PLAN DE CONVIVENCIA
“Aprender a convivir con los demás es una finalidad esencial de la educación y representa uno de los principales retos para los sistemas educativos actuales. Se trata de un aprendizaje valioso en sí mismo e imprescindible para la construcción de una sociedad más democrática, más solidaria, más cohesionada y más pacifica.” Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la educación para el siglo XXI
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INDICE
1. 2. 3. 3.1. 3.2. 3.3. 4. 5. 6. 7. 7.1. 7.2. 7.3. 7.4. 7.5. 7.6. 7.7. 7.8. 7.9. 7.10 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.
Pag. Introducción..................................................................................3 Objetivos del Plan de convivencia................................................4 Características de la EOI de Barakaldo ........................................4 Ubicación y características ...........................................................4 Recursos materiales y espacios ....................................................5 La comunidad educativa............................................................5-6 Diagnóstico de la situación de convivencia en nuestro centro .....6 Actuaciones para mejorar la convivencia en el centro ..............6-7 Comisión de convivencia ..........................................................7-8 Normas de convivencia ................................................................8 Principios inherentes a las normas de convivencia ......................8 Derechos de los alumno/as inherentes a las normas de convivencia ..............................................................................8 Normas de convivencia en el aula ................................................9 Conductas inadecuadas a las normas de convivencia en el centro ..............................................................................9-10 Correcciones y competencias a las conductas inadecuadas a las normas de convivencia del centro ......................................10 Conductas contrarias a la convivencia del centro. Competencias para aplicar las correcciones ...............................11 Correcciones y competencias a las conductas contrarias a La convivencia del centro...........................................................11 Conductas gravemente perjudiciales a la convivencia del centro ...............................................................................12-13 Correcciones y competencias a las conductas gravemente Perjudiciales para la convivencia del centro..........................13-14 Consideraciones sobre las medidas de corrección......................14 Reclamaciones ............................................................................15 Procedimiento para la recogida y gestión de las incidencias......16 Protocolo de actuación en casos de acoso moral y/o sexista En el ámbito educativo ...............................................................16 protocolo de actuación en casos de conflicto en el trabajo.........16 Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de convivencia ...............................................................16-17 Medidas finales...........................................................................17 Aprobación .................................................................................17 ANEXO I Normas de convivencia en el aula.............................18 ANEXO II Parte de incidencias .................................................19 ANEXO II Parte de incidencias .................................................20
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1. INTRODUCCIÓN La actividad de una Escuela Oficial de Idiomas se centra en la adquisición de los conocimientos lingüísticos, pragmáticos y funcionales de las distintas lenguas, así como el desarrollo de las destrezas o capacidades que este proceso exige. Para alcanzar ese objetivo se requiere un ambiente de trabajo ordenado, coherente y coordinado que facilite el aprendizaje, así como disciplina y una conciencia de perseguir un objetivo común, como bases para crear los hábitos y comportamientos que faciliten a cada individuo y al conjunto el logro de los fines que se han establecido. A grandes rasgos, estas deberían ser en sí las bases de las normas de la convivencia, entendida ésta como la voluntad de cooperar en el logro de objetivos comunes, estableciendo por consenso los valores que se han de perseguir y los procedimientos y normas para lograrlos. La educación y más concretamente el aprendizaje de idiomas pretenden lograr individuos que, conociendo la cultura de su propia sociedad y de la sociedad que habla el idioma que desea aprender, tengan criterios claros de acción y voluntad de cooperar solidariamente para lograr unos fines comunes. Por las condiciones especiales de este tipo de enseñanza, las relaciones interpersonales que se establecen entre los distintos miembros de la comunidad son de un carácter muy peculiar. En cuanto a las características del alumnado que acude a este tipo de centros, se trata de un grupo bastante heterogéneo que reacciona de forma muy diversa ante el estímulo y el aprendizaje: en este sentido encontramos tanto a un alumnado adulto y responsable de su propio aprendizaje como a un alumnado menor de edad, que involucra en su aprendizaje a sus responsables legales, a la vez que asume su papel de estudiante interesado en el desarrollo de sus conocimientos. El Plan de Convivencia es el documento que sirve para concretar la organización y el funcionamiento de la Escuela Oficial de Idiomas de Barakaldo en relación con la convivencia y establecer las líneas generales del modelo de convivencia a adoptar en el centro. La normativa reguladora en la que se basa es: • •
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Ley de la Escuela Pública Vasca que señala entre sus fines el de “asegurar el carácter coeducador de la enseñanza que se imparta”. Ley para la igualdad de mujeres y hombres en Euskadi que hace hincapié en “el aprendizaje de métodos no violentos para la resolución de conflictos y de modelos de convivencia basados en el respeto a la igualdad de sexos y a la diversidad. Decreto sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad autónoma del País Vasco que resalta que “todos los alumnos y alumnas tienen derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral y su dignidad personal”.
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La redacción de este documento está orientada a la prevención de problemas y conflictos que puedan surgir en la convivencia del centro. Este Plan de Convivencia está dirigido a toda la Comunidad Educativa personal docente y no docente, alumnado y los tutores legales del alumnado menor de edad. 2. OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA Los objetivos generales del plan de convivencia del centro son los siguientes: •
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Asumir por todos los miembros de la comunidad educativa que el fomento de la convivencia y el logro de un clima positivo en el centro es responsabilidad y tarea común. Tomar conciencia de que la mejora de la convivencia y el logro de un buen clima educativo facilita la tarea de enseñar y aprender. Fomentar un buen ambiente dentro de la comunidad educativa, entendiendo como tal un espacio de respeto mutuo en que se fomenten valores positivos que ayuden a desarrollar todas las actividades del centro, tanto en el ámbito docente como en el administrativo, de acuerdo con las finalidades educativas del centro, evitando los conflictos entre los miembros de la comunidad educativa de la forma más beneficiosa para todo el personal. Fomentar la buena convivencia y los valores recogidos en las finalidades educativas del centro a través de las actividades extraescolares y complementarias e integrar éstas dentro del resto de actividades docentes. Elaborar y dar a conocer el sistema de normas de convivencia que debe ser respetado por todos los miembros de la comunidad educativa. Consensuar las decisiones adoptadas por los miembros de la comunidad educativa, siempre dentro de su ámbito de responsabilidad. Dar publicidad a los mecanismos que tienen los diferentes miembros de la comunidad educativa para hacer valer sus derechos y para poder así resolver conflictos. Fomentar en nuestro centro los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la diversidad y en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de los conflictos que pudieran plantearse en el centro y aprender a utilizarlos como fuente de experiencia de aprendizaje. Cualquier otro objetivo en relación a la convivencia en el centro que desde los distintos sectores que integran nuestra comunidad educativa se proponga.
3. CARACTERÍSTICAS DE LA EOI DE BARAKALDO 3.1 UBICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS La EOI Barakaldo HEO, situada en lo que fue el antiguo matadero, empezó su andadura en el año 1995. Durante este periodo de tiempo la escuela ha ido creciendo en número de alumnado así como en su oferta educativa. Hemos pasado de una cifra de 552 alumnos/as oficiales y de 675 libres en 1995 a 2633 oficiales y 1475 libres en el 2012. En la actualidad se imparten los siguientes idiomas: euskera, francés, inglés y alemán.
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La Escuela Oficial de Idiomas de Barakaldo es un centro docente público que, dentro de las enseñanzas de régimen especial, imparte las enseñanzas de idiomas a adultos aunque también cuenta con alumnado de entre 14 y 18 años. Precisamente una de las características de esta Escuela es sin duda su heterogeneidad tanto de edades como de aficiones y dedicaciones. La convivencia, pues, es un valor fundamental para que el centro pueda funcionar y constituye uno de nuestros principales objetivos, aunque precisamente, el clima de trabajo suele ser favorecedor y enriquecedor tanto para el alumnado como para el profesorado. El horario de apertura del centro es de 8:00 hasta las 20:30 horas de lunes a jueves, y de 9:30 a 13:30 los viernes 3.2 RECURSOS MATERIALES Y ESPACIOS El edificio consta de tres plantas con ascensor y la siguiente distribución: Planta baja: Un amplio vestíbulo donde se hallan las oficinas de administración y conserjería, la biblioteca, el aula multimedia con 15 puestos de ordenadores, 12 aulas con diferente capacidad, el almacén, el cuarto de la caldera, un vestuario con ducha para el personal de limpieza, 2 servicios para el alumnado, 2 para el personal del centro y salida de emergencia. Planta primera: sala de profesores, los cuatro departamentos didácticos, salón de actos (con dos aulas integradas), 6 aulas, dos servicios para el alumnado, un cuarto de limpieza, y salida de emergencia. Planta segunda: tres despachos de dirección, una sala de reuniones, dos servicios para el personal y un cuarto de limpieza. El salón de actos posibilita la realización de actividades culturales y extraescolares (jornadas, congresos, conferencias, conciertos, teatro, etc.), así como la realización de exámenes. Por otro lado, la sala de reuniones, y las aulas no ocupadas están a disposición del alumnado para reunirse para practicar el idioma o tratar asuntos de interés escolar. El centro está considerado como edificio de interés artístico y cultural. Está ubicado en el centro neurálgico del municipio de Barakaldo y rodeado de una zona ajardinada con un acceso muy próximo al metro. 3.3 LA COMUNIDAD EDUCATIVA Tal y como hemos mencionado anteriormente, el alumnado del centro es muy heterogéneo en cuanto a edad y extracción social. Viene en general de forma voluntaria a la Escuela por lo que su actitud de cooperación y sociabilidad es grande y repercute positivamente en el clima de convivencia del centro. Actualmente el personal docente del centro está compuesto por unas 30 personas, cantidad que varía año a año, de las cuales más de 20 son funcionario/as con destino definitivo en el mismo, lo que le da al centro un carácter estable. El profesorado se caracteriza por su profesionalidad y dedicación.
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Por otro lado, el personal no docente está compuesto por dos administrativas, tres conserjes y dos trabajadoras de la limpieza, todos ellos con carácter estable. La relación entre personal docente y personal no docente, así como entre ellos, es generalmente cordial, amistosa y basada en el respeto mutuo y en la colaboración. 4. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA EN NUESTRO CENTRO. Hasta el momento actual, a lo largo de todos estos años, la convivencia en esta escuela ha sido altamente satisfactoria. Dado que hablamos de un centro de Enseñanzas de Régimen Especial, tenemos que tener en cuenta que estamos hablando de un alumnado que acude al centro voluntariamente y generalmente con un alto grado de motivación. Esta circunstancia repercute sobre la convivencia en el centro ya que no se producen conflictos reseñables más allá de quejas o problemas puntuales tales como la demanda de una mayor oferta de horarios, ampliación del número de aulas y de grupos, así como de cursos específicos (monográficos y semi-presenciales) o irregularidades o reclamaciones de carácter administrativo. La falta de puntualidad y el uso inadecuado de teléfonos móviles también han dado pie a alguna queja puntual. El profesorado muestra su satisfacción en general en lo referente a sus relaciones con el alumnado. No se detectan actos de indisciplina. Por el contrario el profesorado muestra su preocupación con el absentismo de algunos alumnos y alumnas que por lo general han decidido abandonar por motivos laborales o personales. El alumnado del centro tiene en general un buen concepto de sus compañeros y compañeras y no se presentan entre nuestros alumnos y alumnas conflictos de carácter reseñable ya que, entre otras cosas, estamos hablando de alumnos mayores de edad en gran parte. En las escasas ocasiones en las que se producen conflictos, siempre de carácter leve, el centro interviene promoviendo el diálogo entre las partes implicadas como instrumento para la resolución del conflicto. Es generalmente el Equipo Directivo, enterado de la situación de conflicto, el encargado de promover dichas acciones de resolución pacífica de los conflictos. 5. ACTUACIONES PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO La convivencia escolar constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos sus miembros de modo que todos velarán por el cumplimiento del Plan de Convivencia. A este respecto, se consideran miembros de esta Escuela Oficial de Idiomas y, por tanto, deben cumplir y hacer cumplir las presentes normas: los cargos directivos, todos los docentes (incluyendo profesorado invitado y auxiliares de conversación), todo el alumnado (oficial o libre), los padres y madres o tutores legales, el personal de administración y servicios, el de limpieza y todos cuantos se integren temporalmente en la Escuela por cualquier circunstancia. Por otra parte, los departamentos didácticos o los docentes de forma individual organizan actividades que complementan la actividad lectiva y refuerzan la motivación por el aprendizaje del alumnado, además de actividades lúdicas, complementarias y
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extraescolares que el Centro organiza. Estas actividades culturales, que se vienen organizando todos los cursos, son un instrumento más para favorecer la convivencia y favorecer la relación interpersonal existente de forma más relajada y sin presiones. A continuación se detallan una serie de actuaciones encaminadas a mejorar la convivencia del centro: • •
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La jefa de estudios realizará un acto de bienvenida al inicio de curso para los miembros que se incorporen a nuestra comunidad escolar. Difusión de las normas básicas de convivencia del centro a través del profesorado y a través de la página web del centro, así como la accesibilidad de toda la comunidad educativa al ROF del centro. También se harán llegar a los padres y madres del alumnado menor de edad las normas básicas de convivencia del centro. El centro siempre estará a disposición de todos los sectores que quieran comunicarse con el mismo ante situaciones relacionadas con la convivencia. A tal efecto ponemos a su disposición el horario de atención del Equipo Directivo y las tutorías, la dirección de correo electrónico de la escuela y el buzón de sugerencias. Será el Equipo Directivo, en colaboración con la Comisión de Convivencia, el encargado de valorar el estado de la convivencia. De producirse incidentes, la Comisión de Convivencia será la encargada de valorarlas y extraer conclusiones. De dichas conclusiones se podrá valorar la necesidad de introducir medidas que mejoren la convivencia o medidas correctoras o de detección de alteraciones de la convivencia. La Comisión de Convivencia, en caso de acordar la toma de medidas correctoras encargará al Equipo Directivo la puesta en marcha y el posterior análisis de las mismas. De todo el procedimiento la Comisión de Convivencia dará cumplida cuenta al Consejo Escolar. Asimismo, las conclusiones y medidas tomadas a lo largo del curso se incluirán en la memoria del Plan de Convivencia que se adjuntará a la memoria final del curso.
6. COMISIÓN DE CONVIVENCIA La Comisión de Convivencia estará compuesta por : • • • • •
La Directora La Jefa de Estudios Dos miembros del profesorado Dos miembros del alumnado Un representante del PAS
La Comisión de Convivencia se reunirá dos veces al año, para revisar las incidencias, si las hubiere, y replantear la aplicación de las medidas contempladas, si fuera necesario; o para proponer nuevas medidas educadoras o incentivadoras de las conductas positivas que se persiguen.
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La Comisión de Convivencia asumirá las siguientes funciones: •
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Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia y el respeto mutuo así como promover la cultura de la paz y la resolución pacífica de los conflictos. Mediar en los conflictos planteados. Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia del centro. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia del centro.
7. NORMAS DE CONVIVENCIA 7.1 PRINCIPIOS INHERENTES A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA •
De formación: la norma debe tener un carácter formativo.
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De igualdad y no discriminación.
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De legalidad.
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De información: las normas deben ser conocidas por todos los miembros de la comunidad escolar.
7.2 DERECHOS DE LOS ALUMNOS INHERENTES A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Los alumnos tienen derecho: •
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A un centro seguro y sin conflictos, en el que cada miembro de la comunidad educativa contribuya a la creación de un ambiente positivo que favorezca el aprendizaje y el desarrollo personal. A ser tratados y respetados por igual con independencia de sus características personales (sexo, raza, religión, etc.) respetando la libertad de expresión sin riesgo de discriminación o represión. A estar informados de sus derechos y deberes. A que los conflictos se resuelvan en estrecha colaboración con todos los miembros de la comunidad educativa de una manera constructiva y sin violencia, siendo tratado cada caso con la mayor prontitud y detenimiento posible.
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7.3 NORMAS DE CONVIVENCIA DE AULA Se establecen las siguientes normas generales y de aula que podrán ser ampliadas o puntualizadas al principio de cada curso: •
Puntualidad en la hora de entrada y salida.
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Respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.
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Respeto a las decisiones que tome el profesorado sobre cuestiones metodológicas y/o didácticas.
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Compromiso de mantener una actitud positiva hacia el aprendizaje, colaborando para que el proceso sea lo más provechoso posible y trayendo a clase el material escolar necesario.
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Respeto al resto de compañeros de aula, escuchando cuando otros hablan y manteniendo los turnos que se establezcan.
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Respeto al resto de compañeros del centro, procurando no molestar en las zonas comunes próximas a las aulas.
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Abstenerse de consumir comida o bebida durante la impartición de las clases.
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Participación, en la medida de lo posible, en las actividades complementarias y extraescolares, ya que éstas forman parte de las actividades generales del centro.
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Respeto al mobiliario y resto del material de aula.
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Devolución en el plazo fijado de los fondos de la Biblioteca.
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Colaboración en la resolución de conflictos, si los hubiere.
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Mantener apagado en clase el teléfono móvil oponerlo en modo “silencio”, no permitiéndose en cualquier caso el uso de dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno/a o a sus compañeros/as. En caso de circunstancias especiales del alumno/a, notificadas previamente al profesor/a, y teniendo el teléfono en modo silencio, se pueda abandonar el aula discretamente para atender la llamada sin molestar a los compañeros/as.
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7.4 CONDUCTAS INADECUADAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO. Son conductas inadecuadas las que se mencionan en el artículo 30 del decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Constituyen conductas inadecuadas: a) Las faltas injustificadas de puntualidad. b) Las faltas injustificadas de asistencia. c) El deterioro de las dependencias del centro docente, de material del mismo o de los objetos y pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, cuando sea causado por negligencia. d) La simple desobediencia a los profesores, profesoras o autoridades académicas cuando comporte actitudes de menosprecio, insulto o indisciplina deliberada, así como no atender las indicaciones del resto del personal docente del centro en ejercicio de sus funciones. e) Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la comunidad educativa. f) Utilizar el equipamiento del centro docente, electrónico, mecánico, telefónico, informático o de cualquier clase sin autorización o para fines distintos de los autorizados. g) Copiar o facilitar que otros alumnos o alumnas copien en exámenes, pruebas o ejercicios que hayan de servir para la calificación, o utilizar en ellos material o aparatos no autorizados. h) Facilitar la entrada al centro docente a personas no autorizadas o entrar con ellas en contra de las Normas de Convivencia o instrucciones de los órganos de gobierno del centro docente.
7.5 CORRECCIONES Y COMPETENCIA A LAS CONDUCTAS INADECUADAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
Todos los profesores y profesoras del centro docente tienen competencia para corregir inmediatamente las conductas inadecuadas de los alumnos y alumnas mientras están bajo su custodia directa en el aula u otras instalaciones del centro o fuera de éste con una o varias de las siguientes medidas:
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Reflexión sobre la conducta inadecuada concreta y sus consecuencias.
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Reconocimiento ante las personas que hayan podido resultar perjudicadas por la inadecuación de la conducta.
Orden de presentarse ante el director/a, o el jefe/a de estudios, o ante cualquier otro miembro del equipo directivo responsable del centro en ese momento. Las medidas correctoras podrán comenzar a aplicarse a partir del momento de su decisión. No podrán aplicarse medidas correctoras cuando hayan transcurrido más de veinte días. En todos los casos la documentación escrita o informatizada relativa a las conductas inadecuadas y a su corrección será destruida al finalizar cada curso. •
7.6 CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. Se considerarán conductas contrarias a la convivencia: a) Los actos de desobediencia a los órganos unipersonales de gobierno de los centros docentes o a los profesores o profesoras cuando vayan acompañados de manifestación de indisciplina, o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras, así como al resto del personal del centro docente en ejercicio de sus funciones. b) Las expresiones de amenaza o insulto contra los compañeros o compañeras o contra otros miembros de la comunidad educativa cuando no estén señaladas como conducta que perjudica gravemente la convivencia en el centro docente, así como los gestos o actitudes contra los demás miembros de la comunidad educativa que puedan interpretarse inequívocamente como intentos o amenazas de agresión. c) Sustraer modelos de examen o copias de las respuestas, así como difundirlos, venderlos o comprarlos. d) Alterar cualquier documento o notificación a los padres, madres o representantes legales, así como, en el caso de alumnos y alumnas menores de edad, no entregarlos a sus destinatarios o destinatarias o alterar las respuestas a los mismos. e) Causar, mediando uso indebido, daños en los locales, mobiliario, material o documentos del centro docente o a las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, cuando no constituyan conducta que perjudique gravemente la convivencia en el centro docente. f) El incumplimiento consciente de los acuerdos válidamente adoptados por el Órgano Máximo de Representación o Consejo Escolar del centro docente. g) No respetar el derecho de otros al honor, la intimidad y la propia imagen utilizando medios de grabación sin su consentimiento o, en el caso de menores de edad, el de sus padres, madres o representantes legales. h) Mentir, dar información falsa u ocultar la propia identidad al personal del centro docente, cuando de ello resulte perjuicio para otros miembros de la comunidad educativa.
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i) Cualquier acto o conducta que implique discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión, creencia, ideología, o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social, cuando no deba considerarse conducta que perjudique gravemente la convivencia. j) Cualquier otra conducta que constituya incumplimiento de los deberes de los alumnos y alumnas siempre que interfiera de alguna manera en el ejercicio de los derechos o en el cumplimiento de los deberes de los demás miembros de la comunidad educativa y no esté señalada en el artículo siguiente como conducta que perjudique gravemente la convivencia en el centro docente.
7.7 CORRECCIONES Y COMPETENCIAS A LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DEL CENTRO.
Todos los profesores y profesoras en cuya presencia se produzca una conducta contraria o gravemente perjudicial para la convivencia, tienen competencia para amonestar verbalmente en el acto al alumno o alumna, así como para ordenarle que se presente ante el director o directora o ante el jefe o jefa de estudios o miembro del equipo directivo responsable del centro en ese momento, sin perjuicio de las medidas que con carácter inmediato deban adoptarse para evitar posibles daños a las personas o a las cosas. Para corregir las conductas contrarias a la convivencia, el director/a podrá aplicar, además de las que se enumeran en el artículo anterior, una o varias de las siguientes medidas: •
Reflexión sobre la conducta contraria a la convivencia concreta, sobre sus consecuencias y orientaciones para su reconducción.
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Apercibimiento escrito.
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Apercibimiento, en el caso de alumnos y alumnas menores de edad, en presencia de los padres, madres o representantes legales.
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Suspensión del derecho de asistir a las clases , hasta la celebración de una entrevista con los padres, madres o representantes legales en el caso de alumnos y alumnas menores de edad, sin que la medida pueda exceder de tres días.
Las medidas correctoras podrán comenzar a aplicarse a partir del momento en que termine el plazo para la interposición de reclamación o recurso. No podrán aplicarse medidas correctoras cuando desde la resolución definitiva sobre su aplicación hayan transcurrido más de sesenta días.
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7.8 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. Constituyen conductas que perjudican gravemente la convivencia: a) Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a cumplir las medidas correctoras impuestas, ante los órganos de gobierno del centro docente o los profesores y profesoras en ejercicio de sus competencias, así como las expresiones que sean consideradas gravemente injuriosas u ofensivas contra los miembros de la comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios informáticos o audiovisuales. b) Utilizar insultos que impliquen o expresen discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, lengua, cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social. c) El acoso sexista, entendido, de acuerdo con la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, como cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado dirigido contra una persona por razón de su sexo y con el propósito o efecto de atentar contra la dignidad de una persona o de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. d) La agresión física o psicológica contra cualquier miembro de la comunidad educativa. e) El consumo de tabaco, alcohol o drogas en el recinto escolar. En cuanto al consumo de alcohol, éste podrá estar permitido en eventos culturales organizados por la escuela. f) Causar intencionadamente desperfectos en instalaciones o bienes pertenecientes al centro docente, a su personal, a otros alumnos y alumnas o a terceras personas, tanto de forma individual como en grupo. g) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente. h) Dañar, cambiar o modificar un documento o registro escolar, en soporte escrito, o informático, así como ocultar o retirar sin autorización documentos académicos. i) Cualquier acto cometido conscientemente que constituyera delito o falta penal. j) La reiteración de cualquier tipo de conducta señalada en el artículo anterior.
7.9 CORRECCIONES Y COMPETENCIAS A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES A LA CONVIVENCIA DEL CENTRO.
Todos los profesores y profesoras en cuya presencia se produzca una conducta contraria o gravemente perjudicial para la convivencia, tienen competencia para amonestar verbalmente en el acto al alumno o alumna, así como para ordenarle que se presente
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ante el director o directora o ante el jefe o jefa de estudios o miembro del equipo directivo responsable del centro en ese momento, sin perjuicio de las medidas que con carácter inmediato deban adoptarse para evitar posibles daños a las personas o a las cosas. Las conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centro docente serán corregidas por el director o directora, que informará a la Comisión de Convivencia del centro Educativo. Para corregir las conductas contrarias a la convivencia, el director o directora podrá aplicar, además de las que se enumeran en el artículo anterior, una o varias de las siguientes medidas: a) Reflexión sobre la conducta contraria a la convivencia concreta, sobre sus consecuencias y orientaciones para su reconducción. b) Apercibimiento escrito. c) Apercibimiento, en el caso de alumnos y alumnas menores de edad, en presencia de los padres, madres o representantes legales. d) Suspensión del derecho a asistir a las clases, hasta la celebración de una entrevista con los padres, madres o representantes legales en el caso de alumnos y alumnas menores de edad. El período podrá ir de 3 a 20 días lectivos. Las medidas correctoras podrán comenzar a aplicarse a partir del momento en que termine el plazo para la interposición de reclamación o recurso. No podrán aplicarse medidas correctoras cuando desde la resolución definitiva sobre su aplicación hayan transcurrido más de ciento veinte días.
7.10 CONSIDERACIONES SOBRE LAS MEDIDAS DE CORRECCIÓN
1. Para la imposición de las medidas disciplinarias será preceptivo el trámite de audiencia al alumno. 2. Cuando la corrección acarree la suspensión del derecho de asistencia se deberá,
además, en el caso de los alumnos menores de edad, dar audiencia a los padres o tutores. 3. Las correcciones que se impongan serán inmediatamente ejecutivas. 4. Deberá quedar constancia por escrito de las correcciones impuestas. 5. No se podrán imponer sanciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.
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6. Las medidas correctivas deberán ser proporcionales a la naturaleza de los actos contrarios a las normas y deberán contribuir a la mejora del proceso educativo del alumnado. 7. Se valorarán las circunstancias sociales y personales del alumnado y todos aquellos factores que pudieran haber incidido en la aparición del conflicto. 8. Se considerarán circunstancias atenuantes: a) El reconocimiento espontáneo de la responsabilidad. b) La falta de intencionalidad. c) La petición de excusas. 9. Se considerarán circunstancias agravantes: a) La premeditación. b) Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un docente o miembro del PAS. c) La incitación a la actuación lesiva colectiva. d) La reiteración, así como el uso de la violencia. 10. El alumnado queda obligado a reparar los daños que causen de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad escolar, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación.
8. RECLAMACIONES
El alumnado o sus representantes legales en el caso de menores de edad podrán, en el plazo de tres días lectivos, presentar una reclamación contra las correcciones impuestas contados a partir de la fecha en que se comunique el acuerdo de corrección o medida disciplinaria. a) Contra la resolución del director o directora el alumno o alumna o, en su caso, sus padres, madres o representantes legales, podrán reclamar ante el Órgano Máximo de Representación o Consejo Escolar, en el plazo de tres días hábiles, que podrá revisar la decisión adoptada por el director o directora, y proponer, en su caso, las medidas oportunas. La decisión del Órgano Máximo de Representación o Consejo Escolar deberá producirse en un plazo máximo de tres días. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de tres días lectivos, contados desde que se presente la correspondiente solicitud de revisión, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas. b) Contra la decisión del Órgano Máximo de Representación o del Consejo Escolar, el alumno o alumna podrá interponer reclamación ante el correspondiente Delegado o Delegada Territorial de Educación en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de la recepción de la notificación de la misma.
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c) Contra la desestimación de la reclamación, el interesado o interesada podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Educación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a contar desde su notificación. d) Las notificaciones y citaciones a miembros de la comunidad educativa podrán realizarse por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el destinatario o destinataria. Todos los plazos para la realización de los actos relacionados con los procedimientos regulados en este capítulo, se entenderán expresados en días lectivos. A estos efectos se considerarán días lectivos todos los días hábiles, de lunes a viernes, desde el día uno de septiembre hasta el treinta de junio, exceptuados los períodos vacacionales.
9. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA Y GESTIÓN DE LAS INCIDENCIAS
Cuando la incidencia afecte al alumnado del centro, se recogerán en el documento que aparece como “Parte de Incidencias” (Ver Anexo II). Este parte se cumplimentará en todos sus apartados y se le adjuntará toda la documentación y aclaraciones que se consideren relevantes y oportunas. En principio está previsto que lo cumplimente el tutor o tutora del grupo, o bien un miembro del profesorado presente en la situación de conflicto si ésta se produjera fuera del aula. En el caso de no existir profesorado presente, se derivará al miembro del Equipo Directivo que se encuentre de guardia. Una vez cumplimentado el parte, se trasladará a la Jefatura de Estudios. Cuando la incidencia afecte al personal no docente del centro, se pondrá en conocimiento de la Secretaria que informará al resto del Equipo Directivo sobre la situación y que determinará los cauces a seguir para su resolución (Ver Anexo III). Cuando la incidencia afecte al público en general, durante la realización, por ejemplo, de gestiones administrativas o cualquier otra actividad no lectiva del centro, la incidencia se recogerá en el mismo parte y será entregada a la Directora del centro.
10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE ACOSO MORAL Y/O SEXISTA EN EL AMBITO EDUCATIVO
En cualquiera de estos supuestos se seguirá la Orden de 20 de Junio de 2011, que regula las medidas de prevención y el procedimiento de actuación redactada por el Gobierno Vasco. Esta información y otra complementaria se encuentra disponible en www.hezkuntza.net (Servicio de prevención de Riesgos laborales). http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net/r43sprlcont/es/contenidos/informacion/psicosocial/es_sprl/acoso_conflicto.html#acoso_lab oral
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11. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE CONFLICTO EN EL TRABAJO En este supuesto se seguirá la Orden de 20 de Junio de 2011, que regula las medidas de prevención y el procedimiento de actuación redactada por el Gobierno Vasco. Esta información también se encuentra disponible en www.hezkuntza.net (Servicio de prevención de Riesgos Laborales).
12. DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA El Equipo Directivo dará a conocer y difundirá el plan de Convivencia entre todos los sectores de la comunidad educativa para su aplicación, seguimiento y evaluación, a través de las distintas reuniones de los órganos colegiados y de carácter pedagógico. El presente Plan de Convivencia se pondrá a disposición de toda la comunidad educativa a través de la página web del centro, además de existir copias para su consulta en las dependencias del equipo directivo. Asimismo habrá una copia del anexo de las normas de convivencia de aula en el tablón de todas las clases. Al finalizar el curso escolar se valorarán las situaciones de conflicto surgidas y su resolución, así como el grado de consecución de los objetivos plasmados en este plan de convivencia, revisándose, y haciendo las diferentes propuestas de mejora para su inclusión en el Plan Anual de Centro. 13. MEDIDAS FINALES Para todas las circunstancias no previstas en el presente Plan de Convivencia la Comisión de Convivencia podrá tomar las medidas oportunas amparándose en el presente Plan de Convivencia y más en concreto en esta medida final. Este Plan de Convivencia podrá ser modificado si las circunstancias lo aconsejasen, siempre previa consulta y autorización del Consejo Escolar. 14. APROBACIÓN El presente Plan de Convivencia fue aprobado por el Consejo Escolar de la Escuela Oficial de Idiomas de Barakaldo en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2012. Y para que así quede constancia firmamos el presente documento
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ANEXO I NORMAS DE CONVIVENCIA DE AULA •
Puntualidad en la hora de entrada y salida.
•
Respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.
•
Respeto a las decisiones que tome el profesorado sobre cuestiones metodológicas y/o didácticas.
•
Compromiso de mantener una actitud positiva hacia el aprendizaje, colaborando para que el proceso sea lo más provechoso posible y trayendo a clase el material escolar necesario.
•
Respeto al resto de compañeros de aula, escuchando cuando otros hablan y manteniendo los turnos que se establezcan.
•
Respeto al resto de compañeros del centro, procurando no molestar en las zonas comunes próximas a las aulas.
•
Abstenerse de consumir comida o bebida ( excepto agua) durante la impartición de las clases.
•
Participación, en la medida de lo posible, en las actividades complementarias y extraescolares, ya que éstas forman parte de las actividades generales del centro.
•
Respeto al mobiliario y resto del material de aula.
•
Devolución en el plazo fijado de los fondos de la Biblioteca.
•
Colaboración en la resolución de conflictos, si los hubiere.
•
Los teléfonos móviles se mantendrán apagados en clase o en modo “silencio”, no permitiéndose en ningún caso el uso de dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno/a o a sus compañeros/as. En caso de circunstancias especiales del alumno/a, notificadas previamente al profesor/a, y teniendo el teléfono en modo silencio, se podrá abandonar el aula discretamente para atender la llamada sin molestar a los compañeros/as.
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ANEXO II-PARTE DE INCIDENCIA
Ikaslea/Alumno/a: ........... ……………………………………………………………… …… Kurtsoa /Curso: ...........................................................Taldea/Grupo: …………………… Hizkuntza/Idioma: ……………………………. Data/Fecha: ……………………………………Ordutegia/Horario: …………………… …… Irakaslea Profesor/a …………………………………………………………………………
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INCIDENCIA …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… ………………………………………… Fdo: (Profesor/a que levanta el parte)
Fdo: Jefatura de Estudios
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ANEXO III-PARTE DE INCIDENCIA
Ikaslea/Alumno/a: ........... ……………………………………………………………… …… Kurtsoa /Curso: ...........................................................Taldea/Grupo: …………………… Hizkuntza/Idioma: ……………………………. Data/Fecha: ……………………………………Ordutegia/Horario: …………………… …… Irakaslea Profesor/a …………………………………………………………………………
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INCIDENCIA …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… ………………………………………… Fdo: (Profesor/a que levanta el parte)
Fdo:Secretaria
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