El auditor frente a la erupción de corrup$ión del siglo XXI
Nociones basicas sobre el impuesto a las utilidades en Bolivia
Auditoría externa e interna bajo riesgo
La justicia tributaria en sintonía con la constitución
Año 1 • N° 6 • Noviembre - Diciembre 2014
La Correcta Liquidación del IVA
www.contableytributaria.com.bo
Principios de contabilidad pública Determinación del valor aduanero Catalogo de cuentas según NIIF y NICC
& ASOC IADOS S. R . L .
Oficina Centra l L a P a z C a l l e L oa y z a N ° 2 3 3 E d i fi c i o M a r i s c a l d e A y a c u c h o M e z z a n i n e O fi c ina 2 Teléfono: (591) 2-205385 e-mail: lescobar@escobarsrl.com.bo w w w . e s c ob a r s r l . c o m . bo Ofi c i n a S u c u r s a l S a n t a C r u z Av. Cañoto esq. Calle Centenario, Edif. Bolivar Piso 1 Of. 14 Teléfono: (591) 3-344009
Contenido
P
ara algunos este 2014 ha sido un año fantástico, cargado de emociones y aprendizajes. Seguramente hubo quienes lograron objetivos inimaginables, tuvieron éxito en los negocios y han aumentado la calidad de sus conexiones. Un año inolvidable. Para otros no fue tan grato. Quizá no se colmaron las expectativas. Han perdido algún ser querido o simplemente los objetivos se tornaron inalcanzables en un año tan indomable como impredecible. Un 2014 para el olvido. Cualquiera haya sido el camino que te tocó recorrer, mira para atrás y verás que fue mejor de lo que piensas. Al menos llegaste a estas instancias y tienes la posibilidad de hacer un recuento. Lo que debes tener en cuenta que tanto positivo como negativo, el año que se va te deja una enseñanza. Busca en todas y cada una de las situaciones vividas qué fue lo que aprendiste y verás que el balance será positivo. A nivel personal una de las mayores satisfacciones que hemos tenido este año fue haber participado con notas y comentarios en este sitio.Aquí hemos conocido gente fantástica, emprendedores incansables con una calidad humana y profesional capaz de lograr cualquier objetivo. Personas de distintas áreas profesionales tanto de nuestro querido país como del extranjero con varios factores en común: Innovación, Calidad, Trabajo Arduo, Profesionalismo. Es por todo eso que queremos agradecerte por confiar en nosotros y cerrar nuestra última edición del 2014 e invitarte a seguirnos en el 2015 con el compromiso de hacerlo mejor con tu apoyo.
DETERMINACIÓN DEL VALOR DE LAS MERCANCIAS
2
LA CORRECTA LIQUIDACIÓN DEL IVA
4
NOCIONES BASICAS SOBRE EL IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN BOLIVIA
12
GUÍA PARA PYMES CÓMO ADECUARSE AL NUEVO SISTEMA DE FACTURACIÓN VIRTUAL (SFV)
15
CATALOGO DE CUENTAS SEGÚN NIIF Y NORMAS NACIONALES DE CONTABILIDAD PARA EMPRESAS PYMES UNA PROPUESTA BOLIVIANA
19
EL COMITÉ DE AUDITORÍA
23
NUESTROS SUSCRIPTORES
26
AUDITORÍA EXTERNA E INTERNA BAJO RIESGO
28
LA JUSTICIA TRIBUTARIA EN SINTONÍA CON LA CONSTITUCIÓN
33
PRINCIPIOS DE CONTABIIDAD PUBLICA
38
EL AUDITOR FRENTE A LA ERUPCIÓN DE CORRUP$IÓN DEL SIGLO XXI
42
EVENTOS FINANCIEROS
48
BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
52
Malena Marquez Pinto Directora General Malena Marquez Pinto Entrevistas y Reportajes
CONSEJO EDITORIAL
GESTIÓN CONTABLE Y TRIBUTARIA, es una publicación bimestral especializada en contabilidad e impuestos de circulación nacional.
David Cayo Ramos Administración
Jaime Rodrigo Machicado
Las opiniones expresadas en los artículos de esta publicación son de los autores y no necesariamente reflejan el pensamiento de la revista.
Ximena Mamani y Carlos Oros Diagramación y Diseño
Luis Eduardo Zuñiga
Nuestra oficina central está ubicada en la ciudad de La Paz, Calle Cañada Strongest N° 1752 Teléfono (591-2) 2493814
Angel Fernandez Fotografía
Depósito Legal: N° 4-3-85-13 NIT N° 233264027 www.contableytributaria.com.bo revistagestioncontable@gmail.com Se imprimió en Impresiones Rojas
David Valdivia Peralta Hugo Villca Ramos Malena Marquez Pinto Daniel Laura
DISTRIBUCIÓN Y VENTAS Maria Luisa Mayta La Paz
Marigen Rocha Sandoval Santa Cruz
Jackeline Rojas Heredia Cochabamba
Mariela Delgado López Oruro
IMPUESTOS
DETERMINACIÓN DEL VALOR DE LAS MERCANCIAS Gloria Jiménez Pinaya Economista especializada en temas aduaneros
P
2
rocedimientos aplicables en la determinación del valor de las mercancías en el momento del despacho de importación y en las fases de control y fiscalización aduanera. a Organización Mundial del Comercio (OMC), de la cual Bolivia es país miembro, aprobó el Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del GATT 1994 referido a la Determinación del Valor en Aduana de las mercancías, recogido en nuestro país en la Ley N° 1990, General de Aduanas, su Reglamento (RLGA) aprobado por Decreto Supremo N° 25870y en las normas de la Comunidad Andina, Decisión 571, Resolución 846 y otras Resoluciones. En la normativa citada, se difundieron procedimientos a seguir para la aplicación excluyente y sucesiva de los seis métodos de determinación del valor, debiendo consultárselas Decisiones del comité de Valoración de la OMC, Opiniones Consultivas, Comentarios, Notas Explicativas, Estudios de Casos y Estudios. En este contexto, al trasladar el derecho vigente en nuestro país a los destinatarios de las normas y eventuales realizadores de los presupuestos de he cho previstos en las mismas, se considera conveniente referir
Noviembre • Diciembre 2014
un aspecto importante relacionado con el control que ejerce el Sujeto Activo durante el despacho aduanerode importación y el control y fiscalización posterior al mismo. Sobre este punto, el Acuerdo del Valor de la OMC, en su Artículo 17 establece que ninguna de las disposiciones del Acuerdo podrá interpretarse en un sentido que restrinja o ponga en duda el derecho de las Administraciones de Aduanas de comprobar la veracidad o exactitud de toda información, documen to o declaración presentados a efectos de valoración en aduana; y el Artículo 248del Reglamento a la Ley General de Aduana (RLGA), determina que se crearán los mecanismos necesarios para el control primario, diferido y posterior del valor de las mercancías. Así, conviene recordar que las modificaciones legislativas tributarias efectuadas en forma posterior a la vigencia en Bolivia del Acuerdo sobre Valoración de la OMC y de la Ley de Aduanas y su Reglamento, concretamente la aprobación de la Ley N° 2492, Código Tributario Boliviano (CTB), instituyeron nuevos procedimientos tributarios, de cuyo carácter normativo se establece que, para la determinación de variación del valor en aduanas de las mercancías en el momento
IMPUESTOS
del despacho aduanero de importación, deben aplicar- Diferido y de Fiscalización Aduanera Posterior - que se los procedimientos establecidos en las Disposiciones contiene aspectos referidos a la presentación de prueAduaneras del Título Octavo de la Ley N° 1990 (LGA) bas, formas y medios de notificación, determinación y de su Reglamento, en concordancia con las Disposi- de la deuda tributaria y otros. Sobre estos aspectos, se pudo evidenciar que en ciones del Acuerdodel Valor de la OMC y la Normativa Andina citadas precedentemente; pero, cuando se muhos casos no se aplican adecuadamente las normas vigentes respecto alos métrata de controles diferidos todos de determinación del a declaraciones de imporvalor, existiendo confusión tación de mercancías cuyo No se aplican adecuadamente sobre los procedimientos levante fue autorizado, y aplicablesrespecto a qué; en de fiscalizaciones adualas normas vigentes respecto a casos de variación de valor neras posteriores, la OMC los métodos de determinación en el momento del despay la Comunidad Andina del valor, existiendo confusión cho aduanero se aplica el no establecen normas esprocedimiento establecipecíficas remitiendo a la sobre los procedimientos aplido en el Articulo 260 del normativa nacional por lo cables... RLGA en el que no existe que en Bolivia se aplican penalización por determilos procedimientos tribunación de variación del vatarios establecidos en el Título II, Capítulo II,de la Ley N° 2492 (CTB)- recogidos lor al importador ni al Despachante de Aduana, pero por la Aduana Nacional en las Disposiciones Aduane- cuando se trata de control aduanero y fiscalización ras del Título Octavo de la Ley N° 1990 (LGA) y de su posterior, en los que la Administración Aduanera deReglamento, en concordancia con las Disposiciones termina variación del valor, por tanto existe omisión del Acuerdodel Valor de la OMC y la Normativa Andi- de pago, esta conducta es sancionada con el 100% del na citadas precedentemente; pero,cuando se trata de valor del tributo omitido determinado a la fecha de controles diferidos a declaraciones de importación de vencimiento, según los Artículos 165 del CTB y 42 del mercancías cuyo levante fue autorizado,y de fiscaliza- RCTB (Reglamento al Código Tributario Boliviano), ciones aduaneras posteriores, la OMC y la Comunidad existiendola emisión de otros actos administrativos Andina no establecen normas específicas remitiendo (Vista de Cargo y Resolución Determinativa) así como a la normativa nacional por lo que en Bolivia se apli- plazos diferentes para la de las mercan cías, se sujetacan los procedimientos tributarios establecidos en el rá a dichas normas, por tanto, serán aplicables a todas Título II, Capítulo II,de la Ley N° 2492 (CTB)- recogi- las importaciones, excluyendo la utilización de valodos por la Aduana Nacional en las Resoluciones de Di- res arbitrarios. rectorio que aprueban los Procedimientos de Control
3
Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS
LA CORRECTA LIQUIDACIÓN DEL IVA Luis Eduardo Zuñiga Torrez
H
CPA-CEO Arista Bolivia-Miembro del Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad “CTNAC” del Colegio de Auditores de Bolivia-Miembro de la Comisión de Tributación y Fiscalidad de la AIC-Expositor Internacional y Nacional en temas NIIF y Tributarios.
asta ahora los que pasamos muchos cursos, talleres y seminarios relacionados a como determinar la liquidación del IVA según los Formularios 200 Ver.3, hemos quedado de que en ninguno de esos cursos nos hablaron o dieron ejemplos de la liquidación con descuentos y/o rebajas en el mes, este “Nuevo” Formulario 200 Versión 3, pongo entre comillas “nuevo”, debido a que es un formulario que rescata mucho de su anterior predecesor del Formulario 200 Ver.2, el Formulario 143 Ver. 1, en el cual ya antes del 2006 (cuando se pusieron en vigencia los formularios 200 ver.2), usábamos los campos de los descuentos y rebajas en el mes. El impuesto de este Título forma parte integrante del precio neto de la venta, el servicio o prestación gravada y se facturará juntamente con éste, es decir, no se mostrará por separado. En caso de permuta, uso o consumo propio, la base imponible estará dada por el precio de venta en plaza al consumidor. Las permutas deberán considerarse como dos actos de venta.
Todos nosotros hicimos en la universidad e institutos de educación superior ejercicios contables con ventas y compras con rebajas y descuentos, donde se generaban Crédito Fiscal en las ventas y Debito fiscal en las compras, todos hicimos esos ejercicios, pero desde el 2006 adelante, NADIE realizo ese tipo de asientos en las empresas donde trabajan, no se realizó en la práctica habitual de los negocios ese tipo de asientos, aún cuando la empresa entregaba descuentos por ventas, y no es porque no querían hacerlo, simplemente los Formularios 200 ver.2 de liquidación del IVA “NO LO PERMITÍAN”. Ahora veamos y demos interpretación de la Normativa Aplicable al IVA y que tiene que ver en la correcta liquidación del IVA, tomando siempre en cuenta nuestra querida Ley 843 (TOV), que por cierto puede ser descargada del siguiente enlace la versión 2014 del compendio de la Ley 843 realizado por el Servicio de Impuestos Nacionales:
BASE IMPONIBLE Articulo 5° Ley 843 Constituye la base imponible el precio neto de la venta de bienes muebles, de los contratos de obras y de prestación de servicios y de toda otra prestación, cualquiera fuere su naturaleza, consignado en la factura, nota fiscal o documento equivalente. Se entenderá por precio de venta el que resulta de deducir del precio total, los siguientes conceptos: a) Bonificaciones y descuentos hechos al comprador de acuerdo con las costumbres de plaza. b) El valor de los envases. Para que esta deducción resulte procedente, su importe no podrá exceder el precio normal del mercado de los envases, debiendo cargarse por separado para su devolución. Son integrantes del precio neto gravado, aunque se facturen y convengan por separado: 1) Los servicios prestados juntamente con la operación gravada o como consecuencia de la misma, como ser transporte, limpieza, embalaje, seguro, garantía, colocación, mantenimiento y similares; y 2) Los gastos financieros, entendiéndose por tales todos aquellos que tengan origen en pagos diferidos, incluidos los contenidos en las cuotas de las operaciones de arrendamiento financiero y en el pago final del saldo. Nota.- El numeral precedente fue sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 1606 (Ley de Modificaciones a la Ley N° 843) de 22/12/1994.
4
La Base imponible corresponde al valor del que el impuesto se llega a calcular, sin embargo para determinar la base imponible, primero debemos determinar sus elementos que para este caso son el DEBITO FISCAL y el CRÉDITO FISCAL. Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS
Ahora veamos la definición de la Ley 843 respecto del Débito y Crédito Fiscal.
DEBITO FISCAL Debito fiscal Artículo 7° Ley 843 A los importes totales de los precios netos de las ventas, contratos de obras y de prestación de servicios y de toda otra prestación a que hacen referencia los Artículos 5° y 6°, imputables al período fiscal que se liquida, se aplicará la alícuota establecida en el Artículo 15°. Al impuesto así obtenido se le adicionará el que resulte de aplicar la alícuota establecida a las devoluciones efectuadas, rescisiones, descuentos, bonificaciones o rebajas obtenidas que, respecto del precio neto de las compras efectuadas, hubiese logrado el responsable en dicho período.
ALICUOTA Alicuota Artículo 15° Ley 843 La alícuota general única del impuesto será del 13% (trece por ciento).. Para realizar un análisis y entender mejor veamoslo gráficamente:
5 Definiéndose en este articulo la existencia de DEBITO FISCAL generado por los descuentos, bonificaciones y rebajas en las Compras realizadas en el periodo. Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS
Contablemente se registra el asiento de la siguiente forma:
CREDITO FISCAL Credito fiscal Artículo 7° Ley 843 Del impuesto determinado por aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, los responsables restarán: a) El importe que resulte de aplicar la alícuota establecida en el Artículo 15° sobre el monto de las compras, importaciones definitivas de bienes, contratos de obras o de prestaciones de servicios, o toda otra prestación o insumo alcanzados por el gravamen, que se los hubiesen facturado o cargado mediante documentación equivalente en el período fiscal que se liquida. Sólo darán lugar al cómputo del crédito fiscal aquí previsto las compras, adquisiciones o importaciones definitivas, contratos de obras o servicios, o toda otra prestación o insumo de cualquier naturaleza, en la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, es decir, aquellas destinadas a la actividad por la que el sujeto resulta responsable del gravamen. b) El importe que resulte de aplicar la alícuota establecida a los montos de los descuentos, bonificaciones, rebajas, devoluciones o rescisiones, que respecto de los precios netos de venta, hubiere otorgado el responsable en el período fiscal que se liquida.
Por lo tanto......
Asi como:
6
Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS Donde se puede determinar también la existencia de CRÉDITO FISCAL que se genera a partir de los descuentos, bonificaciones y rebajas otorgadas a nuestros clientes en nuestras ventas del mes.
APLICACIÓN TÉCNICA Ventas El asiento contable se genera de la siguiente forma, con la ayuda de un auxiliar para el cálculo aritmético de los componentes de la transacción:
Auxiliar para cálculo de impuestos generados:
El asiento contable correspondiente es el siguiente:
Donde contablemente se reconocen tanto Debito como Crédito Fiscal en las ventas con descuentos y rebajas en el mes, en el cual esa rebaja o descuento que se realizó al cliente genera al contribuyente un “Gasto” ó “Costo” por Descuentos en Ventas, que no es más que una estrategia de promoción o publicidad utilizada en muchos casos por el departamento de comercialización, generando ese gasto o costo del descuento.
Noviembre • Diciembre 2014
7
IMPUESTOS
Compras Para el registro del asiento contable para las compras la acentuación contable se genera de la siguiente forma, también con la ayuda de un auxiliar para el cálculo aritmético de los componentes de la transacción:
Auxiliar para cálculo de impuestos generados:
El asiento contable correspondiente es el siguiente:
Aquí se registran el Crédito Fiscal como el Debito Fiscal de la transacción de la compra generándose un IVA neto de Bs 871.
LIQUIDACIÓN DEL FORMULARIO 200 VERSIÓN 3 EN VENTAS
8
Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS Revisando la operación matemática del formulario se tiene que el IVA generado alcanza a Bs871 en este caso: Aunque con ambos cálculos se llega a determinar el mismo importe del IVA generado, la gran diferencia es que con el Formulario 200 Versión 3 aplicamos correctamente la norma tributaria y que con el Formulario 200 Versión 2 con su enfoque de simplificación para la declaración no se enmarcaba en lo establecido en nuestra Ley 843 (Texto Ordenado Vigente). De manera análoga, es la declaración de las compras con descuentos y rebajas en el mes, tal como sigue: LIQUIDACIÓN DEL FORMULARIO 200 VERSIÓN 3 EN COMPRAS.
El importe total se registra tanto en la casilla 11 como en la 26, siempre y cuando la compra esté vinculada a la actividad gravada del contribuyente, caso contrario en vez de registrar en la casilla 26 se debería registrar en la casilla 31, donde por la operación de la “Proporcionalidad” se aplicara el crédito fiscal según la proporción de los ingresos de actividades gravadas y actividades no gravadas por el impuesto, bajo esta aseveración asumiremos como ejemplo práctico para Noviembre • Diciembre 2014
9
IMPUESTOS
demostración del efecto de la correcta liquidación del impuesto el primer caso donde la compra está directamente vinculada a la actividad gravada del contribuyente, y según la operación matemática del formulario se tiene que el IVA a favor generado alcanza a Bs871.-
El conflicto actual para este tipo de transacciones con descuentos y rebajas en el mes, es que los Formatos y/o estructuras de los Libros de Compras y Ventas vigentes (RND 10-001-07) nunca “cuadraran” o igualaran importes con los Formularios 200 Ver. 3.
10
En el actual formato de los Libros de Compras y Ventas según la RND 10-0016-07, que están vigentes por esta gestión más, en las columnas (c) de “Importes Exentos” se mezclan tanto importes que no están alcanzados por el IVA tal como el mismo ICE, Tasas, el 30% en compra de combustibles, etc. y también importes que están alcanzados por el IVA como lo son los Descuentos y Rebajas en el mes que en caso de Compras genera Debito Fiscal y n caso de Ventas generan Crédito Fiscal. En el actual formato de los Libros de Compras y Ventas según la RND 10-0016-07, que están vigentes por esta gestión más, en las columnas (c) de “Importes Exentos” se mezclan tanto importes que no están alcanzados por el IVA tal como el mismo ICE, Tasas, el 30% en compra de combustibles, etc. y también importes que están alcanzados por el IVA como lo son los Descuentos y Rebajas en el mes que en caso de Compras genera Debito Fiscal y en caso de Ventas generan Crédito Fiscal. Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS Por este motivo y con mucho acierto se modificaron los formatos y/o estructura de remisión de información de los Libros de Compras y Ventas en la RND 10-0025-14, que entran en vigencia desde la gestión 2015, donde ya se discriminan los valores que corresponden a importes no comprendidos o alcanzados por este impuesto (importes exentos) de los importes que conciernen a los descuentos y rebajas en el mes tanto en las ventas como en las compras, que de alguna forma ayudara en la liquidación de las Declaraciones Juradas mensuales y se podrá verificar los importes de los LCV con las DDJJ (Formulario 200 Ver.3).
Estos tipos de cambios en nuestras actividades cotidianas de orden tributario, deben ser analizados y empleados tomando en cuenta el criterio profesional con la correcta aplicación de la Normativa Tributaria Vigente en toda su amplitud, tanto Leyes, Decretos Supremos, Reglamentaciones (RND) y otros emitidos por los órganos competentes. Noviembre • Diciembre 2014
11
IMPUESTOS
IMPUESTOS
NOCIONES BASICAS SOBRE EL IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN BOLIVIA *Carlos Coronel Auditor Financiero, Expositor, docente universitario, docente post-grado en Maestrías
El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas “I.U.E.”, se aplica en todo el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los Estados Financieros al cierre de cada gestión anual.
E 12
l Impuesto a las Utilidades de las Empresas se paga sobre ganancias de fuente Boliviana, es decir de aquellas que provienen de bienes situados, colocados o utilizados económicamente en el país. También por la realización de cualquier acto o actividad susceptible de producir utilidades en el territorio nacional; o de hechos ocurridos dentro del límite del país, sin tener en cuenta la nacionalidad, domicilio o residencia del titular o de las partes que intervengan en las operaciones, ni el lugar de celebración de los contratos. Este impuesto se recauda considerando toda clase de negocios, sin importar su forma de constitución legal, pudiendo ser sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, u otro tipo de sociedades y
Noviembre • Diciembre 2014
negocios individuales que gravan el impuesto de forma similar. El Impuesto sobre las Utilidades a las Empresas IUE es aplicable a empresas públicas, privadas y unipersonales, profesionales que ejercen profesiones u oficios de manera independiente, más Notarios de Fe Pública, Oficiales de Registro Civil, Comisionistas, Factores y Corredores de Comercio.Beneficiarios del exterior;Personas naturales y jurídicas que remitan rentas al exterior y Sucursales de empresas que efectúen actividades parciales en el país. Este impuesto, liquidado y pagado anualmente, será considerado como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones, a partir del primer mes posterior a aquel en que se cumplió con la presentación de la
IMPUESTOS
declaración jurada y pago del impuesto sobre las utilidades hasta su total agotamiento, momento a partir del cual, nuevamente se debe pagar el Impuesto a las Transacciones sin deducción alguna. En caso de que al producirse un nuevo vencimiento de la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre las utilidades quedase un saldo pendiente de compensación, este saldo se consolida en favor del fisco.
Objeto del Impuesto El objeto del impuesto es gravar las utilidades anuales obtenidas por las empresas públicas o privadas; e ingresos de profesionales libres y oficios y actividades parcialmente realizadas en nuestro país.
Base Normativa del I.U.E. Sujetos del Impuesto Son sujetos del impuesto;todas las empresas tanto públicas como privadas y todo tipo de sociedades de hecho o irregulares, empresas unipersonales, sucursales, agencias como: a) Empresas unipersonales y profesionales libres. b) Las empresas constituidas o por constituirse en el territorio nacional queextraigan, produzcan, beneficien, reformen, fundan y/o comercialicen mineralesy/o metales. c) Las empresas dedicadas a la exploración, explotación, refinación,industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos. d) Las empresas dedicadas a la generación, transmisión y distribución de energíaeléctrica.
Hecho Imponible Se consideran ingresos de fuente boliviana, aquellas utilidades que provienen de: • Bienes situados, colocados o utilizados económi camente en el Estado. • La realización en el territorio nacional de cualquier acto o actividad susceptible de producir utilidades. • Remuneraciones o sueldos de directores por actividades que realicen desde el exterior para empresas bolivianas. • Honorarios, retribuciones o remuneraciones por prestaciones de servicios (consultoría, asesoramiento de todo tipo, asistencia técnica, investigación, profesionales y peritajes), realizados desde o en el exterior, cuando los mismos tengan relación con la obtención de utilidades de fuente boliviana (ley 2493, inciso e Art. 4 D.S. 24051). • Hechos ocurridos dentro el límite del Estado.
Para Empresas El Impuesto a las Utilidades de la Empresas IUE se
aplica sobre las utilidades resultantes de los Estados Financieros al cierre de cada gestión anual, elaborados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados ”PCGA” con los ajustes impositivos establecidos por Ley considerando también su decreto reglamentario. Para los que ejercen Profesiones Liberales y Oficios: Total de ingresos, menos el IVA declarado y pagado por los ingresos. Los no obligados a llevar contabilidad (que no realicen actividades comerciales), deben elaborar una Memoria Anual especificando los ingresos y los gastos.
Concepto de Enajenación por Compra Venta de Bienes A los fines de la Ley se entiende por enajenación; la venta, permuta, cambio, expropiación, en general, todo acto dedisposición por el que se transmita el dominio a título oneroso de bienes, accionesy derechos. A los efectos de este impuesto, se considera perfeccionada la transferencia deldominio de los inmuebles, cuando mediante contrato de compraventa, se otorgare la posesión, debiendo protocolizarse la minuta en un plazo máximo detreinta (30) días, para perfeccionar el derecho propietario del bien. Imputación de Utilidades y Gastos a la Gestión Fiscal Elimpuesto tendrá carácter anual y será determinado al cierre de cada gestión.En el caso de sujetos no obligados a llevar registros contables que le permitanelaborar estados financieros, la gestión anual abarcará el período comprendidoentre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año.Para la determinación del impuesto se consideran los ingresos y gastos del año en que termine la gestión en elcual se han devengado o pagado. Exenciones Están exentas del impuesto las: a) Actividades del Estado Nacional, Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipalidades, Universidades Públicas. Noviembre • Diciembre 2014
13
IMPUESTOS
b) Utilidades obtenidas por las Asociaciones Civiles, Fundaciones o Instituciones no Lucrativas (siempre y cuando hayan realizado su trámite de exención del impuesto). c) Intereses a favor de Organismos Internacionales de Crédito e Instituciones Oficiales Extranjeras, cuyos convenios hayan sido ratificadospor la Asamblea Legislativa. d) Para obtener la exención de manera adecuada se deben considerar las;RND Nº 10.0030.05 de 14 de septiembre de 2005 y la RND Nº 10-0030-14 del 19 de diciembre de 2014. Determinación de la Utilidad Neta Para establecer la Utilidad Neta sujeta al impuesto, se restará de la Utilidad Bruta (ingresos menos costo de los bienes vendidos y/o servicios prestados según sea el caso) los gastos necesarios para obtenerla y, en su caso, para mantener y conservar la fuente, cuya deducción admite la Ley. La Utilidad Neta Imponible es la resultante de los Estados Financieros elaborados de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptadas PCGA, con los ajustes y adecuaciones contenidas en la Ley y el D.S. 24051 (ajustes tributarios). Determinación de la Utilidad Neta Para establecer la Utilidad Neta sujeta al impuesto, se restará de la Utilidad Bruta (ingresos menos costo de los bienes vendidos y/o servicios prestados según sea el caso) los gastos necesarios para obtenerla y, en su caso, para mantener y conservar la fuente, cuya deducción admite la Ley. La Utilidad Neta Imponible es la resultante de los Estados Financieros elaborados de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptadas PCGA, con los ajustes y adecuaciones contenidas en la Ley y el D.S. 24051 (ajustes tributarios). Alícuota Las utilidades netas imponibles que obtengan las empresas obligadas al pago del impuesto cancelan la tasa del25% (veinticinco por ciento), que se aplica a la utilidad resultante de la determinación de los gastos deducibles (gastos necesarios para la obtención de
14
Noviembre • Diciembre 2014
utilidad siempre y cuando estén vinculados con la actividad gravada y respaldados con documentos originales) y no deducibles e ingresos imponibles y no imponibles. En el caso de los profesionales independientes, es la misma alícuota del 25%, que se recauda sobre el 50% de los honorarios profesionales, como por ejemplo: de abogados, contadores, doctores en medicina, dentistas y de otras profesiones similares que mantienen prácticas independientes. Se presume que el otro 50% es el costo de sus servicios. Para estos contribuyentes, el 100% del monto del IVA incluido en las facturas de sus compras personales, es considerado como un pago adelantado y acreditado al impuesto neto por pagar solamente hasta el 50% del total del impuesto determinado. Plazos y Cierre de Gestión Fiscal El plazo establecido para Declaración Jurada del impuesto a las Utilidades es de 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal. Los plazos de cierre fiscal están de acuerdo a la actividad que realiza cada contribuyente Cierre 31 de marzo: Empresas Industriales y Petroleras; cancelan el impuesto hasta el 29 de julio. Cierre 30 de junio: Empresas Gomeras, castañeras, Agrícolas, ganaderas y Agroindustriales; cancelan el impuesto hasta el 28 de octubre. Cierre 30 de septiembre: Empresas mineras; cancelan el impuesto hasta el 28 de enero. Cierre 31 de diciembre: Instituciones Bancarias, Compañías de Seguros, Empresas Comerciales, Empresas de Servicios y otras; cancelan el impuesto hasta el 30 de abril.
IMPUESTOS
GUÍA PARA PYMES CÓMO ADECUARSE AL NUEVO SISTEMA DE FACTURACIÓN VIRTUAL (SFV) *Oscar Alejandro Silva Velarde Consultor y Asesor Informático, Gerente General de OSware Sistemas y Representaciones
El Código QR es único e individualiza cada factura emitida… a presente guía busca orientar a las PYMES, a una transición efectiva al menor costo posible y con posibilidades de incluir procesos de control interno asociados a la emisión de facturas en cumplimiento alas nuevas reglamentaciones emitidas por el Servicio de Impuestos Nacionales.
L
herramienta el SIN pueda efectuar la triangulación entre el comprador, el vendedor y el Servicio de Impuestos Nacionales, donde la no correspondencia entre Débito Fiscal IVA y Crédito Fiscal IVA y su correspondiente apropiación pueda ser detectada fácilmente por el ente fiscalizador.
El Servicio de Impuestos Nacionales cambia el “Nuevo Sistema de Facturación” vigente desde mayo del 2007, por el “Sistema de Facturación Virtual”, dando énfasis al uso de la tecnología actual para que la información de cada Pyme esté disponible en la Internet.
El Código QR es único e individualiza cada factura emitida, debe ser impreso en la parte inferior de todas las facturas emitidas por el sistema computarizado. Las facturas manuales no deben incluir este código. Ahora bien, la emisión de facturas con este código implica que el contribuyente analice dos elementos importantes:
A las PYMES (Pequeñas y Micro Empresas), con la aprobación de la RND 10-0025-2014 y sus modificaciones establecidas en la RND 10-0029-2014, se les abre la oportunidad para ingresar a una era de sistematizar sus a tareas de control de todas sus actividades asociadas a la obligatoriedad para adecuarse a la nueva normativa tributaria. El Sistema de Facturación Virtual, ingresara en vigencia a partir del 5 de enero de 2015impostergablemente, (Artículo 1, Parágrafo III RND 10-0029-14). Después de haber extendido en dos oportunidades los plazos límites (31 de abril y noviembre de 2014), las posibilidades de un nuevo tiempo de ajuste adicional posterior es improbable, motivo por el cual los contribuyentes deben “adaptarse” a la nueva normativa lo antes posible. El Código QR Las facturas harán su transición con un nuevo formato, además deberán incluir el Código QR bajo el Sistema de Facturación Virtual (SFV). Este código lleva información específica de la factura para garantizar la validez y evitar la clonación, para que con esta
1. Software o Sistema con el que generará sus facturas Su empresa debe contar con un software que haya sido validado por el SIN para la generación del código de control, caso contrario no podrá obtener dosificaciones para sus facturas. Si ya cuenta con un software que emite sus facturas entonces deberá adecuar el mismo de manera que emita facturas con el nuevo formato y con el código QR. Si no cuenta con un software o sistema entonces deberá considerar adquirir uno o hacer desarrollar una solución por su cuenta. Este análisis implica que considere varias variables como tiempo, oportunidad, costo, soporte técnico, planes de automatización futura, etc. 2. Equipamiento (Hardware) que necesita para emitir las facturas emitidas con su Software El contribuyente debe considerar el tamaño de su empresa y la cantidad de equipos que pudiese requerir.El equipamiento mínimo que necesita para empezar a facturares de: Noviembre • Diciembre 2014
15
IMPUESTOS
• Una Computadora por Punto de Venta o Sucursal Si su sucursal tiene muchos puntos de facturación al público deberá considerar instalar una Red de Computadoras e instalar un Equipo por Punto
• Una Impresora por Punto de Venta o Sucursal En este punto deberá definir lo siguiente: § Impresión de Facturas en papel Preimpreso Si ya dispone de papel con formato de factura generado en imprenta § Impresión de Facturas en papel bond tamaño carta en blanco Si es que el software imprimirá el formato y los datos de la factura en una hoja de papel en blanco § Impresión de Facturas en Rollos de Papel Si decide imprimir sus facturas en rollos de papel continuó. Tipos de Impresoras, Ventajas y Desventajas La Resolución Administrativa establece que ya no es necesario almacenar una copia física de las facturas, pero sí deben almacenarse de manera electrónica en un medio que permita su reimpresión. La decisión de guardar una copia física dependerá de los procesos de control interno de cada empresa ó institución. La elección del tipo de impresora a utilizar dependerá del formato de impresión de facturas por el que haya optado el contribuyente y de la decisión de contar o no con una copia física de la factura.
TIPOS DE IMPRESORAS Impresoras Matriciales Una de las mejores alternativas, en el caso de que requieran copias impresas de facturas, son las impresoras de impacto que permiten obtener una o más copias. En nuestra experiencia vimos como algunas empresas empezaron ya a cambiar su impresora matricial de 9 agujas por las impresoras de 24 agujas, que son las requeridas para la impresión con mejor calidad.
Entre las desventajas de este tipo de impresoras, está la velocidad y la mala calidad de impresión del Código QR. Impresoras de Inyección de Tinta Esta es una buena alternativa para la generación de facturas sin copia, ya que permite una impresión relativamente rápida y con una buena calidad de lectura del Código QR. Su costo es accesible. Entre sus desventajas se presenta el hecho que si se pasa el dedo por la factura antes de haberse secado entonces se obtiene una factura sucia y de difícil comprensión. Impresoras Térmicas Las impresoras térmicas son la mejor alternativa para imprimir facturas en rollo de papel. Su impresión es nítida y la velocidad de impresión es quizás su mejor atributo. Entre las desventajas se encuentra que este tipo de impresoras solo sirven para la impresión de facturas. Por otro lado debe considerarse que se requieren rollos de papel especial cuyo precio varía de acuerdo a la calidad y además la nitidez tiende a degradarse con el tiempo (entre 1 a 5 años). Impresoras Láser La mejor alternativa para la impresión de Facturas Preimpresas o en papel carta blanco. Permite la emisión de facturas a una buena velocidad y con la mejor calidad disponible en el mercado. Entre sus desventajas está el costo de la impresora y de los consumibles. Software de Facturación a Adquirir Es seguro que los procedimientos tanto técnicos como legales para la dosificación y emisión de facturas cambiarán para facilitar las tareas de control cruzado que maneja el Servicio de Impuestos Nacionales. Para
16
Noviembre • Diciembre 2014
xión a Internet para obtener la dosificación. El software de facturación que vaya a utilizar dependerá del número de sucursales con los que cuente, del número de puntos de venta en cada sucursal y de la infraestructura tecnológica que dispone su empresa.
IMPUESTOS
esto, se explotará al máximo la capacidad de almacenaje del Código de Respuesta Rápida (Código QR), se irá induciendo y permitirá verificar rápidamente los datos de la factura para evitar falsificaciones. Cualquier usuario puede verificar la factura solo descargando un software en su teléfono inteligente (Smartphone).
Por tanto podrá elegir entre las siguientes opciones De las antiguas siete modalidades de facturación, disponibles en el mercado: se dieron de baja dos (Facturación por Davinci y Máquinas Registradoras) y se adicionó una nueva (Fac• Software de Facturación en Punto de Venta turas Electrónicas por Ciclos), quedando la modalidad Son soluciones que le permiten instalar el softwade “Facturación Electrónica” re en un PC con acceso a una en la cual la generación y la impresora y empezar a emitir emisión de Facturas o Notas facturas luego de haber obteFiscales, se realiza a partir del ...ya no es necesario nido la dosificación respectiSistema Computarizado Reva. almacenar una copia física gistrado y Certificado por el Son fáciles de usar con pantaSujeto Pasivo o Tercero Resde las facturas... llas muy amigables al usuario ponsable. y con fácil mantenimiento de parte del usuario. Los Sujetos Pasivos o TerEntre sus desventajas están ceros Responsables que optaque no están diseñados para operar en ambientes ren por esta Modalidad de Facturación, previamente alejados geográficamente y la integración de varias deben tramitar la respectiva suscripción ante el SIN sucursales necesita un trata miento especial de y coordinar sus aspectos técnicos, además deben conconsolidación de datos. tar con el correspondiente Certificado Digital y cone-
17
Noviembre • Diciembre 2014
IMPUESTOS
• Software de Facturación basado en Web Se trata de software que centraliza la información de ventas en un servidor central ubicado en un centro de datos. Los puntos de venta se conectan al servidor mediante internet y es muy útil para centralizar información en línea de varios puntos de venta en tiempo real. Entre sus desventajas están que se requiere invertir en un equipo servidor, el software de servidor con la respectiva protección contra piratas, y además el hecho que si hay algún corte de servicio internet ocasiona una interrupción en la facturación. Dependerá de las características propias de cada empresa el tipo de software a adquirir, sin embargo de ben tomarse en cuenta varios aspectos para evitar que a futuro el software deba ser reemplazado por haber sido bien dimensionado y/o desarrollado. Ventajas Importantes: En ese contexto, la obligatoriedad del uso de la factura electrónica se transforma en el primer peldaño o la mejor oportunidad para automatizar no solamente le emisión de facturas, sino también para computarizar la obtención del Libro de Compras / Ventas y cualquier otra tarea operativa que esté relacionada a la emisión de una factura, como ser: • Almacenes: Puede añadir un módulo de almacenes a su software para que cada factura emitida haga una resta de sus inventarios. • Gestión Académica: Puede incorporar un módulo que administre el pago de mensualidades de alumnos en un instituto o colegio cada vez que se genere una factura. • Clientes: Si necesita administrar las cuentas por
V ERGAR A
& F
I
R
M
D
E
A
B
O
G
A
D
O
S
w w w. v e r g a r a s o c i a d o s . c o m
18 Noviembre • Diciembre 2014
Ahora, con la obligatoriedad de la utilización de la factura electrónica, las Pymes, podrán introducir la tecnología a su gestión permitiendo tener la información precisa actualizada y en línea, al mantener sus cuentas corrientes ordenadas sabiendo a ciencia cierta si su negocio es verdaderamente rentable. Entre los principales beneficios de emitir facturas de manera electrónica está el ahorro de papel, costos operacionales como en tiempo y horas hombre; además, es un medio mucho más seguro, transparente, fácil de utilizar y rápido. Como OSware Computación y Sistemas, hemos pensado en todos aspectos y proponemos un software a la medida de la empresa PYME y les damos soporte técnico manteniéndolos constantemente actualizados y dándoles soluciones llave en manos mayores informes a ossilva@hotmail.com
&
S A N TA C RU Z Equipetrol Norte Calle Las Begonias N° 15 Te l é f o n o s : ( 5 9 1 - 3 ) 3 4 0 2 3 4 0 - ( 5 9 1 ) 6 8 2 1 1 0 0 3
C o r p o r a t i v o , E m p r e s a r i a l & Tr i b u t a r i o
18
En ese sentido, el software de gestión añadido a su software de facturación tiene un papel fundamental, al contribuir al aumento de productividad y a la mejor toma de decisiones en pro de la organización que los utiliza.
L A PA Z E d i fi c i o S t a . Ta e r e s a M e z z a n i n e O f . 5 y 6 Av. A r c e N ° 2 1 1 6 Te l é f o n o s : ( 5 9 1 - 2 ) 2 4 4 2 0 3 3 - ( 5 9 1 ) 6 8 2 1 1 0 0 3
a s o c i a d o s
A
cobrar a sus clientes, puede añadir un módulo que le genere reportes de ventas y pagos por cada cliente. • Consultorios Médicos: Puede incorporar un módulo de gestión de pacientes para mantener un historial de las consultas realizadas por sus pacientes y los pagos que realizó por concepto de servicios médicos. • Hoteles/Moteles/Alojamientos: Si añade un panel de control de habitaciones a su software de facturación podrá conocer sobre la rentabilidad de su negocio asociado al uso y consumo de las habitaciones.
COCHABAMBA Centro Internacional de Convenciones Av. S a l a m a n c a N ° 6 2 5 Te l é f o n o ( 5 9 1 - 4 ) 4 5 2 1 0 2 0 - ( 5 9 1 ) 6 8 2 1 1 0 0 3
info@vergarasociados.com
CONTABILIDAD
CATÁLOGO DE CUENTAS SEGÚN NIIF Y NORMAS NACIONALES DE CONTABILIDAD PARA EMPRESAS PYMES PROPUESTA BOLIVIANA
Lic. CPA. Jhonny Quintana Álvarez CPA, profesional certificado en NIIF,docente universitario, expositor nacional, autor de varios libros financieros, Gerente General Consultora PYME-FOA SRL
N
os encontramos en un proceso de convergencia a Normas Internacionales de Información Financiera, en Latinoamérica y el mundo, lo cual es beneficioso ya que las normas contables nacionales no son suficientes las vigentes no concuerdan en su integridad con las operaciones y transacciones originadas por las empresas que están sometidas a la expansión de mercados competitivos globalizados, implicando la incorporación de nuevas estrategias de administración, nuevos instrumentos de control y gestión de los recursos de las empresas manteniéndose vigente su análisis. Mientras sigan vigentes las Normas Nacionales de Contabilidad, bajo un enfoque de la Contabilidad del Siglo XX (enfoque de la vieja escuela contable de PGCAs en Bolivia), es pertinente realizar un análisis minucioso para implementar las NIIF de forma parcial y no integral. Lo anterior no significa, que se aplicaran las NIIF en su integridad, ya que una de la exigencias es aplicarla al 100% en la medida que se aplicable a cada empresa y nos limita para hacerrevelaciones en las Notas a los Estados Financierosde la aplicación de las NIIF. Mi propuesta se basa en rescatar los procedimientos, principios, reglas y otros puntos, en que las NIIF y las Normas Nacionales de Contabilidad puedan armonizar de alguna manera. Esta situación sí es posible, por ejemplo; se pueden utilizar muchas definiciones de las NIIF, como; Activo, Pasivo Patrimonio, Ingresos y Gastos, otra situación es que se pueden utilizar las categorizaciones y agrupaciones que se utilizan en las NIIF y de esta manera entendernos en un solo lenguaje contable con el resto de países que aplican las NIIF. Iniciamos la aplicación parcial de las NIIF en las empresas con base en las Normas Bolivianas de Contabilidad y aplicar las Normas NIIF especificas en tratamientos donde la Norma Nacional de Contabilidad, no este normando por ejemplo: Elaboración de Flujos de Efectivos, Elaboración de Estado de Resultado Integral, Elaboración de Estado de Evolución de Patrimonio, etc.
Aplicación de NIIF en Bolivia ante ausencia de Normas Locales Ante la ausencia de pronunciamientos contables específicos del país, el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (CTNAC), ha emitido inicialmente la Resolución Nº 02/94 de mayo de 1994, en la cual resuelve la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC’s) emitidos por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), a la fecha de aprobación eran 29 (veintinueve) normas. Con el pasar del tiempo, a nivel internacional se incrementaron Normas Internacionales de Contabilidad, por lo que en Bolivia se emitió la resolución Nº 01/2003 de 26 de febrero de 2003, que amplía la vigencia de las Normas Internacionales de Contabilidad hasta la NIC 41. Según la Resolución Nº 02/2009 Artículo Cuarto aprueba la adopción en Bolivia de las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF (IFRS por su sigla en inglés), para su aplicación únicamente en ausencia de pronunciamientos técnicos específicos del país o reglamentaciones locales sobre asuntos determinados. Catálogo de Cuentas según NIIF y las Normas Nacionales de Contabilidad Propongo el presente Catálogo considerando lo descrito anteriormente, con partidas y términos NIIF, dentro lo permitido por las Normas Nacionales de Contabilidad. Considerando el tipo y tamaño de la empresa. Por nuestro tipo de economía, propongo el presente catalogo para una empresa PYME (Pequeña y Mediana Empresa), para el rubro comercial, con algunos aditamentos de una Industrial. Las cuentas con negrillas, representan Cuentas de Agrupación y las que no se encuentran con negrillas representan las cuentas de movimiento de las transacciones. El orden, puede variar de una empresa a otra, según su liquidez que muestren sus cuentas. Por ejemplo una empresa que es conservadora, cuenta con Inversiones Financieras Temporales (no realizan negociaciones de inversiones antes de su Noviembre • Diciembre 2014
19
CONTABILIDAD
vencimiento) y las políticas de cuentas por cobrar es a 30dias, por tanto la agrupación es de; “Cuentas por Cobrar Comerciales y Otras Cuentas por Cobrar” tiene mayor liquidez que las cuentas de “Inversiones Financieras Temporales”. Existen tratamientos erróneos en los catálogos de cuentas tradicionales como por ejemplo: I) Error del Activo Exigible Ejemplo: Varias cuentas de diferente naturaleza y/o finalidad en el Activo Exigible Activo Exigible: (Errado) Clientes por Cobrar Documentos Por Cobrar a Clientes IVA Crédito Fiscal IUE a Compensar Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado Para corregir: Se debe reclasificarlas en:Cuentas por cobrar comerciales y otras cuentas por cobrar Clientes por Cobrar Documentos Por Cobrar a Clientes Nota: La finalidad de este tipo de cuentas, es cobrar el importe indicado en la cuenta. Activos por Impuestos Corrientes IVA Crédito Fiscal IUE a Compensar Nota: La finalidad de este tipo de cuentas no es cobrarlos, es utilizar estas cuentas para compensar o disminuir impuestos del lado pasivo relacionados a esta. Gastos Pagados por Anticipado Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado Nota: La finalidad de este tipo de cuentas no es cobrarlos, estas se convertirán en Gastos con el pasar del tiempo.
20
II) Error del Activo Fijo En Europa, se utiliza el término Inmovilizado. El Inmovilizado a la vez se divide en dos: • Inmovilizado Material • Inmovilizado Inmaterial Por lo anterior, el término más correcto sería: • ACTIVOS FIJOS TANGIBLES • ACTIVOS FIJOS INTANGIBLES Según las NIIF, los activos fijos tangibles se denominan PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, lo cual, es una opción más para utilizar este denominativo más correcto. III) Error por falta de agrupación de Cuentas de Pasivo La falta de agrupación de las cuentas de pasivo es un error común,en muchos planes de cuentas se ve lo siguiente: Noviembre • Diciembre 2014
PASIVOS CORRIENTES Proveedores por Pagar Documentos por Pagar a Proveedores Sueldos y Salarios Por Pagar Aportes y Retenciones Por Pagar IVA Debito Fiscal I.T. Por Pagar Deudas con Entidades de Crédito (Préstamos Bancarios) Intereses por Pagar a Entidades de Crédito Nota: Al no contar con la clasificación correspondiente por grupos, se registran cuentas de diferente naturaleza y/o fin. Para corregir, se propone la siguiente clasificación y/o agrupaciones: PASIVOS CORRIENTES Obligaciones Comerciales Proveedores por Pagar Documentos por Pagar a Proveedores • Obligaciones Laborales Sueldos y Salarios Por Pagar Aportes y Retenciones Por Pagar • Obligaciones Tributarias IVA Debito Fiscal I.T. Por Pagar • Deudas Crediticias y de Financiamiento Deudas con Entidades de Crédito (Préstamos Bancarios) Intereses por Pagar a Entidades de Crédito IV) Error en Gastos de Operación El error más común es que los Gastos Financieros y Gastos Tributarios, son considerados como parte de los GASTOS DE OPERACIÓN. Clasificación de Gastos de Operación: Gastos de Operación Gastos de Administración Gastos de Comercialización Gastos Tributarios (Incorrecto) Gastos Financieros (Inapropiado) Con relación a los Gastos Tributarios, estos deben exponerse en los Gastos de Administración o en los Gastos de Comercialización, según corresponda. Ejemplo el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPB-I), según a que departamento (administración o comercialización) haya hecho uso del inmueble. Con relación a los Gastos Financieros, estos no se exponen en el grupo GASTOS OPERATIVOS, mas al
CONTABILIDAD
contrario, se crea otro grupo para estos gastos financieros, y el denominativo para este grupo seria INGRESOS Y GASTOS FINANCIEROS, ya que no solo se deben exponer los Gastos Financieros, sino también los Ingresos Financieros.
Por lo anterior, los gastos operativos esta compuestos solo por los Gastos de Administración y los Gastos de Comercialización.
CATALOGO DE CUENTAS PROPUESTO ACTIVOS I) ACTIVOS CORRIENTES Efectivo y equivalentes (Disponibilidades) Caja Bancos Caja Chica Depósitos a Plazo Fijo (Menores a 90 días, según política contable) Cuentas por cobrar comerciales y otras cuentas por cobrar (Activo Exigible) Clientes por Cobrar Clientes de Dudoso Cobro Deudores por Cobrar Deudores de Dudoso Cobro Documentos Por Cobrar a Clientes Documentos Por Cobrar a Deudores Documentos por Cobrar Vencidos Documentos por Cobrar Descontados Anticipo a Proveedores Otras Cuentas por Cobrar Activos por Impuestos Corrientes IVA Crédito Fiscal IUE a Compensar Impuestos Pagados por Anticipado Inventarios Almacén de Mercaderías Almacén de Materiales Generales Almacén de Insumos y/o Materia Prima Almacén de Productos Terminados Almacén de Productos En Proceso Mercaderías en Transito Inversiones financieras Inversiones Financ. Temporales de Capital Valores de Renta Fija Gastos Pagados por Anticipado Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado Anticipo de Sueldos Otros Gastos Pagados por Anticipado
II) ACTIVOS NO CORRIENTES Inversiones financieras Inversiones Financ. Permanentes de Capital Valores de Renta Fija Propiedades, planta y equipo (Activos Fijos) Terrenos Edificaciones Equipos e Instalaciones Maquinarias en General Vehículos Automotores Muebles y Enseres Equipos de Computación (-) Depreciación Acum. De …. Maquinarias en Preparación e Instalación Activos intangibles Gastos de investigación y desarrollo. Concesiones administrativas. Propiedad industrial. GoodWill (Fondo de comercio) Derechos de traspaso. Aplicaciones informáticas. Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. Gastos Pagados por Anticipado Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado Anticipo de Sueldos Otros Gastos Pagados por Anticipado Gastos Amortizables Gastosde constitución (Gastos de 0rganización) Gastos de primer establecimiento. Gastos de ampliación de capital. Gastos de formalización de deudas. Gastos por intereses diferidos
21
Noviembre • Diciembre 2014
CONTABILIDAD
PASIVOS I) PASIVOS CORRIENTES Obligaciones Comerciales Proveedores por Pagar Documentos por Pagar a Proveedores Acreedores por Prestación de Servicios Anticipos de Clientes Obligaciones por Documentos por Cobrar Descontados Intereses por Pagar Obligaciones Laborales Sueldos y Salarios Por Pagar Aportes y Retenciones Por Pagar Aguinaldos por Pagar (Prov. Aguinaldo) Obligaciones Tributarias IVA Debito Fiscal I.T. Por Pagar Retenciones Impositivas I.U.E. por Pagar I.P.B.-Inmuebles por Pagar I.P.B.-Automotores por Pagar Multas e Intereses Tributarios por Pagar Deudas Crediticias y de Financiamiento Deudas con Entidades de Crédito (Préstamos Bancarios) Intereses por Pagar a Entidades de Crédito Deudas en Bonos Emitidos Intereses por Pagar de Bonos Acreedores por Arrendamiento Financiero II) PASIVOS NO CORRIENTES Deudas Crediticias y de Financiamiento Deudas con Entidades de Crédito Deudas en Bonos Emitidos Acreedores por Arrendamiento Financiero Provisiones Provisión para Contingencias Tributarias Provisiones para Contingencias Legales Provisión para Grandes Reparaciones Provisión para Indemnización de Trabajadores
escritorio de
abogados 22
buró
tributario
Director: Jaime Rodrigo Machicao Teléfonos: 291 1331-321 Celulares: 76299964-70616156 Sopocachi - La Paz, Bolivia escribo@acelerate.com Noviembre • Diciembre 2014
PATRIMONIO NETO Capital Capital Social Aportes por Capitalizar Ajustes de Capital Reservas Reserva Legal Reservas Estatutarias Reservas Especiales Ajuste de Reserva Patrimonial Resultados Acumulados Resultado Gestión X Resultado de la Gestión INGRESOS Y GASTOS Utilidad Bruta en Ventas Ventas Netas Ventas Recargo en Ventas Descuento en Ventas Costo de Mercaderías Vendidas Costo de Productos Vendidos Gastos de Operación Gastos de Administración Sueldos Depreciación Gastos de Comercialización Sueldos Depreciación Ingresos y Gastos Financieros Gastos Financieros Ingresos Financieros Otros gastos e ingresos AITB (REI) Diferencias de Cambio Mantenimiento de Valor Otros Ingresos Otros Gastos
AUDITORÍA
EL COMITÉ DE AUDITORÍA: GUARDIÁN DE LAS EMPRESAS Ángel Contreras Moreno
Socio de Global Practice International y presidente del Instituto Mexicano de Mejores Prácticas Corporativas, A.C.
V
igilar la transparencia es una tarea de todos, pero una responsabilidad específica de este importante organismo. El prototipo de la empresa moderna requiere un cambio en la forma en que es gobernada. Hoy por hoy, se requiere adoptar una administración transparente y equitativa, alineada con los intereses de sus accionistas. Dichos intereses deben estar soportados por principios fundamentales, como la equidad, la honestidad, la solidaridad y la justicia, con el fin de proteger tanto a los inversionistas como a los terceros interesados en su continuidad. Esta forma de gobierno corporativo se ejerce a través de un consejo de administración institucional y participativo, sustentado con valores y principios éticos, que sean congruentes con el estilo de sus empresarios; que promueva la transparencia, la productividad, la competitividad y la integridad de la compañía.
El consejo de administración debe asumir su compromiso con la institución, para apoyarla en consolidar su estrategia, controlarla y lograr su eficiencia operativa. Dentro de su responsabilidad, debe atender las funciones claves relacionadas con auditoría, finanzas y planeación, así como evaluación y compensación. Para atender a este encargo, se deben crear comités que atiendan estas funciones, los cuales representan una extensión del consejo de administración. Sus actividades y conclusiones serán sometidas al consejo en pleno para su discusión, aprobación, y, en su caso, para la toma de decisiones, sin que estos comités constituyan un órgano ejecutivo ni asuman las funciones que corresponden al consejo (o lo que concierne a las áreas operativas de la sociedad). El comité de auditoría es el órgano intermedio más adoptado por los consejos de administración en México. Éste se asegura de que las auditorías interna Noviembre • Diciembre 2014
23
AUDITORÍA
y externa se realicen con objetividad e independencia, así como que se lleven a cabo, permanentemente, la validación del control interno y el proceso de emisión de la información financiera, el análisis y evaluación de las operaciones con partes relacionadas, y se mantenga atento para identificar posibles conflictos de interés. El comité es integrado por varios consejeros propietarios independientes de experiencia probada. Por lo general, un comité reúne entre tres y siete personas; sin embargo, las sociedades podrán iniciar su proceso de institucionalización con la mayoría de los consejeros independientes y decidir, posteriormente, el momento de integrarlos en su totalidad. El periodo de sesiones lo determinarán los miembros del comité; sin embargo, es importante realizar, cuando menos, sesiones bimestrales, y esparcirlas conforme exista evidencia de la contundencia de su gestión. Es importante que se emita un informe trimestral al consejo de administración sobre sus actividades y recomendaciones. El Consejo Coordinador Empresarial, en el Código de Mejores Prácticas Corporativas, incluye las principales funciones que el comité de auditoría debe atender. Entre ellas, quisiera destacar las siguientes: 1. FUNCIÓN DE AUDITORÍA EXTERNA, INTERNA E INFORME DEL COMISARIO
asegurando su confiabilidad, calidad, transparencia y aplicación consistente. • Analiza y evalúa las operaciones con partes relacionadas y coordina la elaboración de la política que define las bases de su realización. 3. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL • Define los lineamientos generales del control interno y evalúa su efectividad. • Verifica que se respeten los mecanismos establecidos para el control de los riesgos a los que esté sujeta la sociedad. 4. CÓDIGO DE ÉTICA • Verifica el cumplimiento del código de ética y establece mecanismos de revelación de hechos indebidos y de protección a los informantes. 5. CUMPLIMIENTO CON EL MARCO LEGAL Y NORMATIVO • Verifica que se cuente con los mecanismos que permitan asegurar que la sociedad cumpla con las diferentes disposiciones legales que le son aplicables, y realiza, cuando menos una vez al año, una revisión de su cumplimiento.
La aportación de valor que hace el comité de auditoría sólo se logra cuando se integran expertos • Recomienda al consejo independientes, con una los candidatos a auditores visión objetiva, que le quite externos de la sociedad, las a sus miembros la ceguera de El comité de auditoría es condiciones de contratación y taller, quienes, en la mayoría el alcance y supervisión de los el órgano intermedio más de los casos, están inmersos trabajos profesionales. Además, en la operación y en la adoptado por los consejos recomienda la aprobación de solución de los problemas del de administración en los servicios adicionales a los de día a día, a tal grado que no auditoría que vayan a prestar México. perciben la falta de controles los auditores externos. clave en sus procesos o, peor • Se asegura de que la aún, no logran interpretar sociedad cuente con un área de los informes de auditoría que auditoría interna, valida sus lineamientos generales incluyen asuntos relacionados con actos irregulares, de operación, sus planes de trabajo, y evalúa su provocando graves consecuencias dentro de la efectividad. organización. • Coordina y revisa el programa de trabajo, las cartas Al respecto, les comparto algunos casos que fueron de observaciones y los reportes de auditoría interna y analizados en los comités en los que he participado: externa, e informa al consejo de administración sobre los resultados. Detectando el fraude
24
2. POLÍTICAS CONTABLES Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS • Da su opinión al consejo de administración sobre las políticas y criterios utilizados en la preparación de la información financiera y el proceso para su emisión, Noviembre • Diciembre 2014
• Se presenta un informe de auditoría interna que incluye la identificación de un stock importante de materia prima y materiales obsoletos, de los cuales, se recomendaba reconocer una reserva contable, o bien, la autorización para su destrucción o donación.
• En un informe sobre el seguimiento de anticipos a proveedores, se incluían dos casos en los que se recomendaba demandar por incumplimiento de contratos. Al revisar el alcance y solicitar la ampliación de la revisión, se identificaron otros casos que seguían un común denominador: no se localizaron los contratos ni existía información suficiente que permitiera la identificación y localización del proveedor. Además, no se contaba con las garantías que soportaban los anticipos otorgados. La recomendación del comité, soportado por el área jurídica, fue la de no demandar a los proveedores por incumplimiento de contrato, sino a los funcionarios que autorizaron los anticipos por actos de administración fraudulenta. • Una carta de observaciones y sugerencias de control, que el auditor externo emite como valor agregado, reportó que no se encontraron en el archivo tres pólizas de cheques que amparaban 180 mil pesos, que, si bien no parecían tener mucha importancia,
según la opinión de auditor, se recomendaba su localización. Al respecto, el comité solicitó al auditor interno dar seguimiento a los cheques, validar el procedimiento de emisión y registro y solicitar la copia de los cheques al banco para verificar al beneficiario. Se concluyó que se trataba de actos de administración fraudulenta cometidos por el gerente general y el gerente de finanzas, por una suma de 3.5 millones de pesos.
AUDITORÍA
Al respecto, el comité solicitó un análisis más profundo del origen de la obsolescencia, y encontró que se trataba de compras de productos fuera de especificaciones, realizadas por el departamento de adquisiciones en contubernio con el área de control de calidad, para beneficiar a los proveedores, evitando las devoluciones de los materiales.
Estamos seguros de que el comité de auditoría agregará valor a nuestras organizaciones en la medida en que nos acompañemos de expertos independientes que realicen las actividades de gobierno de manera contundente, promuevan la eficiencia operativa y generen recomendaciones de valor, mejorando así la rentabilidad y la permanencia de la empresa en el tiempo. El comité de auditoría consolida las actividades de auditoría y control, y procura que la información financiera que llegue al consejo de administración, a los accionistas y al público en general, sea emitida y revelada con responsabilidad y transparencia. A la vez, garantiza que sea suficiente, oportuna, y que refleje razonablemente la situación financiera de la sociedad.
25
Noviembre • Diciembre 2014
Nuestros Suscriptores 26
Noviembre • Diciembre 2014
27
Noviembre • Diciembre 2014
AUDITORÍA
AUDITORÍA EXTERNA E INTERNA BAJO RIESGO Rodrigo Estupiñán Gaitán
Contador Público y Especialista en Revisoría Fiscal y Control de Gestión y Normas de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información. Past Presidente del Instituto de Contadores Públicos de Colombia afiliado a la IFAC. Presidente Nacional de Contadores Públicos de Colombia. Profesor de pregrado y posgrado en universidades de Colombia, Costa Rica y El Salvador. Autor de más de 15 libros con varias ediciones. Conferencista Internacional de Auditoría, Control Interno, Riesgos y NIIF (IFRS) y NAI (IAS).
T
odas las organizaciones enfrentan cada vez mayor grado de incertidumbre, por efectos de la globalización, la complejidad de los negocios y los avances tecnológicos, el desafío es determinar cuánto de esta incertidumbre estamos preparados para aceptar. Con la evolución y dinámica de los negocios se plantea una gran oportunidad para fortalecer y optimizar la función de auditoría interna en el sentido de agregar valor y contribuir efectivamente al logro de los objetivos de las Instituciones, así como los auditores externos apoyan a sus clientes en la seguridad razonable y en especial saber cómo enfrentar el riesgo en el enfoque de sus trabajos. El riesgo probable está relacionado con las acciones u omisiones vinculadas con las estructuras, operaciones, funciones y actividades desarrolladas por el sujeto de la acción de control y las personas que las dirigen, planifican, controlan, organizan y
28
Noviembre • Diciembre 2014
ejecutan; por las cuales el auditor no puede detectar errores, irregularidades o fraudes en las evidencias que examina, lo que le impide hacer una evaluación adecuada y razonable de la situación existente. El auditor debe reconocer los riesgos que existen y enfrentarlo de manera adecuado, considerándolos desde la etapa previa del trabajo (planeamiento) hasta después de finalizado el trabajo. El riesgo de auditoría significa que auditor acepta cierto nivel de incertidumbre al realizar la auditoría. El auditor reconoce, por ejemplo, que existe incertidumbre sobre la competencia de las evidencias, sobre la eficacia de la estructura del sistema de control interno, así como sobre la presentación de los estados financieros con imparcialidad cuando se concluye la auditoría. Analizando los tipos de riesgos que configuran el enfoque de riesgo en auditoría según distintos autores, no se encuentran mayores diferencias en las
1 2
Marco Estructurado del Control Interno (Committee of Sponsoring Organization of the Treadway Commission) Administración del Riesgo Empresarial <Enterprise Risk Managament)
Noviembre • Diciembre 2014
AUDITORÍA
definiciones de los mismos, la manera en que im- y (c) Revelaciones faltantes o incompletas. Tanto los auditores internos y externos al planipactan en los estados financieros, su consideración en el planeamiento de la auditoría y las respuestas ficar sus trabajos deben evaluar el riesgo inherente, que se les da a los mismos en la ejecución de proce- de control y de detección, bajo las siguientes premidimientos para la obtención de elementos de juicios sas: a) los riesgos significativos de la actividad, sus válidos y suficientes. El enfoque de auditoría para la determinación objetivos, recursos y operaciones, y los medios con de la naturaleza, oportunidad y alcance de los pro- los cuales el impacto potencial del riesgo se mantiene a un nivel aceptable; cedimientos de auditoría b) la adecuación y efia aplicar (NIA 330) estaría cacia de los sistemas de relacionado estrechamente gestión de riesgos y de con la evaluación de riesControl Interno de la acgo a realizar por el auditor El auditor ya sea como parte tividad; (NIA 315) e implicará buscar integral de una organización c) las oportunidades la combinación adecuada de introducir mejoras entre pruebas de control o o como auditor externo significativas en los sisde cumplimiento y los prodeberá cambiar los enfoques temas de gestión de riescedimientos sustantivos o de sus trabajos hacia la gos y de Control Interno pruebas sustantivas, a fin de de la actividad; obtener evidencias de audiauditoría bajo riesgos d) estudio directo de toría con la menor cantidad los diferentes compode tiempo. nentes de control y riesLa valoración del riesgo gos bajo los principios y la respuesta del auditor frente al riesgo constituyen posiblemente la inno- bases de interpretación de control, gobierno y riesvación más importante que ha tenido la auditoría go del COSO I1, COSO II o ERM2 ; Y ahora a partir del de estados financieros en la última década. Su intro- 15 de diciembre de 2014 del COSO 2013 que adiciona ducción implicó modificar el “modelo de auditoría” al COSO I sobre el Marco Estructurado del Control Interno bajo los componentes de: y, por consiguiente, su metodología. Tal innovación es relativamente reciente y sus 1) Ambiente de Control; 2) Valoración de Riesgos; 3) consecuencias apenas empiezan a palparse. En tér- Actividades de Control; 4) Información y Comuniminos técnicos está implicando pasar de metodolo- cación; 5) Monitoreo. gías basadas en el muestreo selectivo a metodologías basadas en la administración del riesgo. Ciertamen- Cambio de Enfoque te, ahora la auditoría es basada-en-riesgos. El cambio de enfoque de revisión documental de manera inmediata al inicio de las auditorías hacia la Auditoría Basada en Riesgos identificación de riesgos es un cambio radical y más La auditoría basada en riesgos requiere que el confiable en el proceso de auditoría, ya que asegura auditor entienda primero la entidad y luego iden- un mejor conocimiento del cliente o a la empresa tifique y evalúa los riesgos de declaración distorsio- auditada no solo de sus procesos administrativos, nada significativa contenida en los estados finan- financieros, operativos y de apoyo sino de los riescieros. gos inherentes que afectan los objetivos estratégiEsta clase de auditoría permite a los auditores cos, operativos, de repórter y de cumplimiento. De identificar y responder a posibles saldos de cuentas, la evaluación de riesgos que efectúe el auditor en clases de transacciones o revelaciones del estado fi- las instancias previas al desarrollo del plan depennanciero que puedan ser incompletas, declaradas de derá el enfoque que dará a su trabajo, es decir, su manera distorsionada o que falten por completo en respuesta a los riesgos potenciales identificados. Al los estados financieros, como por ejemplo: (a) Acti- decidir el enfoque de auditoría deberá relacionar vos y/o pasivos sobre o sub-valorados; (b) Activos no los factores específicos de riesgos identificados en registrados, activos tales como efectivo e inventario la etapa anterior que pueden producir errores poque pudieron haber sido usados de forma indebida; tenciales significativos en las transacciones y saldos de cuentas.
29
AUDITORÍA 30
La consideración del riesgo debe enfocarse des- ría [garantías y controles], cuánto costaría [costos]y de distintos ángulos; primero se separarán los ries- cuán eficiente sería [análisis costo-beneficio o anágos que comprometen a la organización desde una lisis ROI]. perspectiva general y normal a cualesquiera Organización dentro de clasificaciones riesgos externos Técnicas de Reconocimiento de Riesgo Según la NIA 330 los procedimientos de valora(del entorno, legales y regulatorios, riesgos comerciales) y riesgos internos (operativos, financieros y ción de riesgo, el auditor externo debe determinar de tecnología); estos riesgos, por sus características, respuestas generales para los riesgos valorados a pueden causar distorsiones cuya individualización nivel de los estados financieros, y debe diseñar la no obedece a una única partida o transacción afec- naturaleza, oportunidad y extensión de los procetada, ni a un conjunto determinado de las mismas, dimientos de auditoría adicionales responder a los sino que impacta en los estados financieros en su riesgos valorados a nivel de afirmación para reducir el riesgo de auditoría a un niconjunto. Esto implica que su vel aceptablemente bajo. efecto no puede ser aislado Los procedimientos de auen forma eficiente a efectos ditoría que se realizan para de determinar las conseLas aportaciones del obtener un entendimiento de cuencias que, de materialicomité fortalecen la la entidad y su entorno, incluzarse, podrían tener sobre la filosofía corporativa al yendo su control interno, con información contable sujeta el fin de evaluar los riesgos de a análisis, por lo que el audipromover principios representación errónea relator puede apoyarse para su éticos, la competitividad tiva a nivel de estado finananálisis, lo estudiado por la ciero y de aseveración, son los empresa dentro de una adey la responsabilidad siguientes: cuada gestión de riesgos. social. a) Indagaciones a la admiPara aquellos riesgos que nistración (gobierno, empleaafecten en forma exclusiva dos) y a otros al interior de la a determinadas partidas, si Organización (asesores legaaplicará procedimientos de evaluación de riesgos para obtener algún grado de les, mercadeo, ventas) b) Procedimientos Analíticos (transacciones o seguridad, mediante el uso de procedimientos sustantivos adecuados, para analizar aquellos elemen- eventos inusuales, cantidades, razones, tendencias tos que en las etapas preliminares le hayan propor- hacia Estados Financieros y la planeación) c) Observación e Inspección (actividades y opecionado evidencia de que una partida dada no es susceptible de incluir errores significativos, en cuyo raciones, planes y estrategias, registros, informes de caso descansará en la seguridad inherente de dicha la administración, visita a terrenos, construcciones, plantas, rastreo de transacciones) partida. Al diseñar procedimientos de auditoría adicioAdicionalmente, evaluará la existencia de controles adecuados utilizando pruebas de control, nales, el auditor externo considerará asuntos tales cuya operación efectiva durante el ejercicio haya como los siguientes: podido corroborar y que resulten mitigantes de • El significado del riesgo riesgos específicos, permitiéndole obtener cierta se• La probabilidad de que ocurrirá una declaraguridad de control. ción equivocada importante • Las características de la clase de transacciones, Identificación y Cuantificación de Riesgos En las organizaciones existen eventos de ame- saldos de cuenta o revelación implicada • La naturaleza de los controles específicos usanaza, que podrían ocurrir y afectaran de manera adversa la capacidad de la empresa y no se lograran dos por la entidad y en particular si ellos son matodos sus objetivos y no se ejecutaran sus estrate- nuales o automáticos • Si el auditor espera obtener evidencia de audigias, para los cuales necesitaríamos evaluar el posible impacto financiero si sucediera [valor simple de toría para determinar si los controles de la entidad exposición de pérdida] o ¿con que frecuencia podría son efectivos para prevenir, o detectar y corregir, ocurrir? [frecuencia] o probabilidad que suceda una declaraciones equivocadas importantes La naturaleza de los procedimientos de auditocausa cualesquiera [incertidumbre], así que también que podría hacerse para prevenir, evitar, mitigar y ría es de la mayor importancia para responder a los detectar los riesgos, cómo se informaría o notifica- riesgos valorados. Noviembre • Diciembre 2014
Al considerar cuándo realizar procedimientos de auditoría, el auditor también considera asuntos tales como: • El ambiente de control • Cuándo está disponible la información relevante (por ejemplo, los archivos electrónicos pueden ser sobre escritos de manera subsecuente, o los procedimientos a observar pueden ocurrir solamente en ciertos tiempos). • La naturaleza del riesgo (por ejemplo, si existe un riesgo de ingresos inflados para satisfacer expectativas de ganancias mediante la creación subsecuente de falsos acuerdos de ventas, el auditor puede desear examinar los contratos disponibles a la fecha de final del período). • El período o fecha al cual se refiere la evidencia de auditoría a) Indagaciones a la administración (gobierno, empleados) y a otros al interior de la Organización (asesores legales, mercadeo, ventas) b) Procedimientos Analíticos (transacciones o eventos inusuales, cantidades, razones, tendencias hacia Estados Financieros y la planeación) c) Observación e Inspección (actividades y operaciones, planes y estrategias, registros, informes de la administración, visita a terrenos, construcciones, plantas, rastreo de transacciones) Al diseñar procedimientos de auditoría adicionales, el auditor externo considerará asuntos tales como los siguientes:
En el caso de entidades muy pequeñas, pueden no existir actividades de control que puedan ser identificadas por el auditor. Por esta razón los procedimientos de auditoría es probable que sean principalmente procedimientos sustantivos, por la ausencia de controles y se requería obtener suficiente y apropiada evidencia de auditoría.} Al considerar cuándo realizar procedimientos de auditoría, el auditor también considera asuntos tales como:
AUDITORÍA
En el caso de entidades muy pequeñas, pueden no existir actividades de control que puedan ser identificadas por el auditor. Por esta razón los procedimientos de auditoría es probable que sean principalmente procedimientos sustantivos, por la ausencia de controles y se requería obtener suficiente y apropiada evidencia de auditoría.
• El ambiente de control • Cuándo está disponible la información relevante (por ejemplo, los archivos electrónicos pueden ser sobre escritos de manera subsecuente, o los procedimientos a observar pueden ocurrir solamente en ciertos tiempos). • La naturaleza del riesgo (por ejemplo, si existe un riesgo de ingresos inflados para satisfacer expectativas de ganancias mediante la creación subsecuente de falsos acuerdos de ventas, el auditor puede desear examinar los contratos disponibles a la fecha de final del período). • El período o fecha al cual se refiere la evidencia de auditoría CONCLUSIONES 1. Cambios de enfoques: El auditor ya sea como parte integral de una organización o como auditor externo deberá cambiar los enfoques de sus trabajos hacia la auditoría bajo riesgos, ya que por los grandes problemas mundiales, los controles internos de las empresas han requerido cambios relevantes hacia la administración
• El significado del riesgo • La probabilidad de que ocurrirá una declaración equivocada importante • Las características de la clase de transacciones, saldos de cuenta o revelación implicada • La naturaleza de los controles específicos usados por la entidad y en particular si ellos son manuales o automáticos • Si el auditor espera obtener evidencia de auditoría para determinar si los controles de la entidad son efectivos para prevenir, o detectar y corregir, declaraciones equivocadas importantes La naturaleza de los procedimientos de auditoría es de la mayor importancia para responder a los riesgos valorados.
31
Noviembre • Diciembre 2014
AUDITORÍA
del riesgo y la prevención de fraudes, por ello han aparecido estándares internacionales hacia reformas de las actividades de control y de nuevos enfoques en la realización de las auditorías enfocadas hacia una planeación realizada bajo procedimientos de análisis del riesgo, incluyendo el riesgo de fraudes y es así que tanto las normas de auditoría que aplican los auditores externos e internos, han sido modificadas y enfocadas a realizarlas bajo la “auditoría del riesgo”. 2. La Administración del riesgo empresarial: El standard internacional COSO II ha desarrollado una estructura conceptual para la administración del riesgo empresarial denominada E.R.M.3 (sigla del inglés) para el entendimiento de la formulación y seguimiento de un proceso básico en la administración del riesgo como apoyo al buen gobierno corporativo y mejores medidas de control en una Organización. La gestión o administración de riesgo empresarial ERM es un proceso estructurado, consistente y continúo a través de toda la organización para identificar, evaluar, medir y reportar amenazas y oportunidades que afectan el poder alcanzar el logro de sus objetivos estratégicos, operativos, de reporte y de cumplimiento. 3. Creación de valor: Las empresas con ánimo o sin ánimo de lucro deben propender a crear valor a sus protectores, dueños o accionistas, así como la de enfrentar y superar las incertidumbres, desafiándolas con preparación suficiente, para poder proveer una estructura conceptual, así la gerencia trate de manera efectiva la incertidumbre que representan los riesgos y oportunidades, y así enriquecer su capacidad para generar valor, requiriéndose de varios componentes fundamentales que pueden determinar una adecuada seguridad razonable en cuanto al cumplimiento formal de sus objetivos propuestos en cualquier en-
tidad en cuanto a la estrategia, operaciones, repórtes y cumplimiento de regulaciones y procedimientos internos. 4. Auditoría Externa: La auditoría externa o independiente responsable de un dictamen público, regida por las Normas Internacionales de Auditoría (NIA o ISA4, sigla en inglés), consideradas de alto valor técnico, cuyos emisores permanentemente bajo el debido proceso de convergencia se están actualizando, se recomienda basen sus trabajos de auditoría con sus parámetros técnicos enfocados hacia una auditoria bajo riesgos, representando una seguridad pública formal en la preparación y presentación de los estados financieros de cualquier organización. 5. Auditoría Interna: La auditoría interna cuyo enfoque no es dirigido 100% a la presentación de los estados financieros si debe dar aseguramiento y por ende utilizar enfoques bajo riesgos para evaluar los procesos de una empresa y en especial en la parte documental o confiabilidad e integridad de las transacciones, cumplimiento de políticas y reglamentos, la salvaguarda de los activos, el uso económico y eficiente de los recursos, las metas y objetivos operativos establecidos. 6. Cambios permanente en las Normas de Auditoría: Los dos trabajos como auditores externos e internos tienen finalidades distintas, sin embargo sus enfoques deberán ser dados hacia los cambios que recomiendan sus normas que los rigen y estando actualizados permanentemente para que realmente representen para sus clientes o empresas donde presten sus servicios un valor agregado y no se considere como en muchas empresas un mal necesario cualesquiera de esas auditorías.
32 3 4
Enterprise Risk Managament - gestión del riesgo institucional(en español) ISA – International Standard of Auditing.
Noviembre • Diciembre 2014
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
LA JUSTICIA TRIBUTARIA EN SINTONÍA CON LA CONSTITUCIÓN
Carlos Rocha Orosco
Abogado con especialidad en Derecho Tributario. Profesor Universitario. Doctorando en la Pontificia Universidad Católica “Santa María de los Buenos Aires” Argentina. Fue Ministro de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia.
A
una década de las Sentencias Constitucionales Nos. 009/20041 de 28/01/2004, 0018/2004 de marzo/2004 y 0076/2004 de 16/07/2004 que declararon inconstitucionales el Art. 131 y otros del Código Tributario Boliviano - Ley No. 2492 de 4 de agosto de 2003 y un lustro de vigencia la nueva Constitución Política del Estado, la justicia tributaria está sumida en profunda crisis; hagamos un rápido repaso, que nos permitirá el diagnóstico: Justicia Administrativa Plena Inicialmente corresponde recordar que la justicia administrativa se materializa a través de la vía de impugnación en sede administrativa, recursos de Revocatoria o Alzada y Jerárquico, su agotamiento abre la impugnación judicial a través del proceso contencioso-administrativo; respecto a la vía de impugnación administrativa está vigente desde 23 de
julio de 2003 la Ley del Procedimiento Administrativo (Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002). Pero, la impugnación judicial (Proceso Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario) ES UNA LEY PENDIENTE; está dispuesta en el artículo 197.I. de la Constitución Política del Estado -CPE como jurisdicción especializada2 , pero NO EXISTE LA LEY y el ciudadano (contribuyente) deambula en una maraña de normas, entre derogadas, repuestas y nuevamente puestas en vigencia, buscando tutela judicial en sus cotidianas relaciones con las entidades de la Administración. Urge regular la actuación administrativa, en concordancia con el nuevo Modelo de Estado con Autonomías y la cualidad Plurinacional con adopción del pluralismo jurídico, y reconocer que su autotutela
Esta Sentencia fue publicada por el Tribunal Constitucional en fecha 28/01/2004 y, conforme al Art. 58 de la Ley Nº 1836 (abrogada) tiene efecto DEROGATORIO respecto a la norma declarada INCONSTITUCIONAL. 2 Adviértase que la CPE dice: existirán jurisdicciones especializadas reguladas por la ley., los tratadista del Derecho Tributario, Valdez Costa y Niceto Alcalá Zamora en año 1992 ya reclamaban la existencia de esta jurisdicción especializada en lugar de especiales. 1
Noviembre • Diciembre 2014
33
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
finaliza con el Recurso Jerárquico, para impedir que la Administración recurra al Órgano Judicial, como ocurre en este tiempo. La ausencia de esta Jurisdicción especializada y la equivocada actuación de la Administración3, que demanda a la propia Administración por la vía del Contencioso Administrativo ante Órgano Judicial, colapsaron la Sala Plena del Tribunal Supremo4 ; también afecta al Tribunal Constitucional Plurinacional, con la misma característica de colapso, pues, se activa la Acción de Amparo Constitucional agotado el Recurso Jerárquico5, cuando es perfectamente posible unir la Resolución Jerárquica con el Proceso Contencioso Administrativo, por lo que se convertiría en un prerrequisito (subsidiaridad) para interponer la Acción de Amparo.
por las normas infraconstitucionales; Código de Procedimiento Civil: Recursos previstos en la CPE. Ley No. 1455 de Organización Judicial: Atribución de Sala Plena. Ley No. 1836 del Tribunal Constitucional: Derogatoria y Ley No. 1979 de modificaciones a la Ley No. 1836: Reposición de “causas contenciosas y demandas contencioso administrativas” y ampliación. La vigente Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009, no incluye atribución ni competencia al Tribunal Supremo, en las siete atribuciones dispuestas por el artículo 184, para conocer y resolver demandas contenciosas administrativas, sin embargo, prevé jurisdicciones especializadas reguladas por ley, entre tanto:
T ra n s i t o r i a m e n t e se dispuso; Primero por Ley Nº 025 de 24 de junio de 2010, Ley Desorden en el Sistema Entre la Constitución de 1967 del Órgano Judicial, Procesal del Contencioso Decima Disposición Administrativo y sus reformas hasta las nueva Transitoria que : “Los Es indudable que el Constitución Política del Estado juzgados y salas en Derecho Constitucional de 2009 se ha producido un materia administrativa, tiene una evolución coactiva, tributaria, constante, porque es DESORDEN que las normas continuaran ejerciendo sumamente permeable infraconstitucionales debieron sus competencias hasta a la evolución histórica ordenar que sean reguladas por producida en la sociedad, Ley como jurisdicción al extremo de considerarlo especializada”; Derecho Dúctil posteriormente, la (Zagrebelsky, Gustavo, Ley Nº 212 de 23 de 1995). diciembre de 2011, Ley de Transición para el Tribunal La sociedad boliviana requería de un orden político Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, jurídico nuevo, que a través del establecimiento de Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional reglas garantistas de los derechos, conforme un Plurinacional, dispone en el Artículo 10. (Causas modelo político centrado en la defensa de la persona Contenciosas – Administrativas) I. “La Sala Plena humana y sus derechos. Este nuevo orden se produce del Tribunal Supremo de Justicia conocerá las con la CPE vigente, pero entre la abrogada de 1967 causas contenciosas que resultaren de los contratos, y sus reformas posteriores y la actual CPE-2009, negociaciones y concesiones del Órgano Ejecutivo, y se ha producido un DESORDEN que las normas de las demandas contenciosas – administrativas, a que infraconstitucionales debieron reordenar. dieren lugar las resoluciones del mismo; hasta que sean reguladas por Ley como Jurisdicción Especializada”.; Repasemos el escenario procesal actual, respecto al finalmente, la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil, dispone en la Tercera proceso contencioso administrativo: Disposición Final: “De conformidad a lo previsto por la Éste estuvo legislado en la Constitución Política del Disposición Transitoria Décima de la Ley Nº 025 de 24 de Estado de 2 de febrero de 1967, como competencia de la junio de 2010, Ley del Órgano Judicial, quedan vigentes Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia; desarrollado los Artículos 775 al 781 del Código de Procedimiento
34
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia emite hasta dos Sentencias -Nos. 266/2013 y 309/2013- sobre el mismo RJ No. SGTRJ0315/2006, una por demanda del administrado y otra por demanda de la Administración ¿…..? 4 Adviértase que la Sentencias de Sala Plena fueron emitidas 7 AÑOS DESPUES DE PRONUNCIADO EL RECURSO JERARQUICO, y LA LITIS DE FONDO CORRESPONDE A UNA FISCALIZACION DEL SIN POR LA GESTION FISCAL 2001. 5 SC 0375/2010-R, en sentido similar SC 0086/2010-R. 3
Noviembre • Diciembre 2014
Civil, sobre Procesos: Contenciosos y Resultante de los Contratos, Negociaciones y Concesiones del Poder Ejecutivo y Contencioso Administrativo a que dieren lugar las resoluciones del Poder Ejecutivo, hasta que sean regulados por Ley como jurisdicción especializada”. En relación al artículo 10.I de la Le y 212 existe impugnación de inconstitucionalidad, con el argumento de que: ” ….el legislador, pretende conferir la atribución de conocer y resolver demandas contenciosas administrativas al Tribunal Supremo de Justicia, cuando dicha competencia no se encuentra establecida en el Art. 184 de la Constitución6”, al respecto es bueno recordar el PRECEDENTE de la SCP 0693/2012 de 2 de agosto: “Es decir que en tanto y en cuanto no exista la jurisdicción especializada se debe precautelar que el justiciable tenga la posibilidad de impugnar haciendo uso de los mecanismos establecidos y que aún no han sido sustituidos, en este caso resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 778 del CPC”. Pese al detallado desorden procesal/competencial y la evidente inconstitucionalidad de las normas transitorias relacionadas, el legislador no desarrolló los contenidos de la Constitución, por lo cual, la Ley de la Jurisdicción especializada hasta la fecha es inexistente. Desajuste Procedimental Tributario Como consecuencia de las Sentencias Constitucionales7 pronunciadas el año 2004, se produjo un desajuste procedimental institucional que no ha sido recompuesto hasta la fecha, pese al mandato constitucional ya expuesto. La primera, declaró inconstitucional por omisión normativa el Art. 131 del Código Tributario Boliviano (CTB. Ley Nº 2492 de 02/08/2003), que modificó el Sistema de Protección de Tutela Administrativa y Judicial del Contribuyente previsto en el derogado
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
Primero el agotamiento de la autotutela de la Administración a través de los Recursos de Alzada y Jerárquico, para posteriormente acudir a la vía jurisdiccional- heterotutela en un Proceso ContenciosoAdministrativo ante la Corte Suprema de Justicia Código Tributario (Ley N° 1340), eliminando el sistema de tutela paralela, alternativo y excluyente por el de tutela mixta, es decir, Primero el agotamiento de la autotutela de la Administración a través de los Recursos de Alzada y Jerárquico, para posteriormente acudir a la vía jurisdiccional -heterotutela- en un Proceso Contencioso-Administrativo ante la Corte Suprema de Justicia. Por el mismo motivo y al ser conexas se declaró también inconstitucional el artículo 147, además, inconstitucionales por contradicción los artículos 131 tercer párrafo, 139 inc. c), 141, 145, 146 y 147 del indicado Código. En la Sentencia Constitucional 0076/2004 de 16/07/2004 el Tribunal Constitucional Declara la CONSTITUCIONALIDAD de la Disposición Final Novena del Código Tributario Boliviano - CTP con vigencia temporal de un año a partir de la fecha de la citación con esta Sentencia y EXHORTA al Poder Legislativo para que en dicho plazo subsane el vacío legal inherente a la ausencia de un Procedimiento Contencioso Tributario, bajo conminatoria en caso de incumplimiento, de que la indicada disposición quedará expulsada del ordenamiento jurídico nacional, en lo que respecta a la abrogatoria del Procedimiento Contencioso Tributario establecido en el Título VI, arts. 214 a 302 del CTB. Entendiendo la ratio de las referidas SENTENCIAS CONSTITUCIONALES -SS.CC., el Ex Presidente de la República, Dr. Eduardo Rodriguez Veltzé, promulgo la Ley Nº 3092 de 7 julio de 2005 y otorgó Jurisdicción Plena al Régimen Recursivo en Sede Administrativa; a su vez, la extinta Corte Suprema de Justicia, ante el silencio del Poder Legislativo, y cumpliendo la Ley Nº 3092 hizo el mayor esfuerzo para cumplir en 60 días, bajo la dirección del Ministro Presidente de la Sala Social y Administrativa en su momento (autor de esta nota), originando el Proyecto Código Contencioso Administrativo-Tributario, que la Cámara de Diputados lo inscribió como: Anteproyecto de Ley No.
Acción de Inconstitucionalidad Abstracta contra el ART. 10.I y II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011. Sentencias Constitucionales Nos. 009/2004 de 28/01/2004; 0018/2004 ../03/2004 y 0076/2004 de 16/07/2004. 8 La prensa nacional del año 2004 reflejo comentarios favorables al Proyecto. La Razón, Miércoles 18 de enero de 2006, pág. 10a .Volviendo al proyecto de ley que nos ocupa, éste por primera vez aborda sistemáticamente al contencioso-administrativo… 6
7
Noviembre • Diciembre 2014
35
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
378/05-06, habiéndose discutido/explicado con los parlamentarios de la Comisión de Justicia y logrado su aprobación. Lamentablemente el Congreso Nacional concluyó su gestión en la Legislatura 2006 y se quedó sólo en PROYECTO8. Proliferación Legislativa en Materia Tributaria Sustantiva Desde el año 2010 el Código Tributario Boliviano ha sido objeto de modificaciones no sólo en el orden Procesal, sino también en el sustantivo por lo menos en cuatro oportunidades:
36
por inconstitucionalidad, y obviamente, el Tribunal Constitucional Plurinacional posteriormente, ratifica el mismo entendimiento declarándolas INCONSTITUCIONALES11. Sin embargo desde el año 2010, se han introducido en las DISPOSICIONES FINALES o ADICIONALES, normas PERMANENTES sin considerar que; la Ley Financial o Presupuestaria es sólo una Ley formal, por tal razón “no permite se introduzcan normas ajenas a su espíritu”. Así tenemos: Ley Nº 062 de 28 de Noviembre de 2010, aprueba la Ley del Presupuesto General del Estado correspondiente a la gestión 2011, en las DISPOSICIONES FINALES modifica el Código Tributario - Ley N° 2492.
i) Ley 037 sobre ilícitos aduaneros ii) Ley 212 que condicionó la defensa en la vía judicial al pago previo de la Ley Nº 211 de 23 deuda tributaria impugde Diciembre de 2011, nada, pero sólo a través aprueba la Ley del Predel Proceso Contencioso supuesto General del …frecuentes cambios en la Administrativo y no así Estado correspondiente del Contencioso Tribua la gestión 2012, en las normativa generan la falta de tario DISPOSICIONES ADIprevisibilidad, certeza, confianza iii) Ley 291 declaCIONALES modifica el legítima y estabilidad… rando imprescriptible la Código Tributario - Ley deuda tributaria deterN° 2492, también la Ley minada además amplió Nº 843. los plazos de prescripción, Ley N° 317 de 11 de Diciembre de 2012 que aprueiv) Ley 317 ha creado nuevos tipos penales. ba la Ley del Presupuesto General del Estado correspondiente a la gestión 2013, en las DISPOSICIONES Esta proliferación legislativa por frecuentes cam- ADICIONALES modifica el Código Tributario - Ley N° bios en la normativa generan la falta de previsibilidad, 2492. certeza, confianza legítima y estabilidad que son las manifestaciones claras de INCERTIDUMBRE JURÍDICA SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIOen un Estado de Derecho. NAL Nº 0968/2014 de 23 de mayo de 2014 Reapertura de la Vía Judicial del Proceso Contencioso TributaAdemás constituye regresión9 constitucional, por- rio por Inconstitucionalidad del SOLVE ET REPETE, que las referidas modificaciones se han introducido al respecto: en la Ley Financial, vulnerando su espíritu de temporalidad reconocido desde la Ley Orgánica del PrePRIMERO: Corresponde reconocer el silencioso y supuesto de 27 de abril de 1928, razón por la que no meritorio trabajo del Dr. Rafael Vergara Sandóval, ya puede incluirse en su texto de normas que: rebasan los que ha fundamentado su Demanda y ha incluido en límites temporales de la Ley del Presupuesto que tiene la glosa el fallo “Stroppa” de la Corte Constitucional vigencia sólo de un año, este fue el primicial enten- Italiana que declaró inconstitucional el solve et repete dimiento que pronunció la extinguida Corte Suprema (paga y reclama); más no fue la única, debemos adverde Justicia de la Nación en el bullado caso Taquiña10, tir que la demanda que originó la SCP Nº 1911/2013 de cuando el Poder Ejecutivo elevó del 30 % al 45% la 29 de octubre de 2013 y recién hecha pública el mes de Alícuota del Impuesto al Consumo Específico- ICE Junio de este año, que restituyo el derecho al reclamo (cerveza) en el artículo 13 de la Ley Financial Nº 1052 o “levante” que tienen los propietarios de mercadede 8 de febrero de 1989, declarando su Inaplicabilidad rías que hubieren sido declaradas en abandono por la sustantivo femenino retroceso, vuelta atrás en un proceso Sentencia de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, 18 de abril de 1990. 11 Sentencias Constitucionales Plurinacional 1911/2013; 0100/2014; 0967/2014. 9
10
Noviembre • Diciembre 2014
SEGUNDO: El año 2013, cuando leí la Demanda Acción Concreta de Inconstitucionalidad contra la Ley No. 317, del Presupuesto General del Estado, Gestión 2013 que es, la que interpuso el Colega Rafael Vergara, recordé con nostálgica alegría, que junto a unos colegas el año 1996, presentamos en la UASB el caso: Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad del artículo 13 de la Ley Financial Nº 1052, de 8 de febrero de 1989, que originó la Sentencia de 18 de abril de 1990 emitida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; han trascurrido 25 años del abuso cometido por la Ley Financial Nº 1052 y no existe aprendizaje alguno. TERCERO: Tenemos hoy, superada la formula primero pague y después reclame “solve et repete” sin embargo, cuál y dónde está el heterónomo que conocerá, tramitará y sentenciará el reclamo del contribuyente, ante una demanda CONTENCIOSO TRIBUTARIA? SIN – Resolución Normativa de Directorio Nº 100022-14 de 18 de julio de 2014. Cierre de la Vía judicial del Proceso Contencioso Administrativo por exigencia de garantías para suspender la Ejecución Tributaria de la Resolución del Recurso Jerárquico
Permítanme advertir que el SIN, a través de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-002-14 de 18 de junio de 2014, cerró la gratuidad al contribuyente en el reclamo a través del Proceso Contencioso Administrativo, pues le obliga, previamente presentar garantía suficiente: Boleta o Hipoteca, en caso de no cumplir o que está garantía será rechazada por la Administración Tributaria, se anula la suspensión y prosigue la ejecución tributaria. Entonces, esta ilegalidad por su oposición a una norma superior, debemos demandarla vía Control de Legalidad, no de Constitucionalidad.
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
Aduana Nacional de Bolivia- ANB y declaró inconstitucionales las Disposiciones Finales 154, 155 y 156 de la Ley General de Aduanas- LGA, modificados también por una Ley del Presupuesto (2013), obligando la promulgación de la nueva Ley modificatoria de la LGA el Martes 16 de diciembre de 2014 por el Presidente del Estado interino Eugenio Rojas también corresponde a la autoría del distinguido Colega Vergara Sandóval, al cual le expreso mi reconocimiento público.
No encontramos Atribución específica en el Artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, Ley No. 025 de 24 de junio de 2010 Surge la siguiente pregunta: Dónde demandamos el Control de Legalidad? Será competente el Tribunal Supremo de Justicia? Transcurrió una década de inició del desorden, éste se fue agravando año tras año, por una legislación ajena a la especializada norma tributaria, también transcurrió un lustro de vigencia de la nueva Constitución Política del Estado y se incumplió su mandato de crear por Ley Jurisdicciones Especializadas por el Legislador que tiene la obligación de desarrollar los contenidos de la Constitución. Este diagnóstico demuestra ausencia total de SEGURIDAD JURIDICA para el contribuyente administrado.
37
Noviembre • Diciembre 2014
GUBERNAMENTAL
PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD INTEGRADA EN EL SECTOR PÚBLICO *Resolución Suprema N°222957 de fecha 4 de marzo de 2005 (vigente)
U
38
n principio de Contabilidad es una verdad fundamental, una ley o doctrina principal que señala los objetivos de la contabilidad y que sugieren la forma en que tales objetivos se alcanzan. Los Principios de Contabilidad Integrada (PCI) son una adaptación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) a las particularidades del Sector Público en el Estado Plurinacional de Bolivia. Debido a los objetivos y al medio en que se desenvuelven las entidades del Estado, la aplicación e interpretación de los principios contables en el sector público, deben considerar: a) la misión primordial de las entidades gubernamentales de prestar servicios públicos sin fines de lucro, excepto las empresas públicas; y b) la naturaleza de la administración financiera pública, que se rige por disposiciones legales, las cuales utilizan elementos de administración y control que regulan el recurso y gasto públicos. Los Principios de Contabilidad Integrada constituyen la base teórica sobre la cual se fundamenta el proceso contable del SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA (SCI), cuyo propósito es uniformar los distintos criterios de valuación, contabilización, exposición, información y consolidación, cuando corresponda, de los hechos económico - financieros que se registran en la contabilidad del sector público. Noviembre • Diciembre 2014
Postulado Básico La equidad es el postulado básico o principio fundamental que debe orientar la actividad relacionada con la contabilidad y elaboración de la información de cada Ente, de tal manera que el registro, valuación y exposición de las transacciones presupuestarias, patrimoniales y financieras, se efectúen de manera imparcial. La aplicación de este principio a la actividad contable, orienta a que los Estados Financieros se preparen de modo tal que reflejen en forma ecuánime y objetiva y bajo un criterio equitativo la información financiera, sin pretender afectar intereses de ninguna de las partes involucradas. La equidad entre intereses del Estado y los particulares debe ser una preocupación constante en la contabilidad, puesto que quienes se sirven de ella, o utilizan sus datos contables, pueden encontrarse ante el hecho de que sus intereses particulares se hallen en conflicto, de esto se desprende que los Estados Financieros deben prepararse de tal modo que reflejen con equidad, los distintos intereses en juego en las entidades públicas. Principios del Sistema de Contabilidad Integrada Legalidad Los hechos económico - financieros de las entidades
Universalidad y Unidad El Sistema de Contabilidad Integrada debe registrar todas las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema único, común, oportuno y confiable; afectando, según la naturaleza de cada operación, a sus componentes, en forma separada, combinada o integral, mediante registro único. Las operaciones que realiza el Ente corresponden a diversas etapas de su gestión pública, por consiguiente, el universo de las mismas debe reflejarse en la contabilidad y sus estados. El SCI registra dichas transacciones una sola vez en un sistema único lo que permite obtener información coherente, en razón a que la misma es originada en una única fuente informativa.
GUBERNAMENTAL
del sector público, se registran en el proceso contable previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y pertinentes. Los principios contables deben encontrarse en armonía con las disposiciones legales. Eventualmente cuando exista oposición entre normas legales y técnicas, prevalece la aplicación del derecho público, debiendo informar de este hecho y su impacto en la posición financiera y los resultados, en notas a los Estados Financieros.
to no contradice el principio del devengado porque los recursos se contabilizan simultáneamente en momentos de devengado y percibido cuando son efectivamente recaudados. Los recursos tributarios o de otra naturaleza, podrán ser devengados siempre y cuando exista una razonable certidumbre de su percepción, identificación plena del deudor y del monto de la operación. Las entidades públicas que reciben recursos transferidos por coparticipación, subsidios o subvenciones y otros de la misma naturaleza, no pueden devengar estos recursos. Tampoco pueden anticipar gastos con cargo a los mismos, mientras estos no sean efectivamente percibidos.
La moneda de curso legal del país es la expresión común en la que se reflejan los Estados Financieros
Devengado El reconocimiento de recursos y gastos para determinar el resultado económico y su efecto en el patrimonio, correspondiente a un ejercicio, debe registrarse en el momento en que sucede el hecho substancial que determina su origen y queda perfeccionado desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan evaluado los riesgos inherentes a tal operación, sin considerar si se han cobrado o pagado. Devengado de Recursos El devengamiento de los recursos, se produce cuando se crea una relación jurídica entre la entidad y terceros por la entrega de bienes o la prestación de servicios, en virtud de la cual se origina un derecho de cobro por parte de la entidad y una obligación de pago por parte de terceros. En los casos de donaciones o transferencias, por no existir contraprestación de bienes o servicios, ni derecho de cobro, el devengamiento es simultáneo a la percepción de los recursos. En la Administración Central, Administraciones Departamentales y Municipalidades, se emplea la base de efectivo fundamentalmente para el reconocimiento de los recursos de naturaleza tributaria, este procedimien-
Devengado de Gastos El devengamiento del gasto se produce cuando se genera la obligación de pago en favor de terceros por la recepción de bienes o servicios a conformidad, adquiridos por la entidad, al vencimiento de la fecha de pago de una obligación o cuando por un acto de autoridad competente se dispone efectuar una transferencia a terceros. El devengamiento del gasto implica la afectación definitiva de los créditos presupuestarios correspondientes, es decir, la ejecución del presupuesto. Es a partir del devengado que se producen los asientos de partida doble en la contabilidad. Ente Los Estados Contables del Sector Público se refieren siempre a un Ente Público. Ente contable, es una institución de la administración pública, con personería jurídica propia, patrimonio independiente, responsable de administrar recursos y gastos asignados y diferenciados en el Presupuesto General de la Nación, responsable de cumplir objetivos y metas, quien debe producir Estados Contables. Para fines del Sistema de Contabilidad Integrada, la Administración Central se considera un sólo Ente, con una estructura jurídica homogénea, en la que los organismos que la conforman no tienen individualidad patrimonial propia y todos juntos constituyen un único Ente Jurídico y Contable; con responsabilidad de la administración de su presupuesto. Los programas y proyectos emergentes de convenios de crédito y/o donaciones con otros gobiernos u organismos internacionales que no cumplen con los requisitos señalados anteriormente, no constituyen Entes Contables. Deben procesar información según lo establecido por el Órgano Rector, de acuerdo a necesidades propias de información del programa o proyecto y las condiciones establecidas por dichos convenios. Noviembre • Diciembre 2014
39
GUBERNAMENTAL
Bienes Económicos La información contable se refiere a bienes materiales e inmateriales, derechos y obligaciones que poseen valor económico y por tanto, son susceptibles de ser valuados objetivamente en términos monetarios. Este principio define la naturaleza de los bienes que deben ser reconocidos en los Estados Financieros: activos, pasivos, patrimonio, recursos y gastos cuantificables económicamente. La contabilidad del Sector Público particulariza los Bienes de Dominio Privado o Institucional, constituidos por activos materiales o inmateriales de uso de la entidad, cuyo derecho propietario está registrado a nombre de la misma y contribuyen a la prestación de servicios públicos; los costos de depreciación, amortización o agotamiento registrados, pueden ser confrontados con los recursos corrientes. Bienes de Dominio Público o de uso de la comunidad, como puentes, carreteras, plazas, áreas verdes, etc. constituyen activos del Ente ejecutor durante el período de su construcción o mejoramiento, una vez terminados deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden de la entidad destinataria o encargada de su mantenimiento. Son bienes de uso irrestricto por la comunidad; plazas y carreteras y, en algunos casos de uso restringido por tasas o derechos que no tienen el propósito de reponer dichos bienes; autopistas y aeropuertos (franjas de aterrizaje), etc. Entidad en Marcha Las Normas Básicas, los PCI del SCI y sus Estados Financieros, presumen la continuidad indefinida de las operaciones del Ente de acuerdo con su norma legal de creación, excepto que en la misma se estipule un plazo determinado para su funcionamiento, en cuyo caso se aplican técnicas contables de reconocido valor. La aplicación de este principio permite clasificar las operaciones de acuerdo con criterios de corto y largo plazo, en coincidencia con el criterio adoptado en la formulación del presupuesto y en el plan de cuentas.
40
Ejercicio Constituye el periodo en el que regularmente la entidad pública debe medir los resultados económicos, de ejecución presupuestaria, situación financiera, de tesorería y cumplimiento de metas de su programación de operaciones. Los ejercicios deben ser de igual duración para permitir su comparación. El ejercicio contable comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, al final del cual se debe realizar el proceso de cierre. Cuando normas legales aplicables a empresas públicas obliguen a presentar Estados Financieros entre fechas diferentes, deben elaborarlos independiente de cumplir con el ejercicio fiscal.
Noviembre • Diciembre 2014
Todas las entidades públicas pueden establecer fechas de corte menores al año para medir parcialmente sus resultados económicos, de ejecución presupuestaria y otros, de acuerdo a sus necesidades de información, a los requerimientos de las entidades que ejercen tuición y órganos rectores. Moneda de Cuenta Las transacciones que registra el SCI de cada Ente deben efectuarse en bolivianos, que es la moneda corriente y de curso legal vigente en el país. La moneda de curso legal del país es la expresión común en la que se reflejan los Estados Financieros unificando la presentación de todos sus componentes, permitiendo su agrupación y comparación de los hechos patrimoniales y de resultados. Cuando existan créditos u obligaciones en monedas de otros países, la contabilización de estos debe efectuarse al valor que cotiza la unidad monetaria de curso legal en el país, tipo de cambio oficial del día de la transacción, fijado por el Banco Central de Bolivia. Las entidades del sector público, según requerimientos de sus financiadores externos, pueden presentar estados de cuenta en la moneda de origen, sin que esto signifique alterar la naturaleza de la información contable en bolivianos. En aquellos casos, donde la moneda utilizada no constituye un patrón estable de valor, en razón de las fluctuaciones que experimente, no se altera la validez del principio que se sustenta, por cuanto es factible la corrección mediante la aplicación de mecanismos apropiados de ajuste. Objetividad El registro contable y los Estados Financieros resultantes deben ser elaborados mediante la aplicación de los mismos criterios de identificación, valuación y exposición, durante el ejercicio económico y en periodos sucesivos en que se exponen las actividades del Ente. La interpretación y análisis de Estados Financieros requieren, en la mayoría de los casos, la posibilidad de comparar la situación financiera de una entidad y sus resultados de operación en distintas épocas de su actividad; consecuentemente es necesario que las prácticas y procedimientos contables sean aplicados uniforme y consistentemente, no solo para el ejercicio al que se refieren los Estados Financieros, sino también en relación con ejercicios anteriores. El Principio de Uniformidad no debe conducir a mantener inalterables aquellos principios generales o normas que se aplican, cuando las circunstancias aconsejan que sean modificados. Cualquier cambio de importancia en la aplicación de los principios generales y Normas con efecto en los estados contables, debe señalarse expresamente en las Notas a los Estados Financieros.
Prudencia En la medición o cuantificación de los hechos económico - financieros del Ente, se debe adoptar un criterio preventivo a efecto de exponer la situación menos favorable, dentro de las posibles para el mismo. Si existieran dos alternativas para el registro de un activo o de un recurso, se debe optar por el más bajo y en el caso de un pasivo o gasto por el más alto, esto significa exponer el resultado y la posición financiera menos favorable. Este principio general se puede expresar contabilizando todas las pérdidas cuando se conocen y las ganancias solamente cuando se hayan realizado. La exageración en la aplicación de este principio no es conveniente si resulta en detrimento de la presentación razonable de la situación financiera y el resultado de las operaciones. Valuación al Costo Las transacciones se registran por su valor original de adquisición, construcción o producción. El valor del costo constituye el criterio principal y básico de valuación que condiciona la formulación de los Estados Financieros, en correspondencia con el concepto de empresa en marcha. Valor de costo es la suma de dinero pactada y demás costos y gastos incidentales necesarios para poner los bienes en condiciones de utilización o enajenación. Esta afirmación no significa desconocer la existencia y procedencia de otras reglas y criterios aplicables en determinadas circunstancias, sino que, por el contrario, significa afirmar que en caso de no existir una circunstancia especial debe prevalecer el de costo como concepto
GUBERNAMENTAL
Uniformidad Los cambios en los activos, pasivos y en la expresión contable del patrimonio neto deben registrarse inmediatamente sea posible medirlos objetivamente y expresar dichos cambios en moneda de curso legal, con base en la documentación de respaldo. La información que procese el SCI debe ser registrada libre de prejuicios, de manera que refleje los acontecimientos con incidencia económica - financiera, de forma transparente y ser susceptible de verificación por parte de terceros independientes.
básico de valuación. Las fluctuaciones del valor de la moneda de cuenta, con su efecto de correctivos que inciden o modifican las cifras monetarias de los costos de determinados bienes, no constituyen alteraciones al principio expresado, porque solamente son ajustes a la expresión numérica de los respectivos costos. Importancia Relativa o Significatividad Al ponderar la correcta aplicación de los principios generales y normas básicas debe actuarse con sentido práctico. Aquellas transacciones que por su magnitud o naturaleza tengan o puedan tener un impacto sobre el patrimonio, los gastos y los recursos del Ente, deben ser expuestas, de manera tal, que los usuarios de los Estados Financieros dispongan de una clara interpretación sobre la incidencia inmediata o mediata de las mismas. Algunas veces se presentan hechos económicos - financieros que no encuadran en el marco general de las normas para el sector público. Sin embargo, no constituyen problemas de registro y/o exposición porque el efecto que producen no distorsiona el cuadro general de la situación financiera y económica. No existen criterios definidos que fijen los límites entre lo que es y no es significativo, debiendo aplicar el mejor criterio y experiencia para resolver lo que corresponda en cada caso, de acuerdo con las circunstancias; tomando en cuenta, por ejemplo, el efecto en activos y pasivos, en el patrimonio o en los resultados. Exposición Los estados contables y financieros deben contener toda la información básica y complementaria y la discriminación necesaria que expresen adecuadamente el estado económico - financiero del Ente, de manera tal, que los usuarios puedan estar informados de la situación presupuestaria, patrimonial y financiera, a que se refieren, para en su caso tomar decisiones pertinentes. La información contable y financiera se relaciona con distintos órganos directivos y de control, cuyos intereses son diversos, por tal motivo, es importante que se expongan los diferentes estados en forma clara y consistente a los efectos de su correcta interpretación.
41
Noviembre • Diciembre 2014
VARIOS
EL AUDITOR FRENTE A LA ERUPCIÓN DE CORRUP$IÓN DEL SIGLO XXI James P. Wesberry, Jr. CPA, CFE, CIA, CFSA, CGFM, auditor, consultor, investigador de corrupción, conferencista y autor. Es editor de siete revistas electrónicas sobre “Corrupción” y “Auditoría Forense.” Contador Público Certificado por 55 años. “Premio Bradford Cadmus” Contador Benemérito de las Américas del Instituto de Auditores Internos otorgado por USAID. Asesor de; tres Contralores Generales de Perú, tres del Ecuador y a los Contralores de los EEUU y Bolivia. Desempeño cargos ejecutivos en el Banco Mundial, USAID, la Contraloría General de los EEUU, PricewaterhouseCoopers y el Instituto de Administración Pública de Nueva York y fue Director de Auditoria de la Organización de Estados Americanos. Elegido tres veces Senador del Estado de Atlanta. Durante los últimos 15 años ha sido director de proyectos Anti-Corrupción de USAID para la Región de la Américas, y los países de México, Ecuador y las Filipinas.
L
a Corrup$ión es un hongo de la Cleptocracia que crece en la obscuridad. Es invisible. Crece donde haya seres humanos. En sus fases iniciales no se lo nota. A mitad de su crecimiento empieza a invadir toda actividad posible. En sus fases finales se reproduce con una progresión geométrica, de tal forma que toma el control completo antes que pueda ser frenado. El Cleptohongo de la corrupción está creciendo desenfrenadamente sobre toda la superficie del planeta en las primeras décadas del siglo veintiuno. El fenómeno de la corrupción es cíclico y vivimos actualmente en el auge de un vasto ciclo eruptivo de la corrupción en nuestro planeta. La amenaza de la Narcocibercriptocorrupción desafía a cada auditor en el mundo. Todo auditor debe prepararse como auditor forense completando la armadura necesaria para investigar, combatir y eliminar la plaga de Cleptohongo. Siempre necesitaremos auditores muy especializados en fraude y corrupción, pero hoy todo auditor interno, de una firma privada o de una institución pública debe capacitarse en la auditoría forense para estar preparado a investigar, reunir evidencia y, si fuera necesario, testificar ante un tribunal como testigo experto. La parte más importante de esta preparación consiste en aprender a pensar como un corrupto.
42
Al enfrentarse con corruptos en los negocios, los gobiernos y las demás organizaciones, el auditor valiente arriesgaría su futuro, la seguridad de su familia y quizás su vida. Para el auditor encontrar e informar hallazgos es simplemente su trabajo, pero, para los auditados involucrados en fraude y corrupción, el auditor es su enemigo.
Noviembre • Diciembre 2014
Se consumen con un odio fanático contra el auditor que divulga, prueba y testifica sobre sus fechorías. Tratan inicialmente de callar, comprar o amenazar al auditor y fallando en esto, a menudo buscan mecanismos de represalia. El desafío del auditor es cumplir su deber y, a la vez, protegerse. Hoy en el Siglo XXI los medios de comunicación están llenos de artículos sobre el fraude y la corrupción. Hoy en día hay más denuncias, más leyes en contra y más juicios de la corrupción que en toda la historia humana. Tenemos más investigadores, más policías, más fiscales, más jueces y más cárceles que nunca. Hemos creado comisiones anti-corrupción, fiscales anti-corrupción, zares anti-corrupción, defensores de los pueblos, veedurías anti-corrupción, contralorías anti-corrupción, organismos cívicos, comerciales y públicos anti-corrupción, proyectos y campañas anti-corrupción, cursos y seminarios anti-corrupción, videos y películas anti-corrupción, tratados y manifiestos anti-corrupción y hasta chistes y payasos anti-corrupción. Y también tenemos más miembros de una profesión que ni siquiera existía antes del Siglo IXX…los auditores. Pero tenemos más y más y más corrupción. Ha de suponer que con todos estos esfuerzos los actos corruptos deberían estar disminuyendo…y así piensan algunos optimistas. Argumentan que la prensa es más libre que nunca y que antes mucha corrupción quedaba escondida y nunca conocida; que solamente parece más corrupción porque es comunicada y conocida instantáneamente a través del globo. Pero olvidan que hoy hay más gobiernos, más negocios y más gente en el mundo que nunca antes y aun si ellos no son más corruptos que en los tiempos pasados hay
más posibles corruptos y posibilidades de corrupción que nunca. También olvidan que con la creciente complejidad de toda actividad, los avances tecnológicos y los cambios en los conceptos de moralidad ahora hay más tentación, más oportunidad y menos sentido de vergüenza que nunca antes. Al leer el magnífico libro del Juez Noonan sobre 40 siglos de sobornos es obvio que hay periodos de más y de menos corrupción entre los países del mundo. Es decir que sobre el tiempo la corrupción aumenta y disminuye en forma cíclico algo lentamente como el movimiento de un péndulo. Pero al leer, escuchar y visualizar las noticias que nos atormenta diariamente no podemos tener duda que estamos actualmente experimentando una plaga de erupciones de la corrupción a través de todo el planeta. Aumenta la Gravedad de la Corrupc$ión En los tiempos pre-Bíblicos y Bíblicos las formas de corrupción fueron relativamente simples porque la vida era más simple. Pero la marcha adelante del conocimiento y la tecnología en los últimos siglos ha resultado en actividades humanas y aparatos para tornarlas más y más complicadas y complejas. Igualmente, las interactuaciones para llevar a cabo propósitos siempre más sofisticados han obligado a expedir reglas, normas y leyes aún más y más comprensivas. Algunos fenómenos han aumentado tremendamente la labor para entender y perseguir a la corrupción: • la cibertecnología con la digitalización, • la maniobrabilidad de la información, • el almacenamiento ilimitado, • el procesamiento y envío electrónico de la información a la velocidad de la luz, • la criptografía avanzada garantizando datos secretos y la creatividad en la producción, Sin entrar en detalle a estos fenómenos, podemos decir que el peligro de grandes carteles de narcocibercriptocorrupción más ricos y poderosos que muchos gobiernos es muy real. Y estos grandes carteles al lavar sus ganancias ilícitas las inviertan en negocios aparentemente normales que utilizan, entre su variado personal, auditores internos y firmas de contadores públicos privados.
VARIOS
La auditoría forense puede parecer interesante, excitante y exótica Asimismo, aumentan las oportunidades de que nosotros, como auditores podríamos ser empleados o auditores independientes de una empresa bajo el dominio de un cartel criminal sin saber el origen de su capitalización. Al nivel donde trabajamos como auditores, en los negocios, en las entidades públicas y en los organismos no gubernamentales, estamos viendo más y más colusión entre varios niveles gerenciales. Recordamos que nuestros estudios de control interno nos han enseñado que la colusión vence la mayoría de las otras medidas de efectuar el control interno. Asimismo, tendremos que prepararnos más que nunca para enfrentar el fraude y la corrupción de toda clase y de una naturaleza mucha más compleja que antes. En resumen, la corrupción ahora es más frecuente, más veloz, más voluminosa, más astuta, menos visible, menos rastreable y más distribuida geográficamente, con la participación de más y más grandes grupos de miembros y de equipos de corruptos que se mueven y roban más y más valores, los que, una vez lavados de su corrupción original, se invierten en empresas y propiedades que son idénticas a aquellas de origen honesto. Es decir, que la corrupción ya está globalizada y tiene una capa de invisibilidad. Todo auditor tiene que preparase para enfrentar la Corrup$ión Siglo XXI. Preparación para el Enfrentamiento Los auditores en esta segunda década del Siglo XXI tienen que dominar muchas de las áreas tradicionales que fueron típicas de la auditoria en el siglo pasado pero la época de énfasis en la auditoría financiera, de cumplimiento y de operaciones o rendimiento ya ha pasado. La especialidad de la auditoria profesional que está creciendo más veloz ahora es la auditoria forense, una clase de auditoría desconocida hace dos décadas. De hecho había una gran reticencia al principio en el uso del término “forense” en las labores del auditor porque fue tan identificado con la profesión médica. Al principio fue llamado “contabilidad forense” por el uso de contadores en la investigación de fraudes y corrupción. Hoy es más común llamarlo “auditoria forense” pero los dos términos son prácticamente intercambiables. La Asociación de Examinadores Certificados de Fraude es una agrupación profesional relativamente nueva. Fue fundada por un Contador Público hace 25 Noviembre • Diciembre 2014
43
VARIOS
años en 1988. Hoy es la organización anti-fraude más grande en el mundo con más de 65,000 miembros. Tiene 94 capítulos en los EEUU. Para comparación el Instituto de Auditores Internos fue fundado hace 73 años en 1941 y tiene hoy alrededor de 175,000 miembros en 159 capítulos en los EEUU. Ambas organizaciones ya alcanzan a todo el mundo pero la que está creciendo más rápido es la Asociación de Examinadores Certificados de Fraude. El Instituto Norteamericano de Contadores Públicos empezó hace pocos años una sección sobre servicios forenses, publica un boletín mensual sobre la materia y este año ha anunciado un nuevo credencial llamado “Certificado en Forenses Financieros.” En América Latina hay un sin número de cursos cortos y seminarios sobre la auditoria forense, pero pocas oportunidades todavía de estudios universitarios sobre la materia. En Ecuador, mi país de residencia, me quedé sorprendido al averiguar recientemente sobre cursos universitarios. No hay cursos universitarios a pesar de existir varios libros escritos por ecuatorianos y muchos seminarios y cursillos. Para enfrentar la erupción de corrupción de nuestros tiempos es aconsejable que todo contador público aprovecha hasta posible en prepararse en el campo de la auditoria forense. Los que tienen un especial interés y talento en el campo deberían especializarse profundamente. Los demás auditores deben preparase para conocer los indicios de fraude y corrupción e investigar casos menores tomando cuidado solicitar la ayuda de auditores forenses especialistas en los caso más grandes y complejos. Lo más importante en la preparación es aprender pensar como los corruptos. Así como en la auditoría
44
Noviembre • Diciembre 2014
tradicional se prestaba en conocer de qué manera se vulneraba los controles internos, hoy el auditor debe esforzarse por pensar como los corruptos piensan a fin de poderlos combatir. Adquirir una capacidad de pensar como un corrupto es difícil si uno no tiene un gran interés en dedicarse a prevenir y castigar los actos corruptos. Al inicio se puede aprender a través del estudio de casos prácticos, pero el mejor maestro de pensar en esta manera es la experiencia práctica que se adquiere sobre los años. El Peligro del Enfrentamiento El auditor del Siglo XXI es vulnerable a la corrupción por medio de las personas con quienes tiene más contacto: • sus empleados • sus socios o jefes • sus clientes Es urgente en la presente erupción de la corrupción que el auditor sea muy cuidadoso en contratar personal, asociarse con colegas y escoger sus clientes. Cuando abrí mi despacho de Contador Público hace 54 años al principio fui solo. Tenía clientes pequeños incluso algunos cuyos libros contables yo mantenía. Después de unos meses pude contratar mi primer contador junior. A recomendación de un profesor amigo de mi universidad tuve la suerte en contratar el mejor alumno un hombre soltero mayor de mí con notas extraordinarias en sus estudios. En mi entusiasmo sobre su brillante trayectoria en la universidad, y debido a mi propia falta de experiencia y mi juventud de solo 25 años, no me ocurrió verificar sus antecedentes. Estaba muy contento que él se encargaba de los clientes de teneduría de libros librándome para trabajos más interesantes.
La siguiente mañana le despedí y tuve que volver ser un tenedor de libros hasta que con más cuidado contraté un junior honesto. Peor aún luego me enteré que era divorciado y pagando juicios a su ex esposa y además había robado de su anterior empleador en otra ciudad y estaba todavía pagando la deuda bajo fianza. Uno de los riesgos grandes del auditor es por accidente, imprudencia o mala suerte llegar a trabajar para un jefe corrupto, una empresa corrupta o peor aún con un socio corrupto. Esta situación se pone mucho más peligrosa cuando uno está rodeado por un grupo de corruptos que presionan al auditor a entrar en colusión con ellos. Los auditores internos a menudo enfrentan cambios en los dueños o gerentes de su negocio en las cuales buena gente podrían ser reemplazados con mala gente. Ya en estos días que muchos negocios conocidos como buenos y productivos caen en las manos de mafiosos dueños como medida de lavado de sus malas ganancias, el auditor corre gran peligro de trabajar para gente corrupta. Tiene que tener la previsión en cambiar de empleo lo más rápido posible antes de ser entrapado en malas maniobras. Las firmas privadas naturalmente no les gustan perder clientes grandes. Hemos visto varios de ellos avergonzados una vez que se ha divulgado que se aceptaron compromisos con la adherencia a los principios contables por presiones de clientes grandes. La firma Arthur Andersen se suicidó por ceder a las presiones de su cliente Enron. En mi opinión, sobrevivir como auditor honesto y profesional es el desafío más grande frente a los auditores en el Siglo XXI.
La creciente mala gestión evidenciada por el aumento de fraude y corrupción que se presenta a través del planeta, conlleva una creciente probabilidad paralela de que el auditor esté involucrado en actos fraudulentos y/o corruptos si no toma precauciones, a veces difíciles.
VARIOS
Después de casi un año estuve en la oficina de un buen amigo y cliente para quien ofrecíamos servicios básicos y él casualmente me comento que mi empleado fue muy bueno y debo pagarle más porque estuvo en apuros financieros. Manifesté sorpresa preguntando porque tenía esta idea y él me dijo que había tenido que prestarle dinero un día hace meses cuando su auto necesitaba reparaciones. Horrorizado le pregunte cuando, como, etc., y él me dijo que había autorizado mi empleado girar un cheque sobre su negocio pagando el taller. Inmediatamente buscaba la transacción en los libros y encontré que mi querido empleado había cargado el costo de reparar su auto a la cuenta “gastos de movilidad” y no a “cuentas por cobrar.” Luego no mencionó la deuda más a mi cliente, aparentemente esperando que la fuera a olvidar.
Aun los auditores más honestos corren el riesgo de asociarse con ejecutivos y/o colegas que les invitan, seducen o atrapan en actividades para tapar o no informar sobre asuntos irregulares. Por la naturaleza de sus deberes profesionales el auditor interno o el auditor de una firma privada o de una Contraloría está en posición de conocer y divulgar en sus informes asuntos de otra manera desconocidos que podrían causar problemas a su institución y/o sus ejecutivos cuando se ha intentado actos irregulares de defraudación o distorsión de la información financiera o de otra naturaleza. Estamos viendo más y más casos de fraudes contables en los cuales varios ejecutivos de la empresa o el gobierno colaboran para beneficios particulares ilegales o en el caso de la empresa para manipular la información financiera o para favorecer la situación o sus aparentes ganancias. Las empresas listadas en las bolsas de valores tienen una constante presión interna y externa para inflar sus ganancias por acción o para disminuir o esconder (a la Enron) sus pasivos. Cuando los ejecutivos cometen actos fraudulentos de esta naturaleza a menudo se necesitan y se buscan la colaboración del auditor en cubrir sus nefastos actos. Peor aún, a veces los compañeros de trabajo, colegas y amigos involucrados en actos colusorios aplican presiones fuertes sobre los auditores. El flagrante caso reciente de los alegados sobornos de la empresa WalMex en México ilustra la situación clave de los auditores internos. El periódico New York Times informó que el auditor interno jefe, entre otros, fue involucrado en ocultar en la contabilidad fraudulenta, los sobornos pagados que intentaron “purificar” en los registros contables como gastos legales. Llegar a ser conocido como un auditor “anti-fraude” conlleva aún más peligros. En el mes de noviembre pasado, un auditor general con más de 35 años de experiencia fue despedido sorpresivamente por el directorio de una grande e importante ONG internacional. Había sido contracto inicialmente porque la ONG había adquirido la reputación de no haber cuidado de asegurarse que sus propias donaciones de fondos Noviembre • Diciembre 2014
45
VARIOS
a ONGs nacionales no fueran abusadas. Al principio, este auditor general tenía mucho éxito al reformar su unidad y efectuar auditorias en diversos países y recuperar dinero robado o mal utilizado. Fue elogiado por su buen trabajo; pero, las ONGs nacionales se quejaron y, para colmo, la publicidad de los numerosos casos de corrupción divulgados fue causa para que algunos grandes donantes, fundaciones y países industrializados consideraran reducir su apoyo a la ONG internacional. Dos países anunciaron que no donarían más. La gerencia y la junta se asustaron y parece que llamaron la atención del auditor general, instándole a una actuación menos agresiva en contra de los corruptos. Aparentemente, el auditor se resistió y le despidieron públicamente acusándole de ser incompetente. El ex auditor general ahora está enjuiciando al directorio por dañar su reputación profesional. El resultado del caso va ser muy interesante. La lección de este caso es que un auditor forense exitoso podría ser criticado y hasta despedido por hacer un buen trabajo. El aspecto menos atractivo de efectuar la auditoria forense es en enfrentamiento con los culpables quienes para el auditor simplemente son personas cuyos actos intencionales son cuestionados de manera igual a cualquier persona sujeto a la auditoría. Lastimosamente la naturaleza humana de las personas sospechadas culpables de errores, desviaciones o faltas es resentir al auditor. Esto veamos a menudo en nuestras labores de auditoría convencional. Cuando se trata de hallazgos de auditoría forense que impliquen culpabilidad de delitos y la posible multa o castigo el resentimiento humano se convierte rápidamente en odio a la persona responsable divulgar o probar la irregularidad.
46
Todos nosotros con unos años de experiencia en la auditoria hemos tenido situaciones tensas de odio y posible represalia respecto a nuestros hallazgos de auditoría. Hace años en una auditoria de un gobierno local mi firma fue llamada a hacer una auditoria especialmente para investigar un juez muy corrupto. Efectivamente le encontramos culpable de graves delitos, pero además a raíz de la auditoria encontramos que todos los demás oficiales del gobierno local menos uno fueron también culpables de delitos aunque fueron de menos consecuencias que aquellos del juez. Los ciudadanos líderes que habían pedido la auditoria para inculpar el juez se enojaron con nosotros porque no deseaban que sus “amigos” conciudadanos culpables de menor corrupción sean incluidos en el informe de auditoría. A pesar que la auditoria había recuperado dinero en monto de más de tres veces nuestra factura por los servicios de auditoría se resistieron pagarnos Noviembre • Diciembre 2014
por más de un año debido a su ira por divulgar que casi todos sus funcionarios fueron corruptos. En varias ocasiones como joven auditor fui sujeto al odio de personas auditadas que habían cometido infracciones a veces menores, a veces mayores. Es una cruz que el auditor tiene que cargar si toma su labor en serio y hace su deber. Pero en la auditoría forense cuando se trate de grandes delitos como severos castigos este odio natural humano podría resultar en represalias, acusaciones, ataques verbales, en la prensa y hasta física contra el auditor. Hace más de medio siglo tuve la oportunidad de participar como joven contador público en unas investigaciones de la administración de un gobernador muy corrupto en mí estado de Georgia. Como yo era un tan joven nunca me preocupaba de peligros a pesar de que en dos o tres casos mis colegas, abogados, ex-agentes del FBI años mayores de mi temían por mi persona…así me dijeron después de los incidentes. Frecuentemente leímos en la prensa sobre casos de periodistas asesinados por haber divulgado el fraude y la corrupción. La labor del auditor forense va mucho más allá de aquel del periodista: tiene que probar el acto y puede tener que testificar sobre el mismo ante un tribunal. Esto magnifique el peligro al auditor y a veces de su familia en casos serios. La auditoría forense todavía no está muy conocido ni ha recibido mucha publicidad, pero es obvio que en esta planeta de corrupción en el cual cada día hay una nueva erupción los peligros a los auditores están creciendo y especialmente en los casos de los auditores forenses. Quiero terminar con un caso más que tiene que hacer con la valentía extraordinaria no de un auditor, sino de una auditora. Me escuchaste bien…una auditora forense, una esposa y madre de familia, una contadora publica que llego en ser la heroína de su país por su valentía, su pericia, su sacrificio de su carrera como auditora en una institución superior de auditoría y su rechaza de amenazas contra su persona y su familia. Por motivos obvios no voy a mencionar su nombre, ni el de su país que no es de nuestro hemisferio. La primera vez que conocí esta auditora nos reunimos en una sala de conferencia en la universidad principal de su país arreglado por su ex profesora amiga mía. Tenía yo mucha curiosidad conocer y escuchar la experiencia de esta persona que estaba en todas las noticias de la prensa y la televisión, obviamente la persona profesional de la contaduría pública más conocida y admirada en su país.
en una audiencia estelar del Congreso. Otra vez su consciencia la llamo a renunciar su cargo por no involucrar su organismo empleador. Otra vez presentó su testimonio ante las luces y cámaras de la televisión y los reporteros de todos los periódicos…y otra vez se quedó sin empleo…y en gran peligro. Esto es cuando yo la conocí.
Finalmente su actividad de auditora culminó en unos casos contra los más altos oficiales de las fuerzas armadas de su país. A su solicitud fue destacada en forma temporal a colaborar con el Defensor del Pueblo en examinar casos de gran corrupción en contra de ex Comandantes de las Fuerzas Armadas y a raíz de esto fue llamado a testificar ante tribunales y ante audiencias especiales del Congreso. Su jefe, el titular de la oficina nacional de auditoría, obviamente bajo presiones enormes, la ordenó que no presente testimonio. Ofreció la tentación de un cargo internacional más alto.
Todavía ella tiene enemigos poderosos y aunque por el momento parece que ella esta salvo, la política es muy cambiante, y el peligro nunca va a terminar durante su vida. Es la auditora más valiente que he conocido en toda mi vida. Si fuera yo un escritor me encargaría en redactar su biografía que a la vez debería ser una película.
La auditora examinó su consciencia y decidió renunciar su cargo en la institución y presentar su testimonio no obstante las grandes presiones y amenazas de la situación. Se quedó sin empleo y nada pasó con los casos. Pero después de una elección de un nuevo gobierno y en base de nuevo testimonio de un militar que denuncio el sistema de pagos corruptos se reabrió los casos. Ella ya tenía un puesto en una organización internacional pero otra vez fue llamado a testificar
VARIOS
Ella llegó acompañada por ocho guardaespaldas del cuerpo de seguridad personal del nuevo presidente del país y bajo su protección. Por el límite del tiempo voy a tratar condensar su historia a lo más transcendente. Durante su carrera de más de 20 años en la oficina nacional de auditoría de su país debido a su talento especial ella había especializada en los casos de fraude y corrupción llegando a ser jefa de los equipos de auditoría de casi todos los principales casos de corrupción. Presentó informes de auditoría en casos contra altos funcionarios municipales y nacionales…y a raíz de esto fue adquiriendo más y más enemigos enojados por su persistencia en auditar, probar, informar y cuando necesario testificar contra la corrupción.
Hasta ahora esta anécdota tiene una feliz historia. La auditora continuaba y continúa hasta hoy día con sus guardaespaldas. Pero el presidente del país la nombro al segundo cargo más alto de la oficina de auditoría nacional de la cual ella había trabajada por 20 años habiendo renunciada para cumplir su deber como auditora.
La auditoría forense puede parecer interesante, excitante y exótica al joven auditor; pero, cuidado…es un área muy peligrosa de nuestra profesión. Si usted, señor auditor interno, logra completar su carrera sin chocar con un caso de presiones para modificar, cambiar o eliminar un hallazgo o informe, le aseguro que tendría una carrera bendecido por Dios; porque, casi todos los auditores han sufrido de tales presiones e intentos para dañar su profesionalismo. El principal desafío al auditor en el presente centuria, es cómo sobrevivir con su honestidad e integridad profesional intactas, dentro de un mundo más y más inmoral cada día.
47
Noviembre • Diciembre 2014
VARIOS
SEGUNDA CONFERENCIA ACADEMICA INTERNACIONAL
E
n la ciudad maravilla de La Paz, del 22 al 24 de octubre de 2014 se llevó a cabo la Segunda Conferencia Internacional en Auditoria Interna, Externa y Gubernamental, Contabilidad, Tributación y Tecnologías de la Información denominado “Fortaleciendo la Formación y Competencia para Asegurar el Éxito Profesional”, organizado por el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de La Paz en instalaciones del Hotel Radisson. La presidencia de este evento estuvo a cargo del Lic. Msc. Víctor Peláez Mariscal, que nos manifestó su complacencia por la aceptación que tuvo por la nutrida participación del público interesado en la temática. Así mismo, nos manifestó que; las sociedades y empresas no pueden subsistir sin información confiable, por lo tanto es una obligación como ente colegiado, estructurar Conferencias Académicas Internacionales de tal forma que aquellos profesionales que por diversas razones no pueden efectuar viajes al exterior puedan recibir información directamente por parte de los conferencistas internacionales de reconocida experiencia. Al ser consultado sobre cómo se efectuaron los contactos con los diez y seis conferencistas internacionales, nos señaló que fueron aportes de las principales Firmas de Auditoría y Consultoría del país con representación internacional y que los demás conferencistas fueron auspiciados por el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de La Paz. PHD. RENÉ FONSECA BORJA ECUADOR: Doctorado en Contabilidad y Auditoría. Maestría en Análisis y Administración de Confiabilidad (MS), en la Universidad Francisco Marroquín de la República de Guatemala. Contador Público Autorizado (CPA) de la Universidad Central del Ecuador. Socio y Representante Legal de R&M Integral Services Corporation (INSECOSA).
CPA. LETICIA LEMA URUGUAY: Contadora Pública. Facultad de Ciencias Económicas y Administración, Universidad de la República, actualmente Integrante de CARLE & ANDRIOLI – CONTADORES PÚBLICOS, firma miembro independiente de Geneva Group International. Contadora en el sector Auditoría.
48
CPA. NATALIA SILVA ISASMENDI URUGUAY: Contadora Pública. Facultad de Ciencias Económicas y Administración, Universidad de la República Oriental del Uruguay. Actualmente Socia de CARLE & ANDRIOLI – CONTADORES PÚBLICOS firma miembro independiente de Geneva Group International. Gerente del Departamento de Consultoría.
Noviembre • Diciembre 2014
CPA. ALEJANDRO QUICENO GARCÍA COLOMBIA: Contador Público de la Universidad del Valle. Experto en EXCEL aplicado a nuestra profesión, Conferencista Internacional en materia Informática. Escritor de libros para apoyar la labor de los auditores, contadores y revisores fiscales, su libro ha sido donado a la comunidad de Contadores. Propietario de Excel Audi.Com. MG. SC. MANUEL DEL RIO JIMENE PERÚ: Maestría en Administración Industrial en Krannert Graduate School of Mamagement, de la Universidad de Purdue – West Lafayette, Indiana, EE.UU. Ingeniero Mecánico de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Socio de Tax & Legal en KPMG en Perú. MG. SC. LUIS SALAZAR PÉREZ CHILE: Magister en Economía Financiera de la Universidad de Santiago de Chile. Especialización en Normas IFRS. KPMG. Auditores - Suscripción on line con el IASB. Emisor de las IFRS. Contador Auditor de la Universidad Diego Portales, Auditor Externo autorizado por la SVS.
ING. CHAFICK MAHAUAD LEÓN ECUADOR: Ingeniero en Administración de Empresas con una especialización en Finanzas, títulos obtenidos de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo de la ciudad de Guayaquil. Ha realizado estudios de post-grado en valoración de empresas en el Instituto de Desarrollo Empresarial (IDE), prestigiosa entidad adscrita al IESE Business School de la Universidad de Navarra España. Egresado como Contador Público Autorizado CPA de la misma Universidad. Socio de OHM & Co Auditores y Consultores.
PHD. ANGEL DEVACA PARAGUAY: Doctor en Ciencias Contables, Máster en Administración Pública, Licenciado en Ciencias Contables y Licenciado en Administración de Empresas, títulos obtenidos en la Universidad Católica de Asunción. Socio de CYCE – CONSULTORES Y CONTADORES DE EMPRESAS – NEXIA. Presidente de la Comisión Interamericana de Normas y Prácticas de Auditoría, de la Asociación Interamericana de Contabilidad – AIC. DR. CPA, EDISON E. ESTRELLA ROSERO, ECUADOR, Contador Público y Auditor, formación académica en el área social, además de una amplia experiencia en varias instituciones superiores de auditoria de América Latina, bajo diferentes formas de organización y funcionamiento, y utilizando diversas herramientas y formas de diseño de los sistemas de control y su evaluación con enfoque financiero, al desempeño y social en diversas instituciones, entre ellas municipalidades, ministerios o secretarias de estado, institucio nes descentralizadas y otros pequeños proyectos. PHD.- CISA JOSÉ AUGUSTO SALAS ÁVILA CHILE: Doctorado en la Universidad Panamerican de Texas. Post Título en Auditoría Computacional de la Universidad de Chile. Auditor y Licenciado en Auditoría de la Universidad de Talca. Contador Público. Director Centro de Estudios e Investigación Contable, Facultad de Economí a y Negocios. Universidad de Talca. Director Escuela Auditoria e Ingeniería en Control de Gestión, Facultad de Economía y Negocios.
CPA. GUILLERMO CÍNTORA TORRES MÉXICO: Contador Público por la Universidad de Guadalajara y Certificado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Especialista en la implementación de sistemas de control interno alineados a la práctica de Gobierno Corporativo y de acuerdo al modelo COSO ERM, así como en la implementación de sistemas de administración de riesgos y programas anti fraude. Actualmente es Socio fundador de la Firma Integroup en el área de Auditoría de estados financieros, auditoría operacional con enfoque integral, auditoría forense y de gestión. Vicepresidente del Instituto Mexicano de Mejores Prácticas Corporativas.
VARIOS
LIC. LUIS LEÓN BARQUERO COSTA RICA: Cuenta con más de 20 años de experiencia en auditoría financiera en bancos, cooperativas, entidades sin fines de lucro y el sector público. Ha liderado proyectos de implementación de las NIIF y NICSP en América Latina y actualmente es miembro del grupo de IFAC para revisar la traducción al español de las normas internacionales de auditoría y aseguramiento. Adicionalmente, ha participado en proyectos de administración de riegos, compromisos de auditoría de sistemas de información, así como consultoría en Gobierno Corporativo y TI en los últimos diez años.
MG. SC. JUSTO ERNESTO MANRIQUE ARAGÓN PERÚ: Maestría en Auditoría en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y segunda especialización en Administración y Finanzas en la Escuela de Administración para Graduados - ESAN. Contador Público Colegiado, graduado en la Universidad Particular Inca Garcilaso de la Vega. Socio de Moore Stephens Perú. Docente en la Facultad de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Presidente de la Comisión de Normas de Auditoría de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y Miembro de la Comisión de Normas de la Asociación Interamericana de Contabilidad. PHD. CARLOS ALBERTO SLOSSE ARGENTINA: Doctor en Ciencias Económicas (Universidad de Buenos Aires), Licenciado en Administración, Contador Público y Profesor titular regular (por concurso) de la Materia Auditoría Financiera. Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Nacional de la Plata. Profesor titular de materias contables en la pontificia Universidad Católica Santa María de los Buenos Aires. CPA. PABLO GARCIA GUZMAN MEXICO: Contador Público Certificado egresado de la Universidad Autónoma de Guadalajara y miembro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Ex-Presidente de la Comisión de Normas de Información Financiera del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán, de igual manera, ha impartido en cursos para diversas instituciones y ha sido participante en diversos foros relacionados a la contaduría. LIC. RAFAEL EDUARDO URBANEJA BRACHO VENEZUELA: Economista graduado en la Universidad del Zulia en Venezuela. Asimismo, ha seguido el Programa Avanzado en Dirección de Empresas (PADE) mención en Finanzas, el Programa de Alta Especialización (PAE) en Tributación, así como el PAE en Proyectos y Decisiones de Inversión de la Universidad Esan (ESAN). Asistió a cursos de derecho financiero en la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) en Venezuela y de derecho tributario en la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Noviembre • Diciembre 2014
49
VARIOS
5ta.CONFERENCIA INTERNACIONAL DE AUDITORIA Y CONTABILIDAD
L
os días 13,14 y 15 de Noviembre de 2014, en la ciudad de Cochabamba, se llevó a cabo la 5ta Conferencia Internacional de Auditoria y Contabilidad organizado por el Colegio de Auditores y/o Contadores Públicos de Cochabamba denominado “Promoviendo el Capital Intelectual con Capacitación Continua”, contó con la participación de conferencistas de talla nacional e internacional. COLOMBIA
♦ Alejandro Quiceno Garcia: Revisión de Impuestos en segundos con la utilización de Macros en Excel y Detección de Fraudes con Macros en Excel ♦ Rodrigo Estupiñan Gaitan: Auditoría bajo riesgos en la auditoria interna y externa ECUADOR ♦ Alexei Estrella Morales: Reconocimiento de componentes de ingresos bajo NIIF 15 ♦ Nancy Aragón Granja: Políticas Contables en el proceso de implementación a NIIF URUGUAY ♦ Laura Moscone: Planificación eficiente de Auditoría
50
PERÚ ♦ Luis Sánchez: Marco conceptual de las NIIF Noviembre • Diciembre 2014
BOLIVIA ♦ Christian Amestegui Villafani:Previsiones para una inspección laboral: obligaciones formales actualizadas y procedimientos de sanción ♦ Miguel Berrios Lafuente: Compromisos de Aseguramiento ISAE 3000 ♦ Vladimir Blancourt De la Barra: La paradoja del ajuste por inflación: ¿Corrector de valor u origen de sobrevaluación en los Estados Financieros? ♦ Rubén Centellas: NIC 36 Deterioro de Activos ♦ Javier Garcia Veramendi: Informes de Auditoría ♦ Carlos Gonzales Alanes: Procedimientos para la selección y el tratamiento contable de cambios en políticas Contables, Estimaciones contables y errores. ♦ Sandra Quiroga Solano: Nuevo Rol del Auditor Interno Gubernamental ♦ Marco Antonio Ramos: Métodos y Técnicas aplicables a Fiscalización Interna y Aduanera ♦ Juan Pablo Vargas: Precios de Transferencia y su Aplicación práctica en Bolivia ♦ Marcelo Zabalaga Estrada: Informe de Política Monetaria ♦ Luis Eduardo Zúñiga Torrez: El Efecto de las NIIF con el Sistema Tributario Boliviano
VARIOS
2das JORNADAS ACADEMICAS NACIONALES
E
n instalaciones del Auditorio del Instituto Americano en la ciudad Maravilla de La Paz, los días 4 y 5 de diciembre de 2014, se llevaron a cabo las 2das Jornadas Académicas Nacionales con la participación de expositores nacionales del área de Auditoria y profesionales especialistas en Tributación y derecho Laboral. Las Jornadas contaron con la participación de 14 Profesionales Bolivianos con las siguientes temáticas:
LA PAZ Régimen actual del Contrato de Consultoría y Aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo ♦ Mgs. Cristian Amestegui El Nuevo Sistema de Facturación Virtual Mgs. Raul Aguirre ♦ Procedimientos de Impugnación Tributaria Mgs. Rodrigo Burgos ♦ Deterioro de Activos Fijos en función de Normas Vigentes ♦ Mgs.Rubén Centellas Marco Normativo para la Preparación de Información Financiera en Bolivia ♦ Mgs. Carlos Gonzales Contabilidad Administrativa: Una Herramienta Gerencial para la toma de decisiones ♦ Mgs.Javier Mendoza Elías Nuevo Enfoque de Auditoria Mgs. Víctor Peláez ♦ Problemática de la Construcción de la Propiedad Horizontal (enfoque tributario) Mgs.Jaime Rodrigo ♦ Análisis Tributario de Empresas Inmobiliarias Mgs. Jorge Valdez Montoya
♦ Obligatoriedad de Revalorización Técnica de Activos Fijos Mgs. David Valdivia Peralta COCHABAMBA ♦ Los Contribuyentes frente al Pacto Fiscal Mgs. Marcelo González Yacsik ♦ Análisis de Estados Financieros Enfoques Relevantes Mgs. Hernán Mayorga ORURO ♦ Tributación en Comercio Exterior Mgs. José Luis La Fuente Terceros POTOSI ♦ Enfoque Tributario, Nueva Ley Minera Lic. Juan Carlos Maguiña
El evento reunió a profesionales del área contable de todo el país, ya que también se llevaba a cabo el Congreso Extraordinario de Contadores de Bolivia, el día 6 de Diciembre de 2014 en instalaciones del Colegio de Contadores de la ciudad Maravilla de La Paz.
51
Noviembre • Diciembre 2014
VARIOS
BIBLIOTECA ESPECIALIZADA SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO VERSIÓN CONDENSADA Y ACTUALIZADA A LA FECHA
APLICACIONES TÉCNICA LEGALES Y CONTABLES DE LOS TRIBUTOS
El libro contiene definiciones de los términos técnicos, normas tributarias de aplicación general del sistema tributario y el nuevo sistema de facturación con sus aplicaciones prácticas. También incluye en formato digital la Ley N° 843 concordada con todas las leyes complementarias, los decretos reglamentarios de cada impuesto además de las normas procedimentales, actualizadas a la fecha.
El libro tiene una secuencia ordenada respecto al texto de la Ley 843(TOV), de sus Decretos Reglamentarios, las Resoluciones Normativas de Directorio y las normas técnicos nacionales e internacionales; en cada punto se hace un análisis minucioso y se ilustra de forma práctica su aplicación, también incluye aspectos interesantes como la compensación a los Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas(IUE) con el Impuesto a las Transacciones, interpretando y aplicando ls Normas de Contabilidad 3 y 6 para la determinación del IUE.
Mgr. Abel Peña Céspedes Ediciones Peña Del Villar Décima Edición Noviembre 2014 Cochabamba-Bolivia
Mgs. Jorge Valdez Montoya Editorial Quatro Hnos. Primera Edición 2009 La Paz – Bolivia
NIC/NIIF SUPUESTOS PRACTICOS EL Libro que una verdadera obra literaria financiera, se enmarca en la vertiente de la contabilidad y es un dossier práctico basado en el contenido de Normas Internacionales de Contabilidad (NIC – IAS) Y Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF-IFRS), de los estándares emitidos por la IASB, considerado como un curso de Contabilidad Intermedia, en el que el autor de procedencia española parte de un hecho real, beneficiándose el lector que aunque no tenga conocimientos previos, pueda entenderlos con toda claridad. El autor dio la autorización al Colegio de Contadores de La Paz, para su correspondiente impresión en Bolivia. Dr. José Javier Jiménez Cano Ediciones e Impresiones El original San José Primera Edición Agosto 2012 La Paz – Bolivia
GRUPOS ECONÓMICOS EN LAS NIIF: Preparación de estados financieros Consolidados: combinaciones de negocios El libro es parte de la enciclopedia práctica de las NIIF (segundo volumen), analiza el problema de la preparación de estados financieros referidos a un grupo (los estados financieros consolidados), desde un punto de vista eminentemente práctico, presenta numerosos ejemplos de aplicación que busca ser una herramienta de consulta permanente y entender las diferentes facetas que hacen a la preparación de un juego de estados financieros de un grupo económico. Asimismo, se dedica todo un capítulo al análisis del principio de control redefinido por la NIIF 10 cuya aplicación podría resultar bastante compleja cuando la estructura del grupo que se pretende representar también lo sea, considerado que primero debe el lector conocer sobre la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, que es una norma fundamental para la comprensión y la aplicación de los temas que trata el libro. Dr. Hernán Pablo Casinelli Librería Editorial Osmar D. Buyatti Primera Edición Julio 2014 Buenos Aires - Argentina
52
Noviembre • Diciembre 2014