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Disciplina
G. La política de disciplina también se aplicará a la conducta fuera de la escuela de un estudiante si el Distrito cree que la naturaleza de dicha conducta indica que el estudiante representa una amenaza para la salud, la seguridad o el bienestar de otros estudiantes. Tal conducta fuera de la escuela incluirá, pero no se limita a, la venta, transferencia o posesión de drogas que constituirían un delito punible por ley. H. Los estudiantes expulsados de la escuela deben solicitar la readmisión a la Junta de Educación del distrito. Se debe proporcionar evidencia de haber recibido servicios relacionados apropiados pertinentes a la ofensa de expulsión. I. Se nombrará un Comité Asesor de Abuso de Sustancias del Distrito que incluirá maestros, padres, enfermeras escolares y líderes comunitarios.
El asesor estudiantil/designado principal es responsable de hacer cumplir la política de disciplina de una manera consistente, justa y firme. La administración se reserva el derecho de tratar cada caso de forma individual, teniendo en cuenta el expediente escolar general del estudiante, la autorremisión y otras circunstancias atenuantes.
IV. LA SIGUIENTE POLÍTICA DE DISCIPLINA SE APLICARÁ PARA LAS
INFRACCIONES DE LAS POLÍTICAS DE DROGAS Y ALCOHOL DEL ESTADO Y
DEL DISTRITO:
A. USO/DEFECTO
Posesión, consumo de alcohol o una droga, píldora o sustancia que afecta la capacidad, el comportamiento, las funciones y las acciones de un individuo.
PRIMERA VIOLACIÓN VIOLACIONES SUBSECUENTES
Requerido: • Contacto con los padres • Suspensión de 1 a 10 días • *Participación en un programa de drogas y alcohol (responsabilidad de los padres/tutores) • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley Requerido: • Referencia al Programa Alternativo • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley Opcional: • Referencia a una agencia externa • Expulsión
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B. POSESIÓN/USO PERSONAL
Posesión de alcohol, una droga, una sustancia parecida a una droga y/o una sustancia parecida, en una cantidad típica para uso personal y/o parafernalia de drogas.
PRIMERA VIOLACIÓN VIOLACIONES SUBSECUENTES
Requerido: • Contacto con los padres • Suspensión de 5 a 10 días • *Participación en un programa de drogas y alcohol (responsabilidad de los padres/tutores) • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley Opcional: • Expulsión • Referencia al Programa Alternativo Requerido: • Expulsión • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley Opcional: • Referencia a una agencia externa • Expulsión
C. DISTRIBUCIÓN
Posesión de una cantidad de alcohol, una droga, una sustancia parecida y/o parafernalia de drogas en una cantidad que exceda la cantidad típica para uso personal y/o distribución de las sustancias o parafernalia mencionadas anteriormente.
PRIMERA VIOLACIÓN VIOLACIONES SUBSECUENTES
Requerido: • Contacto con los padres • Suspensión de 10 días • *Participación en un programa de drogas y alcohol (responsabilidad de los padres/tutores) • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley Opcional: • Referencia al Programa Alternativo • Expulsión Requerido: • Suspensión de 10 días • Expulsión • Remisión a la Agencia de Policía y/o Agencia Estatal si así lo requiere la ley
*Será responsabilidad de los padres/tutores inscribir a su hijo en un programa de tratamiento de drogas y proporcionar al distrito una verificación de que el programa se ha completado con éxito.
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