Mundo hvacr - Abril 2014

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La importación y sus huecos en México

El flujo creciente de productos apócrifos en la industria HVACR está cercanamente relacionado con los productos de importación que ingresan al país. Conocer la metodología y los procesos involucrados en esta actividad puede propiciar el desarrollo de estrategias para detectarlos y, sobre todo, detener el flujo [ Eréndira Reyes ]

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n entrevista para Mundo HVAC&R, Marisela Román, directora de Sky Green, relata el proceso y los pasos necesarios para importar mercancías, así como los momentos en los que el producto corre el riesgo de ser falsificado.

Mundo HVAC&R (MH): ¿Cuál es el proceso para importar un producto a México? Marisela Román (MR): Lo primero que se hace es realizar la compra con el proveedor. En este caso, algunos de los fabricantes te solicitan que muestres el permiso de usar su nombre para poder distribuir su marca, cosa que sólo sucede en una de cada cinco marcas, lo que puede causar una falsificación en los productos desde origen. Después viene la logística del producto, que se realiza de la siguiente manera: a) Normalmente, los productos de aire acondicionado provienen de China y llegan a los puertos de Manzanillo o Lázaro Cárdenas, pero existen modalidades para su entrada al país; por ejemplo, tránsito interno, donde se permite que entre por cualquiera de los puertos y se despachan a una aduana específica, donde un agente aduanal las revisa; existe otra modalidad en la que la aduana permite hacer la revisión desde el lugar de origen y sólo se hace la verificación de los datos recolectados en el país exportador. Este último proceso es poco usual, pues pueden existir errores que al no ser notificados conllevan sanciones b) Luego vendrá la revalidación del Bill of Landing por parte de la naviera. Esto significa que el agente aduanal que ha sido asignado ya fue notificado y se han cubierto los gastos administrativos

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sustancias. Con ello, el comercio ilegal de SAO disminuyó considerablemente, así como sus afectaciones en la cadena productiva, la seguridad de los usuarios y la integridad del medio.

EL PROBLEMA PERSISTE A pesar de que las acciones para combatir el contrabando de CFC resultaron adecuadas, con la utilización de los HCFC como refrigerantes de remplazo y su actual proceso de eliminación, el contrabando se ha trasladado hacia estos productos. Nair-Bedouelle señala lo siguiente: “En 2007, las Partes decidieron acelerar el proceso de eliminación de los HCFC, químicos adoptados como sustitutos de transición para los CFC, de modo que su eliminación ocurriera de forma más acelerada. Debido a que los niveles de producción y consumo en países en desarrollo llegaron a su término en enero de 2013, y a que todos los países deben monitorear y limitar el comercio de HCFC, el mundo se encuentra en una situación similar a la ocurrida cuando se desarrolló el comercio ilegal de CFC”, lo que no excluye a México. En los países en desarrollo, el consumo de HCFC se incrementó dramáticamente desde 2001, “en parte porque remplazaron a los CFC en algunas aplicaciones, pero también debido al incremento en la demanda de productos hechos con o que contienen HCFC”, explica el documento HFCs: A Critical Link in Protecting Climate and the Ozone Layer, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. La gran cantidad de HCFC utilizada en las industrias mexicanas es uno de los obstáculos por vencer en el proceso de eliminación y también una de las razones del comercio ilícito, sin mencionar el precio, pues, como señala el ingeniero Gildardo Yáñez Angli, consultor Técnico de la Unidad de Protección a la Capa de Ozono de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), “normalmente su precio es hasta 50 por ciento menor que el cotizado por distribuidores oficiales”. La presencia de estos productos en el país es casi nula, pues las regulaciones son, a partir del compromiso de los entes de Gobierno, las empresas y las asociaciones afines, rigurosas; además del compromiso de toda la cadena productiva. Pero no es posible un control al ciento por ciento, y ahí es donde ha entrado un compromiso de todos los actores de esta cadena de valor. La Secretaría de Medio Ambiente ha sido una de las secretarías más ocupadas en este tema. Asimismo, en un documento de dicha Secretaría, con fecha 5 y 6 de enero de 2012, que


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El ingeniero Yáñez menciona que uno de los principales problemas de este asunto es la seguridad para los técnicos de servicio, pues los productos apócrifos pueden generar fallas inesperadas

describe las labores efectuadas en un taller para la identificación de refrigerantes apócrifos en aduanas, se menciona que la Semarnat adquirió tanques con fluidos refrigerantes para realizar pruebas con diferentes dispositivos. Los tanques señalaban contener R-134a (un HFC), pero tras la pruebas se encontró que en realidad contenían R-22. En el mismo documento se señala el caso siguiente: “En la aduana de Talismán se trató de introducir un supuesto gas R-404A, pero al indicarle al solicitante los trámites a realizar para la importación, la empresa ya no regresó”. El ingeniero José Luis Mata, líder del negocio DuPont Químicos y Fluorocarbonos para México, Centroamérica y El Caribe, asegura que con la entrada en vigor de la regulación de los HCFC que incluye a México entre los países que deben suprimir su uso –compromiso asumido por las autoridades nacionales–, “cada vez se vuelve más restrictiva la cantidad de HCFC que se importan en el país. Esto ha incentivado la entrada de material apócrifo o ilegal, que en la gran mayoría de las ocasiones es material de segunda calidad, que entra en el país para combatir un tema de costo. Se está volviendo un tema complicado no sólo por las implicaciones ambientales, sino por las implicaciones de seguridad que esto representa”. Si bien el clorodifluorometano (R-22) es el principal componente que debe ser eliminado, algunos especialistas en el tema de los refrigerantes mencionan que no es la única sustancia que se ha encontrado circulando en el mercado nacional. “Existen gases que contienen R-12 prohibidos en México; también los hay apócrifos, que no aparecen en el estándar 34 de ASHRAE, como es el caso del 502-A. Muchos de éstos no tienen permiso de entrar al país por incumplir con el Protocolo de Montreal”, detalla Gildardo Yáñez, uno de los más destacados especialistas en el tema. En cuanto a la magnitud del problema, los actores de la industria mencionan que es difícil saber con plena certeza qué tanto porcentaje de productos con estas características ingresan en el país y se comercializan. No obstante, el problema se encuentra bastante extendido y el escenario apunta a que crezca. “Es sumamente difícil de cuantificar; es más bien lo que identificas en el mercado. No podría mencionar un porcentaje concreto. De lo que sí tenemos consciencia es de que genera una afectación en el mercado, porque, al estar regulados por el protocolo de Montreal, se vuelve un tema de oferta y demanda, mucho más sensible al costo. Aunque no haya cantidades significativas, generan atractivo para los usuarios que están más orientados al costo y que no están sensibilizados o educados necesariamente en materia ambiental y de seguridad”, explica José Luis Mata. Y abunda que el problema aumentará a causa de la rigurosidad de las normativas que han entrado en vigor y las que lleguen a implementarse en el futuro cercano: “El protocolo de Montreal está reduciendo cada vez más las cuotas de R-22, lo que está haciendo que el tráfico ilegal se vuelva un mercado cada vez más atractivo para las empresas que traen material apócrifo o de baja calidad”.

c) Después se avisa al almacén fiscal que tendrá resguardada la mercancía, indicando las siguientes especificaciones: origen, descripción del producto, número de productos, tipo y, si es necesario, instructivo y especificaciones técnicas. Este punto es muy importante, pues no deben existir errores en el conteo, ya que puede malinterpretarse como una falta fiscal; además, las especificaciones arrojan los indicadores que definen el producto por su origen (tratados de libre comercio que omiten el pago de algunos productos) y el tipo (calidad y protocolos mundiales) que si no son cumplidos pueden causar una multa ambiental o administrativa d) Después de la verificación, se prosigue con el pago del arancel, que es determinado por la clasificación del producto e) Se procede a la solicitud de pedimento, donde se arroja la cotización de impuestos, tratados y regulaciones que acompañan al producto importado Finalmente el producto pasa por una revisión aleatoria, donde se verifica la logística hecha y procede a ser importado. Es importante resaltar que existen, además de la NOM-003, otras normas, como la NOM-023, que está ligada a la energía que utilizan los productos, o la NOM-0011, que se aplica en equipos más grandes, como los chillers. Además, estas normas se han establecido para procurar el cuidado del consumidor, lo que no significa que pueden ser evadidas, pues existe la posibilidad de omitirlas cuando los productos son adquiridos para ser comercializados con empresas especializadas, lo que restringe la ley sólo a la venta directa al público. Otro detalle importante que se debe resaltar es el del permiso emitido por las empresas para importar, pues a veces se pueden importar a través de otro distribuidor productos de una marca, sin la autorización directa del fabricante. Y a pesar de que la aduana lo notifica, muchas empresas dejan pasar los productos sin verificar los estándares de calidad que establecen originalmente. Las sanciones por no cumplir con este proceso van desde una multa administrativa, hasta el embargo total del pedido.

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