Costos
El costo de las fianzas en la industria de la construcción Como garantía del debido cumplimiento de las responsabilidades de un contrato, existen las fianzas en la industria de la construcción. La contratante las solicita en las diferentes etapas del desarrollo de la obra, ya sea una vez que se adjudica el contrato, para la entrega del anticipo o para garantizar los defectos o vicios ocultos una vez terminados los trabajos. MANUEL ALEJANDRO RODRÍGUEZ SUÁREZ Coordinador nacional de Costos en la Construcción, CMIC.
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ormativamente, el costo de las fianzas se incluye en el costo indirecto, en el apartado de seguros y fianzas; sin embargo, muchas veces este costo es la primera pérdida que tiene una empresa, y esto sucede cuando no se calcula correctamente o no se considera su cobro en los indirectos, ya que a menudo su cálculo es automático en los softwares de precios unitarios.
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Fianzas en la industria de la construcción Como antecedente, en el derecho romano la fianza era un contrato formal mediante el cual una persona o fiador se obligaba a pagar la deuda de otro (fiado), en caso de que este último no cumpliera con su deber. En la actualidad, tomando como referencia a algunas afianzadoras mexicanas, se puede definir como un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no lo hace; intervienen mediante vínculo contractual un acreedor, un deudor principal y un fiador. Es decir, se trata de un contrato en el cual una institución de fianzas garantiza el
cumplimiento de las obligaciones con contenido económico contraídas por una persona física o moral ante otra persona física o moral privada o pública, en caso de que aquélla no cumpliere. Con base en lo establecido en el artículo 213 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (RLOPSRM), estos gastos se deben incluir en los costos indirectos, en la fracción VIII correspondiente al rubro de Seguros y fianzas. Es importante conocer la diferencia entre seguros y fianzas: • El seguro es un contrato principal, en tanto que la fianza es un contrato accesorio de garantía.
Número 645 Agosto 2020