3. ¿Pueden despedir a un trabajador exclusivamente por ser portador de VIH/SIDA? Como parte del derecho a la estabilidad reforzada, no puede darse desvinculación laboral con la única justificación del diagnóstico con VIH del trabajador, razón por la cual mediante una acción de tutela el empleado despedido puede exigir el reintegro inmediato por parte de su empleador. Sentencias de Interés: T-519/03, T-1218/05, T-1219/05, T-992/07, T-238/08, T-273/09, T-490/10
Derecho a la salud; medicamentos, éxamenes y procedimientos 4. ¿Puede interrumpirse el tratamiento contra el VIH/SIDA de una persona que deja de ser beneficiario del Régimen Contributivo de Salud por cumplir la mayoría de edad? No, las entidades de salud sólo podrán interrumpir el tratamiento cuando se asegure que otra entidad le prestará la atención requerida. Corte Constitucional, Sentencia T-613 de 2008 “La Corte ha hecho énfasis en que “el tratamiento incompleto (…) u opuesto a las recomendaciones médicas”, agrava la situación de indefensión y el estado de salud de quien padece el Síndrome de Inmunodeficiencia Humana, de donde se desprende que el tratamiento iniciado no puede suspenderse, pues la prestación del servicio de salud debe ser eficaz y, por lo mismo, continua y fundada en la buena fe, ya que cuando no se brinda todo el tratamiento se incurre en una especie de actividad experimental que afecta la dignidad de la persona. Paulatinamente la Corte ha identificado algunas hipótesis específicas en las cuales una E.P.S no puede interrumpir los tratamientos o servicios prestados[9] y una de esas hipótesis se refiere, precisamente, a la persona que pierde la calidad de beneficiario por haber cumplido la mayoría de edad, puesto que, en virtud del principio de continuidad, tiene derecho a que se le siga prestando el servicio iniciado antes de configurarse la causal que conduce a la pérdida de la calidad de beneficiario.” 5. ¿Se requiere la autorización del Comité Técnico Científico de la EPS para que se suministren los medicamentos ordenados por el médico tratante a un paciente portador de VIH/SIDA? El concepto del médico tratante es suficiente para acceder a los medicamentos, pues es este médico quien además de poseer los conocimientos profesionales calificados, conoce el estado de salud del paciente y se encuentra en capacidad de determinar el medicamento o el procedimiento que más conviene para su recuperación. Sentencias de Interés: T-053/04, T-190/07