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MEMOFICHAS LEY 1862 DE 2017 JEFATURA JURÍDICA INTEGRAL DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS Y ADMINISTRATIVAS dida@armada.mil.co Protegemos el azul de la bandera www.armada.mil.co


MEDIOS PARA ENCAUZAR LA DISCIPLINA

CORRECTIVOS

SE UTILIZAN PARA MANTENER LA DISCIPLINA

SANCIONATORIOS

TIENEN COMO FINALIDAD EL RESTABLECIMIENTO DE LA DISCIPLINA. SON LAS SANCIONES LEGALMENTE IMPUESTAS. Protegemos el azul de la bandera


¿CUÁLES SON LOS CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS? Pueden ser impuestos por cualquier superior pero se debe informar al superior jerárquico.

REALIZACIÓN DE TRABAJOS MANUSCRITOS SOBRE TEMÁTICAS MILITARES

DISMINUCIÓN DE HORAS DE SALIDA

TRABAJOS ESPECIALES HASTA POR DOS HORAS

EXPOSICIÓN ORAL DE 15 MINUTOS SOBRE ASUNTOS GENERALES O DE CARÁCTER MILITAR

PROLONGACIÓN DE LA JORNADA LABORAL HASTA POR DOS HORAS

PÉRDIDA DE DÍAS DE SALIDA O PERMISO

PRESENTACIONES PERIÓDICAS EN EL UNIFORME DEL DÍA HASTA POR 6 VECES DURANTE 24 HORAS

RECTIFICACIÓN O DISCULPAS PRESENTADAS (CIRCUNSTANCIAS SIMILARES AL AGRAVIO)

Se debe informar al superior jerárquico del destinatario para imponer el correctivo. Protegemos el azul de la bandera


¿CÓMO SE REALIZAN LOS CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS?

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Se informa al Comandante o Jefe

Se dispone la presencia del Subalterno para que explique su comportamiento

Se determina informal e inmediatamente el correctivo a aplicar y se informa la decisión.

Se registra en libro de correctivos en cada Unidad y en el folio de vida del Subalterno objeto de la medida. Protegemos el azul de la bandera


¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LOS CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS? EXCEPCIÓN: ¿y si no se tiene superior jerárquico? INFANTES DE MARINA PROFESIONALES OFICIALES Y REGULARES

GUARNICIÓN BOGOTÁ: Ayudante general de la respectiva fuerza

OFICIALES SUPERIORES REGLA GENERAL:

1. En correctivos que se pueden imponer directamente: CUALQUIER SUPERIOR. 2. En correctivos que no se pueden imponer directamente: EL SUPERIOR JERÁRQUICO.

Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Naval o equivalente.

SUBALTERNOS Jefe de Estado Mayor de la Brigada o equivalente.

SUBOFICIALES

Segundo Comandante de la Unidad Táctica o su equivalente

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¿QUÉ ES FALTA DISCIPLINARIA? GRAVÍSIMAS

Es la realización de cualquiera de los comportamientos previstos como tal en la Ley 1862 de 2017, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad.

GRAVES

Y PUEDEN SER LEVES

OTRAS FALTAS Protegemos el azul de la bandera


RESUMEN FALTAS DISCIPLINARIAS Y SUS SANCIONES SUJETO

TIPO FALTA GRAVÍSIMA DOLOSA

Soldados Profesionales

Soldados Regulares. Soldados Bachilleres. Infantes de Marina

SANCIÓN Separación absoluta

INHABILIDAD De 5 a 20 años

GRAVÍSIMA CULPOSASuspensión de 90 a 180 días GRAVE DOLOSA

De 90 a 180 días

GRAVE CULPOSA

Suspensión de 30 a 89 días

De 30 a 89 días

LEVE DOLOSA

Multa de 16 a 30 días de salario básico

LEVE CULPOSA

Reprensión severa

GRAVÍSIMA DOLOSA

Separación absoluta

GRAVÍSIMA CULPOSA

Reprensión severa

GRAVE

Reprensión formal

LEVE

Reprensión formal

De 2 a 5 años

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Director establecimientos de sanidad militar.

Director y Subdirector de Escuelas de Formación o Capacitación. Director y Subdirector de Establecimientos de Sanidad Militar.

Comandantes, Segundo Comandante y/o Jefe Estado Mayor de Unidad Operativa Mayor y Menor, Táctica y Base de Entrenamiento. Director y Subdirector de Escuelas de Formación, Capacitación. Director de Establecimientos de Sanidad Militar y el Oficial que le siga en antigüedad al Director. Al Comandante de Unidad Táctica cuando no exista el cargo de Subdirector o Segundo Comandante respectivamente.

FALTAS LEVES

Base de entrenamiento. director de escuelas de formación , capacitación.

Segundo Comandante y/o Jefe Estado Mayor de Unidad Operativa Mayor, Menor o Táctica y Base de Entrenamiento.

FALTAS GRAVES

Comandantes de Unidad operativa mayor, menor o táctica.

FALTAS GRAVÍSIMAS

¿QUIÉN PUEDE INICIAR PROCESOS DISCIPLINARIOS EN LA ARC?

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OTRAS COMPETENCIAS IMPORTANTES

Conocimiento de la ocurrencia de conducta posiblemente constitutiva de falta, A Prevención puede adelantar transitoriamente la indagación y remitir al que en definitiva deba conocer. DE PERSONAL: Inmediato superior a cuyas órdenes se encuentre al momento Agregaciones de la comisión de la conducta. DE UNIDADES: Mantendrán competencia de la Unidad Militar agregada.

Es el superior jerárquico

bajo cuyas órdenes se Personal en comisión encuentre el presunto

infractor al momento de la comisión de la conducta

Residual

En casos de competencia no prevista, recaerá sobre el Segundo Comandante de la Armada Nacional.

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INSTRUMENTOS PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO NOTICIA DISCIPLINARIA • Oficio • Queja • Información

ANÓNIMOS

• Se profiere auto de inadmisión en caso de no presentar prueba suficiente.

QUEJA TEMERARIA • Se profiere Auto Inhibitorio Protegemos el azul de la bandera


PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVÍSIMAS - GRAVES APERTURA INDAGACIÓN RECOPILACIÓN PRUEBAS

AUTO DE ARCHIVO

FIN

(6 MESES)

EVALUACIÓN

(15 DÍAS)

CITACIÓN A AUDIENCIA

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PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVÍSIMAS - GRAVES REQUISITOS AUTO QUE ORDENA CITACIÓN AUDIENCIA Procede si está demostrada objetivamente la falta y existe medio probatorio que comprometa responsabilidad del investigado No antes de 10 días ni después de 15 contados desde la primera notificación

como se conocen hechos 1 Medionarración de los mismos autor o autores falta 2 Identificación posible fáctica del cargo o cargos indicando tiempo- modo y lugar. 3 Formulación de las pruebas que establezcan la comisión de la falta por c/u cargos. 4 Análisis de culpabilidad para cada uno respecto a cada cargo. 5 deLa losformaimplicados, Protegemos el azul de la bandera


PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVÍSIMAS - GRAVES

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Instalación audiencia: Comandante verifica asistencia disciplinable – apoderados – lee auto de citación audiencia. Se le da el uso de la palabra al disciplinado para versión libre. Investigado aporta y/o solicita pruebas (práctica inmediata o prórroga hasta por 45 días prorrogables por el mismo término)

En la audiencia el competente decidirá sobre la conducencia, pertinencia y utilidad de la prueba, decretando de oficio las que considere necesarias Protegemos el azul de la bandera


PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVÍSIMAS - GRAVES CIERRE INVESTIGACIÓN Se da traslado para alegatos de conclusión (5 días)

FALLO DISCIPLINARIO (en audiencia se da lectura) Primera instancia (apelación 2 días) Fallo segunda instancia (20 días)

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PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA FALTAS LEVES

Pruebas Audiencia

Citación Audiencia (5 días)

Fallo

Apelación (2 días) Protegemos el azul de la bandera


PRUEBAS

CONFESIÓN

TESTIMONIO

DOCUMENTOS

INDICIOS

PERITACIÓN

INSPECCIÓN DISCIPLINARIA

MEDIO TÉCNICO O CIENTÍFICO LEGALMENTE ADMITIDO Protegemos el azul de la bandera


¿QUÉ DEBE HACER EL COMPETENTE? 1. Se recibe la noticia sobre el comportamiento

6. Instala la audiencia verificando asistencia partes - lectura auto de cargos - descargos del disciplinado.

7. Decide sobre solicitudes en audiencia. en caso de duda suspende para consultar a su asesor jurídico.

2. Verifica con el asesor jurídico la imposición de correctivo o apertura de indagación

5. Profiere auto de archivo si no hay mérito para continuar. en caso contrario cita a audiencia

8. Profiere el fallo de instancia. concede el recurso correspondiente en apoyo con el asesor

3.Nombra el funcionario de instrucción

4. Recibe el proceso una vez se reciben las pruebas para evaluarlo

9. Mantiene el control permanente del proceso Protegemos el azul de la bandera


RECOMENDACIONES PARA LOS COMPETENTES Conocer la Ley Disciplinaria para el correcto manejo de las audiencias.Tener control permanente de sus procesos.

Indagar sobre las reglas probatorias contenidas en los artĂ­culos 177 al 225 de la Ley 1862 de 2017.

Mantener seguridad y firmeza en las decisiones. Utilizar mecanismos en caso de duda en las audiencias con sus asesores jurĂ­dicos. Protegemos el azul de la bandera


¿QUÉ DEBE HACER EL FUNCIONARIO DE INSTRUCCIÓN? 5. Resuelve solicitudes de 1. Se posesiona 3. Notifica la decisión copias – realiza una vez se de su de apertura. reconocimientos de 6. Practica 2. Realiza las nombramiento personería jurídica las pruebas 4. Inicia comunicaciones de abogados. velando por el recopilación de ley sobre la respeto al derecho a probatoria – puede apertura de la la defensa – utilizar instrumentos indagación: pgn – contradicción y de comunicación diper y superior publicidad de la interna inmediato. prueba. 7. Permanece en contacto con el asesor disciplinario en caso de dudas.

8. Devuelve el expediente al término de su labor de instrucción.

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RECOMENDACIONES PARA LOS FUNCIONARIOS DE INSTRUCCIÓN Mantener una permanente actividad en su labor. Priorizar su actividad en ese sentido e informar los avances de su gestión al competente.

Indagar y conocer sobre las reglas probatorias contenidas en los artículos 177 al 225 de la Ley 1862 de 2017.

Ser consciente que la efectividad de los procesos disciplinarios depende en un 90% de su desempeño. El nombramiento es de obligatoria aceptación. Protegemos el azul de la bandera


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