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Vicepresidencia de la República
COMISIÓN PRESIDENCIAL DE COORDINACIÓN DE LOS ESFUERZOS CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS, EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y EL FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA EN GUATEMALA (COPRECLAFT)
Coordinar los esfuerzos y la cooperación entre las instituciones del Estado que participan dentro de la estructura legal de prevención, control, vigilancia y sanción de los delitos de lavado de dinero u otros activos y financiamiento del terrorismo, así como del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, con el propósito de coadyuvar al efectivo cumplimiento de la ley y tratados internacionales aprobados y ratificados por el Estado de Guatemala, dentro de un sistema nacional de prevención, control, vigilancia y sanción, respetando la competencia legal y autonomía de cada institución.
Vicepresidente de la República, quien la preside y coordina Ministro de Relaciones Exteriores Ministro de Gobernación
Artículo 5
Ministro de la Defensa Nacional Integrantes
Objeto de la Comisión
El Vicepresidente de la República de Guatemala es el Coordinador de la Comisión, y para el cumplimiento de los objetivos de ésta, se apoya en la Intendencia de Verificación Especial de la Superintendencia de Bancos, que actúa en calidad de Secretaría Técnica.
Ministro de Economía Ministro de Energía y Minas Secretario de Inteligencia Estratégica del Estado Secretario General de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio Director General de Inteligencia Civil Superintendente de Administración Tributaria Superintendente de Bancos
Invitados
La Comisión Presidencial de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero (LD) u otros Activos, el Financiamiento del Terrorismo (FT) y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en Guatemala (FPADM) se creó con base en el Acuerdo Gubernativo número 132-2010 del 21 de mayo de 2010, reformado mediante los Acuerdos Gubernativos número 145-2014 del 22 de abril de 2014 y el 91-2018 del 23 de mayo de 2018; en los que se amplió su mandato, los miembros e invitados que la componen, así como el plazo para que la Comisión ejerza sus funciones, siendo el mismo hasta el 21 de mayo de 2026.
Miembros de la Comisión
Artículo 6”
Fundamento JurídicoLegal
Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Organismo Judicial Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público Presidente del Banco de Guatemala Contralor General de Cuentas