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El alcance de la jurisdicción universal

La jurisdicción universal para los crímenes de lesa humanidad se está viendo aprovechada ahora por la extrema derecha y por la extrema izquierda.

Federico López

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La jurisdicción universal es un principio jurídico según el cual un Estado puede ejercer jurisdicción sobre ciertos delitos cometidos por personas fuera de su territorio y sin conexión con su nacionalidad. Esto significa que un país puede procesar y juzgar a los individuos acusados de cometer determinados delitos, incluso si no fueron cometidos en su territorio o si no son ciudadanos del país.

Este principio se aplica normalmente en casos de delitos considerados como crímenes de lesa humanidad, genocidio, tortura, desaparición forzada, crímenes de guerra y otros crímenes graves que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. En estos casos, se considera que los delitos son tan graves que cualquier Estado tiene el derecho y la obligación de procesar y juzgar a los responsables, independientemente de dónde se hayan cometido.

Sin embargo, en los últimos meses, algunas voces han planteado extender la jurisdicción universal a una materia como la gestación subrogada.

El principal ha sido el gobierno italiano, el cual el mes pasado inició la tramitación parlamentaria de un proyecto de ley que busca extender las ya elevadas penas de entre tres meses y dos años de prisión, acompañadas de multa de entre 600.000 y un millón de euros para aquellos que recurran a esta técnica de reproducción asistida en el extranjero.

Por otro lado, recientemente en España, la secretaria de Estado de Igualdad, la conocida Pam, se lamentaba en el podcast del exvicepresidente Pablo Iglesias de que el socio mayoritario de la coalición de gobierno, el PSOE, rechazara introducir en la Ley del aborto la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), referente a los delitos perseguibles universalmente, con el mismo objetivo que la primera ministra ultraderechista Giorgia Meloni.

Aunque las intenciones de los italianos parecen más serias que las de los españoles, parece que ambos extremos están de acuerdo en que no es suficiente prohibir técnicamente, castigar penalmente a los padres de intención en su jurisdicción o desamparar a los menores negándoles la inscripción en el registro, sino que el siguiente paso es que países como Italia y España, con casi sesenta millones y cuarenta y siete millones de habitantes, respectivamente, le digan al resto del mundo lo que pueden hacer o no, juzgando y metiendo en prisión a toda persona que pise su territorio tras haber accedido a la paternidad o maternidad a través de la gestación por sustitución.

Pero no creo que se atrevan a llegar tan lejos. No me imagino la cantidad de conflictos internacionales que surgirían en cuanto pusieran la mano encima de un norteamericano de va- caciones. Lo más probable es que, de llegar a hacerlo, solo persiguieran a sus nacionales. Entonces ocurriría que los extranjeros residentes tendrían más derechos y se daría la absurda situación de que un residente extranjero podría salir de España o Italia para recurrir a la técnica y volver, mientras que un nacional no.

¿Y qué pasa con aquellos que tienen doble nacionalidad, como muchos argentinos? ¿Se les va a detener si vienen de turismo y son padres por subrogación?

En fin, todas estas cuestiones son tan absurdas como la misma idea de extender la jurisdicción universal sobre la gestación por sustitución o cualquier otra materia que no sea los gravísimos delitos mencionados al inicio de este artículo. Esos delitos, por su extraordinariedad y, en muchas ocasiones, por la imposibilidad de juzgar- se en el territorio de origen, sí tienen que ser examinados y resueltos por órganos judiciales extranjeros.

La jurisdicción universal es una herramienta importante y útil en la lucha contra la impunidad de los crímenes internacionales y la protección de los derechos humanos. Putin, Maduro u Ortega son apellidos que se han ganado a pulso no poder pisar un país sin que se les detenga y juzgue. No es el caso de una madre o un padre que simplemente quieren construir una familia. Ponerlos al mismo nivel es indigno, además de constituir una auténtica barbaridad jurídica.

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