Agenda Judicial

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LA JORNADA Jueves 6 de octubre de 2022

SOCIEDAD

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ESTADOS UNIDOS MEXICANOS JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE DURANGO, DGO.

Edicto

C. ELVIRA MARTÍNEZ GALINDO Y ALFREDO GARCÍA PIEDRA. En los autos del juicio de amparo 68/2022, promovido por FEDERICO CORONADO RODRÍGUEZ, JAVIER CORONADO CALDERA Y NICOLÁS SERRANO ROMERO, contra actos del Presidente del Tribunal Laboral Burocrático del Estado de Durango y otras autoridades; y, en virtud de ignorarse su domicilio, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en vista de lo prevenido por el numeral 2 de la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlos por este medio como terceros interesados, se les hace saber que pueden apersonarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente de la última publicación, así como que se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia correspondiente de la demanda de amparo.

559183 0300 ext. 4157, 4184 y 4192

EDICTO

JUZGADO 26º. CIVIL DE PROCESO ORAL SRÍA. “C” EXP. 143/2021 EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORAL CIVIL PROMOVIDO POR GUILLÉN ESTÉVEZ BENITO TITO quien también se ostentaba como GUILLÉN ESTÉVEZ BENITO, HOY SU SUCESIÓN CONTRA CALDERÓN Y CALDERÓN JOEL, EXPEDIENTE 143/2021, LA C. JUEZ VIGÉSIMO SEXTO CIVIL DE PROCESO ORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DOCTORA MITZI AQUINO CRUZ, DICTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN, CUYOS RESOLUTIVOS A LA LETRA DICEN: “Ciudad de México a trece de septiembre de dos mil veintidós. En cumplimiento a lo ordenado en Audiencia de Juicio de esta misma fecha y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1006 del Código de Procedimientos Civiles para esta Ciudad, VISTOS para dictar SENTENCIA DEFINITIVA, en los autos del juicio ORAL CIVIL, promovido por GUILLÉN ESTÉVEZ BENITO TITO quien también se ostentaba como GUILLÉN ESTÉVEZ BENITO HOY SU SUCESIÓN contra JOEL CALDERÓN Y CALDERÓN, expediente 143/2021; y (…) RESUELVE. PRIMERO. Se dejan a salvo los derechos de la parte actora para que los haga valer en la víay forma que corresponda una vez que se cumpla la condición suspensiva contenida en la cláusula octava del Contrato de Compraventa de dieciséis de febrero de mil novecientos setenta y nueve. SEGUNDO. Tomando en consideración que el demandado JOEL CALDERÓN Y CALDERÓN fue emplazado por medio de edictos, con fundamento en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, procédanse a publicar los puntos resolutivos del presente fallo, por medios de edictos que se publiquen en el periódico LA JORNADA por tres veces, de tres en tres días. ASÍ, DEFINITIVAMENTE MX]JDQGR OR UHVROYLy \ ÀUPD OD & -XH] Vigésimo Sexto Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, DOCTORA MITZI AQUINO CRUZ, por ante la C. Secretaria de Acuerdos “C” Licenciada Erika Pérez Maldonado quien autoriza y da fe. AVISO: (…)” ÀUPDV CIUDAD DE MÉXICO, A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “C” LIC. ERIKA PEREZ MALDONADO.

CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo Vigésimo de los estatutos sociales, se convoca a los asociados de Ayuda Integral al Niño Desprotegido, A.C. a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Asociados, que se celebrará el próximo 18 de octubre de 2022 a las 11:00 hrs., en el domicilio social de la Sociedad ubicado en Callejón Xocotitla No. 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, México, para tratar y resolver los asuntos contenidos en el siguiente: ORDEN DEL DÍA I.

INFORME Y REGISTRO DEL FALLECIMIENTO DE UN ASOCIADO, ASÍ COMO RATIFICACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA ASOCIACIÓN Y DE LA CALIDAD DE ASOCIADO DE LOS MIEMBROS ACTUALES DE LA MISMA.

II.

PROPUESTA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DE NUEVOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO.

III.

PROPUESTA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS VIGÉSIMO PRIMERO Y VIGÉSIMO TERCERO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA ASOCIACIÓN.

IV.

CUALQUIER OTRO ASUNTO RELACIONADO CON LO ANTERIOR. CONSEJO DIRECTIVO

__________________________ IDILIO PARDILLO ESCALONA PRESIDENTE

AGENDA JUDICIAL /

EL INICIO DE la tercera etapa de la implementación de la reforma laboral llega con controversias. Mientras la Barra Mexicana Colegio de Abogados expresó su preocupación por la implementación de la Reforma Laboral, el reducido presupuesto, las inseguras instalaciones de algunas de las futuras instancias laborales y el despido de personal de la Juntas de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México lo que hará, precisa la Barra, que tarden todavía más en concluirse los miles de juicios tramitados en las Juntas. SUS AFIRMACIONES FUERON rebatidas por la Secretaría del Trabajo. En nota detalló el presupuesto para cada rubro. Precisó que no hay rezago de juicio en las nuevas instancias de justicia (los nuevos juzgados laborales) y que las instalaciones de los nuevos jueces laborales son seguras. Afirmó que la Barra, colegios y facultades de derecho tienen la responsabilidad de capacitar a quienes defenderán en un juicio laboral. SOBRE EL REZAGO de juicios

____________________________ ROSA MARÍA CADENA JALPA SECRETARIO

EDICTO

SE EMPLAZA A: HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO - - - EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1267/2019, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, PROMOVIDO POR ANA BERTHA BAEZ COTA, en contra d HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, SE ORDENO NOTIFICAR POR MEDIO DE EDICTOS LO SIGUIENTE:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A OCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS. A sus autos el escrito de cuenta y anexos, presentado por el LICENCIADA ANA BERTHA BAEZ COTA en su carácter de parte actora, para que obra como corresponda. Se le tiene por exhibiendo el exhorto foráneo número 252/2022, con número de registro local 7094, que remite el Licenciada ELIZABETH MARTINEZ MORALES, C. SECRETARIA CONCILIADORA ADSCRITA AL JUZGADO SEXAGESIMO TERCERO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, mediante el cual devuelve el exhorto local número 0028/2022 girado por esta Autoridad, SIN DILIGENCIAR, agréguese a sus autos para que obre como legalmente corresponda.- Por otra parte, como lo solicita, toda vez que de autos se advierte que han sido agotados los domicilios que fueron proporcionados por las diversas dependencias, mediante los respectivos razonamientos actuariales y con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena emplazar a la moral DEMANDADA HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO., por medio de edictos que deberán publicarse, por TRES VECES consecutivas en el Periódico de mayor circulación nacional siendo EL HERALDO DE MÉXICO, LA JORNADA o EXCELSIOR a elección del interesado; así como en un periódico local EL MEXICANO o EL SOL DE TIJUANA a elección del interesado; así como Boletín Judicial y emplácese para que dentro del término de QUINCE DIAS, ocurra ante esta H. Autoridad con domicilio en: VÍA RAPIDA PONIENTE Y 16 DE SEPTIEMBRE, COLONIA 20 E NOVIEMBRE, NUMERO 3430, C.P. 22439 DE ESTA CIUDAD; a efecto de dar contestación por escrito a la demanda instaurada en su contra en la vía ORDINARIA MERCANTIL por ANA BERTHA BÁEZ COTA, por las siguientes prestaciones: D 6H GHFODUH PHGLDQWH VHQWHQFLD 'HÀQLWLYD TXH KD RSHUDGR HQ IDYRU GH OD VXVFULWD OD 35(6&5,3&,21 1(*$7,9$ GHO DERECHO de cobro que pudiera corresponder a la codemandada, así como respecto del derecho a exigir el cumplimiento a la suscrita de cualquier obligación que deriven del CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON INTERES Y GARANTIA HIPOTECARIA, que celebro con la suscrita, prescripción que debe declararse tanto por lo que hace al cobro de cualquier adeudo de capital y/o suerte principal, ya sea vencido o por vencer, intereses ordinarios y/o moratorios vencidos o por vencer, comisiones, seguros y/o cualquier otro concepto que derivara del contrato de crédito que fue celebrado mediante la escritura pública 27647, del volumen 1949, de fecha 9 de diciembre de 2004, pasada ante la fe del Notario Público número 14 de Tijuana, Baja California. b) Se declare la prescripción de la acción hipotecaria y la extinción de la hipoteca que se constituyó en SEGUNDO LUGAR Y GRADO D IDYRU GH OD GHPDQGDGD VREUH HO LQPXHEOH LGHQWLÀFDGR FRPR 81,'$' '26 '(/ &21'20,1,2 35,9$'$ GALICIA, QUINTA RESIDENCIAL MONTECARLO, construido sobre el lote 1 de la manzana 455, del Fraccionamiento Quinta Residencial Montecarlo, de Tijuana B.C., y que deriva del CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON INTERES Y GARANTIA HIPOTECARIA celebrado mediante escritura publica 27647, del volumen 1949, de fecha 9 de diciembre de 2004, pasada ante la fe del Notario Público numero 14 de Tijuana. c) En consecuencia se ordene al Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, la inscripción de la sentencia que se dicte en el presente juicio y la cancelación de la inscripción de la hipoteca y gravamen a que me he referido en las dos prestaciones que anteceden, inscritos bajo la partida 5884811. Sección Civil, de fecha 15 de julio de 2013 del mencionado Registro Público. d) Se condene a la demandada al pago de los gastos y las costas que con motivo de este juicio que se originen. Apercibido de que de no hacerlo en el término señalado, con fundamento en el artículo 1075 y 1078 del Código antes invocado se les hará la declaración de rebeldía correspondiente y se continuará con el presente juicio; asimismo señale GRPLFLOLR SDUD RtU \ UHFLELU QRWLÀFDFLRQHV HQ HVWD FLXGDG DSHUFLELGRV TXH GH QR KDFHUOR DVt ODV QRWLÀFDFLRQHV SRVWHULRUHV VH realizaran por medio de Boletín Judicial. Quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias de traslado para que se impongan de ellas. 127,),48(6( $Vt OR DFRUGy \ ÀUPD HOHFWUyQLFDPHQWH /$ & -8(= 3529,6,21$/ '(/ -8=*$'2 '(&,02 35,0(52 CIVIL ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL, ROSA AMELIA GARCIA BEJARANO, ante su Secretaria de Acuerdos STEPHANIE LIZÁRRAGA MARTÍNEZ, que autoriza y da fe, con fundamento en los artículos 1 fracción I, III, 2, 3, fracción I, II, XIX, XX, XXV, XXX, 4 Fracción I, II, 11, 12, 13, del Reglamento para el Uso del Expediente Electrónico y la Firma (OHFWUyQLFD &HUWLÀFDGD GHO 3RGHU -XGLFLDO GHO (VWDGR GH %DMD &DOLIRUQLD TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 10 DE JUNIO DE 2022. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL L.D. STEPHANIE LIZARRAGA MARTINEZ.

SECCIÓN QUINCENAL

EDITOR RICARDO GUZMÁN WOLFFER

La Reforma Laboral trunca RICARDO GUZMÁN WOLFFER

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA

AYUDA INTEGRAL AL NIÑO DESPROTEGIDO, A.C.

Durango, Durango, a 12 de septiembre de 2022. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado. Lic. Adriana Hernández Orrante.

ante las juntas de conciliación, nadie parece afirmar lo contrario. Además, vistos los despidos y las reducciones presupuestarias en muchas entidades, puede suponerse que habrá una lentitud mayor en los juicios (que son cientos de miles) ante las Juntas, por contar con menos personal cada vez. A lo cual se añaden los miles de juicios de amparo indirecto promovidos para agilizar el trámite ante las Juntas, donde ahora debe destinarse personal para rendir miles de informes previos y justificados en los juicios de amparo, lo que implica reducir la atención a los juicos laborales más que rezagados. Ya no hablemos de la calidad del trámite y de las resoluciones, se trata de que las Juntas saturadas puedan operar entre miles de amparos y, además, tramitar sus juicios. EL TEMA DE las instalaciones no es menor. Para muestra, el Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México fue ubicado en instalaciones que usaba la Junta Local, a quien le fue retirado más del 50 por ciento de su espacio y buena parte de su presupuesto original fue asignado al Centro de Conciliación. Por

si ello fuera poco controversial, decenas de funcionarios conciliadores y personal jurídico, fueron separados del cargo sin aparente indemnización, lo que viola sus derechos laborales y los establecidos en las reformas constitucional de 2017 y legal de 2019, que dispusieron el respeto y conservación de sus derechos durante la transición. SI SE RECORTA espacio y se quita presupuesto a la Junta Local, para redirigirlos al Centro de Conciliación, se deja a las Juntas en su peor situación histórica. Parece una emboscada: se les reduce personal y presupuesto para dificultar la conclusión de los juicios laborales, con ello, en apariencia, se justifican los despidos y la reforma. LA SEDE DE los nuevos tribunales laborales locales en la Ciudad de México fue ocupada por otros juzgados y estos fueron desalojados por el daño estructural causado por el sismo de 2017. No se conocen trabajos y dictámenes que lo rehabiliten. Es natural que usuarios, litigantes y personal supongan riesgoso volver al inmueble. SI LA RAPIDEZ para resolver era la meta de los nuevos juzgados laborales, las quejas de reza-

go en los Tribunales Laborales de Oaxaca desmienten los festejos oficiales, en los que se afirma que ya no se requieren abogados para acudir a las nuevas entidades laborales. Error: toda persona en conflicto tiene derecho a contar con un abogado y asesoría, como la ley expresamente lo reconoce e incluso faculta al juez laboral a sacar del juicio al abogado que no le parezca competente para el encargo. *** MIENTRAS EN UNAS entidades se festeja la tercera etapa de la reforma laboral, a pesar de las quejas y disputas, en el Estado de México la judicatura local conducida por el Presidente Ricardo Sodi Cuéllar va más allá con una certificación internacional única en el país, la norma ISO/IEC27011, gracias a las gestiones del Consejero de la Peña Gutiérrez. LO CIERTO ENTRE las controversias existentes, además de los despidos en CDMX, es que la obligación de capacitar a los nuevos trabajadores (de juzgadores a notificadores y conciliadores) corresponde al patrón (la Secretaría del Trabajo o al respectivo Consejo de la Judicatura), no a los usuarios del nuevo sistema laboral (la Barra Mexicana, en tanto aglutina a litigantes, por ejemplo).

Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/

“EL SACRIFICIO HUMANO Humano entre los mexicas de Yólotl González Torres (FCE) muestra la importancia religiosa y social de la muerte como ritual. Se estudia a nivel regional con datos poco difundidos como el canibalismo y el uso de esclavos domésticos para el sacrificio. Un libro fundamental en un tema que se utilizó para la justificación de la conquista, con ilustraciones y mapas históricos, que muestra muchos aspectos de la inabarcable cultura prehispánica. *** ESCUCHE LOS PODCASTS de “Historia y derecho en U.S.A.” y “La educación sarnienta” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.


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