año 1 número 4
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noviembre 2012
noviembre 2012
JUNTA ASESORA Dra. Florabel G. Mullick Presidenta Lcdo. César R. Vázquez Díaz Vicepresidente Dr. Jesús Joel Pérez Secretario Sr. José Joaquín Villamil Dr. José M. Saldaña Sepúlveda Dr. Mario Negrón Portillo Lcdo. Antonio J. Colorado Lcdo. Miguel Hernández Agosto Lcdo. Ferdinand Mercado Ramos Ing. Bartolomé Gamundi Lcdo. Juan R. Melecio Sr. Manuel Cidre Asesores Lcdo. Ángel Cintrón Lcdo. Rafael A. Nadal Arcelay Prof. Nicolás Muñoz Lcdo. Antonio Montoig Sra. Victoria Rodríguez Soto Miembros Ex Oficio Dr. Dennis Alicea Dr. Federico M. Matheu Dra. Migdalia Torres Lcdo. Alberto Maldonado Ruiz Dr. Jorge L. Crespo Armaíz Dr. José F. Méndez Sr. José F. Méndez, Jr. Lcda. Margarita Millán DIRECTORA EJECUTIVA Lcda. Ivonne Lozada COORDINADORA Sra. Grace M. Matos Instituto de Política Pública PO Box 21345 San Juan, PR 00928-1345 Tel. (787) 751-0178 www.institutodepoliticapublica.org
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Votar: una obligación moral por: Lcdo. César Vázquez
l primer párrafo de la Exposición de Motivos de la Ley Número 78 de 1 de junio de 2011, según enmendada, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI” dice textualmente: “En Puerto Rico el poder político emana del Pueblo y se ejerce con arreglo a su voluntad. El gobierno por el consentimiento de los gobernados constituye el principio sector de nuestra democracia. La Constitución de Puerto Rico consagra el derecho al sufragio universal como uno igual, secreto, directo y libre a través del cual el ciudadano puede emitir el voto con arreglo a los dictados de su conciencia. Tal garantía de expresión electoral representa el más eficaz instrumento de participación ciudadana y ha servido de ejemplo a otras jurisdicciones democráticas.”
Para cumplir con la sacramental frase del “gobierno por el consentimiento de los gobernados” nuestro ordenamiento electoral tiene el propósito principal de asegurar las garantías de pureza procesal necesarias para que cada voto se emita, se custodie y se cuente en la forma que es emitido. Dicho ordenamiento está sujeto a unos balances y contrabalances provistos
En este número Sistema Universitario Ana G. Méndez
Votar: una obligación moral...................1 Convivencia Democrática: Hacia un nuevo enfoque de Seguridad Pública...2
Vice Presidente Junta Asesora IPP
por los representantes de los partidos políticos inscritos y garantizado por la Comisión Estatal de Elecciones, representante del interés público. Puerto Rico tiene una de las tasas de participación electoral más altas, sino la más alta, de todo el Hemisferio Occidental. Participación electoral voluntaria y no dirigida u obligatoria como ocurre en algunos países donde el no votar es un delito. Correspondiente con ese pasado de participación, el próximo 6 de noviembre de 2012 no debe ser menos. Es nuestro deber y obligación salir a votar para que la esperanza tenga posibilidad de convertirse en deseos cumplidos. Tenemos el poder en nuestras manos de escoger y dar el consentimiento para que nos gobiernen. Si no participamos no podemos ni quejarnos, ni exigir a los elegidos que cumplan con lo que ofrecieron hacer. Al permitir que otros escojan son esos quienes pueden quejarse y exigir. El derecho al voto tiene su génesis en tres fuentes: primero el derecho natural de todo hombre y mujer a escoger; segundo la Constitución de Estados Unidos; y tercero la Constitución de Puerto Rico. Como puertorriqueños y ciudadanos americanos esas fuentes de poder que nos dan ese derecho, son
¿Mujeres al Poder?.................................3 Actividades noviembre...........................3