REVISTA CONCIENCIA FISCAL mes de Julio

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REVISTA ELECTRÓNICA FISCAL

EDICIÓN No. 2

CONCIENCIA FISCAL

PLANIFICACIÓN Vs

EVASIÓN


TRIBUTUM XXI

Asesoría Fiscal & Educación

Asesoría Fiscal Disponemos de un conjunto de profesionales altamente calificados y con una larga trayectoria profesional en el área fiscal con el objeto de optimizar las cargas tributarias de la empresa de acuerdo a la normativa fiscal vigente.

Educación Formamos especialistas del ámbito tributario, profesionales que sepan interpretar la norma y aplicar en casos cotidianos de cualquier tipo de empresa.

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INDICE Planificación Vs Evasión

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Msc. Luis Jiménez Editor—Director Lic. Lisaura Perez

Nacionales

Jefa de Redacción Tributum XXI, C.A. Creación y Desarrollo editorial

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Internacionales

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Tributum Tips

TRIBUTUM XXI Asesoría Fiscal & Educación

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Teléfono: 0412-2799659

E-Mail: tributumxxi@hotmail.com

Tributum Municipal

Twitter: @tributumxxi7

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Tributum Positivo


Empresas multinacionales con problemas con el Fisco

Planificación Vs evasión Debido a los grandes procesos económicos que en la actualidad se generan por efecto de la globalización, las grandes empresas o multinacionales movilizan sus capitales a economías estables en donde puedan obtener grandes ganancias a un menor costo de inversión.

Es por ello, que vemos movilización constante de los capitales de grandes multinacionales, iconos empresariales muchas de ellas en sus países de origen, dirigidos a países en donde los gobiernos les ofrecen a estos capitales extranjeros atractivos beneficios económicos y políticos para que inviertan en sus economías.

A primera vista esta transferencia de capitales ofrece por un lado una mayor ganancia a las multinacionales y por otra parte grandes recursos económicos a los países en donde estas invierten su capital, pero cuando enfocamos este fenómeno al ámbito tributario esta realidad cambia para los países de orígenes de estas grandes multinacionales, debido a que estas buscaran países en donde el impacto fiscal para sus ganancias sean el menor posible, es decir, pagar la menor cantidad de impuestos. Esto ha originado que muchos países de América y Europa ofrezcan exagerados beneficios fiscales a estos capitales foráneos con el objeto que sean invertidos en dichos países, lo que ha generado la proliferación de los llamados Paraísos Fiscales.

Para comprender el impacto que ha originado esta situación en la actualidad y principalmente en los países desarrollados a los cuales se le han generado un desequilibrio en sus cuentas fiscales y una disminución drástica de sus ingresos tributarios, tomaremos el caso de Google, Apple, Facebook, Amazon, entre otras grandes multinacionales que han movilizado sus capitales o marcas registradas a países de baja imposición fiscal, con el objeto de dejar de cancelar elevados impuestos principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica y el Reino Unido. Este escenario obliga a pensar la existencia de una clara evasión fiscal por parte de estas empresas multinacionales y originando ello, un desequilibrio de la justa carga fiscal que debe pagar cada ciudadano en sus países de residencia, ya que estas multinacionales no están cancelando sus debidas obligaciones fiscales en sus países de origen sino por el contrario están evadiendo sus responsabilidades a través de artilugios jurídicos para dirigir sus capitales a otras economías.


Por otro lado, estaríamos también en presencia de una minuciosa planificación fiscal internacional buscando un mayor beneficio a un menor pago de impuesto, lo cual no se encuentra penado por ningún marco jurídico en la actualidad, lo que conlleva a preguntarse cuál sería el límite entre la planificación fiscal y la evasión fiscal.

.Para comprender un poco lo que está sucediendo con estas grandes empresas y los impuestos, colocaremos un caso hipotético, pero tendiendo presente que cada empresa debe tributar el impuesto a las sociedades o impuesto sobre la renta persona jurídica, sobre los beneficios obtenidos en sus países de residencia.

Pongamos el caso de una cadena de restaurantes de comida rápida creada en los Estados Unidos de Norteamérica (EEUU). En España la cual se encuentra una filial de esta empresa, pagará por el impuesto de sociedades los beneficios que obtengan esa filial por sus actividades en España. Es decir lo que vende los restaurantes en ese país y así como los gastos que pudiesen generar para obtener dichos ingreso.

Imaginemos que la cadena de restaurantes genera unos ingresos en España de 100M€ y el alquiler de los locales, el personal, y la compra de la comida le cuesta 60M€, tendrá 40M€ de beneficio al 30% de Impuesto de Sociedades pagará en España 12M€

Hasta el momento este escenario es el común y el más cotidiano en las empresas domiciliadas en cualquier país del mundo. Ahora cuando colocamos en el escenario los Precios de Transferencia siendo estos los que una empresa se vende internamente entre las diferentes filiales del grupo los bienes que fabrica o la prestación de servicios, las cosas cambian.

Imaginemos, el ejemplo anterior, para aprovechar volúmenes de escala y sinergias, la cadena de restaurantes, centraliza toda la compra de hamburguesas en EEUU y después las envía a las diferentes filiales del grupo por el mundo. El precio al que la central en EEUU vende las hamburgesas a la filial española debería ser a precios de mercado. Si lo hace así, fiscalmente no hay ningún problema, ya que la transacción está ajustada a la ley


Las hamburguesas compradas por la filial española tienen un precio de mercado de 15M€ que queda reflejado dentro de los 60M€ de coste que tiene la filial española, por lo tanto no hay transferencia de beneficios artificial.

Ahora imaginemos que la matriz en EEUU, crea una filial en Irlanda, donde el impuesto de sociedades es del 15% sobre el beneficio. Esta filial será la encargada de comprar todas las hamburguesas para las filiales en Europa. Sin embargo, ahora aunque el precio de mercado de las hamburguesas enviadas a la filial en España es de 15M€, la filial en Irlanda le factura a la filial española 30M€ por venderle las hamburguesas.

En este caso los beneficios de la filial española pasarán de 40M€ a 25M€ y el Impuesto de Sociedad por el que tributará en España será de 7,5M€ en lugar de 12M€. Por los 15M€ de beneficios que ha trasladado “artificialmente” a Irlanda pagará por Impuesto de Sociedad unos 2,25M€. En total gracias a un precio de transferencia inflado pagará por Impuesto de Sociedad 9,75M€ =(7,5+2,25), en lugar de los 12M€ que pagaría si no hubiese entrado Irlanda y un precio de transferencia hinchado en la ecuación.

Obviamente, esta operativa, es una “evasión” fiscal para la Hacienda Española y es una práctica ilegal. En el caso de las Hamburguesas, un bien donde es bastante sencillo que los fiscales de las Administraciones Tributarias puedan averiguar cual es el coste de mercado de una hamburguesa, la compañía no podrá hinchar excesivamente los precios de transferencia.

Sin embargo, en empresas de “servicios” el tema de los precios de transferencia se torna bastante más complejo. ¿Cuál es el precio de prestar a una filial un sistema que es único en el mundo?…. o el ¿diseño de una producto financiero complejo? …. Se podría decir que el que la compañía diga, complicado de rebatir. Esto proceso se encuentra dentro de cualquier marco jurídico del cualquier país … pero ¿y moralmente?

Así Irlanda no sea un paraíso fiscal, sino sólo un país “decente” con bajos niveles impositivos, las multinacionales aprovecha esta situación para transferir beneficios y pagar menos impuestos.

Este en un claro ejemplo de lo que está sucediendo con las empresas multinacionales y los fiscos de los países desarrollados, lo cual ha llevado a reuniones urgente del Grupo de los Ocho (G8) y otros países del mundo a la búsqueda de una solución inmediata de estas prácticas utilizada por dichas empresas, legal o no pero han dejado muchos comentarios e interrogantes en el aire.


TRASMITIMOS EXPERIENCIA

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NACIONALES EMPRESARIOS VENEZOLANOS ANALIZAN UN PLAN PARA EXPORTACION A MERCOSUR El presidente de la Cámara Bolivariana de la Construcción, Gerson Hernández, informó que se creará el Consejo de Integración Empresarial Bolivariana, cuyo fin será “analizar la situación de los sectores productivos para preparar un plan de exportación al Mercosur, que le entregarán al presidente Nicolás Maduro”, según publico el diario El Nacional. Asimismo, indicó que “queremos convertirnos en un ente consultor para el presidente Maduro. La idea es que se articule el sector empresarial con el Gobierno para fortalecer el aparato productivo y exportar al Mercosur sin desatender la demanda nacional”. Agregó que “ha mejorado la producción y el tiempo de suministro de cemento y acero para los proyectos de infraestructura”.

BS 120 MILLARDOS RECAUDÓ EL SENIAT EN PRIMER SEMESTRE El El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria ha recaudado en lo que va de año 120,67 millardos de bolívares, lo que representa un cumplimiento de 129% de la meta establecida para el primer semestre del año de 93,54 millardos de bolívares, según una nota de prensa. El monto corresponde a lo ingresado al Tesoro nacional por concepto de impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, tributos aduaneros y rentas internas El superintendente José David Cabello destacó que en el primer semestre del año la recaudación del ISLR aportó al país 34,90 millardos de bolívares, con respecto a la meta fijada para los primeros 6 meses de 26,74 millardos de bolívares: un aumento de 130,51%.


NOTICIAS

EJECUTIVO APRUEBA DESCUENTO DE 30% EN TARIFAS PORTUARIAS La medida será aplicada por Bolipuertos a partir del 17 de junioy 030 del 20 de mayo 2013 El ministerio de Transporte Acuático y Aéreo anunció una reducción de 30% en las tarifas y tasas por concepto de los servicios portuarios. El descuento entrará en vigencia a partir del 17 de junio y se aplicará hasta el cierre de este año en los puertos comerciales que están administrados por Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), según una nota de prensa. En el texto se explica que la medida "forma parte de un plan para crear un incentivo adicional al proceso económico de crecimiento que Venezuela viene experimentando". Tras la devaluación decretada en febrero pasado las tarifas de Bolipuertos se encarecieron un 46,5%, ya que se trata de servicios "dolarizados". Esto motivó el reclamo de los importadores, quienes a su vez advirtieron que el ajuste impactaría en los precios de los productos. De acuerdo al artículo 4 de la Gaceta Oficial 40.078 de fecha 26 de diciembre de 2012, en la que se actualizó el tarifario de Bolipuertos, el importe que factura la estatal se calcula al tipo de cambio oficial.

PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE LAS DECLARACIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) anuncia la obligatoriedad de presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) de forma electrónica para todos los contribuyentes; tanto las personas naturales como personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica.


NOTICIAS “Todos los contribuyentes, cuya declaración arroje o no pago, están obligados a hacerlo electrónicamente”, aseveró Cabello Rondón, según informó una nota de prensa del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. La máxima autoridad tributaria del país detalló que efectuada la declaración en línea, tal como lo fija la nueva normativa legal, en los casos en que la misma arroje impuesto por pagar, el contribuyente podrá optar entre efectuarlo electrónicamente o imprimir la planilla generada por el sistema, la cual será utilizada a los efectos del pago en las Oficinas Receptoras de Fondos Nacionales o instituciones bancarias que decida. En este sentido, aclaró el superintendente del Seniat que las instituciones bancarias se abstendrán de recibir los formularios utilizados para la declaración manual del ISLR, como DPNR-25, DPNNR-25, DPJ-26, EPJ-28 y EPN-29.

EL SENIAT RETIENE CARGAMENTO DE REPUESTOS PARA VEHÍCULOS POR $800.000 El Seniat retuvo un cargamento de repuestos para vehículos, valorado en 800.000 dólares, en el antiguo peaje de la autopista Caracas-La Guaira. Se presume que la carga presentaba subfacturación y evasión de pagos de impuestos, explicó el superintendente del Seniat, José David Cabello, sin precisar la persona o la empresa vinculada con el cargamento, ni su destino. En una nota de prensa del Seniat, Cabello explicó que el operativo busca verificar el pago de tributos y evitar daños al consumidor final, pues “se han detectado casos en los que la mercancía es de inferior calidad o no corresponde a lo declarado por el importador”, añade el texto.


ESPECIALISTAS FISCALES DISPUESTOS PARA

AYUDARTE

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INTERNACIONALES TRIBUTUM XXI Costa Rica INICIA PLAN PILOTO DE TRIBUTACION ELECTRONICA Un programa piloto pondrá a prueba en julio la aplicación que desarrolló la Dirección General de Tributación (DGT) para implementar el proyecto de Factura Digital. La prueba se desarrollará entre profesionales liberales, que son la población objetivo de este programa. La Dirección ya cuenta con 25 voluntarios y busca, con la ayuda de colegios profesionales, a otros 75 para conformar el grupo de testeo. El objetivo es que la facturación electrónica se convierta en un requisito obligatorio para los profesionales liberales en el 2014, según estimó Carlos Vargas, director general de Tributación.

Ecuador EL SRI PLANTEA UNA REFORMA INTEGRAL AL CODIGO TRIBUTARIO El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marx Carrasco, anunció que en unas seis semanas estará listo el nuevo Código Tributario, con el objetivo de mejorar y agilitar los procesos jurídicos en materia impositiva.

Según el funcionario, esto permitirá dinamizar la gestión tributaria y lograr que los juicios tributarios se los trate más rápidamente.


NOTICIAS

Gran Bretaña DIEZ PARAÍSOS FISCALES BRITÁNICOS SE ADHERIRÁN A UN TRATADO DE TRANSPARENCIA Reino Unido ha alcanzado un acuerdo con diez de sus territorios de ultramar, muchos de los cuales son considerados paraísos fiscales, para que éstos se adhieran a un tratado de transparencia fiscal de acuerdo con los protocolos internacionales sobre intercambio de información. Los territorios de ultramar británicos incluidos en el acuerdo son Bermudas, Gibraltar, las Islas Caimán, Anguila, Montserrat, las Islas Vígenes británicas, Jersey, las Islas Turcas y Caicos, Guernsey y la Isla de Man. Estas regiones autónomas han prometido poner en marcha una serie de planes para proporcionar más información sobre los dueños de empresas fantasma, normalmente utilizadas para ocultar riquezas y beneficios. "Es importante que consigamos poner en orden nuestra casa", ha declarado el primer ministro británico, David Cameron.

Chile ALTA SATISFACCIÓN ENTRE LOS ACTUALES USUARIOS DE FACTURA ELECTRÓNICA Un 81% de los actuales usuarios del Sistema de Factura Electrónica gratuita que ofrece el Servicio de Impuestos Internos (SII)están satisfechos con dicha aplicación. En el caso del resto de los facturadores electrónicos la satisfacción con la facturación electrónica alcanza a un 87%. En relación a la principal ventaja que les otorga el uso de esta herramienta, ambos segmentos valoran principalmente la posibilidad de no tener que concurrir a timbrar facturas a las oficinas del SII, además de la rapidez y la imagen de transparencia y credibilidad para la empresa Estas son algunas de las conclusiones del Estudio sobre Conocimiento y Percepción de la Factura Electrónica (FE), adjudicado a una empresa especializada y que incluyó consultasa más de 1.500 empresas.


INTERNACIONALES TRIBUTUM XXI Paraguay TRIBUTACIÓN DEFINE ALCANCES DE LAS COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES Un La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda dio a conocer la Resolución General Nº 102 por la cual se fijan medidas administrativas respecto a las comunicaciones que efectúa la Administración Tributaria. El objetivo de la misma es aclarar lo estipulado en la ley en materia de los domicilios y las notificaciones para los contribuyentes. La normativa establece que las comunicaciones podrán ser telefónicas, por correo electrónico, a través de los medios masivos de comunicación. En tanto que las notificaciones podrán ser personales, por cédula, por telegrama colacionado, courrier o por edictos. También se especifica en cuanto a las notificaciones tácitas y automáticas. La Administración Tributaria podrá comunicarse con contribuyentes, sus representantes y otras personas vía telefónica o por correo electrónico. En ambos casos el personal actuante deberá identificarse con su nombre, apellido, cargo y comunicar el objeto de la llamada o del correo remitido.

La resolución establece que se consideran notificaciones personales las efectuadas en el domicilio declarado por el interesado, a través de cédula, courrier o telegrama colacionado, por edictos o por comparecencia en el expediente. Salvo los casos en que proceda la notificación por cédula, las resoluciones o actos administrativos, se considerarán notificadas los días martes y jueves siguientes a aquel en que fueron dictadas.


NOTICIAS

Colombia LA DIAN TRABAJARÁ TODO EL DÍA La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN) implementó el servicio 7 x 24 con el que amplía sus horarios de atención para todas las operaciones de actividades aduaneras durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los aeropuertos internacionales, las fronteras del país y los puertos serán los escenarios en los que el organismo intentará agilizar los trámites comerciales. La medida beneficia a importadores, exportadores, operadores logísticos, zonas francas y agentes de carga, quienes tendrán una reducción en costos y tiempos de operaciones de negocios.

Chile ALTA SATISFACCIÓN ENTRE LOS ACTUALES USUARIOS DE FACTURA ELECTRÓNICA Un 81% de los actuales usuarios del Sistema de Factura Electrónica gratuita que ofrece el Servicio de Impuestos Internos (SII)están satisfechos con dicha aplicación. En el caso del resto de los facturadores electrónicos la satisfacción con la facturación electrónica alcanza a un 87%. En relación a la principal ventaja que les otorga el uso de esta herramienta, ambos segmentos valoran principalmente la posibilidad de no tener que concurrir a timbrar facturas a las oficinas del SII, además de la rapidez y la imagen de transparencia y credibilidad para la empresa Estas son algunas de las conclusiones del Estudio sobre Conocimiento y Percepción de la Factura Electrónica (FE), adjudicado a una empresa especializada y que incluyó consultasa más de 1.500 empresas.


La salida de inventario sin justificaci贸n alguna y sin documento que la avale origina el nacimiento del hecho imponible en materia de iva.

Si vendes productos o servicios exentos debes colocar en la factura el car谩cter E separado por un espacio en blanco y entre par茅ntesis (E) Providencia 0071.

Al momento de pagar o abonar en cuenta en la contabilidad o registros, nace la obligaci贸n de retener el ISLR e IVA. Providencias 029 y 030, Decreto 1.808.



Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional de la Republica, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la ley. Posee la facultad de elegir a sus autoridades, crear, recaudar e invertir sus ingresos, con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico de las comunidades locales. En la parte tributaria municipal nos encontramos con los impuestos municipales, los cuales están distinguidos de la siguiente manera: 1.- Impuestos sobre Actividades Económicas 2.- Inmuebles Urbanos

4.- Espectáculos Públicos 5.- Juegos y Apuestas licitas 6.- Propaganda y Publicidad

3. Vehículos

Comercial

1.- Impuesto sobre Actividades Económicas Este impuesto viene determinado por el ejercicio habitual, de cualquier actividad lucrativa de carácter independiente. En este sentido la base imponible para calcularlo, está constituido por los ingresos brutos efectivamente obtenidos durante un periodo por las referidas actividades. 2.- Inmuebles Urbano Esta relacionado con inmuebles urbanos viene determinado por el ejercicio del derecho de propiedades sobre bienes inmuebles urbanos, que le permite el disfrute de los mismos. De tal manera este será gravado según el valor fiscal o valor actual del inmueble, el cual se determina en base al valor catastral o valor corriente de mercado. 3.- Vehículos (Patente de Vehículos) El hecho imponible lo constituye el ejercicio de la titularidad o de la propiedad de uno o más vehículo. El impuesto se causa cuando la inscripción de un vehículo se produzca después de iniciado el año civil.


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