Presupuesto municipal Serie de Cuadernillos: Herramientas para la Militancia
JUNIO 2011
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1. Índice 1.Indice 6. Estructura del presupuesto 6.1. Composición
2.Introducción
6.2. Recursos 3.Conceptos generales
6.2.1. La clasificación de los recursos
3.1. Definición
6.3. Gastos
3.2. Presupuestar
6.3.1. La clasificaciÛn de los gastos 6.4. Déficit y Superávit
4. Autonomía presupuestaria 7. Presupuesto participativo 5. Etapas del presupuesto
7.1.Participación ciudadana
5.1. Elaboración
7.2. Antecedentes
5.2. Aprobación
7.3. Objetivos
5.3. Ejecución
7.4. Instrumentos
5.4. Control de la ejecución
7.5. Alcance
2. .Introducción El objetivo de los Cuadernillos “Herramientas para la militancia” es dotar de instrumentos a quienes participan en la discusión política en todos sus niveles. Es un enorme desafío plantear los temas de forma de atender a la heterogeneidad de gobiernos locales que alberga nuestro país y esperamos hacerlo exitosamente. Los cuadernillos tienen apuntan a brindar conocimientos generales para todos aquellos interesados en adquirir nociones globales sobre los diversos temas abordados, a fin de operar en la realidad cotidiana con juicio crítico, comprendiendo las funciones de las herramientas de gestión. En esta primer serie nos hemos propuesto abordar temáticas municipales, entendiendo que la militancia peronista trabaja en esa instancia y se vincula con las problemáticas más próximas y cotidianas. Los cuadernillos son editados en el marco del Instituto GESTAR y el Proyecto Argentina 2020, pretendiendo abordar las grandes líneas políticas nacionales, de la región y también locales, siempre teniendo en claro que nuestra vocación histórica y presente como movimiento político no es generar una federación de partidos vecinalistas, sino construir desde las bases sustentando el Proyecto Nacional.
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3. Conceptos generales 3.1. Definición El presupuesto es un cálculo de los gastos y recursos con los que se contará durante un año.
Pero también y fundamentalmente, el presupuesto en sí mismo es un Plan de Gobierno,
una herramienta en la cual se expresa la asignación de bienes y servicios que recibirá cada sector de la comunidad, definiendo, al mismo tiempo, quiénes aportarán el mayor esfuerzo económico y monetario para la concreción de ese plan.
3.2. Presupuestar Para entender qué es el presupuesto, podemos compararlo con las finanzas de una familia. Tener dinero es una de las principales condiciones para satisfacer nuestros deseos y necesidades y, dado que el dinero es limitado, se hace necesario ajustar nuestras demandas a los recursos con que contamos. El procedimiento más ordenado consistiría en elaborar un cálculo o proyección de los ingresos que obtendríamos durante un año y determinar así los gastos que podríamos hacer. En definitiva, presupuestar. La diferencia más importante entre el presupuesto de una familia y el presupuesto público es que éste se financia con recursos de los ciudadanos y su ejecución (el gasto) afecta a todos los habitantes. Por lo tanto, el presupuesto tiene que formularse y expresarse de forma tal que permita a cada una de las personas responsables del cumplimiento de los objetivos concretos y del conjunto orgánico de acciones correspondientes, encontrar en él una verdadera "guía de acción" que elimine o minimice decisiones improvisadas.
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4. Autonomía presupuestaria Históricamente existe en nuestro país la discusión de si los municipios son autónomos o autárquicos. Veamos algunas definiciones…
Autarquía Municipal
Autonomía Municipal
Definición: tiene capacidad para
Definición: no sólo tiene capacidad de
administrarse a sí mismo, de acuerdo
administración sino que, además, dicta sus
a una norma que le es impuesta.
normas internas y elige sus autoridades.
Características:
Características:
1-tiene personalidad jurídica
Institucional: tiene la posibilidad de dictar su
propia.
propia Carta Orgánica, lo que le da autonomía “plena”. Si no dicta su Carta
2- cuenta con una asignación legal
Orgánica se considera autonomía “semi-
de recursos.
plena” como es el caso de la Provincia de La Pampa. En algunos casos la Carta debe ser aprobada por la legislatura provincial como
3- su patrimonio es estatal.
en Chubut (sólo la inicial), Neuquén y Salta 4-
tiene
capacidad
de
administrarse a sí mismo.
(inicial y posteriores modificaciones). Política: capacidad de elección de sus propias autoridades.
5- está sometido a control estatal.
Administrativa: capacidad de gestionar servicios públicos, obras públicas, poder de
6- Es creado por el Estado. Es decir
policía, etc.
que en este caso lo crean las
Económica: capacidad de gerenciar el gasto
provincias.
público municipal. Financiera: capacidad de establecer impuestos.
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Desde 1957, las provincias argentinas comienzan a reconocer en sus constituciones la autonomía e incluso la
Texto artículo 123 de la Constitución Nacional:
facultad constituyente para darse sus propias cartas orgánicas. Luego la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un fallo del 21 de marzo de 1989 en el que se conoce como “Caso Rivademar”, sostuvo la autonomía de los municipios, pero fue recién en la reforma constitucional del 1994 que se reconoció nacionalmente la autonomía de los municipios argentinos, pero dejando librado a las provincias determinar el alcance de las autonomías de sus municipios.
Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el art. 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.
Para diciembre de 2010, veinte provincias han incorporado en sus constituciones la autonomía municipal1. La mayoría de ellas han fijado condiciones para que los municipios puedan dictar su propia Carta Orgánica2, y a partir de ello ciento cuarenta y cuatro municipios la han dictado.
1 Quedando aún pendiente Mendoza, Santa Fe y Buenos Aires. 2 Generalmente vinculadas a la cantidad de habitantes.
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5. Etapas del presupuesto De igual modo a la planificación presupuestaria nacional y provincial, a nivel municipal la elaboración del presupuesto recorre diferentes etapas. De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 1079), y la Ley de Contabilidad Provincial (Ley 3799) cada año, desde el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante comienzan a elaborarse los presupuestos de cada área. En cada Secretaría y Dirección se sigue una metodología para calcular los gastos y recursos para el año siguiente.
5.1. Elaboración Esta primera etapa, que suele insumir varios meses, es de una gran importancia ya que en ella se establecen las prioridades municipales, los planes y programas para atenderlas y los recursos específicos que se destinarán para su cumplimiento. Por lo general, la formulación del presupuesto se hace en función de una estructura que establece la Secretaría de Hacienda y que el resto de las Secretarías y la Intendencia debe respetar para su presentación. Cada dependencia planifica su presupuesto y el mismo es sometido a revisión por parte de esta Secretaría. Cada dependencia estima su presupuesto. Toda la información reunida es seguida por un proceso de discusión amplio en el que - sobre la base de los límites iniciales enviados y los solicitados luego por cada entidad- se acuerda el máximo de gasto autorizado para cada área y la incorporación de nuevas actividades, entre otras cosas. El proyecto, una vez terminado, debe ser presentado al Concejo Deliberante para su discusión y aprobación antes de una fecha determinada. De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, el Intendente debe remitir el Presupuesto al Concejo Deliberante hasta el 1º de noviembre de cada año.
Los límites generales del presupuesto están determinados, en parte, por las proyecciones de indicadores clave que influyen en los ingresos y egresos, como el crecimiento económico, la inflación, también por la pauta presupuestaria nacional y provincial. Los contornos del presupuesto también están determinados por otras metas, como mantener el déficit o la deuda a cierto nivel, aumentar el gasto para ciertas áreas prioritarias, etc.
5.2. Aprobación Esta es normalmente la etapa más visible del proceso presupuestario, ya que es cuando el Gobierno Municipal presenta el proyecto de ordenanza de Presupuesto al Concejo Deliberante para que sea
d i s c u t i d o ,
modificado y aprobado. Generalmente, los cambios que el Concejo Deliberante puede hacer al Presupuesto no están referidos a cuestiones centrales tales como programas o características de la aplicación o ejecución de las acciones que son llevadas a cabo por dependencias del Departamento Ejecutivo, sino que aluden más directamente a cuestiones
Una de las dificultades que se dan en esta etapa es el plazo que se da para el tratamiento del Presupuesto, que muchas veces es insuficiente para realizar un análisis profundo. En particular, se dificulta por que el poder ejecutivo envía más tarde que lo previsto el proyecto de Ordenanza. Adicionalmente, si el proceso se dilata y el P.E. presenta objeciones a las modificaciones realizadas por parte del Concejo, no hay tiempo para un nuevo debate. Esto puede generar tensiones entre el proyecto aprobado por el C.D y el P.E. Fomenta la ausencia de un debate rico el hecho de que los concejales muchas veces no cuentan con información ni formación suficiente para realizar un análisis minucioso del presupuesto.
relativas a revisión de prioridades. El proceso comienza una vez que el proyecto de ordenanza ingresa en el Concejo. Una vez allí, es analizado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Además los técnicos de la Secretaría de Hacienda y responsables de las distintas áreas acuden a reuniones con los concejales para explicar el proyecto elaborado. Si la Comisión aconseja su aprobación, ésta discusión se llevará entonces al recinto junto a todos los Concejales, quienes a su vez pueden introducirle modificaciones. Una vez aprobada la Ordenanza de Presupuesto por el Concejo, vuelve al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y publicación. Si el Departamento Ejecutivo hiciera observaciones en la Ordenanza aprobada por el Concejo; éste deberá debatir nuevamente sobre las modificaciones, quedando el resto del presupuesto aprobado y en vigencia. De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, la aprobación del presupuesto debe ocurrir antes del 31 de diciembre de cada año. Si no se aprobara, se inicia el nuevo con año con la misma pauta presupuestaria que el año anterior.
5.3. Ejecución En esta etapa el municipio lleva adelante sus planes y programas, presta servicios y realiza obras; todo ello utilizando los recursos aprobados por el Concejo Deliberante. La manera de ejecución del presupuesto es similar a la de un padre que le da una Herramientas para la militancia - Presupuesto municipal
mensualidad a su hijo para que gaste, pero en el caso del presupuesto público la cuota es anual y el dinero ingresado debe gastarse en el tiempo que determina el presupuesto de la dependencia y en aquellas actividades y bienes que fueron presupuestados y autorizados. A su vez, esta cuota se va ajustando de acuerdo a las necesidades de gasto y a los flujos de los ingresos del municipio. Es común que durante el ejercicio del gasto no solo haya variaciones en el destino específico del gasto aprobado, sino que también haya recortes o aumentos en el crédito disponible para gastar, de acuerdo a los ingresos que efectivamente se recauden. El seguimiento de la ejecución lo realiza la Secretaría de Hacienda a través de distintos sistemas informáticos en los que cada dependencia registra los gastos. Según los distintos mecanismos de información con los que un gobierno cuenta, habrá mayor o menor información disponible respecto a la aplicación del gasto. El Poder Ejecutivo Municipal puede incorporar modificaciones al presupuesto durante su ejecución, mientras se mantenga dentro de las pautas establecidas por la ordenanza. Si esto no ocurre, necesita pedir autorización al Concejo Deliberante para realizar las modificaciones que considere necesarias.
5.4. Control de la ejecución Esta etapa es crucial, ya que el Gobierno Municipal rinde cuentas de los montos gastados y los resultados obtenidos. La fiscalización debe arrojar luz sobre el uso de los recursos, su eficiencia y racionalidad. Para llevar a cabo esta función existen dos tipos de controles. Uno a nivel interno, dentro del Poder Ejecutivo y otro externo, independiente del gobierno. o
Control interno: la fiscalización interna de la ejecución se realiza previo a la concreción de
cada gasto y está a cargo de la Subdirección de Auditoría Interna, que depende directamente de la Secretaría de Hacienda del Municipio. o
Control externo: el Tribunal de Cuentas de la Provincia posee las atribuciones para llevar
a cabo el control externo. Este organismo examina los libros de contabilidad y la documentación existente en las oficinas públicas para determinar que los gastos realizados estén avalados por la documentación legal necesaria y se correspondan con lo presupuestado. Todos los municipios rinden cuentas a este Tribunal.
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6. Estructura del presupuesto 6.1. Composición Todo Presupuesto se compone básicamente de dos partes: una contiene los recursos que se espera recaudar durante el ejercicio, y la otra los gastos que se proyecta realizar en el mismo período. Al mismo tiempo, en cada de unas las partes en que se divide un presupuesto, los datos pueden presentarse clasificados de diversas formas, para facilitar su comprensión y análisis Las clasificaciones presupuestarias -o estas diferentes maneras de presentar los números del presupuesto- son uniformes para todos los niveles de gobierno (municipio, provincia y nación); de manera que si las comprendemos, podremos no sólo comenzar a entender el presupuesto de determinado municipio sino también los de otros municipios y el de la Provincia o la Nación.
6.2. Recursos Los recursos con los que cuentan lo municipios son variables pero a grandes rasgos pueden definirse cuatro principales fuentes: Las tasas más usuales:
TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES: En la mayoría de los municipios del país, bajo este
T a s a d e s e r v i c i o s g e n e r a l e s concepto se perciben la mayor parte de los ( d e n o m i n a d a a n t i g u a m e n t e c o m o recursos. Las tasas representan un cargo directo, 1.
alumbrado, barrido y limpieza).
una contraprestación por un servicio que presta el municipio. Otro mecanismo de recaudación
Tasa de seguridad e higiene (se cobra genuina de los municipios, son las ''contribuciones a los comercios o industrias para garantizar especiales por mejora''. Son contribuciones que condiciones de salubridad, higiene, etc. en se imponen a determinados propietarios o 2.
los productos que venden o fabrican).
habitantes de una zona por la realización de una obra pública que va a beneficiar directamente a
Tasa de derecho de construcción (se ese barrio. Por ejemplo: tendido de cloacas, el cobra al momento que un ciudadano inicia asfalto de una calle, la instalación de una red eléctrica. Este mecanismo fue muy utilizado en las una obra, vivienda o edificio). 3.
décadas del '50, '60 y '70 en la provincia de
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Buenos Aires, cuando los municipios del conurbano fueron rápidamente urbanizados. Los municipios tienen la facultad de dictar una ordenanza o un decreto para establecer este tipo de recurso.
COPARTICIPACIóN: Argentina es un
El ejemplo de la Pcia. De Buenos Aires:
país que posee tres niveles de gobierno
Del 100% de lo recursos a distribuir, la provincia de
(nación, provincia y municipios) y, como
Buenos Aires coparticipa a los municipios el 16,
tiene un régimen federal, existe lo que se
14%.
llama sistema de transferencia de
¿Cuánto se reparte a cada uno? Esto se establece
recursos que consta de transferir recursos
de acuerdo a la ley de coparticipación (10559/87),
desde la Nación a las provincias y de las
según la cual cada municipio recibe:
provincias a los municipios. Estas
58% en relación a POBLACIÓN, CAPACIDAD
transferencias de recursos intentan
TRIBUTARIA y SUPERFICIE del distrito.
equilibrar el desequilibrio regional
Del 58% (que es el total), se divide:
existente. Tomemos como ejemplo la
62% de acuerdo a la proporción de la población (si un
ciudad de Buenos Aires, un distrito muy
municipio es más poblado que otro recibe más
rico que, a diferencia de la provincia de La
recursos).
Rioja es una provincia muy pobre. A través
23% inversamente proporcional a la capacidad
de este sistema la Nación transfiere, por
tributaria: municipios con baja capacidad
Coparticipación Federal, más recursos a
contributiva reciben más recursos que aquellos
La Rioja que a la Ciudad de Buenos Aires
municipios que tienen una mayor capacidad
con el fin de compensar esos
contributiva.
desequilibrios.
15% proporción directa a la superficie, es decir al
Es importante mencionar que en
tamaño del municipio, cuanto más grande es su
municipios con mayores dificultades de
territorio, recibe más recursos.
desarrollo económico y altos índices de
37% SALUD
pobreza y desempleo, generalmente la
Se tienen en cuenta tres parámetros:
recaudación a través de recursos
1-
Perfil de complejidad
genuinos se equilibra por medio del
2-
Número de camas
sistema de coparticipación y lo que recibe
3-
Factor de ocupación
un municipio por concepto de
La coparticipación recibida por este rubro no implica
coparticipación de la provincia muchas
que deba gastarse en salud necesariamente.
veces es igual o mayor a los recursos
5% EDUCACIÓN
propios que obtienen por el cobro de las
Surge de las políticas de descentralización de los
tasas. El modo de distribución del
90's, es decir que aplica si el municipio tiene a cargo
mecanismo de coparticipación no es
algún organismo descentralizado en ese proceso.
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arbitrario sino que se determina a través de una ley que fija parámetros para calcular el monto. También pueden otorgarse fondos especiales para los municipios a través de una ley. En la provincia de Buenos Aires hay dos casos paradigmáticos en este sentido. En primer lugar, el Fondo de Reparación Histórica, que otorgaba a la Provincia de Buenos Aires 650 millones de pesos para repartir discrecionalmente. En segundo lugar, las recaudaciones de Bingos y Casinos que la provincia cede a los municipios, entregando el 6% y 18% de sus ganancias respectivamente. APORTES DEL TESORO NACIONAL (ATN): son recursos que algunos municipios reciben de Nación. Lo pueden solicitar ante situaciones de emergencia, por ejemplo: inundaciones, situaciones catastróficas, etc. Estos recursos no son permanentes, sino irregulares. IMPUESTOS: A veces se confunden los términos IMPUESTOS y TASAS. La diferencia entre ambos es que en un IMPUESTO, el Estado recauda una contribuciÛn por el imperio de la ley, sin contraprestación. Es decir, el Estado recauda porque tiene poder para recaudar y establece actividades a ser gravadas y el monto a pagar. En nuestro país, sólo pueden generar impuestos los municipios cuya autonomía lo permita, de acuerdo a la constitución provincial y la propia carta orgánica del municipio (aún no son muchos, ver autonomía…).
6.2.1. clasificación de los recursos La primera gran distinción en los recursos es la que se hace entre: Recursos Corrientes y Recursos de Capital. Los primeros son aquellos recursos que el Municipio obtiene en forma “corriente”, es decir, periódica, esperable. Aunque no se conozca el monto exacto que se recaudará se estima que se contará con ellos. Es el caso, por ejemplo, de las tasas municipales. Todos los años el municipio espera recaudar un monto determinado por este concepto. Los Recursos de Capital corresponden a operaciones excepcionales, como puede ser la venta de propiedades, el cobro de un préstamo, etc. Provienen de la venta de bienes de capital o de inversiones realizadas por el Municipio o del recupero de obras reembolsables. Los Recursos Corrientes pueden clasificarse u ordenarse según su origen, es decir de dónde son obtenidos. Una primera distinción se hace en función de quién aporta estos recursos. Así veremos en el
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presupuesto: “Recursos de Origen Municipal” (propios, son aquellos con los que cuenta el Municipio a partir del cobro de tasas, cobro de prestación de servicios municipales, entre otros, que surgen de su propio Código Tributario y Ordenanza Tarifaria); y “Recursos de Origen Provincial” (aportados por el gobierno provincial en virtud de leyes especiales y de acuerdos previos con el municipio, como la participación de impuestos y las transferencias para financiar ayuda social, vivienda, entre otras). A su vez, dentro de estos dos grandes rubros, se utilizan otras clasificaciones que pretenden, por ejemplo, distinguir si estos recursos provienen del cobro de tasas o derechos o si provienen de otro tipo de servicios brindados por el municipio.
6.3. Gastos Es necesario aclarar que, de manera similar a lo que ocurre con el origen de los recursos, el destino de éstos también es variable. Aún así, en términos generales, la mayoría del presupuesto se invierte en los siguientes grandes rubros: PERSONAL: Implica aproximadamente la mitad del presupuesto municipal. Por ello es complejo modificar el presupuesto, ya que la mitad está destinada a abonar salarios. SERVICIOS PÚBLICOS: Normalmente servicios concesionados de recolección de residuos y barrido público. Es un concepto muy gravitante y puede representar hasta un 15% del gasto total. SALUD Y SERVICIOS SOCIALES: desde un 10 a un 25%. SERVICIOS DE DEUDA: Actualmente hay muchos municipios que destinan una porción importante de su presupuesto a pagar deudas con acreedores como bancos públicos y otros niveles estatales.
6.2.1. clasificación de los gastos De la misma manera que para los recursos, la primera distinción está relacionada a la distinción entre gasto Corriente (son los gastos necesarios para el funcionamiento normal y operativo del Municipio) y gasto de Capital (gasto de inversión en bienes -como maquinarias o computadoras-, obras públicas, propiedades, etc.). Otro tipo de ordenamiento del gasto es según quién lo realiza. Se denomina a este ordenamiento “Clasificación por Jurisdicción”, y nos permite ver si el gasto presupuestado lo realizará el Departamento Ejecutivo a través de sus Secretarías y Direcciones, el Honorable Concejo Deliberante u otras unidades existentes. También pueden clasificarse los gastos teniendo en cuenta para qué se utilizan los recursos. Esta clasificación se denomina “Clasificación por Objeto del Gasto”. Por ejemplo: si el
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gasto corresponde a personal, a bienes de consumo, a servicios, al pago de intereses de las deudas, o a transferencias, a trabajos públicos, bienes de capital o inversiones (expropiaciones, compra de edificios, etc.). Por último, existe una forma de clasificar el gasto que nos indica en qué se gasta, es la “Clasificación por Finalidad y Función”, y hace referencia a las finalidades que tiene el Estado y las funciones que ejecuta para cumplirlas. A partir de esta clasificación se puede observar cuánto se destina a educación, salud, seguridad, desarrollo de la economía, entre otras. Independientemente de todas las clasificaciones utilizadas en el Presupuesto Municipal, lo más importante es tener en cuenta que cada una de ellas nos muestra las prioridades municipales (por ejemplo, si gasta más en servicios que en bienes; o si gasta más en cultura que en deporte). Cada una de estas formas de presentar la información presupuestaria es más interesante y brinda información más útil cuanto más pormenorizada se encuentra y en la medida en que permita hacer interrelaciones. Por último, para entender mejor el presupuesto, es necesario ver la evolución de gastos en un área a través del tiempo, o compararlos con gastos parecidos en otros gobiernos o áreas. Por ejemplo comparar el gasto en obras públicas durante los últimos cinco años y observar el incremento o disminución del presupuesto.
6.4. Déficit y Superávit Al comparar los ingresos con los gastos se obtiene el resultado que obtuvo el Municipio al final del ejercicio. De acuerdo a este resultado (que puede ser positivo o negativo) recibe los siguientes nombres: Superávit: Siempre que los recursos en el presupuesto sean mayores que los gastos, el balance dará superávit. Cuando esto sucede, el excedente puede utilizarse para pagar deudas o ahorrarse para cubrir situaciones de emergencia o gastarse en el ejercicio siguiente. Déficit: Cuando los gastos en el presupuesto superen los ingresos efectivamente recaudados, el balance arroja déficit. Esta diferencia puede cubrirse con endeudamiento o con la venta de activos (como propiedades, empresas, etc.).
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7. Presupuesto participativo Los Presupuestos Participativos son una forma de participación de la ciudadanía en la gestión de la ciudad, mediante la cual vecinos y vecinas pueden participar en la elaboración del presupuesto público municipal.
7.1. Participación ciudadana Los presupuestos públicos impactan directa e indirectamente en la vida de todos los ciudadanos; sin embargo afecta especialmente a las personas con menos recursos ya que sin duda dependen especialmente de los sistemas públicos de salud y educación, entre otros. Cuando se producen recortes presupuestarios tienden a ser en los programas en los cuales participan poblaciones vulnerables y en situación de pobreza, mientras que otras partidas como el costo de la deuda o los salarios del sector público- pueden seguir manteniendo su lugar prioritario en un escenario de recursos escasos. No obstante, dado que los recursos provienen de la sociedad (a través de los impuestos y tasas), ésta tiene derecho a exigir que el dinero público se distribuya y se gaste en forma transparente y de acuerdo a las necesidades de la población. La dificultad para comprender el presupuesto y la ausencia de una cultura de rendición de cuentas y mecanismos de control ciudadano son las principales dificultades para hacer valer ese derecho de la sociedad. En este sentido, el presente cuadernillo pretende: o
Vencer la dificultad de la ciudadanía para comprender y analizar el Presupuesto.
o
Concientizar sobre la importancia de recibir información veraz para que el ciudadano
común pueda hacer un seguimiento de las cuentas públicas. o
Involucrar a la ciudadanía en general en las instancias de participación y debate del
presupuesto. Es posible lograr que los presupuestos reflejen y respondan a las necesidades de la comunidad, combatiendo a la vez la discrecionalidad y corrupción. Asimismo, la ciudadanía debe comprender la importancia de cumplir con el deber ciudadano de financiar las actividades de gobierno (no evadir impuestos).
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7.2. Antecedentes La primera experiencia de presupuesto participativo (orçamento participativo) se inició en 1989 en la ciudad de Porto Alegre (Rio Grande do Sul, Brasil), tras la victoria del Partido dos Trabalhadores en las elecciones municipales. En un contexto de fuertes desigualdades sociales y recursos limitados, el nuevo gobierno no podía hacer frente a todas las necesidades de la población ni dar respuesta a las expectativas creadas entre la población más desfavorecida. Resultaba imprescindible establecer prioridades de acción y, para hacerlo, contó con la sociedad civil fuertemente organizada, dando voz a los movimientos sociales. A través de un sistema asambleario, se creó una estructura que permitiese a los ciudadanos incidir en las decisiones sobre el gasto municipal. El objetivo principal del presupuesto participativo en Porto Alegre se centró en la justicia social: empoderar a las comunidades y conseguir que las necesidades de los más desvalidos pasen a primer término mediante la inversión de prioridades. La experiencia continúa en vigor, aunque el cambio de gobierno municipal en 2004 propició modificaciones substanciales en el proceso y sus objetivos. En la República Argentina el primer municipio en adoptar un presupuesto participativo fue la ciudad de Rosario en la provincia de Santa Fe. Rosario sancionó la ordenanza respectiva en 2002 y el primer presupuesto participativo correspondió al año 2003. Posteriormente otros municipios como San Fernando (provincia de Buenos Aires), el Municipio de Morón (provincia de Buenos Aires), Córdoba Capital, San Carlos de Bariloche (provincia de Río Negro) y Reconquista (provincia de Santa Fe) también adoptaron el uso de esta herramienta de participación directa. Esto derivó en la creación de la Red Argentina de Presupuestos Participativos (www.rapp.gov.ar) que agrupa a los municipios que lo implementan.
7.3. Objetivos El Presupuesto Participativo tiene como principal objetivo la participación directa de los vecinos y vecinas con el fin de establecer las principales necesidades cotidianas de la ciudad, e incluirlas en el presupuesto anual del municipio, priorizando las más importantes y realizando un seguimiento de los compromisos alcanzados. Además de decidir parte del presupuesto municipal los Presupuestos Participativos pretenden: o Promover la movilización ciudadana, es decir, que la ciudadanía deje de ser simplemente observadora de los acontecimientos y decisiones para convertirse en protagonista activa de lo que ocurre en la ciudad, promoviendo asÌ la democracia participativa.
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o Perseguir, entre todos y todas, soluciones correspondientes con las demandas y necesidades reales de la sociedad en su conjunto, priorizándolas. o Lograr mayor transparencia, eficiencia y eficacia en la gestión municipal a partir del debate, entre representantes políticos, personal técnico y ciudadanía, acerca del destino de la recaudación municipal. o Fomentar la reflexión activa y la solidaridad a través de la cual vecinos y vecinas tienen la oportunidad de conocer y dialogar sobre los problemas y demandas de todos y todas. o Mejorar la comunicación entre administración y ciudadanía, generando espacios de debate
7.4. Instrumentos Los ejemplos de antecedentes, dan cuenta clara de que el presupuesto participativo es una herramienta reciente que aún no se ha consolidado en nuestro país ni en el mundo, por lo tanto no hay un modelo a seguir, sino varias experiencias con distinto grado de éxito. No obstante, podemos enunciar algunos de los mecanismos que suelen incluirse para fomentar la participación ciudadana:
7.5. Alcance Normalmente en las instancias iniciales de implementación, se permite la discusión sobre un área limitada de los gastos y es recomendable que así sea mientras se nutre la experiencia participativa, pero nada impide que se amplíe a medida que se va perfeccionando a otras áreas de gastos e incluso que se someta a discusión las fuentes de ingresos. Herramientas para la militancia - Presupuesto municipal