![](https://assets.isu.pub/document-structure/210619181816-c0522f4cb654a6b7c4063a9721fa801c/v1/8d760685407c144c91f95e8fc1de8c28.jpeg?width=720&quality=85%2C50)
1 minute read
Seguridad e higiene, condiciones de trabajo
Responsabilidad penal
Contemplamos en este tipo de responsabilidad dos clases de delitos y una responsabilidad culposa general. — Delito contra la seguridad en el trabajo: Es el llamado delito de peligro y recae sobre los que estando legalmente obligados no exijan o faciliten los medios o procuren las condiciones para que los trabajadores desem- peñen una actividad con las medidas de seguridad e higiene exigibles, con infracción grave de las normas reglamentarias y poniendo en peligro su vida o integridad física. La pena es de arresto mayor o multa de 30.000 a 150.000 pesetas.
Advertisement
— Delito de lesiones laborales: Es aplicable a los que por infracciones graves de las leyes o reglamentos de seguridad e higiene y de trabajo ocasionen quebranto apreciable en la salud o en la integridad física de los trabajadores. — Responsabilidad culposa: Es la derivada de la imprudencia o negli- gencia, consistente en la falta de previsión de un mal producido, previsible y evitable con el empleo de medidas de cautela y cuidado.
Responsabilidad civil
Distinguimos tres tipos principales: — Responsabilidad civil por delito o falta: Procede de un acto delictivo penal, siendo este tipo de jurisdicción quien declara la responsabilidad civil como accesoria de una sanción criminal. — Responsabilidad civil por culpa contractual: Nace de los contratos o voluntad de las partes contratantes. — Responsabilidad civil dimanante de culpa extracontractual: Surge al producirse el daño, por incumplimiento de unas obligaciones naturales y derivadas de la relación y convivencia social necesaria.
Tras este breve resumen cabe señalar que existe una compatibilidad de responsabilidades. Así lo señala el artículo 155 de la O.C.S.H.T. Quiere esto decir que, por un mismo hecho, pueden ser aplicadas las diferentes sanciones previstas en las distintas vías legales.
SEGURIDAD E HIGIENE, CONDICIONES DE TRABAJO
La seguridad e higiene en el trabajo es una condición de trabajo, pero no todas las condiciones de trabajo son condiciones de seguridad e higiene.
Figura 90. Responsabilidades legales en seguridad e higiene.