DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR LABORATORIO CONTABLE Y DE COSTOS

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DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR

LABORATORIO CONTABLE Y DE COSTOS

PROFESOR: JEISON RAFAEL BLANCO GENTIL

ESTUDIANTE: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS – 221777

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS CONTADURIA PÚBLICA

Ocaña, Norte de Santander

28 de junio del 2021


DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR

LABORATORIO CONTABLE Y DE COSTOS

PROFESOR: JEISON RAFAEL BLANCO GENTIL

ESTUDIANTES: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS – 221777 DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA – 221724 JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO – 221847 HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA - 221717

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS CONTADURIA PÚBLICA

Ocaña, Norte de Santander

28 de junio del 2021


OBJETIVO DE LA ASIGNATURA Proporcionar información de hechos económicos, financieros y sociales suscitados en una empresa u organización; de forma continua, ordenada y sistemática, sobre la marcha y/o desenvolvimiento de la misma, con relación a sus metas y objetivos trazados, con el objetivo de llevar claro y oportunamente el movimiento de las riquezas públicas y privadas con el fin de conocer sus resultados, para una acertada toma de decisiones.

OBJETIVOS ESPECIFICOS: 

Obtener en cualquier momento información ordenada y sistemática sobre el movimiento económico y financiero del negocio.

Establecer en términos monetarios, la información histórica, la cuantía de los bienes, deudas y el patrimonio que dispone la empresa.

Registrar en forma clara y precisa, todas las operaciones de ingresos y egresos.

Prever con anticipación las probabilidades futuras del negocio.

Suministrar información requerida para las operaciones de planeación, evaluación y control, salvaguardar los activos de la institución y comunicarse con las partes interesadas y ajenas a la empresa.


MISIÓN Es una empresa dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros nuestro compromiso es satisfacer las necesidades de nuestros clientes, cobrando bajo los principios de calidad, experiencia, servicio, cumplimiento y respeto por nuestros clientes dentro de la filosofía del mejoramiento continuo.

VISIÓN Es convertirnos en la fábrica líder en la elaboración de calzado en el municipio de Chimichagua, Cesar ofreciendo productos innovadores y de buena calidad contando con un equipo humano de gran desempeño y productividad dispuestos a brindar calidad en los procesos y productos para satisfacer las necesidades de nuestros clientes contribuyendo así con el desarrollo social de mi región.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS 

Posicionar a nuestras marcas dentro del segmento líder del mercado.

Incorporar permanentemente nuevas tecnologías en los procesos productivos.

Desarrollar y capacitar a nuestro personal en todas las áreas, potenciando los valores de profesionalismo, calidad y servicio.

Crear asociaciones con los mejores proveedores y clientes del mercado, para proporcionar valor agregado a los servicios y productos que comercializamos.

Respetar el medioambiente a través de un desarrollo sostenible en todas las etapas involucradas en proceso productivo.


HIKERS LTDA ASAMBLEA GENERAL ACTA DE CONSTITUCIÓN

FECHA: HORA: LUGAR:

1/04/2021 10:00 am Ocaña Norte de Santander.

Con el objeto de constituir una sociedad limitad, se reunieron las siguientes personas así: RELACION DE MIEMBROS FUNDADORES. JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051 de Rio de Oro, Cesar. (75.000.000) quince millones c/u DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.842.201 de Rio de Oro, Cesar. (75.000.000) quince millones c/u JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.091.677.890 de Ocaña, Norte de Santander. (75.000.000) quince millones c/u HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.019.080.263 de Bogotá, Distrito Capital. (75.000.000) quince millones c/u

Para tal fin los fundadores arriba citados procedieron a aprobar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. Designación de autoridades de la reunión 2. Voluntad de constituir la entidad sin ánimo de lucro 3. Lectura y aprobación de los estatutos. 4. Eleccion de los dignatarios 4. Lectura y aprobación de la presente acta.


DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA 1. DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES DE LA REUNIÓN. Se procedió a nombrar por unanimidad como autoridades de la reunión, esto es, presidente y secretario adhoc a las siguientes personas: Presidente JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051 de Rio de Oro, Cesar y como Secretario adhoc a DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.842.201 de Rio de Oro, Cesar, los cuales aceptaron sus cargos y tomaron posesión de ellos.

2. VOLUNTAD DE CONSTITUIR LA SOCIEDAD LIMITADA Los fundadores manifestaron su voluntad de constituir la sociedad limitada denominada: HIKERS LTDA. 3. LECTURA Y APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS. Se da lectura a los Estatutos que van a regir a la la sociedad limitada denominada HIKERS LTDA siendo aprobados por unanimidad, los cuales serán adjuntados a la presente acta y formarán parte integral de la misma. 4. ELECCIÓN DE LOS DIGNATARIOS El señor presidente de la reunión invita a los miembros de la Asamblea General para que se postulen para hacer parte de la Junta Directiva. La Asamblea General postula y aprueba por unanimidad para la Junta Directiva a: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051 de Rio de Oro, Cesar como presidente de la Junta Directiva. A DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.842.201 de Rio de Oro, Cesar como secretario de la Junta directiva. A JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.091.677.890 de Ocaña, Norte de Santander. como tesorero de la Junta Directiva. Las personas elegidas estando presentes, manifestaron su aceptación al cargo para el cual fueron nombrados.

5. LECTURA Y APROBACIÓN DE LA PRESENTE ACTA.


Se da lectura a la presente acta siendo aprobada por unanimidad.

La reunión se termina siendo las 12:00 pm. En constancia firman.

_______________________________

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS CC 1.064.843.051 de Rio de Oro, Cesar. Presidente

______________________________________

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA CC 1.064.842.201 de Rio de Oro, Cesar. Secretario adhoc


INVESTIGACIÓN ESTATUTOS ¿Que son los estatutos? Existen diferentes formas de legislar, organizar y regir sobre una empresa, una parte de la población o una entidad y una de ellas es a través de los estatutos. De manera general, el término estatuto lo definimos como un conjunto de leyes que son redactadas y se hacen públicas para que sean siempre respetadas y tomadas en cuenta por el sector de la sociedad a quién vayan dirigidas. Vendría a tratarse de un tipo de reglamentación, supeditado generalmente a un conjunto de leyes que tienen un mayor peso. Los tipos de estatutos que existen son muchos, como por ejemplo, los estatutos de una empresa, que son aquellas normas creadas en una empresa y que deben ser cumplidas por empleados y empleadores. ¿Que deben contener? Los estatutos suelen definir cosas como el nombre o denominación oficial del grupo, su propósito, los requisitos para ser miembro, los cargos y responsabilidades de los encargados, cómo se asignan las funciones, cómo se dirigen las reuniones y con cuánta frecuencia deben realizarse. Para poder crear los estatutos de una empresa debemos tener claro su contenido. Las características de un estatuto variarán según el tipo de sociedad mercantil de la que estemos hablando, aunque por carácter general, un estatuto empresarial deberá contener los siguientes elementos: o

La denominación de la sociedad y la duración que va a tener la misma.

o

El objeto social que va a tener la empresa.

o

El domicilio de la sociedad.

o

La fecha en que empezarán sus operaciones.

o

Las participaciones o acciones que tendrán.

o

El capital social que va a contener.

o

Los órganos de gobierno que tendrá la sociedad y cómo van a estructurarse.

o

La adopción y la deliberación de todos los acuerdos.


¿Cuál es su finalidad? El ámbito de actuación de cada estatuto dependerá de la entidad en que nos encontremos y de cómo lo hará: local, regional, nacional, ... De este modo, cuando se crean normas específicas para una empresa, debemos poner especial atención de cómo y dónde afecta. En cuanto a una de las características más relevantes de los estatutos es que suelen ser creadas para cumplir objetivos específicos de la empresa en que nos encontremos. Es decir, será importante tener en cuenta la misión, visión y objetivos que se plantee la empresa a la hora de crear los estatutos para que se puedan alcanzar sin problemas. Normalmente, los estatutos se han fijado en la empresa desde un primer momento. Suele ser raro que después de su creación o inicio se añadan nuevos estatutos, aunque siempre hay excepciones. Para la creación de nuevos estatutos, los socios o fundadores con más poder tendrán potestad para decidir qué nuevas normas incluir y cuáles no (se puedan desechar).


ESTATUTOS TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- DENOMINACION. La sociedad se denomina “HIKERS LTDA” Se regirá por lo dispuesto en estos estatutos, y en lo no previsto en ellos, por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo de 1.995 y demás disposiciones complementarias. ARTÍCULO 2.- DOMICILIO. El domicilio social se fija en el barrio el Progreso calle 5 #25. El cambio de domicilio dentro del mismo término municipal, así como la creación, supresión o traslado de sucursales, agencias o delegaciones, será acordado por el órgano de administración. ARTÍCULO 3.- OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros. Las actividades que integran el objeto social podrán desarrollarse total o parcialmente de modo indirecto mediante la titularidad de acciones o participaciones en Sociedades con objeto idéntico o análogo. Si las disposiciones legales vigentes exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social delimitado en este artículo, estar en posesión de un título profesional determinado, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente la titulación profesional requerida para la actividad de que se trate. Por otra parte, si esas mismas disposiciones legales exigiesen para el desarrollo de la actividad de que se trate contar con autorización administrativa o la inscripción en determinados Registros Públicos, no podrá iniciarse el ejercicio de dicha actividad hasta que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos para la misma. ARTÍCULO 4.- COMIENZO DE OPERACIONES. La sociedad se constituye por tiempo indefinido, y da comienzo a sus operaciones el mismo día del otorgamiento de la escritura de constitución de la sociedad. TITULO II. CAPITAL SOCIAL ARTÍCULO 5.- CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en pesos, y está íntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias de los socios y es de $300.000.000. Dicho capital social se divide en 30.000 PARTICIPACIONES SOCIALES de 3.000 pesos cada una de ellas, iguales, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente del UNO al 30.000, ambos inclusive.

TITULO III. REGIMEN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES


ARTICULO 6.- TRANSMISION DE PARTICIPACIONES SOCIALES Y DERECHOS SOBRE LAS MISMAS. Las participaciones sociales serán transmisibles en la forma prevista por la Ley y por estos Estatutos. La copropiedad, el usufructo, la prenda, el embargo y transmisiones forzosas de participaciones sociales, así como la adquisición por la Sociedad de sus propias participaciones se regirán por lo dispuesto en la Ley La adquisición por cualquier título de participaciones sociales deberá ser comunicada de manera fehaciente al Órgano de Administración de la Sociedad, indicando nombre o denominación social, nacionalidad y domicilio, dentro del territorio nacional, del nuevo socio, así como el título, material y formal, de su adquisición. En todo documento de enajenación de participaciones sociales, el transmitente deberá hacer constar la obligación que tiene el adquirente de hacer la comunicación a que refiere el párrafo anterior. Hasta tanto no se realice la indicada comunicación, y no haya transcurrido, en su caso, el plazo para el ejercicio de los derechos de preferente adquisición, no podrá el adquirente ejercitar los derechos que le correspondan en la Sociedad. ARTÍCULO 7.- COMUNICACIONES A LOS SOCIOS. En todos aquellos supuestos en que la Ley exija la publicación de actos o acuerdos sociales en un periódico en cualquier Boletín Oficial, el contenido de la publicación o anuncio deberá ser individualmente notificado por el órgano de Administración a todos los socios, excepto a aquéllos que asistieran a la Junta General en que se adoptó el acuerdo. Se considerará domicilio de los socios a efectos de tales notificaciones el que conste en el Libro de Registro de socios a cargo de la sociedad. El incumplimiento de este deber de comunicación por el órgano de Administración no afectará a la validez de los actos o acuerdos, ni alterará las normas y plazos sobre su impugnación, en su caso. ARTÍCULO 8.- DERECHOS DE ADQUISICION PREFERENTE EN LAS TRANSMISIONES NO LIBRES. 1.- Transmisión voluntaria inter vivos: La transmisión voluntaria inter vivos de participaciones sociales, fuera de los casos en que dicha transmisión es libre conforme a lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo de 1.995, se regirá por lo dispuesto en el artículo 29, punto 2, de la citada Ley.


2.- Transmisiones hereditarias: La adquisición de alguna participación social por sucesión hereditaria confiere al heredero o legatario del fallecido la condición de socio/a. Esto, no obstante, si el/la heredero/a no es un descendiente, un ascendiente o el cónyuge del socio/a fallecido, los socios sobrevivientes tendrán derecho a adquirir las participaciones sociales del socio/a difunto/a, apreciadas en el valor que tuvieren el día del fallecimiento del socio/a, pagándose el precio al contado. La valoración se hará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y el derecho de adquisición habrá de ejercitarse en el plazo máximo de tres meses desde la comunicación a la sociedad de la adquisición hereditaria. TITULO IV. ORGANOS DE LA SOCIEDAD ARTÍCULO 9.- ORGANOS DE LA SOCIEDAD. La sociedad se regirá por: a)

La Junta General de Socios.

b)

Los Administradores Mancomunados.

ARTICULO 10.- JUNTAS GENERALES. La voluntad de los socios, expresada por mayoría de votos, regirá la vida de la Sociedad con arreglo a la Ley. A)

CONVOCATORIA: La convocatoria de la Junta General habrá de hacerse por el Órgano de Administración, o por los Liquidadores en su caso, mediante el envío de carta certificada con acuse de recibo a través de Notario al domicilio de cada socio que conste en el Libro Registro de socios. La convocatoria deberá hacerse con quince días naturales de antelación a la fecha fijada para su celebración, computándose dicho plazo desde la fecha en que se hubiere remitido el anuncio de la convocatoria al último de los socios. A tal efecto, los socios podrán pedir, en cualquier tiempo, que se actualicen o cambien los datos relativos a su domicilio que figuren en el Libro Registro de Socios. Los socios residentes en el extranjero deberán designar un domicilio dentro del territorio nacional para recibir las notificaciones, el cual se hará constar en el Libro Registro de socios. En otro caso, se entenderán genéricamente convocados por el anuncio que a tal fin se exponga en el domicilio social. B)

CONVOCATORIA A INSTANCIA DE SOCIOS: El Órgano de Administración convocará necesariamente la Junta cuando se lo solicite en virtud de requerimiento notarial, un número de socios que represente, al menos, el cinco por ciento del capital social.


Si el Órgano de Administración incumple esta obligación, la Sociedad podrá repetir contra ellos los gastos que se deriven de la convocatoria judicial prevista por le Ley, incluidos honorarios de Letrado/a y Procurador/a, aunque no sea preceptiva su intervención. C)

REPRESENTACION EN LA JUNTA: El/la socio/a podrá hacerse representar en las reuniones de la Junta General, además de por las personas expresadas en la Ley, por medio de Letrados, Economistas y, en general, cualquier tipo de Asesores Profesionales con autorización especial para cada Junta conferida por escrito. D)

PRESIDENCIA: Actuarán como presidente/a y Secretario/a de la Junta los elegidos por la misma al comienzo de la reunión. E)

DELIBERACION Y TOMA DE ACUERDOS: La Junta General de Socios deliberará sobre los asuntos comprendidos en el orden del día establecido en la convocatoria, y se levantará acta de la misma en la forma prevista por la Ley, haciendo constar en ella las intervenciones de los socios que lo soliciten. Los acuerdos se adoptarán con las mayorías previstas en el artículo 53 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. ARTÍCULO 11.- JUNTA UNIVERSAL. La Junta General quedará válidamente constituida en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero para tratar cualquier asunto, sin necesidad de previa convocatoria, siempre que esté presente o representado todo el capital social y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la Junta y el orden del día de la misma. ARTÍCULO 12.- ORGANO DE ADMINISTRACION. La gestión y el ejercicio de la representación de la sociedad corresponderá a Administradores Mancomunados nombrados por la Junta General de socios, debiendo ser un mínimo de dos Administradores y un máximo de siete. El Órgano de Administración ejercerá su cargo por tiempo definido. El cargo de Administrador/a será gratuito. ARTICULO 13.-FACULTADES DEL ADMINISTRADOR/A. La representación de la Sociedad en juicio y fuera de él corresponderá a todos los Administradores Mancomunados nombrados en la forma prevista por la Ley y estos estatutos. La representación se extenderá a todos los actos comprendidos en el objeto social, incluidos aquellos que tengan carácter complementario o accesorio.


En aquellos supuestos en los que no haya una clara conexión entre el acto o negocio jurídico que se pretende realizar y el objeto social de la sociedad, los Administradores Mancomunados manifestarán la relación con el objeto social de la sociedad del acto o negocio que pretenden realizar. A efectos meramente enunciativos, se hace constar que los Administradores podrán realizar, entre otros, los siguientes actos y negocios jurídicos: a)

Adquirir, disponer, enajenar y gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles, así como constituir, aceptar, modificar y extinguir toda clase de derechos personales y reales incluida la hipoteca. b)

Dirigir la organización empresarial de la Sociedad y sus negocios.

c)

Otorgar toda clase de actos, contratos o negocios jurídicos, con los pactos, cláusulas y condiciones que estimen oportunos disponer; transigir y pactar arbitrajes; tomar parte en concursos y subastas, hacer propuestas y aceptar adjudicaciones. Adquirir, gravar y enajenar por cualquier título, y en general realizar cualesquiera operaciones sobre acciones, obligaciones u otros títulos valores, así como realizar actos de los que resulte la participación en otras sociedades, bien concurriendo a su constitución o suscribiendo acciones en aumentos de capital u otras emisiones de títulos valores. d)

Administrar bienes muebles e inmuebles; hacer declaraciones de obra nueva, división horizontal, deslindes, amojonamiento, modificaciones hipotecarias y, en general, cualquier acto de riguroso dominio; convenir, modificar y extinguir arrendamientos rústicos o urbanos, convenir traspasos de locales comerciales y formalizar cualesquiera otras cesiones de uso y disfrute de bienes; retirar y cobrar cualquier cantidad o fondos a favor de la sociedad de cualquier organismo público o privado en que estuvieren depositados. e)

Girar, aceptar, endosar, intervenir y protestar letras de cambio y cualesquiera otros documentos de giro. f)

Tomar dinero a préstamo o crédito, reconocer deudas y créditos; prestar avales en interés de la Sociedad o de terceros, o a favor de los propios accionistas. g)

Abrir y cancelar, disponiendo de sus fondos, cuentas y depósitos de cualquier tipo en cualesquiera Bancos, Cajas de Ahorro o Entidades de Crédito o financieras en general. así como suscribir contratos de alquiler de cajas de seguridad. h)

i)

Nombrar y despedir empleados y representantes, firmar contratos de trabajo y de transporte.

Comparecer ante toda clase de Juzgados y Tribunales de cualquier jurisdicción y ante toda clase de organismos públicos en cualquier concepto, y en toda clase de juicios y procedimientos, incluidos los arbitrales; interponer recursos de cualquier tipo, incluido


los de casación, revisión o nulidad; ratificar escritos y desistir de las actuaciones, ya directamente o por medio de Abogados y Procuradores, otorgando al efecto poderes de representación procesal. j)

Otorgar y firmar toda clase de documentos públicos y privados en ejercicio de sus facultades, incluidos cartas de pago, recibos o facturas. k)

Ejecutar y elevar a públicos cuando fuera necesario los acuerdos adoptados por la Junta General.

l)

Otorgar poderes de todas clases y modificar o revocar los apoderamientos conferidos.

TITULO V. ASPECTOS CONTABLES ARTÍCULO 14.- AUDITORIAS DE CUENTAS. A)

POR EXIGENCIA LEGAL: Si fuera necesario, por incurrir en causa de exigencia legal, la Junta General designará auditores de cuentas, antes del cierre del ejercicio a auditar. B)

POR ACUERDO SOCIAL: Con el voto favorable de la mayoría necesaria para la modificación de estatutos, podrá acordar la Junta General la obligatoriedad de que la Sociedad someta sus cuentas anuales de forma sistemática a la revisión de auditores de cuentas, aunque no lo exija la Ley. Con los mismos requisitos se acordará la supresión de esta obligatoriedad. POR EXIGENCIA DE LA MINORIA: La Sociedad someterá sus cuentas a verificación por un auditor/a nombrado por el Registrador Mercantil, aun cuando no lo exija la ley ni lo haya acordado la Junta General, si lo solicitan los socios que representen al menos el cinco por ciento del capital social, y siempre que no hayan transcurrido tres meses desde la fecha de cierre del ejercicio que se pretenda auditar. Los gastos de esta auditoría serán satisfechos por la Sociedad. ARTÍCULO 15.- NORMAS ECONOMICAS. A)

EJERCICIO ECONOMICO: Cada ejercicio social comenzará el día 1 de enero de cada año, y terminará y se cerrará el día 31 de diciembre del mismo año. B)

LIBROS SOCIALES Y CUENTAS ANUALES: El Órgano de Administración deberá llevar los libros sociales y de contabilidad, así como redactar las cuentas anuales y el informe de gestión con arreglo a lo previsto en la Ley. Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser firmados por todos los Administradores Mancomunados. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales se presentará, mediante


los correspondientes impresos oficiales, salvo en las excepciones previstas en la Ley, para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, certificación de los acuerdos de la Junta general de aprobación de las cuentas anuales y de aplicación del resultado, a la que se adjuntará un ejemplar de cada una de dichas cuentas y los demás documentos previstos en la Ley. Si alguna de las cuentas anuales se hubiere formulado de forma abreviada, se hará constar así en la certificación, con expresión de la causa. Si el Órgano de Administración incumple esta obligación incurrirá en la responsabilidad prevista en la Ley. Mientras el incumplimiento subsista, se producirá además el cierre del Registro Mercantil, para la inscripción de los documentos señalados en la Ley. C)

INFORMACION A LOS SOCIOS: A partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio/a podrá obtener de la Sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma y el informe de auditores de cuentas y el de gestión en su caso. En la convocatoria se hará expresión de este derecho. Durante el mismo plazo el/la socio o socios que representen el cinco por ciento del capital social podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto/a contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales. D)

REPARTO DE BENEFICIOS: Los beneficios líquidos obtenidos después de detraer Impuestos y reservas legales o voluntarias, se distribuirán entre los socios en proporción al capital desembolsado por éstos. TITULO VI. LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD ARTICULO 16.- La Junta General designará a los liquidadores, cuando corresponda, señalando la duración de su mandato y el régimen de su actuación, solidaria o conjunta. A falta de tales nombramientos, ejercerán el cargo de liquidador/a los mismos Administradores de la sociedad. Los socios que hubiesen aportado bienes inmuebles a la sociedad, tendrán derecho preferente a recibirlos en pago de su cuota de liquidación en la forma prevista por la Ley. TITULO VII. OTRAS DISPOSICIONES ARTÍCULO 17.- ARBITRAJE. Todas las dudas y conflictos que surjan en orden a la interpretación de estos estatutos se someterán a un arbitraje de equidad. ARTÍCULO 18.- INCOMPATIBILIDADES. No podrán ocupar ni ejercer cargos en esta Sociedad las personas comprendidas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en el Ordenamiento Jurídico Español.




PANTALLAZO REGISTRO MERCANTIL


















ORGANIGRAMA

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

JUNTA DIRECTIVA GERENTE GENERAL

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO

COMERCIAL

PRODUCCION

FINANCIERO

RECURSOS HUMANOS

OPERARIO 1

ATENCION

GENERALES

VIGILANTE

PUBLICO

REPRESENTANTE DE VENTAS

CONTADOR

SERVICIOS

OPERARIO 2

AUXILIAR CONTABLE

AL CLIENTE OPERARIO 3

OPERARIO 4

BODEGUERO

ASEADOR


MANUAL DE FUNCIONES ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

CARGO:

Asamblea general FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

1.- Estudiar y aprobar las reformas de los Estatutos. 2.- Considerar los informes de los administradores y del Gerente General sobre el estado de los negocios sociales. 3.- Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los Administradores. 4.- Disponer de las utilidades sociales conforme a los Estatutos y a las leyes. 5.- Constituir e incrementar las reservas a que haya lugar. 6.- fijar el monto del dividendo, así como la forma y el plazo en que se pagará al Representante legal, 7.- Nombrar al liquidador de la sociedad. 8.- Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, 9.-Decretar la enajenación total de los haberes de la sociedad. 10.- Delegar en el Gerente aquellas funciones cuya delegación no esté prohibida por la Ley. 11.- Adoptar las medidas que reclame el cumplimiento de los Estatutos y el interés común de los asociados. 12.- Establecer las políticas Generales que deberá seguir la empresa para ejercer su objeto social. 13- Autorizar al representante legal la celebración de actos o contratos que superen los 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes, para los actos o contratos que sean iguales o inferiores a 20 salarios mínimos legales mensuales, el gerente no requerirá autorización previa.


JUNTA DIRECTIVA CARGO:

Asamblea general FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

1. Elegir al Representante Legal de la sociedad, al Representante Legal Suplente, y al Secretario, remover y fijarles su remuneración; 2. Dictar su propio reglamento y aprobar el reglamento interno de la empresa; 3. Crear todos los cargos o empleos subalternos que sean necesarios para la cumplida administración de la sociedad, señalarles sus funciones, atribuciones y remuneración respectiva;

4. Autorizar la apertura de establecimientos, sucursales o agencias; 5. Examinar por sí, o por comisiones de su seno, los libros y cuentas de la sociedad, comprobar los valores que tenga la sociedad y examinar los dineros en caja;

6. Establecer las normas que han de regir la contabilidad de la sociedad, señalando las cuotas o porcentajes que se deben apropiar con carácter de gastos para amparar el patrimonio social o para cubrir las obligaciones a cargo de la empresa, 7.

Interpretar las disposiciones de los Estatutos cuando en su aplicación surgieren dudas y someterlas posteriormente a la Asamblea General y cuidar del estricto cumplimiento de los Estatutos Sociales;

8. Decidir qué acciones judiciales deben iniciarse y autorizar al Representante Legal para que designe a los apoderados en las controversias tanto judiciales como extrajudiciales; 9. Resolver que se sometan a arbitraje o que se transijan las diferencias de la sociedad con terceros;

10. Autorizar la celebración de pactos colectivos de trabajo fijando previamente las condiciones entre las cuales deban hacerse y designar los negociadores que representen a la empresa; 11. Aprobar los reglamentos de trabajo e higiene de la empresa; 12. Presentar a la Asamblea General, con las cuentas e inventarios, un informe razonado de la situación financiera de la compañía y proponer la distribución de las utilidades;

13. . En general, desempeñar todas las funciones para el cumplido manejo de los negocios sociales, desde luego sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Asamblea General de Accionistas


GERENTE GENERAL CARGO: DEPENDENCIA:

Gerente general Junta directiva PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar las funciones gerenciales de la dirección ejecutiva Seccional con el fin de contribuir en el logro de los objetivos establecidos por la empresa, consultando los principios de eficiencia, eficacia, EDUCACION: Título de formación superior en Administración de Empresas HABILIDADES: Liderazgo, solución de problemas, sentido de la urgencia, trabajo en equipo y organización FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Compañía. 2.

Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y Convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la empresa.

3.

Nombrar y remover el personal de la empresa y establecer el manual específico de Funciones y requisitos de la entidad.

4.

Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la empresa.

5. Distribuir el personal en los cargos que se establecen en la planta de personal, teniendo en cuenta la estructura interna y las necesidades de la empresa. 6.

Dirigir y supervisar la prestación de los servicios, garantizando excelentes relaciones con los clientes internos y externos.

7.

Dirigir las relaciones públicas de la organización.

8.

Las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo.

AUTORIDAD Tiene toda la autonomía para la toma de decisiones en cuanto a: Contratación, autorización de pagos, ejecución de contrato con los clientes, inversiones, alianzas entre otros.


DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

CARGO:

Director recursos humanos

DEPENDENCIA:

Departamento administrativo PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Gestionar los equipos y personas correspondientes a cada área de su departamento. Dirigir y coordinar los departamentos y velar por el buen funcionamiento de su área y por la calidad del servicio también se engloba en este punto. EDUCACION: Profesional universitario HABILOIDADES: Capacidades de liderazgo, Motivación, Gestión del tiempo FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Organización y planificación 2. Administración de personal

3. Seguridad laboral 4. Diseñar e implantar la estrategia de RRHH teniendo en cuenta los valores y necesidades de la compañía.

5. Diseñar y/o implementar las políticas y procedimientos de las diferentes áreas de los Recursos Humanos. 6. Definir y ejecutar el presupuesto del área de Recursos Humanos de una empresa.

7. Gestionar los equipos y personas correspondientes a cada área de su departamento. Dirigir y coordinar los departamentos y velar por el buen funcionamiento de su área y por la calidad del servicio también se engloba en este punto. 8. Analizar y gestionar el cuadro de mando de Recursos Humanos.

9. Asegurarse de que se cumple la normativa de gestión laboral y se cumple con las políticas diseñadas.


CARGO:

Atención al cliente

DEPENDENCIA:

Departamento administrativo PERFIL DEL CARGO

OBJETICO PRINCIPAL: Proporcionar a los usuarios información y soporte con relación a los productos o servicios que la empresa en la que trabaja comercializa. Además, es quien se encarga de canalizar las quejas, reclamos y sugerencias. EDUCACION: Bachiller/técnico HABILIDADES: Facilidad de comunicación, manejo óptimo de las relaciones interpersonales, entusiasmo y cordialidad, excelente dicción, modulación y presencia, capacidad para trabajar bajo presión, trabajo en equipo, capacidad para realizar llamadas, manejo de campañas telefónicas FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Prospectar y fidelizar clientes; 2. Brindar información y resolver dudas;

3. Solucionar problemas del cliente; 4. Acortar los tiempos de servicio

5. Impulsar las ventas; 6. Recibir y tramitar pedidos, solicitudes y reclamaciones;

7. Analizar las necesidades de los clientes y gestionarlas en equipo con las demás áreas de la empresa; 8. Promover la recuperación de cartera;

9. Detectar aspectos de mejora; 10. Reconocer las acciones de la competencia;

11. Identificar oportunidades de mercado; 12. Recopilar información valiosa sobre el cliente, sus necesidades y preferencias;

13. Generar estadísticas sobre la gestión de la empresa; 14. Prevenir futuros incidentes


DEPARTAMENTO COMERCIAL

CARGO:

Representante de ventas

DEPENDENCIA:

Departamento comercial PERFIL DEL CARGO

EDUCACION: Bachiller y Formación en ventas. HABILIDADES: Habilidades Interpersonales, habilidades para las ventas, responsabilidad, compromiso y Organización. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Dar a conocer a los clientes y posibles clientes la funcionalidad del producto 2. Realizar apertura y cierre de la venta con el cliente, buscando siempre captar nuevas Oportunidades de negocio. 3. Ofrecer un buen servicio de cara al cliente, cálido, amable que permita el fortalecimiento de la marca, la imagen y el servicio a nivel general. 4. Mantener buenas relaciones con los clientes. 5. Atender los requerimientos posventa de los clientes. 6. Manejo de efectivo de las ventas del día. 7. Las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo. AUTORIDAD Posee toda la autoridad para tomar decisiones en cuanto a: Cierre de ventas con los clientes.


DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN CARGO:

Operario 1

DEPENDENCIA:

Departamento producción PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar actividades de corte en las diferentes áreas de producción con el fin de contribuir con el logro de los objetivos establecidos por la empresa, de acuerdo con las órdenes de producción de corte de piezas de materias primas aplicando los principios de calidad, eficiencia, eficacia, efectividad y transparencia EDUCACION: Bachiller/técnico/profesional universitario HABILIDADES: Trabajo en equipo, orientación logro y resultados, eficiencia operacional FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Revisar y dar informe a las maquinas e informar al área de producción y gerencia de resultados de dicha gestión. 2. Realizar la supervisión a los empleados sobre temas de competencia y programas de calidad en el corte. 3. Realizar seguimiento permanente a los programas de calidad en la creación de espacios de retroalimentación. 4. Participar en el proceso de capacitación de los colaboradores de la empresa, en el manejo de programas implementados para el desarrollo de la función de producción y otros. 5. Atender las solicitudes de información de su competencia requerida por la gerencia o área de producción. 6. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por su superior y los reglamentos para el cumplimiento de la misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza, propósito principal y área de desempeño del cargo.


CARGO:

Operario 2

DEPENDENCIA:

Departamento producción PERFIL DEL CARGO

1. OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar actividades de alistamiento, montaje y pegado de la suela del zapato, prestación de verificación y reporte con el fin de contribuir en el logro de los objetivos establecidos por la entidad, consultando los principios de eficiencia, eficacia, efectividad y transparencia. EDUCACION: Bachiller/técnico/profesional universitario HABILIDADES: Planeación, toma de decisiones, orientación y logros FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1 - Realizar funciones de verificación y reporte para garantizar calidad en el trabajo terminado.

2 - Dirigir y coordinar el procedimiento de las notificaciones personales y por aviso, conforme a los objetivos de la empresa. 3 - Realizar de alimentación al manual de los procesos de producción en conformidad con los principios de calidad exigidos por la empresa. 4 - Cumplir las funciones que les señala el gerente o jefe de producción de acuerdo con los objetivos de la empresa. 5 - Velar por la aplicación de los acuerdos expedidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura sobre el arancel judicial y colaborar en su recaudo. 6 - Ejercer el control sobre los elementos del trabajo como, materias primas que le sean entregados para su custodia y utilización de los mismos. 7 - Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por su superior y los reglamentos para el cumplimiento de la misión de la Entidad.


CARGO:

Operario 3

DEPENDENCIA:

Departamento de producción PERFIL DEL CARGO

EDUCACIÓN: Bachiller / Proceso productivo del calzado HABILIDADES: Trabajo en equipo, orden, concentración FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Elaboración del calzado 2. . Ceñirse a los diseños entregados para la elaboración del producto 3. Informar a su superior defectos de la materia prima que comprometan la calidad del Producto 4. Informar de averías en maquinaria o herramientas de trabajo 5. Debe velar por la calidad del producto

6. Las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo. AUTORIDAD Tiene toda la autonomía para la toma de decisiones en cuanto a: No posee autoridad.


CARGO:

Operario 4

DEPENDENCIA:

Departamento de producción PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar actividades de trabajo en el área de producción con el fin de contribuir con el logro de armado de piezas de calzado mediante máquinas de coser industriales cumpliendo con los objetivos establecidos por la entidad consultando los principios eficiencia, eficacia, efectividad y transparencia EDUCACION: Bachiller/técnico/profesional universitario HABILIDADES: Planeación, toma de decisiones, orientación y logros FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1 - Velar por la correcta aplicación de las normas y de los procedimientos vigentes de calidad. 2 - Aplicar conocimientos, principios y técnicas de la disciplina académica para lograr los fines del área a la cual se encuentre vinculado al área de trabajo bajo su responsabilidad. 3 - Promover acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas de la dependencia y área de trabajo. 4 - Coordinar la recepción y entrega de materias primas consumo a los diferentes despachos de logística y producción cumpliendo con las normas de almacén y las recomendaciones de la gerencia. 5 - Coordinar el análisis, revisión, control y evaluación de los sistemas y fabricación para procurar su mejoramiento y efectividad. 6 - Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por su superior y los reglamentos para el cumplimiento de la misión de la Entidad


CARGO:

Bodeguero

DEPENDENCIA:

Departamento de producción PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Garantizar la oportuna y adecuada distribución, ejecución y entrega de materiales dispuestos a la creación y producción asignado, utilizando los conocimientos y herramientas propios del área de producción. EDUCACION: bachiller/ técnico/profesional universitario HABILIDADES: Capacidad para entender y aplicar los conocimientos técnicos del área de desempeño y mantenerlos actualizados, capacidad para trabajar con otros para conseguir metas y objetivos comunes. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Analizar y controlar la programación, ejecución y entrega de materiales asignado a cada proceso. 2.

- Proyectar las solicitudes de modificación del inventario de la actual y anterior vigencia. - Preparar y analizar los informes de ejecución de los proyectos de diseño que tenga a cargo al proceso.

3.

- Preparar las solicitudes de vigencias futuras y presentarlas al Jefe Inmediato formato de novedades.

4.

- Elaborar los registros y comprobantes de movimientos diarios con el grupo de empleados asignado.

5.

- Elaborar conjuntamente con su grupo de trabajo, el Boletín Diario de entrega de materiales.

6. - Recepcionar la información y documentación para la elaboración del Informe Trimestral para el departamento de contabilidad.

7. - Elaborar los informes adicionales relacionados con su actividad, que así solicite el Jefe Inmediato. 8. - Revisar y clasificar las órdenes de trabajo que remite a la División de producción.

9. - Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por su superior y los reglamentos para el cumplimiento de la misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza, propósito principal y área de desempeño del cargo.


CARGO:

Contador publico

DEPENDENCIA:

Departamento financiero PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar las funciones gerenciales de la dirección ejecutiva Seccional con el fin de contribuir en el logro de los objetivos establecidos por la empresa, consultando los principios de eficiencia, eficacia, EDUCACION: Profesional universitario HABILIDADES: capacidad para presentar ideas y métodos novedosos y concretarlos en acciones FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1.

Analizar y verificar todas las operaciones que realizara la Empresa, mediante los documentos generados en cada una de estas. Facturas de compra, recibos de caja, comprobantes de egreso, notas bancarias y otros. 2. Verificar que los documentos que soportan las operaciones cumplan con los Requisitos de la ley y por los establecidos por la Empresa. 3. Cuantificar y cualificar cada operación para su correspondiente registro. 4. Registrar oportunamente todas las operaciones cumpliendo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas. 5. Preparar, analizar y presentar los estados financieros básicos e informar de manera oportuna a la Gerencia de la Empresa. 6. Preparar toda la información contable requerida tanto para entes externos como para la Gerencia de la Empresa. 7. Preparar los informes exigidos por la DIAN y entregar oportunamente a la Gerencia para su verificación y aprobación. 8. Preparar y analizar las declaraciones de impuestos y entregar oportunamente a la Gerencia para su aprobación, así mismo presentar cumplidamente todo lo relacionado en la página de la DIAN. 9. Atender y dar respuesta oportuna a los requisitos solicitados por los entes de vigilancia y control. 10. Diseñar, proponer e implementar los controles internos necesarios para asegurar la transparencia y buena ejecución de los distintos procesos. 11. Colaborar con la coordinación y negociación de proveedores de ser necesario. 12. Coordinar la formulación de presupuestos y reportes y presentarlos oportunamente en el momento que sean requeridos para licitaciones, negociaciones comerciales, entes de control o cualquier otro que se le solicite 13. Archivar de manera ordenada y cronológica todos los documentos que soportan los registros contables. 14. Mantener actualizados los libros de contabilidad registrados en la DIAN, cámara de comercio o cualquier otro órgano de control. 15. Realizar oportunamente las actualizaciones de resolución de facturación, actualización de RUT y todas las demás actualizaciones necesarias en las operaciones contables de la Empresa. 16. Realizar las renovaciones necesarias en los órganos de control como Industria y comercio, DANE, SuperSociedades y todas las demás exigidas a la Empresa. 17. Todas las anteriores aplican para la Empresa principal y demás conglomeradas. 18. Presentar las declaraciones de renta y todos los demás informes requeridos por entes de control de la Empresa, sus empresas conglomeras, socios y accionistas


CARGO:

Auxiliar contable

DEPENDENCIA:

Contador publico PERFIL DEL CARGO

OBJETIVO PRINCIPAL: Realizar actividades administrativas de archivo, control y elaboración de Correspondencia, digitar y registrar las transacciones contables de las operaciones de la compañía y verificar su adecuada contabilización, elaborar nómina y liquidación de seguridad social. EDUCACIÓN: Técnico/ profesional universitario HABILIDADES: Habilidad numérica y analítica, habilidad para elaborar informes o estados financieros, manejo de paquetes de computación, conocimientos en legislación contable, trabajo en equipo, habilidad de comunicación, alto grado de organización FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Atender de manera ágil, amable y eficaz las llamadas telefónicas del conmutador. 2. Recibir la correspondencia, radicarla y entregarla, tanto interna como externa

3. Atender todas aquellas personas que necesiten información. 4. Mantener actualizados los documentos legales de la compañía y entregar al personal que lo Requiera 5. Elaborar la nómina y liquidación de seguridad social. 6. Revisión de la contabilización de los documentos

7. Clasificar adecuadamente de acuerdo a los centros de costos existentes los documentos contables 8. Participar en la identificación de los riesgos de su área de trabajo y en la generación de acciones de mejora para su prevención

9. Administrar la papelería y elementos de uso de la compañía llevando registros en las planillas indicadas. 10. Colaboración continúa en otras labores asignadas por su jefe inmediato.


SERVICIOS GENERALES

CARGO:

Vigilante

DEPENDENCIA:

Servicios generales PERFIL DEL CARGO

EDUCACION: Bachiller/formación en vigilancia de seguridad HABILIDADES: En forma físicamente, espabilado, habilidad para gestionar conflictos, habilidades comunicativas FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles. Así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos. 2. Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados. En ningún caso puedan retener la documentación personal.

3. Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección. 4. Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos. 5. Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


CARGO:

Aseador

DEPENDENCIA:

Servicios generales PERFIL DEL CARGO

EDUCACION: 5 de Primaria FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. Vaciar y lavar los basureros de los puestos de trabajo. 2. Limpiar y desempolvar la cancelería y los puestos de trabajo de los servidores. 3. Limpiar, desmanchar y/o lavar las paredes en mampostería y revoque, puertas y ventanas. 4. Realizar aseo de las unidades sanitarias. 5. Realizar el barrido, trapeado, desmanchada y encerado de los pisos. 6. Efectuar labores de limpieza y desempolvado de ventanas, rejillas de acondicionadores de aire y lámparas. 7. Limpieza de plantas ornamentales y pasamanos en los sitios de trabajo asignados. 8. Las demás funciones que le sean asignadas


DEFINICIÓN ESTRATEGIAS DE MERCADO Una estrategia de mercadeo es la creación de acciones o tácticas que lleven al objetivo fundamental de incrementar las ventas y lograr una ventaja competitiva sostenible. La estrategia incluye todo tipo de actividades básicas, de largo como de corto plazo, así como actividades que tienen que ver con el análisis de la situación estratégica inicial de una compañía. Desarrollo de una estrategia de mercadeo El proceso de desarrollo de una estrategia de mercadeo inicia con el análisis del entorno de negocios, tanto interna como externamente. Se busca con esto entender los diferentes aspectos del ambiente que rodea a un negocio, incluyendo la tecnología, economía, cultura, política y leyes. Tras hacer este análisis, de acuerdo a los hallazgos que se realicen, así como a la misión de la empresa y las necesidades que busca cubrir, se eligen los objetivos de la empresa para aprovechar ese entorno y minimizar los retos. De aquí se deriva un plan de marketing o de mercadeo, que explicará las acciones específicas que se realizarán en un periodo de tiempo para lograr los objetivos. Los planes pueden cubrir muchos años, con subplanes para cada año, aunque con la velocidad del cambio en el entorno de mercadotecnia, estas temporalidades se están acortando. Idealmente, las acciones derivadas de esto son dinámicas e interactivas, pero implementadas sólo hasta cierto grado, para poder permitir reaccionar a desarrollos no previsibles mientras trata de enfocarse a un camino básico a seguir.


ESTRATEGIAS DE MERCADO Hemos considerado optar por las siguientes estrategias para poder alcanzar nuestra meta, de posicionar la empresa HIKERS LTDA como la más grande de chimichagua con proyección nacional, donde se destaque su calzado de calidad y diseño. ESTRATEGIAS DE INTEGRACION  Integración hacia adelante:  

HIKERS LTDA debe iniciar la creación y compra de puntos de venta tanto en la ciudad como a nivel nacional. Construcción de nuevas fábricas, en diferentes puntos del país, para satisfacer la demanda a nivel mundial.

 Integración vertical hacia atrás: 

Nos parece clave para desarrollar un calzado de calidad y cumplir con toda la demanda de nuestros clientes, adquirir una proveedora de materias primas, en especial de cuero, ya que nos ahorraría costos y tendríamos una mejor disposición de los materiales. Otra razón para llevar a cabo esta estrategia es la necesidad de tener los mejores materiales de producción a disposición, ya que en el momento se maneja muchos sintéticos importados de la China y la idea es que el calzado este producido por un cuero fino. ESTRATEGIAS DE MERCADO

 Penetración: crear un departamento de mercadeo, y aumentar su fuerza de ventas. De este modo lograr posicionar la marca a nivel nacional, y aumentar su participación en el mercado nacional. ESTRATEGIAS DE PRODUCTO  Diversificación: HIKERS LTDA, ampliara si portafolio de productos, desarrollando productos en cueros y sintéticos como zapatos deportivos.  Desarrollo: La empresa deberá innovar sus productos por medio de la implementación de nuevos diseños, y materiales de alta calidad.


DEFINICIÓN POLÍTICAS DE CRÉDITO DE LOS PROVEEDORES Para cualquier empresa lo ideal siempre será cobrar sus ventas al contado, sin embargo, la dinámica actual del mercado hace que en muchos casos haya que ofrecer aplazamientos de pago a nuestros clientes. Estos aplazamientos pueden incluir el pago diferido en el tiempo de una factura por su importe total o bien un fraccionamiento de la misma en varias cuotas. Cualquiera que sea el caso, la empresa está concediendo un préstamo a su cliente, y este aspecto ha de ser analizado minuciosamente por la empresa, tanto en cuanto a la rentabilidad de dicho préstamo como al riesgo que se incurre. Uno de los grandes problemas que están sufriendo las empresas españolas es el impago de esas facturas no cobradas en al contado, normalmente por no tener una adecuada política de crédito a clientes. Por lo tanto, es esencial gestionar adecuadamente las cuentas a cobrar para analizar las necesidades financieras futuras de la empresa para estar preparados para buscar financiación en caso de retrasos significativos en los pagos. En la mayoría de las empresas, el crédito a los clientes es fundamental para apoyar la comercialización y crecimiento de la empresa, y es igual de importante tener la política bien definida. La política de créditos debe incluir: 

Días de diferimiento de pago: la empresa debe tener especificados los vencimientos máximos en los que cobrar una factura: 30, 60 ó 90 días fecha factura, que son los diferimientos más habituales.

Política de crédito: deben establecerse unas normas claras sobre el grado de solvencia o capacidad financiera mínima de la empresa cliente. Si la empresa no llega a dicho nivel exigido, no se le proporcionará el crédito solicitado. Así mismo, debe establecerse un límite máximo de crédito a cada cliente, que nunca debe ser rebasado.

Política de cobro: hay que tener claros los procedimientos a seguir en caso de impagos, tantos los pasos internos (que lleve la empresa personalmente) como los externalizados a empresas de recobro especializadas (en caso de contratarse o ser necesarias).

Política de descuentos: Una buena forma de acelerar el ciclo de cobro es ofrecer a los clientes descuentos por pronto pago o por pago al contado. Obviamente, este descuento debe estar consensuado y estudiado para que no suponga una merma importante del margen de la venta.


DEFINICIÓN POLÍTICAS DE CRÉDITO DE LOS CLIENTES En el actual y cambiante mundo de los negocios es tan importante saber la forma como se va a aplicar la Política de Crédito hacia un cliente que conocer si se puede o no hacer negocios con este. No importa que tan bien se realice la evaluación de crédito. Un crédito mal administrado conducirá a mora o impago. La Política de Crédito afecta directamente el ciclo comercial cuyos participantes claves son la compañía, sus clientes y sus proveedores. Cualquier ruptura o defecto en este ciclo, en cualquier punto, puede interrumpir el flujo de fondos y mercancías e impactar negativamente a todos sus participantes. En la Política de Crédito se debe describir el flujo de información, mercancías y servicios, requiriéndose de un plan detallado de la relación COMPAÑIA – CLIENTE. Se debe definir como la organización interactuará con el cliente y detallar como los departamentos de mercadeo, crédito, ventas y cobranzas trabajarán como un solo equipo siendo un esfuerzo unificado crítico para el éxito. Está definida por tres segmentos, cada uno de los cuales posee varios elementos: Organizacional  

Paso 1: Misión: Es la razón de ser del crédito y de su gestión. Describe como el Departamento de Crédito y Cobranzas apoyará la Misión general de la Compañía. Paso 2: Metas: Este elemento indica lo que un Departamento de Crédito está tratando de alcanzar, en términos cuantitativos, e indica los parámetros contra los cuales debe ser evaluado. Paso 3: Responsabilidad Organizacional: Explica cómo quedan distribuidas las diferentes funciones y define los límites de autoridad. Evaluación y definición de términos

  

Paso 4: Evaluación de Crédito: Indica, en términos generales, el proceso de evaluación de créditos haciendo especial énfasis en la evaluación de clientes nuevos. Paso 5: Límites de Crédito: Describe la metodología y procesos a ser llevados a cabo para el establecimiento de límites de crédito. Paso 6: Condiciones de Venta: Indica las condiciones ofrecidas a los clientes y las circunstancias bajo las cuales pueden variar. Gestión y recuperación de cartera

Paso 7: Monitoreo de Cuentas: Lo único constante en el mundo de los negocios es el cambio. Este elemento de su Política de Crédito define la forma en que realizará el monitoreo de sus cuentas para anticipar las variaciones en el nivel de riesgo que cada una de ellas representa para su compañía. Paso 8: Administración de Cartera Corriente: Define los procedimientos a seguir para motivar e incentivar el pronto pago de sus acreencias.


Paso 9: Suspensiones de Crédito y Despachos: Esta área explica las condiciones bajo las cuales los pedidos deben ser detenidos para revisar la situación con los clientes en que se percibe un aumento en el nivel de riesgo. Paso 10: Recaudo de Cartera Vencida: Este paso describe lo que se debe hacer para lograr la recuperación rápida de una acreencia vencida manteniendo al mismo tiempo una buena relación con sus clientes. Es responsabilidad de la Gerencia de Crédito supervisar el cumplimiento de esta Política. Sin embargo, esta Gerencia es frecuentemente malentendida por quienes no están directamente involucrados en ella. Por lo tanto, el diseño de una Política debe ser ampliamente concertado con todas las partes involucradas. Una vez publicada, las reglas habrán sido establecidas, el potencial de conflicto interno habrá sido eliminado, y sus clientes serán conscientes de que están trabajando con una organización coherente y profesional.


POLÍTICA DE CALIDAD Ofrecer a nuestros clientes un calzado de moda, diseño y confort que satisfaga las necesidades y expectativas de nuestros clientes, además de dotación que cumpla con sus necesidades y expectativas de: comodidad, calidad, durabilidad y seguridad, esto contando con Materiales de la más alta calidad y con un personal altamente calificado.

VALORES CORPORATIVOS Lealtad: Debemos cuidar que no se debiliten nuestras relaciones de trabajo, siendo fieles, y cuidando nuestra organización. Honestidad: Nuestro comportamiento debe ser socialmente responsable, mostrando, respeto, imparcialidad, sinceridad y apego a las reglas de la compañía. Respeto: Acoplarse a las normas establecidas, buscando el bien común sin ofender a nadie o que sientan afectada su integridad Colaboración: El logro de nuestros objetivos requiere que todos los integrantes de la organización participemos haciendo contribuciones de manera individual y en equipo para la realización y mejora de los procesos.

COMPROMISO CON EL CLIENTE La empresa HIKERS LTDA orientara su acción hacia el cliente, satisfaciendo sus necesidades y expectativas, ofreciéndole un producto de excelente calidad.

OBJETIVOS DE CALIDAD Para Calzado HIKERS LTDA, nuestros objetivos de la Calidad es de vital importancia cumplir con los siguientes requisitos:

Disminuir las quejas y reclamos Aumentar la satisfacción del cliente Mejorar la competencia del personal


Mejorar continuamente Mejorar la calificación de los proveedores Nos aseguramos que los proveedores cumplen los requisitos de la organización en cuanto a calidad, precio, y tiempo de entrega.

POLÍTICA A PROVEEDORES

Análisis de los proveedores Determinar la solvencia del cliente Documentos: Estados Financieros Historial crediticio Central de riesgo Establecimiento de las condiciones de crédito Fijamos las características principales si la operación se aprueba: Plazo: Para el pago y recargo con morosidad si no se cumple el plazo estipulado Descuento por pronto pago Instrumento del crédito: Se materializa el financiamiento del contrato con: LA FACTURA DE VENTA Pago del crédito: El proveedor recibirá la retribución respectiva por medio de la cuenta de ahorro que el proveedor disponga.

POLÍTICA ADMINISTRATIVA Condiciones de admisión El personal que se contrate deberá pasar por un proceso de selección, que compruebe que las personas que se contraten, tengan los conocimientos y/o habilidades que exigen el cargo que desempeñar. Una vez admitido el aspirante se estipulará con él un periodo inicial de prueba que tendrá por objetivo apreciar por parte de la empresa, las aptitudes de colaboración y por parte de este, las conveniencias de las condicione de trabajo.


Horario de trabajo Las horas de entrada y salida de los colaboradores pertenecientes a HIKERS LTDA, Son las que a continuación se expresan: Días laborables: Los días laborables para el personal administrativo son de lunes a viernes y para el personal operativo de lunes a domingo. Horario personal. Se considera en cada jornada de trabajo un descanso no mayor a 10 minutos. Mañana: 8:00 a.m. a 12:00 p.m. Tarde: 2:00 p.m. a 08:30 p.m. La empresa podrá implementar turnos especiales de trabajo nocturno cuando lo considere necesario. El no cumplimiento del horario de trabajo conllevara ha llamados de atención en la hoja de vida. Los colaboradores operativos de la empresa, no deberán abandonar su lugar de trabajo hasta cuando se haga presente su reemplazo. Se exige puntualidad en la hora de llegada los atrasos deberán ser justificados en la oficina del personal. De los permisos: Se prohíbe faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de la empresa, excepto en los casos de huelga, en los cuales debe abandonar su lugar de trabajo. Para conceder permisos particulares a los colaboradores de HIKERS LTDA., el permiso se debe solicitar por escrito a la gerencia con una antelación no menor a 24 horas.

Medidas de seguridad Salvaguardar la seguridad personal de nuestros empleados, su salud y el cuidado del medio ambiente, a través de la implementación de métodos de trabajo adecuados y la utilización de equipamiento necesario. Se espera que el trabajador mantenga en todo momento su área de trabajo y zonas de uso común limpias y en orden para la seguridad y comodidad de todos. Reclamos No se aceptan alteraciones del clima laboral de ninguna índole, cualquier queja, reclamo o inconformidad, será dada a conocer al superior inmediato de acuerdo a la jerarquía del organigrama y estos mismos serán expuestos en el comité de convivencias laboral,


conformado por un representante de los empleados y un delegado del empleador para la brusquedad de las respectivas soluciones. Una política es un plan general de acción que guía a los miembros de una organización en la conducta de su operación. ¿Por qué surge la necesidad de disponer de políticas? La organización o la empresa está constituida por personas. Estas personas, que ocupan las diferentes posiciones que se han establecido en la organización, deben desempeñar las funciones que les han sido asignadas. Toda esa actividad tiene que conducir hacia el logro del objetivo o de los objetivos que se ha fijado la empresa. Sin embargo, en muchos sentidos e personas son diferentes. Piensan de manera diferente; poseen distintos niveles de educación; tienen diferentes especializaciones o habilidades, etc. Al no existir ciertos guías generales de acción, cada persona tendería a resolver problemas o a tomar decisiones de acuerdo con su propio criterio. Entonces tendríamos hechos como los siguientes: 1. El personal de la división de ventas de una empresa entra a las 8 de la mañana, porque su jefe cree que es la mejor hora. Sin embargo, los clientes habituales comienzan a aparecer a las 10 de la mañana. 2. El jefe de una sección determinada opina que para su gente la mejor hora de colación es a las 12 del día, en circunstancias que el jefe de la cafetería cree que la mejor hora de servir la colación es a las 13 horas. 3. El jefe de bodega debe realizar varios despachos de una misma materia prima, porque cada uno de los capataces hace su pedido a horas distintas. 4. El personal de mantenimiento debe estar prácticamente todo el día frente a las máquinas esperando la decisión de los encargados para su revisión. 5. Existe una alta rotación de personal en el departamento de contabilidad, pues sus jefes se dan cuenta tarde del conocimiento, experiencias y habilidades del personal recién contratado. 6. Existen serios conflictos internos entre los empleados porque unos jefes son duros y no aceptan atrasos, en cambio, otros no se preocupan de ellos. En todos estos casos es posible que las decisiones y la conducta de cada una de las personas mencionadas sean correctas; sin embargo, si bien es cierto que desde el punto de vista individual esto es válido, desde el punto de vista de toda la organización, la situación parece ser caótica y no es aventurado predecir que una empresa con esos problemas está condenada al fracaso. Se hace necesario aunar criterios, establecer guías generales de acción comunes para todos, con el fin de que la organización marche de una manera unitaria. Es necesario disponer de ciertas políticas generales que regulen la conducta de los individuos y los encasillen dentro de ciertas reglas generales de acción. En los casos citados anteriormente, es posible solucionar los problemas presentados y armonizar la conducta de esa organización con las siguientes políticas:


1. Considerando que el trabajo de venta se inicia a las 10 de la mañana, y no antes, el horario del personal de ventas comenzará a las 9:30, disponiendo así de un período previo para preparar el material y tener todo listo para la recepción de los clientes. 2. Se establecen tres períodos de colación: la Sección A a las 12:00, la Sección B, a las 12:5 y la Sección C, a las 13:30. Este horario debe ser conocido por la Cafetería, con el fin de tener la colación preparada. 3. Los capataces entregarán antes de las 9:30 las órdenes de requisición de materias primas. E1 jefe de Bodega las despachará todas juntas entre las 9:30 y las 10:00. 4. Las operaciones de mantenimiento llevarán a cabo fuera de aquellas áreas en que las máquinas se encuentran operando. 5. El personal que se contrate deberá pasar por un proceso de selección que compruebe que las personas que se contraten tengan los conocimientos y/o habilidades que exige el cargo que desempeñarán. 6. Se exige puntualidad en la hora de llegada. Los atrasos deberán ser justificados en la oficina del Personal. Las políticas que se han enunciado más arriba permiten, indudablemente, a los jefes o a las personas en general, tomar decisiones dentro de ciertas pautas generales. Cuando estas pautas son específicas, se transforman en normas o reglas. La política define la idea general, mientras que la norma define ideas concretas. Estas políticas facilitan la conducta dentro de la organización. El personal, a cualquier nivel, puede actuar y saber cuándo actúa bien o cuándo actúa mal, ya que conoce las reglas del juego. Otro aspecto importante es que las políticas aseguran una cierta uniformidad en la conducta. Por ejemplo, los conflictos producidos por la diferencia de criterios con que diferentes jefes enfrentaban el problema de los atrasos, serían eliminados al implantar una política que indicara que la empresa desea puntualidad en el horario, y que las sanciones ya no dependerán directamente del jefe, sino de la oficina del Personal. Esta uniformidad, a su vez, es una ayuda considerable para la coordinación. Hemos indicado más arriba que la empresa es un conjunto de individuos particularmente diferentes entre ellos. Por otra parte, el objetivo global de una empresa (producir 1.000 pares de zapatos, por ejemplo) para poder ser realizado se ha dividido en sub-objetivos que han sido asignados a e personas. Esta verdadera división del trabajo hace que el trabajo de una persona sea dependiente del trabajo de otra. Es necesario que se cumplan los sub-objetivos para que así se logre alcanzar el objetivo final. Esto requiere una gran labor de coordinación, la que se ve simplificada, si existen ciertas políticas generales que uniforman un buen número de decisiones. Una falla en el programa de adquisiciones tiene como resultado la paralización de todo el proceso productivo.


Por esta razón, se ha establecido una política de compras que señala simplemente que cuando la cantidad de fierro en bodegas llega a cierto límite, se procederá a hacer el pedido. Esta política permite entonces que Producción pueda desarrollar sus propios programas sin tener que preocuparse de la disponibilidad de materiales, siempre que, desde luego, se mantengan éstos dentro de loa límites que le da esta política.

IV. ESTRATEGIA Y POLITICA Tanto estrategias como políticas sirven de guía a los planes. Constituyen la estructura de éstos y sientan las bases para el desarrollo de tácticas y otras actividades administrativas. Estrategia es la determinación del propósito o misión y de los objetivos básicos a largo plazo de una empresa, y en la adopción de los recursos de acción y de la asignación de recursos necesarios para el cumplimiento de e metas. Las Políticas son enunciados o interpretaciones generales que orientan las ideas de los administradores en la toma de decisiones. Orientación: creación de la estructura de los planes El principio de la estructura de estrategias y políticas es que cuanto más claras sean la comprensión de estrategias y políticas y su instrumentación en la práctica, tanto más consistente y efectiva será la estructura de los planes de una empresa. Necesidad de la planeación operativa: tácticas Las tácticas son los planes de acción para la ejecución de las estrategias. Estas deben apoyarse en tácticas efectivas. Proceso de la planeación estratégica El modelo de planeación estratégica muestra el funcionamiento de este proceso. En él se identifican los elementos básicos del proceso y se indica la relación entre ellos. • Insumos de la organización (personas, capital, habilidades administrativas y técnicas, metas de los grupos interesados: empleados, consumidores, proveedores, accionistas, gobiernos, comunidad, etc.) • Análisis de la industria (evaluación de una industria mediante análisis de condiciones externas) • Perfil empresarial (es el punto de partida para determinar donde se encuentra una compañía y hacia donde debe dirigirse) o Orientación de ejecutivos, valores y visión (el perfil empresarial es producto de las personas, en especial de los ejecutivos de primer nivel, cuya orientación y valores son importantes para la formulación de la estrategia.


o Propósito, objetivos principales e intención estratégica (son los puntos finales hacia los que se dirigen las actividades de una empresa. La intención estratégica es la determinación de triunfar en un entorno competitivo. • Desarrollo de estrategias alternativas (se desarrollan con base en un análisis de los ambientes externo e interno) o Ambiente externo presente y futuro (debe evaluarse en términos de amenazas y oportunidades; esta evaluación gira en torno de la situación competitiva, tomando en cuenta los factores económicos, sociales, políticos, legales, demográficos y geográficos. También debe examinarse en función de avances tecnológicos, productos y servicios en el mercado y otros factores indispensables para determinar la situación competitiva de la empresa. o Ambiente interno (es necesario auditar y evaluar este ambiente de la empresa, respecto de sus recursos y sus fortalezas y debilidades en investigación y desarrollo, producción, operaciones, adquisiciones, comercialización y productos y servicios. Otros factores importantes para la formulación de una estrategia y de obligada evaluación son los recursos humanos y financieros, así como la imagen de la compañía, la estructura, y clima de la organización, el sistema de planeación y control y las relaciones con los clientes. • Evaluación y elección de estrategias (deben evaluarse cuidadosamente antes de hacer una elección, las decisiones estratégicas deben considerarse de acuerdo con los riesgos implicados) •

Instrumentación

o Planeación de mediano y corto plazos, instrumentación mediante la reingeniería de la estructura organizacional, liderazgo y control (aunque no forman parte del proceso de planeación estratégica, la planeación de mediano y corto plazo y la instrumentación de los planes también deben tomarse en cuenta en todas las fases del proceso. o Prueba de congruencia y planeación de contingencias (esta prueba es esencial en todas las fases del proceso de planeación estratégica)

IV. I. Principales tipos de estrategias y políticas Deben desarrollarse en áreas tales como crecimiento, finanzas, organización, personal, relaciones públicas, productos, o servicios y comercialización. Las estrategias componen una jerarquía, la cual va del nivel empresarial al de negocios y de éste al nivel funcional. IV. II. Productos o servicios La razón de existir de una empresa es proporcionar productos o servicios; éstos determinan qué es o será una empresa. Las preguntas básicas en esta área: ¿Qué es nuestra empresa? ¿Quiénes son nuestros clientes? ¿Qué desean nuestros clientes? ¿Cuánto nos compran los clientes y a qué precio? ¿Nos interesa ser líderes de productos? ¿Cuál es nuestra ventaja competitiva? ¿Nos interesa desarrollar nuevos productos propios? ¿Qué ventajas poseemos


en la atención de las necesidades de los clientes? ¿Cómo debemos responder a la competencia, tanto real como potencial? ¿Qué más podemos hacer a favor de la atención de las necesidades de los clientes? ¿Qué utilidades podemos esperar? ¿Cuál debe ser la forma básica de nuestra estrategia?

IV. III. Mercadotecnia Las estrategias de mercadotecnia son diseñadas para orientar a los administradores en el suministro de productos o servicios a los clientes y en la persuasión de los clientes para que compren. Estas estrategias están estrechamente relacionadas con las estrategias de productos, y por lo tanto deben entrelazarse con ellas y apoyarse unas a otras. Las preguntas básicas para el establecimiento de una estrategia de mercadotecnia: ¿Dónde se encuentran nuestros clientes y por qué compran lo que les ofrecemos? ¿Cuál es e patrón de compras de nuestros clientes? ¿Qué es lo que más nos conviene vender? ¿Tenemos algo que ofrecer que no ofrezcan nuestros competidores? ¿Nos interesa tomar medidas legales para desalentar la competencia? ¿Necesitamos y podemos ofrecer servicios de soporte? ¿Cuáles son las mejores estrategias y política de precios para nuestras operaciones? ¿Cómo podemos atender mejor a nuestros clientes?

V. JERARQUÍA DE ESTRATEGIAS EMPRESARIALES

La estrategia general de las compañías grandes y diversificadas puede constituir una jerarquía. • En la cúspide de la pirámide está la estrategia corporativa. En este nivel los ejecutivos trazan la estrategia general de una compañía diversificada. Se toman decisiones respecto de las industrias en las que la compañía desea competir. • En El segundo nivel de la jerarquía se desarrollan estrategias de negocios, usualmente a cargo del administrador general de una unidad de negocios. El director general revisa y aprueba o rechaza estas estrategias. El propósito de la estrategia de negocios es la obtención de una ventaja competitiva en un área de la línea de productos en particular • En el tercer nivel jerárquico se desarrollan estrategias (o políticas) funcionales. En este caso se generan estrategias por departamentos u otras unidades organizacionales como finanzas, producción, comercialización, servicio, personal, etc. El objetivo es apoyar las estrategias de negocios y corporativa. Análisis de la industria y estrategias Competitivas genéricas según Porter Éste señala que la formulación de estrategias requiere de un análisis de la industria y de la posición de una compañía dentro de ella. Este análisis sirve de base a las estrategias genéricas.


VI. TIPOS DE POLÍTICAS ADMINISTRATIVAS

En general, podemos distinguir dos tipos de políticas de empre según sea la forma en que se originan. Estas son: a) Políticas impuestas en forma externa y b) Políticas formuladas internamente. VI. I Políticas impuestas externamente. La empresa no se encuentra aislada, sino que vive rodeada del medio. La conducta de este medio afecta a la conducta de la empresa y, a su vez, la empresa también afecta al medio. La sociedad, a través de sus sistemas políticos, sociales y económicos, formula ciertas acciones que tienden a ordenar su propio desarrollo. Concretamente, los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, establecen ciertas conductas que las empre deben hacer suyas. Por ejemplo, a través de leves o decretos, la empresa se ve obligada a acatar y a implantar ciertas políticas. La ley, de Inamovilidad es uno de estos casos. La empresa al obedecerla, la hace suya y duelo implantada dentro de ella una política de inamovilidad, que todos los ejecutivos (de capataz a gerente) deben seguir. La fijación de salarios mínimos es otro caso. La empresa debe tener como política de remuneraciones un salario mínimo, es decir, debe tratar de remunerar a su personal de tal forma, que le asegure una subsistencia mínima. Esta es una política que la empresa ha tenido que adoptar por factores externos a ella. En cuanto a la producción, existen políticas sobre la calidad del producto que fabrica la empresa que también tienen su origen en forma externa a ella. Es el caso de los balones de gas licuado, en que existen exigencias concretas de calidad. Estas exigencias o standard de calidad son fijados y controlados por organismos ajenos a la empresa. Otro ejemplo de política externamente impuesta lo encontramos en la política de seguridad de la empresa. Así, aquellas que utilizan calderas deben implantar ciertas medidas de seguridad y controlar cada cierto tiempo la salud de los fogoneros. La empresa debe reconocer estas políticas y adoptarlas como suyas. Esto no significa, por supuesto, que no tenga libertad para mejorarlas. Es posible que, considerando que el salario mínimo se encuentra bajo el mínimo que ella estima, establezca una política de fijar sus salarios en una cantidad superior al establecido por los sistemas externos. VI. II. Políticas formuladas internamente. Estas son las políticas que, de una manera precisa, consciente, y de preferencia por escrito, se formulan con el fin de que sirvan para regir en términos generales en un determinado campo. Podemos subdividirlas en políticas generales y políticas particulares. Las primeras son aquellas que se aplican a toda la empresa, es decir, a cada una de las unidades administrativas. Por ejemplo, el rápido crecimiento de la participación en la empresa lleva a la dictación de políticas generales que tienden a implantar diversos mecanismos participativos dentro de la organización. Así, una empresa puede establecer como política general que un determinado


número de decisiones que afectan a Bienestar sean tomadas por comités formados por obreros y empleados. Otras políticas se refieren a aspectos concretos de producción, ventas, compras, contabilidad, finanzas, relaciones públicas, personal, etc. En ventas, una empresa puede tener como política el desarrollo de una propaganda y publicidad agresivas. También puede establecer como política la ampliación del mercado, es decir, tratar de alcanzar con su producto todo el país, no sólo la zona central. Como políticas particulares de personal se pueden establecer ciertos requisitos de admisión o contratación, de remuneración, de rotación de empleados, etc. Observemos con mayor detalle las políticas particulares de cada una de las funciones de la empresa.

VII. FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DE VENTAS. Quizás el aspecto más importante de la planificación de una empresa es el que tiene que ver con aquellos bienes o servicios que la empresa fabrica. Su éxito y la formulación (le la política que se deberá seguir en relación con el producto determinarán, más que ningún otro factor, la supervivencia misma de la empresa, pues el producto es el factor que determina (directa o indirectamente) la capacidad de la organización para llevar a cabo nuevamente el proceso de transformación. La formulación de la política en relación con el producto tiene que ver con el establecimiento de guías para elegir el artículo que se producirá (bien o servicio) y que se ofrecerá al mercado. Otro problema será la fijación de la política de precios, que comprende no sólo la determinación de los precios mismos, sino también los programas de descuentos y otros. Surge también la fijación de la política de distribución del producto: si se entregará a mayoristas, o se venderá directamente al público consumidor, o una mezcla de ambos canales. Finalmente, deberá fijarse la política de ventas y la promoción de ella. En este aspecto debe considerarse la publicidad que se dará al producto, el empaquetado, la fijación de programas especiales, como concursos etc.

VIII. FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DE PRODUCCIÓN

Al igual que en la formulación de las políticas de venta, en la fabricación del producto también deben fijarse determinadas políticas generales. Entre ellas tenemos la de comprar o producir. Es decir, determinar si se debe comprar o se debe hacer un producto o una pieza de ese producto. Por ejemplo, una empresa que fabrique muebles puede optar por tener sus propios maestros que trabajen en sus talleres, o bien, comprar la producción de diversos


maestros independientes. Puede también optar por una política de especializar a los maestros en hacer determinadas piezas, en forma particular, llevando a cabo la empresa el ensamblaje o montaje de los muebles. Otra política importante que debe fijarse en producción es el volumen del ritmo de producción. En algunos casos podrá trabajar a plena capacidad y tres turnos. Otras empresas pueden optar por la política de producir bajo la capacidad plena por los riesgos que trae el tener altos inventarios. En este caso, el pronóstico que hacemos de las ventas futuras será un factor determinante en la fijación de esta política. La política de Inventarios es otro ejemplo de formulación de políticas en el área de producción. Debe tender a que la empresa no acumule grandes inventarios, es decir, no tenga almacenada una gran cantidad del producto que fabrica y, por otra parte, no tenga inventarios tan pequeños que no pueda disponer de productos cuando los clientes los pidan. En el primer caso, se corren riesgos de obsolescencia, pérdida de parte de los productos por el almacenaje mismo, etc. En el segundo caso, se corre el riesgo de la pérdida de clientes

POLÍTICAS CONTABLES HIKERS LTDA ha definido en este Manual de Políticas Contables un conjunto de principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos que se encuentran basados en la Norma Internacional de Información Financiera para las Pymes, derivada de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF, o IFRS de acuerdo a sus siglas en inglés) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB -por sus siglas en inglés). La aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera permitirá que la información contable sea más relevante y mejore la calidad de la información financiera de propósito general que prepare y presente HIKERS LTDA. MANUAL DE POLITICAS CONTABLES BAJO LA NIIF PARA LAS PYMES, este Manual de Políticas Contables también permitirá que HIKERS LTDA aplique políticas contables con criterios de reconocimiento, medición, presentación y exigencias de revelación, basadas en NIIF, haciendo más confiable y útil la información contable.

Las políticas contables que se llevarán a cabo dentro de la empresa HIKERS LTDA, son las siguientes: El efectivo y equivalentes al efectivo Medición inicial:

• HIKERS LTDA, llevará sus registros contables en moneda funcional representada por el peso colombiano.


• Los equivalentes al efectivo se reconocerán por un período de vencimiento no mayor a 3 meses desde la fecha de adquisición • La moneda extranjera se reconocerá a su equivalente en moneda de curso legal, al momento de efectuarse las operaciones, aplicando al importe en moneda extranjera la tasa de cambio entre ambas •

El efectivo se medirá al costo de la transacción.

• Para cada concepto de efectivo se mostrará dentro de los estados financieros en una cuenta específica que determine su condición y naturaleza dentro del activo corriente.

Medición posterior: • HIKERS LTDA, revelará en los estados financieros o en sus notas: los saldos para cada categoría de efectivo por separado, el plazo de los equivalentes al efectivo, las tasas de interés y cualquier otra característica importante que tengan los depósitos a plazo. • Se revelará en las notas junto con un comentario a la gerencia, el importe de los saldos de efectivo y equivalentes al efectivo significativos mantenidos por la entidad que no están disponibles para ser utilizados por ésta.

Las cuentas y documentos por cobrar Medición inicial: • La entidad medirá las cuentas por cobrar inicialmente al:1) precio de la transacción incluyendo los costos de transacción o 2) valor razonable. Si el acuerdo constituye una transacción de financiación la empresa medirá el activo financiero por el valor presente de los pagos futuros descontados a una tasa de interés de mercado para un instrumento de deuda simular (Interés implícito). La empresa HIKERS LTDA considera que todas las ventas realizadas con periodos inferiores a 90 días son equivalentes de efectivo y por lo tanto no contienen un elemento de financiación y por ende no aplicaría el concepto para medición a valor razonable o costo amortizado. Medición posterior: • Las cuentas por cobrar posteriormente se medirán al costo amortizado bajo el método del interés efectivo. • Una cuenta por cobrar deberá medirse al costo amortizado si se cumplen las dos condiciones siguientes: a) El activo se mantiene dentro de un modelo de negocio, es decir cuyo objeto es mantener el activo para obtener los flujos de efectivo contractuales y b) Las condiciones contractuales de la cuenta por cobrar dan lugar, en fechas especificadas a flujos


de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente. • Las cuentas por cobrar que no tengan establecida una tasa de interés se medirán al importe no descontado del efectivo que se espera recibir. • Se revisarán las estimaciones de cobros, y se ajustará el importe en libros de las cuentas por cobrar para reflejar los flujos de efectivo reales y estimados ya revisados. • Se dará de baja a la cuenta por cobrar si se expira o se liquidan los derechos contractuales adquiridos, ó que HIKERS LTDA, transfiera sustancialmente a terceros todos los riesgos y ventajas inherentes de las cuentas por cobrar. • En las notas explicativas se revelarán: las políticas adoptadas para la cuantificación de las cuentas por cobrar, el monto de las cuentas por cobrar comerciales a la fecha, el monto de la provisión para cuentas incobrables a la fecha de los estados financieros, y la composición de las cuentas por cobrar no comerciales, segregando las cuentas por cobrar.

Inventarios Las siguientes políticas de inventarios son aplicables a la empresa HIKERS LTDA. que desarrolla las actividades de producción de zapatos deportivos de dama, sus políticas para su contabilización.

Medición inicial:

• El costo de adquisición de la materia prima comprenderá el precio de compra, aranceles de importación y otros impuestos (no recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), transporte, almacenamiento manipulación y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de los materiales. • Cuando el costo de adquisición de los materiales comprenda descuentos, rebajas y otras partidas similares éstas se deducirán para determinar dicho costo. • Cuando la empresa adquiera inventarios con pago aplazado, si el acuerdo de compra contiene un elemento de financiación como puede ser, por ejemplo, la diferencia entre el precio de adquisición en condiciones normales de crédito y el importe pagado, este elemento se reconocerá como gasto por intereses a lo largo del periodo de financiación

Medición posterior: • La entidad al final de cada período sobre el que se informa, determinará si los inventarios están deteriorados, es decir, si el importe en libros no es totalmente recuperable


(por ejemplo, por daños, obsolescencia), el inventario se medirá al menor valor entre el costo o el valor neto realizable. Esto es a su precio de venta menos los costos determinación y venta y se reconocerá una pérdida por deterioro de valor.

Inventario de productos en proceso:

• Los costos de transformación de los inventarios incluirán: mano de obra directa, distribución sistemática de los costos indirectos de producción variables o fijos en los que se incurra • Se reconocerá como costos indirectos de producción fijos: la depreciación y mantenimiento del edificio y equipos de la fábrica, así como el costo de gestión y administración de la planta

Inventario de productos terminados: Medición inicial

• La sociedad medirá sus inventarios terminados al costo, que incluirá todos los costos de producción necesarios para la terminación del producto. • Se clasificarán e incluirán en el estado de situación financiera los inventarios como activo corriente, ya que se mantiene el producto terminado con fines de negociación

Medición posterior • Los inventarios se medirán al importe menor entre el costo y el precio de venta estimados menos los costos de terminación y venta, esto es su valor neto realizable. • HIKERS LTDA, utilizará para el cálculo del costo de los inventarios, el método de primera entrada primera salida •

Se efectuará un inventario físico al final de cada ejercicio contable para cada artículo.

• En los estados financieros se revelará: La fórmula de costo utilizada para medir los inventarios, el importe total en libros de los inventarios y los importes en libros según la clasificación apropiada para la entidad, el importe de los inventarios reconocido como gasto durante el período • Se mostrará por separado importes de inventarios: que se mantiene para la venta en el curso normal de las operaciones, en proceso de producción para posteriormente venderse, en forma de materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción


Pagados anticipados Medición inicial:

• Los gastos pagados por anticipados estarán conforma dos principalmente por alquileres o arrendamientos y seguros, cancelados por anticipado, además de otros pagos anticipados que tenga la entidad. •

Se reconocerá el valor del pago anticipado a su costo

• La cuenta de pagos anticipados ó gastos anticipados se encuentra dentro de los activos corrientes, ya que se espera realizar el activo dentro de los doce meses siguientes desde la fecha sobre la que se informa

Medición posterior:

Se medirán los pagos anticipados al costo amortizado menos el deterioro de valor

• Cuando se consuman los bienes, se devengan los servicios o se obtengan los beneficios del pago hecho por anticipado se liquidarán contra el gasto respectivo. • Cuando la empresa determine que estos bienes o derechos han perdido su utilidad, el importe no aplicado deberá cargarse a los resultados del período. • En los estados financieros se revelará: La determinación de los importes en libros en la fecha sobre la que se informa, los importes significativos incluidos en los resultados por intereses pagados, y los importes de los desembolsos reconocidos durante el período.

Propiedad, planta y equipo • La entidad registrará como propiedad, planta y equipo, los activos tangibles que se mantienen para uso en la producción o suministro de bienes, asimismo se prevé usarlo más de un período contable • La empresa HIKERS LTDA., reconocerá a un activo como elemento de la propiedad, planta y equipo si es probable que la entidad obtenga beneficios económicos futuros; además que el costo de dicho activo puede medirse con fiabilidad

Medición Inicial:


• La empresa medirá inicialmente al costo los elementos de propiedad, planta y equipo, el cual comprenderá el precio de adquisición (honorarios legales y de intermediación, aranceles de importación e impuestos recuperables, después de deducir los descuentos comerciales y rebajas), los costos atribuibles a la ubicación del activo en el lugar y condiciones necesarias para qué pueda operar de la forma prevista; y formará parte la estimación inicial de costos o retiro de un activo, así como la rehabilitación del lugar sobre el que sea sienta.

• El costo de un elemento de propiedad, planta y equipo será el precio equivalente en efectivo en la fecha de reconocimiento. Si el pago se aplaza más allá de los términos normales de crédito, la entidad medirá el costo de propiedad, planta y equipo al valor presente de todos los pagos futuros.

Medición posterior:

• La empresa HIKERS LTDA, medirá la propiedad, planta y equipo posterior a su reconocimiento al costo menos la depreciación acumulada y la pérdida por deterioro acumulada que haya sufrido dicho elemento • Si HIKERS LTDA. posee propiedad, planta y equipo que contiene componentes principales que reflejan patrones diferentes de consumo en sus beneficios económicos futuros, deberá reconocerse el costo inicial de la propiedad distribuido para cada uno de los elementos por separado • La empresa dará de baja en cuentas un activo de propiedad, planta y equipo que se encuentra en disposición ò no se espera obtener beneficios económicos futuros por la disposición o uso del activo • HIKERS LTDA, reconocerá la ganancia o pérdida por la baja en cuentas de un activo de propiedad, planta y equipo en el resultado del período contable que se produjo. • La entidad revelará para cada una de las clasificaciones de propiedad, planta y equipo que la gerencia considera apropiada, la siguiente información •

La base de medición utilizada, vida útil o vidas útiles de la propiedad, planta y equipo.

• El importe en libros de la propiedad, planta y equipo, su depreciación acumulada y pérdida por deterioro del valor al principio y final del período contable que se informa. • Conciliación de los importes al inicio y final del período contable que se informa que muestre: adiciones, disposiciones, pérdidas por deterioro, depreciación y otros cambios.


Depreciación de una propiedad, planta y equipo

Medición inicial:

• La empresa HIKERS LTDA., reconocerá el cargo por depreciación de la propiedad, planta y equipo que posee, en el resultado del período contable. • La entidad reconocerá la depreciación de un activo de propiedad, planta y equipo, cuando dicho activo esté disponible para su uso, es decir, se encuentre en el lugar y en un contexto necesario para operar de la manera prevista por la gerencia

Medición posterior

• La entidad deberá distribuir el importe depreciable de una propiedad, planta y equipo a lo largo de su vida útil, de una forma sistemática con relación al método de depreciación que se haya elegido para dicha propiedad. • HIKERS LTDA. determinará la vida útil de una propiedad, planta y equipo a partir de los factores como lo son la utilización prevista, el desgaste físico esperado, la obsolescencia, los límites o restricciones al uso del activo, entre otros • La empresa podrá elegir el método de depreciación para sus activos de propiedad, planta y equipo, que deberá ser el que mejor se ajusta a los beneficios económicos que se esperan obtener del activo, los métodos posibles incluyen:

Método lineal

Método de unidades de producción

Método decreciente

Método de años dígitos

• Cuando una propiedad, planta y equipo posea componentes principales se deberá registrar la depreciación de cada elemento por separado, a partir de la vida útil que la gerencia asignó, de acuerdo a los beneficios económicos que se esperan de ellos.


Capital social Medición inicial:

• El capital social se reconocerá cuando sean emitidas las acciones y otra parte este obligada a proporcionar efectivo u otros recursos a la entidad a cambio de estas • Los instrumentos de patrimonio deberán de ser medidos al valor razonable del efectivo u otros recursos recibidos o por recibir, neto de los costos directos de emisión de los instrumentos de patrimonio • Si se aplaza el pago de las acciones y el valor en el tiempo del dinero es significativo, la medición inicial se realizará sobre la base del valor presente • HIKERS LTDA., contabilizará los costos de una transacción como una deducción del patrimonio neto de cualquier beneficio fiscal relacionado.

Medición posterior: • La entidad reducirá del patrimonio el importe de las distribuciones a los propietarios, neto de cualquier beneficio fiscal relacionado •

Las utilidades serán reconocidas al final del ejercicio contable

• Una entidad revelará en las notas: el número de acciones autorizadas por la entidad; las acciones emitidas y pagadas totalmente, así como las emitidas pero aún no pagadas en su totalidad; el valor nominal de las acciones, o el hecho de que no tengan valor nominal; una conciliación entre el número de acciones en circulación al principio y al final del período; derechos, privilegios y restricciones correspondientes a cada clase de acciones, incluyendo los que se refieran a las restricciones que afecten a la distribución de dividendos y al reembolso del capital; las acciones cuya emisión está reservada como consecuencia de la existencia de opciones o contratos para la venta de acciones, describiendo las condiciones e importes. Ingresos • La empresa reconocerá ingreso por actividades ordinarias siempre que sea probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad, y que los ingresos ordinarios se pueden medir con fiabilidad • Los ingresos provenientes de las actividades ordinarias de la entidad se medirán al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir, teniendo en cuenta cualquier importe en concepto de rebajas y descuentos • Se reconocerán ingresos ordinarios por intereses cuando exista diferencia resultante entre el valor razonable y el importe de la contraprestación


• La entidad reconocerá los ingresos ordinarios procedentes de intereses utilizando el método del interés efectivo • Siempre que el pago de una venta al crédito se aplaza más allá de los términos comerciales normales, se medirá al valor presente de los ingresos (cobros) futuros descontados a una tasa de interés de mercado • Los ingresos de actividades de no operación, se medirán en el momento en que se devenguen, considerando el traslado de los beneficios y riesgos al valor razonable de la negociación. • Los ingresos diferidos se medirán al valor razonable de la contraprestación (valor presente de todos los cobros futuros determinados utilizando una tasa de interés imputada). • La sociedad reconocerá los dividendos cuando se establezca el derecho a recibirlos por parte del accionista • La empresa deberá revelar el importe de las diferentes categorías de ingresos reconocidas durante el período, procedentes de: venta de bienes; intereses; regalías; dividendos; comisiones; cualquier otro tipo de ingresos Costos de venta: • La empresa cuando reconozca los costos de transformación deberá incluir la materia prima, mano de obra y costos indirectos de fabricación • Asimismo la empresa incluirá en los costos de transformación los costos indirectos de producción fijos y variables siempre que cumpla con la definición y que haya incurrido para transformar las materias primas en productos terminados • Se reconocerá el costo venta, en el momento que se realice efectiva una venta de los productos terminados. • El costo de venta se medirá por el costo de producción de los bienes producidos, definido en los inventarios, según el tipo de bien. • La entidad revelará la información sobre la fórmula utilizada en los costos de las unidades producidas.

Gastos • La empresa reconocerá un gasto, cuando surja un decremento en los beneficios económicos futuros en forma de salida o disminuciones del valor de activos o bien el surgimiento de obligaciones, además de que pueda ser medido con fiabilidad. • Los gastos de la entidad se medirán al costo de los mismos que pueda medirse de forma fiable


• La empresa optará por cualquiera de las siguientes clasificaciones para el desglose de los gatos: 1. Por su naturaleza (Depreciación, compras de materiales, costos de transporte, beneficios a los empleados y costo de publicidad)

Por su función (como parte del costo de las ventas o de los costos de actividades de distribución o administración).

2. Si la empresa opta por clasificar los gastos según su función, tendrá que revelar como mínimo su costo de ventas de forma separada de otros gastos. 

La empresa reconocerá los costos por préstamos como gastos del período, cuando se incurran en ellos.


DEFINICIÓN DE REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO El Reglamento Interno de Trabajo, tal como lo define el artículo 104 del Código Sustantivo del Trabajo, es un documento en el cual las empresas reúnen las circunstancias y condiciones sobre las cuales se regirá el desarrollo de las labores que se prestan por parte de los trabajadores al empleador. Artículo 104: Definición de Reglamento Interno de Trabajo: Reglamento de trabajo es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. Del mismo modo, el RIT debe contener, además, las obligaciones que tendrán tanto los trabajadores el empleador dentro de la relación laboral. Lo anterior, tal como lo indicó la Corte Constitucional en su Sentencia C 934 de 2004: "…El reglamento de trabajo así concebido no se circunscribe tan sólo a regular la actividad desplegada por el trabajador sino una serie de situaciones jurídicas que obligan tanto a este como al empleador…" 

Importancia de contar con un reglamento interno de trabajo

Inicialmente, es de tener en cuenta que, dentro de la relación laboral, los trabajadores tienen obligaciones de carácter: 1. Legal (Artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo) 2. Contractual (Contrato de trabajo) 3. Reglamentario (Reglamento Interno de Trabajo) Por lo anterior, ante la general exposición de obligaciones y prohibiciones que se realiza en la norma y en los contratos de trabajo, es importante que las empresas desarrollen dicho tema de manera más específica y puntual dentro del reglamento interno de trabajo, es decir, dentro del dicho documento se pueden establecer las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores de acuerdo a la naturaleza de la empresa y a las necesidades propias del servicio. Es así como, el RIT se convierte en una herramienta sumamente importante al momento de la imposición de sanciones disciplinarias a los trabajadores por eventuales desatenciones a sus obligaciones, pues las disposiciones del Reglamento se entienden incorporadas al contenido del contrato de trabajo.


REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO CAPÍTULO I ARTÍCULO 1. El presente reglamento interno de trabajo es prescrito por la empresa HIKERS LTDA, en adelante “la empresa” domiciliada en el municipio de chimichagua, calle 9 #8-50 barrio navidad. A sus disposiciones queda sometida la empresa como sus trabajadores. Este reglamento hace parte integral de los contratos individuales de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden ser favorables al trabajador. CONDICIONES DE ADMISIÓN ARTÍCULO 2. La persona que aspire a desempeñar un cargo en HIKERS LTDA, deberá participar en el proceso de selección y contratación establecido por la empresa, ajustado a las políticas y procedimientos establecidos para dicho proceso y aportar los siguientes documentos:      

 

Hoja de Vida totalmente diligenciada. Fotocopia de la cédula de ciudadanía. Registro civil de nacimiento de los hijos (para afiliación al sistema de seguridad social y la Caja de Compensación Familiar), si es del caso Fotocopia de diplomas y actas de grado, si es del caso. Certificaciones laborales de empleos anteriores. Certificado de aptitud ocupacional, expedido por el médico señalado por la empresa el cual podrá reconocer al aspirante, y podrá exigir los exámenes de laboratorio que a su juicio requiera. Certificación escrita de afiliación al Fondo de Pensiones, EPS a la que pertenece y Fondo de Cesantías. Diligenciar el formato de apertura de cuenta de nómina indicada por la empresa, si es del caso. CAPÍTULO III PERÍODO DE PRUEBA

ARTÍCULO 3. La empresa, una vez admitido el aspirante, podrá estipular con él un período inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar las aptitudes del trabajador y, por parte de éste, las conveniencias de las condiciones de trabajo (Artículo 76 C.S.T.). ARTÍCULO 4. En ningún caso el período de prueba puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a un (1) año, el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato.


ARTÍCULO 5. Durante el período de prueba puede darse por terminado unilateralmente el contrato de trabajo sin previo aviso y sin indemnización alguna. Pero si expirado el período de prueba el trabajador continuare al servicio de la empresa HIKERS LTDA, con su consentimiento expreso o tácito, por ese sólo hecho los servicios prestados se considerarán regulados por las normas generales del contrato de trabajo desde la iniciación de dicho período de prueba. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones. CAPÍTULO IV TRABAJADORES ACCIDENTALES O TRANSITORIOS ARTÍCULO 6. Son trabajadores accidentales o transitorios aquellas personas que se ocupen en la empresa HIKERS LTDA, de labores de corta duración, no mayores de un (1) mes, y de índole distinta a las actividades normales de la empresa, los cuales tienen derecho al pago del descanso dominical y demás días en que es legalmente obligatorio y remunerado. Así mismo, tendrán derecho al pago proporcional de todas las prestaciones sociales establecidas en la ley laboral. CAPÍTULO V JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO ARTÍCULO 7. La jornada laboral será de cuarenta y cinco (45) horas a la semana, que deberán cumplirse de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 6:00 p.m., con dos horas de almuerzo, en los turnos que establezca la Gerencia de la empresa. CAPÍTULO VI HORAS EXTRAS, TRABAJO ORDINARIO Y TRABAJO NOCTURNO ARTÍCULO 8. El reconocimiento y liquidación de horas extras, trabajo ordinario y nocturno, serán efectuados de conformidad con lo señalado en el Código Sustantivo del Trabajo, Decreto 2352 de 1965, Decreto 13 de 1967, Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002, y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. CAPÍTULO VII DÍAS DE DESCANSO LEGALMENTE OBLIGATORIOS ARTÍCULO 9. Serán días de descanso obligatorio y remunerado los domingos y los siguientes días de fiesta de carácter civil y religioso, de acuerdo con la ley: 1.º de enero

7 de agosto

6 de enero

15 de agosto

19 de marzo

12 de octubre

1.º de mayo

1.º de noviembre

29 de junio

11 de noviembre


20 de julio

8 y 25 de diciembre

Además, los días jueves y viernes santos, el de la Ascensión del Señor, el de Corpus Christi y el del Sagrado Corazón de Jesús. El descanso remunerado del 6 de enero, 19 de marzo, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1.º de noviembre, 11 de noviembre, Ascensión del Señor, el de Corpus Christi y el del Sagrado Corazón de Jesús, cuando no sea en día lunes se trasladarán al lunes siguiente. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo el descanso remunerado igualmente se trasladará al lunes. Las prestaciones y derechos que para el trabajador origina el trabajo en los días festivos se reconocerán en relación con el día de descanso remunerado establecido en el inciso anterior. El descanso en los domingos y demás días expresado en este artículo tienen una duración mínima de veinticuatro (24) horas. CAPÍTULO VIII VACACIONES REMUNERADAS

ARTÍCULO 10. Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios a la empresa durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas (Artículo 186 numeral 1º C.S.T.). ARTÍCULO 11. La época de las vacaciones debe ser señaladas por la empresa a más tardar dentro del año subsiguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso. El empleador tiene la obligación de dar a conocer al trabajador, por lo menos con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederán las vacaciones (Artículo 187, C.S.T.). ARTÍCULO 12. Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas (Artículo 188 C.S.T.). ARTÍCULO 13. No se compensarán vacaciones en dinero, excepto aquellas que el Ministerio de Trabajo autorice. En el evento en que el contrato de trabajo termine sin que el trabajador hubiere disfrutado vacaciones, la compensación de estas en dinero procederá por un año cumplido de servicios y proporcionalmente por fracción de año. En todo caso, para la compensación de vacaciones, se tendrá como base el último salario devengado por el trabajador (Artículo 189 C.S.T. Artículo 20 de Ley 1429 de 2010). ARTÍCULO 14. En todo caso, el trabajador gozará anualmente, por lo menos de seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, que no son acumulables. Las partes pueden convenir en acumular los días restantes de vacaciones, hasta por 2 años. La acumulación puede ser hasta por 4 años, cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados y de confianza (Artículo 190 C.S.T.). ARTÍCULO 15. Durante el período de vacaciones, el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se


excluirán, para la liquidación de las vacaciones, el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras. Cuando el salario sea variable, las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan. ARTÍCULO 16. La empresa llevará un registro de vacaciones en el que se anotará la fecha de ingreso de cada trabajador, fecha en que toma sus vacaciones, en que las termina y la remuneración de las mismas (Artículo 5º Decreto 13 de 1967). PARÁGRAFO PRIMERO. En todos los contratos, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones, en proporción al tiempo laborado, cualquiera que sea su naturaleza (Artículo 1 Ley 995 de 2005).

CAPÍTULO IX PERMISOS ARTÍCULO 17. La empresa concederá a sus trabajadores los permisos necesarios:     

Para el ejercicio del derecho al sufragio. Desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación. En caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada. Para concurrir en su caso al servicio médico correspondiente. Para asistir al entierro de sus compañeros, familiares cercanos, siempre que avisen con la debida oportunidad a la empresa.

La concesión de los permisos estará sujeta a las siguientes condiciones: a) La autorización de permisos que requiera el trabajador la tramitará ante su jefe inmediato, con la debida anticipación. Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estos permisos puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo, en horas distintas a su jornada ordinaria, a opción de la empresa (numeral sexto, Artículo 57 C.S.T.).

b) En caso de licencia por luto, se aplicará lo dispuesto el numeral 10º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. Se concederá al trabajador en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral. Este hecho deberá demostrarse mediante documento expedido por la autoridad competente, dentro de los treinta 30 días siguientes a su ocurrencia. PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos del presente reglamento, se entienden por calamidad domestica los siguientes hechos: (i) atención por urgencias médicas y


hospitalización del cónyuge o del compañero permanente; hijos y padres del trabajador en el caso que estos últimos convivan bajo el mismo techo con éste, o sean viudos; (ii) los deberes naturales y los hechos catastróficos, fortuito o imprevistos que afecten la salud, los bienes o la vivienda del trabajador y su grupo familiar, entendiéndose por tal el compuesto por cónyuge o compañero permanente y familiares hasta el 2º grado de consanguinidad (padres; abuelos; hijos, nietos y hermanos) y primero civil (hijos adoptivos y padres adoptantes), que convivan bajo el mismo techo con el trabajador, con todo cuanto se trate de un accidente o enfermedad común o profesional, sufrida por el trabajador que origine una incapacidad cubierta por las entidades de seguridad social, no se aplicará lo relativo a la calamidad doméstica. Conceder al trabajador por licencia de paternidad ocho (8) días. La licencia de paternidad solo opera para los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera permanente. PARÁGRAFO SEGUNDO. Si hay prueba de falsedad o engaño por parte del trabajador en el trámite del permiso, procederá el despido con justa causa.

CAPÍTULO X SALARIO, MODALIDADES Y PERÍODOS DE PAGO. SALARIO MÍNIMO ARTÍCULO 18. Formas y libertad de estipulación: 1. La empresa y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, labor contratada, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal. 2. No obstante lo dispuesto en los artículos 13, 14, 16, 21 y 340 del Código Sustantivo del Trabajo y las normas concordantes con estas, cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios, tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones. En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de 10 salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía. 3. Este salario no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los aportes al SENA, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar, pero la base para efectuar los aportes parafiscales es el setenta por ciento (70%). 4. El trabajador que desee acogerse a esta estipulación recibirá la liquidación definitiva de su auxilio de cesantía y demás prestaciones sociales causadas hasta esa fecha, sin que por


ello se entienda terminado su contrato de trabajo (Artículo 18 Ley 50 de 1990). También se puede pactar que una parte no sea salario. PARÁGRAFO PRIMERO. Salvo convenio por escrito, el pago de los salarios pactados, las prestaciones, vacaciones o indemnizaciones que se causen a favor del trabajador, o cualquier otra suma que la empresa, le debiere al empleado se pagará directamente a través de una consignación o transferencia, que se efectuare en la cuenta de ahorros de nómina del empleado. ARTÍCULO 19. El salario se pagará directamente a la cuenta del trabajador o, en caso de fallecimiento, a sus herederos.

CAPÍTULO XI HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS ARTÍCULO 20. La empresa, implementará el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el trabajo señalado en el Decreto 1443 del 1 de Julio de 2014 y Decreto 472 de 2015 y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. ARTÍCULO 21. Los servicios médicos que requieran los trabajadores se prestarán por la empresa prestadora de salud (E.P.S) a través de la I.P.S., o por la administradora de riesgos laborales ARL, a través de la I.P.S. a la cual se encuentre afiliado el trabajador. En caso de no afiliación o suspensión del servicio por causas no atribuibles al empleador, los servicios serán a cargo del empleado, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. ARTÍCULO 22. Todo trabajador, desde el mismo día en que se sienta enfermo, deberá comunicarlo al empleador, su representante o a quien haga sus veces, el cual hará lo conducente para que sea examinado por el médico correspondiente, a fin de que certifique si puede continuar o no en el trabajo y en su caso determine la incapacidad y el tratamiento a que el trabajador debe someterse. Si éste no diere aviso dentro del término indicado o no se sometiere al examen médico que se haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injustificada para los efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo en absoluta imposibilidad para dar el aviso y someterse al examen en la oportunidad debida. PARÁGRAFO PRIMERO. Los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos y seguir las instrucciones de tratamiento que ordene el médico que los haya examinado. De igual forma, deberán someterse a los exámenes y tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos requieran la empresa en determinados casos. El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negativa y será enteramente responsable del deterioro de su salud y las posibles consecuencias que esta desatención tenga. Se considera falta grave la desatención a realizarse los exámenes o a seguir las instrucciones médicas.


ARTÍCULO 23. Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las que ordene la empresa para prevención de las enfermedades y de los riesgos en el manejo de los elementos de trabajo especialmente para evitar los accidentes de trabajo.

ARTÍCULO 24. En caso de accidente de trabajo, graves o mortales, el trabajador lo comunicara inmediatamente al empleador o a quien haga sus veces, ordenará inmediatamente la prestación de los primeros auxilios, la remisión al médico y tomará todas las medidas que se consideren necesarias y suficientes para reducir al mínimo las consecuencias del accidente, denunciándolo en los términos establecidos en el Decreto 1295 de 1994, ante la EPS, ARL y Dirección Territoriales del Ministerio del Trabajo. (Decreto 472 de 2015). Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en la empresa, será informado a la entidad administradora de riesgos laborales ARTÍCULO 25. En todo caso, en lo referente a los puntos de que trata este capítulo, tanto la empresa como los trabajadores se someterán a las normas de riesgos laborales establecidas en el del Código Sustantivo del Trabajo, la Resolución 1016 de 1989 expedida por el Ministerio de la Protección Social y las demás que con tal fin se establezcan. De la misma manera, ambas partes están obligadas a sujetarse al Decreto Ley 1295 de 2012, Ley 776 del 17 de diciembre de 2002 y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. CAPÍTULO XII DEBERES DE LOS TRABAJADORES ARTÍCULO 26. Los trabajadores de la empresa tienen como los siguientes deberes:        

Observar la misión, visión y valores de la empresa, así como los principios éticos y morales. Anteponer los principios éticos, morales y profesionales al cumplimiento de sus metas laborales y administrativas. Respeto y subordinación a los superiores. Respeto y buen trato con sus compañeros de trabajo. Responder por el cuidado de su salud e integridad física durante el ejercicio de sus funciones. Procurar armonía con sus superiores y compañeros de trabajo, en las relaciones personales y en la ejecución de labores. Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa. Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible.


 

 

 

 

    

Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, comedida y respetuosa. Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera intención que es, en todo caso, la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la empresa en general. Cumplir con los horarios de trabajo estipulados por la empresa; sin perjuicio de que la empresa, según sus necesidades, pueda mantenerse o cambiar los horarios de trabajo. Observar y atender las medidas y precauciones que le indique su respectivo jefe para el manejo de los equipos o elementos de trabajo. Mantenerse en estado de limpieza, en su ropa como en su persona, teniendo en cuenta la clase de labor que le ha sido encomendada y hacer un uso adecuado de las instalaciones de la empresa. Evitar que terceras personas utilicen información confidencial, materiales, elementos de trabajo, enseres, mobiliario, equipos electrónicos, utensilios de oficina y, en general, los muebles e inmuebles del lugar donde desempeñen sus funciones, que estén al servicio o beneficio de la empresa o que se hayan dispuesto para uso exclusivo de sus empleados. Guardar reserva absoluta con relación a los Manuales de Procedimientos, programas de sistematización, información atinente a asuntos internos o administrativos de la empresa de cualquier índole o que estén relaciones con los socios, usuarios o contratistas. No pedir, ofrecer ni aceptar ningún tipo de dadivas. Así mismo se abstendrán de recibir remuneración de terceras personas. Comunicar oportunamente a sus superiores todo hecho o irregularidad que sea cometido por parte de otro empleado, funcionario o tercero que afecte los intereses de la empresa, clientes, proveedores, socios o trabajadores. Acatar el conducto regular en sus relaciones con la empresa. Conocer y estar permanentemente actualizados en todas las normas, políticas y procedimientos que hacen parte de los diferentes procesos o subprocesos de la empresa. Dar estricto cumplimiento a las normas, documentos y procedimientos que hacen parte de cada proceso o subproceso. Abstenerse de participar en actividades ilegales. Abstenerse de asesorar personas involucradas con actividades ilegales. Analizar los riesgos de su tarea y reportar cualquier desviación que pueda ir en contra de su salud o seguridad a su jefe inmediato, antes de iniciar sus labores. Hacer uso adecuado y exclusivo para el trabajo de los medios tecnológicos como Internet, teléfonos fijos, celulares, equipos de oficina, herramientas, entre otros. Acoger, respetar y dar cumplimiento cabal a las políticas que, para la adecuación y desarrollo de su objeto social, implemente la empresa.


Administrar adecuadamente los recursos de forma seria, segura, rentable y eficiente.

CAPÍTULO XIII ORDEN JERÁRQUICO ARTÍCULO 27. El orden jerárquico de acuerdo con los cargos existentes en la empresa es el siguiente:

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

JUNTA DIRECTIVA

GERENTE GENERAL

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO

RECURSOS HUMANOS

ATENCION AL CLIENTE

SERVICIO GENERALES

REPRESENTANTE

OPERARIO 1

CONTADOR PÚBLICO

DE VENTAS

OPERARIO 2

AUXILIAR CONTABLE

OPERARIO 3

VIGILANTE

OPERARIO 4

ASEADORA

BODEGERO


CAPÍTULO XIV OBLIGACIONES ESPECIALES PARA LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES ARTÍCULO 28. Son obligaciones especiales de la empresa: 1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, los instrumentos adecuados y elementos necesarios para la realización de las labores. 2. Brindar a los trabajadores elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades laborales. 3. Prestar los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad. 4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos. 5. Guardar respeto a la dignidad personal del trabajador a sus creencias, sentimientos, género, raza y convicciones. 6. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio, índole de la labor y salario devengado. Igualmente, si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen de retiro y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considerará que el trabajador por su falta elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurridos 5 días a partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para las prácticas del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente. 7. Pagar al trabajador los gastos razonables, si para prestar su servicio lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se origina por falta o voluntad del trabajador. 8. Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar, la empresa debe costear su traslado hasta concurrencia de los gastos que demandaría su regreso al lugar donde residía anteriormente. En los gastos de traslado del trabajador se entienden comprendidos los esposos e hijos que con él convivieren. 9. Conceder a las trabajadoras que estén en período de lactancia los descansos ordenados por el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo. 10. Conservar el empleo a los trabajadores que estén disfrutando de los descansos remunerados, a que se refiere el numeral anterior, o de licencia de enfermedad motivada por el embarazo o parto. No producirá efecto alguno el despido que el empleador comunique a la trabajadora en tales períodos o que, si acude a un preaviso, este expire durante los descansos o licencias mencionadas. 11. Cumplir este reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes vigentes.


ARTÍCULO 29. Son obligaciones especiales del trabajador: 1. Realizar personalmente la labor en los términos estipulados, observar los preceptos de este reglamento, acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta la empresa o sus representantes, según el orden jerárquico establecido. 2. No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la empresa o a sus clientes, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes. 3. Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les hayan facilitado para el correcto desempeño de sus funciones. 4. Guardar rigurosamente la ética y el respeto en las relaciones con sus superiores y compañeros. 5. Comunicar oportunamente a la empresa las observaciones que estime conducentes para evitar daños y perjuicios, accidentes de trabajo o enfermedades laborales. 6. Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico de la empresa o por las autoridades del ramo y observar con suma diligencia y cuidados las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales. (Artículo 58 C.S.T). 7. Informar y prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgos inminentes que afecten o amenacen las personas o los enseres de la empresa. 8. Mantener actualizada la información sobre la dirección exacta de residencia, número telefónico, celular, email. En consecuencia, cualquier comunicación que se envié al trabajador se entenderá válidamente enviada y notificada a este si se remite a la dirección registrada. 9. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones que les han sido encomendadas. 10. Cumplir con la jornada de trabajo, de acuerdo con los horarios señalados por la empresa y de conformidad con la naturaleza de sus funciones. 11. Desempeñar con solicitud, eficiencia e imparcialidad las funciones a su cargo. 12. Observar en sus relaciones con el cliente, proveedor y tercero la cortesía y el respeto correspondiente. 13. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos por la empresa para el control del horario de entrada y salida, tanto en la mañana como en la tarde. 14. Observar y cumplir, con diligencia y cuidado, las órdenes e instrucciones sobre el manejo de equipos electrónicos y elementos suministrados, a fin de evitar accidentes, daños y pérdidas de cualquier índole para la empresa.


15. Mantener aseados y ordenados los puestos de trabajo, así como el lugar donde desempeñe transitoria o definitivamente sus funciones. 16. Reportar al jefe inmediato cualquier error, daño, deterioro, falla o accidente que ocurra con los equipos a su cargo. 17. Evitar desperdiciar los elementos de trabajo o cualquier material que se le entregue para el correcto desempeño de sus funciones o producir trabajos defectuosos, salvo deterioro normal. 18. Utilizar durante las labores, el equipo de protección, ropa de trabajo y los demás implementos de seguridad industrial proporcionados por la empresa. 19. Usar los implementos y equipos de trabajo única y exclusivamente para labores de la Empresa. Si se le provee un equipo de comunicación móvil, deberá usarlo en asuntos laborales y personales, sin exceder el plan de consumo asignado. 20. Someterse a los requerimientos y registros indicados por la empresa, en la forma, día y hora señalados por ella para evitar sustracciones u otras irregularidades. 21. Realizar las tareas que le sean confiadas y responder por el ejercicio de la autoridad que les haya sido otorgada y de la ejecución de las órdenes que puedan impartir, sin que en ningún caso queden exentos de la responsabilidad que les incumbe. 22. Ejecutar los trabajos con intensidad, cuidado y esmero propios del ejercicio de su cargo. 23. Desempeñar las funciones para que fue contratado, debiendo al mismo tiempo, ejecutar todas las tareas ordinarias, inherentes y complementarias. 24. Guardar la reserva y confidencialidad que requiere los asuntos relacionados con su trabajo debido a su naturaleza o en virtud de instrucciones especiales, aun después de haber cesado en el cargo y sin perjuicio de denunciar cualquier hecho delictuoso. 25. Los abogados de la empresa deberán tener en cuenta siempre las normas que regulan su actividad profesional en su actuar y el orden jurídico colombiano en general. 26. Observar las medidas de seguridad que se determinen, absteniéndose de ejecutar actos que puedan poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo, la de sus superiores, así como los bienes de la empresa. 27. Hacer buen uso de servicios sanitarios y baños, manteniéndolos limpios y cooperando con su conservación. 28. Atender las instrucciones médicas, de higiene y de seguridad industrial que se le indiquen por cualquier medio. 29. Presentarse al trabajo en buen estado de aseo e higiene personal.


30. Suministrar, inmediatamente y ajustándose a la verdad, informaciones y datos que tengan relación con el trabajo desempeñado. 31. Ejecutar el contrato de trabajo de buena fe, con honestidad, honorabilidad y poniendo al servicio de la empresa toda su atención y capacidad normal de trabajo. 32. Aceptar su traslado a otro cargo dentro de la empresa, siempre que no sufra desmejoramiento en sus condiciones laborales. 33. Autorizar, expresamente para cada caso y por escrito, los descuentos de su salario, prestaciones sociales y demás derechos de carácter laboral de las sumas pagadas demás, ya sea por error o por cualquier otra razón lo mismo que los préstamos que por cualquier otro motivo se hayan hecho, teniendo en cuenta el artículo 149 del C.S.T. 34. Atender las actividades de capacitación y perfeccionamiento y efectuar las prácticas y los trabajos que le impongan. Asistir de manera activa a las charlas y actividades del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). 35. Asistir con puntualidad y provecho a los cursos de capacitación y entrenamiento organizados por la empresa dentro de la jornada laboral y fuera de esta, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador. 36. Firmar la copia de las comunicaciones que le suministre la empresa, en señal de recibo. 37. Hacer uso de los elementos de protección personal y la dotación general especifica que designe la empresa para el desempeño del trabajo, así como observar las medidas de seguridad y precauciones implantadas para un mejor y más efectivo manejo de las maquinas e instrumentos de trabajo para evitar daños o accidentes de trabajo. 38. Dar aviso oportuno al jefe inmediato de cualquier ausencia a su lugar de trabajo. 39. Permitir la práctica y asistir, a los controles que implemente la empresa, tendientes a detectar el uso de sustancias psicoactivas y/o alcohólicas. 40. Los demás que resulten de la naturaleza del contrato de trabajo, de las disposiciones legales de este reglamento, o de las asignadas por el empleador al trabajador en los estatutos de la empresa. ARTÍCULO 30. Se prohíbe a la empresa: 1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores sin autorización previa escrita de éstos, para cada caso y sin mandamiento judicial, con excepción de los siguientes: 

Respecto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones o compensaciones en los casos autorizados por los artículos 113, 150, 151, 152 y 400 del Código Sustantivo de Trabajo.


Las cooperativas y el fondo de empleados pueden ordenar retenciones hasta del cincuenta por ciento (50%) de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos, en la forma y en los casos en que la ley los autorice. Los bancos, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 24 de 1952, pueden ordenar retenciones hasta de un cincuenta por ciento (50%) de salario y prestaciones, para cubrir sus créditos en la forma y en los casos en que la ley lo autoriza. En cuanto a las cesantías y pensiones de jubilación, la empresa puede retener el valor respectivo en los casos establecidos en el artículo 250 del Código Sustantivo de Trabajo. En el evento en que los empleados se organicen para formar un fondo de ahorro tomado de sus ingresos laborales, la empresa podrá hacer los descuentos de sumas dineros previamente autorizados por éstos, para ser entregados, en la forma indicada al responsable de la administración del fondo de ahorro.

2. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en el trabajo o por motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de éste. 3. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores el ejercicio de su derecho de asociación. 4. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho al sufragio. 5. Hacer o autorizar propaganda política en los sitios de trabajo. 6. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios. 7. Emplear, en las certificaciones de que trata el ordinal 7º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados o adoptar el sistema de “lista negra”, cualquiera que sea la modalidad que se utilice para que no se ocupe en otras empresas a los trabajadores que se separen o sean separados del servicio. 8. Cerrar intempestivamente la empresa. Si lo hiciera, además de incurrir en sanciones legales, deberá pagar a los trabajadores los salarios, prestaciones, o indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la empresa. Así mismo cuando se compruebe que el empleador en forma ilegal ha retenido o disminuido colectivamente los salarios a los trabajadores, la cesación de actividades de éstos será imputable a aquél y les dará derecho a reclamar los salarios correspondientes al tiempo de suspensión de labores. 9. Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren presentado pliego de peticiones desde la fecha de presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto.


10. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad (Artículo 59 C.S T). ARTÍCULO 31. Se prohíbe a los trabajadores de la empresa: 1. Sustraer de la empresa los útiles o elementos de trabajo, estudios, conceptos, e información reservada o privilegiada, soportes o aplicaciones. 2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, con tufo o resaca o bajo la influencia de narcótico o de drogas enervantes y fumar dentro de las áreas de la empresa. 3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo. 4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de la empresa, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo. 5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas. 6. Hacer colectas, rifas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo. 7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse. 8. Usar los útiles, equipos o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado (Artículo 60 C.S.T). 9. Realizar actividades ajenas al ejercicio de sus funciones durante la jornada de trabajo. 10. Abandonar o suspender sus labores sin autorización previa. 11. Descuidar el desarrollo de sus responsabilidades e incumplir órdenes e instrucciones de los superiores. 12. Retardar o negar injustificadamente el despacho de los asuntos o la prestación del servicio a que estén obligados. 13. Fomentar, intervenir o participar en conversaciones, tertulias, corrillos, discusiones altercados o peleas durante el horario de trabajo. 14. Aprovecharse de las circunstancias para amenazar o agredir en cualquier forma a sus superiores o compañeros de trabajo y ocultar el hecho. 15. Originar riñas, discordias o discusiones con otro trabajador de la empresa, o tomar parte en tales actos dentro o fuera de la misma. 16. Fijar avisos o papeles de cualquier clase en las paredes o sitios no autorizados por la empresa, o escribir en los muros internos o externos de la misma.


17. Desarrollar actividades diferentes a sus labores durante las horas de trabajo, sin previo permiso del jefe inmediato. 18. Crear, alterar o circular documentos de creación y uso exclusivo de la empresa en su beneficio personal o de terceros. 19. Proporcionar o suministrar a terceros sin autorización de la empresa, información confidencial o laboral de la empresa, datos relacionados con la organización, producción, o con cualquiera de los documentos que hayan sido de su conocimiento o a los que haya tenido acceso en razón a sus labores. 20. Utilizar los computadores, la fotocopiadora y cualquier otro implemento de propiedad de la empresa con fines personales, sin previa autorización del jefe inmediato. 21. Usar los elementos de trabajo en labores que no sean propias, desperdiciarlos o permitir que se destinen a fines diferentes de su objeto. 22. Ejecutar cualquier acto que ponga en peligro su seguridad e integridad personal, la de sus compañeros de trabajo, superiores, terceras personas o realizar actos que amenacen o perjudiquen los elementos de trabajo o instalaciones. 23. Confiar en otro trabajador, sin la expresa autorización correspondiente, la ejecución propio trabajo. 24. Solicitar a terceros o recibir, directa o por interpuesta persona, regalos, atenciones, prebendas, gratificaciones, dádivas o recompensa como retribución por actos inherentes a su cargo. 25. Solicitar o aceptar comisiones en dinero o en especie por concepto de adquisición de bienes y servicios para la empresa. 26. Facilitar o permitir a terceros la utilización de la papelería de la empresa. 27. Prestar a título particular, servicio de asesoría o asistencia en trabajo relacionados con las funciones propias de su empleo. 28. Comercializar, prestar o regalar los elementos de protección personal suministrados por la empresa para el desarrollo de las funciones por parte de cada trabajador. 29. Usar para fines distintos o contrarios a la forma indica, ropa o implementos de trabajo. 30. Presentar, para la admisión en la empresa o para cualquier efecto documentos falsos, incompletos enmendados o no ceñidos a la estricta verdad. 31. Desacreditar o difamar en cualquier forma o por cualquier medio, las personas servicios o nombre de la empresa, o incitar a que no reciban sus servicios. 32. Destruir, dañar, retirar o dar a conocer, archivos de la empresa o de terceros, que le hayan sido revelados en el desarrollo de su labor por considerarse confidenciales, sin autorización expresa y escrita de la misma.


33. Retirar información digital o virtual de la empresa, sin autorización escrita del jefe inmediato. 34. Introducir en los computadores de la empresa, medios magnéticos o información ajena a la empresa que puedan afectar de cualquier manera los informes o equipos; que constituyan una infracción a las normas de propiedad intelectual. 35. Instalar software en los computadores de la empresa, así este cuente con la licencia otorgada por la misma en los términos de ley. PARÁGRAFO PRIMERO. La violación por parte del trabajador de las prohibiciones especiales enunciadas, se considera FALTA GRAVE, y dará lugar a la terminación del contrato de trabajo con justa causa por parte de la empresa. CAPÍTULO XV JUSTAS CAUSAS PARA DAR POR TERMINADO EL CONTRATO DE TRABAJO

ARTÍCULO 32. Además de las causales establecidas en la ley, decretos y demás normas que regulen la materia, las faltas enumeradas a continuación, se consideran como graves, y darán lugar a la cancelación por justa causa del contrato de trabajo, así: a) Por parte del empleador: 1. Todo engaño por parte del empleado, consistente en la presentación de certificados falsos, adulterados o incompletos, ya sea para su admisión en la empresa, o posterior a su ingreso o retiro, tendientes a obtener un derecho, provecho o beneficio de la misma, bien para el empleado u otra persona. 2. Relacionar cobros de viáticos, gastos de viaje que no correspondan a la realidad, en beneficio propio o de terceros, y realizar el cobro subsidios inexistentes o dar a los mismos una destinación diferente. 3. Poner en peligro las instalaciones de la empresa o su puesto de trabajo o hacer mal uso de ellas. 4. Introducir, portar o conservar armas o explosivos en el sitio de trabajo o dentro de las instalaciones de la empresa. 5. Realizar trabajos, actividades no asignadas por la empresa, revelar información de carácter reservado o confidencial que el empleado conozca por razón de su trabajo o vinculación a la empresa, atender sin justificación, durante las horas de trabajo asuntos diferentes a los que le sean asignados. 6. Copiar, llevar o transmitir, por cualquier medio, fuera de la empresa, manuales, programas (software) y documentos de cualquier naturaleza y de propiedad de ésta, o prestarlos o fotocopiarlos sin autorización.


7. Pedir, recibir, aceptar regalos, dádivas o beneficios de cualquier índole, provenientes de proveedores, clientes o cualquier persona o entidad que tenga relación con la empresa. 8. Destruir, dañar intencional o deliberadamente, objetos, elementos de trabajo, útiles, documentos asignados a su cargo o de los demás empleados o terceros, o hacer mal uso de ellas. 9. No comunicar oportunamente a sus jefes las observaciones que estime conducentes para evitar daños o perjuicios, brindar informes falsos, omitir o consignar datos inexactos en los informes, cuadros, relaciones, balances, que se presenten o que requieran los superiores, a fin de obtener decisiones o aprobaciones que se hagan en consideración a dicha inexactitud. 10. Propiciar acciones que puedan afectar la integridad y seguridad del personal, del trabajador, equipos, información, materiales, objetos o instalaciones utilizadas por la empresa. 11. Sustraer o apropiarse de objetos, dinero, información, elementos de trabajo de empleados o terceros o preparar, participar, ocultar o cometer actos delictuosos o contravenciones que afecten o pongan en peligro las personas o los bienes de la empresa. 12. Cometer actos de violencia, malos tratos o indisciplina, dentro o fuera de las instalaciones de la empresa, en contra de los empleados, jefes, sus familiares, guardas de seguridad, clientes y proveedores o protagonizar riñas, coaccionar, desafiar, injuriar a los trabajadores o a terceros. 13. Engañar a la empresa en cuanto a la solicitud de permisos, licencias beneficios o auxilios monetarios. 14. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover, incitar y mantener suspensiones intempestivas del trabajo, sea que se participe en ellas o no. 15. Desacreditar, hacer afirmaciones falsas o calumniosas sobre la empresa, sus servicios, sus jefes y sus empleados. 16. Introducir, conservar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, dentro de las dependencias de la empresa o instalaciones utilizadas por ella o presentarse al lugar de trabajo, bajo la influencia del alcohol, de drogas enervantes, narcóticos. 17. Cometer faltas contra la ética, las buenas costumbres, contra los valores y principios organizacionales, políticas y procedimientos establecidos por la empresa, en las relaciones con sus superiores empleados, clientes, proveedores, socios y en general, con cualquier persona o entidad con la que la empresa tenga relación. 18. Negarse, sin justa causa, a cumplir órdenes de su jefe o suspender su ejecución. 19. El retardo de cualquier tiempo en la entrada sin excusa suficiente, por tercera vez en una misma semana y a juicio del empleador.


20. Inasistir al lugar de trabajo durante parte de la jornada o la jornada completa, por tercera vez al mes sin excusa suficiente. 21. Cometer actos o acciones fuera de sus puestos de trabajo, fuera de las instalaciones de la empresa y en representación de la misma, que comprometan o afecten la imagen y el buen nombre de ésta. 22. Revelar secretos y datos reservados de la empresa, así como dar a conocer la clave personal de acceso a las instalaciones, prestar llaves o dar a conocer claves de cajas de seguridad a terceros o a personal no autorizado. 23. Ejercer, coparticipar o tolerar una situación de acoso laboral bajo cualquiera de sus modalidades. 24. Presentar sin soporte, o temerariamente, una denuncia de acoso laboral. 25. Violar las normas del presente reglamento interno de trabajo. 26. Violar gravemente sus obligaciones. b.) Por parte del trabajador: 1. El haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de trabajo. 2. Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el empleado o los miembros de su familia, dentro o fuera del servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o dependientes de la empresa con el consentimiento o la tolerancia de éste. 3. Cualquier acto de la empresa o sus representantes que induzca al trabajador a cometer un acto contrario a sus convicciones políticas o religiosas. 4. Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato, y que pongan en peligro su seguridad o su salud, y que el empleador no se allane a modificar. 5. Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador, en la prestación del servicio. 6. El incumplimiento sistemático, sin razones válidas, por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales. 7. La exigencia de la empresa, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto o en lugares diversos de aquel para el cual se le contrató. PARÁGRAFO PRIMERO. La falta grave dará lugar a la terminación del contrato de trabajo por justa causa. Igualmente, en casos de reincidencia en faltas leves, se faculta al empleador para dar por terminado el contrato de trabajo. PARÁGRAFO SEGUNDO. Habrá lugar a la terminación del contrato de trabajo por justa causa cuando el empleado incumpla en forma grave cualquiera de sus obligaciones, o viole algunas de las prohibiciones establecidas en la Ley, en el presente reglamento, en contrato de trabajo o sus


adiciones. PARÁGRAFO TERCERO. Estas causales no son taxativas de los motivos de despido con justa causa, pues también tendrán aplicación las que se desprendan de las normas legales

ARTÍCULO 33. La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no podrán alegarse válidamente causales o motivos distintos. ARTÍCULO 34. En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte de la Empresa, o si ésta da lugar a la terminación unilateral por parte del empleado por alguna de las justas causas contempladas en la Ley, la empresa pagará al empleado las indemnizaciones del caso, de acuerdo con la Ley. CAPÍTULO XVI ESCALA DE FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS ARTÍCULO 35. La empresa no puede imponer a sus trabajadores sanciones no previstas en este reglamento; en el contrato de trabajo (Artículo 114 C.S.T.) o en la Ley. ARTÍCULO 36. Se establecen las siguientes clases de faltas leves, y sus sanciones disciplinarias, así: a) El retardo hasta de 15 minutos en la hora de entrada al trabajo sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica, por primera vez, multa de la décima parte del salario de un día; por la segunda vez, multa de la quinta parte del salario de un día; por la tercera vez, suspensión en el trabajo en la mañana o en la tarde y por cuarta vez, suspensión en el trabajo hasta por tres días. b) La falta en el trabajo en la mañana o en la tarde, sin excusa suficiente y cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica por primera vez suspensión en el trabajo hasta por tres días y por segunda vez suspensión en el trabajo hasta por ocho días. c) La falta total al trabajo durante un día sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa implica, por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y, por segunda vez, suspensión en el trabajo hasta por dos meses. d) La violación leve por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias implica, por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y, por segunda vez, suspensión en el trabajo hasta por dos meses. La imposición de multas no impide que la empresa prescinda del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. El valor de multas se consignará en cuenta especial para dedicarse exclusivamente a premios o regalos para los trabajadores de la empresa que más puntal y eficientemente, cumpla sus obligaciones. CAPÍTULO XVII


PROCEDIMIENTO PARA COMPROBACIÓN DE FALTAS Y FORMAS DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS ARTÍCULO 37. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleador deberá oír en descargos al trabajador inculpado. En todo caso se dejará constancia escrita o magnética de los hechos y de la decisión de la empresa de imponer o no la sanción definitiva (Artículo 115 C.S.T.). ARTÍCULO 38. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación del trámite señalado en el anterior artículo (Artículo 115 C.S.T.). CAPÍTULO XVIII RECLAMOS: PERSONAS ANTE QUIENES DEBEN PRESENTARSE Y SU TRAMITACIÓN ARTICULO 39. Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en la empresa el cargo de: Director Ejecutivo, quien los oirá y resolverá en justicia y equidad. ARTÍCULO 40. Se deja claramente establecido que para efectos de los reclamos a que se refieren los artículos anteriores, el trabajador o trabajadores pueden asesorarse del sindicato respectivo. CAPÍTULO XIX MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE ACOSO LABORAL Y PROCEDIMIENTO INTERNO DE SOLUCIÓN ARTÍCULO 41. Los mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral previstos por la empresa constituyen actividades tendientes a generar una conciencia colectiva conviviente, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas, la armonía entre quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo. ARTÍCULO 42. En desarrollo del propósito a que se refiere el artículo anterior, la empresa ha previsto los siguientes mecanismos: 1. Información a los trabajadores sobre la Ley 1010 de 2006, que incluya campañas de divulgación preventiva, conversatorios y capacitaciones sobre el contenido de dicha ley, particularmente en relación con las conductas que constituyen acoso laboral, las que no, las circunstancias agravantes, las conductas atenuantes y el tratamiento sancionatorio. 2. Espacios para el diálogo, círculos de participación o grupos de similar naturaleza para la evaluación periódica de vida laboral, con el fin de promover coherencia operativa y armonía funcional que faciliten y fomenten el buen trato al interior de la empresa. 3. Diseño y aplicación de actividades con la participación de los trabajadores, a fin de: 

Establecer, mediante la construcción conjunta, valores y hábitos que promuevan vida laboral conviviente.


Formular las recomendaciones constructivas a que hubiere lugar en relación con situaciones empresariales que pudieren afectar el cumplimiento de tales valores y hábitos. Examinar conductas específicas que pudieren configurar acoso laboral u otros hostigamientos en la empresa, que afecten la dignidad de las personas, señalando las recomendaciones correspondientes.

4. Las demás actividades que en cualquier tiempo estableciere la empresa para desarrollar el propósito previsto en el artículo anterior. ARTÍCULO 43. Para los efectos relacionados con la búsqueda de solución de las conductas de acoso laboral, se establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende desarrollar las características de confidencialidad, efectividad y naturaleza conciliatoria señaladas por la ley para este procedimiento: 1. La empresa tendrá un comité, integrado, por un representante de los trabajadores y un representante del empleador o su delegado. Este comité se denominará "Comité de Convivencia Laboral". En el evento en que la Empresa se alcance un número superior a 20 trabajadores vinculados, se ajustará el número de integrantes de dicho comité y será dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores. 2. El Comité de Convivencia Laboral realizará las siguientes actividades: 

 

Evaluar, en cualquier tiempo la vida laboral de la empresa, en el buen ambiente y la armonía en las relaciones de trabajo, formulando a las áreas responsables o involucradas, las sugerencias y consideraciones que estimare necesarias. Promover el desarrollo efectivo de los mecanismos de prevención a que se refieren los artículos anteriores. Examinar de manera confidencial, cuando a ello hubiere lugar, los casos específicos o puntuales en los que se planteen situaciones que pudieren tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral. Formular las recomendaciones que se estimaren pertinentes para reconstruir, renovar y mantener vida laboral conviviente en las situaciones presentadas, manteniendo el principio de la confidencialidad en los casos que así lo ameritaren.

Hacer las sugerencias que considerare necesarias para la realización y desarrollo de los mecanismos de prevención, con énfasis en aquellas actividades que promuevan de manera más efectiva la eliminación de situaciones de acoso laboral, especialmente aquellas que tuvieren mayor ocurrencia al interior de la vida laboral de la empresa.

Atender las conminaciones preventivas que formularen los inspectores de trabajo en desarrollo de lo previsto en el numeral 2º del artículo 9º de la Ley 1010 de 2006 y disponer las medidas que se estimaren pertinentes.


Las demás actividades inherentes o conexas con las funciones anteriores.

3. Este Comité se reunirá, por lo menos, cada tres meses y designará de su seno un coordinador ante quien podrán presentarse las solicitudes de evaluación de situaciones que eventualmente configuren acoso laboral con destino al análisis que debe hacer el comité, así como las sugerencias que a través del comité realizaren los miembros de la comunidad empresarial para el mejoramiento de la vida laboral. 4. Recibidas las solicitudes para evaluar posibles situaciones de acoso laboral, el comité en la sesión respectiva las examinará, escuchando, si a ello hubiere lugar, a las personas involucradas; construirá con tales personas la recuperación de tejido conviviente, si fuere necesario; formulará las recomendaciones que estime indispensables y, en casos especiales, promoverá entre los involucrados compromisos de convivencia. 5. Si como resultado de la actuación del Comité, este considerare prudente adoptar medidas disciplinarias, dará traslado de las recomendaciones y sugerencias a los funcionarios o trabajadores competentes de la empresa, para que adelanten los procedimientos que correspondan de acuerdo con lo establecido para estos casos en la ley y en el presente reglamento. 6. En todo caso, el procedimiento preventivo interno consagrado en este artículo, no impide o afecta el derecho de quien se considere víctima de acoso laboral para adelantar las acciones administrativas y judiciales establecidas para el efecto en la Ley 1010 de 2006. CAPÍTULO XX PUBLICACIONES ARTÍCULO 44. Una vez aprobado el presente reglamento interno de trabajo, la empresa surtirá su publicación así: 1. En la página Web de la empresa hikersltda@gmail.com.

2. A través del correo electrónico señalado en las hojas de vida de los empleados actualmente vinculados a la Empresa. 3. Entrega física al momento del ingreso a la Empresa. CAPÍTULO XXI VIGENCIA ARTÍCULO 45. El empleador publicará, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del presente reglamento interno de trabajo y en la misma fecha informará a los trabajadores, del contenido dicho reglamento el cual entrará a regir desde el momento de su publicación. (Artículo 119 C.S.T., modificado por el Artículo 17 de la ley 1429 de 2010). CAPÍTULO XXII CLÁUSULAS INEFICACES


ARTÍCULO 46. No producirán ningún efecto las cláusulas del reglamento que desmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido en las leyes, contratos individuales, pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales los cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto fueren más favorables al trabajador (Artículo 109 C.S.T). Fecha:

20 de abril de 2021

Dirección:

Calle 9# 8-50 Barrio - Navidad Chimichagua cesar

Departamento:

Chimichagua, Cesar

Teléfono:

3142803069 - 3185153678

Director Ejecutivo:

Hernando Adolfo Oliveros Mesa

Correo:

hikersltda@gmail.com.co


DEFINICIÓN DE PUBLICIDAD La publicidad se define por un conjunto de estrategias orientadas a dar a conocer productos y servicios a la sociedad. Sin embargo, no solo se trata de que las personas sepan que existes, sino también de otorgar cierta reputación a lo que se ofrece. Sin utilizar esta comunicación patrocinada, sería muy complejo posicionarse en la mente de los consumidores como algo de buena calidad. Cuando hablamos de la publicidad tenemos que tener en cuenta que hay muchas formas de realizarla y enfoques. Es importante entender su objetivo y cómo nos va a ayudar en nuestros resultados de empresa. 

Está el de los usuarios que la buscan esquivar cambiando el canal de la TV, haciendo el famoso zapping.

Está también el de las agencias de comunicación, cuando ganan premios por sus campañas mejor ejecutadas.

Y, por supuesto, están las marcas y empresas que la utilizan para aumentar las ventas, lograr notoriedad, u ofrecer nuevos productos y servicios al mercado.

Además, la publicidad de hoy en día se divide entre la offline, o más tradicional, y la desarrollada en el entorno digital. La publicidad puede entenderse como una fórmula de comunicación pagada por las empresas para anunciarse en los diferentes medios disponibles en el mercado. Sin embargo, dada la cantidad de medios en los que los negocios pueden anunciarse, existen muchos tipos de publicidad. 

Publicidad offline. Podemos enumerar los principales: publicidad en prensa, publicidad en radio, publicidad en TV, publicidad exterior o publicidad directa están entre algunos de los formatos disponibles offline.

Publicidad digital. Dentro de la comunicación patrocinada online existen una gran cantidad de alternativas: vídeo, anuncios en buscadores, display, redes sociales, email marketing, etc.

Dependiendo de los objetivos empresariales se deben utilizar unos formatos publicitarios u otros. Decidir el plan de medios es una de las fases estratégicas más importantes al crear una campaña de publicidad. Esta será, junto con la medición, la clave para tomar las decisiones más adecuadas para potenciar la imagen, notoriedad y ventas de la marca.


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DEFINICIÓN HOJA DE VIDA La hoja de vida es la carta de presentación del aspirante, el primer y probablemente único contacto que lleguen a tener la mayoría de los candidatos con la empresa que quieren que los reclute. Esto le confiere a la hoja de vida una gran relevancia, puesto que en ella deberemos condensar la información más importante de nuestra historia laboral para poder presentarnos adecuadamente ante una empresa. Antes de hacer una hoja de vida es importante sentarse a determinar cuáles son las competencias laborales que se tienen, cuál es el historial laboral que permite identificar tus fortalezas y debilidades. Hay que determinar si el camino por el que se quiere optar para el desarrollo de nuestra carrera profesional es realmente el camino de tener empleo en una empresa formal y no ser independiente o emprendedor. Para elaborar una hoja de vida hay que tener en cuenta cuatro principios fundamentales: Principio de precisión: las cifras que utilicemos en la hoja de vida tienen que haber sido verificadas y tenemos que constatar que corresponden a lo que son. Hay que tener cuidado con cifras como fechas de estudios, fechas de experiencias laborales, cifras de logros de ventas, etc. Principio de extensión: ¿qué tan larga ha de ser una hoja de vida? No hay un ideal en esto. Coinciden los responsables de las áreas de recursos humanos en que una hoja de vida de entre 2 y 3 páginas está bien. Lo que hay que cuidar es no omitir ciertos detalles que resulten relevantes para los profesionales que se encargan de la selección y reclutamiento y no incluir mucha información que no resulte importante, porque los profesionales de recursos humanos tienen que leer cientos y cientos de hojas de vida y probablemente omitan la lectura de mucha información y, si ven que es muy larga, pueden desinteresarse en nuestro curriculum. Principio de honestidad: es muy importante que toda la información que depositemos en nuestra hoja de vida sea absolutamente veraz, pues los procesos de selección y reclutamiento tienen fases posteriores de verificación de esta información, donde el responsable de recursos humanos revisa y hace un proceso de referenciación de que todo lo que hayamos depositado se corresponda con la realidad, que efectivamente poseamos los grados y los títulos que decimos tener y que los trabajos que hayamos desempeñado tengan la relevancia que dijimos que tenían. Es muy importante que todo sea veraz, pues podemos quedar vetados en caso de que omitamos o incluyamos información que no corresponda a la realidad y eso nos puede significar posteriores problemas en el mercado laboral. Principio de relevancia: conocer el cargo en la empresa para la que nos estamos postulando, de tal manera que podamos colocar aquella información que sea realmente relevante, como, por ejemplo, que hemos trabajado en sectores industriales o desempeñando roles similares a aquellos a los que estamos aspirando.


Partes o estructura de una hoja de vida: Toda buena hoja de vida ha de tener 6 elementos fundamentales: Encabezado: toda la información que tiene que ver con los datos personales y de contacto del candidato. Es importante no olvidarse de actualizar el número de teléfono celular, los correos electrónicos… Resulta difícil de creer, pero es este uno de los problemas más frecuentes en las hojas de vida, la dificultad de la empresa para contactar con nosotros debido a datos desactualizados. Perfil profesional: es fundamentalmente un resumen, en unas 5 líneas, de tu hoja de vida, que le permitirá rápidamente al profesional de recursos humanos detectar a grandes rasgos cuál es tu capacidad global y tu capacidad de aporte a esa organización por estudios, por formación, por experiencia… Formación académica: en esta sección aparecen los estudios del candidato. Experiencia laboral: resulta sumamente relevante poner todas las funciones y logros, no sólo el título del cargo y los años que has estado en ese cargo en cada organización, sino acompañar alguna descripción de ese cargo que le permita al profesional de recursos humanos entender fácilmente tu rol y cuál eran las actividades que desempeñabas dentro de esa organización. Otros datos de interés: ahí suele colocarse información respecto al nivel de dominio de idiomas. Si tienes nivel de bilingüismo, es recomendable decir dónde aprendiste una segunda lengua, cuál es tu nivel hablado, escrito y de lectura, es decir, cuál es tu habilidad con ese segundo idioma. Se incluyen también aquí otros conocimientos relevantes, dependiendo mucho del trabajo al que estés aspirando, como tus conocimientos específicos en informática, programas estadísticos, hojas de cálculo… Referencias laborales: algunos de los profesionales de recursos humanos desestiman esta sección, pues consideran que la información depositada ahí por el candidato no es necesariamente información que resulte conveniente. Se trata de incluir de forma clara los datos de contacto de los jefes de posiciones anteriores para facilitar que la empresa que está haciendo el proceso de selección y reclutamiento recabe información sobre su desempeño y sobre los diferentes valores en las posiciones que ha ocupado en el pasado. Pero es un tema controvertido y las opiniones al respecto en recursos humanos siguen siendo diversas.










DEFINICIÓN CONTRATO DE TRABAJO Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y su empleador en donde el primero se compromete a llevar a cabo determinadas tareas y a seguir las instrucciones del segundo. Esto, a cambio de una determinada retribución. El contrato de trabajo es la herramienta básica para el buen funcionamiento del mercado laboral. En él se especifican las condiciones bajo las cuales un trabajador llevará a cabo determinadas tareas encargadas por el empleador. Del contrato de trabajo se derivan derechos y deberes de las partes y es una prueba fundamental cuando se solicite la ayuda de un juez en casos de incumplimiento o desacuerdos. Elementos esenciales del contrato de trabajo El contrato de trabajo puede tener diversas formas, pero en todas ellas aparecen algunos elementos que son esenciales:    

    

Identificación de las partes: Los nombres, apellidos, direcciones y documentos identificativos de las partes que firman el contrato. Fecha de inicio y duración de la relación laboral: Estos datos deben ser colocarse, aunque sea un periodo de duración previsible. El domicilio de la empresa: Ubicación del centro donde irá el trabajador a realizar sus funciones. Descripción de la categoría o grupo profesional del puesto de trabajo: Explicar en términos generales de qué se trata el puesto de trabajo, cuáles son sus funciones principales y obligaciones. Monto del salario inicial y los complementos salariales: Salario y otras pagas adicionales como, por ejemplo, por navidad o año nuevo. Horario: Duración y distribución de la jornada laboral. Beneficios: Duración de las vacaciones. Plazos: Periodos en los que se debe dar aviso para poder finalizar el contrato. Esto va tanto de parte del trabajador como de parte del empleador. Convenio colectivo: Si es aplicable. Otro elemento que suele aparecer en los contratos de trabajo (aunque no es obligatorio) es un período de prueba en donde el trabajador debe demostrar su idoneidad con el puesto de trabajo. El empleador puede poner fin al contrato de trabajo antes de que finalice el período de prueba sin mayores consecuencias (particularmente no tiene que indemnizar al trabajador). Cabe destacar que en un contrato de trabajo debe existir una relación de subordinación, esto es, el trabajador se pone bajo las órdenes del empleador con el fin de llevar a cabo una determinada actividad. Esta relación de subordinación es característica de los contratos de trabajo, aunque no exclusiva (pueden existir otras relaciones de subordinación también).


CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO EMPLEADOR: HIKERS LTDA Nit. 900148273-1 con domicilio principal de la sociedad en la ciudad de Chimichagua, Cesar, de la república de Colombia; el barrio el Progreso calle 5 #25 por dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros. En cabeza de su representante legal; Juan José Uribe Contreras identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051. REPRESENTANTE LEGAL: Juan José Uribe Contreras colombiano mayor de edad identificado con cedula de ciudadanía No 1.064.843.051 de Rio de Oro, residencia; Cr. 1# 2-73 Barrio Calle Nueva, Rio de Oro, Cesar. Tecnólogo en gestión comercial y con estudios universitarios en proceso de Contaduría Pública. OBJETO: Realizar y gestionar la contabilidad de proyectos asignados y contribuir con la toma de decisiones de la empresa. FUNCIONES: el empleado se obliga a cumplir las siguientes funciones: • Realizar actividades administrativas, archivo, control y elaboración de correspondencia. • Digitar y registrar las transacciones contables de las operaciones de la empresa. • Proporcionar información para la realización de los estados financieros mensuales. • Mantener el orden de los respaldos contables que le dan sustento a la contabilidad mensual. • Verificar la adecuada contabilización, elaborar nómina y liquidación de seguridad social. • Manejo de cobranzas y procesos de créditos. • Ejecutar otras tareas inherentes a las descritas según el criterio de su superior. • A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes JORNADA LABORAL Y LUGAR DE TRABAJO: El empleado está obligado a laborar en el siguiente horario 08:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00pm de lunes a viernes, sábados y festivos de 09:00 am a 1:00 pm jornada continua en las instalaciones de la empresa, HIKERS LTDA de Chimichagua. SALARIO: En compensación por su labor, el empleador pagará UN MILLON QUINCE MIL PESOS M/L ($1’015.000) mensuales. Pagadero mes cumplido, mientras la duración del presente contrato. DURACION DE EL CONTRATO: Fecha de inicio: 10 abril 2021 Fecha de terminación: 14 abril 2022. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Las contempladas en capítulo VI, artículos del 61 al 66, código sustantivo del trabajo. Ocaña Norte de Santander, 01 de abril de 2021

Manuel José Mora 1.019.080.263 de Chimichagua Presidente administrativo HIKERS LTDA.

______________________ Juan José Uribe Contreras C.c. 1.064.843.051 de Rio de Oro Representante legal.


CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO EMPLEADOR: HIKERS LTDA Nit. 900148273-1 con domicilio principal de la sociedad en la ciudad de Chimichagua, Cesar, de la república de Colombia; el barrio el Progreso calle 5 #25 por dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros. En cabeza de su representante legal; Juan José Uribe Contreras identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051. REVISOR FISCAL: Duvan Santiago Paez Sepulveda colombiano mayor de edad identificado con cedula de ciudadanía No 1.064.842.201 de Rio de Oro, residencia; KDX N16-580 Barrio Los Rosales, Rio de Oro, Cesar. Tecnólogo en gestión comercial y con estudios universitarios en proceso de Contaduría Pública. OBJETO: Realizar y gestionar la contabilidad de proyectos asignados y contribuir con la toma de decisiones de la empresa. FUNCIONES: el empleado se obliga a cumplir las siguientes funciones: • Realizar actividades administrativas, archivo, control y elaboración de correspondencia. • Digitar y registrar las transacciones contables de las operaciones de la empresa. • Proporcionar información para la realización de los estados financieros mensuales. • Mantener el orden de los respaldos contables que le dan sustento a la contabilidad mensual. • Verificar la adecuada contabilización, elaborar nómina y liquidación de seguridad social. • Manejo de cobranzas y procesos de créditos. • Ejecutar otras tareas inherentes a las descritas según el criterio de su superior. • A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes JORNADA LABORAL Y LUGAR DE TRABAJO: El empleado está obligado a laborar en el siguiente horario 08:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00pm de lunes a viernes, sábados y festivos de 09:00 am a 1:00 pm jornada continua en las instalaciones de la empresa, HIKERS LTDA de Chimichagua. SALARIO: En compensación por su labor, el empleador pagará UN MILLON QUINCE MIL PESOS M/L ($1’015.000) mensuales. Pagadero mes cumplido, mientras la duración del presente contrato. DURACION DE EL CONTRATO: Fecha de inicio: 10 abril 2021 Fecha de terminación: 14 abril 2022. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Las contempladas en capítulo VI, artículos del 61 al 66, código sustantivo del trabajo. Ocaña Norte de Santander, 01 de abril de 2021

Manuel José Mora 1.019.080.263 de Chimichagua Presidente administrativo HIKERS LTDA.

___________________________ Duvan Santiago Paez Sepulveda C.c. 1.064.842.201 de Rio de Oro Revisor fiscal.


CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO EMPLEADOR: HIKERS LTDA Nit. 900148273-1 con domicilio principal de la sociedad en la ciudad de Chimichagua, Cesar, de la república de Colombia; el barrio el Progreso calle 5 #25 por dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros. En cabeza de su representante legal; Juan José Uribe Contreras identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051. TESORERA: Jessica Paola Torrado Montejo colombiana mayor de edad identificada con cedula de ciudadanía No. 1.091.677.890 de Ocaña, residencia; Cr. 12 # 2-73 Barrio San Agustín, Ocaña Norte de Santander. Tecnóloga en gestión comercial y con estudios universitarios en proceso de Contaduría Pública. OBJETO: Realizar y gestionar la contabilidad de proyectos asignados y contribuir con la toma de decisiones de la empresa. FUNCIONES: el empleado se obliga a cumplir las siguientes funciones: • Realizar actividades administrativas, archivo, control y elaboración de correspondencia. • Digitar y registrar las transacciones contables de las operaciones de la empresa. • Proporcionar información para la realización de los estados financieros mensuales. • Mantener el orden de los respaldos contables que le dan sustento a la contabilidad mensual. • Verificar la adecuada contabilización, elaborar nómina y liquidación de seguridad social. • Manejo de cobranzas y procesos de créditos. • Ejecutar otras tareas inherentes a las descritas según el criterio de su superior. • A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes JORNADA LABORAL Y LUGAR DE TRABAJO: El empleado está obligado a laborar en el siguiente horario 08:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00pm de lunes a viernes, sábados y festivos de 09:00 am a 1:00 pm jornada continua en las instalaciones de la empresa, HIKERS LTDA de Chimichagua. SALARIO: En compensación por su labor, el empleador pagará UN MILLON QUINCE MIL PESOS M/L ($1’015.000) mensuales. Pagadero mes cumplido, mientras la duración del presente contrato. DURACION DE EL CONTRATO: Fecha de inicio: 10 abril 2021 Fecha de terminación: 14 abril 2022. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Las contempladas en capítulo VI, artículos del 61 al 66, código sustantivo del trabajo. Ocaña Norte de Santander, 01 de abril de 2021

Manuel José Mora 1.019.080.263 de Chimichagua Presidente administrativo HIKERS LTDA.

__________________________ Jessica Paola Torrado Montejo C.c. 1.091.677.890 de Ocaña Tesorera.


CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO EMPLEADOR: HIKERS LTDA Nit. 900148273-1 con domicilio principal de la sociedad en la ciudad de Chimichagua, Cesar, de la república de Colombia; el barrio el Progreso calle 5 #25 por dedicada a la fabricación y venta de calzado, para caballeros. En cabeza de su representante legal; Juan José Uribe Contreras identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.064.843.051. CONTADOR PÚBLICO: Hernando Adolfo Oliveros Mesa colombiano mayor de edad identificado con cedula de ciudadanía No. 1.019.080.263 de Chimichagua, residencia; Cr. 13# 2-73 Barrio Villa San Carlos, Chimichagua, Cesar. Tecnólogo en gestión comercial y con estudios universitarios en proceso de Contaduría Pública. OBJETO: Realizar y gestionar la contabilidad de proyectos asignados y contribuir con la toma de decisiones de la empresa. FUNCIONES: el empleado se obliga a cumplir las siguientes funciones: • Realizar actividades administrativas, archivo, control y elaboración de correspondencia. • Digitar y registrar las transacciones contables de las operaciones de la empresa. • Proporcionar información para la realización de los estados financieros mensuales. • Mantener el orden de los respaldos contables que le dan sustento a la contabilidad mensual. • Verificar la adecuada contabilización, elaborar nómina y liquidación de seguridad social. • Manejo de cobranzas y procesos de créditos. • Ejecutar otras tareas inherentes a las descritas según el criterio de su superior. • A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes JORNADA LABORAL Y LUGAR DE TRABAJO: El empleado está obligado a laborar en el siguiente horario 08:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00pm de lunes a viernes, sábados y festivos de 09:00 am a 1:00 pm jornada continua en las instalaciones de la empresa, HIKERS LTDA de Chimichagua. SALARIO: En compensación por su labor, el empleador pagará UN MILLON QUINCE MIL PESOS M/L ($1’015.000) mensuales. Pagadero mes cumplido, mientras la duración del presente contrato. DURACION DE EL CONTRATO: Fecha de inicio: 10 abril 2021 Fecha de terminación: 14 abril 2022. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Las contempladas en capítulo VI, artículos del 61 al 66, código sustantivo del trabajo. Ocaña Norte de Santander, 01 de abril de 2021

Manuel José Mora 1.019.080.263 de Chimichagua Presidente administrativo HIKERS LTDA.

____________________________ Hernando Adolfo Oliveros Mesa C.c. 1.019.080.263 de Chimichagua Contador público.


DEFINICIÓN ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD El Contrato de Confidencialidad es un acuerdo entre dos Partes por el cual se comprometen a que ciertas informaciones que se van a suministrar en el transcurso de una relación comercial permanecerán confidenciales. Este tipo de contrato se utiliza habitualmente cuando una empresa o persona física ha desarrollado un proceso secreto o un nuevo producto que quiere que la otra parte fabrique o lo valore como paso previo a la concesión de una Licencia de Fabricación o de un Contrato de Transferencia de Tecnología. En ocasiones resulta difícil a las empresas llegar a un acuerdo con la otra Parte acerca de cómo preservar la información confidencial, lo cual provoca retrasos y discusiones en la negociación e incluso puede poner en peligro el resultado final de la misma. En este sentido, es aconsejable que las empresas dispongan de un Modelo de Contrato de Confidencialidad que sirva para proteger sus intereses y a la vez no sea excesivamente complejo de negociar, de tal forma que no retrase la puesta en marcha de nuevos negocios y proyectos. Funciones del acuerdo o contrato de confidencialidad Los Contratos de Confidencialidad tienen las siguientes funciones: 

Proteger la información técnica o comercial que no se desea divulgar a terceros. Una o ambas Partes se comprometen a no divulgar la información recibida de la otra Parte. Si la información se revela a otra persona o empresa, la parte perjudicada tiene motivos para reclamar un incumplimiento de contrato y, además, puede reclamar daños y perjuicios cautelares y económicos. El uso de acuerdos de confidencialidad puede prevenir la pérdida de derechos de valiosos derechos de propiedad intelectual. Un Contrato de Confidencialidad redactado correctamente puede evitar, por ejemplo, el perjuicio o incluso pérdida de derechos de patente. Los acuerdos de confidencialidad definen exactamente qué información puede y no puede ser divulgada. Esto se logra generalmente mediante la clasificación de la información específicamente como confidencial o reservada. La definición de este término está, por supuesto, sujeto a negociación. Como es de imaginar, la empresa o persona que revela la información confidencial (el «divulgador») tratará que la definición sea lo más amplia posible, mientras que la empresa receptora de la información confidencial (el «receptor») preferirá una definición restrictiva y centrada en aspectos concretos.


ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Celebrado entre los suscritos ASAMBLEA GENERAL, <HIKERS LTDA> y <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS> identificados Como aparece al pie de sus firmas y según la descripción que aquí se detalla, el primero en su Calidad de EMPLEADOR/CONTRATANTE y el segundo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según Contrato No. 01, hemos decidido suscribir el presente acuerdo para salvaguardar la confidencialidad de la información intercambiada entre las partes, especialmente la que <HIKERS LTDA > entregue al <COLABORADOR> y Proteger los datos confidenciales de terceros, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: <HIKERS LTDA >: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, representante legal identificado con CC. 1.064.843.051. <COLABORADOR>: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, persona natural, identificada con cédula de Ciudadanía número. 1064843051 de, RIO DE ORO, CESAR con domicilio en la Ciudad de Ocaña, adscrito a este acuerdo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según las facultades regladas y discrecionales que le son Propias de su cargo. II. CONSIDERACIÓN PREVIA • Considerando que <HIKERS LTDA > ha contratado los servicios profesionales de JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS y que, en tal razón, debe suministrarle información confidencial, propia y de terceros, en forma verbal o escrita, y que desea proteger dicha información de la forma estipulada en el presente Acuerdo y en consideración de las mutuas obligaciones y estipulaciones que se incluyen aquí, las partes de común acuerdo establecen las siguientes III. CLÁUSULAS: PRIMERA: DEFINICIONES


1.1 Por "Objeto" se entiende por todas las funciones requeridas por < HIKERS LTDA 1.2 Por “Dueño de la información”, se entiende a <HIKERS LTDA>. 1.3 Por "Parte Receptora", se entiende a <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS>, quien recibe Información Confidencial de <HIKERS LTDA > en relación con el objeto. 1.4 Por "Información Confidencial" se entiende toda aquella información no divulgada almacenada en cualquier medio físico y electrónico, referente entre otros a Información de servidores, archivos, infraestructura tecnológica, acceso a expedientes, documentos del Dueño de la información o de terceros que en el desarrollo de las funciones se le otorgue a la Parte Receptora. De igual forma se entiende por información confidencial los asuntos comerciales, empresariales o técnicos del Dueño de la información que no han sido divulgados, tanto en el pasado como en el presente y posible futuro, sin limitarse a lo siguiente: (I)Los secretos industriales del Dueño de la información, el software entregado para el cumplimiento de la labor contratada, puesto en conocimiento a La Parte Receptora, información técnica o de productos o servicios, sus procedimientos, su contabilidad, sus disposiciones contractuales, sus proveedores, personal vinculado directa o indirectamente; (II) los secretos industriales, información técnica o de productos, comercio, contabilidad, disposiciones financieras o contractuales u otra información confidencial de terceros que se encuentre en posesión del Dueño de la información en virtud de un acuerdo de confidencialidad; o bien (III) todo detalle sobre sus clientes o proveedores, en el pasado, el presente o el futuro, o sus operaciones, transacciones o asuntos que hayan llegado o puedan llegar al conocimiento de la Parte Receptora durante las negociaciones o posteriormente, en caso de que las negociaciones den lugar a nuevos acuerdos con la parte contratante; 1.5 El término “secretos industriales” para efectos de este acuerdo, significa información Confidencial: a) De la que potencial o directamente pueda obtenerse un beneficio económico derivado


de la condición de no ser pública y generalmente conocida, y de no poder ser obtenible por terceros que podrían derivar un beneficio económico por su revelación y/o uso. b) Han sido producto de esfuerzos que bajo condiciones institucionales razonables requieran mantener su confidencialidad.

SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA La Parte Receptora se obliga a: 2.1 Mantener en absoluta reserva la Información Confidencial y Documentos del Dueño de la información, tomando en este sentido las mismas medidas de seguridad y ejerciendo los mismos cuidados que los aplicados por la Parte Receptora a su propia información confidencial; la Parte Receptora garantiza, además, que estas medidas y cuidados ofrecen una protección adecuada contra la divulgación, reproducción o utilización no autorizadas; 2.2 Permitir acceso a la Información Confidencial sólo a aquellas personas que necesiten verla y utilizarla por el objeto, y a comunicar a cada una de dichas personas el carácter confidencial de la Información Confidencial antes de permitirles el acceso, con el fin de asegurar su cumplimiento con las disposiciones del presente Acuerdo; 2.3 Siempre que sea posible o siempre que se lo pida un representante del Dueño de la información, obtener de cualquier tercero al que la Parte Receptora desea o prevé divulgar Información Confidencial, un reconocimiento de confidencialidad por escrito, que tendrá el mismo valor del presente Acuerdo, y bajo petición prestar toda la asistencia que sea requerida por el Dueño de la información para hacer cumplir tales obligaciones con el fin de proteger la Información Confidencial. 2.4 No reproducir, copiar, utilizar, vender, intercambiar, comercializar, divulgar, publicar, ningún documento que contenga Información Confidencial para un propósito distinto al establecido por el presente acuerdo. 2.5 Que la información confidencial revelada en desarrollo de este acuerdo solo podrá ser utilizada para que la Parte Receptora desarrolle el objeto contratado.


2.6 A devolver al Dueño de la información toda la Información Confidencial física y electrónica, y toda copia de ella en el plazo de 15 días calendario, sin perjuicio de realizarse en menos tiempo, a partir de la recepción de una petición por escrito procedente del Dueño de la información o cuando el contrato se haya dado por terminado; con excepción de las copias incorporadas en los registros confidenciales permanentes de la Parte Receptora, o, por solicitud del Dueño de la información, la Parte Receptora deberá certificar por escrito que esta información y materiales han sido destruidos.

TERCERA: INCUMPLIMIENTO: En el evento de divulgación o uso no autorizado de la información confidencial o de Secretos Industriales, ocurrida por revelaciones que haga la Parte Receptora, ésta deberá desplegar los esfuerzos necesarios para asistir al Dueño de la información en la recuperación y prevención del uso, diseminación, venta, u otra disposición de dicha información. La obligación de asistir al Dueño de la información se entenderá sin perjuicio de los demás derechos que tenga el Dueño de la información derivados de este acuerdo o de la ley.

CUARTA. DERECHOS ADQUIRIDOS: El presente acuerdo no otorgará durante su vigencia o con posterioridad a su vencimiento, derecho alguno sobre patentes, marcas o licencias, o sobre cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual perteneciente al Dueño de la información. La titularidad sobre toda información confidencial o secreto industrial, divulgada en desarrollo del presente acuerdo, permanecerá en cabeza del Dueño de la información. QUINTA. MODIFICACIONES:


Ninguna modificación, extensión o alteración al presente acuerdo, producirá efectos si no se encuentra suscrito por los representantes legales de las partes.

SEXTA. NORMATIVA APLICABLE: El presente Acuerdo se regirá de conformidad con la legislación colombiana, y las partes reconocen expresamente la competencia exclusiva de las autoridades judiciales de la República de Colombia.

SÉPTIMA. USOS: La Parte Receptora acuerda utilizar la información confidencial y los Secretos Industriales no divulgados en desarrollo del presente acuerdo, solamente para el propósito en el presente contemplado. Está prohibido a las partes utilizar la información confidencial y los secretos industriales obtenidos en desarrollo del presente acuerdo para competir de cualquier manera entre ellas.

OCTAVA. INDEMNIZACIÓN: La Parte Receptora reconoce que cualquier incumplimiento o violación de las provisiones contenidas en este acuerdo, resulta en un perjuicio continuo e irreparable para el Dueño de la información y la Parte Contratante para los que no existe adecuada reparación legal. La Parte Receptora se obliga a indemnizar al Dueño de la información por los daños y perjuicios que la violación de las disposiciones del presente acuerdo pueda generar, no obstante, la Parte Receptora acepta que el pago en dinero por daños y perjuicios no constituirá reparación suficiente y, por lo tanto, el Dueño de la información podrá instaurar las acciones correspondientes conforme a lo previsto en la ley, en caso del incumplimiento del presente


acuerdo proveniente de la Parte Receptora.

NOVENA. VIGENCIA: El presente acuerdo, así como las obligaciones aquí establecidas por las partes, tendrán una vigencia igual a la de la realización de su función y permanecerá vigente durante dos años siguientes a la terminación del mismo. En señal de haber leído y aprobado el contenido del presente documento, se suscriben a los (1) días del mes de abril de 2021.

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS. REPRESENTANTE LEGAL C.C 1064843051

JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO. TESORERA C.C 1091677890

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA. REVISOR FISCAL C.C 10914567890

HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA. CONTADOR PÚBLICO C.C 1019080263


ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Celebrado entre los suscritos, <HIKERS LTDA> y <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS> identificados Como aparece al pie de sus firmas y según la descripción que aquí se detalla, el primero en su Calidad de EMPLEADOR/CONTRATANTE y el segundo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según Contrato No. 01, hemos decidido suscribir el presente acuerdo para salvaguardar la confidencialidad de la información intercambiada entre las partes, especialmente la que <HIKERS LTDA > entregue al <COLABORADOR> y Proteger los datos confidenciales de terceros, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: <HIKERS LTDA >: DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA, revisor fiscal identificado con CC. 10914567890. <COLABORADOR>: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, persona natural, identificada con cédula de Ciudadanía número. 1064843051 de, RIO DE ORO, CESAR con domicilio en la Ciudad de Ocaña, adscrito a este acuerdo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según las facultades regladas y discrecionales que le son Propias de su cargo. II. CONSIDERACIÓN PREVIA • Considerando que <HIKERS LTDA > ha contratado los servicios profesionales de JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS y que, en tal razón, debe suministrarle información confidencial, propia y de terceros, en forma verbal o escrita, y que desea proteger dicha información de la forma estipulada en el presente Acuerdo y en consideración de las mutuas obligaciones y estipulaciones que se incluyen aquí, las partes de común acuerdo establecen las siguientes III. CLÁUSULAS: PRIMERA: DEFINICIONES


1.1 Por "Objeto" se entiende por todas las funciones requeridas por < HIKERS LTDA 1.2 Por “Dueño de la información”, se entiende a <HIKERS LTDA>. 1.3 Por "Parte Receptora", se entiende a <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS>, quien recibe Información Confidencial de <HIKERS LTDA > en relación con el objeto. 1.4 Por "Información Confidencial" se entiende toda aquella información no divulgada almacenada en cualquier medio físico y electrónico, referente entre otros a Información de servidores, archivos, infraestructura tecnológica, acceso a expedientes, documentos del Dueño de la información o de terceros que en el desarrollo de las funciones se le otorgue a la Parte Receptora. De igual forma se entiende por información confidencial los asuntos comerciales, empresariales o técnicos del Dueño de la información que no han sido divulgados, tanto en el pasado como en el presente y posible futuro, sin limitarse a lo siguiente: (I)Los secretos industriales del Dueño de la información, el software entregado para el cumplimiento de la labor contratada, puesto en conocimiento a La Parte Receptora, información técnica o de productos o servicios, sus procedimientos, su contabilidad, sus disposiciones contractuales, sus proveedores, personal vinculado directa o indirectamente; (II) los secretos industriales, información técnica o de productos, comercio, contabilidad, disposiciones financieras o contractuales u otra información confidencial de terceros que se encuentre en posesión del Dueño de la información en virtud de un acuerdo de confidencialidad; o bien (III) todo detalle sobre sus clientes o proveedores, en el pasado, el presente o el futuro, o sus operaciones, transacciones o asuntos que hayan llegado o puedan llegar al conocimiento de la Parte Receptora durante las negociaciones o posteriormente, en caso de que las negociaciones den lugar a nuevos acuerdos con la parte contratante; 1.5 El término “secretos industriales” para efectos de este acuerdo, significa información Confidencial: a) De la que potencial o directamente pueda obtenerse un beneficio económico derivado


de la condición de no ser pública y generalmente conocida, y de no poder ser obtenible por terceros que podrían derivar un beneficio económico por su revelación y/o uso. b) Han sido producto de esfuerzos que bajo condiciones institucionales razonables requieran mantener su confidencialidad.

SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA La Parte Receptora se obliga a: 2.1 Mantener en absoluta reserva la Información Confidencial y Documentos del Dueño de la información, tomando en este sentido las mismas medidas de seguridad y ejerciendo los mismos cuidados que los aplicados por la Parte Receptora a su propia información confidencial; la Parte Receptora garantiza, además, que estas medidas y cuidados ofrecen una protección adecuada contra la divulgación, reproducción o utilización no autorizadas; 2.2 Permitir acceso a la Información Confidencial sólo a aquellas personas que necesiten verla y utilizarla por el objeto, y a comunicar a cada una de dichas personas el carácter confidencial de la Información Confidencial antes de permitirles el acceso, con el fin de asegurar su cumplimiento con las disposiciones del presente Acuerdo; 2.3 Siempre que sea posible o siempre que se lo pida un representante del Dueño de la información, obtener de cualquier tercero al que la Parte Receptora desea o prevé divulgar Información Confidencial, un reconocimiento de confidencialidad por escrito, que tendrá el mismo valor del presente Acuerdo, y bajo petición prestar toda la asistencia que sea requerida por el Dueño de la información para hacer cumplir tales obligaciones con el fin de proteger la Información Confidencial. 2.4 No reproducir, copiar, utilizar, vender, intercambiar, comercializar, divulgar, publicar, ningún documento que contenga Información Confidencial para un propósito distinto al establecido por el presente acuerdo. 2.5 Que la información confidencial revelada en desarrollo de este acuerdo solo podrá ser utilizada para que la Parte Receptora desarrolle el objeto contratado.


2.6 A devolver al Dueño de la información toda la Información Confidencial física y electrónica, y toda copia de ella en el plazo de 15 días calendario, sin perjuicio de realizarse en menos tiempo, a partir de la recepción de una petición por escrito procedente del Dueño de la información o cuando el contrato se haya dado por terminado; con excepción de las copias incorporadas en los registros confidenciales permanentes de la Parte Receptora, o, por solicitud del Dueño de la información, la Parte Receptora deberá certificar por escrito que esta información y materiales han sido destruidos.

TERCERA: INCUMPLIMIENTO: En el evento de divulgación o uso no autorizado de la información confidencial o de Secretos Industriales, ocurrida por revelaciones que haga la Parte Receptora, ésta deberá desplegar los esfuerzos necesarios para asistir al Dueño de la información en la recuperación y prevención del uso, diseminación, venta, u otra disposición de dicha información. La obligación de asistir al Dueño de la información se entenderá sin perjuicio de los demás derechos que tenga el Dueño de la información derivados de este acuerdo o de la ley.

CUARTA. DERECHOS ADQUIRIDOS: El presente acuerdo no otorgará durante su vigencia o con posterioridad a su vencimiento, derecho alguno sobre patentes, marcas o licencias, o sobre cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual perteneciente al Dueño de la información. La titularidad sobre toda información confidencial o secreto industrial, divulgada en desarrollo del presente acuerdo, permanecerá en cabeza del Dueño de la información. QUINTA. MODIFICACIONES:


Ninguna modificación, extensión o alteración al presente acuerdo, producirá efectos si no se encuentra suscrito por los representantes legales de las partes.

SEXTA. NORMATIVA APLICABLE: El presente Acuerdo se regirá de conformidad con la legislación colombiana, y las partes reconocen expresamente la competencia exclusiva de las autoridades judiciales de la República de Colombia.

SÉPTIMA. USOS: La Parte Receptora acuerda utilizar la información confidencial y los Secretos Industriales no divulgados en desarrollo del presente acuerdo, solamente para el propósito en el presente contemplado. Está prohibido a las partes utilizar la información confidencial y los secretos industriales obtenidos en desarrollo del presente acuerdo para competir de cualquier manera entre ellas.

OCTAVA. INDEMNIZACIÓN: La Parte Receptora reconoce que cualquier incumplimiento o violación de las provisiones contenidas en este acuerdo, resulta en un perjuicio continuo e irreparable para el Dueño de la información y la Parte Contratante para los que no existe adecuada reparación legal. La Parte Receptora se obliga a indemnizar al Dueño de la información por los daños y perjuicios que la violación de las disposiciones del presente acuerdo pueda generar, no obstante, la Parte Receptora acepta que el pago en dinero por daños y perjuicios no constituirá reparación suficiente y, por lo tanto, el Dueño de la información podrá instaurar las acciones correspondientes conforme a lo previsto en la ley, en caso del incumplimiento del presente


acuerdo proveniente de la Parte Receptora.

NOVENA. VIGENCIA: El presente acuerdo, así como las obligaciones aquí establecidas por las partes, tendrán una vigencia igual a la de la realización de su función y permanecerá vigente durante dos años siguientes a la terminación del mismo. En señal de haber leído y aprobado el contenido del presente documento, se suscriben a los (1) días del mes de abril de 2021.

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS. REPRESENTANTE LEGAL C.C 1064843051

JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO. TESORERA C.C 1091677890

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA. REVISOR FISCAL C.C 10914567890

HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA. CONTADOR PÚBLICO C.C 1019080263


ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Celebrado entre los suscritos, <HIKERS LTDA> y <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS> identificados Como aparece al pie de sus firmas y según la descripción que aquí se detalla, el primero en su Calidad de EMPLEADOR/CONTRATANTE y el segundo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según Contrato No. 01, hemos decidido suscribir el presente acuerdo para salvaguardar la confidencialidad de la información intercambiada entre las partes, especialmente la que <HIKERS LTDA > entregue al <COLABORADOR> y Proteger los datos confidenciales de terceros, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: <HIKERS LTDA >: JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO, tesorera identificada con CC. 1091677890. <COLABORADOR>: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, persona natural, identificada con cédula de Ciudadanía número. 1064843051 de, RIO DE ORO, CESAR con domicilio en la Ciudad de Ocaña, adscrito a este acuerdo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según las facultades regladas y discrecionales que le son Propias de su cargo. II. CONSIDERACIÓN PREVIA • Considerando que <HIKERS LTDA > ha contratado los servicios profesionales de JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS y que, en tal razón, debe suministrarle información confidencial, propia y de terceros, en forma verbal o escrita, y que desea proteger dicha información de la forma estipulada en el presente Acuerdo y en consideración de las mutuas obligaciones y estipulaciones que se incluyen aquí, las partes de común acuerdo establecen las siguientes III. CLÁUSULAS: PRIMERA: DEFINICIONES


1.1 Por "Objeto" se entiende por todas las funciones requeridas por < HIKERS LTDA 1.2 Por “Dueño de la información”, se entiende a <HIKERS LTDA>. 1.3 Por "Parte Receptora", se entiende a <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS>, quien recibe Información Confidencial de <HIKERS LTDA > en relación con el objeto. 1.4 Por "Información Confidencial" se entiende toda aquella información no divulgada almacenada en cualquier medio físico y electrónico, referente entre otros a Información de servidores, archivos, infraestructura tecnológica, acceso a expedientes, documentos del Dueño de la información o de terceros que en el desarrollo de las funciones se le otorgue a la Parte Receptora. De igual forma se entiende por información confidencial los asuntos comerciales, empresariales o técnicos del Dueño de la información que no han sido divulgados, tanto en el pasado como en el presente y posible futuro, sin limitarse a lo siguiente: (I)Los secretos industriales del Dueño de la información, el software entregado para el cumplimiento de la labor contratada, puesto en conocimiento a La Parte Receptora, información técnica o de productos o servicios, sus procedimientos, su contabilidad, sus disposiciones contractuales, sus proveedores, personal vinculado directa o indirectamente; (II) los secretos industriales, información técnica o de productos, comercio, contabilidad, disposiciones financieras o contractuales u otra información confidencial de terceros que se encuentre en posesión del Dueño de la información en virtud de un acuerdo de confidencialidad; o bien (III) todo detalle sobre sus clientes o proveedores, en el pasado, el presente o el futuro, o sus operaciones, transacciones o asuntos que hayan llegado o puedan llegar al conocimiento de la Parte Receptora durante las negociaciones o posteriormente, en caso de que las negociaciones den lugar a nuevos acuerdos con la parte contratante; 1.5 El término “secretos industriales” para efectos de este acuerdo, significa información Confidencial: a) De la que potencial o directamente pueda obtenerse un beneficio económico derivado


de la condición de no ser pública y generalmente conocida, y de no poder ser obtenible por terceros que podrían derivar un beneficio económico por su revelación y/o uso. b) Han sido producto de esfuerzos que bajo condiciones institucionales razonables requieran mantener su confidencialidad.

SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA La Parte Receptora se obliga a: 2.1 Mantener en absoluta reserva la Información Confidencial y Documentos del Dueño de la información, tomando en este sentido las mismas medidas de seguridad y ejerciendo los mismos cuidados que los aplicados por la Parte Receptora a su propia información confidencial; la Parte Receptora garantiza, además, que estas medidas y cuidados ofrecen una protección adecuada contra la divulgación, reproducción o utilización no autorizadas; 2.2 Permitir acceso a la Información Confidencial sólo a aquellas personas que necesiten verla y utilizarla por el objeto, y a comunicar a cada una de dichas personas el carácter confidencial de la Información Confidencial antes de permitirles el acceso, con el fin de asegurar su cumplimiento con las disposiciones del presente Acuerdo; 2.3 Siempre que sea posible o siempre que se lo pida un representante del Dueño de la información, obtener de cualquier tercero al que la Parte Receptora desea o prevé divulgar Información Confidencial, un reconocimiento de confidencialidad por escrito, que tendrá el mismo valor del presente Acuerdo, y bajo petición prestar toda la asistencia que sea requerida por el Dueño de la información para hacer cumplir tales obligaciones con el fin de proteger la Información Confidencial. 2.4 No reproducir, copiar, utilizar, vender, intercambiar, comercializar, divulgar, publicar, ningún documento que contenga Información Confidencial para un propósito distinto al establecido por el presente acuerdo. 2.5 Que la información confidencial revelada en desarrollo de este acuerdo solo podrá ser utilizada para que la Parte Receptora desarrolle el objeto contratado.


2.6 A devolver al Dueño de la información toda la Información Confidencial física y electrónica, y toda copia de ella en el plazo de 15 días calendario, sin perjuicio de realizarse en menos tiempo, a partir de la recepción de una petición por escrito procedente del Dueño de la información o cuando el contrato se haya dado por terminado; con excepción de las copias incorporadas en los registros confidenciales permanentes de la Parte Receptora, o, por solicitud del Dueño de la información, la Parte Receptora deberá certificar por escrito que esta información y materiales han sido destruidos.

TERCERA: INCUMPLIMIENTO: En el evento de divulgación o uso no autorizado de la información confidencial o de Secretos Industriales, ocurrida por revelaciones que haga la Parte Receptora, ésta deberá desplegar los esfuerzos necesarios para asistir al Dueño de la información en la recuperación y prevención del uso, diseminación, venta, u otra disposición de dicha información. La obligación de asistir al Dueño de la información se entenderá sin perjuicio de los demás derechos que tenga el Dueño de la información derivados de este acuerdo o de la ley.

CUARTA. DERECHOS ADQUIRIDOS: El presente acuerdo no otorgará durante su vigencia o con posterioridad a su vencimiento, derecho alguno sobre patentes, marcas o licencias, o sobre cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual perteneciente al Dueño de la información. La titularidad sobre toda información confidencial o secreto industrial, divulgada en desarrollo del presente acuerdo, permanecerá en cabeza del Dueño de la información. QUINTA. MODIFICACIONES:


Ninguna modificación, extensión o alteración al presente acuerdo, producirá efectos si no se encuentra suscrito por los representantes legales de las partes.

SEXTA. NORMATIVA APLICABLE: El presente Acuerdo se regirá de conformidad con la legislación colombiana, y las partes reconocen expresamente la competencia exclusiva de las autoridades judiciales de la República de Colombia.

SÉPTIMA. USOS: La Parte Receptora acuerda utilizar la información confidencial y los Secretos Industriales no divulgados en desarrollo del presente acuerdo, solamente para el propósito en el presente contemplado. Está prohibido a las partes utilizar la información confidencial y los secretos industriales obtenidos en desarrollo del presente acuerdo para competir de cualquier manera entre ellas.

OCTAVA. INDEMNIZACIÓN: La Parte Receptora reconoce que cualquier incumplimiento o violación de las provisiones contenidas en este acuerdo, resulta en un perjuicio continuo e irreparable para el Dueño de la información y la Parte Contratante para los que no existe adecuada reparación legal. La Parte Receptora se obliga a indemnizar al Dueño de la información por los daños y perjuicios que la violación de las disposiciones del presente acuerdo pueda generar, no obstante, la Parte Receptora acepta que el pago en dinero por daños y perjuicios no constituirá reparación suficiente y, por lo tanto, el Dueño de la información podrá instaurar las acciones correspondientes conforme a lo previsto en la ley, en caso del incumplimiento del presente


acuerdo proveniente de la Parte Receptora.

NOVENA. VIGENCIA: El presente acuerdo, así como las obligaciones aquí establecidas por las partes, tendrán una vigencia igual a la de la realización de su función y permanecerá vigente durante dos años siguientes a la terminación del mismo. En señal de haber leído y aprobado el contenido del presente documento, se suscriben a los (1) días del mes de abril de 2021.

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS. REPRESENTANTE LEGAL C.C 1064843051

JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO. TESORERA C.C 1091677890

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA. REVISOR FISCAL C.C 10914567890

HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA. CONTADOR PÚBLICO C.C 1019080263


ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Celebrado entre los suscritos, <HIKERS LTDA> y <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS> identificados Como aparece al pie de sus firmas y según la descripción que aquí se detalla, el primero en su Calidad de EMPLEADOR/CONTRATANTE y el segundo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según Contrato No. 01, hemos decidido suscribir el presente acuerdo para salvaguardar la confidencialidad de la información intercambiada entre las partes, especialmente la que <HIKERS LTDA > entregue al <COLABORADOR> y Proteger los datos confidenciales de terceros, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: <HIKERS LTDA >: HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA, contador público identificado con CC. 1019080263. <COLABORADOR>: JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, persona natural, identificada con cédula de Ciudadanía número. 1064843051 de, RIO DE ORO, CESAR con domicilio en la Ciudad de Ocaña, adscrito a este acuerdo en su calidad de TRABAJADOR/CONTRATISTA, según las facultades regladas y discrecionales que le son Propias de su cargo. II. CONSIDERACIÓN PREVIA • Considerando que <HIKERS LTDA > ha contratado los servicios profesionales de JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS y que, en tal razón, debe suministrarle información confidencial, propia y de terceros, en forma verbal o escrita, y que desea proteger dicha información de la forma estipulada en el presente Acuerdo y en consideración de las mutuas obligaciones y estipulaciones que se incluyen aquí, las partes de común acuerdo establecen las siguientes III. CLÁUSULAS: PRIMERA: DEFINICIONES


1.1 Por "Objeto" se entiende por todas las funciones requeridas por < HIKERS LTDA 1.2 Por “Dueño de la información”, se entiende a <HIKERS LTDA>. 1.3 Por "Parte Receptora", se entiende a <JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS>, quien recibe Información Confidencial de <HIKERS LTDA > en relación con el objeto. 1.4 Por "Información Confidencial" se entiende toda aquella información no divulgada almacenada en cualquier medio físico y electrónico, referente entre otros a Información de servidores, archivos, infraestructura tecnológica, acceso a expedientes, documentos del Dueño de la información o de terceros que en el desarrollo de las funciones se le otorgue a la Parte Receptora. De igual forma se entiende por información confidencial los asuntos comerciales, empresariales o técnicos del Dueño de la información que no han sido divulgados, tanto en el pasado como en el presente y posible futuro, sin limitarse a lo siguiente: (I)Los secretos industriales del Dueño de la información, el software entregado para el cumplimiento de la labor contratada, puesto en conocimiento a La Parte Receptora, información técnica o de productos o servicios, sus procedimientos, su contabilidad, sus disposiciones contractuales, sus proveedores, personal vinculado directa o indirectamente; (II) los secretos industriales, información técnica o de productos, comercio, contabilidad, disposiciones financieras o contractuales u otra información confidencial de terceros que se encuentre en posesión del Dueño de la información en virtud de un acuerdo de confidencialidad; o bien (III) todo detalle sobre sus clientes o proveedores, en el pasado, el presente o el futuro, o sus operaciones, transacciones o asuntos que hayan llegado o puedan llegar al conocimiento de la Parte Receptora durante las negociaciones o posteriormente, en caso de que las negociaciones den lugar a nuevos acuerdos con la parte contratante; 1.5 El término “secretos industriales” para efectos de este acuerdo, significa información Confidencial: a) De la que potencial o directamente pueda obtenerse un beneficio económico derivado


de la condición de no ser pública y generalmente conocida, y de no poder ser obtenible por terceros que podrían derivar un beneficio económico por su revelación y/o uso. b) Han sido producto de esfuerzos que bajo condiciones institucionales razonables requieran mantener su confidencialidad.

SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA La Parte Receptora se obliga a: 2.1 Mantener en absoluta reserva la Información Confidencial y Documentos del Dueño de la información, tomando en este sentido las mismas medidas de seguridad y ejerciendo los mismos cuidados que los aplicados por la Parte Receptora a su propia información confidencial; la Parte Receptora garantiza, además, que estas medidas y cuidados ofrecen una protección adecuada contra la divulgación, reproducción o utilización no autorizadas; 2.2 Permitir acceso a la Información Confidencial sólo a aquellas personas que necesiten verla y utilizarla por el objeto, y a comunicar a cada una de dichas personas el carácter confidencial de la Información Confidencial antes de permitirles el acceso, con el fin de asegurar su cumplimiento con las disposiciones del presente Acuerdo; 2.3 Siempre que sea posible o siempre que se lo pida un representante del Dueño de la información, obtener de cualquier tercero al que la Parte Receptora desea o prevé divulgar Información Confidencial, un reconocimiento de confidencialidad por escrito, que tendrá el mismo valor del presente Acuerdo, y bajo petición prestar toda la asistencia que sea requerida por el Dueño de la información para hacer cumplir tales obligaciones con el fin de proteger la Información Confidencial. 2.4 No reproducir, copiar, utilizar, vender, intercambiar, comercializar, divulgar, publicar, ningún documento que contenga Información Confidencial para un propósito distinto al establecido por el presente acuerdo. 2.5 Que la información confidencial revelada en desarrollo de este acuerdo solo podrá ser utilizada para que la Parte Receptora desarrolle el objeto contratado.


2.6 A devolver al Dueño de la información toda la Información Confidencial física y electrónica, y toda copia de ella en el plazo de 15 días calendario, sin perjuicio de realizarse en menos tiempo, a partir de la recepción de una petición por escrito procedente del Dueño de la información o cuando el contrato se haya dado por terminado; con excepción de las copias incorporadas en los registros confidenciales permanentes de la Parte Receptora, o, por solicitud del Dueño de la información, la Parte Receptora deberá certificar por escrito que esta información y materiales han sido destruidos.

TERCERA: INCUMPLIMIENTO: En el evento de divulgación o uso no autorizado de la información confidencial o de Secretos Industriales, ocurrida por revelaciones que haga la Parte Receptora, ésta deberá desplegar los esfuerzos necesarios para asistir al Dueño de la información en la recuperación y prevención del uso, diseminación, venta, u otra disposición de dicha información. La obligación de asistir al Dueño de la información se entenderá sin perjuicio de los demás derechos que tenga el Dueño de la información derivados de este acuerdo o de la ley.

CUARTA. DERECHOS ADQUIRIDOS: El presente acuerdo no otorgará durante su vigencia o con posterioridad a su vencimiento, derecho alguno sobre patentes, marcas o licencias, o sobre cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual perteneciente al Dueño de la información. La titularidad sobre toda información confidencial o secreto industrial, divulgada en desarrollo del presente acuerdo, permanecerá en cabeza del Dueño de la información. QUINTA. MODIFICACIONES:


Ninguna modificación, extensión o alteración al presente acuerdo, producirá efectos si no se encuentra suscrito por los representantes legales de las partes.

SEXTA. NORMATIVA APLICABLE: El presente Acuerdo se regirá de conformidad con la legislación colombiana, y las partes reconocen expresamente la competencia exclusiva de las autoridades judiciales de la República de Colombia.

SÉPTIMA. USOS: La Parte Receptora acuerda utilizar la información confidencial y los Secretos Industriales no divulgados en desarrollo del presente acuerdo, solamente para el propósito en el presente contemplado. Está prohibido a las partes utilizar la información confidencial y los secretos industriales obtenidos en desarrollo del presente acuerdo para competir de cualquier manera entre ellas.

OCTAVA. INDEMNIZACIÓN: La Parte Receptora reconoce que cualquier incumplimiento o violación de las provisiones contenidas en este acuerdo, resulta en un perjuicio continuo e irreparable para el Dueño de la información y la Parte Contratante para los que no existe adecuada reparación legal. La Parte Receptora se obliga a indemnizar al Dueño de la información por los daños y perjuicios que la violación de las disposiciones del presente acuerdo pueda generar, no obstante, la Parte Receptora acepta que el pago en dinero por daños y perjuicios no constituirá reparación suficiente y, por lo tanto, el Dueño de la información podrá instaurar las acciones correspondientes conforme a lo previsto en la ley, en caso del incumplimiento del presente


acuerdo proveniente de la Parte Receptora.

NOVENA. VIGENCIA: El presente acuerdo, así como las obligaciones aquí establecidas por las partes, tendrán una vigencia igual a la de la realización de su función y permanecerá vigente durante dos años siguientes a la terminación del mismo. En señal de haber leído y aprobado el contenido del presente documento, se suscriben a los (1) días del mes de abril de 2021.

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS. REPRESENTANTE LEGAL C.C 1064843051

JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO. TESORERA C.C 1091677890

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA. REVISOR FISCAL C.C 10914567890

HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA. CONTADOR PÚBLICO C.C 1019080263


DEFINICIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL (SALUD – PENSIÓN – ARL) La Seguridad Social es el sistema que se ocupa de garantizar el Estado del Bienestar en una sociedad. Es la mayor y más importante plataforma de bienestar que ofrece el Estado a sus ciudadanos. Su existencia se basa en las aportaciones que hacen los contribuyentes, de manera obligatoria, mediante sus nóminas de trabajo. El objetivo principal de este sistema es dar protección a los ciudadanos. Para ello, realiza un conjunto de actividades financiadas con los presupuestos del Estado y que tienen objetivos sociales y redistributivos, protegiendo a las personas para que no se produzcan desequilibrios sociales. Estas actividades sociales se desarrollan en cuatro ámbitos:    

Transferencias de dinero, como las prestaciones de desempleo, la jubilación o las pensiones por discapacidad. El seguro médico, que debe ser universal y gratuito. Servicios de educación gratuita y universal. Supervisión de vivienda, alimento y otras necesidades básicas. La financiación de la Seguridad Social procede mayormente por la contribución de los trabajadores del país. En España, por ejemplo, está organizado mediante el Código de Cuenta de Cotización. Este es un número de once dígitos que se le asigna a las personas al comienzo de su vida laboral y que servirá para que se le identifique. Además, hay que aclarar que la asistencia médica no está cubierta con las cuentas de la Seguridad Social. Subregímenes de la seguridad social La Seguridad Social se divide en dos subregímenes según los profesionales a los que esté dirigido. Distinguimos:

1. Régimen general: Protege a los profesionales de la hostelería, los trabajadores del sector agrario, los empleados del hogar o trabajadores fijos discontinuos.

2. Régimen especial: Se protege a aquellos profesionales que, bien por su lugar de trabajo o las condiciones de la labor que desarrollan, necesitan una ayuda especial. Aquí entrarían los funcionarios civiles, los trabajadores autónomos y los trabajadores que realicen su labor en el mar.



















DEFINICIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Un contrato de arrendamiento se define como un acuerdo pactado entre el dueño de una propiedad (arrendador) y la persona ocupante del inmueble (arrendatario), quienes a través de un convenio establecen las normas de uso del inmueble, a cambio de un pago mensual llamado renta. El contrato puede ser escrito o verbal, pero se aconseja que en lo posible se formalice por escrito para tener mayores garantías y seguridad al momento de hacer las respectivas reclamaciones, además es una guía para las dos partes (propietario/inquilino), en el sentido en que pueden conocer sus derechos y obligaciones. ¿Qué debe contener el contrato? 1. Fecha en que se entrega el inmueble y terminación del contrato de arrendamiento. Este dato es importante porque las partes implicadas pueden saber el tiempo de duración del convenio. 2. Nombre y documento de identificación tanto del arrendador como del arrendatario. 3. Datos de la vivienda: ubicación, barrio, tamaño del inmueble, etc. 4. Precio y forma de pago. Es indispensable que se establezca el precio del arriendo y como se llevará a cabo el pago de las cuotas, aquí se debe fijar la fecha de cada consignación. 5. En el contrato debe existir un parágrafo donde se determinen las obligaciones del arrendador y del inquilino. 6. Además debe haber un espacio donde se hable de las causales de terminación del contrato. 7. En las cláusulas se debe establecer si habrá un cobro por interés de mora, en caso de que el inquilino se demore en cancelar el arriendo. 8. Firma del propietario y del inquilino. 9. Todas aquellas cláusulas que se consideren necesarias para el correcto uso del inmueble y goce de la propiedad. Tiempo del contrato Las partes acordarán libremente el tiempo de duración del contrato, que inicialmente puede ser por un año con renovación anual, todo depende del pacto al cual hayan llegado. Hay contratos en los que se establece un tiempo indeterminado, aquí las prórrogas varían, pero también pueden adecuarse a una renovación por año. En cualquiera de los dos casos ambas partes pueden dar por terminado el convenido siempre y cuando notifiquen con anterioridad.


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (Arrendador Duvan Santiago Páez Sepúlveda), [masculino-), de nacionalidad. Colombiano. con domicilio en la ciudad de ..Rio de Oro., de estado civil (soltero(a), con sociedad (conyugal vigente), identificado(a) con la Cédula de Ciudadanía número ..1064.842.201 de Rio de Oro quien obra en nombre propio y que para efectos de este contrato se denominará el “Arrendador”, por una parte, y por la otra, (Arrendatario Alejandro Botero), [varón], de nacionalidad...colombiano, con domicilio en la ciudad de Ocaña norte de Santander, de estado civil, casado(a) con sociedad conyugal vigente ), identificado(a) con la Cédula de Ciudadanía número 49655788 de .OCAÑA NORTE DE SANTANDER , quien para efectos de este contrato obra en nombre propio y se denominará el “Arrendatario”, manifestaron que han decidido celebrar un contrato de arrendamiento de bien inmueble destinado a vivienda, en adelante el “Contrato”, el cual se rige por las siguientes cláusulas: Primera. – Objeto: Por medio del presente Contrato, el Arrendador entrega a título de arrendamiento {si es de vivienda urbana indicar mancomunado} al Arrendatario el siguiente bien inmueble: [la bodega va estar divida en dos, la primera parte va estar ubicada la fabricación de calzado y la segunda parte las oficinas, va estar ubicado en el barrio el progreso], destinado para el uso de comercialización y producción [] del Arrendatario y la de su (en adelante, el “Inmueble”). Segunda. – Canon de Arrendamiento: El canon de arrendamiento mensual es la suma de [1.000.000 un millón de pesos ] que el Arrendatario pagará anticipadamente al Arrendador o a su orden, en las oficinas del Arrendador ubicadas en el barrio El progreso , el primer (1) día de cada mes.(01) Cada doce (12) meses de ejecución del Contrato, el valor del canon de arrendamiento será reajustado en una proporción igual a [de acuerdo a lo que convengan las partes], sin exceder en todo caso el límite máximo de reajuste fijado por la ley. Parágrafo1: Si el límite máximo de reajuste del canon de arrendamiento señalado por el Artículo 7° de la Ley 242 de 1995 llegare a variar por alguna disposición legal posterior a la fecha de firma del presente Contrato, las Partes acuerdan que el porcentaje de reajuste que se aplicará al canon de arrendamiento fijado en este Contrato, será el máximo permitido por la ley para la fecha en que el canon de arrendamiento deba ser reajustado. Parágrafo 2: La tolerancia del Arrendador en recibir el pago del canon de arrendamiento con posterioridad al plazo indicado para ello en esta Cláusula, no podrá entenderse, en ningún caso, como ánimo del Arrendador de modificar el término establecido en este Contrato para el pago del canon. Tercera – Vigencia: El arrendamiento tendrá una duración de .12 meses [años] contados a partir del [el 09 abril de 2021]. No obstante, lo anterior, el término del arrendamiento se prorrogará automáticamente por periodos consecutivos iguales al iniciar siempre que cada una de las Partes haya cumplido con las obligaciones a su cargo y el Arrendatario se avenga a los reajustes de la renta autorizados por ley. En caso de que alguna de las Partes desee terminar el Contrato deberá cumplir los presupuestos de los artículos 22, 23, 24 y 25 del capítulo VII de la ley 820 de 2003


Cuarta – Entrega: El Arrendatario en la fecha de suscripción de este documento declara recibir el Inmueble de manos del Arrendador en perfecto estado, de conformidad con el inventario elaborado por las partes y que forma parte integrante de este contrato en calidad de Anexo 1. Quinta - Reparaciones: Los daños que se ocasionen al Inmueble por el Arrendatario, por responsabilidad suya o de sus dependientes, serán reparados y cubiertos sus costos de reparación en su totalidad por el Arrendatario. Igualmente, el Arrendatario se obliga a cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 2029 y 2030 del Código Civil. Parágrafo: El Arrendatario se abstendrá de hacer mejoras de cualquier clase al Inmueble sin permiso previo y escrito del Arrendador. Las mejoras al Inmueble serán del propietario del Inmueble y no habrá lugar al reconocimiento del precio, costo o indemnización alguna al Arrendatario por las mejoras realizadas. Las mejoras no podrán retirarse salvo que el Arrendador lo exija por escrito, a lo que el Arrendatario accederá inmediatamente a su costa, dejando el Inmueble en el mismo buen estado en que lo recibió del Arrendador, salvo el deterioro natural por el uso legítimo. Sexta – Servicios Públicos: El Arrendatario pagará oportuna y totalmente los servicios públicos del Inmueble desde la fecha en que comience el arrendamiento hasta la restitución del Inmueble. Si el Arrendatario no paga los servicios públicos a su cargo, el Arrendador podrá hacerlo para evitar que los servicios públicos sean suspendidos. El incumplimiento del Arrendatario en el pago oportuno de los servicios públicos del Inmueble se tendrá como incumplimiento del Contrato y el Arrendatario deberá cancelar de manera incondicional e irrevocable al Arrendador las sumas que por este concepto haya tenido que pagar el Arrendador, pago que deberá hacerse de manera inmediata por el Arrendatario contra la presentación de las facturas correspondientes por parte del Arrendador. No obstante, lo anterior, el Arrendador podrá abstenerse de pagar los servicios públicos a cargo del Arrendatario, sin que por ello el Arrendatario pueda alegar responsabilidad del Arrendador. Parágrafo 1: El Arrendatario declara que ha recibido en perfecto estado de funcionamiento y de conservación las instalaciones para uso de los servicios públicos del Inmueble, que se abstendrá de modificarlas sin permiso previo y escrito del Arrendador y que responderá por daños y/o violaciones de los reglamentos de las correspondientes empresas de servicios públicos. Parágrafo 2: El Arrendatario reconoce que el Arrendador en ningún caso y bajo ninguna circunstancia es responsable por la interrupción o deficiencia en la prestación de cualquiera de los servicios públicos del Inmueble. En caso de la prestación deficiente o suspensión de cualquiera de los servicios públicos del Inmueble, el Arrendatario reclamará de manera directa a las empresas prestadoras del servicio y no al Arrendador. Octava - Restitución: Terminado el contrato en los términos establecidos en el presente documento y de conformidad con la ley, el Arrendatario (i) restituirá el Inmueble al Arrendador en las mismas buenas condiciones en que lo recibió del Arrendador, salvo el deterioro natural causado por el uso legítimo, (ii) entregará al Arrendador los ejemplares originales de las facturas de cobro por concepto de servicios públicos del Inmueble correspondientes a los últimos tres (3) meses, debidamente canceladas por el Arrendatario,


bajo el entendido que hará entrega de dichas facturas en el domicilio del Arrendador, con una antelación de dos (2) días hábiles a la fecha fijada para la restitución material del Inmueble al Arrendador. Parágrafo 1: No obstante, lo anterior, el Arrendador podrá negarse a recibir el Inmueble, cuando a su juicio existan obligaciones pendientes a cargo del Arrendatario que no hayan sido satisfechas en forma debida, caso en el cual se seguirá causando el canon de arrendamiento hasta que el Arrendatario cumpla con lo que le corresponde. Parágrafo 2: La responsabilidad del Arrendatario subsistirá aún después de restituido el Inmueble, mientras el Arrendador no haya entregado la paz y salvo correspondiente por escrito al Arrendatario. Novena – Renuncia: El Arrendatario declara que (i) no ha tenido ni tiene posesión del Inmueble, y (ii) que renuncia en beneficio del Arrendador o de su cesionario, a todo requerimiento para constituirlo en mora en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de este Contrato. Décima – Cesión: El Arrendatario faculta al Arrendador a ceder total o parcialmente este Contrato y declara al cedente del Contrato, es decir al Arrendador, libre de cualquier responsabilidad como consecuencia de la cesión que haga de este Contrato. Décima Primera – Incumplimiento: El incumplimiento del Arrendatario a cualquiera de sus obligaciones legales o contractuales faculta al Arrendador para ejercer las siguientes acciones, simultáneamente o en el orden que él elija: a) Declarar terminado este Contrato y reclamar la devolución del Inmueble judicial y/o extrajudicialmente; b) Exigir y perseguir a través de cualquier medio, judicial o extrajudicialmente, al Arrendatario y/o coarrendatarios el monto de los perjuicios resultantes del incumplimiento, así como de la multa por incumplimiento pactada en este Contrato. Parágrafo: Son causales de terminación del Contrato en forma unilateral por el Arrendador las previstas en los artículos 22 y 23 del capítulo VII de la ley 820 de 2003; y por parte del Arrendatario las consagradas en los Artículos 24 y 25 de la misma Ley. No obstante, lo anterior, las Partes en cualquier tiempo y de común acuerdo podrán dar por terminado el presente Contrato Décima Segunda – Validez: El presente Contrato anula todo convenio anterior relativo al arrendamiento del mismo Inmueble y solamente podrá ser modificado por escrito suscrito por la Partes. Vigésima – Recibos de pago de servicios públicos: El Arrendador en cualquier tiempo durante la vigencia de este Contrato, podrá exigir del Arrendatario la presentación de las facturas de los servicios públicos del Inmueble a fin de verificar la cancelación de los mismos. En el evento que el Arrendador llegare a comprobar que alguna de las facturas no ha sido pagada por el Arrendatario encontrándose vencido el plazo para el pago previsto en


la respectiva factura, el Arrendador podrá terminar de manera inmediata este Contrato y exigir del Arrendatario el pago de las sumas a que hubiere lugar. Vigésima Primera – Coarrendatarios: Para garantizar al Arrendador el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Arrendatario, el Arrendatario tiene como coarrendatarios a [Luciana Montenegro López No.1], [Mujer], de nacionalidad. Colombiana., con domicilio en la ciudad de. Ocaña., de estado civil (soltero(a), con sociedad conyugal vigente o disuelta), identificado(a) con la Cédula de Ciudadanía número. 1065723967 de OCAÑA, quien para efectos de este Contrato obra en nombre propio y [coarrendatario Sebastián Numa puentes No.2], (varón), de nacionalidad (colombiano), con domicilio en la ciudad de. Ocaña., de estado civil casado(a) con sociedad conyugal vigente o disuelta), identificado(a) con la Cédula de Ciudadanía número 49655796 de OCAÑA, quien para efectos de este Contrato obra en nombre propio, quienes declaran que se obligan de manera solidaria con el Arrendatario y frente al Arrendador durante el término de duración de este Contrato y hasta que el Inmueble sea devuelto al Arrendador a su entera satisfacción. Para constancia el presente Contrato es suscrito en la ciudad de Chimichagua. El día 01 de abril de 20201, en dos (2) ejemplares de igual valor, cada uno de ellos con destino a cada una de las Partes.

El Arrendador Duvan Santiago Páez

Testigos: Coarrendatarios

Duvan Santiago Páez Sepúlveda

Luciana Montenegro López

CC: 1064.842.201

Luciana Montenegro López CC: 1065723967

El Arrendatario

Sebastián Numa Puentes

Alejandro Botero

Sebastián Numa Puentes

Alejandro Botero

CC: 49655796

CC: 49655788


APERTURA DE CUENTA CORRIENTE BANCOLOMBIA








________________________________________________________________________________

OCAÑA 01 DE ABRIL DEL 2021

CERTIFICA

Que, el establecimiento de comercio de producción y comercialización de zapatos HIKERS LTDA, identificada con el Nit: 900148273 -1, crea cuenta corriente de apertura No. 65780995 la cual se encuentra activa a partir de la fecha. Estamos a su disposición para confirmar la anterior información con sus teléfonos 3142803069 - 3185153678, y estamos ubicados en Calle 10 #12-90 Barrio El progreso, Ocaña Norte de Santander.

Cordialmente,

Carlos Santiago Díaz Villa Carlos Santiago Díaz Villa Gerente Bancolombia. C.C 1.678.908.654


CREACIÓN DE LA EMPRESA Y REGISTRO DE APORTES APORTES El 1 de Abril del 2021 se constituye la EMPRESA HIKERS LTDA Dedicada a la elaboración y comercialización de zapatos deportivos, con los siguientes socios y aportes: Socio 1. Juan José Uribe Contreras Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe el aporte con cheque No. 4467820 del Banco Bogotá. Recibo de Caja No.________ Socio 2. Duvan Santiago Páez Sepúlveda Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe el aporte con cheque No. 567893 del Banco Colombia. Recibo de Caja No.________ Socio 3. Jessica Paola Torrado Montejo Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe el aporte con cheque No. 39270 Banco Bogotá Recibo de Caja No.__________ Socio 4. Hernando Adolfo Oliveros Mesa Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe el aporte con cheque No. 39270 Banco Bogotá Recibo de Caja No.__________

COMPROBANTE DE APERTURA:

CÓDIGO 1105 110501.01 3115 311505.01 311505.02 311505.03 311505.04

CUENTA CAJA Caja General APORTES SOCIALES Juan José Uribe Contreras Duvan Santiago Páez Sepúlveda Jessica Paola Torrado Montejo Hernando Adolfo Oliveros Mesa

PARCIAL

DEBE $300.000.000

HABER

$300.000.000 $300.000.000 $75.000.000 $75.000.000 $75.000.000 $75.000.000


TRANSACCIONES HIKERS LTDA El 01 de abril del 2021 se constituye la empresa HIKERS LTDA, con los siguientes socios y aportes:

 Socio 1. JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS, Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe comprobante de egreso 001.

CÓDIGO 1105 110501.01 3115 311505.01

CUENTA CAJA Caja General APORTES SOCIALES Juan José Uribe Contreras

PARCIAL

DEBE $75.000.000

$75.000.000 $75.000.000 $75.000.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 001

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad CIUDAD Y FECHA RECIBIDO DE: POR CONCEPTO DE:

Ocaña Norte de Santander Juan José Uribe Contreras Aportes a la empresa HIKERS LTDA

LA SUMA EN LETRAS:

Setenta y cinco millones de pesos M/C

ELABORADO:

APROBADO

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS

HABER

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA

POR $. 75.000.000 01 de abril del 2021

CONTABILIZADO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO C.C. 1064843051

 Socio 2. DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA, Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe comprobante de egreso 002.


CÓDIGO 1105 110501.01 3115 311505.02

CUENTA CAJA Caja General APORTES SOCIALES Duvan Santiago Páez Sepúlveda

PARCIAL

DEBE $75.000.000

$75.000.000 $75.000.000 $75.000.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 002

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad CIUDAD Y FECHA RECIBIDO DE: POR CONCEPTO DE:

Ocaña Norte de Santander Duvan Santiago Páez Sepúlveda Aportes a la empresa HIKERS LTDA

LA SUMA EN LETRAS:

Setenta y cinco millones de pesos M/C

ELABORADO:

APROBADO

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS

HABER

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA

POR $. 75.000.000 01 de abril del 2021

CONTABILIZADO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO C.C. 10914567890

 Socio 3. JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO, Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe comprobante de egreso 003.

CÓDIGO 1105 110501.01 3115 311505.03

CUENTA CAJA Caja General APORTES SOCIALES Jessica Paola Torrado Montejo

PARCIAL

DEBE $75.000.000

HABER

$75.000.000 $75.000.000 $75.000.000


COMPROBANTE DE EGRESO No. 003

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad CIUDAD Y FECHA RECIBIDO DE: POR CONCEPTO DE:

Ocaña Norte de Santander Jessica Paola Torrado Montejo Aportes a la empresa HIKERS LTDA

LA SUMA EN LETRAS:

Setenta y cinco millones de pesos M/C

ELABORADO:

APROBADO

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS

POR $. 75.000.000 01 de abril del 2021

CONTABILIZADO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA

JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO C.C. 1091677890

 Socio 4. HERNANDO ADOLFO OLIVEROS MESA Aporta 1.000 Cuotas de Valor Nominal de $ 30.000 pesos cada una, la empresa recibe comprobante de egreso 004. CÓDIGO 1105 110501.01 3115 311505.04

CUENTA CAJA Caja General APORTES SOCIALES Hernando Adolfo Oliveros Mesa

PARCIAL

DEBE $75.000.000

HABER

$75.000.000 $75.000.000 $75.000.000


COMPROBANTE DE EGRESO No. 004

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad CIUDAD Y FECHA RECIBIDO DE: POR CONCEPTO DE:

Ocaña Norte de Santander Hernando Adolfo Oliveros Mesa Aportes a la empresa HIKERS LTDA

LA SUMA EN LETRAS:

Setenta y cinco millones de pesos M/C

ELABORADO:

APROBADO

JUAN JOSÉ URIBE CONTRERAS

DUVAN SANTIAGO PAEZ SEPULVEDA

POR $. 75.000.000 01 de abril del 2021

CONTABILIZADO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO JESSICA PAOLA TORRADO MONTEJO C.C. 1019080263


RECIBO DE CAJA

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad

No.

0001

Recibido de: Juan José Uribe Contreras Ciudad: Ocaña, Norte de Santander Dirección: Calle 5 carrera 2 La suma (en letras): TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS Por concepto de: Aporte de socios Banco: Bogotá

Cheque No.4467820

Sucursal: Ocaña

Efectivo: X

CODIGO

CUENTAS

DEBITOS

1105

CAJA

300.000.000

3115

APORTES SOCIALES

Firma y Sello.

JUAN JOSE URIBE C

CREDITOS

Bauchers: Cajero:

300.000.000

Cédula: No:

Nit: 900148273


RECIBO DE CAJA

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad

No.

0002

Recibido de: Duvan Santiago Páez Sepúlveda Ciudad: Ocaña, Norte de Santander Dirección: Calle 7 carrera 2 La suma (en letras): TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS Por concepto de: Aporte de socios Banco: Bogotá

Cheque No.567893

Sucursal: Ocaña

Efectivo: X

CODIGO

CUENTAS

DEBITOS

1105

CAJA

300.000.000

3115

APORTES SOCIALES

Firma y Sello.

DUVAN PAEZ S

CREDITOS

Bauchers: Cajero:

300.000.000

Cédula: No:

Nit: 900148273


RECIBO DE CAJA

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad

No.

0003

Recibido de: Jessica Paola Torrado Montejo Ciudad: Ocaña, Norte de Santander Dirección: Calle 8 carrera 22 La suma (en letras): TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS Por concepto de: Aporte de socios Banco: Bogotá

Cheque No.39270

Sucursal: Ocaña

Efectivo: X

CODIGO

CUENTAS

DEBITOS

1105

CAJA

300.000.000

3115

APORTES SOCIALES

Firma y Sello.

JESICA TORRADO

CREDITOS

Bauchers: Cajero:

300.000.000

Cédula: No:

Nit: 900148273


RECIBO DE CAJA

Nit: 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad

No.

0004

Recibido de: Hernando Adolfo Oliveros Mesa Ciudad: Ocaña, Norte de Santander Dirección: Calle 9 carrera 25 La suma (en letras): TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS Por concepto de: Aporte de socios

Cheque No.39270

Banco: Bogotá

Sucursal: Ocaña

Efectivo: X

CODIGO

CUENTAS

DEBITOS

1105

CAJA

300.000.000

3115

APORTES SOCIALES

Firma y Sello.

HERNANDO OLIVEROS

CREDITOS

Bauchers: Cajero:

300.000.000

Cédula: No:

Nit: 900148273


HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 – 3185153678 Barrio: Navidad FECHA:

01 DE ABRIL DEL 2021

CÓDIGO 1105

COMPROBANTE DE APERTURA

CUENTAS

No. 001 No. PARCIALES

Caja

CREDITOS

300.000.000

110505.01 Según comprobante ingreso No.001

75.000.000

110505.02 Según comprobante ingreso No.002

75.000.000

110505.03 Según comprobante ingreso No. 003

75.000.000

110505.04 Según comprobante ingreso No. 004

75.000.000

3115

DEBITOS

Aportes sociales

300.000.000

311505.01 Juan José Uribe Contreras, ingreso No.001

75.000.000

311505.02 Duvan Santiago Páez S, ingreso No.002

75.000.000

311505.03 Jessica Paola Torrado Montejo , ingreso No. 003

75.000.000

311505.04 Hernando Adolfo Oliveros Mesa, ingreso No. 004 SUMAS IGUALES

75.000.000

PREPARADO

Juan José Uribe Contreras

300.000.000

REVISADO

APROBADO

Duvan Santiago Páez Sepúlveda

Jessica Paola Torrado Montejo

300.000.000

CONTABILIZADO AUXILIAR Hernando Adolfo Oliveros Mesa

DIARIO Juan José Uribe Contreras


El 02 de abril de 2021 se efectúa la cancelación de registro mercantil por un valor de $ 83.000 según CE No. 001. CÓDIGO 5140 514015.01 1105 110505.04

CUENTA Gastos legales Registro mercantil Caja Caja general

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

HABER

$83.000 $83.000 $83.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 001

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 02/04/2021 LA CÁMARA DE COMERCIO PAGADO A: DIRECCIÓN: Calle 3ª N°18-03 La suma de (en letras) Ochenta y tres s mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos notariales CONCEPTO CODIGO

514010.01 110505.04

DEBE $83.000

Registro mercantil BANCOLOMBIA

Valor $ 83.000 C.C. 148759562-1 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

83.000 83.000

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.

CÁMARA DE COMERCIO

PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 02/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 148759562-1 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C.

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

Hernando Adolfo Oliveros M

FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO


El 03 de abril de 2021 se efectúa la cancelación en Bomberos por un valor $50.000, según CE Nº 002. CÓDIGO 5140 514015.02 1105 110505.05

CUENTA Gastos legales Bomberos Caja Caja general

PARCIAL

HABER

$50.000 $50.000 $50.000

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 002

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander BOMBEROS PAGADO A:

FECHA: 03/04/2021

Valor $ 50.000 C.C./ 458968532-6 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 5ª # 37-49 La suma de (en letras) cincuenta mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514010.02 1105 110505.05

DEBE $50.000

GASTOS LEGALES BOMBEROS CAJA CAJA GENERAL

DÉBITOS

CREDITOS

50.000 50.000

50.000

50.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

BOMBEROS

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 03/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 458968532-6 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

Hernando Adolfo Oliveros M


El 04 de abril del 2021 se efectúa la cancelación en Sayco & Acinpro $80.000, según CE Nº 003. CÓDIGO 5140 514015.03 1105 110505.06

CUENTA Gastos legales Sayco y Acinpro Caja Caja general

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

DEBE $80.000

HABER

$80.000 $80.000 $80.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 003

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 04/04/2021 SAYCO Y ACINPRO PAGADO A: DIRECCIÓN: Calle 3ª N°10-02 La suma de (en letras) ochenta mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.03 1105 110505.06

por un valor de

GASTOS LEGALES SAYCO Y ACINPRO CAJA CAJA GENERAL

Valor $ 80.000 C.C./ 344478956-2 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

80.000 80.000

80.000

80.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

SAYCO & ACINPRO

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 04/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 344478956-2 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

Hernando Adolfo Oliveros M


El 05 de abril del 2021 se efectúa la cancelación a Planeación por un valor de $90.000, según CE Nº 004. CÓDIGO 5140 514015.04 1105 110505.07

CUENTA Gastos legales Planeación Caja Caja general

PARCIAL

HABER

$90.000 $90.000 $90.000

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 004

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander PLANEACIÓN PAGADO A:

FECHA: 05/04/2021

DIRECCIÓN: Calle 4ª N°18-01 La suma de (en letras) noventa mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.04 1105 110505.07

DEBE $90.000

GASTOS LEGALES PLANEACION CAJA CAJA GENERAL

Valor $ 90.000 C.C./ 168954786-1 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

90.000 90.000

90.000

90.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

PLANEACIÓN

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 05/04/2021 APROBADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

C.C. / N.I.T. 168954786-1 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M


El 06 de abril del 2021 se efectúa la cancelación a Salud pública por un valor de $75.000, según CE Nº 005. CÓDIGO 5140 514015.05 1105 110505.08

CUENTA Gastos legales Instituto dptal de salud Pública Caja Caja general

PARCIAL

HABER

$75.000 $75.000 $75.000

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 005

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 06/04/2021 Instituto departamental de salud publica PAGADO A: DIRECCIÓN: Calle 6ª N°14-09 La suma de (en letras) setenta y cinco mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.05 1105 110505.08

DEBE $75.000

GASTOS LEGALES Instituto dptal de salud pública CAJA CAJA GENERAL

Valor $ 75.000 C.C./ 265879562-1 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

75.000 75.000

75.000

75.000

FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

INSTITUTO DPTAL DE SALUD PÚBLICA

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 06/04/2021 APROBADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

C.C. / N.I.T. 265879562-1 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M


El 07 de abril del 2021 se efectúa la cancelación a Industria y comercio por un valor de $140.000, según CE Nº 006. CÓDIGO 5140 514015.06 1105 110505.09

CUENTA Gastos legales Industria y comercio Caja Caja general

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

DEBE $140.000

$140.000 $140.000 $140.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 006

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 07/04/2021 Industria y comercio PAGADO A: DIRECCIÓN: Calle 9ª N°1-04 La suma de (en letras) ciento cuarenta mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.06 1105 110505.09

HABER

GASTOS LEGALES Industria y comercio CAJA CAJA GENERAL

Valor $ 140.000 C.C./ 478965823-0 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

140.000 140.000

140.000

140.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

INDUSTRIA Y COMERCIO

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 07/04/2021 APROBADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

C.C. / N.I.T. 478965823-0 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M


El 08 de abril del 2021 se efectúa la cancelación a Invima por un valor de $60.000, según CE Nº 007. CÓDIGO 5140 514015.07 1105 110505.10

CUENTA Gastos legales Invima Caja Caja general

PARCIAL

DEBE $60.000

$60.000 $60.000 $60.000

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 007

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander Invima PAGADO A:

FECHA: 08/04/2021

Valor $ 60.000 C.C./ 489365873-6 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 10ª N°17-03 La suma de (en letras) sesenta mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.07 1105 110505.10

HABER

GASTOS LEGALES Invima CAJA CAJA GENERAL

DÉBITOS

CREDITOS

60.000 60.000

60.000

60.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

INVIMA

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 08/04/2021 APROBADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

C.C. / N.I.T. 489365873-6 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M


El 09 de abril del 2021 se efectúa la cancelación a Secretaria de hacienda por un valor de $110.000, según CE Nº 008. CÓDIGO 5140 514015.08 1105 110505.11

CUENTA Gastos legales Secretaria de hacienda Caja Caja general

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

DEBE $110.000

$110.000 $110.000 $110.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 008

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 09/04/2021 Secretaria de hacienda PAGADO A: DIRECCIÓN: Calle 17ª N°14-01 La suma de (en letras) ciento diez mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de gastos legales CONCEPTO CODIGO

5140 514015.08 1105 110505.11

HABER

GASTOS LEGALES Secretaria de H CAJA CAJA GENERAL

Valor $ 110.000 C.C./ 658798652-5 N.I.T.

DÉBITOS

CREDITOS

110.000 110.000

110.000

110.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 09/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 658798652-5 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez

Jessica Paola Torrado

Hernando Adolfo Oliveros M


El 10 de abril de 2021 se efectúa apertura de Cuenta Corriente No. 65780995 en Bancolombia por $289.312.000 NC 001. CÓDIGO 1110 111005.01 1105 110505.01

CUENTA Bancos Cuenta corriente No.65780995 Caja Caja general

PARCIAL

DEBE $289.312.000

HABER

$289.312.000 $289.312.000 $289.312.000

La empresa HIKERS LTDA decide dejar un fondo de caja menor por valor de 10.000.000.

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

NOTA DE No. 001

DETALLE:

FECHA DIA: 10

CONTABILIDAD

MES: 04

AÑO: 2021

APERTURA DE CUENTA CORRIENTE

CODIGO

ACOMPAÑESE SIEMPRE DOCUMENTO DE PRUEBA CUENTAS No. PARCIALES DEBITOS

1110 111005.01 1105 110505.01

Bancos Cuenta corriente No.65780995 Caja Caja general

PREPARADO Juan José Uribe C

REVISADO Duvan Santiago Páez S

CREDITOS

$289.312.000 $289.312.000 $289.312.000 $289.312.000

APROBADO

CONTABILIZADO

Jessica Paola Torrado M

Hernando Adolfo Oliveros M


Pago de arrendamiento mes de abril del 2021 según CE 009 y CH 009. CÓDIGO 514001.01 730101.01 240401.01 242207.01 110201.01

CUENTA Construcción y edificación Costos indirectos de fabricación Impuesto a las ventas IVA Retención en la fuente (arrenda) BANCOLOMBIA

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

DEBE $800.000 $200.000 $190.000

HABER

$35.000 $1.155.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 009

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 11/04/2021 Pago de arrendamiento PAGADO A:

Valor $ 1.155.000 C.C./ 486984567-1 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 8ª N°7-04 La suma de (en letras) Un millón ciento cincuenta y cinco mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de Arrendamiento CONCEPTO CODIGO

514001.01 730101.01 240401.01 242207.01 110201.01

Construcción y edificación Costos indirectos de fabricación Impuesto a las ventas IVA Retención en la fuente (arrenda) BANCOLOMBIA

DÉBITOS

CREDITOS

$800.000 $200.000 $190.000 $35.000 $1.155.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

009 Bancolombia 768670946464 Ocaña Norte de Santander

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez S

SANDRA PEREZ MALDONADO

FECHA RBDO: 11/04/2021 APROBADO Jessica Paola Torrado M

C.C. / N.I.T. 486984567-1 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M


CUENTA No.

768670946464 CHEQUE No.009

CHEQUE No.009

CUENTA No. 768670946464

FECHA: 11/04/2021

FECHA:11/04/2021

$1.155.000

CONCEPTO: Pago de Arrendamiento

PÁGUESE A LA ORDEN DE:

SANDRA PEREZ MALDONADO

A FAVOR DE:_____________

LA SUMA DE: UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/C.

________________________ Saldo anterior Consignación Suma

1.155.000

-este cheque

SANDRA PEREZ MALDONADO

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO

Pago de arrendamiento mes de mayo del 2021 según CE 0010 y CH 0010. CÓDIGO 514001.01 730101.01 240401.01 242207.01 110201.01

CUENTA Construcción y edificación Costos indirectos de fabricación Impuesto a las ventas IVA Retención en la fuente (arrenda) BANCOLOMBIA

DEBE $800.000 $200.000 $190.000

HABER

$35.000 $1.155.000


HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0010

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 12/04/2021 Pago de arrendamiento PAGADO A:

Valor $ 1.155.000 C.C./ 486984567-1 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 8ª N°7-04 La suma de (en letras) Un millón ciento cincuenta y cinco mil pesos m/c……………. Por concepto. Pago de Arrendamiento CONCEPTO CODIGO

514001.01 730101.01 240401.01 242207.01 110201.01

Construcción y edificación Costos indirectos de fabricación Impuesto a las ventas IVA Retención en la fuente (arrenda) BANCOLOMBIA

DÉBITOS

CREDITOS

$800.000 $200.000 $190.000 $35.000 $1.155.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

SANDRA PEREZ MALDONADO

009 Bancolombia 768670946464 Ocaña Norte de Santander

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez S

FECHA RBDO: 12/04/2021 APROBADO Jessica Paola Torrado M

C.C. / N.I.T. 486984567-1 CONTABILIZADO Hernando Adolfo Oliveros M

CUENTA No.

768670946464 CHEQUE No.0010

CHEQUE No.0010

CUENTA No. 768670946464

FECHA: 12/04/2021

FECHA:12/04/2021

$1.155.000

CONCEPTO: Pago de Arrendamiento

PÁGUESE A LA ORDEN DE:

SANDRA PEREZ MALDONADO

A FAVOR DE:_____________

LA SUMA DE: UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/C.

________________________ Saldo anterior Consignación Suma -este cheque

1.155.000

SANDRA PEREZ MALDONADO

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


EL 13 de abril de 2021 la empresa HIKERS LTDA realizó la cotización y compra de muebles de oficina y equipos de cómputo y maquinaria para la producción, FV No. 00258, FV No. 01611, CE No. 0011 y CH No.0011 de Bancolombia. 

Cotización de muebles de oficina y equipo de cómputo.

CÓDIGO 1524 152405.01 152405.02 152405.03 152405.04 152410.01 2365 236540.01 1110 111005.03

CUENTA Equipo de oficina Escritorio tipo ejecutivo Silla giratoria Archivadores Mesas Computadores Retención en la fuente Compras Bancos Bancolombia SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 4.761.190

HABER

350.000 150.000 561.000 540.000 2.400.000 100.025 100.025 4.661.165 4.661.165 4.761.190

4.761.190


Cotización

DISEÑOS & MUEBLES

A-000785

Comercialización de muebles y enseres de oficina. NIT

900148273

Cliente

Contacto

HIKERS LTDA

Teléfono

Dirección

3118768893

NAVIDAD

Duvan Santiago Páez Sepúlveda Email

Fecha

Ciudad

13/04/2021

OCAÑA

Descuento (%)

T. Pago

50% crédito

hikersltda@gmail.com

Ítem

Código

Descripción

Cantida d

Unidad

Vr. Unitario

Vr Total

1

4510

Escritorio tipo ejecutivo

1

unidad

$350.000

$350.000

2

2101

Sillas giratorias

1

unidad

$150.000

$150.000

3

3001

Archivador

2

unidad

$280.500

$561.000

4

1235

Mesas

3

unidad

$180.000

$540.000

5

4520

Computadores

2

unidad

$1.200.000

$2.400.000

Gran Total

$4.001.000

Descuento

$0

Subtotal

$4.001.000

IVA (19%) Retención (2,5%) Valor total

$760.190

6 7 8

100.025 $4.661.165


FACTURA DE VENTA

HIKERS LTDA NiT. 900148273 Cra. 33 #55-50 Tele:311 8768893

No.

00258

FECHA: 13 abril del 2021

VENDIDO A:

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander

HIKERS LTDA

VENDEDOR: Juliana Ascanio C.C./N.I.T.: 900148273

CONDICIÓN DEL CRÉDITO VALOR CUOTA INICIAL: $ 2.330.582,5 FINANCIAC.

VALOR CUOTA: $ 258.954

SALDO

No. Cuotas 9 FORMA DE PAGO: CONTADO 50% CRÉDITO 50%

PERIODO DE LA CUOTA: Mensual

REFER

V/R UNITARIO

ARTÍCULO Y/O SERVICIO

CANTIDAD

4510 2101

Escritorio tipo ejecutivo Sillas giratorias

1 1

350.000 150.000

350.000 150.000

3001

Archivador

2

280.500

561.000

1235

Mesas

3

180000

540.000

4520

Computadores

2

1200000

2.400.000

SON (En letras): Cuatro millones seiscientos setenta y un mil ciento sesenta y cinco pesos m/c.

FIRMA Y SELLO CLIENTE

HIKERS LTDA NIT: 900148273

V/R TOTAL

SUBTOTAL: $

4.001.000

IVA: $ Retención $

760.190 100.025

TOTAL: $

4.661.165

VENDIDO

DISEÑOS & MUEBLES Nit:80145213-1


HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0011

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 13/04/2021 DISEÑOS & MUEBLES PAGADO A:

Valor $ 4.661.165 C.C./ 80145213-1 N.I.T.

DIRECCIÓN: 33 #55-50 La suma de (en letras) Cuatro millones seiscientos sesenta y un mil ciento sesenta y cinco pesos m/c. Por concepto. Pago DE LA COMPRA DE MUEBLES DE OFICINA Y EQUIPOS DE CÓMPUTO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS CODIGO

1524 2365 1110

Equipo de oficina Retención en la fuente Bancos

4.761.190 100.025 4.661.165 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

002 Bancolombia 780915-09066 Ocaña

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez S

DISEÑOS & MUEBLES FECHA RECIBIDO: 13/04/2021 APROBADO Jessica Torrado M

C.C. / N.I.T. 80145213-1 CONTABILIZADO Hernando Oliveros Mesa

CUENTA No.

780915-09066 CHEQUE No.0011

CHEQUE No.0011 FECHA: 13/04/2021

FECHA:11/04/2021

CUENTA No. 780915-00968 $4.661.165

CONCEPTO: pago de mercancía

PÁGUESE A LA ORDEN DE: DISEÑOS & MUEBLES A FAVOR DE:_DISEÑOS Y MUEBLES_ ________________________

LA SUMA DE: CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS

Saldo anterior Consignación Suma -este cheque

4.661.165

ESTEBAN RUIZ JACOME

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


Cotización y compra de maquinaria para la producción.

Cotización

GAORI & M

A-000928

Comercialización de maquinaria. NIT

Cliente

Contacto

900148273

HIKERS LTDA

Duvan Santiago Páez S

13/04/2021

Ocaña

Teléfono

Dirección

Email

Descuento (%)

T. Pago

3142803069

NAVIDAD

hikersltda@gmail.com

Ítem

Código

Descripción

Cantidad

1

1245

Prensa hidráulica de 20 toneladas

2

4512

3 4

Fecha

Unidad

Ciudad

Contado Vr. Unitario

Vr Total

1

$1.290.000

$1.290.000

Máquina de coser planta industrial

1

$2.499.000

$2.499.000

1256

Robinar 1499 dusit cover for AC

1

$569.999

$569.999

3521

Inyectadora de calzado

1

$20.000.000

$20.000.000

Gran Total

$24.358.999

Descuento

$0

5 6

Subtotal

$24.358.999

IVA (19%) Retención (2,5%)

$4.628.210

Valor total

$28.378.234

$608.975


FACTURA DE VENTA

GAORI & M NiT.800452131-2 Calle 23 # 11-10 Tele:300 424 1178

01611

No.

VENDIDO A: HIKERS LTDA

FECHA: 13 de abril del 2021

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander VENDEDOR: Mariana Sánchez C.C./N.I.T.:

900148273

CONDICIÓN DEL CRÉDITO VALOR CUOTA INICIAL: VALOR CUOTA: No. $ Cuotas FORMA DE PAGO: PERIODO DE LA CUOTA: Mensual

FINANCIAC. SALDO

1256

ARTÍCULO Y/O SERVICIO Prensa hidráulica de 20 toneladas máquina de coser planta industrial Robin air No. 1499 dust cover for AC

3521

Inyectadora de calzado

REFER 1245 4512

CANTIDAD

CONTADO 100%

V/R UNITARIO

CRÉDITO

V/R TOTAL

1

1.290.000

1.290.000

1

2.499.000

2.499.000

1

569.999

569.999

1

20.000.000

20.000.000

SON (En letras): Veintiocho millones trescientos setenta y ocho mil doscientos treinta y cuatro pesos

SUBTOTAL: 24.358.99 $ 9 IVA: $ 4.628.210 Retención $

TOTAL: $ FIRMA Y SELLO CLIENTE

VENDIDO

HIKERS LTDA

GAORI & M

Nit: 900148273

Nit: 800452131-2

608.975 28.378.23 4


CÓDIGO 1520

CUENTA

PARCIAL

Maquinaria y equipo Prensa hidráulica de 20 toneladas

1.290.000

152005.02

Maquinaria de coser planta industrial

2.499.000

152005.03

Robin air No. 17499 Dust Cover For AC Inyectadora de calzado

2365 236540.02 1110 111005.05

HABER

28.987.209

152005.01

152005.04

DEBE

569.999 20.000.000

Retención en la Fuente

608.975

Compras

608.975

Bancos

28.378.234

Bancolombia

28.378.234 28.987.209

SUMAS IGUALES

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

28.987.209

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0012

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander GAORI & M PAGADO A:

FECHA: 13/04/2021

Valor $ 28.378.234 C.C./ N.I.T. 800452131-2

DIRECCIÓN: 23 # 11-10 La suma de (en letras) Veintiocho millones trescientos setenta y ocho mil doscientos treinta y cuatro pesos m/c……… Por concepto. Pago de DEL 100% DE LA COMPRA DE MAQUINARIA CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS CODIGO

1520 2365 1110

Maquinaria y equipo Retención en la fuente Bancos

28.987.209 608.975 28.378.234

FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

GAORI & M

003 Bancolombia 780915-09066 Ocaña

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez S

FECHA RECIBIDO: 13/04/2021 APROBADO Jessica Torrado M

C.C. / N.I.T. 800452131-2

CONTABILIZADO Hernando Oliveros M


CUENTA No.

780915-09066 CHEQUE No.0012

CHEQUE No.0012 FECHA:12/04/2021 CONCEPTO: Pago de compra de maquinaria

CUENTA No. 768670946464 $28.378.234

FECHA: 13/04/2021 PÁGUESE A LA ORDEN DE:

A FAVOR DE:_____________ ________________________ Saldo anterior

GAORI & M

LA SUMA DE: VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/C.

Consignación Suma -este cheque

28.378.234

CARMEN RIZO SUAREZ

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


EL 14 de abril de 2021 la empresa HIKERS LTDA realizó la cotización de insumos para la planta de producción.

FLY SHOES S.A.S

Cotización A-001256

Comercialización de insumos para la fabricación de zapatos.

NIT

Cliente

Contacto

Fecha

900148273

HIKERS LTDA

Teléfono

Dirección

Duvan Santiago Páez S

Email

5694520

NAVIDAD

hikersltda@gmail.com

Ítem

Código

Descripción

Cantidad Unidad

1

1234

Cuero

1

2

2450

Forros

3

1256

4

Ciudad

14/04/2021

Medellín

Descuento (%)

T. Pago Contado

Vr. Unitario

Vr Total

Metros

$9.144.333

$9.144.333

1

Metros

$4.813.000

$4.813.000

Suela

1

Pares

$8.456.000

$8.456.000

1345

Esponja talón

1

Metros

$970.000

$970.000

5

4115

Lengüeta

154

Metros

$10.000

$1.540.000

6

5200

Pegante

2

Galón

$70.000

$140.000

7

2130

Hilo

2

Rollo

$80.000

$160.000

8

4562

Papel envoltura

2

Rollos

$120.000

$240.000

9

1250

Caja marcada

800

Unidades

$2.000

$1.600.000

10

1478

Pintura

2

Galones

$80.000

$160.000

11

3045

Plantillas

800

Pares

$250

$200.000

12

1235

Cordones

1600

Metros

$200

$320.000

Gran Total

$27.743.333

Descuento

$0

Subtotal

$27.743.333

IVA (19%)

$5.271.233

Retención (2.5%)

693.583

Valor total

$32.320.983

24 25 En este espacio puede incluir información importante para tener en cuenta al momento de la cotización. En ese sentido, puede aclarar cuál es el tiempo de vigencia de esta promoción en particular, cuáles son las condiciones bajo las que se ofrece, etc.


El 15 de abril del 2021, el Departamento de Producción mediante REQUISICION No 0001 solicita al Departamento de Compras los siguientes materiales con la finalidad de dar inicio a la Orden de Producción No. 0001 de 800 pares de zapatos Ref. FD-023.

HIKERS LTDA NIT: 900148273 REQUISICION DE COMPRA N° 0001 DEPARTAMENTOTO QUE SOLICITA: PRODUCCIÓN FECHA DEL PERIODO: 15 de abril del 2021 DESCRIPCION

UNI. MEDIDA

UNI. A PRODUCIR

CANTIDAD A COMPRAR

Cuero Forro Suela Esponja talón

metros metros par metros

800 800 800 800

520 520 800 154

Lengüeta Pegante Hilo

metros galón rollo

800 800 800

154 2 2

Papel envoltura Caja marcada

rollo unidad

800 800

2 800

Pintura

galón

800

2

par metros

800 800

800 1600

Plantilla Cordones

El 18 de abril del 2021, la empresa HIKERS LTDA Compra materiales a FLY SHOES S.AS, IVA 19%. RF 2.5%. así: COMPRA MENSUAL Cuero Forro Suela Esponja talón Lengüeta Pegante Hilo

520 Metros 520 Metros 800 Pares 154 Metros 154 Metros 2 Galón 2 Rollo

9.144.333 4.813.000 8.456.000 970.000 1.540.000 140.000 160.000

Papel envoltura Caja marcada Pintura Plantilla

2 Rollo 800Und. 2 Galón 800 Pares

240.000 1.600.000 160.000 200.000

1600 Metros

320.000

Cordones


COMPRA IVA 19% R.F 2,5% TOTAL CÓDIGO 1405 140501 140501.01 140501.02 140501.03 140501.04 140501.05 140502 140502.01 140502.02 140502.03 140502.04 140502.05 140502.06 140502.07 2408 2365 1110

27.743.333 5.271.233 (693.583) 32.320.983

CUENTA MATERIA PRIMA MATERIAL DIRECTA cuero forro suela esponja talón lengüeta MATERIAL INDIRECTO pegante hilo papel envoltura caja marcada cordones pintura plantilla IMPUESTO A LAS VENTAS RETENCION EN LA FUENTE BANCO SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 27.743.333

HABER

24.923.333 $ 9.144.333 4.813.000 8.456.000 970.000 1.540.000 2.820.000 140.000 160.000 240.000 1.600.000 320.000 160.000 200.000 5.271.233

33.014.566

693.583 32.320.983 33.014.566


FLY SHOES SAS 8009765432 Tel: 3214567890 Barrio: El progreso

FACTURA DE VENTA No.

4321

FECHA: 13 de abril del 2021

VENDIDO A:

HIKERS LTDA

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander VENDEDOR: Marcela Lazcano

C.C./N.I.T.: 900148273 CONDICIÓN DEL CRÉDITO VALOR CUOTA INICIAL: FORMA DE FINANCIAC. VALOR CUOTA: $ No. Cuotas PAGO: SALDO PERIODO DE LA CUOTA: Mensual REFER 1234 2450 1256 1345 4115 5200 2130 4562 1250 1478 3045 1235

ARTÍCULO Y/O SERVICIO Cuero Forros Suela Esponja talón Lengüeta Pegante Hilo Papel envoltura Caja marcada Pintura Plantillas Cordones

CANTIDAD 1 1 1 1 154 2 2 2 800 2 800 1600

SON (En letras): Treinta y dos millones trescientos veinte mil novecientos ochenta pesos.

FIRMA Y SELLO CLIENTE HIKERS LTDA 900148273

CONTADO 100% V/R UNITARIO 9.144.333 4.813.000 8.456.000 970.000 10.000 70.000 80.000 120.000 2.000 80.000 250 200

CRÉDITO

V/R TOTAL 9.144.333 4.813.000 8.456.000 970.000 1.540.000 140.000 160.000 240.000 1.600.000 160.000 200.000 320.000

SUBTOTAL: $

27.743.333

IVA: $ Retención $ TOTAL: $

5.271.233 693.583 32.320.983

VENDIDO FLY SHOES SAS 8009765432


HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0013

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander PAGADO A: FLY SHOES SAS

FECHA: 13/04/2021

Valor $ 32.320.983 C.C./ 8009765432 N.I.T.

DIRECCIÓN: Cra 4 # 12-34 El progreso La suma de (en letras) Treinta y dos millones trescientos veinte mil novecientos ochenta y tres pesos m/c……………. Por concepto. Pago de insumo CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS CODIGO

1405 140501 140502 2408 2365 1110

Materia prima Material Directo Material indirecto Impuesto de renta Retención en la fuente Banco

27.743.333 24.923.333 2.820.000 5.271.233 693.583 32.320.983

FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES. PREPARADO Juan José Uribe

004 Bancolombia 980915-09066 Ocaña

FLY SHOES SAS

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 13/04/2021 APROBADO

CONTABILIZADO

Duvan Santiago Paez

Jessica Torrado M

Hernando Oliveros M

C.C. / N.I.T. 8009765432


CUENTA No. 78655344321 CHEQUE No.0013 FECHA:13/04/2021 CONCEPTO: Pago de insumo

CHEQUE No.0013 FECHA:13/04/2021 PÁGUESE A LA ORDEN DE:

A FAVOR DE:_____________ ________________________ Saldo anterior Consignación Suma 32320983 -este cheque

CUENTA No. 78655344321 $32.320.983

FLY SHOES SAS

LA SUMA DE: Treinta y dos millones trescientos veinte mil novecientos ochenta y tres pesos m/c.

MARCELA LAZCANO S

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO

El 14 de abril de 2021 el Departamento de Compras envía al Centro productivo según Requisición No 0001, Salida de Almacén No 0008, los materiales requeridos.


CODIGO 1410 14101 141001,01 140501.01 140501.02 140501.03 140501.04 140501.05 141001,02 140502.01 140502.02 140502.03 140502.04 140502.05 140502.06 140502.07 1405 140501 140501.01 140501.02 140501.03 140501.04 140501.05 140502 140502.01 140502.02 140502.03 140502.04 140502.05 140502.06 140502.07

CUENTA INVENTARIO PROD. PROCESO MATERIA PRIMA MPD cuero forro suela esponja talón lengüeta MPI pegante hilo papel envoltura caja marcada cordones pintura plantilla MATERIA PRIMA MPD cuero forro suela esponja talón lengüeta MPI pegante hilo papel envoltura caja marcada cordones pintura plantilla SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 27.743.333

HABER

24.923.333 $ 9.144.333 4.813.000 8.8456.000 970.000 1.540.000 2.820.000 140.000 160.000 240.000 1.600.000 320.000 160.000 200.000 27.743.333 24.923.333 $ 9.144.333 4.813.000 8.456.000 970.000 1.540.000 2.820.000 140.000 160.000 240.000 1.600.000 320.000 160.000 200.000 27.743.333

27.743.333


El 15 de abril del 2021 la empresa HIKERS LTDA compra papelería y elementos de aseo según Cotización No. A987654, FV No. 08765, CE No. 0014 Y CH No. 0014 de Bancolombia. Retención en la fuente el 4%. CÓDIGO 5195 519525.01 519530.01 2408 240801.02 2365 263540.04 1110 111005.06

CUENTA

PARCIAL

Diversos Elementos de aseo y cafetería Útiles de papelería y fotocopias Impuesto sobre las ventas Descontado Retención en la fuente Compras Bancos Bancolombia SUMAS IGUALES

DEBE 1.300.000

HABER

600.000 700.000 247.000 247.000 52.000 52.000 1.495.000 1.514.000 1.547.000

1.547.000

Cotización

MR CLEAN LTDA.

A-987654

NIT

Cliente

Contacto

875464028-1

HIKERS LTDA

Duvan Santiago Paez

15/04/2021

Ocaña

Teléfono

Dirección

Email

Descuento (%)

T. Pago

3142803069

Navidad

hikersltda@gmail.com

Ítem

Código

Descripción

Cantidad

1

2879

kit elementos de aseo y cafetería

2

1245

kit útiles de papelería y fotocopias

Fecha

Unidad

Ciudad

Contado Vr. Unitario

Vr Total

1

$600.000

$600.000

2

$350.000

$700.000

Gran Total

$1.300.000

3 4 Descuento

$0

Subtotal

$1.300.000

IVA (19%) Retención (2,5%) Valor total

$247.000 $32.500 $1.514.500


MR CLEAN LTDA 875464028-1 Tel: 3168903421 Barrio: Los sauces

FACTURA DE VENTA No.

08765

FECHA: 15 de abril del 2021

VENDIDO A:

HIKERS LTDA

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander VENDEDOR: Martin Acevedo Torres

C.C./N.I.T.: 900148273 CONDICIÓN DEL CRÉDITO VALOR CUOTA INICIAL: FINANCIAC. SALDO REFER 2879 1245

No. FORMA DE VALOR CUOTA: $ Cuotas PAGO: PERIODO DE LA CUOTA: Mensual ARTÍCULO Y/O SERVICIO kit elementos de aseo y cafetería kit útiles papelería y fotocopias

SON (En letras):

CANTIDAD 1 2

CONTADO 100%

CRÉDITO

V/R UNITARIO 600.000 350.000

SUBTOTAL: $

Un millón quinientos catorce mil quinientos pesos.

HIKERS LTDA Nit: 900148273

1.300.000

IVA: $

247.000

Retención $

32.500

TOTAL: $ FIRMA Y SELLO CLIENTE

V/R TOTAL 600.000 700.000

VENDIDO

MR CLEAN LTDA Nit: 875464028-1

1.514.500


HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0014

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 15/04/2021 MR CLEAN LTDA PAGADO A:

Valor $ 1.514.500 C.C./ 875464028-1 N.I.T.

DIRECCIÓN: Los sauces La suma de (en letras) un millón quinientos catorce mil quinientos pesos m/c……………. Por concepto. Pago de elementos de aseo y papelería CONCEPTO DÉBITOS CODIGO

5195 2408 2365 1110

Diversos Impuesto sobre las ventas Retención en la fuente Banco

CREDITOS

1.300.000 247.000 32.500 1.514.500 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No

005 Colombia 980915-09066 Ocaña

SUCURSAL. OBSERVACIONES.

MR CLEAN LTDA

PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 15/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 875464028-1 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Paez

Jessica Paola Torrado

Hernando Oliveros M

CUENTA No. 005 7856301923 CHEQUE No.0014 FECHA:15/04/2021 CONCEPTO: Pago de elementos de aseo y papelería__

CHEQUE No.0014 FECHA:15/04/2021

CUENTA No 7856301923. $1.495.000

PÁGUESE A LA ORDEN DE: MR CLEAN LTDA. A FAVOR DE:_____________ ________________________

LA SUMA DE: Un millón cuatrocientos noventa y cinco mil pesos m/c.

Saldo anterior Consignación Suma -este cheque

1.495.000

MARTIN ACEVEDO TORRES

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


El 16 de abril del 2021 la empresa HIKERS LTDA cancela honorarios por asesoría contable y jurídica. Por un valor de 1.230.0000 según CE No. 0015 y CH 0015 de Bancolombia. CÓDIGO 5110 511025.01 2365 236515.01 1110 111005.06

CUENTA Honorarios Asesoría jurídica Retención en la fuente Honorarios Bancos Bancolombia SUMAS IGUALES

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

DEBE 1.230.000

HABER

1.230.000 135.300 135.300 1.094.700 1.094.700 1.230.000

1.230.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0015

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 16/04/2021 PAGADO A: FRANCISCO MARTIN ÁLVAREZ

Valor $ 1.094.700 C.C./ 1.091.586.752 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 11#09-10 La suma de (en letras) Un millón noventa y cuatro mil setecientos mil pesos……………. Por concepto. Pago de honorario por asesoría contable y jurídica CONCEPTO DÉBITOS CODIGO

5110 511025.01 2365 236515.01

Honorarios Asesoría jurídica Retención en la fuente Honorarios

1110 111005.06

Banco Bancolombia

CREDITOS

1.230.000 1.230.000 135.300 135.300 1.094.700 1.094.700 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

006 Colombia 980915-09066 Ocaña

FRANCISCO MARTIN ÁLVAREZ

PREPARADO

REVISADO

FECHA RECIBIDO: 16/04/2021 APROBADO

C.C. / N.I.T. 1.091.586.752 CONTABILIZADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Paez

Jessica Paola Torrado

Hernando Oliveros M


CUENTA No. 006 786453421-1 CHEQUE No.0015 FECHA:16/04/2021 CONCEPTO: Pago de honorario por asesoría Contable y Jurídica_

CHEQUE No.0015 FECHA:16/04/2021

CUENTA No.786453421-1 $1.094.700

PÁGUESE A LA ORDEN DE: FRANCISCO MARTIN ÁLVAREZ A FAVOR DE:_____________ ________________________

LA SUMA DE: Un millón noventa y cuatro mil setecientos pesos m/c

Saldo anterior Consignación Suma

1.094.700

FRANCISCO MARTIN ÁLVAREZ

-este cheque Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO

El 17 de abril del 2021 la empresa HIKERS LTDA pagó a Publiplotter Digital en publicidad por un valor de 550.000 según CE No. 0016 y CH 0016 de Bancolombia. CÓDIGO 5235 523560.01 2365 236525.01 1110 111005.08

CUENTA Servicios Publicidad , propaganda y promoción Retención en la fuente Servicios de publicidad Bancos Bancolombia SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 550.000

HABER

550.000 22.000 22.000 528.000 528.000 550.000

550.000


HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0016

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 17/04/2021 Publiplotter Digital PAGADO A:

Valor $ 528.000 C.C./ 900876543-4 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 11#14-01 El llano La suma de (en letras) Quinientos veintiocho mil pesos m/l……………. Por concepto. Pago de publicidad CONCEPTO CODIGO

5235 523560.01 2365 236525.01 1110 11005.07

Servicios Publicidad Retención en la fuente Servicios de publicidad BANCO Bancolombia

DÉBITOS

CREDITOS

550.000 550.000 22.000 22.000 528.000 528.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO.

007 Bancolombia 780915-09066 Ocaña

CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

PUBLIPLOTTER DIGITAL FECHA RECIBIDO: 17/04/2021 APROBADO

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Paez

C.C. / N.I.T. 900876543-4 CONTABILIZADO

Jessica Torrado M

Hernando Oliveros M

CUENTA No. 007 78645302931-2 CHEQUE No.0016 FECHA:17/04/2021 CONCEPTO: Pago de publicidad_

CHEQUE No.0016 FECHA:17/04/2021

CUENTA No.78645302931-2 $528.000

PÁGUESE A LA ORDEN DE: PUBLIPLOTTER DIGITAL A FAVOR DE:_____________ ________________________

LA SUMA DE: Quinientos veintiocho mil pesos m/c

Saldo anterior Consignación Suma -este cheque

528.000

ANDRES MONTENEGRO SERRANO

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


El 18 de abril del 2021 la empresa HIKERS LTDA cancela servicios de energía eléctrica y de alcantarillado y acueducto por un valor de 750.000 según CE. 0017 y en efectivo. CÓDIGO 7305 730505.01 730505.02 5135 513505.01 513505.02 1105 111005.06

CUENTA Costo indirecto de fabricación agua electricidad servicios electricidad agua Caja General Caja General SUMAS IGUALES

HIKERS LTDA. Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

PARCIAL

HABER

100.000 500.000 150.000 100.000 50000

750.000

750.000 750.000

750.000

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0017

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander CENS PAGADO A:

FECHA: 18/04/2021

Valor $ 750.000 C.C./ 900987651-2 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 6 #12-45 La ceiba La suma de (en letras) Setecientos cincuenta mil pesos m/c……………. Por concepto. Pago de servicios públicos CONCEPTO CODIGO

7305 730505.01 730505.02 5135 513505.01 513505.02 1105 110505.06

DEBE 600.000

Costo indirecto de fabricación Energía Eléctrica Acueducto y alcantarillado Servicios Energía Eléctrica Acueducto y alcantarillado Caja Caja General

DÉBITOS

CREDITOS

600.000 500.000 100.000 150.000 100.000 50.000

22.000 750.000

750.000 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO

CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

007 Bancolombia 780915-09066 Ocaña

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Paez

CENS FECHA RECIBIDO: 18/04/2021 APROBADO Jessica Torrado M

C.C. / N.I.T. 900987651-2 CONTABILIZADO Hernando Oliveros M


CUENTA No. 008 78645320194-2 CHEQUE No.0017 FECHA:18/04/2021 CONCEPTO: Pago de servicios públicos_

CHEQUE No.0017 FECHA:18/04/2021

CUENTA No.78645320194-2 $750.000

PÁGUESE A LA ORDEN DE: CENS A FAVOR DE:_____________ ________________________

LA SUMA DE: Setecientos cincuenta mil pesos m/c

Saldo anterior Consignación Suma -este cheque

750.000

BLADIMIR BLANCO RUIZ

Saldo que pasa

FIRMA Y SELLO


HIKERS LTDA 900148273 NOMINA MENSUAL DE PRODUCCION AÑO 2021 Mano Obra Directa

FECHA; 30 mayo

DIAS TRABAJADOR LABORADOS

SALARIO BASICO

AUXILIO DE TRANSPORTE

TOTAL DEVENGADO

SALUD 4% PENSION 4%

TOTAL DEDUCIDO

NETO PAGAR

FIRMA

Operario 1

30

1.200.000

102.854

1.302.854

48.000

48.000

96.000

1.206.854 MARIO POSADA

Operario 2

30

1.200.000

102.854

1.302.854

48.000

48.000

96.000

1.206.854 GONZALO GOMEZ

Operario 3

30

1.200.000

102.854

1.302.854

48.000

48.000

96.000

1.206.854 SEBASTIAN MORA

Operario 4

30

1.200.000

102.854

1.302.854

48.000

48.000

96.000

1.206.854 CARLOS TORRES

4.800.000

411.416

5.211.416

192.000

192.000

384.000

TOTAL

APORTES PARAFISCALES MENSUALES

4.827.416

PRESTACIONES LABORALES MENSUALES

SALUD (8.5%)

408.000

CESANTIAS (8.33%)

434.111

PENSION (12%)

576.000

PRIMA DE SERVICIOS (8.33%)

434.111

ARL (1.44%) **

69.120

VACACIONES (4.17%)

200.160

SENA (2%)

96.000

INTERESES/CESANTIAS (1%)

ICBF (3%)

144.000

CAJAS DE COMP (4%)

192.000

TOTAL

1.485.120

TOTAL

52.114 1.120.496


HIKERS LTDA 900148273 NOMINA MENSUAL DE PRODUCCION AÑO 2021 Mano Obra Indirecta

FECHA: 30 de mayo_______________________________________________

TRABAJADOR

DIAS LABORADOS

SALARIO BASICO

AUXILIO DE TRANSPORTE

TOTAL DEVENGADO

SALUD 4% PENSION 4%

TOTAL DEDUCIDO

NETO PAGAR

FIRMA

910.433 MARIANO ORTIZ

Bodeguero

30

877.803

102.854

980.657

35.112

35.112

70.224

Vigilante

30

1.500.000

102.854

1.602.854

60.000

60.000

120.000

1.482.854 JORGE LUTERO

Aseador

30

877.803

102.854

980.657

35.112

35.112

70.224

910.433 DERET GREY

3.255.606

308.562

3.564.168

130.224

130.224

260.448

TOTAL

APORTES PARAFISCALES MENSUALES

3.303.720

PRESTACIONES LABORALES MENSUALES

SALUD (8.5%)

276.727

CESANTIAS (8.33%)

296.895

PENSION (12%)

390.673

PRIMA DE SERVICIOS (8.33%)

296.895

ARL (1.44%) **

46.881

VACACIONES (4.17%)

135.759

SENA (2%)

65.112

INTERESES/CESANTIAS (1%)

ICBF (3%)

97.668

CAJAS DE COMP (4%) TOTAL

130.224 1.007.284

TOTAL

35.642 765.191


CONTABILIZACION DE LA NOMINA PLANTA CÓDIGO 7205

CUENTA

PARCIAL

NOMINA DE FABRICA Sueldo Mano obra Directa

4.800.000

720501.02

Sueldo Mano obra Indirecta

3.255.606

720502.01

Auxilio de transporte MOD

411.416

720502.02

Auxilio de transporte MOI

308.562

237005 2380 238030 1105 110501

RETENC Y APORTES NOMINA Aportes a EPS

HABER

8.775.584

720501.01

2370

DEBE

322.224 322.224

ACREEDORES VARIOS Fondos de Cesantías o pensiones

322.224 322.224

CAJA

8.131.136

Caja General

8.131.136

SUMAS IGUALES

8.775.584

8.775.584

DEBE

HABER

DISTRIBUCION DE LA MANO DE OBRA CÓDIGO 1410 141002

CUENTA

PARCIAL

INVENTARIO PROD. PROCESO

8.775.584

MANO DE OBRA

141002,01

Mano de obra directa

5.211.416

141002,02

Mano de obra indirecta

3.564.168

7205

NOMINA DE FABRICA

8.775.584

720501.01

Sueldo Mano obra directa

4.800.000

720501.01

Sueldo Mano obra indirecta

3.255.606

720502.01

Auxilio de transporte MOD

411.416

720502.02

Auxilio de transporte MOI

308.562

SUMAS IGUALES

8.775.584

8.775.584


CONTABILZACION PARAFISCALES Y OBLIGACIONES LABORALES CÓDIGO 1410 141002

CUENTA

PARCIAL

INVENTARIO PROD. PROCESO MANO DE OBRA MOD

2.605.616

141002,02

MOI

1.772.475

RETENC Y APORTES NOMINA

1.525.733

237005

Aportes a EPS

684.727

237006

Aportes a ARP

116.001

237010

Aportes SENA, ICBF, Cajas Comp

725.005

2380

HABER

4.378.091

141002,01 2370

DEBE

ACREEDORES VARIOS

238030

Fondos de Cesantías o pensiones

2610

PARA OBLIGACIONES LABORAL

966.673 966.673 1.885.687

261005

Cesantías

731.006

261010

Intereses/Cesantías

261015

Vacaciones

335.919

261020

Prima de Servicio

731.006

87.756

SUMAS IGUALES

4.378.091

4.378.091

El 30 de mayo del 2021 la empresa HIKERS LTDA cancela seguridad social de la nómina de planta de producción del mes de abril CE No. 004 en efectivo. CÓDIGO

CUENTA

2370

RETENC Y APORTES NOMINA

237005

Aportes a EPS

684.727

237006

Aportes a ARP

116.001

237010

Aportes SENA, ICBF, Cajas Comp

725.005

2380

Acreedores Varios

238030

Fondos de Cesantías o Pensiones

1105

Caja

110505.04

Caja General SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE

HABER

1.525.733

966.673 966.673 2.492.406 2.492.406 2.492.406

2.492.406


HIKERS LTDA 900148273 Cel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0018

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 30/04/2021 PAGADO A: Marlon Andrés Miranda

Valor $ 2.942.406 C.C./ 1064842203 N.I.T.

DIRECCIÓN: Calle 6 #12-43 La suma de (en letras) Dos millones novecientos cuarenta y dos mil cuatrocientos seis pesos m/c…………… Por concepto. Pago de servicios públicos CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS CODIGO 2370 Retención y Aportes Nomina 1.525.733 237005 Aportes a EPS 684.727 237006 Aportes a ARP 116.001 237010 Aportes SENA, ICBF, Cajas Comp 725.005 2380 Acreedores varios 966.673 238030 Fondo de Cesantías o Pensiones 966.673 1105 Caja 2.492.406 110505.03 Caja General 2.492.406 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

Marlon Miranda

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe C

Duvan Santiago Páez S

FECHA RECIBIDO: 30/04/2021 APROBADO Jessica Torrado

C.C. / N.I.T. 1064842203

CONTABILIZADO Hernando Oliveros


HIKERS LTDA 900148273 NOMINA MENSUAL DE ADMINISTRACION AÑO 2021 FECHA: 30 mayo

TRABAJADOR

DIAS SALARIO LABORADOSBASICO

AUXILIO DE TRANSPORTE

TOTAL DEVENGADO

TOTAL SALUD 4% PENSION 4% DEDUCIDO

NETO PAGAR

Gerente general

30

2.500.000

0

2.500.000

100.000

100.000

200.000

2.300.000

Director recursos humanos

30

1.400.000

102.854

1.502.854

56.000

56.000

112.000

1.390.854

Atención al cliente

30

1.040.000

102.854

1.142.854

41.600

41.600

83.200

1.059.654

Representante de ventas

30

1.100.000

102.854

1.202.854

44.000

44.000

88.000

1.114.854

Contador público

30

2.300.000

-

2.300.000

92.000

92.000

184.000

2.116.000

Auxiliar contable TOTAL

30

1.040.000 6.880.000

102.854 411.416

1.142.854 7.291.416

41.600 275.200

41.600 275.200

83.200 550.400

APORTES PARAFISCALES MENSUALES

PRESTACIONES LABORALES MENSUALES

SALUD (8.5%)

584.800

CESANTIAS (8.33%)

607.375

PENSION (12%)

825.600

PRIMA DE SERVICIOS (8.33%)

607.375

VACACIONES (4.17%)

286.896

ARL (1.44%) **

99.072

SENA (2%)

137.600

ICBF (3%)

206.400

CAJAS DE COMP (4%)

275.200

TOTAL

2.128.672

INTERESES/CESANTIAS (1%) TOTAL

72.914 1.574.560

1.059.654 6.741.016

FIRMA

FAALON PEREZ GUZMAN ASCANIO MARIANANAV NAVARRP CARLOS CIFUUENTES JULIAN PEREZA DAVID LODGE


CONTABILIZACION NOMINA ADMINISTRACIÓN CÓDIGO 5105 510505.01 510505.02 510505.04 510505.05 510505.06 510505.07 510505.08 510505.09 510505.10 2370 237005.01 237006.01 237010.01 2380 238030.01 2610 261005.01 261010.01 261015.01 261020.01 1105 110505.01

CUENTA NOMINA Sueldos Auxilio de transporte Cesantías Intereses Cesantías Primas Vacaciones Riesgos profesionales Pensiones Caja de Compensación familiar RETENCIONES Y APORTES DE NOMINA Aportes a EPS Riesgos profesionales Caja de Compensación familiar ACREEDORES VARIOS Fondo de pensiones PARA OBLIGACIONES LABORALES Cesantías Intereses Cesantías Vacaciones Primas Caja Caja General SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 10.065.848

HABER

6.880.000 411.416 607.375 72.914 607.375 286.896 99.072 825.600 275.200 959.072 584.800 99.072 275.200 1.100.800 1.100.800 1.574.560 607.375 72.914 286.896 607.375 6.431.416 10.065.848

10.065.848

El 30 mayo del 2021 Se cancela seguridad social cancela la nómina administrativa del mes de abril CE No. 005 en efectivo. CÓDIGO

CUENTA

2370

RETENC Y APORTES NOMINA

237005

Aportes a EPS

584.800

237006

Aportes a ARP

99.072

237010

Aportes SENA, ICBF, Cajas Comp

275.200

2380

Acreedores Varios

238030

Fondos de Cesantías o Pensiones

1105

Caja

110505.04

Caja General SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE

HABER

959.072

1.100.800 1.100.800 2.059.872 2.059.872 2.059.872

2.059.872


HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE DE EGRESO No. 0019

CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 30/04/2021 PAGADO A: Marlon Andrés Miranda

Valor $ 2.059.872 C.C./ 1064842203 N.I.T.

DIRECCIÓN: Centro La suma de (en letras) Dos millones cincuenta y nueve mil ochocientos setenta y dos pesos m/c…………… Por concepto. Pago de servicios públicos CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS CODIGO 2370 Retención y Aportes Nomina 959.072 237005 Aportes a EPS 584.800 237006 Aportes a ARP 99.072 237010 Aportes SENA, ICBF, Cajas Comp 275.200 2380 Acreedores varios 1.100.800 238030 Fondo de Cesantías o Pensiones 1.100.800 1105 Caja 2.059.872 110505.03 Caja General 2.059.872 FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO CHEQUE No. BANCO. CUENTA No SUCURSAL. OBSERVACIONES.

Marlon Miranda

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe c

Duvan Santiago Páez S

FECHA RECIBIDO: 30/04/2021 APROBADO Jessica Torrado

C.C. / N.I.T. 1064842203

CONTABILIZADO Hernando Oliveros


LA EMPRESA REALIZÓ 546 PARES DE ZAPATOS A $110.000 C/U. CÓDIGO

CUENTA

1430

INVENTARIO PROD. TERMINADO

1410

INVENTARIO PROD. PROCESO

PARCIAL

DEBE

HABER

60.060.000 60.060.000

La empresa vende la producción a Almacén Deportivo al contado por valor de 60.060.000 más IVA 19% y Rf 2,5%, FV 2890. VENTA

60.060.000

IVA 19%

11.411.400

R.F 2,5 %

(1.501.500)

TOTAL

72.972.900

CÓDIGO 1105 110501.01 1355 135515 4120 2408 240802

CÓDIGO 6120

CUENTA CAJA Caja general ANTICIPO DE IMPUESTO Retención en la Fuente INDUST. MANUFACTURERAS IMPUESTO A LAS VENTAS Generado SUMAS IGUALES

CUENTA INDUST. MANUFACTURERAS

PARCIAL

DEBE 72.972.900

HABER

72.972.900 1.501.500 1.501.500 60.060.000 11.411.400 11.411.400

PARCIAL

74.474.400

74.474.400

DEBE

HABER

60.060.000 1430

INVENTARIO PRODUCTOS TERMINAD

60.060.000


HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

FACTURA DE VENTA No.

VENDIDO A: C.C./N.I.T.: DIRC.

WORLD TENNIS 8768984651-2 CALLE 10 No 12-53 CONDICIÓN DEL CRÉDITO VALOR CUOTA INICIAL: FINANCIAC. VALOR CUOTA: SALDO PERIODO DE LA CUOTA: REF.

FECHA: CIUDAD: VENDEDOR:

30/04/2021 OCAÑA - NORTE DE SANTANDER SANDRA NIZ CARRASCAL

0%

DTO % :

CONTADO: 100%

No. CUOTAS

ARTÍCULO Y/O SERVICIO

HGD-85

2890

ZAPATOS DEPORTIVOS UNISEX

CREDITO:

FORMA DE PAGO: CANT.

V/R UNITARIO

V/R TOTAL

546

110.000

60.060.000

SON (En letras):

SUBTOTAL: $ 60.060.000 IVA: $ 11.411.400 RTFUENTE: $ 1.501.500 TOTAL: $ 74.474.400

SESENTA MILLONES CERO SESENTA MIL PESOS M/C.

FIRMA Y SELLO CLIENTE

VENDEDOR

WORLD TENNIS SANDRA NIZ CARRASCAL CC.NIT: 809785687-2

HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad CIUDAD Y FECHA RECIBIDO DE: POR CONCEPTO DE: LA SUMA EN LETRAS: ELABORADO:

Juan José Uribe Contreras

CC.NIT: 80436237-1

COMPROBANTE DE INGRESO No. 001 POR $.

74.474.400

Ocaña Norte de Santander 30 de mayo del 2021 WORLD TENNIS Venta de zapatos deportivos unisex. Setenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos pesos M/C. APROBADO CONTABILIZADO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO Duvan Santiago Páez Jessica Paola Sepúlveda Torrado Montejo

WORLD TENNIS

C.C- NIT. 8768984651-2


La empresa HIKERS LTDA realizó la depreciación de su maquinaria y equipo. CÓDIGO CUENTA 7305 Costos Indirectos Fabricación 730505.03 Depreciación maquinaria 1592 Depreciación Acumulada 159210.01 Depreciación maquinaria SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE 202.992

HABER

202.992 202992 202.992 202.992

202.992


DETERMINACIÓN DEL COSTO UNITARIO

DETERMINACIÓN DEL COSTO UNITARIO ZAPATOS DEPORTIVOS UNISEX HIKERS LTDA MATERIALES DIRECTO E INDIRECTOS: CUERO

11.700

LENGÜETA

1.900

CORDONES

400

FORRO

4.550

SUELAS

9.500

PEGANTE

160

HILO

200

PLANTILLAS

2.500

ESPONJA TALON

1.000

PINTURA

100

PAPEL ENVOLTURA

300

CAJA MARCADA

2.000

TOTAL MATERIALES

34.410 MANO DE OBRA DIRECTA:

SUELDOS

6.000

AUX. DE TRANSPORTE

515

SALUD (8,5%)

510

PENSION (12%)

720

ARLN (1,44%) APORTES PARAFISCALES (9%)

86 540

CESANTIAS (8,33%)

543

PRIMA DE SREVIICOS (8,33%)

543

INTERESES/CESANTIAS (1%)

65

VACACIONES (4,17%)

250 225

DOTACION TOTAL MANO OBRA DIRECTA

9.996 MANO DE OBRA INDIRECTA:

SUELDOS

4.070

AUX. DE TRANSPORTE

386

SALUD (8,5%)

346

PENSION (12%)

488

ARLN (1,44%)

59 366

APORTES PARAFISCALES (9%)


CESANTIAS (8,33%)

371

PRIMA DE SREVIICOS (8,33%)

371

INTERESES/CESANTIAS (1%)

45

VACIONES (4,17%)

170

DOTACION

47

TOTAL MANO OBRA INDIRECTA

6.718

COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACIÓN (MENSUAL) ARRIENDO

1.000.000

SERVICIO DE AGUA

140.000

ENERGIA

610.000 202.992

DEPRECIACION MAQUINARIA TOTAL COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACION

1.952.992

COSTO UNITARIO MATERIALES

34.410

MANO OBRA DIRECTA

9.996

MANO OBRA INDIRECTA

6.718

CIF

1.879

TOTAL COSTO UNITARIO

53.003

MARGEN DE UTILIDAD 33%

26.997

COSTO DE VENTA

80.000


DETERMINACIÓN DE LOS CIF: HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad DETALLE

DEBE

PAGO DE ARRENDAMIENTO

HABER

SALDO

1.155.000

1.155.000

PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS

750.000

1.905.000

DEPRECIACIÓN MAQUINARIA

202.992

CIF

2.107.292 -

2.107.292

CÓDIGO

CUENTA

1410

Materia en proceso

141005.01

Cif reales

7305

Costos indirectos de fabricación

730505.02

Cif reales SUMAS IGUALES

PARCIAL

DEBE

HABER

2.107.292 2.107.292 2.107.292 2.107.292

2.107.292

2.107.292


HIKERS LTDA Nit. 900148273 Tel: 3142803069 Barrio: Navidad

COMPROBANTE CONTABILIDAD

FECHA:

Del 01 de abril al 30 del 2021

CODIGO

CUENTAS

1105 Caja 110505.01 Caja General 110505.02 110505.03 110505.04 110505.05 110505.06 110505.07 110505.08 1355 135505

Anticipo de Impuesto Anticipo de Impuesto

1405 140505

Materia Prima Materia Prima

1410 Material Productos en proceso 141005.01 141005.02 141005.03 141005.04 141005.05 1430 Material Productos Terminados 143005.01 1592

DE

No.001

No. PARCIALES

DEBITOS 74.560.000

CREDITOS 53.340.813

1.155.000 32.320.983 750.000 8.131.136 2.492.406 6.431.416 2.059.872 74.560.000 1.600.000 1.600.000 27.743.333

27.743.333

42.400.000

42.400.000

60.060.000

60.060.000

27.743.333 27.743.333 8.775.584 4.378.091 42.400.000 1.502.992 60.060.000

Depreciación Acumulada

202.992

159205.01 2365 Retención en la Fuente

202.992

236501.01 236501.02

35.000 693.583

2370 Retención y Aportes Nomina 237005.01 237005.02 237005.03 237005.04 237005.05

322.224 1.525.733 1.525.733 959.072 959.072

2380 238005.01 238005.02 238005.03 238005.04

322.224 966.673 966.673 1.100.800

Acreedores Varios

728.583 2.484.805

2.807.029

2.067.473

2.389.697


238005.05

1.100.800

2408 Impuesto Sobre las Ventas 240805.01 240805.02 2610 261005.01 261005.02

5.271.233

12.160.000

5.271.233 12.160.000

Obligaciones Laborales

3.460.187 1.885.687 1.574.500

4120 Industria Manufacturera 412005.01 5105 510505.01

Nomina Administración

5135 513505.01

Servicios

5220 522005.01

Arrendamientos

6120 612005.01

Costo de Manufacturera

64.000.000 64.000.000 10.065.848 10.065.848 150.000 150.000 300.000 300.000 60.060.000 60.060.000

7205 Nomina Planta 720505.01

8.775.584

7305 730505.01 730505.02 730505.03 730505.04

700.000 600.000 202.992 1.502.992

Cif

SUMAS IGUALES

PREPARADO

REVISADO

Juan José Uribe Contreras

Duvan Santiago Páez Sepúlveda

8.775.584

8.775.584

1.502.992

1.502.992

261.721.268 261.721.210

SUMAS IGUALES APROBADO

Jessica Paola Torrado Montejo

CONTABILIZADO AUXILIAR DIARIO Hernando Juan José Adolfo Oliveros Uribe Mesa Contreras


EMPRESA MANUFACTURERA HIKERS LTDA - Barrio: NAVIDAD HOJA DE COSTOS Cliente: Almacén Deportivo Orden de producción No. 0076859___ Artículo: zapatos deportivos unisex Cantidad: 546 Unidades____________ Fecha de inicio 01 de abril del 2021_ Fecha de término: 30 de abril del 2021_ Costo unitario__$ 110.000_____ Costo Total _$ 60.060.000______________ MATERIAS PRIMAS Valor total 24.923.333

TOTAL $ 24.923.333 RESUMEN materiales directos Mano de obra directa Costos indirectos de fabricación

MANO DE OBRA DIRECTA V/r No. Valor total hora horas 7.817.032

TOTAL $ 7.817.032 COSTO TOTAL 24.923.333 7.817.032 9.659.635

MPI 2.820.000

TOTAL

COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACIÓN MOI OTROS CIF 5.336.643

1.502.992

$

9.659.635

9.659635 COSTO UNITARIO 31.154 9.771 12.075

COSTOS DE FABRICACION Gastos de administración y ventas Gastos financieros

60.060.000 3.820.000 450.000

53.000 4.775 563

COSTOS DE FABRICACION Y VENTAS

64.330.000

58.338

UTILIDAD APROXIMADA PRECIO DE VENTA

17.330.000 64.000.000

21.663 80.000

ELABORÓ: JUAN URIBE CONTRERAS

Valor total

JOSÉ REVISÓ: DUVAN SANTIAGO PAEZ CONTABILIZÓ: SEPULVEDA PAOLA MONTEJO

JESSICA APROBRÓ: HERNANDO ADOLFO TORRADO OLIVEROS MESA


HIKERS LTDA NIT: 900148273 ESTADO DE COSTOS DE PRODUCTOS VENDIDOS FECHA DEL 01 DE ABRIL AL 31 DE MAYO DE 2021 MATERIALES DIRECTOS INVENTARIO INICIAL DE MATERIALES

-

MAS: COMPRAS DE MATERIALES

55.486.666

MATERIALES DISPONIBLES PARA EL USO

55.486.666

MENOS: INVENTARIO FINAL DE MATERIALES

-

MATERIALES USADOS

55.486.666

MENOS: MATERIALES INDIRECTOS USADOS

5.640.000

TOTAL DE MATERIALES DIRECTOS USADOS

49.846.666

MANO DE OBRA DIRECTA NOMINA DE FÁBRICA

26.307.350

MENOS: MANO DE OBRA INDIRECTA

10.673.286

MANO DE OBRA DIRECTA

15.634.064

COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACION MATERIALES INDIRECTOS

5.640.000

MANO DE OBRA INDIRECTA

10.673.286

ARRIENDO

1.155.000

SERVICIOS PUBLICOS

750.000

MANTENIMIENTO

-

DEPRECIACIÓN

202.992

TOTAL COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACIÓN

18.241.278

TOTAL COSTOS DE PRODUCCIÓN

83.722.008

MAS: INVENTARIO INICIAL DE PRODUCTOS EN PROCESO

-

TOTAL PRODUCTOS EN PROCESO

83.722.008

MENOS: INVENTARIO INICIAL DE PRODUCTOS EN PROCESO

-

TOTAL PRODUCTOS TERMINADOS

83.722.008

MAS: INVENTARIO INICIAL DE PRODUCTOS TERMINADOS

-

TOTAL PRODUCTOS DISPONIBLES PARA LA VENTA

83.722.008

MENOS: INVENTARIO FINAL DE PRODUCTOS TERMINADOS TOTAL COSTO DE PRODUCTOS VENDIDOS

$

83.722.008


HIKERS LTDA NIT: 900148273 ESTADO DE RESULTADOS FECHA DEL 01 DE ABRIL AL 31 DE MAYO DE 2021 INGRESOS OPERACIONALES INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS 128.000.000 COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR 128.000.000 (-) COSTO DE PRODUCTOS VENDIDOS 83.722.008 GANACIAS O UTILIDAD BRUTA 44.277.992 GASTOS OPERACIONALES 24.634.696 GASTOS DE ADMINISTRACION 24.084.696 HONORARIOS

1.230.000

ARRENDAMIENTOS

600.000

GASTOS LEGALES

523.000

GASTOS DE PERSONAL SERVICIOS PUBLICOS DIVERSOS

20.131.696 300.000 1.300.000

GASTOS DE VENTA 550.000 PUBLICIDAD

550.000

UTILIDAD OPERACIONAL 19.643.296 INGRESOS NO OPERACIONALES GASTOS NO OPERACIONALES 450.000 FINACIEROS

450.000

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTO 19.193.296 IMPUESTO DE RENTA (33%) 6.333.788 UTILIDAD LIQUIDA 12.859.508 RESERVA LEGAL (10%) 1.285.951 UTILIDAD DEL EJERCICIO $ 11.573.557


HIKERS LTDA NIT: 900148273 ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA FECHA DEL 01 DE ABRIL AL 31 DE MAYO DE 2021 ACTIVOS ACTIVOS CORRIENTES EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO CAJA BANCOS ANTICIPO DE IMPUESTO MATERIA PRIMA PRODUCTOS EN PROCESOS PRODUCTOS TERMINADOS TOTAL ACTIVOS CORRIENTES ACTIVOS NO CORRIENTES MAQUINARIA Y EQUIPO EQUIPO DE OFICINA DEPRECIACION TOTAL ACTIVO NO CORRRIENTES TOTAL ACTIVOS

100.240.553 98.601.487 1.639.066 3.200.000 103.440.553

$

PASIVOS PASIVOS CORRIENTES RETENCION EN LA FUENTE RETENCION Y APORTES NOMINA ACREEDORES VARIOS IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS IMPUESTO DE RENTA OBLIGACIONES LABORALES TOTAL PASIVOS CORRIENTES TOTAL PASIVOS PATRIMONIO APORTES SOCIALES CAPITAL SOCIAL RESERVA LEGAL RESERVA LEGAL UTILIDAD DEL EJERCICIO UTILIDAD DEL EJERCICIO TOTAL PATRIMONIO TOTAL PASIVO + TOTAL PATRIMONIO

28.987.209 4.761.190 405.984 33.342.415 136.782.911

2.375.466 3.129.252 2.711.921 13.530.534 5.978.050 6.920.434 34.645.657 34.645.657 300.000.000 300.000.000 1.285.951 1.285.951 11.573.557 11.573.557 $

312.859.508 347.505.165


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