Infolaft edición 103

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CONTENIDO INTERNACIONAL

Autoridades argentinas impulsan protocolo para investigar lavado de activos

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La iniciativa es del juez argentino que investigó las operaciones del Cartel del Norte del Valle, proveniente de Colombia.

EVALUACIONES

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El Gafi sube la nota de Austria

El Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) reconoció que Austria superó varias deficiencias y mejoró su calificación en 10 de las 40 recomendaciones.

JUSTICIA

En 2017 se han emitido 33 condenas por lavado de activos

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La cifra corresponde al período comprendido entre enero y septiembre.

INTERNACIONAL

Entidades financieras de Perú deben solicitar más información para realizar transacciones en efectivo

12

Las entidades financieras que operen en Perú tendrán que solicitar información adicional a quienes transfieran fondos iguales o superiores a USD 7500 dólares o su equivalente en moneda extranjera, según una norma publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

INTERNACIONAL

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travel-2313444

La Unión Europea publicó lista de paraísos fiscales En un encuentro en Bruselas (Bélgica), los ministros de hacienda de la Unión Europea acordaron publicar, por primera vez, un listado de jurisdicciones que no cumplen con los estándares europeos para el correcto gobierno fiscal. En total, 17 países fueron incluidos en la lista, mientras que otros 47 Estados fueron llamados a alinearse con las recomendaciones internacionales sobre gestión tributaria antes de 2019.

SECTOR FINANCIERO

Las sanciones por no tener oficial de cumplimiento suplente posesionado

Durante 2017 dos firmas corredoras de seguros y una entidad fiduciaria han sido multadas por la Superintendencia Financiera de Colombia por no tener un oficial de cumplimiento suplente debidamente posesionado ante esa entidad. Las sanciones, que suman un total de 100 millones de pesos, fueron impuestas entre julio y septiembre de 2017.

16 REPORTES

Estos son los sectores que entregan reportes a la Uiaf

18

La mayor cantidad de sujetos obligados a entregar reportes son las empresas transportadoras de carga y las cooperativas no financieras.


INTERNACIONAL

EVALUACIONES

Los llamados de atención que el Gafi le hizo a Portugal

Según el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), Portugal debe fortalecer su regulación antilavado en el sector real y asignar más recursos a su unidad de inteligencia financiera. El pronunciamiento fue realizado luego de la publicación del informe de evaluación del país europeo.

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22

Colombia tendrá que esperar siete u ocho meses más para conocer el informe de evaluación de su sistema para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT).

CIFRAS

Uiaf recibió 13 000 reportes de operaciones sospechosas de lavado de activos

EVALUACIONES

Próximamente el Gafilat publicará el informe de evaluación de Panamá

20

Durante la más reciente plenaria del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) se aprobó el informe de evaluación del sistema panameño contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

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La cifra fue revelada por la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) en su informe de gestión 2016-2017.

TIPOLOGÍAS

Curiosa tipología de lavado que utiliza Bitcoin y canciones de iTunes

El portal especializado en temas de tecnología (con enfoque en los productos Apple) https://www. applesfera.com/ informó hace varias semanas acerca de una novedosa tipología de blanqueo de capitales que consiste en la auto-compra de canciones propias en el sistema de música iTunes de Apple. Según la página consultada, aunque dicha tipología no es nueva dentro de las redes de lavado, es ahora cuando se empiezan a usar las criptodivisas.

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INTERNACIONAL

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No se presentó informe de evaluación de Colombia en plenaria de Gafilat

CONTENIDO COMERCIAL

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UIF de Australia amplía denuncia contra banco por entrega extemporánea de ROS

La UIF australiana (Austrac) amplió ante un juez las denuncias realizadas hace varias semanas contra el Commonwealth Bank por demoras en la entrega de reportes de operaciones sospechosas (ROS).

Telecumplimiento: el producto que ayuda a su empresa a mitigar el riesgo legal

28

Lozano Consultores ofrece un completo servicio de acompañamiento y asesoría a los oficiales de cumplimiento de los sujetos obligados a implementar sistemas de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo.


DEBIDA DILIGENCIA

El conocimiento del cliente en la compra y venta de Bitcoin

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Ante el auge de la comercialización de Bitcoin en Colombia y en el resto del mundo, Infolaft se dio a la tarea de hacer una compra de esta moneda virtual para establecer si los vendedores realizan controles para conocer a sus clientes.

INTERNACIONAL

Banco holandés es acusado de lavar activos de la mafia rusa

El Amsterdam Trade Bank (ATB), la sucursal holandesa del banco ruso Alpha Bank, fue puesto bajo investigación por posible blanqueo de capitales por la agencia antifraude de Holanda. El Servicio de Información e Investigación Fiscal de Holanda lanzó la acción por haber indicios de que en la entidad bancaria se realizaban fraudes y se manejaban activos provenientes del crimen organizado.

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INTERNACIONAL

¿Qué han dicho las autoridades colombianas sobre el Bitcoin?

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A medida que se masifica el uso de monedas virtuales en el mundo crece el debate acerca de la legalidad de su uso. En Colombia, en un contexto de crecientes escándalos de esquemas de estafa basado en Bitcoin, el Banco de la República, la Superfinanciera y la Supersociedades han consolidado una posición que desautoriza y desaconseja operaciones con criptomonedas.

INTERNACIONAL

VW modifica su sistema de cumplimiento

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El nuevo Zar Anticorrupción del Grupo Volkswagen, Kurt Michaels, informó en Ámsterdan, Holanda, que reorganizó el sistema de cumplimiento de la organización con miras a eliminar la cultura corporativa que promovió que el fraude en las lecturas de emisiones de diesel pasara desapercibido por años, un escándalo que costó mucho a la compañía en términos reputacionales.

INTERNACIONAL

38

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Nace la ‘lista Trump’

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, expidió una Orden Ejecutiva para darle vida a un nuevo régimen de sanciones financieras que busca perseguir a quienes violen derechos humanos o adelanten actos de corrupción alrededor del mundo.

REPORTES

Oficial de cumplimiento: hay que programar los reportes e informes

40

Los oficiales de cumplimiento de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera tienen entre sus múltiples obligaciones la de entregar numerosos reportes e informes. Por eso es adecuado programarse para cumplir.



INTERNACIONAL Edición 103

Autoridades argentinas impulsan protocolo para investigar lavado de activos

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La iniciativa es del juez argentino que investigó las operaciones del Cartel del Norte del Valle, proveniente de Colombia. 8— Infolaft Octubre 2017


Edición 103 INTERNACIONAL

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egún información publicada por La Nación, el juez argentino Sergio Torres comenzó a trabajar hace varios meses con expertos en prevención del lavado de activos para crear el protocolo. La Nación asegura que en ese documento “se establecen algunas cuestiones claves para las investigaciones de lavado de dinero”, entre ellas la cantidad de asociaciones con las que se debe tener relación para avanzar y en qué lugares o agencias se pueden hacer búsquedas de activos sospechosos, cómo aprovechar los canales de cooperación internacionales y cómo hacer análisis sistemáticos de bases de datos. De acuerdo con una de las fuentes consultadas por el medio argentino, “el objetivo central es que todos sepan dónde y cómo solicitar información para así saber sortear algunas cuestiones de la burocracia que hacen engorroso el trabajo”.

Juan Félix Marteau, uno de los expertos que participaron en la elaboración del protocolo, sostiene que “hoy estamos investigando con estructuras del siglo XIX. En este tipo de investigaciones necesitamos que ya esté listo un perfil patrimonial financiero, y para eso se necesita una dirección con la capacidad de procesar todos los datos para que cuando un juez los necesite estén disponibles”. El documento actualmente está en etapa de borrador y se espera que se oficialice una versión en los próximos días. No obstante, se desconoce si será de acceso público o restringido a los jueces e investigadores judiciales argentinos.

El protocolo busca que todas las autoridades sepan dónde y cómo solicitar información para sus investigaciones

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Edición 103

El Gafi sube la nota de Austria El Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) reconoció que Austria superó varias deficiencias y mejoró su calificación en 10 de las 40 recomendaciones.

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l Gafi señaló en un comunicado que “Austria ha estado en un proceso de seguimiento mejorado” luego de la publicación de su informe de evaluación en 2016.

El máximo organismo internacional de lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo informó que Austria “ha informado al Gafi sobre el progreso que ha realizado para fortalecer su marco ALA/CFT, en particular mejorando la coordinación de políticas ALA/CFT a nivel nacional y la evaluación del riesgo”. El progreso fue notable y producto de ello el Gafi recalificó 10 recomendaciones dentro del informe de evaluación. Dichas recomendaciones se denotan a continuación: •Recomendación 1. Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgo. •Recomendación 2. Cooperación y coordinación nacional. •Recomendación 9. Leyes sobre el secreto de las instituciones financieras. •Recomendación 10. Debida diligencia del cliente. •Recomendación 12. Personas expuestas políticamente. •Recomendación 15. Nuevas tecnologías. •Recomendación 16. Transferencias electrónicas. •Recomendación 18. Controles internos y sucursales y filiales extranjeras. •Recomendación 22. Debida diligencia del cliente en las actividades y profesionales no financieras designadas (Apnfd). •Recomendación 29. Unidades de inteligencia financiera. A pesar de los avances, el Gafi se abstuvo de recalificar las recomendaciones 23 y 28 –que hacen referencia a la regulación en las Apnfd– debido a que Austria no ha avanzado lo suficiente.

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Edición 103 JUSTICIA

En 2017 se han emitido 33 condenas por lavado de activos La cifra corresponde al período comprendido entre enero y septiembre.

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e acuerdo con cifras de la Dirección de Fiscalía Antinarcóticos y Lavado de Activos (Dfala), en los primeros nueve meses de 2017 se emitieron 33 sentencias condenatorias por el delito de lavado de activos.

¿Qué uso darle a esta información?

Mientras que entre enero y diciembre de 2016 el número total de sentencias condenatorias por lavado de activos fue de 43.

Los datos acerca de las regiones con mayor cantidad de procesos judiciales y de investigaciones por lavado de activos pueden ser útiles para que los oficiales de cumplimiento identifiquen jurisdicciones de riesgo.

Por otra parte, en la actualidad en Colombia hay 1512 procesos judiciales en curso contra organizaciones y personas presuntamente vinculadas con actividades de lavado de activos. La mayoría de dichos procesos judiciales se concentran en los departamentos de Cundinamarca, Valle del Cauca, Antioquia, Norte de Santander y Nariño. Finalmente, Infolaft conoció que la Fiscalía adelanta 47 investigaciones por presunto lavado de activos que se centran en Cundinamarca, Norte de Santander, Antioquia, Valle del Cauca y Caquetá.

Es preciso recordar que la mayoría de normas para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo exigen a los sujetos obligados identificar y segmentar los factores de riesgo, entre los cuales se encuentran las jurisdicciones. El Sarlaft de la Superfinanciera, por ejemplo, exige a las entidades financieras identificar los riesgos de LA/FT inherentes al desarrollo de sus actividades antes de la apertura de operaciones en nuevas jurisdicciones.

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INTERNACIONAL Edición 103 FRAUDE

Entidades financieras de Perú deben solicitar más información para realizar transacciones en efectivo Las entidades financieras que operen en Perú tendrán que solicitar información adicional a quienes transfieran fondos iguales o superiores a USD 7500 dólares o su equivalente en moneda extranjera, según una norma publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

12— Infolaft Octubre 2017 pexels-photo-316401


Edición 103 FRAUDE

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e acuerdo con un reporte periodístico publicado por Crónica Viva, la medida tiene como finalidad que los transferentes justifiquen el origen de los fondos. El reglamento actual de gestión de lavado de activos y financiamiento del terrorismo exige a las entidades financieras solicitar una declaración jurada al cliente cuando este realice cualquier operación en efectivo sujeta al registro de operaciones (independientemente de si se trata de una operación en moneda nacional o extranjera), en la cual se detalle el origen de los fondos que se utiliza en la operación. Pues bien, el ajuste normativo –contenido en la resolución 4705 de 2017– ahora exige a las entidades financieras solicitar más información que la contenida en las declaraciones juradas de las transacciones en efectivo.

financiación del terrorismo. A través de la resolución se precisaron varios aspectos que las entidades financieras deben tener en cuenta al momento de calificar el riesgo de LA/FT de los clientes. Según Crónica Viva, las modificaciones tienen por objeto adecuar la normatividad a las exigencias de los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi).

El objetivo de la norma es que los transferentes de dinero justifiquen el origen de los recursos

Pero este no fue el único ajuste relacionado con la prevención del lavado de activos y la

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INTERNACIONALEdición 103

La Unión Europea publicó lista de paraísos fiscales En un encuentro en Bruselas (Bélgica), los ministros de hacienda de la Unión Europea acordaron publicar, por primera vez, un listado de jurisdicciones que no cumplen con los estándares europeos para el correcto gobierno fiscal. En total, 17 países fueron incluidos en la lista, mientras que otros 47 Estados fueron llamados a alinearse con las recomendaciones internacionales sobre gestión tributaria antes de 2019.

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Edición 103 INTERNACIONAL

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l Comisionado para Economía y Asuntos Financieros, Tributarios y de Aduanas de la Unión Europea, el francés Pierre Moscovici, informó en un comunicado que “la adopción de la primera lista negra de la Unión Europea de paraísos fiscales marca una victoria clave por la transparencia y la justicia”,pero que el proceso no acaba. “Se debe intensificar la presión sobre los países enlistados para modificar su rumbo. Las jurisdicciones incorporadas en la lista negra deben enfrentar consecuencias en la forma de sanciones disuasivas”,concluyó Moscovici. Europa espera que con este ejercicio sin precedentes se prevenga el abuso tributario a gran escala, como ha ocurrido en casos recientes como el de los “Paradise Papers”.

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EdiciĂłn 103

Las sanciones por no tener oficial de cumplimiento suplente posesionado Durante este aĂąo dos firmas corredoras de seguros y una entidad fiduciaria han sido multadas por la Superintendencia Financiera de Colombia por no tener un oficial de cumplimiento suplente debidamente posesionado ante esa entidad. Las sanciones, que suman un total de 100 millones de pesos, fueron impuestas entre julio y septiembre de 2017.

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Edición 103 SECTOR FINANCIERO

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ara justificar la imposición de las multas, la Superfinanciera señalo que, dado que el Oficial de Cumplimiento es la persona en el primer nivel de responsabilidad para que la actividad corporativa se desarrolle de manera segura, y que es quien deben adoptar las medidas que impidan la materialización del riesgo de LA/FT, “la presencia del Oficial de Cumplimiento Suplente resulta relevante dado el carácter preventivo de la actividad de administración de riesgos, es decir, que en todo momento las entidades vigiladas pueden contar con alguien que esté velando por la aplicación del Sarlaft de manera correcta, efectiva y eficiente”. La superintendencia, además, señaló que es ella la encargada de establecer si un funcionario es lo suficientemente idóneo y responsable y que dicha calificación se hace al momento de la posesión. Aunque en sus descargos las entidades esgrimieron argumentos como que “los requisitos para desempeñar el cargo de Oficial de Cumplimiento Suplente no son fáciles de reunir por lo que su búsqueda se dificultó” y que “no obstante la falta del Oficial de Cumplimiento Suplente el Sarlaft no dejó de funcionar y que no se materializó el riesgo”, ninguna de las empresas sancionadas interpuso recursos contra la resolución por la cual se impone la sanción.

La obligación de tener un oficial de cumplimiento suplente posesionado La obligación de tener un oficial de cumplimiento suplente posesionado se encuentra consignada en el subnumeral 4.2.4.3 del Capítulo IV, del Título IV, de la Parte Primera de la Circular Básica Jurídica, que desarrolla el numeral tercero del artículo 102 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993). En efecto, según la norma de la Superfinanciera, son requisitos del Oficial de Cumplimiento: (i) Ser como mínimo de segundo nivel jerárquico dentro de la entidad, (ii) tener capacidad decisoria, (iii) acreditar conocimiento en materia de administración de riesgos, (iv) estar apoyado por un equipo de trabajo humano y técnico, (v) no pertenecer a órganos de control ni áreas relacionadas con la ejecución del objeto social, (vi) ser empleado de la entidad, y (vii) estar posesionado ante la SFC. Y continúa la circular: el oficial de cumplimiento suplente debe cumplir, como mínimo, los requisitos de tener capacidad decisoria y estar posesionado ante la autoridad.

Ninguna de las entidades financieras sancionadas interpuso recursos contra las sanciones.

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REPORTES

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Estos son los sectores que entregan reportes a la Uiaf La mayor cantidad de sujetos obligados a entregar reportes son las empresas transportadoras de carga y las cooperativas no financieras.

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e acuerdo con la información publicada por la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) en su informe de gestión 2016-2017, el 21 % de los sujetos obligados a reportar son empresas transportadoras de carga reguladas por la Circular Externa 11 de 2011 de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

Mientras que el 16 % de los sujetos obligados son cooperativas no financieras, y otro 13 % son cooperativas financieras que deben implementar sistemas de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (Sarlaft). Otros sectores obligados son los profesionales de compra y venta de divisas (12.9 %), notarías (7.3 %) y empresas del sector real obligadas a implementar sistemas de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (Sagrlaft). Llama la atención que las entidades financieras -que envían la mayor cantidad de ROS apenas son el 3.2 % del total.

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INTERNACIONAL

Edición 103

Los llamados de atención que el Gafi le hizo a Portugal Según el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), Portugal debe fortalecer su regulación antilavado en el sector real y asignar más recursos a su unidad de inteligencia financiera. El pronunciamiento fue realizado luego de la publicación del informe de evaluación del país europeo.

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egún el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), Portugal debe fortalecer regulación antilavado en el sector real y asignar más recursos a su unidad de inteligencia financiera.El pronunciamiento fue realizado luego de la publicación del informe de evaluación del país europeo. El Gafi publicó un comunicado por medio del cual señaló que si bien Portugal tiene un régimen “sólido y eficaz” para luchar contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo, debería mejorar la aplicación de medidas destinadas a las empresas y profesiones no financieras designadas (Apnfd). De acuerdo con el organismo internacional, que formula los estándares internacionales de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, las autoridades de Portugal deben explorar a fondo los riesgos presentes en las organizaciones sin fines de lucro. Pero las observaciones no se quedaron en la falta de regulación. El Gafi también instó al país luso a “asignar los medios y recursos apropiados a la unidad de inteligencia financiera para que pueda administrar e investigar adecuadamente el creciente volumen de informes de transacciones sospechosas, y realizar análisis estratégicos para identificar las tendencias y patrones de LA/FT”. Finalmente, el Gafi señaló que Portugal también debe “mantener estadísticas adecuadas y exhaustivas relacionadas con el LA/FT a fin de respaldar y documentar mejor su comprensión y análisis de los riesgos, y demostrar las medidas adoptadas y los resultados logrados”.

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EVALUACIONES Edición 103

Próximamente el Gafilat publicará el informe de evaluación de Panamá Durante la más reciente plenaria del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) se aprobó el informe de evaluación del sistema panameño contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

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El informe de evaluación del sistema contra el LA/FT de Panamá fue el único que se aprobó durante la reunión plenaria del Gafilat, realizada en México entre el 4 y 8 de diciembre.

De acuerdo con un comunicado emitido por el Gafilat, dicho informe fue enviado a la Red Global de análisis de Calidad y Consistencia del GAFI para su respectiva revisión. Una vez se obtenga el visto bueno por parte de dicha dependencia se publicará el documento en el sitio web del Gafilat.

hace con todos los países evaluados) o si el seguimiento será intensificado, lo cual solo tiene lugar cuando un país obtiene resultados negativos. Hay gran expectativa en la región por conocer el informe de evaluación de Panamá, toda vez que en la anterior evaluación –publicada por el Fondo Monetario Internacional en 2012– los resultados fueron tan adversos que el país centroamericano fue reseñado en la lista gris del Gafi.

Cabe mencionar que Panamá quedó en un proceso de seguimiento por parte del Gafilat. No obstante, se desconoce si el seguimiento será regular (algo que se

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CONTROLES

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UIF de Australia amplía denuncias contra banco por entrega extemporánea de ROS La UIF australiana (Austrac) amplió ante un juez las denuncias realizadas hace varias semanas contra el Commonwealth Bank por demoras en la entrega de reportes de operaciones sospechosas (ROS).

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egún un reporte del Financial Times, Austrac acusó al Commonwealth Bank de cometer más de 53 800 infracciones respecto a la prevención del lavado de activos.

Concretamente la UIF sostuvo que el banco “no reportó sospechas de financiación del terrorismo dentro de las 24 horas [siguientes], fue lento o negligente al informar 54 asuntos sospechosos relacionados con cuentas o personas bajo investigación policial y en 38 casos no monitoreó adecuadamente el riesgo, incluso después de convertirse en una actividad sospechosa”.

En declaraciones citadas por el Financial Times, la directora de Austrac, Nicole Rose, sostuvo que las nuevas fallas fueron descubiertas luego de las primeras denuncias de agosto de 2017 y agregó que “estas acusaciones son muy serias y reflejan el incumplimiento sistémico durante aproximadamente seis años”. En su momento, el Commonwealth Bank admitió que había presentado tardíamente más de 53 000 informes de transacciones sospechosas debido a un error del sistema.

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EVALUACIONESEdición 103

No se presentó informe de evaluación de Colombia en plenaria de Gafilat Colombia tendrá que esperar siete u ocho meses más para conocer el informe de evaluación de su sistema para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT).

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Edición 103 EVALUACIONES

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esde hace varios meses estaba previsto que durante la reunión plenaria del Gafilat de diciembre de 2017 se presentara y aprobara el informe de evaluación al sistema de Colombia contra el LA/FT. Pues bien, la reunión se realizó la semana pasada y el informe no fue presentado. Según varias fuentes consultadas por Infolaft, el informe no llegó a la plenaria del Gafilat debido a que no se surtieron unos trámites internos entre el Fondo Monetario Internacional (FMI) –ente que realizó el examen –y las autoridades colombianas. Debido a ello se determinó aplazar para julio de 2018 la discusión del informe en Panamá, país que durante el año próximo ocupará la presidencia del organismo continental de lucha contra el LA/FT. La evaluación a Colombia, que fue realizada por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y debía ser aprobada por Gafilat, comenzó en 2016 con el envío de información por parte de las autoridades colombianas a los evaluadores.

El informe de evaluación de Colombia solo sería aprobado y publicado durante el segundo semestre de 2018

El proceso tuvo como hito la visita presencial al país de los evaluadores en junio de 2017. Con base en los hallazgos de la visita y teniendo en cuenta la información recibida, los evaluadores redactaron un primer informe en borrador que fue revisado y comentado por las autoridades colombianas. Esos resultados fueron objeto de debate en Washington (Estados Unidos) a comienzos de septiembre de 2017 y ello dio lugar a una nueva versión del documento que también recibió comentarios de Colombia. Infolaft está en proceso de consultar a las autoridades encargadas del tema acerca de las consecuencias que puede tener la no presentación del informe y el aplazamiento de su aprobación.

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INDICADORES CIFRAS Edición 103

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Uiaf recibió 13000 reportes de operaciones sospechosas de lavado de activos La cifra fue revelada por la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) en su informe de gestión 2016-2017.

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ntre octubre de 2016 y octubre de 2017 la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) recibió un total de 13005 reportes de operaciones sospechosas (ROS) de posible lavado de activos. En consecuencia, en promedio la Uiaf recibió 1000 reportes mensuales. Los ROS provinieron de las 15585 entidades obligadas a implementar sistemas de prevención del

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LA/FT y entregar reportes de operaciones sospechosas e información objetiva a la Uiaf. De acuerdo con la Uiaf, los ROS “describen las posibles operaciones sospechosas de lavado de activos y financiación del terrorismo, las cuales están precedidas por actuaciones o situaciones atípicas o que no tienen consistencia o consecuencia con las prácticas normales de una industria o actividad económica específica”.


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A continuación, se desglosa el número exacto de ROS recibidos por mes

Casos envíados a la Físcalía De acuerdo con lo expuesto en el informe, la Subdirección de Análisis de Operaciones de la Uiaf realizó 110 casos en el último año, los cuales tuvieron relación con 748 ROS. Respecto a la difusión de casos hacia la Fiscalía, la Unidad reveló que entre octubre de 2016 y octubre de 2017 se enviaron 89 casos que involucran activos y bienes por más de 10 billones de pesos.

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SECTOR REALEdición 103 TIPOLOGÍAS

Curiosa tipología de lavado que utiliza Bitcoin y canciones de iTunes El portal especializado en temas de tecnología (con enfoque en los productos Apple) https://www.applesfera.com/ informó hace varias semanas acerca de una novedosa tipología de blanqueo de capitales que consiste en la auto-compra de canciones propias en el sistema de música iTunes de Apple. Según la página consultada, aunque dicha tipología no es nueva dentro de las redes de lavado, es ahora cuando se empiezan a usar las criptodivisas.

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Edición 103 TIPOLOGÍAS

Los lavadores graban producciones musicales, las suben a la plataforma de comercio y luego ellos mismos las compran

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El proceso El lavador crea canciones de similar calidad a la música comercial (para que no levante sospechas en la plataforma). El lavador se pone en contacto con una agencia agregadora (empresa encargada de subir este contenido a plataformas digitales de difusión de música) para que ésta proceda a subir las canciones a los sistemas de Apple para ser vendidas y reproducidas. El lavador compra, utilizando sus criptomonedas, una serie tarjetas prepagadas de regalo de iTunes.

El lavador utiliza las tarjetas de regalo iTunes para comprar su propia música. Descontada la comisión de Apple, tras la transacción casi la totalidad del valor de la compra va para el propietario de la música (el lavador) Una de las vulnerabilidades que permite esta tipología es que las operaciones en las que el medio de pago es reemplazado por tarjetas prepagas de regalo son altamente anónimas, pues con sólo presentar el plástico o código correspondiente es posible acceder al valor monetario que representa.

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CONTENIDO COMERCIALEdición 103

Telecumplimiento: el producto que ayuda a su empresa a mitigar el riesgo legal application-blur-business-close-up-270238

Lozano Consultores ofrece un completo servicio de acompañamiento y asesoría a los oficiales de cumplimiento de los sujetos obligados a implementar sistemas de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo. CONTENIDO COMERCIAL

U

na de las quejas más frecuentes de los oficiales de cumplimiento es la falta de recursos –tanto financieros como humanos– para cumplir adecuadamente con su obligación de gestionar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo. Pues bien, teniendo clara esa realidad, Lozano Consultores lanzó Telecumplimiento, un novedoso servicio orientado a dar apoyo permanente a los oficiales de cumplimiento en sus principales funciones. Concretamente el Telecumplimiento es un paquete anual que le permitirá a los gestores del riesgo de LA/FT —de toda clase de entidades— tener acceso a un grupo de consultores especializados que los asesorarán para desarrollar los elementos del Sarlaft (identificación, medición, control y monitoreo), para elaborar los informes a la junta directiva, para diseñar señales de alerta y para diseñar o evaluar la política interna de prevención del LA/FT, entre otras importantes tareas.

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Las entidades que contraten este servicio tienen derecho a diferentes números de consultas dependiendo del plan contratado. Es preciso recordar que los sujetos obligados se exponen al riesgo legal si se demuestra el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las diferentes normas de prevención del LA/FT, los cuales dan lugar a la imposición de sanciones administrativas por parte de la Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Sociedades, la Dian y los demás entes de supervisión. Si usted o sus empresas están interesados en este servicio, por favor consúltenos a través de: infolaft@lozano-consultores.com o en el teléfono 3175563.


Edición 103 DEBIDA DILIGENCIA

El conocimiento del cliente en la compra y venta de Bitcoin Ante el auge de la comercialización de Bitcoin en Colombia y en el resto del mundo, Infolaft se dio a la tarea de hacer una compra de esta moneda virtual para establecer si los vendedores realizan controles para conocer a sus clientes.

Conocimiento del cliente: definición

Los canales de pago para comprar y vender Bitcoin

La Superintendencia Financiera de Colombia define que los sistemas de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (Sarlaft) deben contar con procedimientos para obtener “un conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de todos los clientes actuales y potenciales, así como para verificar la información y los soportes de la misma”.

Lo primero que se debe decir es que en la actualidad a nivel mundial hay múltiples maneras para comprar y vender Bitcoin. No obstante, todavía son limitadas las opciones que tienen las personas desde Colombia.

Así mismo, el Sarlaft señala que las entidades financieras no pueden iniciar relaciones contractuales o legales con sus clientes potenciales mientras estos no hayan atendido una entrevista, diligenciado en su totalidad los formularios de vinculación, y entregado los soportes de la información. Estas exigencias estás contenidas dentro del numeral 4.2.2.2.1 del Sarlaft, el cual hace referencia al proceso de conocimiento del cliente, quizá la piedra angular de los sistemas de prevención del LA/FT. Exigencias similares aplican para las entidades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades, la Superintendencia Nacional de Salud y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), entre otras.

Tal vez la manera más rápida y fácil para hacerse a una Bitcoin –o a una fracción de esta– se encuentra en el portal web localbitcoin.com. Allí se le exige a los compradores crear una cuenta para acceder a un mercado en el que la moneda virtual se negocia directamente con otros usuarios. Hay que decir que localbitcoin.com permite tanto la compra/venta virtual de Bitcoin como la compra/venta en efectivo en diferentes lugares de Colombia. Para efectos de este artículo nos enfocaremos en las transacciones virtuales. La compra y/o venta de Bitcoin se puede realizar en pesos colombianos, los cuales se pueden transferir desde cuentas bancarias a través de las sucursales virtuales de los bancos o de la plataforma PSE. La mayoría de vendedores y compradores en línea solicitan el pago en cuentas de dos reconocidas entidades bancarias, o por medio de giros.

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DEBIDA DILIGENCIA Edición 103

El conocimiento del cliente en la compra y venta de Bitcoin En localbitcoin.com, al igual que en otros mercados virtuales, la reputación de los usuarios es un elemento fundamental. Todos los usuarios que transan la moneda virtual pueden calificar la experiencia de compra o venta vivida con otro usuario y con base en eso obtienen un puntaje que mide su credibilidad y seriedad en las operaciones. Esa calificación, como no, puede ser observada por los potenciales compradores. Muchos de los vendedores tienen sus usuarios desde hace más de dos años (algunos los tienen desde hace cinco años), poseen calificaciones de efectividad del 100 % y han realizado más de 500 operaciones. De ahí que muchos vendedores experimentados tengan prevenciones al momento de negociar con usuarios novatos. De hecho, el portal web le sugiere a los compradores leer los términos de comercio fijados por cada vendedor y asegurarse de cumplirlos en su totalidad. Por ejemplo, un vendedor solicita la siguiente información y hace estas aclaraciones a los compradores nuevos: • Enviar foto selfie con cédula en mano. • Pantallazo de la cuenta donde se vea nombre y número de cuenta. • El comprador debe ser el titular y coincidir con los datos de localbitcoin.com. • No se aceptan transferencias de terceros. • Si está de acuerdo proceda, si no es mejor no ofertar. • Se evitará perder el tiempo y una mala calificación. Esta misma solicitud de datos y de información la hacen la mayoría de vendedores en la primera transacción. No obstante, esos controles dejan de realizarse después de la tercera o cuarta compra.

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Ahora bien, ¿cómo se inicia una transacción de este tipo? Es relativamente sencillo. El usuario comprador solicita a un usuario vendedor una determinada cantidad de Bitcoin con pesos colombianos (por ejemplo, dice que quiere comprar 200 000 pesos en Bitcoin). Dicha solicitud se debe realizar a través de un chat habilitado por localbitcoin.com. Allí en el chat se definen los términos de la negociación. Luego, el usuario comprador hace el pago por el canal previsto –recordemos que los más comunes son las transferencias bancarias, pagos por PSE o giros– y cuando el vendedor valida el ingreso del dinero, procede a liberar los Bitcoin hacia la cuenta del usuario comprador. En consecuencia, es claro que los vendedores de Bitcoin –que de nuevo, usan el sistema financiero para hacer sus operaciones– solicitan algo de documentos e información a los compradores. No obstante, es difícil determinar si lo hacen para prevenir operaciones ilícitas o simplemente para tener un repositorio de sus clientes.

Los vendedores de Bitcoin suelen solicitar unos documentos a sus compradores, aunque no hay claridad acerca de si lo hacen para prevenir el LA/FT


Edición 103 INTERNACIONAL

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Banco holandés es acusado de lavar activos de la mafia rusa

E

l Amsterdam Trade Bank (ATB), la sucursal holandesa del banco ruso Alpha Bank, fue puesto bajo investigación por posible blanqueo de capitales por la agencia antifraude de Holanda. El Servicio de Información e Investigación Fiscal de Holanda lanzó la acción por haber indicios de que en la entidad bancaria se realizaban fraudes y se manejaban activos provenientes del crimen organizado.

Una vez conoció de la investigación, el ATB dijo que los hechos y bienes que motivan la investigación hacen referencia a portafolio de clientes que ya no hacen parte del banco desde hace varios años. “Los procesos del banco han sido auditados y supervisados como ocurre para todos los bancos en Holanda”, dijo la entidad en un comunicado.

Adicionalmente, el fiscal encargado del caso, Marieke van der Molen, dijo queel banco omitió o retrasó el reporte de operaciones sospechosas y que tampoco realizaba una adecuada debida diligencia para el conocimiento del cliente, ambas obligaciones impuestas por el marco normativo holandés.

Las autoridades también barajan la hipótesis que el ATB hace parte de una red de lavado compuesta por varias instituciones financieras cuyo objetivo era movilizar, entre 2010 y 2014, más USD 20 mil millones producto del crimen organizado desde Rusia hacia jurisdicciones más laxas como Letonia y Moldavia.

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TENDENCIASEdición 103

¿Qué han dicho las autoridades colombianas sobre el Bitcoin? A medida que se masifica el uso de monedas virtuales en el mundo crece el debate acerca de la legalidad de su uso. En Colombia, en un contexto de crecientes escándalos de esquemas de estafa basado en Bitcoin, el Banco de la República, la Superfinanciera y la Supersociedades han consolidado una posición que desautoriza y desaconseja operaciones con criptomonedas.

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A

pesar de que el Bitcoin nació en 2009, este 2017 ha sido el año en el que más se ha hablado en el mundo de las monedas virtuales, de los riesgos que encarnan, de la complejidad de su estructura de generación y respaldo y de la creciente necesidad de una regulación que, además de reconocer el fenómeno como un nuevo componente en el tráfico económico internacional, se enfoque en evitar que el instrumento sea utilizado como vehículo financiero por las redes de crimen organizado y de lavado de activos o para esquemas de estafa. En este escenario de discusión global Colombia no ha sido ajena al debate. De cara a crecientes casos de esquemas de estafa cimentados en el uso de criptodivisas, las autoridades colombianas se han alineado en consolidar una posición que impuso el Banco de la República en abril de 2014 de desautorización del uso de Bitcoin. Desde entonces la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Sociedades han expedido doctrina que reitera las disposiciones del banco central y, además, advierten de forma concreta acerca de los riesgos.

Lo que ha dicho el Banco de la República En un comunicado de prensa expedido durante el primer semestre de 2014, el Banco de la República, como máxima autoridad monetaria, cambiaria y crediticia de Colombia, hizo una serie de claridades referidas a las monedas virtuales, un fenómeno que se empezó a conocer en el país a partir de la segunda década del siglo XXI. En el referido oficio, el banco central colombiano informó que: • La única unidad monetaria y de cuenta en Colombia es el peso (billetes y monedas) emitido por el Banco de la República. • El Bitcoin no es una moneda en Colombia y, por lo tanto, no constituye un medio de pago de curso legal con poder liberatorio ilimitado.No existe entonces obligatoriedad de recibirlo como medio de cumplimiento de las obligaciones.

Edición 103TENDENCIAS Dos años más tarde, el Banco de la República volvió a pronunciarse al respecto de este tipo de monedas mediante oficio GG2105 del 29 de septiembre de 2016, en el que enfatizó lo siguiente: • La Ley 31 de 1992 estableció que la unidad monetaria y de unidad de cuenta de Colombia es el peso emitido por el Banco de la República. Esta disposición legal también expresa que la moneda legal es aquella que está constituida por billetes y moneda metálica que expresa su valor en pesos y que constituye el único medio de pago de curso legal. • Ninguna moneda virtual incluyendo el Bitcoin ha sido reconocida como moneda de curso legal por el legislador ni por la autoridad monetaria. En la medida en que no constituye un activo equivalente a la moneda de curso legal, carece de poder liberatorio ilimitado para la extinción de obligaciones. • Según el artículo 30 del Acuerdo del Fondo Monetario Internacional, del que Colombia hace parte, las monedas de libre uso son aquellas que son usadas extensamente para pagos de transacciones internacionales y son ampliamente transadas en los principales mercados de divisas. Esta definición excluye al Bitcoin como moneda de libre uso. Con base en lo anterior, el Banco de la República señaló que no está autorizado el uso de monedas virtuales como medio de cumplimiento de las operaciones de cambio de acuerdo con la normatividad vigente.

Según las autoridades de Colombia, el Bitcoin no es una moneda de curso legal en el país

• El Bitcoin tampoco es un activo que pueda ser considerado una divisa debido a que no cuenta con el respaldo de los bancos centrales de otros países. En consecuencia, no puede utilizarse para el pago de las operaciones de que trata el Régimen Cambiario, expedido por la Junta Directiva del Banco de la República.

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TENDENCIAS Edición 103

Lo que ha dicho la Superfinanciera La primera advertencia en contra de las criptodivisas que lanzó la Superintendencia Financiera de Colombia fue el 26 de marzo de 2014 a través de la Carta Circular 29 de 2014. En este documento, la entidad de vigilancia señaló que, de cara al auge de dichas monedas virtuales, se hace necesario que tanto las entidades vigiladas como el público en general conozcan y entiendan los riesgos a los que se exponen cuando adquieren y transan con estos instrumentos que no están regulados ni respaldados por ninguna autoridad monetaria o activos físicos, y cuya aceptación es muy limitada. En la Carta Circular la Superfinanciera hace una lista exhaustiva de posibles riesgos derivados de la utilización de monedas virtuales que aún hoy se mantiene vigente y que sirve como base primaria para evaluar tales operaciones: • El Bitcoin no es un activo que tenga equivalencia a la moneda de curso legal en Colombia porque no ha sido reconocida como moneda en el país. Y al no ser un activo que pueda ser considerado una divisa (por no tener el respaldo de un banco central nacional de un Estado reconocido), no sirve para pagar deudas ni extinguir obligaciones de pago. • La regulación cambiaria no contempla al Bitcoin, por lo que no puede utilizarse en las operaciones de que trata el régimen cambiariocolombiano. • Las monedas virtuales no se encuentran respaldadas por activos físicos o reservas de una autoridad, por lo que el valor de intercambio de las mismas podría reducirse drásticamente e incluso llegar a cero sin previo aviso. Esto expone a un alto riesgo volatilidad en el precio y a esquemas de especulación.

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• Ninguna de las plataformas transaccionales de las monedas virtuales se encuentran reguladas por la ley colombiana ni tampoco son sujetas a la vigilancia de la Superfinanciera. Por lo anterior no hay quién garantice que tales plataformas cuenten con estándares o procesos seguros y de mitigación de riesgos de fraude, lavado y canalización de recursos a organizaciones terroristas. • Las plataformas transaccionales de criptodivisas se encuentran domiciliadas en múltiples jurisdicciones, por lo que su regulación y vigilancia escapa al ámbito de la ley colombiana. • Las transacciones en las plataformas son anónimas, por lo que el uso de monedas virtuales se puede prestar para adelantar actividades ilícitas o fraudulentas, incluso para captaciones no autorizadas de recursos, lavado de dinero y financiación del terrorismo. • Los compradores o vendedores de criptomonedas se exponen a riesgos operativos, principalmente a que las billeteras digitales sean robadas por ciberdelincuentes. • Las transacciones no pueden ser reversadas, revisadas ni confrontadas frente a estándares nacionales o internacionales. • Las personas que negocian con monedas virtuales no se encuentran amparadas por ningún tipo de garantía privada o estatal, ni sus operaciones son susceptibles de cobertura por parte del seguro de depósito que existe en Colombia. • No existen mecanismos para obligar al cumplimiento de las transacciones con monedas virtuales lo que aumenta de manera importante la posibilidad de materialización de un riesgo de incumplimiento.


Edición 103 TENDENCIAS

Finalmente, la Superintendencia sentenció que corresponde a las personas conocer y asumir los riesgos inherentes a las operaciones que realicen con este tipo de divisas electrónicas. En una siguiente comunicación, la Carta Circular 78 de 2016, la Superfinanciera además de reiterar lo dicho en la primera comunicación, recuerda a las sociedades vigiladas que no se encuentran autorizadas para custodiar, invertir, intermediar ni operar con estos instrumentos, así como tampoco permitir el uso de sus plataformas para que se realicen operaciones con monedas virtuales. De igual manera hizo un nuevo llamado al público en general para que cada cual conozca y asuma, según su apetito, los riesgos inherentes a las operaciones que realicen con este tipo de monedas virtuales. Y por último, la más reciente advertencia de la Superintendencia Financiera de Colombia se conoció en junio pasado mediante la Carta Circular 52 de 2017 en la cual anunció al público los riesgos potenciales asociados a las operaciones realizadas con las monedas electrónicas o monedas virtuales en un contexto en el que las mejores prácticas internacionales y la lucha transnacional contra el lavado se hacen cada vez más exigentes. En efecto, en este documento, la Superfinanciera se alinea con el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) y la Oficina Europea de Policía (Europol) en el señalamiento que “las operaciones reali-

zadas con las denominadas monedas electrónicas pueden llegar a ser un instrumento para facilitar el manejo de recursos provenientes de actividades ilícitas relacionadas, entre otros, con los delitos fuente del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva”. Además, agregó la superintendencia, que como consecuencia del anonimato que facilita internet, la dificultad para identificar a los beneficiarios finales, la poca trazabilidad y la falta de respaldo por parte de los bancos centrales han hecho que las criptodivisas sean un vehículo riesgoso cuyos efectos adversos aún están por verse. En este documento, la Superfinanciera volvió a insistir en que el Banco de la República ha indicado que las monedas virtuales no son consideradas como una moneda de curso legal en Colombia y que, por ende, no puede considerarse que un pago con criptomonedas extinga las deudas y demás obligaciones dinerarias. Además, señaló que las monedas virtuales no hacen parte de la infraestructura del mercado de valores colombiano, no constituyen una inversión válida para las entidades vigiladas y sus operadores tampoco están autorizados para asesorar o gestionar operaciones sobre las mismas.

Lo que ha dicho la Supersociedades En una nota de prensa de diciembre de 2016 la Superintendencia de Sociedades informó que, ante el crecimiento de personas naturales y jurídicas que promueven negocios con monedas virtuales a cambio de un rendimiento del 100% o más en pocos meses, el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recalcó que la única moneda de curso legal en nuestro país es el peso. “Los inversionistas deben saber que se exponen a enormes riesgos al invertir en supuestas monedas que no han sido aceptadas como legales en el país”, señaló el superintendente Reyes, quien además agregó que aparte del peso colombiano

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TENDENCIAS Edición 103

no existen otros mecanismos de pago con poder liberatorio. La Supersociedades también llamó la atención sobre los denominados “clubes de inversión”, que no son más que grupos promovidos por personas naturales que se hacen pasar como expertas en monedas virtuales con el único fin de convencer a incautos inversionistas para que entreguen su dinero sin ningún tipo de soporte. “Estos supuestos asesores prometen a los inversionistas administrar sus apuestas en las plataformas de inversión y generar rendimientos mayores a los que obtendrían si apostaran directamente su dinero”, puntualizó Reyes Villamizar. La Superintendencia de Sociedades encontró además que estas personas y empresas usualmente operan bajo seudónimos y organizan foros y encuentros privados en distintas plataformas tecnológicas para no dejar rastros. Finalmente la Supersociedades recalco que en Colombia no hay compañías multinivel autorizadas a transar este tipo de activos. Casi un año después de esta advertencia, el Superintendente de Sociedades se volvió a referir al asunto en una entrevista con Noticias RCN el pasado 13 de septiembre en la que afirmó que esta moneda virtual no está regulada en el país y que, por eso, los colombianos deben tener precaución si quieren invertir en criptodivisas. “En Colombia no hay una regulación especifica sobre el particular, pero hay que ver como otros países como China que emitió la semana pasada una regulación en las cuales prohíbe las nuevas ofertas iniciales de monedas virtuales“, afirmó.

¿De dónde surge la necesidad de regulación? Durante el primer semestre de 2017 se popularizaron unos esquemas de captación masiva y habitual de recursos del público conocidos como ‘clubes de inversión en Bitcoin’, cuya actividad consiste en obtener dinero de terceros para invertirlo en la criptomoneda y retornar a los inversionistas el monto inicial más una rentabilidad sospechosamente alta. Uno de los casos que más ha llamado la atención de las autoridades este año estalló el 22 mayo pasado en Medellín, cuando algunos usuarios del club de inversión en Bitcoin conocido como Me-Coin empezaron a circular un mensaje de WhatsApp en el que informaban que la rentabilidad prometida no se estaba viendo reflejada en sus monederos virtuales. Una vez se masificó el mensaje y se estimó el alcance de la captación, se supo que con la falsa promesa de obtener rentabilidades fijas mínima del 50% mensual por invertir en Bitcoin a través de ellos, Me-Coin había recibido entre COP 400.000 y COP 100 millones de cada uno de sus más de 5 mil socios que decía tener en el país, para un total aproximado de USD 300 millones. Otro caso similar se destapó en Bucaramanga a mediados de 2017 en el que fueron estafados al menos 90 mil personas por un valor total aún no estimado. Frente a este fenómeno la Superintendencia de Sociedades advirtió que hay que dudar de negocios que ofrezcan rentabilidades inusuales. En concreto frente a las firmas de transacción de criptomonedas la Supersociedades advirtió que cuando hay supuestos clubes de inversión y se ofrecen rendimientos fijos, se corre el riesgo de caer en esquemas de captación ilegal.

Además, dijo Reyes que no se encontraba en la posición de aconsejar a invertir o no invertir en Bitcoin, pero que si puede emitir “una señal de alerta sobre los riesgos involucrados, sobre todo cuando esas operaciones están acompañadas de negocios que no corresponden a la fluctuación normal de estas monedas virtuales frente a las divisas”.

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Edición 103 INTERNACIONAL

VW modifica su sistema de cumplimiento

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l nuevo Zar Anticorrupción del Grupo Volkswagen, Kurt Michaels, informó en Ámsterdan, Holanda, que reorganizó el sistema de cumplimiento de la organización con miras a eliminar la cultura corporativa que promovió que el fraude en las lecturas de emisiones de diesel pasara desapercibido por años, un escándalo que costó mucho a la compañía en términos reputacionales. La primera modificación más relevante liderada por el zar Michaels fueunificar los 25 sistemas independientes, que correspondían a las diferentes compañías del holding (Audi, Porsche, Skoda y Seat, entre otros) en un único sistema, que tendrá una oficina central de investigaciones. Adicionalmente, la reorganización contempla un sistema de delación para los empleados y terceros que realizan operaciones con Volkswagen (clientes, proveedores, socios y aliados) que busca exhortar la denuncia de comportamientos contrarios a la ética empresarial o aquellos que promueven la cultura del silencio que genera que los fraudes se hagan indetectables por años. Según informó la compañía, esta reforma dará una mejor perspectiva en temas de compliance y viabilizará la determinación acerca de si las fallas del sistema son casos aislados o por el contrario hacen parte de una falla sistémica que afecta a todo el grupo corporativo.

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INTERNACIONAL Edición 103

Nace la ‘Lista Trump’ El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, expidió una Orden Ejecutiva para darle vida a un nuevo régimen de sanciones financieras que busca perseguir a quienes violen derechos humanos o adelanten actos de corrupción alrededor del mundo.

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ste nuevo listado de bloqueo funciona igual que los otros programas de sanción que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Ofac por su nombre en inglés).

de la inclusión en el listado, todos los activos de los designados bajo la jurisdicción estadounidense quedan bloqueados y se les prohíbe a las U.S. Person que se involucren en transacciones con ellos.

El presidente Trump justificó esta acción aduciendo que “los serios abusos contra los derechos humanos y la corrupción alrededor del mundo constituyen una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional, la política exterior y la economía de los Estados Unidos”.

Quiénes son los primeros designados en la Lista Trump

En desarrollo de la orden ejecutiva que crea el programa de sanción, Donald Trump realizó la primera designación de 14 abusadores de derechos humanos y actores corruptos de diferentes nacionalidades, así como a 39 individuos y entidades vinculados. Como resultado

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• Yahya Jammeh: presidente de Gambia entre 1994 y 2017. Jammeh es acusado de crear un cartel de sicarios conocido como “Los Selváticos” que amenazaron, aterrorizaron, interrogaron y mataron opositores, religiosos y periodistas. Además su gobierno es señalado de haber desfalcado al Estado en al menos USD 50 millones.


Edición 103 INTERNACIONAL

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• Roberto José Rivas Reyes: presidente del Consejo Supremo Electoral de Nicaragua. La designación responde a que Rivas ha tenido un incremento patrimonial injustificado materializado en propiedades, aviones, vehículos de lujo y yates. • Dan Gertler: empresario israelí que amasó gran fortuna con el comercio de diamantes. En su ejercicio ha practicado la minería ilegal y ha firmado contratos estatales con la República Democrática del Congo que han causado un detrimento patrimonial de alrededor de USD 1.400 millones. • Slobodan Tesic: comerciante de armas y municiones en los Balcanes. Para obtener contratos de ventas de armas con algunos países Tesic ofrecía sobornos en dinero y en especie. • Maung Maung Soe: jefe del comando de la armada de Birmania. Bajo su comando se presentaron casos sistemáticos de violación a derechos humanos de civiles y acciones de genocidio. • Benjamin Bol Mel: constructor y consejero financiero gubernamental de Sudán del Sur. Como presidente de la constructora ABMC obtuvo decenas de millones de dólares provenientes de contratación estatal corrupta. • Mukhtar Hamid Shah: medico paquistaní especializado en trasplantes de riñón. Es acusado de secuestro y tráfico de órganos humanos en al menos 24 casos.

• Gulnara Karimova: hija del líder de Uzbekistán Islam Karimov. Karimova es sindicada de crear una red de crimen organizado para expropiar inmuebes, monopolizar mercados, solicitar sobornos y administra extorsiones utilizando las influencias de su padre. • Angel Rondón Rijo: lobbysta de República Dominicana. Rondón presuntamente canalizó sobornos de Odebrecht en su país. • Artem Chayka: hijo del fiscal general ruso. Utilizando el cargo de su padre, Chayka ha obtenido activos y contratos del Estado. Además a monopolizado mercados. • Gao Yan: antiguo director la Oficina del Servicio Público de Seguridad de Beijing. Acusado de perseguir activistas de derechos humanos. • Sergey Kusiuk: comandante de una unidad élite de la policía en Ucrania. Llevó a cabo persecuciones y asesinatos sistemáticos contra activistas y líderes de derechos humanos. Reprimió de forma violenta una manifestación pacífica en 2013. • Julio Antonio Juarez Ramirez: congresista guatemalteco acusado de ordenar un ataque contra dos periodistas (en el que uno murió y el otro quedó gravemente herido). • Yankuba Badjie: director general del servicio de inteligencia de Gambia. Es acusado de tortura física, malos tratos y asesinatos en el ejercicio de su cargo.

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REPORTES

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Oficial de cumplimiento, hay que programar los reportes e informes Los oficiales de cumplimiento de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera tienen entre sus mĂşltiples obligaciones la de entregar numerosos reportes e informes. Por eso es adecuado programarse para cumplir.

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Edición 103 REPORTES

S

er oficial de cumplimiento es un trabajo bastante demandante, no solo porque debe proteger a su entidad de ser utilizada para dar apariencia de legalidad a recursos ilícitos o para canalizar dineros hacia organizaciones terroristas, sino porque a lo largo del año este profesional tiene que cumplir con la entrega de informes internos y reportes externos, cuya elaboración toma tiempo y requiere dedicación.

Informes internos del Sarlaft

Según el Sarlaft de la Superfinanciera los oficiales de cumplimiento de este sector deben presentar, por lo menos trimestralmente, informes presenciales y escritos a la junta directiva u órgano que haga sus veces en los que evidencie los resultados de su gestión, el cumplimiento de los reportes, la evolución individual y consolidada de los perfiles de riesgo de los factores de riesgo, la efectividad de los mecanismos e instrumentos del Sarlaft, los resultados de los correctivos ordenados por la junta, y los documentos y pronunciamientos de entidades de control.

Nombre del informe

Trimestre correspondiente

Fecha límite de entrega

Informe interno a la junta directiva

Enero - Marzo

31 de marzo

Informe interno a la junta directiva

Abril - Junio

30 de junio

Informe interno a la junta directiva

Julio - Septiembre

30 de septiembre

Informe interno a la junta directiva

Octubre - Diciembre

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REPORTES

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Reportes externos a la Uiaf

A continuación, un resumen de varios de los reportes que los oficiales de cumplimiento deben entregar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf):

Nombre del reporte

Periodicidad

Fecha del reporte

Permanente

El mismo día de una operación sospechosa

Reporte de transacciones en efectivo.

Mensual

Dentro de los diez (10) primeros días calendario siguientes a la fecha de corte mensual.

Reporte de clientes exonerados del registro de transacciones en efectivo.

Trimestral

Dentro de los diez (10) primeros días calendario siguientes a la fecha de corte trimestral.

Reporte de operaciones de transferencia, remesas, compra y venta de divisas.

Mensual

Dentro de los diez (10) primeros días calendario siguientes a la fecha de corte mensual.

Reporte de productos ofrecidos por entidades vigiladas.

Mensual

Dentro de los diez (10) primeros días calendario siguientes a la fecha de corte mensual.

Mensual con actualización de la información, hasta terminación de la relación contractual

Dentro de los quince (15) primeros días calendario siguientes a la fecha de corte mensual.

Reporte de operaciones sospechosas.

Reporte sobre información sobre Campañas politicas y Partidos políticos.

Revisión de informes

Pero los oficiales de cumplimiento no solo deben elaborar informes, sino revisar aquellos que provienen de otras áreas. De acuerdo con el numeral 4.2.4.3.2.7. del Sarlaft, los oficiales deben “evaluar los informes presentados por la auditoría interna o quien ejecute funciones similares o haga sus veces, y los informes que presente el revisor fiscal y adoptar las medidas del caso frente a las deficiencias informadas”. Los oficiales de cumplimiento podrían gestionar esta tarea entregando y socializando la revisión de dichos informes dentro del reporte trimestral a la junta directiva, toda vez que ese es el espacio para obtener la aprobación de eventuales ajustes al sistema interno de prevención del LA/FT.

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