ESTADO CIVIL EN VENEZUELA Universidad Bicentenaria de Aragua Derecho Civil Personas II Profesor Joel Navarro
ANTECEDENTES ROMANOS: El ESTADO, era presupuesto de la capacidad jurídica e incluso de la personalidad de los individuos de la especie humana. En ROMA existían tres estados: Status libertatis (de libertad), Status civitatis (de ciudadanía) y el Status familiae (de familia). De acuerdo a los cuales los individuos se clasificaban en: Libres o esclavos; Ciudadanos o extrageros, sui juris o alieni Juris (Jefes de familia o los sujetos a la potestad de un pater. Se requeria tener los tres para tener plena capacidad jca.
CONCEPCIONES MODERNAS Nuestro Código civil se refiere en varias oportunidades al estado civil de las personas. Concepto amplísimo del Estado Civil: Conjunto de sus cualidades o condiciones de las cuales derivan consecuencias jurídicas. Concepto amplio del Estado Civil: Conjunto de sus cualidades que producen consecuencias jurídicas y que se refieren a su posición dentro de una comunidad política, frente a una familia y a la persona en si misma.
En sentido amplio el Estado civil comprende tres estados: A. El estado político (status civitatis), Conjunto de condiciones o cualidades del indiciduo, relativas a su posición respecto a una comunidad política determinada, B. El estado familiar (status civitatis), Conjunto de condiciones o cualidades del indiciduo, relativas a su posición respecto a una familia determinada, y C. El estado personal o individual (status personae), Conjunto de condiciones o cualidades del individuo, relativas a la persona considerada en si misma.
Concepto restringido del Estado Civil: Condiciones o cualidades permanentes de las personas que determinan su posición fundamental frente al conglomerado social, especialmente frente al estado y a la familia.
STATUS CIVITATIS: Derecho Público El status civitatis o Estado Público, comprende el conjunto de condiciones o cualidades jurídicamente relevantesque se refieren a la posición del individuo frente a una determinada comunidad política. Como lo son: LA NACIONALIDAD: Que es el vinvulo de pertenencia de un individuo a un Estado. LA CIUDADANÍA: Que es la aptitud para ejercer derechos políticos.
STATUS FAMILIAE: Derecho de familia. Comprende el conjunto de condiciones o cualidades jurídicamente relevantes que se refieren a la posición del individuo frente a una familia determinada: A. Respecto del matrimonio: Soltero, casado, viudo, divorciado, etc. B. Respecto del Parentesco: Pariente consanguíneo, pariente afin o el estado de “extraño” REFORMA DE 1982: Se eliminó el uso de palabras como legítimo o natural.
STATUS PERSONAE: Estado personal o individual Comprende el conjunto de condiciones o cualidades jurídicamente relevantes de una persona considerada en si misma, como lo son: A. El hecho de ser individuo de la especie humana, de lo cual derivan la personalidad natural y los derechos de la personalidad. B. El hecho de ser ella misma y no otra. Su identidad. C. La localización de las personas. Sus negocios e intereses. D. Condiciones como la edad y la salud (física o mental
… De lo cual se determinara: LA EMANCIPACIÓN; LA INTERDICCIÓN Y LA INHABILITACIÓN Qhe se denominan: CONDICIONES DE LA CAPACIDAD
CARACTERES DEL ESTADO CIVIL: SUPONE UNA ALTERNATIVA; NO PUEDE SER SEPARADO DE LA PERSONA EN EL ORDEN REAL SINO POR ABSTRACCIÓN. NO ES UN DERECHO SUBJETIVO, NO ES UNA FACULTAD, PERO LA LEY LE PROPORCIONA ACCIONES PARA RECLAMARLO. ES UNICO Y ABSOLUTO; ES DE ORDEN PUBLICO, por lo que es necesario, indisponible o imprescriptible.
EFECTOS O CONSECUENCIAS DEL ESTADO CIVIL: INFLUYE EN LA DETRMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURIDICA O DE GOCE DE LAS PERSONAS; INFLUYE EN LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR; INFLUYE EN LA ATRIBUCIÓN DE DERECHOS, PODERES Y DEBERES DE LAS PERSONAS.
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