Parlamentoscopi
La primera revista electr贸nica sobre asuntos parlamentarios de Venezuela. |
N煤mero 1 |Abril 2012
Parlamentoscopio ® | Número 1 | Abril 2012
Parlamentoscopio: un nuevo mecanismo para nuestra vida deliberante. Editorial.
Tabla de Contenidos
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La esencia del ejercicio democrático en la política palpita en la deliberación; en esa posibilidad de amplificar el escrutinio que hacemos sobre los asuntos públicos. A fin de cuentas la política es un asunto de naturaleza relacional. Ante este imperativo que implica vivir en y para la democracia, destaca la institución parlamentaria: el recinto donde la vida deliberante se hace cotidianidad en el seno del Estado. Un lugar, que por su naturaleza funcional, asume sin condiciones al debate como principal mecanismo de resolución (o al menos contención) de las antinomias, discrepancias y tensiones propias de la vida en sociedad. Un lugar que si bien ha vivido con la costumbre de estar a la sombra de los voluntarismos presidenciales de este y otros momentos, es un espejo revelador de cómo se vive la política, cómo actúan sus protagonistas y cuánto impactan sus decisiones a la ciudadanía de cualquier país.
Compendio de noticias parlamentarias (marzo-2012)
Es por ello que desde Entorno Parlamentario mantenemos nuestro esfuerzo de hacer más nítida la imagen funcional, política, social y cultural que tiene la Asamblea Nacional, en el marco del debate siempre perfectible sobre la democracia, la clase política, los ciudadanos y sus instituciones. Aspiramos contribuir a amplificar las dimensiones socioculturales del debate legislativo y hacer que la dinámica parlamentaria sea parte del acervo argumental de la ciudadanía venezolana. Es por ello que nuestro Parlamentoscopio, busca ofrecer una mirilla a la ciudadanía a través de la cual pueda conocer, vigilar y escrutar pluralmente el desempeño del Poder Legislativo y sus actores.
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Muchos años tuvo que esperar este proyecto, hasta este mes de abril, fecha que se convierte -gracias al valioso apoyo del grupo Monitor Legislativo- en la primera Revista Digital de asuntos parlamentarios de Venezuela. Con una propuesta editorial plural, innovadora, interactiva y sensible a las nuevas tendencias comunicacionales, aspiramos que nuestros contenidos consigan enriquecer el debate parlamentario de nuestro tiempo. Es por ello que desde este primer número, nuestros lectores conseguirán mensualmente una importante heterogeneidad de temas, enfoques y secciones, que de alguna u otra manera se relacionan con el Poder Legislativo, tanto desde una perspectiva nacional, como comparada con otros parlamentos del mundo. En efecto, además de las noticias parlamentarias más relevantes del pasado mes de marzo, tendremos un pertinente estudio sobre las implicaciones de la inminente reforma laboral en el marco de la campaña presidencial, así como también un importante análisis sobre la profesionalización del servicio exterior a través de sus últimos marcos normativos en Venezuela. Adicionalmente, hemos traducido un estupendo artículo sobre las mujeres parlamentarias en el mundo, así como otros dos artículos de gran valía, unos sobre el papel de los Parlamentos en la integración regional del Mercosur y el otro sobre el fenómeno de los “parlamentarios 2.0”.
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5 Reforma laboral, socialismo y clima electoral. (I parte) Por Alejandro Agudelo y Xavier Rodríguez _________________
Las mujeres en los parlamentos: geografías impugnadas. Por Manuela Picq. _________________
13 Pasado y presente de la legislación del servicio exterior venezolano (I parte) _________________
17 Web 2.0 y dinámica parlamentaria en Venezuela Por Xavier Rodríguez Franco
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El papel de los parlamentos en la integración del Mercosur. Por Marianny Pacheco _________________
Esta publicación estará disponible tanto en nuestra página web, como en la de Monitor Legislativo mensualmente, así como también se la enviaremos sin costo alguno escribiéndonos un correo a eparlamentario@gmail.com Esperamos conocer sus expectativas, sugerencias y que además los contenidos de esta publicación sean de gran utilidad para una ciudadanía cada día más ávida de potenciar su conocimiento para la acción política. Xavier Rodríguez Franco (@xfranco22) Director de Entorno Parlamentario.
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Compendio de noticias parlamentarias (abril).
A continuación listaremos las noticias parlamentarias más destacadas y con más visitas, en nuestro sitio web durante el pasado mes de marzo: 05/03/2012. TSJ admitió acción de nulidad contra el artículo 3 de la Ley Habilitante El Universal. El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Constitucional, admitió la demanda de nulidad por inconstitucionalidad que fue, contra el artículo 3 de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.009 del 17 de diciembre de 2010. Los abogados alegaron que ese artículo extiende la delegación de funciones al Ejecutivo Nacional … Sigue leyendo aquí. 08/03/2012. Bloque chavista impide en la AN investigar el Fondo Chino El Universal. La mayoría oficialista de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional negó la propuesta de investigar las supuestas irregularidades del Fondo Chino denunciadas por el diputado Miguel Ángel Rodríguez (Independiente por el estado Táchira), quien planteó en la mencionada instancia legislativa que el Acuerdo suscrito con Beijing lesiona el patrimonio de la República y la estabilidad de Petróleos de Venezuela… Sigue leyendo aquí. 13/03/2012. Imponen nuevas limitaciones al trabajo de los medios de comunicación en la AN Globovision. Durante la sesión del día 13 de marzo, les fue entregada a los periodistas de diversos medios de comunicación social que cumplen funciones dentro de la AN una hoja en la que se destacan nuevas limitaciones para la cobertura de su trabajo en el Parlamento. Sigue leyendo aquí.
21/03/2012. Sumario de la G.O. N° 39.887 en la que se pública el acuerdo de la AN para la remoción del cargo de Magistrado a Eladio R. Aponte Aponte Entorno Parlamentario. Así luce el sumario de la Gaceta Oficial 39.887 del día 20 de Marzo de 2012 en la que se remueve del cargo al Magistrado Eladio Ramón Aponte Aponte… Sigue leyendo aquí. 22/03/2012. Maduro presenta propuestas sobre la LOT
informe
de
El Nacional. El canciller de la República, Nicolás Maduro, informó el miércoles 21 de marzo desde la Vicepresidencia que se han recolectado unas 11.000 propuestas durante las jornadas de discusión de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) que pretende aprobar el presidente Hugo Chávez en el mes de mayo. Sigue leyendo aquí. 22/03/2012. AN podría aprobar ley que regule servicios de telefonía móvil en este período legislativo El Nacional. El miércoles 21 de Marzo los integrantes de la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, recibieron a los representantes de las tres empresas que prestan el servicio de telefonía móvil en el país: Movistar, Digitel y Movilnet. El diputado Elio Serrano (PSUVMiranda), presidente de la comisión, informó que en principio el objetivo del encuentro fue ampliar el conocimiento sobre el funcionamiento de las compañías del área y el suministro de inquietudes que en torno a este servicio se han recibido en el poder legislativo …Sigue leyendo aquí. 26/03/2012. AN prevé anunciar Acuerdo entre banca y productores agrícolas
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El acuerdo final entre la banca privada, los productores y el gobierno para refinanciar una serie de créditos agrícolas que cayeron en mora, principalmente por la pérdida de cosechas por las lluvias de 2009, 2010 y 2011, sería anunciado el jueves (29/03) en la Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional (AN) …Sigue leyendo aquí.
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29/03/2012. Ratifican que el 1 de mayo se promulgará la Ley del Trabajo
30/03/2012. Reforma adelantada en 70%
El Universal. La entrada en vigencia de una nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT) el próximo 1 de mayo es una decisión que no tiene “vuelta atrás” para el Gobierno, a pesar de que a casi un mes de su promulgación el sector laboral desconoce la redacción del documento. Carlos López, integrante de la Comisión Presidencial para la Ley Orgánica del Trabajo acotó que no está descartada que algún “área neurálgica” de la Ley pudiera ser diferida en su aplicación inmediata …Sigue leyendo aquí.
Noticias 24. Miguel Pérez Abad, miembro de la Comisión Presidencial para la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, en un nuevo foro con trabajadores del sector petrolero, anunció que la nueva Ley Orgánica del Trabajo se encuentra 70% adelantada, por lo que se espera que el primer borrador de la ley se haga público para el próximo 15 de abril …Sigue leyendo aquí
29/03/2012. Créditos adicionales aprobados este año superan los Bs 12 millardos El Universal. La Asamblea Nacional en tres meses dio el visto bueno a créditos adicionales por 12,7 millardos de bolívares. Los créditos autorizados en el primer trimestre duplican a los tramitados en el mismo período del pasado año, cuando sumaron 6,2 millardos de bolívares…Sigue leyendo aquí
de
la
LOT
está
30/03/2012. TSJ rechaza acción para impedir que Chávez dicte Ley Orgánica del Trabajo El Universal. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el diputado a la Asamblea Nacional (AN), Alfredo Ramos, contra el presidente de la República Bolivariana de Venezuela por la supuesta amenaza de violación de derechos constitucionales, en virtud del anuncio público de aprobar vía Ley Habilitante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo prevista en la Disposición Transitoria Cuarta de la Carta Magna. …Sigue leyendo aquí
Por una Asamblea Nacional de puertas abiertas…
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Reforma laboral, socialismo y clima electoral. (I parte)
Por Alejandro Agudelo (@aagudelord) y Xavier Rodríguez Franco (@xfranco22) Dentro de los marcos normativos más importantes en las sociedades modernas, destaca las leyes que regulan la sociología del empleo. En buena medida las reglas que organizan el trabajo, sirven como mecanismos de cohesión social así como también garantizan el desarrollo sostenible del esquema productivo de cada país. En este sentido, para muchos expertos en asuntos laborales, las leyes y reglamentos referidos al trabajo y a sus garantías civiles, constituye el segundo contrato social más importante de toda República después de la Constitución política.
Dicha reforma vendría a ser aprobada por medio de un Decreto Presidencial, en el ejercicio la Ley Habilitante (en rigor desde diciembre del 2010 y hasta junio del 2012). Siendo este inusual proceso legislativo, una deliberada evasión al debate parlamentario plural que este marco normativo por su naturaleza requiere y demanda. En un marco sin precedentes de intransparencia y sectarismo, esta reforma del marco normativo laboral se inscribe en un contexto electoral atípico, en el cual las circunstancias inciertas sobre la salud presidencial y el creciente capital político que viene construyendo la oposición, hacen suponer que será la mayor apuesta legislativa de la campaña electoral
presidencial. Reforma que será asumida por el Presidente Chávez como un acto de ratificación de compromiso ideológico con el modelo económico socialista, así como también un ambicioso intento de reconquista de las simpatías de los sectores laborales del país, especialmente con aquellos provenientes del sector público; un sector cada vez más numeroso y con creciente capacidad conflictiva en los últimos años1.
Según estimaciones de Provea un tercio de la conflictividad social vivida en el país durante el 2011, estuvieron relacionadas a asuntos laborales. Destacándose el sicariato sindical, como una de las primeras problemáticas que vive la Venezuela contemporánea. Cfr. http://goo.gl/MSCxO 1
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En atención a la relevancia que tiene esta materia, para el clima económico y político que vive nuestro país, abordaremos sistemáticamente aquellas implicaciones sociales, económicas, jurídicas y políticas que tendrá la anunciada reforma de la Ley Orgánica del Trabajo
(L.O.T.). Una reforma de la que sólo se conoce de manera oficial, la promesa de promulgación para el venidero martes 01 de mayo.
A diferencia del proceso legislativo plural e integral de la normativa vigente, que data del año 1997, la Reforma de la LOT prevista para este año será el producto de deliberaciones restringidas a una Comisión Presidencial creada por decreto2 y que se encargará de construir el texto legal que regulará el empleo en nuestro país por los próximos años. A día de hoy se conocen más divergencias en el seno de esta comisión, que documentos oficiales3. Dentro de estas notorias controversias destaca la incertidumbre sobre la fecha de entrada en vigencia, así como también si la reforma será de carácter parcial, dado el escaso tiempo que hay para su promulgación. Por lo pronto, de forma extra-oficial han trascendido ya algunas de las medidas que podrían ser incorporadas en la Reforma de la Ley del “Proceso Social4” del Trabajo, sobre las cuáles ya hemos organizado un estudio preliminar5.
“Uno de los puntos de controversia: la constitucionalidad de una reforma a una ley orgánica vía habilitante” Retraso legislativo.
Ley Orgánica Socialista del Trabajo
La reforma laboral en Venezuela cuenta para la fecha con un retardo legislativo de más de una década según con lo establecido en la Constitución Nacional promulgada en el año de 1999. De acuerdo con la Norma Constitucional (DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Cuarta. Numeral 3)
“Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional aprobará: (…) 3. Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años. Durante este lapso, mientras no entre en vigencia la reforma de la ley seguirá aplicándose de forma transitoria el régimen de la prestación de antigüedad establecido en la Ley Orgánica del Trabajo vigente. Asimismo, contemplará un conjunto de normas integrales que regulen la jornada laboral y propendan a su disminución progresiva, en los términos previstos en los acuerdos y convenios de la Organización Internacional del Trabajo suscritos por la República”6. Sin embargo el actual proceso de discusión de la reforma de la legislación laboral, para algunos resulta inconstitucional por tratarse de una Ley Orgánica que no puede ser reformada vía “ley habilitante” por el Presidente Chávez, por ser una competencia exclusiva de la Asamblea Nacional y porque además escapa del alcance temático previsto originalmente para la Ley Habilitante vigente hasta junio de este año.
Decreto Presidencial número 8.661 (06/12/2011). Disponible en el enlace: http://goo.gl/kkAWn Recientemente se conoció la exigencia de Unete y un conjunto de otras organizaciones sindicales para que sea publicado un primer borrador de esta Reforma para este jueves 22 de marzo, sin embargo poco después la Comisión encargada de la redacción del texto anunció su aplazamiento de divulgación para un día aún indeterminado de abril. Lo único cierto que se ha anunciado es que el 14 de abril la Comisión Presidencial deberá entregar un primer borrador al Presidente Chávez. Ante esta circunstancia, y como estrategia para amainar la conflictividad social dentro del sindicalismo alineado al gobierno, para este 22 de marzo se convocó una “movilización de respaldo” coordinada por el Partido Comunista de Venezuela, para entregar un simbólico legajo de peticiones y propuestas sobre la materia laboral a la Asamblea Nacional. Cfr. http://goo.gl/nVTfv 4 Nueva denominación que tendrá la nueva ley, en clara alusión al rótulo socialista que aspira reivindicar el gobierno en su manejo de campaña. 5 Estudio preliminar que hemos presentado el pasado 16 de febrero en el Foro de Ecoanalítica. Conozca en el enlace la presentación que realizamos para esa fecha: http://goo.gl/byh8L 6 Cfr. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999: http://goo.gl/hXRxu 2 3
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¿Es constitucional reformar Leyes Orgánicas vía ley habilitante? Varios han sido los recursos interpuesto ante el Tribunal Supremo de Justicia buscando un pronunciamiento de la nulidad del acto, mientras que otros actores prefieren buscar el pronunciamiento de organismos internacionales por no contemplar en la discusión a los interlocutores reconocidos internacionalmente. Sin embargo, a pesar de estas acciones, hasta la fecha permanece inalterado el cronograma previsto por la Comisión Presidencial designada para la redacción de la Ley, la cual ha anunciado la publicación del proyecto para el 14 o 15 de abril para su aprobación por el Presidente el primero de mayo de 2012. Sobre la constitucionalidad de la promulgación de la Ley Orgánica del Trabajo, los actores que han decidido interponer recursos ante el Tribunal Supremo de Justicia, esgrimen el Articulo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece: “Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes. Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas. Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas, antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara que no es orgánica la ley perderá este carácter.
A pesar de que la Constitución prevé estas consultas exclusivamente para las Leyes Orgánicas aprobadas por la Asamblea Nacional, las actuaciones del Tribunal Supremo de Justicia sobre las consultas del carácter orgánico de las Leyes decretadas por el Ejecutivo en el marco de la Ley Habilitante, han sentado un precedente lesivo al estado de derecho sobre la legalidad de la actuación el Ejecutivo en este sentido. En enero de 2011 el Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Constitucional, manifiesta su posición sobre la posibilidad de la aprobación de Leyes Orgánicas por el Ejecutivo en el marco de la Ley Habilitante, mediante un comunicado de prensa: "…es constitucional porque se adecúa a las características de las leyes orgánicas, en cuanto a su forma y contenido".8 Antes de esa fecha el Tribunal había fallado a favor de considerar el carácter orgánico de varios decretos leyes del Ejecutivo a través de la Ley habilitante del año 2008. Mediante una entrevista a la Procuradora General de la Republica, Gladys Gutiérrez Alvarado (04/08/2008) esta indicó que “todas las leyes orgánicas que el Presidente de la República promulgó dentro de las 26 leyes habilitantes, fueron consultadas en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)”.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 (cursivas propias): http://goo.gl/hXRxu 8 Véase en el enlace el comunicado de prensa del 31 de enero del 2011, emitido por el departamento de prensa del propio Tribunal Supremo de Justicia: http://goo.gl/PNHGZ 7
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Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres
quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio7.”
En consecuencia, el Poder Ejecutivo y la Procuraduría, convalidados por las acciones del Tribunal Supremo de Justicia, aseguran que pueden basarse en el artículo 203 de la Constitución para consultar el carácter orgánico de las Leyes, tal como lo podría hacer la Asamblea Nacional ante el TSJ y de esta manera establecer el carácter Orgánico de las Leyes, así hayan sido aprobadas mediante la Ley Habilitante. En este sentido, prevalece el criterio presidencial en el que selectivamente escoge quiénes serán los representantes de la ciudadanía, para iniciar un proceso legislativo al margen de la exposición de motivos que justificaron la Ley Habilitante de diciembre de 2010, así como también se falsea el rango interpretativo constitucional sobre las competencias legislativas en materia de leyes
orgánicas, para justificar la evasión del debate parlamentario. En consecuencia, los miembros de la comisión presidencial, el partido de gobierno, sus diputados, las centrales sindicales alineadas al Presidente Chávez, los grupos de opinión y el aparato comunicacional del Estado cierran filas para respaldar el resultado de una reforma que evidentemente fue discutido en un escenario atípico y dejando un precario balance de pluralidad ante la opinión pública. En nuestra próxima entrega, incursionaremos en los puntos críticos que trae la reforma laboral 2012, así como también explicaremos el abordaje estratégico de “triple acción” que el gobierno quiere imprimirle a la sociología del empleo en Venezuela.
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Las mujeres en los parlamentos: geografías impugnadas.
Al examinar las tasas de participación femenina en los parlamentos. Éstas nos revela una nueva imagen de los derechos de las mujeres, en todo el mundo. Por Manuela Picq (08/03/2012). Aljazeera. La guerra9 en los EE.UU. sobre los derechos reproductivos de las mujeres sigue siendo terrible. Con un panel sólo de hombres en la audiencia del Congreso, se debatió la anticoncepción femenina, lo cual resultaba tanto ofensivo tanto como irónico. La presión sobre la salud de las mujeres en los EE.UU. es particularmente preocupante, puesto que se hace abiertamente a plena luz del día, en un contexto democrático de un país que dice ser un líder mundial en las libertades individuales. Si bien algunas sociedades parecen garantizar considerablemente a las mujeres la igualdad política, la forma y el contenido de los debates políticos resultan sintomáticos de las desigualdades estructurales subyacentes, que rara vez reciben la atención del escrutinio público. Hay muchas maneras de analizar la actual erosión de los derechos de las mujeres en los EE.UU., una de ellas es la habitual ausencia de las voces de las mujeres o una aparición marginal cuando se toman decisiones cruciales En el Día Internacional de la Mujer, vale la pena hacer una pausa para evaluar la presencia de mujeres en la política. De acuerdo con la Unión Interparlamentaria (UIP), a finales de 2011 las mujeres tienen una presencia en promedio de 19,5 % de todos los parlamentarios del mundo10. Sabemos que en muchos países las mujeres siguen estando totalmente excluidas de la política formal y no ejercen ninguna forma de influencia política, sin embargo de lo que somos menos conscientes es con aquellos países que actualmente permiten a las mujeres participar - y en qué medida - en la política. En este sentido, las estadísticas de género en la representación parlamentaria arrojan una luz inesperada sobre la geografía de las libertades políticas. ¿Dónde las mujeres son políticas? Ruanda es la nación más favorable a las mujeres en el parlamento del mundo, con 56,3 % de las mujeres en la Cámara Baja. De hecho, desde que superó a los países nórdicos en 2003, Ruanda consistentemente ha punteado esta clasificación y se ha jactado de una mayoría femenina sólida desde el año 2008. Seguido de Andorra en segundo lugar, con un Congreso balanceado exactamente 50%-50% en tanto género. Las islas Seychelles, Suecia y Sudáfrica oscilan regularmente en las posiciones siguientes. Véase el interesante artículo de opinion de Louise Trubek (01/03/2012) publicado por el New York Times “La interminable lucha sobre la contracepción (inglés): http://www.nytimes.com/2012/03/02/opinion/contraception-war-goes-on.html?_r=3&ref=opinion 10 Véase el gráfico correspondiente al número de escaños ocupados por mujeres para el año 2011 en el siguiente enlace: http://www.ipu.org/wmn-e/classif.htm 9
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Es sorprendente descubrir la geografía de los Estados que promueven la participación de las mujeres en política. Nuestro imaginario colectivo esperaría encontrar a Finlandia y a los Países Bajos entre los primeros 20 de la lista, pero no, allí están Costa Rica, Nepal y Uganda. Las mujeres parlamentarias en países no democráticos como Cuba son una farsa, con poca importancia para el empoderamiento de género. En aquellos países en vías de desarrollo institucional, la presencia de mujeres es clave para la óptima gobernanza. Mozambique ocupa el lugar 12 a nivel mundial, con 39,2 % de los escaños parlamentarios, proporción mayor a la de Dinamarca, mientras que el 38,2% de Angola es 10 puntos porcentuales por encima de Austria. Los países con más mujeres en sus Senados son, inesperadamente, Bolivia y Burundi, con 47,2 % y 46,3%, respectivamente.
“A nivel mundial, no todos los países que reclaman libertades para las mujeres son necesariamente los que la practican”
A nivel mundial, no todos los países que reclaman libertades para las mujeres son necesariamente los que la practican. Los Estados Unidos ocupa el lugar 78 a nivel mundial, por detrás de países habitualmente vistos por tener malos antecedentes en cuanto a libertades hacia las mujeres, como Iraq, Pakistán y Sudán. Con sólo un 16,8% de las mujeres en el Congreso de EE.UU., similares a Turkmenistán, los EE.UU. es, de hecho, alrededor de 11 puntos porcentuales por debajo de Afganistán. Los Estados islámicos, donde la participación política de las mujeres tiende a ser más controvertida, podríamos encontrar una proporción relativamente alta de mujeres en los parlamentos. Indonesia, el país musulmán más grande del mundo11, y los Emiratos Árabes Unidos, ambos tienen una mayor proporción de la representación femenina en sus cámaras bajas que en los Estados Unidos de América. Otro hallazgo interesante en el ranking de la Unión Interparlamentaria, es que al poner a las mujeres en cargos ejecutivos, esto no se guarda relación con la participación de la mujer en las esferas legislativas. A pesar de haber elegido a Michelle Bachelet a la presidencia, Chile sigue luchando para elegir a las mujeres en el parlamento, actualmente con poco más del 14 % de mujeres en la Cámara Baja. Por su parte, Brasil es el 116 a nivel mundial, con sólo el 8,6 % de las mujeres en el Congreso Federal. La presidenta, Dilma Rousseff, sigue siendo una excepción en un sistema político que aún no se ha democratizado en términos de género. Tendencias y perspectivas. La pequeña región nórdica cuenta con niveles excepcionalmente altos de mujeres legisladoras en la Cámara Baja (42 %). Si tenemos en cuenta los promedios regionales en el resto del mundo, las Américas cuentan con los más altos indicadores de la presencia femenina en las dos Cámaras parlamentarias juntas12. Con 22,7 %, las Américas son seguidos por Europa, a dos puntos porcentuales por debajo de los países de la OCDE13, con los países escandinavos excluidos. En términos estadísticos, las mujeres están igualmente presentes en las cámaras bajas en el África subsahariana (20,4 %) y Europa (20,8 %). Esto significa que hay más mujeres en los parlamentos de las Américas, incluso teniendo en cuenta los desastrosos bajos registros de los EE.UU. y Brasil, que en la Unión Europea (los países nórdicos a un lado).
En Indonesia, el 86 % de su población es musulmana, lo cual le convierte en el país islámico más grande del mundo, a pesar de ser un estado oficialmente "secular". Cfr: http://www.nationalgeographic.es/viaje-y-culturas/paises/indonesia-guia 12 En el ejercicio comparativo por continentes puede consultarse en el siguiente enlace: http://www.ipu.org/wmn-e/world.htm 13 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). 11
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La presencia de las mujeres importa. En 2008 la encuesta que hizo la UIP mostró que las mujeres son mayoritariamente las principales impulsoras parlamentarias de la igualdad de género14. La ausencia de mujeres en la política es un indicador de la ausencia de libertades. Los rankings de la UIP en su apartado de género demuestran que tomar la participación política de las mujeres en cuenta, revela una geografía de derechos distinta a aquella que sugieren los rankings ciegos a la variable de género. Muchas naciones usualmente consideradas como menos modernas, no sólo tienen más mujeres en política que las naciones europeas, sino también han ampliado los derechos políticos a las mujeres antes. Por ejemplo, el Ecuador fue el primer país latinoamericano en dar a las mujeres el derecho al voto en 1929, mientras que Bolivia, a menudo retratada como una nación subdesarrollada, dio a las mujeres el derecho al voto en 1938. Las mujeres kirguistaníes votaron dos años antes que las estadounidenses y Turquía dio a las mujeres el derecho al voto antes de la mayoría de los países europeos (Francia, el país de la "ilustración intelectual", sólo permitió a las mujeres votar en 1944). Yemen, garantizó a las mujeres el derecho al voto un año antes que Suiza, en 1970. A medida del desarrollo Medir el alcance de la presencia de mujeres en los parlamentos invita a la reflexión sobre los principales temas del desarrollo. En primer lugar, la geografía del desarrollo no es exactamente la misma toda vez que se considera la En el siguiente enlace podrá conocer el estudio en su totalidad y en español: http://www.ipu.org/PDF/public ations/equality08-s.pdf 14
participación política la mujer. En segundo lugar, hay nada en particular en países europeos acerca de presencia de la mujer en política.
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Si hubo un momento en que el desarrollo se medía en el PIB, los paradigmas globales han comenzado a cambiar. Los indicadores centrados en las personas ahora evalúan el desarrollo en términos de libertades.
La participación de las mujeres en los parlamentos, por supuesto, no es un indicador suficiente de democracia. Sin embargo, si el desarrollo es de hecho una acumulación de las libertades, en particular las libertades políticas, como el economista Amartya Sen sostiene en su análisis ganador del Premio Nobel, entonces la medición de la presencia femenina en las decisiones políticas es, indudablemente, un barómetro crucial e indispensable para el desarrollo. La clasificación la UIP son sorprendentes, no sólo por lo que nos dicen sobre las mujeres, sino también por lo que nos dice acerca de la geografía del desarrollo: la distribución de la presencia de mujeres en los parlamentos de todo el mundo en general, muestra poca correlación con los mapas convencionales sobre el desarrollo. Además, la clasificación la Unión Interparlamentaria muestra que no es necesariamente en los llamados Estados modernos y
desarrollados, en los que las mujeres tienen una mejor oportunidad de participar en la política electoral. La presencia de mujeres en la política no significa ni un patrón cultural único en Europa ni tampoco es un monopolio de un Occidente supuestamente "más civilizado". Muchas sociedades no europeas prueban ser igual o mejores en cuanto a la garantía de universalidad de la participación de la mujer en la política, así como también en la insuficiente exportación de la agenda de género. Los países políticamente poderosos no están llevando las tendencias mundiales en lo que respecta a la presencia de las mujeres en la política. De hecho, los indicadores muestran que a menudo es todo lo contrario, lo que significa que los EE.UU. y Europa no pueden invocar derechos de las mujeres al tratar de justificar las intervenciones políticas, económicas o militares. La toma de decisiones políticas no es suficiente para asegurar el bienestar de las mujeres y su participación política formal, no es equivalente con la igualdad sustantiva en la práctica. Sin embargo, la presencia parlamentaria es intrínseca a la acumulación de libertades y un ingrediente necesario para replantear debates y expectativas. En este sentido, será difícil para las mujeres para ganar la guerra actual en los EE.UU. sobre los derechos anticonceptivos y la salud de las mujeres en general, sin una presencia mucho más significativa de las mujeres en ámbitos políticos y legislativos.
Traducción: Xavier Rodríguez Franco. Enlace original en inglés aquí.
Pasado y presente de la legislación del Servicio Exterior venezolano (I parte) Equipo Entorno Parlamentario. (@eparlamentario)
La política exterior constituye un área fundamental de la acción estatal por definir las líneas de acción que llevará el Estado en sus relaciones con otras naciones. En este sentido es clave para toda nación la definición, estructura y profesionalización de su servicio exterior, siendo éste la forma de funcionamiento, direccionalidad, y ejecución de la política exterior. Teniendo en cuenta el papel decisivo que juega el servicio exterior en la acción estatal, y trayéndolo a la realidad venezolana, se hace llamativo conocer su estructuración y su evolución hasta la fecha, sobretodo considerando que la actual legislatura en la Asamblea Nacional está próxima a sancionar una nueva reforma a la Ley del Servicio Exterior. Esta revisión se hará con base al estudio realizado15 por José Bruzual16, publicado por el grupo Monitor Parlamentario, cuyo fundamento es contribuir a la comprensión del funcionamiento de esta importante área del funcionariado estatal. Este estudio se hace a través de un análisis descriptivo de la evolución del servicio exterior, gracias a la revisión de las modificaciones del marco legal vigente, a partir de lo cual se pueden determinar “El Servicio Exterior Venezolano- Aproximación a la comprensión de su funcionamiento”. Informe publicado en el siguiente enlace: http://monitorlegislativo.net/analisis/informes_por_comision/3 16 José Valentín Bruzual Alfonzo. Licenciado en Estudios Internacionales (UCV, 1980). Especialista en Relaciones Internacionales (Universidad de Brasilia, 2002). Profesor Universitario (Derecho Internacional Público Escuela de Estudios Internacionales UCV). Funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores desde 1981, ejerciendo diversas posiciones en el servicio interno y exterior. 15
ciertos niveles de profesionalización y eficiencia en el ejercicio de las funciones consecuentes, así como de la progresiva inclusión del arbitrio presidencial en los lineamientos contenidos en estos instrumentos. En primer lugar, se realiza la precisión en la definición del Servicio Exterior como un área de gestión estatal, que establece un régimen de ingreso, permanencia y promoción de la carrera, en la que se cumplen funciones propias de la actuación de los Estados (Ministerio de Relaciones Exteriores), y que por su naturaleza se ejecutarán tanto en el interior del Estado, como en países extranjeros (Bruzual; 2011: 2). Todas las acciones propias de los Ministerios de Relaciones Exteriores, desde las tareas diplomáticas hasta las administrativas y consulares, conforman todo un cuerpo de materias que por su proyección significativa en las relaciones con otras naciones, deberá tener mecanismos suficientemente específicos, los cuales estarán definidos en los instrumentos regulatorios del área existentes en el país. En el caso venezolano la evolución del Servicio Exterior está ligada también al proceso de modernización de la administración pública, pues se ha relacionado con la idea de darle mayor eficacia, profesionalidad y continuidad a las labores administrativas del Estado.
Ley del Personal del Servicio Exterior (1962)
Estatuto del Personal del Servicio Exterior de los Estados Unidos de Venezuela (1946) El primer instrumento mencionado es el Estatuto del Personal del Servicio Exterior de los Estados Unidos de Venezuela, dictado por la Junta de Gobierno el 27 de abril de 194617. En este se establece la composición del Servicio Exterior por el Personal de Carrera (funcionarios que formaran parte de los servicios diplomáticos, consular e interno de la Cancillería); Personal en Comisión (funcionarios que desempeñasen cargos correspondientes al personal de carrera sin serlo formalmente, y con la cualidad de ser personal de libre nombramiento y remoción por el Ejecutivo Federal); y el Personal técnico y auxiliar (personal agregado, procedentes de otras dependencias del Ejecutivo, y personal secretarial de libre nombramiento y remoción). Asimismo este instrumento define los requisitos para el ingreso y promoción en la carrera diplomática, aplicable principalmente para los funcionarios de carrera a razón que los funcionarios en comisión eran designados a discrecionalidad del Poder Ejecutivo. Adicionalmente destaca que el Estatuto también estableció la realización de concursos de oposición y una prueba de credenciales, que definirían la aprobación del aspirante, tras lo cual debía prestar dos años consecutivos de servicios en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y posterior a esto su ingreso definitivo en la carrera sería decidido por una Comisión Calificadora, instancia que también fue creada por este Estatuto con el objeto de evaluar el ingreso, permanencia y promoción de los funcionarios de carrera.
Considerando que apenas dos años después de dictado el instrumento antes descrito se produjo el Golpe de Estado para derrocar a Rómulo Gallegos, y que posterior a esto se da inicio a la dictadura perejimenista (1952-1958), se pasa a la revisión del segundo instrumento del área dictado justamente después del citado período dictatorial: la Ley del Personal del Servicio Exterior (de Enero, 1962). Cabe destacar que a pesar de ser muy similar al Estatuto previo, la modificación más importante será la integración de la Comisión Calificadora, que cambia su conformación18 y sería designada como Jurado Calificador. En este instrumento se mantuvo la coexistencia del personal de carrera y el personal en comisión. Entre los efectos prácticos más relevantes durante la vigencia de esta Ley destacan la consolidación de un grupo de funcionarios de carrera; el establecimiento de cierto monopolio en el ingreso a la carrera diplomática por parte de los egresados de la Escuela de Estudios Internacionales de la UCV; falta de regularidad en la convocatoria de los concursos de oposición; ejecución de cargos vacantes por funcionarios en comisión (Bruzual; 2011: 7). Asimismo, resalta que a pesar de que la Ley estableció una permanencia máxima de seis años para funcionarios en el extranjero, con obligatorio cumplimiento de dos años en el interior del Ministerio, estas medidas fueron aplicadas muy flexiblemente, por lo cual en el año 1992 fueron dictadas ciertas pautas para la regulación de estos lapsos, que valga decir, tampoco fueron del todo vinculantes en su cumplimiento.
El mencionado Jurado Calificador (con período de un año, o sucesivos de acuerdo a encargados de la designación) estaría integrado por un miembro designado por la Comisión Bicameral de Política Exterior del Congreso; y los cuatro restantes designados por el Ejecutivo Nacional (dos nombrados directamente, y los otros dos resultantes de la propuesta de la Escuela de Estudios Internacionales de la Universidad Central de Venezuela, y de la sugerencia del Colegio de profesionales de Estudios Internacionales de Venezuela). 18
Cabe destacar, tal como lo realiza Bruzual, que en el año 1923 se dicta la Ley Orgánica del Servicio Diplomático, que instituye la Carrera Diplomática venezolana, y que tuvo un carácter muy general sin mayor especificidades sobre los requisitos de ingreso, permanencia y promoción en el servicio diplomático, esto a diferencia del resto de instrumentos que se analizan en el informe, con mayor grado de precisión, hecho por el cual no se considera entre los instrumentos analizados. 17
Reforma de la Ley del Personal del Servicio Exterior (2001) El siguiente instrumento será la modificación de la citada Ley en el año 2001, con múltiples cambios, entre los que resaltan: la definición del concurso de oposición como único mecanismo para ingresar a la carrera diplomática; supresión de las limitaciones de edad y estado civil; exigencia de título universitario (licenciatura); creación de un régimen transitorio para la homologación de funcionarios de comisión a la condición de funcionarios de carrera; limitación del número de jefes de misión y de funcionarios en comisión designados en las misiones diplomáticas en el exterior; limitación de los lapsos de permanencia en el exterior (estableciendo lapsos máximos y mínimos), así como un porcentaje de desempeño obligatorio en el servicio interno (Bruzual;2011: 9). Nuevamente sería modificada la composición del Jurado Calificador, pasando a estar constituido por siete miembros19, con la extensión de su duración por dos años, que pudieran ampliarse por su nueva designación o elección. Otro elemento a mencionar fue el otorgamiento de la calidad de órgano del Ministerio de Relaciones Exteriores al Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual, y por consiguiente, la ampliación de sus funciones principalmente respecto a la formación de funcionarios y la investigación en el área. Para Bruzual esta ley otorgó un mayor peso a la carrera diplomática al estipular con más fuerza el carácter de excepción de los funcionarios en comisión; diversificó la carrera diplomática al abrir los concursos a todas las disciplinas universitarias. A pesar de esto, por estar el ingreso definitivo dirigido por el Jurado Calificador, considera la presencia de ciertos elementos de discrecionalidad, e inclusive pérdida de autonomía del mismo Jurado al otorgarle al Poder Ejecutivo la facultad de designar al mayor número de sus miembros. En el año 2005 (02 de Agosto), se produciría una Reforma de esta Ley de la que lo más destacable será la ampliación de la intervención del Ejecutivo, específicamente del Presidente de la República, en las determinaciones del personal directivo del servicio exterior. Valga señalar la ampliación al 100% del número de Jefes de Misión designados por el primer El Ejecutivo Nacional tendría la potestad de designar dos miembros, siendo uno de ellos Embajador; el Ministerio de Relaciones Exteriores designaría un miembro (debiendo ser Embajador de carrera); la Asamblea Nacional designaría otro miembro; otro sería el Director General de Recursos Humanos del MRE; un representante de la academia en el área; y por último un representante electo por los funcionarios diplomáticos de carrera. 19
mandatario nacional; así como también la supresión de las limitaciones de tiempo para la permanencia de funcionarios en comisión.
Intento de restructuración administrativa y funcional del MRREE (2005) Previo a la mencionada modificación, en Enero de 2005 se dictará un Decreto Presidencial (Nº 3.409) en el que se dispone la restructuración y reorganización administrativa y funcional del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo cual se conformaría una Comisión Interministerial que en un plazo de 30 días debía proponer el mecanismo y acciones a seguir para la citada restructuración y modificaciones de los recursos humanos. A pesar del lapso temporal establecido, estas tareas dadas a la Comisión no se cumplieron, por lo que se dicta un nuevo Decreto Presidencial (Nº 4.870 del 09 de Octubre de 2006) con el mismo objeto, pero con la extensión del lapso de entrega (180 días). Este nuevo decreto tampoco cumplió con los objetivos propuestos, y el logro más significativo sería el establecimiento de un programa de jubilaciones para los funcionarios del Ministerio, independientemente de su categoría, siendo una combinación entre los años de servicio y edad del funcionario. El programa tuvo inicio en el primer trimestre de 2009. En el último lustro, el marco normativo presentaba problemáticas endémicas como confusión en el marco legal aplicable, aumento del número de funcionarios en Comisión, parálisis del Jurado Calificador e e incertidumbres con los traslados, ascensos y permanencia. En una próxima entrega, examinaremos en profundidad el desarrollo del proceso de reforma de la Ley del Servicio Exterior, en el período 2007-2011, destacándose su impacto en el profesionalismo de la propia carrera diplomática en Venezuela.
Web 2.0 y dinámica parlamentaria en Venezuela Xavier Rodríguez Franco (@xfranco22)
Con la emergencia de la bancada opositora en la escena parlamentaria del año 2011, el Poder Legislativo asumió una centralidad política perdida por años, estando al margen del debate plural sobre los asuntos públicos del país. Se diversifica la representación partidaria en la Asamblea Nacional y con ello se amplifica la magnitud de la lucha política por el cauce institucional correspondiente. Sin embargo, con el paso de los meses se registra cierto estancamiento en la calidad de ese debate, así como cierto desaliento en cuanto a las expectativas de cambio funcional en el parlamento, ante las reconocidas restricciones institucionales para los grupos minoritarios. A pesar de estas circunstancias, destaca el auge que ha tenido el fenómeno de los Parlamentarios 2.0 quiénes le han añadido una nueva dimensión comunicacional a su desempeño político, tanto de cara a la Asamblea Nacional, como de cara a la sociedad. ¿A qué nos referimos con la expresión parlamentarios 2.0? nos referimos a un creciente sector de nuestra representación parlamentaria que ha potenciado los mecanismos convencionales de comunicación e interacción política, por medio del uso eficiente de las redes sociales. Un patrón de uso que no está cifrado exclusivamente por su potencial alcance, sino por la expectativa de interacción que despierta en la ciudadanía. Aquí es dónde radica el éxito de la web 2.0 para la política contemporánea: en la capacidad de propiciar conversaciones, temáticamente especializadas, en tiempo real y sin restricciones espaciales, acercando la comunicación entre ciudadanos y políticos. Un nuevo paradigma que potencia el diálogo democrático y un nuevo patrón comunicacional en la gestión pública. Pero para que estas prácticas 2.0 de la llamada “democracia electrónica” tengan un sentido social sostenible y creíble, debe haber talante democrático en el uso de la tecnología. Si bien es cierto que el patrón de uso de blogs, cuentas twitter, de facebook, entre otros medios electrónicos, respondían originalmente al folclore electoral y a una práctica más exhibicionista que interactiva, en los últimos meses a medida que se incrementa el fragor de la campaña electoral en Venezuela, un importante grupo de diputados han hecho un uso extensivo de las redes sociales. Bien sea para el posicionamiento de sus opiniones, propuestas o consignas políticas, la web 2.0 ha ido en la práctica más allá de una televisación cada vez día más restringida, sectaria, partisana20, e ideológicamente comprometida21.
“…este nuevo paradigma de acción política, que destaca todo el potencial relacional que encierra la web y pone a prueba las capacidades comunicativas de nuestros politicos.”
Tal como lo demuestran los estudios que se les hace a los medios públicos, por organizaciones no gubernamentales como Monitoreo Ciudadano, donde se demuestra el uso abusivo de los medios públicos para cuestionar determinados grupos parlamentarios discrepantes del gobierno nacional. Cfr http://goo.gl/UoEAe 20
Parlamentoscopio ® | Número 1 | Abril 2012
¿La democracia electrónica: un nuevo modelo político? Tanto hoy como ayer, la gobernabilidad democrática cifra su éxito en el flujo eficiente y multidireccional de la información pública. Es aquí donde la comunicación, asume un papel central en la forma como se conciben las relaciones políticas de nuestros días. En los últimos diez años, los parlamentos, así como buena parte de la institucionalidad política de muchos países, han implementado medidas para propiciar este flujo informativo y desde la transparencia en la información, diseñar nuevos esquemas de legitimidad, contraloría y gestión pública. Ante este enriquecimiento de paradigma, nos encontramos con el concepto de democracia electrónica, la cual fue definida como: “Colección de iniciativas para ejercer las prácticas democráticas sin restricciones de tiempo, espacio y otras limitaciones física, utilizando las tecnologías de la información y comunicación (TIC) o bien la comunicación mediada por computadoras, entendiendo a éstas como un soporte adicional, no como un reemplazo de las prácticas políticas tradicionales…22” La democracia electrónica, supone una diversificación en las formas de comunicación tanto de parte de políticos, como de los ciudadanos, por tanto entraña un desafío de diálogo político y a la propia comprensión de lo público en la gestión del poder y sus estructuras. En este sentido, la hegemonía de casi un siglo de los medios de comunicación convencionales sobre la publicidad de los asuntos políticos, comienza a erosionarse con un nuevo modelo comunicacional sostenido por redes de usuarios (políticos, ciudadanos, Participación curiosos, consumidores, etc.) que comentan, Ciudadana intercambian, comparten y rebaten información en tiempo real, al margen de las pautas temporarias, publicitarias y de formato del periodismo de finales de siglo XX. Lo cual supone un arma de doble filo para gobernantes y gobernados: las redes sociales pueden colaborar con el poder para conocer directamente a sus Comunicación Transparencia detractores, sin embargo la exposición Gubernamental gubernamental en estas redes implica una propensión a incrementar el escrutinio público y en consecuencia, una invitación latente a la contención y al reparo en el desempeño político.
Reciprocidad e interacción política
De esta forma, nos encontramos con este nuevo paradigma de acción política, que destaca todo el potencial relacional que encierra la web y pone a prueba las capacidades comunicativas de los políticos, así como también sus habilidades de relacionamiento con sus ciudadanos.
¿Tiene asidero en Venezuela este nuevo paradigma? En el caso parlamentario venezolano por ejemplo, esta dinámica no ha pasado desapercibida. Como vemos en la siguiente gráfica, se ha registrado un exponencial crecimiento en el uso de una de estas redes sociales en los últimos dos años, algo similar ha ocurrido con los blogs de un grupo aún minoritario de diputados23. Una de las explicaciones de este incremento en el uso, se debe a la circunstancia de que para comienzos de año, casi la mitad de la representación parlamentaria de oposición se sometía a las elecciones primarias celebradas el pasado 21 de febrero. De igual manera, la representación oficial en la web ha mantenido un rol de “propaganda y agitación” considerable habida cuenta las circunstancias de salud que limitan al Presidente Chávez afrontar Recientemente se conocían nuevas restricciones impuestas por la Dirección de Prensa de la AN, para la cobertura de la fuente parlamentaria, véase el siguiente enlace http://goo.gl/GbPGS 22 Hacker y Van Dijk; (2000) “Digital divide as a complex and dynamic phenomenon”. Ponencia disponible en el enlace http://goo.gl/Z7LPL (cursivas propias) 23 Para mediados del 2011, poco más de un 20% de los blogs y sitios web creados por muchos diputados para la campaña de las elecciones parlamentarias del 2010, eran actualizados (Cfr. http://goo.gl/IFW29 ). Situación similar (24%) durante los primeros meses del 2012. 21
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Parlamentoscopio ® | Número 1 | Abril 2012
los rigores convencionales de una campaña electoral. Ciertamente, el patrón de uso de la web 2.0 en Venezuela es mayoritariamente electoral. Sin embargo, un número creciente aunque exiguo aún de diputados comienza a utilizar las redes sociales como un mecanismo de divulgación de su agenda pública, así como su medio principal de interacción con sus ciudadanos. Ante esta situación, nos preguntamos ¿Cuántos sabemos de ellos? ¿En qué medida están contribuyendo para mejorar el ejercicio democrático de la Asamblea Nacional? Y en suma, ¿podemos los ciudadanos realmente interactuar con ellos, más allá del calendario electoral?
Cuentas de diputados en Twitter 2010-2012 200 150 100 Cantidad de cuentas
50
Elaboración propia
abr-12
feb-12
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ago-11
jun-11
abr-11
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¿Cómo evaluar periódicamente a estos parlamentarios 2.0 en Venezuela? Ante estas cuestiones, nos planteamos examinar en detalle cómo viene desarrollándose el desempeño de los diputados venezolanos, con respecto a su comunicación política a través de los medios electrónicos y ver si efectivamente su desenvolvimiento en la web 2.0 le es de utilidad a la ciudadanía para ejercer contraloría parlamentaria. Para responder ésta y otras inquietudes asociadas al desempeño parlamentario en general, hemos diseñado un Ranking de Desempeño Parlamentario24 (RDP), dentro del cual una de las dimensiones de análisis va destinada a la actuación mensual de los diputados venezolanos, en los medios electrónicos. Lo cual nos dará una perspectiva más nítida sobre los patrones de uso de las redes sociales, el posicionamiento de los diputados en la web y sobre la calidad de la comunicación política de nuestros representantes a la Asamblea Nacional. A partir de este mes de abril, publicaremos el primer número de este ambicioso proyecto de investigación parlamentaria.
Se trata de nuevas formas de interlocución política, que posibilitan inmejorables maneras de posicionamiento de determinados temas relativos a la dinámica parlamentaria, que pueden quedar al margen de la línea editorial de los medios de comunicación privados o públicos si no sigue el criterio noticioso coyuntural del momento. Lo cual contribuye a amplificar la capacidad de influencia política en determinadas audiencias y a los ciudadanos por su parte, les permite una posibilidad de cercanía con sus representantes, que garantice el control ciudadano de su gestión y la atención oportuna a sus demandas.
Tal como lo documentó para el año 2010 un estudio de la empresa Tendencias Digitales: http://goo.gl/1YiCb 25
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Definido como un modelo experimental, pionero en Venezuela que busca examinar mensualmente el desempeño de cada uno de nuestros representantes parlamentarios, tomando en cuenta cinco de los ámbitos principales de acción en los que los diputados venezolanos se desenvuelven: en plenaria, en comisiones permanentes, en el proceso de consultas públicas, en rendición de cuentas y en los medios electrónicos. Para mayores detalles, consulta el siguiente enlace: http://entornoparlamentario.com/investigacion/ranking-dedesempeno-parlamentario/ 24
Ciertamente nuestros diputados en su mayoría no parecieran tener muy claro que Venezuela es el quinto país con mayor cantidad de usuarios twitter del mundo, con una penetración de internet superior al 31%25 para el año 2010 y con una creciente avidez de interacción informativa sobre los asuntos públicos. Por lo que saber gestionar efectivamente la información relacionada con su desempeño parlamentario, pudiera satisfacer una creciente exigencia ciudadana de detalles sobre su actuación pública. Situación que en el caso de la oposición, tiene un carácter estratégico adicional ante limitadas condiciones de cobertura periodística y el cerco comunicacional que la propia institucionalidad les ha impuesto.
El papel del parlamento en la integración regional del Mercosur Por Marianny Pacheco R. (@mariannypacheco) La integración latinoamericana, constituye un capítulo prolongado en la historia política de nuestra región, el cual en ocasiones redunda en justificaciones morales, más que en pautas procedimentales que garanticen su sostenibilidad institucional. Esta quimera requiere del concurso, no solo de presidentes decididos, sino también de parlamentos vigorosos. Ante esta realidad Gerardo Caetano y Romeo Pérez Antón, realizan una revisión26 de los factores intervinientes en la necesaria consolidación institucional del Mercosur como novedosa forma de integración latinoamericana, estimando como principio, que el rol de los Parlamentos de los países miembros, así como de su órgano representativo como lo fue la extinta Comisión Parlamentaria Conjunta (Hoy “Parlamento del Mercosur”), cumple un papel clave en dicho proceso de consolidación institucional de la organización integracionista más exitosa del hemisferio.
“La integración… requiere del concurso, no solo de presidentes decididos, sino también de parlamentos vigorosos.”
Considerando que nuestro país desde el 2006 ha planteado su interés de ingresar a esta organización, sin éxito hasta el momento, vale la pena conocer los elementos en los que han contribuido los Parlamentos para hacer del Mercosur una realidad tangible27.
Ciertas previsiones serán tomadas en cuenta para comprender y evaluar el papel del Parlamento como órgano representativo e influyente en la estructura institucional del proceso de integración. Una institución democrática central para la integración. En este sentido en este texto se menciona:
En primer lugar, el carácter novedoso y radical que implican los procesos de integración regional para la “teoría y prácticas democráticas” (Caetano y Pérez; 2000: 124), considerando que el único caso existente es el de la Unión Europea, donde se destaca que la dimensión parlamentaria tiene un papel mucho más representativo que en el Mercosur por sus competencias y carácter codecisorio dentro de la Unión, pero que aun así frente a los otros dos órganos (el Consejo y la Comisión) el Parlamento es el más débil. De tal modo, si en el Mercosur se consiguiera redimensionar al Parlamento y si también se tomara en cuenta la dimensión social de éste en el proceso de toma de decisiones de la organización, constituiría un hecho histórico sin precedentes.
En segundo lugar, se destaca que en el Mercosur, entendido como una Política de Estados, debe darse (para que se produzca la renovación institucional esperada en la que la dimensión parlamentaria sea parte importante) un trabajado conocimiento de las dinámicas decisionales en todos los ámbitos plurales (en donde se considera también el sector privado), y de la forma en que éstas inciden y administran los procesos de diversa índole (sociales, económicos, o políticos) (Caetano y Pérez; 2000: 125).
“La consolidación institucional del Mercosur: el rol de los parlamentos”. Texto publicado en: Revista Latinoamericana de Economía Humana. Organización de Estados Americanos. Año: 2000. Montevideo, Uruguay. Disponible en: http://goo.gl/zZ69X 27 Si bien Venezuela ha recibido los votos de confianza de los “colosos del sur” como Argentina y Brasil, se han reportado voces discrepantes del más distinto signo político-partidista en todo el bloque durante todo este tiempo. Siendo el parlamento paraguayo el que ha mantenido por más tiempo, una posición contraria a los intereses de Caracas. Para conocer más sobre la posición de los parlamentarios paraguayos véase el siguiente enlace http://goo.gl/Tk6x5 26
Como tercera previsión señalan que deben ser considerados los cambios que marcan para los representantes políticos y sectoriales la estructura institucional del Mercosur, significando un nuevo escenario y por ende cambios en la configuración de sus acciones internas y externas de acuerdo a cada país. Y como última previsión, tenemos la asimetría existente entre los ejecutivos y legislativos regionales de cada nación parte, respecto al asesoramiento y perfil decisional que ostentan.
Tomando en cuenta lo mencionado, y entendiendo que todo proceso integracionista implica cambios, para producirse la citada consolidación institucional del Mercosur sobre la base de la acción parlamentaria, deben darse necesariamente modificaciones de los parlamentos intervinientes. Es por esto que en este artículo se realiza una revisión de los desafíos institucionales que presentan, las tareas e insuficiencias existentes a la fecha.
complementariedad del parlamento nacional con las instancias parlamentarias de la integración, asumiendo así nuevas responsabilidades como la necesaria “compatibilización de perspectivas” entre ambas instancias (Caetano y Pérez; 2000: 130). Respecto a las insuficiencias existentes y reformas necesarias en la dimensión parlamentaria de la integración mercosuriana, se encuentran deficiencias de información y asesoramiento, en el sentido del poco conocimiento que presentan los legisladores (y sus equipos parlamentarios), sobre la aprobación de los tratados integradores básicos, y de la integración parlamentaria como tal. Otra carencia destacable es la comunicación interparlamentaria de los países intervinientes, hecho fundamental considerando que las decisiones discutidas y aprobadas en las instancias parlamentarias de la integración son consensuadas y tendrán incidencia sobre todas las naciones.
Los desafíos y carencias parlamentarias por conquistar Como tareas destacan la necesaria participación de los parlamentos en la aprobación de los tratados constitucionales de la integración, más allá de la sanción legislativa, que el Parlamento sea parte activa de las negociaciones y seguimiento de los mismos en conjunto con el Ejecutivo; otra tarea pendiente es la internalización de las disposiciones normativas surgidas en el ámbito de la integración, es decir, que cada país interviniente incorpore a su derecho nacional normas que les permitan adaptarse a los requerimientos propios del proceso integrador. Asimismo, debido a que las integraciones desde sus inicios inciden en la política económica de los países a integrarse y en el flujo de sus mercados, será otra tarea que la actividad parlamentaria nacional recaiga sobre la económica en función de normativas acordes al proceso como forma de adaptación, así como la salvaguarda de la misma nación, de acuerdo a los grados en que se comprometa la nación en el esquema integracionista. Aunado a todo esto, otra asignación a considerar es la coexistencia y
La última carencia tiene que ver con la inexistencia de legisladores (o grupos de estos) que asuman la conducción de los parlamentos en las tareas integracionistas, lo cual se debe al hecho de que la integración no tiene vinculación directa con factores electorales, en consecuencia la integración no pesa directamente en la determinación de las preferencias de los electores nacionales en este tema (Caetano y Pérez; 2000: 135).
Relaciones Parlamento- Ejecutivo. Una cuestión que merece una atención especial es la histórica tensión entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en los países del Mercosur. A pesar de la no existencia de homogeneidad entre estos poderes públicos, y de que históricamente la significación del Ejecutivo frente al Legislativo ha sido superior (sobretodo por el carácter presidencialista de estas naciones) progresivamente se han ido dando muestras de equilibrio en este sentido, y por tanto de “madurez institucional”. Los ejemplos señalados serán principalmente las reformas constitucionales más recientes de estas naciones28, con la única excepción de la reforma uruguaya de 1996, donde las facultades del Ejecutivo se vieron fortalecidas frente a las del Legislativo. La Comisión Parlamentaria Conjunta como camino al Parlamento del Mercosur La figura parlamentaria que representó al Mercosur desde su nacimiento fue la Comisión Parlamentaria Conjunta. Su creación estaba definida en el Tratado de Asunción, documento constitutivo de Mercosur (1991), señalándole como objeto “facilitar el avance hacia la conformación del Mercado Común” (Caetano y Pérez; 2000: 146). No obstante, el proceso de institucionalización de la Comisión sería culminado en 1994 con el Protocolo de Ouro Preto, siendo definido este organismo29 como el órgano representativo de los Parlamentos de los Estados partes en el ámbito del Mercosur, destacando funciones como:
La aceleración de los procedimientos internos de los Estados parte para la entrada en vigor de las normativas emanadas de los órganos del Mercosur.
Contribuir en legislaciones.
Remitir recomendaciones al Consejo del Mercado Común” (Caetano y Pérez; 2000: 147).
la
armonización
de
Con tales funciones, el rango de acción de la Comisión dentro de la estructura institucional del Mercosur no era muy significativa, y su dinámica de funcionamiento tenía carácter similar, no obstante es importante destacar que este organismo constituyó las bases para el proceso de parlamentarización del proceso integracionista, y aunque para el momento de redacción de este artículo no se había dado, e incluso los autores lo citan como un paso lejano, la concreción de un Parlamento común y supranacional, no tardó tanto tiempo, para finales del año 2006, luego de aprobado el Protocolo constitutivo emanado de la misma Comisión, nacía el Parlamento del Mercosur30. Este es también un ente limitado que no rebasa todas las tareas antes mencionadas, pero aun así resalta como un paso clave y determinante de la importancia que va ganando la dimensión parlamentaria en la institucionalización del proceso integracionista que aún hoy continua en la América del Sur.
las
Argentina, 1994 (moderación de la figura presidencial a través de la creación de la figura del “jefe del gabinete”, que puede ser removido por el Congreso); Brasil, 1988 (requerimiento de aprobación parlamentaria de los decretos-leyes, restricciones al Ejecutivo para la reorganización de la Administración Pública, potestad parlamentaria para participar en la elaboración y aprobación del Presupuesto de la Unión, entre otras); y Paraguay, 1992 (se le otorga al Parlamento la facultad de interpelar y someter a juicio político a integrantes del Poder Ejecutivo, de establecer voto de censura sobre Ministros y otros altos funcionarios de la Administración Pública). 29 Sección IV. Artículos 22 al 27.
Logo del Parlamento del Mercosur
28
Para mayor datos sobre el proceso de creación del Parlamento del Mercosur revisar el siguiente enlace: http://www.parlamentodelmercosur.org/innovaportal/v/149/1/s ecretaria/historia.html?rightmenuid=146 30
Venezuela en el Mercosur y los resortes parlamentarios. Siendo el Mercosur la experiencia integracionista más exitosa de todo el hemisferio, el hecho de ser parte de la misma se ha vuelto un imperativo para la Cancillería venezolana. Por medio de una ambiciosa y costosa actividad diplomática, Venezuela inició el camino a la adhesión desde el pasado 2006, suscribiendo el Protocolo de Adhesión de Venezuela a la organización31, por lo que el país se convertiría en Estado parte (Asociado), más no en miembro pleno hasta tanto dicho Protocolo no fuese ratificado por los poderes Ejecutivo y Legislativo correspondientes de los cuatro Estados miembros. Tal como lo prevé los acuerdos fundacionales del Mercosur, precisamente para garantizar el carácter durarero, democrático, institucional e independiente de la volatilidad de los presidentes de turno.
Esta situación permite realizar ciertas observaciones que se conjugan con lo desarrollado por Caetano y Pérez (2000). Se da muestra de las carencias señaladas al Mercosur a nivel institucional, sobretodo respecto a la falta de unificación de las decisiones tomadas en el seno de los parlamentos nacionales y de la concreción de éstas en la figura que representa el Parlamento común. Está claro que esa unificación es una de las tareas más complejas y ambiciosas que tiene el Mercosur, por lo cual ante este caso, cabe destacar la significación que tiene para el Parlamento paraguayo la toma de decisiones que inciden sobre el proceso integrador, y que por lo menos en su caso (con más determinación que en los otros Parlamentos) el Parlamento realiza una labor de control más fuerte de las posibles decisiones del Ejecutivo.
Hasta la fecha aún no ha sido posible esta ratificación. Y a pesar que los dos países más fuertes política y económicamente, como lo son Brasil32 y Argentina, han dado su aprobación conjuntamente con Uruguay, el Parlamento paraguayo se mantiene reacio a aprobar la inclusión plena de Venezuela como miembro de la organización. Esta resistencia ha respondido a la existencia de posiciones contrapuestas en el senado paraguayo y de distintos sectores del país que critican la política interna e internacional de Chávez, sobretodo por considerar que está llena de factores antidemocráticos que no se adaptan a las normativas de la organización y que pudieran revertir el éxito institucional del Mercosur.
Este Parlamento plural, con verdadero ejercicio de la función contralora de la acción del Ejecutivo, demuestra una firmeza institucional destacable. Esa fortaleza justamente ha impedido que valgan más que filiaciones políticas y personales entre los presidentes en cuestión, el respeto de la normativa interna de la organización en cuanto al modo de integración plena al Mercosur.
Valga destacar que incluso se vislumbró la posibilidad de modificar el reglamento interno de la organización para suprimir el lineamiento de acuerdo al cual tanto el Congreso como el Ejecutivo deben ratificar el ingreso pleno de nuevos Estados. Sin embargo, esta posibilidad también fue negada por la parte paraguaya, considerando que sería un irrespeto a la misma normativa fundacional de la organización33. Para revisar el documento suscrito ver el siguiente enlace: http://www.mercosur.int/innovaportal/file/655/1/2006_PROT OCOLO_ES_AdhesionVenezuela.pdf 32 Protocolo ratificado por el Congreso Federal para el 2009. 33 Ver resultados de la XLII Cumbre de Jefes de Estados del Mercosur que tuvo lugar en Montevideo en Diciembre de 2011: http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/111221/ingresode-venezuela-a-mercosur-quedo-esperando-por-paraguay
En este sentido, es importante destacar en este ejemplo, cómo el rol parlamentario de una nación, incluso siendo la más pequeña política, militar y económicamente del Mercosur, puede ejercer control efectivo, sobre una decisión sobre la cual hay cifrados poderosos intereses. Lo cual constituye un precedente que refrenda la importancia institucional del Poder Legislativo tanto para la política exterior, como para el derecho internacional público de las Repúblicas modernas y democráticas.
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Edición y diagramación Xavier Rodríguez Franco Coordinación Marianny Pacheco Colaboradores Alejandro Agudelo y Manuela Picq