REVISTA GESTION CONTABLE Y TRIBUTARIA #10

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Gracias por estar junto a nosotros!!!


Contenido Con la presentación de este nuevo número el 10°, la revista ha cumplido su segundo año; un logro que nos colma de orgullo y satisfacción y al mismo tiempo renueva nuestros esfuerzos de continuar con nuestro aporte al área financiera. En el transcurso de estos dos años, hemos tenido muchas experiencias de las cuales destacamos el hecho de habernos nominado al Premio International Star Of Quality (ISAQ) 2015 por BID Group One (BID), organización internacional que fomenta la cultura sobre la Calidad, Innovación y Excelencia, para nosotros la sola mención ya es un logro muy importante porque a través nuestro Bolivia está trascendiendo fronteras.

RÉGIMEN TASA CERO PARA EL TRATAMIENTO DEL IVA EN LAS ETIC

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NUEVO CÁLCULO DEL RC-IVA

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LA MARCA CONTADOR PÚBLICO ES PROMESA DE CALIDAD Y CONFIANZA

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VEINTE REGLAS DE ORO PARA GANAR UN JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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EVIDENCIA DE AUDITORIA

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INTEGRIDAD Y CARÁCTER DOS ATRIBUTOS DE UN AUDITOR ÉTICO

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LA NUEVA GESTIÓN PÚBLICA REFLEXIONES DEL CONTEXTO PARA LA GESTIÓN CONTABLE Y TRIBUTARIA EN AMÉRICA LATINA

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REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES DEL ESTADO – RUPE

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El mayor actor en todas estas temáticas es el AUDITOR para ellos ponemos en consideración la Evidencia de Auditoria e Integridad y Carácter dos atributos de un Auditor Ético.

CALCULO DE ANTIGUEDAD ENTRE DOS FECHAS CON LA FUNCIÓN =Sifecha

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No hemos querido dejar de lado los temas impositivos como el Tratamiento del IVA para las empresas de transporte internacional de carga y el nuevo Cálculo del RC-IVA.

75 ANIVERSARIO BUFETE AGUIRRE SOC. CIV.

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VULNERABILIDAD DEL CONTROL PREVIO Y NECESIDAD DE MODIFICAR LA LEY 1178

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ELABORACIÓN DEL POA Y PRESUPUESTO MUNICIPAL

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COMO PREPARAR EL ESTADO “C.A.I.F.” DEL SECTOR PÚBLICO

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MINIONS PACEÑOS Y FINANCIEROS

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Esta edición tiene matices gubernamentales ya que abordamos temas como; el POA, RUPE, desde ya de pronto se generaran polémicas en los temas referidos a la Vulnerabilidad del Control Previo y la necesidad de Modificar la Ley 1178 y la Nueva Gestión Pública con sus reflexiones del contexto para la Gestión Contable y Tributaria en América Latina escrita por Edgar Ibarra Ayerbe de Colombia.

Esperamos que encuentren de interés la lectura de este nuevo ejemplar de la misma forma en que disfrutamos compartir con todos ustedes la información.

Malena Marquez Pinto Directora General

GESTIÓN CONTABLE Y TRIBUTARIA, es una publicación bimestral especializada en contabilidad e impuestos de circulación nacional. Las opiniones expresadas en los artículos de esta publicación son de los autores y no necesariamente reflejan el pensamiento de la revista. Nuestra oficina está ubicada en la ciudad de La Paz, calle Cañada Strongest 1752 teléfono (591-2) 2493814

Malena Marquez Pinto Entrevistas y Reportajes David Cayo Ramos Administración Ntrance Publicidad Diagramación y Diseño Angel Fernandez Fotografía

CONSEJO EDITORIAL David Valdivia Peralta Jaime Rodrigo Machicado Hugo Villca Ramos Luis Eduardo Zuñiga Malena Marquez Pinto

DISTRIBUCIÓN Y VENTAS

Depósito Legal: N° 4-3-85-13 NIT N° 233264027

Maria Luisa Mayta La Paz

Norma Zambrana Jhonny Solano Potosí

www.contableytributaria.com.bo sugerencia.fiscal@gmail.com

Marigen Rocha Sandoval Ester Ramos Singuri Santa Cruz

Foto de Portada: Minion Contador Ariel Lima (Creador)

Se imprimió en Paco Impresiones


IMPUESTOS

RÉGIMEN TASA CERO PARA EL TRATAMIENTO DEL IVA EN LAS ETIC Jorge Valdez Montoya Auditor Financiero, Especialista Tributario

L

a principal normativa legal que sustenta el tratamiento del Régimen de Tasa Cero del IVA en el Servicio de Transporte Internacional de Empresas Bolivianas de Carga por Carretera (ETIC), es la siguiente: Ley 3249 de 1 de diciembre de 2005 Ley 366 “Ley del Libro y la Lectura Oscar Alfaro” de 29 de abril de 2013 D. S. Reglamentario 28656 de 25 de marzo de 2006 D. S. 1768 de 16 de octubre de 2013 que modifica el D.S. 21530 RND 10-0012-06 de 19 de abril de 2006 RND 10-0016-07 de 18 de mayo de 2007 RND 10-0038-13 de 27 de noviembre de 2013 RND 10-0025-14 de 29 de agosto de 2014 (aún no vigente)

La Ley 3249 en su artículo único establece qué; “a partir del primer día hábil del mes siguiente a su publicación, el servicio de transporte internacional de empresas bolivianas de carga por carretera, incluido el transporte de encomiendas, paquetes, documentos o correspondencia, estará sujeto al régimen de tasa cero en el IVA. La aplicación de la mencionada tasa no implica que el sujeto pasivo sea 2

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beneficiario de la devolución del Crédito Fiscal (IVA), por no constituir exportación de servicios”. Podemos concluir que el sector ya no tiene Débito Fiscal IVA por sus Ingresos, es decir, que los ingresos alcanzados con una Tasa Cero (0) por concepto de Débito Fiscal IVA, no tendrán derecho a la devolución del Crédito Fiscal IVA por “no constituir exportación de servicios”. Como la Ley se publicó en diciembre de 2005, su vigencia fue a partir del 03 de enero de 2006. El Artículo 2 del Decreto Supremo 28656 define a las empresas bolivianas de transporte internacional de carga por carretera- ETIC, que para ser consideradas como tales deben cumplir con la condición establecida en el artículo 71 del Decreto Supremo 25870 de 11 de agosto de 2000 (Decreto Reglamentario de la Ley General de Aduanas), en su Capítulo IV referido al “Transportador Internacional” misma que establece los siguientes requisitos: a) Autorización de internacional

operación

para

transporte

b) Número de Identificación Tributaria - NIT


c) Nombres y registro de firmas de los representantes. d) Certificado del Viceministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil que acredite una capacidad de arrastre no inferior a 100 toneladas. e) Constitución de hipoteca ante los registros de Tránsito y su registro ante el SENAREC a favor de la Aduana Nacional sobre los medios de transporte, cuando éstos constituyan garantía en aplicación del Art. 70 de la Ley 1990 o caso contrario garantía sustitutiva. f) Certificado de solvencia fiscal extendido por la Contraloría.

provenga de otro país hacia Bolivia, sin perjuicio del lugar donde se realice la contratación o pago. Este tratamiento es concordante con el Artículo 3 de la RND 10-012-06 que establece: “El servicio de transporte internacional de carga por carretera sujeto al beneficio fiscal, es aquél originado en el país con destino final en el exterior o aquél originado en el exterior con destino final en el país . . .”. El Artículo 5 de la RND 10-0012-06 referida a la facturación en el numeral II expresa que una vez cumplidas las condiciones, los sujetos pasivos deben dosificar facturas “SIN DERECHO A CRÉDITO FISCAL”.

Pero el texto citado ha sido “derogado” por la RND 10La entidad autorizada para habilitar a Transportadores 0025-14 (aún no vigente), referida al nuevo “Sistema de Bolivianos, es la Aduana Nacional, previo cumplimiento Facturación Virtual”, presenta la siguiente definición: “Tasa Cero - Sin Derecho a Crédito Fiscal: Característica de los requisitos b), c), e) y f), incluyendo el SOAT. especial en la emisión de Facturas o Notas Fiscales por la El Artículo 3 del Decreto Supremos 28656 agrega los venta o prestación de servicios gravadas a Tasa Cero en siguientes requisitos: el IVA. Por ejemplo en aplicación de la Ley N° 3249 Tasa a) Contar con la tarjeta de operación internacional. Cero IVA Transporte Internacional de Carga por Carretera b) Tener autorización para realizar operaciones en (ver Anexo N° 13), Ley N° 366 del Libro y la Lectura tránsito aduanero internacional conforme la Ley “Oscar Alfaro” (ver Anexo N° 14). Puede ser aplicada de Aduanas y, en las Modalidades de Manual, c) Estar inscrito en el El servicio de transporte internacional Facturación Computarizada y Régimen General de Electrónica por Ciclos, de carga por carretera sujeto al Tributación. previstas en los incisos a), El inciso c) del Art.3 beneficio fiscal, es aquél originado en c) y f) del Artículo 5 de la del D.S. 28656, excluye presente Resolución”. el país con destino final en el exterior tácitamente al Régimen El Articulo 60 de la RND Tributario Integrado o aquél originado en el exterior con 10-0016-07 contempla (STI) y el Art. 4 de la RND destino final en el país... el caso especial de la 10-012-06 establece facturación para el que deben previamente Transporte Internacional de Carga, ratificando lo solicitar el cambio al Régimen General. La RND 10-012-06 señala que este régimen no aplica expuesto en la RND 10-012-06, adicionalmente el formato del software LCV Da Vinci determina un para las siguientes actividades: rubro especifico para esta información (junto a los a) Operadores de transporte multimodal, importes exentos). consolidación y desconsolidación de carga, servicios de courier, encomiendas u otros similares, El Articulo 5 de la RND 10-0012-06 también hace que impliquen la subcontratación del servicio de referencia a la apropiación del crédito fiscal IVA, transporte, excepto la subcontratación del servicio señalando que; si las empresas además realizan transporte de carga por carretera dentro del territorio por los propios transportistas. nacional, continuarán emitiendo facturas con b) Servicios de seguros y almacenaje aunque sean derecho a crédito fiscal conforme lo dispuesto en la contratados conjuntamente con el servicio de Resolución Administrativa 05-043-99 de 13 de agosto transporte de 1999 (Sistema de Facturación ya derogado), que fue c) Servicios de embalaje, estibaje, manipuleo de carga modificada con la RND 10-0016-07 y posteriormente u otros similares, cuando no sean parte integrante con la RND 10-0025-14. Al respecto el Artículo 77 del del servicio de transporte. D.S. 25879 establece que; las empresas beneficiadas El Artículo 2 del D.S. 28656, también establece que el con este tratamiento no pueden realizar actividades Servicio de Transporte Internacional consiste en el de Concesionarios de Depósitos Aduaneros o Zona traslado de mercancías en general por carretera, desde Franca, ser Despachantes de Aduana u otra actividad el lugar en que se recibe dentro del territorio Boliviano relacionada con Operaciones de Comercio Exterior. o en otro país hasta la entrega al destinatario en Bolivia El Articulo 6 de la RND 10-012-06 reitera que al no u otro país; esto significa que el presente tratamiento se constituir Exportación de Servicios, el Régimen Tasa aplica tanto a la carga que salga de Bolivia, o a la que Cero no supone devolución impositiva alguna y reitera julio • agosto

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que para la determinación del impuesto se debe aplicar el criterio de la proporcionalidad establecida en el Artículo 8 del D.S. 21530 (reglamentario del IVA). Finalmente la RND 10-012-06 señala que; no corresponde practicar las retenciones de IUE e IT a los sujetos pasivos o terceros responsables que emitan facturas sin derecho a crédito fiscal.

incorporado (la proporcionalidad). De forma posterior en Servicio de Impuesto emitió la RND 10-0038-13 que reglamenta la determinación del Crédito Fiscal para Operaciones con Tasa Cero y brinda las siguientes definiciones: a) Operación gravada.- Es la operación comprendida en el objeto del Impuesto al Valor Agregado.

Es importante hacer referencia al D.S. 1768 (reglamento b) Operación sujeta a tasa cero.- Es la operación a la Ley 366), que incorpora como último párrafo del gravada por el Impuesto al Valor Agregado con la Artículo 8 del D.S. 21530 (Reglamentario del IVA) el alícuota de cero (0). siguiente texto: “Por las compras de bienes y/o servicios, c) Crédito Fiscal Computable.- Es la relación entre importaciones definitivas y alquiler de bienes muebles e las operaciones gravadas (excepto las sujetas a tasa inmuebles que utilicen los sujetos pasivos en la producción cero) y las operaciones totales del período fiscal; y la venta exclusiva de bienes y servicios sujetos a tasa cero cuyo resultado será utilizado en la liquidación del en el Impuesto al Valor Agregado, el crédito fiscal no será Impuesto al Valor Agregado”. computable para la liquidación de este impuesto. Cuando el sujeto pasivo realice actividades de producción y venta Este último inciso c) quita la posibilidad del cómputo del de bienes y servicios sujetos a tasa cero en el Impuesto Crédito Fiscal IVA a las compras vinculadas a las ventas al Valor Agregado, y además realice actividades de con tasa cero (en el caso de tener ventas gravadas y producción y venta de otros bienes y servicios no sujetos gravadas con tasa cero). a tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado, sólo será El Artículo 4 de la misma RND indica lo siguiente computable el crédito fiscal en proporción a las actividades (resaltado nuestro): no sujetas a tasa cero”., Incorporación que atenta contra “Sujetos Pasivos que sólo realizan operaciones gravadas las actividades del sector del con tasa cero en los casos que transporte internacional el sujeto pasivo sólo realice no corresponde practicar las operaciones gravadas con tasa Si bien el texto fue retenciones de IUE e IT a los cero en el Impuesto al Valor incorporado en oportunidad Agregado, el crédito fiscal de reglamentar el Régimen sujetos pasivos o terceros no será computable para la de Tasa Cero en la Venta de responsables que emitan facturas liquidación del impuesto”. Libros, también se aplica al Transporte Internacional de Texto que quita el derecho a sin derecho a crédito fiscal Carga por Carretera. Crédito Fiscal IVA a las ETIC y Por su parte el DS. 28656 en su Artículo 5, también también a las Empresas dedicadas a la Venta de Libros. indica que si las ETIC hacen Servicio de Carga El Artículo 5 brinda la siguiente fórmula para la Internacional y Nacional, deben aplicar el mismo aplicación de la proporcionalidad en el caso de tener tratamiento del Artículo 8 del DS. 21530 texto ventas gravadas y gravadas con tasa cero:

OG: Operaciones gravadas excepto con tasa cero

CI: Compras e importaciones definitivas del periodo.

ONG: Operaciones no gravadas del periodo

Esta RND se emitió antes de la vigencia del Formulario 200 V.3; ahora este formulario en su fila 17 incluye la siguiente fórmula:

OGT0: Operaciones gravadas con tasa cero del periodo

Finalmente, la RND 10-0038-13 en su Artículo 6 señala que; el Crédito Fiscal IVA que resulta no computable en la liquidación del IVA, no es deducible para fines del IUE en aplicación del Artículo 14 del D.S. 24051. En síntesis, primero les quitan el derecho al cómputo del crédito fiscal y luego indican que ese crédito fiscal 4

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no es gasto deducible con lo que el Régimen Tasa Cero constituye más un castigo que una concesión.

Conclusiones y Comentarios En opinión personal, la presente normativa presenta ciertas contradicciones y debilidades, tanto en el aspecto positivo como doctrinal, que resultan difíciles


de sostener. Como resultado del análisis efectuado concluyo que: En la práctica, el régimen de tasa cero sólo es aplicable a las exportaciones, las mismas que para efectos del derecho al crédito fiscal se consideran gravadas y por tanto, estos contribuyentes tienen derecho a utilizar todo el crédito fiscal de sus compras, en la medida que se vinculen a sus ventas, sean éstas realizadas en el mercado interno o a la exportación. En caso de que no compensen todo su crédito fiscal con el débito fiscal de sus ventas locales, tienen derecho a la devolución de impuestos vía CEDEIM´S. La fundamentación para esta posición es una consecuencia del análisis exhaustivo realizado como sigue: Inicialmente mencionaremos ciertas normas citadas en las disposiciones anteriores y relacionadas al tratamiento tributario en exportaciones y el régimen de tasa cero.

crédito fiscal relacionado a la utilización de las llantas para el transporte nacional tendría derecho a crédito fiscal (por tratarse de un servicio que genera el 13% de débito fiscal), y no así el crédito correspondiente a la utilización de las llantas en el servicio internacional, pero como advertimos en el párrafo anterior, este no es el caso, puesto que en las ETIC, todas sus actividades se encuentran GRAVADAS. La propia RND 10-0016-07 en su Artículo 57 expresa que las exportaciones constituyen operaciones gravadas a tasa cero en el IVA y según el Artículo 8 de la Ley 843 (TOV), las exportaciones se consideran como sujetas al gravamen (sólo a efectos del cómputo del crédito fiscal), esta afirmación de la Ley también equivale a indicar que las exportaciones se encuentran gravadas con tasa cero.

Es posible que el legislador hubiese tenido la intención de apoyar al sector del transporte, sin embargo, los usuarios del transporte internacional que son los exportadores, antes recibían del transportador una La Ley 843 (TOV) y el Artículo 8 del D.S. 21530 indican factura por el servicio que les daba derecho al reintegro que el crédito fiscal IVA proviene del 13% de las del crédito fiscal, pero ahora con las facturas “sin derecho compras de bienes y servicios vinculados a la actividad a crédito fiscal”, no la tienen y es posible que pretendan GRAVADA. descontar ese 13% Por las compras de bienes y/o servicios, El hecho de de crédito fiscal otorgar un importaciones definitivas y alquiler de bienes que ahora no régimen gravado pueden recuperar, muebles e inmuebles que utilicen los sujetos con tasa cero al costo del servicio debería implicar del transportador, pasivos en la producción y la venta exclusiva que el sujeto pasivo quienes pueden de bienes y servicios sujetos a tasa cero en el tenga derecho ver disminuidos al cómputo del sus ingresos. IVA, el crédito fiscal no será computable para la crédito fiscal. Por su parte los liquidación de este impuesto No se tiene transportistas derecho a crédito antes podían fiscal, sólo cuando la compra es destinada a la venta de utilizar todo el crédito fiscal de sus compras, después bienes o servicios que no se encuentren gravados por de la Ley ese crédito ya no es recuperable. el IVA, es decir, que no generen débito fiscal. Adicionalmente, la RND 10-0038-13 en su Artículo En empresas no exportadoras el destino del crédito fiscal es para compensar el débito fiscal, en cambio para las exportadoras el crédito fiscal IVA es objeto de devolución a través de CEDEIM´S.

6 indica que el crédito fiscal IVA que resulta no computable en la liquidación del IVA, no es deducible para fines del IUE en aplicación del Artículo 14 del D.S. 24051.

Debe quedar claro que el servicio de transporte internacional no se encuentra exento, puesto que según la propia ley y la propia RND 10-0038-13, se encuentra GRAVADO por el IVA, sólo que su tasa es CERO y no el 13%.

Con la última incorporación de un párrafo al Art. 8 del DS. 21530 establecido en el D.S. 1768, las empresas con ventas a tasa cero perdieron el derecho al crédito fiscal vinculado a estas operaciones.

El Artículo 8 del D.S. 21530 considera el tratamiento del crédito fiscal en el caso que existan compras destinadas indistintamente a operaciones gravadas con el IVA y operaciones no gravadas, pero en el presente caso, todas las ventas son gravadas, las de transporte internacional con tasa cero y las actividades dentro el territorio nacional con el 13%, por lo que el Articulo 8 no tendría por qué aplicarse. Por ejemplo, una compra de llantas con factura, genera crédito fiscal y según el tratamiento que la normativa pretende aplicar, sólo el

Para no ser más extensos dejaremos el caso práctico de la aplicación del criterio de la proporcionalidad y el llenado del Formulario 200 V.3 en el régimen de tasa cero para una próxima publicación.

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IMPUESTOS

NUEVO CÁLCULO DEL RC-IVA auditoresycontadores.blogspot

E

l 19 de agosto se aprobó el Decreto Supremo 2491 que introduce ajustes al Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).

“De un salario básico de Bs5.691 se le resta el aporte a seguridad social de Bs273 (12,71%) lo que equivale a Bs4.968 bolivianos (tres salarios mínimos). Con este salario básico no se debe presentar facturas”, señalo.

El artículo único del Decreto señala: “Modífica el numeral 2 del inciso c) del artículo 8 del Decreto Supremo 21531 de febrero de 1987, con el siguiente texto:

Así mismo aclaró que estas modificaciones al Decreto 21531 tienen fines administrativos y no buscan incrementar las recaudaciones del RC-IVA ni el número de contribuyentes que actualmente llega a aproximadamente 400.000 personas. “Quiero aclarar que esta no es una medida recaudatoria, es una medida administrativa”, remarcó la autoridad.

“El equivalente a la alícuota correspondiente al IVA aplicada sobre el monto de un Salario Mínimo Nacional, en compensación al IVA que se presume, sin admitir prueba en contrario, corresponde a las compras que el contribuyente hubiera efectuado en el período a sujetos pasivos de los regímenes tributarios especiales vigentes, prohibidos de emitir facturas, notas fiscales o documentos equivalentes”. Al respecto la Vice Ministra de Política Tributaria Lic. Susana Ríos, proporciono un cuadro que gráfica la aplicación de la norma.

El ex presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Lic. Roberto Ugarte, ratificó ayer que el cálculo se efectúa sobre el sueldo neto (con los descuentos de ley), y por lo tanto, quienes ganen por encima de Bs4.968 (tres salarios mínimos) estarán obligados desde 2016 a presentar facturas para no sufrir un descuento del 13%.

CÁLCULO DEL RC-IVA PARA EMPLEADOS DEPENDIENTES Artículo 8 del D.S. 21531 (Reglamento al RC-IVA Modificado por D.S. 2491 de 19/08/2015 (Expresado en Bolivianos)

TOTAL GANADO

a)

(-) AFP (12,71%) (-) 2 SMN (1.656x2) BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO

b)

13% RC-IVA S/ Base Imponible (Impuesto Determinado).

5.691,00 723,33 3.312,00 1.655,67 215

PAGOS A CUENTA:

c)

1. 13% IVA en Form. 110 2. 13% S/1 SMN (1.656x13%)

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Saldo a favor del Dependiente

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Saldo a favor del Fisco

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CONTABILIDAD

LA MARCA CONTADOR PÚBLICO ES PROMESA DE CALIDAD Y CONFIANZA José Ángel Ferreira

Vicerrector Administrativo de la Universidad de Carabobo Venezuela Publicado en el periódico La Era 23 de julio de 2015

…producir mayor valor añadido y ayudar a diferenciar los productos y servicios basados en moral, valores, ética, y competencia profesional, donde la confianza es neural y estratégica y la reputación, una consecuencia

L

a construcción de una imagen corporativa adecuada que proyecte la credibilidad de las firmas profesionales y las personas naturales que ejercen la contaduría pública, contribuirá de manera determinante en el sostenimiento de la profesión en la sociedad. Transmitir razón y emoción a los clientes influyendo en su comportamiento, involucra una cultura de campeones que, más allá del cliente, puede incidir en toda la sociedad. Hay que resaltar la importancia del mercadeo de los profesionales en la actual sociedad de la influencia. Tradicionalmente, los contadores públicos han descuidado los procesos de proyección de su imagen personal y profesional, lo cual involucra una política inadecuada de marketing. En una sociedad en la cual la información antecede al proceso de la influencia, a través del desarrollo de marca se pueden difundir los talentos de las personas así como los valores que las soportan. Las marcas son promesas que suplen ciertas necesidades de los clientes. El branding es el proceso para construirlas y el marketing es el proceso para hacer llegar estas promesas. Todo esto debe ser sostenible, producir mayor valor añadido y ayudar a

diferenciar los productos y servicios basados en moral, valores, ética, y competencia profesional, donde la confianza es neural y estratégica y la reputación, una consecuencia. El aporte al país se centra en cómo lograr ubicar en nuestra sociedad la importancia de una profesión capital que, de forma natural, genera confianza pero que no ha sabido vender ese proceso de confianza, tan necesario en un país con una desconfianza absoluta en sus instituciones. Fomentar confianza se vuelve una cualidad de los líderes que los transformarán en campeones en un mar de adversidad.

Construcción de identidad profesional El proceso de consolidar una marca profesional, bien en el área personal o en el ámbito corporativo involucra una simbología, la cual está soportada en un discurso, que a su vez está soportado en determinados valores. Esos valores involucran una visión y una misión, y todo ello constituye el discurso homogéneo que deben dar los profesionales para satisfacer las necesidades de los clientes y así constituirse en una promesa de calidad y de esperanza. Al final, las marcas constituyen un activo intangible tan poderoso como una promesa, y una promesa realizada representa una dosis importante de heroísmo. julio • agosto

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LEGISLACIÓN LABORAL Y SOCIAL

VEINTE REGLAS DE ORO PARA GANAR UN JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO José Ramón Chaves

Humanista, Jurista Español, Bloguero contencioso.es

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in aspirar a ser pretencioso, ni ofrecer reglas infalibles, me limitaré a apuntar algunas de las pautas aconsejables que he podido extraer de mi experiencia desde los cuatro lados del mundo jurídico (docente, abogado, letrado de la Administración y juez). No se trata de un Manual, ni el plano del tesoro de la victoria, sino de ofrecer unas orientaciones por si pueden servir de ayuda a desvelar los arcanos del mundo forense contencioso-administrativo. Una especie de trucos de magia blanca para conseguir sacar de la chistera judicial el conejo de la victoria.

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1. Honradez Una retirada a tiempo es una victoria. Explicar al cliente lo atinado de no embarcarse en un pleito largo y costoso, puede dar lugar a una minuta menor pero una mayor satisfacción para cliente y abogado. Un cliente puede entender una derrota pero es difícil digerir además la decepción o el engaño de su abogado. Una cosa es que un asunto sea defendible y otra muy diferente que esté ganado. Como dicen los aficionados a la tauromaquia “hasta el rabo, todo es toro”.


El abogado tipo “House” no es un modelo a imitar. Aunque el cliente sea un empresario creso, un rudo trabajador, un quejoso funcionario o un ciudadano rebelde, todo cliente necesita en su fuero interno que su abogado crea en él, que valore lo que el valora, y que humanice los vericuetos procesales para explicárselos. El abogado moderno ha de ser un cruce entre letrado y psiquiatra, pues un proceso contencioso-administrativo es parecido al descenso de Dante a los infiernos, donde el atribulado cliente tendrá que soportar minutas, gastos procesales, esperas interminables, incertidumbres y posiblemente decepciones, y para ese viaje, bien viene que el piloto procesal encarnado por el abogado, lo haga más llevadero.

3. Modestia

LEGISLACIÓN LABORAL Y SOCIAL

2. Sensibilidad

Hay un momento del letrado, entre papeles y bajo el flexo, en que se da cuenta, como tan a menudo ocurre a los místicos, que su mente se abre de forma aparentemente inexplicable y se capta la clave del enfoque jurídico. Ahí está la llave sobre la que construir la demanda o la contestación, pero es una musa que sólo acude con el estudio y la reflexión.

5. Pasión El letrado no debe convertir su bufete en una máquina de vending, ni un Macdonald. No todo es la minuta y despachar escritos hacia ese remolino que son los Tribunales. El abogado ha de implicarse en el asunto y luchar tanto lo pequeño como lo grande, con el mismo énfasis y rigor. Es cierto que hay asuntos de mayor calado y otros de ínfima cuantía o entidad, pero lo que no puede ignorarse es que para el cliente su asunto es vital, y esa perspectiva subjetiva merece un respeto. Además, el éxito del letrado no proporciona solamente dinero y elogios, sino que le dota de seguridad en sí mismo. Con cada éxito, el abogado aprende a arriesgar más, a minorar el temor reverencial de los juicios, y se vuelve más exigente. Y con ello, se ganan más y más juicios…

Nadie tiene todo el Derecho Público en la cabeza, ni nadie es capaz de contar con una bola de cristal infalible sobre el avatar judicial. Hoy día en que hay bases de datos completas y actualizadas de jurisprudencia, buena parte de los abogados se han convertido en sabuesos de sentencias. Buscan la sentencia similar, el precedente o el caso 6. Minuciosidad El abogado moderno ha de ser un ya resuelto que permita El abogado debe extraer el fragmento o cruce entre letrado y psiquiatra, escudriñar el expediente doctrina que avale su pues un proceso contencioso administrativo como tesis. Y eso está muy bien, una piel roja buscando pero no basta. El Derecho administrativo es parecido al descenso huellas, incongruencias, Administrativo no puede de Dante a los infiernos…. problemas de actos encerrarse en un Manual propios, un funcionario ni en una sentencia. Es dinámico y poliédrico. Y sobre todo, no puede que se extralimita, una notificación defectuosa, improvisarse. Hay que conocer el Derecho un certificado sin firma, etc… Una mirada serena Constitucional, el Derecho Administrativo y el al expediente posiblemente cosechará los ases del Derecho Procesal. No basta con ser un buen civilista, triunfo. Y a veces para pescar unos pocos peces hay laboralista o penalista, o un administrativista armado que pasar muchas horas en el río… solamente con la calificación universitaria. Al igual que por saber mover las piezas de ajedrez no se garantiza el triunfo, el jaque mate en un proceso contenciosopasa por estudiar muchas “aperturas, estrategias” y practicar, practicar mucho.

7. Pulcritud

Y en todo caso, por mucha experiencia que se atesore, por mucho que nos elogien, en Derecho Administrativo nadie lo sabe todo, y hay que esperar sorpresas de toda índole, ya que como decía un amigo, “es una disciplina similar a un saco de cristales: si metes la mano, te cortarás”.

Tampoco los que se olvidan de los puntos y aparte ni los que ahorran el papel (y las ideas).

4. Tenacidad Hay que zambullirse en el litigio con el interés de quien presiente que esa sentencia será histórica. No basta con leer transversalmente el expediente, o con recordar algún caso similar o con asumir el comentario de un colega en el café sobre el desenlace de cuestiones similares. Hay que estudiar el asunto y entrar “en trance”.

Los escritos procesales deben estar limpios, ordenados y claros. Indicando apartados y epígrafes. No son bien recibidos los escritos que se olvidan de las reglas ortográficas y de la sintaxis (que los hay).

Hay que utilizar ese “neón de las ideas” que son la letra negrita y en cursiva, o el subrayado, pero eso sí, si todo se resalta como importante, nada lo es. Si se trata de una vista oral, nada de verborrea ni chorros argumentales difíciles de seguir; y si se facilita minuta escrita de la exposición vertida oralmente, pues mucho mejor (si la acepta el juez, beneficia, y si la rechaza, nada perjudica).

8. Brevedad Lo breve, si bueno dos veces bueno. Las demandas y julio • agosto

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LEGISLACIÓN LABORAL Y SOCIAL

oposiciones no son examinadas por los jueces “al peso”. Ya comenté anteriormente sobre la mentira impune más dicha ante los jueces: “Seré breve, señoría” en un anterior post.

9. Exactitud Si se quiere vencer, hay que convencer….al juez. Un escrito procesal claro y ordenado tiene mucho ganado. El letrado no debe divagar ni refugiarse en la cita de “notoria jurisprudencia” sin precisarla. En el ámbito contencioso-administrativo, es fundamental distribuir los hechos, y los fundamentos para desembocar en un “Suplico, bien clarito”. La prueba debe “apostillarse”, aunque la norma procesal no lo imponga ya que tampoco lo prohíbe, y por tanto, si se propone un grupo de testigos, no está de más explicar mínimamente la posición o quién es ese testigo, para facilitar su admisión. Las conclusiones jamás deben ser la repetición “corta y pega” de demanda y contestación. Es una ocasión de oro para resumir y centrar el litigio, y demostrar que no se trata de un asunto rutinario. El abogado que plantea una demanda gloriosa e impecable y que “se echa a dormir” en el trámite de prueba o en el escrito de conclusiones, bien haría en tener presente la fábula de la tortuga y la liebre.

10. Elocuencia Hasta para dirigirse a Dios, Jesús recomendó el sencillo Padrenuestro. Con mayor razón, un escrito dirigido a un juez puede ser sencillo y eficaz, si incorpora una buena argumentación, que además suplirá la falta de jurisprudencia o normas favorables. Hay que presumir que el juez está agobiado de tiempo, por lo que ser didáctico y con lenguaje accesible, bajo una argumentación impecable y amena, posiblemente conseguirá captar la atención y comprensión del juzgador.

13. Evitar rodeos El atajo es el camino más corto. En el mundo contencioso-administrativo pueden obtenerse victorias pírricas con sentencias que no satisfacen al cliente, y hay ocasiones en que hay que sacrificar esas pequeñas conquistas parciales. Es el caso de algunos defectos de motivación en resoluciones administrativas que sólo conducen a una sentencia favorable pero que condena a la Administración a retrotraer el procedimiento con lo que todas las partes vuelven a estar en la “casilla de salida”. O el caso de algunos motivos de inadmisión (ej. Falta de postulación) que provocan la demora del proceso hasta uno nuevo que los subsane. En la tesitura de esgrimir esos motivos impugnatorios que son puros rodeos, quizás hay que recordar que a veces ceder un poco sirve para ganar mucho.

14. No citar doctrina como regla general El juez está sometido al imperio de la Ley, y bien está la doctrina que ilustra la interpretación de aquélla, pero jamás debe convertirse la demanda en una invocación de autoridades académicas, ni un “corta y pega” de citas bibliográficas. Las demandas no son tesis doctorales, y si se trata de acompañar un dictamen de un Catedrático, aunque revela seriedad del demandante mejor será que ese dictamen se reconvierta en demanda o contestación y en boca de abogado (el propio profesor, en su caso).

15. Autocrítica

No abusar de la adulación al juez ni denigrar a la otra parte. No insultar. En un mundo donde la solución al litigio (bien por dudas de derecho, o bien por discutirse la prueba de hechos), es dudosa, bien está no provocar la animadversión judicial por las malas formas. La frontera entre la imposición de costas procesales o su exoneración puede venir dada por una frase descortés o vejatoria hacia la parte contraria. Y no digamos hacia el propio juez…que será una esfinge con balanza, pero tiene su corazoncito.

Los escritos procesales reflejan el impulso de su autor, y ya que los tratamientos de textos actuales permiten corregir, ampliar o reducir para un “photoshop jurídico”, hay que releer los escritos principales (demanda y contestación). Las segundas lecturas, con un intervalo temporal, arrojan nuevas perspectivas. Lo ideal es que un compañero de bufete o un tercero lo lean y efectúen observaciones, pero en su defecto, el propio autor ha de buscar los defectos de sus propios escritos, y revisarlo detenidamente hasta que cree en ellos, y si se da cuenta de que ha dicho algo estúpido deberá tener la valentía de suprimirlo.

12. Autenticidad

16. Perspicacia

Además de contar con el apoyo de la norma, hay que intentar demostrar al juez que se actúa por convicción personal y por confianza en la Justicia. Demuéstrese que el pleito no es por capricho ni para fastidiar a nadie. Buena fe.

El letrado debe conocer al juez y la otra parte. Los jueces suelen tener un perfil psicológico (pro administración o pro ciudadano; reacio o proclive a las cautelares; generoso o rígido para admitir pruebas, etc).

11. Respeto

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Y si se busca la razón, no es buena idea atascarse en formalismos. Es más, llegado el caso, no hay que vacilar en solicitar un perito judicial y confiar en lo que depare su ciencia como tercero imparcial. Demuestra una confianza en la ciencia y la objetividad que resulta del agrado de los jueces.

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También hay que explotar las debilidades del


17. Nada es insignificante Ni el cliente, ni la cuestión litigiosa, ni el trámite procesal. Por una herradura se perdió una batalla, y por un defecto en el escrito de interposición puede recibirse el varapalo de la desviación procesal; por una prueba omitida recibir el chorro frío de hechos probados que no se ajustan a la realidad; y por una dejadez puede tropezarse el letrado con esa horrible pesadilla que es la “inadmisibilidad”, la “preclusión”, la “caducidad” o demonios similares que abortan el proceso ya iniciado.

18. Administrar el tiempo Camarón que se duerme, se lo lleva la corriente. Los plazos no deben agotarse, ni es buena técnica el consabido hábito de apurarlos al máximo. El tiempo del letrado y el tiempo del juez requieren atención. Hay un tiempo para explicarse el letrado y un tiempo para convencerse el juez.

19. Explotar el impulso o dejadez del contrario Al igual que en los deportes de lucha libre y judo, hay que saben aprovechar el impulso del oponente, el abogado debe sacar ventaja de la acción u omisión del contrario. Si es demandante tendrá que aprovechar la carga de la prueba de la Administración (cuando es quien tiene archivos y documentos, o cuando sanciona o impone actos de gravamen) y si es demandado examinará con lupa el escrito de interposición y la demanda para ver desajustes. Cada parte ha de rastrear el escrito de la contraparte para encontrar la valiosa incongruencia, el error u omisión, la pista definitiva, etc.

LEGISLACIÓN LABORAL Y SOCIAL

contrario: hay abogados agresivos y benévolos; abogados rigurosos y frívolos; abogados de sustancia y de formas, etc. Y la mejor manera de conocer la “fauna forense” es cambiar impresiones y anécdotas con los compañeros. Los retrato-robot psicológicos siempre ayudan.

20. Contar con paracaídas El letrado, para el caso de reveses judiciales ha de contar con un plan B, y C, y D… Sin perder la perspectiva realista, frente a la sentencia o auto desfavorable hay que barajar desde el inicio la posibilidad de apelación, la casación, la nulidad de actuaciones, el Tribunal Constitucional, e incluso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, etc. Y si la sentencia favorable para el particular se queda corta en el fallo, habrá que intentar forzarla en el incidente de ejecución, de igual manera que si es desfavorable para la Administración, ésta intentará la inejecución, más o menos disimulada. Lo importante para el abogado es explicar al cliente, sin tremendismo pero con realismo, el vía crucis posible y las distintas opciones a corto, medio y largo plazo.

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AUDITORÍA

EVIDENCIA DE AUDITORIA Del blog de pascuallopez

la actitud del auditor debe ser escéptica en todo momento

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l auditor debe diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permitan alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión. Por tanto, deberemos de considerar la relevancia y la fiabilidad de la documentación a utilizar como evidencia de auditoría. Es esencial, que el auditor al diseñar las pruebas que le permitan obtener evidencia (pruebas de control y de detalle) establezca cuáles serán los medios de selección sobre los que se realizarán las pruebas, soliéndose emplear criterios estadísticos en pruebas de control interno (permitiéndonos seleccionar pequeñas poblaciones extrapolando posteriormente al universo total de la población) y criterios intencionales en pruebas de detalle (tales como el MUM), para ponderar

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la selección muestral. Normalmente la dirección de la entidad auditada, suele manifestar al auditor cuanto le interesa, es por esto por lo que la actitud del auditor debe ser escéptica en todo momento, debiendo comprobar que se da cumplimiento a los siguientes atributos:

Existencia Los activos, pasivos y patrimonio neto existen a la fecha de los EEFF

Derechos y Obligaciones La entidad posee o controla los derechos de los activos y los pasivos son obligaciones de la entidad a una fecha dada

Ocurrencia/Acaecimiento Las transacciones o hechos registrados tuvieron lugar


No hay activos, pasivos o transacciones que no estén debidamente registrados

Exactitud / Valoración Los activos y pasivos están registrados por su valor adecuado

Corte de operaciones / Medición Una transacción se registra por su justo importe. Los ingresos y gastos han sido imputados correctamente al periodo.

Clasificación / Presentación y Desglose Las transacciones se clasifican de acuerdo con el marco normativo de información financiera de aplicación y la memoria contiene información necesaria y suficiente. De todos los atributos descritos, al atributo de integridad, le debemos de prestarle una especial atención, ya que no solo es importante verificar que lo que hay en contabilidad se corresponde con la realidad, sino que todo lo que debiera estar contabilizado realmente lo este. Para ello es importante, poder confiar en que los procedimientos de control interno que aplica la empresa realmente funcionan debiendo efectuar las comprobaciones oportunas tales como: Inspección de los registros extracontables, documentos contables e inspección física de activos tangibles que puedan proporcionar evidencia de auditoría Observación de los procesos o procedimientos aplicados por la propia empresa auditada (tales como recuentos de existencias realizados por el propio personal, etc)

Recalculo para comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en los documentos o registros de la empresa auditada y re ejecución de procedimientos o controles que fueron realizados por la entidad

AUDITORÍA

Integridad

Procedimientos analíticos para comprobar la coherencia y variaciones entre los datos financieros y no financieros Indagación de información financiera y no financiera, a través de terceros bien informados dentro y fuera de la entidad Relevancia de las pruebas, referida a la conexión entre el procedimiento de auditoría aplicado y la afirmación sometida a comprobación. Es posible que un conjunto determinado de procedimientos de auditoría proporcione evidencia para determinadas afirmaciones y para otras no Fiabilidad de la información, verificando los controles sobre su preparación y comprobación y analizando las circunstancias en las que se obtiene Debemos extremar la precaución, a ser meticulosos en los procedimientos y a conocer con detalle a la entidad auditada. Deberemos ser muy escrupulosos con los criterios aplicados, ya que deben quedar perfectamente documentados, quedando por tanto sustentado el Juicio Profesional del Auditor aplicado. Como decía un buen amigo revisor; aquel auditor que tiene desgastado su sillón de despacho, deja de percibir el día a día de la empresa, donde realmente se cuece el arroz.

Confirmaciones externas de terceros dirigidas al auditor en soporte papel, soporte electrónico u otro medio.

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AUDITORÍA

INTEGRIDAD Y CARÁCTER

DOS ATRIBUTOS DE UN AUDITOR ÉTICO Extraído de la Video Conferencia de NAHUN FRETT (MBA, CIA, CCSA, CPA, CFE): ¿Cómo se Audita la Ética?

Ética y corrupción son dos conceptos que se contraponen como las dos caras de una moneda, donde está presente una no puede existir la otra

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os problemas de ética son uno de los más grandes retos que enfrenta la auditoría interna contemporánea. Te has preguntado alguna vez: ¿Qué está pasando con el mundo empresarial? ¿Nos hemos olvidado de la ética y las buenas prácticas de negocio? ¿Cuál es su opinión respecto a los siguientes casos de violación a la Ética? El fraude y la corrupción disminuyen de forma significativa, la capacidad de desarrollo de nuestras organizaciones, distorsionan el sistema de gobierno corporativo y control de las empresas e impide que los objetivos estratégicos de las instituciones sean alcanzados. Pero, más preocupante aún es que la falta de ética, además, de producir enormes pérdidas económicas, limita de forma sustancial la contribución social de las empresas y perjudica no solamente a la entidad donde ocurre la irregularidad, sino, que también afecta a los accionistas, clientes, empleados y a la sociedad en general. Ante esta nueva realidad del mundo empresarial, se espera que la auditoría interna, además de analizar los procesos y evaluar los riesgos de negocio, sea capaz de: • Servir como una red de seguridad para la organización

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• Determinar qué está funcionando bien y que no • Decir las cosas como son • Dar alerta sobre posibles banderas rojas • Descubrir malas conductas corporativas • Defender y promover la ética Ética y corrupción son dos conceptos que se contraponen como las dos caras de una moneda, donde está presente una no puede existir la otra. La ética está constituida por un conjunto de valores morales que permiten a la persona adoptar decisiones y determinar un comportamiento apropiado. La conducta ética es necesaria para que una sociedad funcione en forma ordenada, en efecto, la necesidad de la ética en la sociedad es tan importante que muchos valores éticos comunes se incluyen en las leyes, sin embargo, existen valores éticos de corte más abstracto, como la integridad, por ejemplo, que son difíciles de recoger por la normativa, pero que forman parte de nuestro entorno ético. “Uno puede cerrar los ojos, pero no los oídos. Y menos con los que escuchamos la voz de la conciencia” Miguel Retana. La credibilidad se asienta en la integridad. Los auditores internos “de alto rendimiento” saben que, en el mundo laboral, la confianza consiste en permitir que la gente conozca nuestros valores, principios, intenciones y


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AUDITORÍA

sentimientos y en comportarnos en consonancia con En realidad, el carácter lo estamos creando cada ellos. vez que hacemos una elección; evadir o confrontar Lamentablemente, la integridad es en la actualidad una situación difícil, doblegarnos ante la verdad o es un producto perecedero. Los patrones morales se mantenernos bajo el peso de ella, tomar el dinero fácil desmoronan en un mundo a la caza del dinero fácil y o pagar el precio. A medida que vivimos y hacemos los atajos hacia el éxito. Basarse en principios implica decisiones, estamos formando nuestro carácter. aferrarse con firmeza a los que se cree correcto. Carácter, respecto, responsabilidad y honestidad son los La integridad incluye responsabilidad y férrea adhesión valores fundamentales que deben primar en el trabajo diario a valores y creencias. Su antítesis es la indiferencia: no de los auditores internos, que representan la piedra angular que guíe como una brújula el norte de hacia donde debemos expresar o defender aquello que creemos. dirigirnos, necesitamos tener coraje para tomar riesgo y “La integridad significa que usted hace lo que hace, aceptar responsabilidad, buscar la verdad y defender porque es correcto y no solo por estar de moda o por ser lo correcto, callar a lolos cínicos y saboteadores, ser políticamente adecuado. Una vida de principios, de no humilde, escuchar, aprender y creer. sucumbir ante las seductoras sirenas de una moral fácil, Nuestro compromiso con nuestras organizaciones y con siempre prevalece”. D. Wailey. la sociedad en general requiere que nuestros auditores En matemáticas, un entero es un número que no es sean: divisible en fracciones. De igual modo, un hombre de integridad no es divisible de sí mismo. No cree una √√ Personas con gran integridad, comprometido con el desarrollo de una organización perdurable. cosa y dice otra; por tanto, no está en conflicto con sus propios principios. Hoy por hoy y siempre, lo único que √√ Auténticos líderes que posean un profundo nos asegura la supervivencia es la firme integridad del sentido de propósito y que sean fieles a sus valores personal de la empresa. principales. John Morley observó: “Ningún hombre puede escalar √√ Profesionales con el coraje para ayudar a su más allá de las limitaciones empresa a cumplir con los de su carácter”. requerimientos y normas Carácter, respecto, responsabilidad éticas, que contribuyan Todos los días vive según y honestidad son los valores diariamente a fortalecer tus valores. Sé una buenas prácticas de persona con carácter, fundamentales que deben primar en el las negocio. sé una persona digna. trabajo diario de los auditores internos, Sin lugar a dudas, las Desarrolla la convicción de dos grandes líderes: organizaciones con que representan la piedra angular que fuertes valores éticos y “Ayúdame Señor a decir guíe como una brújula el norte de hacia buen ambiente de control la verdad delante de los funcionan mejor, por fuertes. Y a no decir donde debemos dirigirnos… lo que nuestro enfoque mentiras para ganarme debe pasarse en cubrir los el aplauso de los débiles”. siguientes aspectos: Mahatma Gandhi, Líder Nacionalista Indio. Nunca niegues tu propia experiencia y convicciones por • Examinar el Programa Ético implementado. mantener la paz y la calma. Dag Hammarskjold Hombre • Ponderar el Riesgo de Fraude. de Estado y Premio Nobel de la Paz. • Evaluar el Ambiente Interno y cultura Nuestro nuevo mantra debe ser: “Descubrir la verdad y organizacional, a través del uso de auto-evaluación: actuar en consecuencia”. Encuestas o cuestionarios y Talleres o workshops Cuando un auditor interno posee un carácter firme, • Implementar los Servicios de Consultoría. las personas de la organización confían en él y en su • Ayudar en proyectos específicos: Implementación capacidad de emplear su potencial. El carácter es más de Líneas Éticas - Hot lines, Fortalecimiento del que hablar, cualquiera puede decir que tiene integridad, sistema de Gobierno Corporativo, Desarrollo de pero la acción es el indicador real del carácter. Programa de Gestión de Riesgo de Fraude. Tu carácter determina quién eres. Lo que eres determina • Entrenar al personal sobre temas relacionados con: lo que ves. Y lo que ves determina lo que haces. Es por Fraude, Gestión de Riesgo, Banderas Rojas, Control eso que nunca se puede separar el carácter de una Interno. persona de sus acciones. • Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo. El carácter es una elección. Hay muchas cosas en la vida Cumplimiento de Leyes y Regulaciones sobre las que no tenemos control. No podemos escoger Responsabilidad, Respeto, Integridad, Carácter, a nuestros padres. No podemos seleccionar el lugar ni Compromiso, y fe Inquebrantable en que todos juntos circunstancias de nuestro nacimiento y crecimiento. podemos construir un futuro mejor para la sociedad. No podemos seleccionar nuestros talentos o nuestro coeficiente de inteligencia. Pero sí podemos escoger nuestro carácter. 15


GUBERNAMENTAL

LA NUEVA GESTIÓN PÚBLICA REFLEXIONES DEL CONTEXTO PARA LA GESTIÓN CONTABLE Y TRIBUTARIA EN AMÉRICA LATINA Edgar Ibarra Ayerbe

Profesor de Postgrados Colombia, Consultor y Conferencista Internacional

La rama judicial ejerce el control constitucional para proteger al ciudadano frente a abusos en la gestión pública

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partir de la crisis de 1929, el Estado asumió un papel protagónico en la administración, gestión y gerencia del sector público. Los nuevos paradigmas intervencionistas influenciados por las teorías keynesianas que proponían invertir los recursos públicos para potenciar las capacidades de consumo y bienestar de la población, generaron teorías del desarrollo, con énfasis en la eficacia, eficiencia y transparencia por parte del Estado. La acción estatal, dentro del marco de Keynes, consistía en el proceder de la autoridad económica en el entorno interno a través de la demanda agregada, si existía desajuste frente a la oferta agregada, mediante

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políticas fiscales y monetarias, actuaban con variables económicas y financieras internacionales cuando se presentan desequilibrios en la balanza de pagos1. En el ámbito interno, se exhortan políticas contraccionistas cuando la demanda agregada es mayor que la oferta agregada; en caso contrario, se usan políticas expansionistas2. A nivel externo, se procede con políticas de comercio exterior, finanzas internacionales y cambiaria, para evitar la incidencia de flujos de divisas internacionales sobre la estabilidad 1 Low, E. y Gómez, J. (1998) Teoría fiscal. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Cap. IV. 2 La contracción se ejerce con política fiscal (incremento de impuestos, reducción del gasto público y del crédito público externo e interno) y política monetaria (aumento de encajes bancarios, operaciones de mercado abierto, tasa de interés y depósitos previos a importaciones y disminuciones de emisión primaria y topes de crédito) o ambas. Para realizar expansión se actúa al contrario. La expansión aumenta medios de pago y la capacidad de consumo de la ciudadanía, el efecto inverso causaría una contracción.


Keynes justificó la acción activa del Estado en su libro Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero, señalando que: “El Estado tendrá que ejercer influencia orientadora sobre la propensión a consumir, a través del sistema de impuestos, fijando la tasa de interés y, quizá, por otros medios... Creo que la socialización bastante completa de las inversiones será el único medio de aproximarse a la ocupación plena... Fuera de la necesidad de controles centrales para lograr el ajuste entre la propensión a consumir y el aliciente para invertir no hay más razón para solicitar cambios a la vida económica que la que existía antes” 4

GUBERNAMENTAL

interna de la economía. Se suscita depresión si hay una amplia fuga de divisas y enfermedad holandesa si hay exceso de ingreso de caudales del exterior3.

paradigma que tuvo vigencia hasta 1930. El segundo, se relaciona con la transformación del Estado, en el que se abandonó el viejo paradigma de Smith, debido a que dicho enfoque no había contribuido a la eliminación de la pobreza y a aclimatar el malestar social que surgía en el seno de la gran crisis del capitalismo mundial7, especialmente en EE.UU. y Europa, para entonces las regiones más desarrolladas. De 1930 en adelante, hasta finalizar la década de los 90s, el Estado se convirtió en el principal impulsor del desarrollo, pero para cumplir con esa nueva misión debía adoptar mejores y más eficientes instrumentos que le facilitaran su trabajo. Pero no se contaba con el conocimiento, ni con el talento humano con las suficientes habilidades para tal propósito.

Stiglitz describió el escenario que admitió la génesis del Para entonces, Keynes8 hizo aparición en el escenario Estado interventor: “Entre la gran depresión, década teórico con su “Teoría General de la Ocupación, el de 1930, y principio de los años 60, los economistas Interés y el Dinero”, publicada en 1936, en la cual y políticos se dieron cuenta de un gran número de expuso magistralmente las nuevas tesis de lo que sería aspectos en los que la economía de libre mercado, el Estado de bienestar o Estado benefactor, el mismo que incluso la más rica del mundo, parecía no satisfacer se encargaría de asumir el compromiso de desarrollar ciertas necesidades sociales básicas. Los países a los países en crisis y de producir bienestar en una occidentales habían padecido períodos sistemáticos de población empobrecida. paro que habían afectado El Estado social a muchas personas... (Habermas, 1991; Marcuse El argumento para presupuestar Muchas personas y otros, 1972; Garcíapor productos incluye otra línea de perdieron casi todo su Pelayo, 1995; Von Stein, dinero cuando quebraron 1921; Huntington y razonamiento, fundada en la idea de los bancos y se derrumbó Ackerman, 1993; Crozier, un gobierno responsable la bolsa. Numerosos 1989; Giner y Sarasa, 1997), ancianos carecieron de bienestar (Luhmann, de recursos para sobrevivir. Muchos agricultores 1993; Esping-Andersen, 1993; Picó, 1987; Sen, 1997; encontraron que los precios de sus productos eran Sen, 2001; Jessop, 1999; Offe, 1990), asistencial, tan bajos que no podían pagar sus hipotecas... Para socialdemócrata (Bounding, 1953; Bounding, 1956), responder a la depresión, los gobiernos no sólo welfare State (Wilensky, 1975; Wagner, 1989; Albeda y asumieron un papel más activo en el intento de otros, 1986; Moynihan, 1988; Jones, 1990; Kamerman estabilizar el nivel de la actividad económica, sino que y Kahn, 1989; Marshall, 1947; Wilensky, 2002), de también aprobaron medidas legislativas destinadas a asociación o de partidos políticos fue consecuencia paliar los problemas: Subsidio al paro, seguridad social, del advenimiento del criterio de ciudadanía social, fondos de garantía de depósitos, programas de apoyo que propugna por satisfacer de manera genérica a precios agrícolas, mejora de condiciones laborales, los derechos fundamentales. Al respecto, Luhman regulación de la bolsa de valores y otros dirigidos a precisó: “El Estado de bienestar surgió en países objetivos sociales y económicos”5. industrializados con la intención de garantizar el Estas continuas transformaciones en la naturaleza del Estado han posibilitado varios momentos diferenciados. El primero, tiene que ver con un Estado enemigo de la intervención del Estado, en estricta concordancia con el paradigma del liberalismo económico de Smith6 quien sostuvo el enfoque del “Estado Mínimo”, especialmente en el área económica,

principio de compensación, entendido como acción de subsanar las carencias básicas de los ciudadanos”9.

3 En situación de déficit externo se puede incurrir en aumentos a estímulos a exportaciones, barreras a importaciones, devaluación de la moneda y atracción de capitales internacionales. En situación de superávit se ejercen actuaciones contrarias (revaluación del tipo de cambio y disminución de estímulos a exportaciones y de barreras a importaciones). 4 Keynes, J.M. (1974) Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero. México: FCE. 5 Stiglitz, J.E. (1992) La economía del sector público. Barcelona: Antonio Bosch. p. 5, ss. 6 El “Estado mínimo” es el paradigma imperante entre 1776 y 1930 sostenido por Smith, en “El origen y causa de la riqueza de las Naciones”, quien afirma que el Estado debe intervenir mínimamente en la regulación de la actividad económica y social ya que hace más daño interviniendo que no haciéndolo. Este paradigma se hace válido para la gestión pública del entonces ya que intervención estatal y gestión del Estado van de la mano confundiéndose en una sola perspectiva de desarrollo.

7 La Gran Crisis o la Gran Depresión de los años 1929 y 1930, fue el quiebre más significativo que tuvo el capitalismo durante la pasada canturria. A partir de aquella crisis cambió radicalmente la forma de dirigir al Estado ya que para enderezar los graves problemas del desempleo, éste tuvo que asumir el compromiso de invertir los recursos públicos en estimular la producción para generar el empleo suficiente y poder salir de la crisis. 8 John Maynard Keynes (1883-1946), economista inglés de gran influencia en las teorías económicas, políticas modernas y políticas fiscales de diversos gobiernos, recordado por su propuesta de una política de intervencionismo estatal mediante la cual el Estado utilizaría medidas fiscales y monetarias a fin de atenuar los efectos adversos de las recesiones, depresiones y períodos de auge económico. Es considerado uno de los principales fundadores de la macroeconomía moderna. 9 Luhmann, N. (1993) Teoría política del Estado de bienestar. Madrid: Alianza. p. 31, ss.

Propuso la garantía de derechos fundamentales, como: Igualdad ante la ley, función social de la propiedad privada, desarrollo de la libre personalidad, democratización de la propiedad accionaria, presencia

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GUBERNAMENTAL

de usuarios y trabajadores en el capital, fomento a la actividad solidaria, impulso a la micro, pequeña y mediana empresa, amparo a la capacidad innovadora, garantía a la seguridad jurídica y el derecho de protección o tutela, fomento a la participación ciudadana, amparo a minorías étnicas, atención a grupos vulnerables, protección al salario mínimo, seguridad laboral, defensa al medio ambiente, autorregulación, supervisión, salvaguardia a usuarios y consumidores, protección por posición dominante e imperfecciones del mercado, salvaguardia de calidades y precios de productos. El Estado social de derecho es idea coetánea, procedente del precepto de Estado de derecho emergido en el Estado liberal. Incluye sus principios ortodoxos de legalidad, legitimidad, división de ramas del poder, sufragio universal y control a la ley, pero es aún más riguroso al acoger el novedoso principio de control constitucional, concebido como tutela a derechos y valores esenciales protegidos en las Cartas Políticas más recientes.

satisfacer las necesidades básicas del ciudadano; por ello, le han asignado de forma irónica el epígrafe de asistencial o distribuidor11. No se había salido completamente de la crisis, cuando llegó la Segunda Guerra Mundial en 1939, lo que hizo que el Estado asumiera nuevos roles y compromisos desde el punto de vista administrativo y gerencial, esfuerzo que posibilitó una nueva aparición de teorías del desarrollo que necesariamente implicaban al Estado. La gestión pública contemporánea se inserta en un contexto de reformas, tales como: (a) Reformas estructurales que redefinieron el papel del Estado; (b) las de naturaleza política que apuntaban al fortalecimiento de la democracia y, en consecuencia, al aumento de la legitimidad de los gobiernos electos, y (c) las de tipo económico y financiero que procuraban sentar las condiciones para el logro de la estabilidad macroeconómica y el equilibrio de las cuentas públicas.

Pero ello no fue suficiente. Muchos gobiernos, elegidos en contextos de alta legitimidad y con cuentas Así, las ejecutorias de gobernantes y las leyes están saneadas, fracasaron, y dichos fracasos se atribuyeron, subordinadas a valores sociales amparados por en gran medida, a la falta de proyectos estratégicos de la Constitución. La rama judicial ejerce el control gobierno o a la incapacidad para ponerlos en práctica. constitucional para proteger al Resultó cada vez más necesario ciudadano frente a abusos en enfrentar la crisis de gestión …la satisfacción ciudadana la gestión pública. Las ramas del Estado. es la mejor forma de medir la del poder deben someterse al El imperativo que surge del imperio de la Constitución y creación de valor público debate contemporáneo es propiciar al bien común. Debe el del fortalecimiento de la existir contrapeso e independencia entre ramas del gobernanza, es decir, la necesidad de aumentar las poder y la Carta Política debe ser instrumento para capacidades institucionales del Estado para que pueda asegurarlo. cumplir su papel en el desarrollo socioeconómico La gobernabilidad se deriva del consenso popular, que sostenible. establece que la colectividad puede actuar en defensa De otra parte, son diversas las definiciones de la gestión propia, mediante instrumentos demócratas: Sistemas pública que la abordan como actividad y pueden ser de participación ciudadana, revocatoria del mandato, comprendidas en el ámbito de sus propósitos, alcances, plebiscito, referendo, consulta popular, cabildo abierto, limitaciones y enfoques en el área de estudio. Se etc. consideran las siguientes cuatro áreas asociadas con Existen variados esquemas de controles que permiten el objeto de estudio de la gestión pública: El Estado, el evaluar la gestión de servidores públicos (Aragón, gobierno, el poder ejecutivo y los asuntos públicos. 1999; Biscaretti, 1946; Kelsen, 1950; Jellinek, 1970; Un concepto clásico que se identifica con las tres Buccisano, 1969; Garri, 1975; Chimenti, 1974; Galeotti, últimas áreas la presentó Wilson, quien identificó 1963; Amorth, 1956; Azzena, 1976): Control social, y delimitó el campo de estudio de la disciplina: “La control político, control jurídico, control disciplinario, gestión es la parte más visible del gobierno; es el control fiscal, control administrativo o autocontroles, gobierno en acción; es el poder ejecutivo, el que actúa, como el control interno. el aspecto más visible del gobierno y es, desde luego, El Estado social impulsa políticas públicas económicas, tan vieja como el gobierno mismo”12. Según Wilson, sociales y culturales orientadas a la equidad, como: la gestión pública es la parte más dinámica y visible Pleno empleo, salario mínimo digno, moneda estable, del gobierno, que está estrechamente vinculada con consumo básico, crecimiento continuo, competitividad, el derecho público: “La gestión pública es la ejecución regulación, protección a pequeños agentes económicos detallada y sistemática del derecho público. Cada y avance tecnológico10. Se concibe que el Estado deba aplicación especial, particular, de la ley general, es un 10 Alexy, R. (2003) Tres escritos sobre los derechos humanos y la teoría de los principios. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Serie Teoría Jurídica y Filosofía del Derecho, No. 28.

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11 Caferra, V.M. (1992) Diritti della persona e stato sociale: Il diritto dei servizi socio-sanitari. Bologna: Zanichelli. �������������������������������������������������������������������������������������������������������� Wilson, W. (1887) The study of administration. En: Shafritz, J. y Hyde, A. (1992). Classics of public administration. California: Brooks Cole Publishing Company. p. 85.


A mediados del siglo pasado, White explicó: “Definida en sus términos más amplios, la gestión pública consiste en todas las operaciones que tienen por objeto la realización o la observancia forzosa de la política del Estado”14. En 1950, Simon, Smithburg y Thompson, definieron la gestión como las actividades de colectivos humanos que cooperan para lograr objetivos comunes y en particular, vincularon a la gestión pública con el campo de acción del poder ejecutivo, separado del contexto de los poderes legislativo y judicial. En una definición más elaborada, se evidencia que la gestión pública es el centro de una red de relaciones intergubernamentales en las que se encuentra el Estado y la sociedad, se caracteriza porque se ocupa de los fines del Estado, la voluntad soberana, los intereses públicos y del derecho, que es el elemento coercitivo de la sociedad. “La gestión pública es el estudio de los poderes y problemas, la organización y el personal, así como de los métodos de dirección involucrados en la ejecución de las leyes y las políticas de las autoridades gubernamentales”15. El ámbito de acción de la gestión pública está en función de la política y en tanto que algunos Estados dirijan organizaciones que otros dejan a la iniciativa privada, no puede definirse por ninguna fórmula general este terreno de acción. Moreland16 definió los límites de la disciplina de estudio, al señalar “que la gestión pública empieza donde la política termina”. Para Flores, la gestión pública tiene elementos característicos que la diferencian de otras formas de organización social históricas: Es una relación social; comprendida en un modo de producción capitalista; donde la dirección del trabajo de los cooperantes es apropiada como función privada de una clase que posee los medios de producción; y en consecuencia, los medios de administración; dándose una relación de supeditación real, en el proceso de producción social, de unas clases sobre las otras17. Cortiñas-Peláez consideró, desde la determinación histórica de América Latina y una perspectiva analítica, más que desde aspectos formales, que la gestión pública: Es una comunidad superior y diferente de las administraciones privadas; constituida por agentes públicos, subordinada al poder político, democrático y social; que tiene por fines la quiebra de la dominación deformante y explotadora que es causa de la causación circular acumulativa del subdesarrollo, y la realización del Estado democrático y social del derecho; y que propone la promoción integral del hombre en sociedad, 13 Ibid., p. 92. 14 White, L. (1964) Introducción al estudio de la administración pública. México: Compañía General de Ediciones. p. 1. 15 Dimock, M.E. y Dimock, O.G. (1985) Administración p�������������������������� ública. México: FCE. p. 3. 16 Moreland, W.H. (2000) La ciencia de la administración pública. México: INAP. p. 262. 17 Flores, C. (2001) La Administración capitalista del trabajo. México: Fontamara.

GUBERNAMENTAL

acto de administración”13.

para lo que considera fundamental su participación dominante en la ampliación, intensificación y perfeccionamiento técnico-gerencial de los servicios prestacionales del poder público18. Por último, Merriam definió la gestión pública de manera poética y filosófica, estableciendo como finalidad la idea de la felicidad del ser humano: “La gestión pública es el centro palpitante de la asociación moderna, vinculada a la felicidad de todo hombre y mujer en cualquier sitio. La administración no se encuentra fuera de la influencia de la inteligencia humana, sino por el contrario responde al enfoque lógico mediante la teoría y la práctica”19. Es frecuente que la gestión pública sea identificada como: El brazo ejecutivo del gobierno; la formulación e implementación de las políticas públicas; un amplio rango de problemas concernientes al desarrollo y cooperación humana; un campo en que puedan ser diferenciados de distintas maneras de la gerencia privada. Estas definiciones destacan el carácter del estudio del objeto (actividad) de la gestión pública. De otra parte, el desarrollo teórico y práctico de la hacienda pública, ha tenido gran vínculo con los enfoques sobre las fuentes y usos de financiamiento del Estado, es decir, se articula con las políticas públicas que orientan a los ingresos y gastos gubernamentales, cuyo propósito es lograr el mayor grado posible de satisfacción de los requerimientos de la comunidad, impulsando el bienestar social y el continuo mejoramiento de la calidad de vida de los miembros de la sociedad. Se impulsan propósitos de equidad, estabilidad, crecimiento y eficiencia en los procesos económicos, para asegurar condiciones satisfactorias o tendencias a su logro en beneficio de la colectividad. De esta manera, es preciso señalar que es la nueva gestión pública la que viene inspirando nuevos caminos por recorrer, pero no partiendo de una sola línea discursiva e investigativa, sino desde sus diferentes enfoques, que constantemente se transforman e interrelacionan, siendo rotulados con diversas denominaciones y en múltiples contextos. Con respecto a la nueva concepción de la gestión pública, Barzelay20 sostiene que “la forma básica del argumento es que seleccionar e implementar maneras particulares de llevar a cabo la administración pública, puede satisfacer las aspiraciones insatisfechas del público por un gobierno bueno y responsable”. Con el fin de presentar mejor el concepto de un gobierno de talla mundial, Barzelay manifiesta que: “El argumento para presupuestar por productos supone que los ejecutivos de alto nivel se encuentran en la posición adecuada para saber cuáles productos 18 Cortiñas-Peláez, L. (1995) Las ciencias administrativas en América Latina. Caracas: Universidad Central de Venezuela. p. 61. 19 Merriam, C. (1998) Administración pública y teoría política. México: INAP. p. 133. 20 Barzelay, M. (2003, II Semestre) La nueva gerencia pública; invitación a un diálogo cosmopolita. Gestión Política Pública, Vol. 12, p. 242.

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19


GUBERNAMENTAL le convendrán a los objetivos de las políticas públicas, políticamente apoyadas y sustantivamente valiosas, mientras que los administradores operativos se encuentran en la posición adecuada para saber cómo entregar esos productos de manera efectiva y eficiente. Detrás de esta suposición se encuentra la idea de que un gobierno de talla mundial conlleva el proceso de ajustar los productos deseados a las interpretaciones constantes de políticas públicas políticamente aceptables y sustantivamente deseables, por un lado, y la entrega de productos de una manera cada vez más efectiva y eficiente, por el otro. El argumento para presupuestar por productos incluye otra línea de razonamiento, fundada en la idea de un gobierno responsable. La idea es que los funcionarios y las oficinas gubernamentales pueden ser supervisados más eficientemente por centros de poder democráticamente electos o sus agentes en el centro del gobierno si la responsabilidad sobre la calidad y los costos del producto recaen en unidades identificables dentro de la jerarquía burocrática”21. De lo anterior, partiendo del concepto de Bussmann, esto es, la política pública definida como el “conjunto 21

20

Barzelay. Op. Cit. p. 243.

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de decisiones de diferentes niveles jurídicos y de acciones, coherentes y enfocados hacia objetivos que actores competentes, privados, asociativos o estatales, toman o aplican con la finalidad de resolver un problema social”, Roth postula la forma como la política pública señala “… la existencia de un conjunto conformado por uno o varios objetivos colectivos considerados necesarios o deseables, de medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una institución u organización gubernamental con la finalidad de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática” 22. Así, la satisfacción ciudadana es la mejor forma de medir la creación de valor público, lo cual no es sencillo, “pues son muchos los ciudadanos que escriben para quejarse sobre la prestación de un servicio, pero son muy pocos los que escriben para felicitar, porque en la mañana al abrir su ducha, efectivamente salió un chorro de agua potable”23. 22 Roth, A.N. (2006) Discurso sin compromiso. La política pública de derechos humanos en Colombia. Bogotá: Aura. p. 66. 23 Moore, M. (1995) Gestión estratégica y creación de valor en el sector público. Barcelona: Paidós. p. 64.


GUBERNAMENTAL

RUPE

REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES DEL ESTADO Malena Márquez Pinto

E

l Registro Único de Proveedores del Estado, es el registro válido para contratar con el Estado Plurinacional de Bolivia, que tiene por objeto:

Economía y Finanzas Públicas de Estado Plurinacional de Bolivia.

»»

Centralizar la información sobre los proveedores del Estado Plurinacional de Bolivia que participan en las contrataciones del Estado

a. Contar con información de los potenciales proveedores que participan o tienen interés de participar en las contrataciones del Estado

»»

Simplificar, agilizar y generar ahorro en los procesos de contratación.

b. Centralizar información sobre los proveedores del Estado

El RUPE es parte del Sistema de Contrataciones del Estado (SICOES), su administración, sostenibilidad, actualización y operación están a cargo del Órgano Rector del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (SABS). El RUPE se interrelaciona con otros sistemas o subsistemas públicos y/o privados para alcanzar sus fines según establece la Ley 1497 de 20 de febrero de 2013. Fue reglamentada mediante Resolución Ministerial N° 274 de 9 de mayo de 2013, emitido por el Ministerio de

La finalidad del registro del RUPE es la de:

c. Simplificar y agilizar los procesos de contratación d. Facilitar la participación de los proveedores en las contrataciones del Estado e. Brindar información a los proveedores sobre las contrataciones estatales El RUPE es el registro único y oficial de proveedores, en el Estado Plurinacional de Bolivia, válido para participar en contrataciones públicas mayores a Bs20.000 (Veinte Mil 00/100 bolivianos), independientemente del origen de los recursos, siendo de aplicación obligatoria para: julio • agosto

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GUBERNAMENTAL

Todas las entidades públicas, deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE, ingresando el Código de verificación del Certificado en el SICOES… a. Las entidades y empresas públicas del Estado Plurinacional de Bolivia b. Los proveedores que contrataciones públicas

participen

en

las

c. Las empresas que tengan interés de participar en procesos de contratación para la ejecución de proyectos de inversión del Programa “Bolivia Cambia”. Las entidades públicas de manera obligatoria deberán utilizar únicamente el RUPE para sus Procesos de Contratación, conforme el parágrafo III del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 1497, de 20 de febrero de 2013, quedando prohibidas de solicitar un registro adicional en otro sistema. El RUPE deberá considerar mínimamente la siguiente información, de acuerdo con la naturaleza del proveedor:

a. Velar por la veracidad, contenido, integridad, confiabilidad y oportunidad de la información registrada en el RUPE b. Mantener actualizados los datos registrados en el RUPE c. Mantener la confidencialidad de sus claves y nombres de usuario para acceso al RUPE, haciéndose plenamente responsable de la información, documentos y demás operaciones registrados por el usuario asignado d. Mantener un usuario gestor habilitado para la administración de la cuenta e. Habilitar o deshabilitar a usuarios en la cuenta del RUPE, a través del usuario gestor de la cuenta

√√ Datos generales

“Todas las entidades públicas, deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE, ingresando el Código de verificación del Certificado en el SICOES…”

√√ Bienes, Obras y/o Servicios ofertados

Certificado del RUPE

√√ Información legal, administrativa, formación y/o experiencia

El Certificado del RUPE es el documento generado automáticamente por el sistema para cada proceso de contratación específico, que deberá ser presentado de manera obligatoria para la formalización de la contratación en caso de adjudicación del proceso de Contratación SABS.

√√ Desistimientos, resoluciones de contrato u otra información sobre impedimentos para contratar con el Estado √√ Información Complementaria. Los proveedores de bienes y servicios, interesados en participar en los procesos de contratación del Estado, deberán registrarse en el RUPE, a través del sitio web del SICOES (www.sicoes.gob.bo), para obtener el Certificado de Registro para cada proceso de contratación en caso de aplicar en los procesos de contratación con entidades del Estado Plurinacional de Bolivia.

Etapas de Registro El registro RUPE consta de las siguientes etapas: a. Primera Etapa Registra la información general y de los bienes, obras y/o servicios que oferta el proveedor. Ésta información será publicada en la Guía Pública de Proveedores del Estado. b. Segunda Etapa Activa la cuenta y el proveedor podrá incorporar información complementaria, con el registro estará habilitado para generar el Certificado del RUPE. La información registrada por el proveedor, no podrá ser eliminada, ni modificada de forma posterior a su publicación, salvo que efectué previamente la rectificación de su información. 22

Responsabilidades del Proveedor

julio • agosto

Toda aquella información contenida en el RUPE y consignada en el Certificado, se considerará como validada por la fuente de información de origen, por lo que la entidad contratante no deberá solicitar documentación respaldatoria de la misma.

Inactivación de la cuenta del RUPE La cuenta se inactivara cuando: a. Durante el lapso de un (1) año no se registraran actualizaciones o el proveedor no acceda a su cuenta en el sistema. La inactivación será comunicada a la cuenta del proveedor y/o al correo electrónico del usuario gestor a través del sistema, previa a su efectivización. En caso de no recibir respuesta del proveedor, la cuenta será inactivada. b. A voluntad del proveedor, debiendo efectuar la inactivación a través del sistema. En ambos casos, el proveedor podrá reactivar su cuenta directamente a través del sistema, para lo cual, deberá conservar los datos de acceso. No procederá la inactivación en caso de que la cuenta del proveedor se encuentre suspendida en el RUPE.

Validez de Información Registrada La información registrada por el proveedor en el


El proveedor que declare información falsa y/o errónea será sancionado con la suspensión de su cuenta, sin perjuicio de las demás sanciones que establezcan las disposiciones vigentes. Los datos registrados por el proveedor serán validados por las fuentes de información de origen o en su caso, respaldados con la documentación publicada por el proveedor.

Actualización de información Registrada Los proveedores registrados podrán actualizar su información en los siguientes casos: a. Cuando requiera adicionar o eliminar Bienes, Obras y/o Servicios ofertados b. Cuando existan cambios en los datos del proveedor, datos del usuario gestor, puntos de venta o sucursales y cuentas bancarias, entre otros c. Para adicionar formación y/o experiencia Los datos del proveedor obtenidos de las fuentes de información oficial serán actualizados automáticamente por el sistema al momento de generar el Certificado del RUPE.

Procedimiento de Rectificación de Información

GUBERNAMENTAL

RUPE se constituye en una Declaración Jurada, siendo su contenido y veracidad de exclusiva responsabilidad del mismo.

al Administrador del RUPE la solicitud de rectificación de la información, mediante el Formulario de Rectificación debidamente firmado por el proveedor o en su caso por su Representante Legal, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente. Revisada la documentación de respaldo, conforme a procedimiento establecido, se dará lugar o no a la rectificación. Cuando el proveedor constate que la información proporcionada por otras fuentes de información de origen sea errónea, la solicitud de rectificación deberá ser presentada ante la instancia correspondiente, conforme los procedimientos establecidos por las mismas; toda vez, que dicha información es responsabilidad de las fuentes de origen. Todas las entidades públicas, deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE, ingresando el Código de verificación del Certificado en el SICOES para su comparación con el presentado por el proponente para la formalización de la contratación en caso de ser adjudicado en el proceso de contratación. Las entidades públicas, para la formalización de la contratación, no deberán requerir la presentación de documentación que respalde la información contenida en el Certificado del RUPE, salvo aquella información que no se encuentre señalada en el Certificado.

En caso de que el proveedor detecte errores en la información registrada y publicada, deberá presentar

El RUPE es el registro único y oficial de proveedores, en el Estado Plurinacional de Bolivia, válido para participar en contrataciones públicas mayores a Bs20.000…

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TICs

CALCULO DE ANTIGÜEDAD ENTRE DOS FECHAS CON LA FUNCIÓN =Sifecha Hugo Villca Ramos

=SIFECHA(fecha_inicial; fecha_final; unidad_de_tiempo)

C

omo profesionales de la Contaduría Pública, en muchas oportunidades necesitamos realizar cálculos para obtener datos de antigüedad del personal, cálculo de vacaciones, tiempo de mora de una deuda tributaria, bonos de antigüedad y muchos otros cálculos que nos demandan tiempo, especialmente si estos son de volumen considerable; por ejemplo para los funcionarios del Ministerio de Trabajo, que realizan estos cálculos varias veces en un mismo día. Para todos nosotros, profesionales en el área y personas que deseen obtener estos datos u otros como la edad exacta en años meses y días, existe una función dentro del programa EXCEL que realizará estas tareas de manera sencilla y rápida por nosotros.

Así es, hablamos de =SIFECHA, una función de mucha utilidad cuya objetivo es efectuar una operación de resta entre dos fechas. Aunque a simple vista la existencia e información asociada con esta función no se encuentran VISIBLES en Excel, su uso nos garantiza cálculos exactos con un considerable ahorro de tiempo. A continuación, explicamos el correcto manejo de esta función y sus principales características: Una de las cualidades más interesantes de =SIFECHA es que devuelve la diferencia entre dos fechas, pero el usuario elige en que unidad de tiempo quiere recibir dicha información, ya sean días, meses o años, e incluso anidando dicha función, puede obtener los tres datos en forma conjunta. 24

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Fecha_inicial

Puede ser la fecha de ingreso al empleo o la fecha de nacimiento.

Fecha_final

Puede ser la fecha de retiro del empleado, o la fecha a la cual se quiere calcular el rango de tiempo.

Unidad_ de_tiempo

Las unidades de tiempo son las que se describen:

‘‘d’’

Devuelve el número de días entre fecha_inicial y fecha_final.

“m”

Devuelve el número de meses enteros entre fecha_inicial y fecha_final, si el mes no ha transcurrido entero no lo toma en cuenta.

“y”

Devuelve el número de años enteros entre fecha_inicial y fecha_final, igual que con los meses si el año no ha transcurrido entero no lo toma en cuenta.

“yd”

Devuelve el número de días entre fecha_inicial y fecha_final, pero sin tener en cuenta los años de las fechas pasadas, solamente tiene en cuenta los días y los meses del último año.

“ym”

Devuelve el número de meses entre fecha_inicial y fecha_final, pero sin tener en cuenta los años de las fechas pasadas, solamente tiene en cuenta los días, y los meses del último año.

“md” Devuelve el número de días entre fecha_inicial y fecha_final, pero sin tener en cuenta ni los años ni los meses de las fechas pasadas, solamente tiene en cuenta los días del último mes.


TICs

La inclusión de estas unidades de tiempo deben estar siempre entre comillas “d”, y no hay diferencia entre mayúsculas y minúsculas. Si en los dos primeros parámetros de la función no incluimos fechas correctas, Excel devolverá un valor de error de tipo #¡VALOR!; si en cambio, indicamos el intervalo de forma incorrecta o proporcionamos en el primer parámetro una fecha posterior a la introducida en el segundo obtenemos un error de tipo #¡NUM!. Veamos que pasa en la práctica: Como s iempre, en p rimer lugar i niciamos con e l =SIFECHA, c omo vemos n o existe e sta función, a pesar d e esto d ebemos c ontinuar escribien¬do l a función con los argumentos señalados. Debes ingresar l a fórmula de f orma c ompleta, y aquí mostramos los resultados para cada una de las opciones de unidad de tiempo:

Debes ingresar la fórmula de forma completa, y aquí te mostramos los resultados para cada una de las opciones de unidad de tiempo:

Fecha Inicial 18/05/2004 18/05/2004 18/05/2004 18/05/2004 18/05/2004 18/05/2004

Fecha Final 20/08/2013 20/08/2013 20/08/2013 20/08/2013 20/08/2013 20/08/2013

Antiguedad 3,381 111 9 94 3m 2d

Unidad de Tempo Días meses años días del año eses del año ías del mes

Formula =SIFECHA(A3,B3,”D”) =SIFECHA(A4,B4,”M”) =SIFECHA(A5,B5,”Y”) =SIFECHA(A6,B6,”yd”) =SIFECHA(A7,B7,”Ym”) =SIFECHA(A8,B8,”md”)

Si en tu equipo está instalado el software DaVinci, debes realizar el cambio de la configuración regional, a la opción de coma (,) o en su caso (;) punto y coma, porque el software de referencia por lo general exige que se utilice el Pipeline (|), y utilizar éste o sus argumentos, en muchos casos genera error. Finalmente con el propósito de facilitar aún más el trabajo, es posible anidar esta función. Lo que viene seguidamente te dará como resultado final todo lo que necesitas saber sobre el tiempo de antigüedad, ahora sólo es necesario copiar y direccionar a las celdas con las que se está trabajando la fórmula ubicada en la celda D2.

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Bufete Aguirrre Soc. Civ.

75

Aniversario 1940 - 2015 26

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E

l 2015 marca el Aniversario 75 del Bufete Aguirre Soc. Civ., firma de abogados establecida en La Paz y ahora con presencia en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a lo largo de los años ha marcado presencia en todas las áreas del derecho con especialización en derecho corporativo. En ceremonia llevada a cabo el 27 de abril de 2015, en la ciudad de Washington DC, fueron galardonados con el premio “PAÍS (Bolivia)” por Who is Who Legal. EL Gobierno Autónomo Municipal de La Paz le confirió la CONDECORACIÓN PRÓCER PEDRO DOMINGO MURILLO EN EL GRADO DE HONOR CÍVICO, en Sesión de Honor del Concejo Municipal el 16 de julio de 2015. El 31 de Julio 2015, celebraron el 75 Aniversario en el salón La Castela de la ciudad de La Paz, oportunidad en la que se presentó la Primera Exposición Individual de Acuarelas de la artista Marta Urioste de Aguirre. Fundada en 1940 por el Dr. Carlos Aguirre R. (O.B.E.), quien practicó derecho por 50 años, de los cuales dedicó uno y medio a la Judicatura como Ministro de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia, la firma fue reorganizada y reconocida como Sociedad Civil ante el Ilustre Colegio de Abogados de La Paz en mayo de 1998. Actualmente registrada en el Ministerio de Justicia. Bufete Aguirre Soc. Civ., actualmente está conformada por cinco socios; Fernando Aguirre Bastos, Ignacio Aguirre Urioste, Perla Koziner Urquieta, Carolina Aguirre Urioste, Milenka Saavedra Muñoz y Pilar Salazar Galindo asociada en Propiedad Intelectual. Durante los últimos años la firma ha expandido sus servicios al Área de Litigios, en asociación con la Firma Líder Independiente Peres & Mendoza, con sede en la ciudad de La Paz. La Firma se ha fortalecido en el Área de Impuestos, desde junio de 2009 en asociación con Ramón Servia Oviedo, profesional independiente, experto internacional en impuestos, con notable trayectoria a cargo del Departamento de Grandes Contribuyentes de La Paz y la Gerencia General del Servicio de Impuestos Nacionales de Bolivia. El equipo de Impuestos se ha consolidado con la presencia de la Dra. Milenka Saavedra Muñoz (Socia, Especializada en Derecho Tributario, Maestría en Regulación y Competencia, Asesora de temas regulatorios, administrativos y litigiosos, Miembro del Instituto Boliviano de Estudios Tributarios - IBET, Docente de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Salesiana de Bolivia). El grupo de Propiedad Intelectual, a cargo de la Dra. Perla Koziner Urquieta (Socia, Lex Magister en Propiedad Intelectual del Queen Mary College, Londres, docente en Propiedad Intelectual en distintas universidades y programas en Bolivia), celebra 16 años de práctica intensiva en esta gestión 2015, hecho que ha colocado a la firma entre las cinco firmas líderes en Propiedad Intelectual en Bolivia. El Dr. Fernando Aguirre Bastos (Socio Principal, Abogado titulado UMSA y Diplomado en Derecho Universidad de Oxford), ha sido calificado como uno de los Abogados Mineros Líderes a Nivel Mundial y destacado especialista en Arbitraje Nacional e Internacional. Ha recibido el reconocimiento de Latin American Corporate Counsel Association (LACCCA) como uno de los “Mejores Abogados en Temas Corporativos en Latinoamérica”. Es asesor honorario del Embajador Británico en Bolivia, continuando con una tradición iniciada por el Dr. Carlos Aguirre R. (O.B.E.). El grupo de Arbitraje es coordinado por el Dr. Fernando Aguirre Bastos. El Dr. Aguirre es árbitro registrado en los centros de arbitraje de las Cámaras de Comercio de La Paz, Nacional de Hidrocarburos y Energía en Santa Cruz y en el Centro Regional de Arbitraje de Kuala Lumpur (Malasia), es Ex Árbitro CIADI y profesor de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos y Arbitraje en el Programa de Maestría en Derecho Internacional y Derecho Diplomático 2009, Universidad Católica Boliviana de La Paz. Ha contribuido en varias publicaciones sobre arbitraje, incluyendo junto con la Dra. Carolina Aguirre Urioste (Socia, Master Especializado en Asesoría


Jurídica y Fiscal; EADA, España, 2013-2014 y Diploma en Arbitraje; Colegio de Abogados de La Paz, 2010), en el capítulo boliviano de la publicación española sobre Arbitraje Comercial Internacional en Latinoamérica. El Dr. Fernando Aguirre Bastos es Miembro del Grupo Latinoamericano de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio y coordina activamente con el grupo de Derecho Minero de la Firma. El Dr. Ignacio Aguirre Urioste (Socio, Lex Magister en Derecho y Desarrollo del London School of Economics Londres 1999), ha sido reconocido por Latin American Corporate Counsel Association (LACCCA) como uno de los”Mejores Abogados en Temas Bancarios y Financieros en Latinoamérica”. El Dr. Ignacio Aguirre Urioste, Director Gerente principal de la Firma, coordina las Áreas de Derecho Bancario y Energía (Ex

Docente de Derecho Ambiental Universidad Católica Boliviana de La Paz, Miembro del Comité Ejecutivo del Centro de Arbitraje de la Cámara Boliviana de Hidrocarburos y Energía, Santa Cruz Bolivia). El grupo Laboral y de Seguridad Social de la Firma es coordinado por la Dra. Carolina Aguirre Urioste (socia con residencia en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, abogada titulada en la UCB La Paz y con Maestría en Asesoría Fiscal y de Empresas, EADA Barcelona), es miembro de la IBA – International Bar Association, formando parte del Latin American Regional Forum - Young Council, representante de país para el Young Lawyers Committee de la IBA. Ha sido consecutivamente Secretaria, Vicepresidenta y Presidenta del Anglo Bolivian Committee, contribuyó en las publicaciones; “Getting the Deal Through” – julio • agosto

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75 Aniversario

Arbitration – Bolivia, (2008), Banco Mundial “Doing Business” desde 2005, así como también al capítulo boliviano con las publicaciones “Bolivia: Advertising and Marketing Advertising Law”, página web de A to Z World Business (World Trade Press, 2012); “The Government Procurement Law Review (Law Business Research, 2013)” y “The Employment Law Review (Law Business Research, 2014)”. La Firma cuenta con un portafolio de clientes regulares entre las cuales se incluyen; Empresas Locales e Internacionales con actividades permanentes en Bolivia, en el Sector Minero, Hidrocarburífero, Industrial, Comercial, Energético, Bancario y Financiero, de Pensiones, Servicios, Consultoría, Comercio Internacional, Inversión, Transporte, Comunicaciones, Forestal. Así como empresas pequeñas y medianas, ONGs locales e internacionales, Asociaciones y Fundaciones. A lo largo de los años la Firma asesora en diversas transacciones específicas, dentro de sus experiencias se encuentra el asesoramiento a la Asociación Nacional de Minero Medianos, Confederación de Empresarios Privados en una serie de asuntos legales, así como en el proyecto de la nueva normativa que afecta al sector privado, habiendo participado en negociaciones con el Gobierno sobre temas de legislación de inversiones, minería y arbitraje. Los socios de la Firma han sido panelistas y coordinadores, contribuyendo con varios documentos en temas jurídicos de interés internacional. Han realizado contribuciones a publicaciones internacionales como el Year in Review de la American Bar Association, en la que el Dr. Fernando Aguirre Bastos es Country Representative , así como también ha contribuido en la publicación de cuatro libros dedicados al arbitraje internacional, comercial e inversiones. El Bufete cuenta con Membrecías en Organizaciones

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Internacionales como; CCI, WIBL, IBA, ABA, INTA, AIN, ASIPI, ABPI, Rocky Mountain Mineral Law Foundation, Asociación Latinoamericana de Arbitraje, Club Español de Arbitraje y otras organizaciones profesionales y comerciales (lo que permite que sus miembros sean activos participantes en conferencias locales e internacionales, como PDAC, IBA, Canadian Law and Financing, IBA-SEERIL, RMMLF, CCI, CLA y otras). La Firma es miembro de Globalaw, una red de abogados no exclusiva de 112 firmas localizadas en ochenta y ocho países del mundo. Bimestralmente (cada dos meses) el Bufete publica un boletín que resume noticias legales relevantes, relacionadas al derecho corporativo y ocasionalmente se incluyen artículos de análisis, bajo la edición y coordinación de la Dra. Carolina Aguirre Urioste (Socia) y la Sra. Marta Urioste de Aguirre, quien también presta a la Firma servicios de traducciones legales. Diversas Publicaciones Internacionales Especializadas en Investigación Jurídica incluyen al Bufete Aguirre Soc. Civ., como una de las Firmas líderes en Derecho Corporativo y Financiero de Bolivia. La Firma como parte de su Responsabilidad Social Corporativa (RSC), otorga servicios pro bono a varias ONGs e instituciones sin fines de lucro, apoyando jurídicamente a las redes que tratan sobre la temática de los niños, niñas y jóvenes de la calle, en las ciudades de El Alto y La Paz en coordinación con el Consejo Municipal de La Paz. Patrocina a varios equipos de Volley Ball que participan en campeonatos oficiales en Cochabamba. También realizan donaciones regulares a distintas obras sociales y de caridad. La Firma es “Partner Law Firm” en Bolivia de TRACE, organización sin fines de lucro dedicada a promover Prácticas Anti-Corrupción a nivel mundial.


GUBERNAMENTAL

VULNERABILIDAD DEL CONTROL PREVIO Y NECESIDAD DE MODIFICAR LA LEY 1178 Hernán La Ruta Rodríguez

Auditor Financiero, Magister en Ciencias del Desarrollo (CIDES – UMSA), Miembro del CAULP, CAUB, IIAI, experto en temas Gubernamentales y Financieros

L

a “Modernización” de la Administración del Estado a 25 años de la promulgación de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental de fecha 20 de Julio de 1990 (LEY SAFCO), permite suponer que “a la fecha” la totalidad de las entidades dependientes del Estado (Ministerios, Gobernaciones Departamentales, Gobiernos Municipales, Entidades descentralizadas, Empresas del Estado, etc.), han implementado todos los sistemas y subsistemas establecidos en los Artículos 2° y 3° de la mencionada Ley, en actual y plena vigencia, como son: a) Programación y Organización de las Actividades •

Programación de Operaciones

Organización Administrativa

Presupuestos

b) Ejecución de las Actividades Programadas •

Administración de Personal

Administración de Bienes y Servicios

Tesorería y Crédito Público

Contabilidad Integrada

c) Controlar la Gestión del Sector Publico •

Control Gubernamental integrado por: Control Interno y el Control Externo Posterior.

Permite también suponer que, el Control Gubernamental ha logrado el “objetivo” superior de mejorar la eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado al servicio de la Nación (Artículo 13 de la ley 1178), aplicando los conceptos de Eficiencia Eficacia y Economía definidos por el Artículo 4 del D.S. 23318-A julio • agosto

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GUBERNAMENTAL

“Reglamento de la Responsabilidad por la función Pública”, es decir que dichos conceptos se encuentran presentes en la administración de los intereses del Estado, léase “los intereses de los Bolivianos”.

Indígena Originario Campesino (FONDIOC) por aproximadamenteU$S5.000.000 (Cinco Millones de Dólares Americanos). Por los medios de comunicación hemos conocido que la Contraloría General del Estado se encuentra preparando un segundo informe circunstanciado que puede revelar una mayor daño económico. Aun no se conocen los resultados de las investigaciones y acciones legales que estaría ejecutando el Estado Boliviano para la recuperación del daño económico.

En relación a los controles Previo y Posterior la norma en vigencia establece que: •

Los procedimientos de Control Interno Previo se aplican por todas las unidades de una entidad antes de la ejecución de sus operaciones y actividades o de que sus actos causen efecto. Se prohíbe el ejercicio del control previo a las Unidades de Auditoría Interna y por parte de personas, de unidades o entidades diferentes o externas a la unidad ejecutora de las operaciones. (Artículo 14 de la Ley 1178)

La cancelación de parte del Ministerio de Defensa de aproximadamente U$S30.000.000 (Treinta Millones de Dólares Americanos) a una empresa China por la compra de un lote de “barcazas y remolcadores” destinados a la Armada Boliviana; por todo lo informado por los medios de comunicación, al parecer se trata de una nueva estafa al Estado Boliviano, adquisición que nunca llego al país de acuerdo a información oficial. En la actualidad con el fin de reparar el daño, se estaría confrontando en China un juicio legal en los tribunales, de seguro estas contingencias significaran para los bolivianos mayores perjuicios económicos.

En 1999, la liquidación de la maquinaria, equipo y parque automotor de la Prefectura Paceña, en el cual aparentemente el Estado no se preocupó por el resarcimiento respectivo y no se conocen de investigaciones efectuadas y tampoco resultados al respecto.

El Control Interno Posterior (Ex Post) será practicado por: Los responsables superiores, respecto de los resultados alcanzados por las operaciones y actividades bajo su directa competencia y por la Unidad de Auditoría Interna (Artículo 14 Ley 1178)

De acuerdo a los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo 23215 “Reglamento para el ejercicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República (nominación actual Contraloría General del Estado), entre otras competencias inherentes a su razón de ser, está precisamente la evaluación permanente de la eficacia de las Normas y el funcionamiento de los Sistemas descritos anteriormente en las entidades estatales (Artículo 3 Ley 1178), así como la Confiabilidad y Oportunidad de la información generada. Con la descripción del marco normativo vigente que regula los sistemas antes mencionados, la eficiencia de la administración gubernamental actual, respecto al pasado anterior a 1990, debiera demostrar su Eficacia en el Control Gubernamental y la Transparencia en el manejo y Control de los Recursos, sin embargo, la realidad actual, es “cruda y amarga”, así lo manifiestan las interminables y constantes relaciones de hechos de corrupción consumados en términos de daño civil contra el Estado y denunciados públicamente por la Prensa Nacional y Otros estamentos de la sociedad, dicho sea de paso, sin sanción en contra de los responsables y mucho menos acciones para su recuperación efectiva. Estos hechos muestran un escenario interpelante, desalentador y perverso, ante las múltiples necesidades de la población boliviana “perse” desatendidas por siempre, fundamentalmente en materia de: Salud, Educación e Infraestructura Básica de Servicios. A manera de ilustración de algunos hechos de corrupción consumados y de significación “material”, podemos mencionar: •

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El desfalco de fondos destinados a proyectos de desarrollo agropecuario en el Fondo de Desarrollo julio • agosto

Todos estos hechos en el marco de la vigencia de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental, que ponen de manifiesto la incertidumbre respecto a la eficacia de la normativa señalada o simplemente la omisión en su cumplimiento por parte de los servidores públicos, ante una deficiente evaluación de su implementación. La experiencia profesional en el ámbito de la Auditoría Interna y el Sector Gubernamental en general, permiten afirmar que en más de una ocasión, potenciales procesos y/o transacciones “defectuosas” a nombre del Estado, como los ejemplos citados, pudieron haber sido evitados y/o al menos develados oportunamente antes de que los mismos causen daño económico al Estado,. sí la Ley 1178 no hubiese previsto en su articulados relacionados a la función explicita de las Unidades de Auditoría Interna (UAIs), entre otras, e el “Control Posterior” únicamente, tal como señala el artículo 14 de la ley 1178. A la luz de los continuos hechos de corrupción denunciados, esta norma resulta “ingenua y permisiva” al prever que el “Control Previo” únicamente es atribución de los servidores públicos antes de que sus acciones causen efecto.


Sin embargo de lo anterior, debemos reconocer los esfuerzos de las UAIs por contribuir al Control Interno Gubernamental, pese a confrontar en sus funciones, limitaciones de orden legal y administrativo, la falta de respaldo de las propias entidades estatales afectadas y la propia Contraloría del Estado, especialmente, en los casos de emisión de Informes con Responsabilidad Civil y/o Ejecutiva, entre otros.

GUBERNAMENTAL

Sin duda que el Control Previo en los términos previstos por la Ley 1178, resulta ser una norma fácilmente vulnerable, por los malos servidores públicos que ven en la misma un acicate e incentivo para hacer del Servicio Público una forma de enriquecimiento ilícito que debiera tener un punto final.

A los costos referidos anteriormente, pueden añadirse los que anualmente absorbe el Tesoro General de la Nación (TGN) para mantener el actual Control Posterior Gubernamental, me refiero a los costos incurridos por las Unidades de Auditoría Interna (UAIs) y Contraloría General del Estado, sin olvidar el Presupuesto del actual “Ministerio de Transparencia y Anticorrupción” creado por el gobierno, que en los hechos incursiona en una duplicidad de funciones con la Contraloría General del Estado. La propia Contraloría General del Estado, presenta una debilidad en su gestión y funciones específicas; un ejemplo ilustrativo representa la ausencia de dictámenes de “Responsabilidad Ejecutiva”, en el pasado y el presente, en contra de Servidores Públicos que por su Gestión deficiente o negligente han generado daños económicos al Estado.

Asimismo, podemos añadir a lo señalado anteriormente, las restricciones que impone la normativa relativa al cumplimiento del Programa Operativo Anual (POA) de la UAIs, que muchas veces Por los resultados negativos en la aplicación del no le permite la flexibilización de su cumplimiento para “Control Previo” previsto por la Ley 1178, a 25 años de atender casos de “Auditorias Especiales” a denuncia su vigencia, surge de modo imperativo y urgente, la y/o pedido expreso de la Máxima Autoridad Ejecutiva necesidad de modificar algunos postulados relativos, (MAE), pese a contar con un porcentaje de tiempo libre en el marco legal de la Nueva Constitución Política del para atender casos especiales que en la práctica ya se Estado Plurinacional de Bolivia y algunas leyes conexas encuentran previstos dentro el POA. En éste sentido, como la Ley 004 de 31 de marzo de 2010 “Lucha contra surge la necesidad la corrupción, …urge el rediseño de las funciones específicas e n r i q u e c i m i e n t o de un rediseño de las funciones ilícito e de las Unidades de Auditoría Interna (UAIs) específicas de investigación de para reforzar eficazmente su contribución al las Unidades de fortunas Marcelo Auditoría Interna Quiroga Santa Control Interno Gubernamental (UAIs) para reforzar Cruz”. Al respecto eficazmente su estas modificaciones contribución al Control Interno Gubernamental. Juzgo deben recoger todas aquellas experiencias negativas necesario reconsiderar también, las restricciones en cuanto a su aplicación, rescatando los aspectos impuestas a Firmas de Auditoría del sector Privado, positivos de la Ley 1178, que sin duda las tiene. en el apoyo al Control Externo Posterior, previa El Estado tiene la obligación y responsabilidad reglamentación a cargo del órgano rector, que debiera de fortalecer los mecanismos de salvaguarda del incluir la capacitación práctica y teórica en la aplicación patrimonio e intereses de los bolivianos para ejecutar de las Normas de Control Gubernamental. eficazmente las decisiones y las políticas de gobierno, Al respecto es oportuno recordar la publicación de fecha 27 de Febrero de 1994 (5ta.Sección, página4 del Diario “MAGAZINE”), bajo el título de “EL ROSTRO OCULTO DE LA CONTRALORIA” del autor Julio Cesar Loma P., señalaba que a finales de 1994, la Contraloría General de la República habrá gastado aproximadamente U$S32.000.000(Treinta y Dos Millones de Dólares Americanos) en la ejecución de la LEY, financiados por el Banco Mundial y la Agencia Interamericana de Desarrollo, suma parcial a esa fecha según el autor. Una elemental operación aritmética nos revela que, el estado boliviano hasta esa fecha habría invertido en cada artículo de la Ley 1178, la suma de U$S582.000 (Quinientos Ochenta y Dos Mil Dólares Americanos), la mencionada ley consta de 55 artículos, claramente se puede advertir el costo millonario incurrido por el Estado en la concepción de dicha ley.

mejorar la transparencia de la gestión pública y promover la responsabilidad de los servidores públicos no sólo por la asignación y forma del uso de los recursos que les fueron confiados, sino también por los resultados obtenidos. (Artículos 1° y 2° del D.S. 23215 Reglamento para el ejercicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República, de fecha 22 de Julio de 1992) En las perspectiva descrita, desde la experiencia profesional acumulada en el sector gubernamental, como una obligación moral ante la Patria, planteo a todos los colegas auditores (actores principales en la aplicación de las normativas gubernamentales), a efectuar un debate sano y constructivo para el planteamiento formal de la “necesidad de una modificación a la Ley 1178”, este debate, debiera incluir julio • agosto

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GUBERNAMENTAL

a todos quienes deseen participar del mismo, de lo que se trata es de lograr una sólida propuesta ante las instancias legislativas pertinentes. La opinión autorizada de los colegas auditores será muy valiosa, en especial de aquellos vinculados de una u otra manera al sector administrativo estatal.

Propuesta para perfeccionar la Ley 1178 A continuación sugiero algunas propuestas para iniciar el debate, para modificar y lograr el perfeccionamiento de la normativa gubernamental, en los siguientes aspectos: a) El Artículo 14 prohíbe a las UAIs, el ejercicio del Control Externo Posterior, la modificación debe contemplar; la incursión de la UAIs en el “Control Previo”, especialmente en los casos de la adquisición y contratación de bienes y servicios para el Estado, sujeto a reglamentación especial, combinando el “Control Posterior” dentro del Programa Operativo Anual. b) El Artículo 15 referido a las actividades específicas de la UAIs, actualmente señala: “la evaluación del grado de cumplimiento y eficacia de los sistemas de administración y de los instrumentos de control interno incorporados a ellos”, la modificación debiera señalar claramente que dicha evaluación debiera formar parte del Examen de Confiabilidad de los registros y Estados Financieros y no de manera independiente, a fin de alivianar las actividades en el cumplimiento del POA, por ende obtener mayor efectividad en su aporte al control gubernamental. c) Artículo 15 en relación a la dependencia de la UAIs, eliminar el texto “dependerá directamente de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad” por: “La Unidad de Auditoría Interna, estará ubicado en el nivel de Asesoramiento de la MAE sea ésta colegiada o no, dicho asesoramiento tiene relación especifica con las funciones de la UAI; formulara y desarrollara con total independencia el programa de sus actividades. Esta modificación obedece al respeto de la independencia de criterio del Auditor. d) Reponer sin restricciones la vigencia del Artículo 16 referido al apoyo de las Auditorías Externas (Sector Privado). Actualmente el servicio está orientado únicamente a la Auditoría Financiera, pese a que se considera esta acción

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julio • agosto

como un avance cualitativo e importante para mejorar objetivamente las acciones del control gubernamental. e) En la Reglamentación de las disposiciones referidas a la capacitación continua del profesional Auditor y demás servidores públicos del Estado, sobre la normatividad de los Sistemas de Administración Gubernamental, se debe eliminar definitivamente las restricciones a los profesionales del ámbito privado, previa reglamentación. f) Analizar la contradicción del Articulo correspondiente a la prescripción de la responsabilidad civil a que se refiere el Artículo 40 de le Ley 1178 y el Artículo 29 de la Ley 004, que hace referencia a la prescripción e imprescripción respectivamente, del daño civil al Estado. g) Analizar exhaustivamente la modificación de la dependencia orgánica de la Contraloría General del Estado, del Poder Ejecutivo, que por la naturaleza de sus funciones correspondería su ubicación bajo la tuición de un Supra Poder Estatal que garantice plenamente su independencia de los Poderes del Estado y no limitarse en sus funciones únicamente al Control Externo Posterior. Como lo señale anteriormente, esta propuesta tiene la intención deliberada de provocar un sano y constructivo debate técnico y profesional respecto a los temas abordados, para luego de la confluencia de ideas y puntos de vista, arribar a una propuesta formal al Estado, de esta manera constituirnos en el ámbito de nuestra especialidad, en opinión autorizada y valedera para contribuir a la salvaguarda de los intereses de los Bolivianos en la administración del Estado. Para alcanzar con el objetivo propuesto, , debemos contar con el apoyo irrestricto de los Entes Colegiados como el Colegio de Auditores de Bolivia, Instituto de Auditores Internos de Bolivia, Colegios Departamentales de Auditoria, conformando comisiones de trabajo especializados y proceder a un prolijo estudio de las posibles modificaciones de los artículos cuestionados. El reto está dado, corresponderá a los colegas auditores que deseen sumarse a esta propuesta y hacer que los entes colegiados sean los responsables de recoger estas experiencias y ser los porta voces del sector para asumir el rol que nos corresponde.


GUBERNAMENTAL

ELABORACIÓN DEL POA Y PRESUPUESTO MUNICIPAL

E

l Plan Operativo Anual (POA), es un instrumento de gestión municipal donde se registran los programas y proyectos necesarios para atender las demandas de la población, que permite: •

Identificar los objetivos y metas de un municipio o institución

c. Autoridades Originarias

Definir las operaciones necesarias para cumplimiento del Plan Operativo Anual

Determinar los recursos y el tiempo de ejecución para cada operación (proyectos y actividades)

Designar responsables para el desarrollo de las operaciones

y aprobación.

Establecer indicadores de eficiencia y eficacia

El POA contiene principalmente, los siguientes aspectos:

Apoya a la elaboración del POA y presupuesto de su Distrito, promoviendo la participación de las comunidades y juntas de vecinos.

1. Objetivos y metas del municipio.

e. Comité de Vigilancia

2. Planilla de sueldos de funcionarios y servidores públicos.

Participa cumpliendo las siguientes responsabilidades: --

3. Listado de los proyectos priorizados por la población.

Facilitar la participación social en la formulación del POA.

--

Velar la incorporación de proyectos y la distribución equitativa de recursos (urbano y rural).

--

Pronunciarse sobre la formulación del POA y presupuesto, en un tiempo de 15 días.

el

Sectores de salud, educación, etc., participan presentando sus demandas, previo diagnóstico de necesidades; asimismo, las instituciones privadas pueden presentar sus ofertas de apoyo financiero, además de las condiciones. En coordinación con el Comité de Vigilancia, puede organizar ampliados para revisar y legitimar la propuesta del POA y presupuesto antes del pronunciamiento d. Subalcalde

4. Monto destinado a cada programa y proyecto. 5. Origen y tipo de recurso asignado a cada proyecto. 6. Tiempo de ejecución de cada proyecto.

Cómo se elabora? Existen dos caminos para elaborar el POA: a) Reuniones de planificación, donde representantes de organizaciones sociales y sectores como educación, salud, policía, etc., presentan al Gobierno Municipal sus demandas. b) En otros casos el POA se hace en base a las demandas priorizadas en el Plan de Desarrollo Municipal (PDM), por las diferentes comunidades y sectores.

Quiénes y cómo participan en la elaboración? a. Comunidades y junta de vecinos Participan priorizando y solicitando obras y servicios públicos como educación, salud, deporte, saneamiento básico, microriego, caminos vecinales, etc. b. Instituciones

f. Concejo Municipal Previo pronunciamiento del Comité de Vigilancia, aprueba el POA y el presupuesto en un tiempo máximo de 30 días a partir de la recepción del POA. g. Alcalde Municipal Es responsable de elaboración, entrega del POA y presupuesto al Comité de Vigilancia y Concejo, además de la presentación al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. h. OTB (OrganizacionesTerritoriales de Base) Sociedad civil organizada territorialmente, que identifica, prioriza y participa en la planificación de programas, proyectos y actividades, para el bienestar colectivo.

Cumbres Municipales Son espacios en los que se reúnen los actores julio • agosto

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municipales para la elaboración del Plan Operativo Anual donde cada uno de ellos participa en la identificación y priorización de los programas y proyectos que deben realizarse en la gestión y que contribuyen al desarrollo del municipio. Con su participación, la sociedad civil y otras organizaciones, asumen un rol activo en la toma de decisiones, en la ejecución y control de las obras y proyectos. En la elaboración del POA se efectúan tres cumbres: Cumbre I Tareas previas Preparación y organización

Concertación del POA y Presupuesto

Para iniciar la formulación del Plan Operativo Anual el alcalde debe solicitar los documentos necesarios a cuatro instancias: 1. Al Viceministerio de Presupuesto •

Directrices de elaboración del POA: para la base legal del POA

Clasificadores Presupuestarios: para saber dónde corresponde cada gasto

Techos Presupuestarios: Para priorizar necesidades más urgentes del municipio

Sistema de Gestión Pública: Para registrar ingresos y gastos del municipio

las

Convocar a la organizaciones y sectores de Salud y Educación

Definir metodología y cronograma

Preparación de información para socialización

2. Al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Interno (VIPFE)

Desarrollo

El Sistema de Información Sobre Inversiones (SISIN) Web: para registrar los proyectos de Inversión Pública del Plan Operativo Anual (POA).

Balance de la ejecución del POA de la gestión en curso (Informe Ejecutivo, Concejo, Control

Social, Educación y Salud)

3. Al Concejo Municipal

Capacitación sobre la Priorización en el marco del PDM y PEI (Formularios de demanda)

La Resolución Municipal del Concejo: Para contar con un POA aprobado

Cumbre II

4. Al Comité de Vigilancia

Tareas previas

Elaboración de la Propuesta Municipal

Desarrollo •

Disponibilidad de Recursos (Techos)

Priorización de la demanda social (proyectos)para su consideración en el POA

Socialización de la oferta municipal y la demanda concertada de Salud y Educación

Cumbre III Tareas previas •

Elaboración del proyecto del POA y Presupuesto

Desarrollo •

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en el marco de las competencias municipales y la visión de desarrollo

Presentación del proyecto del POA y Presupuesto,el mismo recoge las demandas priorizadas por las OTBs, la oferta municipal concertada, los gastos obligatorios y recurrentes (Salud, Educación, etc.)

Pronunciamiento al Comité de Vigilancia: Para la conformidad del POA

En la elaboración del POA no se distribuyen recursos por habitante, se priorizan obras en el marco de la VISIÓN DE DESARROLLO, para que todos los habitantes del municipio se beneficien. Los proyectos deben inscribirse en el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Interno (VIPFE) en función a un perfil mínimo (carpeta), por tanto el presupuesto asignado debe permitir su ejecución No se debe dividir la inversión en proyectos pequeños que no tiene impacto en el municipio. Es preferible que sean pocos proyectos pero con buenos presupuestos que garanticen la conclusión de la obra

Pasos para la elaboración del POA El proceso de formulación del POA está sujeto a la realización de los siguientes pasos:

Actividad 1

Preparación y organización de la elaboración del POA Municipal

Actividad 2

Balance de la ejecución del POA Municipal

Actividad 3

Elaboración de la Propuesta Municipal

Actividad 4

Consulta social de la Propuesta Municipal

Actividad 5

Elaboración del POA Municipal

Actividad 6

Pronunciamiento del Comité de Vigilancia

Actividad 7

Aprobación del POA por el Concejo Municipal

Actividad 8

Difusión del POA Municipal aprobado

julio • agosto


Estructura del presupuesto Tanto el Presupuesto General de la Nación como los presupuestos municipales están compuestos básicamente por:

Presupuesto de Recursos (Ingresos) El presupuesto de recursos se refiere a los ingresos económicos que se estima recibirá el municipio en el año o gestión fiscal, del Tesoro General de la Nación (TGN) e ingresos propios, los cuáles se originan de; Impuestos, Regalías mineras, Transferencia de recursos, Donación y crédito, Venta de bienes y servicios, etc.

Con qué tipo de recursos cuentan los Municipios? Para el cumplimiento de objetivos y metas, a través de la prestación de bienes y servicios, los Gobiernos Municipales tienen (o pueden tener) acceso a los siguientes recursos Recursos de la Coparticipación Tributaria De acuerdo a la Disposición Transitoria Tercera, Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización; su registro debe efectuarse en el rubro 19212 “Por Coparticipación Tributaria”, con la Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias del TGN”, Organismo Financiador 113 “Tesoro General de la Nación – Coparticipación Tributaria” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la Nación”. Los recursos se originan por ingresos nacionales que se originan gracias a la Renta y Aduana, entre los que están: √√ El Impuesto al Valor Agregado (IVA). √√ Régimen Complementario del IVA (RC-IVA). √√ Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

Nacional 2000; las transferencias por este concepto se sujetan a los cálculos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en virtud a los factores de distribución determinados por disposiciones legales vigentes, las cuales deberán registrarse en el rubro 23211 “Por Subsidios y Subvenciones”, Fuente de Financiamiento 44 “Transferencias de Donación Externa”, Organismo Financiador 115 “Donaciones – HIPC II” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la Nación”. El recurso de la Cuenta Especial Diálogo 2000 o HIPC II proviene de la “condonación” parcial de la deuda externa, por parte de países amigos y organismos financieros (CAF, FMI) con el fin de luchar contra la pobreza. El Gobierno Nacional distribuye este recurso según el mapa de pobreza, es decir da mayores recursos a los municipios más pobres. En qué debe gastarse el recurso HIPC II? 1. 20% para el mejoramiento de la calidad de servicios de educación escolar pública. 2. 10% para el mejoramiento de la calidad de los servicios de la salud pública. 3. 70% para programas municipales de obras en infraestructura productiva y social. Recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) Recursos distribuidos en el marco de Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos; Decreto Supremo 28421 de 21 de octubre de 2005 (Distribución del IDH y Asignación de Competencias); Decreto Supremo N° 29322 de 24 de octubre de 2007, que modifica el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28421, referido a la distribución del IDH y Ley Nº 3322 de 16 de enero de 2006 del Fondo de Compensación.

√√ Gravamen Aduanero Consolidado (GAC).

Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino registrarán los recursos de la coparticipación del IDH, en el rubro 19212 “Por Coparticipación Tributaria”, Fuente de

√√ Impuesto a la transmisión gratuita de bienes (Sucesiones).

Financiamiento 41 “Transferencias TGN”, Organismo Financiador 119 “Tesoro General de la

√√ Impuesto a las salidas al exterior.

Nación – Impuesto Directo a los Hidrocarburos” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la

√√ Impuesto a las Transacciones (IT). √√ Impuesto a los Consumos Específicos (ICE).

Los recursos de coparticipación tributaria para municipios se distribuyen en función del número de habitantes de cada municipio, según el último CENSO de Población y Vivienda. Los recursos de Coparticipación Tributaria pueden utilizarse en gastos de funcionamiento e inversión como; las obras públicas, la educación, salud, etc. Recursos de la Cuenta Especial del Diálogo Nacional 2000 (HIPC II) Según Ley Nº 2235 de 31 de julio de 2001, del Diálogo

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El presupuesto municipal es el cálculo anticipado o estimación de ingresos y egresos de dinero que tendrá el municipio durante el año.

Nación”. Por otra parte, los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino que reciban los recursos de compensación y nivelación del IDH, registrarán los mismos en el rubro 19211 “Por Subsidios y Subvenciones”, Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias TGN”, Organismo Financiador 119 “Tesoro General de la Nación – Impuesto Directo a los julio • agosto

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Hidrocarburos” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la Nación”. El recurso del IDH se origina de los impuestos aplicados a la producción y comercialización de los hidrocarburos (petróleo, gas natural, GLP, etc.). Los municipios destinarán los recursos del IDH en: Educación, Salud, Fomento al desarrollo económico local y promoción de empleo y Seguridad ciudadana. Recursos por Regalías Mineras Los recursos provenientes de Regalías Mineras, se sujetarán a lo establecido en la Ley N°535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, que establece que las regalías mineras se distribuirán en un 85% para el GAD productor y el 15% para el GAM productor. Los GAMs registrarán los recursos de Regalías Mineras, en el rubro 14100 “Regalías Mineras”, Fuente de Financiamiento 20 “Recursos Específicos”, Organismo Financiador 220 “Regalías” y Entidad Otorgante 0999 “Sector Privado”. La recaudación por concepto de Regalías Mineras será trasferida de forma directa y automática, a través del Sistema Bancario en los porcentajes definidos en las Cuentas Fiscales de los GAMs. Son recursos que se originan a través del cobro de impuestos mensuales a concesionarios y contratistas mineros para la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos. Los municipios beneficiarios con el 15% del total de Regalías Mineras, destinarán al menos el 85% de lo recaudado a inversión pública, de este monto se priorizará un 5% en proyectos que disminuyan el impacto ambiental generado por la operación minera. Impuesto a la Participación en Juegos – IPJ Recursos provenientes de la aplicación de Ley Nº 60 de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar; deben registrarse en el rubro 19212 “Por Coparticipación Tributaria”, Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias del TGN”, Organismo Financiador 120 “Tesoro General de la Nación – Impuesto en la Participación en Juegos” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la Nación”. Recursos de las Patentes Petroleras Estos recursos programados en cumplimiento a la Ley Nº 3058 de Hidrocarburos y al Decreto Supremo Nº 29046 de 28 de febrero de 2007, deben registrarse en el rubro 15320 “Patentes Petroleras”, Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias TGN”, Organismo Financiador 121 “Tesoro General de la Nación – Patentes Petroleras” y Entidad Otorgante 0099 “Tesoro General de la Nación”.

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desmonte establecidos en la Ley N° 1700 de 12 de julio de 1996, este recurso debe ser registrado en el rubro 15310 “Patentes Forestales”, Fuente de Financiamiento 20 “Recursos Específicos”, Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos” y Entidad Otorgante 312 “Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras”. Recursos Específicos de los Gobiernos Autónomos Municipales o Propios Los Recursos Específicos de los GAMs (20-210), se refieren a todo ingreso recurrente procedente de: ingresos tributarios, venta de bienes y servicios, derechos, multas y otros específicos internos, que resulten de la actividad propia de los GAMs, conforme los numerales 1, 2 y 3 del Artículo 105 de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización. Estos deben responder a las posibilidades reales de captación de los mismos, para cuyo efecto debe considerarse la ejecución alcanzada y proyectada. Son recursos que las municipalidades recaudan por cuenta propia, a través de ingresos tributarios y no tributarios. Ingresos tributarios: •

Impuestos urbanos a las casas, lotes y movilidades.

Impuestos a las medianas y grandes propiedades agrícolas.

Patentes de locales y tiendas comerciales, puestos de venta y otras actividades económicas.

Tasas que se cobran en los trámites como aprobación de planos, certificados y otros.

Ingresos no tributarios: •

Venta o alquiler de bienes municipales.

Transferencias y contribuciones.

Donaciones y legados en favor del municipio.

Derechos pre constituidos.

Indemnizaciones por daños a la propiedad municipal.

Multas y sanciones por disposiciones municipales.

Operaciones de crédito público.

transgresiones

a

Qué son los impuestos, patentes y tasas? Impuesto Son tributos que se exigen en función de la capacidad económica de manera coercitiva. Patentes Cobro por el permiso que da el municipio para ejercer actividades comerciales, industriales, profesionales o de servicio.

Recursos de Patentes Forestales

Tasas

Provenientes del aprovechamiento forestal y del

Son cobros que se realizan solo por prestación de un

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de monto (D.S.1497 de 20 de febrero de 2013).

Cómo se distribuyen estos recursos en los municipios?

Recursos del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS)

Generalmente, este recurso es distribuido de acuerdo al lugar. Las municipalidades otorgan este recurso a las zonas donde se generan estos ingresos, esto normalmente en el área urbana.

El registro de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), debe efectuarse en base a convenios debidamente suscritos, en el marco de la normativa vigente.

En qué se invierte este recurso?

Estos recursos programados, en cumplimiento al parágrafo II del artículo 21 de la Ley 2235 del Diálogo Nacional 2000, deben registrarse en el rubro 23220 “Transferencias de Capital de las Instituciones Públicas Descentralizadas”, Fuente de Financiamiento 43 “Transferencias de Crédito Externo” o 44 “Transferencias de Donación Externa”, Organismo Financiador que corresponda y Entidad Otorgante 0287 “Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social”.

Al igual que el caso de Coparticipación Tributaria, este recurso puede invertirse en gastos de funcionamiento e inversión. Recursos Externos Los recursos externos por crédito y donación podrán ser incorporados en el presupuesto de los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino, siempre y cuando sean respaldados mediante convenios vigentes debidamente suscritos con los organismos financiadores y la certificación de recursos emitida por el VIPFE. Para el registro de las donaciones externas provenientes de Organizaciones No Gubernamentales (ONG), es obligatorio que estén inscritas en el Registro Único de ONG del VIPFE, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, según la normativa vigente. Los recursos externos son fondos que el Gobierno Municipal, puede conseguir de organismos financieros externos, éstos pueden ser a fondo perdido y crédito (préstamo) con intereses a pagar con el tiempo. Recurso obtenido por crédito Las municipalidades programarán y destinarán los préstamos conseguidos para los fines acordados con la financiera. Recurso obtenido por donación Los recursos obtenidos por donación se pueden gastar en proyectos de inversión y compra de bienes. Para solicitar crédito Cuando la municipalidad quiera realizar un crédito externo o interno, debe empezar registrando el endeudamiento ante el Gobierno Central. Para programar en el POA Los recursos externos por crédito o donación pueden ser incorporados en el POA, siempre y cuando estén respaldados mediante convenios suscritos. Para ejecutar donaciones Para la ejecución de proyectos con recursos de donación la contratación de bienes, obras y servicios se hará bajo la forma de contratación directa sin límite

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determinado servicio público (alumbrado público, limpieza de calles, aprobación de planos, etc.)

Los recursos que maneja el FPS es para pagar los proyectos de los municipios. La contraparte varía de acuerdo al grado de pobreza de cada municipio, mientras más pobre menos es la contraparte; también varía de acuerdo a cada sector (salud, educación, medio ambiente, productivo, etc.). Recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) El registro de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), debe efectuarse en base a convenios debidamente suscritos, en el marco de la normativa vigente. Estos recursos programados, en cumplimiento al parágrafo II del artículo 20 de la Ley 2235, del Diálogo Nacional 2000, deben registrarse en el rubro 36210 “En Efectivo”, Fuente de Financiamiento 93 “Préstamos de Crédito Externo” o 94 “Préstamos de Donación Externa” y 92 “Prestamos Recursos Específicos”, Organismo Financiador que corresponda y Entidad Otorgante 0862 “Fondo Nacional de Desarrollo Regional”. Administra recursos para prestar en carácter de crédito interno a los municipios que lo soliciten y tengan capacidad de endeudamiento, el mismo deberá ser pagado en plazos fijados por un convenio. Los intereses y contrapartes varían de acuerdo al nivel de pobreza del municipio Recursos por Fuentes Financieras y Otros Los registros que correspondan a rubros financieros (Cuentas por Cobrar, Anticipos Financieros y otros similares), deben efectuarse estimando su variación neta para el período fiscal vigente. Los recursos estimados de los saldos de caja y bancos, deben identificar la fuente y organismo de procedencia. Saldos de caja y bancos Los saldos son recursos que no fueron ejecutados en la julio • agosto

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gestión correspondiente, es dinero que sobra en caja y cuentas fiscales del banco. Este recurso no se devuelve o revierte al TGN. Los saldos se juntan cada fin de año y deberán programarse como gastos de inversión y deudas contraídas en el POA del año siguiente. Los saldos de recursos externos deben ser utilizados conforme a convenios de financiamiento.

2. Presupuesto de Gastos El presupuesto de gastos es la asignación de recursos públicos a programas, proyectos y actividades para el pago de bienes, servicios y otros; existen tres tipos de gastos: a) Gastos de funcionamiento La determinación de los gastos de funcionamiento debe sujetarse a la Disposición Transitoria Novena de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización, que establece como porcentaje máximo para gastos de funcionamiento el 25% que para efectos de cálculo se aplica sobre los siguientes recursos: 1. Recursos Específicos. 2. Coparticipación Tributaria. 3. Cuenta Especial Diálogo 2000 (HIPC II). Para financiar los gastos de funcionamiento, solo se puede utilizar los recursos específicos y los de Coparticipación Tributaria. En ningún caso se debe considerar los recursos provenientes de Activos Financieros (saldos de caja y bancos, cuentas por cobrar y anticipos financieros), donaciones, créditos, venta de activos fijos, transferencias y del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH). b) Gastos Obligatorios Son gastos destinados a financiar las actividades recurrentes (que se repiten mes a mes) para la prestación de servicios administrativos, tales como: i.

Asignación de recursos para las Prestaciones de Servicios de Salud Integral

En el marco de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, el 15,5% de los recursos de Coparticipación Tributaria o el equivalente de los recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos administrados por los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino, estará destinado a financiar las prestaciones que sean demandadas en establecimientos de primer, segundo y tercer nivel existentes en la jurisdicción municipal, por todo beneficiario que provenga de cualquier municipio. En el proceso de formulación del Presupuesto General del Estado, cada Gobierno Autónomo Municipal e 38

julio • agosto

Indígena Originario Campesino determinará la fuente y organismo con la que financiará las prestaciones de servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia, misma que no podrá modificarse durante el ejercicio fiscal; información que deberá ser incluida en el Plan Operativo anual y Presupuesto remitido al Ministerio de Economía y Finanzas, para su comunicación al Servicio de Impuestos Nacionales, a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público. ii. Asignación de Recursos para el Desarrollo Deportivo en la Jurisdicción Municipal Para el desarrollo del deporte dentro de la jurisdicción municipal como mínimo debe asignarse el 3% de los recursos de la Coparticipación Tributaria, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 2770 de 07 de julio de 2004. iii. Previsión de Recursos para Desastres Naturales en la Jurisdicción Municipal e Indígena Originario Campesino Cada Gobierno Autónomo Municipal e Indígena Originario Campesino debe asignar en su Plan Operativo Anual y Presupuesto, los recursos necesarios para la atención de Riesgos y Desastres, así como asignar a una de las áreas funcionales de su estructura, la responsabilidad de asumir las actividades emergentes en la atención de Riesgos y Atención de Desastres. iv. Asignación de Recursos para Equidad de Género En cumplimiento de las competencias municipales establecidas en la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización, Ley Nº 348 de 09 de marzo de 2013, Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, Ley Nº 482 de 09 de enero de 2014, de Gobiernos Autónomos Municipales, Decreto Supremo Nº 29850 de 22 de diciembre de 2008, Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades “Mujeres Construyendo la Nueva Bolivia para Vivir Bien”, Decreto Supremo Nº 24864 de 10 de octubre de 1997 de Igualdad de Derechos entre Hombres y Mujeres, los Gobiernos Autónomos Municipales deben asignar recursos para promover y desarrollar el Programa Integral para el Desarrollo Económico-Productivo y Empleo para las Mujeres; el Programa de Servicios Públicos de Atención de Necesidades de la Familia; Programa de Difusión de Igualdad de Derechos y Responsabilidades entre Mujeres y Hombres en el Hogar, la Comunidad y el Municipio; y de Fortalecimiento del Liderazgo Social y Político de las Mujeres y sus Organizaciones. Asimismo, deberán programar recursos para el funcionamiento de los servicios legales integrales, asignando a una de las áreas funcionales de su estructura, la responsabilidad de asumir las actividades correspondientes.


En el marco de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización, Ley Nº 264 de 31 de julio de 2012, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para Una Vida Segura” y sus decretos reglamentarios Nº 1436 de 14 de diciembre de 2012 y Nº 1617 de 19 de junio de 2013, los Gobiernos Autónomos Municipales deberán destinar recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos a programas, proyectos y actividades de Seguridad Ciudadana. La asignación de recursos para este fin estará sujeta a la población registrada en el último Censo Nacional de Población y Vivienda: para poblaciones menores o iguales a 50.000 habitantes, como mínimo un cinco por ciento (5%) de los recursos provenientes de la coparticipación y nivelación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos, previa deducción de la Renta Dignidad; para mayores a 50.000 habitantes el diez por ciento (10%). vi. Asignación de recursos para la Participación y Control Social (PyCS) En el marco de la Ley Nº 341 de 05 de febrero de 2013, los Gobiernos Autónomos Municipales deben programar los recursos destinados a la PyCS, asignando los mismos en el Programa 34 Fortalecimiento Institucional, Actividad 99 Participación y Control Social. vii. Asignación para el Pago de la Renta Dignidad Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino, en el marco de la Ley N° 3791 del 28 de noviembre de 2007, deben asignar el 30% de los recursos de coparticipación y nivelación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos para programar el pago de la Renta Dignidad en la partida presupuestaria 73100 “Transferencias Corrientes al Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional por Subsidios o Subvenciones”, Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 119 “Tesoro General de la Nación – Impuesto Directo a los Hidrocarburos” y Entidad de Transferencia 099 “Tesoro General de la Nación”. viii. Asignación de las Regalías Mineras Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino beneficiarios con el 15% de las Regalías Mineras, de acuerdo al parágrafo II del artículo 100 de la Ley N° 3787, destinarán al menos el 85% de lo recaudado a inversión pública, de este monto se priorizará un 5% en proyectos a localizarse en el área de impacto de la operación minera.

GUBERNAMENTAL

v. Asignación de recursos para Seguridad Ciudadana

aprovechamiento y 25% de las patentes de desmonte, en el marco de lo dispuesto en el inciso b), artículo 38 de la Ley N° 1700, destinarán dichos recursos al apoyo y promoción de la utilización sostenida de los recursos forestales y la ejecución de las obras sociales de interés local. x. Asignación para el Fondo de Fomento a la Educación Cívico Patriótico Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino beneficiarios del IDH, destinarán el 0.2% de estos recursos de acuerdo al Decreto Supremo N° 859 de 29 de abril de 2011, debiendo programar el gasto en la partida presupuestaria 73100 “Transferencias Corrientes al Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional por Subsidios o Subvenciones”, Fuente de Financiamiento 41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 119 “Tesoro General de la Nación – Impuesto Directo a los Hidrocarburos” y Entidad de Transferencia 52 “Ministerio de Culturas”. xi. Asignación de recursos por convenios específicos Los recursos con destino a un gasto específico establecido en convenios con organismos financiadores deben ser asignados en su integridad a estos fines, y en ningún caso podrán financiar otros gastos ajenos a este. xii. Asignación de Recursos para el Sistema Asociativo Municipal Según la Ley Nº 540 de 25 de junio de 2014, de “Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal”, los Gobiernos Autónomos Municipales asociados a este sistema deberán presupuestar el 4 (cuatro) por mil anual de sus recursos de coparticipación tributaria para ser transferido a la Federación de Asociaciones Municipales. Este gasto debe ser registrado en el Programa 98 Actividad 90 “Sistema Asociativo Municipal”, partida 71610 “A Personas o Instituciones Privadas sin Fines de Lucro” y con Entidad de Transferencia 999 “Sector Privado”. b) Gastos de inversión Son todos los gastos destinados a la formación del capital físico y no físico. Este gasto se divide en tres clases: Proyectos capitalizables, son gastos de inversión en proyectos de infraestructura, incluye gastos de preinversión (Ejemplo: Construcción de puentes).

ix. Asignación de Patentes Forestales

Proyectos NO capitalizables, son los que se gastan en proyectos sociales que no son físicos (Ejemplo: Proyecto de capacitación).

Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesino beneficiarios con las patentes forestales que provengan del 25% de las patentes de

Gastos con cargo a inversión,son gastos para pago de intereses y/o amortización de deuda pública y privada, y deudas generadas por proyectos de inversión pública. julio • agosto

39


GUBERNAMENTAL

Qué es la disciplina presupuestaria?

Estatales) y mesa de partes.

Las entidades del sector público, durante el proceso presupuestario, no podrán: •

Ejecutar y comprometer gastos con cargo a recursos no inscritos en sus presupuestos institucionales aprobados. Transferir recursos de proyectos de inversión a otros gastos como el de funcionamiento, excepto si este traspaso está destinado a proyectos de inversión. Modificar la fuente de financiamiento del TGN a otras fuentes de financiamiento, excepto las autorizadas por norma legal.

Etapas del Ciclo Presupuestario Un Presupuesto importantes:

Municipal

tiene

cuatro

pasos

√√ Designar al Responsable del Proceso de Contrataciones en Licitación Pública (RPC) o contrataciones de Apoyo Nacional de Producción y Empleo (RPA). √√ Calificar, adjudicar, contratar, etc.

Ejecución Presupuestaria Es la rendición de cuentas documentada que la MAE debe presentar mensual y anualmente para hacer conocer los recursos obtenidos y gastados; es resultado de la comparación entre lo programado y lo ejecutado. Si esta información no es presentada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas en el tiempo establecido, se congelan las cuentas. Existen dos tipos de ejecución presupuestaria: •

Ejecución presupuestaria mensual, es un informe de avance de la ejecución del POA, presentado por la MAE hasta el 10 del mes siguiente.

Ejecución presupuestaria anual, este informe documentado es presentado hasta el 31 de marzo del año siguiente.

1. Formulación y aprobación Es la etapa donde el Ejecutivo elabora el presupuesto municipal con la asignación de recursos a programas y proyectos priorizados por la población. Asimismo, el órgano de control social se pronuncia y el Concejo aprueba. 2. Ejecución Es la etapa donde los recursos de ejecutan para cumplir con los objetivos, programas y proyectos insertados en el POA.

Las modificaciones o reformulación presupuestaria, son los cambios que se efectúan al presupuesto durante la gestión, por las siguientes causas: •

Modificación en el POA por la incorporación de nuevos objetivos, por cambios en los objetivos iniciales previstos, o por cambios en las metas de estos objetivos.

Desviaciones respecto a las previsiones presupuestarias iniciales, sin cambios en los objetivos.

3. Seguimiento y control Significa que autoridades políticas, originarias y el órgano de control social realizan supervisión, fiscalización y control social para que los recursos se ejecuten de acuerdo a lo programado. 4. Evaluación Etapa donde se realiza un análisis de los resultados alcanzados; además se determina el porcentaje de ejecución financiera, saldos, deudas contraídas, etc. Se hace una comparación de lo programado y lo ejecutado Para ejecutar o gastar el presupuesto en obras, bienes y servicios en la modalidad ANPE (Apoyo Nacional a la Producción y Empleo) en un monto mayor a Bs50.000, es necesario cumplir con varios pasos, entre los que están: √√ Realizar el Programa Anual de Contrataciones (PAC). √√ Clasificación de proyectos a ejecutarse a cargo del Concejo. √√ Elaborar el Estudio de Identificación (EI) o Estudio Integral Técnico Económico Social Ambiental (TESA). √√ Aprobar el Documento Base de Contratación (DBC). √√ Publicar en el SICOES (Sistema de Contrataciones 40

julio • agosto

El POA debe ser entregado en el plazo que establezca el Ministerio de Economía (entre agosto y septiembre) que, luego de su revisión y aprobación, lo adjunta al Presupuesto General del Estado (PGE) y lo presenta a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para su tratamiento y posterior aprobación mediante ley. SÍ, dentro su techo aprobado puede realizar traspasos intra institucionales, es decir puede llevar recursos de un gasto a otro, pero no transferir gastos de inversión a Servicios Personales (Sueldos). Asimismo, puede inscribir recursos de Donación y Crédito Externo, a través de un trámite que debe efectuar ante el Ministerio de Planificación de Desarrollo, cuando se trate de proyectos de inversión o ante el Ministerio de Economía cuando el gasto se destine a actividades. Además puede realizar modificaciones a través de un Reformulado del Plan Operativo Anual (POA) y Presupuesto, el cual debe ser enviado al Ministerio de Economía junto a la aprobación del Concejo Municipal y el Pronunciamiento del Control Social (original o copia legalizada).


GUBERNAMENTAL

Estructura Programรกtica del POA Las municipalidades deberรกn programar sus gastos de acuerdo a la siguiente estructura programรกtica:

julio โ ข agosto

41


GUBERNAMENTAL

COMO PREPARAR EL ESTADO “C.A.I.F.” DEL SECTOR PÚBLICO Aurelio Chura Fernandez

Auditor Financiero, Docente Carrera de Contaduría Pública UMSA, Ex Jefe del Departamento de Contabilidad del Ministerio de Gobierno, Ex Profesional de la Unidad de Planificación del Ministerio de Justicia actualmente Responsable de la Unidad de Presupuestos del Ministerio de la Presidencia

C

on este artículo iniciaremos una serie de publicaciones que explicaran en forma sencilla aspectos del Presupuesto que más de una vez se dan por sentados pero que a veces necesitan “desmenuzarse” con mayor detalle para comprender su verdadero significado y utilidad. En esta primera entrega se abordará el Estado de la Cuenta de Ahorro Inversión Financiamiento cuya sigla es C.A.I.F., junto con algunos de los conceptos que lleva incorporados y que muchas veces se mencionan cotidianamente en los medios de comunicación o en los discursos de funcionarios, pero que su significado preciso resulta importante para juzgar y evaluar el criterio y el contexto dentro del cual se encuentran comprendidos.

De igual manera, es importante señalar que los estados precitados de 1 al 7, son procesados de manera automática por el “Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa” SIGMA, instituida mediante D.S. Nº 25875, de fecha 18 de agosto de 2000, entre cuyas disposiciones más sobresalientes, instaura de manera textual lo siguiente: Artículo 1°.- Se aprueba el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA -, compuesto por los sistemas de presupuesto, contabilidad, tesorería, crédito público, compras y contrataciones, manejo y disposición de bienes y administración de personal, para su implantación con carácter obligatorio en todas las entidades del sector público, previstas en el artículo 3 de la Ley Nº 1178.

El Presupuesto se caracteriza por contener una diversa y numerosa cantidad de Estados en los que se exponen sus principales operaciones. De alguna manera una de los estados por excelencia está constituida por el Estado C.A.I.F.

El modulo del Sistema de Contabilidad produce los siguientes estados:

Este es un estado financiero que reúne todos los ingresos y gastos, a nivel del devengado (ejecutado) en un período determinado, cuya estructura facilita el análisis del impacto económico de la gestión gubernamental.

4. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

Antecedentes Técnicos Legales La Norma Básica del Sistema de Contabilidad Integrada R.S. Nº 222957, de fecha 4 de marzo de 2005, en su Artículo 39º “Estados Financieros del Sector Publico”, establece que en Sistema de Contabilidad Integrada produce los siguientes Estados Financieros básicos: 1. Balance General (Estado de Situación) 2. Estado de Recursos y Gastos Corrientes 3. Estado de Flujo de Efectivo 4. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto 5. Estado de Ejecución del Presupuesto de Recursos 6. Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos 7. Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento 42

8. Estados de Cuenta o Información Complementaria

julio • agosto

1. Balance General (Estado de Situación) 2. Estado de Recursos y Gastos Corrientes 3. Estado de Flujo de Efectivo (método directo) 7. Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento Los estados 5 y 6, es decir Estado de Ejecución del Presupuesto de Recursos y el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos, son procesados por el modulo del Presupuesto, sin embargo esto no implica que sean sistemas independientes, sino mas bien que interactúan en forma integrada y cada uno de ellos se denominan “Módulos”. El propósito del presente artículo es poder explicar a nuestros amigos lectores como se prepara el Estado Nº 7, es decir la CUENTA AHORRO INVERSION Y FINANCIAMIENTO- C.A.I.F., si bien el sistema emite de manera automática el estado una vez procesada el ciclo del cierre del periodo contable, en esencia a muchos colegas Contadores, le queda la duda de cómo realmente el sistema considera la emisión del estado a través del modulo de contabilidad con base en los estados que emite el modulo de presupuestos


Supuesto:

Mediante un ejemplo, tratare de explicar paso a paso como se prepara dicho estado, para lo cual como siempre tomare como base un ejemplo hipotético de una entidad descentralizada:

La Entidad “EL BUEN VIVIR” al 31 de diciembre, cuenta con la siguiente información:

GUBERNAMENTAL

(Recursos y Gastos).

EJECUCION PRESUPUESTARIA DE RECURSOS

Rubro

Descripción

F.F.

O.F.

E.T.

Vigente

Devengado

Percibido

Por Percibir

18221

Donaciones Corrientes

80

556

0

10.000

7.500

6.000

1.500

12200

Venta de Servicios de las Adm. Publicas

20

230

0

40.000

32.000

30.400

1.600

12300

Alquiler de Edificios y/o equipos

20

230

0

50.000

40.000

38.000

2.000

21121

Venta de Muebles de Oficina

20

230

0

40.000

32.000

30.400

1.600

23211

Transferencias de Capital (Subsidios y Subvenciones)

44

542

99

20.000

16.000

16.000

0

22221

Donaciones de Capital

80

556

0

50.000

37.500

30.000

7.500

37111

Obtención Prestamos Exterior

43

415

0

TOTALES

10.000

7.000

220.000

6.300

700

172.000

157.100

14.900

EJECUCION PRESUPUESTARIA DE GASTOS Partida

O.F.

E.T.

Vigente

Devengado

Pagado

Por Pagar

Sueldos

20

230

0

25.000

22.500

19.125

3.375

13110

Régimen de Corto Plazo

20

230

417

2.500

2.250

1.913

338

13120

Prima de Riesgo Largo Plazo

20

230

999

428

385

327

58

13110

Aporte Patronal Solidario

20

230

999

750

675

574

101

13200

Aporte Patronal para Vivienda

20

230

81

500

450

383

68

22110

Pasajes al Interior

20

230

0

15.000

13.500

11.475

2.025

34110

Combustibles y Lubricantes

20

230

0

30.000

27.000

22.950

4.050

39800

Otros Repuestos y Accesorios

20

230

0

25.822

23.240

19.754

3.486

49100

Activos Intangibles

20

230

0

30.000

27.000

22.950

4.050

44

542

99

20.000

10.000

10.000

0

80

556

0

40.000

30.000

24.000

6.000

43

415

0

10.000

6.500

3.250

3.250

80

556

0

20.000

15.000

12.000

3.000

42240 42310 62100

F.F.

11700

42230

Descripción

Otras construcciones y Bienes Dominio Privado Supervisión de construcciones de Bienes de Dominio Privado Construcciones y Mejora de Dominio Publico Amortización deuda pública externa a C/P TOTALES

220.000

178.500

0 148.700

29.800

julio • agosto

43


GUBERNAMENTAL

Algo particular que debo resaltar en los reportes anteriores, es que el Presupuesto debe ser consistente con el principio del EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO, dispuesta por la Norma Básica del Sistema de Presupuestos R.S. Nº 225558, de fecha 1 de diciembre de 2005, Articulo 6º, inciso a) que de manera textual señala: “…para cada gestión fiscal, en cada entidad y órgano público, el monto total del presupuesto de gastos debe corresponder al monto total de recursos incluido en el Presupuesto…”

presupuestos están descuadrados o desequilibrados.

Si podemos observar, en los reportes anteriores, se puede apreciar que a nivel de las Columnas “VIGENTE” tanto de recursos como de gastos, están debidamente equilibrados, sin embargo no ocurre lo mismo a nivel del “DEVENGADO”, es decir a este ultimo nivel los

Para cumplir con esta condición, debemos considerar uno de los requisitos previstos por el Artículo 11, inciso e) de la R.S. Nº 225558 “Normas Básicas del Sistema de Presupuestos”, relativa a la Conceptualización Ampliada de los términos de Recursos y Gastos que de manera esquemática se expone de la siguiente manera:

Por lo anterior, uno de los requisitos indispensables para concluir con el cierre del ejercicio contable y presupuestario, es que ambas ejecuciones, deben estar debidamente igualados a nivel del DEVENGADO y una vez cumplida esta condición, es posible estructurar el estado “Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento”.

Procedimiento Equilibrio de la columna devengado de los recursos

CONCEPTO AMPLIADO DE RECURSOS Y GASTOS 1.

Ingreso Corriente

1)

Gasto Corriente

2.

Disminución de Activo

2)

Incremento de Activo

3.

Incremento de Pasivo

3)

Disminución de Pasivo

4.

Incremento de Patrimonio

4)

Disminución de Patrimonio

5.

Resultado Positivo

5)

Resultado negativo

FUENTE DE FONDOS

USO DE FONDOS

Explicación para una adecuada interpretación para los Recursos 1. Ingreso Corriente El ingreso Corriente se refiere a los recursos obtenidos producto del giro normal de las actividades de la entidad y los cuales fueron generados durante el ejercicio. 2. Disminución de Activo Para el presupuesto según el concepto ampliado de los recursos, una disminución de activo, representa un origen de recursos, en cuyo caso se aplica un Rubro Financiero por ejemplo:

Rubro Descripción Tipo

44

Caja o banco

Recurso

Disminución de Cuentas por Cobrar C/P

Activo

Cuentas por Cobrar C/P

julio • agosto

Cobrar a Corto Plazo El rubro anterior, según el Clasificador Presupuestario emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, describe lo siguiente: “…Fuentes financieras que se originan en la disminución neta de saldos de las cuentas por cobrar a corto plazo…”. Ejemplo: La entidad al 31 de diciembre de la gestión anterior, tenía Cuentas por Cobrar por Venta de Servicios Bs10.000 exigible que en la gestión que se analiza se convierte en efectivo líquido (Recursos) y cuyo registro contable mixto en base a las matrices de conversión del SIGMA es como sigue: Presupuesto

Cuenta

Activo

35210 Disminución de Cuentas por

Rubro

SUMAS IGUALES

Contabilidad

Bs/Abono

Debe

35210

10.000 10.000

Haber

10.000 10.000

10.000


3. Incremento de Pasivo Según el concepto ampliado de recursos y gastos previstos en la Norma Básica del Sistema de Presupuestos, un incremento de Pasivo, representa el origen o fuente de recursos. Con el propósito de comprender de mejor manera, a continuación se expone un ejemplo hipotético que nos ayudara a comprender como desde el punto de vista

presupuestario el incremento de un Pasivo puede interpretarse una Fuente de Recursos. Ejemplo: La entidad con el propósito de de contar con mayor liquidez para el logro de sus objetivos, acude a un financiamiento interno a través del sistema financiero, obteniendo un préstamo de Bs100.000 (Cien Mil 00/100 Bolivianos) a 5 año plazo con un interés del 8% anual que será amortizada mensualmente. Del planteamiento anterior lo que interesa para nuestro caso es el ingreso del efectivo interpretado desde el punto de vista del presupuesto. Como es un préstamo obtenido a Largo Plazo, la entidad deberá programar del siguiente Rubro según el Clasificador:

Grupo:

36000

Obtención de préstamos Internos y de Fondos - Fideicomisos

Sub Grupo:

36200

Obtención de Prestamos Internos a Largo Plazo

Rubro:

36210

En Efectivo

La entidad el momento de recibir el efectivo en calidad de préstamo, deberá preparar un registro presupuestario mediante un ComprobanteC-21 y por

GUBERNAMENTAL

Como se podrá apreciar en la transacción anterior, se puede apreciar que la cuenta acreditada es “Cuentas por Cobrar C/P”, que según el análisis, representa una disminución que ha tenido efecto en la generación de recursos (incremento de la disponibilidad), razón por la que en el presupuesto, la cuenta financiera se considera como recurso.

la matriz de conversión del SIGMA, se reflejara las siguientes transacciones:

Registro en el momento del Devengado: Tipo Activo Recurso Pasivo

Presupuesto

Cuenta

Rubro

Cuentas por Cobrar C/P

Obtención de Préstamos Internos a Largo Plazo – Deuda Pública Interna

SUMAS IGUALES

Bs/Abono

Debe

36210

En Efectivo

Contabilidad

100.000 100.000

Haber

100.000 100.000

100.000

Registro por la recepción del efectivo: Tipo

Presupuesto

Cuenta

Rubro

Bs/Abono

Activo

Caja o banco

Activo

Cuentas por Cobrar C/P

SUMAS IGUALES

Como se podrá apreciar, los dos registros anteriores en esencia producto del incremento de un pasivo, se ha generado una Fuente de Fondos (Recursos), por esa razón en el Presupuesto de Ingresos en el Sector Publico el aumento de un Pasivo representa un origen de recursos.

Explicación para una adecuada interpretación para los Gastos De igual forma en la parte se intentara explicar la lógica de que la disminución de un activo por ejemplo

Contabilidad Debe 100.000

Haber 100.000

100.000

100.000

representa un “Uso de Fondos” que en el presupuesto del Sector Publico se interpreta como Gasto. 1. Gasto Corriente El Gasto Corriente, en el presupuesto del sector Publico, representa asumir compromisos y honrarlos a fin de lograr los objetivos del giro normal de las actividades de la entidad y los cuales fueron generados durante el ejercicio, situación que representa la aplicación de recursos por ejemplo en el pago de Sueldos, compra de insumos y suministros, etc. julio • agosto

45


GUBERNAMENTAL

2. Incremento de Activo Según en concepto ampliado de recursos y gastos, desde el punto de vista del Presupuesto del Sector Publico, se debe comprender que un Incremento de Activo, representa la aplicación o uso de fondos y/o recursos. Ejemplo: A fin de ilustrar la situación anterior, así como en

los recursos, se tomara hipotéticamente un ejemplo arbitrario que ocurre frecuentemente en todas las entidades del Sector Publico y para este caso se tiene entendido que de acuerdo a lo programado, se adquiere una movilidad por un importe de Bs40.000 (Cuarenta Mil 00/100 Bolivianos) y cuyo pago al proveedor será realizada a través del SIGMA.

Registro en el momento del Devengado: Tipo

Presupuesto

Cuenta

Activo

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación*

Gasto

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación*

Pasivo

Cuentas a Pagar a Corto Plazo

Partida

Bs/Debito

Debe

40.000

43300

SUMAS IGUALES

Contabilidad

40.000

Haber

40.000 40.000

40.000

*La cuenta contable y la partida tiene la misma denominación según el Plan de Cuentas y el Clasificador Presupuestario.

Registro en el momento del Pagado: Tipo

Presupuesto

Cuenta

Partida

Pasivo

Cuentas a Pagar a Corto Plazo

Activo

Caja o Banco

SUMAS IGUALES

Contabilidad

Bs/Debito

Debe 40.000

Haber

40.000 40.000

40.000

Por los registros expuestos anteriormente, se puede colegir que el Incremento de un Activo, representa la aplicación de recursos o fondos y que presupuestariamente dicha transacción debe ser interpretada como un Gasto.

de los Recursos (Incremento de Pasivos), es decir que el préstamo obtenido, hipotéticamente para el caso del ejemplo será amortizada en su totalidad, solo consideraremos la amortización del capital y no así de los accesorios a fin de no complicar la explicación.

3. Disminución de Pasivo

Para cumplir con el propósito anterior, es importante señalar que la entidad, para cumplir con el pago de la obligación (préstamo) necesariamente ha tenido que programar en el presupuesto del ejercicio el para amortizar dicha obligación y según el Clasificador Presupuestario del Gasto, se debería considerar el pago a través de la siguiente Partida:

Al igual que en los activos, desde el punto de vista del presupuesto del Sector Publico, la disminución de un Pasivo, implica la aplicación de recursos o fondos y esta aseveración debe ser traducía como un Gasto, concesamente a fin de poder ilustrar el aspecto práctico, tomaremos el ejemplo del punto 3 del acápite Grupo:

60000

Servicio de la Deuda Pública y Disminución de Otros Pasivos

Sub Grupo:

61000

Servicio de la Deuda Pública Interna

Partida:

61600

Amortización de la deuda Pública Interna a Largo Plazo

Registro en el momento del Devengado: Tipo Pasivo

Presupuesto

Cuenta Deuda Pública Interna

Contabilidad

Partida

Bs/Debito

Debe

100.000

Haber

Amortización de la deuda Pública Interna a Largo Gasto

Plazo

Pasivo

Amortización de la Deuda Pública Interna

46

julio • agosto

61600

SUMAS IGUALES

100.000

100.000 100.000

100.000


GUBERNAMENTAL

Registro en el momento del Pago: Tipo

Presupuesto

Cuenta

Partida

Contabilidad

Bs/Debito

Debe

Pasivo

Amortización de la Deuda Pública Interna

100.000

Activo

Caja o Banco

SUMAS IGUALES

Haber 100.000

100.000

100.000

Con las transacciones anteriormente expuestas, se puede concluir que la Disminución de un Pasivo, para el presupuesto representa una aplicación de fondos o recursos.

Consiguientemente, tomando en cuenta la explicación del concepto ampliado de recursos y gastos de la siguiente manera:

Una vez explicada de manera muy somera respecto al Concepto Ampliado de Recursos y Gastos establecida por la Norma Básica del Sistema de Presupuestos, retomaremos el planteamiento inicial y aplicaremos conceptos descritos precedentemente e IGUALAREMOS o EQUILIBRAREMOS la Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos a nivel de la columna del DEVENGADO (Ejecutado).

En la ejecución presupuestaria de Gastos del planteamiento inicial, tenemos en la columna Por Pagar un total de Bs29.800 (Veintinueve Mil Ochocientos 00/100 Bolivianos) que al cierre del ejercicio quedaron pendientes de pago, es decir aplicando el concepto ampliado de recursos y gastos explicado anteriormente, asume que a esa fecha hubo Incremento de Pasivos en esa proporción.

Equilibrio en la Ejecución de Recursos

De la situación anterior y considerando el Clasificador Presupuestario de Recursos, las partidas que figuran en la columna precitada, deben ser clasificadas en Rubros en aplicación del concepto ampliado de Recursos y Gastos y cuyo resultado es como sigue:

Para preparar el Estado denominado Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento, es requisito indispensable cumplir con el proceso del EQUILIBRIO entre la Ejecución Presupuestaria de Recursos y la Ejecución Presupuestaria de Gastos planteada inicialmente.

Paso 1

julio • agosto

47


GUBERNAMENTAL

CONVERSION DE PARTIDAS A RUBROS GASTO Partida

Descripción

Por Pagar

11700

Sueldos

13110

Régimen de Corto Plazo

13120 13110 13200 22110 34110 39800 49100

RUBRO Rubro

3.375

39130

338

39140

58

39140

101

39140

68

39140

2.025

39110

4.050

39110

3.486

39110

4.050

39110

6.000

39120

Prima de Riesgo Largo Plazo Aporte Patronal Solidario Aporte Patronal para Vivienda Pasajes al Interior Combustibles y Lubricantes Otros Repuestos y Accesorios Activos Intangibles Supervisión de Con-

42240

strucciones de Bienes de Dominio Privado joras de Bienes de Do-

3.250

39120

3.000

39220

minio Publico 62100

Amortización Deuda Pública Externa C/P Total Incremento de

Pasivos

Parciales

Plazo por Sueldo y Jornales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Aportes Patronales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Aportes Patronales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Aportes Patronales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Aportes Patronales Incremento de Cuentas por Pagara Corto Plazo por deudas Comerciales Incremento de Cuentas por Pagara Corto Plazo por deudas Comerciales Incremento de Cuentas por Pagara Corto Plazo por deudas Comerciales Incremento de Cuentas por Pagara Corto Plazo por deudas Comerciales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo con Contratistas

Agrupado

3.375

3.375

338 58 565 101 68 2.025 4.050 13.611 3.486 4.050

6.000 9.250

Construcciones y Me42310

Descripción Incremento de Cuentas por Pagar a Corto

29.801

Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo con Contratistas Incremento de Otros Pasivos y Otras Cuentas por Pagar a Corto Plazo Total Incremento de Otros Pasivos

3.250

3.000

3.000

29.801

29.801

Paso 2 El importe clasificado de Partidas a Rubros por Bs29.801, debe ser registrada en la Ejecución Presupuestaria de Recursos a nivel de la columna Devengado de la siguiente forma: EJECUCION PRESUPUESTARIA DE RECURSOS Rubro 18221 12200

Descripción Donaciones Corrientes Venta de Servicios de las Administraciones Publicas

O.F.

E.T.

80

556

0

Estimado 10.000

Devengado 7.500

Percibido 6.000

Por Percibir 1.500

20

230

0

40.000

32.000

30.400

1.600

12300

Alquiler de Edificios y/o equipos

20

230

0

50.000

40.000

38.000

2.000

21121

Venta de Muebles de Oficina

20

230

0

40.000

32.000

30.400

1.600

44

542

99

20.000

16.000

16.000

0

23211

Transferencias de Capital (Subsidios y Subvenciones)

22221

Donaciones de Capital

80

556

0

50.000

37.500

30.000

7.500

37111

Obtención Prestamos Exterior

43

415

0

10.000

7.000

6.300

700

13.611

9.250

3.375

565

3.000

39110 39120 39130 39140 39220

Incremento de Cuentas por Pagara Corto Plazo por deudas Comerciales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo con Contrtatistas Incremeno de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Sueldo y Jornales Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo por Aportes Patronales Incremento de Otros Pasivos y Otras Cuentas por Pagar a Corto Plazo

48

F.F.

TOTALES

julio • agosto

220.000

201.801

157.100

14.900


GUBERNAMENTAL

Paso 3 De la misma forma que el anterior, ahora consideramos el mismo procedimiento con la Ejecución Presupuestaria de Gastos, en cuya columna del devengado, se incorporará el Incremento de Activos como Rubros, para lo cual se considera la siguiente relación: CONVERSION DE RUBROS A PARTIDAS RUBRO Rubro 18221 12200

GASTO

Descripción

Parciales

Donaciones Corrientes Venta de Servicios de las Administraciones Publicas

Partida

1.500

58100

1.600

58100

12300

Alquiler de Edificios y/o equipos

2.000

58100

21121

Venta de Muebles de Oficina

1.600

58100

22221

Donaciones de Capital

7.500

58100

37111

Obtención Prestamos Exterior

700

58100

8.401

57100

Descripción

Parciales

Incremento de Cuentas por Co-

Agrupado

1.500

brar a Corto Plazo Incremento de Cuentas por Co-

1.600

brar a Corto Plazo Incremento de Cuentas por Co-

2.000

brar a Corto Plazo

14.900

Incremento de Cuentas por Co-

1.600

brar a Corto Plazo Incremento de Cuentas por Co-

7.500

brar a Corto Plazo Incremento de Cuentas por Co-

700

brar a Corto Plazo

Variación neta entre lo percibido

y pagado (Incremento Activo Dis-

Incremento de Caja y Bancos

8.401

8.401

23.301

23.301

ponible)

Total Incremento de Pasivos

23.301

Total Incremento de Otros Pa-

sivos

Paso 4 Al igual que en el gasto, a continuación se deberá incorporar los Rubros convertidos en términos de Partida en la Ejecución Presupuestaria de Gastos y es como sigue: EJECUCION PRESUPUESTARIA DE GASTOS Partida

F.F.

O.F.

E.T.

11700

Sueldos

20

230

0

Vigente

Devengado

Pagado

Por Pagar

25.000

22.500

19.125

3.375 338

13110

Régimen de Corto Plazo

20

230

417

2.500

2.250

1.913

13120

Prima de Riesgo Largo Plazo

20

230

999

428

385

327

58

13110

Aporte Patronal Solidario

20

230

999

750

675

574

101

13200

Aporte Patronal para Vivienda

20

230

81

500

450

383

68

22110

Pasajes al Interior

20

230

0

15.000

13.500

11.475

2.025 4.050

34110

Combustibles y Lubricantes

20

230

0

30.000

27.000

22.950

39800

Otros Repuestos y Accesorios

20

230

0

25.822

23.240

19.754

3.486

49100

Activos Intangibles

20

230

0

30.000

27.000

22.950

4.050

44

542

99

20.000

10.000

10.000

0

80

556

0

40.000

30.000

24.000

6.000

43

415

0

10.000

6.500

3.250

3.250

80

556

0

20.000

15.000

12.000

3.000

14.900

8.401

220.000

201.801

42230 42240 42310 62100 58100 57100

Descripción

Otras construcciones y Bienes Dominio Privado Supervisión de construcciones de Bienes de Dominio Privado Construcciones y Mejora de Bienes de Dominio Publico Amortización deuda pública externa a C/P Incremento de Cuentas por Cobrar a Corto Plazo Incremento de Caja y Bancos TOTALES

148.700

29.800

Como se podrá apreciar en los estados que se muestran en el paso 2 y 4 anterior, la columna del Devengado, en ambos casos muestra un importe de Bs201.801 (Doscientos Un Mil Ochocientos Uno 00/100 Bolivianos) producto de la aplicación del Concepto Ampliado de Recursos y Gastos prevista en la Norma Básica del Sistema de Presupuestos.

julio • agosto

49


GUBERNAMENTAL

Paso 5 En este paso corresponde la preparación del Estado Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento tomando como base los Rubros e importes de la columna Devengado de la Ejecución presupuestaria de Recursos y las Partidas e importes de la columna Devengado de Gastos que serán estructurados de la siguiente manera: EL BUEN VIVIR CUENTA AHORRO INVERSION Y FINANCIAMIENTO (Expresado en Bolivianos) CUENTA CORRIENTE: I

Ingresos Corrientes 32.000

Alquiler de Edificios y/o Equipos

40.000

Donaciones corrientes II

III = I - II

79.500

Venta de Bienes

7.500

Gastos Corrientes

90.000

Sueldos y Salarios

22.500

Aportes Patronales

3.760

Servicios no Personales

13.500

Materiales y Suministros

50.240

Ahorro (Desahorro)

-10.500

CUENTA CAPITAL: IV

V

Ingresos de Capital Donaciones de Capital

37.500

Venta de Activos

32.000

Transferencias de Capital

16.000

Gastos de Capital

73.500

Activos Intangibles

27.000

Otras const. y mejoras de BB de Dom. Priv.

10.000

Supervisión de const. BB de Dom. Privado

30.000

Construcciones y mejoras de BB de D. Pub. VI = III + IV - V

85.500

6.500

Resultado Financiero - Superávit (Déficit)

1.500

CUENTA FINANCIERA: VII

Ingresos Financieros 7.000

Incremento de Cuentas por Pagar Com.

13.611

Incremento de Cuentas por Pagar a Corto Plazo con Contratistas

9.250

Incremento de Cuentas por Pagar Sueldos

3.375

Incremento de Cuentas por Pagar por Aportes Patronales Incremento de Otros Pasivos VIII

50

julio • agosto

565 3.000

Gastos Financieros

38.301

Amortización Deuda Pública Externa C/P

15.000

Incremento de Cuentas por Cobrar

14.900

Incremento de Caja y Bancos IX = VII - VIII

36.801

Obtención de préstamos del exterior

Financiamiento Neto

8.401 -1.500


VARIOS

MINIONS PACEÑOS Y FINANCIEROS Ariel Lima Quisbert

Diseñador Gráfico, Creador de Minions

L

os minions son los personajes secundarios amarillos de la película Mi Villano Favorito, que tienen la morfología de una garrafa, y que por su complicado pero comprensible lenguaje tuvieron un particular éxito. Los Minions son los personajes más queridos de las últimas películas animadas que han logrado meterse en lo más profundo de nuestros corazones, logrando un afecto incondicional hacia ellos y queriendo fomentar el compartir imágenes con sus figuras en todas las situaciones Ariel Lima Quisbert, es un joven paceño diseñador gráfico, creador de los Minions Paceños y Financieros, en este artículo Ariel, nos cuenta como creo la “cholita minion”, que se viralizó en las redes sociales. La cholita minion fue creada en septiembre 2014, la

publiqué en mi página personal de Facebook y tuvo acogida de mis contactos más cercanos. El dibujo le gustó mucho a mi hermana y entonces comencé a realizar otras personificaciones de los minions que también las compartí entre largos lapsos de tiempo; tiene la cara amarilla y sus ojos están protegidos con escafandras, de su cabellera se desprenden dos largas trenzas negras, lleva sobre su cabeza un sombrero café, tipo borsalino, una pollera roja, blusa verde, zapatos negros y carga un aguayo cuadriculado.

Cómo surgió la idea de “paceñizar” al popular personaje de la película Mi Villano Favorito? Mientras recibía en la universidad un curso sobre mashup de personajes, que es una técnica en la que se mezclan diferentes dibujos o personajes animados, tuve la iniciativa de diseñar minions como personajes típicos paceños. Dichos personajes, para ese entonces, ya habían sido modificados para caracterizar a superhéroes como Batman o Superman. La imagen de la cholita minion fue difundida un domingo por la página de Facebook Soy Paceño con el texto “si no tienes caserita, no eres paceño”. Con el material, Soy Paceño creó un álbum de fotos, que fue compartida más de 314 veces, sin contar la difusión y valoración que recibió individualmente cada una de las imágenes.

Cuantos personajes creaste hasta ahora? Dentro de los minions paceños mis otras creaciones, son; el minion cebra, el minion canillita, el minion plomero, el minion aparapita, las minion cholitas de la Guardia de Transporte de El Alto y el lustra minion. Mi boceto del fotógrafo minion fue publicada en soy paceño junto con la fotografía de Javier Molina B. tomada del libro «Imágenes Paceñas, Lugares y Personas de la Ciudad» de Jaime Saenz. “No pensé que iba a tener tanto éxito. Las fotos estaban en el Facebook desde el año pasado, pero recién ahora

julio • agosto

51


he visto que gente que no conozco ha compartido. Me puse en un inicio a hacer una colección de unos 10 personajes minions paceños, pero luego de leer el libro de Jaime Sáenz espero llegar a los 20”.

52

julio • agosto

Por qué incluir los Minions Financieros? Me parece que así como los minions paceños deberían haber otros minions profesionales y porque no aquellos que son los que llevan nuestras cuentas. Por el momento he creado tres; el minion contador, minion auditor y minion almacenero.


CARTELERA SEMANAL FB LUNES LUNES

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MARTES MARTES MIERCOLES

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