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II. LOS DERECHOS SOCIALES FUNDAMENTALES
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Ana Nieves Escribá Pérez
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II. LOS DERECHOS SOCIALES FUNDAMENTALES
Intrínsecamente a los derechos humanos encontramos varias generaciones de derechos exigibles que van naciendo según la consecución de los mismos; los derechos sociales los conocemos como derechos de segunda generación y, a mi entender, son una consecuencia directa del reconocimiento de los derechos humanos de primera generación, es decir, los derechos civiles y políticos y van, a su vez y lógicamente, muy ligados al Estado Social12 ya que este “intenta desarrollar un apartado institucional capaz de garantizar la satisfacción de los derechos sociales…la sociedad dejó de conformarse con no ser atropellada o amordazada por el Estado; pensó que podía exigir no sólo que el Estado se abstuviera de agresiones arbitrarias, -persecución política o religiosa, condenas sin juicio, coacción sobre el pensamiento y su expresión-, sino que además cooperara positivamente en el florecimiento de sus miembros13”.
12 Un Estado Social es aquel cuya pretensión es fortalecer los servicios al individuo y garantizar derechos esenciales para que éstos puedan mantener cierto nivel de vida. Su mayor pretensión es la integración de las clases sociales menos favorecidas compensando las desigualdades y redistribuyendo las rentas a través de mecanismos como, por ejemplo, los impuestos o el gasto público. En nuestra
Constitución se consagra nuestro Estado como Social y Democrático de Derecho y así lo establece en su artículo 1.1 que reza: “España se constituye en un Estado
Social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.” 13 CONTRERAS PELÁEZ, F. J., y FUNDACIÓN CULTURAL ENRIQUE LUÑO
PEÑA, Derechos sociales, teoría e ideología. Madrid: Tecnos, 1994, p.15.