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PROCESOS DE PAZ

BRECHA EDUCATIVA

A FAVOR DE LA VIDA

ESTÉTICA

LAS REDES SOCIALES Y LOS NUEVOS PERIODISTAS


ÍNDICE 04

DIRECTORIO Esta es una publicación electrónica de la Universidad Vasco de Quiroga realizada por el Área de Educación a Distancia.

PROCESOS DE PAZ

Rector: José de Jesús Zenil Nogueira Sec. Adm.: Raúl Martínez Rubio Director de Com. y R.P.: Rafael V. Bretón P. Directora de Área: Tere Vega Campa Directora Fundadora: Lilia Patricia López V. Directora General: Tere Vega Campa Coordinadora editorial: Rosa María Zenil Diseño y edición: Ramtari Arriaga Vitela Desarrollo tecnológico:J. Antonio Herrera Correción de estilo: Paulina de la Cueva

Colaboradores: María Eugenia Cruset Fernando Martínez Sifuentes, Miguel Muñoz, Augusto Ayala Ledesma y Jorge Guillén Ángel.

La información contenida en los artículos es responsabilidad de los autores y no representa necesariamente la opinión de la Universidasd Vasco de Quiroga. Prohibida la reproducción total o parcial de los artículos sin autorización del editor.

08 ESTÉTICA

10 REDES SOCIALES Y PERIODISTAS

16 REDUCIR LA BRECHA EDUCATIVA

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Escríbenos a nuestro correo electrónico:

adistancia@uvaq.edu.mx Mándanos tus comentarios a la Avenida Juan Pablo II No.555 Colonia Santa María de Guido. C.P. 58090, Morelia, Michoacán, México. O llámanos al teléfono 01 (443) 3235171, 78. Extensión 2179, 2180. o al 01800 907 8827.

A FAVOR DE LA VIDA

25 CURSOS Y DIPLOMADOS

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EDITORIAL Sin duda, las redes sociales han venido a consolidar el uso y la importancia de Internet. Estos espacios borran fronteras, multiculturizan, crean nuevas forma de comunicación interpersonal, fomentan movimientos sociales, acercan a quienes comparten la misma ideología en cualquier parte del mundo, abren espacios para la expresión pública y logran romper cercos de censura. La reciente retirada de Ben Ali en Túnez y la posterior salida del poder de Egipto de Hosni Mubarak, quien ocupó la presidencia por casi treinta años, nos convierte en testigos de la primera revolución cibernética. Si bien las manifestaciones públicas duraron dieciocho días en ese país, el movimiento se gestó mucho antes, se mantuvo y se extendió gracias a las redes sociales. Internet ha dado cabida a estas y otras herramientas de comunicación que además aportan toda una transformación en la manera de hacer y conocer las cosas. Visto así, tendremos que considerar a las redes sociales como un instrumento de fuerza ciudadana, medios masivos que deberán ser estudiados de manera continua, como en su momento se hizo

con el impacto de la radio y la televisión en diversas áreas. La responsabilidad que estamos adquiriendo como sociedad con el manejo de la tecnología en nuestra vida cotidiana es muy fuerte. Este es el momento de hacer un alto y reflexionar sobre cómo y para qué queremos y usamos las redes. La prueba de poder ciudadano que se manifiesta en estos momentos, después de los acontecimientos mencionados, y los que siguen ocurriendo en aquella región de África, nos pone en la tesitura de volvernos verdaderos actores políticos y líderes sociales desde nuestros hogares y puestos de trabajo. Tener en cuenta esta posibilidad debe presuponer en nosotros la voluntad de hacernos responsables de las ideas, acciones y situaciones que apoyemos, condenemos y ser consecuentes con ello.

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Las tres anclas de los procesos de paz El concepto de “paz” es complejo de definir porque tiene profundas connotaciones subjetivas. Hay autores que hablan de una diferencia entre “paz negativa”, que significa ausencia de violencia directa, y “paz positiva”, que incluye en el concepto la injusticia social y la violencia cultural. La paz negativa es el primer paso en los procesos de paz. En este trabajo pretendemos es-

bozar algunas variables que deberían modificarse en función de la obtención de una paz larga y verdadera. Los procesos de paz 4

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constituyen una oportunidad para un nuevo contrato social y para enfrentar las inequidades y separaciones-exclusiones que fueron causantes de un conflicto; sin embargo, no será posible hasta que todos los actores se comprometan con el proceso, en especial la sociedad civil.

Lo que suele ocurrir es que estos procesos surgen de negociaciones políticas entre diferentes actores internacionales de alto nivel y son el fruto de las mismas. Es esta situación la que hace que se los crea un logro en sí mismos, y no como el primer paso hacia la reconciliación. Ese primer acercamiento es necesario, claro, pero insuficiente en la medida en que no se derrame a la sociedad toda y de este modo se logre un éxito a largo plazo. Para que esto ocurra es imprescindible trabajar sobre tres variables que deben convertirse en los tres puntos de anclaje: el sistema educativo, la policía y la reparación histórica. Las tres anclas y el acuerdo de paz


A modo de ejemplo tomaré el caso del Acuerdo de Paz de Irlanda del Norte, llamado “Del Viernes Santo” (1998), firmado para poner fin a los enfrentamientos entre católicos y protestantes durante las décadas de 1970 y 1980 del siglo pasado.

esos alumnos llegarán a la universidad. De este modo se continúa una situación de injusticia con cientos de años de existencia, donde los protestantes tienen las mejores posibilidades en detrimento de los católicos1. La policía

El sistema educativo Desde el Acuerdo de Paz de Irlanda del Norte, el sistema educativo ha tenido dos reformas, una en 1989 y otra en 2007, sin embargo, la abrumadora mayoría de los niños aún se educa en escuelas confesionales, ya sean católicas o protestantes, donde se perpetúa la segregación. Muchos de estos alumnos convivirán cotidianamente con personas de otra religión cuando trabajen o cuando lleguen a la universidad, y para entonces tendrán formado un sistema de valores que incluirá mártires, amigos y enemigos. Por otro lado, si bien todo el financiamiento proviene de Londres, los fondos para cada clase de escuela están separados, y, hay que decirlo: el financiamiento para las escuelas católicas es menor, lo que tiene como consecuencia que la calidad educativa de esas instituciones también sea menor. No hay que aclarar que cuanto más pobre sea la educación de los individuos, los trabajos que estos consigan serán malos y pocos de

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La Corona, es decir, Enrique VIII e Isabel I, confiscaron las tierras de los irlandeses católicos y las entregaron a grandes grupos de colonos protestantes, ingleses y escoceses. A las diferencias de lengua y lealtades se añadieron las religiosas. Las discrepancias entre el gobierno anglicano y los católicos irlandeses, tanto nativos como colonos, persistieron y se llegó a la rebelión de 1641-1650. Oliverio Cromwell, lord protector de la época, reprimió brutalmente a los rebeldes y a partir de entonces la tierra quedó enteramente en manos protestantes. El triunfo de Guillermo de Orange, el 12 de julio de 1690 en la batalla del Boyne, selló la suerte de Irlanda. Las leyes penales convirtieron la práctica del catolicismo en un delito y los católicos y disidentes huyeron a las colonias de América, donde sus descendientes contribuyeron al proceso de independencia de Estados Unidos. EDUCACIÓN A DISTANCIA

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Uno de los puntos claves del Acuerdo es la creación de una policía que sea aceptable para los dos bandos. Por esta razón, el primer ministro británico, Tony Blair, encargó la redacción de un informe sobre la situación policial al exgobernador de Hong Kong, Chris Patten. Ese informe fue entregado el 9 de septiembre de 1999 y hasta ahora sus recomendaciones no han sido puestas en práctica en su totalidad, lo que lleva a que el Sein Fein se oponga a la incorporación de católicos en las fuerzas policíacas. El Servicio de Policía de Irlanda del Norte (PSNI, por sus iniciales en inglés), creada en 2001, es el sucesor del Royal Ulster Constabulary, una fuerza policial acusada por los católicos de parcialidad en el conflicto entre esta comunidad y la protestante, en Irlanda del Norte. Los dos problemas más importantes que debe enfrentar son su mala fama y su constitución casi exclusiva de protestantes, lo que sólo sirve para reforzar esa opinión. Queda claro que hay muchas características que cambiar todavía en la policía para que pueda ser percibida como una fuerza defensora de todos.

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Sin verdad no hay justicia. Sin justicia no hay paz

gados, sólo resultará en un rebrote de violencia.

El Acuerdo de Paz tiene una clara mirada hacia el futuro, pero sin considerar el pasado. En él no se habla de reparación a las víctimas de uno u otro bando, aunque existe un pequeño círculo académico y de activistas por los derechos humanos donde se empieza a discutir tímidamente este tema, sin embargo, aun ahí se trata el tema de una compensación monetaria más que de una legal o judicial.

Conclusión

A simple vista parecería que existe una contradicción entre paz y justicia, aunque la segunda es imprescindible para que el proceso de paz sea sostenible, de ahí que sean indispensables los mecanismos judiciales y no judiciales. Lo anterior también implica que todos los actores del problema sean parte activa de la solución; la no inclusión de alguno o la parcialidad presencial a la hora de ser juz-

Todo proceso de paz es bienvenido porque no existe modo de que un pueblo se desarrolle si no es a través de la buena convivencia, sin embargo, hay que ser concientes de la necesidad de un esfuerzo común para que sobrepase las palabras o las buenas intenciones, y más allá de ser un ideal para todos, se consiga llevarlo a la práctica. Sólo la paz que se construye sobre la justicia tiene posibilidades de prosperar a largo plazo.

MARIA EUGENIA CRUSET Maestra en Relaciones Internacionales Universidad Nacional de la Plata Colaboradora desde Argentina EDUCACIÓN A DISTANCIA

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La estética en la educación

Detonante de inteligencia y creatividad

El tema que aquí trataré es la virtud educadora del arte. En incontables ocasiones, este ha sido un elemento coadyuvante dentro de los programas de formación integral de la persona y puesto de relieve por numerosos pensadores y filósofos de todos los tiempos. Aristóteles se refirió al poder catártico del arte en tanto que valioso auxiliar en la tarea de la sanidad del alma. Según su teoría de la catarsis, nos acercamos a las manifestaciones artísticas por la agradabilidad (sic) que proyectan y porque, a su contacto, se produce una purificación espiritual de nuestras pasiones que hace que nos sintamos liberados espiritualmente. El teatro, la música, la literatura y las demás proyecciones artísticas encau-

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zan nuestros más bondadosos flujos de conciencia y capacidades creativas hacia fines nobles. La ventaja obtenida sería la purificación y, en cierto modo, también la llevar a la plenitud nuestros potenciales interiores. Platón, el maestro de Aristóteles, se había referido al arte de la palabra como un poderoso instrumento divinizador del hombre, que es propio de espíritus que se dejan llevar por la posesión entusiástica que esto causa. No obstante, el de alguna suerte también “divinizado” poeta, advierte que el arte de la poesía y otras artes, comportan serios riesgos de evasión y perjuicio para quienes se ponen en contacto con sus manifestaciones o las generan sin apegarse a normas estrictas de moralidad. Esto explica su prescripción de los poetas, tal y como se proyecta en su obra La República. Es muy significativo que sea precisamente en las épocas más críticas del racionalismo científico cuando surge la necesidad de recuperar el valor del arte para impulsar al hombre y a la sociedad hacia metas de crecimiento y de ple-


nitud por vía de la educación. En otras palabras, en los periodos históricos de mayor deshumanización y entrampamiento ético resplandece mejor el aporte específico de la estética y es cuando las posibilidades humanizadoras de la creación artística son puestas en perspectiva con mayor provecho.

Así, en el periodo romántico europeo encontramos figuras de gran relieve, como las de Goethe y Schiller con su movimiento sturm und drang (tormenta y pasión) donde se ponía de relieve una visión estética de la educación y de la vida. Fue J. F. Schiller, quien en sus Cartas sobre la educación estética del hombre, dejó establecidas algunas premisas fundamentales en el horizonte de la formación de las consciencias y sensibilidades de las nuevas generaciones. El ingrediente artístico, según este orden de ideas, abre enormes perspectivas de cambio y transformación para los educandos cuando esos potenciales son encauzados de manera adecuada. Por su parte, J. F. Hegel coloca el factor artístico en un nivel paralelo al de la religión y la filosofía, lo que eleva estos tres componentes a la categoría de sabiduría suprema capaz de otorgarle

al ser humano la carta magna: liberación y autorrealización que anhela desde sus profundidades y que, de no darle cumplimiento, desembocaría en la enajenación, el subdesarrollo y la frustración. De otro gran conocedor de las profundidades potenciales del hombre, el novelista decimonónico Fedor Dostoievski, proviene aquel sensato y un tanto enigmático señalamiento de que “la belleza salvará al mundo”. Y es que, en su avisoramiento metafísico de la realidad, el celebérrimo autor de Crimen y castigo no puede menos que retornar a la correspondencia estrecha que existe entre los valores que constituyen a la persona y los fundamentos ontológicos que le son propios. En este nivel, la verdad, la bondad, la unidad y la belleza se reencuentran, se identifican y se dan la mano en la puesta en marcha del proyecto de desarrollo humano y cosmológico que la educación, lejos de soslayar, ha de esclarecer y promover en todas sus fases de comprensión y desarrollo.

FERNANDO MARTINEZ SIFUENTES Facultad de Filosofía Universidad Vasco de Quiroga

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Redes sociales y nuevos periodistas @beltrandelriomx escribió: “Pude presenciar el bombardeo aéreo que lleva a cabo el ejército libio. Explosiones, mucha destrucción, temor y centenares de muertos”. En el perfil del autor de esta declaración, se lee que es periodista y director editorial del periódico Excélsior. Conciso, breve y puntual, su reporte refleja la terrible realidad de la situación del país árabe y se convierte en una pieza de información vital para el mundo, que así puede “asomarse” de inmediato a Medio Oriente y tomar conciencia de lo que sucede en el planeta y aplicarlo a su vida y circunstancias personales. En 140 caracteres un observador puede, en la actualidad, expresar lo que presencia como un corresponsal de guerra. En el caso de Beltrán del Río, el autor del “tweet” con el que inicio este texto, parece que su actividad periodística nos lleva a considerar natural que se comunique de esta manera, sin embargo, cientos o miles de ciudadanos ejercen un poco del oficio al retweetear este breve comunicado y multiplicar su impacto. También hay individuos 10

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que se convierten en analistas de la realidad al emitir su opinión referente a diferentes situaciones y generar discusiones serias sobre los conceptos básicos que mueven al mundo y perfilan la realidad. Más aún; millones de cibernautas que nada tienen que ver con el ejercicio profesional de la comunicación, reportan diariamente desde hechos del ámbito privado (acontecimientos de su vida personal) hasta eventos de interés público (reportes de tránsito, clima y movimientos sociales, actividades de asociaciones y organizaciones no gubernamentales o personalidades de la farándula o política, hechos noticiosos, etc.). Desde otra perspectiva, Francisco Valdés, @fvaldesp, fue una de las primeras personas que emitió en el ciberespacio la siguiente información: “Es oficial, el


alcalde de #Torreon @eolmosc y el resto de la delegación que fue a #Japon estan bien. Estuvieron atrapados en un tren 6 horas”. Sin tener el compromiso profesional del reportero, Valdés informó y se adelantó a los tiempos de las redacciones y de las oficinas de Comunicación social; antes de que el boletín pudiera ser redactado, aprobado por el jefe de prensa y enviado por los canales apropiados; recibido por el jefe de información, discutido con el editor de la sección, esquematizado, ilustrado y publicado, Valdés logró lo más importante: transmitir la noticia al gran público.

filado como medio de comunicación de manera tan eficiente, que incluso los medios tradicionales utilizan tweets de diversas fuentes, tanto de las personalidades sobre quienes informan, como de ciudadanos de a pie, y hasta los propios comunicadores realizan una labor paralela de información en el cyber espacio, donde se dan la oportunidad de manifestarse con un aspecto más humano y plasmar sus opiniones personales, más allá del compromiso con la empresa en la que trabajan.

Como este, hay millones de casos en que los ciudadanos llevan la delantera para generar un nuevo esquema de hacer noticias, un sistema de transmisión de información reconfigurado y cuyas principales características son la apertura de múltiples canales, la horizontalidad y la inmediatez.

Recientemente, el diario inglés “Daily Mirror” hizo eco de una conferencia de Claire Fry, una reconocida periodista británica, que se llevó a cabo en el Instituto de la Prensa de Sri Lanka. En el evento Fry destacó la importancia de las redes sociales en la sociedad actual y aseguró que “si los periódicos quieren ser relevantes en el contexto actual del periodismo ciudadano, deberían aprender a integrarse con las nuevas plataformas de medios de comunicación sociales como Facebook, Twitter y YouTube.” (Gonzalo, 8 de marzo de 2011).

En muchos aspectos, Twitter se ha per-

Tanto el instituto mencionado EDUCACIÓN A DISTANCIA

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como la periodista consideran “un tema clave para 2011 la educación y alfabetización de los periodistas en el uso de los medios de comunicación” y asimismo, la incorporación de dichas herramientas en las plataformas de información tradicional. Es notable el uso de la palabra alfabetizar para aprender a utilizar de manera cotidiana las tecnologías de información y comunicación; alfabetizar, en este caso, se trata de plantear dicho aprendizaje como una habilidad de orden esencial para el mejor desempeño de la labor periodística; no sólo como una habilidad adicional ni un hobbie, sino de un desempeño

indispensable para ejercer el oficio de manera adecuada. En otras palabras, quien se quede fuera de estos medios y sea incapaz de desempeñarse en las redes sociales, no podrá ser competitivo. Si bien en el contexto general ya se está haciendo uso de las redes sociales para complementar la información, se espera que los medios tradicionales se abran mucho más a todo tipo de colaboraciones, tanto solicitadas al público, como las espontáneas que lleguen a las cuentas de los periodistas, reporteros y de las propias emisiones noticiosas y medios de comunicación. Para Fry, el periodista deberá lograr un desempeño de múltiples tareas (multitask), que será la fórmula imprescindible en el nuevo panorama mediático, y manejará con la misma pericia cámaras de video y fotográficas, grabadoras digitales de audio y redes sociales. El periodismo ciudadano será una forma de usar la tecnología moderna para mejorar o añadir valor a la información; una correcta inclusión de las redes ciudadanas acelera el proceso, enfatizando la inmediatez y la retroalimentación sobre las informaciones que generan interés en el público. En este sentido, en junio de 2010, la Fundación para un Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, organizaron un seminario virtual sobre Coberturas Móviles desde Teléfonos Inteligentes, enfocado precisamente en lo que Fry y el

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Instituto de Prensa de Sri Lanka plantean: recopilar experiencias exitosas previas sobre coberturas realizadas con y a través de redes sociales para construir las bases del know how de este tipo de periodismo para Latinoamérica. En la relatoría, realizada en primera instancia mediante el teléfono inteligente, se encuentra que, según datos de Google, en cinco años el teléfono celular será el rey en el acceso a Internet y que la curva de uso PC-teléfonos celulares se empezará a igualar en el año 2014 (Cabrales, junio de 2010). En este aspecto, la evolución en la publicación de contenidos a través del celular vive un proceso muy similar al de la prensa digital en sus etapas tempranas: “En principio, se trató de un ‘copypaste’ de contenidos para luego ofrecer servicios que en un dispositivo podrían adquirir otra experiencia: tráfico, cartelera de cine, loterías.” (Ibid)

En la actualidad los periodistas y/o reporteros ciudadanos pueden llevar una secuencia y enriquecer las aportaciones de otros a través de hashtags, enlaces, citas, menciones de otros reporteros colegas y hacer referencia a medios electrónicos sobre los cuales pueden expresar sus opiniones. Los grandes medios optaron por desarrollar aplicaciones muy específicas para modelos de teléfonos que permitían seguir cobertura en tiempo real de temas o eventos magnos, como la Copa Mundial de Futbol 2010 EDUCACIÓN A DISTANCIA

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en Sudáfrica. Dichas aplicaciones han sido muy exitosas en cuanto a número de seguidores, pero aún se encuentran lejos de poder ser integradas al periodismo ciudadano, ya que generar una aplicación para celular o tableta electrónica es muy costoso y en la mayoría de los casos el acceso se restringe al pago de una clave o membresía. Sin embargo, en el horizonte se percibe la desaparición de las aplicaciones restringidas, ya que la tendencia de la gratuidad para el consumidor es la que marca el desarrollo de las redes sociales.

Estamos, pues, ante lo que el periodista y consultor francés Jean-Francois Fogel llama la comunión de “las tres pantallas” a las que el usuario tiene acceso y uso simultáneo: la computadora, el teléfono celular y la televisión. El ciudadano toma e interpreta la información a partir de ellas, la interpreta y se enfrenta al mundo actual, lo que es un gran desafío para el oficio de informar. Un periodista que desee seguir siéndolo, debe ser capaz comprender esta simultaneidad de acceso a la información y mantenerse al día de las posibilidades de transmisión, ofreciendo calidad de contenidos mediante el dominio de las herramientas disponibles, a fin de que el auditorio pueda integrar a su realidad la noticia veraz, objetiva, oportuna, y evitar que se pierda en una avalancha de datos que lo tornan insensible. Referencias Gonzalo, P. (8 de marzo de 2011) Educación, periodismo y redes sociales, en periodismociudadadno.com. Consultado en: http://www.periodismociudadano.com/2011/03/08/educacionperiodismo-y-redes-sociales/ Cabrales, Renata (junio de 2010). Relatoría del Seminario virtual Coberturas móviles desde teléfonos inteligentes. http:// www.fnpi.org/fileadmin/ documentos/relatorias/ Relatoria-CMovil.pdf.

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Links de interés: http://www.coberturamovil.ec/5711-blackberry-aplicaciones-imprescindibles.html http://www.periodismociudadano. com/2010/01/17/las-mejores-aplicaciones-movilespara-twitter/ http://www.clasesdeperiodismo. com/2011/03/08/14-consejos-para-tener-exito-en-las-redes-sociales/

http://www.slideshare.net/cristianecuador/periodismo-movil-por-qu-tomar-enserio-a-lostelfonos-celulares

http://www.slideshare.net/sblanco/ web-20-redes-sociales-blogs-y-participacin-periodismo-ciudadano

http://www.clasesdeperiodismo. com/2010/06/25/aplicaciones-de-ipadpara-periodistasen-espanol/

http://www.razonypalabra.org.mx/espejo/ESPEJO_2010/mediosociales_ elecciones.html

http://www.abc.es/blogs/jose-luisorihuela/public/post/¡pero-se-mue ve-3785.asp

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MIGUEL MUNOZ Periodista y productor del noticiero radiofónico Radar Metropolitano

mmuno22@gmail.com

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La implementación de la EaD para reducir la brecha educativa La “brecha educativa”, de acuerdo con Corbetta, López y Steinberg (2003), es la diferencia que hay entre el alumno que asiste a clases y el alumno ideal para el cual se diseñaron las escuelas y el sistema educativo actuales. En este sentido, nuesro sistema educativo no está diseñado para niños o jóvenes que tienen que trabajar para ayudar a su familia a sobrevivir, y hay jóvenes desinteresados en lo que se les enseña o alumnos que pueden estudiar ocasionalmente. Por otro lado, la Educación a distancia es la capacidad de generar aprendizaje utilizando materiales y actividades distribuidos a través de medios de comunicación avanzados, como Internet. Esta definición sencilla implica que el aprendizaje se puede generar desde cualquier lugar donde se tenga acceso a Internet y a los materiales para llevar a cabo este proceso.

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Una característica fundamental de la Educación a distancia es su alta escalabilidad; para entender el concepto vamos a suponer que necesitamos llevar clases universitarias tanto a una comunidad lejana en los límites de la selva lacandona, en Chiapas, como a las islas del lago de Pátzcuaro, Michoacán. Para hacerlo de la manera tradicional, sería necesario construir una escuela en cada localidad, contratar personal administrativo, docente, de intendencia, negociar con sindicatos, pagar servicios de luz, agua, teléfono, Internet, entre otras cosas. ¿Qué pasaría entonces si hubiera sólo cuatro alumnos en Chiapas, dos en una isla y tres en otra isla de Pátzcuaro? ¿Se construirían las


escuelas? Resulta claro que no. Sin embargo, si las comunidades en cuestión tuvieran acceso a Internet, esos nueve alumnos tendrían la oportunidad de tomar clases mediante el sistema de Educación a distancia, lo que a su vez les daría la posibilidad de acceder a materiales de alta calidad, realizar actividades colaborativas con otras personas relacionadas con temas académicos, y de manera más específica, entregar tareas y consultar dudas con sus maestros. Todo sin haber colocado un ladrillo en ninguna de las localidades para lograrlo. Ahora imaginemos un sistema educativo articulado y organizado de tal forma, que ofrezca educación a distancia para secundaria, preparatoria, licenciatura y posgrado, donde los alumnos puedan inscribirse en las cabeceras municipales más cercanas a sus lugares de residencia, tomar un curso de navegación en Internet (presencial) y posteriormente realizar sus estudios desde sus casas o áreas donde se cuente con una conexión web. En este sistema también cabe la posibilidad de que el alumno interrumpa sus estudios unos meses y regrese a continuar, con la confianza de que siempre existirán profesores “en línea” para resolver dudas sobre las

asignaturas (matemáticas, estadística, contabilidad, por mencionar algunas)

y orientarlo en cualquier aspecto relacionado con el ámbito académico. Por último, supongamos que el certificado oficial de conclusión de estudios sólo se otorgue después de realizar un examen presencial por cada materia para autentificar la identidad del alumno. Si este sistema existiera, ¿cuántos jóvenes estudiarían en todo el país? ¿Cuántos podrían permanecer en sus comunidades mientras continúan con su formación académica y ayudando a sus familias? ¿Qué grado de mejora se vería en las condiciones locales de municipios marginados si en ellos EDUCACIÓN A DISTANCIA

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hubiera personas cada vez más preparadas y con más herramientas para resolver sus problemas locales? Todas estas preguntas evidencian el enorme potencial de la Educación a distancia para aumentar dramáticamente la capacidad de brindar enseñanza de calidad en nuestro país, y ofrecer la oportunidad de superación a una gran cantidad de personas que actualmente carecen de acceso a una vida en mejores condiciones socioeconómicas. La buena noticia es que no se trata de un sueño. Crear y articular un sistema educativo con estas características es infinitamente más barato y sencillo de implementar que armar un sistema de universidades “de cemento” que puedan abrir el acceso a todas las personas que lo requieran en este enorme país. Espero que este sencillo ejercicio de imaginación nos haga ver más claramente los alcances del mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de nuestro país con recursos relativamente modestos. Creo que la oportunidad de “tomar un atajo” para lograr un aumento tanto en cantidad como en calidad de los niveles educativos, es la utilización de las herramientas de la Educación a distancia. Bibliografía http://www.oei.es/pdf2/politicas-equidad-educativa-mexico2.pdf

AUGUSTO AYALA LEDESMA Maestro en Administración de Empresas Universidad La Salle, Bajío

augusto@cohua.com

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Legislación a favor de la vida El valor indiscutible de la humanidad es la vida, de tal manera que la sociedad tiene como prioridad, su protección. Cualquier conducta del hombre o de la mujer que la ponga en peligro o la elimine, es una acción contra-natura e implica una involución jamás justificada, desde el punto de vista religioso, ni moral o jurídico, toda vez que, de permitirse estas formas de proceder, se estaría autorizando la extinción de la propia especie. Toda persona que ama la vida, lucha porque esta sea respetada desde el mismo momento de su aparición, hasta lograr su pleno desarrollo y su natural deceso. En consecuencia, jamás le dará cabida a ideas que vulneren esto, que es un derecho. Por desgracia, existen depredadores que promueven o provocan la muerte de sus congéneres e incongruentemente, no la propia. Estos seres empujan a los demás a la destrucción, para vivir a costa del escarnio de sus víctimas con el pretexto de que, para vivir bien, es necesario eliminar a quienes “no merecen vivir o no deben existir”.

Por el lado contrario, la mayoría de los miembros de la sociedad están convencidos de que la vida es el origen, el motor y la aspiración de todo lo positivo que mueve al mundo; de ahí que las legislaciones a nivel mundial, continental y nacional, exijan el respeto absoluto al derecho a la vida de todo ser humano, como veremos a continuación. Legislación Internacional Conforme al artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados ratificados por el Estado Mexicano considerados dentro de la ley suprema de la nación, y los acuerdos internacionales que garantizan el derecho a la vida son, entre otros: • Declaración Universal de los Derechos Humanos1. Este documento fundamenta la exigencia de la comunidad internacional para que todo Estado 1

En el mundo contemporáneo, específicamente el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se considera que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, y en su artículo tercero reconoce que “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.” EDUCACIÓN A DISTANCIA

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Parte, incorpore a su legislación local el derecho a la vida de todas las personas. • Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos2. Documento que precisa que el derecho a la vida es inherente a la persona humana, y que estará protegido por la ley. • Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU3. En él se considera que aún en los casos más extremos, como las conductas de los criminales, los humanos están convencidos de que un delito no se puede combatir con otro, de ahí que se decrete la Abolición de la pena de muerte. 2

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• Convención sobre los Derechos del Niño4. En congruencia con lo anterior, este acuerdo determina, en su artículo sexto, que “Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida [y] que los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible, la supervivencia y el desarrollo del niño.” • Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José, 1999). En el ámbito continental, establece en su artículo cuarto, que: “1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. 3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.” Sumándose a esta postura, el protocolo de la convención citada, en el artículo primero, determina

Entró en vigor el 23 de marzo de 1976, y en su artículo número 6 determinó lo aquí expuesto.

El 15 de diciembre de 1989 apareció el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, destinado a abolir la pena de muerte; fue aprobado y proclamado por la Asamblea General en su resolución 44/128, donde se considera que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana y a desarrollar progresivamente los derechos humanos 20

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Resolución 44/25 de la ONU, del día 20 de noviembre de 1989, que entró en vigor el 2 de septiembre de 1990.


que no se aplicará la pena de muerte al reconocer el derecho a la vida y restringir la aplicación de la pena de muerte5.

Legislación nacional Ámbito federal Aun en momentos trágicos, la tradición cultural, moral y religiosa de los mexicanos ha estado a favor de la vida; para muestra están las referencias jurídicas como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Civil Federal y la Ley General de Salud. 5

En particular porque: a) Toda persona tiene el derecho inalienable a que se le respete su vida sin que este derecho pueda ser suspendido por ninguna causa; la tendencia en los Estados americanos es favorable a la abolición de la pena de muerte; b) la aplicación de la pena de muerte produce consecuencias irreparables que impiden subsanar el error judicial y eliminar toda posibilidad de enmienda y rehabilitación del procesado; y c) la abolición de la pena de muerte contribuye a asegurar una protección más efectiva del derecho a la vida.

Dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se localizan los siguientes artículos relacionados con el tema: • Artículo 4°. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia (…) Toda persona tiene derecho a la protección de la salud (…) Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar (…) Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. • Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de muerte. En cuanto al Código Civil Federal, el artículo 22 considera este tópico: • Artículo 22. La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.

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En la Ley General de Salud, puede leerse lo siguiente: • Artículo 2º. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.

Ámbito local Todas las entidades federativas se rigen bajo el mismo patrón: respeto absoluto a la vida. Salvo casos como la legislación del Distrito Federal, que desafortunadamente, constituye la excepción que confirma la regla6. 6

Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal y los casos de Legalización del aborto del Código Penal, en cuyo artículo 144 se lee lo siguiente: “Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.“ Estro 22

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Es tan abrumador el apoyo a la vida (como me parece que debe ser), que las entidades que están seguras de querer garantizar este derecho, han promovido y logrado reformas a sus constituciones locales, donde se precisa: “Para los efectos de esta Constitución y de las leyes que de ella emanen, persona es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural. El Estado le garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos”7. Los estados que en este sentido destacan, son Baja California (Art. 7º), Campeche (Art. 6º), Chihuahua (Art. 5º), Colima (Art. 1º Fracción I), Durango (Art. 1º), Guanajuato (Art.1º), Jalisco (Art. 4º), Morelos (Art. 2º) y Nayarit (Art. 7º Fracción XI, numeral 1), el resto avala este apoyo con su protección permanente al hombre, a la mujer, al niño y a la familia; o bien, prohibiendo la pena de muerte, aunque no haya una expresión específica como en las leyes de los estados mencionados, y no dudamos que en breve se sumen a esta lucha permanente. se opone al propio Código Civil, que establece que la persona debe ser respetada desde el mismo momento de su concepción. 7

Artículo 1º de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, reformado el 26 de mayo de 2009.


Michoacán El estado de Michoacán de Ocampo no se queda atrás, baste mencionar algunos datos de nuestra legislación. En la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, el artículo 3º establece que “Todas las personas tienen derecho a una existencia digna, a la instrucción, a la cultura y al trabajo.

El Gobierno promoverá el mejoramiento físico, moral, intelectual y económico del pueblo (…).” Más adelante, el artículo 162 señala: “Queda prohibida en el Estado de Michoacán la pena de muerte.” Por otro lado, en el Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo, el artículo 16 establece que “Son personas físicas los seres humanos, quienes adquieren la capacidad jurídica por el

nacimiento y la pierden por la muerte; pero desde su concepción tienen derecho a la protección de la ley.” Y el Código Penal del Estado de Michoacán de Ocampo, en el artículo 289, califica como homicidio “cualquier forma de privación de la vida, tanto dolosa, como culposamente.”, y hay artículos donde se especifica la forma de sanciones, por ejemplo, el artículo 264 establece que: “Al responsable del homicidio simple se le impondrá de quince a treinta años de prisión.”; el artículo 265: “Al responsable de homicidio en riña o en duelo, se le impondrá de diez a quince años de prisión. Dentro de los límites señalados, los jueces asignarán la pena que estimaren justa al provocador y al provocado.”; y el artículo 267, incluye lo siguiente: “Al responsable de homicidio calificado se le impondrán de veinte a cuarenta años de prisión.”

EDUCACIÓN A DISTANCIA

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Por otro lado, en el artículo 282 se indica que: “Al que instigue o ayude a otro al suicidio se le impondrá de tres a diez años de prisión, si el suicidio se consumare. Si lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, se impondrá de cuatro a doce años de prisión (…).” En cuanto al aborto, considerado “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, la ley especifica, en el artículo 286: “A la mujer que se provocare el aborto se le impondrán prisión de uno a tres años y multa de cincuenta a ciento cincuenta días de salario mínimo vigente.”; en el artículo 287: “Al que causare el aborto con el consentimiento de la mujer, se le impondrán de uno a cinco años de prisión y multa de cincuenta a doscientos cincuenta días de salario mínimo vigente. Cuando falte el consentimiento se impondrán al delincuente de tres a ocho años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario mínimo vigente (…)”. Por lo expuesto, parecería que no debiera existir preocupación alguna, sin embargo, la realidad 24

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supera cualquier ficción. Las personas que por sed de poder, manipulación social, fanatismo, terrorismo, venganza, frustración, dolor o porque el hecho de existir no les satisface plenamente, buscan que la vida de los demás sea trágica o simplemente que deje de existir, y hacen todo posible para que las normas que rigen a una sociedad sean el instrumento para el logro de sus objetivos inhumanos; de ahí que quienes estamos convencidos de que vivir es una fortuna, tengamos la obligación de convencer con el ejemplo a “los que dudan”, para que vean que la vida es bella y que amar al prójimo como a uno mismo es la mejor forma de demostrar que vale la pena vivir. Las palabras de Juan Pablo II resumen de manera precisa este conjunto de ideas: “Frente al “no” que invade y aflige al mundo, coloca este “sí” viviente; defendiendo de este modo al hombre y al mundo de cuantos acechan y rebajan la vida”8.

JORGE GUILLEN ANGEL

Dir. de la Licenciatura en Derecho Sistema abierta y a distancia UVAQ

jguillen@uvaq.edu.mx

8

Juan Pablo II (1982). Exh. Ap. Familiaris consortio, 30: AAS 74, 116.




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