Entrevista Lecciones de Luis Eduardo Zuñiga Torrez
Dioses del Olimpo Angel Contreras
Reglamento para el registro y reporte de contratos
Año 1 • N° 2 • Marzo - Abril 2014
De Planeación Tributaria a Ingeniería Tributaria Empleos y emprendimientos sostenibles para los jóvenes bolivianos
Cambios en el sistema de facturación
www.contableytributaria.com.bo
Elementos tributarios en el sector gastronómico
Enfoque contable y tributario de la Bancarización El personal en el sector público Estados financieros de ONGs Consultores en el SIP
Contenido
E
n tiempos actuales ya no queremos asumir compromisos que no podremos cumplir en tiempo y forma, este aspecto nos ha motivado ha que en esta edición consideremos artículos relacionados con registro de contratos, tratamiento de Consultores en relación con el Estado y de forma independiente, para ello tomamos en cuenta el tratamiento tributario y social; como planificar el ahorro tributario cuidando el cumplimiento de las obligaciones legales. Los jóvenes bolivianos constituyen un sector creciente en nuestra sociedad por esa razón ponderamos sus emprendimientos y ante todo su capacitación. Así como los elementos tributarios para el sector gastronómico, que representa una parte creciente en nuestra sociedad, que hasta ahora no cuenta con una normativa tributaria específica. Esta edición incluye el emprendimiento de jóvenes profesionales del área contable y de auditoría como OTIUM y las lecciones que nos deja Luis Eduardo Zuñiga Torrez. Como siempre, esperamos que esta edición sea de interés para todos los lectores. Gracias.
Malena Marquez Pinto Directora General GESTIÓN CONTABLE Y TRIBUTARIA, es una publicación bimestral especializada en contabilidad e impuestos de circulación nacional. Las opiniones expresadas en los artículos de esta publicación son de los autores y no necesariamente reflejan el pensamiento de la revista. Nuestra oficina está ubicada en la ciudad de La Paz, calle Cañada Strongest 1752 teléfono (591-2) 2493814 Depósito Legal: N° 4-3-85-13 NIT N° 233264027 info@contableytributaria.com.bo www.contableytributaria.com.bo Se imprimió en Planeta Rojo
ELEMENTOS TRIBUTARIOS EN EL SECTOR GASTRONÓMICO Jorge Valdez Montoya
2
ENFOQUE PRÁCTICO DE LA BANCARIZACIÓN Luis Ramiro Espejo Yujra
5
TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS CONSULTORES Hugo Villca Ramos
8
CAMBIOS EN EL SISTEMA DE FACTURACIÓN
11
TIPS TRIBUTARIOS
13
DE PLANEACIÓN TRIBUTARIA A INGENIERÍA TRIBUTARIA Victor Alfredo Burgoa
15
TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS BIENES DE DOMINIO PRIVADO Aurelio Chura Fernández
18
BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
23
ENTREVISTA • LAS LECCIONES DE LUIS EDUARDO ZÚÑIGA TORREZ
24
ESTADOS FINANCIEROS DE ORGANIZACIONES NO LUCRATIVAS Johnny Zenteno Cordero
27
CONSULTORES EN EL SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES-SIP Avelyna Ayca Castro
30
“EVALUANDO A LOS DIOSES DEL OLIMPO” LA FUNCIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y COMPENSACIÓN Ángel Contreras Moreno
32
REGLAMENTO PARA REGISTRO Y REPORTE DE CONTRATOS A LA CGE
34
PERSONAL EN EL SECTOR PÚBLICO María Eugenia Dávila Gonzales
39
EMPLEOS Y EMPRENDIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LOS JÓVENES BOLIVIANOS Rodrigo Aguilar
42
OTIUM • VALOR, EFECTIVIDAD Y ACCOUNTABILITY
46
DÍA DEL CONTADOR AMERICANO
47
Malena Marquez Pinto Entrevistas y Reportajes David Cayo Ramos Administración Julio Willver Mamani S. Diagramación y Diseño Angel Fernandez Fotografía CONSEJO EDITORIAL David Valdivia Peralta Jaime Rodrigo Machicado Hugo Villca Ramos Luis Eduardo Zuñiga Malena Marquez Pinto Daniel Laura
DISTRIBUCIÓN Y VENTAS Maria Luisa Mayta La Paz Marigen Rocha Sandoval Santa Cruz Jackeline Rojas Heredia Cochabamba Micaela Sanchez Sucre Daniela Bautista Cavidez Potosí Mariela Delgado López Oruro Foto de Portada: Lic.Aud.Pamela Merlo Gironda Valdivia & Asociados
IMPUESTOS
ELEMENTOS TRIBUTARIOS EN EL SECTOR GASTRONÓMICO Jorge Valdez Montoya Auditor Financiero, Especialista Tributario
Uno de los sectores más importantes en nuestra economía, está constituido por la prestación de servicios de alimentación y en general el consumo de alimentos y bebidas.
U 2
no de los sectores más importantes en nuestra economía, está constituido por la prestación de servicios de alimentación y en general el consumo de alimentos y bebidas. El sector gastronómico incluye distintas categorías propias del sector, que van desde el vivandero que expende alimentos en kioskos, ferias, mercados, etc., los pequeños restaurantes, salones de té y confiterías que brindan el servicio en menor escala; los restaurantes, discotecas y otros centros acreditados
Marzo • Abril 2014
con ventas considerables y las grandes empresas de marca nacional o internacional de consumo masivo de alimentos. El presente artículo, se relaciona a empresas dedicadas a la gastronomía con obligación de presentar estados financieros por tanto son sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las Transacciones (IT), Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) y Impuesto al Régimen Complementario al IVA( RC-IVA) como agentes de retención.
Como todas las empresas, primero deben cumplir con lo que establece el Código de Comercio, ello implica obtener su matrícula de comerciante en FUNDEMPRESA, este registro se encuentra en función del tipo de organización que han de adoptar, que puede ser el de una empresa unipersonal, una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L. y/o Ltda.) ó una sociedad anónima (S.A.), cada una con distintas responsabilidades fundamentalmente en el campo legal. También deben cumplir con el Código de Comercio y ello significa llevar registros contables en la forma que establece la norma legal, tener un contador idóneo, llevar los libros obligatorios de contabilidad, además de una adecuada valoración de las partidas del balance, etc. Como toda empresa, el sector también debe utilizar para la preparación de sus Estados Financieros, las normas técnicas de contabilidad emitidas por el Consejo Técnico de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia. La entidad responsable de hacer cumplir lo establecido en el Código de Comercio y las normas técnicas contables es la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP); esta entidad ha dispuesto la aplicación de multas ante las infracciones que pudieren cometer los contribuyentes (regulados). Así también los auditores externos al momento de emitir el dictamen se pronuncian sobre el cumplimiento a normas técnicas de contabilidad.
II. TRATAMIENTO DE INGRESOS Y SUS EFECTOS EN EL DÉBITO FISCAL: Las principales obligaciones tributarias también son; las mismas que para todas las empresas y es preciso hacer una diferenciación para cada uno de los impuestos para los cuales son sujetos pasivos. El presente artículo presenta un análisis del tratamiento del IVA en el sector, abordando únicamente el débito fiscal, debido a lo extenso del tema; en una próxima oportunidad se complementará el análisis con el tratamiento del crédito fiscal y otros impuestos.
Análisis del Débito Fiscal IVA El sector gastronómico tiene la obligación de emitir facturas por toda prestación de servicios, en particular por el expendio de los alimentos y bebidas. Como todas sus ventas están gravadas, generan el Débito Fiscal IVA del 13% (trece por ciento) por la totalidad de sus ingresos. También pueden generar otros ingresos no operativos como ser; la venta de bienes de uso (vehículos, mostradores, vajilla, equipo de computación, etc.), en algunos casos pueden vender bienes del inventario
como ser bebidas embotelladas, etc., en todos los casos están obligados a emitir la correspondiente factura generando el Débito Fiscal IVA, en cumplimiento al Art. 3 de la Ley 843 (Texto Ordenado Vigente). Los otros ingresos no operativos pueden generarse por la percepción de intereses por depósitos en entidades financieras, los cuales no generan ningún impuesto, pero deben ser declarados a fines de la determinación del IUE. Las entidades financieras tampoco pueden retener el RC-IVA por los intereses generados en las cuentas de la Empresa, debido a que este impuesto sólo alcanza a las personas naturales y sucesiones indivisas y como la empresa es una persona jurídica, no está alcanzada por el impuesto; naturalmente que las cuentas deben ser aperturadas a nombre de la empresa. La empresa tiene personal a su cargo y en muchos casos el propietario o propietarios también trabajan en el restaurante y todo el personal y propietarios requieren alimentación que naturalmente ha de ser la que se prepara en el restaurante. La pregunta es si ese consumo debe ser o no facturado. Para poder responder este punto citaremos algunos elementos de la normativa legal: El Art. 2 de la Ley 843 (TOV), indica que también se considera venta, “el retiro de bienes muebles de la actividad gravada de los sujetos pasivos definidos en el Artículo 3º de esta Ley con destino al uso o consumo particular del único dueño o socios de las sociedades de personas” De conformidad a esta norma, todo consumo de los propietarios genera débito fiscal y debe ser facturado. Para el caso de la alimentación del personal (cocineros, garzones, etc.), parece que la alimentación forma parte de su labor y que su dotación es algo natural o sobreentendido y mas parece una invitación que un servicio gravado, pero debemos tener presente que lo que ha de consumir el personal, son bienes transformados que sin duda han originado crédito fiscal a momento de su compra a favor de la entidad y recordemos que el crédito fiscal sólo es computable en la medida que se vincule a las operaciones gravadas y las dotaciones de alimentación al personal no constituyen operaciones gravadas, puesto que no son a título oneroso y por tanto, ese crédito fiscal debería ser reintegrado al Fisco en los términos del Art. 8 del DS. 21530. Adicionalmente, esas entregas a título gratuito no son deducibles para fines del IUE, puesto que el personal de la empresa no está contemplado en las deducciones del DS. 24051 que solo admite como deducibles las donaciones o entregas a título gratuito a entidades exentas del IUE. En conclusión, si se ha utilizado el crédito fiscal de las compras e insumos necesarios para preparar Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
I. OBLIGACIONES FORMALES
3
IMPUESTOS
los alimentos del personal, esta dotación de alimentos debería ser facturada. Es preciso hacer una abstracción del giro de la empresa y preguntarse qué ocurre si en una empresa que vende electrodomésticos se brinda alimentación a los dependientes, entonces si las compras de esos alimentos ha generado crédito fiscal, entonces los alimentos consumidos también deben generar débito fiscal (caso contrario se debe proceder al reintegro del crédito fiscal). Otra alternativa consiste en considerar la alimentación como una remuneración en especie a favor del personal (Arts. 19 y 24 de la Ley 843), en ese caso, la remuneración tendrá que ser incluida como ingreso gravado a fines de la determinación del RC-IVA para cada dependiente, y no ha de ser necesario el reintegro del crédito fiscal y tampoco se perfeccionará el hecho generador para el IVA. Por el Art. 29 de la ley 843 (TOV), los ingresos percibidos en especie se computarán por el valor de mercado al momento de la percepción, es decir que se deben computar al precio corriente de venta. También la alimentación puede ser considerada simplemente como un refrigerio, en cuyo caso también debe ser considerada en la planilla tributaria a efectos del RC-IVA como un ingreso para cada dependiente. Este gasto además es deducible a fines del IUE por el Art. 11 del DS. 24051, siempre y cuando el refrigerio sea considerado como ingresos gravados a efectos del RC-IVA. Finalmente es preciso comentar los aspectos administrativos en relación al débito fiscal y las ventas: Todas las ventas deben ser registradas en el Libro de Ventas IVA, el mismo que debe ser debidamente notariado en los términos que dispone la RND 10-0016-07.
4
Marzo • Abril 2014
También existe la obligación de llevar el “Libro de Ventas Menores del Día” y el de “Registro Auxiliar de Distribución de Notas Fiscales” para quienes distribuyan facturas en distintos puntos de emisión. Adicionalmente se debe enviar la información del Libro de Ventas a través del módulo Da Vinci de acuerdo a formato establecido por la Administración Tributaria; este reporte debe ser remitido en forma mensual hasta 3 días posteriores a la fecha de vencimiento de la presentación del Formulario 200 V.3. Los contribuyentes pueden elegir la modalidad de facturación y normalmente utilizan la modalidad manual o la computarizada. De conformidad al Art. 10 de la RND 10-0016-07, “Excepcionalmente y para el caso de facturas o notas fiscales emitidas en la modalidad de Facturación Manual, por la venta de alimentos y/o bebidas en restaurantes y similares por un monto menor o igual a Bs100, se podrá consignar en el campo concepto o descripción la leyenda “CONSUMO”, en los demás casos se deberá consignar el detalle de la compra y/o la prestación del servicio”. A partir del mes de septiembre que es el mes en que entrará en vigencia el Sistema de Facturación Virtual establecido en la RND 10-0049-13, el importe de Bs 100 sube a Bs 300, (sólo para la modalidad manual). El hecho de especificar en forma detallada el consumo de los clientes, puede facilitar el control y fiscalización por parte del Fisco, puesto que podrá utilizar la técnica de la reconstrucción de ventas, aplicando la ecuación: Inventario Inicial + compras – Inventario Final = Ventas según Auditoria; este importe (o unidades físicas) podrá ser comparado con las ventas facturadas y en su caso establecer diferencias.
IMPUESTOS
ENFOQUE PRÁCTICO DE LA BANCARIZACIÓN Luis Ramiro Espejo Yujra Contador, Informático, Especialista Área Industrial
“Bancarizar” se ha ido convirtiendo en un nuevo “Verbo” que indica la acción de cumplir formalidades impositivas y bancarias habituales y cuyos detalles se explicaran en la presente publicación, la idea básica es que si alguien ha realizado: XX Un pago por un servicio, producto o una combinación de estos XX Un cobro por un servicio, producto o una combinación de estos y XX Que este pago o cobro sea mayor o igual a Bs50.000 debe ser bancarizado. A partir de este momento se considerará a este pago o cobro mayor o igual a ese monto, como la “transacción” (RND 10.0011.11 de 20 de mayo de 2011) Por ejemplo, una transacción de pago de servicios por valor de Bs49,999 (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve 00/100 Bolivianos), no será considerado como “Transacción”, ya que no iguala o supera el monto de Bs50.000(Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos). Los importes tendrán el formato anglosajón, es decir la coma “,” para separar los miles, el punto “.” para separar los decimales. Esta transacción se formaliza, respalda o se documenta, mediante el uso o filtrado del Sistema Financiero Boliviano (Bancos, Cooperativas, SAFI`s, etc) reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI. SUJETO OBLIGADOS Son los sujetos pasivos y/o terceros responsables y contribuyentes en general, alcanzados en las formas de personas naturales, personas jurídicas, empresas privadas, empresas públicas, organismos del Estado y ONG’s. TRANSACCIONES Son las operaciones de compra o venta de bienes y servicios, contratos de obra y/o prestación de servicios, todo tipo de contratos de cualquier naturaleza que involucre erogación de recursos económicos a través de medios de pago, ya sea al contado, a crédito, un solo pago, pagos parciales o cualquier modalidad o forma de pago asumido. DOCUMENTO DE PAGO Es el medio fehaciente de pago, que cumpla con la condición de ser emitido y/o reconocido por una Entidad de Intermediación Financiera regulada por la ASFI; XX Cheques de cualquier naturaleza, XX Ordenes de Transferencia Electrónica de Fondos, XX Transacciones por Débitos directos, XX Transacciones con Tarjetas de Débito,
5
Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
XX XX XX XX XX
Transacciones con Tarjetas de Crédito, Transacciones con Tarjetas Pre-pagadas, Cartas de Crédito, Depósitos en Cuentas, Transferencia de Fondos,
La lista anterior de nominación es enunciativa y no limitativa. CUENTA BANCARIA Contrato con una entidad de intermediación financiera, cuya titularidad debe corresponder obligatoriamente a los sujetos pasivos titulares del Número de Identificación Tributaria (NIT), que participan en las Transacciones, excepto en cheques ajenos. TRATAMIENTO DE CHEQUES Los cheques en general no tienen la obligación de consignar el NIT, sin embargo en los registros obligatorios establecidos para la Bancarización deben necesariamente consignar el número de NIT. En caso de cheques de bancos extranjeros, deberán consignar el NIT de la entidad financiera corresponsal en el Estado Plurinacional de Bolivia en los registros auxiliares. En caso de cheques ajenos el endoso del documento deber ser realizado por el titular del NIT, el representante legal o apoderados registrados en el Padrón Nacional de Contribuyentes. Esto significa que si la transacción se ha realizado con NIT o C.I. del hermano, amigo, etc., ajeno a la transacción del Sujeto Obligado, no será considerada para la Bancarización. REQUISITOS PARA PRUEBAS FEHACIENTES DE PAGO Para demostrar ante la Administración Tributaria los documentos de pago que sean emitidos por entidades bancarias y no bancarias, incluidas las del Banco Central de Bolivia mínimamente deberán contener de forma nítida, legible y precisa lo siguiente: XX XX XX XX
Razón social de la entidad que emitió el documento de pago Numero de transacción u operación Fecha de transacción Importe de la transacción
En el caso de transacciones efectuadas en el exterior y desde el exterior hacia Bolivia, utilizando cuentas de entidades financieras domiciliadas en el exterior, deberán respaldarse con documentos de pago emitidos por el sistema financiero del país donde se efectuaron las transacciones, estos documentos serán consideradas por la administración tributaria como respaldo para la liquidación de impuestos siempre y cuando estas transacciones estén registradas en la contabilidad del contribuyente. Las transacciones deberán ser registradas en los libros auxiliares registrando el dato cero (0) en el campo del NIT de la Entidad Financiera. Para demostrar las pruebas fehacientes ante la Administración Tributaria, los contribuyentes deberán solicitar certificaciones de las transacciones a las entidades financieras extranjeras, estos documentos deben contener mínimamente lo establecido en los artículos a) al d) del Parágrafo I del Art. 5 del RND 10.0011.11 TRATAMIENTO TRIBUTARIO Se presume que todas las transacciones que no cuenten con respaldo de Documentos de Pago son inexistentes para fines de liquidación de impuestos. Implicancias: CON EL CREDITO FISCAL IVA
6
Todas las compras, importaciones, contratos de obras o servicios y otras prestaciones alcanzadas por el IVA, que no estén respaldas con documentos de pago, serán consideradas inexistentes para la liquidación del impuesto y no podrán ser computadas para el crédito fiscal del mes correspondiente para el comprador.
Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
CON EL DÉBITO FISCAL IVA
Cuando se haya emitido la Factura por la transacción, de manera válida y vigente por la venta del bien o servicio, que no se encuentre documentada, al momento de liquidar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), no podrá compensar el Débito Fiscal IVA con el Crédito Fiscal IVA por las transacciones no documentadas. Por ejemplo: Un zapatero, vendió zapatos por valor de Bs60,000 y he comprado el cuero como materia prima por valor de Bs40,000 todo con factura. Ah!!! No he Bancarizado la transacción generada por la venta. Solución. La compra de Bs40,000 genera un Crédito Fiscal IVA de Bs5,200, que no podré restar o disminuir al débito fiscal (Bs7,800 ) generado de la venta. Simplificando: IVA A PAGAR = DF – CF = 7,800 – 5,200 = Bs2,600 (REGISTRO ERRONEO) IVA A PAGAR = DF – CF = 7,800 – 0 = Bs7,800 (REGISTRO CORRECTO) A esto se debe agregar de que si uno No ha Bancarizado le viene la multa de 500 UFVs o 5,000 UFVs dependiendo si es (persona natural o empresa unipersonal) o (jurídica) respectivamente. Además, el pago de la multa no exime la obligación del envío de la información por Newton (si el caso fuere).
CON EL RC-IVA
Los sujetos pasivos del RC-IVA, sean contribuyentes dependientes y/o independientes, que no respalden sus transacciones con Documentos de Pago, no tendrán derecho al cómputo del pago a cuenta previsto en los Artículos 8 y 9 del Decreto Supremo Nº 21531. Los contribuyentes en relación de dependencia (RC-IVA), cuando presenten a su agente de retención el Formulario 110, conteniendo facturas por compras mayores o iguales a Bs50.000, deben adjuntar copia o fotocopias de los documentos de pago.
CON EL IUE
Para la determinación de este impuesto serán inexistentes las siguientes transacciones que no cuenten con documentos de pago o formularios de pago del impuesto retenido, para el efecto no serán deducibles en la liquidación del IUE: • Pagos efectuados a personas naturales por la prestación de servicios • Compra de bienes Sin factura • Pagos, acreditaciones o remisiones a beneficiarios del exterior,
TRANSACCIONES VARIAS En el caso transacciones que sean pagadas al crédito, con pagos parciales deben ser acumulados o sumados en el Registro Auxiliar del Modulo Bancarización Da Vinci, hasta alcanzar el monto total de la transacción, en el periodo fiscal en el que se recibió o se efectuó el pago. También se registraran en el Modulo Da Vinci, las transacciones vinculadas a pagos iguales o mayores a Bs50.000, por concepto de importaciones, retenciones, beneficiarios al exterior, otros egresos e ingresos. FORMATOS DE REGISTRO El registro y envío de información debe ser realizado en el orden y formato que se establece en el Anexo 1 de la RND10-0011-11 La presentación y envío del registro auxiliar debe ser de forma mensual, hasta tres (3) días hábiles después del vencimiento establecido para el NIT. En los periodos fiscales en los cuales el contribuyente no efectúe pagos por transacciones al contado o crédito por importes iguales o mayores a Bs. 50.000, no están obligados a la presentación y envío del registro Auxiliar Bancarización Da Vinci. FORMALIDADES Cada fin de mes el contribuyente que envía vía Da Vinci las transacciones iguales o mayores a Bs50.000, deberán realizar la impresión de los registros, los mismo no deben contener tachaduras, enmiendas, borrones, interlineaciones, alteraciones u otros similares que sea causales de inhabilitación de los mismos, estos deben estar firmados por el titular o Representante Legal. El software de bancarización que le genera directamente el archivo TXT pre-validado para que sea consolidado en el Davinci ha sido diseñado para aminorar sus tiempos, el mismo lo puede obtener en: Marzo • Abril 2014
7
IMPUESTOS
TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS CONSULTORES Hugo Villca Ramos Miembro del Consejo Editorial
M
uchos profesionales de diferentes áreas prestan sus servicios de forma independiente sea en el sector público o privado, este servicio prestado tiene sus implicancias de carácter tributario y también social, para ello empecemos realizando algunas definiciones. a) Consultor de Línea. Es la persona natural que presta Servicios de Consultoría de Línea en el sector público, conforme lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.1 b) Consultor por Producto. Es la persona natural que presta uno o más Servicios de Consultoría en el sector público, conforme lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.2 c) Consultor. Para efectos del SIP, Consultor es toda persona natural que presta servicios en una entidad privada, por un tiempo determinado y de manera independiente en el marco de una relación contractual civil.3 En el caso de los incisos a) y b) están orientados a servicios prestados al Sector Público y tienen un tratamiento tributario especifico que lo analizaremos más adelante, mientras que el definido en el inciso c) tiene un carácter general y orientado al sector privado, cuyo tratamiento tributario también lo abordaremos más adelante. El Decreto Supremo 21531” Reglamento del Impuesto al Régimen Complementario al IVA “señala: “Artículo 2º.- El personal contratado localmente ya sea por misiones diplomáticas acreditadas en el país, organismos internacionales, gobiernos extranjeros o instituciones oficiales extranjeras, son sujetos pasivos de este impuesto y a este efecto se los considera como contribuyentes independientes. Consecuentemente, a partir del 1º de abril de 1987, deberán liquidar y pagar el Impuesto al Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado de acuerdo con el procedimiento descrito en el Artículo 9º de este Decreto Supremo. Los ingresos percibidos por personas naturales contratadas por el Sector Público, como contraprestación a sus servicios personales, tendrán el mismo tratamiento impositivo señalado en el párrafo precedente, a condición de que cumplan los siguientes requisitos: a) Suscripción individual de contrato de trabajo personal e indelegable, en base a Términos de Referencia definidos por la institución contratante. b) Realización del trabajo en el lugar señalado por la institución contratante. c) Sujeción a horario de trabajo a tiempo completo en jornada regular y dedicación exclusiva. d) Presentación a la institución contratante de fotocopia de cada Declaración Jurada Trimestral. Los sujetos pasivos a que se refiere este Artículo, deberán inscribirse para obtener el Número de Identificación Tributaria (NIT) como contribuyentes directos de este impuesto”. Podemos deducir que tanto los consultores en Línea como por Producto están alcanzados tributariamente por el RC-IVA, por lo tanto deben proceder conforme establece la norma tributaria para estos efectos. Deberán proceder con el proceso de registro o empadronamiento, para lo cual deben presentar: • Documento de Identidad en original y fotocopia y • Factura de luz, agua o documento equivalente que acredite su residencia habitual Una vez Registrados deben efectuar sus declaraciones trimestrales, donde consignaran los ingresos mensuales percibidos en el Formulario 610, este importe debe ser igual al monto total percibido en cada mes.
8
1
Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley N° 065, de pensiones en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora gaceta oficial de Bolivia, art. 1 Definiciones.
2 Ídem 1 3 Ídem 1
Marzo • Abril 2014
Trimestre I
Trimestre II
Trimestre III
Trimestre IV
31/03/2014
30/06/2014
30/09/2014
31/12/2014
Ingreso mensual
13.000,00
19.500,00
19.500,00
6.500,00
1.690,00
2.535,00
2.535,00
845,00
6.500,00
11.980,00
8.640,00
1.860,00
845,00
1.557,40
1.123,20
241,80
4.800,00
8.640,00
8.640,00
2.880,00
13% Salarios mínimos nacionales
624,00
1.123,20
1.123,20
374,40
Saldo definitivo a favor del fisco (Contribuyente)
221,00
(145,60)
288,60
228,80
Compensación periodo anterior
-145,60
Saldo definitivo a favor del fisco
221,00
143,00
228,80
20/04/2014
20/07/2014
20/10/2014
20/01/2015
13% de RC-IVA MENOS DEDUCCIONES: Total facturas presentadas FORM 110 13% de formulario 110 Mínimos Nacionales
Fecha de vencimiento
IMPUESTOS
Los detalles de la forma y las deducciones que proceden para el caso, se presentan en el siguiente ejemplo: La Señora Rosa Espinoza firma un Contrato de Prestación de Servicios como “Consultora en Comunicación”, dependiente de la Unidad de Comunicación del Ministerio de Comunicaciones por un tiempo de 9 meses, iniciando su contrato en fecha 1 de febrero de 2014 con una remuneración mensual de Bs6.500, para lo cual obtiene su registro de NIT en el SIN. El movimiento anual del pago de sus impuestos por concepto de RC-IVA, revelando los saldos a favor del fisco, a favor de Rosa Espinoza y la compensación que se declara es como sigue:
En este caso específico no existe una liquidación anual, toda vez que los vencimientos son trimestrales. En este ejemplo solo se consigna la parte tributaria que tiene el consultor, por lo que la parte social del pago de aportes a las AFP tienen su propio tratamiento. Conforme a la norma es obligación del empleador en este caso la entidad pública solicitar la entrega de los formularios de pago de impuestos trimestrales a los consultores en línea o por producto. De acuerdo al ejemplo la tasa efectiva del consultor que presta servicios en el sector público alcanza a un 1%. Ahora veamos qué pasa con un Consultor que no presta sus servicios en el Sector Público, en este caso está obligado a registrarse como profesional independiente, esta alcanzado por los siguientes impuestos; impuesto a las transacciones, al valor agregado y a las utilidades. Considerando los mismos datos de la Señora Rosa Espinoza, pero asumiendo que ya no trabaja en el Sector Publico si no que presta sus servicios en el Sector Privado, este sería el cuadro de su carga impositiva por el Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Transacciones en el mismo periodo: feb
mar
abr
may
jun
Jul
ago
sep
oct
nov
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
6.500
65.000
195
195
195
195
195
195
195
195
195
195
1.950
Debito Fiscal IVA
845
845
845
845
845
845
845
845
845
845
8.450
Credito fiscal IVA
423
423
423
423
423
423
423
423
423
423
Saldo a favor del fisco
422
422
422
422
422
422
422
422
422
422
4.220
Total impuesto a pagar
617
617
617
617
617
617
617
617
617
617
6.170
Ingreso mensual
TOTAL
IMPUESTOS MENSUALES Impuesto a las transacciones IMPUESTO IVA
Marzo • Abril 2014
9
IMPUESTOS
El pago que debe realizar por el impuesto anual a las utilidades es el siguiente: Caso 1: Compensacion crédito Fiscal IVA hasta el 50%
Caso 2: Sin compensación crédito fiscal IVA
Detalle
Detalle
Bs
Ingresos del año 13% de IVA declarado
65.000 8.450
Ingresos del año 13% de IVA declarado y pagado
Bs 65.000 8.450
Base imponible
56.550
Base imponible
56.550
50% Utilidad Presunta s/Base imp
28.275
50% Utilidad Presunta s/Base imp
28.275
25% sobre utilidad presunta
7.069
25% sobre utilidad presunta
7.069
Form 110(Max hasta 50% (25% U.I.)
3.534
Form 110(Max hasta 50% (25% U.I.)
3.534
Impuesto por pagar
3.534
Impuesto por pagar
3.534
Total impuestos pagados
9.704
Total impuestos pagados
13.934
Impuesto a las transacciones
1.950
Impuesto a las transacciones
1.950
Impuesto al Valor Agregado pagado
4.220
Impuesto al Valor Agregado pagado
8.450
IUE por pagar
3.534
IUE por pagar
3.534
Tasa efectiva de impuestos
14,93%
Tasa efectiva de impuestos
21,44%
Caso 1: Pago con Compensación Debito Fiscal IVA con Crédito Fiscal IVA hasta el 50% En el ejemplo consideramos que se efectuó la declaración mensual con la deducción de las notas fiscales vinculadas con la actividad hasta un 50% y descargo de facturas para el pago del IUE en un 100% del monto permitido, siendo la tasa efectiva en este caso del 14.93%. Caso 2: Pago del Debito fiscal sin compensación de crédito fiscal IVA En este caso se considera que el Debito Fiscal no tiene deducciones y se paga en el 100% y descargo de facturas para el pago del IUE en un 100% del monto permitido, siendo la tasa efectiva en este caso del 21.44% aproximadamente. Sin embargo, es importante hacer mención que las deducciones por concepto del impuesto IVA genera sus propias dudas cuando se hace mención a gastos vinculados con la actividad: • ¿Si uno es consultor del área administrativa y financiera, que gastos se consideran relacionados con la actividad? • ¿La alimentación del consultor estará relacionado con la actividad, consecuentemente será sujeto de deducción? • ¿El servicio de salud que pudiera contratar estará relacionada con la actividad del consultor? • Si el consultor dispone de un vehículo, los gastos por combustibles, mantenimiento y otros estarán relacionados con la actividad? Más aun cuando este utiliza el vehículo para ir a prestar sus servicios? • ¿Si el consultor dispone de un bien inmueble, los costos de mantenimiento, energía eléctrica, agua, teléfonos estarán relacionados con la actividad?. • ¿Las facturas por compra de libros a tasa cero para la actualización del profesional podrán utilizarse para el descargo del IUE toda vez que se consigna el 13% de la nota fiscal en el formulario 110?
Finalmente este consultor para desarrollar su trabajo, también debe efectuar sus aportes a las AFPs.
10
Director: Jaime Rodrigo Machicao Teléfonos: 2911331-321 Celulares: 76299964-70616156 Sopocachi - La Paz, Bolivia
escribo@acelerate.com Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
CAMBIOS EN EL SISTEMA DE FACTURACIÓN Modificaciones a la RND 10-0049-13 Sistema De Facturación Virtual. RND Nº 10-0007-14 de fecha 14 de marzo de 2014
RND 10-0049-13
RND Nº 10-0007-14
Art.10 FORMATO GENERAL Parragrafo I 5. Datos Finales para las Modalidades de Facturación Manual y Facturación Prevalorada. Deberán ser consignados en la parte inferior: En la parte inferior derecha: a) Consignar en negrillas y mayúsculas la leyenda “LA ALTERACIÓN, FALSIFICACIÓN O COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DE ESTE DOCUMENTO TIENE CÁRCEL”. En la parte inferior izquierda: Fecha Límite de emisión, Código de Respuesta Rápida (Código QR), en la parte inferior izquierda. La cual debe ocupar una superficie no menor a 1,5 cm de alto x 1,5 cm de ancho. Este código será proporcionado por el SFV a la imprenta autorizada.
Art.10 FORMATO GENERAL Parragrafo I 5. Datos Finales para las Modalidades de Facturación Manual y Facturación Prevalorada. Deberán ser cons ignados en la parte inferior: En la parte inferior derecha: a) Consignar en negrillas y mayúsculas la leyenda “LA ALTERACIÓN, FALSIFICACIÓN O COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DE ESTE DOCUMENTO TIENE CÁRCEL”. En la parte inferior izquierda: Fecha Límite de emisión
SECCIÓN I GENERALIDADES DE FACTURACIÓN Artículo 15.- (Generalidades de la Dosificación) III. El procedimiento de dosificación es automático en las Modalidades de Facturación Oficina Virtual, Electrónica Web y Electrónica por Ciclos
SECCIÓN I GENERALIDADES DE FACTURACIÓN Artículo 15.- (Generalidades de la Dosificación) III. “Todas las solicitudes de dosificación para las Modalidades de Facturación Manual y Prevalorada, que se realicen desde el 24 de marzo de 2014 hasta el 31 de agosto de 2014, a través del Sistema GAUSS y el Portal Newton, tendrán como fecha límite de emisión hasta el 31 de diciembre de 2014”
SECCIÓN III EMISIÓN Artículo 36.- (Emisión) I. Una vez perfeccionado el hecho generador o imponible del Impuesto al Valor Agregado o del Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera, se emitirá de manera obligatoria la Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente respectivo por parte del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable.
SECCIÓN III EMISIÓN “Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables deben adecuar sus sistemas computarizados a las especificaciones de la presente Resolución hasta el 31 de agosto de 2014”.
11
Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS 12
DISPOSICIONES FINALES Primera. Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables deben adecuar sus sistemas computarizados de facturación para cumplir con lo dispuesto en la presente Resolución hasta el 31 de marzo de 2014. A partir del 1 de abril de 2014 solamente podrán dosificarse Facturas en el SFV.
DISPOSICIONES FINALES Primera. “Los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables deben adecuar sus sistemas computarizados de facturación para cumplir con lo dispuestos en la presente Resolución hasta el 31 de agosto de 2014. A partir del 1 de septiembre de 2014 solo podrán dosificarse Facturas a través del SFV”
Cuarta. La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir 1 de abril de 2014.
Cuarta. “La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2014”
• • • • • • • •
Auditoría Financiera Auditoría Tributaria e Impuestos Outsourcing Contable, Auditoría Interna y Servicios de Apoyo Manuales de Procedimientos administrativos Asesoramiento Financiero, Administrativo, Impositivo y Otros Comercialización y exportación de minerales Revisión de declaraciones Juradas Paquetes contables
Marzo • Abril 2014
POTOSÍ - BOLIVIA CALLE SUCRE N° 51 TEL.: 62-22047
E-mail: audas.consultora@gmail.com
IMPUESTOS
TIPS
TRIBUTARIOS ¿SABIAS CUALES LOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEL CRÉDITO FISCAL IVA? “…Para que el sujeto pasivo se beneficie con el crédito fiscal producto de las transacciones que declara, de conformidad a los Arts. 4 y 8 de la Ley 843 y art. 8 del DS 21530 (Texto Ordenado 1995), se debe evidenciar que las mismas cumplan con los siguientes requisitos: 1. La transacción debe estar respaldada con la factura, nota fiscal o documento equivalente original; 2. Que se encuentre vinculada con la actividad gravada; y 3. Que la transacción se haya realizado efectivamente; Complementando el criterio se aclaró que además de los requisitos referidos, el sujeto pasivo debe demostrar contablemente el ingreso y destino de las compras o adquisiciones, señalando y presentando la documentación contable que confirma el registro en libros diarios, mayores y Estados Financieros; consiguientemente el incumplimiento de uno o más de los requisitos dispuestos por ley, invalida el crédito fiscal acumulado, correspondiendo su depuración”.
¿SABIAS QUE EL IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS TIENE CARÁCTER ANUAL Y QUE NO SE PUEDE FRACCIONAR? Efectivamente este impuesto tiene carácter anual “… estableció que el IUE es un impuesto anual y que el hecho generador se verifica conforme a los Arts. 36 de la Ley 843 y 39 del DS 24051 sobre las utilidades resultantes de los estados financieros al cierre de cada gestión anual, ajustadas de acuerdo a lo que disponga la Ley y su reglamento, consiguientemente al ser un impuesto de carácter anual o por gestión, el mismo debe ser liquidado por gestión completa y no puede ser fraccionado mensualmente o por período…” por lo tanto si una empresa se ha constituido en febrero, junio, octubre o diciembre y tiene como cierre el mes de diciembre, el impuesto debe ser liquidado en forma anual. Marzo • Abril 2014
13
IMPUESTOS
PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS SIN MOVIMIENTO Uno de los problemas frecuentes que se presentan para las empresas, comerciantes y profesionales independientes que inician actividades o que simplemente ven la necesidad de mantener vigente su número de identificación tributaria – NIT es presentar formularios sin movimiento. El desconocimiento de las normas tributarias, les generan cancelar multas (contingencias tributarias), para evitar estos aspectos, existen procedimientos que están establecidos en la RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0013-03 Artículo 11. Mantenimiento del NIT y relación con la Presentación de Declaraciones Juradas que establece: ”El Servicio de Impuestos Nacionales a través de sus respectivas dependencias, podrá proceder al empadronamiento de oficio de cualquier contribuyente que no estuviera inscrito, otorgando el alta de los impuestos que correspondan, tomando en cuenta la fecha de realización de los hechos generadores de tributos. Una vez vigente el NIT, la Base de Datos del Servicio de Impuestos Nacionales estará conformada por contribuyentes en estado Activo ó Inactivo. La Administración Tributaria podrá cambiar de oficio a los contribuyentes tanto al estado activo como inactivo, de acuerdo al siguiente detalle: Estado Activo de Contribuyente: Es el estado que identifica a un contribuyente que posee actividad gravada y cumple regularmente con la presentación de sus Declaraciones Juradas. Estado Inactivo de Contribuyente: Es el estado que identifica a un contribuyente que ya no posee actividad gravada o que en forma consecutiva haya presentado Declaraciones Juradas sin movimiento, o haya dejado de presentarlas como consecuencia de su inactividad económica. XX El paso de un contribuyente de estado inactivo a estado activo podrá efectuarse de la siguiente manera: a) A solicitud del contribuyente en las oficinas de la Administración Tributaria de su Jurisdicción, mediante el proceso activación, según lo establecido en el procedimiento a ser aprobado para el efecto. b) Mediante la presentación de declaraciones juradas con movimiento, con excepción de la declaración jurada anual del impuesto sobre las utilidades. c) Esta activación automática obliga al contribuyente a la presentación de sus declaraciones juradas de todos los impuestos.
14
XX El paso de un contribuyente de estado activo a estado inactivo podrá efectuarse de la siguiente manera: a) Mediante solicitud expresa ante las oficinas de la Administración Tributaria, según lo establecido en el Procedimiento a ser aprobado para el efecto. b) Mediante la presentación de Declaraciones Juradas SIN MOVIMIENTO o no Presentación de las mismas en los plazos establecidos, para todos los impuestos mensuales o trimestrales a los cuales esté sujeto el contribuyente y durante la cantidad de períodos continuos, según el siguiente detalle: Seis (6) en el caso de impuestos mensuales. Dos (2) en el caso de impuestos trimestrales. Considerando que si el contribuyente es sujeto de un impuesto anual, deberá obligatoriamente cumplir la presentación y pago del mismo cuando corresponda, por la gestión anual en la cual dejó de tener movimiento. Debe considerarse que la Falta de presentación de Declaraciones Juradas antes de pasar al estado inactivo, implica el cobro de la Multa por Incumplimiento a Deberes Formales establecida en el Código Tributario, por los períodos precedentemente señalados. Cualquiera sea el caso, un contribuyente inactivo ya no está obligado a presentar Declaraciones Juradas por los períodos posteriores, hasta el momento en que retome su actividad”. En resumen: XX Un contribuyente inactivo no está obligado a presentar Declaraciones Juradas, desde la fecha posterior a ingresar al estado INACTIVO. XX Si un contribuyente está como ACTIVO, debe presentar sus declaraciones juradas, en caso de no hacerlo debe pagar las Multas por Incumplimiento a Deberes Formales por la no presentación de sus declaraciones juradas.
Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
DE PLANEACIÓN TRIBUTARIA A INGENIERIA TRIBUTARIA Victor Alfredo Burgoa Especialista en Gestión Financiera
C
omo Planeación Tributaria ó Planeamiento Tributario debemos entender a aquella herramienta gerencial utilizada por profesionales ligados a la tributación, cuyo objetivo primordial es estudiar las vías referentes al ahorro en el pago de impuestos, más conocido como tax planner. Existe un factor común en las definiciones existentes al respecto “el ahorro fiscal por parte de los contribuyentes”, el cual determina que exista una menor carga impositiva o su eliminación total. La planeación tributaria es normalmente solicitada por grandes empresas o corporaciones en mayor parte y eventualmente por medianos contribuyentes. En pequeños contribuyentes no se aprecia el uso de este mecanismo, bien sea porque la carga impositiva es mínima o por el desconocimiento de esta figura, ello aunado al desembolso de dinero que representaría para ellos el financiar un estudio o una asesoría relacionada con el planeamiento tributario. En la medida que el planeamiento tributario sea realizado en un estricto cumplimiento del marco legal y no signifique algún tipo de violación normati-
va o la presencia de algún ilícito, será perfectamente aceptable. La dificultad se presentaría cuando este planeamiento tenga algunas figuras elusivas o cuando se determinen maniobras que se basan exclusivamente en la simulación absoluta de las operaciones, toda vez que ello podría significar una revisión pormenorizada por parte del fisco, a efectos de determinar la verdadera fiscalidad aplicable, con la posibilidad de verificar la comisión de infracciones. BRAVO CUCCI reseña los pasos que se deben seguir para llevar a cabo un planeamiento tributario para una correcta optimización de la carga tributaria: 1. Una operación aún no realizada. 2. Un riguroso dominio que permita el análisis de las normas tributarias que aplican sobre la operación. 3. La identificación de los escenarios posibles, y el impacto tributario en cada uno de ellos. 4. Un análisis financiero de la implementación de cada escenario. 5. Un análisis de factibilidad (tiempos, trámites, posibilidad). 6. La elección de la alternativa más económica y eficiente. Marzo • Abril 2014
15
16
ELUSIÓN TRIBUTARIA Al revisar el Diccionario de la Real Academia Española para la consulta del vocablo elusión se otorga el siguiente significado: [1. f. Acción y efecto de eludir]. El Diccionario nos deriva al verbo eludir, cuyo significado es el siguiente: “(Del lat. eludĕre). 1. tr. Evitar con astucia una dificultad o una obligación. Eludir el problema. Eludir impuestos”. La elusión de impuestos, hace referencia a las conductas del contribuyente que busca evitar el pago de impuestos utilizando para ello maniobras o estrategias permitidas por la misma ley o por los vacíos de esta. La elusión no es estrictamente ilegal puesto que no se está violando ninguna ley, sino que se está aprovechando mediante una interpretación en ocasiones amañadas o caprichosas, situación que es permitida por una ley ambigua o con vacíos. La ley puede entrar en conflicto con otras normas ya existentes o pueden surgir situaciones nuevas que no estaban previstas ni reguladas. Esto último es lo que se conoce como vacío legal. Una de las maneras como se combate la elusión es; “mediante un análisis económico de los hechos, el auditor puede llegar a desentrañar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas por los agentes económicos, desconociendo la celebración de aquellos actos, contratos, etc., cuya aplicación resulta forzada. En estos casos, el mayor impuesto determinado por la administración debe ser pagado…”. En las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario, organizadas por el Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario con fecha octubre de 2008 en las islas Margarita de Venezuela, al referirse al tema “LA ELUSIÓN FISCAL Y LOS MEDIOS PARA EVITARLA”, se llegó a determinar cómo conclusiones lo siguiente: PRIMERA. La elusión es un comportamiento del obligado tributario consistente en evitar el presupuesto de cualquier obligación tributaria, o en disminuir la carga tributaria a través de un medio jurídicamente anómalo, por ejemplo: el abuso de la norma, de la forma o la vulneración de la causa típica del negocio jurídico, sin violar directamente el mandato de la regla jurídica pero sí los valores o principios del sistema tributario. SEGUNDA. La elusión constituye un comportamiento lícito y por tanto no es sancionable. Solo corresponde a la ley establecer los medios para evitarla y regular los supuestos en que procede recalificar el hecho para garantizar la justicia en la distribución de las cargas públicas”. La elusión se constituye en un mecanismo de tipo irregular cuyo propósito es utilizar la deficiencia de la norma para poder rebajar la carga impositiva. Marzo • Abril 2014
INGENIERÍA FISCAL Cuando la Planificación Fiscal Internacional adquiere su máximo grado de desarrollo, hablamos de Ingeniería Fiscal. La Ingeniería Fiscal es una estrategia cuidadosamente planificada, que tiene como finalidad evitar, demorar o reducir al máximo el pago de impuestos de una persona o empresa respetando en todo momento la legalidad vigente, este procedimiento aprovecha los vacíos legales, imprecisiones en las leyes y diferencias en las regulaciones tributarias de los diferentes países, con el fin de obtener una reducción de impuestos legal. Gracias a la globalización y los cambios en políticas económicas y financieras de las últimas décadas, la mayoría de los gobiernos y organismos económicos mundiales, entre ellos la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), han impulsado una serie de políticas encaminadas a eliminar trabas al comercio entre los países y a favorecer la libre circulación de capitales. Hoy en día el lector puede sin mayores problemas, con las limitaciones que le imponga su país de residencia, abrir una cuenta bancaria o realizar inversiones en el extranjero. Las empresas han incrementado de manera importante sus transacciones internacionales y han proliferado las compañías multinacionales. Como consecuencia, a los gobiernos de los diferentes países les cuesta cada vez más ejercer un control tributario eficiente sobre sus ciudadanos y empresas. Gran parte de las operaciones afectan a más de un país y los capitales fluyen a velocidad de vértigo de banco a banco, de un confín del mundo a otro. Las legislaciones a menudo han quedado obsoletas o sufren importantes lagunas ante la proliferación de situaciones para los que no estaban pensadas y nuevas formas de negocio que antes simplemente no existían. La falta de uniformidad entre las leyes de los países puede llevar a la paradoja de que una misma actuación puede ser ilegal en un país y sin embargo totalmente legal en otro. En este nuevo escenario cobra mayor importancia la llamada PLANIFICACIÓN FISCAL INTERNACIONAL, esta al contrario de la asesoría fiscal tradicional, no se restringe al ámbito de un país, sino que aborda las cuestiones tributarias y legales desde un punto de vista global. Se denomina Ingeniería porque, al igual que si de una obra de ingeniería se tratara, planifica y lleva a cabo proyectos de una gran complejidad y envergadura. Los “INGENIEROS FISCALES” no sólo estudian y conocen al detalle las legislaciones tributarias de los distintos Estados y Territorios, sino que aprovechan sus ventajas, ambigüedades y lagunas normativas para desarrollar estrategias fiscales que favorezcan a sus clientes. De esta manera y valiéndose entre otros de Paraísos
que en realidad se está cometiendo un delito de evasión fiscal. Es decir, no basta que los movimientos económicos que se realicen sean legales, sino también deben tener algún fin justificable. De lo contrario la administración tributaria entenderá que se están realizando con la única finalidad de evadir impuestos. Es precisamente en este punto, donde a menudo la Ingeniería Fiscal entra en un terreno pantanoso, ya que no es infrecuente que se vea forzada a “simular” la necesidad de ciertas transacciones que en realidad sólo persiguen el objetivo de reducir la carga fiscal. En cualquier caso, suele ser algo relativamente complicado de demostrar por las autoridades, ya que las operaciones se realizan en países diferentes algunos de los cuales no suelen ser muy colaboradores a la hora de facilitar información, es el caso de los paraísos fiscales, en los cuales existen estrictas leyes de confidencialidad. Como podemos ver, la línea divisoria entre la le-
gítima planificación fiscal y la evasión de capitales es muy delgada y a menudo depende de matices o interpretaciones. Los defensores de la ingeniería fiscal, afirman que cualquier persona tiene el legítimo derecho a organizar sus finanzas de la manera más favorable, siempre y cuando cumpla con la legalidad vigente. Los detractores la tachan de herramienta al servicio del capital y la acusan de acrecentar la insolidaridad y las desigualdades económicas en el mundo. A favor o en contra, no se puede negar que la ingeniería fiscal se requiere por la mayoría de las grandes multinacionales, incluidas las entidades financieras y las aseguradoras más prestigiosas, y que constituye un pilar fundamental para la marcha de la economía en su modelo actual. Fuente: Dr. Mario Alva Meteucci - Revista Actualidad Empresarial 286. Marzo • Abril 2014
IMPUESTOS
Fiscales acuerdos bilaterales y tratados de doble imposición consiguen evitar, o al menos reducir considerablemente, la cantidad de impuestos que deben pagar las personas o empresas que contratan sus servicios. Como es de imaginar, las administraciones públicas de los diferentes países intentan por todos los medios poner coto a estas prácticas. Teniendo semejanza con el juego entre gato y ratón en el que la ley, por lo general más lenta y torpe, corre detrás de algunas de las mentes más avispadas del planeta. Mientras que por un lado los legisladores tratan de tapar “resquicios legales”, por el otro los expertos en ingeniería fiscal buscan cada día vías más sofisticadas para eludir la carga tributaria. Cualquier cambio en la legislación de un país puede convertirse de práctica legal en ilegal y como consecuencia arruinar todos los esfuerzos de la planificación fiscal. Mantenerse al día en todos los temas tributarios es por tanto imprescindible. No es de extrañar que este trabajo lo realicen auténticos equipos multidisciplinares formados por asesores fiscales, abogados y expertos en administración de empresas de diferentes países. La complejidad y costo de una operación dependerá de las circunstancias particulares del contratante, especialmente de su lugar, residencia y ciudadanía. En los últimos años el espectacular desarrollo de Internet ha ayudado a acercar estos servicios al ciudadano de a pie, generalmente a través de empresas de servicios offshore (paraísos fiscales). La Ingenieria Fiscal es legal, pero debemos matizarla, en principio no hay nada ilegal en que uno organice sus finanzas de manera que la carga impositiva sea la menor posible. Es lo que se conoce popularmente como elusión fiscal. La elusión fiscal no debe confundirse con la evasión fiscal o ilícitos tributarios como se menciona en el Título IV “Ilícitos Tributarios” del Nuevo Código Tributario que por el contrario es un delito, ya que a través de ella se evita el pago de impuestos escondiendo sus ganancias. La Ingeniería Fiscal toma muy en cuenta las ambigüedades existentes en las leyes para sus actuaciones, por lo general, cuando se advierten transacciones artificiales que no tienen ninguna motivación económica u operaciones poco transparentes a través de paraísos fiscales, puede llegar a tomar medidas al considerar
17
CONTABILIDAD
TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS BIENES DE DOMINIO PRIVADO Aurelio Chura Fernández Auditor Financiero, Docente Carrera de Contaduría Pública UMSA, Ex Jefe del Departamento de Contabilidad del Ministerio de Gobierno, Ex Profesional de la Unidad de Planificación del Ministerio de Justicia actualmente Responsable de la Unidad de Presupuestos del Ministerio de la Presidencia.
P
Los bienes que pertenecen a un Estado y que no están afectados a un uso público, ya sea directo o indirecto, constituyen bienes de dominio privado
ara completar la idea general respecto al tratamiento contable de los Bienes de Dominio Público y Privado, en este número, me voy a permitir hacer un análisis del término “Bienes de Dominio Privado”, desde dos puntos de vista;
1. Consideraciones desde el punto de un criterio general En líneas generales, es importante apreciar la expresión “propiedad privada”, término que se refiere generalmente, a todos aquellos bienes, de los cuales pueden ser titulares las personas naturales y jurídicas particulares, sin embargo, esta situación no limita a que el Estado o un ente de derecho público, pueda ser titular o propietario de bienes de propiedad privada y hacer de cuenta o actuar como si fuera un particular. La expresión “propiedad privada”, se refiere normalmente a todos aquellos bienes de los que pueden ser titulares las personas naturales o jurídicas. Sin embargo, a veces el Estado o cualquier otro ente de derecho público pueden ser titular o propietario de bienes de propiedad privada y actuar como si fuera un particular. Los bienes que pertenecen a un Estado y que no están afectados a un uso público, ya sea directo o indirecto, constituyen bienes de dominio privado, es decir que no todos tienen el acceso libre como ocurría con los Bienes de Dominio Público.
2. Consideraciones desde el punto de vista normativo en Bolivia
18
La Resolución Suprema Nº222957 de 4 de marzo de 2005 “Norma Básica del Sistema de Contabilidad Integrada”, en relación a la conceptualización de los Bienes de Dominio Privado, Artículo 29 inciso a) cuyo contenido se transcribe inextenso con el fin de no distorsionar la esencia señala: “…Los Bienes de Dominio Público, están constituidos por activos materiales o inmateriales de uso de la entidad, cuyo derecho propietario esta registrado a nombre de la misma. Contribuyen a la prestación de servicios públicos. Los costos de depreciación, amortización o agotamiento registrados, se consideran para la determinación del resultado del ejercicio. Estos Activos corresponden a edificios, instalaciones, equipo y muebles, patentes, licencias, etc. Los Bienes de Dominio Privado están sujetos a depreciación, revalorización y actualización de acuerdo a disposiciones establecidas para el efecto. Marzo • Abril 2014
CONTABILIDAD
Además, integran este tipo de bienes las Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado, las mismas que a su conclusión son incorporados al Patrimonio Institucional. Mientras dura la construcción de estos bienes, no son sujetos de depreciación. Los bienes de dominio privado o institucionales entregados en concesión o explotación al sector privado, deben ser tratados contablemente de acuerdo a las clausulas contractuales establecidas…”.
TRATAMIENTO CONTABLE DE REGISTRO Los bienes de dominio privado, en cuanto a su adquisición, no requiere de mayor análisis, pero si aquellos que son construidos y/o ejecutados como ser; una escuela, un edificio para ambientes de oficina destinados al uso de la entidad, en cuyo caso para una mayor comprensión del lector describimos a continuación un caso práctico para su tratamiento contable:
a. Procedimientos en el registro contable para bienes construidos y/o ejecutados por terceros(empresas constructoras) El Municipio de El Alto, con recursos recibidos en calidad de donación de países y organismos internacionales, luego de efectuar la contratación según las Normas Básicas de Contratación de Bienes y Servicios –SABS, adjudica a una empresa constructora que será la encargada de ejecutar la construcción de un Hospital de 2º nivel. Según contrato suscrito que en su parte relacionada al monto y forma de pago establece: Bs Construcción de la obra
5.000.000
Supervisión
1.000.000
Costo Total
6.000.000
Condiciones generales para los registros:
1. El 100% proviene de donación en efectivo 2. Con los recursos recibidos, se desembolsa el 20% de anticipo a la empresa constructora y supervisor. 3. Se cancela las planillas de avance de obras y supervisión como sigue:: XX 1º Planilla 40% XX 2º Planilla 60 Nota 1: Por razones de facilitar su comprensión en los asientos modelos, se omitirá, la aplicación del ciclo normal en la presentación de las Planillas de avance de obras y supervisión que generalmente es tediosa por lo monótono. Nota 2: Se aplicaran partidas y códigos contables que surgen de los Clasificadores Presupuestarios y las Matrices de Conversión desarrollados por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas. En la práctica el registro contable surge de forma automática producto de la aplicación de un C-21 (Comprobante de Ingreso) y C-31 (Comprobante de Gasto), ambos presupuestarios, para una mejor comprensión de la secuencia, los valores hipotéticos referidos anteriormente, según el Clasificador Presupuestario, se traducirán en los recursos recibidos para la construcción como la supervisión en términos de Rubros para los Ingresos y Partidas para los Gastos, debiendo comprender el lector que el término rubro y partida, se debe asimilar como una cuenta que identifica el movimiento en el presupuesto por partida simple, aspecto que será expuesto en el formato del comprobante de registro patrimonial y/o contable. A continuación, se muestra el presupuesto del Recursos (Ingresos) como del Gasto expresadas en Rubros y Partidas, para cumplir con el objetivo de construir el bien: PRESUPUESTO DE RECURSOS (INGRESOS) Rubro
Descripción
Importe
22200*
Donaciones de Capital del Exterior
22220*
De Países y Organismos Internacionales
22211*
Monetizable
6.000.000
TOTAL PRESUPUESTO
6.000.000
Marzo • Abril 2014
19
CONTABILIDAD
PRESUPUESTO DE GASTOS Partida
Descripción
Importe
42230*
Otras Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
5.000.000
42240*
Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
1.000.000
TOTAL PRESUPUESTO
6.000.000
*Obtenida del Clasificador presupuestario 2014, emitida por el Ministerio Economía y Finanzas Publicas (Órgano Rector).
1. RECEPCIÓN DEL DESEMBOLSO DEL ORGANISMO FINANCIADOR CODIGO Contable
Descripción
Rubro
11123**
Abono
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
22221 31130**
Monetizable
PATRIMONIAL
PPTO.
Debe
Haber
6.000.000
6.000.000
Transferencias y Donaciones de Capital
Resumen: Por el desembolso del 100% de recursos según convenio suscrito.
SUMAS IGUALES
6.000.000
6.000.000
6.000.000
** Las cuentas patrimoniales o contables fueron obtenidas del Plan Único de Cuentas diseñada por el Órgano Rector y combinadas con las matrices de conversión, tanto para recursos como para gastos.
2. DESEMBOLSO DEL ANTICIPO Según el planteamiento hipotético, se considera un desembolso del 20% de adelanto, tanto a la constructora como al supervisor y se tienen los siguientes registros contables: Desembolso a la empresa constructora CÓDIGO Contable
Partida
PATRIMONIAL
PPTO.
Descripción
Cargo
Debe
Haber
11370
Anticipo a Corto Plazo
1.000.000
11123
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
1.000.000
Resumen: Por el desembolso del 20% de anticipo a la empresa constructora.
SUMAS IGUALES
1.000.000
1.000.000
Desembolso al supervisor CÓDIGO
PATRIMONIAL
PPTO.
Descripción
Cargo
Contable
Partida
Debe
Haber
11370
Anticipo a Corto Plazo
200.000
11123
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
200.000
Resumen: Por el desembolso del 20% de anticipo al supervisor de obras.
SUMAS IGUALES
200.000
200.000
3. DESEMBOLSO A LA PRESENTACIÓN DE LAS PLANILLA 1 Y 2 DE AVANCE DE OBRA Primera Planilla de Avance de Obras CÓDIGO
20
Contable
Partida
12300
Descripción Activos Fijos (Bienes de Uso)
12350
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado
12353
Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado
Otras Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
42230
11300
Exigible a Corto Plazo
11370
Anticipos a Corto Plazo
11100
Disponible
Marzo • Abril 2014
PATRIMONIAL
PPTO. Cargo
Debe
Haber
2.000.000
2.000.000
400.000
Descripción
CONTABILIDAD
CÓDIGO
PATRIMONIAL
PPTO. Cargo
Contable
Partida
Debe
Haber
11123
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
1.600.000
Resumen: Por el desembolso del 40% s/g Planilla Nº 1 y el descuento de la cuota parte del anticipo.
SUMAS IGUALES
2.000.000
2.000.000
Primera Planilla de Supervisión CÓDIGO Contable
Partida
12300
12350
Descripción
PATRIMONIAL
PPTO. Cargo
Activos Fijos (Bienes de Uso)
Debe
Haber
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado
12354
42240
11300
Supervisión de Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
400.000 400.000
Exigible a Corto Plazo
11370
Anticipos a Corto Plazo
11100
Disponible
11123
80.000
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
320.000
Resumen: Por el desembolso del 40% s/g Planilla Nº 1 y el descuento de la cuota parte del anticipo.
SUMAS IGUALES
400.000
400.000
Segunda Planilla de Avance de Obras CODIGO Contable
Partida
12300
Descripción
Cargo
Activos Fijos (Bienes de Uso)
12350
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado
12353
Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado
Otras Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
42230
11300
Exigible a Corto Plazo
11370
Anticipos a Corto Plazo
11100
PATRIMONIAL
PPTO.
Debe
Haber
3.000.000
3.000.000
600.000
Disponible
11123
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
2.400.000
Resumen: Por el desembolso del 40% s/g Planilla Nº 1 y el descuento de la cuota parte del anticipo.
SUMAS IGUALES
3.000.000
3.000.000
Segunda Planilla de Supervisión CÓDIGO Contable
Partida
12300
12350
Activos Fijos (Bienes de Uso)
PATRIMONIAL
PPTO. Cargo
Debe
Haber
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado
12354
Descripción
42240
Supervisión de Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado
11300
Exigible a Corto Plazo
11370
Anticipos a Corto Plazo
11100
Disponible
600.000 600.000
120.000
11123
Cuentas Fiscales en el BCB M/E
480.000
Resumen: Por el desembolso del 40% s/g Planilla Nº 1 y el descuento de la cuota parte del anticipo.
SUMAS IGUALES
600.000
600.000
Marzo • Abril 2014
21
CONTABILIDAD
4. REGISTROS POR LA CONCLUSIÓN DE LA OBRA Y LA RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA REFLEJANDO LA EXISTENCIA DEL BIEN CON CRÉDITO A LAS CONSTRUCCIONES EN PROCESO Activación de los costos en proceso a su conclusión CÓDIGO Contable
Partida
12000
PATRIMONIAL
PPTO.
Descripción
Cargo
Debe
Haber
Activo No Corriente
12300
12310
Activos Fijos (Bienes de Uso)
Activo Fijo en Operación
12311
Edificios
12350 12353
5.000.000
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado Resumen: Registro por la activación del bien a la recepción de la obra. SUMAS IGUALES
5.000.000
5.000.000
5.000.000
Activación de los costos de supervisión con cargo al valor del bien CÓDIGO Contable 12000
PATRIMONIAL
PPTO.
Descripción
Partida
Cargo
Debe
Haber
Activo No Corriente
12300
12310
Activo Fijo en Operación
12311
Edificios
12350 12354
Activos Fijos (Bienes de Uso) 1.000.000
Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Privado Supervisión de Construcciones y Mejoras de Otros Bienes de Dominio Privado Resumen: Registro por la activación del bien a la recepción de la obra. SUMAS IGUALES
1.000.000
1.000.000
1.000.000
5. REGULARIZACIÓN DEL PATRIMONIO A diferencia de los Bienes de Dominio Público, cuyo registro a su conclusión eran reconocidos en cuentas de orden, los de Dominio Privado, son considerados como parte del Patrimonio de la Institución. Asiento por la capitalización del bien que fue concluida CÓDIGO Contable
22
Descripción
Partida
31000
Patrimonio Institucional
31130
Transferencias y Donaciones de Capital
31110
Capital Institucional
PPTO.
PATRIMONIAL
Cargo
Debe
Haber
6.000.000
6.000.000
Resumen: Registro por la incorporación del valor del bien con abono al capital de la institución.
SUMAS IGUALES
6.000.000
6.000.000
A diferencia de los Bienes de Dominio Público, cuyo registro a su conclusión eran reconocidos en cuentas de orden, los de Dominio Privado, son considerados como parte del Patrimonio de la Institución. Marzo • Abril 2014
VARIOS
BIBLIOTECA ESPECIALIZADA AUDITORIA I
AUDITORIA FINANCIERA
Después de siete años el autor considero realizar la actualización del libro de Auditoria I, la presente obra incluye modificaciones teóricas conceptuales para todo el proceso de auditoría, que resulta de una mejor comprensión práctica de sus experiencias obtenidas como docente en la Universidad Mayor de San Simón.
(CON NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES)
El libro propone mantener la bibliografía actualizada y más aun de hacerla comprensiva y sencilla en 323 páginas, orienta en forma breve sobre procedimientos a utilizar en una auditoría financiera, siendo un instrumento de estudio y análisis para estudiantes de universidades e interesados.
Jimmy R.Lafuente Aranibar Editoria Sabiduría & Cultura Primera Edición 2013 Cochabamba - Bolivia
El objetivo principal del libro, es el de orientar, sobre los procedimientos a utilizarse en el proceso de auditoría, contiene 22 capítulos referidos a; aspectos generales de la auditoria, clasificación y tipos de auditoría, firmas y normas de contratación de servicios de auditoría, código de ética del contador profesional para trabajos de auditoría, normas de contabilidad y de auditoría para el sector privado, NAGAs en Bolivia, NIAs, estados financieros objeto de auditoría financiera, documentación y papales de trabajo, evidencia, procedimientos y programas de auditoría, proceso de auditoría financiera, identificación y evaluación de riesgos de auditoría, consideración de fraude y error en la auditoría financiera, evaluación de sistemas de control interno, identificación y evaluación de riesgos y respuestas a los riesgos determinados, fase de ejecución y fase de conclusión y comunicación de resultados. Juan Carlos Rocha Claros Primera Edición Año 2013 Editorial Sabiduría y Cultura Cochabamba - Bolivia
FUNDAMENTOS DE LA TRIBUTACIÓN
FLUJO DE EFECTIVO
El libro pone a disposición una herramienta que pretende ser la base para toda persona que desee profundizar el estudio en tributación en general y a la vez proporcionar información relevante al alcance, liquidación y forma de pago de los impuestos en Bolivia
El contenido del libro es una respuesta a las interrogantes planteadas para la elaboración del Estado de Flujo de Efectivo preparado conforme a la Norma Internacional de Contabilidad Nº 7 del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad – IASB.
Al abordar las diferentes modalidades de tributación existentes, el lector identificará las aplicadas en el Sistema Tributario Boliviano y podrá ejecutar un análisis de la eficacia en cuanto a la recaudación lograda y a su simplicidad considerando las características socio económicas de nuestro país.
Contiene casos ilustrados y resueltos así como autoevaluaciones que servirá al lector a orientarlo etapa a etapa, bajo un sistema práctico y pedagógico.
José Luis LaFuente Terceros Latinas Editores Primera Edición Octubre 2008 Oruro - Bolivia
Ramiro Mendoza Cáceres Editorial Imprenta Graficolor Primera Edición Junio 2013 La Paz-Bolivia
23
Marzo • Abril 2014
LUIS EDUARDO ZÚÑIGA TORREZ
LAS LECCIONES DE
ENTREVISTA
24
...existen muchos jóvenes que por falta de recursos económicos no logran capacitarse.
¿Cual la visión de vida de Luis Zuñiga? Lo que persigo desde que ejercí nuestra profesión es buscar un cambio en la enseñanza profesional en contabilidad y auditoría en nuestro país, estoy seguro que ya es hora de jerarquizar la profesión y esa es una de mis visiones de vida, formar parte del equipo del cambio, así como trascender las fronteras de Bolivia como profesional.
¿Porque capacitar de forma gratuita? Siguiendo los pasos de personajes de talla internacional y como parte de la búsqueda del cambio en la profesión, es que veo a la capacitación como un medio para lograr este objetivo y dado que existen muchos jóvenes que por falta de recursos económicos no logran capacitarse, es que se pensé en ese proyecto con la colaboración de profesionales destacados en la Región Latinoamericana e Iberoamericana.
¿Cuánto tiempo lleva en el training de capacitar? Marzo • Abril 2014
Desde la gestión 2010 fue que comencé con esta linda experiencia de transmitir lo poco que conozco, y la satisfacción de sentir que se pudo contribuir con algunos colegas en su trabajo cotidiano, esa es mi mayor motivación para seguir con esta línea de capacitación, así como lograr la motivación de los jóvenes estudiantes para adorar y amar a la profesión (la nuestra) que están siguiendo.
¿Hasta la fecha en que lugares y en cuantos seminarios y talleres ha participado como expositor? La verdad ya perdí la cuenta, pero llegue a dar cursos en todos los departamentos a excepción de Pando tanto en colegios de profesionales como en instituciones de educación superior y lo satisfactorio es que este año ya empezamos a incursionar fuera de nuestro país, tengo dos invitaciones para participar en Congresos Internacionales en Ecuador para Octubre y en Perú con fecha a definir.
¿Que anécdotas nos podría comentar de sus experiencias en capacitación? Hay varias, pero hay algunas que marcaron mi trayectoria, como por ejemplo; la vez que terminé de presentar un trabajo de investigación en un Taller Internacional organizado por el Colegio de Auditores de Oruro, se me acerco una autoridad del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital de Oruro para solicitarme que se capacite a esa institución, fue lo más satisfactorio en mi carrera.
¿Que espera de los jóvenes que deciden estudiar carreras relacionados al área financiera? Lo único que espero y trato de inspirar en ellos es la pasión y amor que deben entregar, al momento de realizar sus actividades en el área, de esa forma no se convertirá en un trabajo sino en una satisfacción y deleite al cumplir las tareas inherentes a la carrera, dejar de ser “autómatas” y ser profesionales “analíticos”.
¿Usted cómo ve la aplicación de las normativas tributarias en nuestro país? La verdad se volvió en una gran mayoría en un mero cumplimiento “automático” de la misma, sin darle la importancia al momento de analizar las situaciones y circunstancias de las transacciones o cumplimiento al momento de ejecutarlas.
¿Como se ha ido relacionando con pares del exterior y que experiencias le han transmitido? Ese fue el punto de quiebre que cambio mi perspectiva profesional, compartir ideales con profe-
sionales de renombre internacional me contagio y re-avivó el entusiasmo de cambiar la profesión en nuestro país, dejando de lado el egoísmo, egocentrismo y otros defectos que impiden la colaboración entre los profesionales.
¿Luis como ha sido el proceso de acreditación para capacitar en NIIFs? Desde que se empezó el proceso de “Convergencia de las NIIF en Bolivia” era uno de los jóvenes profesionales que estaba muy entusiasmado y buscaba esa acreditación que lamentablemente fue muy restringida en esas épocas; hasta que al fin en la gestión pasada pude Certificarme en Normas Internacionales de Información Financiera del Colegio de Auditores de Bolivia. Logre la acreditación como Instructor de la Certificación Internacional de NIIF – ACCA 2014 (The Association of Chatered Certified Accountants - Asociación de Contadores Públicos Certificados con sede en Londres) en el Ecuador. El estudio de las NIIF, requiere estudio y actualización día a día, ya que cambian y se modifican con mucha regularidad.
¿Cual el proceso para ser CEO de la firma ARISTA? Fue un proceso de bastante estudio y trabajo desde el 2010 solo para poder llegar a compartir escenario con profesionales que tienen la firma a nivel Latinoamérica, y al momento de compartir ideas y proyectos es que coincidimos en muchos aspectos como si nos conociéramos de toda la vida, motivo por el cual realizamos en pacto de llevar ARISTA BOLIVIA adelante. Uno de los máximos representantes regionales Alexei Estrella Morales forma parte del IASB y tiene material de primera mano, incluso antes que sean publicadas las modificaciones o nuevas NIIF, que nos proporcionan para dar nuestro comentario al respecto, tal el caso de la NIIF 15 que ya contamos con ella y que recién será publicada en mayo de este año; además con su nuevo nombramiento en el SMEIG del IASB tendremos las NIIF-PYMEs de primera mano.
¿Como consigue la representación para Bolivia? Debido a la necesidad de jerarquizar la profesión en Bolivia, es que busque desde hace mucho tiempo a un ente de talla internacional, que encontré en ARISTA Co y justo con profesionales que comparten muchas por no decir todas mis inquietudes, pero ellos con la experiencia de llevar adelante estos procesos en países como Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, ahora en Bolivia, y todo con un alto compromiso profesional y principalmente personal, porque no solo basta ser un referente profesional, sino que también un profesional altos principios y valores personales. Marzo • Abril 2014
25
¿En su criterio, para la aplicación de NIIFs en Bolivia quienes deberían ser los actores más importantes? Los principales actores no serán precisamente los profesionales del área contable, sino más que todo los entes de control y fiscalización del estado, así como los propietarios, gerentes, administradores, socios, etc. de las empresas que deben tomar conciencia de la importancia de contar con EEFF para toma de decisiones y no solo para realizar cumplimiento de impuestos.
¿Hasta la fecha cuantas publicaciones ha efectuado, nos podría describir las más recientes? Como columnista he realizó artículos para muchas guías de colegios de profesionales, la última fue en la publicación del Colegio de Contadores de Bolivia. Sacamos algunas guías del área, como la “Oficina Virtual”, “Guía paso a paso D-CLARO” que se publicaron y en proceso de concluir una guía que está durmiendo desde el 2011 “El XYZ de Bancarización”.
26
Marzo • Abril 2014
¿En qué proyectos actualmente participa y cual el objetivo de su participación? Actualmente estamos trabajando en el proceso de Certificación Internacional de la ACCA en Bolivia. Es una certificación a nivel mundial, los profesionales que se encuentran certificados por la ACCA están avalados tanto en Bolivia como en Europa, Asia u otra parte del mundo. Soy parte del equipo de instructores y representante de certificación en Bolivia, ya que Arista es el CB-Centre autorizado en Sud América. Estamos analizando una propuesta e invitación para especializar a estudiantes en temas contables con el auspicio de una fundación.
¿Como se ve de aquí a un futuro muy cercano como profesional consagrado? Al lado de profesionales de renombre como Alexei Estrella Morales, Nancy Aragón, Luis Alemán, Luis Chávez, Mario Hansen-Holm, José Javier Jiménez Cano, Ángel María Fierro y muchos otros actores trascendentales internacionalmente en el área contable. Así como parte del equipo, que lideré el proceso de adopción de las NIIF en nuestro país por mérito propio.
CONTABILIDAD
ESTADOS FINANCIEROS DE ORGANIZACIONES NO LUCRATIVAS Johnny Zenteno Cordero Auditor Financiero, Especialista en Organizaciones no Lucrativas
No existe uniformidad alguna en la preparación de Estados Financieros para Organizaciones No Lucrativas
A
ctualmente las organizaciones no lucrativas proporcionan estados financieros que difieren en forma y contenido. Algunas organizaciones informan su Posición Financiera y un Estado de Actividades (estado de ingresos y gastos) como un todo. Otras organizaciones proporcionan estados financieros que informan la Posición Financiera y Cambios en la Posición Financiera por grupos individuales de fondos. Algunas organizaciones no lucrativas reportan información sobre Flujo de Efectivo, pero la mayoría no lo hacen. Otras organizaciones solo reportan un Estado de Gastos por Clasificación Funcional y por Clasificación Natural. En resumen no existe uniformidad alguna en la preparación de Estados Financieros para Organizaciones No Lucrativas. La Declaración del FASB 117, establece Normas para Elaboración de Estados Financieros para Organizaciones No Lucrativas. Propone la elaboración de un Estado de Posición Financiera (Balance General), un Estado de Actividades (Estado de Resultados) y un Estado de Flujo de Efectivo.
NORMAS DE CONTABILIDAD E INFORMACION FINANCIERA El propósito principal de los estados financieros es proporcionar información relevante para satisfacer los intereses comunes de Donadores, Miembros, Acreedores y Otros que proporcionen recursos a organizaciones no lucrativas, que permitan evaluar: a) Los servicios que proporciona la organización. b) Como descargan los gerentes y/o directores ejecutivos sus responsabilidades de administración y desempeño. Los Estados Financieros y las Notas respectivas deben proporcionar información sobre: a) Monto y naturaleza de los activos, pasivos, y activos netos (patrimonio).
b) Efectos de transacciones y otros sucesos y circunstancias que cambien el monto y naturaleza de los activos netos. c) Montos y tipos de flujos de entrada y salida de recursos económicos y la relación entre sí. d) Como obtiene y gasta el efectivo, sus préstamos y otros factores que afectan su liquidez. e) Los esfuerzos de servicio de una organización. Un juego completo de estados financieros de una organización no lucrativa deberá incluir un estado de posición financiera al final del periodo que se informa, un estado de actividades y un estado de flujo de efectivo por el periodo que se informa y las notas que acompañan a los estados financieros
ESTADO DE POSICION FINANCIERA El propósito principal de un estado de posición financiera es proporcionar información relevante sobre los activos, pasivos y activos netos de una organización y sobre sus relaciones entre sí en un momento del tiempo. Proporciona información sobre: a) Capacidad de seguir proporcionando servicios b) Liquidez, flexibilidad financiera, capacidad de cumplir obligaciones y necesidades de financiamiento. Un Estado de Posición Financiera deberá enfocarse en la organización como un todo y deberá informar los montos de sus activos, pasivos y activos netos totales.
Clasificación de Activos Netos como Restringidos por el donador o No Restringidos Un Estado de Posición Financiera deberá informar los montos por cada una de las tres clases de Activos Netos; Activos Netos Permanentemente Restringidos, Activos Netos Temporalmente Restringidos y Activos Netos No Restringidos con base en la existencia o ausencia de restricciones impuestas por el donador. Marzo • Abril 2014
27
CONTABILIDAD
Deberá proporcionar información sobre la naturaleza y montos de diferentes tipos de restricciones permanentes o restricciones temporales. Restricciones Permanentes para tenencia de: a) Activos donados con estipulaciones de que se usen para un fin específico, se conserven y no se vendan. b) Activos donados con estipulaciones de que se inviertan para proporcionar una fuente permanente de ingreso, estos últimos son resultado de donativos y legados que crean fondos de ayuda permanentes. Restricciones Temporales para: a) Apoyo de actividades de operación particulares. b) Inversión por un término especificado. c) Uso en un periodo futuro especificado, d) Adquisición de activos de larga vida. Las restricciones temporales de los donadores pueden requerir que los recursos se usen en un periodo posterior o después de una fecha especificada (restricciones de tiempo) o que los recursos se usen para un propósito especificado (restricciones de propósito) o ambas. Los Activos Netos No Restringidos generalmente son resultado de ingresos por prestar servicios, producir y entregar mercancías, recibir contribuciones no restringidas y recibir dividendos o interés por invertir en activos que producen ingresos, menos gastos incurridos al prestar servicios, producir y entregar mercancías, recaudar contribuciones y desempeñar funciones administrativas. Estado de Posición Financiera (Balance General), destaca la clasificación del Activo Neto.
ESTADO DE ACTIVIDADES
28
Deberá proporcionar información relevante sobre: a) Efectos de transacciones y otros sucesos o circunstancias que cambian el monto. b) Naturaleza de los activos netos. c) Relaciones de esas transacciones y otros sucesos y circunstancias entre sí. d) Como se usan los recursos de la organización para proporcionar diversos programas o servicios. Deberá proporcionar información que permita: 1. Evaluar el desempeño de la organización durante un periodo. 2. Evaluar los esfuerzos de servicio de una organización y su capacidad para seguir proporcionando servicios. 3. Evaluar cómo han descargado los gerentes sus responsabilidades de administración y desempeño. Una organización No Lucrativa deberá preparar el Estado de Actividades como un todo y deberá inMarzo • Abril 2014
formar el monto del cambio en activos netos por el periodo. El cambio en activos netos deberá relacionarse con el capital de activos netos informados en el Estado de Posición Financiera.
Cambios en Clases de Activos Netos Un Estado de Actividades deberá informar el monto del cambio en activos netos permanentemente restringidos, y activos netos temporalmente restringidos, y activos netos no restringidos del periodo. Las terminaciones de restricciones impuestas por el donador, que simultáneamente incrementan una clase de activos y disminuyen otra (reclasificaciones) deberán informarse como partidas separadas.
Clasificación de Ingresos, Gastos, Ganancias (Superávit) y Pérdidas(Déficit) Los ingresos deben informarse como incrementos en activos netos no restringidos a menos que el uso de los activos recibidos sea limitado por restricciones impuestas por el donador. Un estado de actividades deberá informar los gastos como disminuciones en Activos Netos No Restringidos. De acuerdo con la Declaración de FASB No. 117, contabilización de contribuciones recibidas y contribuciones hechas, en ausencia de una estipulación explícita del donador o de circunstancias que rodeen el recibo de la contribución que dejen claro la restricción implícita del donador sobre el uso, las contribuciones se informan como ingresos o ganancias no restringidos (apoyo no restringido), que incrementan los activos netos no restringidos. Las contribuciones restringidas por el donador se informan como ingresos o ganancias restringidas (apoyo restringido), que incrementan los activos netos temporalmente restringidos o los activos netos permanentemente restringidos dependiendo del tipo de transacción. Sin embargo, las contribuciones restringidas por el donador cuyas restricciones se cumplan en el mismo periodo en que se informan pueden informarse como apoyo no restringido siempre que una organización informe de manera consistente de periodo a periodo y revele su política contable. El Estado de Actividades deberá informar ganancias y pérdidas reconocidas sobre inversiones y otros activos (o pasivos) como incrementos o reducciones en activos netos no restringidos a menos que su uso sea temporal o permanentemente restringido por estipulaciones explícitas del donador o por ley. Clasificar ingresos, gastos, ganancias y pérdidas dentro de clases de activos netos no excluye incorporar clasificaciones adicionales dentro de un estado de actividades. Pudiendo clasificar partidas como de operación y no de operación, disponibles y no dispo-
La FASB 117 ni recomienda ni deja de recomendar esas clasificaciones adicionales. Información sobre montos brutos de ingresos y gastos Para ayudar a explicar las relaciones de las operaciones y actividades continuas principales o centrales de una organización no lucrativa, un estado de actividades deberá informar los montos brutos de ingresos y gastos. Un estado de actividades puede informar ganancias y pérdidas como montos netos si son resultado de transacciones periféricas o incidentales o de otros sucesos y circunstancias.
Información sobre los esfuerzos de servicio de una organización Para ayudar a los donadores, acreedores, y otros a evaluar los esfuerzos de servicio y como usa sus recursos, un estado de actividades o notas a los estados financieros deberán proporcionar información sobre los gastos informados por su clasificación funcional tales como principales de servicios del programa y actividades de apoyo. Estado de Actividades donde destaca la integración de los ingresos, costos y gastos por tipo de contribuciones recibidas.
CONTABILIDAD
nibles, devengadas o no devengadas, recurrentes y no recurrentes o en otras maneras.
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO El propósito principal de un estado de flujos de efectivo es proporcionar información relevante sobre las recepciones y pagos de efectivo de una organización durante un periodo.
LIMITACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS a) Los ingresos por venta de productos o por servicios prestados pueden estar proporcionados a precios de venta menores a su costo o sin cargo alguno y por tanto, los ingresos pueden no ser medidas apropiadas de desarrollo en el mercado. b) Las contribuciones y donaciones recibidas por el ente no lucrativo no compensan necesariamente a los ingresos para concluir medidas de eficiencia. c) Los costos y gastos de los entes no lucrativos pueden incluir servicios de voluntarios no d) incluidos en las cifras de los estados financieros. e) Por estas razones para que el usuario pueda evaluar la eficiencia y efectividad de los servicios de los entes económicos no lucrativos, a la información financiera de los estados financieros, debe agregarse información no financiera, estadística y narrativa, que pueda permitir al usuario formarse un juicio apropiado de los objetivos logrados por el ente.
29
Marzo • Abril 2014
Seguridad Laboral y Previsión Sociál
CONSULTORES EN EL SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES-SIP Avelyna Ayca Castro Auditor Financiero, Consultor Independiente
L
30
os consultores se encuentran obligados a contribuir como asegurado independiente pagando el aporte del asegurado, aporte solidario, prima de riesgo común, prima de riesgo laboral y la comisión estas deben ser deducidas del total mensual en caso de consultores de línea. Los consultores por producto las contribuciones descritas se realizaran mensualmente sobre el importe resultante de dividir el monto total del contrato entre la duración del mismo, es lo que establece el Art 101 de la Ley 065 El Articulo 1 del Decreto Supremo Nº 778 de 26 de enero de 2011, establece que: Se incluye el inciso o) en el Artículo 40 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Bá-
sicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, con el siguiente texto: “o) Contratar personas jurídicas que efectúen trabajos de Consultoría por Producto que adeuden al Sistema Integral de Pensiones, para lo cual al momento de la firma del contrato, deberán exigir la certificación de no adeudo establecida en el Artículo 100 de la Ley Nº 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones.” La Resolución Administrativa APS/DPC/DJ/ Nº362-2012 de 23noviembre de 2011, complementa las disposiciones establecidas anteriormente sobre los Procedimientos para Consultores, Consultores por Producto y Consultores de Línea a seguir al SIP emitida por la Autoridad de Fiscali-
El Contratante tiene la obligación de exigir al Consultor la presentación del Pago de Contribuciones antes de efectuar los pagos al Consultor
Marzo • Abril 2014
COTIZACIÓN DEL CONSULTOR (Art. SEGUNDO) Para ser considerado como consultor en el SIP, este deberá cumplir con las siguientes características de manera conjunta: a) Ser persona natural b) Que su contratante sea una persona Jurídica c) Tener suscrito un Contrato de prestación de Servicios de Consultoría d) La retribución del contrato de prestación de Consultoría no sea por Comisión e) El total o ingreso cotizable sea igual o superior a un Salario Mínimo Nacional, vigente a la fecha de pago f) La duración del Contrato de prestación de Servicios de Consultoría sea igual o mayor a treinta (30) días calendario y trabaje por un tiempo igual o mayor a veinte(20) días, para tal caso se debe considerara como día trabajado por al menos ocho(8) horas continuas o discontinuas Para el Sector Público, para ser considerado Consultor de Línea ó Consultor por Producto, deben cumplir lo establecido en los incisos a),e) y f), y prestar servicios conforme lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración y Servicios. El contratante se encuentra en la obligación de registrar a la Administradora de Fondos de Pensiones el inicio, ampliación o conclusión de los Contratos de Consultoría, cuando durante la vigencia del contrato de consultoría exista un mes por el cual se trabaje por un tiempo igual o mayor a veinte (20) días. XX Ejemplo Uno: Una entidad pública luego de efectuar los procedimientos de contratación según establece el D.S. 181, firma contrato de consultoría por 31 días trabajados como sigue: Fecha de inicio del Contrato: 15 de junio de 2013 Fecha de conclusión de Contrato: 15 de julio de 2013 Días Trabajados: 16 días Junio 15 días Julio ¿Está obligado el Consultor a aportar y el Contratante a registrarlo? Respuesta: El Consultor no está obligado a aportar porque su aporte es menor a 20 días en cada mes y el Contratante tampoco está obligado a registrar al Consultor. XX Ejemplo Dos: Una entidad pública luego de efectuar los procedimientos de contratación según establece el D.S. 181, firma contrato de consultoría por 47 días trabajados como sigue:
Fecha de inicio del Contrato: 15 de junio de 2013 Fecha de conclusión de Contrato: 31 de julio de 2013 Días Trabajados: 16 días Junio 31 días Julio ¿Está obligado el Consultor a aportar y el Contratante a registrarlo? Respuesta: El Consultor no está obligado a aportar por el mes de Junio, pero sí debe aportar por el mes de Julio. El Contratante se encuentra en la obligación de registrar al Consultor por el periodo de cotización de Julio 2013.
Seguridad Laboral y Previsión Sociál
zación y Control de Pensiones y Seguros- APS, estableciendo lo siguiente:
AGENTES DE RETENCIÓN (Art. TERCERO) Las Entidades Públicas que contraten Consultores de Línea o Consultores por Producto y el Sector Privado que contraten consultores podrán optar con las siguientes opciones: a) Actuar como Agente de Retención y Pago b) Exigir el comprobante de pago de Contribuciones antes de realizar los pagos de acuerdo a Contrato de Consultoría El Contratante que decida ser agente de retención deberá ser por el tiempo de Vigencia del Contrato de Prestación de Servicios de Consultoría OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE (Art. CUARTO) El Contratante se encuentra en la obligación de registrar en la Administradora de Fondo de Pensiones- AFP correspondiente, a través del Formulario de Registro de Consultores- FRC, el inicio, ampliación o conclusión de los Contratos de prestación de Servicios de Consultoría, hasta el último día hábil del siguiente mes del reporte. PLAZO DE CONTRIBUCIONES (Art. QUINTO) Las contribuciones realizada por un Consultor de Línea, Consultor por Producto o Consultor a través de un Agente de Retención, deberá efectuarse como máximo hasta el último día hábil del mes siguiente de devengado el salario. Ejemplo: Periodo Trabajado: 01 al 31 de Julio de 2013 Plazo para el Pago de Contribuciones: 31 de Agosto de 2013 Las contribuciones realizadas por un Consultor de Línea, Consultor por Producto o Consultor, que lo efectúen directamente a la AFP, deberá cancelar antes de la fecha de pago del Contrato de Consultoría El Contratante tiene la obligación de exigir al Consultor, la presentación del Pago de Contribuciones antes de efectuar los pagos al Consultor según lo establecidos en Contratos de prestación de Servicios de Consultoría, en cumplimiento al inciso b)parágrafo III, articulo 8 del Decreto Supremo Nº 778. Marzo • Abril 2014
31
AUDITORÍA
“EVALUANDO A LOS DIOSES DEL OLIMPO” La función del comité de evaluación y compensación Ángel Contreras Moreno Socio de Global Practice International y presidente del Instituto Mexicano de Mejores Prácticas Corporativas, A.C.
¿Gobierno corporativo y recursos humanos? Quizá es una mezcla que puede parecer poco común, pero que tiene gran relevancia en la empresa.
E 32
l prototipo de empresa moderna es uno de compromiso, pues asume su responsabilidad con su entorno, con su sociedad y con las personas que dependen de su continuidad. Lo anterior se logra a través de la consolidación de una administración transparente y equitativa, alineada a los intereses de sus accionistas. La aportación del gobierno corporativo, en relación con el desarrollo sustentable de las
Marzo • Abril 2014
empresas, se logra potenciando al consejo de administración como figura promotora de principios fundamentales, como son: la equidad, la honestidad, la solidaridad y la justicia. El gobierno corporativo contribuye a la transparencia, la productividad, la competitividad y la integridad de las instituciones. Como parte de la fórmula para consolidar la gobernabilidad corporativa en México, el Consejo Coor-
XX Finanzas y planeación. XX Auditoría. XX Evaluación y compensación. Este último rubro es el menos adoptado por las empresas en México; sin embargo, sus aportaciones son de gran trascendencia para la organización, pues fortalecen su filosofía corporativa al promover los principios éticos, la competitividad y la responsabilidad social. Labores en la mira La responsabilidad del comité de evaluación y compensación será la de analizar y presentar al consejo de administración, para su aprobación, los siguientes aspectos:
Consejos para un comité eficiente Para el buen funcionamiento de este comité, recomiendo atender los principales aspectos operativos: XX Para evitar conflictos de interés, es preferible que no participen en él consejeros relacionados, es decir, funcionarios de la empresa. XX Que el periodo de la sesión sea mensual en una etapa inicial y, conforme se atiendan sus encargos, se conviertan en reuniones bimestrales. XX Elaborar una agenda que contemple el calendario en el que se atenderán cada una de las responsabilidades. XX Presentar un informe formal al consejo de administración con los aspectos evaluados en el periodo, para obtener la aprobación del consejo en pleno. XX Establecer un canal estrecho de comunicación entre el comité de evaluación y compensación con la dirección de recursos humanos, para ejecutar las acciones planteadas a este órgano. XX El director de recursos humanos y el comité podrán apoyarse en asesores independientes y especialistas para temas como: reclutamiento y selección de altos directivos, definición de planes de evaluación, mediciones de clima laboral y planes de compensación, así como para desarrollar los planes de capacitación de los altos directivos y para resolver el problema de la sucesión.
Las aportaciones del comité fortalecen la filosofía corporativa al promover principios éticos, la competitividad y la responsabilidad social.
XX Las adecuadas políticas de recursos humanos y compensaciones, que sean razonables y existan de acuerdo a los mejores intereses de la sociedad. XX Los criterios para designar, remover, evaluar y compensar al director general y a los funcionarios de alto nivel, incluyendo los pagos y protocolos de separación. XX Los criterios para la compensación de los consejeros. XX La propuesta del director general sobre la estructura y los criterios de compensación del personal. 1
XX La consideración de la sociedad como ente socialmente responsable, así como las actividades por realizar y los costos implícitos en estos programas. XX El código de ética, así como el sistema de información de hechos indebidos y la protección a los informantes. XX El Sistema Formal de Sucesión del Director General y los funcionarios de alto nivel, así como la verificación de su cumplimiento.
AUDITORÍA
dinador Empresarial1 propone que el consejo de administración se integre con al menos tres consejeros, y 15 como máximo. Es preferible que la cuarta parte del consejo esté conformada por consejeros independientes, para concederle a este órgano una visión objetiva sobre las responsabilidades que deben asumirse para lograr la potenciación del patrimonio de los inversionistas, así como el desarrollo sustentable de la empresa. Para cumplir con sus responsabilidades, el consejo de administración puede integrar comités que lo apoyen en sus funciones; éstos pueden estar integrados por entre tres y siete consejeros. En ellos, el papel del consejero independiente cobra especial importancia en el acompañamiento del consejero patrimonial, debido a las aportaciones que el primero pueda realizar (de acuerdo a su experiencia) en lo concerniente a las siguientes áreas de especialización:
Código de Mejores Prácticas Corporativas emitido por el Consejo Coordinador Empresarial.
Reconocemos que el capital humano es el activo más importante de la compañía; por lo tanto, se debe trabajar desde el nivel más alto de la organización, para lograr la eficiencia operativa que consolide la productividad y la competitividad de la empresa, para que se asegure su permanencia en el tiempo y para que se garantice la rentabilidad de sus accionistas, optimizando su talento humano y, de paso, el de la sociedad misma. Marzo • Abril 2014
33
GUBERNAMENTAL
REGLAMENTO PARA REGISTRO Y REPORTE DE CONTRATOS A LA CGE Las entidades sujetas al Control Gubernamental deberán enviar a la Contraloría copia de sus contratos y de la documentación sustentatoria correspondiente
L
a Resolución CGE/115/2013 fue aprobada en fecha 16 de octubre de 2013 con código de registro N° RE/ CE-026 en su Versión 1, aprueba el REGLAMENTO PARA REGISTRO Y REPORTE DE CONTRATOS ante la Contraloría General del Estado, considerando como parte de su sustento legal, el inciso d) del artículo 27 de la Ley N° 1178 que señala:“(...) d) Con fines de control externo posterior, las entidades sujetas al Control Gubernamental deberán enviar a la Contraloría copia de sus contratos y de la documentación sustentatoria correspondiente (...)». Ingresando en vigencia a partir de 1 de noviembre de 2013.
ÁMBITO DE APLICACIÓN De aplicación obligatoria por todas las Entidades Públicas señaladas en los artículos 3 y 4 de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, y por todas aquellas que tengan carácter Estatal; así también, por las servidores y servidores públicos de la Contraloría General del Estado, en lo relativo a la verificación de los registros y reportes de contratos.
ABREVIATURAS CGE = Contraloría General del Estado SCSL = Subcontraloría de Servicios Legales MAE = Máxima Autoridad Ejecutiva UAI = Unidad de Auditoria Interna
ACCESO AL SISTEMA DE REGISTRO DE CONTRATOS Para el acceso al sistema de registro se debe seguir los siguientes pasos:
Asignar a un Usuario Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal mediante la MAE, solicitara por escrito la asignación de una cuenta y clave personal para el Usuario, a la SCSL en la Oficina Central o las Gerencias Departamentales en el interior del país, según corresponda. La solicitud de cuenta y clave para el Usuario, deberá contener obligatoriamente los siguientes datos: XX Nombres y apellidos completos. XX Cargo que ocupa en la entidad. XX Número y lugar de expedición de cedula de identidad. XX Domicilio. XX Correo electrónico. Registrados los citados datos, la CGE comunicara vía correo electrónico la cuenta y clave para el Usuario, que le permitirá el acceso al Sistema de Registro de Contratos
34
Informar sobre Inhabilitación y Sustitución Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal mediante la MAE, comunicaran por escrito a la CGE, la inhabilitación del Usuario existente e indicaran los datos del nuevo Usuario, de esta manera se inhabilitara la Marzo • Abril 2014
GUBERNAMENTAL
cuenta y clave del Usuario existente y se creara una cuenta y clave para el nuevo Usuario cumpliendo con los requisitos exigidos para la solicitud de cuenta y clave del nuevo usuario. La cuenta y clave del Usuario, es de carácter personal y de uso exclusivo del mismo.
Capacitación Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal podrán solicitar la capacitación del Usuario para el manejo del Sistema de Registro de Contratos, a la SCSL en la Oficina Central o las Gerencias Departamentales en el interior del país, según corresponda.
REGISTRO Y REPORTE 1. El Sistema de Registro de Contratos presenta en pantalla la opción "Administración de Contratos" en la que se visualizan las modalidades previstas en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios; además, contempla un módulo exclusivo para los contratos de consultoría, cuya casilla se denomina "Servicios de Consultoría". Por otra parte, en el módulo "No previstos en las NB-SABS" se podrá registrar todos aquellos que no correspondan a modalidad alguna prevista en las citadas Normas Básicas. 2. Luego de ingresar en el módulo correspondiente, mediante la opción "Nuevo" se procederá al llenado de las casillas disponibles, sea de forma manual o por elección múltiple de las tablas desplegadas por el Sistema de Registro de Contratos. 3. Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal, previa solicitud por escrito y de manera fundamentada a la SCSL en la Oficina Central, podrán requerir la inclusión de modalidades especiales con características particulares en el Sistema de Registro de Contratos, por lo que en dicha instancia se evaluara y valorara la pertinencia de la inclusión solicitada. No se registraran las contrataciones menores efectuadas a través de Órdenes de Servicio o Compra, salvo que se traten de pagos mayores a Bs50.000.
ADENDAS DE CONTRATOS REGISTRADOS 1. En el caso de adenda, las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal, deberán registrar la información como un "Nuevo Contrato", según las modalidades de contratación, haciendo referencia al contrato principal en la casilla destinada al "Objeto". 2. En caso de modificación del monto y plazo del contrato principal, se deberá consignar el monto o plazo previsto en la correspondiente adenda.
CONTRATANTE Cuando las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal efectúen el correspondiente registró, figuraran automáticamente en el formulario como "Contratante", debiendo únicamente incluir al "Representante Suscriptor", mediante la modalidad de búsqueda y selección, si es que este se encuentra registrado. En su defecto, se deberá registrar como nuevo en el módulo de "Personas Naturales", por selección o introducción del cargo que ocupa en su entidad. En caso de existir Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal de reciente creación, así como, de requerirse correcciones y/o complementaciones a los datos de las ya existentes, deberán solicitar por escrito la inclusión de esos datos en los sistemas de la CGE.
CONTRATISTA Con carácter previo a incluir los datos del "Contratista", se deberán agotar todas las opciones de búsqueda para determinar si este se encuentra registrado en la base de datos, puesto que solo debe figurar registrado una vez. De encontrarse registrado el "Contratista", se aplicara la opción "Seleccionar". En caso que el "Contratista" no este registrado en la base de datos, se procederá a su registro por única vez, cuidando de no duplicar la información, requiriendo para el caso los siguientes datos: Marzo • Abril 2014
35
GUBERNAMENTAL
a) Persona Natural: XX Apellido paterno (obligatorio). XX Apellido materno (obligatorio). XX Nombres (obligatorio). XX Documento de Identidad (obligatorio). XX Número de Identificación Tributaria- NIT (si corresponde). XX Dirección (obligatorio). b) Persona Jurídica y Empresa Unipersonal: XX Razón Social: El Sistema de Registro de Contratos presenta los espacios necesarios para introducir los datos completos de una persona jurídica o colectiva, debiendo ser registrada la razón social en toda su extensión, evitando abreviaciones o siglas, comillas, comas u otro signo de puntuación. En consecuencia, el programa presenta el espacio suficiente que posibilite el registro de letras, apóstrofes y ampersand (&). XX Sigla: El Sistema de Registro de Contratos contempla un espacio exclusivo para introducir la sigla de la persona jurídica o colectiva; aclarando, que no se deberá registrar la sigla en el mismo espacio de la razón social. XX Número de Identificaci6n Tributaria (NIT): Ingresar el número completo. XX Representante Legal: Registrar el nombre del representante legal siguiendo el mismo procedimiento para registrar al "Representante Suscriptor". XX Dirección: Describir de manera clara y completa. Si se trata de Empresas Unipersonales que tengan nombre comercial declarado en FUNDEMPRESA, estas deberán registrarse en la casilla de "Personas Jurídicas", en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno, nombres, guion y el nombre comercial. En caso de Empresas Unipersonales que carezcan de nombre comercial declarado en FUNDEMPRESA, estas deberán registrarse en el módulo de "Personas Naturales".
REGISTRO DE LOS DATOS GENERALES DEL CONTRATO
36
En las casillas correspondientes se deberá registrar de forma manual o por búsqueda y selección los demás datos, que tendrán como fuente el contrato y el proceso de contratación propiamente, considerando la modalidad respectiva: a) Objeto: Referido a la prestación que crea, modifica, regula o extingue obligaciones entre las partes. b) Fecha: Colocar la fecha de inicio o suscripción. c) Plazos: Introducir el plazo previsto en el contrato. d) Testimonio: En caso de contratos que por su monto amerite la correspondiente protocolización, se deberá anotar el número y fecha del Testimonio y el nombre del Notario de Gobierno. e) Lugar: Ciudad o distrito en el cual se suscribió el contrato. f) Monto: Ingresar los números sin puntuación en miles, colocando únicamente punto o coma cuando se incluya decimales. Asimismo, se consignara la totalidad del monto previsto en el contrato en bolivianos o dólares americanos, según corresponda. g) Responsable del Proceso de Contratación: Nombres y apellidos completos del Responsable del Proceso de Contratación. h) Lugar de Archivo: Unidad o Sección en la que se archiva los antecedentes del proceso de contratación. i) Responsable del archivo: Nombres y apellidos completos del servidor público responsable del archivo. j) Origen de recursos: Fuente de recursos previsto en la certificación presupuestaria. k) Convocatoria: Código interno de la entidad con el que se identifica la convocatoria pública y su fecha de publicación en el SICOES. l) Adjudicación: Numero o cite de la Resolución u otro documento con el que se adjudicó la contratación. m) Garantías: Se deberá establecer el tipo de garantía y los datos de la póliza o boleta de garantía, fecha de vencimiento y entidad emisora. Marzo • Abril 2014
GUBERNAMENTAL
n) Informe Técnico: Documento que constituya respaldo de la correspondiente contratación, emitido por la Comisión de Calificación u otro. o) Informe Legal: Documento que respalda el Informe Técnico, según corresponda. p) Observaciones: En la casilla de observaciones, se deberá anotar de forma clara y especifica cualquier observación o información complementaria que sea importante para el seguimiento del contrato o que justifique alguna dificultad de registro.
DEPURACIÓN DE DATOS La depuración en el Sistema de Registro de Contratos, consiste en corregir los datos de personas naturales y/o jurídicas que fueron erróneamente registrados, y consolidar los registros duplicados. La CGE podrá efectuar depuraciones de datos en cualquier momento, previa solicitud escrita de las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal, debiendo consignar en las mismas los datos a corregir y/o complementar. Concluido el registro correspondiente del contrato, el Usuario podrá almacenar los datos con la opción "Aceptar", pudiendo corregir y revisar en cualquier momento los mismos. Posteriormente, el Usuario deberá hacer use de la opción "Candado", para que a partir de ese momento el registro quede consolidado. Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal podrán solicitar por escrito la desconsolidación de los registros con el objeto de corregirlos y/o complementarlos, a la SCSL en la Oficina Central o las Gerencias Departamentales en el interior del país, según corresponda.
REPORTE DOCUMENTAL Una vez consolidados los registros, se procederá a la impresión y remisión de los formularios individuales, de acuerdo a los plazos establecidos: XX Hasta el 10 de marzo o siguiente día hábil. XX Hasta el 10 de mayo o siguiente día hábil. XX Hasta el 10 de Julio o siguiente día hábil. XX Hasta el 10 de septiembre o siguiente día hábil. XX Hasta el 10 de noviembre o siguiente día hábil. XX Hasta el 10 de enero o siguiente día hábil. Los formularios individuales deberán ser suscritos, tanto por el Usuario como por la MAE, o la autoridad delegada para el efecto. A su vez, corresponde adjuntar a dichos formularios, una fotocopia simple de cada contrato registrado. No se emitirá autorización de prorroga o ampliación de plazo para el reporte de contratos fuera de los establecidos; sin embargo, las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal podrán justificar por escrito acompañando respaldo documental cualquier demora que pudiera darse, la misma que será valorada por la SCSL en la Oficina Central o las Gerencias Departamentales en el interior del país.
VERIFICACIÓN La Unidad de Registros dependiente de la SCSL en la Oficina Central y el servidor público designado en las Gerencias Departamentales en el interior del país, son responsables de la verificación de los contratos registrados en el Sistema de Registro de Contratos y reportados documentalmente a la CGE; esta labor se ejecutara de forma aleatoria. El resultado de la verificación será reportado en el Formulario F-3208 "Verificación de Registro de Contratos", que servirá de base, en su caso, para hacer conocer a la entidad contratante, las observaciones que pudieran generarse por un registro inadecuado u otras operaciones que deban corregirse. De advertirse observaciones generadas a partir de la aplicación de los criterios descritos precedentemente, se procederá al envió de una nota a la entidad requiriendo completar o corregir la información registrada, para que la misma en el siguiente periodo de envió sea nuevamente remitida a la CGE. Finalizada la verificación del registro de contratos mediante comunicación escrita de la CGE, se procederá a la devolución de dichos contratos al Usuario de las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal Marzo • Abril 2014
37
GUBERNAMENTAL
INSPECCION DE LA DOCUMENTACION DE RESPALDO En cualquier momento la SCSL en la Oficina Central de la ciudad de La Paz o las Gerencias Departamentales en el interior del país, podrán realizar inspecciones en las unidades y/o instancias correspondientes de las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal, con el fin de determinar la veracidad y correspondencia entre la información existente y la remitida.
CONTRATACION DIRECTA Y POR EXCEPCION Las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal que formalicen contratos bajo la modalidad de contratación por excepción o directa, además de cumplir con el registro y remisión de dichos contratos, deberán cumplir de forma independiente con la presentación de información a la CGE, conforme con el presente capitulo y el parágrafo II de los artículos 66 y 73 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Para la presentación de la información de los contratos descritos en el artículo 32 de la presente norma, las Entidades o Empresas Publicas u otra Estatal, deberán cumplir con las siguientes etapas: a) En la primera semana hábil del mes siguiente de formalizada la contratación, se deberá remitir mediante nota el detalle de los contratos formalizados bajo la modalidad de contratación por excepción o directa, adjuntando a la misma los antecedentes y/o documentación sustentatoria en fotocopia simple de cada uno de ellos. b) Recibidos los antecedentes y/o la documentación sustentatoria por la SCSL en la Oficina Central o las Gerencias Departamentales en el interior del país, según corresponda; se procederá a verificar que el contrato se adecue a la modalidad de contratación por excepción o directa, pudiendo requerirse para tal efecto la complementación de la información o la aclaración sobre algún aspecto. c) Luego de la verificación correspondiente, se pondrá en conocimiento de la Entidad o Empresa Pública u otra Estatal que los antecedentes y/o documentación sustentatoria se remitieron a la Subcontraloría o Gerencia de Auditoria de la CGE que corresponda, para su consideración, pudiendo esta última determinar: el inicio de una auditoria; la remisión de antecedentes a la UAI de la entidad; o, disponer cualquier otra medida que corresponda conforme el ordenamiento jurídico administrativo, incluyendo el inicio de proceso administrativo interno u otra acción judicial En caso de no advertirse observación alguna, la Subcontraloría o Gerencia de Auditoria de la CGE, dispondrá el archivo de antecedentes; situación, que no impide que posteriormente se determine la realización de una auditoria especial al caso en concreto
RESPONSABILIDAD El incumplimiento a lo establecido en el presente reglamento, será sujeto a la determinación de indicios de responsabilidad por la función publica de acuerdo a la normativa vigente para el efecto; en tal sentido, la CGE podrá requerir el inicio de procesos administrativos internos, previa la emisión de un Informe por parte de alguna Subcontraloría o Gerencia de Auditoria de la CGE. http://www.contraloria.gob.bo/portal/Uploads/PDFportal/20131030_659.pdf
• Auditorías • Consultorías y Asesorías Tributarias • Outsourcing o Tercerización • Consultoría Administrativa y Juridica • Consultoría en Sistemas de Información • Consultoría Sectorial (Seguros y Pensiones) Oficina Central
38
La Paz Calle Loayza N° 233 Edificio Mariscal de Ayacucho Mezzanine Oficina 2 Teléfono: (591) 2-205385 e-mail: lescobar@escobarsrl.com.bo www.escobarsrl.com.bo
Marzo • Abril 2014
Oficina Sucursal Santa Cruz
Av. Cañoto esq. Calle Centenario, Edif. Bolivar Piso 1 Of. 14 Teléfono: (591) 3-344009
GUBERNAMENTAL
PERSONAL EN EL SECTOR PÚBLICO María Eugenia Dávila Gonzales Auditor Financiero, Ex responsable Recursos Humanos Ministerio de Comunicación, Auditor Fiscalizador Tribunal Supremo Electoral
E
l personal en el Sector Publico es aquel que presta servicios en las entidades gubernamentales (gobierno central, departamental, municipal) ya sea en relación de dependencia y/o consultoría de línea. A continuación describimos los conceptos y atribuciones de cada uno de ellos: SERVIDORES PÚBLICOS Es aquella persona individual, que independientemente de su jerarquía y calidad, presta servicios en
relación de dependencia a una entidad sometida al ámbito gubernamental. El hecho de manejar recursos públicos confiere una responsabilidad particular a la labor de los servidores públicos. Su comportamiento debería ser intachable, ya que la sociedad confía en su honestidad, lealtad y transparencia. La actuación de un servidor público está sujeta a diversos reglamentos y normativas.
Los Consultores de Línea no son Servidores Públicos, pero cumplen jornadas laborales similares a la de Servidoras y Servidores Públicos
39
Marzo • Abril 2014
GUBERNAMENTAL 40
FUNCIONARIOS PÚBLICOS El que desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o Entidades Públicas. Los Funcionarios Públicos puede ser: a) De elección popular directa y universal o confianza política originaria. (Presidente, Congresistas, Alcaldes, etc.) b) De nombramiento y remoción regulados. (Jefes de reguladores por ejemplo) c) De libre nombramiento y remoción. (Típico caso de Ministros de Estado) El funcionario público es uno de los actores de mayor importancia dentro de la estructura burocrática estatal de cualquier país y tiene responsabilidad, ello si se tiene en cuenta la característica especial de su labor, frente a los órganos de control del estado. Entonces el funcionario público es la persona que presta sus servicios al Estado, previo nombramiento (por ejemplo el Ministro de Educación) o elección popular (por ejemplo el Presidente del Estado); a los funcionarios públicos la ley les otorga un poder de decisión con la finalidad de concretar los fines del interés social. Sin embargo, hasta aquí, aparentemente resulta muy claro el concepto de funcionario público; pero nuestro derecho administrativo manifiesta notables dificultades para ofrecer un concepto válido y universal sobre lo que debe entenderse por funcionario público y podríamos atribuir estas dificultades, entre otras tantas, a la diferencia del significado vulgar del término funcionario público con el concepto jurídico, la equiparación que hacen algunos autores del término funcionario público con el de servidor público o empleado público, la imprecisión conceptual respecto de los autores que diferencian los conceptos de funcionario público o servidor público, a lo que se suma las diferentes definiciones del indicado concepto que hacen nuestras propias leyes; todo lo cual, determina que no exista un concepto universal, por lo menos, a nivel de jurisdicción interna, de funcionario público. CONSULTORES DE LINEA Los Consultores de Línea en el Sector Público son aquellas personas que sin ser personal de planta de la Entidad Pública, realizaran trabajos específicos o recurrentes, sus características son; cumplir una jornada laboral similar a la de los Servidores Públicos; no es un servidor público; para recibir su pago mensual previamente debe presentar un informe de actividades de forma mensual, su contrato es por tiempo definido, puede ser sujeto de responsabilidad civil y penal, no perciben aguinaldo y no tienen vacaciones. Marzo • Abril 2014
Para el pago mensual del consultor de línea, la entidad pública debe respaldar el pago con fotocopia de contrato, fotocopia de cedula de identidad del Consultor, informe mensual aprobado por el supervisor de la consultoría, asimismo debe presentar el formulario 610 correspondiente al Régimen Complementario al IVA trimestralmente. Es importante recalcar que los consultores de línea tienen la obligación de aportar para el seguro a largo plazo, aspecto que les permite acumular los aportes para la renta de vejez, dicho formulario presentan a la institución previamente al pago de su sueldo mensual. En el caso de los consultores de línea ellos también reciben viáticos, cuando están en viajes de comisión a efectos de realizar una actividad específica, para tal efecto se les otorga pasajes para que se constituyan en el lugar de trabajo, su estadía y alimentación mientras dure dicha comisión, aspecto que contraviene con el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 1031 de fecha 9 noviembre de 2011 ya que existe un vacío legal al respecto.
GUBERNAMENTAL
En nuestra Legislación Boliviana el término que se utiliza es el de Servidores Públicos, también se refiere a los dignatarios, funcionarios y empleados públicos u otras personas que presten servicios en relación de dependencia con entidades estatales, cualquiera sea la fuente de su remuneración. El nuevo Estado Plurinacional requiere de Servidoras y Servidores Públicos que respondan a las nuevas formas de conducta que erradiquen la discriminación y la desigualdad, para ello la Constitución Política del Estado en su Artículo 8 asume y promueve principios ético morales de la sociedad plural, asimismo el Artículo 232 señala que la administración pública se rige por principios que en su esencia jurídica buscan un cambio de actitud de carácter social y la realización de la persona. La nueva Constitución Política del Estado Plurinacional considera la transparencia como valor del Estado; ésta sumada al rescate y revalorización de la ética de los pueblos indígenas, se traduce en los principios ético morales: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maradi (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble), que se plantean como los principios sobre los cuales se debe organizar y crear la nueva institucionalidad de las entidades públicas, con el objeto de eliminar los privilegios que el Estado Colonial otorgaba a las servidoras y los servidores públicos,
en función del poder, la jerarquía y el autoritarismo generadoras de desequilibrio y sometimiento. Ama qhilla (No seas FLOJO): Las Servidoras y los Servidores Públicos deben realizar sus actividades cotidianas con entereza y compromiso, sintiéndose parte importante del proceso de construcción del Estado Plurinacional, cumpliendo con su trabajo productivamente, sin desperdiciar el tiempo asignado para que sus resultados logren el cumplimiento de los fines del Estado Plurinacional y de la entidad a la que sirven. Su trabajo estará orientado por la disciplina, puntualidad y honestidad en todo el tiempo que demande su jornada laboral. Ama llulla (No seas MENTIROSO): Los actos de las Servidoras y los Servidores Públicos deben regirse en el marco de la verdad, ya sea en su relación intra- laboral y en su vinculación externa. La verdad es un instrumento de trabajo imprescindible y se constituye en la garantía de transparencia institucional. Ama suwa (No seas LADRON): Las Servidoras y los Servidores Públicos son los custodios naturales de los bienes y activos del Patrimonio del Estado Plurinacional que se encuentran a su cargo, por lo tanto no pueden disponer ilegalmente de los mismos, ni utilizarlos para fines distintos a los que se encuentran destinados.
En nuestra Legislación Boliviana el término que se utiliza es el de Servidores Públicos 41
Marzo • Abril 2014
VARIOS
EMPLEOS Y EMPRENDIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LOS JÓVENES BOLIVIANOS Rodrigo Aguilar Director Ejecutivo Asociacion Ser Familia
E
n Bolivia y en el mundo hemos venido atravesando cambios radicales que conllevan un cambio en la forma de vida de los habitantes. Si hablamos de manera específica del empleo, evidenciamos que en los últimos 20 años la explosión demográfica no ha sido asumida apropiadamentes en temas referidos a vivienda, salud, educación pero sobre todo el empleo. Esta problemática a derivado en un incremento del desempleo, si bien en los años 80 y 90, aún se encontraba trabajo sin la necesidad de ser profesional titulado, hoy por hoy eso es imposible, ya que los mismos profesionales no logran insertarse laboralmente, por la falta de demanda en las distintas áreas y rubros. Si hablamos de incremento de desempleo debemos referirnos de forma específica a dos sectores que sufren el flagelo de desempleo de forma muy marcada y estos dos grupos son jóvenes y mujeres. Los cuales se ven expuestos no sólo al desempleo, sino también al subempleo y a la inestabilidad laboral por falta de experiencia, conocimientos y factores ligados a la persona misma. Es así que la respuesta al desempleo se ha dado en forma de autoempleo o empleo informal, que ahora se ha denominado emprendimiento, sin embargo esta forma de inserción laboral, en cuanto a su sostenibilidad se trata, es afectada por los mismos factores mencionados, puesto que la persona que inicia un emprendimiento debe contar con conocimiento, experiencia directa o indirecta, pero sobre todo con el apoyo de la familia y con un compromiso personal. Es por esto que Ser Familia a realizado un estudio, del cual se desprende un diagnóstico y una respuesta, para poder convertirse en una propuesta de solución en inserción laboral dependiente e independiente, atendiendo a jóvenes con preferencia mujeres.
42
JÓVENES “EL PRESENTE INVISIBLE” La temática jovén está presente en todos los niveles del país, más aún cuando hablamos de que son el futuro de Bolivia, sin embargo perdemos de vista que son el presente inmediato y cimiento de las estructuras de desarrollo económico local. Marzo • Abril 2014
En Bolivia, el desempleo es un problema estructural que afecta a los más pobres y a las mujeres. Uno de los principales obstáculos es el difícil acceso al trabajo decente o empleo digno. Las y los jóvenes se encuentran con falta de oportunidades, precariedad laboral, desprotección social, alta rotación laboral, bajos ingresos y baja sindicalización. Los puestos laborales destinados a jóvenes son de baja calidad (poco acceso a cargos con toma de decisión, en función pública, etc.) y con bajos salarios en la primera experiencia laboral (salarios por debajo del mínimo establecido), no logrando cubrir la canasta familiar. Según el reporte sobre desempleo del CEDLA las ciudades más afectadas por el desempleo son La Paz con 11,6% y El Alto con 13,5%, a diferencia de otros departamentos donde el desempleo está por debajo del 10%. A nivel desempleo juvenil por sexo, los datos muestran que el desempleo abierto está feminizado en La Paz y El Alto: 6 de cada 10 personas son mujeres que buscan trabajo y no lo encuentran. La formación, capacitación, inserción laboral y el emprendedurismo de las y los jóvenes constituye un tema central en el desarrollo económico de los países de la región. A pesar de los datos estadísticos que demuestran que los jóvenes forman un grueso de la población boliviana y que el 51,76% de las mujeres entre 19 y 26 años son madres, aspecto que conlleva a la adquisición de responsabilidades en ambos progenitores, continuamos referiéndonos a este sector como el futuro de Bolivia, cuando en realidad y de acuerdo a los datos dados, son el presente que nadie ve (invisible), ya que las necesidades están dadas hoy y no mañana. La generación de oportunidades y de empleo, deben ser realizadas en el presente y no en el futuro. Rodrigo Aguilar, Director Ejecutivo de Ser Familia señaló, que los jóvenes en los diferentes encuentros juveniles “exigen a la sociedad oportunidades para incorporarse al mercado en calidad de empleados o emprendedores. Así como a sus familias les exigen mayor confianza y que es hora que se valore la formación técnica”.
¿A QUÉ SE REFIERE EL PROGRAMA PARA JÓVENES CON EMPLEOS Y EMPRENDIMIENTOS SOSTENIBLES? Si bien existen muchas instituciones que impulsan la inserción laboral, después de un proceso de capacitación, son pocas las que realizan un seguimiento post inserción, confiando en que el joven podría desarrollar todo lo aprendido y en base a sus capacidades logrará una permanencia laboral, lo cual no sucede. Lo mismo pasa con los jóvenes con emprendimientos, ante estos hechos es que se plantea lograr la SOSTENIBILIDAD en el tiempo, tanto de los empleos como de los emprendimientos, por lo cual consideramos que: La sostenibilidad es una actitud que empieza por uno mismo, dando como resultado un equilibrio entre los ámbitos económico, ambiental y social - familiar. Tambien esta asociado a mirar no solamente los resultados sino el impacto.
La intervención de Ser Familia con el programa “JÓVENES CON EMPLEO Y EMPRENDIMIENTOS SOSTENIBLES” aplica los conceptos mencionados. Ser Familia ha desarrollado diferentes proyectos piloto, orientados a la validación de esta propuesta, la cual cambia la visión y concepción de los jóvenes
desde el punto de vista financiero y crediticio. Sin embargo todo el trabajo realizado no hubiera sido posible sin el apoyo de la Fundación La Caixa, Fundación Horreum, OXFAM, SES, Creo Desarrollo y la confianza depositada en el programa por lo cual se invirtieron fondos propios de Ser Familia. Las prioridades y objetivos del Programa son: a) Llegar a la población con menores oportunidades y con menos recursos, especialmente jóvenes y mujeres. b) Viabilizar las iniciativas bajo un enfoque integral de Desarrollo Económico- Humano. c) Articular los procesos generando igualdad de oportunidades en base a la promoción de los derechos humanos y buenas prácticas ambientales. LA EXPERIENCIA DE SER FAMILIA Hablemos de Emprendimientos Sostenibles El concepto de Emprendedurismo no tiene una definición establecida, lo que genera en la mayoría de los casos muchas dudas o conflictos, por la existencia de demasiadas concepciones acerca del término. Básicamente, se puede definir el emprendedurismo, como el proceso en el que una persona lleva su idea a convertirse en un proyecto concreto, sea esta con fines de lucro o beneficencia social generando innovación y empleo. De todas formas, para fomentar el emprendedurismo, y la cultura emprendedora en la sociedad en sus distintas fases, se deben impulsar un conjunto de medidas y acciones orientadas específicamente a este fin. Algunas de ellas, y las más presentes en los países, son: la sensibilización, formación y educación del espíritu empresarial, ya sea mediante acciones en los diferentes niveles del sistema educativo o bien a través de acciones dirigidas a la ciudadanía en general o a colectivos específicos (como jóvenes, mujeres, personas desempleadas, etc.). El fomento de las actitudes hacia la iniciativa empresarial para mejorar las actitudes de la sociedad hacia la creación de empresas y su percepción en relación a la decisión de crear una actividad empresarial (la cultura emprendedora) a través de acciones de formación y sensibilización, concursos o presentación de casos de éxito. Un emprendimiento es más conocido como un negocio propio, generalmente es una actividad considerada como empleo no formal, sin embargo es la alternativa más usada en nuestro medio (70% de las personas con empleo son informales) para asegurar ingresos que cubran las necesidades básicas de los hogares. Sin embargo en el caso de los jóvenes los emprendimientos tiene una alta tasa de fracaso 4 son Marzo • Abril 2014
VARIOS
El apoyo que solicitan según plantea, es un apoyo constante que vaya más allá de la capacitación o información, solicitan que se generen programas que apunten a una permanencia en sus puestos de trabajo y en sus emprendimientos, para poder desarrollarse de forma integral. Dando respuesta a las solicitudes realizadas por los jóvenes, Ser Familia viene desarrollando un programa que marca un hito y da respuestas y soluciones a las problemáticas planteadas.
43
VARIOS
los factores que inciden en la mortalidad de los emprendimientos juveniles (fuente en base a estudio propio): 1. Falta de Acceso al Financiamiento 2. Falta de Asistencia Técnica Específica 3. Falta de Insumos para tomar buenas decisiones 4. Falta de Apoyo de la Familia El componente “emprendimientos sostenibles” responde de manera integral estos factores y los resultados obtenidos son: a) Contribución efectiva a la generación de ingresos de los emprendedores. b) Niveles de sostenibilidad del emprendimiento del 100% por más de 6 meses. c) 0% de mora en los financiamientos. d) Mejora de las condiciones de la alimentación de los hijos e) Mejora en los niveles de autonomía
Hablemos de Empleo Sostenible Los Jóvenes, Familias y Comunidad invierten recursos materiales y económicos en procesos de formación y capacitación para mejorar las posibilidades de los jóvenes en la búsqueda de TRABAJO ¿y después qué pasa?, ¿el joven logra permanencia y estabilidad laboral?. La respuesta en un 90% es NO. ¿Qué hacemos para que se logre la Permanencia y la Estabilidad Laboral? Mediante una intervención integral en base al Proyecto de Ocupación Laboral (PFO), apoyo integral y multidisciplinario y con un involucramiento de la familia, se ha logrado alcanzar al 80% Inserción Laboral con UNA PERMANENCIA LABORAL del 70% de los jóvenes insertados (empleo sostenible) por más de 6 meses. Lógica de intervención:
Lógica de intervención: Idea de negocio
Ultimo Semestre Servicios Producción Comercio
Convenio con Centros e Institutos de Formación
Elaboración y validación del
Plan de negocio Diagnostico personal
10 días
6 meses
Garantía de un familiar
Asistencia técnica Proveniente de Empresarios expertos
Administración y gestión Caja de herramientas = buenas decisiones
44
Marzo • Abril 2014
Inserción laboral
Tutoría
Tutoría y seguimiento Equipo multidisciplinario
Solidaridad
PERMANENCIA LABORAL 6 MESES Tutoría
Diagnostico personal y social
Seguimento Gestoría laboral
Visitas a empresas
Emprendimiento sostenible Familia
PFO
ACTIVIDAD LABORAL
Involucramiento familiar
y de capacidades relacionadas a emprendimiento
Financiación
Pasantía o práctica laboral
Acompañamiento PERSONA FAMILIA
La lógica de intervención es una propuesta exclusiva de Ser Familia, ya que fue diseñada, elaborada, desarrollada y validada, antes de ser ejecutada, no existe otra institución que realice este trabajo, esperamos poder realizar la transferencia de este conocimiento, así como de toda la metodología, a instituciones interesadas, para poder ayudar a más jóvenes. www.serfamiliabolivia.org
VARIOS
OTIUM
VALOR, EFECTIVIDAD Y ACCOUNTABILITY
Zaulo E. Vásquez (Socio), Daniel A. Bazurco (Socio), Stefano Ciccioriciccio (Vice-Presidente de IECnet) y Brian A. Jáuregui (Socio) en las instalaciones de la Firma.
O
TIUM Consulting S.R.L., desde agosto 2011, considera como base principal de sus actividades la alineación de los valores, principios, competencias, expectativas y visualizaciones futuras entre quienes conforman el equipo, guiándolos hacia un mismo norte, bajo una misma filosofía empresarial compartida entre los socios fundadores, enfocada en el compromiso de ejercer un trabajo de compromiso, transparencia y calidad como prioridad ante todo constituyendo como lema principal” Soluciones que mueven Negocios” . Estas son las directrices que rigen la política administrativa en Otium Consulting S.R.L., cuya labor viene apoyando en los últimos años a diversas instituciones desde una perspectiva orientada al valor. Los integrantes del equipo de trabajo se encuentran debidamente calificados y habilitados por las
instituciones correspondientes, con el fin de desempeñar funciones de alto nivel técnico al servicio de sus clientes. La propuesta de la firma se constituye en tres pilares fundamentales: Auditoría y Contabilidad, Gestión y Finanzas e Impuestos, sobre los cuales se han desarrollado herramientas, procedimientos e indicadores de estándar global para la articulación final de cada solución definida. Cualquier situación interpuesta ante una entidad representa una complejidad distinta que debe ser analizada a profundidad, pues existen detalles que normalmente son pasados por alto bajo una concepción evaluativa tradicional. En este sentido, se consideran las alternativas de carácter preventivo y reactivo, pues luego de haber superado un obstáculo aparentemente espontáneo y efímero, las causas son Marzo • Abril 2014
45
VARIOS 46
claramente identificadas para neutralizar los originadores de potenciales riesgos futuros. Un ejemplo de esto es la conversión del servicio de “Consulta Tributaria” a “Asesoramiento Permanente”, que surgió precisamente por los constantes problemas que atraviesan los clientes con el Servicio de Impuestos Nacionales. Luego de indagar un poco al respecto, se concluyó que tendrían que afrontar más problemas tarde o temprano, por lo que se pactó un modelo personalizado de atención donde se proporciona el respaldo técnico oportuno al cliente. En un caso similar, se dio a conocer si se habían gestionado correctamente todas las formalidades fiscales, es decir, el “Diagnóstico Tributario”, fue informado de las diferentes ventajas a las que podía acceder mediante el servicio de “Optimización de la Carga Impositiva”, como ciertas características de su negocio que le permitían aplicar las exenciones, la implementación de las tácticas propuestas generaron un ahorro representativo de flujo de efectivo. Otro aspecto inherente a la dinámica de trabajo de la firma es la innovación; cuando se conjuga este factor con un fuerte énfasis de calidad y experiencia, los resultados impulsan el desplazamiento hacia el escenario deseado con mayor efectividad. Tal el caso de los servicios de Gestión, “Start-Up Total”, el cual comprende de una asistencia integral cuando se trata de nuevos proyectos o emprendimientos. El cliente normalmente acude a la firma solicitando asesoramiento o la elaboración de un Plan de Negocios, y solemniza a esta herramienta como única forma de validación de la factibilidad de una oportunidad. Una vez que son explicadas las numerosas razones por las que dicho instrumento no resulta adecuado para las circunstancias, existe mucha satisfacción cuando se le exponen modelos como el Lean Canvas, que permite catalizar la evolución de Start-Up a Scale-Up con la intención de instalar la denominada “Empresa Gacela”, que minimiza el riesgo derivado de inversiones cuantiosas. Los principales socios Zaulo E. Vásquez, Daniel A. Bazurco y Brian A. Jáuregui son docentes de Pre y Post Grado en sus diferentes áreas de especialización en las Universidades Católica y Univalle, este hecho exige a los mismos una constante lectura de los avances en cada tema, de las nuevas disposiciones normativas, y del juicio profesional para reconocer qué puede aplicarse pragmáticamente en nuestro medio y a cada cliente. Otro ingrediente fundamental de la competitividad de la firma es la Membresía Internacional obtenida. Otium Consulting S.R.L. representa en Bolivia a la red de Auditores, Contadores y Asesores en Impuestos IECnet – International Expert Consult Network, miembro pleno del Foro de Firmas de la IFAC, Marzo • Abril 2014
conformado por las redes de mayor renombre a nivel mundial. El proceso de certificación representó una extensa evaluación de los estándares de calidad ejercidos en cada compromiso, que concluyó con la visita de campo llevada a cabo por el Vice-Presidente Ejecutivo, Sr. Stefano Ciccioriccio, a la conclusión del proceso, se invitó a los socios a formalizar su pertenencia en el Annual General Meeting de 2012 en Roma, se presento la Exposición sobre Oportunidades de Negocios en Bolivia. Entre los considerables beneficios resultantes de la Membresía se puede mencionar la capacidad de ejercer la Auditoría a Nivel Transnacional, es decir, bajo normativas de diferentes países. El respaldo de una organización presente en la mayor parte del mundo, con representantes de extensa y probada trayectoria; el mejoramiento continuo de las prácticas profesionales, fruto de la constante evaluación del cumplimiento de los estándares dispuestos por IFAC; y la confianza de la firma internacional hace que nos exijamos mas para mejorar nuestra calidad de servicios a nuestros clientes.
¿De qué forma el equipo de trabajo está en permanente contacto con las nuevas herramientas derivadas de investigaciones recientes? Nuestro equipo de trabajo está convencido de que solamente a través del cumplimiento disciplinado del progreso permanente, y del deber de responder ante toda acción comprometida, se mantendrá la esencia del Propósito Fundamental de la Firma, cuya prioridad es la contribución al desarrollo del colectivo institucional del país.
Daniel A. Bazurco junto al CEO de IECnet Geoffrey Fletcher en Roma, Italia.
VARIOS
17 DE MAYO
DÍA DEL CONTADOR AMERICANO
U
na jornada que quedó instituida el 17 de mayo del 1949 cuando se celebró la primera Conferencia Interamericana de Contabilidad en San Juan, Puerto Rico y nació la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC). En homenaje a los profesionales únicos, indispensables, sacrificados y multidisciplinarios dentro de una organización, empresa y/o entidad o en la libre profesión. A continuación les dedicamos los siguientes diez mandamientos:
I.
RESPETARÁS TU VIDA POR SOBRE TODAS LAS COSAS
Es decir, no permitirás que los clientes se comuniquen contigo en cualquier momento y lugar. Establecerás como en cualquier otro rubro un horario que debe respetarse. Para ello no deberás ser el primero en vulnerar dicho horario aceptando llamadas o contestando mails fuera de él. Caso contrario aceptarás que no tengas momentos de almuerzo ni de cena, ni fines de semana en familia, ni tiempo para tu necesario ocio porque serás indefectiblemente interrumpido para contestar preguntas que no pueden esperar tales como: Estoy viendo que dentro de dos meses se vencen mis facturas como tengo que hacer para realizar una nueva impresión.?
II.
NO DEGRADARÁS TU PROFESIÓN POR LA QUE HAS ESTUDIADO LARGOS AÑOS DE LA MEJOR ETAPA DE TU VIDA
Debido a que has invertido demasiado tiempo en obtener ese añorado “rollito de papel” llamado título y del cual, y con lógica justicia, estabas tan orgulloso, no lo degradarás con acciones tales como: dale dibújamelo para que de x, sino para que te recibiste de contador (sacrilegio), ¿tanto estudiar para que luego tenga que pagar esto? , y siguen las aberraciones. III. RESPETARÁS TUS VACACIONES
Podrás y deberás tomarte tus merecidas vacaciones al igual que cualquier ser humano sin la necesidad de estar conectado mediante tres líneas de celulares, Marzo • Abril 2014
47
VARIOS
mails, chat, redes profesionales, mensajes de texto, señales de humo o palomas mensajeras. Tendrás derecho a instalarte en el lugar más remoto del mundo en el que el único contacto sea con la naturaleza sin que pases un minuto con el remordimiento de que eres imprescindible, el mundo y tus clientes pueden esperar dos o tres semanas.
VII. TRATARÁS (ESTO ES MUY DIFÍCIL) DE SER SOLO CONTADOR
IV. HARÁS VALORAR TU TRABAJO PROFESIONAL
VIII. HARÁS DOCENCIA RESPECTO DEL ORDEN DEMOCRÁTICO
Esto puede parecer inconcebible para algunos pero es cierto, tendrán que pagar por tus servicios y en lo posible en tiempo y forma como a cualquier otro proveedor. Nunca aceptarás un: “espérame un poco, cuando termine de pagar a mis proveedores algo te saco”.
Esto es, deberás explicarles claramente a tus clientes que no eres el responsable de la legislación y sobre todo la referida a los impuestos, para esas cosas generalmente absurdas e increíbles existen unos sujetos llamados legisladores que debido a las necesidades, siempre crecientes, de fondos del partido gobernante de turno, crean las deformaciones legislativas.
V.
DEFENDERÁS EL VALOR DE TUS HONORARIOS
Nunca te rebajarás a igualar el cardumen de “idóneos” que pululan compitiendo contigo con honorarios paupérrimos y ante lo total ineficiencia de nuestros Consejos Profesionales. Deberás recordar que los honorarios que crees justos no son negociables: se quieren o no se quieren pagar. VI. NO HABLARÁS MAL DE TU COLEGA
No es necesario para obtener un cliente hablar peste de otro profesional que al igual que vos está ejerciendo, deberás destacarte solo por tus conocimientos y no por rebajar, a veces tergiversando la situación, a tu otro igual.
48
Marzo • Abril 2014
Deberás intentar explicarle a tus clientes que la carrera profesional no te habilita a ser: abogado, psicólogo, escribano, arquitecto, ingeniero y cuanto otra profesión que ande dando vueltas y que tenga un mínimo lugar de contacto con nuestra profesión.
IX. PRESERVARÁS TU DIGNIDAD PROFESIONAL
Es decir, ante la frase habitual de: “Esto no puede ser así, yo conozco al primo segundo de la vecina de mi tatarabuela que no hace esto y por ende no paga esto”, deberás tener la suficiente entereza para responder, en todos los casos, anda a que te asesore quien lo hace con el primo segundo de la vecina de tu tatarabuela, malas expresiones abstenerse de utilizar (pueden pensarlas). X.
NO ESPERARAS AGRADECIMIENTOS NI PREMIOS DE TUS CLIENTES
Suele ser una profesión demasiado ingrata, en la que puedes acertar 100.000.000 de veces y difícilmente te agradezcan pero bastara que te equivoques en una, si en una (somos humanos aunque a veces algunos duden) para que los reproches aparezcan de las formas más irracionales, por eso, trata de ser feliz.