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ACERCAMIENTO INSTITUCIONAL CON LOS ARMADORES ATUNEROS QUE OPERAN EN EL CARIBE-ATLÁNTICO

Blanca Bottini - FUNDATUN - 18 de Diciembre de 2021

En el año 2010, la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT, por sus siglas en inglés) emite la Recomendación N°10-10 que establece las normas mínimas para los programas de observadores científicos de buques pesqueros pertenecientes a los países parte de esta Comisión; en atención al punto 10 de la Resolución 63/112 de las Naciones Unidas, donde se alienta a “las organizaciones y los arreglos regionales de ordenación pesquera” el establecimiento de “programas de observación sólidos” que sean útiles para los instrumentos de supervisión, control y vigilancia. Tanto la resolución como la recomendación tienen como base fundamental los artículos 5 y 25 del Acuerdo Sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de Diciembre de 1982 Relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios; así como el artículo 5 del Código de Conducta para la Pesca Responsable (FAO, 1995).

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En este sentido, el para entonces organismo rector de administración pesquera nacional (Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura - INSOPESCA) reporta en la IIª parte del volumen 2 del Informe del Período Bienal, 2012-13 (ICCAT, 2014) que había iniciado la ejecución de un Programa Nacional de Observadores a Bordo de Venezuela (PNOB) para el área del Atlántico-Caribe, según los protocolos establecidos por la ICCAT, a partir del año 2011; aun cuando fue a partir del año 2012 que inició la presencia de los observadores científicos a bordo en la flota, abarcando una cobertura del 5,28% de la misma. Esto colocaba al país en un excelente posicionamiento, con respecto a su participación dentro de la Comisión.

Posteriormente, la Recomendación N°10-10 fue revocada y reemplazada con la Recomendación N°16-14 que establece unas normas mínimas para programas de observadores científicos en buques pesqueros; la cual hace hincapié en la formación de los observadores y la calificación en el desempeño de éstos, para el éxito de las evaluaciones de poblaciones de especies sujetas a las regulaciones de esta Comisión.

Lamentablemente en la actualidad, la merma en el cumplimiento de este programa por parte de las autoridades pesqueras de Venezuela, junto a la situación de nuestros compromisos ante la ICCAT, nos limita a entrar en las negociaciones para mejorar las cuotas de captura de túnidos, ser certificados de no tener Pesca INDNR, entre otras. Como consecuencia de esto, se produjo un acercamiento entre un sector de los armadores industriales que operan en esta área del Caribe-Atlántico y FUNDATUN para tratar el tema; la cual permitió desarrollar el marco de una reunión para sentar las bases de un intercambio de ideas y experiencias sobre el asunto. Con la aparición del COVID-19 y creciente situación de los contagios, la cristalización de la idea se fue haciendo esquiva; hasta entender esta situación de pandemia y desarrollar los mecanismos de protección, así como protocolos de bioseguridad que minimizasen los riesgos de contagio.

Cabe la pena destacar que FUNDATUN ha asistido como representante no gubernamental a varias reuniones de la ICCAT y le ha compartido a las autoridades pesqueras, en los cuatro años recientes, varias propuestas para ayudar a cumplir con los compromisos de la observación a bordo de Venezuela, como país miembro de esa Comisión. Desde la fundación siempre ha habido el compromiso y la disposición para colaborar con la situación, de cara a los compromisos para la ordenación pesquera con la ICCAT; ejemplo de ello es que: se contribuyó en la preparación del grupo de observadores científicos que se montaron inicialmente a bordo de la flota nacional, en el año 2011, y se colaboró estrechamente en la preparación e implementación del programa computacional de colecta de esa información, a ser llevado desde la administración pesquera para el monitoreo de la pesquería de túnidos en el área Caribe-Atlántico; de igual manera también se le han presentado propuestas para el entrenamiento y preparación continua de los observadores a bordo, en el marco del cumplimiento de las resoluciones de la ICCAT, y más recientemente, en vista de los problemas para cumplir la cuota de la observación a bordo, propuestas para llevar dicho programa, en las que se incluyen hasta las posibles fuentes de financiamiento.

A raíz de ese intercambio de preocupaciones, que el Director Ejecutivo de la Fundación, Dr. Carlos Giménez, propone formalizar una reunión con la finalidad de hacer un acercamiento institucional con los armadores pesqueros que operan en el área del Caribe-Atlántico. En este sentido, se designó un personal de FUNDATUN que realizó una visita, entre los días 18 al 22 de noviembre del año en curso, a los agremiados de esta flota que se encuentran en el Puerto Pesquero de Cumaná (Cumaná - Sucre) y el Puerto Pesquero Punta Meta (Guanta - Anzoátegui).

En Cumaná, la reunión se realizó con el Sr Samuel Pinto, en representación de la dirección ejecutiva de la Asociación de Palangreros de Venezuela (APAVEN) y en Punta Meta, con los Sres. Umberto Pasquini, Vincenzo Avallone y Mónica Lofredo, representantes de la Asociación de Pescadores Industriales (ASOPESCA). Las conversaciones, sostenidas con APAVEN y ASOPESCA, giraron en torno a temas que contribuyen, de manera importante, a que nuestra flota del Caribe-Atlántico siga teniendo la categoría de estar ejerciendo una pesca responsable y sostenible en la zona.

LITERATURA RECOMENDADA:

FAO (1995). “Código de Conducta para la Pesca Responsable”. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Roma-Italia. VI+46 p. https://www.fao.org/3/v9878s/v9878s.pdf.

Gassman1 J., C. Laurent & J. H. Marcano (2014). “Ejecución del Programa Nacional de Observadores a Bordo de la Flota Industrial Atunera Venezolana del Mar Caribe y Océano Atlántico año 2012”. Collect. Vol. Sci. Pap. ICCAT, 70(5): 2207-2216. https://www.researchgate.net/publication/285234995_EJECUCION_DEL_PROGRAMA_NACIONAL_DE_OBSERVADORES_A_BORDO_DE_LA_FLOTA_I NDUSTRIAL_ATUNERA_VENEZOLANA_DEL_MAR_CARIBE_Y_OCEANO_ATLANTICO_ANO_2012

ICCAT (2010). “Recomendación de ICCAT para Establecer Normas Mínimas para los Programas de Observadores Científicos de Buques Pesqueros” (Recomendación N°10-10). Madrid-España. 3 p. https://www.iccat.int/Documents/Recs/compendiopdf-s/2010-10-s.pdf

ICCAT (2014). “Informe del período bienal, 2012-13 IIª PARTE (2013) - Vol. 2”. Comité Permanente de Investigación y Estadísticas de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico. Madrid-España. (Versión en español). III+350 pág. https://www.iccat.int/Documents/BienRep/REP_ES_12-13_II_2.pdf

ICCAT (2016). “Recomendación de ICCAT para Establecer unas Normas Mínimas para Programas de Observadores Científicos en Buques Pesqueros” (Recomendación N°16-14). Madrid-España. 6 p. https://www.iccat.int/Documents/Recs/compendiopdf-s/2016-14-s.pdf

CONVEMAR (1982). Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Organización de las Naciones Unidas. 223 p. https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf

ONU (1995).“Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de Diciembre de 1982 Relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios”. Sexto Período de Sesiones de la Asamblea General (A/CONF.164/37). Nueva York-EUA. (Versión en español). 41 p. http://daccessods.un.org/access.nsf/Get?Open&DS=A/CONF.164/37&Lang=S

ONU (2009). “Resolución 63/112. La pesca sostenible, incluso mediante el Acuerdo de 1995 sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, e instrumentos conexos”. Sexagésimo tercer período de sesiones de la Asamblea General (24 de febrero de 2009). Nueva York-EUA. 27 p. https://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/63/112&Lang=S

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