Agenda Judicial

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LA JORNADA Jueves 8 de febrero de 2024

EDICTO Disposición Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla, expediente 475/2019, Juicio Oral Mercantil, promueve AS PREMIUM, S.A. DE C.V., contra JESÚS BALDEMAR LIEVANO, y KRISTOS VASILOPOULOS RODRÍGUEZ, notifíquese auto de fecha veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés donde se ordena requerir de pago a la parte demandada por medio de tres edictos que se publiquen consecutivamente en el periódico “LA JORNADA” de circulación nacional y el periódico “EL SOL DE PUEBLA” de circulación local, haciéndoles saber que dentro del término de tres días siguientes a la última publicación de los edictos ordenados, comparezca ante esta autoridad, a realizar el pago de OD FDQWLGDG GH · PRQHGD QDFLRQDO FDQWLdad aprobada mediante liquidación de sentencia de cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con el apercibimiento que de no hacer el pago dentro de los tres días siguientes a la última publicación de los edictos ordenados, se tendrá por precluído su derecho y el actor estará facultado de señalar bienes propiedad de ORV GHPDQGDGRV VXÀFLHQWHV D JDUDQWL]DU HO SDJR GH OD cantidad precitada debiendo levantar acta pormenorizada de dicha diligencia, quedando en la secretaria copia para traslado. /LF $OIUHGR 3RUÀULR 7DStD 0pQGH] Diligenciario Non del Juzgado Séptimo Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla.

EDICTO DISPOSICIÓN JUEZ SEPTIMO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL ESTA CIUDAD, expediente 523/2022 JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promueve HAICI INMOBILIARIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de su representante legal IRVING ABRAHAM VERA MAYO contra VICTOR MANUEL PINZON GONZALEZ; autos de fecha doce de enero de dos mil veinticuatro, nueve de mayo de dos mil diecisiete; se ordena EMPLAZAR a VÍCTOR MANUEL PINZÓN GONZÁLEZ, por medio de TRES EDICTOS que se publiquen consecutivamente en el Periódico “LA JORNADA” y en el SOL DE PUEBLA, requiriéndole del pronto y ejecutivo pago de la cantidad de CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS QUINCE PESOS, SESENTA Y CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, como suerte principal y demás prestaciones reclamadas, por la parte actora, asimismo haciéndole saber que dentro del término de ocho días siguientes a la última publicación de los edictos ordenados, deberá presentarse ante este Juzgado a hacer paga llana de las prestaciones reclamadas, y a dar contestación a la demanda instaurada HQ VX FRQWUD R D VHxDODU ELHQHV GH VX SURSLHGDG VXÀcientes a cubrir las especies antes mencionadas, más las cantidades que se sigan generando en términos de lo pactado, gastos y costas de este juicio, con el apercibimiento que de no comparecer dentro del término señalado, se le tendrán por perdidos sus derechos y se trasladará al actor el derecho de señalar bienes sobre los cuales trabar formal embargo, quedando copia de la demanda y los documentos fundatorios de la acción en la Secretaria de este Juzgado. Ciudad Judicial, Puebla a, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. DILIGENCIARIO LIC. LUIS RAMON COÉTO PEÑA PUBLICACION PERIÓDICO LA JORNADA Y EL SOL DE PUEBLA

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EDICTO Al C. OSCAR ARMANDO TZONI AYALA, A, ara vecino de esta ciudad, se le requiere para tapresentarse a la brevedad, en las instalaciones de la SOCIEDAD MUTUALISTA T TA do “EL SEGURO DEL MAESTRO” ubicado en Justo Sierra número 55 Colonia Centro, C.P. 06020, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, número de teléfono 55 55224229 de Póliza de Vida del expediente TEST 79199, con el respectivo documento que acredite su identidad.

AVISO NOTARIAL PRIMERA PUBLICACIÓN POR INSTRUMENTO 24,654 DEL VOLUMEN 634 DE FECHA 25 DE ENERO DEL AÑO 2024, OTORGADO ANTE MI, A SOLICITUD DEL INGENIERO MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ MARTÍNEZ POR SU PROPIO DERECHO Y EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL DEL SEÑOR EDGAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, SE INICIA EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DEL SUCESORIO INTESTAMENTARIO NOTARIAL A BIENES DEL SEÑOR MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ LOZANO, QUIEN FALLECIÓ EL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2022, EN 9924 FLORA VISTA, DEPARTAMENTO 5, CIUDAD BELLFLOWER, LOS ÁNGELES, CÓDIGO POSTAL 90706, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SOLTERO, RECABÁNDOSE LOS INFORMES CORRESPONDIENTES, DE DONDE SE DESPRENDE INEXISTENCIA DE TESTAMENTO Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 70 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO, HÁGANSE DOS PUBLICACIONES DE ESTE EDICTO EN INTERVALOS DE 7 DÍAS EN EL PERIÓDICO GACETA DE GOBIERNO Y EN UN DIARIO DE CIRCULACIÓN NACIONAL. - - - - - - - - LIC. ANA CECILIA BALTAZAR REYES NOTARIO PUBLICO NUMERO 71 DEL ESTADO DE MEXICO RESIDENTE EN LA CIUDAD DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.

COTIZACIONES:

55 9183 0300 / EXT. 4192, 4184 Y 4157 55 4145 6888 | 55 2919 4945

Tlalnepantla de Baz, México, a 15 de enero de 2024.

AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN

Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como GRPLFLOLR SDUD RtU \ UHFLELU WRGR WLSR GH QRWLÀFDFLRQHV el ubicado en Av. De las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, CP. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 11215, volumen 95 de fecha 09 de enero de 2024, otorgada ante la Suscrita Notaria, se hizo constar la Radicación de la Sucesión Intestamentaria a bienes de José Ramón Cano Jiménez, a solicitud de Eloísa Graciela Valdés Sánchez, José Uriel y Valeria Itzel, de apellidos Cano Valdés, quienes comparecen por su propio derecho, en su carácter de presuntos herederos, quienes otorgaron su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitara ante esta notaría a mi cargo, y que no tienen conocimiento que, además de ellos, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México

Tlalnepantla de Baz, México, a 13 de diciembre de 2023.

AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN

Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como GRPLFLOLR SDUD RtU \ UHFLELU WRGR WLSR GH QRWLÀFDFLRQHV el ubicado en Av. De las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, CP. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 11134, volumen 94 de fecha 07 de diciembre de 2023, otorgada ante la Suscrita Notaria, se hizo constar la Radicación de la Sucesión Testamentaria a bienes de Mario Violante Díaz, a solicitud de María Esther Hernández García, quien comparece por su propio derecho, en su carácter de Única y Universal Heredera y Albacea de la sucesión, quien otorgó su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitará ante esta notaría a mi cargo, y que no tiene conocimiento que, además de ella, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México

Tlalnepantla de Baz, México, a 12 de diciembre 2023

AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN

Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como GRPLFLOLR SDUD RtU \ UHFLELU WRGR WLSR GH QRWLÀFDFLRQHV HO ubicado en Avenida de las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, CP. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 11,178, volumen 98 de fecha 12 de diciembre de 2023, otorgada ante la Suscrita Notaria, se hizo constar la Radicación de la Sucesión Intestamentaria a bienes de Angela Ruíz Barrera, quien también fue conocida con el nombre GH -RVHÀQD 5Xt] %DUUHUD D VROLFLWXG GH $UWXUR 5RVDV Ruíz, quien comparece por propio derecho, en su carácter de presunto heredero, quien otorgó su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitara ante esta notaría a mi cargo, y que no tienen conocimiento que, además de ellos, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México

AGENDA JUDICIAL / EDITOR RICARDO GUZMÁN WOLFFER

Reforma judicial fallida RICARDO GUZMÁN WOLFFER

CON LA REFORMA judicial propuesta se busca que los juzgadores sean electos por voto popular. En este espacio se comentó la inviabilidad financiera de las campañas judiciales. Ahora se propone que los candidatos no acepten financiamiento y que las campañas se limiten a las propuestas que hagan los candidatos en medios de comunicación, lo que también conlleva un gasto altísimo, pero eso no garantiza que tales elecciones judiciales sean de interés para el electorado y menos que quien vote comprenda y decida cuál es el mejor planteamiento jurídico. SE PUEDE ADELANTAR que escuchar a los candidatos hablar sobre sus conocimientos jurídicos o sus propuestas judiciales no será, precisamente, un espectáculo atractivo para una población regularmente alejada de lo judicial, en parte por el significado de acudir con un abogado (que hay un problema que la persona no puede resolver por sí misma), en parte por tratarse de

un lenguaje técnico, apenas accesible para quienes no están relacionados con los temas legales, en parte por los reiterados señalamientos de corrupción por parte de los políticos. Si se busca hacer una exposición divertida, habrá el equívoco de elegir al simpático, no al preparado. VARIOS ERRORES CONCEPTUALES aflorarán si llegara a ser aplicada la reforma propuesta. Se hace referencia a los ingresos presidenciales como referente salarial, como intentó cumplir la nueva ministra al devolver parte de su salario, pero la propuesta omite hablar de todas las prestaciones que tiene el titular del Ejecutivo y que llevan a que no requiera gastar ese salario. Su ingreso real es mayor a la cifra nominal oficial por recibir vehículos, tarjetas de crédito para comida y gasolina, celular, viajes, vestuario y otras prestaciones propias del cargo. Incluso se beneficia su familia, como con la oficina de la “primera dama”, con presupuesto y personal a su servicio. Tampoco lo refiere la propuesta de reforma. Ese con-

junto de pagos, entre otros, hace del presidente el burócrata mejor pagado del país. Solamente el costo del uso de un edificio histórico como vivienda es una cifra mucho mayor al salario que dice tener. Ni hablemos del acceso a las “cajas chicas”. En el momento en que los nuevos juzgadores lleguen al cargo, deberían de exigir ser equiparados en todas las prestaciones al presidente, so pena de convertir a la supuesta reforma en una farsa que oculta la verdad. LA PROPUESTA ELUDE señalar los pagos de las pensiones a las que tienen derecho todos esos juzgadores que dejarán de trabajar, incluidas las pensiones complementarias, por ser derechos laborales adquiridos. Una vez más, parece desconocerse la firma de los tratados internacionales que abren la posibilidad de que los conflictos laborales de esos jueces salientes lleguen a instancias internacionales obligatorias para el país, como ha sucedido en conflictos sindicales, que podrían obligar al pago de pensiones en los formatos ac-

SECCIÓN QUINCENAL

tuales incluso a los juzgadores federales que aún no llegaban a la edad requerida para acceder a las pensiones complementarias para las que se hicieron los fideicomisos respectivos, por no ser imputable a ellos el cese de la relación laboral, ni haberse hecho en la forma prevista por la ley. Además, no se hace una limpieza a fondo: se omite analizar el desempeño del personal sindicalizado, donde un porcentaje ni siquiera reúne los requisitos actuales para ingresar a la carrera judicial. LA REFORMA JUDICIAL propuesta, claro proyecto transexenal, puede ser un error muy caro para las instituciones, la división de poderes, las finanzas públicas y para la democracia. ÊÊÊ “LECCIONES DE HISTORIA del Derecho” de Samuel Hernández Apodaca (Edit. PaideiaMx, México, 2021) hace un recorrido sobre la forma de socializar en el país desde que los pueblos originarios pudieron organizarse hasta la contemporaneidad, donde las redes sociales parecen marcar el camino de la convivencia.

Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/

Habla de los tiempos en que “se transó democracia por estabilidad”, en que “el autoritarismo benevolente fue aceptado”. Los cambios en las leyes suelen ser más representativos de los intereses de las clases gobernantes que de la intención popular. ÊÊÊ ESCUCHE LOS PODCASTS “Disturbios estatales” y “Protesta artística” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.


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