CONTENIDO Carta Editorial
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Derechos Humanos y Justicia de Género
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Mtra. Hortencia María Emilia Molina de la Puente, Magistrada de Circuito, adscrita el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Incorporación de Pruebas
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Empowerment para la niña, adolescentes, joven, mujer, adulto mayor
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Igualdad y Equidad de Género
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¿Es constitucional el bloqueo de cuenta que realiza la UIF cuando investiga delitos financieros?
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Mtro. Francisco Serralde Gallegos, Maestro en Derecho Procesal Penal, Abogado Defensor y Asesor Jurídico
Mtra. Areli Flores Ontiveros, Maestra en Derecho Procesal Penal, Locutora titular en la Estación de Promo Estereo, Directivo en Escuela de Empoderamiento Ciudadano
Mtra. Elizabeth Perera Ruíz, Maestra en Derecho y Académica de la FES Acatlán
Lic. Elliot Velher, Abogado especializado en Proceso Penal Acusatorio, Socio Fundador y Director General de la firma LEGALIUM
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DIRECTORIO Director General René Castelán Olguín Secretaria General Norma Patricia Castelán Gómez Secretario Particular Leobardo Domínguez González Directora de Relaciones Públicas Dominga Delgado López Directora de Diseño Editorial Rosa Alicia Cruz Hernádez Director de Producción Audiovisual Mario Misael Vargas Hernández Director de Comunicación José Rodrigo Cruz Hernández Director de Redacción Fermín Alejandro Zúñiga Figueroa Recursos Humanos Jorge Zohar Velasco Grande Director de Publicidad Erick Ricardo Alamos Trejo Equipo Jurídico Alejandro Reyes Paez Lara Eduardo Natividad Santos Felipe de Jesús Castillo Esquivel Equipo De Apoyo Aline Caballero Hernández Lourdes Alejandra Guerrero Reyes Juan Pablo Hernández Urban Miguel Ángel Rojas Guerrero LEX INFORMA, año 2, núm. 40, marzo, 2022. Es una publicación quincenal editada por Corporativo Jurídico LEX, S.A. de C.V., Estado de México. Tel: 5579968517. Editor responsable: Rosa Alicia Cruz Hernández, por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Impresa por Corporativo Jurídico LEX, Estado de México. Este número se terminó de imprimir el 15 de marzo de 2022, con un tiraje de 10,000 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido aquí publicado sin fines de lucro, siempre y cuando se cite la fuente completa. Hecho en México, LEX INFORMA. Todos los derechos reservados © 2022. Permiso en trámite.
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Marzo. Mes de la primavera. Nuestra agenda parece trazar una analogía directa con ello por cuanto que, a semejanza del vigor que parece de pronto animar a la naturaleza y al tiempo, nos complacemos en seguir proporcionando un marco fértil del cual broten y tengan lugar ideas de vanguardia en el ámbito del Derecho. Abrazamos en nuestro espacio toda aquella información que nos parezca pertinente transmitir a nuestros lectores, bajo la premisa de mantener nuestro poder difusor circunscrito al espíritu crítico.
EDITORIAL
Así, los invitamos a explorar nuestras páginas sin otra intención que la de instarlos a generar su propio juicio sobre lo que aquí expresamos; después de todo, no tenemos mejor crítico que nuestro propio público. constituyen un análisis exclusivo y exhaustivo enfocado a la materia del Derecho; en cambio, suponen una investigación al alcance de todos: tanto para el público instruido como para el meramente casual, de modo que, a todas y todos, aporte algo de valor. No queremos con esto decir Sin embargo, hay que las conferencias que decirlo, dichas tratan sus respectivos conferencias no En esta ocasión, como es de esperarse por la reciente conmemoración del día internacional de la mujer, abordamos la cuestión de cómo las problemáticas de género atañen al Derecho a través de una serie de conferencias impartidas en nuestro Facebook Live al respecto.
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temas someramente, sino todo lo contrario: la información que manejan, sin dejar de ser precisa y puntual, resulta accesible para quien se acerque a nuestra
revista. Sin más, les damos la bienvenida a nuestra edición de la primera quincena del mes de marzo. Esperamos que sea de su agrado.
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•• DERECHO DERECHO PENAL PENAL •• DERECHO DERECHO LABORAL LABORAL •• DERECHO DERECHO CIVIL CIVIL •• DERECHO DERECHO MERCANTIL MERCANTIL •• DERECHO DERECHO FAMILIAR FAMILIAR •• AMPAROS AMPAROS Corporativo Jurídico LEX fundado en 2012 por abogados de amplia trayetoria en el sector público y privado. Actualmente nuestros litigantes cuentan con la óptima experiencia y el respaldo de sus socios decididos a cimentar una empresa de servicios legales con la finalidad de servir a las entidades públicas y privadas. Hoy en día, se encuentran en nuestra firma aplicando toda su experiencia a la estuctira operativa del despacho, buscando dar un valor agregado en todos los servicios y rebasando todas las expectativas hacia nuestos clientes.
DERECHO PENAL, LABORAL, CIVIL, MERCANTIL, FAMILIAR Y AMPAROS
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Hablemos de...
Derechos Humanos y Justicia de Género SINTESIS: Las resoluciones de quienes trabajamos en la administración de justicia pueden generar condiciones de igualdad o perpetuar la discriminación. Juzgar con perspectiva de género modificará las diversas formas de subordinación de la mujer y de otros grupos desventajados, basadas en el género.
públicas, así como de la violencia y la búsqueda de la justicia, respecto de hombres y de mujeres.
Este impacto disímil se encuentra directamente vinculado con las relaciones asimétricas existentes entre varones y mujeres en nuestra sociedad, derivadas de la desigual distribución del poder, la desvalorización de lo DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA DE femenino y la subordinación a lo masculino. GÉNERO No se desatiende la gravedad de la Resulta altamente esperanzador, la violencia generalizada y la que sufren los existencia de propuestas que visibilicen el hombres, sin embargo, la violencia contra camino a la igualdad que transitamos las las mujeres es diferenciada, es una violencia mujeres, el cual enfrenta graves problemas que tiene que ver con el género, deriva de las de discriminación y violencia, pero que –con diferencias y los roles que históricamente la cada paso- construye una mejor sociedad sociedad les ha impuesto. Como ejemplo de y contribuye a la cultura de paz, que tanto estas características propias de la violencia necesitamos hoy en día en nuestro país. contra las mujeres podemos decir que 1 de cada 3 mujeres ha sido asesinada en su Celebro pues, el interés y esfuerzo de casa, 8 de cada 10 víctimas del delito de involucrarnos en un tema que permita violación son mujeres. enfrentar la desigualdad de las mujeres, que en su versión más terrible, solo en 2017 – Tomando en cuenta pues, que la violencia según datos de ONU Mujeres- dejó más de es distinta, merece ser enfrentada y abordada, 87,000 mujeres asesinadas intencionalmente, desde las instituciones también de manera de las cuales 50,000 murieron a manos de diferenciada. sus familiares o parejas. Aunque las normas parezcan neutras, La justicia es un valor que se encuentra pueden afectar de manera diversa a quienes intrínsecamente relacionado con la paz. acudan a demandar justicia. El reclamo personal y social por obtener el Por tanto, debe garantizarse el acceso a la reconocimiento y respeto a los derechos, y la reparación de las violaciones, es una justicia de las mujeres, de manera completa cuestión mayor que debe ser atendida de y reconociendo las condiciones históricas de desigualdad cultural y estructural a que manera eficaz. se enfrentan las mujeres, las niñas y las Debido al contexto social y cultural, adolescentes. así como a los estereotipos de género, Es la única forma que tenemos de erradicar resulta indispensable entender el impacto diferenciado de las normas y las políticas la discriminación y la violencia. 6
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Mtra. Hortencia María Emilia Molina de la Puente Magistrada de Circuito, adscrita el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Si no comprendemos la realidad de las mujeres, no podemos hablar de cuáles son las circunstancias del ejercicio y disfrute (o exclusión) de sus derechos. Hay grupos que históricamente han sido discriminados (como las personas con discapacidad, las personas indígenas, etc), las mujeres somos un grupo que representamos a más del 50% de la población mundial. Esta discriminación histórica ha colocado a las mujeres en posición de desventaja. Lo primero que debe decirse es algo que parecería obvio: los derechos de las mujeres son derechos humanos.
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Los estereotipos son una visión o idea preconcebida generalizada de características o atributos que los integrantes de un grupo particular 7
poseen o deberían llevar a la práctica.
en cuenta los factores de desigualdad real de quienes enfrentan un proceso judicial, Usualmente, son convertidos en conceptos adoptando medidas de compensación que normativos. contribuyan a reducir o eliminar los obstáculos Construir o reconstruir la igualdad a través y deficiencias que impidan o reduzcan la de las sentencias es un deber ineludible de defensa eficaz de sus intereses. las y los juzgadores. Hace unos meses, por ejemplo, el Pleno de Para ello, contamos con una herramienta: la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el método para juzgar con perspectiva de una decisión histórica –por unanimidad de 10 votos- determinó que resulta inconstitucional género. criminalizar de manera absoluta a las mujeres Este método –cuya aplicación resulta y personas gestantes que decidan interrumpir obligatoria en todos las controversias- implica su embarazo. que, al momento de juzgar debe tenerse
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Esto implica el reconocimiento del derecho a decidir y el derecho a la libertad reproductiva de las mujeres y personas gestantes. Este precedente tiene carácter de jurisprudencia obligatoria para todas y todos los jueces en el país, pues establece un estándar nacional. Escuchar detenidamente las intervenciones de las señoras ministras y los señores ministros permite entender la dimensión de lo resulto, pues los 10 ministros que votaron expresaron con absoluta claridad que la decisión jurídica relativa a la inconstitucionalidad de la penalización del aborto se realiza con total independencia a las creencias y opiniones personales. La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene que ver con el derecho a decidir de mujeres y personas gestantes, desde sus propias y personales circunstancias y creencias, pero sin la intromisión estigmatizante del Estado.
administración de justicia a quienes nos corresponde, en muchos sentidos, la reparación de estas condiciones de igualdad. Nuestras resoluciones pueden generar condiciones de igualdad o perpetuar la discriminación. Pero en realidad el trabajo es El respeto absoluto de los derechos de todos las y los operadores jurídicos. humanos es fundamental en un Estado Juzgar con perspectiva de género democrático, esta histórica decisión – modificará las diversas formas de apegada a los estándares internacionales en subordinación de la mujer y de otros grupos esta materia- permite la construcción de una desventajados, basadas en el género. sociedad más justa. La igualdad formal es un logro muy bueno, Este es un paso histórico, principalmente pero la igualdad real, es mejor. en el reconocimiento y protección de los HORTENCIA MARÍA EMILIA MOLINA DE derechos humanos de las mujeres y en el LA PUENTE camino de la igualdad formal y real. Tanto en el tema de aborto legal, como en muchos otros, se trata sólo de pasos que deben ir seguidos de muchos otros: la aplicación de los criterios en las distintas controversias, la utilización generalizada del método, la elaboración de un marco legal que no solo no criminalice sino que garantice la libertad sexual y reproductiva, la difusión de las implicaciones de este tipo de resoluciones, de los estándares de protección y el pleno reconocimiento de todos los derechos para todas las personas. Es
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quienes
trabajamos
en
MAGISTRADA DE CIRCUITO Ciudad de México, Marzo 2022.
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Incorporación de Pruebas prueba o convicción y pruebas. Tengamos en cuenta que lo que se incorpora o lo que es susceptible de incorporación son los medios de prueba o las pruebas como tal. Ahora bien, hay que hacer una distinción entre algunos conceptos, aclaró el maestro sin dejar de recordar que el registro de investigación es todo aquello registrado en una carpeta de investigación de la que es titular el Ministerio Público. Pasó a continuación a preguntarse ¿qué es un dato de prueba? Se trata simplemente de la referencia hecha al contenido de alguna información que nos permita sustentar aseveraciones. El objetivo es citar lo que ya tenemos. Representa solamente el hace referencia ante el juez de tales o cuales evidencias que nos permitan probar un punto.
El pasado 8 de marzo tomó lugar la conferencia impartida por el ponente Francisco Serralde Gallegos, maestro en Derecho Procesal Penal, diplomado en juicio de amparo, abogado defensor y asesor jurídico en materia penal; es también docente y capacitador en el sistema de justicia penal acusatorio y oral; catedrático en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Comenzó preguntándose: el nuevo sistema de justicia penal, ¿realmente nuevo? La incorporación de pruebas, tema recientemente añadido, sigue causando conflicto. De aquí hubo de referirse entonces al Código Nacional; para ello, señala una analogía con el desierto de los leones: “ni es desierto ni hay leones”. ¿Cómo llevar a cabo la incorporación de las pruebas? Tenemos antecedentes de investigación, datos de prueba, elementos de 10
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El medio de prueba, en cambio, es la fuente de información que nos permite reproducir un hecho; la diferencia es que debe desahogarse e incorporarse a través de la autoridad judicial. El dato nunca se incorpora, sólo se refiere o reseña. La prueba y medio de prueba son propiamente sujetos de desahogo e incorporación. Se trata, pues, de dos actividades distintas, y esto, señaló el maestro, es un hecho que hay que puntualizar en primer lugar. La prueba, como tal, existe sólo en la etapa de juicio. Ésta será la que ha de ser desahogada y que previamente ofrecimos como medio de prueba en audiencia intermedia. Se trata de aquello que nos permite llegar a conocimientos ciertos de manera específica; es decir, a un
Mtro. Francisco Serralde Gallegos Maestro en Derecho Procesal Penal, Abogado Defensor y Asesor Jurídico
hecho concreto: lo que vendría siendo la existencia siempre y cuando no se oponga al derecho. Aunque de un delito o no o de la responsabilidad penal. no esté debidamente reconocida, si tiene la capacidad de probar algo, debe ser contemplada como medio El dato puede llegar a ser usado desde el juicio de de prueba. investigación hasta la audiencia intermedia. A partir de entonces, en adelante, estaríamos ya hablando de El acusado tiene el derecho constitucional de medios de prueba: esto es, los elementos convicticos declarar o no hacerlo. Esta declaración, si bien no ofrecidos. El maestro quiso pues, decir que, si constituye como tal una prueba catalogada por el hablamos ya del juicio, se trata de prueba de lo que código nacional, no deja de ser un derecho que tiene hablamos en última instancia. él; así, debe ser reconocida como medio de prueba siempre y cuando sea factible y creíble. Una prueba se puede incorporar a lo largo del procedimiento penal desde un control de detención; Nos recordó el maestro que el interrogatorio tiene al momento de debatir un tema de medida cautelar; las siguientes instancias: debatir solicitud de vinculación a procesos; cuando • Interrogatorio (que puede constar de estemos debatiendo cuestiones de carácter incidental preguntas abiertas que no solo se adscriban a en audiencias o, incluso, incorporarlas en el juicio. la información que ya se tiene previamente). Los medios de prueba se pueden incorporar incluso durante la ejecución: al momento de controversias, • Contrainterrogatorio (donde la contraparte debe hacerse alusión a ellos. Vemos, pues, que se puede hacer preguntas sugestivas, con lugar a trata, por decirlo de algún modo, de un sistema de repreguntas). naturaleza reductiva, aunque preferimos volver a ello más adelante. • Recontrainterrogatorio (la contraparte podrá preguntar sobre las respuestas que dio en las El maestro continuó con que el desahogar una repreguntas el testigo). prueba es desarrollar su objetivo probatorio en juicio. Representa la actividad técnica de allegar elementos Nos damos cuenta cómo es un sistema reductivo, de prueba a la autoridad jurisdiccional para aportarle cómo se va cerrando el margen. Se van cerrando cierta información necesaria para ayudarlo con el cada vez más los motivos de pregunta. El objetivo veredicto final. de esto es que no tarden demasiado tiempo los interrogatorios en vano. La incorporación de la prueba implica que se va a extraer información de nuestra fuente de prueba con Ahora bien, para efecto de incorporar, primero la finalidad de allegársela a la autoridad judicial. Va se acredita (admite el testigo idóneo que conoce la a ser, pues, la forma a través de la cual se allega existencia del contrato o la evidencia y, segundo, este conocimiento cierto o probable a ella. Se dice, lo reconoce. Así dicho documento adquiere cabida en palabras del maestro, que el desahogo es el jurídica y participación procesal a esa evidencia física. género mientras que, la incorporación, la especie. La incorporación es, en resumidas cuentas, la manera El objetivo de la incorporación es, pues, extraer en cómo vamos a extraer la información para allegarla información para dársela a la autoridad jurisdiccional de modo que la autoridad la valore. y que forme parte del acervo a considerar para decidir el ánimo el juzgador. Cualquier hecho puede ser probado por cualquier medio siempre y cuando sea lícito. Hay varios tipos, El abogado afirmó que hay que respetar el debido pues de prueba. En el Código Nacional nos dice proceso con la finalidad que las pruebas sean que las hay testimoniales, periciales, documentales lícitas y puedan producir ciertas convicciones en los y materiales. Pero aquí hay que mencionar que juzgadores. Por eso es importante comprender la cualquier otra, aun sin estar catalogada, también incorporación.
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Empowerment para la niña, adolescentes, joven, mujer, adulto mayor añadiendo que saberlo era importante para evitar la discriminación. Al hablar del empoderamiento, las mujeres tienen un espacio para hablar de procesos decisivos y acceso al poder. Advirtió que no existe un colectivo o una cuestión específica como participación ciudadana. Para las mujeres en específico, entrar en alguna parte de la política, se necesitan contactos, tristemente. Aun cuando existe una base, la realidad es otra: mientras vamos a llegar a conocer mujeres posicionadas en la política, rara vez nos encontraremos con una feminista, una ciudadana que por sí sola pueda ir a pelear que las acciones que se han generado su vuelvan letras (llevar las cosas de la teoría a la práctica). Hoy día, ciertas pequeñas acciones hacen que la gente no crea en la repartición de justicia. Para una mujer puede llegar a ser un calvario el querer alcanzar el acceso al poder y casi cualquier acción que apele a la justicia. La maestra puntualiza cómo desde el mismo poder se cierran estos accesos que las mujeres debieran tener a la justicia. En política, admite, estamos “coartados”: aquellos en el poder, no saben de lo que se habla con frecuencia. Las nuevas leyes para las mujeres, ni siquiera las saben leer.
Fue el día 8 de marzo cuando la conferencia de la Mtra. Areli Flores Ontiveros, maestra en Derecho Procesal Penal, locutora titular en la Estación de Promo Estéreo y Directivo en Escuela de Empoderamiento Ciudadano, tomó fecha. Ella Referirnos al empoderamiento del poder de misma, antes de comenzar como tal, admitió que las mujeres, término concebido desde 1965, es era una suerte poder tocar dicho tema ante una instancia difusora durante aquel día, y que, por lo referirnos a una vida autónoma en la que puedan participar en términos de igualdad; a cuestiones mismo, se sentía afortunada y dichosa por ello. que refuerzan sus capacidades estratégicas y La maestra nos instó desde un principio que protagonismo tanto en el plano individual como es necesario que, socialmente, se normalice algo colectivo para ejercer la ley. como el empoderamiento tanto femenino como Aseveró la maestra que, de unirse todas masculino; debe tratarse de una realidad que se las mujeres de América Latina, podrían parar replique a diario. todos esos países donde a la mujer se le sigue ¿De dónde viene el empoderamiento discriminando y cosificando. La prueba de ello femenino en específico? Se pregunta la maestra, es que basta voltear a ver las organizaciones y 12
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Mtra. Areli Flores Ontiveros Maestra en Derecho Procesal Penal, Locutora titular en la Estación de Promo Estereo, Directivo en Escuela de Empoderamiento Ciudadano
movilizaciones que se realizaban aquel mismo de empoderar también al hombre. Sucede que lo importante es no terminar yéndonos a día. los extremos: se trata de nivelar la balanza, Por ejemplo, cuando una chica se extravía, no de inclinarla al lado contrario. De nuevo, es las autoridades suelen en México negar una importante replantearnos el sistema educativo: alerta Amber y ceden, en cambio, apenas la el sistema debe enseñar que todo ser humano posibilidad de una denuncia que evidentemente merece el mismo respeto y dignidad. no ayudará demasiado. Por lo mismo, la maestra explicó que, al menos en América Latina, lo Lo que importa a las mujeres de volverse importante consistía en comenzar a difundir la influyentes es que puedan causar un impacto que mayor información posible al respecto, además se alargue a las futuras generaciones; que su voz que promover la causa de ampliar el espectro de política tenga un alcance más allá de su presente acceso a la justicia que tienen las mujeres en el y entorno inmediatos. Hay circunstancias que hay país. que comenzar a cambiar a partir de la influencia. Asimismo, la maestra exigió hacernos con algo de empatía para poder alcanzar a entender la magnitud de la situación: ponerse en los zapatos, por ejemplo, de la madre o padre de una víctima de violencia de género, podría ayudarnos a dimensionar psicológicamente lo que implican ciertas injusticias que son la realidad diaria de nuestro país; aunado a eso, y al margen de lo terrible que todo esto pudiera llegar a ser, imaginémonos ahora que las instancias de justicia se lo toman todo a la ligera o lo relegan a un tema de segundo plano.
Si seguimos educando a las infancias en roles de género restringidos, estamos entonces coartando a las futuras generaciones. Es importante que, cuando una va a innovar como mujer empoderada, debe tener bien claro lo que está promoviendo. Tenemos que desprendernos de la concepción de la mujer circunscrita a un solo rol social; un cambio significaría que una menor tenga mayor opción de transitar a un nuevo camino, mayor libertad a la hora de decidir.
No se trata de que las mujeres tengan que sufrir Refirió lo triste es tener que llegar a ciertas las situaciones sociales opresoras para llegar a circunstancias, ciertos extremos, cuando podemos comenzar a promover el empoderamiento para comprender la importancia del empoderamiento. Empoderar significa comenzar a prevenir este evitarlas. tipo de situaciones, porque, si para nuestro “Tenemos que cambiar, nosotras como tiempo y generación sigue siendo tan evidente mujeres, el pensamiento y la educación. Me y palpable la discriminación de género, para las encanta cuando están ciertas mujeres educando generaciones futuras puede que la realidad sea a sus hijos en roles de género”, dijo la maestra. otra. Evidentemente, la educación más temprana de Finalmente, insistió la maestra en la importancia los infantes constituye una de las armas más de que las actitudes de empoderamiento sean eminentes para combatir la cuestión de la que estamos hablando, además de ser una de las replicables: no sucede nada si una actitud maneras de empoderamiento más efectivos a se queda en una sola persona, sino que es menester que este comportamiento resuene en largo plazo que conocemos en la actualidad. el pensamiento de otras personas y, a la postre, Insistió en la necesidad igual de importante en su propio comportamiento.
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Igualdad y Equidad de Género ¿Qué es, pues, el hombre? Primer punto que buscó aclarar: aquí lo destacable es que a lo largo de la historia se le ha atribuido una serie de características que difieren de las de la mujer y terminan volviéndolo de alguna manera superior. Continuando con el concepto de persona, y comenzando con la definición etimológica propiamente dicha como hizo con el resto de los conceptos, explicó que esta idea delimita una identidad. Delimita una función de roles sociales y a lo largo de la historia llegó a crear constancias de estos. Pasando después a la definición de género, explicó que es un concepto que se llega a percibir como una idea biológica. Sin embargo, hay que recalcar que más bien se trata de una idea que enmarca diferencias “totalmente socioculturales edificadas sobre bases biológicas”; se determinan ciertas conductas que se adjudican a ciertos individuos según su rol en la sociedad.
También el día 8 de marzo, la Mtra. Elizabeth Perera Ruíz, maestra en Derecho y Académica de la FES Acatlán, nos ofreció una ponencia enfocada al tema de la violencia de género. Ha impartido distintas cátedras en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, de la Universidad Nacional Autónoma de México. Tras agradecer a la revista por la invitación, la maestra comenzó su conferencia abordando algunos conceptos que esclarecerían mejor nuestra concepción de ellos para ayudar a comprender la realidad actual. Lo importante para ella, mencionó, era estipular cómo queda reflejada en nuestra sociedad la desigualdad de género.
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Identificar a alguien en un género determinado es delimitar su persona a una serie de valores que tenemos aprendidos y relacionamos a ciertas ideas. A su vez, la sociedad concibe esta serie de valores, quizá inconscientemente, como una cuestión moral: hay valores y actitudes que por definición y naturaleza le corresponden a cierto tipo de personas, mientras que apartarse de esta norma resulta en algo como una desviación que es por lo general desaprobada. La identidad de género, siendo una construcción social, supone una distinción del sexo, que tiene que ver
Mtra. Elizabeth Perera Ruíz Maestra en Derecho y Académica de la FES Acatlán
más bien con las características físicas y genéticas. Sucede, sin embargo, que a la sociedad le cuesta deslindar ambos conceptos. Si pensamos a la “actitud” propiamente dicha como una creencia que se le adjudica a un hecho, podemos decir que la actitud que ha tomado la sociedad con respecto a la identidad de género es que ésta tiene que ver de algún modo también con el sexo, y, así, es tomado por correcto aquello que se circunscribe a este margen ideológico, mientras que todo lo que escapa de la pauta es reprobado. Es entonces cuando llegamos al tema de la perspectiva de género. Se trata de una idea que estudia los roles impuestos por la sociedad a los distintos géneros. Analiza las posibilidades “vitales” de las mujeres y de los hombres en el marco de las posibilidades que se le presentan en el día a día. La ONU, por su parte, apegándose a los principios fundamentales de los derechos humanos, lo define como el “proceso de valuación de las consecuencias para las mujeres y los hombres de cualquier actividad planificada, incluyendo las leyes, las políticas públicas en todos los sectores y todos los niveles, en una estrategia destinada a hacer que las preocupaciones y experiencias de las mujeres, así como de los hombres, sea un elemento integrante de elaboración. Esto, con la finalidad de lograr una igualdad sustantiva entre los géneros”.
reparar toda violación de ellos en los términos que establezca la ley. El tema de los derechos humanos incide en el de la igualdad de género porque, por el carácter universal de aquél, legitima la idea de éste. En consecuencia, el estado tiene obligación de instaurar una igualdad de facto; es decir, sustantiva. La igualdad sustantiva, señala la maestra en palabras de Carmen de Borja, es “aquella que se encuentra en los hechos y en las prácticas, a diferencia de la igualdad de género que se queda en el discurso. Además, se observa en la efectividad de las políticas públicas en cerrar la brecha socioeconómica entre mujeres y hombres a través del tiempo de las diferentes sociedades”. La maestra cita incluso algunos ejemplos que tienen que ver con la igualdad sustantiva, pero si nuestros lectores quieren ahondar en el tema les recomendamos más bien mirar la transmisión que tenemos en nuestra página de Facebook, a fin de que no se torne esta lectura lo bastante abrumadora.
Para finalizar, la maestra no se olvida del término equidad. Pasando por una breve historia de la manera de concebir el término por los griegos y los romanos, concluye que la equidad es la justicia aplicada a un caso particular con características muy específicas. Se trata, pues, de una forma de lo justo. Ésta produce un “exacto equilibrio entre el La maestra continuó tocando el tema de la derecho y la vida”, concepción que, a juicio de la igualdad. Dentro del mundo del derecho, puede maestra, resulta muy hermosa. ser considerada, primero, como un ideal igualitario; En suma, podemos concluir que la función segundo, como un principio de justicia. Se considera, en última instancia, como un elemento y principio de esta ponencia fue sentar las bases de ciertas preconcepciones referentes a la igualdad y inherente a la justicia. equidad de género, señalando las instancias en Citando un ejemplo de igualdad, la maestra que inciden con el Derecho. Volvemos a repetir contempla el señalado en la constitución, que que siempre queda a disposición de nuestros enmarca, en su primer artículo, que todas las lectores la conferencia completa en nuestra página personas gozarán de los derechos humanos de Facebook, por si acaso quisieran ahondar reconocidos en esa carta magna. Asimismo, el en ella. Hemos elidido, por motivos prácticos, artículo indica que todas las autoridades tienen ciertos ejemplos que la maestra citó en función de la obligación de garantizar estos derechos esclarecer los conceptos que expuso, quedándonos humanos. Recordemos que ellos son instancias de con las ideas clave para dar una idea general de lo universalidad. Finalmente, el mismo artículo indica que se dijo este 8 de marzo. que el estado deberá prever, investigar, sancionar y
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¿Es constitucional el bloqueo de cuenta que realiza la UIF cuando investiga delitos financieros? La UIF está facultada para realizar distintas medidas preventivas para identificar operaciones con recursos de procedencia ilícita. Nos referimos a aquellas operaciones que trabajan con dinero que no es legítimo, ya sea del narcotráfico, de la corrupción, de procedencia dudosa, etc. La manera de proceder es la siguiente: la UIF informa a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores todas estas inconsistencias para que congele las cuentas de las personas, adjudicando a los movimientos de dichas personas el carácter de ilegalidad o posible ilegalidad. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores retransmite esta información a todas las instituciones bancarias del sistema financiero mexicano. En consecuencia, esto repercute en todos los tipos de cuenta bancaria de las personas. Esto, al cliente, se le notifica por el banco o no. En cualquiera de los casos, viene el primer problema de ilegalidad: la UIF bloquea las cuentas, avisa a través de un tercero (el banco) y se ensalza como único juez capaz de arreglar la situación del afectado. Hecho que a todas luces resulta injusto. Otro problema es que ciertas instancias extranjeras prefieren antes ampararse en la UIF que en el Ministerio Público buscando arreglar sus controversias de una manera que les resulte más favorable. En esta ocasión, fungió de ponente el Lic. Elliot Velher, abogado especializado en Proceso Penal Acusatorio, socio fundador y director general de la firma Legalium. A través de nuestro Facebook Live, transmitimos la conferencia el día 10 de marzo. Tras haber presentado una semblanza de su amplia carrera profesional, el licenciado comenzó su explicación.
En enero del 2021, nuestro actual presidente, Andrés Manuel López Obrador, promulgó los lineamientos que regulan la relación de servidores públicos con agentes extranjeros. Se publicó en el Diario Oficial de la Generación el 14 de enero, para ser exactos. Estos lineamientos parecieran sólo favorecer la manera de proceder de la que hemos hablado. Resulta ciertamente complejo comprender la forma en que esto es así, por lo que instamos a nuestros lectores que miren la transmisión en nuestro Facebook Live, donde además el licenciado propone ciertas lecturas necesarias para terminar de comprender toda la problemática.
La UIF es la Unidad de Inteligencia Financiera que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; se trata del organismo administrativo facultado por la ley para prevenir e identificar operaciones con recursos de procedencia ilícita. Esta dependencia, se ha convertido en este sexenio Ciertos amparos en revisión concluyeron que los en el arma preferida del Estado para perseguir a congelamientos de cuenta que realiza la UIF son adversarios políticos y de medios de comunicación. 16
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Lic. Elliot Velher Abogado especializado en Proceso Penal Acusatorio, Socio Fundador y Director General de la firma LEGALIUM
completamente constitucionales cuando se acredita que son por colaborar el Estado mexicano en el combate al lavado del dinero, o bien, cuando lo solicita expresamente una autoridad extranjera. El licenciado señala que entre ambas premisas existe una contradicción de tesis. ¿Por qué la Suprema Corte resolvió que no existía tal contradicción? Porque la primera sala dice que si la UIF invade cuentas es constitucional, a la vez que la segunda sala justifica la intervención extranjera. Estamos, pues, en un dilema donde los jueces de distrito pueden decidir si las acciones son constitucionales, y dar el amparo, o no. Es decir, nos encontramos ante una cuestión inclinada más a la arbitrariedad que a la objetividad.
Por su parte, la UIF argumenta que se limita a investigar delitos. Sin embargo, tampoco presenta querella por ese delito. Esto significa que contraviene la obligación de cualquier servidor público que es el deber de denunciar cuando está ante la presencia de un posible delito. ¿Por qué no hace eso la UIF? Para extender sus facultades. Violenta todo el debido proceso: desde la presunción de inocencia, pasando por la seguridad jurídica y las facultades del Ministerio Público. En conclusión, los puntos que expuso el licenciado por los que, a su juicio, resulta completamente inconstitucional, son los siguientes: 1. Invade esferas del Ministerio Público. 2. No cumple con las facultades de los jueces de control establecida en el artículo 16 constitucional, cuando se constituye en juez de control. 3. Violenta el principio de presunción de inocencia porque congela cuentas sin acudir a un juez de control ni a certeza jurídica, además de eludir el debido proceso en tales casos. 4. Violenta el constitucional.
artículo
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Sería necesario revisar todo el asunto y, sobre todo, atraer las miradas de todos para que se revise la cuestión. Invitamos a nuestros lectores nuevamente a que vean la transmisión para que puedan hacerse una idea más exacta de la tesis del licenciado Elliot Velher.
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ALEJANDRO MAYORKAS VISITA MÉXICO
Mayorkas aborda tema de DD.HH. con AMLO
López Obrador comentó que durante su reunión con el secretario de Seguridad de Estados Unidos, Alejandro Mayorkas, se trataron asuntos de trabajo y migración. “Seguimos promoviendo la cooperación para el desarrollo con justicia y respeto a los derechos humanos”, dijo el mandatario federal en su cuenta de Twitter. El presidente Andrés Manuel López Obrador y Alejandro Mayorkas, secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos conversaron sobre los principales retos de cooperación, a nivel binacional y regional, para avanzar en la protección de los derechos humanos de las personas migrantes y en flujos ordenados, seguros y regulares con apego a los marcos jurídicos de ambos países y conforme al derecho internacional. “Sostuvimos una reunión con Alejandro Mayorkas, secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos; tratamos asuntos de trabajo y migración. Seguimos promoviendo la cooperación para el desarrollo con justicia y respeto a los derechos humanos’’, publicó López Obrador en Twitter, mensaje que acompañó con una fotografía del encuentro. A través de un comunicado de prensa, el Gobierno de México informó que en la reunión, López Obrador subrayó la necesidad de respetar los derechos humanos de las y los migrantes, así como crear oportunidades de trabajo, tanto en sus comunidades como de manera regular en Estados Unidos. “Afirmó que la cooperación para abrir opciones regulares para la migración entre Centroamérica, México y Estados Unidos es el camino correcto para evitar flujos migratorios desordenados, lo que además beneficiaría económicamente tanto a las personas migrantes como a los distintos actores económicos en Estados Unidos. En ese sentido, la ampliación de vías legales para trabajar en nuestro vecino país tendría doble beneficio, tanto en el plano económico como en el migratorio’’. El Gobierno federal comentó que se puso énfasis en que es necesario fortalecer los programas de cooperación para el desarrollo como Sembrando Vida y Jóvenes Construyendo el Futuro, que hoy son una realidad en El Salvador y Honduras. Mayorkas, cita el comunicado, agradeció la voluntad de cooperación en la amplia gama de temas de la agenda bilateral y coincidió en que es importante fortalecer los esfuerzos a nivel regional, particularmente con miras a la Cumbre de las Américas, a celebrarse en junio próximo en Los Ángeles, California. 26
Mayorkas llegó este lunes a Ciudad de México con la misión de “fortalecer nuestra estrecha alianza y trabajar juntos para responder a los desafíos y oportunidades comunes”, según escribió en su cuenta de Twitter. Previo al encuentro con López Obrador en Palacio Nacional, el funcionario estadounidense y la delegación que le acompaña se reunieron en la sede de la cancillería con Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, quien urgió a acelerar la cooperación internacional para atender las causas de raíz que explican los flujos migratorios irregulares, particularmente en los países del norte de Centroamérica. “El secretario Mayorkas y el embajador Ken Salazar coincidieron en la necesidad de fortalecer los esfuerzos en la materia tanto por parte de Estados Unidos como de manera conjunta con México’’, informó la cancillería mexicana. Durante su conferencia de prensa matutina, López Obrador anunció que “probablemente” viajará a Los Ángeles y señaló que en mayo tiene una gira programada a El Salvador, Honduras, Guatemala, Belice y Cuba. Esta sería la primera gira de López Obrador por varios países a tres años de que inició su gobierno. El mandatario es poco proclive a los viajes internacionales y en tres años de presidencia solo ha estado en dos ocasiones en Estados Unidos. Ambos países comparten una frontera de casi 3,200 kilómetros, marcada por el paso de migrantes sin papeles, el tráfico de drogas, armas y personas. En los últimos años, los flujos de extranjeros sin papeles se han multiplicado mientras que Estados Unidos ha endurecido sus políticas migratorias. La llegada del demócrata Joe Biden a la Casa Blanca hizo más flexible el paso de migrantes que piden asilo, pero un juez ordenó reimplantar un programa lanzado por el expresidente republicano Donald Trump que obliga a los solicitantes a esperar en México la respuesta de Estados Unidos. Más de 190,000 personas sin papeles fueron detectadas en México entre enero y septiembre de 2021, el triple que en 2020, según cifras oficiales. Unos 74,300 han sido deportados. Tras visitar México, Mayorkas viajará a Costa Rica. https://www.eleconomista.com.mx/politica/AMLOdialoga-con-el-secretario-de-Seguridad-de-EU-sobremigracion-seguridad-y-diplomacia-20220314-0069.html
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Fortalecerán la industria automotriz en el Estado de México En una reunión celebrada ante el gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo Maza, la empresa ZF Chassis Technology anunció que invertirá 1 mil millones de pesos en su planta de Toluca para elevar su capacidad de producción a nivel nacional, con lo que se fortalecerá la industria automotriz, una de las mayores generadoras de crecimiento y oportunidades a nivel regional y nacional. De acuerdo con la empresa, este nuevo proyecto de inversión para su planta de Toluca será concluido en 2023, con lo cual dará impulso a un sector que, gracias a sus niveles de especialización, productividad y competitividad, ha podido enfrentar los desafíos recientes por la pandemia por Covid-19. Durante el anuncio -realizado en el Salón “Guadalupe Victoria”-, el gobernador mexiquense, Alfredo Del Mazo, reconoció el desempeño y profesionalismo del equipo directivo de esta compañía, así como de sus colaboradores, cuyos esfuerzos han sido fundamentales para consolidar la industria automotriz. Asimismo, el mandatario estatal señaló que, con el respaldo de organizaciones como ZF Chassis Technology, se continúan generando más y mejores empleos en el
Estado de México. Te puede interesar: Edomex, la entidad que otorga más programas sociales La producción de la empresa armadora en el Edoméx, representa el 12.6 por ciento de la economía, más del 25 por ciento de la producción manufacturera y más del 2.6 por ciento de los empleos. En este sentido, la planta Toluca, clasificada como T1, produce componentes de dirección y suspensión, entre otros, y tiene ventas por 53 millones de dólares, que se verán fortalecidas con el incremento de su producción. ZF Chassis Technology, líder mundial en la producción de chasis, es una de las compañías que ha encontrado en el país las condiciones adecuadas para sus proyectos de inversión y expansión, así como sus objetivos de crecimiento, al tener presencia en Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Jalisco, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y el Estado de México. https://elcapitalino.mx/edomex/fortaleceran-laindustria-automotriz-en-el-estado-de-mexico/
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