Sistema Nacional de Planificacion, parte del anexo 4 de transferencia de gestion municipal

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1. Futuro

3. Interno

2. Entorno

Oficina de planificación SINAPLAN Sistema Nacional de Planificación

III. REPORTE DEL ESTADO SITUACIONAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

AUTOINSTRUCTIVO Responsable de la edición: Ing. José Gabriel Vásquez Urbina

#3 GESTIÓN 2015-2018


Decreto Legislativo Nº 1088 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y DEL CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Artículo 2. Creación y finalidad del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico

SINAPLAN

PEDN DECISIÓN POLITICA / TÉCNICA

Gobierno

Sectores

Territorios

En dades públicas

PGG (conjunto de Polí cas Transectoriales)

PLAN ESTRATÉGICO MULTISECTORIAL

Poli cas Sectoriales y Mul sectoriales

PLAN ESTRATÉGICO SECTORIAL MULTIANUAL

Poli cas Territoriales

PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO

Ges ón Ins tucional

PEI / POI 2


2.2. Créase el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN-, como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Sus competencias son de alcance nacional y constituye un pliego presupuestario.

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Anexo N° 4 Sistema/Ente rector/ Organismo/ Temática

Información o documentación con la que cuenta la entidad, sujeta a verificación

En el autoinstructivo # 2, nos quedamos en la pregunta 11 de asuntos urgentes de prioritaria atención.

Respuestas

(Si/No/ No aplica)

Observaciones

Base legal -

Sistema Nacional de Planeamiento EstratégicoCentro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLANDirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico

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Instrumentos de Gestión

12.1. ¿Cuenta con Plan Estratégico Institucional - PEI, vigente?

Numeral 18.3, Articulo 18, Capítulo V, Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización. Numeral 7.2, Artículo 7, Directiva N° 001-2017CEPLAN/PCD.

12.2. ¿Cuenta con Plan Operativo Institucional - POI, vigente?

Numeral 18.2, Artículo 18, Capítulo V, Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización. Numeral 7.2, Artículo 7, Directiva N° 001-2017CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 132018/CEPLAN/PCD.

12.3. ¿Cuenta con Plan de Desarrollo Regional o Local Concertado - PDRC / PDLC, vigente? Sistema/Ente rector/ Organismo/ Temática

Información o documentación con la que cuenta la entidad, sujeta a verificación

Numeral 18.2, Artículo 18, Capítulo V, Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización. Numeral 7.2, Artículo 7, Directiva N° 001-2017CEPLAN/PCD. Respuestas

(Si/No/ No aplica)

Observaciones

Base legal -

Sistema de Modernización de la Gestión PúblicaPresidencia de Consejo de Ministros PCMSecretaría de Gestión Pública y Secretaría de Descentralización

13

Funcionamiento

13.1. ¿Cuenta con una Relación de programas/proyectos/empresas adscritos al gobierno regional/local?

Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública.

13.2. ¿Cuenta con un Manual de operación de Programas y Proyectos y Manual de Procedimiento(s) - MAPROs o documentos sobre gestión por procesos de la entidad?

Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, Numeral 3 del numeral 3.2 del numeral 3.

13.3. ¿Cuenta con un ROF vigente?

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14.1. ¿Cuenta con un Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, registrado en el MÓDULO TUPA de servicios al ciudadano y disponible para acceso del ciudadano en las sedes de la entidad? Simplificación administrativa 14.1.1. De contar con un TUPA, ¿está adecuado a los Decretos Legislativos simplificadores N° 1246, 1272 (No exigir copia de DNI, pedir copias simples en lugar de copias certificadas, etc.)?.

Para responder esta pregunta con el Si-No - No aplica, debemos ver la pagina siguiente:

Artículo 6°, Lineamientos para la Elaboración del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, aprobado con DecretoSupremo N° 043-2006-PCM y modificatorias. Artículo 6°, Ley N° 27658, Ley Marco de la Gestión Pública. Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, Aprueban lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo. Artículo 18. Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación. Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa. Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo. Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que Aprueba Medidas Adicionales de Simplificación Administrativa.

Se recomienda revisar la base legal, para tener mayor sustento.

4


Hoja explicativa para el llenado de preguntas del 12 al 14, SINAPLAN.

Es importante veriďŹ car la informaciĂłn.

Observaciones

En esta columna, colocar las observaciones, si el documento se concluyo o que le falta.

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