Editorial
La verdadera misión de la Comisión Ecclesia Dei
E
l simple sentido común indica –y la experiencia confirma- que actualmente es imposible vivir plenamente nuestra santa fe católica y defenderla bajo la aprobación de la Roma conciliar. En la Carta Apostólica Ecclesia Dei, del 2 de julio de 1988, Juan Pablo II dirigía una llamada solemne “a todos los que hasta ahora han estado vinculados de diversos modos con las actividades del arzobispo Lefebvre, para que cumplan el grave deber de permanecer unidos al Vicario de Cristo en la unidad de la Iglesia católica y dejen de sostener de cualquier forma que sea esa reprobable forma de actuar. Todos deben saber que la adhesión formal al cisma constituye una grave ofensa a Dios y lleva consigo la excomunión debidamente establecida por la ley de la Iglesia”. La Comisión, que se crea en ese momento, y que a comienzos de este año 2019 acaba de ser suprimida, desde su origen tuvo por misión recuperar a todos los sacerdotes y fieles de la Hermandad: “se constituye una Comisión, con la tarea de colaborar con los obispos, con los dicasterios de la Curia Romana y con los ambientes interesados, para facilitar la plena comunión eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidades, religiosos o religiosas, que hasta ahora estaban ligados de distintas formas a la Fraternidad fundada por el arzobispo Lefebvre y que deseen permanecer unidos al Sucesor de Pedro en la Iglesia católica, conservando sus tradiciones espirituales y litúrgicas”. Para Juan Pablo II, se trataba tan sólo de “respetar en todas partes la sensibilidad de todos aquellos que se sienten unidos a la tradición litúrgica latina”, es decir, que no se les permitía la misa de siempre por razones doctrinales, por motivos de fe, sino por una cuestión de “sensibilidad”, por razones sentimentales y subjetivas. Tras las consagraciones episcopales de 1988 Roma concedió la celebración de la antigua liturgia a algunas comunidades que, en contrapartida, tuvieron que reconocer la nueva misa como un rito plenamente legítimo y abstenerse de toda crítica al Concilio Vaticano II. Fueron condiciones establecidas desde el principio. La carta circular Quattuor abhinc annos, decretada por la Congregación para el Culto Divino con fecha 3 de octubre de 1984, que establecía por primera vez cierta tolerancia respecto de la misa tradicional, desde su despótica supresión de hecho en 1970 y persecución bajo Pablo VI, dejaba bien manifiesto a quién se dirigía esta “concesión”: “Conste públicamente, sin ambigüedad alguna, que dicho sacerdote y los respectivos fieles en nada comparten la actitud de los que ponen en duda la legitimidad y exactitud doctrinal del Misal Romano promulgado por el Romano Pontífice Pablo VI en 1970”. A continuación, se recordaba que “esta concesión, signo de la solicitud del Padre común para con todos sus hijos, habrá de usarse en tal manera que no ocasione perjuicio alguno a la observancia fiel de la Reforma