R.O.F. Ines Relaño

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Colegio Público CEIP Inés Relaño

Almería


ÍNDICE PRESENTACIÓN 1) JUSTIFICACIÓN TEÓRICA 2) DATOS GENERALES DEL CENTRO 3) FINALIDADES EDUCATIVAS O. GENERAL DEL CENTRO 1) ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 2) ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO.

a) Director b) J. de Estudios c) Secretario 3) ÓRGANOS COLEGIADOS a) Claustro b) Consejo Escolar. Comisión permanente. Comisión de Convivencia. 4) ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE a) Tutores b) Equipos de Ciclo c) Equipo Técnico

5) ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES. NORMAS PARA SU USO CORRECTO. 6) RELACIÓN DEL CENTRO CON EL ENTORNO. 7) PLAN DE AUTOPROTECCIÓN/PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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ORGANIZACIÓN ESPECÍFICA DOCENTE 1) ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (Apoyo a la Integración). 2) 3) 4) 5)

APOYOS PEDAGÓGICOS ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES E. DE APOYO EXTERNO

CONVIVENCIA 1) PROFESORES a) Derechos b) Deberes 2) ALUMNOS a) Derechos b) Deberes 3) PADRES 1) Derechos 2) Deberes 3) A.P.A. 4) PERSONAL NO DOCENTE a) Derechos b) Deberes 4) REGULACIÓN DE LA CONVIVENCIA 5) NORMAS DE CONVIVENCIA/ORGANIZACIÓN CENTRO 6) PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO

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I. JUSTIFICACIÓN TEÓRICA

Para alcanzar las finalidades educativas, desarrollar y aplicar el proyecto curricular de un centro, es necesario, sistematizar de manera ordenada la organización y funcionamiento del mismo en el ROF. El ROF debe definir, cumplir lo legislado y regular lo no recogido en el marco legislativo, ser dinámico y ser utilizado a lo largo del curso para ordenar el funcionamiento de órganos y personas con la intención de mejorar la organización. El presente documento contemplará los canales de comunicación y cooperación de los diferentes colectivos y servirá para potenciar y optimizar la organización de la institución y la ordenación de la práctica. Para desarrollar adecuadamente un Proyecto de Centro, es necesario la colaboración, participación, compromiso y amplio consenso de los sectores y personas implicadas en él: profesores, alumnos, padres, personal de servicios, instituciones y organismos. Para que un Centro funcione como una auténtica Comunidad Educativa es necesario, en primer lugar, que todos sus miembros quieran trabajar solidariamente. El reglamento de Organización y Funcionamiento de este colegio, nace con la pretensión de ser un marco general organizativo bajo cuyo esquema se desarrolle toda la actividad curricular que nos conducirá paulatinamente al logro de las Finalidades Educativas pretendidas por todos, dicho marco debe girar en torno a cuatro ejes, sin cuya concurrencia cualquiera tarea educativa difícilmente puede realizarse. Estos ejes son: Organización Convivencia

COLEGIO

Orden

material Desarrollo del Proyecto Curricular. (Planificación pedagógica)

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1. CONVIVENCIA Pretendemos lograr un clima de convivencia basado en el respeto y la fluida comunicación entre los diversos agentes que integran el entramado de nuestra Comunidad Escolar. Lograrlo constituye nuestro primer reto, ya que sin este principio básico, ninguna empresa colectiva, ningún trabajo en equipo, son posibles. Es de todo punto primordial pues, envolver al Centro en un clima de gran convivencia y facilitador del trabajo del profesorado, que debe sentirse seguro, asistido y respetado. Para conseguirlo se propiciará una participación sincera de TODOS. Desde esta perspectiva básica tenderemos a proyectar en nuestros niños/as valores humanos de no violencia, justicia, tolerancia, respeto y democracia.

2. ORGANIZACIÓN Las estructuras organizativas, materiales, espaciales y humanas deben obedecer a criterios de flexibilidad y coordinación. Tenderemos a que todos los miembros de la Comunidad Escolar y muy especialmente a Profesores y Padres, colaboren con sus iniciativas e ideas con el fin de conseguir siempre mayores cotas de eficacia.

3. DESARROLLO DEL PROYECTO (Planificación psico pedagógica).

CURRICULAR

El trabajo coordinado de los diferentes equipos docentes, la valoración, discusión y reflexión permanente sobre la actividad que se realiza La resolución pacifica de conflictos con la colaboración de todo el personal implicado y la participación en actividades de perfeccionamiento, constituirán las líneas básicas de toda la planificación educativa del Colegio. 4. ORDEN MATERIAL Partimos de la convicción de considerar el marco material y espacial en el que se desenvuelve toda la actividad educativa, como propiciador y generador de determinados hábitos y comportamientos. Es por ello que nuestros esquemas organizativos y funcionales se verán condicionados positivamente si éstos se desarrollan en un ambiente en el que el orden, limpieza y estética estén presentes en todas sus dependencias y en todos sus recursos.

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2) DATOS GENERALES DEL CENTRO * Instalaciones: El C.P. Inés Relaño es un colegio de Almería comprendido en el casco antiguo de la ciudad y cercano a la zona de Pescadería por lo que los dos grandes emblemas almerienses flanquean su entorno: La Alcazaba y El Puerto. Su construcción relativamente reciente data de 1.991; edificio de dos plantas que viene a reemplazar al antiguo colegio conocido como “La graduada”, situado en la misma calle a unos metros de distancia y cuyas antiguas instalaciones están todavia. Sus bonitas vistas al mar y al Parque Nicolás Salmerón alivian las limitaciones de sus espacios de recreo y la falta de instalaciones deportivas, contando sólo con un gran semisótano de techos bajos, pantallas luminosas y numerosas columnas, que aportan al colegio las funciones de salón de actos y gimnasio adaptando a estas condiciones dichas actividades También dispone de un patio empedrado no acondicionado para actividades deportivas. El semisótano comunica al colegio con otro recinto, donde se encuentran los restos arqueológicos del Centro ( restos muralla Alcazaba ) que fueron hallados en la construcción de los cimientos del edificio cuya muestra histórica permanece , aunque el Ayuntamiento debe incrementar, la desinfección y desratización de esta zona. Normalmente procuramos que estas labores se realicen cada curso escolar. Por ser un centro de integración que acoge a niños discapacitados y pensando en aliviar barreras arquitectónicas, la delegación instaló en el curso 93-94 una plataforma electrónica que permitiera el acceso de estos niños al salón de actos mencionado. Otros espacios comunes de usos múltiples son la Sala de Profesores y aula de Informática. *Alumnos: El centro tiene capacidad para 400 a 500 alumnos aproximadamente. La ratio es de unos 20 - 25 alumnos por clase, número que a veces se puede rebasar en 1 ó 2 alumnos, cuando se añaden repetidores. La procedencia de los mismos es variada: Pescadería, Plaza Pavía, Pedro Jover.... Es un centro de barrio en el que predomina un nivel sociocultural medio-bajo; a veces se nos presentan alumnos con una baja motivación intrínseca hacia el aprendizaje, factor que debemos tener en cuenta a la hora de planificar la enseñanza. El carácter integrador y funcional de la educación se traduce en la atención a la diversidad del alumnado. *Profesorado: Centro de Primaria con una plantilla de profesores en su mayor parte estable y definitiva. Otros datos sobre el mismo los reflejamos en la Memoria Informativa Anual, así como otros actualizados cada curso escolar.

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*Personal de Orientaci贸n Equipo de Apoyo Externo: - Psic贸logo. - M茅dico. *PersonaI no docente: -Una administrativa

- Un conserje. - Una educadora. - Dos a tres limpiadoras.

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FINALIDADES EDUCATIVAS

1. Adquirir unos objetivos mínimos instrumentales, conceptos, destrezas y habilidades que permitan al alumno conocer e interpretar su entorno, desenvolverse en él y tomar una actitud constructiva hacia el mismo. 2. Desarrollar la autonomía del alumnado en los ámbitos competenciales establecidos para infantil y primaria. 3. Desarrollar y potenciar valores cívicos y democráticos. 4. Resolver dificultades de bajo rendimiento en las técnicas instrumentales: lectura, escritura y cálculo. 5. Educar en la solidaridad y cooperación con acciones conjuntas desde todos los sectores de la comunidad educativa. 6. Fomentar la integración educativa de todos los miembros de la comunidad con n.e.e. evitando cualquier tipo de discriminación hacia los mismos. 7. Potenciar la participación democrática en la gestión del Centro. 8. Asumir la actividad investigadora e imnovadora desde la práctica docente como la mejor vía de formación del profesorado. 9. Unificar criterios en todos los temas que inciden en la educación y formación de los alumnos. 10. Potenciar la participación y colaboración de los padres en la consecución de los objetivos educativos del Centro. 11. Ofrecer a los alumnos las orientaciones pedagógicas necesarias para el desarrollo de su personalidad integral y actitud crítica. 12. Desarrollar actividades complementarias para completar su formación. 13. Fomentar hábitos de salud y bienestar. 14. Respetar y promover el cuidado del entorno.

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II.ORGANIZACIÓNGENERALDELCENTRO

1) ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Es en el medio escolar donde el aprendizaje democrático adquiere más importancia. La ampliación del círculo social nos pone en contacto con muchas personas en un proyecto común que persigue la consecución de nuevos objetivos. Se interiorizan nuevos roles, se realizan nuevas tareas que dejarían de tener sentido si perdieran su carácter colectivo. Comienza a aprenderse el trabajo cooperativo, la división de trabajo, el apoyo mutuo como estrategia para la consecución de objetivos. La escuela debe favorecer el aprendizaje democrático, democratizando su funcionamiento, es decir, abriéndose a la participación de los elementos que la componen, dando satisfacción a sus intereses, permitiendo el control, gestión y administración conjuntas. Una escuela en la que predominen actitudes rígidas y autoritarias impediría el aprendizaje de la democracia en el proceso de socialización de los alumnos. Además respondería a un modelo de sociedad que no es el nuestro. La democracia, conquistada y consolidada en nuestro país necesita un modelo de escuela abierta y participativa donde los hábitos democráticos que empapan a las instituciones sociales sean ejercitados y aprendidos. El aula y el centro en general son los marcos idóneos para el desarrollo de estos aprendizajes. Desde la gestión compartida de los recursos del aula, hasta el análisis de los problemas y búsqueda de soluciones, es muy amplio el conjunto de actividades que el centro educativo brinda al aprendizaje democrático. La comunidad educativa participará en el gobierno del centro a través del Consejo Escolar. El profesorado lo hará también a través del Claustro. Padres y profesores saben que sin un esfuerzo combinado y un flujo permanente de información el proceso de aprendizaje de sus hijos y alumnos estaría seriamente comprometido. Además, también son conscientes, y lo ejercen, de que es necesario participar en las tareas de gestión y administración. El objetivo de la participación de los elementos que componen la Comunicación Educativa será el de mejorar las condiciones del Centro Educativo para posibilitar el desarrollo del niño, su aprendizaje y su preparación para el desenvolvimiento y adaptación en la vida adulta. La participación se concibe como la unión de esfuerzos, el intercambio de información, la aportación de ideas, la gestión conjunta, prestación de apoyos y colaboración en el acercamiento escuela - sociedad.

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C.P. Inés Relaño Padres de Alumnos

Consejo Escolar

Director/a Secretario/a Jefe/a de Estudios

Claustro

EquipoTécnico

Equipos Docentes E. Especial

Ed. Infantil

1er. Ciclo de Primará

2o Ciclo de Primaria

3er. Ciclo de Primaria

Coordinador/a

Coordinador/a

Coordinador/a

Coordinador/a

Coordinador/a

tutores de

Tutores/as de

Tutores/asde3er,y4°

Tutores/as de 5o y 6°

1ef,|2°cursode Ed. Primaria

cursos de E. Primaria

cursos de E. Primaria

Especialidades

Especialidades

Especialidades

A. a la Integración Profesorado Psicóbgo Educadora

Ed. Infantil Especialidades

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2) ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO Si bien la normativa legal define las competencias de los diferentes órganos unipersonales, el Equipo Directivo debe realizar su labor con el mayor grado de implicación de sus miembros. Estos deben compartir con la Dirección cuantas tareas de colaboración puedan asumir, al margen de las que legalmente tengan encomendadas y la organización del Colegio les demande. Con esta colegialidad se pretende huir de la estructura rígida que un marco muy definido de competencias puede producir. Estas servirán de referente básico en la organización y funcionamiento cotidianos de la vida del Centro, pero interpretadas con tanta flexibilidad como la gestión rápida y eficaz del mismo aconsejen. La importancia del talante del E. Directivo en la articulación de toda la actividad del Centro y su reflexión en el clima general de convivencia hace que desde el Proyecto de Centro se propicie un estilo de gestión caracterizado por la tolerancia, y la participación, el respeto en el cumplimiento de la normativa, la eficacia y una actitud positiva capaz de mantener un clima de relaciones humanas abiertas y distendidas. Este nuevo estilo antepone el diálogo y el consenso a la imposición y el dogmatismo, las relaciones horizontales ante el directivismo autoritario y la cooperación y la solidaridad ante los comportamientos estancos y el hermetismo. Los miembros del Equipo Directivo en definitiva, cada uno en su ámbito de competencias, debe afrontar y responder a vastas y complejas tareas. Destacamos entre ellas, las de planificación, animación de procesos, gestión de recursos humanos y materiales, dinamización de estructuras y sobre todo obtención del consenso de los distintos sectores.

FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES El Equipo directivo Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo directivo del Centro y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones. El Equipo directivo tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el buen funcionamiento del Centro. b) Estudiar y presentar al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación de toda la comunidad educativa en la vida del Centro. c) Promover procedimientos de evaluación de las distintas actividades y colaborar en las evaluaciones externas del Centro.

d) Proponer a la comunidad educativa actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y que 11


mejoren la convivencia en el Centro. e) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores en el ámbito de sus respectivas competencias. f) Establecer los criterios para la elaboración del Proyecto de presupuesto. g) Coordinar la elaboración del Plan de Centro, y de la Memoria Final de curso. h) Colaborar con la Administración Educativa en aquellos órganos de participación que, a tales efectos se establezcan. A) EL DIRECTOR Competencias del Director. De conformidad con lo regulado en el artículo 21 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, son competencias del director: a) Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno del mismo. b) Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas. c) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. d) Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan. e) Ejercer la Jefatura de todo el personal adscrito al Centro. f) Mantener las relaciones administrativas con la Delegación Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes. g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y los documentos oficiales del Centro. i) Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo Directivo. j) Proponer el nombramiento y cese de los coordinadores de ciclo y de los tutores de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento. k) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y proporcionar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de maestros y maestras, padres y madres, alumnado y personal de administración y servicios. l) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro, del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica del Centro y de los demás órganos colegiados, m) Promover e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona, n) Facilitar la información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad educativa, ñ) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar que el procedimiento seguido para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, se ajuste a lo establecido en el Reglamento de 12


Organización y Funcionamiento y a los criterios fijados por el Consejo Escolar del Centro y Plan de Convivencia. o) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con lo que se determine a tales efectos, p) Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Centro y colaborar con la Administración Educativa con las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo. q) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente. En definitiva el Director ejerce: -

La dirección como función de responsabilidad del proceso de guía y adaptación del plan de previsiones para conseguir eficientemente sus objetivos.

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La gestión como conjunto de actuaciones técnicas, financieras, etc. necesarias para el funcionamiento de la organización.

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La representación que le faculta para actuar en nombre del Centro.

-

La orientación, marcando directrices y en general el rumbo de las líneas de acción. Animación y apoyo, prestar asistencia necesaria.

-

Configurar la imagen exterior e interior del Centro, siendo reflejo de su identidad.

-

Animar las relaciones de la Comunidad profundizando en el conocimiento de la realidad familiar y social.

-

Garantizar los derechos de alumnos/as y de la familia en relación con el nivel de atención y calidad educativas establecidas.

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Garantizar el derecho de los profesores a la práctica de sus tareas en un ambiente de respeto y libertad de cátedra.

- Resolver los conflictos de competencias y adoptar medidas ejecutivas cuando el consenso no sea posible. B) EL JEFE DE ESTUDIOS Son competencias del Jefe de Estudios: a) Ejercer por delegación del Director y bajo su autoridad la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo. b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad. c) Coordinar las actividades de carácter académico y de la orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con el Instituto de Educación Secundaria al que se encuentre adscrito el Centro. 13


d) Promover la realización de actividades extraescolares en colaboración con el Ayuntamiento y otras instituciones del entorno, dentro del marco de Proyecto de Centro en coherencia con las Finalidades Educativas. e) Coordinar realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los Coordinadores de ciclo, las Asociaciones de Padres de Alumnos y el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar. f) Elaborar en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario general del Centro, los horarios académicos del alumnado y de los maestros en el Plan Anual de Centro. Así como velar por su estricto cumplimiento. g) Coordinar las actividades de los Coordinadores de Ciclo. h) Coordinar y dirigir la acción de los tutores conforme al plan de acción tutorial. i) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica. j) Organizar los actos académicos. k) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. 1) Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas. m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

C) EL SECRETARIO Competencias del Secretario. a) Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director. b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director. c) Custodiar los libros oficiales y los archivos del Centro. d) Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e) Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado. f) Adquirir el material y el equipamiento del Centro, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los 14


aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director. g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Centro, y controlar la asistencia al trabajo del mismo. h) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento. i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Centro. j) Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

3.- ÓRGANOS COLEGIADOS Creemos que el funcionamiento de éstos se debe regir, además de por las funciones que le otorga la normativa vigente, por los siguientes rasgos: -

Deben ser elementos fundamentales del funcionamiento de los flujos de información de forma que toda sea conocida y compartida.

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Internamente, cada uno de los órganos debe estructurarse de forma de que en ellos se produzca una división de tareas y tomas de decisiones compartidas.

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Las reuniones deben superar el mínimo establecido por la Ley, es decir una vez al trimestre, adaptando su periodicidad a las necesidades educativas del Centro. Estas podrán tener carácter de deliberación, decisorias o simplemente informativas.

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El Presidente tratará de llevar propuestas y recoger cuantas sugerencias se aporten, e incentivar la participación democrática

-

Se tratará de llegar a decisiones de consenso antes de poner en marcha mecanismos de votación.

FUNCIONAMIENTO Se procurará que las reuniones se desarrollen dentro de un clima de colaboración y respeto, buscando siempre puntos de encuentro y tratando de llegar a un consenso, más que a imponer la opinión de un sector sobre otro. Se ajustará a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo en cuanto órgano colegiado de la Administración. 15


El régimen jurídico de los órganos colegiados se ajustará a las normas contenidas en la legislación vigente.

A) CLAUSTRO Es el órgano propio de participación de los profesores en el Centro y está integrado por la totalidad de los profesores que prestan servicio en el mismo. El Claustro de Profesores, órgano propio de participación de éstos en el Centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos educativos del mismo. Goza de un doble carácter: ser un órgano colegiado para la gestión y gobierno del Centro y, de manera específica, ser un órgano técnico-pegagógico en el seno del cual ha de ser planificada y evaluada toda la actividad educativa que se desarrolla en el centro.

En cuanto órgano colegiado para la gestión y el gobierno del Centro, elige sus representantes en el Consejo Escolar y realiza la propuesta de programación general al principio de cada curso escolar. En su dimensión de órgano técnico-pedagógico, es el cauce a través del cual se realizan tareas tales como programar las actividades docentes, fijar y coordinar las decisiones de evaluación y recuperación, coordinar las actividades de orientación y tutoría, proponer actividades o iniciativas de experimentación e investigación pedagógica, de actividades complementarias, de relación con las instituciones del Centro. Para facilitar su operatividad y no comprometer sus resultados es necesario planificar adecuadamente las tareas que han de desarrollarse en el seno del Claustro. En este sentido, aunque este órgano ha de estar puntual y detalladamente informado de todo lo concerniente a la gestión del Centro para poder hacer las oportunas propuestas, su labor se centraría más en los aspectos que pueden mejorar el funcionamiento del Centro y el rendimiento académico de los alumnos. El papel de los representantes del Claustro en el Consejo Escolar será el de transmitir las opiniones mayoritarias del Claustro y, a su vez, hacer que lleguen a éste los puntos de vista de los demás sectores. Los representantes del profesorado deberán asumir con convicción la necesidad de trasladar al resto de la comunidad educativa las opiniones técnicas que justifican las decisiones curriculares que se adopten.

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Carácter y composición del Claustro de Profesores. El Claustro de Profesores será presidido por el Director o Directora de Centro y estará integrado por la totalidad del profesorado que preste servicios en el mismo. Competencias del Claustro de Profesores: a) Formular propuestas dirigidas al Equipo Directivo para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y del Plan del mismo. b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos, conforme al Proyecto Educativo del Centro. c) Aprobar los aspectos docentes del Plan de Centro, conforme al Proyecto Educativo del Centro e informarlo antes de su presentación al Consejo Escolar, así como de la Memoria Final de Curso. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación educativas. e) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del Centro. f) Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos. g) Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos y alumnas. h) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo. i) Analizar y evaluar los aspectos docentes del Proyecto Educativo del Centro y del Plan Anual del mismo. j) Promover iniciativas en la formación del profesorado del Centro y elegir a su representante en el Centro de Profesores. k) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración del horario general del Centro, de los horarios de los alumnos y de las alumnas y de los horarios del profesorado. 1) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación. m) Analizar y valorar trimestralmente la situación económica del Centro. n) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del Centro a través del resultado de las evaluaciones y de cuantos otros medios se consideren. ñ) Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno. o) Cualesquiera otras que les sean atribuidas en la normativa vigente. 17


Régimen de Funcionamiento del Claustro de Profesores . 1. Las reuniones del Claustro de Profesores deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el Secretario o Secretaria del Claustro, por orden del Director o Directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro a seis días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconsejen. 2. El Claustro de profesores será convocado por acuerdo del Director o Directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre

y será preceptiva una sesión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesores será obligatorio para todos sus miembros. Disposición adicional primera. En lo no previsto en el presente Decreto, el régimen de funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno de los Centros docentes públicos, será el establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa aplicable.

B) EL CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar es el órgano de participación en el Centro de los diferentes sectores de la comunidad educativa. Competencias del Consejo Escolar: El Consejo Escolar tendrá las siguientes competencias: a) Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de Profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje. b) Elegir al Director o Directora del Centro. c) Informar a la Administración Educativa acerca de la designación del Director o Directora del Centro en el supuesto de que éste deba ser designado por la misma. d) Promover la revocación del nombramiento del Director o Directora. e) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción estricta a lo 18


establecido en la normativa vigente. f) Aprobar el reglamento de régimen interior del centro. g) Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro de acuerdo con la normativa vigente. h) Aprobar el proyecto de presupuesto del Centro y la ejecución del mismo. i) Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.

j) Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro de Profesores. k) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias y extraescolares. 1) Fijar las directrices para la colaboración del Centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros Centros, entidades y organismos. m) Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de dicha aplicación que se incluirá en la Memoria Final de Curso. n) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Centro. ñ) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo. o) Informar y aprobar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del Centro. p) Conocer o impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno. q) Cualesquiera otras que les sean atribuidas por la normativa vigente.

Normas de funcionamiento: 1. Las reuniones del Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros y, en todo caso, en sesión vespertina. En las reuniones ordinarias, el Secretario o Secretaria del órgano colegiado, por orden del Presidente o Presidenta, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del Consejo Escolar, con una antelación mínima de una semana y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en el mismo. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de 48 horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. 19


2. El Consejo Escolar será convocado por acuerdo del Presidente o Presidenta, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, se reunirá, como mínimo una vez al trimestre y será preceptiva una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

3. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes: a) Elección del Director o Directora que requerirá mayoría absoluta, de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 17 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre. b) Aprobación del presupuesto y de la ejecución del mismo, que se realizará por mayoría absoluta. c) Aprobación del Proyecto Educativo del Centro y del reglamento de régimen interior, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de dos tercios. d) Propuesta de renovación de nombramiento del Director o Directora, que de acuerdo con el apartado Ib) del artículo 11 y 3 del artículo 22 de la Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre, requerirá mayoría de dos tercios. e) Otros acuerdos en los que para su adopción sean exigibles determinadas mayorías, de acuerdo con la normativa vigente. Composición del Consejo Escolar: 1. El Consejo Escolar estará compuesto por los siguientes miembros: a) El Director o Directora que será su presidente. b) El Jefe o Jefa de Estudios. c) Ocho maestros o maestras. d) Nueve padres o madres de los alumnos, de los que uno será designado, en su caso, por la Asociación de Padres de Alumnos más representativa del Centro. e) Un representante del personal de administración y servicios. f) Un concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el Centro. g) El Secretario o Secretaria del Centro, que actuará como secretario del Consejo Escolar, con voz y sin voto. 2. Los alumnos y alumnas podrán estar representados en el Consejo Escolar del Colegio de Educación Primaria con voz y sin voto, en las condiciones que establezca la normativa vigente.

Comisiones del Consejo Escolar La complejidad de cometidos de este órgano y su composición numérica, pueden restar eficacia al funcionamiento habitual del mismo haciendo que la participación de sus miembros tenga un carácter más distante, sus sesiones sean más largas y el desgaste pueda hacer su aparición. 20


Tanto si se trata de adoptar medidas rápidas como si se trata de estudiar de forma detenida aspectos relacionados con el funcionamiento, resulta especialmente indicado descentralizar responsabilidades haciendo funcionar al Consejo bajo las modalidades: en pleno y en comisiones. Esto llevaría aparejado una serie de ventajas, entre las que enumeramos: -

La atención y dedicación preferente a determinados aspectos, más necesarios a nuestras propias especificaciones. Mayores cotas de participación entre sus miembros. La división de funciones dentro del Consejo Escolar debe someterse a las siguientes limitaciones: . Las directrices y grandes decisiones deben corresponder siempre al pleno del Consejo. . Deben limitarse clara y concretamente las funciones de cada comisión.

El Consejo delega la función, pero no puede delegar el control. Las comisiones deben informar siempre al pleno. En nuestro Colegio existirán tantas comisiones como determina el reglamento orgánico vigente pero creemos que en cuestiones importantes se pueden realizar sesiones del pleno del C.Escolar. 1. Comisión permanente. 2. Comisión de convivencia (Plan de Convivencia)

3. Comisión de Salud y Prevención de riesgos laborales (Plan Autoprotección de Centros)

COMISIÓN PERMANENTE Asumirá cualquier cuestión del C.E. que con apremio deba ser diligenciada. COMISIÓN DE CONVIVENCIA. El componente mas destacado de nuestro Plan de Convivencia es la PREVENCIÓN de aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia .La percepción de nuestras propias emociones y las de los demás, la importancia que tienen en las relaciones entre las personas es una capacidad que se aprende .La Educación Emocional. Objetivos Sus objetivos tienden a valorar y analizar los diferentes aspectos que afectan a las relaciones humanas entre todos los miembros de la Comunidad Escolar. Informa y propone medidas orientadoras en esta materia al Consejo Escolar.

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Funcionamiento a) La citada Comisión se reunirá a petición del Equipo Directivo del Centro para analizar su situación general y estudiar los casos de convivencia que requieran atención preventiva y orientadora.

b) Las faltas consideradas graves serán expuestas en la citada Comisión con cuantos datos sea posible recabar por parte del profesorado implicado y el Equipo Directivo a través de los partes de incidencia que aporte el profesorado con sus duplicados de recibí de los padres, dossier con las acciones progresivas emprendidas para su corrección en el ámbito de competencias correspondiente y mecanización en Séneca c) La penalización de las faltas tendrá un carácter progresivo excepto cuando la gravedad de las mismas aconseje una intervención proporcionada. d) Se contempla la posibilidad de expulsión temporal de los alumnos en los términos que marca la Ley y más concretamente en el Real Decreto, sobre derechos y deberes de los alumnos, y el apartado del Reglamento orgánico vigente. e) La progresión de las intervenciones de esta Comisión se ajustará a lo dispuesto en el Decreto por el que se regulan los derechos y deberes del alunado y las normas de convivencia en los centros no universitarios, adaptando dicha normativa a la condición de centro de Infantil Primaria y teniendo en cuenta, por tanto, las edades y etapas del desarrollo evolutivo de nuestros alumnos.

4) ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE A) TUTORES Cada unidad o grupo de alumnos tendrá un maestro tutor que será asignado por el Director, oído el Claustro de Profesores. Se tendrá en cuenta que aquellos maestros y maestras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de Educación Primaria o el segundo ciclo de Educación infantil, permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos y alumnas con que se inició. 22


Los maestros tutores ejercerán las siguientes funciones: a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y de acción tutorial. Para ello podrán contar con el Equipo de Orientación Educativa. b) Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos y alumnas de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres, madres o tutores legales. c) Atender las dificultades de aprendizaje del alumno para proceder a la adecuación personal del currículo. d) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Centro. e) Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado. f) Informar a los padres y madres, maestros y maestras y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, con las complementarias y con el rendimiento académico. g) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y maestras y los padres y madres de los alumnos y alumnas. h) Colaborar con el Equipo de Orientación Educativa en los términos que establezca la jefatura de estudios, i) Atender y cuidar, junto con el resto de los maestros y maestras del Centro, al alumnado en los períodos de recreo y otras actividades no lectivas, de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca, j) Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a sucargo. Además de las obligaciones de tipo administrativo inherente a la tutoría, el tutor como coordinador del E. Docente debe potenciar las relaciones afectivas entre los alumnos e interacción con el profesorado, creando un clima y ambiente organizado, ordenado y positivo que propicie el buen funcionamiento del grupo. Otras metas a perseguir desde esta acción tutorial son: - Tratamiento individualizado o grupal de cuantas problemáticas afectivas, académicas y de relación puedan afectar a determinados alumnos. - Informar a los padres sobre la evolución de los procesos de aprendizaje y sobre la actitud de los alumnos, siendo estas entrevistas todo lo frecuentes que sea necesario cuando se abordan problemáticas de inadaptación. El establecimiento de unas relaciones fluidas entre el tutor y la familia contribuirá en un mayor grado de implicación de la misma en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Se informará a los padres o tutores de las faltas reiteradas a clase. 23


-

Recabar cuanta información sea necesaria por parte de todos los profesores que inciden sobre cada alumno, ajustando programaciones, coordinando los criterios de evaluación del grupo y posibilitando líneas comunes de actuación.

B) EQUIPOS DE CICLO El Equipo de Ciclo es la estructura organizativa a través de la cual se articula el trabajo equipo del profesorado que tiene a su cargo la educación de los alumnos/as de un mismo Ciclo, haciendo posible una actuación educativa coordinada. Cada Equipo está dirigido por un Coordinador que tiene la función de coordinar las enseñanzas del Ciclo, tutorías y tareas curriculares. Estos están integrados en la E. Primaria por todos los profesores que tienen a su cargo la educación de los alumnos de un mismo ciclo, y deben garantizar la coordinación horizontal del proceso de enseñanza-aprendizaje, es decir, que a los alumnos de un mismo ciclo se les ofrezca una propuesta educativa coherente, sin olvidar la también necesaria coordinación vertical para evitar discontinuidades, vacíos, repeticiones innecesarias, secuenciaciones incongruentes de los contenidos entre lo ofertado en un ciclo y lo ofertado en el anterior o en el posterior. Para asegurar esta coordinación vertical, el Centro dispondrá del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, constituido por los coordinadores de los E. Docentes de cada ciclo, el Jefe de Estudios, el Psicólogo y el Director. Desde los E. Docentes de cada Ciclo: Se asumen las particularidades de la programación a partir del Diseño Curricular de Centro. - Se seleccionan y diseñan materiales didácticos, recursos y metodología. Se determina la secuenciación temporal de actividades docentes y la utilización de los espacios. Se concreta el calendario actividades de coordinación y evaluación, Se determinan los criterios de evaluación y las formas e instrumentos para llevarla a cabo. - Se organizan las actividades extraescolares. Se valoran formas de integración y recursos metodológicos para aplicar sobre niños con descompensaciones. Sirve para permeabilizar eficazmente los flujos de comunicación recíproca entre el Equipo Directivo y los Órganos Colegiados.

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Los Coordinadores son elegidos por el Director escuchando a los profesores que integran el ciclo. Deben moderar en las reuniones y recoger en el correspondiente libro de actas las temáticas tratadas en las reuniones. También son los encargados de la coordinación de actividades planificadas en el ciclo. Con respecto al plan de reuniones de los Equipos de Ciclo, será al menos una reunión semanal (compartida entre Ciclo y Nivel). C) EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica estará integrado por el Director, que será su Presidente, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de Ciclo y, en su caso, el Coordinador del Equipo de Orientación y Apoyo. Actuará como secretario el maestro o maestra que designe el director. Se integrará, asimismo, en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, el orientador de referencia del Equipo de Orientación Educativa.

Competencias del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica: -

Establecer las directrices generales para la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y sus modificaciones.

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Coordinar la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto de Centro y sus modificaciones.

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Elaborar la propuesta de organización de la orientación escolar, del plan de acción tutorial y del plan de formación del profesorado.

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Organizar bajo la coordinación del Jefe de Estudios, la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el plan de formación.

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Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales.

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Proponer al Claustro de Profesores el Proyecto Curricular de Centro para su aprobación.

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Velar por el cumplimiento y posterior evaluación del Proyecto Curricular de Centro.

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Proponer al Claustro de Profesores la planificación general de las sesiones de evaluación de acuerdo con la jefatura de estudios.

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Proponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar el Proyecto Curricular de Centro, los aspectos docentes del Proyecto de Centro y del Plan Anual del mismo, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. 25


-

Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos que el Centro realice. Colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones y autoevaluaciones.

5) ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES. NORMAS PARA SU USO Es un Centro inaugurado en e 1989 .Sus dependencias: vestíbulo, secretaría, despachos, sala de profesores, servicios, aulas "Salón de Actos"- Gimnasio El patio es pequeño pero puede albergar al alumnado por turnos de recreo.

Cada curso escolar se organizará y coordinará el uso y disfrute de estas dependencias por los escolares. Se elaborará un horario lo suficientemente flexible para cubrir las necesidades del Centro. La Secretaria, con la colaboración de algún profesor, será la encargada de los recursos materiales del Centro para cualquier duda o aclaración sobre su estado, ubicación y utilización de los mismos. Las diferentes dependencias del Centro, así como su equipamiento, deberán ser utilizadas por los alumnos en compañía de sus respectivos profesores que velarán por el responsable uso de los mismos. Cada profesor debe exigir a sus alumnos que dejen en buen orden y estado las dependencias, instalaciones y materiales que hayan usado.

6) RELACIÓN DEL CENTRO CON EL ENTORNO El Colegio mantiene relaciones externas con: - Instituciones municipales. Desde ellas y muy especialmente con el Ayuntamiento pretendemos mantener una relación estrecha, especialmente en aspectos que tiene que ver con las operaciones de mantenimiento y mejora de las estructuras espaciales y aspectos higiénicos. También en todo lo concerniente a coordinación en materia deportiva, así como, en general, en programas culturales educativos, actividades extraescolares y complementarias. Por otra parte, desde el Colegio, se pedirá colaboración en cuantas actividades de carácter cultural se organicen desde el mismo. Estas relaciones se canalizarán siempre a través del concejal responsable del área de Educación o, en su caso, de aquellos representantes de la institución con responsabilidad o competencias en el tema. - Asociación de Padres. 26


Sólo existe una en el Colegio. A través de ella se orienta la información relativa al Centro y a los aspectos organizativos del mismo. - Servicios de la Delegación Provincial de Educación. - Consejería de Salud en campañas preventivas, vacunación... - Con otros Centros Educativos - Con los Equipos de Orientación Educativa. - Con los Centros de Formación del Profesorado. - Con la U. AL. Puntualmente con otras instituciones, en programas que puedan repercutir positivamente en la formación y educación del alumnado.

RESPECTO AL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN (documento anexo)

El centro ha recopilado los documentos necesarios de los organismos de Protección Civil y ya cuenta con la guía de Autoprotección para Centros Escolares. El Plan de Autoprotección está realizado, según normativa vigente, y los datos se han volcado en “Séneca” a través de la aplicación informática que se utiliza para su elaboración y actualización según orientaciones al respecto. El teléfono para casos de emergencia está expuesto junto con otros teléfonos de servicio para casos de emergencia en el panel de anuncios de Secretaría (debajo del interfono). Este centro, según el apartado de evaluación de riesgo de dicha guía podemos clasificarlo de nivel bajo por su nº de alumnos y altura del edificio. Es conveniente puntualizar que el centro cuenta con una alarma, al lado de la puerta de Secretaría, que sería activada por el conserje en caso de riesgo; también se encargaría de desconectar la red eléctrica que se encuentra en el cuadro de mandos de los armarios cercanos a la puerta de salida. En caso de necesidad de rápida evacuación se utilizarían las dos puertas de salida al exterior. La 1ª y 2ª planta sería evacuada por la puerta principal., General Luque. Los alumnos que estuvieran en el gimnasio se contempla la posibilidad de hacer uso de la salida por el comedor C/ El Cuco o el parque Nicolás Salmerón. Esta operación sería coordinada por cada tutor, el Equipo Técnico y Equipo Directivo. * SITUACIÓN DE LOS EXTINTORES, Nº Y UBICACIÓN: Planta Baja: • 1 Boca de incendio y 2 extintores. 27


• Sala de profesores: 1 extintor • Planta 1ª: • 1 Boca de incendio y 1 extintor (enfrente de la biblioteca). • Planta 2ª: • 1 Boca de incendio y 2 extintores en el pasillo (uno en el centro y otro al final) y 1 en el laboratorio. • Vestíbulo del gimnasio: • 1 Boca de incendio. • Gimnasio: • 2 Extintores

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES PARA EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES ESPECIFICAS EN LAS ACTIVIDADES DEL PROFESORADO.

Se pretende que el personal del Centro adquiera conocimientos teóricos y prácticos necesarios sobre los aspectos básicos relacionados con la seguridad e higiene en su puesto de trabajo, así como los elementos de gestión en materia de prevención de riesgos laborales y primeros auxilios fomentando la seguridad y salud laboral en aras de un trabajo seguro ofreciendo, todo aquello que nos pueda interesar directamente y constituya una valiosa referencia para cualquier profesional en la prevención de riesgos.

III. ORGANIZACIÓN ESPECÍFICA DOCENTE 1) ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

• Apoyo a la integración 1. El maestro o maestra de apoyo a la integración de alumnos con necesidades educativas especiales tendrá las siguientes funciones: a) La realización junto con el tutor y psicólogo, de las adaptaciones auriculares necesarias para los alumnos y alumnas de Educación Primaria con necesidades educativas 28


especiales. b) La elaboración de programas generales, adaptados o de desarrollo individual que se requieran para la correcta atención del alumnado que lo necesite. c) El seguimiento de esos programas. d) La realización de los aspectos concretos de los programas que requieran una atención individualizada o en pequeño grupo dentro o fuera del aula. e) La orientación a los maestros-tutores del alumnado atendido en lo que se refiere al tratamiento educativo concreto del mismo, así como aquella otra de carácter preventivo de posibles dificultades que, con carácter general, pudieran surgir en el resto de los alumnos y alumnas del grupo. f) La elaboración del material didáctico. g) La colaboración con el maestro-tutor del aula en la orientación a los padres y madres de los alumnos que atienden, con vistas a lograr una participación activa en el proceso educativo de sus hijos e hijas. 2. El modelo de organización implicará, por tanto, un planteamiento de actividades que puedan ser abordadas a diversos niveles con el alumnado.

• Aula específica de Educación Especial La unidad específica de Educación Especial estará integrada por aquellos alumnos que según la evaluación y el dictamen del E.O.E. estén necesitados de una mayor atención especial.

2) APOYOS PEDAGÓGICOS El objetivo general de los grupos de recuperación es prestar una atención específica a los alumnos/as con dificultades de aprendizaje y caracteriales. Se continúa con el trabajo iniciado en el Centro, por el profesorado disponible y se plantea como respuesta a los retrasos escolares. Se basa en la responsabilidad, actitud y compromiso de cada tutor de dar respuesta a las necesidades del alumnado. El profesor de apoyo atenderá a tiempo parcial fuera o integrados en el grupo a estos alumnos mientras que el tutor atiende la clase, desarrollando las actividades que corresponda, sin que esto signifique desdoble de esa unidad con carácter 29


permanente. Cada tutor señalará las dificultades que presentan los niños que van a recibir apoyo durante estas sesiones y coordinará con el profesor correspondiente las necesidades de estos niños. Este sistema será alterado por necesidades del Centro y especialmente para atender clases cuyos tutores o profesores estén ausentes o con baja sin sustitución oficial.

3) ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN 1. Se garantizará el derecho de los padres y madres de alumnos, en coherencia con las convicciones correspondientes de los mismos, a que sus hijos e hijas reciban enseñanza de la Religión y Moral Católica. 2. Se garantizará el derecho de los padres y madres de alumnos, en coherencia con sus convicciones, a que sus hijos e hijas reciban la enseñanza de otras Confesiones Religiosas siempre que hayan suscrito el necesario Acuerdo de Cooperación con el Ministerio de Justicia del Estado Español. 3. De acuerdo con el principio de libertad religiosa, los padres o tutores, en función de sus correspondientes convicciones y de las opciones existentes, harán constar su decisión sobre la asistencia de los alumnos al área de Religión. Para ello actuarán del siguiente modo: a) Los padres o tutores, que opten por que sus hijos reciban esta enseñanza manifestarán personalmente o por escrito esta decisión ante la Dirección del Centro. b) La Dirección del Centro recabará esta decisión en la primera adscripción del alumno al Centro, sin perjuicio de que la decisión pueda modificarse al comienzo de cada curso. c) Para los alumnos y alumnas que no hubieran optado por seguir enseñanza religiosa, el Centro organizará enseñanzas complementarias en horario simultáneo a las enseñanzas de Religión, que en caso de que el alumno tenga que quedarse integrado en su clase por falta de profesorado, las llevará a cabo la misma profesora, 4. La evaluación de la enseñanza de Religión y actividades alternativas complementarias se realizará, a todos los efectos,de acuerdo con la normativa vigente, del mismo modo que las demás áreas del currículo haciéndose constar en el expediente académico de los alumnos las valoraciones del aprendizaje correspondiente.

4. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES Las actividades complementarias y extraescolares contribuyen a lograr 30


una formación plena de los alumnos y las alumnas. Por otra parte, este tipo de actividades permite una mayor participación de la comunidad educativa, especialmente del alumnado y de los padres y madres de estos, potenciando la implicación de estos sectores en la vida del Centro y desarrollando valores relacionados con la socialización, la participación, la cooperación, el respeto a las opiniones de los demás y la asunción de responsabilidades. Estas actividades deben tener su lugar dentro de la vida de los Centros educativos, integrándose adecuadamente en el conjunto de las actividades educativas que en el mismo se realizan. Merece una especial mención la regulación que ahora se hace de la gestión económica de estas actividades, potenciando la autonomía de los Centros docentes. * Actividades complementarias 1. Se consideran actividades complementarias las organizadas por los Centros durante el horario escolar, de acuerdo con su Proyecto Curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan. 2. Teniendo en cuenta que estas actividades se realizan dentro del horario escolar, el Centro arbitrará medidas a través de los ciclos para atender educativamente al alumnado que no participe en ellas. 3. En el caso de actividades complementarias que exijan la salida del Centro de algún alumno o alumna, se requerirá la autorización escrita de sus padres o tutores. * Actividades extraescolares 1. Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del Centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso de su tiempo libre. 2. Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas del Centro, y, en ningún caso, formarán parte del proceso de evaluación por el que pasa el alumnado para la superación de las distintas áreas o materias curriculares que integran los planes de estudio. * Organización, programación y financiación de las actividades complementarias y extraescolares 1. La programación de ciclo reflejará la programación de las actividades complementarias y extraescolares que vayan a realizarse a lo largo del curso, de acuerdo con los criterios definidos en su Proyecto Curricular y dentro del marco del Proyecto de Centro. 31


2. Las actividades complementarias y extraescolares serán promovidas, organizadas y realizadas de acuerdo con los Equipos de Ciclo y bajo la coordinación del Jefe de Estudios. A tales efectos, éste desempeñará sus funciones en colaboración con los Coordinadores de ciclo y la Asociación de Padres de Alumnos, en su caso. 3. Las actividades extraescolares también podrán ser promovidas y realizadas por el personal adscrito al centro, las Asociaciones de Padres de Alumnos o en colaboración con las Administraciones Locales. Empresas educativas adscritas al consorcio de la Junta de Andalucía en el marco del Plan de Apoyo a las Familias u otro Programa ofertado por la misma. 4. La propuesta de programación de actividades extraescolares que se eleven para su inclusión en las programaciones de Centro y la aprobación del Consejo Escolar comprenderá: a) Denominación específica de la actividad. b) Horario y lugar en que se desarrollará. c) Personal que dirigirá, llevará a cabo y participará en cada actividad. d) Coste y fórmulas de financiación de las actividades con expresión, en su caso, de las cuotas que se proponga percibir de los alumnos y alumnas que participen en ellos.

5. Una vez aprobadas por el Consejo Escolar las actividades complementarias y extraescolares se informará a los padres de los alumnos y las alumnas sobre las mismas. 6. Para la financiación de los gastos ocasionados por la realización de estas actividades el Centro empleará los siguientes recursos económicos:

a) Las cantidades que apruebe el Consejo Escolar procedentes de la asignación que el Centro recibe de la Consejería de Educación y Ciencia. b) Las cantidades procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma que puedan asignarse a los Centros con carácter específico para estas actividades. c) Aportaciones de la APA. d) Las cantidades que puedan recibirse a tales efectos de cualquier ente público o privado. e) Las aportaciones realizadas por los usuarios. 7. Los usuarios efectuarán el pago de cada actividad extraescolar de acuerdo con lo que a tales efectos se decida. El hecho de no efectuar el pago en la forma que se determine supondrá la pérdida del derecho a participar en la actividad correspondiente.

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5)EQUIPO DEAPOYO EXTERNO

Centrado en el Servicio de Orientación educativa, psicólogo y médico, con intervenciones puntuales en el Centro. El Equipo "Alcazaba" es el asignado actualmente a esta zona. Su labor se centra en la atención y el diagnóstico de alumnos con necesidades educativas especiales y apoyo a la función tutorial.

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IV. CONVIVENCIA Se pretende lograr un clima de convivencia basado en el respeto y la fluida comunicación entre los diversos agentes que integran el entramado de nuestra Comunidad Escolar. Desde estas perspectivas básicas, tenderemos a proyectar en nuestros alumnos valores humanos de no violencia, justicia, tolerancia, respeto y democracia, sin menoscabo de ofrecer un producto educativo de calidad que busque la adaptación futura de los mismos a las demandas culturales de nuestra sociedad. En definitiva, consideramos pues, que el cuidado por mantener unas relaciones humanas relajadas y profundamente respetuosas entre los diferentes miembros de la Comunidad, se traducirá en actitudes capaces de generar por sí mismas un ambiente generalizado de confianza y seguridad, propiciando el aprendizaje.

1) PROFESORES a) Derechos: 1. Todos los derechos laborales reconocidos al conjunto de los trabajadores (reunión, asociación, expresión). 2. Participar activamente en los Órganos Colegiados y Órganos de Coordinación Docente del Centro. 3. Tienen libertad de enseñanza dentro del marco de la Constitución. El ejercicio de esta libertad deberá orientarse a promover una formación integral del alumno. 4. Ser respetados en su integridad física, ideológica e intelectual. 5. A participar en la organización de actividades complementarias en beneficio de los alumnos y de acuerdo con la organización general del Centro. 6. A que le sea facilitada la información que llegue respecto a todo lo que le pueda interesar profesional y personalmente. 7. Convocar a los padres o tutores de alumnos/as o del conjunto de ellos para tratar asuntos relacionados con la educación de estos. 8. Utilizar el material y las instalaciones de que dispone el Centro coordinadamente con el resto de los miembros de la Comunidad Educativa. 34


b) Deberes: 1. Asistir con puntualidad tanto al inicio como al final a las clases y reuniones de los órganos de los que forma parte. 2. Colaborar con el Equipo Directivo en el mantenimiento del orden, la limpieza y la convivencia. Será obligación dar a conocer a sus alumnos las normas de convivencia que regulan la vida del Centro. 3. Adaptar a las condiciones peculiares de su clase el desarrollo de los programas escolares con los métodos y procedimientos que considere más útiles para sus alumnos. 4. Elaborar con el resto del profesorado los documentos de planificación, programación y evaluación del trabajo docente. 5. Asistir regular y puntualmente a las actividades del Centro. 6. Informar con regularidad a los padres o tutores de los alumnos de la evolución de estos y faltas de asistencia a clase. 7. Mantener con profesores, padres y los mismos alumnos un clima de colaboración. 8. Coordinarse por niveles, ciclos con el resto del profesorado y colaborar activamente en los equipos de trabajo.

2) ALUMNOS a) Derechos 1. Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene. 2. A que se respete su conciencia cívica, moral y religiosa de acuerdo con la Constitución. 3. La elección por parte de sus padres o tutores de la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna. 4. A que el Centro les facilite oportunidades y servicios educativos para que puedan desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en condiciones de libertad y dignidad. 5. A ser educados en un espíritu de comprensión, tolerancia y convivencia democrática.

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3) PADRES a) Derechos 1. A elegir a sus representantes y participar activamente en los órganos colegiados del Centro. 2. A afiliarse libremente en las asociaciones de padres de alumnos. 3. A estar informados por los profesores de sus hijos sobre la actividad educativa de éstos. Se establecerá una hora a la semana para tal fin. b) Deberes 1. Colaborar con los profesores en la formación de sus hijos, en la medida de sus posibilidades. 2. Enviar con puntualidad y todos los días, que no haya causa justificada en contra, a sus hijos al Centro, en perfecto estado de aseo y con el material de trabajo necesario. 3. Participar en la vida del Centro en las actividades que el mismo requiera para la formación de sus hijos.

3) A.P.A. Las Asociaciones de Padres de Alumnos son un cauce fundamental para posibilitar la participación de los padres de alumnos en las actividades de los centros escolares. Para ello tendrán aquellas finalidades que fijen sus estatutos dentro de la normativa vigente: • Funciones: - Asistir a lo padres en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos. -

Colaborar en las actividades educativas de los centros, sobretodo en las actividades complementarias extraescolares de los mismos.

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Organizar actividades culturales y deportivas.

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Promover la participación de los padres de los alumnos en los órganos colegiados (Consejo Escolar).

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Promover el desarrollo de programas de Educación Familiar.

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Representar a los padres asociados a las mismas ante las instancias educativas y otros organismos.

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Todas las funciones que recoge la Ley Orgánica de los Centros de Primaria en el apartado de Asociaciones de Padres. Cualquier otra que contemple la normativa vigente en el marco educativo.

En el ámbito de sus actividades, las Asociaciones de Padres de Alumnos tendrán derecho a ser informados de las actividades y funcionamiento de los centros, conocer la programación general del centro así como la Memoria Final de Curso. Las Asociaciones de Padres de Alumnos podrán utilizar los locales del centro que autorice la Dirección para la realización de las actividades necesarias para el normal desarrollo de sus fines según la legislación vigente. A tales efectos será necesaria la previa solicitud del presidente de la asociación al Director del Centro El papel del A.P.A. será decisivo para la comunicación entre el Consejo y la APA., se dinamiza la participación de padres en A.P.A. y órganos colegiados. La estructura de la misma puede informar, consultar y recoger las inquietudes de las familias. Su actividad se concentra, fundamentalmente, en la participación y en la dinamización de la vida y actividad del Centro de padres y escolares. Hay una amplia gama de actividades que pueden brindar a la Comunidad Educativa: talleres, conferencias, reuniones sociales, actuaciones teatrales y musicales, excursiones... El Centro se enriquece y complementa su Proyecto Curricular con este tipo de actividades.

5) NORMAS DE CONVIVENCIA /ORGANIZACIÓN CENTRO El educador contribuye a formar el carácter de sus alumnos, tiene gran ascendencia sobre su desarrollo personal, tanto con su propio comportamiento como con las reglas de convivencia que, explícita o tácitamente, funcionan en un centro. La ausencia de normas desorienta, confunde y lleva a la perplejidad al alumnado. 1. Se deben respetar con exactitud los horarios de entrada y salida. 2. Éstas se harán ordenadamente, en fila y como indiquen los profesores en el lugar asignado, utilizando el espacio del patio. 3. Sólo se les permitirá a los alumnos salidas en horas de clase con autorización previa de los padres.

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4. En los recreos los alumnos deben jugar o pasear respetando el descanso y el juego de los demás. Se prohíben juegos violentos y peligrosos. 5. Los problemas de convivencia del alumno en cambios de clase, salidas no controladas y recreos, detectados por cualquier profesor, deben ser comunicados a los profesores y tutores correspondientes. 6. En horas de clase no deben producirse salidas descontroladas de las mismas por los riesgos que éstas conllevan. 7. Los desplazamientos de los alumnos deben realizarse siempre responsablemente evitando gritos, carreras y situaciones peligrosas en las escaleras, siempre bajo la tutela del profesor correspondiente. 8. En los recreos los profesores llevarán una vigilancia atenta a las situaciones de violencia o peligro del alumnado y puntos de riesgo y no dejarán que el alumnado pase al vestíbulo o cualquier otra dependencia interior del Centro, sin su autorización previa. Las subidas y bajadas de los diferentes cursos al recreo estarán reguladas por las mismas normas indicadas para entradas y salidas. 9. Mientras no se observe que los alumnos tengan adquirido el hábito del buen uso y cuidado de las papeleras, mobiliario, materiales e instalaciones, los profesores deben recordárselo con cierta frecuencia y emplear, si lo creen necesario, estrategias de refuerzo. 10. Cada profesor es responsable y viceversa de que sus alumnos no deambulen dispersos por los pasillos cuartos de aseo y dependencias del centro de que su grupo no se desorganice en bajadas, subidas y cualesquiera otros movimientos colectivos. 11. Cada profesor debe exigir a sus alumnos que dejen en buen uso, orden y estado las dependencias, instalaciones y materiales que hayan usado. 12. Cada profesor según su horario ejercerá funciones tutoriales con el grupo correspondiente. 13. Cada profesor es responsable de sus alumnos, según tramo horario, recogiéndolos en la fila, acompañamiento, tránsito por pasillos, escaleras, entradas y salidas, recreos, supervisión de salidas autorizadas de clase. 14. Los intercambios de clase se realizarán con puntualidad .Se procurará el reemplazo en los cursos de mayor riesgo y la clase quedará abierta para que cualquier profesor de aulas contiguas pueda acudir sí se apreciara cualquier incidente .Se prestará especial atención a cualquier actitud inadecuada del alumnado. 15. Los castigos serán supervisados y seguidos por los profesores que administran la sanción, No pudiendo echar niños al pasillo, sin la atención correspondiente del profesor. 38


16. En los casos de grupos que presenten problemas de convivencia, conflictos en las relaciones profesor/ alumnos ó alumnos /alumnos, los profesores se pondrán en contacto con el orientador del Centro para valorar y promover actuaciones educativas que mejoren el clima escolar. 17. En esa Orientación, se contempla la reorganización de apoyos pedagógicos para trabajar con el alumnado en el ámbito psicoafectivo y emocional. La educación emocional tiene como objetivo desarrollar competencias emocionales que contribuyan al bienestar personal y social 18. En salidas del Centro como actividades complementarias a la docencia, los profesores que organicen la actividad recabarán de los padres ó representantes legales del alumnado la autorización pertinente (modelos varios). Se procurará que en ratio ordinaria, vaya un profesor más además de uno por grupo. Se contará prioritariamente con el profesorado que ejerce funciones tutoriales y cootutoriales y otros disponibles, orientando la actividad del alumnado que queda atendido por otros docentes. Se dejará en Jefatura de Estudios un estadillo con la información precisa sobre la salida. 19. Es obligación del profesorado cumplimentar la documentación correspondiente requerida sobre el alumnado (Seneca).Los expedientes se encuentran en Secretaria, por lo que hay que contar con el Secretario del Centro para cualquier incidencia sobre estos. 20. Para cualquier circunstancia no contemplada en los puntos anteriores se tomará como referencia lo dispuesto en la normativa vigente: Decreto del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Infantil y Primaria y la Orden que regula la Organización y el Funcionamiento de los mismos.

FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO Según normativa de gratuidad (Orden de 27 de abril de 2005, BOJA nº 92 de 13 de mayo de 2005), el Centro genera cheques – libros entregados a los representantes legales del alumnado y que abona a las librerías correspondientes con la partida propia destinada a este programa. También se adquiere para el alumnado que lo necesita, según orientaciones del profesor/a tutor, material específico que en este caso será adquirido por el propio Centro. El profesorado colabora con este programa de la siguiente forma; -

Orienta para el curso siguiente, según el conocimiento del nivel de aprendizaje del alumnado, sobre la necesidad de utilización de chequelibros correspondiente a su nivel, o bien material específico, libros de texto o cuadernos de trabajo, adecuados al grado de conocimiento del alumnado. 39


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En orientar el conjunto de libros que se incluirán en el cheque-libro, según presupuesto que cada año determine la Consejería de Educación de Junta de Andalucía. El profesorado tutor del alumnado, comunicará a Secretaría la determinación del material específico, para su adquisición por el Centro y siempre dentro del presupuesto asignado a ese material que cada año determine la Consejería de Educación de Junta de Andalucía. El profesorado también podrá optar por material de elaboración propia. En el recuento de libros de texto usados y dispuestos para su entrega al alumnado del curso siguiente, almacenándolos en clase para la entrega al alumnado correspondiente del siguiente curso escolar y comunicando el número de libros por materias y las incidencias producidas por extravío o deterioro en secretaría. A tal efecto rellenarán un estadillo que se facilitará en la secretaría. (Modelo Anexo). En la recepción de libros de nueva adquisición, etiquetándolos, según etiquetas generadas por el sistema Séneca, y colocadas en la portada de los mismos debidamente cumplimentadas con el alumnado que corresponda. Este proceso será sucesivo durante los cuatro años de vigencia de los libros de texto. En la recepción de libros de texto de años anteriores y distribución entre el alumnado, completando la etiqueta ya existente con el nuevo alumnado. En la recogida y almacenamiento en el aula de los libros utilizados para disponer de ellos en el curso siguiente. Se encargará el profesor de cada materia en colaboración con el tutor. Una vez transcurridos los cuatro años de vigencia, el profesorado optará por conservar los que crea conveniente para su reutilización, su entrega al alumnado o bien se coordinará con la Secretaria para el reciclado correspondiente.

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ANEXO MODELO DE ESTADILLO

C.E.I.P. "INÉS RELAÑO" C/ GENERAL LUQUE, 31 C.P. 04002 ALMERÍA TELF. 950 156119 FAX. 950 156118 CURSO_________ GRUPO________ TUTOR____________________________________ ALUMNO/A

MATERIAL AFECTADO

INCIDENCIA DETECTADA Uso indebido que Extravío ha provocado su imposibilidad de utilización

Almería____de_______________de 200 El Tutor/a Fdo:__________________________ 41


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