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LAS VEDAS COMO HERRAMIENTA TÉCNICA DE LA ORDENACIÓN PESQUERA
by FUNDATUN
Leo Walter González Cabellos - Instituto de Investigaciones Científicas - UDO - 03 de Febrero de 2021
INTRODUCCIÓN
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Los grandes desafíos que afronta una gestión pesquera razonable, del ambiente acuático y sus recursos, ha permitido la búsqueda de nuevas normas en las que se consideren aspectos biológicos, ambientales, sociales, económicos y políticos. La implementación de una Ordenación Pesquera Basada en el Ecosistema (EBFM por sus siglas en inglés) es un cambio conceptual que se aleja de la idea de gestionar únicamente poblaciones pesqueras de especies individuales (stocks pesqueros) e incluye consideraciones más amplias para el mantenimiento del equilibrio y la funcionalidad de los ecosistemas (Figura 1). Este cambio se realiza con la finalidad de detener la pérdida de biodiversidad, reconstruir la diversidad natural de los ambientes acuáticos, restaurar la productividad y aumentar su resiliencia; garantizando de esta manera la viabilidad económica de las actividades pesqueras a largo plazo.
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Figura 1.- Componentes básicos de la Ordenación Pesquera Basada en el Ecosistema (modificado de Defeo, 2015)
¿QUÉ ES GESTIÓN
La gestión pesquera es la toma de decisiones y la ejecución PESQUERA? de acciones para lograr el aprovechamiento óptimo de los recursos hidrobiológicos. Sin embargo, no alcanzará el éxito esperado sino logra la participación de todos los actores involucrados en este proceso (Figura 2). En primer lugar están los pescadores, quienes están directamente implicados en la extracción de los recursos del ambiente acuático; le siguen los científicos, que son garantes de la investigación biológica generada; información que es proporcionada a los administradores, quienes son responsables de elaborar y aplicar las normativas de manejo; y por último, el consumidor, quien tiene la obligación de contribuir evitando apoyar al infractor de normas y leyes.
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Figura 2.- Relaciones entre ciencia, gestión y participación de los actores pesqueros (modificado de UDC, 2006)
A nivel mundial existe el Código de Conducta para la Pesca Responsable, una resolución elaborada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) que ofrece una serie de normas técnicas de conducta para todas las personas involucradas en el sector pesquero, concernientes a una explotación racional de los recursos pesqueros, manteniendo un claro concepto de la conservación ambiental y una adecuada regulación de la actividad; las cuales tienen un impacto en cuanto al tipo de artes de pesca empleadas, las tallas mínimas de captura, las tasas o las cuotas de extracción, el esfuerzo pesquero aplicado (ej.: número máximo de pescadores por área) y las épocas de pesca; entre otros aspectos.
Considerando todas las poblaciones de peces por igual, independientemente de su biomasa y las capturas, la proporción de poblaciones de peces comerciales que se encuentran explotadas dentro de niveles biológicamente sostenibles ha descendido del 90% (1974) al 65,8% (2017) (Figura 3); en contraste, se incrementó el porcentaje de las poblaciones explotadas a niveles biológicamente insostenibles del 10% (1974) al 34,2% (2017) (FAO, 2020). La explotación pesquera requiere de amplios conocimientos e investigación para lograr su adecuada ordenación; sobre todo cuando se dirige a obtener la sostenibilidad de un determinado recurso pesquero. A menudo es deseable prevenir la pesca, en etapas específicas del ciclo vital de una especie, a través de medidas de gestión pesquera como LAS VEDAS.
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Figura 3.- Tendencias mundiales de la situación de las poblaciones marinas en el período 1974-2017 (Modificado de FAO, 2020)
¿QUÉ SE ENTIENDE POR VEDA?
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La veda es el instrumento de limitación o reducción de la explotación pesquera de una determinada especie en un período de tiempo y/o espacio, cuando existan evidencias o indicios que las mismas están siendo amenazadas por factores antropogénicos, causados por la captura o extracción del medio natural de manera insostenible e independientemente del fin que tenga la misma. El establecimiento de un período y/o zona sin pesca pretende proteger la reproducción de un organismo biológico para mantener una biomasa de la población adulta tal que se garantice su mantenimiento en el tiempo, adicional a permitir el crecimiento de los juveniles hasta lograr su reproducción; con lo que se logra incrementar la biomasa y maximizar el volumen de captura; con las implicaciones que ello conlleva en el precio. En resumen, la veda prohíbe por cierto tiempo o espacio la pesca con el propósito de asegurar la preservación de una especie y así evitar su posible sobreexplotación.
Su implementación está sustentada por el párrafo 6.3 del Código de Conducta para la Pesca Responsable en el que se señala el principio general de que “Los Estados deberían evitar la sobre explotación, y el exceso de capacidad de pesca y deberían aplicar medidas de ordenación con el fin de asegurar que el esfuerzo de pesca sea proporcionado a la capacidad de producción de los recursos pesqueros y al aprovechamiento sostenible de los mismos”.
Los objetivos principales, detrás de la implementación, se pueden clasificar según el fin que se busque alcanzar.
1) En su aplicación más general busca:
a) La limitación de la explotación de etapas específicas del ciclo vital, para prevenir la pesca de etapas específicas del ciclo vital de una especie que son especialmente vulnerables a la captura (juveniles que no han llegado a su primera etapa reproductiva) o que son críticas para la producción de biomasa futura (adultos en etapa reproductiva).
b) La protección de poblaciones de especies disminuidas y sus hábitats durante la fase de reconstrucción de una pesquería, cuando se aplica como medida estricta en pesquerías que “están a punto” o “han colapsado” y así dar cabida al proceso de reconstrucción de la biomasa de la especie.
c) La protección de reservas genéticas, dándole valor a que la población de un recurso sea genéticamente diversa, aunque los beneficios a menudo son difíciles de cuantificar. Un ejemplo sería el de mantener una reserva de adultos de las mayores tallas, los cuales actúen como reserva genética para contrarrestar la tendencia a la reducción de talla que impone la selectividad de los artes pesqueros y que esta característica se pueda transmitir a la progenie.
d) La protección de hábitat crítico para la sostenibilidad de los recursos explotados, a la cual hace referencia específica el Párrafo 6.8 del Código de Conducta para la Pesca Responsable cuando señala la importancia de proteger dichos hábitats críticos para las pesquerías como principio rector para la pesca responsable.
e) La restricción de la capacidad excesiva de flota y optimización del valor de la captura, cuando existe un exceso de capacidad de pesca. El Párrafo 7.2.2a del Código de Conducta para la Pesca Responsable establece que las medidas de ordenación deberían propender, entre otras cosas, a que “se evite el exceso de capacidad de pesca y se asegure que la explotación de las poblaciones continúe siendo económicamente viable ”; por lo cual una temporada de pesca corta bien seleccionada puede optimizar el valor de la captura, a la vez que previene la sobreexplotación de la población de la especie objetivo.
2) Como medida de conservación está dirigida a:
a) Proteger hábitats específicos con alto valor de conservación, como ocurre cuando se utilizan artes de pesca que producen un alto impacto en áreas que pueden ser especialmente vulnerables; protección es apoyada por el Código de Conducta para la Pesca Responsable en el Párrafo 7.2.2d, que establece que las medidas de ordenación deberían procurar que “se preserve la biodiversidad de los hábitats y ecosistemas acuáticos y se protejan las especies en peligro”.
b) Limitar la captura incidental, para reducir lo más posible las tasas de captura incidental o la posible interacción con mamíferos marinos y/o especies en peligro.
c) Proteger atributos críticos del ecosistema para mantener los servicios ecosistémicos que brinda, sean extractivos (producción de alimento, medicinas, riquezas, etc.) y/o por existencia (recreación, disfrute, esparcimiento, ciclo de nutrientes, reproducción y crianza, etc.).
3) Como herramienta de resolución de asuntos sociales de acceso a recursos o áreas, se busca:
a) Proveer un mecanismo para resolver conflictos por el uso múltiple de recursos o áreas, sea por el uso de artes incompatibles para un mismo recurso o por actividades humanas sobrepuestas, y donde la única solución manejable sería restringir las actividades a ciertas áreas mediante algún tipo de arreglo de zonificación, sea de manera permanente o estacional.
b) Reservar recursos marinos y costeros económicamente vitales para el uso preferencial de residentes o usuarios tradicionales; fundamentado en el Párrafo 6.18 del Código de Conducta para la Pesca Responsable llama a los Estados a “proteger apropiadamente el derecho de los trabajadores y pescadores, especialmente aquellos que se dedican a la pesca de subsistencia, artesanal y en pequeña escala...” y tal como queda expresado en el artículo 36 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura del 2014.
Desde un enfoque enteramente biológico, la veda busca actuar sobre el fenómeno de la sobrepesca para:
1. evitar la sobrepesca de crecimiento (no se les da suficiente tiempo a los individuos para crecer en talla y peso), no pescando los individuos pequeños e inmaduros;
2. prevenir la sobrepesca de reclutamiento (reducir la población reproductiva o desovante al extremo que no se produce la cantidad de crías imprescindible para asegurar el mantenimiento de la especie), permitiendo extraer una cantidad ponderada de adultos maduros; y
3. más reciente, se incluye la sobrepesca que afecta al ecosistema (evitar la transformación de un sistema relativamente maduro y eficiente, en otro ineficiente, inmaduro o colapsado)que, pese a ser un concepto elástico y no muy claramente definido, apunta a mantener el equilibrio de las relaciones funcionales y a la compensación en biomasa (simultánea o subsiguiente) de otros organismos.
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Por lo tanto, las vedas deben incluir la mayor cantidad de información disponible en cuanto a:
1. El estado de madurez sexual de la población pescable;
2. La talla mínima de la población pescada, que corresponde a la talla de la primera madurez sexual (L 50) y a partir de la cual se puede capturar;
3. La tasa de captura o la cuota total pescable (individual o global);
4. Los artes de pesca negativos sobre el recurso y el hábitat;
5. Los límites de capacidad de flota para el recursos, para evitar la sobrecapacidad; y
6. Los hábitat críticos, para brindarles protección.
Las vedas pueden ser, según su área y tiempo de aplicación:
a. Permanente: Es cuando no se puede pescar una determinada especie en ninguna área o época del año y en ninguna circunstancia.
b. Fija: Es en un área o un periodo determinado, y cada año se repite.
c. Variable: Es en áreas o lapsos de tiempo que varían de acuerdo con condiciones y características de su ciclo reproductivo.
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Si una pesquería ha colapsado o está cerca de colapsar, la acción que se debe tomar para permitir que se recupere la población es la veda permanente o total.
¿CÓMO SE PUEDE CONTRIBUIR CON LA VEDA?
1. Evitar la compra y consumo de especies en veda.
2. Denunciar ante las autoridades competentes, a aquellos que comercializan especies en veda o en peligro de extinción.
3. Educar a la comunidad, la importancia de conservar y preservar los recursos en veda.
¿CUÁL ES LA LEGITIMIDAD DE LAS VEDAS?
Las vedas están fundamentadas en la investigación pesquera y amparadas por la Legislación Pesquera que es el conjunto de normas que regulan la actividad pesquera y acuícola a través de herramientas jurídicas, tales como Reglamentos, Decretos, Resoluciones y Providencias dentro del Marco de la Ley de Pesca y Acuicultura de cada país, y contribuyen significativamente al desarrollo, crecimiento económico, bienestar social, así como la seguridad alimentaria, nutrición y salud de la población; así como la conservación de hábitats, especies y ecosistemas como prioridad, vinculando la explotación de los recursos, y su gestión, a las políticas de conservación y sustentabilidad en el tiempo.
VEDAS ESTABLECIDAS PARA LOS RECURSOS PESQUEROS VENEZOLANOS
RECURSOS PESQUEROS PELÁGICOS
MIGRATORIOS Y ALTAMENTE MIGRATORIOS
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Se denomina Pelágicos al grupo de organismos que habitan en las aguas medias o cercanas a la superficie, con muy limitado contacto con el fondo marino para sus actividades cotidianas de vida. En este caso se refiere específicamente al grupo de organismos animales acuáticos vertebrados de tallas pequeñas y grandes que habitan la columna de agua; ya sea en conglomerados denominados cardúmenes o de manera individual.
RECURSOS PESQUEROS DEMERSALES
MOLUSCOS
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Se denomina Molusco a uno de los más amplios grupos de organismos invertebrados de cuerpo blando, no segmentado, que puede aparecer desnudos o recubiertos por una concha y que gracias a sus características fisiológicas pueden vivir en una gran variedad de ambientes. Los moluscos tienen tres características principales que los hacen diferentes de otros animales, como lo son: la presencia de una estructura conocida como manto, un órgano llamado rádula y la estructura denominada pie muscular. El manto es la pared dorsal que cubre la masa visceral del animal y en muchas especies la epidermis de este manto secreta carbonato de calcio y forma una concha. La rádula es el órgano que utilizan para su alimentación y tiene una morfología similar a una lengua, aunque su función es mucho más compleja; en algunas especies puede estar llena de dientes pequeños, en cuyo caso se utiliza para rasgar o cortar la comida, o en otras puede estar más especializada y ser capaz de atravesar conchas de otros animales o de inyectar veneno a sus presas. El pie muscular demuestra la gran capacidad evolutiva; en principio era reptante (como en los gasterópodos- botuto), con el tiempo pudo diversificarse en un pie excavador (como en los bivalvos - chipichipi), un pie nadador (en los gasterópodos pelágicos) o hasta un pie escindido en tentáculos (como en los cefalópodos – pulpos y calamares).
RECURSOS PESQUEROS DEMERSALES
HOLOTURIAS Y CRUSTÁCEOS
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Se conoce como Holoturias a un grupo de organismos de cuerpo vermiforme (forma de gusano) con un exclusivo esqueleto interno formado por osículos calcáreos; son cilíndricos y musculosos, alargados y blandos, con una apertura bucal por un extremo que es rodeada por tentáculos y por el otro la abertura anal. Están emparentados con los erizos y estrellas de mar, aunque la simetría de cinco radios (pentaradial) de éstos es longitudinal y no dorso-ventral como sus parientes más conocidos. Están adaptados a la reptación, mediante un complejo sistema vascular acuífero que le brinda la presión hidrostática a una red de pies ambulacrales, unos especializados en locomoción (ventrales) y otros sensitivos (dorsales).
Se denomina Crustáceos a uno de los más exitosos grupos de organismos invertebrados de cuerpo segmentado, que se caracterizan por poseer un exoesqueleto articulado, formado principalmente por el polisacárido quitina reforzado por la aposición de carbonato cálcico, con dos pares de antenas y apéndices de dos ejes (birrámeos).
REFERENCIAS CONSULTADAS
Cochrane, K.L. (Ed.). 2005. “Guía del administrador pesquero. Medidas de ordenación y su aplicación”. FAO Documento Técnico de Pesca. No. 424. Roma - Italia. 231 pp. http://www.fao.org/tempref/docrep/fao/008/y3427s/y3427s01.pdf
Defeo, O. 2015. “Enfoque ecosistémico pesquero: conceptos fundamentales y su aplicación en pesquerías de pequeña escala de América Latina”. FAO Documento Técnico para la Pesca y Acuicultura No 592. Roma - Italia. 94 pp. http://www.fao.org/3/a-i4775s.pdf
FAO. 1999. “Informe del 23º período de sesiones del Comité de Pesca”. Roma, Italia, 15-19 de febrero de 1999. FAO Informe de Pesca. No. 595. Roma - Italia. 70 pp.
FAO. 2021. FAOLEX Database. [Dataset Name]. License: CC BY-NC-SA 3.0 IGO. Extracted from: www.fao.org/faolex/opendata.
FAO. 2020.“El Estado Mundial de la Pesca y la Acuicultura: la sostenibilidad en acción”. Roma - Italia. 243pp. https://doi.org/10.4060/ca9229es
Pauly D. 1983. Algunos métodos simples para la evaluación de recursos pesqueros tropicales. FAO Documento Técnico de Pesca. No. 234. Roma - Italia 49 pp. http://www.fao.org/3/X6845S/X6845S07.htm
UDC. 2006. “Conservación y Explotación de Recursos Animales: Tema 10. Gestión de pesquerías: Medidas de regulación”. Facultad de Ciencias, Unviersidad de A Coruña. Curso 2006-07. https://es.slideshare.net/jfreire/cera10regulaciones-gestion-pesquera