Agenda Judicial

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el licenciado Aldo Isidro Sánchez Reyes) de Arturo Vadillo Pérez contra José Alfredo Maldonado Armas, en el Juzgado de Oralidad Mercantil de Primera Instancia del Estado de Tabasco, la primera con sede en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, en el Carlos Alberto García Ramírez, en su carácter de endosatario en procuración de Aldo Isidro Sánchez Reyes, a través del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral, le reclama la siguientes prestaciones: a) el pago de la cantidad de 1,000.000 (un millón de pesos 00/100), por concepto de suerte principal del importe de un pagaré de fecha doce de noviembre de dos mil dieciocho exhibido como base de la acción; b) el pago de los intereses moratorios en razón de la tasa de intereses efectiva por promedio ponderada (TEPP), conjuntamente con los parámetros guía establecidos en la jurisprudencia 1a./J.57/2016 (10a.) de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el empleo como referente el Costo Anual Total (CAT), que reporte el valor más alto para operaciones similares y corresponda a la fecha próxima a la suscripción del título de crédito respectivo; c) el pago de 20% por concepto de honorarios profesionales calculados de la suma de la suerte principal e intereses vencidos hasta la fecha y los que se originen durante todo el tiempo que se encontré insulto la suerte principal e interese conforme a la costumbre y a la ley según los artículos 2918, 2919, 2920, 2991 y además relativos y aplicables al Código Civil del Estado en aplicación supletoria en Materia Mercantil y d) así los gastos y costas del juicio.

Por lo tanto, José Alfredo Maldonado Armas, (demandado) deberán comparecer a este juzgado debidahacer pago llano de las prestaciones que se les reclaman, o bien a recibir las copias de la demanda y documentos anexos, para dar contestación por escrito a la demanda y oponer las excepciones que tuviere, debiendo en el mismo escrito de contestación ofrecer sus respectivas pruebas con los requisitos que se establecen en el referido Código para el trámite de los Juicios Orales Mercantiles; en el entendido que tanto el escrito como los anexos que se acompañen deben ser legibles.

Para lo cual tiene el término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente hábil, al de la última publicación que se le haga del presente auto, para que comparezca a recibir la demanda y dar contestación a la misma, haciéndole de su conocimiento, que el Juzgado de Oralidad Mercantil, se encuentra ubicado en avenida Coronel Gregorio Méndez sin que ocupan los Juzgados Civiles y Familiares, que se encuentra frente al recreativo de Atasta, debiendo con anticipación al término antes concedido, apercibido que en caso de no dar contestación a la demanda dentro del plazo concedido, será declarada en rebeldía, de conformidad con el precepto 1078 del Código de Comercio en vigor.

Por mandato judicial y para su publicación por tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, y en un periódico local del Estado, se expide el presente edicto a los veinticuatro días de octubre de dos mil veintidós, en la ciudad de Villahermosa, Capital del Estado de Tabasco.

judicial Lic. Oscar Guadalupe Chan Chablé

JUICIO ORAL MERCANTIL 975/2021-I

EDICTO

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Puebla, Especializado en Juicios Orales, San Andrés Cholula, Puebla, Expediente 975/2021-I.

En proveído de veintisiete de diciembre de dos mil veintidós, dictado por el Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Puebla, Especializada en Juicios Orales, se ordenó que el emplazamiento a juicio de la demandada Maricela Cuautle Cuautle, se realice por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, así como en un periódico local del Estado de Puebla, haciendo de su conocimiento que por proveído de catorce de julio de dos mil veintiuno, se admitió a trámite en la vía oral mercantil la demanda promovida en su contra por Fernando Salazar Martínez y Alejandro Salazar Pressler, en su carácter de apoderados generales para pleitos y cobranzas de “Banco Santander México”, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, quedando radicada bajo el expediente 975/2021-I, en el que se reclama la declaración judicial de que se ha vencido anticipadamente el contrato base de la acción; el pago de 51,327.21 UDIS (cincuenta y un mil trescientos veintisiete punto veintiún unidades de inversión), por concepto de capital insoluto del crédito; 2,791.31 UDIS (dos mil setecientos noventa y uno punto treinta y una unidades de inversión), por capital vencido y demás prestaciones accesorias, ordenándose correr traslado a dicha demandada por medio de la copia simple de la demanda y sus anexos, así como el escrito aclaratorio, debidamente cotejadas y selladas por la secretaría del juzgado, las cuales se encuentran a su disposición en este órgano jurisdiccional, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente al en que surta efectos entregue su contestación por escrito y haga valer las excepciones y defensas que estime pertinentes, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, se les tendrá por perdido el derecho correspondiente. Asimismo, se le requiere para que señale metropolitana o en el área conurbada al municipio de San Andrés Cholula, Puebla, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se les harán, incluyendo estrados del juzgado, salvo que de autos se advirtiera que su domicilio particular se encuentra en esta circunscripción territorial. Finalmente, se hace de su conocimiento que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a disposición del público para su consulta, conforme al procedimiento de acceso a la información; asimismo, el derecho que le asiste para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación; en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento.

San Andrés Cholula, Puebla; 27 de diciembre de 2022.

Secretario del Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Puebla, Especializado en Juicios Orales. Lic. Fidelmar Isidro Osorio. Firmado electrónicamente

l 2 de enero el Pleno de la Sala Superior del TFJA eligió al magistrado Guillermo Valls Es-

E

ponda como su presidente por los próximos tres años. En su plan de trabajo, además de equidad de género y erradicación de la violencia laboral, mejorará la impartición de justicia en este Tribunal en tres

EFRÉN MONRREAL*

RECORDANDO LA MUERTE de Martin Luther King Jr. en 2008, Henry Louis Taylor Jr. comentó con amargura: “Lo único que sabemos es que este tipo tenía un sueño. No sabemos cuál.” Hay uno: la certificación de los profesionistas. ¿Acaso no fue el sueño de un diputado del Congreso Constituyente?, el Lic. Paulino Machorro Narváez (1887-1957), quien el 18 de diciembre de 1916, dijo públicamente:

“SEÑORES DIPUTADOS: ...

“LA ADICIÓN QUE yo propongo es en un sentido enteramente distinto: el artículo 4° [hoy el 5.° constitucional] al referirse a las profesiones establece lo siguien-

te: “La ley determinará en cada estado cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deben llenarse para obtenerlo, y las autoridades que han de expedirlo

“YO PROPONGO A la Comisión la conveniencia de agregar la siguiente idea: “La ley reglamentará también el ejercicio de las profesiones”.

“SEÑORES DIPUTADOS, LA revolución ha enarbolado entre otros principios, el de la justicia; yo tengo la íntima convicción de que mientras no limitemos la profesión de la abogacía, no podremos dar al pueblo la justicia de que tiene hambre y sed. Si nosotros queremos jueces honrados, magistrados que no se inclinen a un lado ni a otro y que todo marche perfectamen-

aspectos: optimizar la justicia en línea, crear un centro de mediación y una repartición eficiente de las cargas de trabajo entre las Salas. Durante la pandemia, implementar la justicia en línea fue

vital para continuar los juicios, con beneficios para los ciudadanos: se le dará continuidad con mejoras. Vigilar la distribución eficiente de expedientes entre las Salas y la creación de un centro de mediación, reducirán los tiempos de resolución. Los mecanismos alternativos de solución de controversias son tendencia mundial: si las partes concilian y resuelven,

evitan juicios largos y costosos, lo que permite a los órganos jurisdiccionales resolver más pronto los restantes expedientes.

La menor exposición mediática del TFJA no le resta importancia en la vida nacional ni en su participación en consolidar todos los días el Estado de Derecho que México necesita. La nueva presidencia evidenciará su aportación.

te, esto, señores no lo tendremos nunca mientras los abogados postulantes no vean de alguna manera reglamentado el ejercicio de su profesión ... [Énfasis propio].

SUEÑO CUMPLIDO: A partir de este año, la certificación es obligatoria para quienes ejerzan, según la Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco, en las áreas del derecho, contaduría, ingenierías, arquitectura y la salud en general. La certificación de Jalisco presupone la práctica de exámenes periódicos de conocimientos, actualización continua, experiencia profesional, la creación de un registro actualizado de quienes cumplan con tal exigencia y un régimen disciplinario de control y vigilancia del desempeño frente a los ciuda-

danos de a pie y ante los propios tribunales. ¿Por qué no llevar ese sueño al escenario jurídico nacional, de manera refinada y no provocativa, para que la sociedad mexicana refrende el voto de confianza en su sistema legal?

* Presidente del Colegio de abogados hispanohablantes, institución registrada en la dirección de profesiones del Estado de Jalisco. efren.monrreal@cahej.org

***

“POR QUÉ EL derecho es violento (y debería reconocerlo)” de Christoph Menke (Edit. Siglo XXI) evidencia que la adjudicación estatal del monopolio de la violencia no anula la brutalidad cotidiana. Para ello, los ciudadanos deben saber que el Estado actuará en cualquier infracción:

pasa de la violencia como venganza a la violencia como prevención interiorizada.

LA ADECUACIÓN EN Latinoamérica de este texto, gestado en otro continente, fluctúa entre la tragedia del dictador y la comedia de la imposibilidad autorreflexiva. Relacionado con literatura afín, como “El señor presidente” del premio nobel Miguel Ángel Asturias, la obra de Menke en estos tiempos vehementes muestra que incluso la barbarie debe llevarnos a la reflexión. ***

ESCUCHE LOS PODCASTS de “Honradez contra derecho” y “Las leyes preternaturales” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.

31 LA JORNADA Jueves 12 de enero de 2023 SOCIEDAD
AGENDA
Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/
JUDICIAL /
SECCIÓN QUINCENAL “Tengo un sueño”: la certificación de los profesionistas Nueva presidencia en el tribunal federal de justicia administrativa (TFJA). 559183 0300 ext. 4157, 4184 y 4192 Poder Judicial del Estado de Tabasco Juzgado de Oralidad Mercantil de Primera Instancia con sede en el Primer Distrito Judicial del Centro, Tabasco. EDICTO Dirigido a: José Alfredo Maldonado Armas Se le hace de su conocimiento que con fecha once de junio de dos mil veintiuno, se radico el expediente 180/2021, relativo al juicio Ejecutivo Mercantil Oral, promovido por Carlos Alberto García Ramírez, en su carácter de endosatario en procuración (en ese entonces, actualmente es
EDITOR RICARDO GUZMÁN WOLFFER Secretario

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