Parte 3 del anexo 4 de transferencia sistema nacional de contrataciones y adquisiciones

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Oficina de Adquisiciones y Contrataciones Superintendencia Nacional de Contrataciones y Adquisiciones.

III. REPORTE DEL ESTADO SITUACIONAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

Responsable de la edición: Ing. José Gabriel Vásquez Urbina

AUTOINSTRUCTIVO #3 GESTIÓN 2015-2018


Superintendencia Nacional de Contrataciones y Adquisiciones. ¿Qué se entiende por Contratación del Estado?

Es el proceso que siguen los Gobiernos regionales y locales para adquirir bienes, contratar servicios o ejecutar obras, que sean necesarios para cumplir sus funciones y ejecutar sus Proyectos. Cada entidad debe articular sus proyectos en un Plan Anual de Adquisiciones y C o n t r a t a c i o n e s . Los principios y reglas específicos que deben observar las Entidades del Estado para contratar están establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – LCAE y su Reglamento. Dichos principios son: moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía, vigencia tecnológica, trato justo e igualitario. El Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – OSCE, es el organismo público descentralizado encargado de velar por el cumplimiento y difusión de la LCAE. ¿Cuales son las funciones del OSCE? OSCE tiene el rol de supervisión de los procesos de contrataciones, asesoría a las entidades públicas, conciliación o arbitraje, y gestión para la aplicación de sanciones en caso la LCAE se incumpla.

¿Cuáles son los agentes que intervienen en la Contratación del Estado? Del gobierno regional / local:

·Titular de la Entidad: es la más alta autoridad ejecutiva encargada de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de adquisiciones y contrataciones. En el caso de los gobiernos regionales y locales, se refiere al Presidente Regional o Alcalde; o a quiénes ellos deleguen dicha responsabilidad mediante resolución.

·Máxima autoridad administrativa: es el funcionario de mayor nivel jerárquico encargado de la dirección y ejecución de los procesos de adquisiciones y contrataciones. En el caso de los gobiernos regionales y locales, se refiere al Gerente Administrativo o al responsable del área que asume las funciones técnico, administrativas y financieras de acuerdo a las normas de organización interna de cada entidad.

·Área usuaria: es la dependencia de la entidad que formula el requerimiento ante la necesidad de un bien, servicio u obra.

·La dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones: es el área que planifica los procesos de contrataciones y coordina con el área usuaria para elaborar los expedientes (características técnicas, valor referencial y disponibilidad presupuestal) que guiarán el proceso de selección. Una vez seleccionado el proveedor, esta área se encarga de formalizar el acuerdo a través de un contrato. Esta dependencia debe llevar un Registro de Contratos en el cual se listen los procesos de selección que convoca la Entidad, así como los contratos suscritos y su información básica. En la mayoría de entidades esta responsabilidad recae en el área de logística o en la oficina de abastecimiento.

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·Comité especial: es el órgano encargado de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección desde la elaboración de las bases hasta el consentimiento de la buena pro. Dicho comité es designado por el Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa y es independiente del área encargada de las contrataciones y adquisiciones. Ajenos a la entidad: ·Postores: son las personas naturales o jurídicas que presentan su propuesta al proceso de selección. Todos los postores deben estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), listado administrado por OSCE. ·Contratistas: son los proveedores que son contratados por el Estado.

¿Cuál es el procedimiento de contratación? El procedimiento para contratar se realiza siguiendo 3 pasos: 1.Planificación y actos preparatorios: Comprende los procesos previos a la convocatoria que incluyen la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones sobre la base del Plan Estratégico y Operativo Institucional y la determinación de las necesidades de las diversas áreas de los Gobiernos Regionales o Locales. Incluye también los lineamientos que deben seguir los expedientes de contratación, así como la designación del Comité Especial y la elaboración de las bases para cada proceso. 2. Selección: Comprende los pasos que se dan desde la convocatoria o invitación hasta el otorgamiento de la Buena Pro. Incluye el registro de participantes en el proceso, el proceso de absolución de consultas u observaciones por la entidad que convoca o por OSCE, la presentación de propuestas, y la evaluación y calificación de las mismas. 3. Ejecución contractual Comprende las características que deben tener los contratos, así como los procesos que se dan desde su suscripción hasta la liquidación o conformidad con el otorgamiento de bien o servicio. ¿Cuáles son las nuevas modalidades de contratación? La subasta inversa, el convenio marco de precios y las compras corporativas son las formas nuevas de selección de contratistas.

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La subasta inversa se realiza respecto de bienes comunes y estandarizados por el OSCE. No hay presentación de consultas ni observaciones y versa sobre la posibilidad de que en un acto público las tres mejores propuestas económicas puedan bajar más.

La compra corporativa permite que las entidades públicas, de modo conjunto, puedan adquirir bienes o contratar servicios, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado. El convenio marco de precio es la modalidad por la cual OSCE selecciona a aquellos proveedores con los que las Entidades deberán adquirir o contratar de manera directa los bienes y servicios que requieran y que son ofertados a través del Catálogo de Convenio Marco. Aun no se esta aplicando, pero la adquisición por Convenio Marco será obligatoria desde la publicación del Catálogo en el SEACE. ·

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En el autoinstructivo # 2, nos quedamos en la pregunta 11 de asuntos urgentes de prioritaria atención.

Anexo N° 4 Sistema/Ente rector/ Información o documentación con la que cuenta la entidad, Organismo/ sujeta a verificación Temática Órgano Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCEDirección de Gestión de Riesgos

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Fase de Programación y de Actos Preparatorios

Fase de Selección y Ejecución

Respuestas

(Si/No/ No aplica)

Observaciones

Base legal -

22.1. ¿Realizó Informes de Evaluación Trimestral del Plan Anual de Contrataciones 2018?

Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF.

22.2. ¿Cuenta con Cuadro de necesidades de la entidad para el año siguiente?

Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, artículo 5º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF.

23.1. ¿Cuenta con un Listado de los procesos de contratación (en trámite y en ejecución) y documentación sustentante, incluyendo los procesos de selección por encargo, verificada por el órgano encargado de las contrataciones (OEC) de su entidad?

Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, artículo 5°, 21° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 0562017-EF.

23.2. ¿Cuenta con Garantías vigentes a favor de la Entidad? Formato N° 6

Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, artículos 126º y siguientes del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 0562017-EF.

Para responder esta pregunta con el Si-No - No aplica, debemos ver la hoja explicativa.:

Se recomienda revisar la base legal, para tener mayor sustento.

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Hoja explicativa para el llenado de preguntas del 22 al 23, OSCE.

Es importante veriďŹ car la informaciĂłn.

Observaciones

En esta columna, colocar las observaciones, si el documento se concluyo o que le falta.

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