REGLAS DE OPERACIÓN 1.1 PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES 1.1.2 Objetivo General Mejorar la situación de protección social de la población adulta mayor indígena o afromexicana de 65 años o más y población adulta mayor de 68 años o más, a través de apoyos económicos.
1.1.3 Objetivo Específico Otorgar apoyos económicos a la población adulta mayor indígena o afromexicana de 65 años o más de edad, y a la población adulta mayor de 68 años o más de edad mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana.
1.1.4 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Personas adultas mayores indígenas o afromexicanas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana y en los municipios o localidades Catalogados como indígenas o afromexicanos. Personas adultas mayores de 68 años o más de edad, mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana.
• Tener 65 años o más de edad. • Residir en la República Mexicana. • Domicilio en los municipios o localidades catalogados como indígenas o afromexicanos.
• Tener 68 años o más de edad. • Residir en la República Mexicana.
Las personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Personas Derechohabientes del Programa Pensión para Adultos Mayores.
1.1.5 Requisitos de Acceso Personas Adultas Mayores Indígenas o Afromexicanas de 65 años o más de
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