Reglamento General CEAPSI

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REGLAMENTO GENERAL CEAPSI

Centro de Atención Psicológica

SAN JUAN DE PASTO 2010


TABLA DE CONTENIDO Presentación

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Misión y Visión del Centro

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Área Administrativa

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Área Académica

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CAPITULO PRIMERO DE SU NATURALEZA, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

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Artículo 1

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Artículo 2

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Artículo 3

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CAPITULO SEGUNDO DE LOS PSICÓLOGOS EN PRÁCTICA PROFESIONAL

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Artículo 4

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Artículo 5

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Artículo 6

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CAPITULO TERCERO DEL DOMICILIO

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Artículo 7

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CAPITULO CUARTO DEL SUPERVISOR Y ASESOR

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Artículo 8

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Artículo 10

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CAPITULO QUINTO DISPOSICIONES GENERALES

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Artículo 11

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CAPITULO SEXTO DIPOSICIONES FINALES

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Artículo 12

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PRESENTACIÓN

El Centro de Atención Psicológica CEAPSI, como dependencia del programa de Psicología, está encaminado a brindar un servicio integral a todos los miembros que hacen parte de la comunidad educativa. Con en el propósito de brindar un servicio de calidad, se han establecido una serie de normas que rigen el quehacer de los psicólogos en práctica profesional, así como de las personas que supervisan y asesoran el centro. Este Reglamento, es el resultado de la revisión y análisis de documentos previos, además del trabajo participativo de los psicólogos en práctica profesional, que sirvieron de base para la construcción del mismo. Es deber de cada miembro del equipo de CEAPSI, asumir las normas contenidas en el presente documento.

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MISIÓN CEAPSI, es una dependencia del programa de Psicología, que orienta sus servicios psicológicos hacia el bienestar integral de la comunidad universitaria. Articula sus labores entorno a la calidad humana, a los principios y valores marianos, asumiendo un compromiso frente al fortalecimiento del desarrollo humano en sus diferentes dimensiones, como base fundamental del proceso de educación integral. Se destaca por ofrecer un servicio de calidad en las diferentes áreas o campos de la Psicología, a través de la creación e implementación de programas y proyectos de intervención.

VISIÓN CEAPSI, busca para el año 2014, ser reconocido dentro de la Universidad Mariana, a nivel regional y nacional, como un Centro que presta sus servicios Psicológicos con calidad humana en los ámbitos organizacional, clínico, socialcomunitario y educativo.

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ÁREA ADMINISTRATIVA ψ Los anteriores psicólogos en práctica profesional, deberán hacer el respectivo empalme o a los nuevos psicólogos en práctica profesional, para explicar el funcionamiento y la estructura del Centro. ψ Se deberá realizar el inventario de los materiales y herramientas existentes en CEAPSI, con la persona encargada de la dependencia de Almacén. ψ Se establecerá un cronograma durante el primer mes de inicio de práctica, acorde con las actividades institucionales relacionadas con cada área psicológica. ψ Se hará buen uso del archivo institucional, que contempla los Reglamentos Institucionales y el archivo interno, que contiene el Reglamento de CEAPSI, manual de funciones y portafolio de servicios de CEAPSI. ψ La papelería manejada durante el año de práctica profesional, será archivada organizadamente en carpetas, donde estarán clasificados los diferentes documentos realizados y recibidos en el Centro. ψ Las historias clínicas, deberán ser almacenadas en un lugar seguro, donde solamente los psicólogos en práctica profesional autorizados tengan acceso. ψ No se permite la entrada al sitio de práctica a las personas que no estén autorizadas para hacerlo. ψ Cada préstamo que se realice en el Centro a docentes y estudiantes, deberá ser inventariado y controlado a través de un registro. ψ Los psicólogos en práctica profesional, deberán prestar una adecuada atención a los miembros de la Comunidad Educativa, teniendo en cuenta los valores institucionales y los valores propios del Centro. ψ Los practicantes, deberán mantener la oficina en completo orden y limpieza para prestar un servicio adecuado a los visitantes.

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ÁREA ACADÉMICA Los psicólogos en práctica profesional, pertenecientes a CEAPSI, tendrán permiso cuando se les presente las siguientes circunstancias: ψ ψ ψ ψ ψ ψ ψ ψ ψ

Clases de reposición Aplicación de instrumentos de la tesis Asesorías de investigación Reuniones asignadas por los comités o monitorias Exámenes o consultas médicas Muerte de un familiar cercano Enfermedad Accidentes Reuniones relacionadas con la ejecución del proyecto de práctica profesional.

Cada psicólogo en práctica profesional, será responsable de su labor es este centro, debido a que la nota académica es individual; no se calificará en grupo. ψ Los psicólogo en práctica profesional, deberán cumplir con las tareas asignadas por el asesor encargado en el tiempo indicado. ψ Los psicólogos en práctica profesional, deberán estar en contacto con el supervisor a cargo y con las diferentes personas que se encuentra relacionadas con la dependencia, con el fin de coordinar actividades de forma equitativa y organizada. ψ Al final del semestre, los psicólogos en práctica profesional deberán presentar un informe de las consultas realizadas, cuál fue el programa que más asistió a consulta, las actividades realizadas y las respectivas estadísticas descriptivas.

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CAPITULO PRIMERO DE SU NATURALEZA, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS ARTÍCULO 1: El Centro de Atención Psicológica CEAPSI, dependencia de Bienestar Universitario de la Universidad Mariana, es parte fundamental para promover el desarrollo profesional integral que articule tanto la intervención, la investigación y la reelaboración conceptual, como que se posea las más altas cualidades éticas y humanas hacia el reconocimiento de las potencialidades de los psicólogos en práctica profesional, desde la dimensión bio-psicosocio-espiritual que hace alusión a la filosofía institucional. Desde el programa de Psicología de la Facultad de de Humanidades y Ciencias Sociales, se ha propuesto a través del PEP (proyecto Educativo del Programa), complementar “la formación integral del psicólogo practicante, ofreciendo diversas posibilidades para el desarrollo de habilidades, destrezas y competencias que ayudarán al estudiante de último semestre en su crecimiento como persona, ciudadano y profesional, a la luz de los principios CristianoHumanísticos impartidos por la Universidad”1 Dentro de las competencias específicas en las que se debe desenvolver el psicólogo en práctica profesional y las más importantes que se relacionan con el ejercicio de la Psicología dentro del Centro de Atención Psicológica CEAPSI están: ψ Conocer y manejar los fundamentos epistemológicos y teóricos propios de la Psicología. ψ Realizar procesos evolutivos encaminados a los psicodiagnósticos individuales de comunidades o grupos. ψ Orientar procesos de intervención psicológica desde una postura propia y una reflexión crítica y ética de la realidad. ψ Cumplir con los lineamientos del ejercicio de la profesión consignados en el código deontológico y bioético de la Psicología. ψ Ser crítico, ético y comprometido con la realidad del contexto local, regional y racional. 2 De acuerdo con lo anterior, se establece CEAPSI, (Centro de Atención Psicológica) bajo la representación de la Personería Jurídica de la Universidad Mariana de la cual forma parte.

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PEP. Proyecto del Programa de Psicología de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales –Universidad Mariana. Ibíd.PEP.

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ARTÍCULO 2: La acción del Centro de Atención Psicológica CEAPSI, se marcará dentro de los siguientes principios compartidos por sus miembros: 1. Se requiere, la prestación del Servicio Universitario de Atención Psicológica, para ser acogido por la ISUAP, a largo plazo. 2. La prestación del Servicio Universitario de Atención Psicológica, solo está completo si se cuenta con los espacios, instrumentos, equipos, tecnología y materiales adecuados para el desarrollo del mismo. 3. El ejercicio parcial de los psicólogos en práctica profesional, es apropiado, si a lo largo del año de permanencia en el Centro, se desarrolla un proyecto estructurado desde las cuatro áreas de la Psicología. Este proyecto deberá contener aspectos relacionados con la publicidad de CEAPSI, promoción y realización de actividades y talleres, así como la prestación del Servicio de Atención Psicológica. 4. La información recolectada a través de la realización del proyecto anual de práctica, permite el desarrollo investigativo por medio de la sistematización rigurosa y metódica de los datos obtenidos en las cuatro áreas de la Psicología. 5. Centro de Atención Psicológica CEAPSI, adopta el Código Deontológico de Psicología, sustentado en la ley 1090 de Colombia, aprobada por el presidente Álvaro Uribe Vélez en el año 2006 en la ciudad de Bogotá, con el fin de mantener un adecuado funcionamiento del Centro. 6. La cooperación horizontal, será la estrategia que sirva de base al trabajo del grupo.

ARTÍCULO 3: Son objetivos generales del grupo, en concordancia con los principios y políticas del Centro de Atención Psicológica CEAPSI: 1. Mejorar la calidad del servicio de atención psicológica de CEAPSI. 2. Acordar estrategias de trabajo junto a la dependencia de Bienestar Universitario, para brindar un servicio de atención psicológica integral. 3. Desarrollar planes de promoción de los servicios de CEAPSI a la Comunidad Mariana, a partir de la infraestructura y nivel de conocimiento de cada uno de sus miembros.

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CAPITULO SEGUNDO DE LOS PSICÓLOGOS EN PRÁCTICA PROFESIONAL ARTÍCULO 4: Serán psicólogos en práctica profesional pertenecientes al Centro de Atención Psicológica, los estudiantes del Programa de Psicología de noveno semestre jornada diurno, que deseen realizar su práctica en este sitio y que sean escogidos por el director y el coordinador de prácticas profesionales. ARTÍCULO 5: Son derechos de los psicólogos en práctica profesional del Centro de Atención Psicológica, los siguientes: 1. A Mantener su bienestar físico y psicológico dentro del Centro. 2. A ausentarse del Centro de Atención Psicológica, en las siguientes circunstancias: ψ ψ ψ ψ ψ ψ ψ ψ

Clases de reposición Asesorías de investigación Reuniones asignadas por los Comités del Programa de Psicología o por las monitorias. Exámenes, supletorios, consultas médicas u odontológicas. Muerte de un familiar cercano Enfermedad Accidentes Reuniones relacionadas con la ejecución del proyecto de práctica profesional.

3. A asistir y/o colaborar en las actividades y eventos programados dentro de la Universidad Mariana. 4. Los psicólogos practicantes no se eximen de los derechos del estudiante mariano como tal. 5. A participar en aquellas actividades que fortalezcan el desarrollo y crecimiento de CEAPSI 6. A recibir el respectivo empalme por los anteriores psicólogos en práctica. 7. A designar una hora de descanso diario, que será repartida durante el horario de oficina. 8. A tener los materiales necesarios para la realización de las actividades.

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ARTÍCULO 6: Son deberes de los psicólogos en práctica profesional: 1. Realizar el inventario de los materiales y equipos existentes en el Centro de Atención Psicológica, con la persona encargada del almacén; con el fin de conocer el estado en el que se encuentran y la presencia o la ausencia de los mismos. 2. Las inasistencias y permisos de los psicólogos en práctica profesional, deberán ser justificados y presentados por escrito al asesor encargado o al supervisor. 3. Las actividades a desarrollar durante el año de práctica, se establecerán en dos cronogramas dispuestos al inicio de cada semestre, para coordinar con las fechas prefijadas por las dependencias y programas de la universidad. 4. La papelería manejada durante el año de práctica, deberá ser archivada organizadamente en carpetas por los psicólogos en práctica profesional. Estarán clasificados los diferentes documentos realizados y recibidos en el Centro. . 5. Los psicólogos en práctica profesional, deberán registrar en formatos, el préstamo de materiales a los miembros de la Comunidad Universitaria. 6. Al culminar el semestre, psicólogos en práctica profesional, deberán presentar un informe final que resuma las actividades realizadas en cada una de las cuatro áreas de la Psicología. . 7. Los psicólogos en práctica profesional, deberán realizar informes periódicos de las actividades realizadas, los cuales se anexarán en el proyecto de práctica, según cada área.

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CAPITULO TERCERO DEL DOMICILIO ARTÍCULO 7: El Centro de Atención Psicológica CEAPSI, tendrá su domicilio principal en el Bloque Jesús de Nazaret, al respaldo de la oficina de Bienestar Universitario.

CAPITULO CUARTO DEL SUPERVISOR Y ASESOR ARTÍCULO 8: La autoridad máxima del Centro de Atención Psicológica, estará a cargo del supervisor, es decir, la persona encargada de velar por los derechos y deberes de los psicólogos en práctica, así como de la inspección y el control de las actividades que se llevan a cabo en el proceso de práctica profesional. ARTÍCULO 9: Son funciones del supervisor del Centro de Atención Psicológica, los siguientes: 1. Velar por el bienestar físico y psicológico de los psicólogos en práctica profesional. 2. Proponer, discutir y aprobar el Reglamento General de CEAPSI, así como sus modificaciones, cuando fueren presentadas por el asesor y por los psicólogos en práctica profesional de CEAPSI. 3. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento General de CEAPSI. 4. Elegir junto al comité de Prácticas Profesionales, el asesor pertinente para los psicólogos que practicarán en CEAPSI. 5. Dar viabilidad al proyecto de prácticas propuesto por los psicólogos en práctica profesional de CEAPSI. 6. Buscar ayudas económicas para mejorar la prestación de los servicios de CEAPSI. 7. Reunirse periódicamente, con el asesor y/o con los psicólogos en práctica profesional del Centro, con el objetivo de revisar las actividades planteadas en el proyecto de práctica. 8. Dotar al Centro de Atención Psicológica, los materiales necesarios para la ejecución de las actividades propuestas. ARTÍCULO 10: el Centro de Atención Psicológica, tendrá un asesor asignado por el director del Programa de Psicología y por el coordinador de prácticas profesionales. Las siguientes son funciones del asesor: 1. Asesorar de forma permanente y continua a los psicólogos en práctica profesional, en la elaboración del proyecto de práctica.

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2. Representar los intereses del Centro de Atención Psicológica y ser el vocero oficial del mismo ante el supervisor.

3. Dirigir el trabajo de los psicólogos en práctica profesional, a través de las actividades acordadas entre los mismos. 4. Velar por el bienestar físico y psicológico de los psicólogos en práctica profesional. 5. Exigir el cumplimiento de las actividades propuestas en el proyecto anual de práctica. 6. Asistir a las sustentaciones del proyecto anual de práctica, programado por los psicólogos en práctica profesional. 7. Reunirse con los psicólogos en práctica profesional, una vez por semana, para formular actividades, hacer el seguimiento de las mismas y brindar un apoyo técnico en la búsqueda de alternativas de solución de los casos psicológicos. CAPITULO QUINTO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 11: El Centro de Atención Psicológica, es uno de los recursos físicos con los que cuenta el Programa de Psicología de la Universidad Mariana; el cual promueve el desarrollo de actividades académicas y de formación profesional, para acceder al conocimiento, favorecer la experimentación y la práctica profesional. Con base en lo anterior y bajo las disposiciones generales de la ISUAP, el Centro de Atención Psicológica CEAPSI, deberá pertenecer al Programa de Psicología, para que exista un adecuado desempeño del mismo dentro de la institución universitaria.

CAPITULO SEXTO DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 12: La vigencia del presente Reglamento, rige a partir de la fecha de expedición por parte del Director del Programa de Psicología, Las modificaciones que se efectúen a las disposiciones de este Reglamento, serán realizadas por el director del programa de Psicología, el supervisor, el asesor, y los psicólogos en práctica profesional.

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