Cuentas anuales 2020

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3.- BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES. 1.

Imagen fiel:

Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables del Consorcio, y se presentan de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública, aprobado en la Orden EHA/1037/2010, de 13 abril, y demás disposiciones legales vigentes en materia contable, con objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la Entidad, sin que para ello haya sido necesario dejar de aplicar ninguna disposición legal en materia contable. Las cuentas anuales del Consorcio se han confeccionado siguiendo los principios contables establecidos en el Modelo Simplificado de Contabilidad Local, aprobado por Orden EHA/1782/2013, de 20 de septiembre. Estos principios de contabilidad generalmente aceptados y aplicados por el Consorcio son los de gestión continuada, devengo, uniformidad, prudencia, no compensación e importancia relativa. También le son de aplicación los principios contables de carácter presupuestarios recogidos en la normativa presupuestaria aplicable, en concreto: el principio de importancia presupuestaria, principio de desafectación. No existe ningún principio contable o norma de valoración de carácter obligatorio que, teniendo un efecto significativo en las Cuentas Anuales, se haya dejado de aplicar en su elaboración. Estructura de su organización contable: La estructura del Presupuesto del Consorcio se ajusta a lo establecido en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo, agrupadas por Capítulos, separando las operaciones corrientes, de capital y financieras. Los capítulos a su vez se desglosarán en artículos, conceptos, subconceptos y partidas; y con la particularidad de que se establece contablemente la misma clasificación orgánica y funcional que se establece en la clasificación del Proyecto del Presupuesto General de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019. Todas las actuaciones sobre el presupuesto que conlleven una modificación de sus créditos iniciales, se regirán por lo dispuesto en el Capítulo IV, Sección II, de las modificaciones de crédito; de la Ley 5/2007 de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura. La elaboración de cuentas anuales 2018 del Consorcio se presentan según la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local (Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre), al tener un presupuesto superior a 300.000 € pero inferior a 3 millones de € (regulado en los artículos 200 a 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales). La razón de esta presentación, aunque el Consorcio queda adscrito a la Junta de Extremadura es la imposibilidad de disponer en estos momentos de la aplicación informática contable que utiliza la Junta de Extremadura (SICAEX), por lo que se ha optado por utilizar la aplicación informática de contabilidad para entidades locales SICALWIN, ofrecida por la Diputación Provincial de Badajoz, entidad consorciada.

4.- NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACION a) Inmovilizado Intangible. No existen elementos de inmovilizado intangible en este ejercicio ni en el anterior. b) Inmovilizado Material, bienes destinados al uso general y patrimonio público del suelo. Los bienes comprendidos en este apartado se encuentran valorados a su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción, e incluye los gastos necesarios para su puesta en marcha. Asimismo, forma parte del coste de los bienes la estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento o

Fdo. Nuria Flores Redondo Presidenta Consejo Rector

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