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QUE: hoy 26 de Enero de 2024, comparecieron MA. CARMEN ZAMORA DELGADO y MARIA TRINIDAD DELGADO MURILLO, ANTE MI atículos 151, 152, 154, 159 y 160 de la Ley del Notariado Vigente en el Estado de Michoacán, la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de J. IGNACIO ZAMORA DELGADO. Se da a conocer el inicio del Procedimiento por medio de dos publicaciones de diez en diez días para los efectos y con base en lo dispuesto por el Artículo 1129 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán.-
A 26 veintiséis de Enero de 2024 dos mil veinticuatro. LIC. CARLOS MARTÍNEZ GARCÍA DE LEÓN.
EDICTO.
Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil, Secretaría “B”, Expediente 576/2021. En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BANCO INVEX SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE INVEX GRUPO FINANCIERO FIDUCIARIO COMO FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACION FUENTE DE PAGO Y GARANTIA 1055, en contra de ALFREDO HUGO SILVA DELGADO, expediente número 576/2021, el C. Juez Trigésimo Sexto de lo Civil, ordeno mediante proveído de fecha diecisiete y ocho de enero de dos mil veinticuatro, se emplace por medio de edictos a ALFREDO HUGO SILVA DELGADO por medio de edictos, los cuales deberán ser publicados por TRES VECES, de TRES EN TRES DÍAS en el Boletín Judicial y El Periódico La Jornada, debiendo mediar entre cada pu- blicación DOS DÍAS HÁBILES, haciéndose saber que deberán presentarse dentro de un término de CUARENTA DÍAS a recoger las copias de traslado, las cuales se encuentran a su disposición en el Local de este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en Avenida Niños Héroes número 132, Octavo Piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc en Ciudad de México, en el entendido de que una vez que fenezca dicho plazo o bien comparezca el demandado a recoger las copias de traslado se computara el termino de QUINCE DÍAS que tiene este para dar contestación a la demandada instaurada en su contra, con el apercibimiento de que para el caso de no hacerlo, se le tendrá por confeso de los hechos de la demanda y el juicio se aun las de carácter personal le surtirán por boletín judicial Ciudad de México, a 2 de febrero de 2024 RÚBRICA
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”. JULIA NOLASCO OCHOA
INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO COMITÉ DE CONTRATACIONES, ADQUISICIONES Y BAJAS
CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO IEQROO/LPN/08/2024
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De conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; precepto 167 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; preceptos 19, inciso a) y 21, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, así como los artículos 1, 12, 16 fracción IV, 23, 24 fracción I, 25, 43 al 55, así como demás relativos y aplicables del Reglamento en Materia de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto Electoral de Quintana Roo, se convoca:
A las personas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional número IEQROO/LPN/08/2024 cuya celebración fue autorizada por el Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto Electoral de Quintana Roo, en su sesión celebrada el día 04 de marzo del 2024, para la contratación del servicio que se describe a continuación:
No. de LicitaciónDescripción del servicio Fecha límite para adquirir Bases Junta de aclaraciones Presentación y apertura de propuestas Fallo
La descripción general del servicio objeto de la licitación, se encuentra establecido en las respectivas bases. En este procedimiento podrán participar licitantes con propuestas en conjunto.
Las Ba convo
RICARDO GUZMÁN WOLFFER
LA RECIENTE ABSOLUCIÓN en el Estado de México de un hombre acusado de abuso sexual en contra de una menor plantea la necesidad de que los representantes de los poderes judiciales (ministros, jueces y magistrados) cuenten con mecanismos adecuados para comunicar a la ciudadanía el contenido y alcance de sus resoluciones. Según fuentes de
CON LA PAULATINA llegada del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, las judicaturas deben preparar a sus jueces y también a los litigantes.
Con el magistrado Ricardo Sodi Cuéllar, como presidente del Poder Judicial del Estado de México, se ha iniciado el programa de preparación para este nuevo reto, con el “Curso de capacitación para la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares”, con vistas a temas sustantivos y
Las Bases de la Licitación Pública Nacional se encuentran disponibles para su venta, a partir del 05 de marzo del 2024 fecha de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 12 de marzo del 2024, en un horario de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes; y sábado de 10:00 a 14:00 horas (huso horario de Quintana Ciricote, Colonia Isabel Tenorio, en la ciudad de Chetumal, Othon P. Blanco, Quintana Roo, México. C.P. 77010 (Domicilio Legal de la convocante).
Ciricot
El cost
El costo de las Bases es de $30,000.00 (Son: Treinta mil pesos 00/100 M.N.), que invariablemente deberá ser cubierto en moneda nacional.
La forma de pago es mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria institucional. Dicho costo no será reembolsable. Todos los eventos de la licitación se realizarán en el domicilio legal de la convocante.
blemente deberá ser cubierto en moneda nacional l. Dicho costo no será reembolsable. Roo), domicilio legal de la convocante. La
La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 15 de marzo del 2024 a las 15:00 horas (huso horario de Quintana Roo), en el asistencia a esta junta será opcional.
La form Todos junt asisten
legal de la convocante.
El fallo se emitirá el día 20 de marzo de 2024 a las 19:00 horas (huso horario de Quintana Roo), en el domicilio legal de la co
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El lugar, plazo de entrega y condiciones de pago será de acuerdo con lo establecido en las respectivas bases.
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d El fallo luga , p g y p g una de las condiciones contenidas en las Ba r parte de los mismos. C
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Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes estará
Chetumal, Quintana Roo, a día 05 del mes de marzo de 2024.
a Roo), en el domicilio de la convocante. as stas estarán sujetas a negociación alguna, s de marzo de 2024.
AVISO DE PRIVACIDAD SIMPLIFICADO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CORRESPONDIENTE A LA ADQUISICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL Y DEL MATERIAL ELECTORAL PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2024. IEQROO/LPN/08/2024.
AVISO DE PRIVACIDAD SIMPLIFICADO DE LOS P DOCUMENTACIÓN ELECTORAL Y DEL ana Quinta
BLICA OCESO ELECTORAL LOCAL 2024. IEQROO/LPN/08/2024.
En cumplimiento a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados y la Ley de Protección de Quintana Roo, el Instituto Electoral de Quintana Roo, en lo subsiguiente IEQROO, en su calidad de Sujeto Obligado que recaba
cédulas y anexos entregados por los participantes en las diversas licitaciones y posteriormente con las mismas elaborar el cont
tos de Datos Personales para el Estado y ejerce tratamiento sobre datos e contrato de obra o adquisiciones respectivo AvisodePrivacidadIntegraldisponibleennuestroportaldeinternet:
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AGENDA JUDICIAL /
la judicatura de Edomex, en su explicación a la madre de la menor víctima del abuso, el juez de la causa implicó haber estado cierto de la acción delictiva, pero absolvió por tecnicismos legales. La importancia de comunicar no es menor. El titular del ejecutivo federal lo ha demostrado todo el sexenio haciendo de sus conferencias verdaderas guías de la nota nacional, pero las judicaturas no actúan así. La muy larga tradición de opacidad, de
La preparación procesal civil
adjetivos de esta rama del derecho. Así como, en su momento, el consejero Luis Gerardo de la Peña se encargó de hacer de los tribunales de Edomex un referente nacional en los juicios orales laborales, ahora se abre este ambicioso curso para lograr que, de nuevo, la gestión de Sodi sea tan duradera como su justa fama académica y que quienes tomen en sus manos las delicadas controversias familiares obtengan la preparación indispensable para que la justicia civil y familiar sea
que “las sentencias hablen por sí solas” ha quedado atrás. Hoy, el periodismo ha dejado de ser la única fuente de información. Hoy las redes sociales han modificado la percepción ciudadana. Una nota o un video oportuno puede acabar con una carrera política o forzar la investigación de un magistrado con la suspensión respectiva. Los periódicos virtuales tienen más lectores que los impresos. En tiempo real se puede ver lo sucedido en un juzgado o en África. Y las judicaturas mexicanas siguen ateniéndose a la cobertura de los
real. Un pueblo sin justicia en los temas más cercanos e ineludibles (sucesiones, pensiones, etc.), dejará de creer en sus instituciones.
“LECCIONES DE DERECHO parlamentario” de Samuel Hernández Apodaca (Edit. PaideiaMx, México) resume la trayectoria de los órganos legislativos en el país, diseccionando sus muchas obligaciones adicionales a la creación de leyes. Si los políticos y juzgadores recorren un camino, es aquel que le marcan
medios, como si los reporteros tuvieran la capacidad de explicar el contenido de las sentencias, cuando generalmente no tienen acceso a las mismas; además de no ser especialistas. Las judicaturas emiten comunicados o cuentan con boletines virtuales que apenas dan explicación de las resoluciones judiciales. Ni siquiera la transmisión de las sesiones del Pleno de la Suprema Corte sirven para explicar el contenido y alcance de sus sentencias; en el mejor de los casos, entretiene ver el debate técnico, si lo hay.
la Constitución y las leyes emitidas por los formadores teóricos del país. La ley marca el camino de una nación, no los discursos. La ley debe ser tan clara que no requiera interpretación. El camino legislativo es complejo y debe ser hecho por especialistas, no por depredadores obedientes. No debe haber un funcionario más libre que quien decide la vida de todos. En el momento en que el legislador se debe a un partido o un personaje, ha traicionado la función.
LA ABSOLUCIÓN DEL abusador mexiquense y la consternación nacional provocada, son un llamado a que las judicaturas busquen formas de comunicación acordes a los tiempos mediáticos. Los juicios orales fueron diseñados para garantizar los derechos de los procesados, no para garantizar la seguridad social, no para explicar a la sociedad el quehacer de los jueces y menos para garantizar los derechos informativos de las víctimas.
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