Agenda judicial

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LA JORNADA Jueves 21 de octubre de 2021

SOCIEDAD

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SEGUNDO

AVISO NOTARIAL Por escritura número 24,809 de fecha 05 de octubre de 2021, otorgada ante el suscrito notario, se hizo constar: LA ACEPTACIÓN DE LEGADO Y DE HERENCIA que otorgaron el señor JORGE SANTIAGO JACINTO quien comparece en compañía de la señora PAOLA ZERTUCHE RAMÍREZ, en su carácter de intérprete y la señorita ANDREA SANTIAGO JACINTO, en su carácter de legatario y heredera respectivamente en la SUCESIÓN TESTAMENTARIA de la señora PATRICIA SANTIAGO JACINTO; y LA ACEPTACIÓN AL CARGO DE ALBACEA que otorgó la señorita ANDREA SANTIAGO JACINTO, en dicha sucesión. Asimismo reconocieron la validez del testamento, manifestaron su conformidad para llevar a cabo la tramitación ante el suscrito notario, reconocieron por sí los derechos hereditarios que les son atribuidos en virtud del mismo y aceptaron el legado y la herencia dejada a su favor. El Albacea procederá a realizar el inventario y avalúo de los bienes de dicha sucesión.

EDICTO

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL. EXPEDIENTE: 1307/20-EPI-01-12 ACTOR: WEATHERFORD TECHNOLOGY HOLDINGS, LLC

“EDICTO”

-FORTHSITE, S.A. DE C.V. En los autos del juicio contencioso administrativo número 1307/20-EPI-01-12, promovido por WEATHERFORD TECHNOLOGY HOLDINGS, LLC., en contra de la resolución con código 20200474810 de 12 de agosto de 2020, emitida por el Coordinador Departamental de Examen de Marcas “C” del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que resolvió negar el registro de marca FORESITE; el 06 de septiembre de 2021, se dictó un acuerdo en el que se ordenó emplazar a FORTHSITE, S.A. DE C.V., al juicio antes citado, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 1 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente al de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca ante esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en Avenida México No. 710, Cuarto Piso, Colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10200, Ciudad de México a efecto de que se haga conocedor de las actuaciones que integran el presente juicio, y dentro del mismo término, se apersone a juicio en su calidad de tercero interesado, apercibido que de no hacerlo en tiempo y forma se tendrá por precluido su derecho para apersonarse en MXLFLR \ ODV VLJXLHQWHV QRWLÀFDFLRQHV VH UHDOL]DUiQ SRU boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el artículo 67 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. Ciudad de México a 06 de septiembre de 2021. LA C. MAGISTRADA INSTRUCTORA DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL (SELLO) TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TFJA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL (FIRMADO) LIC. CELINA MACÍAS RAYGOZA EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS (FIRMADO) LIC. ALBINO COPCA GONZÁLEZ Para su publicación por tres veces, de siete en siete GtDV HQ HO 'LDULR 2ÀFLDO GH OD )HGHUDFLyQ \ HQ XQR de los periódicos de diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la actora.

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, México, S B, Juzgado Vigésimo de lo Civil. Que en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SUAREZ VELAZQUEZ DAVID en contra de ANTONIO RUIZ DEL MORAL FIGUEROA en el expediente número 1122/2009, LA C JUEZ DICTO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ciudad de México a veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. Agréguese al Tomo II del expediente número 1122/2009, el escrito de la parte actora. Por lo que con fundamento en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS 0,/ 9(,17,812 SDUD TXH WHQJD YHULÀFDWLYR OD AUDIENCIA DE REMATE en PRIMERA ALMONEDA, de los LOTES 231 “B” y 232 “B” EN LOS QUE ESTA CONSTRUIDA LA CASA MARCADA CON EL NUMERO TRECE DE LA CALLE DOCE, COLONIA FRACCIONAMIENTO CLUB DE GOLF MEXICO, ALCALDIA TLALPAN, CIUDAD DE MEXICO, con las medidas y colindancias que obran en autos. Convóquense postores por medio de edictos que se publicarán por dos veces debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DIAS HABILES, y en el periódico “LA JORNADA”, debiendo dichos HGLFWRV DSDUHFHU VXÀFLHQWHPHQWH YLVLEOHV SDUD TXH puedan atraer la atención del público en general o LQWHUHVDGR D ÀQ GH TXH DOFDQFHQ VX REMHWLYR (Q los AVISOS DE ESTE JUZGADO, en los tableros de avisos de la TESORERIA DE ESTA CIUDAD Y BOLETIN JUDICIAL sirviendo de base para el remate el valor que arrojó el avalúo que obra a fojas de la 595 a la 603 de autos por la cantidad de · 6,(7( 0,//21(6 129(&,(1726 SETENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) siendo postura legal, la que cubra dos WHUFHUDV SDUWHV OD FDQWLGDG GH · &,1CO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL; debiendo depositar los posibles postores el diez por ciento de la cantidad que sirvió como base para dicho remate, $797,200.00 6(7(&,(1726 129(17$ < 6,(7( 0,/ '26CIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que deberán exhibir mediante billete de depósito, para el mismo día.- Se deja sin efectos la fecha VHxDODGD HQ DXWRV 1RWLItTXHVH /R SURYH\y \ ÀUPy LA C. JUEZ VIGESIMO DE LO CIVIL DOCTORA EN DERECHO YOLANDA MORALES ROMERO, ANTE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” LICENCIADA CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTINEZ, con quien actúa y da fe. DOY FE CIUDAD DE MÉXICO, A 09 DE SEPTIEMBRE DE 2021 LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS ENCARGADA POR MINISTERIO DE LEY DEL JUZGADO VIGÉSIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. RÚBRICA LIC. CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTINEZ

AGENDA JUDICIAL /

LIC. EDUARDO FRANCISCO GARCÍA VILLEGAS SÁNCHEZ CORDERO. TITULAR DE LA NOTARÍA 248 DE LA CIUDAD DE MÉXICO

EDICTO

GRUPO COMERCIALIZADOR EN EMBALAJE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL OSCAR LARA VILLEGAS Y/O QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, ASÍ COMO A RUBÉN LARA VILLEGAS, EN LO PERSONAL. Disposición Juez Décimo Primero Especializado en Asuntos Financieros del Distrito Judicial Puebla; autos de fecha nueve de enero de dos mil veinte, Diecinueve de octubre de dos mil veinte, cuatro de diciembre de dos mil veinte y veintidós de marzo de dos mil veintiuno, doce de julio de dos mil veintiuno y trece de septiembre de dos mil veintiuno, ordena requerir de pago, embargo y emplazar, y emplazo a GRUPO COMERCIALIZADOR EN EMBALAJE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL OSCAR LARA VILLEGAS Y/O QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, ASÍ, COMO A RUBÉN LARA VILLEGAS, EN LO PERSONAL, para que dentro del término de treinta días siguientes a la publicación del ultimo edicto, haga pago de la cantidad de un millón ciento noventa y nueve mil setecientos diecisiete pesos con cuarenta centavos moneda nacional, por concepto de suerte principal y demás prestaciones reclamadas de conformidad con el Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente Crediactivo Crédito en Línea de fecha siete de junio de dos mil dieciséis, en caso de no haFHUOR VHxDOHQ ELHQHV GH VX SURSLHGDG VXÀFLHQWH D JDrantizar las prestaciones reclamadas, apercibidos de no hacerlo, el derecho será trasladado a la parte actora, en su caso, contesten la demanda y señalen domicilio para UHFLELU QRWLÀFDFLRQHV DSHUFLELGRV GH QR KDFHUOR VH OHV WHQGUi SRU SHUGLGR ORV GHUHFKRV \ VXV QRWLÀFDFLRQHV SHUsonales se les harán por lista en estrados. Copias de demanda, documentos fundatorios de la acción y anexos a TXH VH UHÀHUH HO DUWtFXOR GHO &yGLJR GH &RPHUFLR \ DXWRV QRWLÀFDGRV D VX GLVSRVLFLyQ HQ 6HFUHWDULD SDU GHO Juzgado, traslado debidamente cotejado y autorizado HQ IRMDV ~WLOHV ([SHGLHQWH MXLFLR (MHFXWLYR Mercantil Oral, promueve BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE a través de su apoderado OSCAR HUERTA JUAREZ, contra ustedes. &LXGDG -XGLFLDO 3XHEOD D GH 6HSWLHPEUH GH DILIGENCIARIO PAR. LIC. RAUL BONILLA MARQUEZ

SECCIÓN QUINCENAL

EDITOR RICARDO GUZMÁN WOLFFER

Editorial

L

a orden judicial para que se apliquen vacunas a menores ha evidenciado el desprecio por parte de las autoridades sanitarias federales hacia las resoluciones judiciales y la certeza de que no se les aplicarán las sanciones previstas para el incumplimiento de las órdenes judiciales. Aquí algunas de las sanciones aplicables en la Ley de Amparo (LA). La orden de no recibir notificaciones relacionadas con suspensiones o sentencias se castiga con

una multa de 100 a 1000 días (art. 243 LA). El incumplimiento de una suspensión se castiga con pena de de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, con destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar cualquier cargo o comisión pública (art. 262 LA). El incumplimiento de una sentencia de amparo conlleva una pena de 5 a 10 años de prisión, multa de 100 a 1000 días, destitución e inhabilitación de 5 a 10 años para desempeñar

cualquier cargo o comisión pública (art. 267 LA). Dentro de estas sanciones se podría establecer, visto el conjunto de afectados, la imposición de las penas máximas aquí señaladas. Ello a reserva de establecer la actualización de los delitos previstos en los artículos 214, 215 y 216 del Código Penal Federal. La impunidad en otros ámbitos tiene explicación en la actividad de algunas autoridades.

La calificación internacional de la justicia en México (WJP) RICARDO GUZMÁN WOLFFER

LA NOTICIA DE que México disminuyera en la calificación internacional de World Justice Project (WJP), el Proyecto de Justicia Mundial, entidad privada que evalúa el desempeño de ciertos países, es preocupante porque este índice no es emitido únicamente para fines académicos; tales resultados se consideran en otros países y entidades internacionales para la proyección de sus políticas en relación con los países evaluados, entre los que se incluyen préstamos y compromisos bilaterales. El análisis sobre la existencia del Estado de Derecho, como parte de una base regional, es relevante para establecer qué hacen los vecinos o socios comerciales, más cuando el estudio de WJP se centra en: a) rendición de cuentas, b) leyes justas, c) gobierno

abierto, y d) mecanismos accesibles e imparciales para resolver disputas. PARA ESTABLECER LA existencia de un Estado de Derecho efectivo es ineludible señalar temas de corrupción, políticas públicas para proteger a las personas de hechos injustos y también en el combate la pobreza. Las continuas notas de fuga de capitales en parte se explican con estos resultados. La correlación entre las próximas acciones derivadas del T-MEC tendrán sustento en esta evaluación ya que también se evalúan los derechos laborales, la libertad de asociación (sindical), la ausencia de discriminación en el empleo y el trabajo infantil. Bastará revisar el sitio (https:// worldjusticeproject.org/) para comprobar que las acciones estatales en temas de COVID son

consideradas al formar parte del derecho a la vida y la seguridad de las personas, punto donde WJP verifica que efectivamente sea garantizado.

***

en temas de mujeres y COVID hay información. Apartados relacionados con organismos nacionales e internacionales pueden encontrarse en los “Enlaces en materia de Género ante el COVID-19” (https:// www.scjn.gob.mx/igualdad-degenero/conceptos-relevantes) para acceder a la información de la ONU, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Organización Internacional del Trabajo, entre muchas otras. Consideraciones sobre la comunidad LGBT también aparecen en tal sitio.

EL TEMA DE la igualdad de género es parte central del quehacer de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tanto en sus resoluciones como en la difusión de éstas y de las medidas tomadas por otras entidades públicas. Por supuesto,

PARA QUIEN PIENSE que tales temas escapan de su actuar cotidiano, bastaría una visita al sitio de “Matrimonio y familia” (https://www.scjn.gob.mx/igualdad-de-genero/conceptos-relevantes/criterios/16-Matrimonio_familia) para verificar las medidas

MÁS ALLÁ DEL discurso público nacional, de los resultados (reales o no) de entidades públicas nacionales o del manejo mediático gubernamental, estos resultados evidencian que las acciones de gobierno trascienden a la vista de organismos internacionales.

Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/

jurisprudenciales tomadas para la protección de mujeres y niños. La familia democrática tiene sustento en muchas de tales resoluciones. LA PROTECCIÓN PARA la salud de niños y mujeres está en el derecho nacional en internacional. Habrá que hacerlo valer ante las instancias nacionales o internacionales si no es reconocido por las instancias encargadas. *** BUSQUE LOS PODCASTS de “Orlando Ortíz: las leyes como estructura integral” y “La justicia como constante humana, al igual que la delincuencia: Carter, el sicario” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.


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