Eva Hernández Ramos
PILDORA DE ESTIBA www.evahernandezramos.com
LOS TESTEROS Y LA ESTIBA ESPAÑOLA
¿CÓMO SE INSPECCIONAN?
TRANSPORTE –ESTIBA
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COLECCIÓN: PILDORAS EN ESTIBA.5.LOS TESTEROS EN LA ESTIBA ESPAÑOLA.
4ª Edición, noviembre 2018 Autoría y edición: Eva María Hernández Ramos Dirección técnica, legal y diseño: Eva María Hernández Ramos © Eva María Hernández Ramos Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta edición, incluido el diseño de la cubierta, puede ser reproducida, almacenada, transmitida, distribuida, utilizada, comunicada públicamente o transformada mediante ningún medio o sistema, bien sea eléctrico, químico, mecánico, óptico, de grabación o electrográfico, sin la previa autorización escrita de la autora salvo excepción prevista por la ley. Exoneración de responsabilidad La presente colección ha sido diseñada para dar respuestas generales y prácticas a profesionales fuera del sector jurídico, por lo tanto el objetivo principal es informar y aportar modelos de cumplimiento desde una perspectiva práctica y no de forma profunda o científica. No podemos regular todas las versiones derivadas de la casuística del derecho marítimo, logística, producción y transporte, pero si dar unas pautas sencillas y generales para afrontar los incidentes más comunes. Por otro lado, debe consultar a un profesional del ámbito jurídicologístico en caso de que tenga cualquier duda de cómo aplicar las medidas de este estándar, cada negocio y transacción comercial es diferente y deben tenerse en cuenta numerosas variantes. El contenido de esta Guía, no reemplaza ni sustituye al consejo personalizado, ni la disputa y su propio trabajo con las disposiciones legales pertinentes. Todos los textos y modelos propuestos sirven como Guía de ejemplo y comprobación y deberán ser adaptados a su transacción concreta. Su autora, Eva María Hernández, exime cualquier responsabilidad que pueda originarse en cuanto a la integridad, la exactitud y la actualización de los textos, contenido y modelos aportados en sus estándares. Limitación de responsabilidad. Salvo que lo disponga expresa e imperativamente la ley aplicable, en ningún caso la autora será responsable por cualesquiera daños resultantes, generales o especiales (incluido el daño emergente y el lucro cesante), fortuitos o causales, directos o indirectos, producidos en conexión con esta licencia o el uso de la obra o la prestación, incluso si la autora hubiera sido informada 2 de la posibilidad de tales daños.
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Era casi el mediodía y estaba a punto de finalizar mi visita a Aceros, S.A. Traté de resumir todo lo que significaba y englobaba la nueva normativa de estiba en camión, regulada por la Directiva 47/2014 y su Real Decreto español 563/2017 (Anexo III), durante aquella mañana de nieve y tímidos rayos de sol. -
Entonces Eva, ¿nos recomiendas que amarremos conforme la norma EN 12195-1, pongamos las cinchas necesarias según los cálculos y la bloqueemos contra testero? – concluyó el técnico de PRL.
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Aha – afirmé, así es.
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Pero no podemos bloquearla contra el testero, se nos va el peso por eje, por eso tenemos que dejar los perfiles a más de 1 metro de la cabina.
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No hay problema en ello, tampoco es necesario bloquearla directamente, pero puede usarse pallets, madera, amarres por resorte para inmovilizar la carga y evitar su proyección a la cabina.
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Pero, si va bien sujeta, ¿por qué hay que inmovilizarla? Se supone que ya no se proyecta hacia delante, no?
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El amarre en bucle y el amarre superior no previenen el deslizamiento de las piezas centrales, además, tenéis camiones que no tienen ni testero. Ante el frenazo mas imprevisto, peligra la cabina.
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¡Espera! Le hemos pedido a todos los transportistas que instalen testeros resistentes precisamente para ayudar en esa labor…precisamente ahora entra uno.
Se me calló el alma a los pies - como dicen en mi tierra, ¿Qué era aquello? Un señor en sus cuarenta, bien plantado, bajó de la cabina, me miró con inquietud y me preguntó si había algún problema. Me vio echar un vistazo rápido a su testero y se calmó: Ahhh, solo es eso… es que soy muy ingenioso, estos me obligaron a poner un testero en condiciones, ¡¡¡Pero lo que tienen que hacer es subir los precios!!! Si no me suben los precios reutilizo el futbolín del chaval, porque otra cosa a mano no tengo – exclamó con una risa final.
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No salía de mi asombro, era un futbolín de verdad… ¿será para el tiempo de los descansos? Lamentablemente, la carga de piezas largas y muy pesadas es una constante en determinadas zonas de España. Es fundamental amarrar correctamente, con el número de cintas necesario y bloqueando la carga para evitar deslizamientos longitudinales.
El Anexo III del Real Decreto 563/2017 establece una serie de inspecciones que podrán realizarse. Si reparamos en el apartado referido a “testero” nos encontramos con las siguientes:
Pero nada se dice sobre “ausencia”, “eficacia”, “resistencia suficiente”, cuando en el resto de partes del vehículo si se tienen en cuenta.
¿Podrá ser el próximo paso, que los inspectores incluyan estos criterios en sus inspecciones o simplemente comuniquen estos hechos para generar una verdadera cultura de la estiba? Hay quien puede pensar que el capricho o mala inversión, pero el primero que se juega la vida en una historia como la de hoy; es el porteador.
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