11 Enero 2012 Informativo de novedades
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ART. 18 Boletín de Servicio R.I.T.O.
A) Todo empleado que reciba un ejemplar del Boletín de Servicio debe enterarse en seguida de cualquier nueva disposición que contenga y hacerla conocer a su personal subalterno que resulte afectado por ella.
B) Será responsabilidad de la Oficina de Control comunicar cualquier novedad relacionada con la circulación de los trenes que le afecte a toda estación que por falta de medios, no reciba el Boletín de Servicio hasta después de la fecha en que entra en vigor. cuando una estación que normalmente recibe el Boletín a tiempo, no lo reciba, deberá averiguar a la Oficina de Control si contiene algún aviso que le afecta.
C) Los empleados a quienes les corresponde recibir el Boletín de Servicio y no les fuera entregado a su debido tiempo, deberán reclamarlo en seguida a su superior inmediato y pedirle, si fuera necesario, que le adelante cualquier disposición que les afecte.
Art. 10 Vestuario del personal
R.I.T.O.
a) El personal que, por la índole de sus funciones, tenga que estar en contacto con el público, deberá vestir correctamente, cuidando su estética y aseo personal. b) Todo empleado a quien se provea de uniforme o distintivo, queda obligado a usarlo mientras esté en servicio. c) Queda prohibido hacer arreglos que desfiguren la hechura original de los mismos o vestir con parte del uniforme y otras prendas particulares. d) En caso de que por negligencia o mal uso, el empleado extraviase o averiase cualquier parte de dichas prendas, la Administración se reserva el derecho de exigir que la reponga de su peculio. e) A menos que haya arreglos especiales en otro sentido, el empleado que pase a ocupar un puesto donde no corresponda el uso de uniforme o distintivo o de cualquier otra prenda que se le hubiese entregado, deberá devolver el último que haya recibido de cada clase.
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Sistema de bloqueo - R.I.T.O. INSTRUCCIONES GENERALES SOBRE EL BLOQUEO Art.27º.-Finalidad del sistema de bloqueo a) El sistema de bloqueo tiene por objeto controlar y asegurar la libre circulación de los trenes, de estación a estación, evitando la circulación simultánea de trenes en dirección opuesta dentro de una misma sección de vía (sección de bloqueo). Para tal fin se usan los aparatos electromecánicos denominados “de bloqueo” y el telégrafo. Excepcionalmente, en las circunstancias que se explican en este Reglamento, se podrá usar también el teléfono.
sí mismas las secciones de vía, eximiéndose por lo tanto del uso de los aparatos mencionados en el inciso a). Art. 28º.-Estación de bloqueo Es la estación, cabina o puesto de señales que gobierna la circulación de los trenes, en las secciones respectivas, por medio de los aparatos de bloqueo o del telégrafo. Art. 29º.-Límites de estación de bloqueo
b) La base del sistema de bloqueo parte del supuesto de que, normalmente, las vías principales, o generales, están ocupadas u obstruidas y, por lo tanto, antes de permitir que los trenes circulen por ellas es indispensable adoptar determinadas medidas, las cuales se establecen en este Reglamento, para tener la seguridad de que la operación puede realizarse sin ningún sin riesgo alguno.
a) En vía sencilla son las vías comprendidas dentro de las señales de entrada o entrada exterior, si la hubiere. Donde no haya señales de entrada, comprende a las vías entre el primer cambio de entrada de cada lado. b) En vía doble los límites de estación de bloqueo son las vías comprendidas entre las señales de entrada o entrada exterior y las de salida o salida avanzada.
c) El sistema de bloqueo puede ser absoluto o permisible; en el primer caso prohíbe que circule más de un tren en una misma sección de bloqueo y en el segundo permite que circulen en una misma dirección dos trenes y hasta un tercer tren que podrá despacharse cuando haya librado la sección de bloqueo el primero, en los casos y bajo las condiciones especiales que se determinen en el Apéndice, salvo lo previsto en el Título XVI.
Art. 30º.-Sección de bloqueo
d) 1. La aplicación del sistema de bloqueo a la circulación de los trenes se complementa con el uso de señales, sean fijas o de mano. 2. Donde existe señalización automática o semiautomática, la circulación de los trenes se rige por las señales fijas, las que controlan por
a) Es el trecho de vía principal entre los límites de dos estaciones de bloqueo contiguas. b) A los efectos de la circulación de los trenes, en aquellas partes de la vía dotadas de señalización automática o semiautomática, se consideran como sección de bloqueo los tramos determinados por las respectivas señales. Art. 31º.-Personal autorizado para intervenir en el pedido y concesión de Vía-libres a) El jefe de estación, auxiliar, ayudante de estación o señalero son las únicas personas facultadas para intervenir en el pedido y concesión de las Vía-libres y la transmisión de los demás Boletín de servicio - 3
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signos relacionados con la marcha de los trenes. b) En las cabinas de señales donde trabaje más de un señalero a la vez, el encargado del servicio o el que él designe es quien deberá manejar los aparatos de bloqueo. c) Donde no haya señalero designado para tal efecto, el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) corresponderá al jefe de estación, y cuando su atención sea requerida por otras obligaciones podrá designar a un auxiliar o ayudante de estación para la atención de los aparatos. d) Cuando intervenga personal autorizado para practicar en el pedido y concesión de Vía-libres, deberá hacerlo bajo la vigilancia y responsabilidad del empleado a cargo de los aparatos.
esta obligación a cargo de otro empleado autorizado, deberá previamente llenar los requisitos que establece el artículo 33. Art. 33º.-Cambio de turno del jefe o señalero
Art. 32º.- Prohibición de intervenir más de un empleado a la vez en el pedido y concesión de Vía-libres a) No deberá intervenir más de un empleado en cada turno para el pedido y concesión de Vía-libres, debiendo el mismo empleado confeccionar la orden de partida y cualquier otra orden que haya que dar al conductor del tren. b) Si por razones de servicio, tuviera que dejar
a) Al ser relevado el empleado que atiende el pedido y concesión de Vía-libres deberá poner al corriente de las novedades al que lo releva, informándole de la marcha de los trenes, estado de las secciones de bloqueo y ocupación de las vías de corrida, etc., dejando constancia de ello en el libro de novedades. b) El que toma servicio deberá verificar las manifestaciones del empleado saliente.
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Art. 34º.-Confección y firma de los telegramas sobre Vía-libres. a) Todos los telegramas sobre pedido, concesión o denegación de Vía-libres, etc., y de salida y llegada de trenes deberán ser confeccionados y firmados con tinta por el jefe o señalero, no debiendo contener raspaduras o enmiendas. b) Se utilizará una hoja de la fórmula “Pedido y concesión de Vía-libre telegráfica” para cada tren, debiendo la misma ser llenada en el acto de pedir o conceder la autorización para despacharlo. c) Queda prohibido hacer rectificaciones en las Vía-libres o avisos de salida o llegada de trenes ya transmitidos; producidos el error, debe subsanarse anulando el despacho y formulando uno correcto. d) Esta fórmula, en la que respetará el orden numérico, debe ser legajada mensualmente con un rótulo indicador del mes y año a que corresponda. Si por requerimiento de la Superioridad se desglosara alguna de ellas, debe dejarse una copia en su reemplazo, indicando el expediente y fecha con que fue pedida. e) Al dorso de esta fórmula va una impresión similar, pero en tinta roja, para “Tren viniendo”.
NOTA: Si al transmitir cualquiera de estos despachos no se recibiera la contestación correcta del código utilizado, deberán hacerse las aclaraciones correspondientes para que no haya malos entendidos. En el texto sólo se tramitará el código y las palabras o números manuscritos. Sigue en el próximo Boletín de Servicio--------------------> Boletín de servicio - 5
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Vía
1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 4 4 4 4 4 4 4 4 1-2-3y4 DesvioPlaya Cruce 4a2 Cruce 2a4 Cruce 4a2 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 1y2 1
Ramal
PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY PC-TY TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-AK TY-ZZ
1,700 4,150 4,850 5,750 7,680 8,500 12,030 13,030 16,130 11,720 10,000 8,500 7,730 7,310 5,600 4,740 4,040 3,950 1,700 4,150 4,500 4,580 4,850 5,750 7,610 7,690 12,030 17,560 16,130 10,150 7,680 7,310 5,600 4,740 3,950 1,430 16,130 7,355 16,158 17,724 17,877 18,230 28,950 29,100 30,069 39,100 40,000 39,250 36,150 36,050 30,069 32,178 40,953 18,230
Desde
3,950 4,740 5,600 7,310 8,500 10,150 13,030 16,130 12,030 10,000 8,500 7,730 7,650 5,750 4,850 4,150 3,950 1,700 3,950 4,740 4,580 4,740 5,600 7,310 7,690 10,150 16,130 17,860 12,030 7,680 7,570 5,750 4,850 4,150 1,700 1,350 18,230 7,130 16,000 17,557 17,557 28,950 29,100 30,069 32,700 40,000 39,250 36,150 36,050 30,069 18,230 32,278 41,053 20,948
Kilómetros Hasta vía afect.
Longitud
2250 590 750 1560 820 1650 1000 3100 4100 1720 1500 770 80 1560 750 590 90 2250 2250 590 80 160 750 1560 80 2460 4100 300 4100 2470 110 1560 750 590 2250 80 2100 225 158 167 320 10720 150 969 2631 900 750 3100 100 5981 11839 100 100 2718
Entre Estación
PC-ALL ALL-GL ALL-GL ALL-LS GL-LS GL-RE RE-BF BF-TY TY-RE BF-LS RE-LS LS-GL LS-GL LS-ALL GL-ALL GL-ALL GL-ALL ALL-PC PC-ALL ALL-GL ALL-GL ALL-GL ALL-GL ALL-LS GL-LS GL-RE RE-TY TY-UD TY-RE RE-GL LS-GL GL-PC GL-ALL GL-ALL ALL-PC HY-PC ZA-AD-UD GL-LS TY-ZA AD-TY UD-TY TY-GW CHP-GW GW-GA GW-AK GA-AK VS-AK AK-GW AK-GW AK-GW GA-GW GW-GA AK-VS TY-LLV
60 80 60 60 60 80 80 60 60 60 80 60 30 60 60 80 30 60 60 60 30 60 60 60 30 80 80 30 80 80 30 60 60 60 60 30 30 20 12 12 12 80 12 80 40 40 40 40 12 40 80 12 12 80
Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trab.mantenimiento en ADV Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Trabajos en ADV-3er levante Veloc.en vías Desviadas Salida y entrada playa Desmej. Veloc.en vías Desviadas Veloc.en vías Desviadas Veloc.en vías Desviadas Desmejoramiento de Vía Renovación de ADV Desmejoramiento de Vía Vía en Renovación Vía Deteriorada Desmejoramiento de Vía Vía Deteriorada Construcción de Alcantarilla Vía Deteriorada Desmejoramiento de Vía Defic.EstadoVías-PAN Eva Perón PAN Madero/Bares s/Cortatrafico Estabilización de vía
Velocidad Causas Anterior Hasta
Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. 60 Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. Vble. 60 60 60 60 60 60 Vble. Vble. Vble. Vble. 12 60 20 60 30 30 60 80 60 70 12 70 30 40 30 60 40 70 60
H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A.
Fechas Establecida Normal
15/03/2002 08/09/2011 15/03/2002 15/03/2002 15/03/2002 31/08/2009 31/01/2011 01/09/2010 15/03/2002 15/03/2002 02/03/2010 15/03/2002 10/04/2011 15/03/2002 15/03/2002 08/09/2011 07/08/2011 15/03/2002 02/10/2006 02/10/2006 17/07/2011 02/10/2006 02/10/2006 02/10/2006 27/03/2011 22/06/2009 22/06/2009 10/05/2011 22/06/2009 22/06/2009 25/03/2011 02/10/2006 02/10/2006 02/10/2006 02/10/2006 03/06/2011 15/03/2002 05/08/2004 05/08/2004 17/03/2005 01/04/2005 31/05/2011 21/11/2011 31/05/2011 23/07/2007 03/12/2009 20/12/2011 29/07/2008 19/12/2011 29/07/2008 01/12/2010 22/07/2011 22/12/2005 28/04/2011
Precauciones
Distrito Vía Temperley // Distrito Vía Quilmes
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TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-ZZ TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO TY-HDO EmpTY-EmpJM ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ZZ-CÑ ALL-LP ALL-LP ALL-LP ALL-LP TY-BQ TY-BQ TY-BQ TY-BQ TY-BQ BQ-VE BQ-VE BQ-VE BQ-VE BQ-VE BQ-VE BQ-VE BZ-BQ
1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 Enlace Enlace 1 1 2 2 1y2 1y2 1y2 1y2 Víaunica Víaunica 1 1 2 2 2 1y2 1y2 1y2 1y2 1y2 1y2 1y2 Enlace1a2 A/D A D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D A/D
20,948 23,700 26,300 28,900 32,871 32,030 30,450 29,200 28,900 28,350 25,200 23,700 20,948 32,661 32,736 33,868 (26,780) 34,398 (26,250) 41,858 (18,790) 34,398 (26,250) 36,961 (23,687) 27,848 (32,800) 26,391 (34,257) 21,662 (38,886) 17,801 43,298 39,600 60,362 60,362 40,250 39,828 44,849 45,467 53,734 55,629 60,759 62,150 64,469 63,900 40 47,750 47,75 48,250 19,800 25,700 25,750 32,827 32,877 37,580 40,740 40,790 46,230 46,280 47,260 47,310 25,750
2752 1500 2600 3971 841 1580 1250 300 550 2050 1500 2752 2718 530 7460 7460 530 100 100 100 100 100 100 650 100 100 650 100 100 100 100 100 100 100 100 7750 500 500 4000 5900 50 7077 50 1123 3160 50 5440 50 980 50 190 1950
23,700 25,200 28,900 32,871 32,030 30,450 29,200 28,900 28,350 26,300 23,700 20,948 18,230 34,398 (26,250) 41,858 (18,790) 34,398 (26,250) 33,868 (26,780) 37,061 (23,587) 27,948 (32,700) 26,491 (34,157) 21,762 (38,986) 17,901 43,398 40,250 60,462 60,462 39,600 39,728 44,949 45,567 53,834 55,729 60,859 62,250 64,569 47,750 48,250 48,25 52,250 25,700 25,750 32,827 32,877 34,000 40,740 40,790 46,230 46,280 47,260 47,310 47,500 27,700
LG-MG LG-MG MG-EJ MG-ZZ UF-ZZ ZZ-EJ ZZ-EJ ZZ-EJ EJ-LG EJ-LG EJ-LG LG-UD LLV-TY ZZ-UF ZZ-UF AE-TB TB-SJ HDO-IB TB-AE TB-SJ K34-K33 JX-K34 SC-JX HE-TY HE-JM TZ-CS DL-CÑ DL-CÑ CS-TZ TZ-CS MX-VC MX-VC KN-DL KN-DL DL-CÑ DL-CÑ CÑ-UA-NR CÑ-UA-NR VE-BLL RI-OA RI-OA RI-OA JM-CY CY-IA CY-BQ EZ-BQ EZ-BQ JG-VCH JG-VCH JG-VE VCH-VE VCH-VE VCH-VE VCH-VE VÑ-RH
60 60 Vble. Vble. Vble. 60 Vble. 60 Vble. 60 60 60 60 30 30 40 50 50 40 60 30 40 40 40 40 100 80 80 12 100 80 100 100 100 80 80 80 30 80 80 80 80 90 90 90 90 90 30 30 30 30 30 30 30 40
60 80 80 60 60 80 60 80 60 80 80 60 80 12 12 50 40 40 50 12 12 12 12 12 12 12 30 12 100 12 12 12 12 12 12 12 12 12 60 30 12 60 60 12 60 12 60 20 12 20 12 20 12 20 30
Estabilización de vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Desmejoramiento de Vía Estabilización de vía Estabilización de vía Det.enla.Cambio47DesvíoOaVíaDesc. Det.enla.Cambio49VíaDesc.aVíaAsc. Desmejoramiento de vía Desmejoramiento de vía Desmejoramiento de vía Desmejoramiento de vía PAN Curva (Pcias. Unidas) PAN Av. J.M.deRosas-S/personal corta. PAN Av.Gral.Quiroga-S/personal corta. PAN Av.Circunvalacion-S/personal corta. PaN V.López-S/personal corta. PAN Warnes-S/personal corta. Cons.NuevosEnla.PlantaDonPedro Defic.EstadoVía (PAN R 3/205) Defic.EstadoVía (PAN R 3/205) Final.NuevosEnla.PlantaDonPedro PAN Partic.Rowe-PortonesAbiertos PAN Sarmiento-S/personal corta. PAN Alberdi-S/personal corta. PAN Acc.Smata-S/personal corta. PAN Urruty-S/personal corta. PAN San Juan-S/personal corta. PAN Condarco-S/personal corta. PAN peligroso(Juarez)1ºdeMayo Defic.EstadoEnla.Cambio15/16 Desmej.EstadoVía Desmej.EstadoVía. TerraplénInest.Desmej.EstadoVía Desmej.EstadoVía Desmej.EstadoVía PAN ClandestinoLosPinos Desmej.EstadoVía PaN Av.Bosques Peligroso Desmej.EstadoVía Desmej.EstadoVía PAN Cno.Gral.BelgranoPeligroso(km40,767) Desmej.EstadoVía PAN S/ barreras Con.Sta.Rosa(Km46,256) Desmej.EstadoVía PAN S/Barrera Calle 46 (Km.47,280) Desmej.EstadoVía Desmej.EstadoVía
02/12/2009 30/07/2009 30/07/2011 varias varias 31/10/2011 varias 30/09/2011 varias 30/12/2011 30/03/2010 05/01/2010 28/04/2011 16/06/2007 16/07/2007 05/11/2007 01/07/2009 05/11/2009 01/07/2009 26/06/1995 26/03/2008 26/03/2008 05/04/2008 08/04/2008 20/08/2010 19/07/2011 08/07/2005 25/09/2007 19/07/2011 08/08/2011 14/04/2008 09/04/2008 14/04/2008 09/04/2008 25/04/2008 29/04/2008 18/01/2001 20/06/2007 27/02/2009 29/10/2008 05/04/2006 29/10/2008 17/05/2004 25/02/2005 17/05/2004 20/11/2010 17/05/2004 02/10/2002 30/01/1995 02/10/2002 20/02/2002 02/10/2002 23/10/1996 02/10/2002 31/03/2001
H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A H.N.A H.N.A H.N.A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N:A H.N.A H.N.A H.N.A H.N.A H.N.A H.N.A H.N:A H.N.A H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A. H.N.A.
PROCEDIMIENTO PARA ACCIDENTES DE TRABAJO El Supervisor dará aviso de lo ocurrido en forma inmediata al Servicio Medico Al comunicarse deberá aportar los siguientes datos:
• Apellido, Nombre y Número de Legajo del accidentado, DNI., Domicilio, Fecha de Nacimiento, Edad, Obra Social. • Lugar donde se encuentra. • Hora que ocurrió el accidente. • Que tipo de tareas estaba realizando y en que lugar estaba en ese momento. • Jornada Laboral que cumplía ese día. • Antes de finalizar su jornada de trabajo confeccionará el Informe de Accidente de Trabajo que luego deberá enviar a su Jefatura y el Formulario para Atención Médica que remitirá al Servicio Médico. Fuera del horario de atención del mismo, el supervisor tomará el pedido y lo comunicará a la ART. Informando a primera hora del día siguiente la novedad al Servicio Médico.
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PROCEDIMIENTO PARA ACCIDENTE IN ITINERE SERA CONSIDERADO DENTRO DEL TRAYECTO QUE REALIZA HABITUALMENTE PARA CONCURRIR AL TRABAJO O PARA REGRESAR A SU DOMICILIO El empleado deberá comunicarse con su supervisor ante cualquier accidente in itinere, siendo este el encargado de comunicarse con el Servicio Médico o la ART, según corresponda. Se procederá a dar aviso a Servicio Médico de igual forma que en el caso anterior.
Al comunicarse deberá aportar los siguientes datos:
• Apellido, Nombre y Número de Legajo del Accidentado. • Lugar donde se encuentra (puede estar en su domicilio, en un hospital, etc.). • Hora aproximada en que ocurrió el hecho y en que lugar. Este dato es imprescindible dado que la ART posteriormente investiga si el empleado estaba en la ruta que realiza habitualmente para dirigirse a su lugar de trabajo. • Jornada Laboral que cumplía ese día. • Una vez denunciado el hecho a la ART, el accidentado será trasladado o irá por sus medios a un Centro Médico asignado para su atención y tratamiento.
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¿QUE HACER EN CASO DE AUSENCIA POR ENFERMEDAD?
INSTRUCCIONES PARA EL PERSONAL Si usted está enfermo en su domicilio y no se encuentra en condiciones de trasladarse, debe avisar a su supervisor, para el envío de Control Médico Domiciliario.
¿Qué pasa cuando el médico va a su domicilio?
Si puede trasladarse, debe avisar a su supervisor y concurrir al consultorio del Servicio Médico de la empresa. •Plaza Constitución Hornos 11 Piso 3 – CABA Es importante que el aviso se realice antes de su horario de trabajo o como máximo hasta dos horas después de su horario de ingreso, para poder planificar el normal funcionamiento de su área laboral.
Atención durante el horario de Trabajo Si mientras está trabajando se siente enfermo, su supervisor, le entregará un formulario de atención para ir al Servicio Médico de la empresa. Si es atendido en su lugar de trabajo por el servicio de ambulancias de área protegida y el médico le indica retirarse, quedarán justificadas solamente las horas restantes de su jornada laboral. Al día siguiente en caso de continuar enfermo debe informar a su área para que esta de aviso al servicio médico.
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CERTIFICADOS MÉDICOS Todo certificado médico hecho por profesionales particulares, de obras sociales, hospitales u otros, deberá ser evaluado por el Servicio Médico de la empresa para justificar la ausencia.
Modelo básico y común de certificado médico, variará según el lugar de la emisión, pero se ejemplifican los datos que no pueden faltar ni obviar. Boletín de servicio - 11
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Atención en consultorio: Es imprescindible presentar el Formulario de Atención, firmado por el supervisor. En caso de no poder retirar el formulario de atención deberá dar aviso a su supervisor quien se comunicara con el servicio medico para informar la novedad. Turnos para atenciones programadas: Para control, exámenes complementarios, realización de FKT, etc., a realizarse en: (Obras Sociales, Hospitales, Médicos particulares, etc.) Deben hacerse fuera del horario de trabajo o Cambiar de turno. Si no es posible, deberá pasar previamente por el Servicio Médico de la empresa, fuera de su horario laboral, para que el médico conozca el tratamiento o consulta a realizar y registre la fecha y hora de la misma. Luego de la consulta el empleado llevará al Servicio Médico fuera de su horario de trabajo el certificado con el Formulario de Atención, donde consten las horas utilizadas para la consulta. En caso de ausencias por Accidente de Trabajo El empleado deberá estar en contacto permanente con el servicio medico, concurriendo al consultorio de la empresa o por vía telefónica. Esto es imprescindible para garantizarle la mejor calidad de atención por parte de la ART.
Una vez ob bteenida el allta por la AR RT y antes de tom mar seervicio, deebee concurrirr con el com-probante correspondiiente te para que servicio o médicco le de el alta a deefinitiva y assí pueda retomar su us tareas.
Equipo - Agradecimientos Coordinación general y diseño: DCV Leonardo Giuliodoro (lgiuliodoro@ugoferoca.com.ar)
Colaboración permanente: Héctor Hourcade // Pablo García // Rúben Rodríguez // Daniel Carpel // Ricardo Amodio // Mauricio Tolosa // Claudio Iacono // Néstor Fernández // Pablo Moriconi // Nicolás Deluqui // Martín Fretes // Fabio Jiménez // Eduardo Cisneros // Ricardo Smith
Colaboración especial: Eduardo Ferreyra //
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