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"Las injusticias del proceso de Cristo y otros datos secretos"

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JUSTICIA DIGITAL

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La presentación del libro del Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo, investigador y catedrático universitario, se llevó a cabo a través de nuestro Facebook Live. Se trata de una obra que goza de un amplio contexto, tratándose de un tema antiguo de interés general.

La inquietud de realizar esta obra, aparte de cualquier creencia y dogma religioso, surge con la intención de cuestionar uno de los juicios más famosos del mundo, relacionado con el personaje de Jesús de Nazaret. Implicó ocho años de investigación histórica-jurídica, teniendo en cuenta al derecho hebreo, romano e incluso un poco de arameo.

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El juicio denuncia evidentes injusticias e inconsistencias. El lector, que no necesariamente debe ser abogado, encontrará un análisis jurídico del proceso de Cristo que tuvo cinco instancias. Para ello han de comprenderse también varios datos secretos que aclararán muchos detalles interesantes y que permitirán hacer una reflexión con pensamiento crítico.

Dr.

Licenciatura en Derecho. Especialidad en Derecho Penal. Maestro en Derecho Civil.

Maestro en Alta Dirección Empresarial.

Doctor el Alta Dirección Estratégica Internacional. Catedrático de posgrado en Derecho, Criminología y Alta Dirección, escritor e investigador.

Posdoctorado en “Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales” en la Universidad de Buenos Aires y con el auspicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa Rica.

Conferencista Internacional.

Comienza refiriendo un poco de la biografía de Jesús de Nazaret. Hace énfasis en su excelencia como orador y en su influencia histórica. Se trataba de alguien muy adelantado a su época, siendo además un gran filósofo. Cuando se le pregunta cómo seguir su enseñanza, él responde con que uno “necesita nacer de nuevo”.

Pero además era un gran jurista, en tanto que conocía a profundidad la ley hebrea, consistente en los libros sagrados. Todo este conocimiento lo obtuvo Jesús a través de un maestro que le enseñó la interpretación de las leyes de la época.

Fue cuestionado, no obstante, por “no respetar las leyes” bajo el derecho hebreo, tanto más por cuanto que cuestionó el pago de tributo al templo. Representaba un peligro para los intereses de quienes ostentaban el poder. Los adversarios de Jesús consideraban que era un enemigo demasiado influyente entre las masas.

La resurrección de Lázaro provocó el descontento de las autoridades judías. El doctor

Ubaldo pone en la mesa las siguientes preguntas:

¿Participaron en el arresto guardias romanos o guardias del sanedrín?

¿Participó una cohorte como lo señala Juan el evangelista?

¿Poncio Pilato estaba enterado del arresto? Jesús no fue arrestado por blasfemia, sino como un agitador político.

La primera injusticia que puede hallar consiste en que “en ningún relato evangélico se habla de que se hubiera presentado alguna orden de arresto, es decir, los motivos por los cuales se lo llevaban preso, así como quién ordenaba su detención, y finalmente adónde lo llevaban”.

La segunda se trata de “la aprehensión que se hizo en el secreto de la oscuridad de la noche, por temor a la ira popular y con el uso de un delator”.

La tercera versa de la siguiente manera: “El interrogatorio hecho por Anás se presenta como informal, sin la presencia de un consejo ni de testigos o alguien que pudiera interceder por la inocencia del nazareno o algún testigo a su favor.

“Anás estaba interesado en los discípulos galileos de Jesús y en sus enseñanzas privadas. A pesar de que no dice nada en palabras sencillas, el sumo sacerdote parece haber intentado sacar a Jesús palabras políticamente comprometedoras. Los galileos tenían fama de revolucionarios. Pero, según Juan, la principal defensa de Jesús era que no tenía nada que ocultar, había estado enseñando abiertamente en el Templo y no tenía un plan secreto”.

Por su parte, del juicio ante Caifás y Sanedrín puede decirse que “de acuerdo a los testimonios de los cuatro evangelistas canónicos, se advierte que no son coincidentes en sus testimonios”.

En cuanto a la injusticia número cuatro, consistiría en que “el total de miembros son setenta y más el presidente que hacen setenta y uno, pero para el proceso de Jesús se reúne el petit Sanedrín compuesto por veintitrés.

“Dentro de las facultades jurisdiccionales del Sanedrín, podrían disponer en forma autónoma sin intervención romana de ninguna especie, la prisión de un hebreo acusado de algún delito bajo la ley hebrea y juzgarlo.

“La única limitación jurisdiccional del Sanedrín era el ius gladi, es decir, la aplicación de la pena de muerte. En este punto, ellos carecían de esta facultad y en estos casos debían acudir ante la autoridad romana”.

Como quinta injusticia, se tiene que “existió la figura del defensor oficioso, maestro del proceso en el derecho hebreo, y no se le nombró a Jesús de Nazaret”.

Hay que recordar que “en el Derecho antiguo, producto de la inexistencia de tecnología científica capaz de reproducir un hecho, las pruebas orales gozaban de una primacía indispensable e insustituible. De un lado la testimonial y de otro la propia confesión.

“De conformidad con los evangelistas, el Juicio de Cristo se aprecian dos pruebas: en Mateo y Marcos, la testimonial; en Lucas y Juan, la confesional”.

Así es que, como se ha visto, el libro reúne un análisis de las principales instancias a considerar para el juicio que se aplicó a la figura de Cristo. Esto a partir de un esquema apegado al derecho y a la historia, dejando de lado la cuestión religiosa. A la luz salieron distintas inconsistencias que el doctor hace notar. Por lo demás, el tema resulta apasionante.

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