12 minute read

de Enero en la Isla de León

Vicios legales de la regencia deducidos del acta de su instalación el 29 de Enero en la Isla de León.

La búsqueda de una salida sobre la crisis económica, política, militar y la más importantes la seguridad pública, obliga a los venezolanos a clamar por sus bienestar y felicidad, pero el bloqueo impuesto por la Regencia de Cádiz, obligan a Suprema Junta de Caracas, a tomar decisiones a favor de su estabilidad183 la cual yace bajo el poderío militar francés que en estos momentos somete al pueblo español y mantiene en cautiverio a los reyes de España.

Advertisement

En contraste con lo antes mencionado, la Regencia española, proviene de una Junta Central, la cual fue reconocida en primera instancia por las provincias unidas de Venezuela, sin embargo, al evolucionar a Regencia, muestra trazas de vicios que Caracas no acepta y por ende no reconoce, de allí nace el conflicto, aunado a la falta de gobernanza e incapacidad para resolver los asuntos provincianos de ultramar como la seguridad pública de aquellos pobladores vasallos del rey español, que estaban siendo atormentados por el gobernador saliente quien no mostro interés en proteger a sus compatriotas.

Cabe destacar que, el colapso de la monarquía española, convirtió a las provincias en polígono de tiro de las sátrapas que estaban limitados por el monarca y ahora sin rey, se erigieron como monarcas con toda la autoridad sin límites, y amparados por el usurpador francés, sentían que poseían patente de corso para someter a quien estuviera en contra de sus propósitos oscuros, es así, como los Caraqueños dieron un paso firme y determinado hacia su seguridad184 que tanto aclamaban, es el perfecto pretexto para solicitar la ayuda al Rey George III y las decisiones que han tomado fueron legítimas y en el marco de las leyes naturales y legales que se apegan a su legislación interna.

183 “Centrados en el funcionamiento y en el cambio de las sociedades humanas, el materialismo histórico representa el intento más ambicioso de formular una teoría integral de la historia, que contemple tanto a los diferentes elementos constitutivos y su articulación, como a los mecanismos mediante los cuales la sociedad modifica permanentemente su fisonomía y estructura, dando lugar a una sucesión temporal de formas diversas de organización social” . (p. 84) Santana J. (2005). Paradigmas históricos contemporáneos. Fundación Baría, Barquisimeto-Venezuela.

184 “A poco tiempo de su instalación tuvo la España motivos a temer que se fracturasen sus esperanzas, y la América razones para proveer que el sacrificio que hiso de su libertad y los riesgos a que expuso su seguridad interior no le prometían las mejores políticas a que se había hecho acreedora su felicidad.” (p.248) Gazeta, 29 de Junio de 1810. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem.

Dicho lo anterior, es preciso decir, que la Suprema Junta, manejaba cierta información de rigor sobre la invasión napoleónica a las Américas, de manera que es fundamental establecer la seguridad pública e internacional en el mar y en el territorio, para evitar la intromisión de sujetos provenientes de España 185 con fines malévolos y perturbadores enviados por el usurpador francés para tratar de crear un clima de caos social en los pobladores y de esta manera, facilitar la toma de las provincias, es por ello, que es fundamental la conformación el Alto Tribunal de Policía, con el objeto de garantizar la Seguridad Pública, que proteja y genere un clima de sosiego en los habitantes de Venezuela.

Una constante bruma perturbadora, se apodera de las mentes y corazones de los Caraqueños Juntistas, quienes informados de las noticias que venias del viejo continente, tomaban las previsiones necesarias para contrarrestar a los espías y agentes del gobierno usurpador francés, quienes prometían el derramamiento de sangre186 a quienes servían de obstáculos a sus propósitos, todo ello, hizo que la seguridad Pública se convirtiera en una prioridad para la Suprema Junta y sus habitantes.

Las terribles noticias que se ciernes sobre Caracas y sus pobladores, hacen que las decisiones que se tomen, sean una prioridad y estas deben estar orientadas a la Seguridad Pública187, por otro lado, la comunidad disgregada y temerosa se prioriza a tomar acciones

185 “Muchos Españoles indigno de este nombre son los principales agentes de esta empresa usurpadora; y para favorecer con mayor artificio las combinaciones de tan criminal proyecto se valen del augusto nombre del Monarca que reconoció Carcas primero que ningún otro país de América, desde el quince de Julio de mil ochocientos ocho y fingiendo fidelidad y amor a su real persona, y aborrecimiento al mismo al mismo gobierno francés, procura ganar vuestra confianza, y entreteneros con noticias falsas, para sorprehenderos (sic) con el yugo napoleónico cundo menos lo penséis”. ( p221) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem. 186 “Bien habéis leído en la carta del Español de Cádiz inserta en la Gaceta del nueve de octubre que si una verdadera revolución no cortaba trescientas cabezas de españoles franceses, que han manejado y manejan los negocios públicos, estábamos perdidos: que era una recomendación hacer fortuna haber jurado, servido ó (sic) vivido con los satélites del Rey intruso y un desmerito ser patriota: que José de Napoleón gobernaba el Gabinete Sevillano, y así cuanto de el (sic) salía llevaba el sello de sus ideas”. (p. 221 y 222) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem 187 “En el periódico de Santa Fé (sic) titulado la constitución feliz, se dice que la Regencia es obra de los Bonapartes; (sic) pero obra sumamente ingeniosa: el Gobierno tendría otras grandes verdades que revelaros; pero dexa (sic) á la mano del tiempo el cuidado de correr el velo que la oculta. Entre tanto si las armas pérfidas que dirigen la rabia del Tirano no se cansan de propagar sus máximas incendiarias la espada de la Justicia inmolará indistintamente á la seguridad pública todos los que se conspiren contra la libertad de

contundentes y evitar el suicido Anómico como lo menciona Durkheim, en este sentido la sociedad venezolana del siglo decimonónico, no quiere sucumbir ante el suicidio Anómico 188 producto de la falta de integración social que buscan los franceses en el territorio Americano.

A la sazón el ilustre Juan Germán Roscio189 hablaba sobre la soberanía planteando que cada quien de forma colectiva e individual está dotado de esta facultad o poder, lo único que le queda es practicarlo, los venezolanos de otrora -1810- mantenían este tipo de pensamientos, es por ello, que surge la Suprema Junta de Caracas, como un mecanismo de acción de poder soberano, orientada en un gobierno nacional cuyo único propósito es garantizar la Seguridad Pública y común del país, a través, de esa soberanía que plantea el ortiseño, lo cual deja una clara visión de lo que tenían en mente aquellos Proto-libertadores de Venezuela.

Usando esa soberanía, y considerando las amenazas provenientes del gobierno usurpador de la Regencia española dominada por los franceses, los venezolanos que ya estaban bien informados de los posibles ataques de sus nuevos enemigos, optan por asegurar sus predios, con nuevas organizaciones institucionales, aunado a la iglesia católica instalada en el país, y de esta manera evitar caos sociales y divergencias sociales, lo cual podría fracturar a la nueva Junta creada con la intención de reconstruir al Estado, pero sin la injerencia de España, aun cuando se reconoce al rey como único soberano.

Los dirigentes del nuevo gobierno Juntista, están claros de la situación de peligro que corren todos los venezolanos, debido a las posibles infiltraciones de sujetos provenientes de España, que traen ideas subrepticias cuyo propósito busca la desestabilización190 del país,

Venezuela, y contra los derechos del Soberano que se ha reconocido”. (p. 222) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem 188 “El suicidio Anómico se debe a la quiebra del orden colectivo cuando los individuos les falta apoyo de la conciencia colectiva primitiva y no se han integrado aun en la nueva solidaridad orgánica”. (p. 188) Implicaciones prácticas. Siete Teorías de la Sociedad (1999) Tom Campbell. Ibídem. 189 “SOBERANÍA ES EL resultado del poder y de la fuerza moral y física de los hombres congregados en sociedad: fuera de ella, cada uno es un pequeño soberano porque se halla dotado de facultades intelectuales corporales, esenciales constitutivos de la soberanía.” (p.27) Capítulo V Verdadera idea de la soberanía y se disuelven los elementos sociales. El triunfo de la libertad sobre el Despotismo. Roscio (2011) Primera reimpresión, Biblioteca Ayacucho. Caracas. Venezuela. 190 “Informada la Suprema Junta que por diferentes puntos intenta el perturbador general de Europa Napoleón Bonaparte enviar emisarios, cartas, papeles sediciosos, y espías á esta Provincias y que ha verificado ya el

de manera que, es necesario que la autoridades públicas estén alertas con sujetos extranjeros que arriben al país como espías del gobierno usurpador que intentan generar un clima de desasosiego en las mentes de los habitantes de Venezuela.

La situación en Venezuela, toma un rumbo más estricto en cuanto a la Seguridad Pública, se toman medidas que contemplan la pena de muerte si es necesaria para poder contrarrestar aquellos sujetos sediciosos que están del bando de Napoleón Bonaparte, quien no goza de logística suficiente para poder invadir las Américas, esta es la causa, motivos que impiden que los franceses se les dificulta para hacer una toma de todos los predios Españoles, sus intenciones son muy ambiciosas, pero no cuentas con la maquinaria de guerra necesaria para asumir el reto, lo cual se convierte en una ventaja para los venezolanos en tal situación.

En toda esta compleja situación, es lógico afirmar, que lo que sucede en el país, no se trata de un hecho de libertad, sino de Seguridad Pública, debido a todo el riego que corre la población de ser invadida por los franceses y de esta manera deje de ser una amenaza latente, es decir, la medidas tomadas por el nuevo gobierno buscan, evitar a toda costa que cartas, documentos y sujetos perturbadores que penetren la soberanía del país, puedan ser castigados con la muerte para corregir posibles infiltraciones de entes que desestabilicen la población.

Otro aspecto que es sustancial mencionar, es la incautación de bienes que estén involucrados en sediciones que afecten a la población venezolana, por ejemplo, algunos barcos que transporten a sujetos, materiales perturbadores o que tributen a Napoleón

embio (sic) de algunos con el depravado designio de introducir en ellos el desorden y la anarquía ya que no alcanzas sus fuerzas a Países tan remotos: y consultando también á S. A. que una partida de estos Emisarios casi todos Españoles se reúnen en Cádiz y Puerto-Rico desde donde con disfraces y disimulaciones, con cartas subversivas falaces noticias y promesas procuran penetrar furtivamente en estas Provincias, ha resuelto que ningún Español y extranjero de qualquiera (sic) clase ó (sic) nación que sea, y bajo ningún pretexto se permita desembarcar en ningunos de estos Puertos sin que presente los documentos auténticos, y pasaporte dado por las autoridades residentes en los puntos de su procedencia, y que acrediten de un modo indudables la legitimidad de sus personas, y el objeto de su viage (sic) que todas la autoridades militares y civiles de estas Provincias observen y hagan observar inviolablemente el exacto cumplimiento de esta determinación; y si por alguno de aquellos accidentes que no siempre se pueden precaber (sic) se verificase, como en efecto se ha verificado el desembarco ó (sic) introducción de alguna carta y papeles sediciosos, y aun de alguno de los espias ó (sic) Emisarios de Napoleón en estos países, ó de sus subalternos y sustitutos, se proceda desde luego que se aparesca (sic) su suficiente mérito a formarle breve y sumarialmente su causa, para imposición de la pena capital,…” (p. 222 y 223) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem

Bonaparte serán confiscados 191 por el nuevo gobierno, esta medida busca establecer controles para contrarrestar la intenciones que tiene la Regencia ubicada en España, y la cual está dominada por los franceses.

Dicho lo anterior, es menester sostener que las medidas coercitivas tomadas por el nuevo gobierno revolucionario de Caracas de 1810, aplica para los habitantes del país192 , que se presten para propagar documentos que se filtren en la población, dichos elementos serán castigados como sedicioso y en consecuencia la medida será la pena capital, es decir, perderán la vida, por su participación en este tipo de ataque a la población y al nuevo gobierno.

En toda esta pugna diplomática de seguridad internacional y la Seguridad Pública en Venezuela, se busca el desprestigio de la nación Británica193 que en los actuales momentos está apoyando a la Suprema Junta de Caracas, de manera que los francés quienes son enemigos de siglos de los anglosajones, están tratando de desprestigiarlos para que la población venezolana los desestime y se vuelquen en contra y de esta manera eliminar el escudo militar marítimo que tienen instalados los Británicos en el Mar Caribe y el océano atlántico, que evita la injerencia de fuerzas extranjeras que puedan perturbar al naciente gobierno popular caraqueño.

191 “…produciendo así mismo a la confiscación del cargamento y buques en dicho espía ó Emisaria hubiese sido conducido, debiéndose executar (sic) esto último con toda embarcación de cualquier nación que sea, por solo hecho de llevar abordo personas que no tengan los correspondientes permisos dados por las respectivas autoridades, aun cuando los sujetos fuesen naturales de dicho dominio”. (p.223) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem 192 “A la misma pena capital quedaran sujetos los que después de introducidas las cartas y papeles mentirosos y subversivos del actual gobierno de Venezuela, en lugar de quemarlos y exhibirlos al Magistrado, los comuniquen a otras personas, con un silencio criminal, y dexan (sic) de denunciar á los que se ocupan en fingirlos, esparcirlos, y promover su fabulosa noticias, con agravio notorio de la subordinación civil, de la verdad, y de la justicia”. (p.223) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem. 193 “Los que a pesar de la vigilancia de las autoridades constituidas se ha introducido en estas Provincias sabe el gobierno que alucinan a los incautos sembrando el temor y desconfianza en los corazones, con noticias apócrifas y funestas atribuyendo á la generosa Nación Británica designios hostiles contra Venezuela y fingiendo expediciones marítimas contra nuestras costas: cuando Inglaterra es tan protectora natural de nuestra causa, como es por constitución enemiga de la Francia y del despotismo: así los partidarios de la usurpación francesa son por sistema calumniadores de los principios francos y liberales de la Gran Bretaña, y llevan en su corazón el plan atroz de incorporar a la América en las depredaciones Napoleonicas (sic)” (p. 223) BANDO a los habitantes de Venezuela, Dispone se aplique la pena capital a los emisarios, espías y agentes de Napoleón Bonaparte. Documentos de la Suprema Junta. Tomo I. Ibídem.

This article is from: