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egún la sentencia C-336/08, este derecho es la consecuencia del respeto por la dignidad de la persona, ya que se encuentra como núcleo esencial para proteger el primer fundamento del Estado social de derecho (la libertad que permite el desarrollo personal y da origen a los derechos y libertades fundamentales del ser humano), en donde se involucra la propia imagen y la libertad sexual, entre otras manifestaciones de la personalidad. Este busca proteger la potestad del individuo para autodeterminarse y adoptar un modelo de vida acorde a sus intereses, convicciones, inclinaciones y deseos, siempre, que respete los derechos ajenos y el orden constitucional.

Por: Jorge Sierra García

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La Constitución Política de Colombia de 1991 en el artículo 16 promulga que: “Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico”.

El estado debe respetar la forma de vida de todos sus ciudadanos, sin excepción alguna, garantizar las condiciones para un libre desarrollo de acuerdo con los parámetros y preferencias del individuo; así como protegerlo de cualquier tipo de discriminación motivada por la manifestación de su personalidad.

Los aspectos que nos definen y forman nuestra personalidad como nuestros pensamientos, convicciones, sentimientos, actitudes hábitos, conductas y preferencias, dependen solo de nosotros, para nuestra realización como individuos. Solo nosotros podemos determinar y orientar nuestra vida, tenemos la autonomía para decidir y diseñar nuestro proyecto de vida de acuerdo con nuestra personalidad, sin embargo, cada uno de nosotros debe procurar el respeto por la diferencia, el cual es uno de los principios para construir una sociedad en paz, reconocer y aceptar que todos somos diferentes.

La Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 29 numeral 1 establece que: “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.”

Como ciudadanos tenemos el deber de ser defensores del libre desarrollo de la personalidad, no solo el estado deber garantizarlo, sino también nosotros somos responsables de escuchar y valorar los diferentes puntos de vista, aunque no los compartamos, siempre hay algo que aprender de los demás por diferentes que sea su estilo de vida y su forma de pensar o de ver el mundo.

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