Voz de Voces 9na

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9NA EDICIÓN / SAN JUAN, PUERTO RICO / COORDINADORA PAZ PARA LA MUJER

MUJER(ES) Y POLÍTICA PÚBLICA

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editorial CRÉDITOS

9NA EDICIÓN VOZ DE VOCES Junta Editorial Voz de Voces Sara Benítez Delgado Nahomi Galindo Malavé Migna L. Rivera García Personal Vilma González, Coordinadora General Liety Acevedo Adriana R. Alonso Iris V. Prado Leslie Quiñones Myrtha Robles Zayda Santos Fe I. Piñero Comité Coordinador Lcda. Josefina Pantojas Bairá Soto Linda Laras Linda R. Pérez María C. Pacheco Coordinadora Paz para la Mujer, Inc. Apartado 193008 San Juan, Puerto Rico 00919-3008 Tel. 787-281-7579 www.pazparalamujer.org Facebook: PazMujer

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Con mucho entusiasmo les presentamos la 9na edición del periódico Voz de Voces, publicación trimestral de la Coordinadora Paz para la Mujer en la cual abordamos la violencia de género desde diversas perspectivas. Para lograr este objetivo solicitamos la colaboración de expertxs dentro y fuera de la Isla, quienes responden con entusiasmo a la convocatoria. Además, este rotativo pretende ser un espacio para que nuestras Integrantes se promocionen e informen sobre situaciones que afectan a las organizaciones. El tema eje de esta 9na edición sobre políticas públicas que afectan a las mujeres fue seleccionado por la Junta Editorial previo al proceso eleccionario en el año 2012. Naturalmente, los debates que se suscitan en épocas de elecciones siempre incluyen a las mujeres y cómo nos vemos afectadas por las decisiones, plataformas de gobierno, y legislaciones aprobadas o en agenda de ser discutidas. Para nuestra sorpresa, la discusión sobre la importancia de las políticas públicas con enfoque de género cobró mayor relevancia en el año 2013 a raíz de las propuestas enmiendas a la Ley 54 para incluir a las parejas del mismo sexo como protegidas en caso de violencia, y la prohibición expresa del discrimen por orientación sexual en el ámbito laboral. En los últimos meses, los grupos de mujeres y la comunidad han retomado el tema de la equidad y perspectiva de género en las escuelas públicas. Por tanto, creemos que vamos por buen camino y con esta edición queremos aportar a los diálogos comunitarios más información, pues concurrimos en que el conocimiento brinda poder. Contamos como colaboradoras con la anterior Procuradora de las Mujeres, Marta Mercado Sierra; la Lcda. Verónica Rivera de la Comisión de la Mujer del Colegio de Abogadxs de Puerto Rico y colaboradora asidua nuestra; Lcda. Amárilis Pagán del Proyecto Matria y el colectivo CABE; Profa. Ilia Vázquez del Proyecto Pasos de las Mujeres; Encarna Bodelón González desde la Universidad Autónoma de Barcelona; Blanca Rico, Erika Troncoso, Mariana López, Gustavo Nigenda y Ana Lanfer del Caleidoscopio de Salud de México; Lcda. Yolanda Bonilla de Servicios Legales de Puerto Rico; y por último, pero no menos importante, la poetisa Yolanda Arroyo Pizarro, fiel colaboradora. Esperamos les sea de provecho. ¡Hasta la próxima edición! Coordinadora Paz para la Mujer, Inc.

2013©Coordinadora Paz para la Mujer, Inc. Todos los derechos reservados. Esta publicación ha sido posible gracias al auspicio del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos. Contrato: DHHS-FVPSA-2012-G99-1540

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DAD EQUDEIGÉNERO

NECESIDAD DE UNA POLÍTICA EDUCATIVA HACIA LA

Marta A. Mercado Sierra, Ph.D. EN PUERTO RICO Por: Anterior Procuradora de las Mujeres de Puerto Rico

Si analizamos detenidamente las políticas públicas vigentes en Puerto Rico dirigidas a erradicar y prevenir las diferentes manifestaciones de opresión contra las mujeres todas van encaminadas a atender situaciones particulares de violencia y de desigualdad. Sin embargo, ninguna ha sido conceptualizada, desarrollada e implantada para atender la raíz de estos contextos sociales, económicos y políticos: las relaciones de poder entre los géneros fundamentada en la masculinidad hegemónica. Mucho menos se han considerado las intersecciones y diversidades de identidades y relaciones de género que coexisten cuando se aborda el tema de la opresión por razón de género. La construcción de género y las relaciones de poder se dan en un contexto político, social y económico que a la vez definen y redefinen momentos históricos y contextos culturales. De forma dinámica, las relaciones en un entorno y en un momento histórico influyen también en la construcción de lo personal, de lo social, de lo político y de lo económico. Entendiendo esta dinámica como una oportunidad de transformación cultural, aspirando a relaciones de equidad entre todas las personas, se hace imprescindible mirar hacia las relaciones humanas fundamentales de socialización. A través de la socialización se inicia la construcción social de géneros y se van

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concertando las relaciones de poder en el intercambio de creencias (basadas en ideologías) y en las interacciones de género con todas sus intersecciones. El sistema de educación de un pueblo es parte esencial del proceso de socialización de las personas que lo constituyen. Además, tiene como encomienda social y política formar a las personas a partir de la ideología dominante; traducidas en políticas institucionales, currículos, programas, servicios, entre otros. Por otro lado, el sistema educativo lo constituyen personas con diversidad de creencias y prácticas. Por lo tanto, el ambiente escolar se convierte en un espacio donde se comparten diversidad de interpretaciones de las normativas, las creencias, los eventos, y las relaciones humanas. En esos intercambios e interacciones se encuentran, se fomentan y se posibilitan perspectivas y prácticas tanto conservadoras como progresistas, opresivas como liberadoras y hegemónicas como equitativas. Donde se aspira a que prevalezca la libertad, la igualdad y la equidad para y entre todas las personas se fomentan políticas educativas las cuales se entiende que tienen mayor incidencia en las transformaciones culturales y sociales. Si el sistema de educación, es una de las instituciones básicas de una sociedad con la responsabilidad de formar individual y socialmente a las personas y a la vez

promover los intercambios e interacciones de la diversidad de integrantes en la comunidad escolar que dan paso a la transformación de prácticas y creencias, entonces, es imprescindible e inminente implantar políticas educativas dirigidas hacia la desarticulación de la masculinidad hegemónica, el cimiento de la opresión por razón de género. Con este propósito, el Departamento de Educación de Puerto Rico aprobó, en el 2008, la Carta Circular 3: 2008-2009, Declaración de política pública sobre la incorporación de la perspectiva de género en la educación pública puertorriqueña, en cumplimiento con la Ley Núm. 108 de 26 de mayo de 2006. Sin embargo, luego de un fogoso debate público, la carta Circular se dejó sin efecto en enero de 2009. De esta manera se desarticuló un esfuerzo imprescindible dirigido hacia la transformación cultural necesaria para adelantar la equidad entre los géneros. Este contexto político me motivó a realizar un análisis de las políticas educativas en cuestión y las perspectivas ideológicas sobre y la influencia de la educación formal en la construcción social de género de la comunidad escolar , los grupos de interés y las personas que intervinieron en la formulación y administración de las políticas educativas en la Rama Ejecutiva. En este artículo, presento de forma general los principales hallazgos sobre

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las perspectivas, las creencias, las posturas, las actitudes y las prácticas de la comunidad escolar y las recomendaciones para una política educativa hacia la equidad de género. Los mismos indican la necesidad de contar con una política educativa de equidad con una perspectiva de género:

• Aproximadamente 25 por ciento del

estudiantado encuestado percibe que la facultad justifica la violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja. Cerca de una tercera parte de ese mismo estudiantado percibe que la facultad justifica la agresión sexual en situaciones particulares. Más de una tercera parte del estudiantado encuestado percibe que la facultad acepta expresiones sexistas y prácticas discriminatorias por identidad de género. Una tercera parte del estudiantado también percibió posturas sexistas en torno a los roles y funciones en el ámbito doméstico. Una tercera parte percibió de parte de la facultad la postura de que las mujeres deben dedicarse a cuidar la prole y más de un 50 por ciento percibió que el hombre debe ser el principal proveedor. Aproximadamente un 25 por ciento del estudiantado percibe que la docencia no acepta que estudiantes seleccionen ocupaciones no tradicionales. Estas posturas se ejemplificaron en los grupos focales tanto del grupo de estudiantes como del magisterio. El 63 por ciento del estudiantado percibe que la facultad rechaza y margina a las personas que asumen posturas y prácticas diferentes a las que se espera de hombres y mujeres. Estas posturas y prácticas de discrimen y violencia de parte de de la facultad y del estudiantado fueron también expresadas en los grupos focales y las entrevistas. El estudiantado y la facultad participante convergen en que varias políticas institucionales tienen vicios de sexismo. Algunas de estas políticas están por escrito en los reglamentos, sin embargo, otras se implantan por uso y costumbre. El estudiantado y la mayoría de la facultad coincide en que el currículo concerniente a la paternidad y maternidad, y la salud sexual no atiende las necesidades ni refleja

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las realidades de identidades percibidas en la escuela, ni en el resto de los espacios sociales. • En el grupo focal del magisterio y las entrevistas realizadas a profesionales de apoyo y también al magisterio se presentaron eventos de violencia en el noviazgo y entre pares por apariencias y prácticas diferentes a las figuradas por la masculinidad hegemónica. • El 70 por ciento del estudiantado entiende que el magisterio tiene mayor influencia en la construcción de género en comparación con otros profesionales de la escuela.

Más de una tercera parte del estudiantado encuestado percibe que la facultad acepta expresiones sexistas y prácticas discriminatorias por identidad de género.

al interior del ámbito escolar. Ambos sectores, indicaron que lo adelantado al interior del ambiente escolar se desvanecería debido a las perspectivas y prácticas prevalecientes en las instituciones comunitarias así como en las dinámicas familiares. En tercer lugar, recomiendo que la Carta Circular incluya el desarrollo de programas de educación de pares ya que uno de los hallazgos sobresalientes, fue la influencia percibida de los pares y las amistades en el desarrollo de las identidades de género en el estudiantado.

A partir de estos y otros hallazgos de la investigación, recomiendo que la Carta Circular 3: 2008-2009 se reestablezca desde su marco conceptual, es decir, desde la perspectiva de género. Además, presento varias recomendaciones adicionales a partir de varias circunstancias e inquietudes sobre el ambiente escolar y la comunidad que lo acoge que no se abordan en dicha política institucional y que fueron expresadas por las personas participantes. Primero, es necesario que el componente de la capacitación se extienda al personal administrativo, de seguridad y de comedores escolares. El estudiantado, así como el grupo de la docencia denunció prácticas discriminatorias por identidad y expresión de género de parte de estos sectores de la comunidad escolar. En segundo lugar, recomiendo que los esfuerzos hacia la equidad de género en la Carta Circular sean extensivos a las familias y a las comunidades desde los servicios de apoyo y programas comunitarios de las escuelas. El estudiantado y el grupo de la docencia que participaron en la investigación expresó incertidumbre sobre los resultados de los esfuerzos llevados a cabo únicamente

Reflexiones finales Puerto Rico, en comparación con muchos países, ha superado el problema de acceso a la educación de las niñas, las jóvenes y las adultas. Sin embargo, las condiciones de discrimen y las prácticas de opresión por razón de género en la educación se han diversificado y se ha extendido a otras poblaciones de la comunidad estudiantil. Por esto, la mirada, el discurso y las prácticas hacia la equidad de género deben ser examinadas y transformadas. Los discursos y las prácticas opresivas esbozadas por la comunidad escolar evidencian esta necesidad y nos estimulan a revisar y desarrollar estrategias para adelantar y promover relaciones de género equitativas. Las brechas identificadas en esta investigación se pueden traducir en las oportunidades que tenemos para adelantar y facilitar la implantación de una política pública con perspectiva de género en la educación en todas las comunidades escolares. Estoy convencida que la perspectiva de género es una herramienta efectiva, que implantada adecuadamente, construirá los cimientos de relaciones equitativas y el valor a la diversidad humana, en todos los componentes de la comunidad escolar, las familias y las comunidades.

i. Marta A. Mercado Sierra, La perspectiva de género en la educación: un análisis con método mixto de las políticas de equidad de género en Puerto Rico (Disertación doctoral) (Universidad de Puerto Rico 2011). ii. La información de la comunidad escolar se recopiló por medio de una encuesta al estudiantado, dos grupos focales (de estudiantes y de magisterio) y cuatro entrevistas semiestructuradas a profesionales del grupo magisterial y del grupo de profesionales de apoyo.

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LA PERSPECTIVA DE GÉNERO COMO UN ASUNTO TRANSVERSAL EN LAS PLATAFORMAS DE GOBIERNO Por: Lcda. Verónica Rivera Torres • Comisión de la Mujer, Colegio de Abogados de PR

EDIFICIOS ABANDONADOS

Muchas feministas tenemos una respuesta firme cuando se nos pregunta que buscamos en una plataforma de gobierno: ¡Queremos que la perspectiva de género sea aplicada en la plataforma de manera transversal! Ok. Suena bien pero ¿qué significa eso? Este breve escrito explica en sencillas palabras a qué queremos decir por política pública transversal a favor de la equidad. Lo primero que debemos repasar es a qué nos referimos por “perspectiva de género”. Este concepto implica: a) reconocer las relaciones de poder que se dan entre los géneros, en general favorables a los varones como grupo social y discriminatorias para las mujeres; b) que dichas relaciones han sido constituidas social e históricamente y son constitutivas de las personas; c) que las mismas atraviesan todo el entramado social y se articulan con otras relaciones sociales, como las de clase, etnia, edad, preferencia sexual y religión. (ver Diccionario Feminista de la Ruta de las Mujeres (www.larutadelasmujeres.com) La plataforma de los y las candidatas a puestos políticos debe tener como objetivo fundamental la equidad de género. Eso quiere decir que esperamos que los proyectos para el país incluyan estrategias dirigidas a hacer un esfuerzo especial y planificado por brindar oportunidades sociales, económicas y personales a las mujeres como grupo históricamente discriminado; y por lograr un balance que equipare la mujer al hombre en términos de oportunidades, responsabilidades, poderes y derechos. También esperamos que la perspectiva de género atraviese la plataforma política, es decir, que los asuntos medulares del país sean vistos desde el prisma de las mujeres, en especial, las más vulnerables. La perspectiva de género como un asunto transversal Cuando las feministas hablamos de que la perspectiva de género debe ser aplicada transversalmente nos referimos a que la misma no debe limitarse a cuestiones que tradicionalmente se conectan con las mujeres (como la maternidad) sino a todas las cuestiones de la vida en sociedad. Por ello, reiteradamente hemos manifestado que los asuntos de las mujeres, como a veces les llamamos, son también los asuntos relativos al ambiente y el urbanismo, a la seguridad, a la comunidad LGTTB, a la economía, a la vivienda, etc. Eso quiere decir que no se llenarían nuestras expectativas de una buena plataforma con un mero inciso de algún programa que se titule “Mujeres” y bajo el cual se bosqueje un compromiso superficial con nosotras.

DROGADICCIÓN

CARMEN IVETTE

PERSONAS SIN HOGAR

VIOLENCIA DE GÉNERO

FALTA DE SEGURIDAD

Utilicemos una abominable tragedia de la vida real para ejemplificar lo que decimos: Una mujer drogadicta y sin hogar, de unos 40 años, fue violada en el año 2012 con un palo de madera en un edificio abandonado propiedad del Departamento de Vivienda en Río Piedras. Su nombre es Carmen Ivette. Una serie de carencias y problemas sociales, específicamente, en San Juan convergieron trágicamente para que el brutal acto violento contra Carmen Ivette tuviera lugar: mujer; sin hogar; drogadicta; en un edificio abandonado; violada sexualmente. Por tal razón, es que decimos que para adelantar la causa de las mujeres es preciso trabajar con esas carencias y problemas sociales desde una perspectiva de género, es decir, desde los ojos de Carmen Ivette y las otras miles de mujeres que vivimos en Puerto Rico.

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LUCHAR POR LA EQUIDAD ES LUCHAR POR TODAS LAS MUJERES Por: Lcda. Amárilis Pagán Jiménez • Proyecto Matria

Todavía hay personas que piensan a las mujeres como un grupo homogéneo y casi siempre heterosexual. Esto hace que al pensar en sus derechos o en los servicios necesarios para garantizar su bienestar, se les que también hay mujeres que no son heterosexuales y que, por lo tanto, son vulnerables a otros tipos de discrimen y violencia que se suman a los que ya de por sí sufren por el mero hecho de haber nacido mujeres. Los tiempos cambian, sin embargo. Hoy en día, las mujeres, mencionadas así en plural y desde la diversidad, han comenzado a visibilizar sus reclamos más allá de los supuestos tradicionales. Antes del 29 de mayo de 2013, en nuestra Isla se podía hostigar y despedir a una persona de su empleo por su orientación sexual o identidad de género. Antes de ese día, además, si una persona de las comunidades LGBTT era víctima de violencia en su relación de pareja no tenía la protección de la Ley 54 de Violencia Doméstica. Hoy, vivimos una nueva realidad jurídica concretada en las leyes 22 y 23 del 29 de mayo de 2013 y que antes eran los controvertidos PS238 y PC488. Esa nueva realidad jurídica beneficia a las mujeres que son lesbianas, bisexuales, transexuales o trangénero. ¿Hemos vivido un momento histórico como país? Definitivamente sí. Por primera vez en nuestra historia el tema de los derechos humanos de las comunidades LGBTT se convirtió de manera simultánea en primera plana de los medios de comunicación, tema de conversación en múltiples espacios y punto en la agenda de organizaciones profesionales, universidades, organizaciones cívicas y uniones obreras. Se alcanzó un consenso social que contrarrestó y logró aislar el discurso de la oposición a ambos proyectos de ley poniendo de manifiesto que nuestro país ya está preparado para exigir los derechos humanos de las mujeres y comunidades LGBTT como algo que nos compete a todxs independientemente de nuestra orientación sexual. La Ley 22 (PS238) creó un espacio de protección para las personas LGBTT que hasta ahora carecían de una causa de acción contra patronos que les discriminen por su orientación sexual o identidad de género. Contrario a lo argumentado por el sector de oposición a los proyectos, no existían protecciones legales para estos casos. No sólo estaban impedidos de radicar demandas o querellas por este tipo de discrimen, sino que además en el mismo año 2013, nuestro Tribunal Supremo emitió opinión en Ex Parte AAR, un caso de adopción por una pareja de lesbianas, en la cual expresamente dijo que la orientación sexual no es una categoría protegida dentro de nuestra Constitución y dejó en manos de la legislatura la solución de los conflictos que tal falta de protección genera. La Ley 23 (PC488), por su parte, reivindicó la intención original de la Ley 54 de Violencia Doméstica al reconocer expresamente que la misma es aplicable a toda persona y relación de pareja independientemente de la orientación sexual, identidad de género o estado civil de quienes la componen.

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¿Qué retos tenemos ahora las mujeres? Así, en plural. Las mujeres que creemos en la equidad y que estamos en espacios de servicio, de activismo, de trabajo y hasta de comunidad estamos llamadas a dar vida a estas leyes para que trasciendan el papel y tengan un efecto real en las vidas de otras mujeres… de esas que sufren la violencia en relaciones de pareja y creen que no tienen escape porque no son heterosexuales y temen el discrimen o ya han sufrido el rechazo del sistema, de las otras que han sido despedidas o acosadas porque no cumplen con las expectativas heterosexistas de expresión de género y lo transgreden y de las otras miles que viven ocultas de su propia sexualidad para protegerse del rechazo. Sin menoscabar la importancia de ambas leyes, no podemos dejar de ver los retos que ambas nos plantean. Nos enfrentamos como país a la necesidad de educar a profesionales, comunidades y agencias encargadas de la implantación de estas medidas. Ese proceso educativo incluye un componente adicional de trabajo con el prejuicio en contra de las personas LGBTT que aún permea espacios públicos y privados. Nos queda, además, continuar con nuestra agenda de trabajo a corto y mediano plazo. Los seres humanos son seres integrales que necesitan y merecen ejercer todos sus derechos humanos. La función del estado es garantizarlos y la nuestra como sociedad civil en este momento es reivindicarlos.

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NUEVAS PENAS A VIEJOS PROBLEMAS Por: Profa. Ilia Marie Vázquez Gascot Proyecto PASOS de las Mujeres

La crisis social que atraviesa Puerto Rico ha cobrado proporciones inimaginables, siendo la violencia de género una de las que más azota a las mujeres. La administración de turno, por motivaciones diversas cercanas o lejanas del bienestar de las mujeres (véase exposición de motivos de la Ley 146 del 30 de julio de 2012) ha incorporado cambios en el nuevo Código Penal (2012). Este trae consigo cambios importantes que inciden en la vida de las mujeres a distintos niveles, desde situaciones relevantes a las decisiones sobre sus cuerpos hasta las tipificaciones de las modalidades de violencia, sus respectivas penas y prescripciones. Sabemos que la legislación por si sola no puede reducir o erradicar la violencia de género que experimentan las mujeres. Sin embargo la legislación penal debe velar por el bienestar y la seguridad jurídica de las personas. Según establece el mismo Código, en cumplimiento con su responsabilidad constitucional, debe tomar las medidas necesarias para prevenir, controlar y reducir la incidencia de la actividad criminal. Ciertamente las estadísticas intentan acercarnos a la magnitud del problema de la violencia de género en la isla, mas nunca podrán revelar la complejidad e impacto sobre

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las mujeres. Los pasados años han estado marcados por contradicciones estadísticas en torno a la violencia de género. Mientras cada año disminuye la estadística de casos reportados de mujeres víctimas de violencia doméstica, con 5,000 casos menos reportados en los últimos 5 años, pero aumentando el número de mujeres asesinadas por este mismo mal. Igualmente interesante resulta el hecho de que en el 2011 se expidieran alrededor de la mitad de las órdenes de protección expedidas el año anterior. Así mismo, y como de costumbre para las estadísticas de violencia sexual, cada agencia brinda sus números y nunca es posible tener un cuadro mínimo del problema en la Isla. Aun así de los casos de violencia sexual reportados a la Policía de Puerto Rico en 2011, que incluyen violación, sodomía, actos lascivos, incesto, violación técnica (artículo 3.5 de la ley 54), agresión sexual y pornografía infantil, hubo un aumento del 44% con respecto al año anterior. En el 2012 hubo descensos en el reporte de incidentes de agresión sexual a la Policía, aunque al Instituto de Ciencias Forenses (ICF) llegaron alrededor de 200 Rape Kits mensuales para ser evaluados. Se espera que el ICF a través del Registro de Agresiones Sexuales desarrolle una base de

datos desde la perspectiva de las víctimas revelando más de lo accedido en la actualidad, sobre las circunstancias del delito. Ante este confuso panorama estadístico de violencia de género, que podría tener explicaciones diversas de por qué las mujeres cada vez reportan menos, se estrena un nuevo Código Penal que entró en vigor el pasado 1ro de septiembre de 2012. Repasaremos algunos de los temas más importantes en lo referente a las mujeres. El nuevo Código Penal elimina la discreción de los jueces y juezas a momento de imponer penas. Dos delitos en los cuales se establece pena fija son el de asesinato y el de agresión sexual. Las penas además de ser fijas son más severas. Aunque el delito de asesinato es uno grave de primer grado y conserva la misma pena (99 años), el cumplimiento de la pena se afecta pues en el código penal 2004 una persona podía cumplir con 10 diez años y salir libre bajo palabra. Tanto en el delito de agresión sexual como en el de incesto la pena aumenta considerablemente, entre 8 años y un día a 15 años, a una pena fija de 50 años. En el caso en que el acto resulte en un embarazo o el contagio de alguna enfermedad venérea, siendo este hecho conocido por la persona autora, serán considerados agravantes a la

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“QUE EL AUMENTO EN LAS PENAS NO NOS DEBE HACER DESCANSAR EN LAS INSTITUCIONES, SINO QUE NOS INYECTA LAS ENERGÍAS NECESARIAS PARA CONTINUAR LA LUCHA” hora de imponer la pena. En general el Código reincorpora como agravantes en las penas de los delitos, los elementos de orientación sexual, género y origen étnico. Dentro de los delitos de agresión sexual se excluye la modalidad de incesto del antiguo Artículo 142 y se le incorpora como un nuevo artículo (Artículo 131), tal y como estaba tipificado en el Código Penal del 1974. Aunque el Código Penal 2004 no tipificaba bajo el nombre de incesto este delito, sino que se incluía dentro del Artículo 142 de Agresión Sexual, y la sodomía tampoco aparecía como un artículo, la policía conservaba estos títulos en la recolección de estadísticas. En el Artículo 133 de los Actos Lascivos la pena aumenta de un máximo de 8 años en el 2004 a una pena fija de 15 años. Un importante cambio en el Código Penal recién aprobado que tiene un impacto positivo, además de un reconocimiento al proceso que atraviesan las víctimas de agresión sexual, es el de la prescripción del delito. Durante años las organizaciones feministas y de servicios a víctimas han luchado contra la prescripción del delito de agresión sexual, este reclamo responde a lo complejo del proceso de recuperación y apoderamiento de las mujeres, indispensable para iniciar un proceso criminal. Históricamente cuando las mujeres se sentían listas para iniciar un proceso criminal, los delitos habían prescrito. El pasado Código Penal establecía un máximo de 5 años después de la comisión del delito, en caso de personas adultas, en el caso de menores tenían hasta 5 años luego de cumplir los 18 años. El nuevo Código Penal 2012 extiende hasta por un periodo de 20 años la prescripción de los delitos de agresión sexual, incesto y actos

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lascivos. En el caso de menores se comienza a calcular a partir de que cumplan los 18 años. Pese a que insistimos en la no prescripción del delito, reconocemos que este es un verdadero avance que debería redundar en un mayor reporte de estos tipos de violencia. El nuevo Código también hace un reconocimiento a la modalidad del delito de asesinato a mujeres tipificando el femicidio. Esta inclusión visibiliza un crimen que se diluía entre los asesinatos que ocurren en el país por otros motivos. En los casos de asesinatos de mujeres se considerarán las siguientes circunstancias: que la persona acusada haya intentado establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima; o que mantenga o haya mantenido con la víctima relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo; o que sea el resultado de la reiterada violencia en contra de la víctima. El delito de adulterio se mantiene en el nuevo Código, aunque se enmienda para incluir un lenguaje neutral, para que el mismo aplique a persona casadas que se involucran en una relación adúltera con una persona soltera de su mismo sexo. El nuevo Código Penal continua criminalizando el aborto. Según éste, prácticamente no se puede ni mencionar, dado que toda persona que permita, indique, aconseje, induzca o practique un aborto, o que proporcione, facilite, administre, prescriba o haga tomar a una mujer embarazada cualquier medicina, droga o sustancia, o que utilice o emplee cualquier instrumento u otro medio con intención de hacerla abortar será sancionada con pena fija de 3 años. Igual pena se impone a la mujer que cometa o consienta un aborto o a

quien de promoción a los servicios de abortos ilegales, que son todos los que no tenga un fin terapéutico para salvaguardar la salud o vida de la madre. Aquellos casos de aborto por la fuerza o la violencia tienen una pena fija de 8 años con posibilidad de aumentarse a 15 años si la criatura muere. Sin embargo, los esfuerzos por seguir criminalizando esta conducta en el país resultan inconstitucionales dada la jurisprudencia federal como la estatal. La determinación del Tribunal Supremo de Estados Unidos mediante el caso Roe vs. Wade en 1973 y la del Tribunal Supremo de Puerto Rico mediante el caso Pueblo vs. Duarte Mendoza en 1980, establecieron la legalidad del aborto en Puerto Rico, dejando sin efecto lo dispuesto por el nuevo Código Penal. Ciertamente el aumento en las penas y el cambio en la prescripción de los delitos de agresión, sexual, incesto y actos lascivos es una afirmación y un reconocimiento de un problema social complejo. Sin embargo, las nuevas penas no eliminan los viejos problemas que las mujeres enfrentan por razón de género. La lucha continua y las organizaciones feministas y de servicios tendremos que seguir presionando para que las leyes se cumplan y se apliquen. Eso, más que una ley necesita una transformación ideológica de todos los sectores, particularmente de aquellos y aquellas que tienen en sus manos poner en vigor las leyes. Que el aumento en las penas no nos debe hacer descansar en las instituciones, sino que nos inyecta las energías necesarias para continuar la lucha y lograr mucho más que un aumento en el tiempo de prescripción de un delito.

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LAS POLÍTICAS PÚBLICAS CONTRA LA VIOLENCIA PATRIARCAL EN ESPAÑA Y EN BRASIL Por: Encarna Bodelón González

Las legislaciones y políticas públicas contra la violencia hacia las mujeres se pueden explicar a partir de una periodización histórica en la que podemos distinguir tres o cuatro momentos, dependiendo de los países. Un primer momento - como es en el caso Brasileño, en el caso español y de muchos otros países – en el que la conceptualización y abordaje de los problemas emerge de los discursos y prácticas de los movimientos de mujeres, del discurso feminista; y en el cuál esas políticas públicas son muy débiles, muy precarias o prácticamente inexistentes. Ese primer momento, se sitúa en muchos contextos en el final de los años setenta, principios de los ochenta. El segundo periodo, hacia los años ochenta, se caracteriza por la aparición de políticas públicas contra la violencia machista, especialmente centradas en la violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja. Dependiendo de los países dichas políticas no se consolidan hasta los años noventa y, en general, lo hacen sin incluir leyes específicas de lucha contra la violencia machista. El tercer periodo sería el que podríamos llamar un periodo de juridificación, de aparición de legislaciones específicas contra la violencia de género,que se da en España y en muchos países de América Latina en los últimos años. Se trata de legislaciones diversas que, en algunos casos, se ocupan de todas la manifiestaciones de la violencia machista y, en otros, sólo de las manifestaciones de violencia machista en las relaciones de pareja. En estos momentos, estamos en un cuarto momento, en el que el contexto de crisis económica, en Europa y otros países, está sirviendo para relegar los derechos de las mujeres y disminuir la atención y recursos hacia este problema social. El objeto del que estamos hablando es la violencia de género, la violencia contra las mujeres, la violencia machista, es decir, de una cuestión de derechos humanos, de una cuestión que afecta a uno de los pilares básicos de la desigualdad humana y que fue abordada con intervenciones específicas desde hace pocos años. La violencia machista es un problema que aparece en el pensamiento

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feminista desde sus orígenes, pero que ha recibido una conceptualización feminista en los últimos cuarenta años, vinculando dicha formas de violencia con la desigualdad estructural que produce la estructura de género. Una primera reflexión sería que cuando actuamos desde el derecho estamos interviniendo con categorías jurídicas frente a una realidad que ha estado contextualizada en el ámbito de la teoría feminista. La segunda reflexión es que las intervenciones han sido muy distintas, por ejemplo, en el caso de lo que ha pasado entre el Norte y el Sur de Europa. En el Norte de Europa esas políticas públicas fueron marcadas clarísimamente, por lo que podemos llamar una intervención del Estado Social, del Estado Bienestar con medidas educativas, medidas económicas, medidas socioculturales y a la vez también una intervención penal. En otros caso, donde dichas intervenciones parten de Estados con una estructura del estado bienestar que es más precaria, encontramos que la intervención de tipo socioeducativa y económica, se precariza y el ámbito penal adquiere más relevancia. En el caso español, es un modelo intermedio, puesto que las primeras políticas públicas nacieron muy vinculadasal ámbito local y a las demandas de los movimientos de mujeres en los municipios. Poco a poco se fueron construyendo lo que podríamos llamar unas políticas públicas más estatales, más institucionalizadas, hasta llagar ya los años noventa a planes nacionales y también a planes regionales autonómicos y ya, sólo en este siglo XXI, a la ley 1/2004 de medidas integrales contra la violencia de género, que incluye una pluralidad de medidas. En el caso español, la ley del año 2004 ha sido vista por muchos juristas visto como inicio, pero no es sólo un inicio, sino que las políticas públicas ya habían marcado lo que debería ser el tratamiento de esta cuestión en un marco de medidas mucho más amplio. Esto es relevante porque, al menos en España y también en otros países, parece que sólo cuando el derecho se ocupa con determinadas formas legislativas de un problema social hay política pública. Eso no cierto, es decir, política pública puede haber también con otras manifestaciones de lo jurídico. Se debe

enfatizar porque a veces se da un valor excesivo a determinadas formulaciones jurídicas, cuando en realidad lo que es muy importante es la construcción capilar de los derechos. Y a la inversa, la juridificación de los derechos de las mujeres que no sea acompañada por una política pública que integre las acciones de los movimientos de mujeres, puede conducir a una formalización de los derechos. No se puede entenderla construcción de los derechos si no está acompañada de una política pública en sentido amplio. LOS MODELOS DE POLÍTICAS PÚBLICAS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Desde el punto del vista de análisis de las acciones, políticas, reformas legislativas que se han producido en estos temas podemos hablar de tres enfoques, o tres grandes modelos de intervención, que no se dan de forma coherente, sino que más bien se encuentran mezclados en nuestros países. Un primer modelo que es el que llamo “el modelo feminista” que vendría directamente de dicha epistemología, que nace en los movimientos de mujeres. Partiendo de ese modelo, hay algo que es central y que podemos llamar la conceptualización. Es decir, la comprensión de la violencia de género como un fenómeno estructural, un fenómeno atravesado por toda la complejidad de las relaciones de género. Aquí hay que tener cuidado porque cuando hablamos de relaciones de género no estamos hablando sólo de una desigualdad que se

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construye a partir de lo sexual entendido como un sexual aislado de otros vectores de discriminación, sino que la construcción de la discriminación de género incorpora todos los vectores de discriminación. Especialmente, las antropólogas y las historiadoras nos han mostrado que no podemos desgarrar la discriminación de género de cualquier otro tipo de discriminación: cultural, política, económica. Es decir, la discriminación de género y la violencia de género están enraizadas en lo que llamaríamos diversos factores de subordinación, una discriminación compleja y esta idea es una idea propia del pensamiento feminista. Un segundo elemento de este modelo feminista sería entender que esas manifestaciones de la violencia hacia las mujeres pueden ser muy diversas, pueden darse en diversos espacios, no sólo en las relaciones de pareja, sino en otros ámbitos, como ámbito comunitario, pero que siendo diversas, y obedeciendo también a características diversas, tienen continuidades, que configuran una entramado de violencias patriarcales. El tercer elemento de este modelo sería la diversidad de las violencias y la necesidad de su atención diferenciadas, ya que aunque existen vínculos entre estas diversas formas de violencia - las violencias sexuales, dentro y fuera del hogar, la violencia de las mutilaciones genitales, la prostitución forzada, etc. - los contextos explicativos son distintos. Es decir, a pesar de que tenemos un marco estructural común, los contextos explicativos son específicos, no sólo en función de esta variedad de violencia, sino también en función de la situación, del posicionamiento diverso de las mujeres en nuestras sociedades. Ese modelo feminista ha sido luego oscurecido por algunas de estas políticas públicas y legislaciones. A la vez, también hay intentos desde esas mismas políticas públicas y iniciativas de incorporar el marco explicativo feminista, intentos que frecuentemente obedecen a la presión social de los movimientos de mujeres, pero también a que diversas investigaciones muestran que es el marco que mejor refleja algunas de las realidades del fenómeno, por ejemplo la diversidad de las mujeres que sufren violencia, la diversidad de sus experiencias, la diversidad de sus necesidades y el error que cometemos al estereotipar o al definir un modelo de víctima (Dobash, Romito). Desde este modelo, las intervenciones y las regulaciones debería estar precedida por

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algunas ideas: 1. El papel del patriarcado. Comprender el papel de la violencia de género en las relaciones patriarcales. 2. Lo personal es político. Incorporar la idea, que también proviene de los estudios de género, de que es lo personal es político, y que llevado a este ámbito significa, que cuando nos estamos enfrentando a manifestaciones muy concretas de la violencia hacia las mujeres no estamos viendo una violencia puntual, sino que !ene un significado político clarísimo. 3. La visibilización. Mostrando la complejidad de las diversas situaciones de violencia machista y la diversa realidad de las mujeres que la sufren y de los agresores que la ejercen. 4. La toma de conciencia (no asistencialismo). Los procesos de atención, asistencia y recuperación deben estar orientados a promover la autonomía de las mujeres y sus derechos. 5. La lucha contra la impunidad. El derecho ha tratado con enorme impunidad el tema de violencia ante las mujeres. La intervención mayoritaria, a lo largo de la historia, ha sido la impunidad, como en otros casos de violaciones de derechos humanos, de derechos fundamentales de las personas. Como cuestión que atañe a la vulneración de derechos fundamentales, la intervención de la justicia debe estar orientarse a eliminar las situaciones de impunidad. El segundo modelo que ha orientado intervenciones, legislación y políticas púbicas, ya no pertenecería a este marco del pensamiento feminista,y es lo que podemos llamar el modelo de la seguridad. Se trata de enfocar el tema como estrictamente un problema de seguridad individual, con predominio de un enfoque de criminalidad, como si el problema pudiera ser absorbido por el derecho penal sin incorporar todas las categorías del pensamiento feminista. Entre las caracterísca del Modelo de la violencia de género como problema de seguridad individual encontramos: 1. Explicaciones etiológicas 2. Ausencia de categorías de género y presencia de otras categorías que disuelven la conceptualización, como la de violencia familiar. 3. Violencia contra las mujeres como “delincuencia” 4. Intervención en términos de “seguridad”

5. Equiparación de la violencia machista con

otras violencias Este modelo se centra en explicaciones de tipo etiológico con relación a la violencia ante las mujeres. La seguridad que promueve este modelo no está basada en las necesidades concretas de las mujeres, sino en el concepto abstracto de víctima. De una forma más amplia, este modelo se ciñe al marco tradicional con que ha trabajado el sistema penal. Es decir, trata a esta violencia como a otras violencias que se “parecen”, como por ejemplo, las lesiones. El tercer modelo es un modelo que incorpora parte de la tradición feminista, pero que además incorpora también lo que llamaríamos la tradición de los derechos humanos, y que es el que aborda la cuestión de la violencia hacia las mujeres como una violación de derechos humanos. Este modelo es el que se ha desarrollado a partir del trabajo de diversos instrumentos internacionales y de organizaciones feministas y de derechos humanos. El Modelo de la violencia contra las mujeres como un problema dederechos humanos se caracterizaría por: 1. Partir de explicaciones político-sociales de género 2. Atender a la especificidad de la violencia de género 3. Situar la Violencia como discriminación 4. Intervención en términos de emancipación 5. Orientarse al reconocimiento de los derechos de las mujeres Este paradigma ha conseguido que comprendamos que la violencia es, en último término, un problema de discriminación sistemática y un problema que muestra la pervivencia de una estructura compleja de discriminación en nuestra sociedad, como es la estructura de la discriminación sexual. Pero además, enfoca toda la cuestión de violencia de género en términos de emancipación humana, de resolución de una de las desigualdades que fundan nuestra estructura social.

La declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la mujer 1993 y el Protocolo facultativo de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, adoptado por la Asamblea General de la ONU en la resolución A/54/4 de 6 de octubre de 1999.

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LAS MUJERES EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN SALUD1 Por: Blanca Rico, Erika Troncoso, Mariana López, Gustavo Nigenda, Ana Langer

En la mayoría de los países la incorporación de la perspectiva de género a la agenda pública es un producto de años de esfuerzo y lucha por la legitimidad de movimientos de distintos grupos dentro de la sociedad. Aunado a esto existe un creciente interés por la investigación en estos rubros y por la generación de conocimiento sobre las relaciones de género y las diferencias entre las oportunidades de hombres y mujeres en sociedades específicas. Al mismo tiempo, se ha necesitado de un creciente consenso internacional sobre la importancia y la necesidad de contar con una mayor equidad en los procesos y políticas públicas de desarrollo, diferenciando las necesidades de grupos específicos de la población. Esta lucha constante se ha traducido en un mayor compromiso por la equidad y la igualdad de género. Junto con estos esfuerzos, es indispensable terminar con las prácticas discriminatorias existentes entre cada uno de los grupos de la sociedad. Algunas de las más preocupantes se encuentran en las relaciones de género, pobreza y empleo, así como en las relaciones de poder que se ejercen entre los actores sociales. Estas prácticas se traducen de varias maneras, como la desigualdad de género en la legislación; por ejemplo, a través del derecho de propiedad, uso y control sobre la tierra, las leyes laborales, entre otras. Además, y el cual es de particular importancia para este documento, la sociedad ha asignado a las mujeres un papel dedicado a la reproducción, dejando de lado la responsabilidad de las mujeres en otros ámbitos del quehacer social. Es importante estudiar el tema de la salud reproductiva a la par del movimiento de las mujeres y del concepto de género. En los últimos años, actos como la adopción de la propuesta de la Conferencia Internacional

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de Población y Desarrollo de El Cairo han sido propiciados por el fortalecimiento de la capacidad de negociación de los movimientos de mujeres y de equidad de género. Aquí se resalta la necesidad de la existencia de un organismo gubernamental que oriente la política de género, así como la de programas enfocados a mujeres dentro de las acciones de los ministerios de salud. Con la instalación y el funcionamiento de estos programas, se puede corroborar la trascendencia que ha cobrado cada día el tema de las mujeres y, en años más recientes, la equidad de género. Además, ello muestra los esfuerzos que se han hecho desde los gobiernos para el cumplimiento de los acuerdos internacionales. Las mujeres han sido el centro de diferentes políticas públicas en salud. La primera vez que las mujeres se convirtieron en un grupo objetivo fue con las políticas de planificación familiar a lo que siguió el enfoque de la salud materno infantil y, finalmente, en los años noventa se comenzó a aplicar el enfoque de la equidad de género. En siglo XX fueron varias las experiencias en las políticas de población. En un primer momento se pasó de modelos pronatalistas o sin preocupación alguna en el crecimiento de la población a modelos que buscaban disminuir las tasas de crecimiento, en particular en los países en vías de desarrollo. Hasta los años sesenta, las políticas de población en Latinoamérica eran abiertamente pronatalistas. Sin embargo, la preocupación del crecimiento poblacional ligado a la pobreza hizo que la política cambiara a la del control natal. En Latinoamérica, desde que se iniciaron las políticas de planificación familiar, se han tenido experiencias contrastantes debido a las diferencias culturales, sociales y económicas, sumadas a los diferentes

momentos que cada nación ha atravesado en la transición demográfica. Por ejemplo, la población indígena en México, una población particularmente vulnerable, presenta una fecundidad mucho mayor que el resto de la población. La TGF en la población hablante de lengua indígena para el periodo de 1992 a 1996 fue de 4.7. En este mismo periodo, la TGF para la población no indígena era de 2.8 (Fernández y Salas, 2001). Este proceso de cambio demográfico y social tuvo como característica adicional la extensión de los servicios de salud en todos los países de la región, al cubrir poblaciones que antes no eran atendidas por el sistema formal de salud. En estos años, las políticas de planificación familiar fueron la estrategia para “combatir” el crecimiento poblacional y su vínculo de asociación con la pobreza imperante en el área. Estas políticas se enfocaron de manera principal en reducir la fecundidad de las mujeres con programas dirigidos específicamente a ellas, ignorando la trascendencia de dirigirse de manera simultánea a los hombres.

1 Publicado como parte del artículo “Políticas públicas en salud, género y mujer”.

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¿ERES LGBTQI Y NECESITAS UNA ORDEN DE PROTECCIÓN? Por: Yolanda Bonilla • Servicios Legales de Puerto Rico

Las manifestaciones de abuso dentro de las relaciones LGBTQI son similares a aquellas dentro de las relaciones heterosexuales. Éstas incluyen maltrato físico, emocional, abuso sexual, control económico y abuso sicológico, sin embargo, hay unas particularidades cuando se trata de víctimas LGBTQI. La amenaza de revelar su orientación sexual y/o identidad de género a sus familiares, lugar de empleo, comunidad, iglesia, etc.; infectar o amenazar con infectar a la víctima con VIH o Sida; y amenazar con contar a otros que tiene VIH o Sida son algunas de las manifestaciones particulares que se presentan en las relaciones LGBTQI. Si se trata de una víctima que además es inmigrante sin documentos, se le amenaza con reportarle a inmigración. En muchas ocasiones la persona agresora convence a la víctima o le amedrenta con que las autoridades no le creerán debido a su estatus migratorio y/o por ser LGBTQI. Si eres LGBTQI y te encuentras dentro de una relación violenta tienes varios remedios que están a tu alcance a través de la Ley 54 del 15 de agosto de 1989, Ley de Prevención e Intervención contra la Violencia Doméstica. La misma se hizo extensiva a las víctimas LGBTQI muy recientemente, en este artículo te explicamos cómo solicitar una orden de protección, lo que debes tener presente al discutir tu situación con la representación legal de tu preferencia y lo que debes establecer con tu testimonio, entre otras cosas.

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La orden de protección prohíbe a la parte agresora intervenir, acercarse y/o contactar a la víctima de cualquier forma. Esto incluye los medios electrónicos, redes sociales y a través de terceros. También establece remedios provisionales relacionados a la pareja y es libre de costo. Si la parte agresora incumple lo establecido en la orden de protección comete delito grave. Para solicitar la orden de protección puedes contratar representación legal o solicitarla por derecho propio con la ayuda de unx intercesorx legal . Nuestro consejo es que en la medida que puedas contrates representación legal. Si no puedes pagar representación legal puedes solicitar ayuda para servicios legales gratuitos. En Servicios Legales de Puerto Rico, los casos de violencia de género son casos prioritarios, contamos con 17 oficinas alrededor de la isla y abogadxs adiestradxs y con extensa experiencia en la litigación de estos casos. Para obtener una orden de protección debes acudir al Tribunal de Primera Instancia del lugar donde resides y/o te hospedas. Allí presentas una petición de orden de protección. Por lo regular te darán un formulario que debes llenar con la información solicitada y un breve resumen de las razones para solicitar la orden de protección. En caso de emergencia que justifique la concesión de la orden de protección sin que la otra parte esté presente, el o la juez emitirá una orden ex-parte luego de celebrada una vista en la cual se demuestre

que existe un gran riesgo para la seguridad de la persona que solicita. Otra vista será señalada para que la otra parte comparezca y se puedan escuchar los argumentos de ambas partes. Si se encuentra causa se emitirá una nueva orden de protección provisional por el tiempo que el Tribunal entienda necesario. Para información más específica sobre el procedimiento visita www.ramajudicial.pr. Si eres menor de 21 años y no estás emancipadx por tus tutores legales o por el Tribunal, debes tener presente que una de estas personas deben comparecer contigo al Tribunal para poder suplir la capacidad jurídica. Esto puede ser un problema para lxs jóvenes que aún no han revelado su orientación y/o identidad de género a sus familiares. Esta es una decisión muy importante y no debes sentirte forzado a revelar tu orientación sexual si aún no te sientes preparadx. Nuestro consejo es que te orientes con un profesional del derecho para discutir las circunstancias y buscar alternativas legales para tu protección. Si contratas los servicios de unx abogadx, debes ofrecer toda la información sobre los hechos y el historial de la relación con sinceridad. No debes guardar secretos e información que te pueda perjudicar, pues será ésa precisamente la que saldrá a relucir en la vista y para entonces será muy tarde para que el/la abogadx pueda tomar medidas y rehabilitar tu testimonio.

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Al momento de testificar debes hacerlo utilizando el lenguaje que típicamente utilizas cuando relatas un problema o una situación. Muchas veces las personas se intimidan con el proceso y tratan de testificar utilizando un vocabulario rebuscado y poco común para ellxs. Esto hace que sus testimonios se perciban artificiales restándole credibilidad. Si te refieres hacia tu persona o hacia tu pareja o ex-pareja bajo una identidad de género distinta a su realidad biológica, utiliza esa identidad en tu testimonio, esto permitirá que te concentres más en los hechos y menos en tratar de no equivocarte en el género. Además, si así lo haces tu testimonio será más genuino y fiel a la realidad. Es importante que te prepares para expresar la realidad de lo sucedido de una forma clara y honesta, en tus propias palabras. Debes evitar en la medida que sea posible describir conductas con un sólo adjetivo. Es decir, si estaba actuando como una persona “loca”, debes relatar con detalle cómo actuaba y dejar que el Tribunal concluya que actuaba como loca. Si te insultó utilizando palabras obscenas, indica qué fue lo que dijo, palabra por palabra, en lugar de sólo decir que fueron obscenas. No temas, el Tribunal ha escuchado de todo. Sólo tú y la parte agresora saben lo que pasó y en el orden que ocurrieron los hechos. En el Tribunal, testifica como si estuvieras contando una película. Debes explicar las cosas en el orden en que ocurrieron, es decir, comienza por el principio de los hechos. Si hubo otros hechos de violencia anteriores lo debes mencionar. MUY IMPORTANTE: debes expresar como esa conducta te hizo sentir y expresar tu preocupación, genuina, por tu seguridad física, mental y en el caso en que aplique la de tus bienes y familia. Debes demostrar que tienes razones válidas para temer por tu

seguridad. Si tienes algún tipo de evidencia como fotos, chats, mensajes en redes sociales o de texto, documentos, lo que sea, consérvala y muéstrala a tu representación legal para que examine si es admisible ante el Tribunal. Con la orden de protección puedes conseguir otros remedios adicionales. Pudieras conseguir el desalojo de la parte agresora de la vivienda que comparten, aún si ésta es él/la dueñx. De resultar que, es tu interés ser la parte que sale de la propiedad, la orden puede establecer la forma en que puedas recoger tus pertenencias de una forma segura. Mediante la orden se le puede prohibir a la parte agresora a disponer de los bienes de la víctima y se puede ordenar el pago de daños, entre otras cosas. Existen otros remedios civiles a los cuales podrías tener derecho y que surgen como consecuencia de los hechos de violencia doméstica. Hay remedios disponibles en el área de vivienda, educación, empleo y otros. Para más información y orientación puedes llamar y solicitar orientación o representación en Servicios Legales de Puerto Rico llamando al Sistema de Entrevista Centralizado al 787-728-5070 en el área metropolitana o al 1-800-981-5342 isla, libre de costo. Unx intercesorx legal es una persona que intercede en los Tribunales a nombre de la víctima para obtener las órdenes de protección. La intercesoría consiste de servicios y gestiones de apoyo, de acompañamiento; de entender y atender las necesidades y problemas, especialmente aquellas vinculadas a la violencia.

ESCRIBIR AVALANCHA: SOBRE EL LIBRO DE CUENTOS AVALANCHA, O CÓMO DENUNCIAR A UNA MUJER QUE LE PEGA A OTRA MUJER Por: Yolanda Arroyo Pizarro

Escribir es conversar. Rey Emmanuel Andújar Status de facebook 2 de enero de 2012, 2:02 am «Dedicado a las mujeres que no le pegan a otras mujeres.» Así lee la dedicatoria de mi libro de cuentos Avalancha en la página 7, publicado en enero del año 2011. Lo pensé mucho para escribir esas palabras porque quería olvidar el suceso provocador de una dedicatoria como esa. Ponerlo en papel definitivamente me lo traería a la memoria cada vez que hablara sobre el libro. Además, deseaba dejar atrás la experiencia lo antes posible. Sin embargo, heme aquí escribiendo y conversando sobre un hecho ocurrido hace ya más de tres años.

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Y es que resulta que me pegaron. A mí. Yo que me jacto de ser tan aguzada para detectar preventivamente quien puede o no hacerme daño de ese modo. Sí, me agredió una mala, mala mujer que debió protegerme y cuidarme, pero que en vez me abofeteó con tanta fuerza que me lanzó al suelo. Por supuesto, la relación se disolvió después de eso, no sin antes incluir otra desilusión enorme debido a motivos ulteriores más allá del incidente. Primer motivo ulterior: Tan pronto fui agredida solicité una orden judicial para protegerme, recibiendo burlas y malos tratos de parte de los que manejan estas emergencias en Puerto Rico, porque según la opinión de ellos, era absurdo y antinatural que dos mujeres se involucraran sentimental y carnalmente.

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Segundo motivo ulterior: Contacté a la mejor amiga de la agresora. Le conté mi desgracia buscando apoyo no solo para mí, sino también para la agresora pues obviamente podría concluirse que ella necesitaba orientación de algún tipo. De su parte recibí rechazo. No entiendo por qué no quiso solidarizarse conmigo. En fin, fue muy frustrante. Tercer motivo ulterior: Contacté a la madre de la agresora. Le expliqué la situación con su hija. Y como ya habrán adivinado, se fue de parte de esta indicándome incluso que yo era una mujer con demasiada astucia verbal, lo cual podía considerarse una provocación a su unigénita. En otras palabras, si me pegaron fue porque yo, mi agilidad mental y mi lengua nos lo buscamos. Cuarto motivo ulterior: Dialogué después de unos cuantos días con la ex pareja de la agresora. Me llamó cuestionando la razón de que ésta hubiera tomado un avión para llegar a Miami a vociferar y darle golpes a la puerta de su apartamento. Qué ha sucedido entre ustedes si eran una pareja tan bonita, me increpó. Y añadió: Ahora que ella estaba demostrando un mejor manejo de su ira y sus ataques emocionales, ahora que parecía controlar su violencia, ¿cómo es que la sacas de tu vida sin darle una nueva oportunidad? ¿Dónde está la solidaridad que nos debemos nosotras las mujeres? Le expliqué lo ocurrido. Me tildó de débil y cobarde, ya que por casi once años de compromiso con la susodicha, ella sí que había aguantado más que eso y procedió a enumerar en orden cronológico los puños y patadas recibidas de manera estoica, por todo ese tiempo. Supongo que bajo sus parámetros lo mío era un paseo. Seguramente esperaba que yo debía aguantar algo similar. Si total, ¿qué es una simple bofetada que te deja el lado de la cara hinchado, morado y adolorido? El balance de mi humillación comparada con la de ella, me hacían ver insuficiente, superficial y hasta changa. Somos seres humanos complejos, me repito todos los días de mi vida. Simplemente hay cosas que nunca entenderé. En fin, que de ahí surgió la redacción del cuento Avalancha, un texto que narra la reflexión en términos metafóricos de lo que sucede en medio de la ruptura romántica, cuando existe una agresión de pareja. Antes de ser incluido en la colección del mismo nombre, el relato fue seleccionado por la Universidad Autónoma de México (UNAM) para formar parte de la antología ganadora del Premio CANIEM 2010 que dirige la Dra. Rosa Beltrán. Las palabras del comité evaluador al notificarme que lo habían elegido fueron: “es un cuento tristísimo”. Tristísima es también la vida para tantas mujeres que pasan esta o similares experiencias. Recibir la incomprensión de los allegados, de los funcionarios y de la policía es sal que se derrama sobre la herida, es decir, un detonante que empeora nuestra desolación y nuestra visión de mundo en un momento de tanta fragilidad. El cuento Avalancha no es un testimonio, ni es una memoria. Por el contrario, es una ficcionalización de la hiperrealidad traducida a un códice familiar para mí: la literatura. A veces eso es todo lo que basta para poder continuar y sentir que se ha superado un obstáculo tan serio.

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LISTA DE LUGARES QUE OFRECEN AYUDA EN SITUACIONES DE AGRESIÓN O VIOLENCIA DE GÉNERO: Proyecto Matria Teléfonos: (787) 704-2222 y 703-0148 Fax: (787) 747-1381 e-mail: proyectomatria@yahoo.com Proyecto de Ayuda a Sobrevivientes de Violencia Sexual y Doméstica (PASOS) Recinto de Ciencias Médicas, Universidad de Puerto Rico P.O. Box 365067 San Juan, PR 00936-5067 Teléfonos: (787) 758-2525 x 2814 Fax: (787) 753-0090 Para citas: (787) 758-2525 x 2813 ó (787) 764-3707 Casa Protegida Julia de Burgos Orientación, asesoría legal, albergue y vivienda transitoria para mujeres víctimas de maltrato y sus hijos. (787) 723-3500 Coordinadora Paz Para La Mujer Apartado 193008, San Juan, Puerto Rico 00919-3008 Provee ayuda y orientación a víctimas de violencia doméstica Teléfono: (787) 281-7579 Facsímil: (787) 767-6843 Correo electrónico: pazmujer@prtc.net Albergues Casa de la Bondad, Humacao Casa Protegida Julia de Burgos, San Juan Casa Protegida Julia de Burgos, Ponce Hogar Clara Lair, Inc., Hormigueros Casa Protegida Luisa Capetillo, Arecibo Hogar Nueva Mujer, Cayey Hogar Ruth, Inc., Vega Baja La Casa de Todos, Juncos

(787) 852-7265 (787) 723-3500 (787) 284-4303 (787) 849-3075 (787) 880-6944 (787) 263-6473 (787) 883-1884 (787) 734-3132

Orientación y apoyo Oficina Legal de la Comunidad, San Juan (787) 751-1600 Casa Pensamiento Mujer del Centro, Aibonito (787) 735-3200 Centro Mujer y Nueva Familia, Barranquitas (787) 857-4685 Clínica de Salud Mental de la Comunidad, San Juan (787) 724-2272 Centro de Orientación Mujer y Familia, Cayey (787) 263-2114

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Para solicitar los mismos, favor de escribir un correo electrónico a info@pazparalamujer.org, con el Título del Correo: “Solicitud de Materiales Educativos”. Escribe una carta que incluya la siguiente información: Nombre, Posición, Organización, Propósito, teléfono y materiales que solicita. Una vez recibido se le contactará para coordinar el recogido de los mismos.

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Afiche: “De hombre es involucrarse, no más violencia de género” Nuevo Afiche: “Sí en serio, no más violencia contra las mujeres” Nuevo Afiche: ¿Necesitas Ayuda? Afiche: “Ella No te Pertenece” Afiche: “Mujeres Inmigrantes” Afiche: “Equidad” Afiche: “Si te maltrata pide ayudada en el trabajo” Directorio: “Servicios para Mujeres” DVD: “Equidad” DVD: “La Orden” DVD: “Todas Merecemos Vivir en Paz” Hoja Informativa: “Nuestra Trayectoria” (Español) Manual: Autocuidado para Proveedoras de Servicio Manual: “El Efecto de la VD en Menores” Manual: “Publicación Mujeres sin Hogar en situaciones de VD” Nuevo Manual: “Publicación Mujeres Deficiencias Desarrollo VD (Rojo) Manual: “Publicación Mujeres Edad Avanzada VD (Verde Oscuro Manual: “Publicación Adolescentes Embarazadas VD (Violeta) Manual: “Publicación Mujeres Inmigrantes VD (Verde Claro) Manual: “Publicación Mujeres Lesbianas y Bisexuales VD (Teal) Manual: “Publicación Mujeres VIH/SIDA VD (Crema) Manual: Referencia y Orientación para Intercesoras Legales en casos de VD” Opúsculo: “Mujer VIH/SIDA y en la VD” Opúsculo: “La VD en mujeres de 60+” Opúsculo: “Protégete Escapa de la VD” Opúsculo: “Acecho Cibernético: ¿Cómo protegernos en el ciberespacio?” Opúsculo: ¿Eres Víctima de Acecho?

• Opúsculo: “Plan de Escape” • Opúsculo: “Por la Paz de las Mujeres, ni una muerte más” • Panfleto: “Violencia Doméstica en lugar de trabajo: Aquí no se Tolera la • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

Violencia Doméstica” Panfleto: “La Relación de Pareja Entre Jóvenes” Panfleto: “Efecto de la VD en niños, niñas y adolescentes” Panfleto: “Nuestro Derecho a Vivir en Paz” Panfleto: “Violencia Doméstica en Pareja de Mujeres” Periódico: Voz de Voces Materiales Educativos sobre Agresión Sexual Afiche: “Agresión Sexual en Citas” Afiche: “Agresión Sexual: Tus derechos” Afiche: “Identificación/Manejo de Situaciones AS” Afiche: “Rompiendo el Silencio” DVD: “Agresión Sexual en Citas (con Manual) DVD: “Rompiendo el Silencio” (con Manual) Opúsculo: “AS en Cita” Opúsculo: “AS en la Edad Avanzada” Opúsculo: “Pedofilia” Opúsculo: “Abuso Sexual Intrafamiliar” (Incesto) Opúsculo: “Hostigamiento Sexual” (No Disponible) Opúsculo: “Mujer No Estás Sola” Opúsculo: “Trata Humana: La Esclavitud del Siglo XXI” Opúsculo: “Víctimas Secundarias de Agresión Sexual” Opúsculo: “Cualquier mujer puede ser AS/Mujeres con DD o impedimentos”

• Opúsculo: “Comunidades Transgénero y AS” • Opúsculo: “AS y mujeres sin hogar” Nuevo

Opúsculo: “Las Ordenes de Protección, ¡Protegen!” Opúsculo: “Mujer Inmigrante No Estás Sola” (Creole) Opúsculo: “Mujer Inmigrante No Estás Sola” (Español) Opúsculo: “Mujer Inmigrante No Estás Sola” (Inglés)

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INTEGRANTES DE LA CPM ALBERGUES • CAPROMUNI (Casa Protegida para Mujeres y Niños) (Arecibo): (787) 880-2272 (Albergue) (787) 548-0354 (Celular Albergue 24horas), (787) 597-2607 • Casa Protegida Julia de Burgos (San Juan): (787) 723-3500, (787) 723-3516, (787) 7258580 • Casa de la Bondad (Humacao): (787) 852-7265, (787) 852-2087, (787) 548-0010 Emergencia después de las 5:00pm y fines de semanas. • Casa Protegida Luisa Capetillo (Arecibo): (787) 880-6944, (787) 878-1935 • Hogar Clara Lair (Hormigueros): (787) 548-0419, (787) 548-0418 - Tribunal (787) 548-0417(Aguadilla), (787) 218-1063 • Hogar Nueva Mujer Santa María de la Merced (Cayey): (787) 263-6473, (787) 2638980, (787) 548-0709 (Tribunal) • Hogar Ruth (Vega Alta): (787) 883-1805, (787) 883-1884, (787) 548-6900 on call, (939) 630-7806, (787) 223-1886 Trabajo Social • La Casa de Todos (Juncos): (787) 734-5511, (787) 734-3132, (787) 222-6302 CENTROS DE SERVICIOS

• AMATS (Carolina): (787) 776-3750, (787) 7763840, 787-276-2923 Fax

• Asociación Cristiana Femenina de Puerto

Rico, YWCA (San Juan): (787)724-1037 • Casa Pensamiento Mujer del Centro Inc. (Aibonito): (787) 735-6698, (787) 735-3200 • Centro de Ayuda a Víctimas de Violación, CAVV (Isla): Línea de Ayuda (Horario

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Laborable): (787) 765-2285, Línea Informativa (Libre de Costo): 1-800-981-5721, Oficinas: San Juan: (787) 756-0910, (787) 765-2412, (787) 756-0930, Arecibo: (787) 880-5709, Caguas: (787) 745-0808 / 0809, Fajardo: (787) 860-2889, (787) 863-4898, Mayagüez: (787) 833-7140, (787) 834-1648 x 231, Ponce: (787) 290-3636 Centro de la Mujer Dominicana (San Juan): (787) 772-9251 Centro Mujer y Nueva Familia (Barranquitas): (787) 857-4685 Mujer de Luna (San Juan): (939) 254-5537 Oficina de Promoción y Desarrollo Humano, OPDH (Arecibo):(787) 817-6951, (787) 8176954, (787) 817-6955 Proyecto Criando para la Paz (San Juan) (787) 765-7895, (787) 767-5899 Taller Salud (Loíza): (787) 876-3440, (787) 256-7568 Proyecto RAMA Municipio de Carolina (787) 757-2626 x 8435

UNIVERSIDADES • American Association of University Woman, Universidad Central del Caribe (San Juan) (787) 439-5825 • Comité Institucional Asuntos de la Mujer UPR (Arecibo) (787) 612-7425 • Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos, Unidad de Servicios Legales a Mujeres (Mayagüez/Aguadilla) (787) 2652900 • Programa de Prevención de la Violencia hacia las Mujeres, UPR (Humacao) (787) 850-

0000 Ext 9629, 9601, 9668 • Programa de Violencia Doméstica, Clínica de Salud Mental de la Comunidad, Universidad Carlos Albizu (San Juan) (787) 725-6500 x 1107, 1117 • Proyecto Apoyo a Mujeres Sobrevivientes de Violencia Doméstica: Siempre Vivas, UPR (Mayagüez)- (787) 390-3371, 375-7051 • Proyecto de Ayuda a Sobrevivientes de Violencia Sexual y Doméstica (PASOS) (San Juan) (787) 765-0615 x 368 OTROS

• Amnistía Internacional, Sección de PR,

Comité de Género (San Juan) (787) 7638318 • Iniciativa Comunitaria (San Juan) (787) 2508629 ORGANIZACIONES FEMINISTAS • Organización Puertorriqueña de la Mujer Trabajadora (San Juan) (787)374-8348 • Feministas en Marcha (San Juan) (787) 7536430 FEMINISTAS EN CARÁCTER INDIVIDUAL Diana Valle Ferrer / Luisa Seijo Maldonado / Linda R. Pérez Laras / Maria C. Pacheco Alcalá / Nahomi Galindo Malavé / Sara Benítez Delgado Sonia Sierra / Yolanda Bigio Ramos

9/21/13 5:30 PM


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