, es un aporte que implica para el migrante efectuar una serie de ajustes en el presupuesto con el que debe subsistir en el país receptor. El flujo migratorio laboral entre Nicaragua y Costa Rica El flujo migratorio entre los países referidos, es una dinámica variante que ha ocurrido desde siglos pasados hasta nuestros días. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) sostiene que son por lo menos 800,000 nicaragüenses los que viven en el exterior, el 63% de los cuales están en Costa Rica, y están fuera del país debido a la pobreza que vive Nicaragua por la cual destaca este país en la región. Se estima que la irregularidad migratoria entre los migrantes nicaragüenses es del 38%, lo que propicia que queden doblemente expuestos a la xenofobia, a los maltratos verbales y a la discriminación laboral. En una encuesta realizada a los nicaragüenses en las afueras del Consulado de Costa Rica en Nicaragua, manifestaron que al emigrar hacia Costa Rica lo que más extrañan de su país es a sus familiares; por lo demás, manifiestan sentirse felices de ir a ese país, pues les ofrece condiciones y beneficios que muchos no obtienen en Nicaragua como: mejores salarios, seguridad social, ingresar al sistema educativo ellos y sus hijos e hijas, tener acceso al sistema de salud, lo cual les eleva la calidad de vida y la esperanza de contar con un futuro mejor. Según los informes del Banco Central de Nicaragua (BCN), en el primer trimestre de 2014, el país recibió 64.2 millones de dólares en concepto de remesas familiares, lo que significó un incremento interanual de 7.7% más que en el mismo periodo del año anterior, NÚMERO 3-4 |
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cuando el 30% provino de los migrantes nicaragüenses que viven y trabajan en Costa Rica. En la tabla siguiente se muestra la Evolución de las remesas de los nicaragüenses en Costa Rica en los últimos años 2006-2011 2006
2007
2008
2009
2010
2011
198.1
221.9
142.6
172.8
150.3
195.0 Fuente: BCN (2012).
De acuerdo con el BCN: Lo anterior se produjo en un contexto de recuperación del empleo, principalmente en los sectores de construcción y hogares (asistentes domésticas). Según el último reporte de empleo (I trimestre 2014), estas dos actividades, las cuales emplean a nicaragüenses, registraron crecimiento de1 7.4 y 7.7%, respectivamente, comparado con el nivel de ocupados en el mismo período de 2013 (BCN, 2014: 3).
Las remesas familiares representan el sistema de seguridad social de las familias pobres en Nicaragua, la mayor parte las utiliza para el consumo, para gastos de salud y un porcentaje menor para viviendas. Lo que dicen y saben los migrantes nicaragüenses Durante el ejercicio realizado en el Consulado de Costa Rica en Nicaragua se pudo constatar desde las perspectivas de genéro los siguientes hallazgos: Los hombres migrantes Con respecto a la población masculina que solicitaba visa, las edades estaban comprendidas en el rango de los más de treinta años, seguidos de los comprendidos entre los veinte a treinta, los de cuarenta a cincuenta, en proporciones más reducidas los varones de menos de veinte años, y un hombre de cincuenta y tres años. El 110
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espectro de los varones que emigraban siendo casados, era igualado con el de los solteros, seguidos de los que están en Unión de Hecho Estable (UHE), y solamente seis de este espectro no tenían quien dependiera económicamente de él. De los entrevistados el 1%, un 2% habían completado el ciclo de educación primaria, un 30% no había completado el ciclo de educación primaria, el 40% no habían terminado el ciclo del bachillerato, un 10% no había concluido sus estudios universitarios, el 1% completo el ciclo del bachillerato, un 10% terminaron el ciclo de estudios técnicos, un 5% eran profesionales y 1% era estudiante activo del bachillerato. Más del 50% de esta población estaba solicitando la visa para ir a trabajar a Costa Rica y más del 80 % dijeron que no era la primera vez que viajaban a Costa Rica para trabajar. Del universo entrevistado, cuatro varones han escuchado del Acuerdo Bilateral entre Nicaragua y Costa Rica, y ocho dijeron haber escuchado del SICA. Disgregar la información por sexo permite conocer que independientemente de la edad y de su estado civil los hombres de Nicaragua, emigran para alcanzar un mejor nivel de vida para ellos y sus familiares que, independientemente de las familias que dejan, se ven expuestos a sufrir todos los vejámenes que el país receptor les depara. Las mujeres migrantes La población femenina que solicitaba la visa, estaba comprendida en el rango de los veinte años, las cuales era la mayoría, seguidamente de las de menos de veinte y habían mujeres con edades entre los treinta y cuarenta años; por último, una de más de cuarenta y una de más de cincuenta, lo cual indica que las mujeres en Nicaragua se están yendo independientemente de su edad, sin escatimar el tiempo que deberían estarlo utilizando para su formación. Las mujeres solteras, el 69% eran el mayor universo de las encuestadas y un 30% de estas eran casadas y solamente una está en UHE, lo que corresponde al 1%.
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Respecto al motivo de la visa, un 25% de las encuestadas manifestaron que la solicitaban para ir a trabajar a Costa Rica, el restante 70% dijo que era a pasear y el otro 5% se distribuía entre mujeres que viajaban a Costa Rica por visitar a su familia, una a su esposo y una joven que viajaba para ir a conocer a su padre biológico. En las mujeres, el 60% no habían concluido sus estudios de bachillerato, el 38% eran bachilleres, el 1% tenía aprobado el ciclo de educación primaria y 1% no concluyó sus estudios universitarios. Esto demuestra la teoría de que las mujeres hacen más años de estudios que los hombres. Para poder definir el porqué de este fenómeno, es preciso realizar un estudio a parte del presente. Un 80% dijo que no era la primera vez que viajaban a Costa Rica para trabajar, incluidas las que dijeron que viajaban por paseo. A diferencia de los hombres en el universo entrevistado, ninguna mujer había escuchado del Acuerdo Bilateral entre Nicaragua y Costa Rica, y menos había escuchado del SICA. Un 80% dijo no tener nadie que dependa económicamente de ella. Tanto en la población femenina como en la masculina, el 85% dijeron tener garantizado un trabajo al momento de ingresar a ese país, incluidas las personas que dijeron que iban de paseo y un 98% manifestó que la migración a Costa Rica, propia o de algún familiar, ha significado una mejora en la situación económica y en sus condiciones de vida, que las formas en las que conseguían el trabajo era por medio de familiares o amigos; es decir, se cumple la teoría migratoria de la redes. De los resultados de este cuestionario, se desprende que es fundamental un plan de trabajo en el que se les brinde la debida información, comunicación y capacitación sobre procesos migratorios, los medios y las formas de regularización, y las diferentes rutas y vías institucionales a las que ellos pueden acudir, tanto fuera como dentro de Costa Rica. Se deben coordinar actividades encaminadas a este fin, tanto para el personal que trabaja con ellos en cualquier área, como para los migrantes y sus familiares.
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Estos hallazgos muestran que desde el SICA hay que impulsar real y efectivamente la legalización de las movilizaciones de mano de obra a nivel regional. Dado que la migración intrarregional representa para muchas actividades productivas en la región, la principal fuente de mano de obra para su crecimiento, como puede verse, es preciso dimensionar los aportes que los migrantes hacen a la economía de cada uno de los países de la región como fuerza laboral, consumidora y emprendedora que a su vez generan empleo y desarrollo. Hay que valorar la integración laboral a nivel del SICA, porque esto ayudaría a los mecanismos de integración centroamericana e impulsaría el desarrollo de políticas públicas nacionales y regionales en articulación con todos los sectores involucrados e interesados, para que las migraciones aporten a la competitividad de cada país y a la región. Se deben formalizar los programas de trabajadores temporales amparados por la ley, para reconocer a los trabajadores migrantes sus derechos humanos, fomentar eventos de capacitación y empleo que les permita desarrollarse como mano de obra productiva calificada; esto contribuiría al crecimiento económico de los países y la región. También cabe mencionar, dentro de los descubrimientos, la importancia de elaborar una política migratoria flexible, de objetivos claros, que nivele los beneficios y costos que implica la migración, además que propicie a los gobiernos prestar más atención a las consecuencias de la fuga masiva de sus ciudadanos, de las consecuencias de la entrada de migrantes y el impacto en la producción, en la recaudación de impuestos, en el acceso a los servicios básicos y a la seguridad social del país receptor. Además, las políticas públicas dirigidas a gestionar los flujos migratorios intrarregionales deben ser capaces de apreciar las características distintivas, para aprovechar las oportunidades que plantean para el desarrollo. Es decir, que no se trabaje sobre machotes de documentos que en su momento han sido quizás muy valiosos y
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de mucha utilidad para salvaguardar los derechos de los migrantes extrarregionales, sino que se elaboren nuevos documentos fundamentados en la realidad y el contexto. Por último, no por eso menos importante, abordar la integración de mecanismos de información a nivel regional, regulación y movilidad en temas laborales y migratorios en la región, para facilitar la gestión del fenómeno de las migraciones con una mirada de sustentabilidad. Con respecto a Nicaragua, las autoridades de la Oficina de Migración Laboral del Ministerio de Trabajo de Nicaragua (MITRAB), han manifestado que conocen la importancia de regular los flujos migratorios de la zona Costa Rica-Nicaragua, por lo que se busca desarrollar un sistema de información de la migración laboral que ayude a la cooperación e intercambio de datos entre las instituciones y Consulados de estos países, y los Sistemas de Información sobre Mercado Laboral (SIMEL). Lo que facilitaría el establecimiento de acuerdos de cooperación a nivel bilateral, regional e internacional. Lamentablemente aún hay mucha carencia de datos estadísticos fidedignos e información objetiva relativa a las cifras de trabajadores migrantes, para crear esa información se requiere de cooperación y una mejor gestión de la migración laboral en beneficio de los migrantes, empleadores y gobiernos. Resultados Con la independencia de los países centroamericanos y el establecimiento de fronteras políticas y culturales, se impusieron los órdenes espaciales de los Estados Nación; pero aun así las migraciones no desaparecieron, sino que un espacio tan pequeño convierte en migrantes internacionales, en sujetos que ancestralmente se movilizaban en un territorio que consideraban propio y sin fronteras. Se ha comprobado que en Centroamérica la gran mayoría de las personas migra por la falta de oportunidades laborales. De lo anterior, expresa Acosta, “que a medida que existan desigualdades económicas importantes y escasez de oportunidades, para los 114
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países de origen va a ser muy difícil contener a las personas que decidan irse del país o regresar una vez que hayan migrado” (Acosta, 2013, p. 189). Sin embargo, la migración intrarregional es muy importante, porque es un complemento de la fuerza laboral en los países de destino ya que los migrantes aportan diferentes habilidades y se emplean en sectores distintos. Para Morales y Castro: Las migraciones, en sus expresiones variadas en la región, explican las manifestaciones de una transformación estructural, no solo porque ellas interactúan con las transformaciones acontecidas en la dinámica económica, sino porque son el ámbito de articulación de nuevas formas de territorialidad social (Morales y Castro, 2006, p.63).
Conclusiones Este artículo permitió analizar los tipos de flujos migratorios n la zona Costa Rica-Nicaragua y comprenderlos en un mundo globalizado, conocer y analizar las teorías clásicas y contemporáneas más importantes de la migración. Los flujos migratorios intrarregionales en los países centroamericanos son un fenómeno de antaño que no desaparecerán con iniciativas antimigratorias sino que en un mundo globalizado, como el actual, se fortalecerán; por tanto es urgente invertir en educación y en tecnología para tener más capacidad en la fuerza laboral centroamericana, potenciar el desarrollo de las economías de todos los países de la región, enfrentar mejor los desafíos de un mercado global altamente competitivo, caracterizado por la presencia de acuerdos de libre comercio. Las migraciones laborales intrarregionales son mecanismos compensatorios de desequilibrios del desarrollo de los países, fenómeno que demanda fuerza laboral insatisfecha en sus países de ori-
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gen. El problema principal que existe en algunos países es la falta de puestos de trabajo y de condiciones adecuadas para emplear a su propia fuerza laboral. La ausencia o debilidad institucional, respecto a la protección laboral, y a la carencia de políticas de empleo en los países centroamericanos fomentan la contratación irregular del inmigrante y las condiciones laborales marginales. Con respecto a los fuerzas de trabajo nacionales los trabajadores migrantes enfrentan mayores riesgos y vulneración de sus derechos. Los flujos migratorios intrarregionales son parte importante para el funcionamiento de los mercados laborales de la región, y, por ende, son relevantes para las economías de estos países. La incorporación de los migrantes en las políticas económicas y laborales de los países del SICA creará beneficios para Centroamérica, tanto para los países emisores como para los receptores, para los empleadores, los migrantes y sus familiares, lo que a futuro generará un impacto positivo en la región. Se necesita que Nicaragua y Costa Rica posean bases de datos actualizadas de toda la información referida a los movimientos migratorios de los nicaragüenses que llegan y de los que retornan, con el fin de fomentar la creación y la implementación de políticas y prácticas efectivas de gestión de ambos gobiernos, de la migración laboral, en un contexto real.
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El modo narrativo de La Señora Dalloway: encubrimiento y paradoja Eliana Albala1 Resumen: En las novelas del siglo XX que se proponen describir el flujo de conciencia de sus personajes tienden a volverse una aventura tecnológica, la intención de este artículo es acercar un poco el microscopio a la manera en que la misma historia está narrada: ¿quién es el que la narra? ¿qué perspectiva asume? De esta manera, se analiza aquí el modo narrativo de la novela de Virginia Wolf La Señora Dalloway y con esto tendrá que responder a la actitud que el narrador asume ante los otros dos factores que necesitan urgentemente empezar a ser oídos: lo que intenta contar; y las palabras que elegirá para contarlo. Palabras clave: modo narrativo, Virginia Wolf, analisis literario Abstrac: In the XX century novels that are proposed to describe the flow of awareness of their characters tend to become a technological adventures, the intention of this article is to bring the microscope a little closer to the way in which the same story is narrated: who is the who narrates it ? what perspective does it assume ? In this way, the narrative mode of Virginia Wolf’s novel Mrs. Dalloway is analyzed here and with this she will have to respond to the attitude that the narrator assumes before the other two factors that urgently need to start being heard: what she tries tell; and the words he will choose to tell. Keywords: narrative mode, Virginia Wolf, literary analysis, narrative, use of language.
1 Profesora de Castellano por la Universidad de Chile, Doctora en Literatura por la Universidad Nacional Autónoma de México. Catedrática del Posgrado en Literatura de El Colegio de Morelos. NÚMERO 3-4 |
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Las novelas del siglo XX que se proponen describir el flujo de conciencia de sus personajes, sin duda a causa de las propias dificultades específicas de una temática compleja prácticamente inexpugnable, se vuelven —en esencia— ni más ni menos que una aventura tecnológica. Y sin embargo, todo este oscuro y escondido mundo de la mente, que ha enriquecido para siempre nuestra novela hispanoamericana, no es una técnica sino una búsqueda ontológica. Una pesquisa existencial absolutamente distinta de los sondeos experimentales de la novela psicológica. Si los empeños del naturalismo creyeron concebir que el mundo narrativo se acabaría en ese límite social que representa el “cuarto estado”, el siglo XX descubrió (seguramente con la ayuda de Freud) que aún permanecía inexplorado un gran sector de la realidad, denominado por William James2 sapientemente la corriente de la conciencia; pero que algunas obras en inglés la remontaron navegando hasta llegar al sueño y la inconsciencia. Pues bien, ante la personal intimidad privada y nebulosa queda el grave dilema de elegir la manera verbal de explicitar estos procesos interiores. Las técnicas son muchas, y aún el mismo autor —nuestra propia Virginia, por ejemplo— nunca repite de idéntica manera sus soluciones expresivas. De acuerdo a cada egocentrismo, de acuerdo a cada grado de imprecisión y de hermetismo los escritores constantemente experimentan. De ningún modo este ensayo tan breve va a pretender el exhaustivo análisis de La señora Dalloway. Mi única intención es acercar un poco el microscopio a la manera en que ella está narrada: ¿quién es el que la narra?, ¿qué perspectiva asume?, ¿cuál es su grado de conocimiento ante el mundo narrado?, ¿con qué lenguaje llega al que lo está escuchando?
2 En su libro The principles o f psychology, publicado en 1890
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Así, de esta manera, el modo narrativo de la novela de Virginia Wolf —y, en general, lo que yo entiendo por modo narrativo— tendrá que responder a la actitud que el narrador asume ante los otros dos factores que necesita urgentemente para empezar a ser oído: lo que intenta contar; y las palabras que elegirá para contarlo. Veamos, por ejemplo, la siguiente escena: Pero, cuán extraño fue el silencio al entrar en el parque; la neblina; el murmullo; los felices patos de lento nadar; los panzudos pájaros de torpe andar; ¡y quién se acercaba, dando la espalda a los edificios del gobierno, cual era pertinente, con una cartera de mano en la que destacaba el escudo real, sino el mismísimo Hugh Whitbread!; ¡su viejo amigo Hugo! ¡El admirable Hugh! […] Evelyn estaba algo achacosa, digo Hugo, dando a entender mediante una especie de erguimiento o hinchazón de su bien cubierto, varonil, extremadamente apuesto y a la perfección forrado cuerpo (siempre iba casi demasiado bien vestido, pero cabía presumir que estaba obligado a ello por su pequeño cargo en la corte), que su esposa padecía cierta afección interna, nada grave, lo cual Clarissa Dalloway, por ser antigua amiga, comprendería a la perfección, sin exigirle concreciones. Oh, sí, claro, lo comprendió, qué pesadez, y experimentó sentimientos de hermandad, y, al mismo tiempo, tuvo rara conciencia de su sombrero. No era el sombrero adecuado a aquella temprana hora de la mañana, ¿verdad? Sí, ya que Hugh siempre le causaba esta sensación, mientras parloteaba, y se quitaba el sombrero en ademán un tanto ampuloso, y le aseguraba que parecía una muchacha de dieciocho años, y le decía que, desde luego, esta noche iría a su fiesta, por cuanto Evelyn había insistido en que así lo hiciera, aunque llegaría un poco tarde, debido a que asistiría a la fiesta en Palacio, a la que debía llevar a uno de los hijos de Jim, le causaba la sensación de ser un poco desaliñada a su lado, un poco colegiala; pero le tenía afecto, en parte por conocerlo de toda la vida,
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y lo consideraba buena persona a su manera, a pesar de que Richard no podía soportarlo, y a pesar de Peter Walsh, quien aún no había perdonado a Clarissa que le tuviera simpatía (Woolf, 1979, pp.3-4).
He aquí a Clarissa Dalloway, que ha salido hace pocos minutos de su casa con la finalidad de comprar flores para la fiesta que dará esta noche. Y estamos a miércoles de mediados de junio. Año 1923. En aún temprano, en la mañana. Su antiguo amigo Hugh Whitbread es la primera persona que la señora Dalloway encuentra en su camino por el centro de Londres. La novela entera sucede externamente en las escuetas horas de este día de junio. Como hecho presente sólo tenemos el encuentro entre las dos personas. Pero el libro lo expone en más de treinta líneas porque se agregan sentimientos; ideas paralelas (que van entre paréntesis); descripciones sociales, personales; antecedentes del pasado: “antigua amiga”, “siempre le causaba esta sensación”, “Richard no podía soportarlo”; opiniones críticas sobre otros personajes; auto-opiniones de la propia Clarissa. ¿Pero quién narra? ¿No es el cerebro de Clarisa Dalloway el que tamiza la realidad palpable, el que relata el diálogo entre ella y su amigo, el que sabe el pasado y los antecedentes de Whitbread? Por otra parte, nos sorprenden las frases que se encuentran cumpliendo la función expresiva del lenguaje: “cuán extraño fue el silencio”, “la neblina; el murmullo”, “¡el admirable Hugh”, “qué pesadez”, “sí, claro”. En otras páginas, y en relación a un personaje muy especial llamado Séptimus —cuya función dentro del libro explicaré más adelante—, aparecerá de manera más nítida, más intensa y totalizante esta función poético-expresiva. Copio sin cortes un extenso trozo con la finalidad de que el ejemplo ilustre suficientemente lo que acabo de aseverar: Me incliné sobre la borda de la barca y me caí, pensó. Me fui al fondo del mar. He estado muerto, y sin embargo ahora estoy vivo, pero dejadme descansar en paz, 124
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suplicó (volvía a hablar para sí, ¡era horrible, horrible!); y, tal como ocurre antes de despertar, las voces de los pájaros y el sonido de las ruedas cantan y suenan en una extraña armonía, y adquieren más y más fuerza, y el durmiente siente que es arrastrado hacia las playas de la vida, y de esta manera sintió Séptimus que era arrastrado hacia la vida, que se hacía más cálida la luz del sol, que sonaban con más fuerza los gritos, y algo tremendo, algo horrible, estaba a punto de ocurrir. Sólo tenía que abrir los ojos, pero sentía un peso en ellos, un temor. Hizo un esfuerzo; empujó hacia delante; miró; ante sí vio Regent’s Park. Largos haces de luz del sol incidían en el suelo a sus pies. Los árboles se inclinaban, se balanceaban. Doy la bienvenida, parecía decir el mundo, acepto, creo. Belleza, parecía decir el mundo. Y como si fuera una demostración (científica) de ello, fuera lo que fuese lo que mirara, las casas, las barandas, los antílopes que tendían el cuello sobre la empalizada, allí surgía inmediatamente la belleza. Contemplar el estremecimiento de una hoja al paso del viento era una exquisita delicia. En lo alto, en el cielo, las golondrinas trazaban curvas líneas, efectuaban giros, se lanzaban de un lado para otro, giraban y giraban, pero jamás perdían el perfecto dominio de su vuelo, como si elásticos hilos las sostuvieran; y las moscas subían y bajaban; y el sol manchaba ora esta hoja, ora aquélla, burlón, deslumbrando con su suave oro, en pura benevolencia; y, una y otra vez, un penetrante sonido (bien podía ser la bocina de un automóvil), resonando divinamente en las briznas de hierba; (Woolf, op. cit.,p.59)
¿Qué decir de esto? Séptimus Warren Smith y su esposa Lucrecia, con la que se casó en Italia, están sentados en un banco de Regent´s Park alrededor de las 11:30 de este mismo día, esperando que sean las 12:00 para llegar a la cita con un importante doctor que verá a Séptimus. El enfermo estuvo en la guerra y sufre actualmente de una muy grave depresión; ha empezado a hablar solo y a alucinar. Ha dicho a su esposa que quiere suicidarse.
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El texto de sus pensamientos fue escrito por la autora como un verdadero poema: no faltan en él repeticiones, comparaciones, imágenes dinámicas y originales, personificaciones, y hasta una sinestesia como “suave oro”. Interesante hacer notar que los paréntesis, como en el ejemplo anterior, indican un paralelo y simultáneo plano sobre la corriente de los pensamientos. Curiosamente, aquí, éste es un plano saludable: los últimos vestigios de la normalidad. Hagamos también nosotros un pequeño paréntesis y recordemos el tripartito esquema de las funciones del lenguaje, de acuerdo a las ideas del lingüista Kart Bühler. ¿Pero por qué precisamente su esquema? Porque cada una de estas funciones va a conectarse exactamente con los eternos géneros de la literatura: la lírica, la épica, y el drama. La función expresiva —observada en esas frases sueltas de la señora Dalloway y en el trozo completo que se acaba de transcribir— corresponde indudablemente a la lírica. La función re-presentativa se relaciona con la épica. Y la función apelativa con las exhortaciones dramáticas. La señora Dalloway de Virginia Wolf, ¿poetiza líricamente, narra, o nos pone a los personajes directamente a la vista como en el teatro? Responder a estas dudas, y a otras muchas presencias que irán surgiendo en el análisis, nos hará enfrentarnos de una manera más extensa y profunda a los interesantes rasgos específicos de su complejo modo narrativo. Problemáticos rasgos paradójicos pero posibles de captarse con objetividad desde la simple superficie; sólo observando con cuidado las decisivas preferencias de sus usos textuales. Rasgos velados, encubiertos, y acaso subjetivos; que más que percibidos a primera vista preferirían ser interpretados.
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¿Por qué una paradoja? Frente a este nuevo tema de los flujos mentales, conscientes e inconscientes; que por definición son íntimos, herméticos, y plenos de puro egocentrismo, se empieza a tambalear nuestra estricta manera de distinguir y encasillar los géneros de la literatura. Leyendo esta novela de Virginia Wolf somos ni más ni menos que testigos de esa absoluta soledad subjetiva de la mirada de nuestros personajes ante un mundo objetivo donde no pasa casi nada y donde todo pasa en el recuerdo, el afecto, o las deformaciones ensoñadas. En cuanto a acción externa, Clarissa solamente saluda a un viejo amigo; y el deprimido Séptimus se encuentra hablando solo en un hermoso parque, lleno a esa hora de niños y niñeras. Y entonces preguntamos: ¿es novela o poema? He aquí el primer problema paradójico porque sabemos ya que navegamos en dos aguas absolutamente antinómicas. La vertiente expresiva de lo lírico en cuanto a aquellos rasgos subjetivos y herméticos de la interioridad, la intimidad, y ese tan especial egocentrismo de las visiones personales ante el mundo y la vida: visión de los prejuicios de una determinada clase; visión de los cerebros saludables o anómalos. Y la vertiente de lo épico que recrea conductas y maneras objetivas y externas por medio de pequeños chispazos cotidianos —de una aparente intrascendencia— que en este caso nuestro recorren hora a hora3, durante un solo día de verano, los parques, las tiendas, y las céntricas calles de la ciudad de Londres. ************* Habrá seguramente nuevas paradojas. Preguntamos: ¿quién narra? ¿Quién podría saber a ciencia cierta el movimiento interno de los sentimientos, los recuerdos, los distintos impactos sensoriales, 3 La señora Dalloway se escribió entre el mes de octubre de 1922 y los primeros días de 1925. pero hasta mayo de 1924 se tituló, según el Diario de la propia Virginia, precisamente “Las horas”. NÚMERO 3-4 |
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el vaivén imprevisto de cada estado de ánimo, los juicios y prejuicios sociales metidos en la mente de cada uno de nosotros sino nosotros mismos, solamente nosotros? Cuando yo narro y hablo de lo que yo sé —sin que haya la presencia de algún intermediario— el escritor se ha decidido formalmente por el uso del “yo”: el estilo directo. Pero si revisamos línea a línea los trozos que se han citado como ejemplo, vamos a descubrir que no hay jamás un “yo”. Aún en esas expresiones donde el “yo”está presente (“me incliné […] y me caí, pensó”; “he estado muerto[…] dejadme descansar en paz, suplicó”; “Doy la bienvenida, parecía decir el mundo”) existe un narrador que se dirige a sus oyentes en tercera persona cuando dice “pensó”, “suplicó”, “parecía decir”. Al no ponerse, en estos casos, el guión que separa las palabras directas de las indirectas (como sucede en toda narración tradicional) se produce un novedoso efecto de fluidez y de espontaneidad introspectiva que utilizó la mayoría de los narradores experimentales y que hoy entre nosotros, hispanoamericanos, constituye un recurso perfectamente familiar. Pues bien, la paradoja se presenta en el momento en que, observando con cuidado los textos, descubrimos que esos “yoes” reales, tan personales y espontáneos, tan naturales y directos, resultan formalmente expresados en estilo indirecto. No sólo está la ausencia de esos yoes formales en los trozos ya vistos, sino que en toda la novela se mantendrán inexistentes. Los verbos, siempre, se hallarán conjugados en tercera persona del singular y “él” o “ella”, “se”, “le”, “lo” o “la”, serán los únicos pronombres: 1---El Príncipe vivía en St. James´s pero podía muy bien ir a visitar a su madre por la mañana. Esto dijo Sara Bletchley con su hijo de corta edad en brazos, moviendo la punta del pie arriba y abajo, como si estuviera ante el fuego del hogar en su casa de Pimlico, aunque con la vista fija en el Mall, mientras la mirada de Emily Coates apuntaba a las ventanas del Palacio, y pensaba en las doncellas, las innumerables doncellas, en los dormitorios, los innumerables dormitorios.(Woolf, op. cit., p. 16) 128
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2---Sí, porque no podía aguantarlo más. El doctor Holmes podía decir que a Séptimus no le ocurría nada. ¡Pero Rezia hubiera preferido verlo muerto! Era incapaz de seguir sentada a su lado, cuando le daban aquellos sobresaltos, y cuando lo transformaba todo en algo terrible; (p. 19) 3---Los dos parecen raros, pensó Maisie Johnson. Todo le parecía muy raro. Era la primera vez que estaba en Londres, y había venido para trabajar a las órdenes de su tío en Leadenhall Street, y ahora, al cruzar Regent´s Park por la mañana, aquella pareja la había sobresaltado. La joven parecía extranjera, y el hombre parecía raro; hasta el punto de que, cuando fuera vieja, aún los recordaría, (p. 22) 4---Ha envejecido, pensó Peter Walsh sentándose. No le diré nada, pensó, porque ha envejecido. Me está mirando, pensó, bruscamente dominado por la timidez, a pesar de que le había besado las manos. (p. 34) 5---Lo vio tan pronto entraron en la estancia (los Warren Smith, se llamaban); lo supo con certeza tan pronto vio al hombre; era un caso de extrema gravedad. Era un caso de total hundimiento físico y nervioso, con todos los síntomas de la gravedad, (p.82) 6---Lady Bruton prefería a Richard Dalloway, desde luego. Estaba hecho de mejor material. Pero no permitía que se hablara mal de su pobre y querido Hugh. Lady Bruton jamás olvidaba la amabilidad de Hugh —realmente había sido muy amable— en cierta ocasión que había olvidado. (p. 90) 7---Clarissa Dalloway la había injuriado. Era de esperar. Pero ella no había triunfado; ella no había dominado la carne. Era fea y torpe, y Clarissa Dalloway se había reído de ella por serlo; (p.111) 8---¿Había corrientes de aire?, se preguntó Ellie Henderson. Era propensa a los resfriados. Pero poco importaba que mañana amaneciera estornudando; en las muchachas con los hombros desnudos pensaba Ellie Henderson, educada en el hábito de pensar en los demás. (p.146) NÚMERO 3-4 |
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9---(a la señorita Parry, arrebujada en su chal, le importaba un pimiento lo que el Primer Ministro acababa de decirle a Lady Bruton), y a Lady Bruton le gustaría saber la opinión de Peter Walsh, acabado de llegar del mismo centro de los acontecimientos, (p.157) 10---No había triunfado, suponía Sally. Bueno, en realidad, ella rara vez leía los periódicos. A veces mencionaban el nombre de Richard. Pero, en fin, ella llevaba una vida solitaria, en la selva, como diría Clarissa, entre grandes comerciantes grandes fabricantes, (p 163) 11---Sí, porque su padre la había estado mirando, mientras hablaba con los Bradshaw, y se había preguntado ¿quién es esta muchacha tan hermosa? Y de repente se dio cuenta de que era su Elizabeth, y de que no la había reconocido, ¡tan hermosa estaba con su vestido color de rosa! Elizabeth se había dado cuenta de que su padre la miraba, mientras ella hablaba con Willie Titcomb. Por esto se acercó a su padre, y quedaron los dos juntos, en pie, ahora que la fiesta casi había terminado, viendo cómo la gente se iba, cómo las estancias se vaciaban, quedando en el suelo cosas esparcidas. (p. 169 y penúltima)
Las páginas citadas van de principio a fin de la historia. Se puede ver, entonces, que ella ha sido narrada desde muy diferentes perspectivas. Aún más: los ejemplos 1,9 y 11 demuestran la rapidez con que la autora mueve los focos de la observación pasando de un personaje al otro en pocas líneas. Muchos autores complican tremendamente este método sólo con no indicar el cambio. Pero Virginia nos facilita la lectura cuando dice, en el ejemplo 1, “mientras la mirada de Emily Coates”; en el número 9 “y a Lady Bruton le gustaría”; y en el número 11 “si, porque su padre” y “Elizabeth se había dado cuenta”. Facilidad que se mantiene consecuentemente en el total de la novela.
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Aquí los personajes, en general, emiten juicios acerca de los otros; aunque en algunos casos también opinan de sí mismos: a Clarissa la inquieta su sombrero; Doris Kilman se autocondena por su aspecto físico; Sally se enorgullece de sus hábitos; Séptimus Warren Smith comenta las imágenes que llegan a su mente. Esta paradojal manera de ser de veras “yo” y hablar en cambio en “él” o en “ella” mientras las perspectivas van variando —completamente libres— de acuerdo al personaje que se convierte en narrador por medio de sus pensamientos y sus observaciones, sus juicios, sus quejas, sus recuerdos, se la conoce con muchos nombres diferentes… y hasta parece hecha a medida para la descripción del flujo de conciencia. Su utilización novedosa en manos de Virginia Wolf, de Joyce, de Faulkner o de Malcolm Lowry no desmiente el hecho de que este recurso sea un descubrimiento no tan nuevo. Recurso que —de acuerdo a la definición dada por mí en un comienzo— merece ser llamado precisamente modo narrativo: “yo”, como narrador, doy testimonio de “mi” mundo ni más ni menos que “ego”-céntrico a un oyente que lo recibe (paradójicamente) por medio del uso de un lenguaje indirecto. Los alemanes denominaron este modo “locución vivida” y lo han reconocido como un medio formal desde su aparición espontánea, incipiente, en 1836 —para la descripción de un poeta loco en una obra de Büchner— 4 hasta la maestría indiscutible con que lo ha practicado Thomas Mann en su novela Los Buddenbrook. Sin olvidar que su presencia, en el naturalismo de Alemania, fue ineludible para definición de locos, ebrios o fanáticos. También a los críticos del naturalismo francés ha preocupado este fenómeno, que ellos consideraron como estilo indirecto libre5: “indirecto” a causa del empleo de la tercera persona gramatical; y “li4 Georg Büchner (1813-1837), a pesar de ser médico y de haber muerto tan joven, tiene a su haber cuatro obras decisivas y es además el creador del drama histórico alemán. El uso del “erlebte rede” (locución o discurso vivido) lo realiza en su Lenz de 1836 5 Es el filólogo francés Charles Bally, alumno dilecto del maestro suizo Ferdinand de Saussure, el que remoza y propaga el término “style indirect libre” alrededor de los años veinte de este siglo. Aunque, según Virginia Wolf, la que inaugura NÚMERO 3-4 |
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bre” debido a la facilidad de sus desplazamientos: de la perspectiva visual y emocional de un personaje a la perspectiva de cualquier otro, cercano o lejano en el espacio o en el tiempo. En La señora Dalloway, por ejemplo, las horas del Big-Ben o un avión que con sus volteretas escribe propaganda en el cielo de Londres, nos llevan — en el mismo momento, simultáneamente— de un espacio público a una casa privada, a través de la mente de muy diversos personajes; o la presencia de un vehículo, que nadie sabe de quién es pero que se sospecha como perteneciente a la realeza, monopoliza las más dispares mentes callejeras: todas pendientes de esta aparición. “Estilo indirecto libre” es, sin lugar a dudas, la denominación más conocida, más difundida y aceptada; a pesar de que la crítica inglesa se ha referido a este sistema —del mismo modo que los alemanes— con otras expresiones que tampoco desdicen sus rasgos esenciales, ni sus paradójico sello: “discurso referido”6 y “monólogo interior indirecto”7. ******************** Lo interesante y sorprendente es que todo lo que hemos visto y dicho hasta el momento —desde distintas perspectivas formales —va a coincidir, esencialmente, con las concepciones vitales de la propia Virginia. En muchos de sus ensayos, en diferentes partes de su Diario, y especialmente en su libro Moments of Being (tal vez mal traducido por Momentos de vida) nos ha comunicado que la vida no es una fila de faroles metódicamente acomodados, que ésta es sólo una especie de transparencia indefinida y vaga. el método es Jane Austen en Orgullo y prejuicio (1813). Mientras Vargas Llosa asegura que Flaubert lo inventa para Mme. Bovary (1857): ver Bibliografía.-Los críticos franceses, en la actualidad , se han ocupado de observar el método en la obra de Marcel Proust, quien no es un novelista del “stream of consciousness”. 6 “Represented speech”, según Helena Beristáin. (Vid. Bibliografía 7 Edouard Dujardin en Les lauriers sont coupés (1888) utilizó por primera vez el “monólogo interior”, que es la presentación de un “yo” que trata de verbalizar los pensamientos más desarticulados e inconscientes, antes de ser deliberadamente formulados por la palabra. El mismo autor expresó teóricamente esta idea en un ensayo de 1931
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“Moments of being” son, para la autora, esos pocos instantes de la existencia humana en que la realidad revela iluminadamente lo que hay detrás de la apariencia. Revelación que es, en el fondo, el conducto que explicará lo incomprensible. Claridad sorprendente que Joyce calificó de “epifanía”. Lo genial de la idea de Virginia es que este orden de la vida no puede producirse sin la ayuda de las palabras. La presencia verbal es la única que puede transformar las parcialidades difusas de la realidad en integridades humanas clarificadoras y totalizantes. ¿No es esto acaso, exactamente, lo que define el arte literario? Más adelante —entre los rasgos encubiertos del modo narrativo de La señora Dalloway— veremos por lo menos dos factores formales tremendamente relevantes, cuya finalidad se relaciona sin lugar a dudas con la presencia interna, existencial, de una estructura poderosa que organiza y ordena. Y, finalmente, ¿a qué se debe que la autora dedique tanto deliberado esfuerzo8 en pos de la totalidad reveladora? La incomprensión es siempre un golpe que produce daño, y el orden que estructura y conforma es amuleto contra el daño. Si pensamos en los propios problemas de angustia y depresión que ha sufrido Virginia (desajustes anímicos que —después de intentos numerosos— la condujeron, en 1941, a la consumación de su suicidio) veremos que el orden de lo luminoso es también para ella una terapia igual que las terapias de los consultorios psiquiátricos. 9 8 Del diario de Virginia extraigo algunas frases que confirman esta consciente y esforzada búsqueda de lo estructurante, precisamente en relación a La señora Dalloway: a) 19-VI-1923: “diré que va a ser una lucha endiablada. Su estructura es extraña y dominante. Siempre tengo que retorcer mi sustancia para que se adecúe a la estructura”.- b) 30-VIII-1923: “mi descubrimiento: la manera en que creo hermosos conductos subterráneos detrás de mis personajes […]. Humanidad, humor, profundidad. El proyecto es que las cavernas estén en comunicación entre sí y que todas queden bajo la luz del día en el mismo instante. ¡La cena!”.- c) 13-XII-1924: “volviéndola a escribir a máquina desde el principio […]; me parece un buen método, ya que de esta manera se pasa el pincel húmedo sobre la totalidad, con lo cual se unen partes que fueron compuestas por separado y se secaron”. 9 Virginia tiene su primer intento de suicidio a los 13 años, cuando muere su madre. Y aunque su esposo ha dicho que la literatura fue, en un comienzo, recomendada por los médicos, y ella misma concluye en Momentos de vida que explicitando el golpe con palabras se eliminan los daños; algunas frases de su NÚMERO 3-4 |
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Así, de la misma manera en que se contradice absurdamente — pero de todos modos se realiza— la conjunción genérica de extremos tan distantes como el lirismo interno y subjetivo y el objetivo mundo de las realidades… de la misma manera en que se contradicen y coinciden la inmediatez de un “yo” con la fría distancia del narrador intermediario… de esa misma manera, en la visión vital de la escritora se van a conjuntar paradójicamente las nebulosas cotidianas y las luces radiantes de las revelaciones epifánticas; los hechos evidentes y los conductos subterráneos; los chispazos parciales y el mundo comprensible de las cosas enteras; la dispersión temible y la estructuración salvadora; el daño y el baluarte. ¿Por qué un encubrimiento? Igual como sucede con otras muchas obras que describen los flujos de conciencia, el estilo indirecto de La señora Dalloway necesita lectores atentos y pacientes. Porque después de sus multiplicadas paradojas también podemos descubrir en este modo narrativo ciertas caras ocultas. Al observar las perspectivas de muy distintos personajes, la obra completa demostró utilizar, sin variaciones de ninguna especie, la tercera persona de principio a fin. Y justamente por eso —por su forma homogénea— va a proyectar esta novela su primer engaño. Copio algunos ejemplos que pueden demostrarlo: A.1--- La violenta explosión que hizo dar un salto a la señora Dalloway y obligó a la señorita Pym a ir al escaparate y a pedir disculpas procedía de un automóvil que se diario indican, también en relación a La señora Dalloway, la tortura mental que le produce la escritura: a) 19-VII-1923: “Estoy escribiendo Las Horas [el primer nombre que tuvo la novela que analizamos]. La faceta de la locura me afecta tanto, hasta tal punto tortura mi mente, que apenas puedo hacer frente a la posibilidad de pasar las próximas semanas entregada a ella.- b) 26-V-1924: “desde la crisis del último agosto […] se ha desarrollado […] con muchas interrupciones”.c) 2-VIII- 1924: “Pero esa leve depresión, ¿qué es? Creo que podría curarla por el medio de cruzar el canal, y no escribir ni media palabra en una semana”
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había detenido junto a la acera opuesta, exactamente delante del escaparate de la floristería Mulberry. Los transeúntes que, desde luego, se habían detenido para mirar, tuvieron el tiempo justo de ver una cara de suma importancia contra el fondo de la tapicería […]. Sin embargo, inmediatamente comenzaron a correr los rumores desde la mitad de Bond Street hacia Oxford Street, por una parte, y hacia la perfumería de Atkinson, por otra, pasando invisibles, inaudibles, como una nube, veloces, como un velo sobre colinas, y descendiendo, de modo parecido a la brusca serenidad y el brusco silencio de la nube, sobre rostros que un segundo antes estaban en el mayor desorden. (Woolf, op. cit p.11) 2---Como sea que aquella era una noche muy calurosa, y los muchachos vendedores de periódicos pasaban con carteles que, con grandes letras rojas, proclamaban que se había producido una ola de calor, se habían dispuesto sillas de mimbre en la entrada del hotel, y en ellas se sentaban indiferentes caballeros que bebían y fumaban. Allí se sentó Peter Walsh. (p. 140)
B.1---Eran exactamente las doce; las doce del Big Ben; el sonido de cuyas campanadas fue transportado en el aire hacia la parte norte de Londres; mezcladas con las de otros relojes, débil y etéreamente mezcladas con las nubes y con bocanadas de humo, las campanadas murieron allí, entre las gaviotas. Las doce sonaron cuando Clarissa Dalloway dejaba su vestido verde sobre la cama, y el matrimonio Warren Smith avanzaba por Harley Street. Las doce era la hora de su visita al médico. Probablemente, pensó Rezia, aquella casa con el automóvil gris parado delante era la de Sir William Bradshaw.(p. 81) 2---Y se alejaron más y más de ella, unidos a ella por un delgado hilo (puesto que habían almorzado en su compañía) que se alargaba y alargaba, y se hacía más delgado a medida que caminaban por Londres; […]
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Y Richard Dalloway y Hugo Whitbread dudaron al llegar a la esquina de Conduit Street, en el mismo instante en que Millicent Bruton, yacente en el sofá, permitió que el hilo se rompiera; roncaba. (p.97)
Ya vamos sospechando que la perspectiva no está instalada en un solo personaje que nada más domina lo que él ve. En los ejemplos del grupo A., el narrador informa lo que sucede a un amplio grupo de personas que se acumulan en un mismo espacio. En los ejemplos del grupo B., lo que sucede al mismo tiempo en distintos lugares. Pensamos entonces —y pensamos bien— que éste es un narrador que conocemos, que nos resulta familiar: es el viejo y famoso narrador que lo sabe todo. Narrador omnisciente, a quien, en manos de Virginia, tampoco falta sentido del humor cuando opina, describe o da detalles (presentes y pretéritos; externos y profundos) de sus personajes: C.1---[Sobre Séptimus] Por su aspecto, podía ser un empleado, pero de los mejores; sí, porque calzaba botas de color castaño; sus manos eran educadas; y lo mismo cabía decir de su perfil, un perfil anguloso, de gran nariz, inteligente, sensible; pero no se podía afirmar lo mismo de sus labios, que eran flojos; y sus ojos (cual suele ocurrir con los ojos) eran meramente ojos; […] era uno de estos medio-educados, auto-educados, que han conseguido toda su educación gracias a libros prestados por bibliotecas públicas, leídos al atardecer después de la jornada de trabajo, siguiendo el consejo de conocidos escritores consultados por correo.(p.72)
2---Desnudos, indefensos, los exhaustos, los carentes de amigos, recibían la impronta de la voluntad de Sir William. Atacaba, devoraba. Encerraba a la gente. Esta mezcla de decisión y de humanidad era la causa de que los parientes de sus víctimas se encariñaran tanto con Sir William. [Se trata de un médico psiquiatra] (p.88) 136
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3---No se debió a que el señor Walsh dijera algo, ya que, por estar solo, únicamente al camarero podía dirigirse; se debió a su manera de mirar la carta, de señalar con el índice un determinado vino, de erguirse ante la mesa[…] cuando se oyó que el señor Walsh decía, al término de la cena, “Peras Bartlett”. La razón por la que habló con tanta moderación y, sin embargo, con firmeza, con el aire de un hombre disciplinario que ejerce sus legítimos derechos, fundados en la justicia, era algo que ni el joven Charles Morris, ni el viejo Morris, ni la señorita Elaine, ni la señora Morris, sabían. Pero cuando el señor Walsh dijo “Peras Bartlett”, sentado solo en su mesa, comprendieron que contaba con su apoyo, en alguna legítima exigencia; (p.139)
En los ejemplos del grupo C. leemos expresiones que ningún personaje diría de sí mismo: “era uno de esos medio-educados”; “atacaba, devoraba”; “su manera de mirar la carta”. Un narrador objetivo, independiente, conocedor universal, es el único que puede hablar con tanto desafecto. ¿Qué es el humor sino este desenfado, esta distancia emocional? Miramos nuevamente con atención las frases del grupo A., del grupo B. o del grupo C. y confirmamos con certeza que nuestro nuevo narrador no es el mismo de los ejemplos anteriores porque sabe muy bien lo que nunca sabría un ser humano individual: el dominio del tiempo y del espacio. Porque habla muy bien de sutilezas que conectan a los personajes —a espaldas de ellos mismos— con otros muchos individuos cuya existencia ni siquiera imaginan: “conocidos escritores consultados por correo”, “parientes de las víctimas”, o el apoyo moral que la familia Morris da a Peter Walsh sólo por haber dicho “Peras Bartlett”. Desde el punto de vista del estilo indirecto libre, ¿hay aquí error de perspectiva? ¿Un vuelco? ¿Una inseguridad de la escritora? Si leemos la novela en orden —línea a línea— este omnisciente narrador va apareciendo de un modo equilibrado, equidistante, cada cierto NÚMERO 3-4 |
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tiempo. La finalidad de Virginia es evidente: ella necesita la claridad reveladora de un orden integral. Y este narrador aparece para aclarar, para amarrar la dispersión, para ordenar el tiempo y el espacio. Quedaría por admitir, que —con el mismo derecho que posee la restringida perspectiva interna de los personajes— en esta “libertad” de movimientos que permite la cámara, también (y esto depende del deseo, del gusto, de la necesidad del escritor) se pueden incluir el amplio radio de observación externa y objetiva y el infinito grado de conocimiento de este querido “superman” de los viejos relatos. He aquí un encubrimiento que también —de algún modo— ha resultado paradójico. ************* La pura forma de tercera (acabamos de confirmarlo) encubre más de algún secreto. Veamos, por ejemplo, qué sucede de veras con la movilidad y libertad de perspectivas del estilo indirecto libre propiamente tal. Nuestro libro contiene una totalidad aproximada10 de 52 personajes actuales y presentes. (No tomo en cuenta los infinitos, vagos personajes de los recuerdos fragmentarios de cada flujo de conciencia). Y de estos personajes conocidos, concretos, un mínimo de 30 van a dejarnos entrever lo que les pasa por la mente: muchos de ellos de una manera escasa y transitoria. El flujo interno de los demás o no aparece del todo, o se refleja en los primeros, o se introduce subrepticiamente en el discurso de los otros con ciertas frases casi imperceptibles. Una tan grande cantidad de perspectivas (incluyamos también la rítmica presencia de la perspectiva omnisciente) que se arrinconan homogéneas bajo la estricta, inamovible y “única” forma de tercera persona, ¿no son acaso, en esencia, “pluralidad de narradores”?
10 La absoluta verdad es que he contado uno por uno cada personaje. No digo “aproximada” sólo por modestia sino también por exactitud: en números tan amplios como éstos es muy posible equivocarse.
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Suma plural que tal vez —en el fondo— conforme esa omnisciencia interna y afectiva que va a cerrar y completar un todo pleno de volumen con ayuda de la faz objetiva y desenfadada, generosa y lúcida, de la vieja omnisciencia. ¿No quería Virginia que las parcialidades incompletas hallaran el profundo camino de la totalidad? ***************** Hablamos en algún momento de la presencia conflictiva de lo lírico dentro del texto narrativo de La señora Dalloway. En numerosos comentarios se ha dicho de Virginia que sus novelas son “poéticas”. Esta suma plural de perspectivas cambiantes, ¿no nos develará nuevos misterios? Nos referimos al grito de socorro que lanzó Wolfgang Kayser desde su decisivo texto titulado “Origen y crisis de la novela moderna”, escrito en la mitad exacta de este siglo: Con la “locución vivida” y el “monólogo interior” se llega a conseguir lo que sólo en parte intentaron y llegaron a conseguir el “narrar objetivo” y la “técnica del punto de vista cambiante”: la plena desaparición del narrador autónomo. Se trata aquí de un problema cardinal del arte narrativo: la muerte del narrador es no solamente el resultado de la aparición de aquellos medios de expresión con que se puede reproducir adecuadamente la corriente de la conciencia. La lucha contra el narrador se deriva de causas más profundas y completamente peculiares. En él se combate aquella “seguridad” de la novela tradicional, contra la cual se subleva el moderno sentimiento de la vida.[…] El narrador mismo tiene que ser incluido en la plena inseguridad del mundo y de la vida: eso es lo que parece exigir la autenticidad. […] El que pretenda eliminar de la novela completamente el narrador la despojará de su esencia. La muerte del narrador es al mismo tiempo la muerte de la novela. (Kayser, 1966. pp 78-79)
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Por suerte Virginia Wolf utiliza, en honor de nosotros los lectores, esa “seguridad” demiúrgica de la novela tradicional de acuerdo a rítmicos espacios temporales. Y es una suerte, además, que la posible muerte del narrador no mate el texto literario. Recordemos que el género que lleva el mundo hasta el espectador, sin emplear intermediario, se llama género dramático. En el teatro no hay una guía eficiente como los narradores de la novela decimonónica. Cuando vamos al teatro, escuchamos a los personajes siempre en contacto directo con lo que dicen ellos mismos. Y los puntos de vista sobre el conocimiento de la historia, sobre la ideología o la visión del mundo con que ésta se interpreta, sobre las posiciones físicas que se van tomando, siempre dependerán de cada personaje y por eso varían de acuerdo a los distintos turnos de sus parlamentos. ¿Podría entonces la tercera persona de La señora Dalloway hallarse emparentada con el drama? Pero, ¿por qué tercera? ¿Qué no es acaso la primera la que se escucha en el teatro? Precisamente porque el deseo de verosimilitud aristotélica no le permite a nuestra autora construir una obra narrativa con puras personas que hablan solas, sin comunicarse entre ellas. Porque el sentido de unidad —¡que tanto le interesa!— la obliga a un solo estilo unitario que disfrace en un todo lo que en monólogos serían muchos relatos disidentes. Porque la tercera permite una continuidad cronológica de los sucesos materiales dentro de un mismo tipo de escenario e introduce el diálogo sonoro y externo de los personajes de un modo homogéneo. De esta manera, a la inicial presencia de lo lírico se agrega un género escondido que no se había visto en un comienzo; subsistiendo los tres en una nueva paradoja más absurda y compleja. ************** Quedan aún algunos comentarios sobre lo que se esconde tras la pluralidad de perspectivas. Entre los 52 personajes, hay sólo 12 que son los principales. Pero a pesar de todo siguen siendo mu140
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chos y, por lo mismo, encubren precisamente lo que le importa más a la escritora. A ella le importan, en esencia, dos visiones del mundo: la inclusión en la vida, la aceptación social, de una parte; y, de la otra, la expulsión de la realidad. Ni más ni menos que su propia ruptura existencial: cordura y locura. Clarissa Dalloway y Séptimus Warren Smith. La vida y el suicidio.11 ****************** No olvidemos, por último, que algunos críticos han dicho que la técnica de Virginia corresponde a un impresionismo tan esmerado y concienzudo que casi llega al puntillismo. Sin duda, esta aseveración se relaciona con el mosaico abigarrado de las innumerables perspectivas en que está dividido el restringido espacio donde sucede la novela: la ciudad de Londres. Pues bien: esto es real mirado desde el exterior, como en los cuadros de Seurat. Y sin embargo, después de todo lo que hemos desentrañado desde el texto, el puntillismo es aparente. Los pintores expresionistas alemanes formaron un grupo llamado Die Brücke: buscaban el puente que va de lo visible a lo invisible, de lo superficial hasta la hondura de las amarras encubiertas. Mirada desde el íntimo nudo de su totalidad estructurada, esta obra de Virginia resultará tal vez más parecida a un cuadro expresionista: ¿no es esto acaso lo que buscó desesperada en sus epifanías salvadoras? He aquí la amarra de la acción externa: un largo día de verano, caluroso y trágico. He aquí el secreto de las profundidades: treinta años de recuerdos, la trascendencia de lo intrascendente, la guerra del 14, la colonización de la India, el truncado futuro de los jóvenes, los abusos huma11 El diario de Virginia dice textualmente: a) 14-X-1922: “La Señora Dalloway se ha convertido en un libro; en él inserto un estudio sobre la demencia y el suicidio; el mundo visto por el cuerdo y el demente, el uno al lado del otro. ¿Septimus Smith? ¿Es un buen nombre? Creo que este libro se encuentra más cerca de la realidad”.- b) 19-VI-1923: “En este libro casi me sobran ideas. Quiero expresar la vida y la muerte, la cordura y la demencia, quiero hacer una crítica del sistema social y mostrarlo en funcionamiento, en sus momentos de suma intensidad.”.NÚMERO 3-4 |
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nos, los pordioseros en la calle, las costumbres burguesas, la moda, los prejuicios. Y el retrato de Londres con parques y con calles, y un matemático Big Ben, y reyes y palacios y vitrinas y tiendas. Y, finalmente, la fiesta de la vida: los odios, los amores; el fracaso y el éxito; la rosada belleza de una joven, la soledad oscura de una vieja. La locura y la muerte. Los ricos y los pobres.
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Alma Karla Sandoval
De temas tan triviales como el tiempo y la muerte. México: Lengua de Diablo, 2018, 56 p. ISBN: 978-0359-24370-9 Alma Karla Sandoval1
Volver a irse, pero esta vez con otras cosas Tic y tac. Tic y tac. Manecillas. Dedos sobre teclados vetustos. Tic y tac. Latidos de una bomba de sangre con sabor a nada, diría la autora de la antología De temas tan triviales como el tiempo y la muerte. Tic y tac, en ese orden de cosas que arranca el exilio, en esa sustantivización quiroguiana. La poesía es fácil, pero también difícil, sostiene Eliana Albala con precisión, con claridad inaudita en poemas que nos persuaden de que el tiempo es una broma atroz, por eso cae como la cabeza de un verso de Rosario Castellanos. El tiempo, quizá, merezca ser contemplado con la lejanía y cantares que la doctora, ya más mexicana que chilena, concita. El tiempo, tal vez, es un tema adusto, pero trivial, un oxímoron que el yo lírico dibuja, deconstruye y exhibe en toda su molecularidad, en rizomas de dialógica búsqueda y contorno: la tersura de una voz lograda, de un entallado traje para la vida, de una literatura que doctora la emoción. Si hablamos de la obra poética de Eliana, formadora de escritores, maestra de maestras, nos referimos a un ars reflexivo cuya factura podemos encontrar en la Generación del 27 y, sobre todo, en la propuesta de Vicente Aleixandre, el bardo con quien Albala cruzó correspondencia.
1 Magister Cum Laude en Literatura latinoamericana por la Universidad Javeriana de Colombia NÚMERO 3-4 |
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De temas tan triviales como el tiempo...
El tiempo, digámoslo así, es un prisma de tres lados, también una inasible configuración de la nada, pero también del todo. Este verso lo prueba: “He aquí el tiempo que nunca me abandona”, pero que asimismo enjaula la preciosidad de un tono que toma el riesgo de la resonancia de las preguntas, de las respuestas en los silencios de cada poema, en el encabalgamiento y ritmo de pensamiento de una escritora que danza a su antojo por la arena dramática de la música cotidiana, de las faenas repetidas, de la imagen y las metáforas que dan forma al sueño y al insomnio. Aún no sabemos el verdadero nombre de la muerte. Tal vez se llama ese bochorno que ilumina el triste acero en las ventanas, esa montaña que nos mira desde un sollozo entristecido con la profunda pena de su lejanía…
Albala, como observamos, mira lo que encuentra y sus hallazgos la ven con estupefacción. Es por eso que, esta escritora, se puede dar el lujo de olvidar poemas, una docena, si somos exactos, los cuales cortan el vestido de una obra dividida en dos partes editadas bajo el sello de Lengua de Diablo, cuya colección Alma de Gato, es una elegante forma de poetizar el mundo. Volvamos con Eliana, con ese cronópata modo de expresar las emociones: A los enfermos temporales yo los llamo “cronópatas” y también admiro su manera desorbitada,su caprichosa libertad apremiante.
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“Solo lo semejante reconoce lo semejante”, aseguró Ernesto Sábato. Esta voz poética se acerca a la luz del idioma para adjetivar la vida en ciertos momentos: Cuando podemos vivir con los seres humanos de igual a igual: cada quien oscuro para el otro, cada quien sin saber qué pasa con el otro, cada quien sin pensar en el otro, cada quien sin ver nada en el otro. Por suerte son muy pocos los días luminosos. Porque en los días luminosos se dicen frases célebres que nadie olvida.
He ahí la clave de este libro, la certeza de una memoria, la flecha de un discurso que traspasa al lector más exigente con el amor por un río, por ejemplo, por una crespúsculo nerudiano que se refleja en el Mapocho que parte una ciudad, que es la vena de Santiago, que es el recorrido de una historia: dos jóvenes enamorados saliendo de una reunión literaria como quien huye del encuentro, pero el destino implica moverse en dirección contraria, hacia sus brazos. El destino, tal vez, es un texto con metáforas silvestres y un nombre: Jesús, Armando, Guillermo. O dos adultos con un reino fundado en ellos mismos, con una ideología, otra vez, a contracorriente de la época, con dulces subrayados en los libros donde crecen las plantas de las teorías alemanas, ese dorado trigo de la idea que alimentará el propio descubrimiento de quien debe irse sin sus cosas. He ahí la clave de esta antología: el irse porque el aliento es la palabra y el espejo de una primavera que crece, que tupe el mundo con los años, con la paz y el consuelo desde la herida del exilio:
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Si te fuiste sin cosas, no queda alternativa: Estás afuera para siempre. Pero, ¡cuidado! si regresas y pides lo que creías que era tuyo, las cosas te traicionan, se marchan, retroceden, se adhieren a los otros ya vacías y extrañas. Los que se han idos sin sus cosa simplemente se han muerto privados de memoria, locos fantasmas olvidados.
Eliana Albala es una poeta de estatura inmedible e inteligente, de mercurio gracias a una actitud que desvela el otro lado de los puentes, de lo que no se puede o se atreve a decir la gente común. Una poeta que no teme a los finales sin anestesia, al merodeo de un motivo, de una angustia, de un recuerdo. Hay soledad, cierto, en esta conversación en la penumbra, en este saber de lo oscuro del alma y las respuestas invisibles, en este universo cálido, de hogar y sosiego que vence a la desesperación nihilista. Puntual, certera, esta poesía no alza la voz porque no necesita defenderse, salva el instante porque sí, porque la experiencia del lenguaje, del paisaje del verbo, de la forma bien cuidada, transmite efectivamente sus mensajes. Queda claro que la poesía no nos salva, pero nos hace olvidar el peligro de continuar existiendo sin preguntas, si un devenir filosófico del lenguaje en una orilla preciosa, en un oasis de sentido, he ahí la consumación de la obra poética de toda una vida: descubrir que, a pesar de todo, no somos espejismos. Si acaso el tiempo, a quien la poeta interpela, si acaso el tic-tac de un corazón consciente del peso de cada una de sus palabras, de que la muerte no es trivial, porque el acontecimiento, la serendipia, nos repite Eliana, es estar vivos. 150
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