ESTUDIO DE LAS NOTAS DEL CONCEPTO "ESTADO".
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l dato humano, referido al Estado, se encuentra íntimamente vinculado con la concepción que se tenga del hombre mismo, o sea, como dice Jean Dabin: "La concepción del Estado es inseparable de una concepción del hombre, ya que el hombre está en el fondo del Estado, como lo está en el fondo de toda organización política". La Historia nos enseña que a todo cambio que hay en la concepción del hombre corresponde un cambio de forma en la organización política; la convivencia, conservación, perpetuación y el mejoramiento o desarrollo de la sociedad explican a la organización política, y de igual manera al Estado, por lo que es necesario estudiar al hombre, el cual vive con y entre muchos hombres, por la insuficiencia que naturalmente tiene para sobrevivir y cuando cultiva su propia naturaleza social, se convierte en un ser político, lo estatal se da en lo humano colectivo, ya que los grupos humanos establecen entre sí vínculos de solidari83
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dad y reúnen su actuar constante y renovado para obtener bienes comunes que permiten alcanzar sus fines. Las relaciones que entre sí establecen los hombres, son reales y así convienen en comunicarse por medio de ciertos sonidos a los que se da un significado preciso; de igual manera se aman y se odian y fijan reglas que cumplen o que violan, e incluso unos hombres mandan y otros obedecen; los hombres se agrupan en unidades que en algunos casos son distintas e incluso antagónicas, y por ello la Sociología y las Ciencias que le son afines han tratado de explicar la existencia y el origen de la sociedad, pudiéndose citar las teorías de Aristóteles, la contractualista de Rousseau y la organicista de Spencer, e incluso alguna teoría ecléctica que utiliza ideas o conceptos de estas diversas teorías. Todas estas teorías empiezan por referirse al matriarcado, patriarcado, el clan, la familia y la sociedad. Los hombres conocen a los hombres, y se reconocen en él, y lo estiman de una u otra manera, pero todo esto en el seno de la sociedad. La razón y el amor conciben a los hombres iguales en su origen, y luego, al problema o asunto del bien común se añadió el problema o asunto de la Justicia, cuya idea o concepto resulta harto difícil establecer, pues la idea de Justicia como explica Hans Kelsen en su obra
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¿Qué es la Justicia?, depende del punto de partida que se usa para su conocimiento, así por ejemplo, "La Justicia como problema de la solución de conflictos de intereses o valores"; "La jerarquía de los valores"; "La Justicia como problema de la justificación de la conducta humana"; "Las soluciones metafisico religiosas"; e incluso las "fórmulas vacías de la Justicia" o las "Ideas que sobre la Justicia exponen Emmanuel Kant, Aristóteles, el Derecho Natural y el Absolutismo y Relativismo, o algunas ideas extremistas como la de Joserrand, quien dice que la justicia es solo el sueño de algunos imbéciles. Dentro de la organización política del Estado Moderno que está arraigado en un territorio específico, el concepto del Estado puede concebirse también como Sociedad; como población, como pueblo, como nación o incluso como una clase social, pudiendo también entonces hablar de una crisis innegable. Conviene establecer los términos que hemos venido usando, y así podemos decir que para JELLINEK el término "población", es sinónimo de pueblo, y según el mismo JELLINEK, el término "sociedad" tiene un significado primero de género, ya que es el hecho positivo de la convivencia y co-
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operación humanas, sujeto lo mismo a impulsos altruistas que egoístas, y este concepto sustenta a todas las agrupaciones humanas organizadas, como la Iglesia, Sindicato, Empresas Mercantiles, el Ejército y al propio Estado. Aunque debemos reconocer que en la figura del Estado moderno, a la palabra "sociedad" se le ha dado un significado un poco más restringido y se le ha personalizado para identificarla con el Estado. Aristóteles identifica a la sociedad con la organización política; pero los iusnaturalistas racionales como Althusio, Grocio y HOBBES consideran que la sociedad, etimológicamente, es un calificativo de relación que indica supremacía, superioridad o imperio, palabras todas que tienen el mismo sentido radical. Aparece ahora la figura del Derecho, que debe relacionarse con la soberanía, el poder del Estado y el Derecho Internacional. Soberanía es la cualidad de la organización política moderna, en virtud de la cual se tiene la capacidad exclusiva e independiente como centro de voluntad general unitaria y facultad de decisión en definitiva sobre todo lo relacionado con las funciones políticas, legislativa, judicial y administrativa, dentro del ámbito territorial de su competencia, y en un principio, del
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ámbito personal de cada pueblo. Esta capacidad es la fuente formal del Derecho Positivo, la cual puede modificarse de acuerdo con los fines políticos comunes y los valores que implican; por la cualidad soberana, la organización del Estado dispone, de hecho y de derecho, del poder para realizar sus funciones, imponiéndolas por la fuerza o la coacción si fuere necesario, a todos los habitantes de su territorio y miembros de su pueblo, ya se les considere organizados socialmente en alguna forma o incluso se les considere en su individualidad particular. Por ser esa capacidad exclusiva e independiente, es de la esencia de la Soberanía, no dejar sin solución ningún conflicto de los que pudieren presentarse en el área de su jurisdicción. No hay pugna entre Soberanía y Derecho, ya que ambos corresponden a un mismo sentido funcional. La soberanía no es poder, ni el Derecho limita al poder; el Derecho es la expresión fundamental de la capacidad soberana, que es superioridad, exclusión e independencia, en la decisión para establecer el Derecho. La pugna se presenta si nosotros personalizamos los conceptos como categorías distintas y con realidades diferentes, olvidando que el uno es función del otro, y que toda función implica un sentido que tiende a un fin. Si la soberanía es poder y así la aislamos, o si el De-
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recho es orden fijo y así lo analizamos, ambos conceptos entran en pugna, pero si los vemos en su función unificante, el problema desaparece. Heller nos dice: "Dos cosas son necesarias para la clara comprensión del poder del Estado como unidad de acción engendrada por varios factores, una primera, no debe ser concebido como un ente fantástico que exista independientemente de quienes lo producen y fuera de ellos; sin embargo otra cosa necesaria es diferenciar claramente a todas las actividades particulares que crean el poder del Estado y la Soberanía. Las naciones y su territorio limitan su propia soberanía al ámbito que les es propio; pero las naciones conviven y entran en relaciones cada vez más estrechas, por lo que surge así el Derecho Internacional, ya que en un principio la exageración de la inercia nacionalista estableció la idea de que las naciones integraban una unidad cultural estricta e independiente de los demás y que había un derecho que cumplir en las relaciones que se establecieran entre las mismas naciones. La sociedad, en término genérico, no se puede ni e debe identificar con la organización política, aún reconociendo que es innegable que genética y lógicamente la sociedad es un momento previo a
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la organización política, y mientras ésta cambia de forma, aquélla permanece como un hecho positivo y natural, y por ello, cuando la sociedad no funciona, los valores sociales se imponen a los de la organización total, originando las crisis políticas que todos conocemos y que están vinculadas a una concepción particular del hombre. El término, población, designa a un elemento del Estado, y tiene un sentido aritmético, cuantitativo y estadístico, designando al número de hombres que un momento determinado viven físicamente dentro de la circunscripción territorial de un Estado concreto, con independencia de los distintos vínculos éticos, políticos o religiosos, e incluso jurídicos que les unen. Hay hombres con distinta calidad ante la Ley; los nacionales y los extranjeros, cada grupo con un estatuto jurídico distinto. Rousseau reduce el número de la población, ya que dice que cuanto más grande es el número de hombres o el Estado mismo, se disminuye la libertad, pero podemos decir que en realidad no hay un número específico de hombres que formen un Estado, pero lo que sí es cierto es que ha de ser un número muy crecido. Pueblo, es el término que tiene un significado cualitativo muy preciso, pues "pueblo" no es el
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conjunto de todos los hombres agregados de cualquier manera, sino solamente los que están reunidos por un acuerdo común para causas de utilidad pública, como dice Cicerón y quedan sujetos al mismo Derecho. El pueblo es un conjunto de hombres que se organizan para realizar los fines políticos, y que se ordenan mediante un derecho, gozando de obligaciones y derechos tanto civiles como políticos; como el pueblo está formado por hombres, la concepción de éstos será la del pueblo, pudiendo señalar que uno de los caracteres fundamentales que identifican al término pueblo consiste en el trato que el Derecho da a todos los miembros de ese pueblo y que necesariamente debe ser igual y común, por lo que el concepto pueblo sólo se puede aplicar a quienes tienen una misma calidad ante la Ley. Pueblo es una expresión calificada por el Derecho, que se explica por la unidad social que está en el fondo por la fuerza de la Historia, lo que al mismo tiempo explica la unidad de ese pueblo, y entonces, lo que específicamente califica al pueblo es el Derecho, que no es de generación espontánea, sino que es el resultado de las tendencias y problemas que están en el pueblo, En el caso de México, la propia Constitución Federal está calificando a su sociedad como pue-
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blo, en su expresión objetiva está formado por elementos sociales, políticos e históricos que lo caracterizan, lo distinguen, lo explican y lo integran. En el medioevo, la naturaleza o calidad de pueblo estaba dada por un derecho natural con raíz teológica, y estaban jerarquizados como corporaciones en los que el individuo o persona, tenía derechos como integrante del cuerpo colectivo, acogido y garantizado dentro de la compleja poliarquía medieval, por un estatuto o normatividad de orden general y social. La palabra territorio, o lo que es el territorio en sí, es otro de los elementos que se relacionan y que dan cuerpo al Estado. La palabra territorio proviene de los términos "terreo" o "territo", que significa "terror", "espanto" o "atemorización", lo que entonces denota un símbolo del imperio sobre los hombres. El territorio es concebido como una cosa sobre la que el Estado tiene derecho. Hasta el siglo XIX los autores o maestros sobre la Teoría del Estado empiezan a dilucidar que el territorio es uno de los elementos integrantes del Estado, y se percatan del carácter profundamente territorial de la organización política moderna, vinculada a un espacio determinado de tierra, dentro de la cual se realiza o tiene fuerza el Derecho. En el carácter territorial del Estado se encuentra su dis-
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tinción con otras corporaciones tales como la Iglesia, Municipio, Sindicato u otras análogas, que siendo organizaciones sociales, carecen de territorio propio, y- es solamente el Estado el que mantiene al territorio como dato peculiar de su ser. El Derecho impera entonces en un territorio preciso y determinado, dentro del cual el poder del Estado es soberano en sus derechos y funciones; el territorio se puede estudiar desde el punto de vista de la trascendencia que tiene como sustento y ambiente de los grupos humanos, y así podemos citar: Relaciones indirectas de la geografía con las organizaciones políticas. El hombre vive de la tierra y en su ambiente, y su economía está determinada por la geografía, por lo que lo importante es la trascendencia de los hechos geográficos en la vida política, la cual opera por medio del actuar humano, y por ello la geografía obra en la política y en las instituciones políticas como un factor de origen. La tierra, como espacio, está en el fondo de todo proceso humano, y lo está en los hechos políticos que gravitan sobre todas las organizaciones sociales, y es la tierra uno de los factores que hace que los grupos sociales sean fuertes.
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También podemos hablar de las relaciones directas de la geografía con el Estado moderno, y así JELLINEK dice, que sin sujetos humanos no hay territorio, sino solo una parte de la superficie terrestre, porque el territorio está impregnado de sentido humano y tiene una función política. El hecho geográfico no explica al territorio, aunque lo sustenta; el Estado Moderno tiene un profundo sentido territorial, porque está ligado aun espacio exactamente delimitado dentro del cual ejerce su soberanía y su derecho. Al territorio hay que considerarlo desde tres puntos de vista: Territorio objeto.- la tierra considerada como objeto de derechos pertenecía al gobernante como representante de la colectividad, y tan es así que la propiedad privada y especialmente la tierra era anterior al Estado y se reconocía como límite del poder soberano. La tesis patrimonialista del soberano es la teoría que explica al territorio como objeto de un derecho real que equivale a la propiedad de la que es titular el Estado, y al caso podemos citar que la Constitución Política de México establece en su artículo 27 que la propiedad originaria de la tierra corresponde a la Nación, y que ésta tiene el derecho y nosotros diríamos, también el deber de imponer a la propiedad originaria las modalidades que dicte el interés pú-
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blico. En este sentido, JELLINEK dice quec el Estado directamente no puede ejercer dominio material sobre el territorio, sino por la mediación o por intermedio de sus súbditos, creándose entonces las diversas modalidades de la propiedad o de la posesión de las tierras. TEORÍA DEL TERRITORIO SUJETO.
Esta teoría reputa al territorio como elemento esencial de la personalidad del Estado, y como uno de sus elementos objetivos. León Duguit dice que el territorio es un elemento constitutivo de esa persona jurídica, y JELLINEK dice que el territorio del Estado tiene o presenta dos propósitos: Estado, considerado como sujeto, y en este caso el territorio resulta un elemento propio e integrante del Estado, en donde descansa la impenetrabilidad del propio Estado, de ahí que JELLINEK define al Estado como una corporación territorial dotada de un poder de mando originario, y se dice que el territorio es un elemento constitutivo del Estado ya que no se puede concebir un Estado sin territorio. TEORÍA DEL TERRITORIO LÍMITE.
En este caso se concibe y explica que el territorio constituye los límites dentro de los cuales el Estado realiza o ejerce sobre los hombres sus ac-
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tos de imperio. Kelsen dice que el territorio es el ámbito espacial de validez del orden jurídico estatal, y podemos decir que en un lenguaje jurídico el territorio es un término sintético con que se expresa un complejo de realidades y de relaciones que tienen dimensiones naturales, históricas, políticas y jurídicas. No es el tamaño del territorio lo que hace a los Estados, y hay Estados de territorio grande o pequeño, pero lo que interesa es que dentro de su territorio encontramos una autosuficiencia por el que la población encuentra satisfactores económicos y culturales que lo hacen autosuficiente, esto es, que se produce todo lo que se necesita, o lo bastante y suficiente sin empobrecerse. El territorio del Estado está significado no solo por la tierra, sino también por el mar que lo rodea ,por el espacio que lo cubre y por el subsuelo que lo soporta, en todos estos últimos casos en extensión y forma que dicta el Derecho Internacional, por medio de las convenciones internacionales.